Roser Romero Delegada del CERMI para la Autonomía Personal

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Propuestas del sector social de la discapacidad para el Plan Integral de Atención a Menores de 3 años en situación de Dependencia. Roser Romero Delegada del CERMI para la Autonomía Personal

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Propuestas del sector social de la discapacidad para el Plan Integral de Atención a Menores de 3 años en situación de Dependencia. Roser Romero Delegada del CERMI para la Autonomía Personal. Indice. Marco Normativo Algunas consideraciones . Libro Blanco de A tención Temprana - PowerPoint PPT Presentation

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Propuestas del sector social de la discapacidad para el Plan Integral de Atención a Menores de 3 años

en situación de Dependencia.

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Indice

• Marco Normativo• Algunas consideraciones.• Libro Blanco de Atención Temprana• Ley 39/2006 Disposición adicional tercera.• Atención especifica Ley 39/2006• El CERMI denuncia• Principios en los Planes de Atención a menores de 3 años.• Líneas de actuación.• Conclusiones y sugerencias.• Resumen final.

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Reconocimiento de los Derechos de la Infancia

• Declaración de los Derechos del Niño, aprobada el 20/11/1959 de Naciones Unidos.

• Convención sobre los derechos del niño, de Naciones Unidas, del 2/9/1989.• Constitución Española de 1978.• Ley 16/2003, de 28/5/2003, sobre la Cohesión y Calidad del Sistema

Nacional de Salud.• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad del

19/12/2006• Ley 2/2006, de 3 de mayo, Orgánica de la Educación.• Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las

Personas en situación de Dependencia.

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Algunas consideraciones previas

• Los estudios e investigaciones llevados a cabo en los últimos años, además de las observaciones empíricas, demuestran que la atención a menores de tres años está estrechamente vinculada al pleno desarrollo de la personalidad y que puede condicionar el ejercicio de los demás derechos y libertades fundamentales a lo largo de la vida.

 • La familia y el entorno se encuentran implicados con mayor

intensidad que en el resto de situaciones donde se encuentre una personas con discapacidad.

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Libro Blanco sobre Atención Temprana

Se entiende por atención temprana, “el conjunto de intervenciones, dirigidas a la población infantil, a la familia y al entorno, con el objetivo de dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños con trastornos en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos. Estas intervenciones, deben considerar la globalidad del niño y han de ser planificadas por un equipo de profesionales de orientación interdisciplinar o transdisciplinar”.

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1. Sin perjuicio de los servicios establecidos en los ámbitos educativo y sanitario, el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia atenderá las necesidades de ayuda a domicilio y, en su caso, prestaciones económicas vinculadas y para cuidados en el entorno familiar a favor de los menores de 3 años acreditados en situación de dependencia.

2. La atención a los menores de 3 años, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se integrará en los diversos niveles de protección establecidos en el artículo 7 de esta Ley y sus formas de financiación.

3. En el seno del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se promoverá la adopción de un plan integral de atención para estos menores de 3 años en situación de dependencia, en el que se contemplen las medidas a adoptar por las Administraciones Públicas, sin perjuicio de sus competencias, para facilitar atención temprana y rehabilitación de sus capacidades físicas, mentales e intelectuales.

Disposición adicional tercera Ley 39/2006

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Atención especifica que contempla la Ley 39/2006

La disposición adicional decimotercera de la LAAD establece una serie de modalidades de intervención para los menores de 3 años que acrediten situación de dependencia:

• Ayuda a domicilio (artículo 23).• Prestación económica vinculada al servicio (artículo17).• Prestación económica para cuidados en el medio familiar y

apoyo a cuidadores no profesionales (artículo18).

Asimismo la Ley contempla la elaboración de un Plan Integral de Atención por parte de las Administraciones Públicas para estos menores de 3 años en situación de dependencia, que facilite la atención temprana y la rehabilitación de sus capacidades físicas, mentales e intelectuales.

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Principios que se deben tener en cuenta en los Planes de Atención a menores 3 años

• Las necesidades reales del menor.• Universalidad.• Normalización.• Interés Superior del Menor.• Coordinación.• Interdisciplinariedad, y alta cualificación, trabajo en equipo y especialización de los

profesionales.• Diálogo y Participación Familiar.• Atención integral.• Globalidad.• Calidad.• Sostenibilidad.• Descentralización y proximidad.• Gratuidad.• Individualización del programa.• Inclusión.• Equidad.• Pleno desarrollo de la personalidad.

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Líneas de actuación en los Planes de Atención a menores de 3 años

• Las necesidades reales del menor.• Universalidad.• Normalización.• Interés Superior del Menor.• Coordinación.• Interdisciplinariedad, y alta cualificación, trabajo en equipo y especialización de los

profesionales.• Diálogo y Participación Familiar.• Atención integral.• Globalidad.• Calidad.• Sostenibilidad.• Descentralización y proximidad.• Gratuidad.• Individualización del programa.• Inclusión.• Equidad.• Pleno desarrollo de la personalidad.

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Conclusiones y sugerencias

• Adecuada coordinación socio-sanitaria-educativa, que permita la detección de menores con discapacidad, para su derivación, valoración y atención temprana.

• Intervención especializada en: estimulación, psicomotricidad, logopedia, fisioterapia, psicoterapia, … adecuado a las necesidades reales del menor

• Asesoramiento, información, formación y apoyos a las familia.• Prestaciones económicas adecuadas , vinculadas a un servicio o

al cuidado en el entorno familiar.• Mecanismo de evaluación y control de calidad

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Resumen final

• La atención a menores de tres años con discapacidad y en situación de dependencia, merece una mayor protección por ser las personas más vulnerables del colectivo.

• Una política de atención a menores de tres años, que facilite la atención temprana y la rehabilitación de sus capacidades físicas, mentales e intelectuales, podría traer consigo una reducción del gasto económico a nivel público y en el entorno familiar.

• Invertir en los menores de tres años con discapacidad es invertir en futuro.