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Í N D I C E

Tema Hoja

1. Objetivo................................................................................................. 3 2. Alcance................................................................................................. 3 3. Ámbito de Aplicación............................................................................ 3 4. Vigencia, Actualizaciones y Resguardo............................................... 3 5. Definiciones y Abreviaturas.................................................................. 4

5.1. Definiciones…………………………………………………………… 4 5.1. Abreviaturas…………………………………………………………… 7

6. Desarrollo …………………………………………………………………... 7 6.1. Planeación de la apertura y cierre de líneas y equipos……….…. 7 6.2. Análisis de la Seguridad en el Trabajo………………………...…… 9 6.3. Autorizaciones requeridas…………………………………………… 10 6.4. Selección del personal ejecutor……… ……………………………. 10 6.5. Selección y procura de recursos materiales y herramientas…….. 10 6.6. Selección y procura del equipo de protección personal

específico (EPPE) y medidas de seguridad……………….…………….

11 6.7. Requerimientos de delimitación y señalización………………….. 11 6.8. Requerimientos de comunicación en la apertura y cierre de

líneas y equipos de proceso………………………………………………

12 6.9. Definición de la fecha y hora de inicio y terminación de los

trabajos ……………………………………………………………………..

13 6.10. Ejecución de la apertura de líneas y equipos de proceso……… 13

7. 10 Reglas de Vida ………..………………………………………………. 20 8. Diagrama de Bloques……………………………………………………… 21 9. Responsabilidades...……………………………….…….……................. 22

10. Marco Normativo…………………….………………….…….……........... 24 11. Anexos 26

11.1. Evaluación del procedimiento PXR-PC-08-2012……………….. 26 11.2. Lista de verificación de trabajos de apertura y cierre de líneas y

equipos………………………………………………………………………

27 11.3. Equipo de Protección Personal Específico para trabajos de

Apertura y Cierre de Líneas y equipos de Proceso……………………. 11.4. Control de Revisiones…………………………………………….....

28 28

11.5. Guía para la Evaluación de la Conformidad.…………………….. 29 11.6. Participantes en la elaboración del procedimiento………………. 32

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1. Objetivo. Establecer las secuencias de acciones y los requisitos mínimos obligatorios que deben ser cumplidos para realizar de forma segura la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso, con el propósito de prevenir la ocurrencia de incidentes por la liberación inesperada de energía o de materiales y sustancias químicas peligrosas durante la ejecución de estos trabajos.

2. Alcance.

2.1 Este documento normativo establece los estándares obligatorios para ejecutar la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso.

2.2 El presente procedimiento aplica a los trabajos de apertura y cierre de líneas y equipos de proceso que se ejecuten en las instalaciones de PEMEX Refinación y áreas compartidas con otros organismos subsidiarios, con personal propio o de compañías contratistas.

2.3 Para realizar la entrega oportuna y segura de líneas y equipos a intervenir se debe aplicar previamente el procedimiento crítico PXR-PC-06-2012 “Bloqueo de Energía y Materiales Peligrosos”.

2.4 El presente documento cancela y sustituye a los procedimientos críticos de apertura y cierre de líneas y equipos de proceso emitidos en PEMEX Refinación.

3. Ámbito de aplicación.

3.1 Las disposiciones contenidas en el presente documento normativo, son de observancia obligatoria y aplicación general en todos los Centros de Trabajo e Instalaciones de PEMEX Refinación.

4. Vigencia, actualizaciones y resguardo. 4.1. Vigencia

4.1.1 El presente documento normativo, entrará en vigor a los sesenta días naturales contados a partir de su fecha de emisión.

4.2. Actualizaciones 4.2.1 Debe actualizarse como máximo en un periodo de tres años o antes si

así se requiere. 4.2.2 Las sugerencias, observaciones o comentarios que surjan durante la

aplicación del presente documento, deben enviarse por escrito a la

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Gerencia de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, para su análisis e incorporación en caso de que procedan, a la siguiente dirección: Marina Nacional 329 Colonia Petróleos Mexicanos Delegación Miguel Hidalgo C.P. 11311 Centro Administrativo Pemex, Edificio “B-2” Piso 2. México Distrito Federal

4.2.3 Los comentarios de manera electrónica deben enviarse al correo [email protected], y/ó a través de la sección de comentarios y observaciones de la normateca SSPA, ubicados en la siguiente liga: http://sasipa.ref.pemex.com/procesos/Paginas/InicioNormateca.aspx

4.3 Resguardo. El original del presente documento normativo, tanto en versión impresa como electrónica, se encuentra bajo custodia de la Superintendencia General de Normatividad Técnica de la Gerencia de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional y está disponible para su consulta en la Normateca Electrónica de SSPA de la SASIPA.

5. Definiciones y Abreviaturas

5.1 Definiciones

5.1.1 Aislamiento del Proceso.- Es poner fuera de operación un equipo de proceso o maquinaria y protegerlo completamente de la liberación de energía y materiales peligrosos mediante los procedimientos de interrupción de transmisión de energía eléctrica, cierre y junta cegado de válvulas o conexiones, remoción de secciones de tubería y desconexión de mecanismos. 1

5.1.2 Apertura de maquinaria y equipo.- Toda apertura a la atmósfera de tuberías, accesorios y equipos de proceso por medio de cualquier método donde exista el riesgo de emisión o derrame de los materiales contenidos. 2 5.1.3 Análisis de Seguridad en el Trabajo.- Es una herramienta básica que nos permite realizar la planeación de cualquier actividad o tarea para que esta se realice con un enfoque de seguridad, salud y protección ambiental. Consiste en analizar la actividad a realizar, paso a paso, para identificar los riesgos y generar las acciones que nos permitan controlar, mitigar y/o eliminar el riesgo, definiendo los responsables de implementar las medidas de control señaladas.3

1 Petróleos Mexicanos. RSHPMOS, Cap. IV, art. 9 y 37. 2 Petróleos Mexicanos. RSHPMOS, Cap. IV, art. 37. 3. Petróleos Mexicanos. Guía Técnica Corporativa 800/16000/DCO/GT/067/08.

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5.1.4 Áreas peligrosas (clasificadas).- Son aquellos lugares donde pueden estar presentes en la atmósfera o acumularse en los equipo, materiales inflamables o combustibles. (tóxicos). Sustituir área peligrosa por área de riesgo. 5.1.5 Barreras de Seguridad/Barricadas.- Cercas provisionales o barandales desmontables, empleados para delimitar áreas de acceso restringido por la presencia de riesgos.4 5.1.6 Candado de seguridad.- Cerradura que evita que cualquier trabajador active la maquinaria y equipo.5 3 5.1.7 Centro de Trabajo.- Todos aquellos lugares tales como edificios, locales, instalaciones y áreas en los que se realicen actividades de producción comercialización, transporte y almacenamiento o prestación de servicios o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo. Incluye las áreas donde se realizan las obras de construcción.6

5.1.8 Clasificación de áreas peligrosas.- Es el ordenamiento de las áreas de una instalación en función de un riesgo por la presencia de atmósferas peligrosas.7 5.1.9 Contratista.- La persona física o moral que presta sus servicios al centro de trabajo, que se involucra directa o indirectamente con los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas, con equipo, maquinaria y/o mano de obra propios o subcontratados, y que por motivo de su trabajo puede adicionar o potencializar un riesgo.8 4 5.1.10 Dispositivo de aislamiento.- Es un dispositivo mecánico que previene la transmisión o liberación de energía o de sustancias químicas y materiales peligrosos.9 5 5.1.11 Dispositivo de aislamiento de energía.- Es un dispositivo mecánico que previene la transmisión o liberación de energía o materiales peligrosos, estos sin ser limitativos pueden ser como:

• Tubings de suministro principal (neumático-hidráulico), a actuadores. • Válvulas de bloqueo en circuitos de tuberías y recipientes • Mecanismos de conexión de partes móviles o rotatorias de máquinas. • Cualquier otro dispositivo utilizado para bloquear o aislar energía.

5.1.12 Evaluación para la conformidad.- Determinación del grado de cumplimiento de un documento normativo.

4 Petróleos Mexicanos. Guía Técnica Corporativa 800/16000/DCO/GT/064/10 5 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999. Cap. 4, subíndice b). 6 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-031-STPS-2011 7 Petróleos Mexicanos. NRF-036-PEMEX-2010. 8 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2012. Cap. 4, subíndice 4.10. 9 Petróleos Mexicanos. RSHPMOS, Cap. IV, art. 12.

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5.1.13 Equipo de Protección Personal Específico (EPPE).- Aquellos elementos y dispositivos de uso personal para proteger al trabajador contra riesgos adicionales a los que está expuesto, con motivo de la ejecución de tareas críticas. 5.1.14 Línea de Mando.- Es todo personal de confianza o sindicalizado que tiene bajo la responsabilidad de su mando, supervisión o dirección, a otros trabajadores. 5.1.15 Grupo de Trabajo.- Es el equipo formado por personal de PEMEX Refinación responsable de la operación, de la ejecución del trabajo y de la seguridad en una instalación industrial, pudiendo incluirse la participación de otras especialidades que se consideren convenientes, así como de compañías que ejecuten algún trabajo en dichas instalaciones.10 5.1.16 Maquinaria y equipo.- Es el conjunto de mecanismos y elementos combinados destinados a recibir una forma de energía, para transformarla a una función determinada. 11 En esta definición se incluye a las máquinas movidas por cualquier fuente de energía, a los equipos estáticos y dinámicos, a las tuberías en general, a los dispositivos y a los accesorios, entre otros, que conforman las instalaciones de un centro de trabajo. 5.1.17 Puesta a tierra.- Conexión física al terreno natural, intencionalmente, a través de una conexión o conexiones con impedancia suficientemente baja y capacidad de conducción de corriente eléctrica, que prevengan la formación de tensiones eléctricas peligrosas para las personas o los equipos conectados.12 6 5.1.18 Sustancias químicas peligrosas.- Son aquellas que por sus propiedades físicas y químicas, al ser manejadas, transportadas, almacenadas o procesadas presentan la posibilidad de inflamabilidad, explosividad, toxicidad, reactividad, radiactividad, corrosividad o acción biológica dañina, y pueden afectar la salud de las personas expuestas o causar daños a instalaciones y equipos.13 7 5.1.19 Tareas críticas.- Son aquellas tareas o labores que en la práctica han provocado o que potencialmente pueden ocasionar accidentes, con afectación ya sea al personal, a las instalaciones, al medio ambiente o a terceros.14 8 5.1.20 Tarjetas de aviso.- Son señales de forma geométrica rectangular, que se utilizan para advertir que la maquinaria y equipo se encuentran desactivados, prohíben la activación y el retiro de las tarjetas a los trabajadores ajenos al mantenimiento.159

10 Pemex Refinación. Procedimiento SP-SASIPA-SI-02310 Rev.8 11 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999. Apéndice A.1 12 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-029-STPS-2005. Capítulo 4, subíndice

4.21 13 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1999. Capítulo 4, subíndice

v. 14 Pemex Refinación. Procedimiento DG-SASIPA-SI-08902, revisión 2. Capítulo 5, subíndice 5.5. 15 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999. Apéndice A.1

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5.1.21 Líneas de Tuberías.- Es el conducto formado por tubos, conexiones y accesorios instalados para conducir un fluido.16 10 5.1.22 Trabajos en altura.- Se considera trabajo en altura, todos los trabajos de operación, servicio y/o mantenimiento que se realicen a una altura de 1.8 metros o más a partir del nivel de piso, midiéndose ésta a partir del nivel de piso terminado. Cuando el piso lo constituya una plataforma, dicha distancia se contará a partir de la misma, siempre y cuando tenga barandales adecuados u otro medio de protección para que el trabajador no tenga riesgos de caer fuera.17 11 5.1.23 Equipo Crítico.- Sistemas, maquinaria, equipos, instalaciones, o componentes cuya falla resultaría, permitiría o contribuiría a una liberación de energía (por ejemplo fuego o explosión, etcétera), capaz de originar una exposición del personal a una cantidad suficiente de sustancias peligrosas, lo cual resultaría en una lesión, un daño irreversible a la salud o la muerte, así como un daño significativo a las instalaciones y al ambiente.18 17 5.1.24 Permiso de Excepción.- Es un documento que se genera cuando es necesario realizar algún trabajo poco usual en el cual no se puede seguir el procedimiento establecido y hay que hacer una Excepción a la regla o procedimiento. Lo autorizar el líder integral de la instalación en que se hace la excepción. Se explican las causas por las que se omite la regla, y el líder de la instalación lo debe registrar con número consecutivo para seguimiento hasta su cierre.18

5.2. Abreviaturas. 5.2.1. AST: Análisis de Seguridad en el Trabajo. 5.2.2 EPPE: Equipo de Protección Personal Específico. 5.2.3 ODT: Orden de Trabajo. 5.2.4 PDT: Permiso de Trabajo. 5.2.5 RSHPMOS: Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y

Organismos Subsidiarios

6. Desarrollo.

6.1. Planeación de la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso 6.1.1. El grupo de trabajo de la instalación, debe planear la apertura y cierre de

líneas y equipos de proceso, al menos 72 horas antes de la fecha de ejecución programada; el alcance de la planeación debe incluir, al menos:

16 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998. Capítulo 4, subíndice i. 17 Petróleos Mexicanos. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

Cap. IV, art. 17. 18 Manual del sistema Pemex SSPA.- Clave: 800/16000/DCO/MA/01/10 Revisión: 1 Fecha: 01/01/2010

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a) El desarrollo del análisis de la seguridad en el trabajo. b) La definición de las autorizaciones requeridas. c) La selección del personal ejecutor. d) Responsable de la coordinación del trabajo. e) La selección y procura de recursos materiales y herramientas requeridas

para realizar la apertura y cierre. f) La selección y procura de las juntas ciegas o tapones roscados. g) La selección y procura del equipo de protección personal específico y de

las medidas de seguridad. h) La definición del área a delimitar con barricadas y el tipo de éstas. i) La identificación de las áreas y de las personas a las que se debe

comunicar el aislamiento/bloqueo. j) Las necesidades de preparación de la línea o equipo para su apertura

segura (lavado, vaporizado, neutralizado, energizado, entre otros) k) La estimación de la fecha y hora del inicio y de la terminación de los

trabajos. l) Identificar debidamente las bridas, líneas y equipos a intervenir (apertura

o cierre) con color rojo y llevar censo de las mismas. m) Informar con anticipación a los servicios preventivos de medicina del

trabajo la tarea critica a realizar, los escenarios de riesgo a la salud derivados del AST, las hojas de datos de seguridad de los materiales peligrosos con la finalidad de preparar de manera dirigida la respuesta médica a emergencias alineadas al PRE del centro de trabajo.

n) En bridas de 8 o más espárragos, el remplazo de los espárragos corroídos debe efectuarse removiendo uno a uno, instalando y apretando de nuevo, no debe mantenerse más de un espárrago faltante en la brida. Ver procedimiento GPASI-IT-0903 “Procedimiento para efectuar la revisión de la tornillería de tuberías y equipos en las instalaciones en Operación de PEMEX Refinación”.

o) Una vez retirados, los espárragos se deben inspeccionar y retirar los que presenten daños como: corrosión severa, daños en las cuerdas, deformaciones permanentes, elongación visible que sugiere que durante el apriete se aplicaron esfuerzos en el rango de deformación plástica; o bien, que se compruebe que no cumplen la especificación establecida en la información de diseño actualizada. Revisar que estén quintados.

p) Las tuercas se deben retirar y sustituir cuando presenten daños como: corrosión severa, daños en las cuerdas, deformación plástica; o bien, que

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se compruebe que no cumplen la especificación establecida en la información de diseño actualizada.

6.2. Análisis de la Seguridad en el Trabajo (AST). 6.2.1 El análisis de seguridad en el trabajo debe realizarlo el grupo de trabajo de la

instalación y tiene como propósito identificar los riesgos potenciales a los que se pueden exponer los trabajadores durante la apertura y cierre de líneas y equipo de proceso. Este análisis debe incluir al menos la identificación de los riesgos siguientes: a) Por exposición a presión contenida. b) Por contacto con partes o sustancias calientes (vapor de agua,

condensado, agua caliente, entre otros). c) Por exposición a sustancias químicas peligrosas (tóxicas, asfixiantes,

corrosivas, inflamables, explosivas, reactivas, radiactivas o biológico infecciosas).

d) Por la exposición a riesgos cuando el aislamiento se realiza en altura. e) Por la ejecución de trabajos de inspección, mantenimiento, construcción o

movimiento de cargas, entre otros, en áreas adyacentes; o bien, en plataformas a diferentes niveles, simultáneamente durante la ejecución de actividades de apertura.

f) Por la ejecución de tomas de muestra o de maniobras o actividades operacionales, normales o de emergencia, en áreas adyacentes.

g) Por la presencia de sustancias químicas peligrosas en el área donde se realizará el aislamiento.

h) Por la presencia de fenómenos meteorológicos, como: lluvia, tormenta eléctrica, granizada, nevada, calor extremo, huracán, entre otros.

6.2.2 El análisis de la seguridad en el trabajo se debe apoyar con la información contenida en: la HOJA DE CONTROL PARA EL BLOQUEO DE ENERGÍA PELIGROSA formato PXR-PC-06-2012-F-01, en la Hoja de Datos de Seguridad de Sustancias (HDSS), en el Atlas de Riesgos a la Salud, en los planos de clasificación de áreas peligrosas, en el programa de actividades de mantenimiento; así como, con planos, diagramas y dibujos actualizados del proceso y de la máquina, equipo o sistema. a) En el AST se debe incluir la participación de los mandos medios

responsables de la ejecución de la apertura y/o cierre. b) Cuando el trabajo sea realizado por personal de contratista, debe

participar además, el residente, el supervisor de obra y el supervisor de seguridad de la compañía contratista.

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6.3. Autorizaciones requeridas. 6.3.1 Con base en el AST, el grupo de trabajo debe elaborar la ORDEN DE

TRABAJO (ODT) y el PERMISO DE TRABAJO (PDT) para la apertura y cierre.

6.3.2 El grupo de trabajo debe decidir cuándo complementar el PDT con una minuta de trabajo peligroso (como es el caso de las juntas ciegas de desfogues), como lo especifica el procedimiento GPEI-IT-0203 “Especificaciones mínimas de seguridad para sistemas de desfogue”, evaluando criterios como: la potencial afectación a otras instalaciones con motivo del trabajo a realizar o por la presencia de potenciales situaciones de emergencia; la ejecución simultánea de otras actividades, la necesidad de mayores niveles de supervisión o la ejecución del trabajo en áreas compartidas de acuerdo al procedimiento vigente de PDT.

6.4 Selección del personal ejecutor. 6.4.1. El responsable de la ejecución de la apertura y cierre, debe seleccionar al

personal ejecutor considerando: a) Que esté capacitado y entrenado en la tarea a realizar, bajo un programa

específico de selección y entrenamiento, ver PXR-PC-01-2012. b) Física y emocionalmente apto para el tipo de trabajo.

6.5 Selección y procura de recursos materiales y herramientas para la apertura y cierre. 6.5.1 La línea de mando responsable de la ejecución del trabajo debe seleccionar y

proporcionar los materiales y herramientas que requerirá para la ejecución de la apertura y cierre de líneas y equipos; y deben ser: herramientas en buenas condiciones, dispositivos para aflojar tuercas, dispositivos separadores de bridas, llaves de diferentes tipos y dimensiones, empaques y tornillería especificada para las bridas correspondientes, tapones roscados especificados para la tubería respectiva y juntas ciegas especificadas para las bridas entre las que se instalará.

6.5.2 Privilegiar la herramienta hidráulica y neumática para su uso en áreas clasificadas y para casos de excepción donde se requiera el uso del marro se debe extender un permiso de excepción.

6.5.3 Las juntas ciegas deben cumplir las especificaciones siguientes: a) La especificación del material de construcción y las dimensiones de las

juntas ciegas para colocar en bridas de especificación ANSI/ASME B16.5, deben ser las establecidas por estos Códigos.

b) El material de construcción de las juntas ciegas, debe ser igual que la especificación del material de las bridas entre las que se colocará.

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6.5.4 Cuando se empleen herramientas eléctricas, éstas deben cumplir con la clasificación de área correspondiente.

6.5.5 Siempre que se empleen herramientas neumáticas e hidráulicas, eléctricas durante las actividades de apertura, se debe contar con los procedimientos de uso correspondientes y el personal usuario de éste, debe contar con la capacitación-entrenamiento requerida y documentada.

6.5.6 Las herramientas y equipos que se empleen deben estar en buen estado para su uso y contar con sus certificados de calibración, cuando se trate de equipos o herramientas que lo requieran.

6.5.7 Cuando las actividades de apertura requieran el empleo de equipos o maquinaria especial, como: grúas, brazos articulados y malacates, entre otros equipo de combustión interna, hidráulicos o neumáticos, se debe contar con sus instrucciones de operación, disponibles en sitios accesibles y visibles de estos equipos.

6.5.8 Cuando se trate de equipo de combustión interna, se debe elaborar el permiso de trabajo respectivo para su ingreso al área de trabajo, vigilando se cumplan las medidas de seguridad establecidas en el AST correspondiente. Estableciendo dentro de éste que antes de efectuar la apertura de bridas el equipo de combustión debe estar apagado.

6.5.9 Cuando se trate de equipos cuya operación requiera la intervención de personal certificado, invariablemente el que participe debe contar con su licencia, permiso o certificado vigente y en sitio.

6.6 Selección y procura de equipo de protección personal especifico (EPPE) y medidas de seguridad. 6.6.1 Con base en el AST y PDT, el grupo de trabajo debe definir el EPPE, que

utilizará el personal que realizará la apertura y cierre, considerando la potencial exposición a sustancias químicas peligrosas o materiales peligrosos.

6.6.2 La selección, uso y manejo del EPPE debe observar las disposiciones establecidas en la edición vigente del procedimiento PXR-PC-03-2012.

6.6.3 El responsable de seguridad de la instalación o quien haga sus funciones debe verificar la existencia y proporcionar el EPPE y verificar que se cumplan las medidas de seguridad.

6.6.4 El responsable de seguridad debe auditar que equipo de protección personal especifico cumpla con los requisitos para la realización del trabajo

6.7. Requerimientos de delimitación y señalización. 6.7.1. Siempre que se realice la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso,

previamente el personal ejecutor debe colocar barreras de seguridad a nivel de piso terminado y en estructuras a diferentes niveles (cuando sea el caso),

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con el propósito de delimitar el área e impedir el paso de personas y vehículos. De acuerdo a lo establecido en el procedimiento PXR-PC-07-2012.

6.7.2. Para la colocación de barreras de seguridad, se debe estimar el área de riesgo que potencialmente puede verse afectada por la salida inesperada de fluidos al momento de la apertura, evaluando parámetros como presión, temperatura y toxicidad de la sustancia involucrada, dirección y velocidad del viento, temperatura ambiente, experiencia en trabajos similares, entre otros. Cuando por necesidades del servicio se requiera el apoyo del personal dentro del área de seguridad delimitada, debe utilizar el EPPE, incluye personal supervisor de cualquier especialidad.

6.7.3. El área a delimitar y las características de la barrera de seguridad, deben observar lo dispuesto en la edición vigente del procedimiento PXR-PC-07-2012, como se muestra de manera ilustrativa en la Figura 1.

Figura 1. Colocación de barreras de seguridad para trabajos de apertura de líneas y equipos.

6.8 Requerimientos de comunicación de la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso. 6.8.1 El grupo de trabajo, a través de su línea de mando, debe comunicar al

personal de la instalación la información general de la apertura y cierre a

ÁREA DE SEGURIDAD REQUERIDA PARA LA EJECUCIÓN DE UNA TAREA CRÍTICA.

BARRERA DE SEGURIDAD = 1.5 VECES EL ÁREA REQUERIDA

LÍMITE DE BATERIA

PUNTO DE EJECUCIÓN DE LA TAREA CRÍTICA

ÁREA DE SEGURIDAD REQUERIDA PARA LA EJECUCIÓN DE UNA TAREA CRÍTICA.

BARRERA DE SEGURIDAD = 1.5 VECES EL ÁREA REQUERIDA

LÍMITE DE BATERIA

PUNTO DE EJECUCIÓN DE LA TAREA CRÍTICA

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realizar, considerando: línea o equipo involucrado, fecha y hora programada de inicio y terminación de los trabajos.

6.8.2 Cuando los trabajos de apertura puedan impactar a otras instalaciones del centro de trabajo, el responsable de operación debe elaborar una minuta de trabajo y notificar por escrito a los responsables de operación de la línea o equipo respectiva los trabajos a realizar; así como, la fecha y hora de inicio y terminación de los trabajos. Además invariablemente se debe realizar la minuta de trabajo peligroso.

6.8.3 Inmediatamente antes de iniciar los trabajos de apertura y cierre de una línea o equipo, el responsable de operación debe notificar al personal del Cuarto de Control Centralizado o BUNKER (aplicable en las Refinerías), proporcionando la información general del trabajo a realizar.

6.8.4 El responsable de operación, debe registrar en su bitácora el permiso de trabajo correspondiente a la apertura y cierre de la línea o equipo.

6.9 Definición de la fecha y hora de inicio y terminación de los trabajos. 6.9.1 Los trabajos de apertura y cierre de líneas y equipos, se deben realizar en la

fecha y hora que defina el jefe de operación de la instalación como la más apropiada para su ejecución segura.

6.9.2 Los trabajos de apertura y cierre de líneas y equipos de alto riesgo, se deben realizar en días hábiles (no días festivos ni fines de semana) y con luz de día; cuando sea estrictamente necesario realizarlos en días y en horarios diferentes, dichos trabajos deben ser autorizados por la máxima autoridad del centro de trabajo. Como por ejemplo: líneas de desfogue y fondos de torres de alto vacío, etc.

6.10 Ejecución de la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso. 6.10.1 Consideraciones generales.

a) Manejo de materiales. 1. Cuando sea necesario, los materiales, herramientas e instrumentos,

entre otros, que se requieran para la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso, se deben bajar y subir mediante maniobra con cable, cadena, malacate, polea u otro medio seguro; en este caso, el encargado de la maniobra debe comprobar que estos medios se encuentren en buen estado y evitar que personas ajenas a la maniobra se acerquen innecesariamente.

2. Se debe evitar la acumulación de materiales empleados durante la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso, a nivel de piso terminado o sobre estructuras.

b) Trabajos en áreas adyacentes.

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1. Se deben suspender todos los trabajos de mantenimiento, inspección, construcción, o de movimiento de materiales, entre otros, en áreas adyacentes al sitio de la ejecución de apertura y cierre de líneas y equipos, cuya ejecución pueda poner en riesgo la integridad de los trabajadores que realizan unas u otras actividades.

2. Se deben evitar los movimientos operacionales durante la ejecución de los trabajos y la toma de muestras en áreas adyacentes, cuya ejecución pueda generar condiciones que pongan en riesgo la integridad de los trabajadores que realizan actividades de apertura de líneas y equipo.

3. En caso de ser necesaria la ejecución de movimientos operacionales, la toma de muestras o la ejecución de actividades de mantenimiento , de inspección y construcción, entre otros, en áreas adyacentes, se debe notificar oportunamente para que se suspendan los trabajos y el personal se retire a una zona segura, hasta en tanto se concluyan esas actividades.

c) Manejo y drenado de sustancias químicas y materiales peligrosos. 1. Durante el drenado de sustancias químicas y materiales peligrosas

en la apertura y cierre de líneas y equipos, se debe contar con recipientes de capacidad suficiente para contener el producto que pueda salir.

2. El personal que realiza estos trabajos debe utilizar el EPPE indicado en la Hoja de Datos de Seguridad de Sustancias (HDSS) respectiva.

3. Las sustancias químicas peligrosas recolectadas durante las actividades de apertura y cierre de líneas y equipos, se deben manejar como residuos peligrosos de acuerdo a sus características CRETIB (Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable, Biológico infeccioso).

d) Supervisión. 1. Previo al inicio de los trabajos de apertura, el grupo de trabajo debe

verificar los aspectos siguientes:

• Que se cuenta en el sitio de trabajo con los recursos materiales, herramientas, equipo de protección personal específico, medidas de seguridad, juntas ciegas, tapones roscados, recipientes para colectar el producto que potencialmente salga al momento de aflojar los espárragos, entre otros, especificados en la etapa de planeación.

• Que las barreras de seguridad se colocaron correctamente, tomando en cuenta el potencial escape de sustancias químicas

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peligrosas y que se colocaron en los diferentes niveles, cuando la apertura y cierre se realizará en una estructura elevada.

• Cuando se requiera el uso de andamios deberán de cumplir con el procedimiento “Prevención de Caídas” PXR-PC-04-2012.

• Que el personal ejecutor cumple los requisitos establecidos en la sección de selección del personal ejecutor.

• Que el personal ejecutor conozca el funcionamiento del EPPE y lo utilice correctamente durante la ejecución del trabajo.

• Que el personal esté enterado de las medidas de seguridad que seguirá en caso de que se presente una emergencia durante el desarrollo de los trabajos de apertura y cierre de líneas y equipos de proceso.

• Que el personal ejecutor conozca y aplique el procedimiento seguro para aflojar espárragos y el patrón de apriete cruzado para los espárragos.

• Que el personal ejecutor conozca y aplique el procedimiento de uso de la maquinaria y herramienta para aflojar y para apretar espárragos.

2. Previo y durante el desarrollo de los trabajos, el responsable de su ejecución debe verificar que se conservan las condiciones de seguridad con las cuales se autorizó el inicio de los mismos.

3. En caso de identificar la necesidad de reforzar las medidas de seguridad, debe efectuar las acciones procedentes o incluso cambiar al personal ejecutor, en cuyo caso éstos deberán estar previamente involucrados desde la elaboración del AST en la actividad a realizar.

e) Condiciones meteorológicas. 1. El grupo de trabajo no debe permitir la ejecución de trabajos de

apertura de líneas y equipos de proceso cuando se presenten fenómenos meteorológicos que puedan poner en riesgo la integridad de los trabajadores, como: tormentas eléctricas, granizadas o lluvias torrenciales, vientos fuertes y cambiantes en trabajos en altura, entre otros.

6.10.2. Elaboración del permiso de trabajo. a) En la fecha establecida, el grupo de trabajo debe generar y tramitar la

ODT en PM-SAP (Módulo de Mantenimiento del Sistema SAP), el AST y el PDT correspondientes, observando lo dispuesto en edición vigente del procedimiento de PDT.

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b) El grupo de trabajo debe elaborar y gestionar las firmas de autorización de la minuta de trabajo peligroso, de acuerdo a lo establecido en el procedimiento de permiso de trabajo, con base en la complejidad del trabajo a realizar, el potencial impacto a otras instalaciones o la ejecución de la apertura en áreas compartidas, según lo requiera.

6.10.3. Preparación de la línea o equipo para su apertura. a) En caso de requerirse, el personal responsable de la instalación debe

realizar el lavado, vaporizado, neutralizado o inertizado de la línea o equipo, observando lo dispuesto en los procedimientos aplicables.

b) Cuando se realicen las actividades descritas en el inciso anterior, se deben de suspender los trabajos cuando la línea o equipo reporte condiciones seguras en términos de la concentración de sustancias tóxicas o inflamables.

c) Cuando la apertura de líneas o equipos que por sus características físico-químicas puedan contener sedimentos de materiales pirofóricos, el personal ejecutor debe tener presente la posibilidad de que dichos sedimentos se incendien al contacto con el aire; en estos casos, se recomienda mantener húmedos los sedimentos y al personal ejecutor (con una niebla de agua). Cuando el alcance de los trabajos que motivaron la apertura del equipo impliquen el ingreso del personal, se debe observar lo dispuesto en el procedimiento crítico de espacios confinados PXR-PC-01-2012.

d) Con el fin de evitar posibles confusiones que lleven a la ocurrencia de accidentes o lesiones, antes de realizar la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso el responsable de la seguridad asignado al lugar del trabajo debe identificar y marcar con pintura de color rojo las bridas y conexiones del lugar donde se va a realizar la actividad. De acuerdo al procedimiento PXR-PC-06-2012 “Bloqueo de Energía y Materiales Peligrosos”.

e) Una vez iniciada la actividad de apertura y cierre en líneas y equipos debe concluirse obligatoriamente, por ningún motivo deben quedar líneas o equipos con trabajos inconclusos.

f) En caso de cambio en las condiciones meteorológicas, suspender la actividad y llevar a condiciones seguras.

6.10.4. Comunicación de la apertura. a) El día programado para la apertura de la línea o equipo de proceso,

durante la Reunión de Inicio de Jornada (RIJ), se debe comunicar al personal participante respecto de las generalidades del trabajo a realizar.

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b) Inmediatamente antes de iniciar la apertura, el responsable de la instalación y/o el operador responsable, según sea el caso, debe notificar a todo el personal de la instalación involucrado y al personal del cuarto de control o Bunker; así como, al de otras instalaciones que se puedan ver impactadas con motivo de la apertura, respecto de los trabajos a realizar.

c) Cuando se realizan trabajos en apertura y cierre de líneas y equipos se deberá mantener la comunicación vía radio.

d) Contar con la participación del Personal Contraincendio. 6.10.5. Verificación del bloqueo.

a) Antes de iniciar los trabajos para aflojar y retirar los espárragos, el personal ejecutor debe verificar el correcto bloqueo de cada una de las fuentes de energía peligrosa que entran y que salen de la línea o equipo de proceso que se pretende abrir; para realizar esta actividad, se debe apoyar con el personal de operación y/o responsable de la instalación designado por la línea de mando para entregar el equipo al responsable de la ejecución, quién debe portar la HOJA DE CONTROL PARA EL BLOQUEO DE ENERGÍA PELIGROSA formato PXR-PC-06-2012-F-01, elaborado con base en lo dispuesto en la edición vigente del procedimiento crítico PXR-PC-06-2012. “Bloqueo de Energía y Materiales Peligrosos”.

b) El personal ejecutor de la apertura, debe verificar que los dispositivos de aislamiento (válvulas de bloqueo e interruptores eléctricos, entre otros) se encuentran debidamente posicionados en su opción “fuera de operación” y debe colocar su candado de seguridad y su tarjeta de aviso. El candado de seguridad y la tarjeta de aviso deben cumplir las especificaciones dispuestas en la edición vigente del procedimiento crítico PXR-PC-06-2012.

c) El personal ejecutor debe verificar que el manómetro no indica la presencia de presión al interior de la línea o equipo por abrir y debe verificar que no sale producto por las purgas o venteos del mismo.

d) En el caso de equipos dinámicos movidos por corriente eléctrica, el personal ejecutor debe posicionar el botón de encendido o arranque en posición ”en operación” y verificar que el motor eléctrico no se mueve.

e) En caso de que al verificar el bloqueo de energía peligrosa, el personal ejecutor identifique la presencia de energía o de sustancias químicas peligrosas, no debe aflojar los espárragos y debe notificar esta situación a su jefe inmediato; quién, también de inmediato lo debe comunicar al grupo de trabajo.

f) Cuando se esté en el supuesto descrito en el inciso anterior, el grupo de trabajo debe prohibir la apertura de la línea o equipo y reiniciar el proceso

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de bloqueo, observando la secuencia de acciones descritas en el procedimiento crítico PXR-PC-06-2012.

6.10.6. Retiro de espárragos. a. Una vez verificado el correcto bloqueo de las fuentes de energía peligrosa

de la línea o equipo, el personal ejecutor debe proceder a aflojar y retirar los espárragos de las bridas entre las que se colocará la junta ciega o se girará la figura ocho; así como, retirar los dispositivos roscados en donde se colocará el tapón correspondiente.

b) Aun cuando la línea o equipo debe estar sin presión interna y libre de sustancias químicas peligrosas, el personal ejecutor de la apertura debe considerar que puede salir producto al aflojar; por tanto, desde el inicio hasta el término de la actividad debe portar su equipo de protección personal específico, ubicarse a favor del viento, a la mayor distancia posible y posicionarse de manera que en caso de salida de producto no sea impactado por éste.

c) El ejecutor debe iniciar por aflojar los espárragos más alejados respecto de su ubicación y posición.

d) Se deben aflojar las tuercas de los espárragos 2 hilos aproximadamente, sin retirarlos, comenzando por aquellos que al aflojarse presenten mínimo riesgo para el trabajador en caso de que exista producto entrampado; en caso de salida de producto, reapriete de inmediato, suspenda el afloje y retiro de espárragos y comunique el incidente al grupo de trabajo, a través de su línea de mando.´

e) Retirar la mitad de los espárragos menos uno para poder colocar o extraer la junta ciega con sus dos empaques; limpiar las caras de la brida y verificar su estado físico.

f) Colocar nueva junta circular del material especificado para las bridas entre las que se colocará.

g) En caso de que al aflojar espárragos o conexiones roscadas, el personal ejecutor identifique la salida de producto, el ejecutor debe suspender la actividad y cerrar la línea o equipo y reiniciar el proceso de bloqueo, informando a su línea de mando, observando la secuencia de acciones descritas en el procedimiento crítico PXR-PC-06-2012. “Bloqueo de Energía y Materiales Peligrosos”. Salvo en casos específicos donde la salida de producto/escurrimiento es inminente, se debe hacer una minuta de trabajo donde se analicen los riesgos adicionales derivados de la propia actividad.

h) En casos de líneas de desfogue, referirse al procedimiento respectivo. 6.10.7. Colocación de juntas ciegas y tapones roscados o giro de figuras ocho.

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a) Las bridas entre las que se colocará una junta ciega o se girará una figura ocho, se deben separar empleando la herramienta hidráulica o neumática, diseñada para ese propósito.

b) Las juntas ciegas deben ser las especificadas para la tubería o equipo en donde se instalarán; es decir, su material de construcción debe ser igual al de las bridas entre las que se colocará, sus dimensiones deben satisfacer los requerimientos del Código ASME B 16.48 y su información de identificación debe observar lo dispuesto en el numeral 6.6.2. del presente procedimiento.

c) En el caso de conexiones roscadas, deben colocarse tapones cuya selección se hará en función de las dimensiones y especificaciones de material del punto en el que se instalarán.

d) Siempre que se coloque una junta ciega o se gire una figura ocho, se deben colocar empaques en ambos lados, que cumplan las especificaciones establecidas en la información de diseño actualizada.

e) Cuando al colocar una junta ciega resulte que los espárragos originales no pueden ser empleados en virtud de que su longitud es insuficiente, se deben utilizar espárragos de longitud adecuada y que cumplan la especificación establecida para la tubería o equipo.

f) El apriete y el torque de los espárragos debe cumplir con la secuencia establecida en el “PATRÓN DE APRIETE CRUZADO”, como el mostrado en la Figura 2A – 2B y conforme al código ASME PCC-1-2000.

6.10.8. Retiro de juntas ciegas, de tapones roscados o giro de figuras ocho. a) Al iniciar el afloje y el posterior retiro de espárragos para extraer las juntas

ciegas o girar las figuras ocho, el ejecutor debe observar lo dispuesto en el numeral 6.2.6 del presente procedimiento.

b) Una vez retiradas las juntas ciegas o giradas las figuras ocho, se debe colocar un nuevo empaque de la especificación establecida en la información de diseño actualizada de la línea o equipo.

c) Antes de colocar las nuevas juntas, se deben limpiar las caras realzadas de las bridas. Se deben colocar espárragos que cumplan la especificación establecida en la información de diseño actualizada.

d) Los espárragos deben cumplir las dimensiones establecidas en el Código ANSI B 16.5 y al colocarlos, el ejecutor del trabajo se debe asegurar que sobresalgan la misma distancia en ambos extremos de acuerdo al ANSI antes mencionado.

e) El apriete de espárragos se debe realizar con la herramienta hidráulica o neumática, apropiada al torque recomendado para sus dimensiones.

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f) El apriete debe observar la secuencia establecida en el “PATRÓN DE APRIETE CRUZADO”; el cual, se muestra de manera ilustrativa en las Figura 2A – 2B.

Figura 2A Figura 2B

g) Una vez concluidos los trabajos devolverle el color original de la tubería

(al que tenía antes de pintarla de rojo).

8 ESPARRAGOS

5

1

8

4 3

76

2

8 ESPARRAGOS

5

1

8

4 3

76

2

5

1

8

4 3

76

2

12 ESPARRAGOS

51

8

4 3

7

62

9

10

11

12

12 ESPARRAGOS

51

8

4 3

7

62

9

10

11

12 51

8

4 3

7

62

9

10

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7. 10 Reglas de Vida

1 ¡NUNCA! Ejecutes la apertura de líneas o equipos sin contar con el Análisis de Seguridad en el Trabajo y Permiso de Trabajo, la etapa de PLANEACIÓN es VITAL.

2 ¡NUNCA! Realices un trabajo de apertura de líneas y equipos sin conocer los riesgos de los productos y substancias involucrada, establecidas en las hojas de dados de seguridad.

3 Si te asignan un trabajo de apertura y/o cierre de líneas y equipos y no estás seguro de cómo hacerlo, ¡NO LO HAGAS, NO TE EXPONGAS!, e informa a tu supervisor.

4 ¡NUNCA! realices la apertura de líneas y equipos sin contar con las herramientas y equipamiento establecido en el Análisis de la Seguridad en el Trabajo.

5 ¡SIEMPRE! asegura que el Equipo de Protección Personal Específico, requerido está disponible y en buen estado, antes de iniciar los trabajos.

6 ¡VERIFICA SIEMPRE! los bloqueos de energía antes de iniciar los trabajos, ASEGURA que la entrega operativa fue correctamente realizada.

7 ¡SIEMPRE! verifica que las condiciones y medidas de seguridad se mantengan en la continuación de trabajos como se estableció en la autorización de los trabajos.

8 ¡ASEGURA! la comunicación entre todas las áreas antes, durante y al concluir la apertura de líneas o equipos.

9 ¡SIEMPRE! identifica la ruta de escape del área de riesgo, antes de iniciar el trabajo.

10 ¡NO! hay trabajo tan urgente que me haga violar las reglas del procedimiento.

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9. Responsabilidades. 9.1 De los Subdirectores de Producción, Almacenamiento y Reparto,

Distribución y Proyectos:

9.1.1 Asegurar la comunicación y cumplimiento de este procedimiento en todos los Centros de Trabajo bajo su responsabilidad.

9.2 Del Subdirector de Auditoría en Seguridad Industrial y Protección Ambiental. 9.2.1 Mantener disponible, actualizado y auditar este procedimiento para

verificar su aplicación en los Centros de Trabajo de las Subdirecciones 9.3 Del Gerente y/o la máxima autoridad del Centro de Trabajo.

9.3.1 Asegurar el cumplimiento del presente documento normativo, mediante el proceso de Disciplina Operativa (DO) por todo el personal a su cargo.

9.3.2 Asegurar que los recursos y apoyos necesarios se proporcionen en tiempo y forma para el desarrollo de las actividades propias de este procedimiento.

9.4 De todo el personal de los centros de trabajo de PEMEX Refinación, contratistas y áreas compartidas con otros Organismos Subsidiarios. 9.4.1 Cumplir las disposiciones establecidas en el presente documento

normativo. 9.5 Del responsable operativo y/o de la instalación.

9.5.1 Cumplir las responsabilidades que le son asignadas en el presente documento normativo.

9.5.2 Participar en la elaboración del permiso de trabajo, en el AST y en la minuta de trabajo peligroso, correspondientes.

9.5.3 Verificar que no se efectúen maniobras operacionales en áreas adyacentes que puedan causar daños a los trabajadores que realizan un trabajo de apertura de maquinaria o equipo; o de ser el caso, notificar para que el personal se retire a un sitio seguro.

9.5.4 Verificar que en la maquinaria o equipo fue bloqueada correctamente y que se encuentra protegido con candados de seguridad y etiquetas preventivas.

9.5.5 Verificar que los interruptores eléctricos de la maquinaria o equipo fueron colocados en su posición “fuera de operación” y asegurados con candados de seguridad y etiquetas preventivas.

9.6 Del responsable de seguridad. 9.6.1 Cumplir las responsabilidades que le son asignadas en el presente

documento normativo.

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9.6.2 En los casos que aplique y de acuerdo al procedimiento PDT que corresponda, participar en la elaboración del permiso de trabajo, en el AST y en la minuta de trabajo peligroso, correspondientes.

9.6.3 Analizar los trabajos a realizar, definir y procurar el equipo de protección personal específico requerido.

9.6.4 Verificar que la línea o equipo fue bloqueada correctamente y que se encuentra protegido con candados de seguridad y etiquetas preventivas.

9.6.5 Verificar que los interruptores eléctricos de la maquinaria o equipo fueron colocados en su posición “fuera de operación” y asegurados con candados de seguridad y etiquetas preventivas.

9.6.6 Realizar las pruebas de monitoreo de explosividad, temperatura, toxicidad, concentración de oxígeno.

9.7 Del responsable de la ejecución del trabajo. 9.7.1 Cumplir las responsabilidades que le son asignadas en el presente 9.7.2 Participar en la elaboración del permiso de trabajo, AST y de la minuta de

trabajo peligroso, correspondientes. 9.7.3 Verificar que no se efectúen actividades en áreas adyacentes que puedan

causar daños a los trabajadores que realizan un trabajo de apertura y cierre de líneas y equipos; o de ser el caso, notificar para que el personal se retire a un sitio seguro.

9.7.4 Verificar que la línea o equipo fue bloqueada correctamente y que se encuentra protegido con candados de seguridad y etiquetas preventivas.

9.7.5 Verificar que los interruptores eléctricos de la maquinaria o equipo fueron colocados en su posición “fuera de operación” y asegurados con candados de seguridad y etiquetas preventivas.

9.7.6 Verificar previo al inicio de los trabajos, que el personal ejecutor conoce el funcionamiento del EPP específico, supervisando su uso correcto durante los trabajos, las medidas de seguridad a observar especificadas en el AST, los procedimientos o instrucciones de trabajo aplicables a los trabajos a realizar y el funcionamiento del equipo y herramienta a emplear.

9.7.7 Realizar durante la ejecución de trabajos recorridos de supervisión para verificar la correcta realización de los trabajos, el adecuado empleo del equipo de protección personal y el específico y las condiciones generales en el área de trabajo.

9.7.8 Aplicar la lista de verificación “Requisitos a verificar obligatoriamente antes de la ejecución del trabajo de apertura y cierre de líneas y equipos de proceso” Anexo No. 2

9.8 Del personal ejecutor.

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9.8.1 Cumplir las responsabilidades que le son asignadas en el presente documento normativo.

9.8.2 Cumplir lo dispuesto en el permiso de trabajo, AST y en la minuta de trabajo peligroso que ampara el trabajo de apertura y cierre de líneas y equipos.

9.8.3 Conocer y cumplir con las disposiciones del Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos aplicables a los trabajos a ejecutar.

9.8.4 Cumplir las recomendaciones de seguridad, salud y protección ambiental expresadas por los responsables de la instalación.

9.8.5 Suspender los trabajos, dejarlos en condición segura y retirarse e informar de inmediato cuando se detecte cualquier condición de riesgo que pueda afectar su integridad física.

9.8.6 Utilizar en todo momento el equipo de protección personal específico que se indique en el permiso de trabajo y AST.

9.8.7 Aplicar la lista de verificación “Requisitos a verificar obligatoriamente antes de la ejecución del trabajo de apertura y cierre de líneas y equipos de proceso” Anexo No. 2

10. Marco Normativo. 10.1 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. 10.2 NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la

maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. 10.3 NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los

centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

10.4 NOM-025-STPS-1999, condiciones de iluminación en los centros de trabajo. 10.5 NOM-028-STPS-2012, Sistema para la Administración del Trabajo - Seguridad en

los procesos y equipos críticos que manejan sustancias químicas peligrosas. 10.6 Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos

Subsidiarios, “Primera actualización” abril de 2007. 10.7 NRF-032-PEMEX-2012, “Sistema de Tubería en Plantas Industriales, Diseño y

Especificaciones de Materiales” 10.8 NRF-036-PEMEX-2003 “Clasificación de Áreas Peligrosas y Selección de Equipo

Eléctrico”. 10.9 PXR-SC-PSO-011 “Procedimiento para la autorización de trabajos en

instalaciones industriales de la Subdirección Comercial”.

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PROCEDIMIENTO CRÍTICO

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10.10 SP-SASIPA-SI-02310 “Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones industriales de la Subdirección de Producción de PEMEX Refinación”. Rev. 8

10.11 SAR-SASIPA-SI-2311 “Procedimiento para la autorización de trabajos en áreas de riesgo, o actividades peligrosas, en instalaciones de la Subdirección de Almacenamiento y Reparto”

10.12 SD-SASIPA-SI-02312 “Procedimiento para la autorización de trabajos en áreas de riesgo o actividades peligrosas, en instalaciones de los sistemas de trasporte por ducto de la Subdirección de Distribución”.

10.13 SD-SASIPA-SI-02313 “Procedimiento para la autorización de trabajos en áreas de riesgo o actividades peligrosas, en instalaciones portuarias, embarcaciones en puerto y en travesía, de PEMEX Refinación”.

10.14 DG-SASIPA-SI-02510 “Guía de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados”.

10.15 DG-SASIPA-SI-02511 “Guía de seguridad para realizar trabajos en excavaciones”.

10.16 DG-SASIPA-SI-02512 “Guía de Seguridad para realizar trabajos en altura”. 10.17 DG-SASIPA-SI-02513 “Guía para el empleo de barreras de seguridad”. 10.18 DG-SASIPA-SI-02516 “Guía de seguridad para el aislamiento de maquinaria o

equipo”. 10.19 DG-GPASI-SI-08200 “Reglamento de Seguridad para contratistas”. 10.20 DG-SASIPA-SI-08902 “Procedimiento para la identificación de equipos y tareas

críticas”. 10.21 ASME B16.48-2005 “Line Blanks”. 10.22 PXR-PC-01-2012 “Entrada Segura a Espacios Confinados” 10.23 PXR-PC-02-2012 “Protección Contra incendio” 10.24 PXR-PC-03-2012 “Equipo de Protección Personal” 10.25 PXR-PC-04-2012 “Prevención de Caídas” 10.26 PXR-PC-05-2012 “Seguridad Eléctrica” 10.27 PXR-PC-06-2012 “Bloqueo de Energía y Materiales Peligrosos” 10.28 PXR-PC-07-2012 “Delimitación de áreas de riesgo (barricadas)” 10.29 ASMEPCC-1-2000 “Guidelines for Pressure Boundary Bolted Flange Joint

Assembly”

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11. ANEXOS Anexo 11.1

EVALUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PXR-PC-08-2012

FORMATO: PXR-PC-08-2012 F-01

- EVALUACIÓN DE LA COMPRENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO PXR-PC-08-2012

DATOS DEL EVALUADOR: DATOS DEL EVALUADO: NOMBRE. NOMBRE. NÚMERO DE FICHA: NÚMERO DE FICHA: DEPARTAMENTO DE ADSCRIPCIÓN: DEPARTAMENTO DE ADSCRIPCIÓN: CARGO: CARGO:

FIRMA: FIRMA:

FECHA DE EVALUACIÓN:

CALIFICACIÓN:

OBSERVACIONES:

1 ¿Cuál es el Objetivo del Procedimiento?

2 Mencione al menos 3 aspectos de seguridad para la realizar de forma segura la Apertura y Cierre de Líneas o

Equipos de Proceso.

3 ¿Qué herramientas se deben utilizar para efectuar de manera segura la apertura y cierre de líneas y equipos?

4 ¿Qué equipo de protección personal específico se requiere utilizar en la apertura y cierre de líneas y equipos?

5 ¿Cuáles son las responsabilidades del RET Responsable de la Ejecución del Trabajo en la actividad de apertura y

cierre de líneas y equipos de proceso?

6 ¿Qué condiciones deben prevalecer previo a la apertura de líneas o equipos de proceso?

7 ¿Porqué el ejecutor del trabajo debe asegurase que la línea y/o equipo debe estar aislado, candadeado y etiquetado?

8 Describa la secuencia de la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso a intervenir.

9 ¿Qué formatos debe considerarse y tenerse elaborados antes de iniciar el trabajo de apertura y cierre de líneas y

equipos de proceso?

10 Mencione las 10 Reglas de Vida.

SUBDIRECCIÓN: GERENCIA:

SUBGERENCIA: CENTRO DE TRABAJO:

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Anexo 11.2 LISTA DE VERIFICACIÓN DE TRABAJOS DE APERTURA Y CIERRE DE LÍNEAS Y EQUIPOS

Formato No. PXR-PC-08-2012-F-02

AREA O PLANTA: ________________________

LÍNEA O EQUIPO: _______________________

FECHA: __________________

REQUISITOS A VERIFICAR OBLIGATORIAMENTE ANTES DE LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE APERTURA Y CIERRE DE LÍNEAS Y EQUIPOS DE PROCESO

SI NO NA

1. ¿EL PERMISO DE TRABAJO U ORDEN DE MANTTO.Y EL AST SE ENCUENTRAN BIEN ANALIZADOS CON SUS FIRMAS Y LA FECHA VIGENTE PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO?

( ) ( ) ( )

2. ¿SE TIENE DISPONIBLE EL MATERIAL A REEMPLAZAR, HERRAMIENTAS, EQUIPO Y BLOQUEOS DE SEGURIDAD (EMPAQUES, ESPARRAGOS, TUERCAS, JUNTAS CIEGAS, TAPAS CIEGAS DE ACUERDO A LA ESPECIFICAIÓN Y LIBRAJE)?

( ) ( ) ( )

3. ¿SE COLOCO CANDADO, ETIQUETA, CADENA Y PORTACANDADO EN LOS BLOQUEOS? DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO PXR-PC-06-2012 “BLOQUEO DE ENERGIA Y MATERIALES PELIGROSOS

( ) ( ) ( )

4. ¿ESTA COLOCADA LA BARRICADA CORRESPONDIENTE? DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO PXR-PC-07-2012 “DELIMITACION DE AREAS DE RIESGOS (BARRICADAS)”

( ) ( ) ( )

5. EN CASO DE UTILIZARSE ANDAMIO Y/O TOBOGÁN, ¿SE ENCUENTRA EN BUEN ESTADO?, ¿ES SEGURO? Y ¿ESTA ETIQUETADO? DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO PXR-PC-04-2012 “PREVENCIÓN DE CAIDAS”

( ) ( ) ( )

6. ¿SE TIENEN LOS RECIPIENTES CON CAPACIDAD SUFICIENTE PARA RECOLECTAR LOS RESIDUOS AL EFECTUAR LA APERTURA?

( ) ( ) ( )

7.¿SE CUENTA CON EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ESPECIFICO INDICADO EN EL PERMISO DE TRABAJO, EN BUEN ESTADO, REVISADO Y PROBADO?. DE ACUERDO AL PXR- PC-03-2012 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.

( ) ( ) ( )

8.¿ EL EQUIPO O LÍNEA ESTA DEPRESIONADA, PURGADA VACIADA, Y/O VAPORIZADA?. DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO PXR-PC-06-2012 “BLOQUEO DE ENERGIA Y MATERIALES PELIGROSOS”

( ) ( ) ( )

9. ¿EN CASO DE UNA MANIOBRA SE CUENTA CON EL EQUIPO Y PERSONAL NECESARIO DEBIDAMENTE CERTIFICADO Y PROBADO? (GRÚA, WINCHE CAMIÓN, DIFERENCIAL, MONTACARGA)?.

( ) ( ) ( )

10. ¿SE TIENE EL PERSONAL Y EQUIPO CONTRAINCENDIO DISPONIBLE EN EL AREA? ( ) ( ) ( )

11. EL AREA DE TRABAJO ¿TIENE SUFICIENTE ILUMINACIÓN? ( ) ( ) ( )

12. EL AREA DE TRABAJO ¿TIENE SUFICIENTE VENTILACIÓN? ( ) ( ) ( )

13. ¿SE ENCUENTRA CON ORDEN Y LIMPEZA PARA REALIZAR EL TRABAJO? ( ) ( ) ( )

14. ¿SE ELIMINARON Y/ SE TIENE CONTROL DE LAS FUENTES DE IGNICIÓN?

( ) ( ) ( )

NOTA: ESTA LISTA DE VERIFICACIÓN ES COMPLEMENTO DEL AST.

Responsable de la Ejecución del Trabajo

Ejecutor del Trabajo

______________________________________________________ _________________________________________

Nombre y Firma Nombre y Firma

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Anexo 11.3 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ESPECÍFICO PARA TRABAJOS DE APERTURA Y CIERRE DE LÍNEAS Y

EQUIPOS DE PROCESO

Formato No. PXR-PC-08-2012-F-03

AREA O PLANTA: ________________________

LÍNEA O EQUIPO: _______________________

FECHA: __________________

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ESPECÍFICO (EPPE) PARA TRABAJOS DE APERTURA Y CIERRE DE LÍNEAS Y EQUIPOS

SI NO NA

1. MASCARILLA CON LINEA DE AIRE DE ENCHUFE RAPIDO. ( ) ( ) ( )

2. EQUIPO ALUMINIZADO COMPLETO. ( ) ( ) ( )

3. EQUIPO COMPLETO DE NEOPRENO CON PERMATRÓN DE ACRILONITRILO ( ) ( ) ( )

4. CINTURÓN DE SEGURIDAD CON CABLE DE VIDA ( ) ( ) ( )

5. ARNÉS DE CUERPO COMPLETO CON CABLE DE VIDA ( ) ( ) ( )

6. PANTALLA FACIAL ADAPTABLE AL CASCO. ( ) ( ) ( )

7. RUTA DE ESCAPE CON LÍNEA DE VIDA ( ) ( ) ( )

8. TRAJE ENCAPSULADO PARA ACIDO FLUORHÍDRICO ( ) ( ) ( )

9. TRAJE ENCAPSULADO RESISTENTE A GASOLINA

10. EQUIPO DE RESCATE

11. OTROS __________________________________

( )

( )

( )

( )

( )

( )

( )

( )

( )

NOTA: ESTA LISTA DE EPP ESPECÍFICO SE DEBE TOMAR EN CUENTA PARA LA ELABORACIÓN DEL AST. NO ES LIMITATIVA, DE ACUERDO AL TRABAJO A REALIZAR SE PUEDE REQUERIR ALGUN EQUIPO ADICIONAL.

Responsable de la Ejecución del Trabajo

Ejecutor del Trabajo

___________________________________________________ _______________________________________

Nombre y Firma Nombre y Firma

Anexo 11.4 CONTROL DE REVISIONES

Formato No. PXR-PC-08-2012-F-04

ELABORACIÓN / REVISIÓN ELABORÓ / ACTUALIZÓ

No. FECHA MOTIVO CAMBIOS

0 30/11/2012

Cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Capítulo IV, Articulo 1.

Documento nuevo Ing. Jorge Galván Peña

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Anexo 11.5 GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

Formato No. PXR-PC-08-2012-F-05

DISPOSICIÓN COMPROBACIÓN CRITERIO DE ACEPTACIÓN OBSERVACIONES

No. DESCRIPCIÓN

6.1.1 El grupo de trabajo de la instalación, debe planear la apertura y cierre de líneas y equipos de proceso.

DOCUMENTAL Expediente con Documentos de Planeación con autorizaciones requeridas.

La Planeación se efectuó al menos: 72 horas antes de la fecha de ejecución programada La Planeación Incluye al menos: El desarrollo del AST La definición de las autorizaciones requeridas La selección del personal ejecutor Responsable de la coordinación del trabajo. Selección y procura de recursos materiales y herramientas requeridas para realizar la apertura y cierre. Selección y procura de las juntas ciegas o tapones roscados Selección y procura del EEP específico y de las medidas de seguridad. Definición del área a delimitar con barricadas y el tipo de éstas. Identificación de las áreas y de las personas a las que se debe comunicar el aislamiento/bloqueo. Necesidades de preparación de la línea o equipo para su apertura segura (lavado, vaporizado, neutralizado, energizado, entre otros) Estimación de la fecha y hora del inicio y de la terminación de los trabajos.

DOCUMENTAL Censo de líneas y equipos a intervenir

El censo incluye: las bridas, líneas y equipos a intervenir (apertura o cierre) debidamente Identificadas con color rojo.

DOCUMENTAL Comunicado Interno con Acuse de Recibo, así como minuta y lista de asistencia de reunión

En el comunicado se Informa con anticipación a los servicios preventivos de medicina del trabajo la tarea crítica a realizar, anexando los escenarios de riesgo a la salud derivados del AST, las hojas de datos de seguridad de los materiales peligrosos con la finalidad de preparar de manera dirigida la respuesta médica a emergencias alineadas al PRE del centro de trabajo. Se llevó a cabo reunión donde participan los servicios preventivos de medicina del trabajo, donde se comunica lo anterior.

DOCUMENTAL

CAMPO

Documento de verificación en campo firmado por el personal ejecutor.

Se debe verificar que: En bridas de 8 o más espárragos, el reemplazo de los espárragos corroidos debe efectuarse removiendo uno a uno, instalando y apretando de nuevo, no debe mantenerse más de un esparrago faltante en la brida. Una vez retirados, los espárragos se deben inspeccionar y retirar los que presenten daños como: corrosión severa, daños en las cuerdas, deformaciones permanentes, elongación visible que sugiere que durante el apriete se aplicaron esfuerzos en el rango de deformación plástica, o bien que se compruebe que no cumplen la especificación establecida en la información de diseño actualizada. Las tuercas se deben retirar y sustituir cuando presenten daños como: corrosión severa, daños en las cuerdas, deformación plástica o bien, que se compruebe que no cumplen la especificación establecida en la información de diseño actualizada. Revisar que los espárragos estén quintados

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6.2.1 El análisis de

seguridad en el trabajo debe

realizarlo el grupo de trabajo de la

instalación y tiene como propósito

identificar los riegos potenciales a los que se pueden

exponer los trabajadores durante la apertura y cierre de líneas y equipos

de proceso

DOCUMENTAL AST firmado por el grupo de trabajo de la instalación.

El AST debe incluir la participación de:

Los mandos medios que ejecutarán la apertura. Cuando las características y nivel de riesgo lo amerite, a juicio del grupo de trabajo.

Cuando el personal sea realizado por personal de contratista, debe participar además, el residente, el supervisor de obra y el supervisor de seguridad de la compañía contratista.

El AST debe Incluir al menos la identificación de los riesgos siguientes: Por exposición a presión contenida. Por contacto con partes o sustancias calientes (vapor de agua, condensado, agua caliente, entre otros).Por exposición a sustancias químicas peligrosas (tóxicas, asfixiantes, corrosivas, inflamables, explosivas, reactivas, radiactivas o biológico infecciosas).Por la exposición a riesgos cuando el asilamiento se realiza en altura. Por la ejecución de trabajos de inspección, mantenimiento, construcción o movimiento de cargas, entre otros, en áreas adyacentes; o bien, en plataformas diferentes niveles, simultáneamente durante la ejecución de actividades de apertura. Por la ejecución de tomas de muestra o de maniobras o actividades operacionales, normales o de emergencia, en áreas adyacentes. Por la presencia de sustancias químicas peligrosas en el área donde se realizará el asilamiento. Por la presencia de fenómenos meteorológicos.

6.3.1 Con base en el AST, el grupo de trabajo

debe elaborar la OT y el PDT para la

apertura.

DOCUMENTAL Orden de Trabajo y Permiso de Trabajo correspondientes.

Orden de trabajo y permiso de trabajo, debidamente requintados.

6.3.2 El grupo de trabajo debe decidir cuándo

complementar el PDT con una minuta de trabajo peligroso.

DOCUMENTAL Minuta de Trabajo Peligroso cuando se requiera.

En la Minuta de Trabajo Peligros se evalúan los criterios como: la potencial afectación a otras instalaciones con motivo del trabajo a realizar o por la presencia de potenciales situaciones de emergencia; la ejecución simultánea de otras actividades, la necesidad de mayores niveles de supervisión o la ejecución del trabajo en áreas compartidas de acuerdo a los procedimientos DG-SASIPA-SI-2310, 2311, 2312 y 2313.

6.4.1 El responsable de la

ejecución de la apertura, debe seleccionar al

personal ejecutor.

DOCUMENTAL Matriz de conocimientos del personal ejecutor.

Evidencia de capacitación y entrenamiento del personal

ejecutor.

Examen Médico del personal ejecutor

El personal seleccionado está:

Que esté capacitado y entrenado en la tarea a realizar, bajo un programa específico de selección y entrenamiento, ver PXR-PC-01-2012.

Física y emocionalmente apto para el tipo de trabajo

6.5.1 La línea de mando responsable de la

ejecución del trabajo debe seleccionar y

proporcionar los materiales y

herramientas que requerirá para la ejecución de la

apertura y cierre de líneas y equipos.

DOCUMENTAL Documento donde se indique la selección y procura de los

materiales y herramientas requeridas para el trabajo.

Permiso de excepción donde se requiera el uso del marro.

Los materiales y herramientas deben ser: herramientas en buenas condiciones, dispositivos para fijar tuercas, dispositivos separadores de bridas, llaves de diferentes tipos y dimensiones, empaques y tornillería especificada para las bridas correspondientes, tapones roscados especificados para la tubería respectiva y juntas ciegas especificadas para las bridas entre las que se instalará, Privilegiando el uso de herramienta hidráulica y neumática y para casos de excepción donde se requiera el uso del marro se debe extender un Permiso de excepción.

6.6.1 Con base en el AST, el grupo de trabajo debe definir el EPP

específico, que utilizará el personal

que realizará la apertura y cierre.

DOCUMENTAL AST que incluya la definición del EPP específico.

Para la definición del EPP específico se consideró:

La potencial exposición a sustancias químicas peligrosas o materiales peligrosos.

Nota: El Anexo 3 pretende ser una guía para el auditor, más no es limitativo.

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