RECONOCIMIENTO PREVIO

download RECONOCIMIENTO PREVIO

of 55

Transcript of RECONOCIMIENTO PREVIO

Diapositiva 1

Reconocimiento Previo

Artculo 1 LA.- Esta Ley, las de los Impuestos Generales de Importacin y Exportacin y las dems leyes y ordenamientos aplicables, regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancas y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de ste o de dicha entrada o salida de mercancas. El Cdigo Fiscal de la Federacin se aplicar supletoriamente a lo dispuesto en esta Ley.

Estn obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen mercancas al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualesquiera personas que tengan intervencin en la introduccin, extraccin, custodia, almacenaje, manejo y tenencia de las mercancas o en los hechos o actos mencionados en el prrafo anterior.Quienes estn obligados al cumplimiento de la Ley

Despacho AduaneroArtculo 35 LA.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por despacho el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancas al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes trficos y regmenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, as como los agentes o apoderados aduanales.

Artculo 54 LA.- El agente aduanal ser responsable de la veracidad y exactitud de los datos e informacin suministrados, de la determinacin del rgimen aduanero de las mercancas y de su correcta clasificacin arancelaria,

Exmen previo de las mercancas en deposito ante la aduanaArtculo 25 LA.- Las mercancas que se encuentren en depsito ante la aduana podrn ser motivo de actos de conservacin, examen y toma de muestras, siempre que no se altere o modifique su naturaleza o las bases gravables para fines aduaneros.

ARTICULO 42 RLA. La toma de muestras y el examen de mercancas a que se refiere el artculo 25 de la ley, proceder mediante solicitud justificada de persona legitimada, en cuyo caso, el encargado del recinto fiscal o fiscalizado vigilara la operacin.

Exmen previo de las mercancas ante la ignorancia de sus caractersticasArtculo 42 LA.- Si quien debe formular el pedimento ignora las caractersticas de las mercancas en depsito ante la aduana, podr examinarlas para ese efecto.

Artculo 44 LA.- El reconocimiento aduanero y segundo reconocimiento consisten en el examen de las mercancas de importacin o de exportacin, as como de sus muestras, para allegarse de elementos que ayuden a precisar la veracidad de lo declarado, respecto de los siguientes conceptos:

l. Las unidades de medida sealadas en las tarifas de las leyes de los impuestos generales de importacin o exportacin, as como el nmero de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar la mercanca.

II. La descripcin, naturaleza, estado, origen y dems caractersticas de las mercancas.

III. Los datos que permitan la identificacin de las mercancas, en su caso.EN QUE CONSISTE EL RECONOCIMIENTO ADUANERO Y SEGUNDO RECONOCIMIENTO

MOA SEGUNDA UNIDADACTUACIONES PREVIAS AL DESPACHO DE LA MERCANCIA B. DEPOSITO ANTE LA ADUANA 2. Reconocimientos previosDECIMASEPTIMA. Si el AA o Ap. Ad. que vaya a formular el pedimento con el que se destine a un rgimen aduanero la mercanca, ignora las caractersticas de la misma y sta se encuentran en depsito ante la aduana, podr examinarla para ese efecto en trminos del artculo 42 de la LA, conforme a lo siguiente:

Solicitar el ingreso a las instalaciones del recinto fiscal o fiscalizado a efecto de realizar el examen de la mercanca cuyo despacho promover, presentando para tal efecto la siguiente documentacin:

La gua area o conocimiento de embarque debidamente revalidados a su nombre, en original o copia en los casos en que as se justifique, segn se trate.

En caso de que la gua area o conocimiento de embarque no se encuentren revalidados a nombre del AA o Ap. Ad., se deber presentar la carta de encomienda por escrito.

Una vez presentada la documentacin antes sealada, se podr llevar a cabo el reconocimiento previo a que se refiere el primer prrafo de esta norma, sin que se requiera la presencia del personal de la aduana en la prctica del mismo, lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artculo 144, fracciones VIII y IX de la LA.

Copia simple del pedimento que ampara el trnsito interno si la mercanca se condujo en trnsito de alguna aduana de origen.

b) El encargado del almacn o del recinto comprobar que quien solicita practicar el examen de mercanca, cuenta con gafete expedido en trminos del numeral 1.1., Apartado B de la Primera Unidad del presente Manual, hecho lo cual presentar la mercanca para su examen o permitir el acceso al lugar donde se encuentre la misma.

c) Una vez practicado el examen de la mercanca, el AA, Ap. Ad., o sus dependientes autorizados debern cerciorarse que los bultos o contenedores que contengan la mercanca por ellos reconocida, queden perfectamente cerrados, para tal efecto utilizar candados, cintas engomadas, etiquetas, sellos, etc., que aseguren la inviolabilidad de los mismos.

Reconocimiento Previo en la Prctica

Identificar primero el procedimiento para la revisin de las mercancas que llegan en contenedor.

Revisar la documentacin que se presenta para realizar el reconocimiento previo.Confirmar los requerimientos del clasificador para el reconocimiento previo

Identificar fsicamente el contenedor

Revisar condiciones fsicas externas del contenedor

Identificar en su caso etiquetas de IMO

NMERO DE CONTENEDORETIQUETAS DE IMOBARRAS Y SEGUROS EN BUEN ESTADOPUERTAS SIN DAOS

Identificar averas

Revisar sello de origen (debe coincidir con el manifestado en la gua de embarque)

SELLO DE ORIGEN

AVERIA

Apertura del contenedorTrincado de la mercancaEstiba de la mercanca

TRINCADOBANDASBOLSAS DE AIREPALLETSREJAS DE MADERA

Proceso de vaciado del contenedorIdentificar la estiba o acomodo de la cargaIdentificara posibles averas en los bultos o embalajesIdentificar posibles averas internas en el contenedor

PROCESO DE VACIADOESTIBA DE LA MERCANCAESTADO O CONDICIN DE EMBALAJES

Acomodo de la mercanca vaciada del contenedor

MERCANCA DESCONSOLIDADAES PRECISO CUIDAR EL ACOMODO DE LA MERCANCA VACIADA, EL ORDEN DE LA MERCANCA FUERA DEL CONTENEDOR DEBE TENER LA MISMA RELACIN DE CMO VENIA ACOMODADA DENTRO DEL CONTENEDORFONDO DEL CONTENEDORINICIO DEL CONTENEDOR

El proceso de revisin Revisin contra factura (mercanca cantidades)

Pas de origen

RECONOCIMIENTO PREVIO EVIDENCIA FOTOGRAFICAETIQUETAFOTO LATERAL ANGULO 3DFOTO LATERAL ANGULO 3DFOTO DE ACERCAMIENTOMateria constitutiva

PlsticoCauchoAceroAluminioAleacionesMaderaPiel CueroAmianto (Asbesto)

LAS COSAS NO SON LO QUE PARECENMATERIA CONSTITUTIVA

ALUMINIOCAUCHOBRONCEACERO

Presentacin de la mercanca y Tipos de EmbalajePiezaJuegoSurtidoGranelAcondic. Para venta

Identificar marcas, modelos y nmeros de serie

MaquinasHerramientas elctricasEquipo electrnico

DATOS DE IDENTIFICACINMARCAS, MODELOS Y NUMEROS DE SERIE

Identificar en el caso de textiles (no prendas), el tipo de tejido, bordados, impresos o estampados, formas en el caso de recortes, y el grado de manufactura que presente la tela o textil

Identificar insumos, etiquetas e informacin comercial o de seguridad, en el caso de mercancas que como se presentan sern vendidas al pblico y requieran de esta informacin.

MERCANCAS SUCEPTIBLESCUIDAR LOS DETLLAES DURANTE EL PREVIO

CARACTERISTICAS ESPECIFICASINSUMOS O MATERIAS MEZCLADAS

Calzado: Hombre o Mujer, Nio o Nia; sandalia, zapato, bota o deportivo; insumos (exterior, interior y suela) y tipo de manufactura (con costura o sin costura, una sola pieza, etc.)

Concluida la revisin, al guardar la mercanca en el contenedor hay que cuidar el orden y seguimiento que debe llevarse durante este proceso, terminando con el aseguramiento de la mercanca.

GUARDADO DE LA MERCANCA EN CONTENEDORTRINCADO DE MERCANCIA PARA CERRAR CONTENEDOR

Se concluye con el cierre del contenedor y colocacin del sello o candado que se declara en el pedimento.

SELLO COLOCADO DESPUES DEL PREVIO

**Es importante que toda la evidencia fotogrfica este en orden de secuencia y cuidando que la fotos sean claras. **Independiente de las fotografas es importante hacer las anotaciones en las facturas o listas de empaque.

Continuemos con el procedimiento en la revisin de carga suelta, donde bsicamente la diferencia esta en la presentacin de la mercanca.

La revisin de la mercanca sigue los mismos pasos; el proceso de revisin debe estar soportado y evidenciado con las fotografas necesarias y anotaciones en las facturas o listas de empaque.

Estado de los bultos o embalajes al iniciar el previo

Revisin de la mercanca

Siguiendo los pasos mencionados.

Asegurar la integridad fsica de la mercanca y sus embalajes

Presentacin de los bultos al terminar el previo