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Presentada en Claustro y Consejo Escolar el 28 de octubre de 2019 PROPUESTA CURRICULAR IES ANTONIO TOVAR

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Presentada en Claustro y Consejo

Escolar el 28 de octubre de 2019

PROPUESTA CURRICULAR IES ANTONIO TOVAR

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IES ANTONIO TOVAR PROPUESTA CURRICULAR

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PROPUESTA CURRICULAR DE SECUNDARIA

a) Adecuación y concreción de los objetivos de la educación secundaria obligatoria de

acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo.

La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las

capacidades que les permitan:

a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los

demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos,

ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de

oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y

prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como

condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de

desarrollo personal.

c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre

ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra

condición o circunstancia personal o social, como pertenecer a una minoría étnica o ser

extranjero. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres,

así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus

relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los

comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con

sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de

las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.

f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas

disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los

diversos campos del conocimiento y de la experiencia.

g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido

crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar

decisiones y asumir responsabilidades en todos los ámbitos.

h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana,

textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la

literatura.

i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.

j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los

demás, así como el patrimonio artístico y cultural.

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k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las

diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y

la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la

dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos

sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio

ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.

l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones

artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

b) Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables

correspondientes a cada materia y curso, desarrollando y complementando los establecidos

en los Anexos I.B, I.C y I.D de esta orden.

Todos los departamentos han reflejado en las programaciones los contenidos, criterios y

estándares de aprendizaje correspondientes a cada materia y curso establecidos en los Anexos

I.B, I.C y I.D de la Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo.

Si en algún momento decidieran desarrollarlos o complementarlos, el jefe de departamento

correspondiente se lo hará saber a la CCP para modificar esta propuesta curricular una vez

presentada y aprobada en claustro.

c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos en Secundaria

La Educación Secundaria Obligatoria es una etapa esencial en la formación de la persona, ya

que en ella se afianzan las bases para el aprendizaje en etapas educativas posteriores y se

consolidan hábitos de trabajo, habilidades y valores que se mantendrán toda la vida.

Para que el alumnado logre adquirir las competencias del currículo y los objetivos de esta

etapa, es conveniente integrar los aspectos pedagógicos y metodológicos en el diseño

curricular en el que se han de considerar, entre otros factores, la naturaleza de las materias,

las condiciones socioculturales, la disponibilidad de recursos y las características del alumnado.

Desde esta propuesta curricular se marcan los principios pedagógicos y didácticos generales

que se tendrán en cuenta para elaborar las programaciones didácticas de cada materia:

1. La metodología didáctica será fundamentalmente activa y participativa, favoreciendo

el trabajo individual y cooperativo del alumnado, así como el logro de los objetivos y

competencias correspondientes.

2. Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben proporcionar al alumno un

conocimiento sólido de los contenidos, al mismo tiempo que propiciar el desarrollo de

hábitos intelectuales propios del pensamiento abstracto, tales como la observación, el

análisis, la interpretación, la investigación, la capacidad creativa, la comprensión y

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expresión y el sentido crítico, y la capacidad para resolver problemas y aplicar los

conocimientos adquiridos en diversidad de contextos, dentro y fuera del aula.

3. El proceso de enseñanza aprendizaje se diseñará desde la consideración de la atención

a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común. Asimismo, se

arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del

alumnado en función de las necesidades educativas especiales, altas capacidades

intelectuales, integración tardía o dificultades específicas de aprendizaje.

4. El trabajo en equipo del profesorado se asegurará con objeto de proporcionar un

enfoque multidisciplinar del proceso educativo, garantizando la coordinación de todos

los miembros del equipo docente de cada grupo, que propicie el trabajo por proyectos

en el que se planteen la interrelación entre distintos contenidos de una materia o de

diferentes materias.

5. En las distintas materias se desarrollarán actividades que fomenten la motivación y el

interés por el uso de las matemáticas y el hábito de lectura y estudio, así como las

destrezas para la correcta expresión oral y escrita.

6. La integración y el uso de las tecnologías de la información y la comunicación se

promoverá como recurso metodológico eficaz para llevar a cabo las tareas de

enseñanza y aprendizaje.

7. La acogida del alumnado que se incorpora a primer curso y la coordinación entre la

educación secundaria obligatoria y la educación primaria, y a ser posible con etapas

posteriores, se garantizará con objeto de asegurar una adecuada transición del

alumnado entre dichas etapas y facilitar la continuidad de su proceso educativo.

d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de

curso.

Se procurará agrupar a los alumnos en función de los siguientes principios:

1. Los grupos serán heterogéneos, es decir:

Distribución equitativa hombre- mujer.

Los alumnos repetidores, si los hubiera, serán distribuidos equitativamente entre

los grupos existentes en ese nivel.

Los alumnos con necesidades educativas especiales, si los hubiera, serán

distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.

Los alumnos que hayan promocionado por imperativo legal, si los hubiera, serán

distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.

Distribución equitativa del alumnado que presenta conductas contrarias a la

convivencia.

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2. Distribución del alumnado según optatividad (incluyendo el bilingüismo)

3. Agrupamientos en 1º de ESO: Distribución equitativa alumnado de 6º de Primaria.

(Recabar información en las reuniones de transición). Se tendrá en cuenta el centro de

procedencia del alumnado de 1º de E.S.O.

4. Agrupamientos que favorezcan medidas de atención a la diversidad: grupos flexibles y

desdobles. Como fuente de información a la hora de realizar los agrupamientos se

utilizarán:

Reuniones de Equipos Docentes.

Información del Departamento de Orientación..

Informes de las reuniones de fin de etapa.

Información facilitada por los Centros de Educación Primaria.

Informe de Convivencia.

Documentos de matriculación.

CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE CURSO

(Orden de 29 de Junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y

funcionamiento de los Institutos de Enseñanza Secundaria.). Título IV. Horarios de los alumnos. Artículo

67.

a) Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete periodos lectivos diarios.

b) Cada periodo lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos.

c) Después de cada periodo lectivo habrá un descanso de cinco minutos, como mínimo,

para efectuar los cambios de clase.

d) Después de cada dos o tres periodos lectivos habrá un descanso de quince minutos,

como mínimo.

e) En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los

alumnos.

f) La distribución de las áreas y materias en cada jornada, y a lo largo de la semana, se

realizará atendiendo a razones exclusivamente pedagógicas.

g) En ningún caso las preferencias horarias de los Profesores o el derecho de los mismos

a elección, recogido en estas instrucciones, podrán obstaculizar la aplicación de los

criterios anteriormente expuestos o los que pueda establecer el Claustro.

En la elaboración de los horarios de los alumnos por parte de Jefatura de Estudios se

procurará:

Distribución equilibrada de las horas de cada materia a lo largo de la semana. Se

procurará que las horas dedicadas a cada materia en un mismo grupo no se sitúen en

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días consecutivos. Este criterio se tendrá en cuenta con especial atención en aquellas

materias que tienen pocas horas semanales.

Que no haya más de dos horas de una misma materia a penúltima y/o última hora de

la mañana. En el caso de materias de dos horas, que no estén las dos a última hora de

la mañana.

Se intentará respetar al máximo lo solicitado por el alumnado en su elección de

materias optativas y materias de modalidad y específicas.

Cuando debido al elevado de alumnos de necesidades educativas especiales y a la

escasez de recursos humanos para su correcta atención en el aula ordinaria lo

aconseje, la atención de dichos alumnos se realizará en el aula de apoyo, y en la franja

horaria correspondiente a las materias que trabajen en dicho aula (instrumentales).

La decisión sobre el alumnado propuesto para la aplicación de medidas de atención a

la diversidad (PMAR, Programa Diversificación Curricular, Refuerzos Educativos, MARE,

etc.) corresponde a los Equipos Docentes.

En la elaboración de los horarios del profesorado por parte de Jefatura de Estudios, además de

la asignación de horas establecidas en la normativa vigente, siempre que sea posible se

tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Las tutorías se asignarán por grupos a los Departamentos con menor carga lectiva,

siempre y cuando, la organización de grupos lo permita.

Los profesores deberán impartir un mínimo de dos periodos lectivos diarios y un

máximo de cinco. Aquellos profesores que lo deseen, este máximo se fijará en cuatro

periodos lectivos.

Se pondrán dos profesores de guardia a primeras y últimas horas. En el resto de las

horas habrá tres profesores de guardia, siempre dependiendo del profesorado

disponible. Los profesores de guardia se distribuirán las tareas según acuerdo entre

ellos, debiendo quedar siempre cubiertos aquellos grupos en los que faltara algún

profesor. En caso de que no haya necesidad de realizar guardias en las aulas, al menos

uno de ellos permanecerá en la biblioteca para atender a los posibles alumnos. Los

demás estarán localizables por si surgiera cualquier incidencia. Las guardias de recreo

se considerarán como guardias normales compensando en tiempo las peculiaridades

de este tipo de guardias.

La CCP y las Reuniones de Departamento se colocarán dentro de las seis horas lectivas

de lunes a viernes, excepcionalmente se colocará a séptima hora cualquier día de la

semana.

Todo el profesorado tendrá, en su horario personal, una hora complementaria de

atención a padres que quieran informarse sobre las características de la materia o el

progreso académico de su hijo en la misma.

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En cada tramo horario existirá al menos un miembro del equipo directivo de guardia

directiva.

Se procurará que los horarios de los profesores que compartan con otros centros sean

adecuados. Para ello, deberán coordinarse los jefes de estudios de los centros

implicados.

El profesorado podrá completar la parte regular no lectiva de su horario con diferentes

funciones: colaboración en actividades complementarias y extraescolares,

organización y mantenimiento de material educativo, además de programación de

actividades educativas y elaboración de materiales curriculares, entre otras.

e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular.

En el marco del diseño de una intervención educativa contextualizada, las decisiones sobre la

selección de materiales y recursos de desarrollo curricular corresponden a los departamentos

de coordinación didáctica correspondientes de acuerdo con los siguientes criterios

establecidos por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro:

1. Calidad objetiva de los diferentes materiales.

2. Acordes con los principios pedagógicos y didácticos establecidos en esta Propuesta

Curricular.

3. Adaptados al rigor científico adecuado a las edades de los alumnos y al currículo

aprobado por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

4. Deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y

deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de

Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a los que ha de

ajustarse toda la actividad educativa.

5. Materiales y recursos múltiples, incorporando a los de carácter tradicional otros

innovadores que integren diferentes soportes instrumentales, con objeto de fomentar

en el alumnado la búsqueda crítica de fuentes de diversa naturaleza y procedencia y

desarrolle la capacidad de aprender por sí mismo.

6. Integradores de las Tecnologías de la Información y Comunicación como recurso

metodológico indispensable en el aula.

7. Racionalización y optimización de los recursos materiales y fuentes documentales,

como los libros de texto, existentes en el centro.

El profesorado podrá elaborar sus propios recursos de desarrollo curricular.

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La inspección educativa supervisará los materiales de desarrollo curricular adoptados por

los centros en el ejercicio de su autonomía pedagógica, como parte del proceso ordinario

de inspección sobre la totalidad de elementos que integran el proceso de enseñanza y

aprendizaje.

La consejería competente en materia de educación podrá establecer el tiempo mínimo de

permanencia, con carácter general, de los libros de texto una vez sean adoptados.

f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado de Secundaria,

teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades

educativas especiales.

En lo referente a la evaluación de los aprendizajes se estará a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo 20 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y en el

artículo 32 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo

1. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria

Obligatoria será continua, formativa e integradora.

En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea

el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán

en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán

dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles para continuar el

proceso educativo. El tutor y/o el profesorado implicado informarán a las familias de estas

medidas.

La evaluación de los aprendizajes de los alumnos y alumnas tendrá un carácter formativo y

será un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los

procesos de aprendizaje.

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado deberá ser integradora, debiendo

tenerse en cuenta desde todas y cada una de las asignaturas la consecución de los

objetivos establecidos para la etapa y del desarrollo de las competencias correspondiente.

El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera

diferenciada la evaluación de cada asignatura teniendo en cuenta los criterios de

evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de cada una de ellas.

2. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el

logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los

bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica, serán

los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los

Anexos I.B, I.C y ID respectivamente, de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo.

3. Sin perjuicio de que la evaluación deba contemplar la totalidad de los estándares de

aprendizaje de cada materia, el equipo docente tendrá en especial consideración aquellos

estándares que se consideren básicos en cada curso y en cada una de las materias para la

toma de decisiones sobre la promoción, en especial la excepcional, así como para la

incorporación al grupo ordinario de cuarto curso del alumnado que haya cursado un

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programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento. Estos estándares básicos se

especificarán en las programaciones de cada materia y curso.

4. Las calificaciones de las distintas materias serán decididas por el profesor correspondiente,

el cual tendrá presente, entre otra información, la evaluación inicial, las medidas de apoyo

y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa que hubieran sido aplicadas. El

resto de las decisiones resultantes del proceso de evaluación serán adoptadas por

consenso del equipo docente. Si ello no fuera posible, se adoptarán por mayoría de dos

tercios de los profesores que imparten clase al alumno.

5. Cuando un alumno sea sorprendido por el profesor copiando en un examen/prueba se le

retirará el examen/prueba y su calificación será 0.

6. Cuando un alumno falte a un examen/prueba, con peso en la calificación de cada materia,

solo se le repetirá cuando los padres avisen con anterioridad al examen/prueba y el

alumno o sus padres se lo soliciten al profesor implicado y acrediten, con modelo oficial, el

motivo justificado de la falta (enfermedad, deber inexcusable, competición deportiva, viaje

de estudios…). En última instancia, vistos los justificantes, la decisión de la repetición o no

del examen/prueba corresponde al profesor de la materia.

7. Cuando los alumnos superen un máximo del 25% de pérdida de horas de clase por

trimestre en una materia, área o curso, no se les podrán aplicar correctamente los criterios

generales de evaluación y la propia evaluación continua. En estos casos los departamentos

didácticos tendrán la obligación de adoptar sistemas extraordinarios de evaluación para

esos alumnos. Por otra parte los departamentos didácticos también podrán adoptar dichas

medidas extraordinarias con un número menor de faltas de asistencia, cuando lo

consideren conveniente y dependiendo de las circunstancias propias de cada caso.

8. Las pruebas de evaluación que se desarrollen en las diferentes materias incluirán pruebas

orales, las cuales tendrán su reflejo, según la materia, en su calificación. Esta consideración

deberá incluirse en las programaciones didácticas.

9. A lo largo de cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación de los

aprendizajes del alumnado, una por trimestre, sin contar la evaluación inicial. La última

sesión se entenderá como la de evaluación final ordinaria del curso. El tutor levantará acta

del desarrollo de la evaluación inicial y de las sesiones, en la que se harán constar los

acuerdos y decisiones adoptadas. De los resultados del proceso de evaluación se informará

por escrito a las familias. Tras la evaluación final ordinaria, se informará por escrito con

carácter inmediato a los alumnos y, en su caso, a sus familias, según modelo

personalizado, sobre cada materia calificada negativamente y se les orientará sobre la

realización de las pruebas extraordinarias, especificando los contenidos y aprendizajes

básicos, a través sus correspondientes estándares de aprendizaje, para que alcance una

evaluación positiva. Estos estándares, que llamaremos mínimos, se especificarán en el

apartado “Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado

y criterios de calificación” en las programaciones de cada materia y curso.

10. Criterios para la concesión de la Mención Honorífica en 4º de ESO (Presentada en

Claustro el 5 de septiembre de 2019 e informado el Consejo Escolar el 28 de octubre de

2019). A aquellos alumnos que al finalizar cuarto curso de educación secundaria

obligatoria hayan demostrado un rendimiento académico excelente en la etapa,

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obteniendo una nota media igual o superior a Sobresaliente, se les podrá otorgar una

«Mención Honorífica», consignándola en los documentos oficiales de evaluación, con la

expresión «MH». Dicha mención se concederá a uno de cada 20 alumnos matriculados en

cuarto curso, o fracción superior a 15. Si el número de alumnos es inferior a 20 sólo se

podrá conceder a un alumno.

Una vez finalizadas todas las sesiones de las Evaluación Finales de 4ºESO se reunirá el

equipo docente de 4ºESO para conceder dicho reconocimiento, según los siguientes

criterios, ordenados por prioridad:

1º. Alumnos cuya media en toda la ESO, sea igual o superior a 9.

2º. En caso de empate en el punto 1º, se ordenarían según la media de las materias

comunes en la ESO.

3º. En caso de empate en el punto 2º, se ordenarían según el grado de adquisición de

las competencias en la ESO.

4º. En caso de empate en el punto 3º, se procedería a un sorteo.

11. El alumnado podrá realizar en el mes de septiembre una prueba extraordinaria de aquellas

materias que no haya superado en la evaluación final ordinaria de junio. La realización de

la prueba extraordinaria, su evaluación, entrega de calificaciones y revisión se desarrollará

en los primeros días del mes de septiembre.

12. Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba

extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con

materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta

evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de

evaluación.

13. Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los

padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, de

acuerdo con el modelo del Anexo III de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, que

incluirá una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o

alumna del itinerario más adecuado a seguir, así como la identificación, mediante informe

motivado, del grado del logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las

competencias correspondientes que justifica la propuesta. Si se considerase necesario, el

consejo orientador incluirá una recomendación a los padres, madres o tutores legales y en

su caso al alumnado sobre la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del

rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica. El consejo orientador se incluirá

en el expediente del alumno o de la alumna.

14. Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria en septiembre, un alumno

mantenga con calificaciones negativas más de dos materias correspondientes a uno o

varios cursos, el tutor especificará en un programa individualizado las medidas educativas

propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los estándares

de aprendizaje evaluables de dichas materias. El jefe de estudios entregará dicho

programa al tutor del curso siguiente.

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15. En el contexto de la evaluación continua, cuando el alumnado promocione con evaluación

negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje

evaluables correspondientes a éstas será determinada por el profesor de la materia

respectiva del curso al que promocionan, quien tendrá a su vez en consideración el

seguimiento del programa individualizado. En el caso de materias que el alumno haya

dejado de cursar, el departamento de coordinación didáctica correspondiente determinará

su superación en función de las medidas educativas reflejadas en el programa

individualizado.

16. En el Plan de Atención a la Diversidad del centro se recogerán las medidas más adecuadas

para que las condiciones de realización de las evaluaciones, incluida la evaluación final de

etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo

educativo.

17. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos con objetividad. Este derecho implica:

El IES, al comienzo del curso escolar en la página web del centro, publicará los criterios

generales que se vayan a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y los criterios

de promoción, en la propuesta curricular que forma parte del PEC.

El profesorado de las distintas materias, al comienzo del curso escolar, dará a conocer

al alumnado y publicará en la web del centro, los contenidos, criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje evaluables del curso respectivo para su materia, los

conocimientos y aprendizajes básicos, a través sus correspondientes estándares de

aprendizaje que llamaremos mínimos, y se especificarán en el apartado “Estrategias e

instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y criterios de

calificación”, para que alcance una evaluación positiva al final de cada curso, así como

los procedimientos de evaluación del aprendizaje y los criterios de calificación que

vayan a aplicarse, todo ello de acuerdo con la programación didáctica de cada

departamento de coordinación didáctica. La información además versará sobre el

grado de adquisición de las competencias.

El centro comunicarán a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales, a

comienzos de cada curso escolar, las horas que los tutores tienen reservadas en su

horario para atenderles. Asimismo, el tutor del grupo les facilitará las entrevistas que

deseen solicitar con el profesor de una materia determinada.

El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den circunstancias

que lo aconsejen, informará a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales

sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas,

incluyendo, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las

capacidades y posibilidades del alumno, así como, sobre la adquisición de las

competencias.

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Durante el curso escolar, el profesorado y, en última instancia, los jefes de los

departamentos de coordinación didáctica como coordinadores de las actividades

docentes de los mismos, facilitarán aquellas aclaraciones que, sobre lo establecido en

las programaciones didácticas, puedan ser solicitadas, previa petición, por los alumnos

y sus padres, madres o tutores legales.

Los padres, madres o tutores legales de los alumnos podrán solicitar de profesores y

tutores cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de valoraciones que se

realicen sobre el proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones o decisiones

finales que se adopten como resultado del proceso de evaluación. Dicha solicitud se

realizará el primer día hábil posterior a la comunicación de los resultados de la

evaluación. El procedimiento para formular las oportunas reclamaciones sobre las

calificaciones finales se encuentra descrito en el artículo 12 del RRI.

Asimismo los padres, madres o tutores legales de los alumnos tendrán acceso, previa

petición, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos

o tutelados.

Evaluación inicial.

Al comienzo de cada curso de la educación secundaria obligatoria, los equipos

docentes realizarán una evaluación inicial del alumnado en todos los cursos, que

será presidida por el tutor de cada grupo de alumnos y que contará con el apoyo,

en su caso, del departamento de orientación.

La evaluación inicial tendrá como finalidad adoptar las decisiones que

correspondan en relación con las características y conocimientos del alumnado y

que deberán ser recogidas en el acta de la sesión.

En el primer curso de educación secundaria obligatoria, con carácter general, la

evaluación inicial se realizará en los primeros quince días desde el comienzo del

curso y tendrá por finalidad en el marco de la adopción de decisiones a las que se

refiere el apartado 2, detectar la necesidad de incorporación al refuerzo de las

materias instrumentales.

Esta evaluación inicial no sólo se referirá a aspectos curriculares de cada materia,

sino que incluirá los informes individuales preexistentes que revistan interés para

la vida escolar, y los datos obtenidos por los propios tutores y profesores sobre la

situación desde la que el alumno inicia los nuevos aprendizajes. En el caso del

primer curso incluirá, además, los datos correspondientes a la escolarización y al

informe de evaluación final de la etapa de educación primaria.

g) Criterios de promoción del alumnado en Secundaria.

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En lo referente a la promoción en la educación secundaria obligatoria, se aplicará lo dispuesto en el

artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo 22 del Real Decreto 1105/2014, de 26

de diciembre y en el artículo 36 de la Orden EDU 362/2015, de 4 de mayo

1. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa,

serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna

respectivo, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las

competencias correspondientes.

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber

agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de

aprendizaje del alumno o alumna.

2. Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias

cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso

cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua

Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno con evaluación

negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:

a) que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua

Castellana y Literatura, y Matemáticas,

b) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación

negativa no impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente, que tiene

expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución

académica. Para ello, en la evaluación extraordinaria de septiembre, el profesorado de

cada materia con evaluación negativa, informará al equipo docente de si el alumno ha

conseguido, o no, los estándares de aprendizaje evaluables considerados básicos en

esa materia.

c) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas

en el consejo orientador que se entregará a las familias al final de cada uno de los

cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna

con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y

Matemáticas de forma simultánea cuando conjuntamente las siguientes condiciones:

a) que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación

negativa no impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente, que tiene

expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución

académica. Para ello, en la evaluación extraordinaria de septiembre, el profesorado de

cada materia con evaluación negativa, informará al equipo docente de si el alumno ha

conseguido, o no, los estándares de aprendizaje evaluables considerados básicos en

esa materia.

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b) y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas

en el consejo orientador que se entregará a las familias al final de cada uno de los

cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o

alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Las materias con la misma denominación en

diferentes cursos de la Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias

distintas.

3. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las

materias no superadas, seguirán los programas de refuerzo que establezca el equipo docente y

deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo. La

aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar

el curso académico.

4. El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso.

Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo

dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso,

tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria

Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso.

Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los

cursos anteriores de la etapa.

En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se

adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las

dificultades detectadas.

La repetición deberá ir acompañada de un plan específico personalizado, orientado a la

superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Las medidas de este plan se

incluirán en el consejo orientador que se entregará a las familias al final de cada uno de los

cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.

5. Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los

padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá

una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del

itinerario más adecuado a seguir, así como la identificación, mediante informe motivado, del

grado del logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias

correspondientes que justifica la propuesta. Si se considerase necesario, el consejo orientador

podrá incluir una recomendación a los padres, madres o tutores legales y en su caso al

alumnado sobre la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento o

a un ciclo de Formación Profesional Básica. El consejo orientador se incluirá en el expediente

del alumno o de la alumna.

h) Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de los

alumnos con materias pendientes de otros cursos en Secundaria.

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1. Cuando, tras la celebración de la prueba extraordinaria en septiembre, un alumno

mantenga con calificaciones negativas más de dos materias correspondientes a uno o

varios cursos, el tutor especificará en un programa individualizado las medidas educativas

propuestas por el equipo docente para contribuir a que el alumno alcance los estándares

de aprendizaje evaluables de dichas materias. El tutor entregará estos programas

individualizados al jefe de estudios quien, a su vez, se los hará llegar al tutor del curso

siguiente.

2. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las

materias no superadas, seguirán las medidas de refuerzo propuestas en el programa

individualizado y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas

de refuerzo. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en

todo caso, al finalizar el curso académico.

3. Además, en las programaciones de cada materia y curso, se reflejarán las actividades de

recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores destinadas a la

superación de estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a éstas.

4. Al inicio de cada curso, el director nombrará un tutor de pendientes que tendrá la

siguientes funciones:

Hacer un listado de alumnos con materias pendientes que hará llegar a los tutores y

departamentos para su comprobación.

Recopilar de los departamentos las actividades de recuperación de cada materia y

curso para coordinar su temporalización y su difusión a través de los tablones de

anuncios y de la página web del Centro.

Hacer llegar, a las familias del alumnado con materias pendientes, por carta en la

primera quincena de octubre, toda la información relativa al proceso de recuperación

y de préstamo, a través del RELEO, de los libros necesarios para ello.

Colaborar con jefatura de estudios en la recogida y difusión de los programas

individualizados de los alumnos con materias pendientes.

Atender y aclarar todas las dudas de las familias y del alumnado que pudieran surgir al

respecto.

5. En el contexto de la evaluación continua, cuando el alumnado promocione con evaluación

negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje

evaluables correspondientes a éstas será determinada por el profesor de la materia

respectiva del curso al que promocionan, quien tendrá a su vez en consideración el

seguimiento del programa individualizado. En el caso de materias que el alumno haya

dejado de cursar, el departamento de coordinación didáctica correspondiente determinará

su superación en función de las medidas educativas reflejadas en el programa

individualizado.

6. Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba

extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con

materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta

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evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de

evaluación.

Medidas de refuerzo educativo para los alumnos de la ESO con materias pendientes de otros

cursos:

Refuerzos individuales en el grupo ordinario.

Los profesores implicados prestarán especial atención a los alumnos que promocionen con

materias pendientes de cursos anteriores, valorando de forma preferente el esfuerzo

manifestado por el alumno y las actividades de recuperación recogidas en su

programación didáctica

Se utilizarán medidas metodológicas orientadas a la integración de las distintas

experiencias y aprendizajes del alumnado, que se adaptarán a sus características

personales.

Refuerzos colectivos

Medidas organizativas, siempre que sea posible, por parte del centro para incidir en el

desarrollo del currículo de las materias de refuerzo instrumental: agrupamientos flexibles

de carácter temporal o desdoblamientos de grupo para mejorar la atención prestada a los

alumnos.

Incorporación al Programa de Apoyo y Refuerzo Educativo(MARE)

Esta medida se propone para el alumnado de 1º y 2º de ESO, al que se le haya detectado,

una vez analizados los resultados de la evaluación inicial, carencias básicas en las materias

instrumentales. La decisión de incorporación deberá contar con el acuerdo del equipo

docente y el asesoramiento del departamento de orientación.

Esta medida se realiza por la tarde y está detallada en el Plan de Actuación MARE para

cada curso.

Materias de refuerzo instrumental en Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas

De acuerdo con el artículo 28. Materias de refuerzo educativo, de la Orden EDU/362/2015,

de 4 de mayo, el Centro aplicará esta medida de refuerzo al alumnado de 2º de ESO con

Lengua Castellana y Literatura y/o Matemáticas pendientes y al alumnado de 4º de ESO

que haya cursado un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento.

EL alumnado podrá cursar una materia de refuerzo instrumental, en lugar de la Segunda

Lengua Extranjera en segundo curso y en lugar de otras materias de libre configuración

autonómica en cuarto curso para los alumnos que hayan cursado un programa de mejora

del aprendizaje y del rendimiento, que les proporcionen una ayuda complementaria. Esta

medida es compatible con el desarrollo de otras medidas, organizativas y curriculares.

La propuesta de incorporación a las materias de refuerzo será realizada, con carácter

general, antes del comienzo del curso, por el departamento de orientación del centro o, en

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su caso, de los profesores de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas y será

comunicada por escrito a los padres, madres o tutores del alumno con el fin de poner en

su conocimiento la obligatoriedad de la misma.

Para la incorporación a las materias de refuerzo de cuarto curso por parte de los alumnos

que hayan cursado un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento, se tendrá en

cuenta el desarrollo del proceso de aprendizaje a lo largo de dicho programa y el consejo

orientador de tercer curso.

El currículo de las materias de refuerzo instrumental del bloque de asignaturas de libre

configuración autonómica será acomodado por los profesores que impartan estas materias

a las necesidades del alumnado, con la finalidad de que puedan alcanzar los estándares de

aprendizaje evaluables fijados para cada una de las materias.

La impartición de las materias de refuerzo instrumental en Lengua Castellana y Literatura y

Matemáticas se podrá organizar de manera que el alumnado que lo precise reciba, de

forma simultánea, apoyo para superar sus dificultades de aprendizaje en ambas. En

cualquier caso, la suma de los tiempos dedicados a estas materias deberá coincidir con el

horario total dedicado a las materias de libre configuración autonómica en cada curso.

El departamento de orientación y/o los tutores informarán a las familias de las medidas que se

vayan a aplicar para contar con la actitud favorable y colaboración de los padres, madres o

tutores legales de los alumnos.

Todas las medidas de refuerzo aparecerán recogidas, en su caso, en la programación didáctica

del departamento correspondiente y en el proyecto educativo.

i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6 del

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

1. La programación docente debe comprender en todo caso la prevención de la violencia de

género, de la violencia contra las personas con discapacidad, de la violencia terrorista y de

cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío

como hecho histórico. Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y

estereotipos que supongan discriminación.

2. En la programación didáctica de cada materia y curso de la Educación Secundaria

Obligatoria se detallarán los estándares de aprendizaje evaluables con los que se trabajará

cada uno de estos elementos transversales:

La comprensión lectora

La expresión oral y escrita

La comunicación audiovisual

Las Tecnologías de la Información y la Comunicación

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El emprendimiento

La educación cívica y constitucional

3. En la programación didáctica de cada materia y curso de Secundaria y Bachillerato se

podrán detallar los estándares de aprendizaje evaluables o desarrollar actividades

concretas con los que se trabajará cada uno de estos elementos transversales:

El desarrollo y afianzamiento del espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial a

partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en

equipo, la confianza en uno mismo y el sentido crítico.

La adquisición de competencias para la creación y desarrollo de los diversos modelos

de empresas

El fomento de la igualdad de oportunidades

El respeto al emprendedor, al empresario y la ética empresarial.

El desarrollo sostenible y el medio ambiente

Los riesgos de explotación y abuso sexual

El abuso y maltrato a las personas con discapacidad

Las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las Tecnologías de

la Información y la Comunicación

La protección ante emergencias y catástrofes.

4. El Centro organizará conferencias, seminarios, talleres y todo tipo de actividades,

adaptadas a la etapa evolutiva de los alumnos que se contemplarán y detallarán en el Plan

de Acción Tutorial, en el Plan de Convivencia, y en la Programación de Actividades

Extraescolares y Complementarias. Para ello colaborará en las campañas de sensibilización

y formación, que lleven a efecto directamente las administraciones públicas o estén

expresamente avaladas por las mismas, sobre los siguientes elementos transversales:

El desarrollo de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres

La prevención de la violencia de género o contra personas con discapacidad

Los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por

cualquier condición o circunstancia personal o social.

El aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos

de la vida personal, familiar y social

Los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la

paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos, el respeto a los hombre y

mujeres por igual, a las personas con discapacidad y el rechazo a la violencia terrorista,

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la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y consideración a las víctimas

del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo de violencia.

La mejora de la convivencia, la tolerancia, la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la

empatía con actuaciones adecuadas tendentes a evitar los accidentes de tráfico y sus

secuelas.

La actividad física y la dieta equilibrada

j) Programaciones didácticas de materia y curso en Secundaria.

1. La programación didáctica es el instrumento específico de planificación, desarrollo y

evaluación de cada una de las materias y en ella se concretarán los distintos elementos del

currículo para el desarrollo de la actividad docente en cada curso.

2. Anualmente, al inicio del curso escolar y de acuerdo con la propuesta curricular, la

Comisión de Coordinación Pedagógica establecerá los criterios para la elaboración y

evaluación de las programaciones didácticas.

3. El jefe de cada departamento de coordinación didáctica coordinará la elaboración de las

programaciones didácticas correspondientes, que correrá a cargo del profesorado del

mismo y serán aprobadas por el claustro de profesores del centro en el marco de la

propuesta curricular.

4. Las programaciones didácticas en Secundaria deberán contener, al menos, los siguientes

elementos:

a) Secuencia y temporalización de los contenidos.

b) Estándares de aprendizaje evaluables que se consideran básicos.

c) Decisiones metodológicas y didácticas.

d) Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la Orden

ECD/65/2015, de 21 de enero.

e) Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia.

f) Medidas que promuevan el hábito de la lectura.

g) Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y

criterios de calificación.

h) Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos

anteriores.

i) Medidas de atención a la diversidad.

j) Materiales y recursos de desarrollo curricular.

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k) Programa de actividades extraescolares y complementarias.

l) Procedimiento de evaluación de la programación didáctica y sus indicadores de logro.

m) Las medidas contempladas en el Plan de Acción de Centro en cada curso, elaborado a

partir de las pruebas de Diagnóstico:

5. Para evaluar las programaciones didácticas, Jefatura de Estudios ha elaborado un modelo

común a todos los departamentos que tendrán que incorporar a sus programaciones.

6. Las programaciones serán objeto de una memoria final que evalúe los resultados

alcanzados, la práctica docente, la coordinación interna del departamento de coordinación

didáctica correspondiente y cuantos otros aspectos didácticos y académicos sean

pertinentes, a juicio del propio departamento y siguiendo el modelo común para todos los

departamentos que ha elaborado Jefatura de Estudios.

7. Cada Departamento entregará en Dirección una copia digitalizada de sus programaciones

al comienzo de cada curso, según los plazos establecidos.

8. Todos los Departamentos custodiarán una copia impresa por si algún miembro de la

Comunidad Educativa quisiera consultarla.

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PROPUESTA CURRICULAR DE BACHILLERATO

a) Adecuación y concreción de los objetivos de Bachillerato de acuerdo con lo establecido en

el proyecto educativo.

El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les

permitan:

a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una conciencia

cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los

derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad

justa y equitativa.

b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y

autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos

personales, familiares y sociales.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres,

analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular

la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas

por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas

con discapacidad.

d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el

eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.

e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana.

f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.

h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes

históricos y los principales factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el

desarrollo y mejora de su entorno social.

i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las

habilidades básicas propias de la modalidad elegida.

j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los

métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la

tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el

respeto hacia el medio ambiente.

k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo

en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como fuentes de

formación y enriquecimiento cultural.

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m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y social.

n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

b) Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables

correspondientes a cada materia y curso, desarrollando y complementando los establecidos

en los Anexos I.B, I.C y I.D de esta orden.

Todos los departamentos han reflejado en las programaciones los contenidos, criterios y

estándares de aprendizaje correspondientes a cada materia y curso establecidos en los Anexos

I.B, I.C y I.D de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

Si en algún momento decidieran desarrollarlos o complementarlos, el jefe de departamento

correspondiente se lo hará saber a la CCP para modificar esta propuesta curricular una vez

presentada y aprobada en claustro.

c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos en Bachillerato

Para el logro de la finalidad y los objetivos de la etapa de Bachillerato se requiere una

metodología didáctica que, fundamentada en principios básicos del aprendizaje, sea acorde

con la naturaleza de la materia, las condiciones socioculturales, la disponibilidad de recursos y

las características del alumnado con el fin de propiciar un aprendizaje eficaz. La introducción

de las competencias como elemento esencial del currículo hace que cualquiera de las

metodologías seleccionadas por los docentes deba ajustarse al nivel competencial inicial de

éstos.

Desde esta propuesta curricular se marcan los principios pedagógicos y didácticos generales

que se tendrán en cuenta para elaborar las programaciones didácticas de cada materia:

1. Las actividades educativas en la etapa estarán encaminadas al desarrollo de la

capacidad del alumnado para el autoaprendizaje, el trabajo en equipo y la aplicación

de métodos de investigación apropiados.

2. Se utilizarán metodologías activas y contextualizadas que despierten la motivación y

estimulen el interés del alumnado, facilitando su participación e implicación y la

adquisición y uso de conocimientos en situaciones reales. Apoyándose en estructuras

de aprendizaje cooperativo y considerando el grupo como recurso metodológico.

3. En las distintas materias se desarrollarán actividades que fomenten el hábito de

lectura y estudio, así como las destrezas para la correcta expresión oral en público y

escrita.

4. La integración y el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación se

promoverá como recurso metodológico eficaz para llevar a cabo las tareas de

enseñanza y aprendizaje.

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5. La metodología didáctica en esta etapa educativa será fundamentalmente activa y

participativa, favoreciendo el trabajo individual, cooperativo y en equipo del

alumnado, así como el logro de los objetivos y competencias correspondientes.

6. Se prestará especial atención a los alumnos con necesidad específica de apoyo

educativo, potenciando recursos metodológicos y medidas de atención a la diversidad

que les permitan finalizar con éxito la etapa.

d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de

curso.

Se procurará agrupar a los alumnos en función de los siguientes principios:

1. Los grupos serán heterogéneos, es decir:

Distribución equitativa hombre- mujer.

Los alumnos repetidores, si los hubiera, serán distribuidos equitativamente entre

los grupos existentes en ese nivel.

Los alumnos con necesidades educativas especiales, si los hubiera, serán

distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.

Los alumnos que hayan promocionado por imperativo legal, si los hubiera, serán

distribuidos equitativamente entre los grupos existentes en ese nivel.

Distribución equitativa del alumnado que presenta conductas contrarias a la

convivencia.

2. Distribución del alumnado según optatividad (incluyendo el bilingüismo)

3. Agrupamientos en 1º de ESO: Distribución equitativa alumnado de 6º de Primaria.

(Recabar información en las reuniones de transición). Se tendrá en cuenta el centro de

procedencia del alumnado de 1º de E.S.O.

4. Agrupamientos que favorezcan medidas de atención a la diversidad: grupos flexibles y

desdobles. Como fuente de información a la hora de realizar los agrupamientos se

utilizarán:

Reuniones de Equipos Docentes.

Información del Departamento de Orientación..

Informes de las reuniones de fin de etapa.

Información facilitada por los Centros de Educación Primaria.

Informe de Convivencia.

Documentos de matriculación.

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CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE CURSO

(Orden de 29 de Junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y

funcionamiento de los Institutos de Enseñanza Secundaria.). Título IV. Horarios de los alumnos. Artículo

67.

a) Ningún grupo de alumnos podrá tener más de siete periodos lectivos diarios.

b) Cada periodo lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta minutos.

c) Después de cada periodo lectivo habrá un descanso de cinco minutos, como mínimo, para

efectuar los cambios de clase.

d) Después de cada dos o tres periodos lectivos habrá un descanso de quince minutos, como

mínimo.

e) En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los alumnos.

f) La distribución de las áreas y materias en cada jornada, y a lo largo de la semana, se

realizará atendiendo a razones exclusivamente pedagógicas.

g) En ningún caso las preferencias horarias de los Profesores o el derecho de los mismos a

elección, recogido en estas instrucciones, podrán obstaculizar la aplicación de los criterios

anteriormente expuestos o los que pueda establecer el Claustro.

En la elaboración de los horarios de los alumnos por parte de Jefatura de Estudios se

procurará:

Distribución equilibrada de las horas de cada materia a lo largo de la semana. Se

procurará que las horas dedicadas a cada materia en un mismo grupo no se sitúen en

días consecutivos. Este criterio se tendrá en cuenta con especial atención en aquellas

materias que tienen pocas horas semanales.

Que no haya más de dos horas de una misma materia a penúltima y/o última hora de

la mañana. En el caso de materias de dos horas, que no estén las dos a última hora de

la mañana.

Se intentará respetar al máximo lo solicitado por el alumnado en su elección de

materias optativas y materias de modalidad y específicas.

Cuando debido al elevado de alumnos de necesidades educativas especiales y a la

escasez de recursos humanos para su correcta atención en el aula ordinaria lo

aconseje, la atención de dichos alumnos se realizará en el aula de apoyo, y en la franja

horaria correspondiente a las materias que trabajen en dicho aula (instrumentales).

La decisión sobre el alumnado propuesto para la aplicación de medidas de atención a

la diversidad (PMAR, Programa Diversificación Curricular, Refuerzos Educativos, MARE,

etc.) corresponde a los Equipos Docentes.

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En la elaboración de los horarios del profesorado por parte de Jefatura de Estudios, además de

la asignación de horas establecidas en la normativa vigente, siempre que sea posible se

tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Las tutorías se asignarán por grupos a los Departamentos con menor carga lectiva,

siempre y cuando, la organización de grupos lo permita.

Los profesores deberán impartir un mínimo de dos periodos lectivos diarios y un

máximo de cinco. Aquellos profesores que lo deseen, este máximo se fijará en cuatro

periodos lectivos.

Se pondrán dos profesores de guardia a primeras y últimas horas. En el resto de las

horas habrá tres profesores de guardia, siempre dependiendo del profesorado

disponible. Los profesores de guardia se distribuirán las tareas según acuerdo entre

ellos, debiendo quedar siempre cubiertos aquellos grupos en los que faltara algún

profesor. En caso de que no haya necesidad de realizar guardias en las aulas, al menos

uno de ellos permanecerá en la biblioteca para atender a los posibles alumnos. Los

demás estarán localizables por si surgiera cualquier incidencia. Las guardias de recreo

se considerarán como guardias normales compensando en tiempo las peculiaridades

de este tipo de guardias.

La CCP y las Reuniones de Departamento se colocarán dentro de las seis horas lectivas

de lunes a viernes, excepcionalmente se colocará a séptima hora cualquier día de la

semana.

Todo el profesorado tendrá, en su horario personal, una hora complementaria de

atención a padres que quieran informarse sobre las características de la materia o el

progreso académico de su hijo en la misma.

En cada tramo horario existirá al menos un miembro del equipo directivo de guardia

directiva.

Se procurará que los horarios de los profesores que compartan con otros centros sean

adecuados. Para ello, deberán coordinarse los jefes de estudios de los centros

implicados.

El profesorado podrá completar la parte regular no lectiva de su horario con diferentes

funciones: colaboración en actividades complementarias y extraescolares,

organización y mantenimiento de material educativo, además de programación de

actividades educativas y elaboración de materiales curriculares, entre otras.

e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular.

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En el marco del diseño de una intervención educativa contextualizada, las decisiones sobre la

selección de materiales y recursos de desarrollo curricular corresponden a los departamentos

de coordinación didáctica correspondientes de acuerdo con los siguientes criterios

establecidos por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro:

1. Calidad objetiva de los diferentes materiales.

2. Acordes con los principios pedagógicos y didácticos establecidos en esta Propuesta

Curricular.

3. Adaptados al rigor científico adecuado a las edades de los alumnos y al currículo

aprobado por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.

4. Deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y

deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de

Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a los que ha de

ajustarse toda la actividad educativa.

5. Materiales y recursos múltiples, incorporando a los de carácter tradicional otros

innovadores que integren diferentes soportes instrumentales, con objeto de fomentar

en el alumnado la búsqueda crítica de fuentes de diversa naturaleza y procedencia y

desarrolle la capacidad de aprender por sí mismo.

6. Integradores de las Tecnologías de la Información y Comunicación como recurso

metodológico indispensable en el aula.

7. Racionalización y optimización de los recursos materiales y fuente documentales,

como los libros de texto, existentes en el centro.

El profesorado podrá elaborar sus propios recursos de desarrollo curricular.

La inspección educativa supervisará los materiales de desarrollo curricular adoptados por

los centros en el ejercicio de su autonomía pedagógica, como parte del proceso ordinario

de inspección sobre la totalidad de elementos que integran el proceso de enseñanza y

aprendizaje.

La consejería competente en materia de educación podrá establecer el tiempo mínimo de

permanencia, con carácter general, de los libros de texto una vez sean adoptados.

f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado de Bachillerato,

teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades

educativas especiales.

En lo relativo a la evaluación de los aprendizajes, se estará a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo 30 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y en el

artículo 30 de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

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1. La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las

distintas materias, tendrá un carácter formativo y será un instrumento para la mejora

tanto de los procesos de enseñanza como de los procesos de aprendizaje.

2. Cuando un alumno sea sorprendido por el profesor copiando en un examen/prueba se le

retirará el examen/prueba y su calificación será 0.

3. Cuando un alumno falte a un examen/prueba, con peso en la calificación de cada materia,

solo se le repetirá cuando los padres avisen con anterioridad al examen/prueba y el

alumno o sus padres se lo soliciten al profesor implicado y acrediten, con modelo oficial, el

motivo justificado de la falta (enfermedad, deber inexcusable, competición deportiva, viaje

de estudios…). En última instancia, vistos los justificantes, la decisión de la repetición o no

del examen/prueba corresponde al profesor de la materia.

4. Cuando los alumnos superen un máximo del 25% de pérdida de horas de clase por

trimestre en una materia, área o curso, no se les podrán aplicar correctamente los criterios

generales de evaluación y la propia evaluación continua. En estos casos los departamentos

didácticos tendrán la obligación de adoptar sistemas extraordinarios de evaluación para

esos alumnos. Por otra parte los departamentos didácticos también podrán adoptar dichas

medidas extraordinarias con un número menor de faltas de asistencia, cuando lo

consideren conveniente y dependiendo de las circunstancias propias de cada caso.

5. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el

logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los

bloques de asignaturas troncales y específicas y, en su caso de libre configuración

autonómica, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que

figuran en los Anexos I.B, I.C y, I.D, respectivamente, de la Orden EDU/363/2015, de 4 de

mayo.

6. El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o alumna ha

logrado los objetivos y ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias

correspondientes.

7. A lo largo de cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación de los

aprendizajes del alumnado, una por trimestre. La última sesión se entenderá como la de

evaluación final ordinaria del curso. El equipo docente coordinado por el tutor, y

asesorado, en su caso, por el orientador del centro, intercambiarán información y

adoptarán decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado. El tutor levantará

acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones

adoptadas De los resultados del proceso de evaluación se informará por escrito a las

familias. Tras la evaluación final ordinaria, se informará por escrito con carácter inmediato

a los alumnos y, en su caso, a sus familias, según modelo personalizado, sobre cada

materia calificada negativamente y se les orientará sobre la realización de las pruebas

extraordinarias, especificando los contenidos y aprendizajes básicos, a través sus

correspondientes estándares de aprendizaje, para que alcance una evaluación positiva.

Estos estándares, que llamaremos mínimos, se especificarán en el apartado “Estrategias e

instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y criterios de

calificación” en las programaciones de cada materia y curso.

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8. Concentración de exámenes/pruebas en 2º de Bachillerato (Aprobado en Claustro el 27

de octubre de 2016):

Para mejorar el rendimiento del alumnado de 2º de Bachillerato y familiarizarles con el

modelo EBAU, Jefatura de Estudios organizará, en cada evaluación, la concentración en

cuatro días, incluyendo un fin de semana en medio, de exámenes/pruebas, dos por día

cada alumno, según modelo EBAU. Por ello no se podrán hacer exámenes/pruebas del

mismo peso que el de evaluación en los diez días anteriores a dicha concentración.

9. Criterios para la concesión de las Matrículas de Honor en 2º de Bachillerato (Aprobado

en claustro el 20 de abril 2017):

A aquellos alumnos que al finalizar segundo curso de bachillerato hayan demostrado un

rendimiento académico excelente en la etapa, obteniendo una nota media igual o superior

a nueve se les podrá otorgar una «Matrícula de Honor», consignándola en los documentos

oficiales de evaluación, con la expresión «MH». Dicha mención se concederá a uno de cada

20 alumnos matriculados en segundo curso de bachillerato, o fracción superior a 15. Si el

número de alumnos es inferior a 20 sólo se podrá conceder a un alumno.

Al acabar todas las sesiones de las Evaluación Finales de 2ºBACH se reunirá el equipo

docente de 2ºBACH para conceder dicho reconocimiento, según los siguientes criterios,

ordenados por prioridad:

1º Alumnos cuya media en todo Bachillerato, sea igual o superior a 9.

2º En caso de empate en el punto 1º, se ordenarían según la media de segundo de

Bachillerato.

3º En caso de empate en el punto 2º, se ordenarían según media de las materias

comunes de Bachillerato, tanto de primero como de segundo

4º En caso de empate en el punto 3º, se procedería a un sorteo

10. Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con evaluación negativa

en la convocatoria ordinaria de junio, los centros organizarán la oportuna prueba

extraordinaria en las fechas que determine la consejería competente en materia de

educación. Asimismo, el tutor podrá especificar en un programa individualizado las

recomendaciones propuestas por los profesores de las materias no superadas en dicha

convocatoria para contribuir a que el alumno alcance los estándares de aprendizaje

evaluables de las mismas.

11. Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba

extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con

materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta

evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de

evaluación.

12. En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con evaluación

negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje

evaluables correspondientes a éstas será determinada por el profesor de la materia

respectiva del segundo curso. En el caso de materias que el alumno haya dejado de cursar,

el departamento de coordinación didáctica correspondiente determinará su superación.

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13. La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará

condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las

correspondencias indicadas en el Anexo IV de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

14. En el Plan de Atención a la Diversidad del centro se recogerán las medidas más adecuadas

para que las condiciones de realización de las evaluaciones, incluida la evaluación final de

etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo

educativo.

15. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos con objetividad. Este derecho implica:

El IES, al comienzo del curso escolar en la página web del centro, publicará los criterios

generales que se vayan a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y los criterios

de promoción, en la propuesta curricular que forma parte del PEC.

El profesorado de las distintas materias, al comienzo del curso escolar, dará a conocer

al alumnado y publicará en la web del centro, los contenidos, criterios de evaluación y

estándares de aprendizaje evaluables del curso respectivo para su materia, los

conocimientos y aprendizajes básicos, a través sus correspondientes estándares de

aprendizaje que llamaremos mínimos y se especificarán en el apartado “Estrategias e

instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y criterios de

calificación”, para que alcance una evaluación positiva al final de cada curso así como

los procedimientos de evaluación del aprendizaje y los criterios de calificación que

vayan a aplicarse, todo ello de acuerdo con la programación didáctica de cada

departamento de coordinación didáctica. La información además versará sobre el

grado de adquisición de las competencias.

El centro comunicarán a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales, a

comienzos de cada curso escolar, las horas que los tutores tienen reservadas en su

horario para atenderles. Asimismo, el tutor del grupo les facilitará las entrevistas que

deseen solicitar con el profesor de una materia determinada.

El tutor, después de cada sesión de evaluación, así como cuando se den circunstancias

que lo aconsejen, informará a los alumnos y a los padres, madres o tutores legales

sobre el resultado del proceso de aprendizaje seguido y las actividades realizadas,

incluyendo, en todo caso, una valoración sobre la adecuación del rendimiento a las

capacidades y posibilidades del alumno, así como, sobre la adquisición de las

competencias.

Durante el curso escolar, el profesorado y, en última instancia, los jefes de los

departamentos de coordinación didáctica como coordinadores de las actividades

docentes de los mismos, facilitarán aquellas aclaraciones que, sobre lo establecido en

las programaciones didácticas, puedan ser solicitadas, previa petición, por los alumnos

y sus padres, madres o tutores legales.

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Los padres, madres o tutores legales de los alumnos podrán solicitar de profesores y

tutores cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de valoraciones que se

realicen sobre el proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones o decisiones

finales que se adopten como resultado del proceso de evaluación. Dicha solicitud se

realizará el primer día hábil posterior a la comunicación de los resultados de la

evaluación. El procedimiento para formular las oportunas reclamaciones sobre las

calificaciones finales se encuentra descrito en el artículo 12 del RRI.

Asimismo los padres, madres o tutores legales de los alumnos tendrán acceso, previa

petición, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos

o tutelados

g) Criterios de promoción del alumnado en Bachillerato.

En lo referente a la promoción en bachillerato, se aplicará lo dispuesto en el artículo 36.2 de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo 32 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y en el

artículo 33 de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

1. Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo de Bachillerato cuando hayan

superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo.

En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero.

Cada Departamento Didáctico, en la programación de cada materia, especificará las

actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes en cada curso.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o

alumna debe cursar en cada uno de los bloques.

2. Sin superar 4 años, los alumnos y alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de

Bachillerato una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los

cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente.

Con el fin de no agotar los cuatro años de permanencia en régimen ordinario en la etapa, el

alumnado podrá solicitar al director o titular del centro la anulación de la matrícula cuando

concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.

b) Embarazo y obligaciones de tipo familiar que impidan la normal dedicación al

estudio incluidas las derivadas del parto en los dos años siguientes a este.

c) Incorporación a un puesto de trabajo

Cuando se autorice la anulación de matrícula en el expediente académico se extenderá la

correspondiente diligencia. La anulación sólo afectará al curso académico en el que la misma

haya sido concedida. El curso anulado no computará a los efectos de limitación de la

permanencia en el centro.

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La solicitud de anulación de matrícula, salvo en el supuesto de embarazo y obligaciones de tipo

familiar derivadas del parto, se realizará antes de finalizar el mes de marzo e irá acompañada

de la documentación acreditativa de la circunstancia que la motiva.

En los casos de embarazo y obligaciones de tipo familiar derivadas del parto, el plazo de

presentación de la solicitud será hasta el 10 de mayo, debiendo ir acompañada de certificación

médica que acredite el embarazo en el momento de la presentación de la misma o de

documentación que acredite la fecha del parto.

3. Los alumnos que tras cursar el primer curso de bachillerato deseen cursar segundo curso en

otra modalidad o itinerario, podrán hacerlo de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Deberán cursar las materias generales del bloque de asignaturas troncales de

segundo curso y, en su caso, las de primero que no hubieran superado.

b) Deberán cursar la materia general del bloque de asignaturas troncales propia de

primer curso de la nueva modalidad.

c) Deberán cursar las materias del bloque de asignaturas troncales de opción de la

nueva modalidad, tanto las de primero como las de segundo curso.

d) Podrán computarse como materias específicas en la nueva modalidad o itinerario

las materias específicas superadas de primer curso de la modalidad que decide

abandonar. En su caso, deberá superar las materias específicas de primero de la nueva

modalidad.

e) En todo caso, deberá superar aquellas materias de primer curso que estén

condicionadas a materias de segundo curso, según la correspondencia establecida en

el Anexo IV de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

De los cambios de modalidad se extenderá diligencia en el expediente académico y en el

historial del alumno, firmada por el secretario y visada por el director del centro

4. Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en

algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias

superadas u optar por repetir el curso completo.

h) Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de los

alumnos con materias pendientes de otros cursos en Bachillerato.

1. El alumnado que promocione de primero a segundo de Bachillerato con evaluación

negativa en dos materias, como máximo, deberá matricularse en segundo curso de las

materias pendientes de primero.

2. En las programaciones de cada materia y curso, se reflejarán las actividades de

recuperación de los alumnos con materias pendientes de cursos anteriores destinadas a la

superación de estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a éstas.

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3. Al inicio de cada curso, el director nombrará un tutor de pendientes que tendrá la

siguientes funciones:

Hacer un listado de alumnos con materias pendientes que hará llegar a los tutores y

departamentos para su comprobación.

Recopilar de los departamentos las actividades de recuperación de cada materia y

curso para coordinar su temporalización y su difusión a través de los tablones de

anuncios y de la página web del Centro.

Hacer llegar, a las familias del alumnado con materias pendientes, por carta en la

primera quincena de octubre, toda la información relativa al proceso de recuperación

y de préstamo, a través del RELEO, de los libros necesarios para ello.

Colaborar con jefatura de estudios en la recogida y difusión de los programas

individualizados de los alumnos con materias pendientes.

Atender y aclarar todas las dudas de las familias y del alumnado que pudieran surgir al

respecto.

4. En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con evaluación

negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje

evaluables correspondientes a éstas será determinada por el profesor de la materia

respectiva del segundo curso. En el caso de materias que el alumno haya dejado de cursar,

el departamento de coordinación didáctica correspondiente determinará su superación.

5. La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará

condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las

correspondencias indicadas en el Anexo IV de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

6. Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba

extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con

materias pendientes, que será coordinada por el jefe de estudios. Del resultado de esta

evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de

evaluación.

i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6 del

Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

1. La programación docente debe comprender en todo caso la prevención de la violencia de

género, de la violencia contra las personas con discapacidad, de la violencia terrorista y de

cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío

como hecho histórico. Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y

estereotipos que supongan discriminación.

2. En la programación didáctica de cada materia y curso de Secundaria y Bachillerato se

podrán detallar los estándares de aprendizaje evaluables o desarrollar actividades

concretas con los que se trabajará cada uno de estos elementos transversales:

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El desarrollo y afianzamiento del espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial a

partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en

equipo, la confianza en uno mismo y el sentido crítico.

La adquisición de competencias para la creación y desarrollo de los diversos modelos

de empresas

El fomento de la igualdad de oportunidades

El respeto al emprendedor, al empresario y la ética empresarial.

El desarrollo sostenible y el medio ambiente

Los riesgos de explotación y abuso sexual

El abuso y maltrato a las personas con discapacidad

Las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las Tecnologías de

la Información y la Comunicación

La protección ante emergencias y catástrofes.

3. El Centro organizará conferencias, seminarios, talleres y todo tipo de actividades,

adaptadas a la etapa evolutiva de los alumnos que se contemplarán y detallarán en el Plan

de Acción Tutorial, en el Plan de Convivencia, y en la Programación de Actividades

Extraescolares y Complementarias. Para ello colaborará en las campañas de sensibilización

y formación, que lleven a efecto directamente las administraciones públicas o estén

expresamente avaladas por las mismas, sobre los siguientes elementos transversales:

El desarrollo de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres

La prevención de la violencia de género o contra personas con discapacidad

Los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por

cualquier condición o circunstancia personal o social.

El aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos

de la vida personal, familiar y social

Los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la

paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos, el respeto a los hombre y

mujeres por igual, a las personas con discapacidad y el rechazo a la violencia terrorista,

la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y consideración a las víctimas

del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo de violencia.

La mejora de la convivencia, la tolerancia, la prudencia, el autocontrol, el diálogo y la

empatía con actuaciones adecuadas tendentes a evitar los accidentes de tráfico y sus

secuelas.

La actividad física y la dieta equilibrada

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j) Programaciones didácticas de materia y curso en Bachillerato.

1. La programación didáctica es el instrumento específico de planificación, desarrollo y

evaluación de cada una de las materias y en ella se concretarán los distintos elementos del

currículo para el desarrollo de la actividad docente en cada curso.

2. Anualmente, al inicio del curso escolar y de acuerdo con la propuesta curricular, la

Comisión de Coordinación Pedagógica establecerá los criterios para la elaboración y

evaluación de las programaciones didácticas.

3. El jefe de cada departamento de coordinación didáctica coordinará la elaboración de las

programaciones didácticas correspondientes, que correrá a cargo del profesorado del

mismo y serán aprobadas por el claustro de profesores del centro en el marco de la

propuesta curricular.

4. Las programaciones didácticas de Bachillerato deberán contener, al menos, los siguientes

elementos:

a) Secuencia y temporalización de los contenidos.

b) Decisiones metodológicas y didácticas.

c) Perfil de cada una de las competencias de acuerdo con lo establecido en la Orden

ECD/65/2015, de 21 de enero.

d) Concreción de elementos transversales que se trabajarán en cada materia.

e) Medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la capacidad de expresarse

correctamente en público y por escrito.

f) Estrategias e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado y

criterios de calificación.

g) Actividades de recuperación de los alumnos con materias pendientes del curso anterior.

h) Medidas de atención a la diversidad.

i) Materiales y recursos de desarrollo curricular.

j) Programa de actividades extraescolares y complementarias.

k) Procedimiento de evaluación de la programación didáctica y sus indicadores de logro.

5. Para evaluar las programaciones didácticas, Jefatura de Estudios ha elaborado un modelo

común a todos los departamentos que tendrán que incorporar a sus programaciones.

6. Las programaciones serán objeto de una memoria final que evalúe los resultados

alcanzados, la práctica docente, la coordinación interna del departamento de coordinación

didáctica correspondiente y cuantos otros aspectos didácticos y académicos sean

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pertinentes, a juicio del propio departamento y siguiendo el modelo común para todos los

departamentos que ha elaborado Jefatura de Estudios.

7. Cada Departamento entregará en Dirección una copia digitalizada de sus programaciones

al comienzo de cada curso, según los plazos establecidos.

8. Todos los Departamentos custodiarán una copia impresa por si algún miembro de la

Comunidad Educativa quisiera consultarla.

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CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN ANUAL DE LA PROPUESTA

CURRICULAR.

Para evaluar anualmente la Propuesta Curricular, el Equipo Directivo recoge todas las

opiniones, valoraciones y propuestas de mejora de todos los sectores de la comunidad

educativa a través de:

Las memorias que elaboran los responsables de cada plan y proyecto de este Centro.

El informe final que cada Departamento hace de su Programación.

El informe final que cada Tutor hace de su grupo.

El análisis de los resultados de cada evaluación de los departamentos y Jefatura de Estudios. (Según modelo propio del IES Antonio Tovar, consensuado en la CCP).

Los acuerdos recogidos en las actas de las CCP, Claustros y Consejos Escolares.

Las aportaciones verbales que han hecho diferentes miembros de la Comunidad Educativa a través de entrevistas personales con el Equipo Directivo.

El modelo de valoración del la Propuesta Curricular, que se pasa a los miembros del Claustro, al finalizar el curso para incorporar su valoración en la memoria final.

EVALUACIÓN ANUAL DE LA PROPUESTA CURRICULAR

1= BAJO 2= MEDIO 3= ALTO

Adecuación de los objetivos de la ESO a las características del centro.

Adecuación de los objetivos del Bachillerato a las características del centro.

Validez de la correlación entre los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje

evaluables correspondientes a cada materia y curso.

Validez de las decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos.

Idoneidad de los criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y

horarios de curso.

Validez de los criterios de selección e materiales de desarrollo curricular.

Idoneidad de los criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en

cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales.

Validez de los criterios de promoción del alumnado.

Validez de los criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación

de los alumnos con materias pendientes de otros cursos.

Grado de incorporación de los diferentes elementos transversales.

Propuestas de mejora:

Esta propuesta curricular ha sido informada por el consejo escolar del centro y aprobada por el claustro de profesores con fecha

26 de noviembre de 2015 y posteriormente modificada en el claustro de 26 de octubre de 2017.