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SESIÓN ORDINARIA NO.03-2015 DEL 22 DE ENERO 2015 1 Que celebra el Consejo de Administración en la Sala de Sesiones de JAPDEVA en Moìn, con la siguiente asistencia: Licda. Ann Mc Kinley Meza Presidenta Ejecutiva Licda. Magda Verónica Taylor Wa Chong Vice Presidenta Dr. Eric Castro Vega Director Sr. Delroy Barton Brown Director Sra. Justa Romero Morales Directora Sr. Armando Foster Morgan Director Sr. Luis Fdo. Del Barco Garrón Director Sr. Pablo Díaz Chaves Gerente General Sr. José Aponte Quirós Gerente Portuario Ing. Jorge Soto Morera Gerente de Desarrollo Licda. Giselle Mora Arce Jefe Departamento Legal Sra.Elbhlyn Mora Hamilton Secretaria General a.i Preside: Licda. Ann Mc Kinley Meza Al ser las 09:30 horas inicia la sesión. ORACIÒN: (A cargo de la Sra. Justa Romero Morales) ARTICULO I APROBACIÓN DE ACTAS LICDA. ANN MC KINLEY: Antes de iniciar la sesión, por parte de la Gerencia General, tenemos un punto que se quedó por fuera de la agenda y se necesita incorporar la misma, le doy la palabra a don Pablo para que presente la justificación. SR. PABLO DÍAZ: Muy buenos días, es para incorporar un punto en la Gerencia General, con respecto a una autorización que necesitamos de parte del Consejo para utilizar los materiales misceláneos, indican los compañeros del Departamento de Ingeniería, los cuales corresponde a clavos, tablas, y de más, para poder cumplir. Nosotros tenemos un convenio con el Ministerio de Seguridad para la construcción del Puesto de Guardacostas, en la entrada del río Cieneguita. El convenio establece que el Ministerio de Obras Públicas y Transporte nos da todos los materiales para la construcción y JAPDEVA hace el levantamiento de la obra gris, el MOPT nos ha dado parcialmente los materiales, pero los Guardacostas están urgidos de que inicien las obras. Para poder iniciar las obras, hace falta estas menudencias de materiales y nosotros no tenemos la posibilidad de utilizar estos materiales si no es por autorización de la

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Que celebra el Consejo de Administración en la Sala de Sesiones de JAPDEVA en Moìn, con la siguiente asistencia:

Licda. Ann Mc Kinley Meza Presidenta Ejecutiva Licda. Magda Verónica Taylor Wa Chong Vice Presidenta

Dr. Eric Castro Vega Director Sr. Delroy Barton Brown Director Sra. Justa Romero Morales Directora Sr. Armando Foster Morgan Director Sr. Luis Fdo. Del Barco Garrón Director

Sr. Pablo Díaz Chaves Gerente General Sr. José Aponte Quirós Gerente Portuario Ing. Jorge Soto Morera Gerente de Desarrollo Licda. Giselle Mora Arce Jefe Departamento Legal

Sra.Elbhlyn Mora Hamilton Secretaria General a.i Preside: Licda. Ann Mc Kinley Meza Al ser las 09:30 horas inicia la sesión. ORACIÒN: (A cargo de la Sra. Justa Romero Morales) ARTICULO I APROBACIÓN DE ACTAS LICDA. ANN MC KINLEY: Antes de iniciar la sesión, por parte de la Gerencia General, tenemos un punto que se quedó por fuera de la agenda y se necesita incorporar la misma, le doy la palabra a don Pablo para que presente la justificación. SR. PABLO DÍAZ: Muy buenos días, es para incorporar un punto en la Gerencia General, con respecto a una autorización que necesitamos de parte del Consejo para utilizar los materiales misceláneos, indican los compañeros del Departamento de Ingeniería, los cuales corresponde a clavos, tablas, y de más, para poder cumplir. Nosotros tenemos un convenio con el Ministerio de Seguridad para la construcción del Puesto de Guardacostas, en la entrada del río Cieneguita. El convenio establece que el Ministerio de Obras Públicas y Transporte nos da todos los materiales para la construcción y JAPDEVA hace el levantamiento de la obra gris, el MOPT nos ha dado parcialmente los materiales, pero los Guardacostas están urgidos de que inicien las obras. Para poder iniciar las obras, hace falta estas menudencias de materiales y nosotros no tenemos la posibilidad de utilizar estos materiales si no es por autorización de la

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Junta Directiva, estos materiales están en la Bodega de Materiales; pero están destinados para otras obras y no para esta, por es parte del convenio y para poder nosotros arrancar con las obras y posteriormente el MOPT nos va finiquitar con todos los materiales. Este es el punto que quería agregar a la agenda, para que ustedes pudieran hacer esa autorización. LICDA. VERONICA TAYLOR: Incorporemos ese punto en la agenda y luego lo sometemos a discusión LICDA. ANN MC KINLEY: Incorporemos este punto y entramos en discusión cuando lo vayamos a ver si es conveniente o no, ahora sería solo para incluirlo. Otro punto es una nota que recibimos de la Fraternidad de Pastores de la Iglesia de Limón, por lo tanto solicito la autorización para su incorporación, es un permiso de uso del Polideportivo. Estamos de acuerdo en incluir estos dos puntos en la agenda de hoy. Aprobado También hay un error en la agenda, el año pasado teníamos que ver el tema del auditor y lo dejamos pendiente, para hoy se incluyó en asuntos de la Presidencia pero no es un tema de la misma, es un asunto de trámite urgente, si ustedes me autorizan para sacarlo de asuntos de la Presidencia. Vamos a proceder a la aprobación del acta, si alguno tiene alguna observación. El Doctor Eric Castro tiene observación. I-a) OBSERVACIÓN EN LA PÁGINA 27 DEL ACTA DE LA SESIÓN

ORDINARIA NO.02-2015 CELEBRADA EL 15 DE ENERO 2015 DEL CARTEL DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN—000001-01 PROMOVIDA PARA SUMINISTROS Y PUESTA EN MARCHA DE DOS GRÚAS PORTACONTENEDORES POST PANAMAX SOBRE RIELES EN EL PUERTO.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tiene la palabra el doctor Eric Castro. DR. ERIC CASTRO: En la página 27 donde se habla de la adjudicación, la pregunta es si debe aparecer en el cartel o no el 80-20. LICDA. VERONICA TAYLOR: Si tiene que aparecer.

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DR. ERIC CASTRO: No aparece, nada más dice que nos interesa la oferta económica y plazo de entrega serán los factores de evaluación para la adjudicación. En el cartel de la semana pasada si estaba, en esta no está. SR. JOSE APONTE: El tema está en la página 90, Sección IV –Evaluación de las Ofertas en el punto que dice Sistema de desempate. DR. ERIC CASTRO: Está bien la observación que hace el señor Aponte. Al respecto SE TOMA NOTA. ACUERDO No. 019-15 Se aprueba el acta de la Sesión Ordinaria No.02-2015,

celebrada el 15 de Enero 2015. El Sr. Armando Foster Morgan, no vota el acta No.02-

2015 celebrada del 15 de Enero 2015, por cuanto no estuvo presente en la misma.

ARTICULO II ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE II-a DRH-018-15 SELECCIÓN DE LA TERNA PARA LA PLAZA DEL

AUDITOR GENERAL DE LA INSTITUCIÓN.

LICDA. ANN MC KINLEY: Como ustedes saben la Administración promovió el concurso de la plaza del Auditor Interno tal y como se dispuso por la Junta Directiva, en Sesión Ordinaria No. 29-2014, del 04 de setiembre 2014 de conformidad a los lineamientos sobre los requisitos de los cargos de Auditor y Sub auditor Interno y las condiciones para las gestiones de nombramientos de dichos cargos, emitidos mediante la resolución R-CO-91-2006, de la Contraloría General de la Republica, sobre el proceso señala en la resolución referida. Proceso de Selección 3.1, Evaluación y Selección de los candidatos a los cargos de Auditores o Sub Auditores Internos, tanto en forma como por tiempo indefinido se regirán por los principios y las reglas del régimen de empleo público, siendo obligatorio el concurso público para el nombramiento por tiempo indefinido, acatando obligatoriamente los lineamientos que aquí se detallan y aplicando en forma supletoria los trámites y procedimientos establecidos en cada Administración, en la medida en que no resulten contrarios con estos lineamientos. En concurso de plaza con código 1140-001, de Auditor Interno se promovió mediante concurso público en el periódico La Nación en las fechas 11, 13, y 14 de octubre del año 2014.

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Formación del Expediente Administrativo: La Administración levantará un expediente debidamente foliado y en estricta orden cronológico, en el cual se mantendrá toda la información relativa al proceso de nombramiento efectuado, incluyendo las acciones previas, las acciones ejecutadas, los resultados obtenidos y demás gestiones subsecuentes, todo esto está bajo la custodia de la Sección de Clasificación y Valoración de Puestos, que se tiene conformado el expediente administrativo foliado en orden cronológico. Divulgación: La Institución que promueve el nombramiento establecerá, la forma en que se dará la debida publicidad del concurso de conformidad con su normativa interna, procurando obtener una amplia divulgación del proceso, para atraer la mayor cantidad de posibles candidatos idóneos, debiendo hacer la invitación en al menos un diario de circulación nacional. Sobre este punto a través del Departamento de Prensa y Relaciones Públicas de JAPDEVA, se gestionó la publicación del concurso de la plaza de Auditor Interno en el periódico La Nación durante los días 11,13 y 14 de octubre 2014.Tenemos aquí el expediente? Hay que traer toda la información. Integración de la terna: El punto 3.4 , la terna se integrará con los tres (3) candidatos que obtengan las calificaciones más altas, una vez aprobado el concurso y la correspondiente terna para la Contraloría General, el jerarca escogerá discrecionalmente a quien corresponde, sobre este punto 3.4 de conformidad lo que se ha hecho es un cuadro de análisis de requisitos elaborado y presentado por la Sección de Clasificación y Valoración de Puestos, mediante el oficio CV-8023-2014, los candidatos que cumplen con los requisitos exigibles para el desempeño del cargo son 3: el Lic. Salvador Orozco Trejos, Lic. Marvin Brenes León y la Licda. Dora Acuña Jiménez, una vez aprobada. Aquí se tiene el expediente, voy a terminar de leer este oficio y sacamos lo de la puntuación. Una vez aprobada la terna debe comunicarse a la Contraloría General de la Republica, para su aprobación, como parte del procedimiento de Reclutamiento y Selección se requiere que los candidatos o sea la terna que acabamos de conocer, se sometan al reconocimiento médico y sicológico, así mismo deberá someterse a la entrevista bajo la dirección de la Presidencia Ejecutiva, y /o la Junta Directiva para lo cual estará a disposición el respectivo expediente. Se adjunta el oficio CV-8023-2014, de la Sección de Clasificación y Valoración de Puestos, que contiene la revisión y análisis del cumplimiento de los requisitos por parte de los oferentes para que sea sometido al Consejo de Administración, esta nota tiene que estar firmada , o sea la copia que nos ponen en el expediente no está firmada por la Licda. Rosita Lemones.

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LICDA VERONICA TAYLOR: La consulta en el orden seria, ¿hoy elegimos un candidato para mandarlo a la Contraloría? LICDA ANN MC KINLEY: No, es la terna en la cual hay que entrevistarla. LICDA GISELLE MORA: Yo quisiera. LICDA. ANN MC KINLEY: Ustedes recuerdan que las bases del concurso para la plaza de auditor, los cuales a saber son:

- Licenciatura en Contaduría Pública. - Conocimiento de las disposiciones legales que rige la Administración Pública. - Ocho años de experiencia en labores profesionales relacionadas con la

especialidad del cargo de los cuales, al menos cinco años debe de haber supervisado el personal profesional.

- Preferiblemente con conocimiento de la actividad portuaria. - Manejo práctico. - Programas de ambiente Windows, procesador de texto, hoja de cálculo,

Excel, sesión de base de datos, presentación de diapositivas. - Poseer licencia para conducir al día. - Requisito legal, estar incorporado al Colegio de Contadores Públicos de Costa

Rica.

La recepción de las ofertas fue el 20 de octubre del año pasado y en total se recibieron 10 ofertas de las siguientes personas:

- Henry Arlik Pérez. - Salvador Orozco Trejos. - Guillermo Stewart Lindo. - Marvin Jiménez León. - Rafael Sandi Fonseca. - Orlando Barnes Barnes. - Alicia Chong Reynolds - Dora Acuña Jiménez - Jayson Alpizar Vargas - Ricardo Solano Hanes

Del análisis de las ofertas recibidas, con relación al primer requisito que es la Licenciatura en Contaduría Pública, todos los oferentes cumplían con ese requisito, con relación al requisito del conocimiento de las disposiciones legales que rige la Administración Pública solamente don Ricardo Solano no cumplía, la relevancia de este requisito radica en que el Auditor Interno debe tener conocimiento y dominio de las disposiciones legales que rige la Administración Pública, por lo tanto de acuerdo

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a las disposiciones del articulo 21de la Ley General de Control Interno para el sector público establece lo siguiente: “La Auditoría Interna es la actividad independiente, objetiva y asesora que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones, contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley, dentro de una organización la Auditoría Interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de la actuación del jerarca y la del resto de la Administración se ejecuta con forme al marco legal y técnico y a las practicas sanas”. Otro requisito en donde se indica que debe de cumplir con ocho años de experiencia en labores profesionales relacionadas con la especialidad del cargo de los cuales al menos cinco años debe de haber supervisado el personal profesional, quienes no cumplían con este requisito son Henry Arlik Pérez y Ricardo Solano. El siguiente requisito es tener preferiblemente con conocimiento de la actividad portuaria, no cumplían con este requisito Henry Arlik, Rafael Sandi Fonseca, Orlando Barnes, Alicia Chong, Jayson Alpizar y Ricardo Solano. Requisito legal, estar incorporado al Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, todos los aspirantes cumplen con este requisito. Con relación al cuadro de datos personales de los concursantes, Henry es de Tres Ríos, Salvador Orozco y Guillermo Stewart son de Limón, Marvin Jiménez de Heredia, Rafael Sandi es de San José, Orlando Barnes y Alicia Chong son de Limón, Dora Acuña es de San José, Jayson Alpizar es de Alajuela y Ricardo Solano de San José. Como ustedes ven no hay una calificación como tal, si no es que se va descartando con forme cumpla o no con los requisitos, por lo tanto tenemos a tres personas que cumplen con todos los requisitos que son: Dora Acuña, Salvador Orozco y en el caso del Sr. Marvin Jimenez quien es informático no. DR. ERIC CASTRO: Me parece extraño que uno de Heredia y otro de San José conozcan de manejo portuario y los de aquí son sacados por no manejar eso. LICDA ANN MC KINLEY: No cumple con el requisito de al menos 5 años de haber supervisado de nivel nacional. DR ERIC CASTRO: Pero si tiene 5 años de trabajar ahí?

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LICDA ANN MC KINLEY: No, es que el estar supervisando personal con el cargo de Jefatura, no lo cumple. DR ERICK CASTRO: ¿Pero pregunto cómo? Para ser jefe tiene que ser Auditor? LICDA ANN MC KINLEY: Lo que pasa. Según entiendo, es que en este caso pudo haber ejercido en una empresa privada como auditor pero tiene que cumplir 8 años de experiencia en labores profesionales relacionados con el cargo, de los cuales al menos 5 años de haber supervisado personal. DR ERICK CASTRO: ¿Pero si tiene 5 años de trabajar ahí? LICDA ANN MC KINLEY: Pero esos 5 años tiene que haber supervisado personal, lo cual quiere decir cargo de jefatura. DR ERIC CASTRO: ¿Pero pregunto cómo? ¿Para ser jefe tiene que ser auditor? LICDA ANN MC KINLEY: Lo requisitos son claros. DR ERICK CASTRO: El sentimiento mío, licenciada, como lo va cumplir , esa persona , le estamos cerrando puertas a gente acá, yo entiendo que hay que tener experiencia, entiendo, pero también tiene que haber un incentivo para la gente que está trabajando ahí que algún día pudo ocupar un puesto de jefatura. LICDA ANN MCKINLEY: Lo que pasa es que doctor aquí hay requisitos los cuales, no los podemos modificar o sea no lo podemos aplicar a unos y otros no, lo que está establecido por Ley, ahí no hay discusión, la gente tiene que cumplir con eso, y hay otros adicionales, lo mínimo que tiene que cumplir la persona con esos requisitos legales, pero ahora cuando llegue la Licda. Rosita podemos hacerle las preguntas para que nos quede más claro. DR ERICK CASTRO: Usted me dijo que había una puntuación, pero no me dijo que no hay puntuación. LICDA ANN MC KINLEY: No… calificación… en términos de los requisitos los cumple o no los cumple. DR ERICK CASTRO: ¿y porque lo ponen en ese orden. El orden ese no implica nada. LICDA ANN MC KINLEY: La Licda. Giselle está terminando de redactar el acuerdo, pero sería recibir y aprobar esta propuesta de terna para ser enviada a la Contraloría, estamos incluyendo en el acuerdo, ordenar para que se le practiquen

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los exámenes que se señalan, y también, autorizar a la Presidencia para que pueda realizar la entrevista, la cual será coordinada de tal forma que aquellos directores que quieran participar se puedan sumar, para realizar las entrevistas de manera colegiada. Pienso que con los currículos y con esta información que nos suministraron las compañeras de Recursos Humanos podemos ir y por las preocupaciones que hemos aquí expresado, ir sacando las preguntas, entonces cada uno nos mandan un correo, luego nosotros hacemos un solo guion y se lo reenviamos a todos los directores para ver si con la lectura de eso hace falta que le incluyamos otra pregunta. ¿Les parece que lo realicemos así? Lo dejaríamos en firme. LICDA. VERONICA TAYLOR: Yo si voy a tomar un tiempo, porque no conozco a las personas para investigar quienes son. Porque me dieron argumentos de este señor Salvador que eventualmente alguna otra persona tenga otra situación particular, hay que analizarlo. Prefiero esperarme la otra semana. LICDA. ANN MC KINLEY: Quienes estén de acuerdo sírvanse levantar la mano. Aprobado con 6 votos a favor y uno en contra. Votan a favor: Licda. Ann Mc Kinley, Sr. Delroy Barton, Sr. Armando Foster, Sra. Justa Romero, Sr. Luis Fdo. Del Barco Garrón, Dr. Eric Castro Voto en contra: Licda. Verónica Taylor Wa Chong, porque no conozco a las personas, y preferiría investigar quienes son. Hay que analizarlo. Prefiero esperarme la otra semana. ACUERDO No.020-15 1.- DAR POR RECIBIDO EL OFICIO DRH-720-

2014, DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS QUE ES PROCEDIMIENTO DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE CANDIDATOS (TERNA) PARA EL NOMBRAMIENTO DE AUDITOR GENERAL.

2.- QUE LOS CANDIDATOS RECOMENDADOS EN

LA TERNA DE CONFORMIDAD CON LA SECCIÓN DE CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS, CONFORME EL OFICIO CV-8023-2014 SON LOS SEÑORES: LIC. SALVADOR OROZCO TREJOS, LIC. MARVIN

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JIMENEZ LEÓN, LICDA. DORA ACUÑA JIMÉNEZ.

3.- QUE DICHOS CANDIDATOS DEBEN

SOMETERSE AL RECONOCIMIENTO MÉDICO, PSICOLÓGICO BAJO LA DIRECCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA.

4.- DEBERÁN SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO

DE ENTREVISTA 5.- UNA VEZ CONCLUIDO TODO ESTE PROCESO

LA PRESIDENCIA EJECUTIVA DEBERÁ COMUNICARLE A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CONFORMIDAD CON LOS LINEAMIENTOS SOBRE REQUISITOS DE LOS CARGOS DE AUDITOR Y SUB AUDITOR INTERNOS Y LAS CONDICIONES PARA LAS GESTIONES DE NOMBRAMIENTO EN DICHOS CARGOS; CONFORME A LA RESOLUCIÓN R-CO-2006.

ACUERDO FIRME ARTICULO III ASUNTOS DE LAS GERENCIAS III-a) CONVENIO CON EL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JAPDEVA SR. PABLO CHAVEZ: El convenio que CON- 002-2012, suscrito el 16 de julio del 2012, entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el Ministerio de Seguridad Publica y JAPDEVA, pretende establecer un puesto de control y vigilancia Marítima Portuaria en la margen izquierda en la desembocadura del rio Cieneguita, para ser utilizado por los oficiales del Servicio Nacional de Guardacostas y la Policía del Ministerio de Seguridad Publica. Con el fin de reforzar la seguridad, en la Zona Marítima Portuaria del puerto de Limón, en la cláusula cuarta del convenio sobre los compromisos del MOPT se encuentra entre otras el suministro a JAPDEVA, de los materiales y planos requeridos para la construcción y funcionamiento de la oficina del puesto de control.

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En la cláusula segunda del convenio sobre los compromisos de JAPDEVA se tiene entre otras, edificar la oficina del puesto de control para ser usado por el Servicio Nacional de Guardacostas de acuerdo con los planos suministrados por el MOPT. La construcción de esta obra iniciará en el momento que cuente con los materiales aportados por el MOPT y que dé inicio la construcción del muelle de atraque por parte del MOPT, de acuerdo a la información de la Dirección de Ingeniería, el MOPT aún no ha entregado la totalidad de los materiales necesarios para iniciar la edificación de la oficina del puesto de control, tales como piedra, arena y otros materiales misceláneos. El MOPT en a la figura del a Dirección de Infraestructura de la División Marítima Portuaria, se encuentra pronto a concluir la construcción e instalación del muelle de atraque, el Servicio Nacional de Guardacostas no podrá instalarse hasta tanto no haya construido la caseta de control y vigilancia. Siendo el sector donde se ubica el puesto de control y vigilancia un área vulnerable y expuesta al vandalismo, se requiere de seguridad y vigilancia, acciones que hasta el momento han sido suministradas por personal de la empresa contratada para la construcción y la instalación del muelle de atraque. Una vez que finalice la construcción del muelle y atraque, la empresa constructora abandonará el sitio y este quedará sin vigilancia, lo que pondría en riesgo la seguridad del muelle flotante y las y las obras construidas. El servicio Nacional de Guardacostas si logra instalar el puesto de control y vigilancia asumirá el resguardo y la seguridad de las instalaciones, y finalmente el puesto de control y vigilancia constituye un elemento importante dentro de los procesos de certificación de las instalaciones portuarias, como puerto seguro para el Comercio Internacional del país, según las disposiciones del código BPIP Y de la Guardia Costera de los Estados Unidos, por lo anterior solicitamos al Consejo DE Administración lo siguiente : autorizar a la dirección de ingeniería, adquirir materiales misceláneos o utilizar los que existan en inventario para iniciar la edificación del puesto de control y vigilancia derivado del convenio 02-2012 y para eso se establece un tope máximo de 3 millones colones. Instruir la gerencia portuaria para que coordine con la dirección de ingeniería, para que realice las gestiones necesarias para la efectiva ejecución y conclusión del proyecto en el menor tiempo posible. Instruir a la presidencia ejecutiva a gestionar ante el ministerio de obras públicas y transportes la reposición de todos los materiales que la institución estaría aportando siendo que de acuerdo con el convenio este aporte le corresponde al ministerio.

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LICDA. VERONICA TAYLOR: Pero también le hacen falta agregados? Arena y otras cosas, no solamente materiales misceláneos. SR. JOSE APONTE: Dentro de los agregados están ahí. Los agregados y el cemento, el asunto es que el MOPT trajo los agregados y el cemento. LICDA. VERONICA TAYLOR: Y el cemento esta duro. SR. JOSE APONTE: Si el cemento está un poco duro. El asunto es que el MOPT trajo los agregados y el cemento. LICDA. VERONICA TAYLOR: En lo que tengo dudas, es en el término materiales misceláneos, porque la formaleta no entra en materiales misceláneos. SR. JOSE APONTE: Porque lo que tienen es como dice el Gerente General es alambre, clavos y esa es la lista que van a mandar. LICDA. VERONICA TAYLOR: Sr Aponte y Sr. Pablo tal vez la inquietud, es que en esta terminología se dejen por fuera materiales que se requieran, porque en materiales misceláneos por la terminología la madera no entra y otros productos que se fuesen a requerir, entonces tal vez la observación es que se autorice hasta el monto de esos 3 millones de colones que está pidiendo el Gerente General que eventualmente el Ministerio tendría que devolver, pero que no necesariamente encajan en ese código presupuestario de materiales misceláneos porque la madera tiene un código aparte, el vidrio tiene un código aparte , el plástico tiene un código aparte. SR. JOSE APONTE: Lo que pasa es que un detalle muy interesante, este convenio era un convenio tripartito. LICDA. VERONICA TAYLOR: Nosotros solo la mano de obra, Pablo está poniendo en el acuerdo que están hechas. SR. JOSE APONTE: Esta bien, pero es que la mano de obra en el convenio le toca a Desarrollo. ING. JOGE SOTO: No eso está en el puerto no está en Desarrollo. SR. JOSE APONTE: Bueno pero en el convenio. LICDA.VERONICA TAYLOR: Es cierto. SR. JOSE APONTE: Pero en el convenio, eso le toca a Desarrollo, me explico.

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LICDA. VERONICA TAYLOR: Entonces usted pone la sugerencia. SR. JOSE APONTE: La Dirección de Ingeniería está enviando la lista de lo que se necesita para la autorización de parte del Consejo de Administración. LICDA. VERONICA TAYLOR: Y que lo compre quién? Usted. Puerto? SR.JOSE APONTE: Lo compramos no importa, debiera comprarlo, algo que. SR. PABLO DIAZ: De los aspectos aquí importante y de lo que viene aquí la autorización es para nosotros, la fecha también que nos informa que está ahí alrededor que ya la empresa concluye los diferentes procesos del muelle y el mismo MOPT, es más o menos 17 de febrero. El tema es poder nosotros iniciar esa fecha, por eso la autorización, porque el convenio no nos da margen, y nosotros si lo hacemos de mutuo propio, sin la autorización del Consejo, podríamos tener problemas, pero como está el marco del convenio nos da tiempo para hacer la compra de los materiales misceláneos y otros, le incorporaría en el acuerdo, para solventar lo que nos plantea doña Verónica. Para arrancar de una vez con lo que ya nos dio el MOPT, porque nos dio parcialmente materiales, e internamente vamos hacer las coordinaciones pertinentes para que la Institución como un todo podamos abordar ese compromiso, algo importante es que es un puesto estratégico de vigilancia, la Institución vamos hacernos cargo que lo compre el puerto y como bien lo establece, el convenio lo desarrollamos nosotros, pero internamente vamos hacer la coordinaciones para que nos vaya arrancar. LICDA. ANN MC KINLEY: Bueno entonces vamos a someter a votación el siguiente acuerdo: ACUERDO No. 021-15 1. AUTORIZAR A LA DIRECCION DE INGENIERIA A

ADQUIRIR LOS MATERIALES MISCELANEOS Y OTROS O UTILIZAR LOS QUE SI ESTAN EN INVENTARIO, PARA INICIAR LA EDIFICACION DEL PUESTO DE CONTROL y VIGILANCIA DE DERIVADOS CONVENIO No. CON-002-2012. PARA ESO SE ESTABLECE UN TOPE DE 3 MILLONES DE COLONES.

2. INSTRUIR A LA GERENCIA PORTUARIA Y DE DESARROLLO PARA QUE COORDINE CON LA DIRECCIÓN DE INGENIERÍA Y REALICE LAS

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GESTIONES NECESARIAS PARA LA EFECTIVA EJECUCIÓN Y CONCLUSIÓN DEL PROYECTO EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE.

3. INSTRUIR A LA PRESIDENCIA EJECUTIVA A GESTIONAR ANTE EL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CON EL ACOMPANAMIENTO DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD LA REPOSICIÓN DE LOS MATERIALES QUE LA INSTITUCIÓN ESTARÍA APORTANDO, SIENDO QUE DE ACUERDO CON EL CONVENIO ESTE APORTE LE CORRESPONDE A ESE MINISTERIO.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME III-b OFICIOS GP-0039-2015, DIF-028-2015 SOBRE INFORMES DE LOS

ESTADOS FINANCIEROS DE LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA AL 31 DE DICIEMBRE 2014.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tenemos el oficio GP- 039- 2015 y el DIF-028 del 2015, sobre los informes de los Estados Financieros de la Administración Portuaria. Nos acompaña la Licda. Karla Ávila, quien nos va hacer la presentación de dicho informe. En observación con los Principios de Contabilidad del Sector Público y la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, fue aprobado por el Consejo Directivo de la Institución un Presupuesto de Ingresos y Gastos por la suma de ¢40.601.9 millones, cuya estimación se establece sobre el Flujo observatorio en los últimos tres períodos. Con fundamento a la normativa precitada, se desarrollan los Estados Financieros comparativos al 31 de diciembre del 2013 / 2014, que tiene como finalidad informar al Consejo Directivo sobre el comportamiento de las partidas de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimonio de JAPDEVA-Administración Portuaria de un periodo a otro, así como, mostrar la participación de las partidas con respecto a su grupo en el Estado de Resultados y el Balance General. De conformidad con el oficio DIF-028-2014, de la Dirección Administrativa Financiera, los ingresos corrientes/operación (excluyendo productos financieros registrados al 31 de diciembre del 2014, es por la suma de ¢39.603.5 millones en comparación a lo

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reflejado en el mismo periodo del 2013, por un monto de ¢35.669.6 millones, producido por una mayor recaudación en el suministro de servicios en el complejo Hernán Garrón / Gastón Kogán; todo lo anterior se materializa en un ingreso adicional por el orden de ¢3.933.9 millones, que equivale a un incremento del 11.0% con respecto a lo reflejado en el período 2013. Si se contempla que los ingresos programados presupuestariamente para el periodo 2014, era por la suma de ¢3.383.5 millones, sin embargo, solo ingreso un promedio de ¢3.300.3 millones. Esto produce un déficit presupuestario de ingresos corrientes / operación anual por la suma de ¢998.4 millones. Los gastos corrientes / operación de administración Portuaria registrados al 31 de diciembre del 2014, presenta la suma de ¢35.311.1 millones, en contraste con los ¢33.960.3 millones, reflejados el mismo periodo del 2013. Los ingresos totales (Ingresos corrientes/operación +productos financieros), al mes de diciembre 2014, alcanzó la suma de ¢39.740.8 millones, en contraposición con lo observado en el mismo periodo del año 2013, por el orden de ¢35.772.8 millones, originándose una diferencia absoluta de ¢3.968.0 millones, que equivale al incremento relativo del 11.1%. Los gastos totales en el año 2013 sumaron ¢36.131.1 millones, contrastados con los ¢37.692.7 millones registrados al 31 de diciembre del 2014, consecuentemente se origina un acrecentamiento del gasto en ¢1.561.6 millones que representan un valor relativo del 4.3%, en comparación al presente periodo. Una vez concluido el periodo comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre del 2014, se registra una reserva para inversión por un valor de ¢2.048.2 millones. Contablemente, los activos que posee la institución, los pasivos que adeuda y la fortaleza patrimonial se resumen de la siguiente manera:

PERIODO 2013 2014

Activos ¢76.377.9 millones ¢93.669.5 millones

Pasivos ¢6.264.8 millones ¢6.691.9 millones

Patrimonio ¢70.113.1 millones ¢86.977.6 millones

LICDA KARLA AVILA: Voy a tratar de resumirlo lo más que pueda, los Estados Financieros al cierre del periodo 2014, podemos observar que hubo un aumento en los intereses corrientes del 8% que equivale a un monto absoluto de 3900. Podemos ver cuál es el comportamiento entre el 2008 hasta ahora, cual es el promedio y el máximo de ingreso mensual.

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LICDA. VERONICA TAYLOR: Si no llegamos a lo presupuestado SR. JOSE APONTE: Lo que pasa es que quedan sin ejecutar, algunos proyectos. LICDA. KARLA AVILA: Si pero de este superávit que vamos a observar, nosotros habíamos hecho una reserva que incorporamos en el presupuesto del 2015 de 1.440 millones de colones, pero eso lo vemos en el informe de Ejecución Presupuestaria. Obsérvese que en el mes de noviembre, veníamos muy bien, es más estábamos reproyectando un superávit importante, y lo que pasa en ese periodo nos afectó bastante. Podemos ver como se distribuyeron esos ingresos, el 64% para salarios, el 10.2% para la Administración de Desarrollo y el 5.4% para el consumo de materiales, digamos los valores más altos observados, todo eso mantiene un comportamiento regular, eso siempre se mantiene. Podemos ver en resumen cuanto fueron los ingresos corrientes de operación, el total de gastos de operación, observen que solo creció el gasto en un 4% eso es importante, y lo de los productos financieros que genero 137 millones de colones con respecto a 103, del año 2013 y es importante señalar el gasto financiero aumenta porque a partir de octubre empezamos a pagar el equipo nuevo que compramos, lo del crédito de Taiwán lo cancelamos en diciembre. LICDA. VERONICA TAYLOR: Ya los gastos de depreciación se están calculando de acuerdo a lo que dijo el Auditor Externo. LICDA. KARLA AVILA: Es correcto, estamos todavía limpiando todo eso, lo que pasa es que para poder hacer todo el trabajo necesitamos que la Dirección de Ingeniería haga la revaluación y eso hasta este año se va hacer Todo esto nos arroja una reserva de 2.048 millones de colones. LICDA. VERONICA TAYLOR: No es reserva porque sobre plata, es reserva por sobre ejecución LICDA. KARLA AVILA: Si es reserva al fin y al cabo, esa plata como lo vamos a ver en la ejecución del presupuesto, lo proyectos del 2014 que no se pudieron ejecutar que ya se programaron en el presupuesto ordinario 2015, de esa misma ejecución queda un remanente de más de 500 millones de colones, además por la directriz 14, teníamos unos recursos que no pudimos tocar, todo eso suma 902 millones.

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LICDA. VERONICA TAYLOR: Cuanto nos van aplicar por lo de la Autoridad Presupuestaria. LICDA. KARLA AVILA: Nada. Entonces de los 902 millones de colones, por una decisión de la Administración como tal se utilizará para los rieles, porque para los rieles ocupamos 1.300 millones de colones, ya no tenemos que sacrificar gran parte de la inversión, solo un poco más de 400 y resto de millones porque esos 902 millones de colones van hacer destinados para sufragar y poder coadyuvar la compra de los rieles que es prioritario. Veamos el comportamiento estadístico, el tonelaje sin RECOPE solo crece un 1%, en el año 2014, los tonelajes movilizados por RECOPE, incrementaron un 4%, no es que el número de contenedores se redujo, lo que pasa es que el dato de contenedores es parcial a noviembre, porque ha diciembre no ha cerrado, el TRB crece un 4%, el número de buques mercantes que va bajando cada vez más, se redujo en un 7% y el crucero aumenta en 12%, la carga aumento en total en un 1%. SR. JOSE APONTE: Los buques que manejan paleta que están sacando de servicio, la carga sale en contenedores, entonces perdemos barcos, pero no perdemos carga. SR. DELROY BARTON: Dentro del esquema de mercadeo se ha pensado que ha futuro la empresa pagaría menos por paleta que por contenedores, como para que si sea una estrategia. SR. JOSE APONTE: Ese es un tema que estuvimos conversando en reunión de Gerencias con don Pablo, de la necesidad que tenemos de actualizar el Plan Maestro, porque la proyección de carga del Plan Maestro ya está distorsionada con respecto a la proyección del plan y el plan maestro ya tiene cinco años pasados o sea que ya deberíamos pensar en la actualización del plan maestro para considerar lo que serían las proyecciones y poder hacer programas sobre ese tema. LICDA. KARLA AVILA: Recordemos que el presupuesto del 2014 era por el orden de 40.601.9 millones, y lo que se registró fueron 39.603.5 millones de colones o sea lo que dejo de ingresar como ingreso corriente fueron 998.4 millones de colones o sea alrededor de 1.000 millones de colones. Podemos observar el comportamiento de los activos y pasivos y patrimonio de la empresa, lo más importante de rescatar son los 15.100 millones de colones que están en el activo corriente que van a ser utilizados en este periodo.

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Como resumen lo que son las razones financieras, vean que estamos mejorando, pero hay que seguir trabando fuerte hay que redoblar esfuerzos y el sacrificio es de todos. LICDA. VERONICA TAYLOR: Es un tema importante, porque cuando nosotros hicimos el cálculo del presupuesto 2015, tomamos un monto del valor del dólar superior a lo que está en este momento en el mercado, ese es un punto que eventualmente, aunque no es un tema que requiera de que hagamos el mayor esfuerzo, pero nos va impactar de alguna manera, porque nosotros proyectamos el presupuesto como 465 y ya está en 430. LICDA. KARLA AVILA: No, el presupuesto se proyectó en 541. SR. JOSE APONTE: La proyección es superior a la que tiene en este momento el mercado. LICDA. VERONICA TAYLOR: Y que la tendencia es a bajar, eventualmente por ese fenómeno también aunque estemos mejorando tenemos que mejorar más el rendimiento por que eventualmente nos va a afectar por lo menos en números. LICDA. KARLA AVILA: Aquí podemos ver cuál es el efecto del tipo de cambio sobre los ingresos, lo que eso es registrado y lo observado en el 2014, el efecto fue alrededor de un 4%, quiere decir que los ingresos reales crecieron un 7% con respecto a lo que es la carga, lo que es la operación portuaria como tal, de ahí la importancia que usted señala, máxime que en enero estamos llevando un déficit de 1000 millones de los ingresos programados, pero tenemos la fe que en el transcurso de los otros 11 meses que restan podamos recuperarlos. LICDA. ANN MC KINLEY: Vamos a someter a votación este informe, darlo por recibido y aprobar el informe de los estados financieros de la administración portuaria al 31 de diciembre del 2014, quienes estén de acuerdo sírvanse levantar la mano, aprobado. ACUERDO No. 022-15 APROBAR EL INFORME DE LOS ESTADOS

FINANCIEROS DE LA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA AL 31 DICIEMBRE DEL AÑO 2014 MEDIANTE OFICIO GP-0039-15 Y DIF-028-15.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME III-c) GP-046-2015 –GD-022-2015 RECOMENDACIÓN FINAL POR LA

GERENCIA DE DESARROLLO PARA EL OTORGAMIENTO DE

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PERMISOS DE ARTESANÍA PARA LAS SEÑORAS GLADYS CÁRDENAS, ROSA CHAVARRÍA AZOFEIFA Y XENIA JOHNSON.

LICDA. ANN MC KINLEY: Considerando que el Consejo de Administración en acuerdo No.453-2006, artículo V-a de la Sesión Ordinaria No. 22-2006, celebrada el 28 de Junio del 2006, acordó: “Trasladar la actividad de cruceros en lo concerniente a turismo, bajo la jefatura del Departamento de Promoción de Desarrollo y Turismo, a partir del mes de junio del 2006, por esa razón la Gerencia de Desarrollo conjuntamente con su Departamento de Turismo, ha asumido el manejo de la actividad de Cruceros y de conformidad con el acuerdo No.009, adoptado por la Comisión de Cruceros donde solicita a la Gerencia de Desarrollo que emita la recomendación final para el otorgamiento de permisos a las señoras Gladys Cárdenas, Rosa Chavarría Azofeifa y Xenia Johnson, correspondiente a la temporada de cruceros 2014-2015, según lo dispone el artículo 6 del Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de usos de las Instalaciones Portuarias para la Venta de Servicios Turísticos, artesanías y transporte de excursionistas en el Complejo Portuario Limón Moín, esta Gerencia Portuaria manifiesta no tener inconveniente alguno respecto a la recomendación final otorgada por la Gerencia de Desarrollo en su oficio GD-002-2015, de fecha 14 de enero del 2015. De acuerdo a la recomendación que hace la Gerencia Portuaria, con relación al acuerdo que le da la facultad a la Gerencia de Desarrollo de ver estos temas, la propuesta de acuerdo sería la siguiente: En cumplimiento con el artículo 6 del reglamento para el otorgamiento de permisos de usos de las instalaciones portuarias para la venta de servicios turísticos, artesanías y transporte a excursionistas en el campo portuario aprobado por la Junta Directiva mediante el acuerdo No.521-06, con base a la recomendación del Departamento de Promoción y con base a la recomendación de la comisión de cruceros en sesión ordinaria No. 009, esta Gerencia solicita a los señores del Consejo de Administración aprobar los permisos para la venta de artesanías en el Complejo Portuario Hernán Garrón, a las artesanas Gladys Cárdenas Yactayo, Rosa Chavarría Azofeifa y Xenia Jhonson Lowe , para la presente temporada de cruceros 2014-2015. En el caso de doña Gladys, sería para artesanía pintado con acrílico, oleo, artesanía en tratamiento de textiles, autenticados por el Instituto Nacional de Aprendizaje y que cumple con todos los requisitos. Para doña Rosa Chavarría, es permisionaria desde hace más de tres temporadas y es madre jefa de hogar de un hijo en condición especial, sería para la venta de

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artesanías tales como, pulseras, botellas decoradas, comercialización de productos en madera, chorreador de madera, base de cortineros en madera, entre otros. A la señora Xenia Jhonson Lowe, la artesanía la trabajo con Maryorie desde el año 2008, dentro del Mercado Artesanal del muelle de cruceros, en el cual era ayudante de la vendedora y aprendió técnicas para la realización de pulseras y botellas decoradas. La señora Gladys, el 28 de julio del 2014, manifestó ante la Unidad de Cruceros que para esta temporada por razones de salud no puede atender su stand, por lo tanto solicita que se le otorgue el permiso a la ayudante Xenia Johnson Lowe. Luego de las explicaciones los señores directores acuerdan: ACUERDO No. 023-15 EN CUMPLIMIENTO CON EL ARTÍCULO 6 DEL

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE USO DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS PARA LA VENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS, ARTESANÍAS Y TRANSPORTE A EXCURSIONISTAS EN EL CAMPO PORTUARIO APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA MEDIANTE EL ACUERDO NO.521-06, CON BASE A LA RECOMENDACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN LA COMISIÓN DE CRUCEROS EN SESIÓN ORDINARIA NO. 09-15 DE DICHA COMISIÓN, SE APRUEBA LOS PERMISOS PARA LA VENTA DE ARTESANÍAS EN EL COMPLEJO PORTUARIO HERNÁN GARRÓN, A LAS ARTESANAS GLADYS CÁRDENAS YACTAYO, ROSA CHAVARRÍA AZOFEIFA Y XENIA JOHNSON LOWE, PARA LA PRESENTE TEMPORADA DE CRUCEROS 2014-2015.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

III-d) GD-732-2014 INFORME EN CUANTO A LA URBANIZACIÓN LOS

COCOS EN CUMPLIMIENTO DE ACUERDO NO. 228-14 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

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Hacen ingreso a la Sala de sesiones las funcionarias de la Comisión de Vivienda: Yamileth Ching Cubero, Lucitania Hernández –Patronal, Sr. Asdrúbal Fernández-Patronal, Sra. Sandra Mora Smith-Sindical, Srita Nashlyn Clark Molina-Secretaria de la Comisión de Vivienda, Sr. Frederick Patterson-Sindical. LICDA. ANN MC KINLEY: En atención al acuerdo No.228-14, de la Sesión Ordinaria No.18-2014, donde se le solicita a la Administración de Desarrollo coordinar con la Comisión de Vivienda, para que presente un informe en donde se señale el nombre de los empleados que se les ha asignado lotes en la Urbanización Los Cocos, Etapas I y II, donde han transcurrido los diez años de ley y de los cuales no han tramitado ante el Consejo de Administración el trámite de la segregación y levantamiento de la limitación decenal al lote designado. Con relación a ese acuerdo la Comisión de Vivienda nos está presentando un informe para el cual hoy los hemos convocado, no solamente para conocer el informe escrito que nos envía, sino también para tener la posibilidad por parte de los directores y directoras de este Consejo de Administración evacuar una serie de dudas que hay con relación a este tema, lo cual nos permitiría hoy sacar algunos pendientes que tenemos con relación a la urbanización Los Cocos. Voy a proceder a leer el informe que nos está presentando la Comisión de Vivienda. De acuerdo a este informe en la primera etapa de la Urbanización de Los Cocos, han cumplido con el plazo de los diez años, para proceder con el trámite se segregación y levantamiento de la limitación decenal y que todos los beneficiarios de lote en la segunda etapa indicados en este oficio han cumplido los diez años, para proceder con el trámite de segregación y levantamiento de la limitación decenal excepto el lote de Alcázar Alcázar Jenny, que es el lote No.268. Tenemos el listado que aporta la Comisión de Vivienda en la etapa II, no indica los beneficiarios de los lotes. En esta misma Etapa II, había un diseño que consistía en 314 lotes se adjudicaron 296 y del 297 al 314, no se han adjudicado por problemas de invasión precarista y la acción legal a la fecha, no se ha definido. En el punto 5 los informes de la Comisión de Vivienda son omisos en cuanto a cuales empleados no han tramitado la segregación y el levantamiento de la limitación decenal por cuanto se indica que algunos de los adjudicatarios han realizado los tramites de manera independiente y no a través de la Comisión de Vivienda, porque hay beneficiarios que tienen la posibilidad de hacer los trámites de manera independiente, si tenemos una Comisión que de acuerdo a las reglas se debería hacer vía a la Comisión para poder saber dónde es que está el problema.

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Adjunto a este informe está el listado de la etapa I y II, nos adjunta un informe de esta Comisión y un censo de ocupación. SRITA. NASHLYN CLARK: Buenas tardes, esta presentación se hizo el 24 de junio del 2014, se hizo con los miembros anteriores de la Comisión de Vivienda, ellos dejaron esta presentación hecha si en algún momento el Consejo lo solicitaba. El proyecto urbanístico Los Cocos nace a partir de la promulgación de la Ley 6609, publicada en la Gaceta No.178 del 17 de setiembre de 1981, el diseño del sitio original de la primera etapa cuenta con 239 lotes, sin embargo y posterior a su distribución se habilitaron otros lotes que en primera instancia correspondían a terrenos asignados como zona verde, los cuales fueron ocupados por trabajadores y posteriormente fueron adjudicados en su momento por SINTRAJAP, por acuerdo entre esa Organización Sindical y la Institución. En la primera etapa fue construida con el proyecto técnico y presupuestario de la Administración en su parte estructural como Urbanización y la construcción de la mayoría de las viviendas, fue financiada por medio del Fondo de Ahorro de la Institución. A finales del año 1986, fue entregada finalmente a la Municipalidad de Limón, la Primera Etapa, la Segunda Etapa al inicio de los 90, se hicieron los planos a nivel de anteproyecto de la segunda etapa, cuyo diseño contiene 314 lotes, de los cuales se adjudicaron 295. Existen varias construcciones, algunas financiadas también por el Fondo de Ahorro, no obstante no se ha podido finiquitar el proyecto urbanístico como tal en vista de que no cumple con los requisitos de capacidad de drenaje para una urbanización, condición que ha impedido que el Ministerio de Salud y la SETENA otorgue el permiso respectivo por el nivel freático existente, para salvar esa limitación se requiere rellenar cada lote con aproximadamente 70 centímetros de material permeable, además por estar cerca del río, hay algunos sectores que se inundan y aún falta terminar de construir algunas calles, no hay aceras, actualmente cuenta con la red eléctrica y con las previstas de agua así como con la conexión de red telefónica, porque se toman de la red de la primera etapa. Hay habilitada una calle pavimentada que comunica la Primera Etapa con el Barrio de Los Lirios y el resto son calles parcialmente cubiertas de lastre, lamentablemente hay varios lotes invadidos algunos por mismos funcionarios de la Institución y otros por particulares y algunos con casas construidas. El proyecto de la primera etapa se ejecuta cuando cumple con toda la tramitología de los permisos de Ley, la segunda etapa también está definida por la capacidad de

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drenaje de terreno, tenemos el canal que limita con el Barrio Limoncito, el folio tiene número de catastro. En el año 2002 se contrata un estudio de suelo, para determinar la capacidad soportante del terreno y recomendar los tipos de sedimentación para construir viviendas y vías de comunicación a usar en la Etapa II, sin que tal recomendación se pusiera en práctica. Paralelamente se inician gestiones en diferentes dependencias para obtener los permisos para desarrollar el proyecto entre ellos se logra obtener: viabilidad ambiental SETENA, disponibilidad de servicio de agua potable AyA, disponibilidad de servicio eléctrico ICE, alineamiento del Departamento de Obras Fluviales del MOPT, permiso de uso de suelo y zonificación Municipalidad de Limón, pero no se logró obtener el permiso de parte del Ministerio de Salud, entre tanto la ocupación y comercio de los lotes se daba cada vez más. Observamos la ubicación geográfica de la Urbanización Los Cocos en la primera y segunda etapa, podemos ver las calles existentes, los lotes los que está de color azul están ocupados y los invadidos son los amarillos. SRA. YAMILETH CHING: Esos lotes fueron adjudicados a unos compañeros pero no cumplían los requisitos. SR. FEDERICK PATTERSON: Cuando hubo el golpe de Estado en el año2010, contra SINTRAJAP, la nueva Junta Directiva falsa y que no tenían la validez para estar en la Junta Directiva, tomaron acuerdos de adjudicación de lotes, por ejemplo Carlos Pemberton que era de la Comisión de Vivienda adjudicaba lotes, hicimos la denuncia ante JAPDEVA al Consejo de Administración el 01 de febrero del 2011, y hasta en marzo del mismo año nos contesta el Departamento Legal , denuncias graves de que hay gente que tiene lote en la primera etapa de los Cocos y se le adjudicaron lotes de la segunda etapa también, gente que no cumplía requisitos, gente que tiene terrenos fuera de JAPDEVA los cuales esta inscritos, la ley no los faculta para optar por un lote en la Urbanización los Cocos. La Administración tomó algunos acuerdos y entre ellos está lo siguiente, dice, “acoger las recomendaciones emitidas por el departamento legal en el oficio Al-155-2011, de la siguiente manera: Instruir a la Presidencia Ejecutiva para que analice la posibilidad de sustituir los representantes de la Comisión de Vivienda, de la parte patronal, en el punto 2 del mismo oficio, queda pendiente para la próxima sesión la finalidad de que el Departamento Legal pueda revisar las recomendaciones ahí consignadas y se instruye a la secretaria a foliar el expediente”

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Este caso era más grave que esto, eran unas adjudicaciones que estaban fuera de ley y reglamento, la Administración no actuó, esta misma gente adjudicaron lotes que no se habían adjudicado porque estaban muy cerca de la zona verde o no tenían las dimensiones según el plano, y Sr. Carlos Pemberton adjudicó lotes a personas cercanas a él e incluso uno a él mismo, desde ahí empiezan los problemas. Además de eso los trabajadores empezaron a vender los lotes. La Administración no cumplió con asfaltado de calle y lastreado de calles y además de eso había que rellenar los lotes a cierta altura según la recomendación, la Administración nunca lo cumplió, y todavía más allá en el año 2013, el Consejo de Administración tomó un acuerdo el No. 278-13, “autorizar a la Gerencia de Desarrollo a incluir en el presupuesto económico del 2014, 40 millones de colones para la segunda etapa de los Cocos”, tampoco se hizo eso. El trabajador cuando ya no puede más y además de eso muchos trabajadores ya habían vendido, hay mucho extranjero esto se complicó. Hemos sido amenazados de muerte, porque ahí hay narcotraficantes, dije claramente que no voy a arriesgar mi vida por un terreno que no es mío y que SINTRAJAP ha denunciado esto, la Administración hizo caso omiso, yo siento que esas adjudicaciones deberían ser penados por ley, no simplemente sustituir Miembros de la Comisión para resolver el asunto. Fueron más de 29 lotes, mal adjudicados en los Cocos, o sea prácticamente la totalidad que estaban vacíos se adjudicaron se hizo de una manera incorrecta, además reitero que la Administración no cumplió con arreglar las calles y servicios públicos que hacían falta. LICDA. ANN MC KINLEY: A la Comisión se le pidió realizar un informe, pero veo que no hacen un informe lo que hacen es que nos adjuntan unos listados, quisiera saber qué fue lo que pasó, porque no prepararon el informe que pidió la Junta. ING. JORGE SOTO: Yo les pedí a ustedes sobre la gente que ya había cumplido con la parte decenal, ustedes me comentaron en el mismo informe que no lo han podido concluir, porque han recibido amenazas, prácticamente la segunda etapa de la Urbanización Los Cocos a ustedes se les escapa de las manos. LICDA. VERONICA TAYLOR: Parte de las inquietudes que he tenido como miembro de este Consejo y que en un momento determinado decidí no dar mi voto en ninguna asignación es por lo mismo, acá llegan documentos que dicen que se otorgaron lotes en forma ilegal, no se puede hacer censo porque estamos amenazados de muerte, no tenemos información, sin embargo nos siguen llegando recomendaciones de adjudicatarios, no sabemos hasta donde o quienes están o no en esa situación, como los están recomendando si ya ustedes no tienen capacidad de hacer eso.

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En un principio cuando se pidió el informe, es por la misma situación, el Sr. Jorge Soto nos dijo que estaban intransitable los caminos, había que reparar los caminos, sin embargo nosotros tenemos la inquietud, si mejoramos los caminos , pero cuales son los lotes de esos que aún están en forma irregular, a mí me sorprende mucho que simplemente digan que en algún momento de la historia de la Institución decidieron dejar una urbanización sin zonas verdes, los niños donde juegan y ese tipo de cosas son muy importantes a la hora de urbanizar. Si no tenemos drenajes, no tenemos zonas verdes, tampoco estamos garantizando calidad de vida a los habitantes de esas áreas, la idea cuando se hace un proyecto de este tipo es para mejorar la calidad de las personas que lo ocupan, no es para que vivan precariamente, ni con miedo a delincuentes, si es una propiedad de la Institución deberíamos por lo menos en algún momento poder garantizar quienes están viviendo ahí si es de JAPDEVA en este caso. Sin embargo aquí llegan todas las semanas recomendaciones, que cumplen con todos los requisitos, nosotros nos preguntamos hasta donde la gente está legal, si lo que nos está llegando está correcto, no tenemos idea de cuánto falta, no tenemos idea que hay, esa fue la razón de que se formulara la solicitud del informe con las características que se piden, porque si esto se va a resolver como dice el compañero, hubo una historia atropellada en todo el desarrollo del proyecto, si se quieren tomar decisiones para resolver esto, hay que tomarlo con base, no podemos tomarlo simplemente con lista o listados, sin tener nosotros una radiografía que clara y actualizada de la situación que tenemos. Prácticamente en algún momento esta es la razón por la que se pidió este informe, con mucho detalle, no podemos estar todas las semanas o cada quince días aprobando cosas a ciegas, la mayoría de los compañeros son nuevos, no tenemos esa registro histórico que se ha venido dando de la problemática y para tomar decisiones tenemos que hacerlo con antecedentes y con datos actuales, porque si hay voluntad para que esto se mejore. Ahorita lo que se me dice es que hay 19 lotes vacíos SRA. YAMILETH CHING: Los expedientes que nosotros les enviamos, es porque nosotros hemos hecho el estudio de acuerdo al Reglamento de la Comisión, que sean empleados de JAPDEVA, que cumplan con los requisitos según el reglamento, nosotros mandamos esos expedientes al Departamento Legal para que ellos los estudien y vean si los compañeros cumplen con los requisitos, en qué sentido, en que sean empleados de JAPDEVA, que tengan más de dos años de trabajar con la Institución, que ni el trabajador ni el conyugue tengan vivienda, que no tengan deudas con la institución, todo eso lo pide el reglamento, nosotros armamos el expediente se lo mandamos al Departamento Legal, ellos hacen el estudio lo aprueban y después nosotros en base a eso lo enviamos al Consejo, porque, porque

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ya sabemos que cumplen con los requisitos. Nosotros lo que estamos tratando de hacer es arreglar ese problema para seguir adelante. SR. DELROY BARTON: El lote se asigna y diez años después se le puede dar el permiso para tramitar la escritura, y no hay ninguna otra forma de inscribir el terreno sin que esté la autorización expresa de JAPDEVA, porque el terreno es de JAPDEVA, por lo que las solicitudes que llegan ahora es porque hace diez años se le asignó el terreno a esa persona y la Ley que genero el proyecto establece eso. LICDA. VERONICA TAYLOR: Son diez años para otorgar la escritura o hacer el levantamiento. LICDA. ANN MC KINLEY: No, es hacer el levantamiento la escritura es lo último SR. DELROY BARTON: Se le da el lote, la persona es un usuario y debe esperar diez años para iniciar el trámite. LICDA. VERONICA TAYLOR: Si ya fueron asignados todos los lotes excepto estos 19 que están invadidos y las zonas verdes estos no se adjudican. SRA. YAMILETH CHING: Precisamente es por eso que nosotros informamos a la Junta Directiva anterior que nos estaban invadiendo las zonas y los lotes, nosotros solicitamos a Legal que nos asignaran un abogado para que fuera con nosotros, pero en ese momento el señor Carlos Pemberton era miembro de la Comisión y se fue con el abogado, sin el resto de compañeros y nos dijo que no fuéramos, porque habían salido una gente con revolver y que los amenazaron y nosotros fuimos después y a nosotros no nos dijeron nada, por lo que no sé qué fue hacer el con el abogado, nosotros desconocemos que fue lo que pasó. LICDA. VERONICA TAYLOR: Ustedes creen que con el apoyo del Departamento Legal, nos podrían mejorar el informe que nos están trayendo o cual es la limitación que nos están trayendo ahorita, porque la idea es que esto se organice y que la Administración los apoye en lo que ustedes requieren para que esto funcione, porque esto no puede seguir así. La idea es que ustedes también nos manifiesten, cuales son las necesidades que ustedes tienen como Comisión de Vivienda para que esto salga adelante y poder verlo en el informe, hay muchas etapas que no se han cumplido, el tema de los caminos, las aceras, los drenajes, las zonas verdes que habría que recuperar, porque eso es una necesidad, es parte de la información que nosotros requerimos de la comisión.

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SRA. YAMILETH CHING: El año pasado procuramos hacer lo de las calles, estas están inscritas ante el Registro Público a nombre de JAPDEVA, precisamente lo hicimos así para que JAPDEVA se las diera a la Municipalidad para que los empleados que cumplan con los diez años, puedan pedir el levantamiento decenal para que ellos puedan inscribir el terreno, porque mientras no tengamos el permiso del Ministerio de Salud no tenemos urbanización, si le entregamos las calles a la Municipalidad…. LICDA. VERONICA TAYLOR: No las va a recibir en esas condiciones, más bien las calles tienen que guardar las condiciones suficientes para que la Municipalidad las reciba como públicas, tienen que tener los servicios, las aceras, el drenaje y por lo menos un cordón y caños para que la Municipalidad las reciba Por eso es que en este momento cuando don Jorge nos trajo los planos y dijo que esto hay que donarlo a la Municipalidad, pero las calles no tienen condiciones, fue donde nosotros empezamos a detallar la necesidad de información para tomar las decisiones, porque el problema de los Cocos no son solo las calles en este momento, o sea va un poco más allá, es un tema de la ocupación, de revisar y tener un inventario actualizado, claro y preciso de cuál es la situación que se vive ahí, porque entregándole las calles a Municipalidad no resolvemos nada, si esos son terrenos de la Institución y son empleados de la Institución que viven ahí en su gran mayoría, tenemos que tener claridad cuáles son las personas que lo habitan, desde cuándo, cuando cumplen, para ir trabajando con ese tema, porque acá como esta es difícil tomar decisiones, no es que uno no quiera, una está en toda la disposición de apoyar y colaborar pero no tenemos la información. SR. PABLO DIAZ: En primera instancia para irnos ordenando, con lo que nos acaba de aclarar los compañeros de la Comisión, el primer aspecto son las condiciones físicas que hay que ver como solventarlas para poder terminar de tener urbanización, creo que eso es algo muy importante para tener claridad de todo lo que hace falta para tener urbanización. Lo segundo es el tema de los lotes, en el documento CV-52-2014, de la Comisión, en la segunda etapa son 314 lotes del 1 al 296, se quedaron 14 sin adjudicar, pero 296 están bien, en el documento que nos adjuntan están el adjudicatario, la cédula, el lote, la fecha de ingreso, fecha de adjudicación y el acuerdo del Consejo de Administración, incluso aparecen con propiedad en Registro Público, de los lotes nos faltan de la 297 a la 314, ahí es donde viene el tema de la invasión, ahí es donde veo que hay problemas, o sea los dos problemas que hay son el de las invasiones y el de los lotes mal adjudicados, necesitamos saber cuáles son los mal adjudicados porque no cumplían los requisitos, y empezar a realizar las segregaciones y comenzar con las acciones legales, con respecto a los lotes invadidos no se ha hecho nada para solventar la situación.

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SRA. YAMILETH CHING: Nosotros le informamos al Departamento Legal lo que estaba pasando, desconocemos si ese Departamento tomó cartas en el asunto o no. LICDA. ANN MC KINLEY: Cuando ustedes hablan que le informaron al Departamento Legal como lo hicieron, vía oficio. SRA. YAMILETH CHING: Por escrito. LICDA. ANN MC KINLEY: ¿Eso fue hace cuánto? SRA. YAMILETH CHING: Eso consta en el documento que les estamos presentando. LICDA. ANN MC KINLEY: ¿Nunca hubo respuesta del Departamento Legal? SRA. YAMILETH CHING: No recibimos respuesta. LICDA. ANN MC KINLEY: Si hubo recomendaciones eso es una respuesta. SR. FEDERICK PATTERSON: Ustedes nos preguntaban que requiere la Comisión para finalizar este trabajo, siento que como Comisión requerimos el apoyo de Ingeniería de Desarrollo para terminar este trabajo, porque muchas veces vamos a una casa de un vecino y no esta o la empleada dice que no sabe nada, no contesta, o nos salen los perros, entonces todos trabajamos de una oficina somos funcionarios públicos y no podemos dedicarse tiempo de nuestro trabajo del Departamento o Sección donde estamos para ir cada vez a preguntar o que cuando viene el dueño de la casa para hablar con el entonces se requiere de que Desarrollo nos ayude, falta ingeniería en este caso, hay que recuperar las zonas verdes, las zonas comerciales están totalmente invadidas. LICDA. VERONICA TAYLOR: ¿Están construidas? SR. FEDERICK PATTERSON: Nunca la Municipalidad de Limón dio permiso para construcción por la limitación de escrituras y lo demás y la gente aprovechó para construir sus casas en las calles. No respetaron los márgenes del rio, tenemos problemas también con los terrenos del Centro Diurno Mayor, vecinos han invadido esas tierras. Hay un señor pensionado de JAPDEVA que le gustó una zona verde y construyó en la plena calle, no respetaron los márgenes del rio, tenemos problemas también con el Centro Diurno de Adulto Mayor de que también vecinos han invadido esas tierras ellos la comisión les ha dicho por favor cerquen el lote ocúpenlo pero no lo han hecho y también ha recibido amenazas del os invasores entonces yo siento que

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requerimos que la asociación de Desarrollo nos ayude en ese caso Ingeniería , haciendo ese trabajo de campo, lo que nos ha faltado, decía el señor Gerente General de los 196 en adelante, hay 3 o 4 lotes ahí que tiene escritura, de un solo dueño el IDA les dio escritura a sabiendas de que SR. DELROY BARTON: Podrían ubicarnos en el mapa. LICDA. ANN MC KINLEY: Termine la idea de las escrituras que le dio el IDA. SR. FEDEDRICK PATTERSON: No me acuerdo muy bien pero de la 297 a la 303 más o menos, es donde el IDA les dio escritura a un solo dueño, esos lotes colindan con el rio Limoncito, las demás que hemos visto, es donde un narco agarró como 4 lotes, irrespetó calles y todo lo demás, o sea el asunto no es tan fácil para nosotros como Comisión, tenemos familias. Reitero la denuncia que hicimos a la Administración en el 2011 , no nos dieron mucha pelota como decimos vulgarmente, simplemente acogieron la recomendación del Departamento Legal, pero no hubo acciones, por ejemplo diría yo penales con respecto a que se ubicaron los lotes ilegalmente, además de eso hay trabajadores que ocuparon esos lotes que han vendido también, entonces eso es el problema que tenemos entonces nosotros difícilmente como Comisión vamos a poder resolver ese problema si la Administración debe de actuar en base a la ley son terrenos públicos, tiene una escritura pública a nombre de JAPDEVA deberían actuar con todo el peso de la Ley. LICDA ANN MC KINLEY: La pregunta que yo tengo ¿esos lotes que dio el IDA, son dentro de la Urbanización Los Cocos? El tema es muy complejo, primero quisiera pedirles un favor a los compañeros y compañeras de la Comisión, estamos en una nueva Administración, sé que ha habido problemas, pero lo que pasa es que no nos podemos, seguir quedando patinando sobre los problemas. Debemos buscar una solución y el hecho que ustedes, estén hoy acá es para buscar una solución, esto es un tema que nosotros hemos querido ver desde el mes de diciembre pasado pero en vista de que coincidió con el periodo de vacaciones de algunos funcionarios lo tuvimos que posponer hasta que toda la Comisión estuviera de nuevo laborando en la Institución. Hoy en esta sesión va ser difícil que podamos tener una solución, creo que aquí va a ver que hacer una sesión de trabajo con la Comisión que aquí le pediría a Don Pablo que nos ayude, hay que ver como lo hacemos para lo cual con la ayuda de don Delroy, además ya nosotros empezamos con el proceso de negociación de la

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Convención lo cual hace que el Sr. Pablo como Gerente General va estar con menos tiempo disponible para sacar esta tarea. Solicitaría a don Delroy pudiera sentarse con la Comisión para revisar más a fondo este caso y poder hacerle recomendaciones a esta Junta, de por dónde podríamos solucionar esto, incluyendo el conflicto que tenemos ahora con el IDA lo cual implicaría inclusive que tenemos que sentarnos con el jerarca del IDA, pero antes de hacer eso primero tenemos que tener bien claro para ver cuál es la situación para hacer una propuesta de salida. Es importante que nosotros pudiéramos entregar esta segunda etapa a la Municipalidad, pero hay que resolver los problemas que hay de drenaje, los rellenos que hay que hacer, lo que está pendiente en construcción de calle y aceras y también poder tramitar el respectivo permiso ante el Ministerio de Salud, las tres primeras cosas parecieran de que es cuestión de también incluirlo en nuestra propuesta de trabajo por parte de Desarrollo. La Administración de Desarrollo tiene que involucrarse mucho más para terminar con este proyecto y no que quede a medias y que de verdad esa ha sido una de las preocupaciones que siempre ha estado manifestando aquí la directora Doña Verónica sobre la importancia que ya le traslademos este proyecto a la Municipalidad, pero obviamente que la Municipalidad no lo va a recibir en las condiciones en que se encuentra. Así que como Institución tenemos que terminar la tarea, para luego continuar con el siguiente paso que sería ya trasladarlo a la Municipalidad, porque eso significaría entonces que la Municipalidad se encargaría darle todos los servicios como corresponde. Esto es un pendiente y le pediría también al Departamento Legal que por favor se asigne a un funcionario del Departamento para que trabaje con la Comisión, porque una cosa es cuando la Comisión manda una solicitud al Departamento Legal y otra cosa es tener como en otras comisiones donde sea necesario a un funcionario del Departamento Legal que les de acompañamiento. Me informan de los problemas que ha habido en cuanto amenazas, pero creo que eso no puede ser la justificación por la cual nosotros no terminemos las cosas. Lo último decirles que efectivamente a pesar de los problemas que tenemos, hay tareas que no las podemos posponer como por ejemplo sería el levantamiento decenal, eso tenemos que resolverlo, porque estamos hablando que cumplieron con los 10 años y por lo tanto es un derecho adquirido y que no podríamos oponernos en ese sentido bajo la justificación de todos los problemas que existen con relación a este tema.

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LICDA. VERONICA TAYLOR: Tal vez doña Ann en la parte de los compromisos, cuando votemos la propuesta de incluir el profesional en Ingeniería que también están solicitando Desarrollo para que los apoye a ellos, no solamente la parte Legal sino la parte de Ingeniería y tendríamos la parte técnica del apoyo que ellos requieren a la inmediatez y posteriormente ya se iría analizando con ese apoyo que otra cosa se requiere para ir poniendo apoyo en eso. En realidad parte de las inquietudes como manifesté al principio era que aquí veníamos a votar cosas a pesar de que el expediente llegaba acá, veníamos a votar sobre algo que desconocíamos, veníamos a votar por algo que simplemente porque nos dicen si cumple pero en el expediente complementario, decía pero el lote fue adjudicado ilegalmente en tal etapa, de tal situación, entonces eso también le crea a uno todas las inquietudes del caso de decir, hay que decir algo para que esto se resuelva y no vengan acá recomendaciones diciéndome que se basan en que cumplió 10 años y sin embargo hubo algo ilegal de camino que cuando se le adjudicó a pesar de que tiene los 10 años. Prácticamente eso ha sido mi excusa, cuando no he querido apoyar las solicitudes de los levantamientos decenales, que no voy a ser cómplice de personas que en algún momento hicieron algo incorrecto y al final con mi voto lo voy avalar, parte de las situaciones que se daban, si ustedes como vienen a indicar acá, lo verificaron lo corroboraron y lo que está llegando aquí al Consejo en este momento en que ustedes están es porque realmente está cumpliendo, ustedes como encargados del proyecto están dando fe de que eso es así uno se siente un poco más tranquilo, pero cuando me llegan a mi solicitudes que dicen eso, que no nos están amenazando …que no fueron los lotes otorgados ilegalmente …en algún momento pero ya cumplieron los 10 años… por lo tanto tienen derecho… me parece que son las situaciones que a uno lo ponen en alerta y que en algún momento debe exponer esta situación, porque las cosas tienen que corregirse y no pueden otorgarse derechos sobre actuaciones ilegales que se dieron en lo anterior en la historia de este proyecto. LCDA. GISELLE MORA: Es importante y quiero manifestarlo aquí, así en esta situación con la Comisión de Vivienda para Legal hay dos momentos: uno es el momento de la adjudicación donde hay unos requisitos que cumplir que externó hace un momento la señora y el otro proceso que también nosotros vemos es el análisis para la recomendación del levantamiento de la limitación decenal es otra cosa, que es usualmente lo que aquí ha venido, por lo menos en el tiempo que yo tengo de estar aquí. Con todo respeto, que me merece muchas gracias al señor que aclaro que Legal si hizo la recomendaciones en su momento a nosotros no nos ha convenido hacer las respectivas denuncias de invasión, eso quiero que quede claro aquí para la misma

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Comisión también y yo les pediría porque estamos en un proceso de depuración de arreglo. Por favor ustedes le envíen al Departamento Legal, una lista con la personas, porque necesitamos nombre, dirección de las personas que están invadiendo para nosotros proceder hacer la debida denuncia ante la Fiscalía, porque esto es un asunto penal, esto es una invasión pero al día de hoy ustedes lo saben esa información ustedes no la han hecho llegar al Departamento Legal, y quiero que eso quede claro de aquí en adelante. Remitan la lista con los detalles y nosotros procedemos hacer esa denuncia porque yo le pregunté al abogado encargado penal del Departamento si tenía denuncias y me dicen que no hemos hecho una denuncia en ese sentido, así es que por favor envíenme la documentación con todo y voy designar desde aquí lo digo en Junta Directiva a don Roberto Soto Salazar para que proceda hacer estas denuncias ante la Fiscalía. SR. FEDERICK PATERSON: La nota que enviamos el 25 de enero del 2011 ahí están los nombres, en ese momento eran nombres no nos pidieron más referencia y son 27 personas que pusimos en esa nota en el 2011 y la recomendación de Legal era para otra cosa la nota que dejamos ahí. Decirles también señores directores es que uno de los posibles soluciones para los Cocos, estaba entre el proyecto Limón Ciudad Puerto colocar ahí una planta de Tratamiento, habíamos asignado un lote para ese fin, porque también depende de que el Ministerio de Salud pudiera darle el visto bueno a la Urbanización, entonces sería bueno volver a retomar ese punto de la Planta de tratamiento de Aguas Negras que se debe construir para evacuar las aguas de los Cocos los Lirios y todo ese lado Sur de Limón, y recomendarles qué el señor Meléndez este en esta comisión, lo dijeron me dice así él es el casi el papá de esa criatura, está en esa Comisión con nosotros para que ustedes tengan un informe detallado de todo el tema porque él es el que más conoce del tema de los Cocos. SR. DELROY BARTON: Dos cosas importantes, al haber denominado Urbanización Los Cocos, el INVU exige, que cumpla todos los requisitos de una urbanización, se lleva aproximadamente 1987 hasta ahora en ese proceso de transformar el espacio, en un espacio que sea aceptado por las autoridades, sería importante aclarar no los he escuchado a ustedes de la comisión mencionarlo, ¿cuál ha sido la limitación Institucional para invertir en la Urbanización los Cocos? si es que hay una restricción de que los fondos de la Institución no puede invertirse en los Cocos porque estaría beneficiando directamente a los trabajadores, si hay alguna salida legal, porque el problema es cuánto cuesta terminarlo para entregarlo y cuáles son las restricciones Legales que existen que ha inhibido a la Institución poder darle el acabado a la obra?

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Se sabe que los terrenos de la cosa pública, nunca dejan de ser Institucional, pero no sé cuál es el estatus de los que invadieron los Cocos en términos de su estancia en ese espacio, si llevan años de estar ahí entonces en qué medida y cuáles son los elementos en detrimentos de los intereses de JAPDEVA que podría afectar. En la oportunidad que estuve en la Comisión de Vivienda en dos oportunidades, logramos el apoyo del Ministerio de Seguridad para sacar físicamente a las personas del inmueble por eso es indagar cual es el mecanismo legal que nos asiste para podernos sacar físicamente del inmueble. Por ultimo lo que planteaba Patterson sobre como insertar el programa de alcantarillado, en la zona de Limoncito, el proyecto El Chocolate y la limpieza del rio como insertar eso dentro del programa, porque eso me acuerdo haberlo escuchado hace 3 o 4 años, que era el compromiso de la Administración anterior iba asumir de integrar los Cocos al proyecto de Limón Cuidad Puerto, entonces no es tan sencillo pero hay diferentes etapas, que hay que explorar, primero garantizar de que si tenemos los instrumentos Legales para actuar financiamiento de la obras que hacer falta y el tiempo transcurrido con los invasores, y lo otro es cuál es la agresividad con que hay que actuar para poder recuperar los bienes. LICDA. GISELLE MORA: Lo que iba manifestar al señor director, es que efectivamente aquí primero sabemos que toda invasión, tiene que recurrir antes de 3 meses de lo contrario después de pasado los 3 meses el ocupante, el invasor como queramos llamarle va adquiriendo derechos, y eso significa que después va adquiriendo derecho mejoras eso significa que tendríamos que preceder hacer como lo dije ahora al demanda por usurpación, porque ya creo que esas si me están diciendo los señores que esto es del 2011 pues obviamente ya ahí tienen sus derechos en mejoras pero los tienen, pero la en duda propiedad sigue siendo la nula propiedad a nombre de la Institución, aquí lo que hay que proceder es hacer la respectiva demanda ante la Fiscalía como proseguimos con el proceso para depurar y a ver como logramos que esas personas si no tiene derecho poderlos sacarlos, desalojarlos. LICDA. ANN MC KINLEY: Bueno quedó claro verdad? Lo importante aquí es que la Comisión de Vivienda se pueda reunir para hacer un análisis de la situación mucho más ampliado en varias vías, tomando en cuenta con la presencia de un compañero del Departamento Legal que se incorpora a la comisión y que debe participar en todas las sesiones de trabajo que se realicen, para hacer esta propuesta con el acompañamiento del Departamento de Ingeniería. Por favor ver las posibles acciones para los desalojos respectivos y eso que implicaría y las coordinaciones que tuviéramos que hacer a nivel interinstitucional

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tomando en cuenta lo delicado del tema, por las intervenciones que tiene ese sector en particular, sin poner en riesgo la vida de nadie. También con los pendientes que hay, las parte de los problemas de drenaje, las calles y aceras que están pendiente de construcción, los rellenos que hay que hacer y los permiso de salud y que así entonces ya podamos trasladar como urbanización este proyecto a la Municipalidad de Limón que ese es el objetivo final que queremos. Es importante la participación del Gerente de Desarrollo, y si no puede debe ver quien lo representa en esa Comisión, porque tiene diferentes acciones que va más allá de las potestades de las responsabilidades de la Comisión de Vivienda como tal, pero para que nos hagan una propuesta a la Administración para luego verla en Junta directiva. Entonces , hoy sometería a votación un acuerdo en esa línea, estaríamos hablando de un plazo de 3 meses máximo, para que puedan presentarlo con todo el detalle que se ha hablado acá y que nos estén enviando avances, diría cada 15 días para darle seguimiento a este asunto que es de suma importancia para este Consejo y a la vez garantizar que a nivel administrativo se le brinde el apoyo necesario a la Comisión de Vivienda para que puedan cumplir con la tarea que esta Junta Directiva les está encomendando. LICDA. VERONICA TAYLOR: Si dentro de los documentos que nos está aportando el compañero hay un acuerdo de Junta que está pendiente o que pareciera que está pendiente en realidad desconozco si se atendió en este sentido de los puntos 2 y 3 que estaba recomendando el departamento Legal que eran prácticamente dos cosas:

1. Abrir un procedimiento administrativo para determinar la verdad de los

hechos y para determinar mediante el debido proceso si se cumplió con el

deber de probidad establecido en el artículo 3 de la Ley Contra la Corrupción

y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública.

2. Y el 3 anular los acuerdos tomados en el acta ordinaria 7 -2010 del 12 de

mayo del 2010, por la comisión de vivienda ya que no se encuentran

conformen al derecho y su ilegalidad en la validez y eficiencia del acto

administrativo produce la nulidad del mismo, y el acuerdo de Junta es el AL-

155-2011, el acudir de Junta indica acá que los puntos 2 y 3 del oficio AL 155

quedan pendientes para la próxima semana como comento el compañero con

la finalidad de que el departamento Legal pueda revisar la recomendación es

ahí consignadas y en el desarrollo del acta se presentas las inquietudes que

se dieron en ese momento entonces me parece como parte de la situación

que esto que también es una inquietud que se nos ha presentado hoy que

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quedo pendiente y que no se ha podido elucidad también se retome para que

los compañeros sientan que esa inquietud que se presenta también está

siendo atendida.

SRA. YAMILETH CHING: Retomando hacia atrás con respecto a los que usted habló de adjudicación y de levantamiento decenal, son dos cosas diferentes, como dijo la licenciada, la adjudicación es cuando nosotros mandamos los expedientes, y le levantamiento decenal, muchas veces el mismo adjudicatario o el supuesto adjudicatario, es el que manda el documento aquí sin que nosotros nos estemos dando cuenta, que es lo que está pasando ellos se toma el derecho de venir mandar el documento acá y nosotros no sabemos quién es, ni nada por el estilo, pasan por encima de nosotros y nosotros desconocemos eso. LICDA. VERONICA TAYLOR: Como comenta la compañera, sino viene un documento con el expediente debidamente conformado. Que la Junta no va conocer, no lo va aprobar hasta tanto se devuelva a la comisión y está conforme al expediente y conforme la ley lo indica. LICDA. ANN MC KINLEY: Eso es muy común en la institución, nos pasan muchas cosas en donde actuamos de oficio pero no se toman el tiempo para hacer los expedientes, es algo que la Auditoría ha venido señalando en diferentes situaciones como errores, por lo que si hay que corregir eso. SR. FEDERICK PATTERSON: Una pregunta a la Licda. Giselle, Si la persona se le adjudicó un lote debidamente y tiene ocho años de tenerlo y lo vendió ese derecho de sucesión sigue corriendo, cuando él llegue a los diez años de adjudicación, me parece que es obligación de la Administración darle la escritura, o no. LICDA. GISELLE MORA: La Ley 6609, es muy clara, se le adjudica al trabajador de JAPDEVA y es el trabajador quien tiene que solicitar ese levantamiento, nosotros hemos sentado cátedra en eso, porque nos han llegado solicitudes para que nosotros le recomendemos a los señores directores el levantamiento de un lote que fue vendido por el adjudicatario para que recomendemos el levantamiento a ese tercero y el Departamento Legal no recomienda eso, tiene que ser al adjudicatario porque hay un acuerdo de Junta Directiva donde se le adjudico a esa persona, por lo que no podemos recomendar que sea otra persona.

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SR. FEDERICK PATERSON: Pero si la persona está cumpliendo con los diez años de posesión eso no se pierde, para entender, porque muchos trabajadores han llegado con ese pretexto. El trabajador dice yo tengo nueve años y lo venden aun externo y ese externo se agarra de los diez años de posesión de aquel del uno que él tiene para cumplir con los diez años LICDA. VERONICA TAYLOR: Usualmente las instituciones públicas no pueden donar a un privado si no es a través de un proyecto de ley o una ley como tal, la ley es la que rige acá y nos dice cuáles son las especificaciones mediante las cuales usted adquiere su derecho, si usted vende su lote usted renuncia a su derecho, porque la ley fue quien le dio a usted y la condición era primero que fuera empleado, segundo que sea adjudicatario y tercero que cumpliera los diez años, si usted no cumplió con eso usted renunció a su derecho a la hora de hacer eso, y la persona que adquiere ese bien comienza de cero, nosotros no le podemos trasladar directamente sino que tiene que ir a un juzgado después de diez años de demostrar que estuvo ahí y que sea a través de un procedimiento diferente que se le adjudique. LICDA. ANN MC KINLEY: Aquí hay una cosa muy importante, ustedes como testigos de un proyecto muy importante, porque nace un proyecto como este, dentro de la misión de JAPDEVA no está como negocio la creación de proyectos de vivienda, sino que es un proyecto de vivienda que nace como una propuesta para dotar de vivienda a trabajadores de la Institución que no tenían vivienda. El ir a los bancos o a un programa de vivienda común y corriente se les hacía mucho más difícil poder acceder, esto justifico el nacimiento de este proyecto con una visión social para darles un apoyo a nuestros trabajadores con problemas de vivienda. Cuando se otorga y se crea la Comisión de Vivienda no se hizo pensando en que los trabajadores pudieran ver esto como una opción de negocio si no era solucionar su problema de vivienda y eso por ende significa mejorar la calidad de vida de ese trabajador y su familia. Creo que este espíritu debe mantenerse, en ese sentido es necesario que en el seno de la comisión se debe estar reflexionando constantemente, porque si no entonces de repente estamos tratando de buscar alguna justificación para esos negocios que se han hecho y ese no ha sido el fin, y por lo tanto nosotros no deberíamos estar gastando recursos tratando de ver cómo le solucionamos a terceros que pudieron haber adquirido una casa de otra forma, entonces entendamos que este proyecto en particular se justifica en el tanto sea para beneficiar a las y los trabajadores de JAPDEVA con sus familias.

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Creo que esto es muy importante, porque aún no se ha concluido, hasta que no terminemos con la tarea, pero entendiendo que es por el compromiso que hay de parte de la Institución con el trabajador nuestro y su familia. Las acciones que vamos a emprender van encaminadas en ese sentido, y si estuviéramos hablando de un proyecto de vivienda diferente los requisitos serían diferentes en donde obviamente podrían entrar personas beneficiarios que no necesariamente son empleados de la Institución, pero en este caso estamos hablando de requisitos concretos en donde era muy claro que era para los trabajadores de la Institución. Esto nos lleva a una evaluación negativa en el sentido de que no se cumplió con el objetivo, y creo que eso es importante de parte de la comisión no olvidarlo, o sea recordándonos para que fue creado ese proyecto de la Institución, porque si no es así pareciera que no era importante, que nuestros trabajadores no necesitan una vivienda puesto que la han vendido. Hay un mínimo, en este tipo de leyes especiales se establece como una obligación mínima de tener la propiedad por diez años, el IDA obliga a los parceleros a diez años y el INVU también, y si se la traspasa a otra persona esa persona empieza de nuevo pero además tiene que ir a ver en el IDA o INVU si califica para eso se le hace todo un estudio si no independientemente de que el dueño anterior renunció y dijo que me lo daba a mí eso no necesariamente lo tengo seguro. Creo que es importante de entender este tipo de proyectos que tienen una misión social, no perdernos sobre el camino. LICDA. VERONICA TAYLOR: Me llamó mucho la atención de que en el informe nos presenten que la mayoría de las casas construidas han sido financiadas por el Fondo, porque si bien es cierto que el lote no cumplía las condiciones para construir se debieron haber exigido, si yo sé que mi lote requiere de un relleno independientemente tenga permiso, haga la construcción ilegal o no, si yo construyo en esas condiciones, sé que estoy arriesgando mi inversión, porque o se me filtra el agua, o los tanques de drenaje no funcionan, los tanques sépticos colapsan, entonces también es una recomendación, porque ahorita las casa de interés social es igual, si usted tiene un terreno y quiere hacer una casa de interés social y al terreno le hace falta una alcantarilla, relleno de cinco o diez centímetros hasta que usted no tenga el lote en las condiciones adecuadas para construir no le dan el banderazo de arranque. Por ahorrarme un poquito y poder hacer el cuarto de pilas, estoy sacrificando la integridad posiblemente de toda la casa, porque se agrieta el piso, los tanques sépticos colapsan, entonces es parte de las mejoras que tenemos que hacer de

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conciencia que a la hora de construir no es solamente levantar unas paredes y un techo, es que si hay que hacer mejoras al terreno. Porque como se dice todos los que construyeron ahí fue con fondos que fueron generados de alguna manera dentro de la misma Institución, y que ahora nos digan que no tienen un relleno, porque JAPDEVA no lo hizo, es parte de las mejoras que la gente tenía responsabilidad de haber hecho a ese terreno y no estar ahora responsabilizando a la Institución, porque la Institución no tomo la decisión de que ellos construyeran así. Me parece que es importante y nos dicen que todo se inunda, que no cuentan con permisos y que está construido y que hay que rellenar, es parte de la responsabilidad compartida cada quien dentro de su campo, tomemos las medidas que haya que tomar y entre todos saquemos la tarea. SRA. YAMILETH CHING: Con relación a eso el Ing. Meléndez nos comentaba que se le decía a los adjudicatarios que si ellos iban a construir, el deber de ellos era rellenar el terreno antes de construir, muchos lo hicieron otros no, pero ellos estaban advertidos que tenían que hacer el relleno. Con respecto a las personas que vendieron el lote, nosotros como comisión nos hacemos la pregunta que va hacer la Institución a esa persona que vendió el lote y este no tenía escritura, no tenía nada y nos dejan el problema LICDA. ANN MC KINLEY: Hay varias recomendaciones de la Comisión y los apoyos que van a tener para incluirlo dentro del acuerdo. Después de haber escuchado la exposición de los representantes de la Comisión de Vivienda tenemos cuatro solicitudes de levantamiento decenal, en temas de Asuntos Legales, todos cumplen con los diez años. Se somete a votación quienes estén de acuerdo en aprobar la siguiente propuesta sírvanse levantar la mano. ACUERDO: No.24-15 1- QUE LA COMISION DE VIVIENDA COORDINE CON

LA ADMINISTRACION DE DESARROLLO TODOS AQUELLOS CASOS DE SOLICITUDES DE ADJUDICACION DE UN LOTE O LAS SOLICITUDES DE LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACION DECENAL QUE PLANTEEN LOS TRABAJADORES O LOS BENEFICIARIOS DE UN LOTE YA ADJUDICADO PARA QUE SE LE LEVANTE LA LIMITACION DECENAL Y LAS RESPECTIVAS SEGREGACIONES, EN LA URBANIZACION LOS COCOS I Y II ETAPA.

2.- SE OTORGA A LA COMISION DE VIVIENDA UN PLAZO DE TRES (3) MESES PARA QUE PRESENTEN ANTE ESTE CONSEJO DE ADMINISTRACION UNA PROPUESTA DE ACCIONES A TOMAR PARA LOS

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DESALOJOS DE LAS INVASIONES PRECARISTAS EN LA URBANIZACION LOS COCOS I Y II ETAPA.

3.- SE OTORGA A LA COMISION DE VIVIENDA UN PLAZO DE TRES (3) MESES PARA QUE PRESENTEN ANTE ESTE CONSEJO DE ADMINISTRACION UNA PROPUESTA DE ACCIONES A TOMAR EN EL CASO DE LOS PROBLEMAS DE DRENAJES, LA CONSTRUCCION DE ACERAS, EL ASFALTADO DE CALLES DE LA II ETAPA, LOS RELLENOS NECESARIOS, LOS PERMISOS DEL MINISTERIO DE SALUD, EN LA URBANIZACION LOS COCOS I Y II ETAPA. 4.- QUE SE OTORGA UN PLAZO DE UN MES PARA QUE LA COMISION DE VIVIENDA LE PRESENTE UN INFORME A ESTE CONSEJO DE ADMINISTRACION DETALLADANDO LOS LOTES ADJUDICADOS Y LOS NOMBRES DE LAS PERSONAS ADJUDICADAS DE LOTES EN LA URBANIZACION LOS COCOS I Y II ETAPA. 5.- QUE CADA QUINCE DIAS LA COMISION DE VIVIENDA DEBE ENTREGAR ANTE ESTE CONSEJO UN INFORME DEL AVANCE DE LAS ACCIONES A TOMAR SOLICITADAS EN LOS PUNTOS 2, 3 Y 4 DE ESTE ACUERDO.

III-e) OFICIO GD-23-2015 SOLICITUD DEL VISTO BUENO DEL CONSEJO

DE ADMINISTRACIÓN PARA DESARROLLAR UN CONVENIO JAPDEVA-MUNICIPALIDADES PARA EL APORTE ANUAL DE UNA CANTIDAD DE DINERO PARA LA INTERVENCIÓN ANTE EMERGENCIAS EN LAS COMUNIDADES Y OTROS CASOS ESPECÍFICOS DE SU LABOR.

LICDA. ANN MC KINLEY: En esta oportunidad la Administración desea ofrecer el servicio en actividades profesionales en Geología de nuestra Institución, el cual podrá atender diferentes temas de importancia para todas las municipalidades tales como fuentes de materiales, estudios técnicos de suelo, intervención ante emergencias como deslizamiento e inundaciones y casos específicos de su labor entre otras, así pues es del interés de la Administración de Desarrollo contar con el visto bueno del Consejo de Administración para desarrollar un convenio JAPDEVA-Municipalidades, donde estas últimas aporten una cantidad de dinero anual por los servicios anteriores mencionados en un esquema coordinado de labores en tanto JAPDEVA como las Municipalidades se vean beneficiadas y adicionalmente se puedan cubrir nuestros costos del servicio geológico con fondos externos.

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En este convenio se está proponiendo que las Municipalidades se estarían comprometiendo a incluir dentro de su presupuesto, una partida que pueda servir para este fin: viáticos, combustible, transporte y JAPDEVA facilitaría un profesional en Geología. PROPUESTA DE ACUERDO Autorizar a la Administración de Desarrollo coordinar con las diferentes Municipalidades de la provincia de Limón la firma de un convenio para brindar el servicio profesional del geólogo de JAPDEVA, en los temas de importancia tales como fuentes de materiales, estudios técnicos del suelo, intervención ante emergencias como deslizamientos, inundaciones y casos específicos de su labor entre otras. ING. JORGE SOTO: Hay Municipalidades que no cuentan con los servicios de un geólogo y tienen problemas para las extracciones eso lo haríamos de acuerdo con las municipalidades que quieran, la idea es poner al servicio el geólogo de JAPDEVA, también a la municipalidad pero que asignen una suma que todavía estamos analizando, pero que podría ser de 5.000.000 (cinco millones de colones anuales), en donde el técnico de geología le da el soporte a la Municipalidad que lo solicite para hacer trámites de extracciones y de movimientos de tierra, eso nos serviría a nosotros para recuperar recursos para lo del geólogo ,lo que son viáticos, kilometraje, esto es como para retribuirnos un poco el costo del geólogo. Hay Municipalidades que han tenido problemas con el geólogo, porque dependiendo de la oportunidad que lo quiera Talamanca así es el cobro de honorarios, por lo que les está saliendo muy caro, la idea es indagarse con todos los alcaldes cual quiere participar en esto, la que quisiera se formaría un convenio con los que estén interesados, para que dentro del presupuesto establezcan unos recursos para JAPDEVA, para que ese dinero pasara a la caja de JAPDEVA, esa es la idea nuestra. LICDA. VERONICA TAYLOR: En la parte donde dice, autorizar a la Administración a coordinar con las diferentes Municipalidades de la provincia de Limón la firma de un convenio”, antes de eso sería mejor tener un proyecto de convenio para analizarlo y revisarlos y que se pueda gestionar la firma del mismo, porque si lo hacemos así estamos autorizando a que se firme, o sea que en la propuesta de acuerdo sea autoriza un proyecto de convenio. SR. DELROY BARTON: A mí me gusta la propuesta, hace poco estaba leyendo que el ICE estaba haciendo exactamente lo mismo, con los expertos en túneles, para ofrecer esa tecnología al alcance de otros países que pudieran estar interesados como una forma de evitar de reducir su planilla.

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Me parece que esta propuesta es muy interesante, siento que los ajustes técnicos planteados aquí son válidos y siento que hay que tener una clara cuantificación de los costos, tipo tarifa, porque si van sin carro tiene un valor, si va con el vehículo es otro costo, o sea que eso se elabore en la propuesta, que venga con una descripción de los diferentes rubros y su costo. LICDA. ANN MC KINLEY: Quisiera agregar algo a esta propuesta que me parece excelente, una es tener en cuenta que a nivel interno cuando se hizo la justificación para la contratación de este geólogo también fue pensando en necesidades propias de la Institución, tenemos la construcción del puesto 5-7 y ahorita ante las observaciones que nos hace la SETENA con el equipo de la Universidad de Costa Rica que nos están ayudando con la información que nos han solicitado para el estudio de Impacto Ambiental, los Ingenieros, para poder cumplir en tiempo muy probablemente vamos a tener que darle apoyo al equipo que va estar haciendo estos estudios con la incorporación de nuestro geólogo, eso va implicar un tiempo a dedicar a esta tarea en especial, la cual para esta administración la construcción del puesto 5-7 es prioridad número. Lo otro es que dentro de los compromisos que tenemos de los proyectos que está ejecutando la Institución habría que ver cuánto es ese tiempo que nos tenemos que reservar, porque en el momento que adquirimos un compromiso con las Municipalidades tenemos que cumplir, pero además ese tiempo que le podemos dedicar con nuestro geólogo a las Municipalidades que sea repartido de manera equitativa, que no vaya a ser que una municipalidad se vaya a beneficiar más que otra, esto quiere decir que hay que priorizar, los apoyo a las municipalidades deben en acciones estratégicas de mucho impacto a nivel del cantón, recuerden que son 6 cantones, tenemos un solo geólogo y las demandas son demasiadas. LICDA. VERONICA TAYLOR: Doña Ann cuando se trata de geólogos, lo que se hace usualmente es hacerlo responsable de la extracción ante SETENA, ellos van y hacen una visita al sitio una vez al mes cuando están sacando material, llenan las bitácoras no es tan presencial como otros técnicos que tienen que estar ahí cuando la pala está escarbando. LICDA. ANN MC KINLEY: Lo que pasa doña Verónica es que hemos tenido solicitudes de las Municipalidades que quieren que les traslademos personal, me entiende? Al Ing. Villareal se lo quieren llevar y ni siquiera lo traigo aquí al Consejo porque nos hacen falta más bien ingenieros como Villarreal en la institución. ING. JORGE SOTO: Estamos pensando en un convenio abierto, porque entonces, no podríamos, estamos investigando cuánto vale el trámite de una concesión, el día de mañana el servicio del geólogo esté para dos o tres cosas específicamente, ya

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para cerrar, porque si no lo podemos dejar abierto, eso lo hemos analizado y ni lo podemos dejar sin hacer. LICDA ANN MC KINLEY: Que bien. Ok entonces alguna otra participación, suficientemente discutida, quienes estén de acuerdo sírvanse levantar la mano, APROBADO. ACUERDO No.025-15 AUTORIZAR A LA ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO

COORDINAR CON LAS DIFERENTES MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE LIMÓN LA FIRMA DE UN CONVENIO PARA BRINDAR EL SERVICIO PROFESIONAL DEL GEÓLOGO DE JAPDEVA, EN LOS TEMAS DE IMPORTANCIA TALES COMO FUENTES DE MATERIALES, ESTUDIOS TÉCNICOS DEL SUELO, INTERVENCIÓN ANTE EMERGENCIAS COMO DESLIZAMIENTOS, INUNDACIONES Y CASOS ESPECÍFICOS DE SU LABOR ENTRE OTRAS.

EL BORRADOR DEL CONVENIO DEBERÁ SER PRESENTADO ANTE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA SU ANALISIS Y POSTERIOR APROBACIÓN.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME III-f) OFICIO GD-024-2015 SOLICITUD A LA CONTRATACIÓN DE

AUTOBUS PARA EL TRANSPORTE DE ESTUDIANTES, GRUPOS CULTURALES, CENTROS EDUCATIVOS Y OTROS A LOS DIFERENTES CANTONES DE LIMÓN Y LA CAPITAL DE SAN JOSÉ.

LICDA. ANN MC KINLEY: Constantemente tenemos acá en el Consejo, para un transporte apoyar actividades diversas de intercambio entre pequeños, agricultores, grupos culturales, centros educativos, que necesitan ya sea hacer intercambios a nivel interno de la provincia, o desplazarse a otras partes del país. Los buses de nuestra institución no cuentan con los permisos para el transporte de personas que no sean funcionarios de la institución, lo cual en caso de un accidente compromete a nuestra institución ya que las pólizas del INS, no tienen cobertura para brindar este tipo de apoyos.

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El objetivo de este oficio es que la Administración de Desarrollo proceda a hacer una contratación para tener una orden de compra, y así el Consejo pueda atender este tipo de solicitudes cuando se presentan, obviamente aquí dentro de esta justificación entiendo que esto sería únicamente cuando el Consejo de Administración lo autorice previamente. Hay una propuesta de acuerdo que sería para que el Consejo de Administración autorice a la Administración de Desarrollo incluir dentro del presupuesto una partida para la contratación de servicios de transportes para el servicio de pequeños agricultores, grupos culturales, centros educativos y otros, en diferentes cantones en la provincia de Limón y la capital. LICDA. VERONICA TAYLOR: Si se va hacer una sola contestación anual de lo que me parece que se desea, habría que definir un momento de cuanto es lo que podemos asignar para ese caso. LICDA. ANN MC KINLEY: Habría que hacer un estudio para saber cuál es la demanda, lo cual nos serviría como punto de partida para que nos hagan una propuesta del monto a presupuestar para este fin. Es necesario tener claro cuál sería el monto adecuado, teniendo presente las limitaciones presupuestarias, lo cual no nos permitiría decirle si a toda solicitud que viene en esta línea. El aprobar esto, implica definir algunos criterios que se deben tomar en cuenta a la hora que la Comisión de Ayudas Comunales nos haga una recomendación sobre solicitudes en esta línea. Esta propuesta de criterios debe venir a este Consejo de Administración para su debida aprobación. LICDA. VERONICA TAYLOR: Y ponerle un monto a esto. LICDA. ANN MC KINLEY: Pero que esta propuesta lo haga Jorge de acuerdo a su experiencia. ING. JORGE SOTO: Si no es que se les da eso nunca los niños conocerán el Parque de Diversiones, entonces hay casos muy especiales, creo que se puede hacer un esfuerzo, para dar ese servicio, seleccionados lógicamente por el Consejo de Administración. LICDA. ANN MC KINLEY: Cabe mencionar además, que hay una propuesta que surge a partir de una recomendación de la Directora Doña Justa Romero sobre lo importante y estratégico el llevar el puerto a las comunidades y la Licda. Ana Grace Charles preparó un documento de cómo podríamos hacer eso, de tal manera que pudiéramos seleccionar estudiantes de algunas comunidades que no están en el Cantón Central de Limón, que podrían visitar nuestras instalaciones portuarias, hacer un recorrido en los dos puertos, explicarles cómo funciona la actividad portuaria y además poderles ofrecer un refrigerio adecuado, todo esto pensando en

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la importancia en motivar a nuestros jóvenes a incluir dentro de sus aspiraciones profesionales carreras afines a la actividad portuaria. ING. JORGE SOTO: Ojala cruceros. Para que lo vea de largo por lo menos. LICDA ANN MC KINLEY: De esta manera que esto pueda servir como un estímulo, para que estos jóvenes, dentro de su sueño piensen,…mira a mí me encantaría estudiar algo a fin para la actividad portuaria…, yo quisiera ser, dentro de los objetivos de JAPDEVA esta promover el desarrollo integral de nuestra provincia, por lo tanto debemos incluir estrategias que incluyan la parte educativa y nuestra población joven. LICDA. ANN MC KINLEY: Vamos a someter a votación este punto. LICDA. VERONICA TAYLOR: Pero lo del bus tiene que saber cuánto va ser el monto ING. JORGE SOTO: No fijen ustedes el monto. LICDA. ANN MC KINLEY: No, la Administración de Desarrollo debe hacer una propuesta concreta para el monto, ahora la que vamos a someter a votación seria nuestro consentimiento para que don Jorge nos prepare la propuesta como tal. ING. JORGE SOTO: Ok. LICDA. VERONICA TAYLOR: Entonces lo llevamos a votar. LICDA. ANN MC KINLEY: Quiénes estén de acuerdo en aprobar esta moción Aquí lo que vamos votar es la propuesta, que él nos traiga una propuesta ya donde viene con monto y de todo pero estamos de acuerdo en eso. APROBADO. ACUERDO NO. 026-15 1.-AUTORIZAR A LA ADMINISTRACIÓN DE

DESARROLLO INCLUIR DENTRO DEL PRESUPUESTO UNA PARTIDA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AUTOBÚS PARA APOYAR ACTIVIDADES ESTRATEGICAS DE INTERCAMBIO PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES, GRUPOS CULTURALES - ETNICOS, CENTROS EDUCATIVOS Y OTROS, TANTO A NIVEL INTERNO DE LA PROVINCIA COMO FUERA DE LIMON.

2.- LA GERENCIA DE DESARROLLO DEBERÁ DE PRESENTAR ANTE EL CONSEJO EL MONTO

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ESPECÍFICO PARA SER INCLUIDO EN LA PARTIDA PRESUPUESTARIA CORRESPONDIENTE. 3.- ELABORAR UNA PROPUESTA DE CRITERIOS ESTRATEGICOS PARA TOMARLOS EN CUENTA A LA HORA DE REALIZAR EL ANALISIS DE VIABILIDAD DE LA SOLICITUDES DE APOYO EN ESTE SENTIDO. ESTA PROPUESTA DEBE SER APROBADO POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION.

APROBADO POR UNANIMIDAD A CUERDO FIRME

ARTICULO IV MOCIONES DE LOS SEÑORES DIRECTORES. IV-a) SOLICITUD AL ICE PARA ELECTRIFICACIÓN DE COMUNIDADES

INDÍGENAS EN EL CANTÓN TALAMANCA. LICDA ANN MC KINLEY: Tiene la palabra la Directora doña Justa Romero. SRA JUSTA ROMERO: Decirle a los compañeros que hoy temprano me llamaron de COROMA y me dijeron que el compañero que está coordinando allá me dijo… “doña Justa, te estoy llamando porque me di cuenta que usted sesiona los jueves, mira de parte de nosotros de COROMA BAJO CUEN, llévele un cordial saludo a la Junta Directiva de JAPDEVA, porque estamos sumamente contentísimos, estamos sumamente alegres, porque en realidad ya se está trabajando en la comunidad , pero excelentísimo con ellos, pero algún coordinador verdad”. Comunican el debido respeto para la Junta, el señor se llama don Hermenilio, está muy agradecido con la Gerencia de Desarrollo, está muy agradecido porque don Jorge fue directamente a coordinar con él, aunque como todo ahí hubieron gente que quisieron meterse, hubieron dirigentes que saben cómo se está coordinando y separaron y entonces no quería que se fuera esta sesión sin antes darles el saludo realmente de las comunidades que están muy contentos. Solo el que está en el lugar sabe la necesidad, realmente y también me sugirieron de que como a ellos se les dijeron de que hay un proyecto de la luz donde se está trabajando ahorita, y que no se tiene luz, entonces que si podíamos ir gestionado eso con el ICE

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El cuanto al agua ya lo están trabajando y creo que si seguimos así haciendo trabajos puntuales nosotros vamos a quedar muy bien, porque estamos cumpliendo con lo que realmente tenemos que hacer. LICDA. ANN MC KINLEY: Su propuesta de acuerdo Doña Justa como estamos en la parte mociones de los señores directores, es que esta Junta le autorice a la Presidencia, para que le mande una nota al ICE, haciéndole la solicitud del proyecto de electrificación de parte de esas comunidades, después usted me pasa los datos concretos para elaborar dicha nota. Quienes estén de acuerdo sírvanse levantar la mano. ACUERDO No.027-15 AUTORIZAR A LA PRESIDENCIA EJECUTIVA REMITIR

UNA NOTA AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD SOLICITANDO APOYO PARA EL PROYECTO DE ELECTRIFICACIÓN DE LA COMUNIDAD DE COROMA Y BAJO CUEN DEL CANTÓN DE TALAMANCA.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

IV-b) SOLICITUD DE TRANSPORTE PARA LOS SEÑORES Y SEÑORAS DIRECTORAS PARA ATENDER COMPROMISOS PROPIOS DE SUS FUNCIONES.

LICDA ANN MC KINLEY: Tiene la palabra el Director Delroy Barton. SR DELROY BARTON: Es muy frecuente la invitación que reciben diferentes miembros de la Junta Directiva para participar en diferentes eventos, con mayor frecuencia nos encontramos el Sr. Foster y yo en diferentes situaciones de atender con las premuras de la invitación, con todo el espíritu de servicio, no ha habido limitación para que viajemos sin embargo, a veces cuando uno tiene que hacer viajes a San Jose, Limón, San Jose, Limón, vía Turrialba realmente uno se pone a reflexionar si repite el viaje, desde esa perspectiva. Sabiendo de la existencia del vehículo asignado a la Junta Directiva, y con toda la objetividad que nos ha impulsado aceptar y fungir como directivos, me permito solicitar que se tome el acuerdo, de autorizar a la Gerencia General a gestar la asignación de vehículos a los directivos que deban atender compromiso propios de su función, en algunos casos nos informan un viernes a las 3 de la tarde, que hay que estar en San Jose lunes a las 7, pero ya la logística institucional está detenida entonces hay que buscar una forma en que tengan capacidad de autorización que no requiera tanto tramite, esa es la primera moción.

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LICDA ANN MCKINLEY: Quienes estén de acuerdo con esta moción sírvanse levantar la mano: APROBADO. ACUERDO No.028-15 AUTORIZAR A LA GERENCIA GENERAL REALIZAR LA

GESTIÓN DE ASIGNACIÓN DE UN VEHICULO A LOS SEÑORES DIRECTORES QUE DEBAN ATENDER COMPROMISOS PROPIOS DE SU FUNCIÓN.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

IV-c) SOLICITUD DE ASIGNACIÓN DE PRESUPUESTO DE LOS

ESCENARIO QUE PERMITIRÁN EL TRASLADO DE LA GERENCIA DE DESARROLLO EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE

LICDA ANN MC KINLEY: Tiene la palabra el Director Delroy Barton. SR DELROY BARTON: Hemos pasado tres semanas revisando, la conformación del cartel para adquirir la grúa, para el equipamiento portuario, y también hemos hablado de la necesidad de ir adquiriendo el sistema de rieles para este proceso, no obstante, hay otros trabajos igualmente simultáneos que hay que hacer. Me gustaría proponer a los compañeros directivos, asignarle y pedirle a la Gerencia de Desarrollo un programa y un presupuesto de los escenarios que permitirán, el traslado de dichas instalaciones para los puestos 5-6 y 5-7. Hemos hablado del Edifico del Centro de Servicios como una opción de traslados, pero no se le ha dado más atención, está la otra propuesta que sabemos es lo del Edificio único de la Institución pero eso va requerir su tiempo, con la idea de ir simultanea paralelamente hacia la modernización y equipamiento portuario, pedirle a la gerencia de Desarrollo que nos asigne presupuesto de los escenario que permitirán su traslado en el menos tiempo posible. Esta hablado pero no está con fecha entonces e un poco hablemos de esos escenarios hablemos de los costos y pongámosle tiempo para que no haya ningún atraso, entre más nos adelantemos más entusiasmados estaremos. SR PABLO DIAZ: Para apoyar la moción inclusive ya se le ha pedido, todo lo que implica el traslado, porque no solamente recuerde que en el centro ahí en el IMAS había que acondicionar dos edificios, pero no solamente e acondicionamiento sino la gente de transporte, implica un par de cosas más pero muy bien, ya se le ha solicitado y se está trabajando sobre eso, creo que apenas inclusive la próxima semana tenemos reunión con los compañeros de Ingeniería del puerto porque ellos

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tienen una información que necesita Desarrollo pero estamos ya en ese proceso y muy bien por supuesto que sí. SR. DELROY BARTON: Y para terminar. LICDA. VERONICA TAYLOR: Hay un acuerdo de Junta que cuando se decidió el traslado se definió o que fuera el IMAS? LICDA. ANN MC KINLEY: Si es cierto es en el IMAS y le hemos estado dandole seguimiento. LICDA. VERONICA TAYLOR: No, pero como él dice que hay otro lugar entonces hubiese que revisar habría también que revisar también acuerdo por aquello que nos quede por ahí. LICDA. ANN MCKINLEY: Bueno, es importante mencionar que las negociaciones que esta presidencia ha estado haciendo, es para trasladar Desarrollo al IMAS. SR. JOSE APONTE: El IMAS es transitorio porque el edificio va construir. LICDA. ANN MCKINLEY: Por lo mismo, es transitorio pero se debe preparar ese traslado como corresponde. SR. JOSE APONTE: Desarrollo esta otra cosa. LICDA. VERONICA ATYLOR: Por eso el señor director está tomando como precaución, que nos presenten eso y que sea con acuerdo conforme a lo que ha dicho como ha resultado en la línea es lo que se quiere, para que no se dispersen los esfuerzos y vayamos hacia el camino que todos estamos definiendo. LICDA. ANN MC KINLEY: Quienes estén de acuerdo sírvanse levantar la mano. Aproado por unanimidad. ACUERDO NO. 029-15 SOLICITAR A LA GERENCIA DE DESARROLLO

ASIGNAR EL PRESUPUESTO DE LOS ESCENARIOS QUE PERMITIRÁN EL TRASLADO DE LAS INSTALACIONES DE DESARROLLO EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE EN RAZÓN DE LA MODERNIZACIÓN Y EQUIPAMIENTO PORTUARIO.

ACUERDO FIRME

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IV-d) SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE GASTOS PARA LA ATENCIÓN DE UN REFRIGERIO A LOS GRUPOS AFRO DESCENDIENTES, MIGRANTES E INDÍGENAS, EL PLAN DE COSTA RICA POR EL CARIBE PARA EL 27 DE ENERO 2015.

LICDA ANN MC KINLEY: Tiene la palabra el Director Delroy Barton. SR DELROY BARTON: Y por último también quisiera, de las acciones u animadamente, dirige doña Ann; de divulgar al máximo los compromisos alrededor de la región, pero particularmente aquí en JAPDEVA juega un papel predominante. Se ha convocado a los grupos afro descendientes y subdirectores para plantearles cinco temas, entre ellos están los derechos del afro descendientes, migrantes e indígenas, el plan de Costa Rica por el Caribe. El decenio del año de las personas afro descendientes, las políticas nacionales existentes y el nombramiento del nuevo comisionado de asuntos afro descendentes que se ha dado. Tenemos también la propuesta de que estos grupos tienen algunos proyectos, pero que les hace falta consolidarlos, en dos reuniones que hemos tenido han sido un poco para informarles de las dinámicas internas de la Institución, esta reunión es con el propósito de tener personas informadas aliadas en el esfuerzo de la Institución, y tercero como apoyarlos para las actividades que puedan generar empleo esta actividad será el 27 de enero a las 2 pm. Y solicito a la administración, que pueda cubrir los gastos de refrigerio, y alquiler de sillas, porque la actividad se va hacer en la sala de cruceros. LICDA ANN MC KINLEY: Al Consejo de Administración seria. SR DELROY BARTON: Al Consejo Administración, porque esta propuesta que conversamos de traernos los estudiantes a conocer el puerto es una política que acerca a las personas a la actividad portuaria, hemos escogido la Sala de Cruceros como ese espacio que llega a las personas y les hablemos en un espacio portuario, pero que a su vez está ligado al futuro de las actividades que podrá anhelar, entonces hay que alquilar sillas , y la idea es brindarles un refrigerio, entonces mi propuesta es solicitar a este Consejo de Administración el presupuesto para cubrir los costos de refrigerio y amueblar la Sala y aproximadamente unas 25 30 personas. LICDA. VERONICA TAYLOR: Tal vez don Delroy, la logística de la Institución eso le corresponde a Desarrollo por el tema de presupuesto habría que ver de qué reglón sale, no; y más o menos cuanto es, la pregunta. LICDA. ANN MC KINLEY: Cuando estamos hablando en este caso sería unos 60 o 80 mil colones porque es darle un cafecito, un tecito frio con pan bon o otra

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repostería, sería la autorización para ver si lo sacamos de la administración de Desarrollo o Portuaria? LICDA. VERONICA TAYLOR: No más que todo es eso porque como Desarrollo es el que se encarga de la promoción y él es que tiene toda la plataforma de lo que son los trabajos que se hacen hacia la comunidad, y era Desarrollo a la que le correspondía como cuanto son 150 ,300 mil colones? LICDA. ANN MC KINLEY: No, no pasa de 80 mil colones también son refrigerios baratos. LICDA. VERONICA TAYLOR: Cuantas personas son? SR. DELROY BARTON: 25 personas . SR. JOSE APONTE: El asunto es que si usted le pone por un monto y después no alcanza, después comienzan a buscar. LICDA. ANN MC KINLEY: No, aquí estamos hablando de comprar por ejemplo un pan bon y el café o té lo preparamos, las sillas si tenemos que alquilarlas pero su costo es bajo. LICDA. VERONICA TAYLOR: Entonces el damos 70 y si no que busque don Delroy .lo que le falta. LICDA ANN MC KINLEY: Máximo 100 mil colones, porque si usted pone 300 mil entonces buscan la sillas más finas, contratan el refrigerio. Serian 100 mil colones máximo, pero igual de eso nosotras nos encargamos de que sea lo más económico. Quienes están de acuerdo sírvanse levantar la mano. APROBADO POR UNANIMIDAD. ACUERDO NO.030-15 AUTORIZAR A LA ADMINISTRACIÓN BRINDAR

UN REFRIGERIO HASTA POR LA SUMA DE 100.000.00 (CIEN MIL COLONES) PARA LA ATENCIÓN DE LOS GRUPOS AFRODECENDIENTES, MIGRANTES E INDÍGENAS, DENTRO DEL PLAN DE COSTA RICA POR EL CARIBE PARA EL DIA 27 DE ENERO 2015 EN LA SALA DE CRUCEROS DE LA INSTITUCIÓN.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

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IV-e) SOLICITUD DE APOYO A LA COOPERATIVA DE JAPDEVA COOPEJAP

EN SU GESTIÓN CON INFOCOP O EL FONDO DE AHORRO DE JAPDEVA.

LICDA ANN MC KINLEY: Tenemos una moción de don Armando, pero yo le pediría con todo respeto a Don Armando, que me dé tiempo de pasársela al Departamento Legal a ver si es posible que nosotras podamos hacer prestamos en ese sentido, si la ley nos lo permite en un caso como este antes de someterlo a discusión y votación de los directores. Tiene la palabra el señor Director Armando Foster. SR ARMANDO FOSTER: Es en torno a la problemática que está viviendo COOPEJAP. COOPEJAP es la Cooperativa de los trabajadores de JAPDEVA, COOPEJAP tiene una situación económica muy delicada, para lo cual se le está o está gestionado un crédito ante el INFOCOP, ese crédito le ha venido demorando los trámites y había un compromiso de que el crédito se les iba aprobar en diciembre, porque ellos tenían la obligación de devolverle a los asociados el bono navideño, sin embargo el crédito no fue aprobado en diciembre y ahora se les prometió la aprobación en las primeras semanas de enero, sin embargo los analistas les están renovar los documentos porque se vencieron entonces eso se va demorar días o semanas más. Están con la presión de los asociados, desde diciembre están esperando su bono navideño, además tienen compromisos con acreedores que se les están venciendo, a ellos les urge crédito puente para salvar su situación, caso contrario de resolver eso es probable que surjan demandas y podría redundar en el cierre de la Cooperativa, así de delicada está la situación COOPEJAP, ellos requieren de una solución de aquí a 15 días, para evitar la intervención de la Cooperativa, entonces como alternativa se ventila la posibilidad que el Fondo de Ahorro se les otorgue un préstamo puente, mientras sale el crédito de INFOCOP. LICDA. ANN MC KINLEY: Se necesita varias cosas, para que queden en actas, esta Administración ha sido muy solidaria y cuando digo esta Administración digo el Consejo, hemos estados dándole acompañamiento a nuestros cooperativa solicitamos una audiencia en la INFOCOP, fuimos a sesión de la Junta Directiva del INFOCOP, esto fue el año pasado y fue precisamente para hablas sobre la situación de nuestra cooperativa, a partir de nuestra preocupación en esa sesión los directivos aprobaron un acuerdo en donde se comprometían darle trámite rápido a la solicitud de la Cooperativa. En esa sesión se hizo un análisis de casos similares o peores en cuanto a crisis que han pasado otras cooperativas y en donde el INFOCOP prácticamente los ha sacado de cuidados intensivos para que no llegaran a morir y por lo tanto porque no

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apoyar a COOPEJAP que todavía no está en las ultimas, apelamos a que no estamos sintiendo por parte de ellos solidaridad con nuestra cooperativa como corresponde. En esa sesión de Junta Directiva del INFOCOP me acompaño el Director don Armando Foster, y vale la pena aclarar que el acuerdo por parte del INFOCOP fue con el compromiso de parte de ellos que iban a hacer todo lo posible para aprobar dicho préstamo antes de irse a vacaciones en diciembre, pero además nos enteramos en esa sesión que el INFOCOP tenía como parte de las prioridades para el fortalecimiento del Cooperativismo a la Zona Norte y no la provincia de Limón, por lo tanto producto de la reflexión que se hizo se logró incidir para que ellos mismos reconocieran que la zona norte a nivel del cooperativismo esta bien y no nuestra provincia y por lo tanto aprobaron hacer un cambio en su plan de trabajo para el año 2015 y que la provincia de Limón estuviese dentro de sus prioridades, y le dieron las instrucciones a las respectivas gerencias para que monten una propuesta concreta para fortalecer el movimiento cooperativista en nuestra provincia por parte del INFOCOP. Tenemos bien claro que el préstamo no avanzado porque de parte de mandos medios INFOCOP no le han dado la prioridad correspondiente, pero sí creo que si es importante aquí dejar bien claro, nosotras hemos estado dándole acompañamiento hasta donde podemos a nuestra cooperativa, de todas maneras para no adelantar un criterio le he pedido a la jefa del Departamento Legal que haga un análisis sobre esta moción y que nos den su criterio jurídico como Departamento Legal antes de entrar a analizar por el fondo en esta junta directiva esta moción de don Armando Foster si jurídicamente es viable o no. Por lo tanto como hoy no tenemos los elementos necesarios como para entrarle a la discusión por el fondo de esta moción de don Armando, así que le pediría al compañero Armando Foster que nos dé tiempo para que se haga el respectivo análisis jurídico por parte del Departamento Legal y si está para la semana entrante, que quisiera que hagan el esfuerzo para que este, por lo que me dice que solo le quedan 15 días a nuestra cooperativa para buscar una salida alterna, y que lo que nos vayan a traer a la junta directiva primero lo vea don Pablo Diaz para corroborar la viabilidad técnica además de la jurídica, superada esta parte le corresponderá a esta junta directiva analizar otros posibles a nivel político riesgos. Al respecto esta moción queda pendiente de analizar por parte del Departamento Legal. ARTICULO V ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA. NO SE PRESENTARON

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ARTICULO VI ASUNTOS DE LA AUDITORIA GENERAL

NO SE PRESENTARON

ARTICULO VII ASUNTOS LEGALES VII-a) AL-571 -2014 LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACIÓN DECENAL

QUE PESA SOBRE EL LOTE NÚMERO 276-B, SEGUNDA ETAPA DE LA URBANIZACIÓN LOS COCOS.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tenemos el lote número 276-b, Segunda Etapa de la Urbanización Los Cocos. El adjudicatario directo del lote número 276-b de la Urbanización Los Cocos, el señor Rafael Barrientos Arias, solicita que se levante la limitación decenal que pesa sobre su lote, con base a lo dispuesto por la Ley 6609, a su vez solicita que se autorice la segregación de dicho lote. Luego de realizar el análisis de la solicitud y la documentación presentada, el Departamento Legal de nuestra institución concluye que es procedente realizar el levantamiento de la limitación decenal del lote número 276-b, así mismo, por cumplir con los requisitos necesarios, se recomienda realizar la segregación de dicho lote. ACUERDO No.031-15 DE CONFORMIDAD CON LAS RECOMENDACIONES

EMITIDAS POR EL DEPARTAMENTO LEGAL MEDIANTE OFICIO AL-571-2014 SE APRUEBA EL LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACIÒN DECENAL EXISTENTE EN EL LOTE NO. 276-B UBICADO EN LA URBANIZACIÒN LOS COCOS, II

ETAPA, PROPIEDAD DEL SR. RAFAEL BARRIENTOS ARIAS.

APROBAR LA SEGREGACIÓN DEL LOTE NUMERO

276-B.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME VII-b) OFICIO AL-572-2014 LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACIÓN

DECENAL QUE PESA SOBRE EL LOTE NÚMERO 154-B, SEGUNDA ETAPA DE LA URBANIZACIÓN LOS COCOS.

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LICDA. ANN MC KINLEY: Tenemos el lote número 154-b, Segunda Etapa de la Urbanización Los Cocos. El adjudicatario directo del lote número 154-b de la Urbanización Los Cocos, el señor Edgar Arrieta Ardon, solicita que se levante la limitación decenal que pesa sobre su lote, con base a lo dispuesto por la Ley 6609, a su vez solicita que se autorice la segregación de dicho lote. Luego de realizar el análisis de la solicitud y la documentación presentada, el Departamento Legal de nuestra institución concluye que es procedente realizar el levantamiento de la limitación decenal del lote número 154-b, así mismo, por haber aportado un plano sin catastrar, se recomienda no autorizar la segregación de dicho lote (hasta que el gestionante aporte el plano debidamente catastrado). ACUERDO No.032-15 DE CONFORMIDAD CON LAS RECOMENDACIONES

EMITIDAS POR EL DEPARTAMENTO LEGAL MEDIANTE OFICIO AL-572-2014 SE APRUEBA EL LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACIÒN DECENAL EXISTENTE EN EL LOTE NO. 154-B UBICADO EN LA URBANIZACIÒN LOS COCOS, II

ETAPA, PROPIEDAD DEL SR. EDGAR ARRIETA ARDÓN. NO APROBAR LA SEGREGACIÓN DEL LOTE NÚMERO

154-B HASTA QUE EL GESTIONANTE APORTE EL PLANO DEBIDAMENTE CATASTRADO DEL LOTE.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

VII-c) OFICIO AL-573-2014 LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACIÓN

DECENAL QUE PESA SOBRE EL LOTE NÚMERO 165-B, SEGUNDA ETAPA DE LA URBANIZACIÓN LOS COCOS.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tenemos otra solicitud a saber el lote número 165-b, Segunda Etapa de la Urbanización Los Cocos. El adjudicatario directo del lote número 165-b de la Urbanización Los Cocos, el señor Gustavo Meneses Echeverría, solicita que se levante la limitación decenal que pesa sobre su lote, con base a lo dispuesto por la Ley 6609, a su vez solicita que se autorice la segregación de dicho lote. Luego de realizar el análisis de la solicitud y la documentación presentada, el Departamento Legal de nuestra institución concluye que es procedente realizar el levantamiento de la limitación decenal del lote número 165-b, así mismo, por haber aportado un plano sin catastrar, se recomienda no autorizar la segregación de dicho lote (hasta que el gestionante aporte el plano debidamente catastrado).

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ACUERDO No.033-15 DE CONFORMIDAD CON LAS RECOMENDACIONES

EMITIDAS POR EL DEPARTAMENTO LEGAL MEDIANTE OFICIO AL-573-2014 SE APRUEBA EL LEVANTAMIENTO DE LA LIMITACIÒN DECENAL EXISTENTE EN EL LOTE NO. 165-B UBICADO EN LA URBANIZACIÒN LOS COCOS, II ETAPA, PROPIEDAD DEL SR. GUSTAVO MENESES ECHEVERRÍA.

NO APROBAR LA SEGREGACIÓN DEL LOTE NUMERO

165-B HASTA QUE EL GESTIONANTE APORTE EL PLANO DEBIDAMENTE CATASTRADO.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

VII-d) OFICIO AL-683-2014 LEVANTAMIENTO LIMITACIÓN DECENAL

QUE PESA SOBRE EL LOTE NÚMERO 119 DE LA SEGUNDA ETAPA DE LA URBANIZACIÓN LOS COCOS.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tenemos el lote número 119, segunda etapa de la Urbanización Los Cocos, lo que corresponde a la documentación consta en actas, fue remitida a la Comisión de Vivienda mediante el oficio 04-2004 y el oficio ID-141-2014 de la Oficina de Topografía donde se informa que la anterior petición de segregación e inscripción se encuentra conforme a derecho por lo consiguiente se procede a indicarle al presente que realice la gestión pertinente. SE DEJA PENDIENTE HASTA QUE LA COMISIÓN DE VIVIENDA LO REVISE Y NOS DIGA INFORME NUEVAMENTE SOBRE SU RECOMENDACION. VII-e) OFICIO AL-518-2014 CRITERIO LEGAL CON RELACIÓN A

SOLICITUD DE EXONERACIÓN DE BODEGAJE DEL SEÑOR ELOY HARRIS.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tiene la palabra la licenciada Giselle Mora.

LICDA. GISELLE MORA: Se presenta el oficio AL-500-2014-SJ, en el que se

atiende solicitud de exoneración de bodegaje que realiza a este Consejo de

Administración el señor Eloy Harris Hernández.

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Cabe indicar que desde el 23 de enero del 2006 el señor Harris Hernández le realiza

una petición al Consejo de Administración para que se le exonerara del pago de

bodegaje un contenedor y/o furgón que él había adquirido.

Sin embargo, nuevamente el 19 de agosto del año 2014, vuelve a solicitar a esta

administración se le exonere del pago del bodegaje de dicho furgón y/o contenedor.

Dicho oficio antes de ser trasladado a ese Consejo la señora Presidenta Ejecutiva,

mediante el oficio P.E. 757-2014 le solicita al señor Gerente Portuario Sr. Jose

Alberto Aponte le rinda un informe con relación a la solicitud del señor Eloy Harris.

La Gerencia Portuaria rinde su informe con oficio GP-843-2014, y en lo que interesa

indica que:

1- Que el contenedor y/o ingreso por vía marítima, y que el documento que

extiende la aduana que declara el ingreso por vía terrestre no es correcto.

2- Que si el consignatario es el señor Harris no requería una donación de la

Aduana para reclamarlo pues él debería contar con las facturas originales.

3- Ello significa que los aspectos señalados arriba despiertan la curiosidad sobre

la veracidad documental.

En el oficio arriba señalado sea el AL-518-2014 SJ, se indica muy claramente todo el

proceso que este tema de la solicitud de exoneración de bodegaje del contenedor y/

o furgón del señor Harris Hernández ha tenido a través del tiempo. Nótese que

desde el año 2005 se ha solicitado la exoneración de bodegaje de ese furgón y/o

contenedor, pasando incluso por intentos de donación para liberar el pago del

bodegaje, hecho que por cierto no ha surtido efecto.

Así las cosas desde el año 2005, el Departamento legal ha estado vertiendo criterios

en relación con el tema de la solicitud del señor Harris Hernández, mismo hecho

sucedió en el año 2007, en el 2013 y finalmente en el 2014.

Finalmente y para no ahondar aún más en el tema, ya que toda la información

pertinente consta en el oficio AL-518-2014, cabe destacar lo que disponen los

artículos 17 y 22 del reglamento de operaciones portuarias que a la letra disponen:

Artículo 17: “Se prohíbe la prestación gratuita de los servicios a cualquier

persona física o jurídica así como cualquier forma de exención.”

Artículo 22: “Salvo ley expresa que autorice JAPDEVA, no exonerará de pago a

ningún usuario por los servicios portuarios, sea estatal o particular.”

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1.- De conformidad con dispuesto en los artículos 17 y 22 del Reglamento de

Operaciones Portuarias se rechaza la solicitud del señor Eloy Harris

Hernández para exonerar del pago de bodegaje al contenedor y/o furgón

número VTRZ 237093 que dice es de su propiedad.

2.- Una vez cancelado el monto correspondiente al pago de bodegaje libérese

de toda responsabilidad al contenedor y/o furgón VTRZ 237093 y entréguese el

mismo al señor Eloy Harris Hernández, previa comprobación legal de ser el

legítimo dueño.

El señor Harris ha tratado de donarlo a una escuela.

LICDA. ANN MC KINLEY: Tiene la palabra el señor Gerente Portuario don Jose Aponte. SR. JOSE APONTE: En el caso del señor Harris, cuando hace la primera solicitud,

la Junta con el deseo de ayudarlo hace una modificación reglamentaria de forma tal

que cuando algo es producto de una donación de aduana, se libera el cobro del

bodegaje hasta el momento en que la Aduana extiende el documento de donación,

en ese sentido, cuando la Aduna extiende eso y no se ha hecho la modificación al

Reglamento, la modificación del Reglamento se hace para ayudarlo y en aquel

momento en que sucedió eso, si él hubiera pagado 10 , 15 , 20 días que tenía el lo

lleva y no pasa nada.

Lo que sucede a hoy son tres años, el problema en mi caso, cuando llego, él lleva

cerca de seis años para que le liberen el asunto, cuando reviso el documento, el

consignatario es él, y si él es el consignatario, la Aduana no tenía por qué

regalárselo porque le pertenecía, el documento como consignatario, no

necesariamente es original, pero además resulta que el que él tiene donde es el

consignatario dice que la unidad del contendor entró por Sixaola , entre la fecha

original de ingreso a puerto que tiene y la real tiene una diferencia como de tres a

cuatro años, y la original entró vía marítima, o sea que ese documento es

cuestionable.

En realidad no lo entiendo, lo recibí en mi oficina, por lo menos cuatro veces, no sé

si a él se le olvida que habló conmigo, no le veo sentido.

LICDA. ANN MC KINLEY: Vamos a someter a votación la propuesta de acuerdo,

quienes están de acuerdo sírvanse levantar la mano. Aprobado

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ACUERDO NO. 034-15 1.- DE CONFORMIDAD CON DISPUESTO EN

LOS ARTÍCULOS 17 Y 22 DEL REGLAMENTO DE

OPERACIONES PORTUARIAS SE RECHAZA LA

SOLICITUD DEL SEÑOR ELOY HARRIS

HERNÁNDEZ PARA EXONERAR DEL PAGO DE

BODEGAJE AL CONTENEDOR Y/O FURGÓN

NÚMERO VTRZ 237093 QUE DICE ES DE SU

PROPIEDAD.

2.- UNA VEZ CANCELADO EL MONTO

CORRESPONDIENTE AL PAGO DE BODEGAJE

LIBÉRESE DE TODA RESPONSABILIDAD AL

CONTENEDOR Y/O FURGÓN VTRZ 237093 Y

ENTRÉGUESE EL MISMO AL SEÑOR ELOY

HARRIS HERNÁNDEZ, PREVIA

COMPROBACIÓN LEGAL DE SER EL LEGÍTIMO

DUEÑO.

APROBADO POR UNANIMIDAD, ACUERDO FIRME

VII-f) OFICIO AL-001-2015, CRITERIO PROYECTO DE LEY NO. 19.378,

LEY PARA LA EDUCACIÓN DUAL. LICDA. ANN MC KINLEY: Tiene la palabra la licenciada Giselle Mora. LICDA. GISELLE MORA: Efectivamente Presentamos oficio AL-001-2015 sobre solicitud de criterio solicitado por la señora Silma Elisa Bolaños Cerdas, Jefa de Area de la Comisión Permanente de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, No. ECO-1161-2014, sobre el proyecto de Ley denominado “LEY PARA LA EDUCACIÓN DUAL EXP. 19.378” Este proyecto de ley regula la educación o formación profesional-técnica en la

modalidad dual, como un mecanismo de aprendizaje metódico, integral, práctico,

productivo y formativo, a través de una alianza estratégica entre la empresa, la

institución educativa y una entidad que certifique este mecanismo de aprendizaje, en

beneficio de las personas aprendices. Esta ley se aplica tanto para instituciones

públicas como privadas que deseen implementar esta modalidad de educación dual

en forma voluntaria.

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Para efectos de la presente ley, se entiende por "educación o formación profesional-

técnica en la modalidad dual" como aquella modalidad que permite el proceso de

enseñanza-aprendizaje en una entidad educativa, tanto pública como privada, y

capacitación práctica en una empresa de forma simultánea, alternando los

conocimientos teóricos adquiridos con la puesta en práctica o ejecución de los

mismos.

Del análisis jurídico sobre esta propuesta de Ley para la Educación Dual

visualizamos la necesidad de definir el nivel de escolaridad que puede lograr un

estudiante que opta por el sistema establecido en la ley. Incluir en la ley un

mecanismo legal para habilitar los programas de capacitación en las Instituciones

descentralizadas del Estado Costarricense, como JAPDEVA que proyecta

modernizarse para poder competir con la empresa privada mejorando la calidad de

los servicios que brindan al público.

Establecer en la ley un sistema de remuneración no salarial, sino en forma de becas

puesto que los participantes no son trabajadores sino estudiantes de este sistema de

educación y formación técnico-profesional. Además la ley no define el aporte

económico que las empresas destinaran garantizar el éxito del proyecto.

Para hacer realidad esta modalidad de educación, es muy importante el apoyo de

las empresas, tanto público como privado en nuestro país. Con ese propósito se

deben suscribir convenios con las empresas seleccionadas, en las que el alumnado

que curse alguna de las titulaciones seleccionadas pueda realizar sus prácticas, y

que finalmente estos acuerdos logren que los estudiantes adquieran una

cualificación profesional que les facilitará el acceso al mercado laboral.

De hecho, la Ley está proyectado para fomentar la inserción laboral de los jóvenes,

que es uno los objetivos más importantes las grandes políticas nacionales proyectos

por el gobierno para superar la brecha social por medio de la creación de más y más

empleo especialmente para la juventud Costarricense.

SR. PABLO DIAZ: Veo que se va ampliar el criterio porque del oficio hay varias

observaciones al proyecto de Ley, que hace falta más elemento, hay que tener

claridad que no se confunda con la pasantía que pueden hacer los estudiantes.

LICDA. ANN MC KINLEY: Quienes están de acuerdo en aprobar este criterio

sírvanse levantar la mano. Aprobado por unanimidad.

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ACUERDO NO.035-15 AUTORIZAR A LA PRESIDENCIA EJECUTIVA BRINDAR

LA RESPUESTA AL OFICIO ECO-1161-2014 DE LA

ASAMBLEA LEGISLATIVA, ESPECIFICAMENTE DE LA

COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS

ECONÓMICOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, LA

CUAL CONSULTA SOBRE EL PROYECTO DE LEY

DENOMINADO “LEY PARA LA EDUCACIÓN DUAL,

EXPEDIENTE Nº 19.378 , DE CONFORMIDAD CON EL

OFICIO AL--2014, PREPARADO POR EL

DEPARTAMENTO LEGAL.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME

VII-g) INFORME DE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN. PROPUESTA

DE RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO ADMINISTRATIVO PARA ESTABLECER LA SANCIÓN DE APERCIBIMIENTO CONTRA LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG S.A., INTERTUG S.A.

LICDA. ANN MC KINLEY: Se presenta INFORME DE CONCLUSIONES Y

RECOMENDACIONES PROPUESTA DE RESOLUCIÓN por parte del Órgano

Director en cumplimiento del Acuerdo No. 332-2014 de la Sesión Extraordinaria No.

21,2014, celebrada el 05 de septiembre del 2014, Artículo l del Consejo de

Administración, el cual acordó entre otros puntos que: “4- INICIESE

PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA SANCIÓN DE APERCIBIMIENTO

CONTRA LA EMPRESA INTERNACIONAL TUG-INTERTUG S.A, TAL Y COMO

LO DISPONE EL ARTÍCULO 99 INCISO A) DE LA LEY DE CONTRATACIÓN

ADMINISTRATIVA Y EL ARTÍCULO 215 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, PARA LO CUAL SE NOMBRA A LA LICDA.

LIDIA MORA ZELADA, ABOGADA DEL DEPARTAMENTO LEGAL”.

La presente recomendación tiene sus antecedentes en la Licitación Pública

No.2013LN-000002-01, cuyo objeto fue el ARREDAMIENTO CON OPCIÓN DE

COMPRA DE UN REMOLCADOR PARA EL SERVICIO PORTUARIO.

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Licitación Pública que le fue adjudicada a la empresa INTERNACIONAL TUG S.A. –

INTERTUG S.A, nacimiento a la vida jurídica mediante el Contrato No.32 suscrito

por ambas partes y refrendado por la Contraloría General de la República.

Pero una vez que dicho remolcador arriba al país, luego de un recibo provisional por

parte de la Unidad Solicitante se determina que el remolcador aparentemente

incumple con disposiciones cartelarias de la Licitación Pública No.2013LN-000002-

01.

Que una vez constituido este órgano Director y en cumplimiento del Acuerdo

No.332-2014 indicado líneas atrás, se procede a formular mediante Resolución de

las ocho horas del diecinueve de Noviembre del año dos mil catorce, la

RESOLUCIÓN INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS a la empresa

INTERNATUIONAL TUG S.A – INTERTUG S.A, iniciándose así el Procedimiento

Ordinario Administrativo para establecer la Sanción de Apercibimiento contra la

Empresa INTERNCAIONAL TUG-INTERTUG S.A, tal y como lo dispone el artículo

99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa el artículo 215 del Reglamento

a la Ley de Contratación Administrativa. En dicha resolución se establece: “l- Que

mediante acuerdo número 239-14 del Consejo de Administración de la Junta de

Administración Portuaria y de Desarrollo Económica de la Vertiente Atlántica,

aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria número 19-2014, celebrada el 29 de

mayo de 204, bajo el artículo lll inciso), se nombró un Órgano Director conformado

por la Licda. Badra María Núñez Vargas, abogada del Departamento Legal, Lic.

Walter Anderson Salomons, Proveedor de la Administración Portuaria y al Ing. Oliver

Díaz, Ingeniero Eléctrico, con el propósito de cumplir con el debido proceso, la

búsqueda de la verdad real a través del Procedimiento Ordinario Administrativo de

Resolución Unilateral de la Relación Contractual contra la empresa

INTERNATIONAL TUG-INTERTUG S.A, la cual fue formalizada mediante el contrato

número 32 del año 2013, denominado Contrato para el Arrendamiento con Opción

de Compra de Un Remolcador para el Servicio Portuario, cuyo origen fue la

Licitación Pública 2013LN-000002-01. (ver folio323).ll- Que una vez constituido dicho

órgano Director, mediante resolución de las diez horas del tres de julio de dos mil

catorce, se procedió a emitir la RESOLUCIÓN INICIAL DE TRASLADO DE

CARGOS, iniciándose así el procedimiento ordinario administrativo de resolución

unilateral de la relación contractual en contra de la empresa INTERNATIOANL TUG-

INTERTUG S.A” y de acuerdo a lo investigado en ese Órgano Director, ese

Honorable Consejo de Administración como Órgano Decisor, luego de la valoración

integral de toda la prueba documental, testimonial y pericial recabada, arriba a la

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conclusión de que la empresa adjudicataria incurrió en graves incumplimientos

contractuales y así lo manifiesta en su Resolución Final que emitió al efecto.

Es así como la Administración requirió conformar éste Órgano Director para

determinar la verdad eral de los incumplimientos que la empresa INTERNATIONAL

TUG-INTERTUG S.A había incurrido, alno cumplir estas con las condiciones-

especificaciones cartelarias que se disponían en el cartel de la licitación mencionada

líneas atrás, a fin de establecer la sanción de apercibimiento contra la Empresa

INTERNACIONAL TUG- INTERTUG S.A, tal como lo dispone el artículo 99 inciso a)

de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 215 del Reglamento a la ley de

Contratación Administrativa.

LICDA. GISELLE MORA: Da lectura del artículo 99 inciso a) de la Ley de

Contratación Administrativa el artículo 215 del Reglamento a la Ley de Contratación

Administrativa.

Acuerdo No. 036-15 DE CONFORMIDAD CON LO EXPUESTO

ANTERIORMENTE, DEL ANÁLISIS Y LA VALORACIÓN

DE LA PRUEBA RECABADA, TANTO DOCUMENTAL

COMO TESTIMONIAL QUE CONSTA EN AUTOS

(EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CONFORMADO AL

EFECTO), SE CONCLUYE QUE EFECTIVAMENTE

DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO

ADMINISTRATIVO, EXPEDIENTE NO. 001-2014 HA

QUEDADO ACREDITADO QUE SÍ EXISTEN

INCUMPLIMIENTOS GRAVES EN LAS CONDICIONES,

REQUERIMIENTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESTABLECIDAS EN EL CARTEL DE LA LICITACIÓN

PÚBLICA N°.2013LN-000002-01 PROMOVIDA POR LA

ADMINISTRACIÓN PORTUARIA DE JAPDEVA, Y QUE

FUERON FORMALIZADAS ENTRE LAS PARTES

MEDIANTE EL CONTRATO N°.32, DENOMINADO

“CONTRATO PARA EL ARRENDAMIENTO CON

OPCIÓN DE COMPRA DE UN REMOLCADOR PARA EL

SERVICIO PORTUARIO”, SIENDO QUE EL

REMOLCADOR NO CUMPLÍA CON LO OFRECIDO POR

LA EMPRESA INTERNACIONAL TUG S.A-INTERTUG

S.A, NI CON LO OFERTADO MENOS AÚN CON LO

QUE SE OBLIGÓ: HECHOS Y MOTIVOS POR LOS

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CUALES LA HACEN MERECEDORA POR PARTE DE

ESTE ÓRGANO DECISOR (CONSEJO DE

ADMINISTRACIÓN) A IMPONERLE UNA SANCIÓN DE

APERCIBIMIENTO CON BASE AL ARTÍCULO 99 INCISO

a) DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y

EL ARTÍCULO 215 EN SU REGLAMENTO, QUE

CONSISTE EN UNA FORMAL AMONESTACIÓN

ESCRITA AL PARTICULAR EN ESTE CASO

CONCRETO A LA EMPRESA DICHA SEA, A

INTERNATIONAL TUG S.A, INTERTUG S.A

NOTIFIQUESE.

ACUERDO FIRME

DE CONFORMIDAD CON LO ANTERIOR SE TRANSCRIBE LA RESOLUCION FINAL DEL ORGANO DECISOR. PROCEDIMIENTO ORDINARIO ADMINISTRATIVO PARA ESTABLECER LA

SANCIÒN DE APERCIBIMIENTO CONTRA LA EMPRESA INTERNATIONAL

TUG S.A.- INTERTUG S.A.

EXPEDIENTE Nº001-2014. LICITACIÓN PÚBLICA Nº2013LN-000002-01.

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA. –JAPDEVA- CONSEJO DE

ADMINSITRACION; Limón, al ser las nueve horas del día trece de enero del año dos mil

quince.

Procedimiento Ordinario Administrativo seguido por la Junta de Administración Portuaria y

de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica ( en adelante JAPDEVA) en contra de la

Empresa INTERNTIONAL TUG- INTERTUG S.A., para establecer la sanción de

Apercibimiento, de conformidad con lo resuelto en el expediente No. 001-2014, Licitación

Pública No. 2013LN-000002-01

RESULTANDO:

I. Que mediante Acuerdo Nº332-2014 (artículo I de la Sesión Extraordinaria Nº21-2014, celebrada el 05

de Setiembre del 2014) del Consejo de Administración de la Junta de Administración Portuaria y de

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Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, nombró Órgano DECISOR, afín de Iniciar

Procedimiento para Establecer la Sanción de Apercibimiento contra la Empresa INTERNACIONAL

TUG –INTERTUG S.A., tal y como lo dispone el artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación

Administrativa y el artículo 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (ver folios

058, 059 del expediente administrativo).

II. Que una vez constituido el Órgano DECISOR, mediante la Resolución de las ocho horas del diecinueve

de Noviembre del año dos mil catorce, se procedió a formular la RESOLUCIÓN INICIAL

TRASLADO DE CARGOS, iniciándose así el Procedimiento Ordinario Administrativo para Establecer

la Sanción de Apercibimiento contra la Empresa INTERNACIONAL TUG –INTERTUG S.A., tal y

como lo dispone el artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 215 del

Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. En dicha resolución se establece: “I- Que

mediante acuerdo número 239-14 del Consejo de Administración de la Junta de

Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, aprobado por

mayoría en la Sesión Ordinaria número 19-2014, celebrada el 29 de mayo de 2014, bajo el

artículo III inciso a), se nombró un Órgano DECISOR conformado por la Licda. Badra María

Núñez Vargas, abogada del Departamento Legal, Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor

de la Administración Portuaria y al Ing. Oliver Chaves Díaz, Ingeniero Eléctrico, con el

propósito de cumplir con el debido proceso, la búsqueda de la verdad real a través del

Procedimiento Ordinario Administrativo de Resolución Unilateral de la Relación Contractual

contra la empresa INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A. ,la cual fue formalizada

mediante el contrato número 32 del año 2013, denominado Contrato para el Arrendamiento

con Opción de Compra de un Remolcador para el Servicio Portuario, cuyo origen fue la

Licitación Pública 2013LN-000002-01. (ver folio 323).II- Que una vez constituido dicho

Órgano DECISOR, mediante resolución de las diez horas del tres de julio de dos mil catorce,

se procedió a emitir la RESOLUCION INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS, iniciándose

así el procedimiento ordinario administrativo de resolución unilateral de la relación

contractual en contra de la empresa INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A., resolución

que en lo pertinente dispuso: “De conformidad con la prueba recabada al efecto por este

Órgano DECISOR, la cual se detallará más adelante, se tienen por enlistados los siguientes

hechos, los cuales EVENTUALMENTE constituyen incumplimientos graves, por parte de la

empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A.: PRIMERO: Que en el ítem 20.1.

del cartel para la Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.1. El contratista

deberá contratar y mantener vigente y entregar al Departamento Marino por todo el tiempo

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de duración del servicio del remolcador los certificados de navegación de la embarcación y

agenciamiento. De estos documentos se deben entregar copias debidamente autenticadas por

notario público. Sobre este particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG

S.A. en el punto 5. de las aclaraciones que le fueron requeridas con relación a su oferta

indicó: “De acuerdo a lo establecido por JAPDEVA en este ítem, se mantendrán vigentes y se

entregaran al departamento Marino previo inicio de operaciones, todos los certificados de

navegación de la embarcación y los requisitos de su agenciamiento” De igual manera, dentro

del respectivo contrato, lo anterior se encuentra dentro de la cláusula “TERCERA:

OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE”, específicamente en el punto 3. Con relación a este

requerimiento, en apariencia la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A.

incumplió con la entrega de los documentos de agenciamiento autenticados por notario

público del remolcador BOREAS, por lo que a la fecha se desconoce la agencia naviera que

representará dicho remolcador. (ver pruebas de folios 05-12, 13-50, 58-69, 79-85 y168-

176). Además, aparentemente al momento de que la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

INTERTUG S.A. indicara que el remolcador BOREAS ya se encontraba listo, no aportaron

los certificados de navegación autenticados por un notario, emitidos por el Ministerio de

Obras Públicas y Transportes (MOPT). De conformidad con información que obra en el

expediente, dichos certificados fueron obtenidos hasta el treinta de abril de dos mil catorce,

con el documento número DMP-DNS-2014-0457.(Ver folios 266-269 del expediente

administrativo). SEGUNDO: Que en el ítem 20.2 del cartel para la Licitación Pública

N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.2 El contratista deberá gestionar ante el Ministerio de

Trabajo el permiso temporal de los trabajadores, permiso del Ministerio de Hacienda para

efectos de importación o permiso para importación temporal así como permisos de la

Capitanía del Puerto para que opere el remolcador en el complejo portuario de Limón/Moín.

Sobre este particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. en el punto

6. de las aclaraciones que le fueron requeridas con relación a su oferta indicó: “Con base a

lo solicitado por JAPDEVA, INTERTUG S.A. gestionará ante el Ministerio de Trabajo, los

permisos temporales de los trabajadores, el permiso del Ministerio de hacienda para efectos

de importación definitiva o permiso para importación temporal así como los permisos de

Capitanía de Puerto para la operación del remolcador en el complejo portuario de

Limón/Moin” De igual manera, dentro del respectivo contrato, lo anterior se encuentra

dentro de la cláusula “TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE”, específicamente

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en el punto 4. Con relación a este punto, aparentemente en un inicio, la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. incumplió con la entrega a tiempo del

permiso temporal de trabajo para su personal. (Ver folios 05-12, 13-50, 58-69, 79-85, 99-102

y 168-176 del expediente administrativo). De igual manera con relación al permiso de

importación temporal por parte del Ministerio de Hacienda dispuesto en los puntos 8.1 y

3.2.1.5, se presenta una aparente inconsistencia, ya que en el DUA N°006-214-049415 de la

Aduana de Limón, figura la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de

la Vertiente Atlántica como Importador del Remolcador BOREAS, lo cual aparentemente

incumple lo dispuesto en el cartel de Licitación respectivo. (Además ver folios 123, 185-186,

187-191 y 300 del expediente administrativo). Adicionalmente, con respecto a los permisos

de la Capitanía de Puerto del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) los cuales

son indispensables para que una nave pueda entrar a operar, en apariencia fueron aportados

hasta el día 15 de mayo de 2014. TERCERO: Que en el ítem 20.3 del cartel para la

Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.3 Los capitanes del remolcador

deberán contar con la licencia vigente, permisos o autorizaciones requeridas para operar el

remolcador objeto de este contrato. Las licencias deberán ser presentadas de previo a iniciar

actividades al Departamento Marino, se deberán presentar copias certificadas por notario

público. Sobre este particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. en

el punto 7. de las aclaraciones que le fueron requeridas con relación a su oferta indicó: “De

acuerdo a lo solicitado por JAPDEVA, todos los capitanes del remolcador y en general toda

la tripulación contaran con las licencias vigentes, los permisos y/o autorizaciones requeridas

para operar el remolcador objeto de este contrato. Antes del inicio del contrato, estaremos

haciendo entrega al departamento marino de copia de todas las licencias debidamente

autenticadas por notario público”. De igual manera, dentro del respectivo contrato, lo

anterior se encuentra dentro de la cláusula “TERCERA: OBLIGACIONES DEL

CONTRATANTE”, específicamente en el punto 5. Con respecto a este requerimiento,

inicialmente en la documentación presentada por la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

INTERTUG S.A., en apariencia el título de capitán de Remolcador, del Señor Leonardo

Duque Ríos con pasaporte de marino DIM C00008184, no presenta las firmas respectivas

por parte de la Dirección General Marítima de la República de Colombia, la cual emitió el

título, por lo que en apariencia en un primer momento ese documento carece de validez. (Ver

folios 05-12, 13-50, 58-69, 79-85 y 168-176 y 192-292 del expediente administrativo).

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CUARTO: Que en los ítems 20.5 y 20.6 del cartel para la Licitación Pública N°2013LN-

000002-01 se dispuso: 20.5 Se debe indicar el año de construcción del remolcador la cual NO

deberá exceder los 3 años y en estos 3 años no podrá exceder las 5000 horas de operación de

acuerdo con la lectura del horímetro. 20.6 Esto comprende en estructura, motores, equipos

auxiliares y componentes. Se debe presentar en la oferta certificación del constructor o

fabricante que acredite lo indicado en este punto. ”Según folio 21 del expediente

administrativo en las especificaciones técnicas generales y certificado de Lloyds Register

visible a folio 20 de la oferta presentada por la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

INTERTUG S.A. se indica que el Remolcador BOREAS, fue construido en el año 2013, por lo

que se acreditó que cumple con esa especificación técnica solicitada en el cartel referido en el

punto segundo. De igual manera, dentro del respectivo contrato, lo anterior se encuentra

dentro de la cláusula “SEGUNDA: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL

REMOLCADOR”, específicamente en el Año: 2013. Que según inspecciones realizadas

abordo por personeros de JAPDEVA y la revisión de las respectivas certificaciones,

aparentemente algunos equipos parte del remolcador BOREAS abordo fueron construidos en

el año 2009, por lo que eventualmente la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG

S.A. está incumpliendo con el año de construcción de los equipos. En apariencia hay equipos

repintados, deteriorados, oxidados, en los motores principales, las placas son pegatinas

plásticas de identidad y no metálicas, la propulsión schottel presenta placa deteriorada y ya

han sido intervenidos mecánicamente. (Ver folios 103-118, 160-165, 168-176, 177-179 del

expediente administrativo). Asimismo en apariencia entre los documentos entregados en la

oferta de Licitación pública Nº 2013 LN-000002-01, los certificados de clase (folio 020) y

bollardpull del remolcador LR 9576492 (folio 13), emitidos en Cartagena de Indias –

Colombia, el 10 mayo 2013, indican como fecha de construcción del remolcador Boreas el 30

enero 2013, fecha en la que el remolcador aparentemente todavía estaba en el Astillero en

China pero en los certificados de clase número LR CGN 130014 5, entregados a bordo del

remolcador Boreas, emitidos en Cartagena de Indias - Colombia, el 28 febrero 2014, se

indica como fecha de construcción el 15 julio 2013. (ver folio 248). QUINTO: Que en el ítem

20.7 del cartel para la Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.7 El

remolcador debe tener una fuerza de tracción en punto fijo (bollardpull) entre 55 y 60

toneladas. Se debe presentar en la oferta certificación del constructor o fabricante que

acredite lo indicado en este punto”. De igual manera, dentro del respectivo contrato, lo

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anterior se encuentra dentro de la cláusula “SEGUNDA: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

DEL REMOLCADOR”, específicamente en el DESEMPEÑO: se refiere un BollardPull de

60.0 tons. Según folio 21 del expediente administrativo en las especificaciones generales y

certificado de Lloyds Register visible a folio 13, de la oferta presentada por la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. se indica que el Remolcador BOREAS, tiene

un bollardpull de 60 toneladas, por lo que se acreditó que cumple con esa especificación

técnica solicitada en el cartel referido en el punto segundo, pero en los documentos a bordo

la certificación Nº CGN 1300145 de Lloyds Register, indica que el Remolcador BOREAS

tiene un bollardpull de 65,31 toneladas y un promedio de 64,31 toneladas, por lo que

aparentemente existe una incongruencia entre la certificación presentada en la oferta de la

licitación y la certificación presentada a bordo del remolcador. (ver folios 119-122, 168-176

del expediente administrativo). SEXTO: Que en el ítem 20.16 del cartel para la Licitación

Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.16 Fuente de alimentación eléctrica con dos

motogeneradores y toma a tierra de 220 voltios corriente alterna 60 hertz, 3 fases. Sobre este

particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. en el punto 13. de las

aclaraciones que le fueron requeridas con relación a su oferta indicó: “El remolcador está

equipado con 2 Generadores Parkins de 112 KW, con motores diesel, 415 V/3P/50HZ

habilitados para operar en paralelo con adaptación para 220 V 60 HZ 3P”. De igual manera,

dentro del respectivo contrato, lo anterior se encuentra dentro de la cláusula “SEGUNDA:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL REMOLCADOR”, específicamente en EQUIPOS: se

refiere “Generadores: 2x PowerdrivePerkins 1006 TWGM 112 KW” Supuestamente cuando

se verifica este componente en el remolcador BOREAS se constata que la fuente de

alimentación eléctrica del remolcador está diseñada para operar a 415 voltios 50 hertz, 3

polos. Ante esto, aparentemente personeros de la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

INTERTUG S.A. se dispusieron a colocar transformadores 415/220v en todas las

habitaciones y sala de máquinas para habilitar tomacorrientes para uso general, esta

práctica y la del equipamiento para la conexión a tierra no se certificó el proceso que rige

para realizar una modificación a cualquier sistema del remolcador según la sociedad

clasificadora, no existe la solicitud a la casa clasificadora, los nuevos planos eléctricos y los

permisos que debe emitir la sociedad clasificadora para realizar dichas modificaciones. (Ver

folios 5-12, 13-50, 58-69, 79-85, 103-118 y 168-176). SÉTIMO: Que en el ítem 20.21 del

cartel para la Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.21. Se debe presentar

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al Departamento de mantenimiento Marino y Grúa, previo inicio de la operación del

remolcador un programa de mantenimiento preventivo actualizado de todo equipo y

maquinaria abordo, así como de los componentes estructurales del remolcador, con su

respectivo historial de reparaciones. También se debe presentar la programación de los

mantenimientos a dique seco. Deben tenerse a bordo los planos del remolcador, manuales de

reparación, manuales de mantenimiento, manuales de servicio de todos los equipos a bordo.

Sobre este particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. en el punto

17. de las aclaraciones que le fueron requeridas con relación a su oferta indicó: “Tal como

establece JAPDEVA en este ítem, previo inicio de las operaciones, INTERTUG S.A.

presentará al departamento marino, un programa de mantenimiento preventivo actualizado

de todo el equipo y la maquinaria a bordo, así como de los componentes estructurales del

remolcador, con el respectivo historial de reparaciones si las hubiere”.De igual manera,

dentro del respectivo contrato, lo anterior se encuentra dentro de la cláusula “TERCERA:

OBLIGACIONES DEL ARRENDANTE”, específicamente en el punto 7. Que aparentemente

en reunión a bordo del remolcador con el Representante de la empresa INTERNATIONAL

TUG S.A. - INTERTUG S.A., se le solicitó los programas de mantenimiento preventivo e

historiales, los cuales no estaban a bordo por lo que quedó pendiente la entrega de la citada

documentación. Posteriormente el representante de la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

INTERTUG S.A., presentó un listado de equipo con seis columnas encabezado con los

siguientes encabezados: a- Activo, b-descripción de activo, c-frecuencia, d- fecha de último

mantenimiento realizado, e-fecha de próximo mantenimiento y f-actividad a realizar, como

programa de mantenimiento preventivo, en el cual aparentemente no se detallan los

componentes de cada equipo y las diferentes frecuencias de cada uno ni se presenta historial

de mantenimiento, lo que es de suma importancia para la prevención de averías y estimación

de costos. También presenta un cronograma de las visitas a dique seco para realizar los

mantenimientos respectivos. Se destaca que el primer mantenimiento en dique es el 1 de mayo

del 2014, situación que llama la atención ya que aparentemente el remolcador debió venir en

condiciones óptimas para iniciar operaciones, sin necesidad de hacer el referido traslado a

dique. (ver folios 5-12, 13-50, 58-69, 168-176, 192-292). OCTAVO: Que en el ítem 20.23

del cartel para la Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 20.23. El remolcador

debe contar con defensas de hule a nivel de cubierta, diseñadas especialmente para

maniobras de empuje. Sobre este particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

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INTERTUG S.A. en el punto 18. de las aclaraciones que le fueron requeridas con relación a

su oferta indicó: “Las defensas instaladas en el remolcador son verticales tipo W para popa

de 300 x480 mm; horizontales dobles tipo “O” de 500mm de diámetro para proa. Huecas tipo

D de diámetro 350 para los laterales.” Que aparentemente la defensa de hule superior

ubicada al lado estribor proa del remolcador, está reventada, lo que puede ocasionar daños a

los barcos en las maniobras de empuje. (Ver folios 5-12, 13-50, 58-69, 79-85, 103-118 y 168-

176 del expediente administrativo). NOVENO: Que en el ítem 10.1 del cartel para la

Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso: 10.1. El sitio de entrega del bien, será

en las instalaciones del Puerto Gastón Kogan de Moín, atracadero de remolcadores, flotando

en el mar, en donde JAPDEVA proveerá el lugar apropiado donde el remolcador pueda ser

amarrada durante los tiempos muertos. El plazo de entrega ofrecido por el proponente para

los servicios objeto de esta licitación, deberá indicarse claramente en la oferta y será de 60

días naturales máximo. Una vez recibido el refrendo del contrato por parte de la Contraloría

General de la República, el plazo de entrega empezará a correr a partir de la orden de inicio

otorgada por JAPDEVA. Sobre este particular la empresa INTERNATIONAL TUG S.A. -

INTERTUG S.A. en el punto 1. de las aclaraciones que le fueron requeridas con relación a su

oferta indicó: “De acuerdo a lo solicitado por JAPDEVA, en este ítem el remolcador será

entregado en las instalaciones del puerto Gastón Kogan de Moín, atracadero de

remolcadores” Acorde con este tema, en el punto 10 de la oferta económica base la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A., indica que el equipo será entregado 60 días

naturales después de la orden de inicio, la cual aparentemente se giró el 30 de enero de 2014

y el 6 de marzo de 2014, el señor Johnny Céspedes Cortés, representante de la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A. - INTERTUG S.A. indica mediante correo electrónico que el

remolcador Boreas arribó y se encuentra listo para entrar en operación; sin embargo en

apariencia, posteriormente al día 31 de marzo de 2014, fecha en que vencerían los 60 días

naturales para la entrega del remolcador y específicamente el día 04 de abril de 2014, el

señor Céspedes Cortés se apersonó a las oficinas de JAPDEVA a entregar documentación

que aparentemente debió haberse presentado antes del día 31 de marzo de 2014, la cual se

encuentra descrita en los oficios D.M-178 de fecha 07 de abril de 2014 suscrito por el Jefe

a.i, del Departamento Marino, Ing. Jheynold Lunan Williams y el oficio PPL-127-2014 de

fecha 07 de abril de 2014, suscrito por el Proveedor de la Administración Portuaria, Lic.

Walter Anderson Salomon. (Ver folios 5-12, 13-50, 58-69, 70, 79-85, 96-97, 166-167 del

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expediente administrativo).De los hechos anteriormente citados, se desprende con facilidad

que la Empresa aquí accionada, incurrió en una serie de IMCUMPLIMIENTOS GRAVES,

generando con ello perjuicios económicos a la Institución, siendo que no cumplió con lo

requerido en el Cartel de la licitación pública número 2013LN-000002-01, “Contrato para el

arrendamiento con opción de compra de un remolcador para el servicio portuario”. Al

respecto me permito detallar a continuación los incumplimientos graves:A.-

INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A PUNTO 20.1 DEL CARTEL DE LICITACIÓN

PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO DENTRO EN EL PUNTO 5. DE LAS

ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS POR LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG

– INTERTUG S.A. Y EN LA CLÁUSULA TERCERA DEL CONTRATO PUNTO 3. B.-

INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A PUNTO 20.2 DEL CARTEL DE LICITACIÓN

PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO DENTRO EN EL PUNTO 6. DE LAS

ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS POR LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG

– INTERTUG S.A. Y EN LA CLÁUSULA TERCERA DEL CONTRATO PUNTO 4.C.-

INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A PUNTO 20.3 DEL CARTEL DE LICITACIÓN

PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO DENTRO EN EL PUNTO 7. DE LAS

ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS POR LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG

– INTERTUG S.A. Y EN LA CLÁUSULA TERCERA DEL CONTRATO PUNTO 5. D.-

INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A LOS PUNTOS 20.5 Y 20.6 DEL CARTEL DE

LICITACIÓN PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO EN LAS ESPECIFICACIONES

TÉCNICAS GENERALES Y CERTIFICADO DE LLOYDS REGISTER NÚMERO LR 9536492

ADJUNTO A LA OFERTA PRESENTADA POR LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG –

INTERTUG S.A. Y EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL CONTRATO. E.-

INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A PUNTO 20.7 DEL CARTEL DE LICITACIÓN

PÚBLICA N°2013LN-000002-01, LO INDICADO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

GENERALES Y CERTIFICACIÓN DE LLOYDS REGISTER ADJUNTO A LA OFERTA

PRESENTADA POR LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A. Y EN LA

CLÁUSULA SEGUNDA DEL CONTRATO. F.- INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A PUNTO

20.16 DEL CARTEL DE LICITACIÓN PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO EN EL

PUNTO 13. DE LAS ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS POR LA EMPRESA

INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A. Y EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DEL

CONTRATO. G.- INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A PUNTO 20.21 DEL CARTEL DE

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LICITACIÓN PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO EN EL PUNTO 17. DE LAS

ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS POR LA EMPRESA INTERNATIONAL TUG

– INTERTUG S.A. Y EN EL CONTRATO PUNTO 7. 8. INCUMPLIMIENTO EN CUANTO A

PUNTO 20.23 DEL CARTEL DE LICITACIÓN PÚBLICA N°2013LN-000002-01, INDICADO

EN EL PUNTO 18. DE LAS ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS POR LA

EMPRESA INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A. H.- INCUMPLIMIENTO EN

CUANTO A PUNTO 10.1 DEL CARTEL DE LICITACIÓN PÚBLICA N°2013LN-000002-01,

INDICADO EN EL PUNTO 18. DE LAS ACLARACIONES A LA OFERTA REALIZADAS

POR LA EMPRESAINTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A. (ver folios 323 a 344).Con

base a la resolución dictada por el Consejo de Administración de JAPDEVA, de fecha 5 de

setiembre del dos mil catorce, acuerdo número 332-14, artículo primero de la sesión

extraordinaria número 21 2014, es un hecho probado que la EMPRESA INTERNATIONAL

TUG – INTERTUG S.A., se le tienen por acreditados los siguientes INCUMPLIMIENTOS:

1)Exceso de cinco toneladas de bollardpull. Se tiene por demostrado que dentro de las

especificaciones generales y certificado de Lloyds Register aportados en la oferta presentada

por la empresa INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A., se señaló que el remolcador

BOREAS poseía un bollardpull de 60 toneladas y posteriormente, en documentos a bordo de

dicho remolcador, se encontró otra certificación, también de Lloyds Register, la cual indica

que tiene un bollardpull de 65,31 toneladas y un promedio de 64,31 toneladas. Sin embargo,

no se estableció que exista un perjuicio grave para la Institución, por cinco toneladas de

bollardpull, adicionales a las requeridas en el cartel, de manera tal que la referida

incongruencia existe, pero a criterio de este Órgano Decisor no constituye un incumplimiento

grave por parte de la empresa INTERTUG S.A. teniendo en consideración que no hay un

perjuicio grave para JAPDEVA.2) Presentación de programas de mantenimiento, historial

de reparaciones y programación de mantenimientos a dique seco.El Órgano Decisor, luego

de la valoración correspondiente, consideró que aunque existió un incumplimiento por parte

de la empresa INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A., el mismo no debe ser calificado

como grave, ya que fue debidamente subsanado. (ver folios 131-139 y 192-234). 3)Rotura de

defensas a nivel de cubierta.El Órgano Decisor después de un análisis a fondo del

incumplimiento dicho, en el cual ha quedado claro y determinado el daño de la defensa antes

descrita, sin embargo no consideró que la rotura de dicha defensa constituya algún

incumplimiento grave por parte de la empresa INTERNATIONAL TUG – INTERTUG S.A.4)

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Antigüedad del remolcador y de los equipos que lo componen. En los puntos 20.5 y 20.6 del

cartel de la Licitación Pública N°2013LN-000002-01 se dispuso que el año de construcción

del remolcador no debería exceder los tres años y que en esos tres años no podría exceder las

cinco mil horas y que esto comprendía lo relativo a estructura, motores, equipos auxiliares y

componentes. Según consta en el expediente llevado al efecto, en inspecciones realizadas por

personeros de la Administración de JAPDEVA, los días 13, 19 y 21 del mes de marzo pasado,

se constató que la mayoría de los equipos del remolcador BOREAS RM fueron fabricados en

el 2009 y 2010. (ver folios 103-118 y 168-176). Por otra parte, dentro de los argumentos

realizados por los representes de la empresa International Tug – INTERTUG S.A., en un

primer momento, mediante una nota de fecha 12 de mayo de 2014, el señor Johnny Céspedes

en calidad de representante legal de dicha empresa indicó: “Primero que todo, debemos de

dejar en claro que el Remolcador RM Bóreas es modelo 2013 y se dispuso como objeto del

contrato, en su condición de navío nuevo de primera mano o de primer usuario. El proceso

de construcción de un remolcador, consiste en el ensamble de varios componentes, los cuales

obedecen a un diseño de arquitectura naval y planos de construcción. La construcción puede

tomar entre 18 a 36 meses dependiendo de múltiples factores, razón por la cual los

fabricantes de equipos principales han establecido como fecha determinante para el inicio de

la vida operativa la fecha de comisionamiento, algunos la llaman también fecha de entrega al

primer usuario. El establecimiento de esta fecha obedece a la necesidad de cubrir el riesgo de

que la garantía de un producto expire antes de iniciar la operación de la embarcación.”…

continúa indicando “En términos cartelarios, se pudieron ofrecer equipos usados sin

sobrepasar las cinco mil horas, más en nuestro caso se ofertó y se ha entregado un equipo

año 2013 nuevo, sin horas de uso comercial, sólo con las horas propias de pruebas y traslado

a aguas costarricenses, con garantía original de fábrica, donde los fabricantes certifican el

inicio del primer uso en julio de 2013.” (la negrita no es del original) (ver folios 285-287) De

igual manera, durante la realización de la respectiva audiencia oral y privada, tanto los

testigos ofrecidos por la referida empresa Mauricio Salazar Correa, Camilo Armando Torres

Romero, Libardo Farid Guardo del Río como el Lic. Ubico en sus conclusiones, hicieron

señalamientos en ese mismo sentido, pero indicando -contrario a lo indicado por el señor

Céspedes- que el remolcador Boreas no era nuevo y que incluso ya se había utilizado

previamente, tal y como lo indicó el señor Jorge Gossain, durante su declaración al referir

que el Boreas “es un barco que ya tiene nueve meses de uso… desde la fecha de

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construcción” Además se aportó documentación relativa a la garantía emitida por

Caterpillar (ver folios 423 a 437). Valorando todo lo anterior, para este Órgano Decisor ha

quedado demostrado que tanto los motores principales como la propulsión Schottel del

remolcador Boreas, fueron fabricados en junio de dos mil nueve. Si bien es cierto, la defensa

de la empresa International Tug – INTERTUG S.A., se ha basado en el concepto de

comisionamiento, entendido como el momento del primer uso, cuando un motor deja de ser

nuevo y le comienza a correr la garantía así como en la tesis de que un remolcador es una

unidad y debe considerarse como tal, teniendo en cuenta su fecha de fabricación, la indicada

en las certificaciones respectivas; este Órgano Decisor luego de analizar íntegramente toda

la prueba aportada durante este procedimiento, tanto documental como testimonial,

considera que con relación a la antigüedad de los motores y el sistema de propulsión, la

empresa International Tug – INTERTUG S.A. ha incurrido en un grave incumplimiento, ya

que el cartel de la Licitación Pública N°2013LN-000002-01, es sumamente claro al establecer

el máximo de antigüedad del remolcador y de sus componentes considerados individualmente

(ver folio 6). Además debe tenerse en cuenta que el momento procesal para que le empresa

manifestara su disconformidad con los términos cartelarios precluyó. Es decir, INTERTUG

S.A. contó con el plazo de ley para objetar el pliego de condiciones, si consideraba que

cumplir con los referidos requerimientos cartelarios era imposible o que esa condición

restringía o limitaba de manera ilegítima su participación en el procedimiento concursal. Por

el contrario, en su oferta la empresa International Tug – INTERTUG S.A. dijo que cumplía

con todos los requerimientos cartelarios (ver folios 13 al 50), lo cual quedó claramente

establecido en el contrato y la adenda firmada entre las partes (ver folios 79 a 85), por lo que

las disposiciones cartelarias se consolidaron plenamente, al ser aceptadas por las partes ,

puesto que no podría pensarse en un cartel que pueda ser cuestionado a lo largo de todo el

procedimiento y mucho menos aceptar que las partes puedan “negociar” su legalidad o

pertinencia, dependiendo de los resultados a los que se llegue en el concurso. Así las cosas,

se ha materializado un grave incumplimiento contractual imputable únicamente a la empresa

arriba indicada y una evidente falta al principio de buena fe, principio rector en los procesos

de contratación administrativa. 5)Fuente de alimentación eléctrica. En el punto 20.16 del

cartel de la Licitación Pública N°2013LN-000002-01, se dispuso que la fuente de

alimentación eléctrica del remolcador que se requería debía ser con dos moto-generadores y

toma a tierra de 220 voltios corriente alterna, 60 hertz, tres fases”. (ver folio 6).

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Inicialmente, en razón de lo indicado por parte de la empresa International Tug – INTERTUG

S.A. en su oferta, le fue requerida una aclaración, en el sentido de que ampliara la

especificación de moto-generadores (ver folios 51 a 55) y producto de ese requerimiento,

dicha empresa mediante nota de fecha 28 de mayo de 2013, indicó que: “El remolcador está

equipado con 2 Generadores Parkins de 112 KW, con motores diesel, 415 V/3P/50HZ

habilitados para operar en paralelo con adaptación para 220 V 60 HZ 3P” (ver folios 58-69).

De acuerdo con lo indicado por el Ing. Guillermo Brenes en el oficio DMEM-061-2014 (ver

folios 168-176), al realizarse la inspección y verificarse la fuente de alimentación eléctrica

del remolcador Boreas, se constató que la misma está diseñada para conectarse a 415 voltios

50 hz. Sobre este particular, mediante nota de fecha 12 de mayo de 2014, el señor Johnny

Céspedes en calidad de representante legal de International Tug – INTERTUG S.A. indicó

que: “la alimentación eléctrica a 415v y 50 Hz corresponde a estándares internacionales de

construcción naval, debidamente certificados y avalados por las casas clasificadoras, los

cuales son más eficientes y por ende superlativos al mínimo cartelario. Por ende, no es un

incumplimiento sino una mejora conveniente para los efectos del servicio público contratado

al tenor de la parte final de la cláusula segunda del contrato. No obstante, a efectos de evitar

discrepancias, el remolcador cuenta a bordo con el equipamiento que permite una perfecta

conexión con fuentes desde tierra de 220V y 60 Hz: -Transformador Elevador de 220 VAC a

415 VAC, Potencia: 50 KVA. -Variador de frecuencia vectorial a la entrada de 415 VAC con

salida a 50 Hz. -Filtro senoidal (reactancia Inductiva) a la salida del variador de frecuencia.

-Cableado y conexiones adecuadas con protecciones para su seguro funcionamiento.” (ver

folios 192 - 292). En ese mismo sentido, la empresa International Tug – INTERTUG S.A. el

día 29 de julio 2014 entregó al Órgano DECISOR, la certificación de Lloyd´s Register, de la

modificación eléctrica, que se hizo en el remolcador Boreas, para lograr una conexión a

tierra (ver folio 423), la cual una vez analizada detalladamente por el Órgano Decisor, no

indica que la fuente de alimentación, esto es los motogeneradores, se variaron o se

modificaron a 220V- 60 Hz, tal y como fue indicado que se realizaría mediante nota de la

empresa International Tug – INTERTUG S.A. de fecha 28 de mayo del 2013, durante el

proceso de aclaraciones. Por lo antes referido, este Órgano Decisor considera que con

relación a la fuente de alimentación eléctrica, la empresa International Tug – INTERTUG

S.A. ha incurrido en un grave incumplimiento ya que el cartel de la Licitación Pública

N°2013LN-000002-01 fue sumamente claro al establecerla en dos moto-generadores y toma a

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tierra, de 220 voltios corriente alterna, 60 hertz, tres fases (ver folio 6); aspecto que luego de

ser analizado y valorado por el Órgano DECISOR y también por este Órgano Decisor , no

puede ser considerado como una mejora y por el contrario, en el caso de la eventual compra

del remolcador Boreas por parte de JAPDEVA, ésta tendría que afrontar dificultades para

adquirir en forma rápida repuestos básicos eléctricos y electrónicos dentro del territorio

nacional, lo que conllevaría a tiempos prolongados fuera de servicio del remolcador si

hubiese algún daño de un dispositivo electrónico; ya que la mayoría de los dispositivos de

control, motores, equipos auxiliares son diseñados a 50 Hz y esto impediría utilizar el stock

que se tiene para el resto de remolcadores y por ende obligaría a tener un stock aparte solo

para este remolcador. Aunado al posible deterioro de herramientas e instrumentos eléctricos

utilizados dentro del remolcador. En adición a lo señalado, hay que tener en cuenta que este

aspecto no fue objetado por la empresa oferente, si consideraba que debía realizarse alguna

modificación al cartel dados los estándares internacionales aludidos por su representante

legal y que por ende podrían restringir o limitaban de manera ilegítima su participación en el

procedimiento concursal, sino que por el contrario, en la aclaración que le fue requerida en

su momento, la empresa International Tug – INTERTUG S.A. dijo que el remolcador estaba

“equipado con 2 Generadores Parkins de 112 KW, con motores diesel, 415 V/3P/50HZ

habilitados para operar en paralelo con adaptación para 220 V 60 HZ 3P”; por lo que en

consecuencia se ha materializado un grave incumplimiento contractual imputable únicamente

a la empresa International Tug – INTERTUG S.A., ya que la modificación realizada

posteriormente, una vez que el Boreas había arribado a nuestro país, no exime a la empresa

International Tug – INTERTUG S.A. del incumplimiento presentado y más grave aún, lo único

que fue modificado es lo relativo a la toma a tierra y el cartel de la Licitación Pública

N°2013LN-000002-01, claramente requería la fuente de alimentación eléctrica con dos

motogeneradores y la toma a tierra debía ser de 220 voltios corriente alterna 60 hertz, 3

fases. Con el agravante de que la empresa International Tug – INTERTUG S.A. tenía pleno

conocimiento de que el sistema eléctrico no era el requerido por JAPDEVA ni el ofrecido por

sus representantes en la respectiva oferta y aclaración realizada, razón por la cual,

evidentemente la empresa International Tug – INTERTUG S.A. no actuó con transparencia y

faltó al principio de buena fe. 6) Plazo de entrega. En el punto 10.1 del cartel de la

Licitación Pública N°2013LN-000002-01, la Administración claramente indicó que el plazo

máximo para la entrega del equipo era de 60 días naturales. Según lo ofertado por el

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oferente el equipo sería entregado en un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir

de que se giren la orden de inicio. Se le giró la orden de inicio al representante de Intertug el

día 29 de enero 2014. De acuerdo con esta fecha el plazo para que el adjudicatario iniciara

labores vencía el día 1 de abril 2014.Según consta en el expediente, el día 6 de marzo 2014,

AtlanticShipping remite a la Proveeduría correo electrónico donde le informa al Proveedor

de la institución sobre el arribo del RM BOREAS. Ese mismo día el Proveedor informa a

AtlanticShipping que previo a iniciar labores hay una serie de formalidades que se deben

cumplir. (ver folios 96 y 97)Según documentación en expediente, uno de los documentos

aportados por la empresa International Tug S.A. en la Proveeduría de JAPDEVA en fecha 14

de mayo de 2014, fue el permiso emitido por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes

del MOPT y sin el cual el remolcador Boreas no podía iniciar labores. Es importante

destacar que este documento así como el resto que establecía el contrato que nos ocupa,

debían ser aportados por el contratista y JAPDEVA no tenía que acudir a las oficinas del

represente del contratista ni presentarse a bordo del remolcador a buscarlos, tal y como

indicó el señor Jorge Gossain en su declaración, que debía haber sido. El cartel claramente

indicaba la documentación que debía ser presentada por el adjudicatario ante la

Administración y de igual manera en la cláusula tercera, denominada Obligaciones de la

Arrendante, claramente establecía que la presentación de toda la documentación necesaria

para que el remolcador pudiera entrar en operación, es una obligación exclusiva de la

empresa International Tug S.A. y además se consigna claramente ante cuáles dependencias de

JAPDEVA debían ser presentados todos los documentos necesarios, para que la embarcación

pudiera entrar a operar debidamente al servicio de JAPDEVA (ver específicamente los puntos

3. 4. 5. 7. 10. 11. de la cláusula tercera del referido contrato)Partiendo de la fecha en que se

giró la orden de inicio, y de conformidad con la cláusula décima segunda del contrato N°32,

el plazo venció el día primero de abril de dos mil catorce y por ende, el contratista presentó

el permiso de la Capitanía de Puerto del MOPT con 44 días de atraso.Lo cual constituye un

incumplimiento grave por parte del contratista, en razón de la gran cantidad de días

transcurridos, los cuales evidentemente exceden los retrasos normales y aceptables que

podrían en este tipo de contratación y que como fue aquí indicado son de resorte exclusivo de

la contratista International Tug S.A. (Ver folios 5-12, 13-50, 58-69, 70, 79-85, 96-97, 166-

167 del expediente administrativo).Que habiéndose cumplido con el debido proceso en la

investigación de la verdad real, realizada por el Órgano DECISOR, de conformidad también

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con lo expuesto y las normas legales indicadas supra, así como la prueba previamente citada

y analizada, el Consejo de Administración de JAPDEVA determinó que ha quedado

suficientemente acreditado, que existen incumplimientos graves por parte de la empresa

International Tug – INTERTUG S.A. los cuales son causales para proceder a este

procedimiento. Se le hace saber a la parte accionada que este procedimiento tiene por

finalidad establecer la posible sanción de apercibimiento en contra de la empresa

INTERNACIONAL TUG S.A. – INTERTUG S.A. de acuerdo a lo establecido en los

artículos 99 de la Ley de Contratación Administrativa y 215 del Reglamento de la Ley de

Contratación Administrativa(ver folios 063 al 079 del expediente administrativo)

III. Que la Resolución Inicial Traslado de Cargos supraindicada así como la Convocatoria para la

Comparecencia Oral y Privada a celebrarse en la Sede del Órgano DECISOR, el día seis de enero del

año dos mil quince, fue debidamente notificada al representante legal de la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., señor Johnny Céspedes Cortés, el día veinticuatro de

noviembre del año dos mil catorce (ver folio 082 del expediente administrativo).

IV. Que el representante legal de la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., señor

Johnny Céspedes Cortés, , el día veinticinco de noviembre del año dos mil catorce, presentó Incidente

de Recusación contra el Nombramiento del Órgano DECISOR en la persona de la Licda. Lidia Mora

Zelada. Expediente Administrativo Nº001-2014 y Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio y

Nulidad Absoluta Concomitante contra la Resolución Inicial de Traslado de Cargos. Expediente Nº001-

2014 (ver folios del 083 al 108 del expediente administrativo).

V. Que dicho Incidente de Recusación contra el nombramiento de la Licda. Lidia Mora Zelada, como

Órgano DECISOR fue rechazado mediante Resolución de las catorce horas del veintiséis de noviembre

del año dos mil catorce, por no estar ajustado a Derecho (ver folios 109 y 110 del expediente

administrativo).

VI. Que el día primero de diciembre del dos mil catorce, el representante legal de la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., señor Johnny Céspedes Cortés, presenta Recurso de

Apelación y Nulidad Absoluta Concomitante contra la Resolución del Órgano DECISOR de las catorce

horas del 26 de noviembre del 2014. Expediente Nº001-2014 (ver folios 173 al 177 del expediente

administrativo).

VII. Que el día primero de diciembre del dos mil catorce, el representante legal de la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., señor Johnny Céspedes Cortés, presenta Incidente de

Nulidad contra la Resolución del Órgano DECISOR de las catorce horas del 26 de noviembre del 2014.

Expediente Administrativo Nº001-2014 (ver folios 178 al 181 del expediente Administrativo).

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78 VIII. Que dicha interposición fue rechazada por haberse presentado en forma EXTEMPORANEA con base a

lo establecido en el artículo 346 inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública, (ver folios

182 al 184 del expediente administrativo).

IX. Que mediante Resolución de las doce horas del primero de diciembre del 2014 dictada por el Órgano

DECISOR, se declara sin lugar el Recurso de Revocatoria interpuesto por el representante legal de la

empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., señor Johnny Céspedes Cortés, en contra de

la Resolución Inicial de Traslado de Cargos del Procedimiento Ordinario Administrativo de las ocho

horas del 19 de noviembre del 2014 y se emplaza al Superior (ver folios 188 al 196 del expediente

administrativo).

X. Que mediante Resolución de las quince horas del Dos de diciembre del 2014 dictada por el Órgano

DECISOR, se declara sin lugar el Incidente de Nulidad Absoluta por no ajustarse a Derecho, en contra

de la Resolución dictada por el Órgano DECISOR de las catorce horas del 26 de diciembre del 2014,

recurso interpuesto por el representante legal de la accionada en contra de la Resolución Inicial de

Traslado de Cargos del Procedimiento Ordinario Administrativo de las ocho horas del 19 de noviembre

del 2014 señor Johnny Céspedes Cortés, por las razones de hecho y de derecho que ahí se exponen (ver

folios 200 y 201) y se eleva al Consejo de Administración el Recurso de Apelación (ver folio 209).

XI. Que el día 3 de diciembre del 2014 se recibe a través del FAX de la Junta Directiva de JAPDEVA en

Limón, contestación de parte del Apoderado Especial Administrativo de la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., licenciado Julio Enrique Zelaya Rodríguez, en

contra de la Resolución Inicial de Traslado de Cargos del Procedimiento Ordinario Administrativo de

las ocho horas del 19 de noviembre del 2014, NO habiéndose presentado el original de esa

contestación tal como lo dispone el ordenamiento jurídico . (ver folios 210 al 222 del expediente

administrativo).

XII. Que mediante Acuerdo Nº469-14, artículo VII-k de la Sesión ordinaria Nº42-2014, celebrada el 11 de

diciembre del 2014, este Consejo de Administración acuerda:1.-Declarar sin Lugar en todos sus

extremos el Recurso de Apelación planteado por el señor Johnny Céspedes Cortés, en calidad de

representante legal de la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A contra la

Resolución Inicial de Traslado de Cargos de las ocho horas del diecinueve de noviembre del 2014

dictada por el Órgano DECISOR del Procedimiento Administrativo, expediente Nº001-2014, por

cuanto no aporto el documento original así como por las razones de hecho y de derecho que en dicha

Resolución se esbozaron. 2.- Rechazar en todos sus extremos el Incidente de Nulidad planteado por el

representante legal de la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.-INTERTUG S.A. con base a todos

los hechos y razones de derecho descritos en la Resolución de las catorce horas del diez de diciembre

del 2014. 3.-Rechazar por Inadmisible el Recurso de Revocatoria con Apelación en subsidio y Nulidad

Absoluta concomitante, interpuesto contra la Resolución Inicial de Traslado de Cargos de las 8:00 horas

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del 19 de noviembre del 2014 del Órgano DECISOR por haberse sido presentado en forma

EXTEMPORANEA, ya que sólo consta en el expediente administrativo un documento recibido vía

FAX y no así el original del mismo (ver folios 234 al 246 y 303 al 315 del expediente administrativo).

XIII. La comparecencia Oral y Privada fue llevada a cabo en la hora y día señalado, encontrándose presente

el Apoderado Especial Administrativo de la Empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG

S.A., licenciado Julio Zelaya Rodríguez (ver folio 342 del expediente administrativo).

XIV. Que en la comparecencia dicha en la etapa de conclusiones, el licenciado Julio Zelaya Rodríguez,

presentó el documento original correspondiente a un recurso de revocatoria con apelación en subsidio y

nulidad absoluta concomitante contra la resolución inicial de traslado de cargos (expediente N°001-

2014), siendo que dicho recurso había sido remitido vía fax (2795-3086) a la oficina de la Junta

Directiva de JAPDEVA en Limón, por la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., el

día 3 de diciembre del 2014 al ser las catorce horas veintidós minutos y que como bien ya sido

expuesto dicho recurso fue rechazado en su momento procesal oportuno por este Órgano Decisor, con

base a lo establecido en el artículo 165 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por

cuanto no se cumplió con lo ordenado por la norma citada, toda vez que la empresa INTERNATIONAL

TUG S.A.- INTERTUG S.A, NO presentó el original del documento aquí citado, en el término de 3

días posteriores al envió por fax. Asimismo, como bien se aprecia a folios 340 y 341 del expediente

administrativo N°001-2014, dicho apoderado especial administrativo también presentó un escrito en el

cual se refiere a una serie de situaciones relacionadas con alegatos de descargo y conclusiones

esbozados durante una audiencia oral y privada celebrada los días 29 y 30 de julio del 2014, audiencia

oral que no corresponde al presente Procedimiento, por lo tanto, el ÓRGANO DECISOR consideró

dichos cuestionamientos como no procedentes para el caso subjúdice.

XV. Que no existen trámites pendientes de resolución y se han observado los preceptos legales aplicables.

CONSIDERANDO:

I.- HECHOS PROBADOS:

Dentro de la realización de este procedimiento ordinario administrativo, con base a la prueba

testimonial recabada y documental, el ÓRGANO DIRETOR tuvo por acreditados

incumplimientos a las condiciones y especificaciones cartelarias en la Licitación Pública

N°2013LN-000002-01, por parte de la empresa INTERNACIONAL TUG –INTERTUG S.A,

por lo consiguiente arriba a la conclusión de que efectivamente la empresa dicha se hace

merecedora a una sanción de apercibimiento con base al artículo 99 inciso a) de la Ley de

Contratación Administrativa y el artículo 215 de su Reglamento, lo anterior con el sustento y

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fundamento de las declaraciones manifestadas por los testigos aportados por la

Administración, como bien se demuestra a continuación: El testigo Guillermo Brenes Solano,

en su manifestación expresó: (…) “Bueno así haciendo memoria, recuerdo yo cuando se hizo

el estudio de las especificaciones del remolcador se pidió que fuera con unas BOLLARPUL

de 55 a 60, la compañía INTERTUG en los documentos que aportaron para participar en la

licitación ofrecían un remolcador de 60 inclusive venía certificado como de 60 toneladas,

entonces pues se cumplió prácticamente con lo que se le solicitaba en el cartel, pero después

cuando se hizo las inspecciones ya cuando el remolcador llegó acá traía otras

especificaciones de 65 toneladas de BOLLARPUL, entonces ahí hubo una incongruencia

entre una certificación y la otra, por lo cual incurrió habiá un incumplimiento”.-“Bueno, en

el cartel al inicio, se pidió una aclaración con relación a la defensa, porque no especificaba

no se podía notar bien qué tipo de defensa tenía, porque el bin se pide una defensa adecuada

para este clima más que estos mares tan alto mareas y todo entonces cuando se están

remolcando estos barcos tienen que estar bien protegidos tanto la embarcación que se está

transportando como del mismo remolcador, en este la compañía INTERTUG contestó de que

el remolcador traía unas defensas verticales tipo doble U con unos anillos y unas defensas

cilíndricas a nivel superior, cuando el remolcador llegó inclusive sólo tenía las defensas

cilíndricas y una de las defensas al lado de estribor de proa estaba con unas reventaduras, en

realidad el remolcador traía defensas, el incumplimiento está en el daño que tenía la defensa,

la defensa se podía reparar pero nunca se hizo, nunca se hizo la reparación de eso”.- “Si uno

de los aspectos que se pidió en el cartel era que el remolcador no podía ser más de 3 años

tanto el remolcador como sus componentes, motores, equipos auxiliares y todos sus

componentes eléctricos todo y principalmente hubo un incumplimiento con la fecha de

fabricación de los propulsores que eran del 2009 los más antiguos, entonces eso no cumplía

de acuerdo con los requerimientos del cartel”.- “En el cartel, nosotros aquí el ICE nos

suministra en el muelle 220 voltios, 60 gers frecuencia de la corriente, cuando venía el cartel

se le pide la aclaración a la empresa INTERTUG, que había un problema ahí, entonces ellos

aclararon de que eso venía conectado a una conexión en paralelo al sistema eléctrico se iba

a solucionar, cuando el remolcador llegó aquí, llegó con 415, 50 gers por lo cual había un

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incumplimiento que hasta la fecha que era en que se hizo la recepción todavía no se habían

solucionado”.- “Bueno en el cartel se especificaba que era 60 días después de la orden de

inicio, creo que la orden de inicio se hizo el 30 de enero del 2014, entonces se suman 60 días,

entonces sería febrero, marzo, como el primero de abril más o menos es la fecha”.- “Bueno

hemos hablado de una serie de cumplimientos técnicos que existen y con relación a esto, se

puede deducir que no cumplía en su totalidad, ciertos aspectos como el BOLLERPULL, el

año de antigüedad, también el año del sistema eléctrico y también dentro de los

incumplimientos que vimos, porque también habían ciertos requerimientos como decir

administrativos, como era la licencia, facturación, certificados de navegación, y esas

situaciones que tienen que tramitarse apenas llega acá para pueda operar, inclusive la fecha

en que se hizo la recepción, no se habían presentado”.- “Bueno el remolcador llegó el 6 de

marzo y dentro de las primeras inspecciones que se hicieron junto con el Capitán Cavallini y

el Ingeniero Jheynold fue para conocer el equipo después se hizo una inspección con el

Capitán Zoibeller y el Capitán Zúñiga, ahí se pidieron ya los planos, se pidieron

certificaciones, se hicieron unas primeras pruebas y visualmente se notó en las placas de los

equipos, las fechas de construcción que fue de lo que hablamos ahora, del incumplimiento,

inclusive los equipos estaban repintados, estaban en algunos lugares oxidados”.-“Después se

hizo la inspección que fue el 25 de abril para el acto de recepción, que fue el Notario, el

señor Angulo, creo que fue Guillermo Angulo, y ahí se presentó un informe con todos los

incumplimientos de la embarcación y se le entregó al señor Jhonny Céspedes”.- “No, no,

nunca se recibió el remolcador, porque se hizo un acta de recepción provisional y no se

aceptó después de los inconvenientes que presentó el remolcador, entonces por eso nunca se

hizo entrega del remolcados a JAPDEVA”. Seguidamente el testigo contesta preguntas del

licenciado Julio Zelaya Rodríguez: “Bueno en las inspecciones que se hicieron se constató

principalmente fechas de construcción de los equipos, inclusive se tomaron videos,

fotografías, de los equipos, por el estado de conservación existentes, existen fotografías de

eso, se hicieron algunas pruebas de funcionamiento, de viraje, del sistema del fifi, las pruebas

de las anclas, que se hizo con el Capitán Zúñiga, se hicieron pruebas son como pruebas de

mar, no se está cuestionando el funcionamiento en sí del remolcador, sino, los equipos, que

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es el año de construcción de los equipos y el estado de conservación, que está certificado en

las fotografías”.-“porque INTERTUG prácticamente dijo que tenía defensas adecuadas con

unas defensas tipo lobo defensas verticales, defensas cilíndricas a su alrededor en la parte

de proa yo puse que cumplió y con eso se adjudicó, después vino el remolcador sólo con las

defensas cilíndricas en una parte de proa e inclusive lo que se cuestiona es el daño que existe

en la defensa, y el daño que puede ocasionar a terceros, empujando los barcos, entonces eso

se tenía que reparar y nunca se reparó”.-“Bueno a la fecha que se hizo la recepción

provisional todavía no estaba adaptado, después al 12 de mayo, el señor representante de

AtlanticChippin nos envió un documento de que iba a adaptar los transformadores y los

baristores para solucionar el problema, pero ya inclusive era una fecha que ya era

extemporánea a la Acta de Recepción”. Asimismo y para mejor entender se rescata lo

manifestado por el testigo Jheynold Luna Williams quien expresó: “ese es un remolcador que

según sus documentos decía que era de fabricación 2013, pero cuando fuimos a hacer las

inspecciones, pues sinceramente no parecía un remolcador nuevo, las máquinas por ejemplo

presentaban bastante desgaste, las placas también, al hacer una pequeña comparación con

un remolcador que había llegado pudimos ver claramente la diferencia, por ejemplo cuando

fuimos a ver el casquillo del remolcador, también pudimos ver que las condiciones de

cableado, las condiciones propiamente estructurales, no parecían de un remolcador

recientemente construido”.- “el que más peso tal vez tiene fue en la manifestación del

BOLLARDPULL, bollardpull es la potencia que tiene la potencia de empuje del remolcador,

ellos manifestaban que tenía 60 toneladas de empuje, pero nosotros pudimos constatar con

los documentos a bordo, que este era de más, estaba alrededor de los 63. Ahora, porqué es

que eso es un incumplimiento grave, muchos otros oferentes quedaron fuera precisamente por

el BOLLARPULL que presentaba, entonces si ellos no estaban dentro del rango que se estaba

pidiendo, entonces ellos entraron inclusive de manera ilegal…”.- “tenía que tener 5 mil

horas, incluso no excederse de los 3 años, entonces nosotros al revisar vimos que las

máquinas, muchas tenían placas del 2009, eso tira o por los menos cae por fuera del margen

de aceptación que estábamos manejando con el cartel”. – “para el primero de abril era el

tiempo límite para hacer ya la entrega definitiva estamos hablando de documentación y todos

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los puntos que decía el cartel, bueno cosa que no sucedió, ya para el primero de abril habían

claros incumplimientos por ejemplo de los permisos de trabajo, de los tripulantes, que no

tenían, no tenían el permiso de navegabilidad para el primero de abril, tenían que presentar

a Marino y Grúa un plan de mantenimiento del remolcador, para ese entonces tampoco lo

tenían, entonces hay varios temas que quedaron pendientes para la fecha límite de entrega

del remolcador”. El testigo contesta a preguntas del licenciado Zelada Rodríguez, en la

forma que sigue: “Sinceramente no, no la empresa no brindo un informe de resultados ese

día, precisamente era parte de todo el proceso y la idea de hacer las pruebas, ese fue otro de

los puntos que no se presentó y ahí pues sí pudimos constatar que habían cuestiones en

cuanto al tiempo de reacción a la hora de dar la instrucción o el comando en donde si nos

alertó de cosas que debíamos revisar propiamente en las máquinas, aprovecho para decir

que precisamente por este tipo de inspecciones, quisimos hacer una contratación de un

técnico experto, el Capitán Zúñiga, eso fue subcontratado por la Administración también,

para reforzar las teorías que nosotros nos estábamos planteando”.- “Bueno básicamente lo

que se hizo fue una solicitud de servicios, eso lo ampara la Administración, una contratación

de un técnico por servicios profesionales para poder hacer un SORBELLER de la situación

del remolcador”. De igual manera es importante señalar lo manifestado por el testigo Orlando

Cruz Villalobos, quien afirma:“vimos en máquinas algunas modificaciones”. Continúa

manifestando:“habían líneas en los disparos de emergencia totalmente roídas, ya habían sido

cambiados un embrague de transmisión, el sistema de aire había sido modificado, el control

de neumático para el sistema de control de las transmisiones”. Seguidamente contesta el

testigo a preguntas del licenciado Zelaya Rodríguez: “pero eso al barco ya sería una

modificación era lo que decía el SORBEY que había contratado JAPDEVA”.

Por lo anterior, se desprende fácilmente del expediente, que el representante de la empresa

INTERNATIONAL TUG SA- INTERTUG S.A., licenciado Julio Zelaya Rodríguez

manifestó al inicio de la audiencia para recabar la prueba que no aportaría en el expediente

prueba testimonial alguna, de ahí que no procede análisis alguno. De igual manera manifestó

que no presentaría ante la audiencia fijada documento alguno como prueba ni aportaría

incidente alguno (ver folio 354 del expediente administrativo), tampoco presento prueba

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pericial alguna, en resumen no presento: prueba documental, prueba testimonial ni prueba

pericial, en la audiencia oral y privada realizada, situación que se puede corroborar en la

transcripción del acta que para tal efecto se levantó posteriormente (artículo 313 incisos 1 y 2

Ley General Administración Pública).

Como bien se explicó anteriormente, el representante de la empresa INTERTUG, al inicio de

la Audiencia Oral y privada para recabar la prueba, no presento prueba documental,

procediendo en su lugar a señalar los alegatos de descargo y conclusiones esbozados durante

la audiencia oral y privada celebrada el pasado 29 y 30 de julio del 2014 (Procedimiento

Ordinario Administrativo, Expediente N° Órgano DECISOR Licitación Pública N°2013LN-

000002-01), dentro del Procedimiento Ordinario de Resolución Unilateral de la Relación

Contractual contra INTERNATIONAL TUG S.A.-INTERTUGS.A.. Del análisis y valoración

de la prueba dicha, este Consejo de Administración de JAPDEVA, mediante resolución de

las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre del 2014 (Proceso Ordinario

Administrativo de Resolución Unilateral de la Relación Contractual contra

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A., expediente N° Órgano DECISOR

Licitación Pública N°2013LN-000002-01) llegó a la conclusión de que ha quedado

suficientemente acreditado, que existen incumplimientos graves por parte de la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A.. Así las cosas, considera el ORGANO

DECISOR que la prueba a que hace referencia el Apoderado Especial Administrativo de la

empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG, S.A. licenciado Julio Zelada

Rodríguez, resulta insuficiente para demostrar que a su representada no se le debe de

interponer por parte de la Administración una sanción de apercibimiento con base al artículo

99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 215 de su Reglamento. Es

claro, que el procedimiento administrativo indicado anteriormente es un asunto totalmente

aparte del objeto por el cual se estableció el presente procedimiento ordinario administrativo.

De importancia es indicar que la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.-INTERTUG S.A.,

tuvo la oportunidad de demostrar lo contrario, en el procedimiento ordinario administrativo

antes citado, siendo que como bien así lo reconoce el apoderado especial administrativo,

aportó dicha prueba al procedimiento, la cual fue en extremo analizada y valorada en su

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oportunidad por el ORGANO DIRECTOR Y DECISOR de ese procedimiento ordinario

administrativo (Proceso Ordinario Administrativo de Resolución Unilateral de la Relación

Contractual contra la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A. Expediente

N°001-2014. Licitación Pública N°2013LN-000002-01). Como bien se desprende del

presente procedimiento administrativo, el mismo se estableció con el fin de interponer sanción

de apercibimiento con base al artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y

el artículo 215 de su Reglamento, con base a una Resolución dictada por este Consejo de

Administración de JAPDEVA, la cual se encuentra debidamente firme en la vía

administrativa. Procedimiento Ordinario Administrativo en el cual la empresa

INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A. contó con un debido proceso, fortaleciendo

y respaldando su derecho de defensa. Por lo consiguiente, considera este ORGANO

DECISOR, que la empresa INTERNATIONAL TUG S.A.- INTERTUG S.A. no logro

demostrar con la prueba documental ofrecida, que no sea merecedora de la sanción de

apercibimiento a que hace referencia los artículos 99 inciso a) de la Ley de Contratación

Administrativa, el cual dispone: “Sanciones a particulares: Artículo 99.- Sanción de

apercibimiento. Se hará acreedora a la sanción de apercibimiento, por parte de la

Administración o la Contraloría General de la República, la persona física o jurídica que,

durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas:

a) El contratista que, sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardíamente con

el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecución de las garantías de participación o de

cumplimiento.”(…).y el artículo 215 de su Reglamento que establece: Artículo 215.-

Sanciones a particulares. La sanción a particulares puede ser apercibimiento o

inhabilitación. El apercibimiento consiste en una formal amonestación escrita dirigida al

particular, a efecto de que corrija su conducta, cuando fuere posible, sin perjuicio de la

ejecución de garantía o aplicación de cláusula penal o multas, cuando así procediere y

constituye un antecedente para la aplicación de la sanción de inhabilitación por la causal del

artículo 100, inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa”. En resumen concluye este

ORGANO DECISOR, de que efectivamente y con sustento y fundamento a la prueba

testimonial y documental recabada en la Audiencia Oral y Privada y durante todo el

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procedimiento ordinario administrativo realizado, que la empresa INTERNATIONAL TUG

S.A..- INTERTUG S.A., sin motivo suficiente, incurrió en una serie de incumplimientos de

las condiciones cartelarias en la Licitación Pública N°2013LN-000002-01 y considera

también que la empresa dicha cumplió de forma defectuosa y tardía con el objeto del contrato

acordado entre las partes. Por tal razón, la empresa INTERNATIONAL TUG S.A..-

INTERTUG S.A., es merecedora de que se le imponga una sanción de apercibimiento, que

consiste en una formal amonestación escrita al particular en este caso concreto a la empresa

dicha, a efecto de que corrija su conducta, según lo establecen el artículo 99 inciso a) de la

Ley de Contratación y el artículo 215 de su Reglamento, .

SE CORRIGE ERROR MATERIAL:

De importancia es aclarar que por un error involuntario, este Órgano DECISOR consignó

inmediatamente después de las conclusiones hechas por el Apoderado Especial

Administrativo de la Empresa INTERNACIONAL TUG –INTERTUG S.A, licenciado Julio

Zelaya Rodríguez, que el expediente del presente Procedimiento Ordinario Administrativo es

001-2013 siendo lo correcto 001-2014, como bien se observa en el encabezado de la presente

transcripción de pruebas. Del mismo modo, se corrige error material en el tanto se consignó el

nombre y apellidos del testigo como Orlando Cruz Williams siendo lo correcto Orlando Cruz

Villalobos.

POR TANTO

De conformidad con lo expuesto anteriormente, del análisis y la valoración de la prueba

recabada, tanto documental como testimonial que consta en autos, este Órgano DECISOR

concluye que efectivamente dentro de este Procedimiento Ordinario Administrativo, ha

quedado acreditado que sí existen incumplimientos graves por parte de la empresa

INTERNACIONAL TUG S.A.–INTERTUG S.A. al objeto contractual, que la hacen

merecedora por parte de la Administración para imponerle una sanción de apercibimiento con

base al artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 215 de su

Reglamento, que consiste en una formal amonestación escrita ya que efectivamente la

empresa INTERTUG incurrió en una serie de incumplimientos en las condiciones,

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requerimientos y especificaciones técnicas establecidas en el cartel de la Licitación Pública

N°2013LN-000002-01 promovida por la Administración Portuaria de JAPDEVA, y que

fueron formalizadas entre las partes mediante el Contrato N°32, denominado “Contrato para

el Arrendamiento con Opción de Compra de un Remolcador para el Servicio Portuario”,

siendo que el remolcador no cumplió con lo ofrecido por la empresa ni en su oferta ni en lo

que se obligó.

Se le hace saber a la parte que de conformidad con el Ordenamiento jurídico a esta resolución

le caben los recursos ordinarios y extraordinarios. NOTIFIQUESE.

LICDA. ANN MC KINLEY MEZA

PRESIDENTA EJECUTIVA.

ARTICULO VIII CORRESPONDENCIA

VIII-a) NOTA CV-111 DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA PARA RATIFICAR

LA ADJUDICACIÓN DE LOS LOTES NO.43, 258, 289,297 Y 302 DE

LA SEGUNDA ETAPA DE LA URBANIZACIÓN LOS COCOS.

LICDA. ANN MC KINLEY: Éste tema queda pendiente para ser analizada en sesión de junta directiva una vez que se reciba de parte de la Comisión de Vivienda la propuesta de salida para estos casos según lo aprobado anteriormente. VIII-b) NOTA DEL COMITÉ ADMINISTRATIVO DEL TEMPLO CATOLICO

EN SHIROLES SOLICITUD DE MATERIALES PARA LA REPARACIÓN DEL TEMPLO DE DICHA COMUNIDAD.

LICDA. ANN MC KINLEY: Recibimos nota del Comité Administrativo del Templo Católico en Shiroles solicitud de materiales para la reparación del templo de dicha comunidad. Siguiendo el procedimiento establecido por el Consejo de Administración para el trámite de este tipo de solicitudes se remite dicha solicitud a la Comisión de Ayudas Comunales. ACUERDO NO. 037-15 TRASLADAR A LA COMISÓN DE AYUDAS COMUNAL

Y/O A LA ADMINISTRACION DE DESARROLLO PARA SU ANALISIS Y POSTERIOR RECOMENDACIÓN NOTA DEL COMITÉ ADMINISTRATIVO DEL TEMPLO

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CATÓLICO EN SHIROLES SOBRE SOLICITUD DE MATERIALES PARA LA REPARACIÓN DEL TEMPLO DE DICHA COMUNIDAD.

ACUERDO FIRME VIII-c) SOLICITUD DE PERMISO SIN GOCE DE SALARIO POR UN AÑO DE

LA FUNCIONARIA DINEY BROWN MAITLAND, CODIGO 1130-005 SECRETARIA SERVICIO CIVIL 1.

LICDA. ANN MC KINLEY: Esta es una solicitud con el fin de que esta funcionaria pueda laborar como docente en el Ministerio de Educación Pública de forma interina, la compañera Diney tiene posibilidades de que la nombren en propiedad pero primero debe cumplir con el requisito de tiempo como interina, le encanta la educación y creo que debemos brindarle la oportunidad, en el momento que salga la oportunidad de nombramiento en propiedad como educadora ella estaría renunciando a JAPDEVA, por lo tanto solicito la aprobación de este permiso a la funcionaria Diney Brown. Quienes estén de acuerdo en aprobar este permiso sin goce de salario por un año, sírvanse levantar la mano. Aprobado por unanimidad ACUERDO No. 038-15 AUTORIZAR A LA GERENCIA GENERAL REALIZAR

EL TRÁMITE DE SOLICITUD DEL PERMISO SIN GOCE DE SALARIO DEL 01 DE FEBRERO 2015 AL 31 DE ENERO DEL 2016 PARA LA FUNCIONARIA DINEY BROWN MAITLAND, SECRETARIA DE LA UNIDAD DE CONTROL INTERNO.

ACUERDO FIRME

VIII-d) NOTA DE LA IGLESIA BAUTISTA GETSEMANI, PERMISO DE USO

DEL POLIDEPORTIVO DE JAPDEVA. LICDA. ANN MC KINLEY: Recibimos nota de la Iglesia Bautista Getsemani para dos fechas para realizar la Cruzada por la Familia en conjunto con el Ministerio del Pastor William Magaña, son dos eventos que se realizarán a nivel provincial y se escogió el cantón central de Limón, la actividad es para las siguientes días. 25 de abril del año 2015 realizarán la cruzada por la Familia, en conjunto con el Ministerio del Pastor William magaña y la Emisora Radio Unción (Este evento

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involucra participación de toda la provincia y ya cuentan con el apoyo de las Fraternidades de la provincia. El 11 y 12 de setiembre realizarán el Festival del Gozo, cuentan con el patrocinio y coordinación del Ministerio Internacional de Luis Palao, Club 700 y otros, tiene previsto lo que son las carpas, toda la logística, lo que tenemos que hacer es facilitar las instalaciones, lo único que tendríamos que poner son las condiciones como lo hicimos para los carnavales, en cuanto a la parte de los servicios sanitarios. Es alrededor de 1500 personas, durante todo el día o más, por lo que se debe hacer el trámite de los servicios sanitarios, recolección de la basura, seguridad etc., como se han dado otros permisos anteriores, le agregaríamos a la moción para que se preste el permiso, condicionado a que tengan los permisos correspondientes de la Municipalidad de Limón, Ministerio de Salud, la idea es que nos presente los documentos respectivos que efectivamente cuentan con los permisos. Quienes están de acuerdo sírvanse levantar la mano. Aprobado. ACUERDO NO. 039-15 1.- CONCEDER PERMISO A LA IGLESIA BAUTISTA

GETSEMANI DE LA PROVINCIA DE LIMÓN PARA QUE UTILICEN EL ESPACIO DEL POLIDEPORTIVO DE JAPDEVA CON EL FIN DE REALIZAR LA CRUZADA POR LA FAMILIA, LO CUAL SERÁ BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES:

2. FACILITAR EN CALIDAD DE PRESTAMO EL POLIDEPORTIVO DE JAPDEVA LOCALIZADO EN LAS INSTALACIÓN DE LA INSTITUCIÓN NO ASI LA CALLE QUE CONDUCE AL POLIDEPORTIVO TODA VEZ QUE ES UNA CALLE PUBLICA DE ACCESO MUNICIPAL SOBRE LA CUAL NO TENEMOS POTESTAD.

3. FACILITAR LAS INSTALACIONES DEL POLIDEPORTIVO UNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA LA FINALIDAD DE LA CRUZADA Y EL FESTIVAL DEL GOZO, DURANTE LOS DIAS 25 DE ABRIL 2015, 11 Y 12 DE SETIEMBRE 2015.

4. EL INGRESO Y SALIDA DEBE SER POR EL SECTOR PUERTA PRINCIPAL SALIDA A LA CALLE.

5. EL AREA DISPONIBLE PARA LA ACTIVIDAD ES DE 3.000 METROS CUADRADOS.

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6. SE DEBERÁ SOLICITAR A LA IGLESIA BAUTISTA GETSEMANI LA RESPECTIVA ADQUISICIÓN DE UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA ESTA ACTIVIDAD QUE CONTEMPLE LESIONES O MUERTE, DAÑOS A LA PROPIEDAD Y CONTAMINACIÓN ACCIDENTAL AL MEDIO AMBIENTE.

7.- CUALQUIER DAÑO QUE SE OCASIONARA A LAS INSTALACIONES PORTUARIAS, MALLAS, CÁMARAS, SISTEMA DE ELECTRICIDAD ETC. PROPIEDAD DE JAPDEVA POR LA ACTIVIDAD SEÑALADA DEBERÁN SER REPARADOS Y/O RESARCIDOS EN SU TOTALIDAD Y DEJARLA EN LAS CONDICIONES QUE SE ENCUENTRAN ACTUALMENTE.

8.- SERÁN RESPONSABILIDAD DE LA IGLESIA BAUTISTA GETSEMANI LOS SERVICIOS DE AGUA, ELECTRICIDAD, RECOLECCIÓN DE LA BASURA, PERMISOS DEL MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTALES, SEGUROS Y OTROS REQUERIDOS PARA DICHA ACTIVIDAD.

9.- DEBERÁN DE CONTAR CON LA CANTIDAD ADECUADA DE SERVICIOS SANITARIOS DENTRO DEL CAMPO FERIAL.

10.-SE DEBERÁ COORDINAR CON LA FUERZA PUBLICA, LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD DE JAPDEVA Y LOS INSPECTORES DE TRÁNSITO DE MODO QUE SE ESTABLEZCA UNA VIA DESCONGESTIONADA (RUTA 32) DE ENTRADA Y SALIDA DEL RECINTO PORTUARIO PARA QUE LA ACTIVIDAD EN CUESTIÓN NO ENTORPEZCA LA FLUIDEZ DEL TRANSITO HACIA Y DESDE EL PUERTO.

12.-FINALMENTE DEBERÁ REMITIR COPIA A LA

GERENCIA PORTUARIA DE TODOS LOS

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PERMISOS Y CERTIFICACIONES DE POLIZAS ANTES MENCIONADOS PARA GENERAR EL DOCUMENTO FORMAL DEL PERMISO DE USO DEL AREA.

APROBADO POR UNANIMIDAD ACUERDO FIRME ARTICULO IX ASUNTOS VARIOS

NO SE PRESENTARON Al ser las 16:55 se da por finalizada la sesión.