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PROYECTO EDUCATIVO ISTITUCIONAL ESCUELA ESPECIAL 2017- 2021 Ilustre Municipalidad de Santa Cruz Calle Cabello Nº 150 – Fono 821988

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PROYECTO EDUCATIVO ISTITUCIONAL

ESCUELA ESPECIAL 2017- 2021

Ilustre Municipalidad de Santa Cruz

Calle Cabello Nº 150 – Fono 821988

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INTRODUCCION

El Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) de la Escuela Especial de Santa Cruzes

un instrumento técnico que orienta la Gestión de la Unidad Educativa, conforme a

los lineamientos emanados desde la Dirección de Educación Municipal de la

Comuna.

Obedece a los principios de la Ley General de Educación, tendiente a optimizar el

quehacer pedagógico, creando instancias de participación de todos los actores de

la Comunidad Educativa.

El P.E.I es un documento que contiene en forma explícita los principios y objetivos

filosóficos y técnicos que permiten programar las acciones educativas otorgándoles

carácter, dirección y sentido único.

Expresa la aspiración de la Comunidad Educativa acerca del tipo de Institución

Educativa que se requiere para la formación de las y los estudiantes que atiende.

Cuyo principal objetivo que formar estudiantes integrales capaces de ser

autónomos con las habilidades comunicacionales, socio- emocionales y laborales

que les permitan insertarse a la sociedad como cualquier persona.

El P.E.I. explicita el perfil del educador y educando de la Escuela Especial, con

principios sólidos fundados en el valor por la vida y su entorno. Respetuosos de la

diversidad en todos sus aspectos, tendientes a ser agentes de cambio.

El P.E.I es el instrumento inspirador del Plan de Mejoramiento Educativo que

orienta cada área de Gestión Institucional destinada a mejorar los índices de

eficiencia interna y de calidad educativa en general. Por lo que cnostantemente

debe ser revisado y actualizado.

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El P.E.I. de la Escuela Especial considera las nuevas Políticas en Educación en el

marco de la Ley de Inclusión

Por lo que promueve garantizar que los educandos con Necesidades Educativas

Especiales accedan, progresen y egresen del Sistema Educacional con las

competencias necesarias para integrarse y participar plenamente en la vida

familiar, social, cultural y laboral de la sociedad.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

La Escuela Especial de Santa Cruz fue fundada en el año 1982. Su fundadora y

primera Directora fue la Sra. Blanca Silva y las dependencias del colegio se

ubicaban en ese entonces en la casa destinada para uso del Director de la Escuela

Luis Oyarzún Peña.

En el transcurso de su historia durante su funcionamiento ha ocupado diferentes

dependencias y a partir del año 2008 cuenta con un establecimiento propio, el

cual cuenta con dependencias específicas y de calidad, implementadas de acuerdo

a los requerimientos de las necesidades educativas de sus estudiantes como

también para desarrollar las habilidades y destrezas.

Esta Institución Educativa ha obtenido Excelencia Académica desde el año 2.000

hasta la fecha gracias al esfuerzo y dedicación de todos los funcionarios con que

cuenta; docentes, profesionales, monitores y asistentes de Educación.

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VISIÓN

Nuestra Escuela aspira a proporcionar una Educación Integral y de Calidad, bajo

el principio de Equidad e Igualdad de Oportunidades.

Centrada en la persona con un enfoque humanista, garante de derecho, que

respete la diversidad del otro, el entorno y el valor por la vida saludable.

Con un modelo de enseñanza personalizada capaz de desarrollar el aprecio por el

arte, el deporte, la música y la cultura como las habilidades socio-laborales.

MISIÓN

Brindar una educación contextualizada y pertinente a las Necesidades Educativas

Especiales y Múltiples que atiende. Respetando las características individuales, los

propios ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes.

Capaz de desarrollar; la autonomía, diversos sistemas de comunicación y

competencias necesarias para la vida adulta e Inclusión Laboral, incorporando a la

familia como eje fundamental.

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OBJETIVO GENERAL

Otorgar una educación de calidad a las y los jóvenes con necesidades educativas

permanentes, revisando frecuentemente las prácticas pedagógicas para actualizar

la enseñanza que se imparte. La que debe ser contextualizada, pertinente,

equitativa e inclusiva, respondiendo así a las demandas de la sociedad actual.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Propiciar aprendizajes de calidad en los estudiantes, que sean pertinentes y

consideren los diferentes niveles cognitivos y déficits que subyacen a ellos.

Considerar las características individuales en el desarrollo integral de los

estudiantes propiciando el desarrollo de diversos sistemas de comunicación

alternativa y/o aumentativa que les permita relacionarse con su entorno.

Favorecer formación integral de los estudiantes a través de diversos

talleres tendientes al desarrollo de habilidades deportivas, artísticas,

sociales, emocionales y laborales. Dentro y fuera del contexto escolar.

Potenciar la participación permanente de la familia, para realizar una labor

educativa a fin de optimizar el crecimiento, desarrollo y aprendizajes de

todos los estudiantes.

Propiciar un trabajo colaborativo en la Comunidad Educativa fortaleciendo

las redes de apoyo ya existentes (ejemplo: otras escuelas, empresas,

instituciones comunitarias, etc.), para generar condiciones más adecuadas a

la atención y formación integral de los estudiantes.

Facilitar la transición del estudiante a la inserción laboral, afianzando las

habilidades y actitudes necesarias en la implementación de los procesos

educativos que se requieran para lograr la articulación entre la escuela y el

lugar de trabajo.

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UBICACIÓN TERRITORIAL

Actualmente la Escuela Especial se encuentra ubicada en calle Cabello # 150,

comuna de Santa Cruz, provincia de Colchagua, Región del Libertador General

Bernardo O’Higgins.

INFRAECTRUCTURA

La escuela cuenta con espacio físico que permite una intervención pedagógica

acorde a las capacidades de los estudiantes, tales como:

7 salas de Clases

1 sala de Computación

1 sala de Psicomotricidad

1 sala de Hidroterapia

1 sala taller de Cocina

1 sala taller de Música

1 sala taller de Artesanía

1 sala taller de Masoterapia

1 sala de Lavandería

1 Invernadero

1 cancha de Football

1 comedor para los estudiantes

Baños y camarines de estudiantes

4 Box de atención para profesionales

Oficinas

Comedor y cocina para funcionarios

Baños para funcionarios

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IDENTIDAD INSTITUCIONAL

PERFIL DEL ESTUDIANTE.

Con sólidos valores, responsable, honesto, solidario, respetuoso del otro y su

entorno. Con sólido espíritu de superación, poseedor de habilidades y

competencias necesarias para desempeñarse en el ámbito escolar, familiar, social

y laboral.

Autónomo capaz de desenvolverse por sí mismo o de comunicar sus

requerimientos en forma óptima. Comprometido con el proceso de aprendizaje en

todas las áreas de Desarrollo.

Respetuoso de la normas institucionales y de cualquier lugar en el que deba

desenvolverse. Tolerante, con habilidad para escuchar al otro y de controlar o

canalizar sus emociones.

PERFIL FUNCIONARIOS.

Todos los funcionarios que trabajen en Escuela Especial de Santa Cruz deben

cumplir o responder al siguiente perfil:

Docentes, Profesionales, Asistentes Técnicos de Aula, Monitores deben

poseer título profesional y según corresponda de perfeccionamiento y/o

capacitación.

Conocedor de su expertis.

Interesados en perfeccionarse y actualizarse constantemente.

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Dispuestos a mejorar e innovar en las prácticas pedagógicas y/o

profesionales según corresponda.

Comprometidos con diversas actividades que demanda la Unidad Educativa

y con el Sistema de Educación Comunal.

Respetuosos de la diversidad y promotores de la Inclusión.

Proactivos en las funciones que desempeñan.

Responsables de su quehacer educativo, respecto de la función que

realizan.

Respetuosos de todos los miembros de la Comunidad Educativa (Directora,

Jefe de U.T.P, Profesores, Profesionales, Estudiantes, Apoderados,

Asistentes de Educación, etc.)

Promover la Sana y Buena Convivencia en la Comunidad Educativa.

Reservado y prudente con la información propia de la Escuela.

Utilizar un vocabulario respetuoso y formal acorde al rol que desempeña.

Ser capaz de trabajar colaborativamente en pos del bien común de la

Institución Educativa por sobre los interés personales.

Salud compatible al cargo.

Respetuoso de los acuerdos que toma la mayoría.

Cumplir las Normas Institucionales.

Ser resolutivo según corresponda al rol que desempeña.

Manejo de conflictos y/o situaciones inesperadas.

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PERFIL PADRES Y APODERADOS.

Padres que participen activamente en el proceso de enseñanza-aprendizaje

de sus hijos: colaboradores efectivos, responsables, participativos,

comunicativos y comprometidos afectivamente.

Conscientes de las limitaciones y potencialidades de sus hijos con

expectativas de vidas reales para ellos.

Partícipes del proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.

Responsables de los acuerdos que se toman a nivel de curso y escuela.

Comprometidos con actividades de curso y escuela cuyo objetivo sea

mejorar los espacios educativos, como del normal funcionamiento de la

escuela.

Cumplidores de las normas que establece la escuela.

Respetuosos con todos los miembros del Establecimiento

Educacional(Funcionarios, estudiantes y pares)

Capaces de trabajar colaborativamente en actividades de curso y para la

escuela

Proactivos, incorporándose al quehacer de la escuela a través de propuestas

o equipos de trabajo que tiendan a colaborar con la implementación y

mantenimiento de la escuela.

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MODELO PEDAGÓGICO PROPUESTA CURRICULAR.

La Escuela Especial de Santa Cruz, es una Unidad Educativa abierta a los

requerimientos educacionales de la comuna, que favorecen el derecho y acceso a

la educación a todas las personas que presentan Necesidades Educativas

Especiales permanentes y múltiples. Mediante una propuesta inclusiva, sustentada

en un Currículo Educativo Funcional, pertinente y flexible.

Para esta propuesta curricular cuenta con un equipo docente idóneo

comprometido con la función de mediador y facilitador de experiencias, respetando

las características individuales, intereses y necesidades de los estudiantes

conformando equipo de trabajo con los profesionales, asistentes y monitores,

según sea la necesidad.

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ANEXOS

REGLAMENTO INTERNO DISPOSICIONES GENERALES

El presente Reglamento tiene por objetivo preservar y garantizar el desarrollo normal de la

convivencia interna y de todas las actividades escolares que se realicen en los recintos o lugares

que ocupa la escuela para su funcionamiento, o fuera de ellos tratándose de actividades oficiales de

ésta.

Al momento de la matrícula del alumno o alumna, el apoderado y su pupilo asumen la obligación de

respetar, cumplir, y hacer cumplir lo especificado en este reglamento.

El presente Reglamento será difundido durante el mes de marzo a todos los apoderados en la

primera reunión, cuya constancia de entrega deberá ser firmada.

MARCOS LEGALES VINCULADOS A LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

- La Constitución Política de Chile.

- Declaración Universal Derechos Humanos

- Convención sobre Los Derechos del Niño

- Ley Orgánica de Educación Nº 18.962 del 1990 (actualmente reemplazada por la Ley

General de Educación)

- Instructivo Presidencial sobre participación ciudadana

- Política de participación de padres- madres- apoderados en el Sistema Educativo. Ministerio

de Educación 2000.

- Decreto Supremo de Educación Nº 240/99, Nº 220/98, en relación a Objetivos

Fundamentales Transversales.

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- Derecho a la Educación y Convivencia Escolar, Ministerio de Educación 2001.

PRINCIPIOS RECTORES Y ORIENTADORES DE ESTE MANUAL

- Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho.

- Los niños, niñas y jóvenes son sujetos de derecho.

- La educación como pleno desarrollo de la persona.

- Convivencia democrática y construcción de la ciudadanía en la institución escolar.

- La convivencia escolar: un ámbito de consistencia ética.

- Respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la persona y de su familia.

- Igualdad de oportunidades para niños y niñas, mujeres y hombres.

- Las normas de convivencia: un encuentro entre el derecho y la ética.

NORMAS TECNICOS ADMINISTRATIVAS DE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL

DEL ESTABLECIMIENTO.

La Unidad Educativa la conforman:

1 Directivo Docente Superior

1 Jefe de UTP

6 Docentes Especialistas

1 Profesor educación física.

1 Psicólogo

1 Kinesióloga

1 Fonoaudióloga

1 Trabajadora Social

1 Terapeuta Ocupacional

4 Asistentes de Aula

2 Asistentes de Educación

4 Monitores

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1 Asistente de Furgón Escolar Municipal

2 Auxiliares

2 Nocheros

1 Manipuladora

Estudiantes

Padres y apoderados

Jornada Escolar de la Escuela funciona en el siguiente horario:

Cursos con JEC Mañana 8.30 a 13.30 horas Tarde 14.30 a 16.30 horas Cursos sin JEC

Pre-básico Lunes a Viernes 09.30 a 13.00 horas

Talleres

Deporte y Recreación

Música

Huertos Escolares

Artesanía

Cocina

Yoga

Bocha

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OBLIGACIONES GENERALES DEL PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO

El personal del establecimiento estará obligado a respetar y cumplir las siguientes normas:

1. Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento cumpla con las metas

propuestas en el Proyecto Educativo Institucional.

2. Realizar personalmente las funciones convenidas de acuerdo con las normas e instrucciones

del Ministerio de Educación y del Empleador, según corresponda.

3. Desempeñar su labor con diligencia y colaborar en el proceso educacional del establecimiento y

de la comuna.

4. Guardar la debida lealtad y respeto hacia la comunidad educativa, el empleador y sus

representantes.

5. En caso de situación emergente o muy justificada dar aviso oportuno a la Directora del

Establecimiento, de su ausencia antes de las 9.00 horas A.M.

6. Respetar los horarios y controles de entrada y salida: firmar libro de asistencia.

7. Registrar toda salida personal o de servicio, con horas. (en forma interna por dirección).

8. Mantener sobriedad y corrección en el desempeño de sus funciones.

9. Mantener en todo momento relaciones jerárquicas deferentes, con Jefes, compañeros de

trabajo, subalternos y alumnos.

10. Velar por los intereses del establecimiento evitando pérdidas, deterioro o gastos innecesarios

(considerando años de usos de los recursos básicos).

11. Comunicar dentro de 48 horas de sucedido, todo cambio en los antecedentes personales para

ser anotado en su ficha personal, especialmente el cambio de domicilio, o en sus contratos de

trabajo en el caso de los no docentes.

12. Mantener reserva y prudencia, respecto a materias tratadas tanto en grupo Curso, como en las

Reuniones de los funcionarios. (evitando cualquier comentario que deteriore las relaciones

personales).

13. Guardar el debido respeto hacia los Docentes Superiores, Docentes de aula, profesionales no

docentes, pares, alumnos, padres y apoderados, y comunidad Educativa en general.

14. Responsabilizarse de las tareas y actividades que cada uno tiene asignada y comprometerse

con otras, cuando sea requerido en algún momento determinado.

15. Conocer anualmente pauta y resultados de evaluación de desempeño personal.

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Queda prohibido al Personal del establecimiento:

1. Faltar al trabajo, abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin la debida

autorización.

2. Atrasarse reiteradamente en las horas de llegada.

3. Avisar inasistencias antes o después de un feriado largo (a todo servicio público) sin causa

justificada.

4. Faltar días lunes y viernes.

DERECHOS DE TODO EL PERSONAL

1. 6 días de Permisos Administrativo con goce de remuneraciones (días no continuados),

facultativos.

2. Derecho Maternal (Ley).

3. Usar adecuada y responsablemente recursos materiales del Establecimiento.

4. Por cometidos representando o acompañando a delegaciones a viajes de estudio o

actividades extraescolares, se considerará su asistencia como día trabajado.

5. Todo el personal de la Escuela tiene derecho a ser informado de situaciones incorrectas

verbalmente para corregir actitud, de no ser así se comunicará por escrito con la debida

fundamentación, quedando el registro en hoja de vida del funcionario De insistir en dicha

actitud, el caso será derivado a la Dirección de Educación.

6. Todo el personal de la Escuela debe ser informado por la Dirección cada vez que se le

asigne cambio de actividades (turnos, actividades de colaboración, etc.)

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DEBERES DEL DIRECTOR

1. Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional,

teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento es educar, y

prevalece sobre la administrativa y otra, en cualquier circunstancia y lugar.

2. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades de todo el personal de la escuela..

3. Proponer la estructura técnica organizada y pedagógica de su establecimiento que

estime conveniente, debiendo también salvaguardar los niveles básicos de Dirección,

Planificación y Ejecución.

4. Propiciar un ambiente educativo en el establecimiento, estimulante al trabajo de su

personal, fomentando las buenas relaciones humanas.

5. (Presidir los diversos consejos y delegar funciones cuando corresponda.)

6. Delegar funciones cada vez que corresponda o la necesidad de la escuela lo requiera.

7. Presidir los Consejos Administrativos e Informativos

8. Velar por el cumplimiento del desarrollo de Consejos Técnicos, de Reflexión Pedagógica

pedagógicos y otros.

9. Velar por el cumplimiento de las normas e instrucciones emanadas de las autoridades

educacionales competentes.

10. Remitir a las autoridades competentes DAEM, del Ministerio de Educación las actas,

estadísticas y otros documentos que le sean exigibles conforme a la reglamentación y

legislación vigente.

11. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la

inspección del Ministerio de Educación.

12. Informar a la autoridad municipal respecto de las necesidades surgidas en el

establecimiento.

13. Ser el nexo entre el personal y el empleador frente a situaciones de iniciativas,

peticiones y otros usando conducto regular.

14. Apoyo y nexo entre Jefe Técnico y personal.

15. Cautelar el cumplimiento de registros, Libros de asistencia, de salidas, Permisos

Administrativos y Licencias Médicas al día de todo el personal de la Escuela, etc.

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16. Asistir a reuniones y/o Jornadas de Trabajo convocadas por DAEM, Muniicipalidad,

Deprov y Mineduc.

DEBERES DEL JEFE TECNICO

1. Planificar, organizar, supervisar y evaluar el proceso enseñanza- aprendizaje.

2. Planificar, organizar y presidir los consejos técnicos optimizando el tiempo y los

recursos de los mismos

3. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y

evaluación del currículum del establecimiento, procurando una eficiente distribución

de tiempo y recursos.

4. Velar por el cumplimiento de planes y programas.

5. Apoyar la gestión de la Dirección.

6. Diseñar alternativas instruccionales e integrar su acción docente para asegurar

efectivos cambios cognitivos y conductuales de los alumnos.

7. Supervisar y revisar el mantenimiento al día de leccionarios y evaluaciones del

Profesor de Aula.

8. Evaluar labor docente en cuanto a normativas de “acompañamiento al aula”.

9. Asistir a reuniones y/o jornadas de trabajo convocadas por Daem, Deprov y

Mineduc.

10. Ejecutar y coordinar proyectos relativos a mejorar la calidad de educación.

DEBERES Y OBLIGACION DEL Y LA DOCENTE DE AULA

1. Planificar, organizar, desarrollar y evaluar el proceso enseñanza-

aprendizaje de los/as alumnos/as de su curso.

2. Desarrollar en los/as alumnos/as, valores y hábitos en concordancia con

los objetivos propuestos por las nuevas directrices de educación nacional.

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3. Articular su acción docente con otros especialistas a fin de desarrollar

actividades en conjunto.

4. Participar en consejos y reuniones técnicas del establecimiento y en

aquellas relacionadas con el desempeño de su función específica.

5. Cumplir con el horario de trabajo fijado por la Unidad Educativa.

6. Cumplir con la rutina del turno diario (recibir a los alumnos desde las 8.00

hasta horas, toques de campana de cada período, supervisión de

estudiantes en recreos, consignar en registro de crónicas diarias, atender

situaciones emergentes en ausencia de superiores).

7. Realizar clases desde inicio de la jornada escolar hasta el término de su

jornada, de acuerdo a carga horaria por curso

8. Realizar el Programa de Estudio del curso, basado en los contenidos

programáticos de los decretos oficiales y adaptados de acuerdo al

principio de flexibilidad, factibilidad, coherencia, pertinencia y equidad.

9. Cumplir con las actividades de colaboración que asumen y presentar plan

anual de trabajo a la Dirección.

10. Incentivar la formación de hábitos de higiene, modales, cortesía de los

alumnos. Fomentar valores relevantes que fortalezcan su desarrollo

personal, cultural y espiritual.

11. Cuidar los bienes generales de la escuela, conservar y mantener la

infraestructura del edificio y responsabilizarse de aquellos bienes que

están a su cargo por inventario.

12. Mantener al día los documentos legales que correspondan al manejo de

curso: asistencia, leccionarios, registros de observaciones del alumno,

registro de evaluaciones y programa educativo. (decreto 170)

13. Informar a los Padres y Apoderados de la situación general de los

alumnos a su cargo.

14. Ser el nexo de su grupo curso entre la dirección, Jefe Técnico y

especialistas en todo tipo de situaciones.

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15. En caso de ausencia a clases del Profesor de Educación Física, la

Docente de Aula debe realizar la clase, según planificación del docente a

cargo.

16. En caso de ausencia del docente de aula, quien es asignado para su

reemplazo deberá contar con planificación de trabajo a realizar.

17. En caso de ausencia del docente de aula, la Docente de U:T:P, debe

realizar la clase; según planificación del docente a su cargo.

DEBERES Y OBLIGACION DEL MONITOR/A

1. Planificar, organizar, desarrollar y evaluar el proceso enseñanza- aprendizaje de los/as

alumnos/as de su curso.

2. Cumplir con el horario de trabajo fijado por la Unidad Educativa para funcionamiento de

Taller.

3. Presentar plan semestral de trabajo al Docente de U.T.P. y/o a la Dirección.

4. Incentivar la formación de hábitos de higiene, modales, cortesía de los alumnos. Fomentar

valores relevantes que fortalezcan su desarrollo personal, cultural y espiritual.

5. Cuidar los bienes generales de la escuela, conservar y mantener la infraestructura del

edificio y responsabilizarse de aquellos bienes que están a su cargo por inventario.

6. Informar a los Padres y Apoderados de alguna situación general de los alumnos a su cargo.

Siempre y cuando haya sido conversado previamente con la Dirección)

7. Ser el nexo de su taller entre la dirección, Jefe Técnico y especialistas en todo tipo de

situaciones.

8. En caso de ausencia del monitor, quien es asignado para su reemplazo, deberá contar con

planificación de trabajo a realizar.

DEBERES Y OBLIGACIONES DE PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

1. Cumplir con el horario de trabajo

2. Optimizar el uso del tiempo en pos de la atención de los alumnos de escuela

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3. Realizar diagnósticos oportunos de nuevos postulantes a la escuela

4. Hacer reevaluaciones según corresponda y en los plazos estipulados.

5. Llevar registro diario de las actividades que se realizan ( atención de alumnos,

vaciado de datos , informes, fichas de atención, etc.)

6. Registro de datos que indique los avances de casos atendidos.

7. Programar y llevar a cabo reuniones y /citaciones según corresponda, con padres y

apoderados, cuyos hijos están en atención.

8. Entregar plan de trabajo, en forma semestral para insertar en programación de la

escuela con todo el personal.

9. Colaborar con la labor del Docente en la atención de los alumnos, dentro y fuera del

aula, según sea el o los casos.

10. Apoyar con atención de alumnos sin J.E.C en horas de Plan complementario.

11. Realizar talleres según el área que corresponda en apoyo de padres y apoderados

como de profesores y asistentes de Educación.

DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ASISTENTE TÉCNICO DE AULA

1. Velar, junto al docente, por la calidad del proceso de enseñanza aprendizaje de los alumnos

de su curso.

2. Asumir funciones de apoyo al docente y/o monitor/a en talleres JEC (tareas, trabajos y

cuidados de los alumnos dentro y fuera del aula, especialmente en el uso de baños,

comedor y recreos de los alumnos más dependientes).

3. Apoyar constantemente al docente y/o monitor/a en la formación de hábitos de los/as

alumnos/as, con el trato que corresponda.

4. Colaborar en turnos de acuerdo a tareas requeridas por el establecimiento.(recreos, cambio

de jornada, término de jornada)

5. Ejecutar tareas relacionadas con el quehacer educativo de la Escuela encomendadas por

docente y en caso de ser necesario por otro profesional, previa autorización de la Dirección.

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6. Asistir a los alumnos en la ida al baño o el cambio de pañales, previa conversación y/o

autorización del apoderado.

7. Recibir a los/as estudiantes desde las 8:00 horas.

8. Colaborar en horarios de desayuno y almuerzo de los estudiantes.

9. Asistir a capacitaciones internas y externas para actualizar conocimientos en servicio de los

estudiantes del establecimiento.

10. Entregar información a padres y apoderados sólo cuando corresponda a su función y sea

previamente autorizado por el docente de curso o Directora.

11. Estar dispuesto a trabajar colaborativamente con otros funcionarios favoreciendo la sana

convivencia.

12. Ser poseedor de un espíritu de trabajo que fortalezca la sana y buena convivencia al interior

de la escuela, siendo cautelosa y prudente en el diario vivir.

13. Ser conocedor del perfil de alumnos de nuestra escuela, de tal manera que favorezca el

trabajo con ellos.

DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ASISTENTE DE EDUCACION (ADMINISTRATIVO)

Apoyar a Dirección con tares administrativas; tales como:

1. Registro diaria de Asistencia en Sige

2. Elaboración y/o impresión de Ordinarios , Oficios, comunicaciones, invitaciones, dentro y

fuera del Establecimiento.

3. Entrega de correspondencia en el DAEM, Municipalidad y otros.

4. Cotizaciones y compras de diversos materiales o implementos para la escuela

5. Entrega de comunicaciones y/o circulares al personal de la escuela

6. Apoyo al docente o Asistente de Aula cada vez que una circunstancia de fuerza mayor lo

amedite.

7. Coordinación y planificación en actividades fuera de la escuela; invitaciones , participación y

concursos en la ciudad, otras comunas y a nivel regional.

8. Llevar a cabo el Programas.

A) Salud en lo que respecta al seguimiento de tratamiento de otorrino, oftalmólogo y otros.

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9. B) JUNAEB en caso de ser necesario (en lo que se refiere a cautelar horarios de desayuno

y/o almuerzo) registro diario de raciones alimenticias y contacto con supervisor de empresa

que presta Servicios

10. Colaborar en la administración de medicamentos para aquellos, cuyos padres han solicitado

por escrito la colaboración a la escuela.

11. Colaborar en diversas tareas a los docentes en lo que se refiere a realización de actos

cívicos y/o culturales (programas, invitaciones, equipo audio, micrófonos) etc cada vez que

sea necesario y con autorización previa de Dirección.

12. Comunicarse vía teléfono con los apoderados por situaciones personales de los alumnos o

a nivel de escuela.

13. Apoyo a los funcionarios en el traslado de alumnos a diversas tareas de participación dentro

y fuera de la escuela.

14. Apoyo en el control de libros de firmas, asistencia en el libro de clases y otros.

15. Colaboración a los docentes y Asistentes de Educación en el cuidado de alumnos durante

recreos, cambio de jornada.

16. Llevar al día inventario del material de la escuela

17. Actualización diaria de equipamiento computacional de sala de ENLACE.

18. Horarios de turnos en portería.

19. Acompañar al docente y /o alumno según sea la situación :Revisión médica, constación de

lesiones, denuncia, controles médicos.

20. Apoyo a Profesional Psicólogo en; citación de apoderados, entrega de carpetas con

información de alumnos, seguimiento de reevaluaciones y archivo de datos.

DEBERES Y OBLIGACIONES DE LA ASISTENTE DE FURGON ESCOLAR MUNICIPAL

1. Informarse de las necesidades particulares de cada estudiante que traslada diariamente..

2. Cumplir con horas de contrato.

3. Respetar y velar por la integridad física, social y emocional del educando en los traslados.

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4. Situarse en asiento trasero del furgón, para acompañar a los alumnos/as.

5. Entregar y retirar a los alumnos/as, en la sala de clases.

6. Mantener buenas relaciones con los alumnos/as, conductor, apoderados y personal en

general.

7. Colaborar en apoyo de aula u otros relativo a cuidado de alumnos fuera de las horas de

traslado correspondiente.

8. Esperar a los alumnos en la puerta, quienes serán entregados por las tías.

9. No llevar ni traer mensajes verbales, sólo por escrito.

10. Mantener un cuaderno con el registro diario de asistencia y anotaciones relevantes.

11. Informar, consultar situaciones específicas en Dirección.

12. Avisar inasistencias oportunamente, para designar su reemplazante.

13. El cambio de ruta sólo será autorizado por Dirección.

14. Cautelar pérdidas de mochilas y vestuario de los estudiantes, dentro del furgón.

15. Cautelar el consumo de todo tipo de alimentos en el furgón, para prevenir o evitar

situaciones de riesgo.

16. Cuando los traslados no se realicen por cambio de actividad, debe presentarse en el

Establecimiento para cumplir el horario y firma respectiva.

17. Concurrir a reunión cada vez que sea citada por dirección.

18. Asistir a capacitaciones internas y externas para actualizar conocimientos en servicio de los

estudiantes del establecimiento.

19. Comunicarse vía teléfono con apoderados, respecto de funcionamiento del Furgón e

inasistencia de los niños,

20. Colaborar en el envío y retiro de correspondencia cuando sea solicitado.

21. Ejecutar tareas encomendadas por la Dirección dentro y fuera de la escuela.

22. Mantener un relación profesional, prudente y respetuosa con toda la Comunidad Educativa

DEBERES Y OBLIGACIONES DE AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES

1. Mantener el aseo y orden de: oficina Directora, Jefe Técnico, Secretaría, Aulas, Box

Especialistas, Servicios higiénicos de alumnos y profesores, Comedor Alumnos, Sala de

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Profesores, Patio, Pasillos, Salas Talleres, Red Enlaces, Sala psicomotricidad, Estimulación

Temprana, Sala de Hidroterapia.

2. Desempeñar, cuando proceda, funciones de portería del establecimiento.

3. Colaborar en la mantención de áreas verdes de la escuela.

4. Retirar, repartir, correspondencia y otros.

5. Cuidar y responsabilizarse de tareas que se le asignen.

6. Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del establecimiento.

IV.- NORMAS PEDAGOGICAS

La Escuela Especial de Santa Cruz, se rige de acuerdo al Dcto. 87/90 y toda normativa –

técnica actualizada.

1. El proceso de evaluación y planificación constituirá una obligación para todos los

profesionales de la educación, en sus distintos niveles, modalidades y talleres.

2. Al término de cada año escolar la Dirección del Establecimiento y Jefatura Técnica realizan

evaluación de los resultados obtenidos en todos los ámbitos del quehacer educativo con

todo el personal de la escuela, de tal manera que permita proyectarse al año siguiente y así

mejorar la oferta educativa.

3. Al inicio del año escolar la Dirección del Establecimiento y la Jefatura Técnica en Consejo de

Planificación convocan Profesores, Asistentes de Educación y Profesionales para entregar

los lineamientos generales del trabajo a realizar.:

a) Planificación global por área de trabajo.

b) Entrega de horarios y designación de funciones.

c) Planificación de actividades de colaboración.

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION

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Considerando las facultades otorgadas por los Decretos Supremos Nº 87/90 de

Educación Especial y 511 de 1997 de Enseñanza Básica, Dcto. Exento Nº 1398 del 14/09/06; la

Escuela Especial de Santa Cruz, ha acordado aplicar el siguiente Reglamento Interno de Evaluación

y promoción en concordancia con las características y necesidades de sus alumnos:

De la Evaluación:

1. La evaluación se entenderá como un proceso y registro sistemático

de los avances pedagógicos del programa educativo diseñado para

cada nivel.

2. El régimen de evaluación será en forma semestral, registrándose en

el libro de clases por Asignaturas entre – Pre- Básico y Niveles

Básicos Según Decreto 83, según Bases Curriculares de Educación

Pre- Escolar y Educación Básica y por área de Desarrollo en los

Niveles Laborales, según Decreto 87/90 con una calificación

cualitativa el último día hábil de cada mes, aplicando los

procedimientos e instrumentos de evaluación que se requieran,

considerando la adecuación curricular.

3. Los alumnos serán evaluados de acuerdo al momento en que se

realiza:

a) Evaluación al comienzo: de tipo diagnóstico para determinar las habilidades y

conocimiento específicos de los alumnos para iniciar un proceso de aprendizajes,

planificando las actividades pedagógicas, sociales, afectivas, psicológicas y

motrices.

b) Evaluación durante el aprendizaje: de tipo formativa, que regulará la acción

pedagógica de los alumnos y orientará sus esfuerzos de aprendizaje. La

autoevaluación y la coevaluación serán parte de este proceso.

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c) Evaluación integrativa: entregando sistemáticamente información en relación al

estado de avance de los alumnos al término de una o varias unidades o al finalizar

períodos escolares.

4. Al finalizar el primer y segundo semestre, la profesora emitirá un

informe cualitativo de los progresos alcanzados por el alumno o

alumna.

5. La evaluación de los alumnos se realizará aplicando procedimientos e

instrumentos según los variados estilos de aprendizajes, tales como:

pautas de observación, lista de cotejo, interrogaciones orales y/o

escritas, trabajos prácticos, lista control, otro, diseñado por el o la

profesora de curso.

6. La responsabilidad de realizar y registrar mensualmente las

evaluaciones en el libro de clases, recae directamente en el profesor,

supervisado por la Jefatura Técnica y/o Dirección.

7. Los padres serán informados del rendimiento de sus pupilos por

escrito o verbalmente en forma mensual en reuniones de subcentros

de padres.

8. La valoración funcional del estado de avance de los aprendizajes de

los alumnos será registrada en conceptos en los asignaturas y

actividades que establece el presente Decreto en su Art. Nº 1 de

acuerdo a la siguiente escala:

Objetivo Logrado (L)

Objetivo en Desarrollo (D)

Objetivo no Logrado (NL)

9. Los conceptos no se promedian, la situación final es la alcanzada por

el alumno en su proceso de aprendizaje, respecto de su nivel de

logro.

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10. Las notaciones conceptuales obtenidas por el alumno en las

asignaturas y actividades del plan común y complementario, no

tendrán incidencia en la ubicación escolar secuenciada del alumno/a.

11. Los alumnos/as participantes en los talleres JECD serán evaluados

por conceptos, de acuerdo al progreso alcanzado, según Plan de

Trabajo. Estas evaluaciones no incidirán en las del plan común.

De la promoción

12. Los alumnos y alumnas cursarán en forma progresiva los distintos

cursos, ciclos y niveles de acuerdo a edad cronológica que determina

el presente decreto.

13. Los alumnos y alumnas que hayan aprobado satisfactoriamente el

último nivel recibirán, al término de dicho proceso Licencia de

Enseñanza Básica con un Certificado que acredite las

competencias adquiridas.

14. Al término del año lectivo se certificará el progreso obtenido por cada

alumno o alumna en los distintos niveles.

Disposiciones finales

15. Cualquier situación de evaluación no prevista en este Reglamento

deberá ser resuelta por la Dirección y Jefatura Técnica como

consultada al Consejo General de Profesores.

16. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos deberán ser

resueltas antes del término del año escolar.

17. El presente Decreto será sometido a la revisión al término de cada

año escolar.

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CRITERIOS GENERALES DEL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE PROFESORES

1. Los consejos administrativos, de profesores, técnicos y generales, serán calendarizados

anualmente.

2. Los consejos serán presididos por la Dirección, Jefe Técnico o Docente a quien se delegue esta

función.

3. Cada consejo tendrá un Secretario, quien llevará un libro de sesiones y un archivo con el

material que el consejo determine.

4. La asistencia es obligatoria, dentro de su horario de actividad. El horario de sesiones se

establecerá en horas normales de actividades del establecimiento.

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5. El Consejo de profesores podrá dar oportunidad de participación sólo con derecho a voz a

Directiva del Centro de Padres y Apoderados, a Directiva del Centro de alumnos y a otros

organismos del Establecimiento, cuando sea necesario o requerido.

6. Planificar y colaborar en la ejecución y evaluación del plan de trabajo del establecimiento.

7. Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de la comunidad

escolar.

8. Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación, y sugerir

acciones pedagógicas preventivas, correctivas o de refuerzo.

9. Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo acentuando su acción

en la formación de valores personales y sociales.

10. Velar por la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que digan relación con el

quehacer del Establecimiento Educacional.

11. Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de desadaptación de los

alumnos al medio escolar.

12. Los docentes serán convocados a consejos extraordinarios cuando la situación lo amerite.

13. El consejo de profesores debe sesionar en un ambiente donde se privilegie el respeto por la

opinión del otro con un lenguaje coherente al rol que desempeña..

CONSEJOS ESCOLARES

1. La constitución, funcionamiento y facultades de los consejos escolares establecidos en la

Ley Nº 19.979, se regirán por las normas contenidas en dicha Ley, y por las establecidas en

el Dcto. Supremo Nº 24 de 2005 del Ministerio de Educación.

2. Integrantes: Director del Establecimiento, Sostenedor o su Representante, Representante de

los Docentes, Representante del Centro de Padres y Apoderados, Representante de

Asistente de Educación, Representante de los profesionales no docentes, Representante del

Centro de Alumnos.

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3. Se realizará 1era. reunión organizativa (durante el primer semestre da cada año) que

sesionará con la presencia mínima del 60% de los integrantes del Consejo Escolar, para

acordar Nº de sesiones para el año escolar.

4. Se informará a todos los integrantes del Consejo Escolar las fechas de las 4 sesiones.

5. Las sesiones serán recordadas telefónicamente por secretaría, verbal, personalmente, y/o

por escrito, según lo amerite la situación.

6. Las sesiones serán de carácter informativo y propositivo. Y RESOL

7. El Consejo Escolar no tendrá facultad resolutiva.

8. Los puntos y/o acuerdos tomados en Consejo Escolar serán informados en reunión general

a toda la Comunidad Educativa.

9. El Consejo Escolar se suspenderá en casos de: Licencias Médicas, por ausencia del 50% de

los participantes, compromisos administrativos.y/o razones de fuerza mayor.

10. Se realizarán Consejos Escolares en forma extraordinaria toda vez que sea necesario.

V.- CONVIVENCIA ESCOLAR

Estudiantes

Son alumnos regulares del establecimiento, aquellos que cumplen con los siguientes requisitos de

ingreso, de acuerdo al Dcto 87/90.

1. Poseer un diagnóstico de Retardo Mental en grados Leve, Moderado, Severo y/o Profundo,

asociados o no a otra discapacidad.

2. Por traslado, siendo alumno de otro Establecimiento similar, presentando la documentación

requerida: Diagnóstico Psicológico, Certificado de Traslado y Antecedentes generales.

3. La Matrícula se efectuará de acuerdo a las instrucciones del ministerio de Educación.

4. Fomentar en los estudiante el buen trato, favoreciendo la convivencia, durante la sala de clase y

recreos, con sus compañero de curso y personal de la escuela.

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Derechos de los Estudiantes.

1. Todos los alumnos tienen derecho a ser respetados como personas, sin hacer distinciones

ni discriminación de ninguna índole.

2. Asimismo, tienen derecho a ser escuchados toda vez que deseen plantear sus inquietudes,

logrando satisfacer su necesidad de comunicación y participación en el proceso educativo.

3. Ser beneficiarios del ´programa JUNAEB (de acuerdo a criterios establecidos por dicho

organismo)

4. Usar todas las dependencias, mobiliario y material audiovisual que la escuela dispone, en

forma responsable.

5. Hacer uso del seguro escolar, cuando sufran accidente en el interior del establecimiento,

salidas a terreno programadas, en el trayecto de la casa - escuela o viceversa.

6. Los niños y/o jóvenes que participen por actividades deportivas, culturales y recreativas

representando al colegio, se considerarán como asistentes a clases.

7. Situación de embarazo y maternidad (Dcto. Nº 18.962 Marzo de 2004): Derecho a ingresar y

permanecer en el Establecimiento Educacional.

8. En clases de educación física, se ajustará a sus necesidades, de presentar problemas se

eximirá previo certificado médico.

9. En situación de riesgo social, será atendido/a por el equipo de profesionales no docentes:

Asistente Social, Sicólogo y/o derivado a instituciones pertinentes si la situación la amerita.

Se realizará un seguimiento al caso para evaluar cambios en dicha situación y adecuar

procedimientos.

Deberes de los Estudiantes.

1. Los alumnos deberán asistir regular y puntualmente a las clases sistemáticas, actos y

ceremonias a las cuales fueron citados por la dirección y por los profesores.

2. Cumplir oportunamente, las tareas y trabajos encomendados por sus profesores.

3. Tener un trato deferente con sus compañeros, profesores (a) y demás personas que trabajan en

el establecimiento.

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4. Mantener un comportamiento adecuado dentro y fuera de la unidad Educativa, atendiendo a las

instrucciones encomendadas por sus profesores (trayecto, salida a terreno, participación

extraescolar, locomoción colectiva)

5. No atentar contra la integridad física de sus pares y funcionario de la Escuela.

6. Mantener en su poder libreta de comunicaciones.

7. Cuidar adecuadamente su aseo y presentación personal, como también de sus útiles, trabajos,

textos escolares.

8. Los alumnos no podrán retirarse de la Escuela en horario de clases sin previa solicitud escrita y

personal del apoderado (por lo menos con un día de anticipación).

9. En caso de inasistencia sin justificación en más de dos semana se realizará seguimiento desde

la Escuela con algún funcionario o se comunicará al Programa de SENAME si corresponde.

10. En caso de inasistencia reiterada de algunos alumnos, serán visitados en su hogar por algún

funcionario de la escuela para hacer seguimiento a padres y apoderados. Sobre todo en casos

de tribunales.

11. En clases de educación física deben asistir con buzo obligatoriamente y mantener una toalla

para bañarse después.

12. Mantener útiles de aseo en forma adecuada (cepillo de diente, jabón, desodorante, toallas,

pañales y toallas higiénicas).

13. Participar activamente en actividades extraprogramáticas dentro y fuera de la Comuna (Taller de

costura, fútbol, atletismo, gimnasia rítmica, etc.).

14. En el mes de Abril deberán tener todos los útiles escolares, materiales o insumos, solicitados

por el docente o monitor.

15. Durante el desarrollo de clases, actos cívicos, etc. no se le permitirá el uso de celulares, o

cualquier objeto distractos o peligroso.

16. En caso de perder algún elemento de valor, ( que no sea parte del Uniforme escolar o

materiales de estudio)como celulares, MP3. MP4, Relojes, Audífonos, aros, anillos, etc.), la

Escuela no se hará responsable, ya que no está permitido su uso. (En caso de ser necesario el

por ejemplo; el uso de celular por algún alumno, el apoderado deberá solicitar autorización a la

Dirección del Colegio, asumiendo toda responsabilidad en caso d epérdida.

17. En caso que un alumno/a mayor de 14 años cometa alguna falta contemplada en la Ley de

Responsabilidad Juvenil, será derivado al ente legal respectivo.

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DEBERES Y DERECHOS DEL CENTRO DE PADRES Y DE LOS APODERADOS

1. Concurrir a reuniones y/o entrevistas citadas por la Dirección o Profesor Jefe.

2. Justificar personalmente y/o por escrito inasistencia de su pupilo.

3. Mantener en todo momento lealtad y respeto hacia el Establecimiento y personal en general.

4. Marcar pertenencias (ropa, útiles, mochila, etc.) con sus respectivos nombres o iniciales.

5. Velar por el interés del Establecimiento, cooperar por mayores implementos necesarios para el

desarrollo físico, social y mental de su hijo.

6. Comunicar toda duda relacionada con el quehacer educativo de su hijo a la Profesora Jefe.

7. Solicitar ayuda, en caso de necesidad de atención profesional, en forma oportuna al Profesor

Jefe, Jefe de UTP, o a la Dirección, según corresponda.

8. Acatar acuerdo de la Directiva del centro de Padres.

9. Participar en actividades sociales, económicas y recreativas como miembro importante de uno

de los estamentos de la Unidad Educativa.

10. Entregar y retirar a su pupilo por su tía, auxiliar o profesora de curso, de la puerta del

establecimiento.

11. El apoderado no debe ingresar a la sala en horas de clases.

12. El apoderado será atendido previa citación del Profesor de curso, y en casos excepcionales

autorizado por la Dirección, y en conocimiento de la profesora.

13. En caso de viajar en transporte escolar, es de su completa responsabilidad velar por su

adecuado manejo: cumplir con seguro, etc.

14. El apoderado debe comunicar al Establecimiento cambios de transporte escolar (llegada y retiro

de alumnos/as)

15. La inasistencia a reuniones del centro de padres y sub-centros deberá justificarse personalmente

al día siguiente.

16. Cualquier daño o deterioro causado por el alumno dentro del establecimiento, deberá ser

reparado oportunamente por el apoderado.

17. El apoderado deberá justificar personalmente inasistencias de su pupilo de más de una semana

(2 semanas).

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18. El apoderado deberá justificar por escrito inasistencias, atrasos y retiros del establecimiento de

su pupilo, antes de la hora convenida.

19. El apoderado debe apoyar y continuar con tratamientos indicados por el Especialista y Profesor

de curso.

20. El apoderado deberá informar a la dirección y profesor jefe de la condición médica que presenta

su hijo con informe especializado.

21. Sólo la madre debe asistir a su hijo en cambio de pañales cuando exceda a los 10 años de

edad.

22. La situación de los alumnos mayores de 10 años será resuelto a partir de un compromiso entre

el apoderado y el Establecimiento, con el fin de ser asistido/a en cambio de pañales.

23. Se debe informar oportunamente el cambio de apoderado y/o representante del alumno.

24. En caso de no asistir el apoderado a reuniones debe enviar a un adulto responsable.

25. Se debe respetar horas de retiro del alumno del Establecimiento.

26. El apoderado que falte a reuniones, entrevistas y citaciones de Profesionales (sicólogo,

kinesióloga, profesor y Dirección) sin justificar, el alumno/a será suspendido/a, hasta que el

apoderado se acerque al Establecimiento, considerándose una falta gravísima.

27. Cumplir con la entrega de oportuna de útiles escolares y de aseo.

28. Mantener en stock útiles de aseo para el uso de su pupilo (papel higiénico, jabón, toalla, cepillo

de dientes, pañales, toallas higiénicas).

Uso de Uniforme Escolar y de Actividades de Educación Física:

a. El uso del uniforme escolar está reglamentado por el Dcto. Nº 57 del 2002.

Damas: Blusa blanca

Jumper azul

Chaleco azul

Blazer azul

Calcetas azules y/o pantys

Zapatos negros

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Corbata e insignia del colegio

Parka azul

Delantal cuadrillé azul

Pantalón azul (invierno)

Varones: Camisa blanca

Pantalón gris

Chomba azul escote V

Chaqueta azul

Calcetines de color oscuros

Zapatos negros

Corbata e insignia del colegio

Parka azul

Cotona beige

b. En clases de Educación Física, los alumnos se deben presentar con:

Buzo del colegio

Polera gris

Zapatillas

c. En relación a la presentación personal:

Damas: Cabello tomado y limpio

Uñas cortas sin pintura y limpias

Zapatos lustrados

Uniforme correctamente limpio y sin deterioro

Sin accesorios ostentosos (aros y anillos grandes y coloridos, piercing)

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Varones: Cabello corto y limpio

Uñas cortas y limpias

Zapatos lustrados

Uniforme correctamente limpio y sin deterioro

Sin accesorios ostentosos (anillos, aros, piercing)

DE LAS SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

Los deberes indican una forma de comportamientos positivos de los alumnos/as, por lo que su

incumplimiento determinará la aplicación de sanciones de tipo:

a. Falta leve

b. Falta grave

c. Falta gravísima

Toda sanción se aplicará considerando las circunstancias atenuantes y/o agravantes que concurran

a configurar las responsabilidades de quienes han cometido la falta.

Son circunstancias atenuantes la irreprochable conducta anterior.

Son circunstancias agravantes: ser reincidentes en la falta y haberse probado la reiteración de los

hechos.

Toda sanción debe ser comunicada al equipo docente y al apoderado, dejando constancia expresa

en el libro de clases respectivos.

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Las sanciones serán graduadas en función al tipo y gravedad de la falta, adecuándose a la edad

cronológica y discapacidad intelectual, las que deben resguardar la dignidad de las personas y

derecho de la educación.

Ante la transgresión de una norma leve- grave- gravísima, se aplicarán las siguientes sanciones.

Falta Leve Sanción

Atrasos sin justificación previa.

Presentación personal inadecuada (ropa de

color, pelo largo, higiene descuidada).

Presentarse sin útiles de trabajo.

Presentarse sin tenida deportiva en clases de

educación física.

No traer firmada las comunicaciones.

Amonestación verbal.

Anotaciones en el libro de clases (3 anotaciones

se cita al apoderado)

Profesora Jefe - Directora.

Falta Grave Sanción

Acumulación de tres faltas leves.

No asistir regularmente a clases.

Amonestación verbal, registro en leccionario y

citación a apoderados

Profesores - Dirección

Incitar al desorden de hecho o palabras.

Faltar el respeto a sus profesores,

compañeros/as, y el resto de funcionarios del

establecimiento.

Desobedecer a profesores/as, asistentes de

aula u otros.

Expresarse con vocabulario o gestos groseros

de manera intencionada

Amonestación verbal, registro en leccionario y

citación a apoderados

Profesores - Dirección

Rayar muebles, paredes, baños de la escuela,

inhabilitar libros y cualquier bien de uso común.

Ocasionar daños en bienes de algún miembro

Amonestación verbal, registro en leccionario y

citación a apoderados

Reparación del daño causado

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de la comunidad escolar. Profesores - Dirección

Usar teléfonos celulares, mp3 u otros en clases.

Usar elementos que no correspondan al

uniforme escolar (piercing, accesorios

ostentosos y otros)

Amonestación verbal, registro en leccionario y

citación a apoderados

Retiro de las especies por parte del apoderado.

Profesores - Dirección

Falta Gravísima Sanción

Acumulación de tres faltas graves.

Reiteradas e injustificadas inasistencias

prolongadas a clases.

Sustracción de objetos ajenos.

Portar elementos cortantes, que puedan dañar

algunas personas.

Incumplimientos reiterados de sanciones

impuestas.

Toda conducta violenta que lesione la dignidad o

integridad física de cualquier persona

perteneciente a la comunidad educativa. (Se

considerará el nivel de discapacidad intelectual).

Consumo de tabaco, alcohol, drogas, y/o

manejo de material audiovisual con connotación

sexual.

Registro en leccionario y citación a apoderados

Suspensión del alumno/a

Dirección – Consejo de Profesores.

d. Evaluación de las faltas y reparación de las relaciones de las partes

involucradas en un conflicto.

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Pasos a seguir:

1. Saber qué y porqué pasó:

Escuchar las partes

Conocer contextos y motivaciones.

Definir responsabilidades.

2. Evaluar gravedad de las faltas:

o Aplicación de criterios de graduación de: faltas leves,

graves, gravísimas.

3. Aplicar sanciones:

Proporcionales a las faltas.

En relación a la edad y desarrollo cognitivo.

Con carácter formativo.

e. Principios de respeto.

a. Respetar el debido proceso:

Inocencia

Apelación

b. Privilegiar el diálogo entre las partes.

c. Utilizar técnicas de resolución de conflictos:

Negociación

Mediación

Conciliación

Arbitraje

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d. Buscar la reparación y el aprendizaje.

o Reparación de los daños personales y materiales

o Restauración de las relaciones

e. Técnicas de Resolución de Conflictos.

Las técnicas que a continuación se mencionan permitirán a los miembros de la unidad educativa

afrontar positivamente los conflictos, sobre todo cuando la falta cometida tiene que ver con

situaciones personales (peleas entre compañeros/as, altercado entre profesor – alumno y otros

miembros de la unidad educativa).

Negociación formal:

Es la técnica que primero se debe intentar, ya que sustenta la participación activa de las partes, ya

sea en el procedimiento mismo o en su relación.

Favorece sustantivamente el restablecimiento de las relaciones deterioradas.

Mediación en el conflicto:

Un tercer mediador previamente establecido y aceptado por las partes involucradas en el conflicto,

tiene la misión de ayudar en el diálogo, los persuade de que voluntariamente reflexionen y asumen

sus responsabilidades, las partes involucradas buscan alternativas de acuerdos reparadores.

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Conciliación y Arbitraje:

No todos los conflictos son posibles de resolver por las partes, entonces ellos han de requerir la

ayuda de un tercero. Este arbitro o juez con poder y atribuciones reconocidas por las partes define

una salida y/o soluciona el conflicto. Las personas en conflicto acuerdan su decisión tomada en

conformidad, con los antecedentes, las opiniones, sentimientos y las proposiciones de los

involucrados.

f. En relación a la sanción de extrema gravedad:

Ante una falta que amerite una sanción de extrema gravedad,

la Dirección del Establecimiento citará por escrito al

apoderado para informar dicha situación, quedando un

registro firmado por ambas partes, consignando los temas

conversados y los acuerdos tomados.

Entrevista de la Directora, el o la Docente, con los padres y

apoderados para dar a conocer la falta en que ha incurrido su

hija, hijo, y entregar algunas sugerencias de apoyo.

Orientación sicológica a alumno o alumna y/o padres y

apoderados.

Análisis de la situación del alumno y alumna por gabinete

técnico.

Exposición de los antecedentes, informando a los padres de

la situación final.

CONDUCTAS MERITORIAS

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Se considera el reforzamiento para aquellas acciones, conductas y actitudes favorables de las

alumnos/as.

Conductas favorables:

Impecable presentación personal.

Participación en actividades organizadas por la escuela.

Respeto a las normas establecidas.

Representar al establecimiento en actividades deportivas,

artísticas y otras.

Aceptar errores.

Puntualidad y asistencia a sus actividades escolares.

Colaboración en el aseo y cuidado del mobiliario y de todo el

establecimiento educacional.

Cumplimiento de sus deberes escolares.

Premiación a conductas meritorias:

o Reconocimiento a las acciones descritas anteriormente.

o Reconocimiento verbal, individual o grupal según

corresponda.

o Citación al apoderado para comunicar la favorable

conducta del alumno/a.

o Entrega de una distinción al mérito en acto de finalización

año escolar.

RELACION ENTRE EL ESTABLECIMIENTO CON INSTITUCIONES Y ORGANISMO DE LA COMUNIDAD.

La Escuela Especial contempla objetivos que integren no sólo a los miembros de la Unidad Educativa, sino el acercamiento de la comunidad circundante al quehacer del establecimiento.

Page 43: PROYECTO EDUCATIVO ISTITUCIONAL ESCUELA … · El P.E.I. explicita el perfil del educador y educando de la Escuela Especial, con ... Brindar una educación contextualizada y pertinente

Es prioridad del establecimiento mantener contacto permanente con Redes de Apoyo de la

comunidad: CESFAM, Mutual de Seguridad, Bomberos, OPD, Carabineros de Chile, Tribunales de

Familia, PDI, Fiscalía, Hospital, Municipalidad de Santa Cruz, Daem, Escuelas Especiales de la

Región, Escuela Municipal de Lenguaje, Escuela Cárcel, Liceo de Adultos, Instituto Politécnico,

Locales Comerciales y Restaurant de la Comuna.