Sistema Permisos Emisiones Para Fuentes Fijas

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SISTEMA DE PERMISO DE EMISIONES PARA FUENTES FIJAS

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SISTEMA DE PERMISO DE EMISIONES PARA FUENTES FIJAS

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OBJETIVOSObjetivo General: Identificar los aspectos relevantes del sistema permisivo nacional del recurso aire en fuentes fijas y olores ofensivos.

Objetivos Específicos• Determinar cuales son las autoridades que regulan el tema de contaminación de aire y además cuales son las autoridades competentes que pueden otorgar permisosde emisiones atmosféricas.• Conocer las razones por las cuales un permiso puede cesar, ser revocado, modificado o negado. • Determinar la metodología y requisitos para obtener el permiso de emisión atmosférica y la renovación del mismo.• Identificar la normatividad vigente que regula la cantidad y calidad de las emisiones atmosféricas en cuanto a fuentes fijas y olores ofensivos.• Identificar y diferenciar las diferentes fuentes de emisión atmosférica y olores ofensivos.• Analizar y plantear algunas recomendaciones a la normatividadcon el ánimo de mejorar algunos aspectos.

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DEFINICIONESEmisión: Es la descarga de

una sustancia o elementos al aire, en estado sólido, líquido o gaseoso, o en alguna

combinación de éstos, proveniente de una fuente fija o móvil

Fuente de Emisión: Es toda actividad,proceso u operación, realizadopor los seres humanos, o con su intervención, susceptible

de emitir contaminantes al aire

DECRETO 948 DE 1995

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…DEFINICIONES

Fuente Fija: fuente de emisión situada en un lugar determinado

e inamovible, aun cuando la descarga de contaminantes

se produzca en forma dispersa.

Fuente Fija Puntual: Es la fuentefija que emite contaminantes al aire por ductos o chimeneas.

DECRETO 498 DE 1995

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…DEFINICIONESFuente Fija Dispersa o Difusa: aquella en que los focos de emisión

de una fuente fija se dispersan en un área, por razón del

desplazamiento de la acción causante de la emisión, Ej: quemas abiertas

en zonas rurales

Área Fuente: zona o región, urbana suburbana o rural, que por albergar múltiples fuentes fijas de emisión, es considerada como una área especialmente generadora

de sustancias contaminantes del aire

DECRETO 498 DE 1995

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…DEFINICIONES

Sustancia de Olor Ofensivo: Es aquella que por sus propiedades

organolépticas, composición y tiempo de exposición puede causar olores desagradables.

DECRETO 498 DE 1995

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PERMISO DE EMISIÓN ATMÓSFERICA

El permiso de emisión atmosférica es el que concede laautoridad ambiental competente, mediante

acto administrativo, para que una persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de los límites

permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire.

Vigencia de 5 añosSólo se otorgará al propietario Sólo se otorgará al propietario

de la obra, empresa, actividad, de la obra, empresa, actividad,

industria o establecimiento industria o establecimiento

que origina las emisiones.que origina las emisiones.

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CASOS QUE REQUIEREN PERMISO DE EMISIÓN ATMÓSFERICA

Quemas abiertas controladas en zonas rurales; Descargas de humos, gases, vapores, polvos o partículas por

ductos o chimeneas de establecimientos industriales, comerciales o de servicio; Emisiones fugitivas o dispersas de contaminantes por actividades

de explotación minera a cielo abierto; Incineración de residuos sólidos, líquidos y gaseosos; Operaciones de almacenamiento, transporte, carga y descarga en puertos

susceptibles de generar emisiones al aire; Operación de calderas o incineradores por un establecimiento industrial

o comercial;

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…CASOS QUE REQUIEREN PERMISO DE EMISIÓN ATMÓSFERICA

• Quema de combustibles, en operación ordinaria, de campos de explotación de petróleo y gas

Procesos o actividades susceptibles de producir emisiones de sustancias tóxicas;

Producción de lubricantes y combustibles; Refinación y almacenamiento de petróleo y sus derivados;

y procesos fabriles petroquímicos; Operación de Plantas termoeléctricas; Operación de Reactores Nucleares; Actividades generadoras de olores ofensivos; Las demás que el Ministerio del Medio Ambiente establezca

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PERMISOS COLECTIVOS DE EMISIONES INDUSTRIALES

Este permiso se le puede otorgar a las asociaciones, gremios o grupos de pequeños y medianos empresarios, que en conjuntolo soliciten y que reúnan las siguientes características comunes:

Que operen en una misma y determinada área geográfica, definida como área- fuente de contaminación, y produzcan conjuntamente un impacto ambiental acumulativo

Que realicen la misma actividad extractiva o productiva o

igual proceso industria

Que utilicen los mismos combustibles y genere emisiones similares al aire.

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¿CUÁNDO NO SE REQUIERE PERMISO?

Emisiones que no sean objeto de prohibición o restricción legal o

reglamentaria, o de control por las regulaciones ambientales.

Cuando la Fuente de emisión no estéestipulada en el decreto 948 de 1995

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PÓLIZAS DE GARANTIA DE CUMPLIMIENTO

CESIÓN

AAC podrá exigir al titular del mismo, el otorgamiento de una póliza de garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo, hasta por un valor

equivalente al 30% de los costos de las obras y actividades de control de las emisiones al aire, cuando éstas se requieran para ajustar las descargas contaminantes

del solicitante a los estándares vigentes

El titular o solicitante del permiso de emisión podrá ceder a un tercero sus derechos y obligaciones una vez se comunique expresamente la cesión ante la autoridad Ambiental.• El cedente deberá agregar una copia auténtica del acto o contrato en que la cesión tiene origen• El cesionario sustituye en todos los derechos y obligaciones al solicitante o al titular cedente del permiso, sin perjuicio de la responsabilidad del Cedente, por violación a normas ambientales.

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SUSPENSIÓN

REVOCATORIA

1. Al incumplir alguno de los términos, condiciones, obligaciones y exigencias establecidas en el permiso, según la ley, reglamentos o resolución de otorgamiento.2. Al declararse los niveles de prevención, alerta o emergencia.3. En el acto que ordene la suspensión se indicará el término de duración de la misma, o la condición a que se sujeta el término de su duración.

1. Al incumplir las obligaciones, términos y condiciones del permiso, al cometer falsedad o fraude, o grave inexactitud en la documentación o información ambiental suministrada a las

autoridades ambientales.2. Cuando al estar suspendido, se violen las obligaciones y restricciones impuestas

por el acto que ordena la suspensión.3. Cuando por una grave y permanente amenaza a la salud humana o al medio ambiente,

se imposible permitir que continúe la actividad para la cual se ha otorgado el permiso.

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MODIFICACIÓN

1. De manera unilateral, cuando por cualquier causa hayan variado de manera sustancial las circunstancias y motivos de hecho y de derecho

tenidos en cuenta al momento de otorgarlo.2. A solicitud de su titular, durante el tiempo de su vigencia, en consideración

a la variación de las condiciones de efecto ambiental de la obra, industria o actividad autorizada, que hubieran sido consideradas al momento

de otorgar el permiso.

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TRÁMITE DEL PERMISO DE EMISIÓN ATMOSFÉRICASe presenta solicitud de permiso

de emisor personalmente y por escrito

10 Días

AA Competente dictará un auto de iniciación de trámite

Correcciones o Adiciones a la

solicitud de permiso

10 DíasNO cumple los

requisitos NORechazo de Solicitud

de Permiso

Visita Técnica

Si AAC considera necesaria - 15 Días

SI cumple

5 Días

Solicitud de conceptos técnicos o informaciones para la concesión del permiso a otras autoridades

60 DíasAAC decide si otorga o

niega el permiso 5 Años

Renovación del Permiso de Emisiones

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RENOVACIÓN DEL PERMISO DE EMISIÓN ATMOSFÉRICA

Informe de Estado de

Emisiones - (IE-1)

10 Días

AAC puede exigir información complementaria al peticionario

NO hay observaciones Visita Técnica

15 Días

Se le notifican al solicitante

10 DíasPara que el solicitante responda a

tales observaciones

60 Días antes del vencimiento del

permiso

AAC expide Acto Administrativo

Por el cual se renueva el permiso por 5 años e

iguales condiciones al permiso inicial

Realizada la Visita Técnica y allegada

información complementaria

AAC no se ha pronunciado, se

entiende el permiso por renovado

SI se formulan observaciones

90 Días

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EMISIÓN DE OLORES OFENSIVOS

Res. 601 de 2003 – Art. 5: Niveles máximos permisibles para

contaminantes no convencionales y umbrales para las principales

sustancias generadoras de olores ofensivos.

Código de Policía de Bta• Comportamientos que favorecen la tranquilidad• Comportamientos que favorecen las relaciones de vecindad• Comportamientos que favorecen la conservación y la protección del aire• Comportamientos que favorecen la libertad de industria y comercio

Prohibiciones: queda prohibido el funcionamiento de establecimiento generadores de olores ofensivos

en zonas residenciales y serán las CAR y los Grandes Centros Urbanos y en especial

los municipios y distritos

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FORMULARIO ÚNICO NACIONAL

Datos del Solicitante

Datos del Predio

Información del proyecto que origina la emisión

Documentación que debe anexar a la solicitud

Fuente de Emisión

Firma del solicitante o apoderado

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INFORMACIÓN TÉCNICA REQUERIDA POR LA SECRETARIA DE AMBIENTE

1.1. Formulario correspondientemente diligenciado. Formulario correspondientemente diligenciado.2.2. Concepto sobre uso del suelo, obra o actividad, que pruebe la Concepto sobre uso del suelo, obra o actividad, que pruebe la

compatibilidad entre actividad y el uso del suelo.compatibilidad entre actividad y el uso del suelo.3.3. Información meteorológica del área. Información meteorológica del área.

4.4. Descripción de obras, procesos o actividades en general que Descripción de obras, procesos o actividades en general que generen las emisiones y planos requeridos.generen las emisiones y planos requeridos.

5.5. Flujograma con indicación y caracterización de los puntos de Flujograma con indicación y caracterización de los puntos de emisión, ubicación, cantidad de puntos, descripción y planos de emisión, ubicación, cantidad de puntos, descripción y planos de

ductos, chimeneas o fuentes dispersas, materiales, medidasductos, chimeneas o fuentes dispersas, materiales, medidasy características técnicas.y características técnicas.

6.6. Información técnica sobre producción prevista o actual, Información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5) años.proyectos de expansión y proyecciones de producción a cinco (5) años.

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INFORMACIÓN TÉCNICA REQUERIDA POR LA SECRETARIA DE AMBIENTE

7.7. Estudio técnico de evaluación de las emisiones de combustión Estudio técnico de evaluación de las emisiones de combustión o producción. o producción.

8.8. Información sobre consumo de materias primas, combustibles y Información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.otros materiales utilizados.

9.9. Diseño de los sistemas de control de emisiones existentes o Diseño de los sistemas de control de emisiones existentes oproyectados (ubicación e info. de ingeniería).proyectados (ubicación e info. de ingeniería).

10.10. Informar si utiliza controles al final del proceso las emisiones Informar si utiliza controles al final del proceso las emisiones atmosféricas, tecnologías limpias o ambos.atmosféricas, tecnologías limpias o ambos.

11.11. Certificado de existencia y representación legal. Certificado de existencia y representación legal.12.12. Poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado. Poder debidamente otorgado, cuando se actúe mediante apoderado.

13.13. Autoliquidación del cobro por el servicio de evaluación. Autoliquidación del cobro por el servicio de evaluación. 14.14. 2 Copias del recibo de consignación. 2 Copias del recibo de consignación.

Información mínima requerida para dar inicio al trámite solicitado.Información mínima requerida para dar inicio al trámite solicitado.

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MARCO NORMATIVO FUENTES FIJAS

RESOLUCIÓN 1208 DE 2003 prevención y control de la contaminación atmosférica por fuentes fijas y protección de la calidad del aire para Bogotá.

RESOLUCIÓN 619 DE1997 factores a partir de los cuales se requiere permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas.

LEY 9 DE 1979 dicta medidas sanitarias

LEY 23 DE 1973 código de recursos naturales y de

protección del medio ambiente

Resolución 1351/95 adopción de informe de emisiones IE-1

DECRETO 2107 DE 1995 modifica parcialmente

el DECRETO 948 DE 1995

DECRETO 02 DE 1982 reglamenta parcial mente el titulo 1 de la ley 9/79 y decreto ley 281/74 en cuanto a

emisión atmosféricas

DECRETO 948 DE 1995 reglamento de protección y control de

calidad de aire

DECRETO 979 DEL 2006 Modifica los artículos 7, 10, 93, 94 y 108 del decreto 948 de 1995

DECRETO LEY 2811 DE 1974 código nacional de recursos naturales

renovables y de protección del medio ambiente

RESOLUCIÓN 0058 DE 2002por la cual se establecen normas y límites máximos permisibles de emisión (incineradores)

RESOLUCIÓN 0886 DE 2004 modifica parcialmente la resolución anterior

Resolución 1619/95 definir sectores de aplicación del formulario IE-1

Resolución 441/97 revoca el art 2 de la resolución anterior

Ley 99 de 1993 Art 5 :funciones del MAVDT Art 85 : Sanciones y medias preventivas

RESOLUCIÓN 1908 DE 2006 fijan los niveles permisibles de emisión de contaminantes en alta clase y se adoptan medidas tendientes a prohibir el uso de aceites usados.

Constitución 91 Art 79: Todas las personas tienen

derecho a gozar de un ambiente sano

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MARCO NORMATIVO OLORES OFENSIVOS

Acuerdo 79 de 2003 código de policía

Art 73. Casos que requieren permiso de emisión atmosférica. Actividades generadoras de olores ofensivos

DECRETO 498 DE 1995

Reglamento de protección y control de la calidad del aire

Art 1: contenido y objeto Emisión de olores ofensivos

Art 2. Definiciones técnicas

Art 5. De las distintas clases de normas y estándares Norma de evaluación y emisión de olores ofensivos. Se establecerán los umbrales de tolerancia

Art 16. Normas de evaluación y emisión de olores ofensivos

Art 20. Establecimientos generadores de olores ofensivos

Art 117. De las infracciones. Violaciones de cualesquiera de las regulaciones, prohibiciones y restricciones sobre olores ofensivos.

TITULO V: Para conservar y proteger el ambiente

TITULO IX: Para la libertad de industria y comercio y la protección de los consumidores

RESOLUCIÓN 0601 DE 2006 Se establece la Norma de Calidad del Aire o Nivel de Inmisión, para todo el territorio nacional en condiciones de referencia

Art. 5. Niveles máximos permisibles para contaminantes no convencionales y umbrales para las principales sustancias generadoras de olores ofensivos

Constitución 91 Art 79: Todas las personas tienen

derecho a gozar de un ambiente sano

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

• En Colombia existe mucha normatividad en materia de contaminación de aire por fuentes fijas, lo cual muestra que existe una gran preocupación por la calidad del aire y lo que la contaminación puede causar en un futuro. • La clasificación de las fuentes fijas de contaminación atmosférica, depende de la forma en la que se genera la emisión contaminante.• No todas las industrias, instalaciones, proyectos o actividades requieren de un permiso de emisiones. Quienes no requieren dicho permiso deben contar con una licencia de funcionamiento y operación• La normatividad en cuanto a olores ofensivos es escasa• Además de establecer los umbrales para olores ofensivos debería existir un permiso para emisión de olores y mas prohibiciones respecto de los sitios en donde esta permitido emitir olores ofensivos.• Los permisos de emisión atmosféricas se pueden obtener como parte de la licencia ambiental única o global.

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BIBLIOGRAFÍA

• Ley 99/93Ley 99/93• Decreto 948 de 1995Decreto 948 de 1995• Decreto 02 de 1982Decreto 02 de 1982• Decreto 979 de 2006Decreto 979 de 2006• Decreto 174 de 2006Decreto 174 de 2006• Resolución 2107 de 1995Resolución 2107 de 1995• Resolución 391 de 2001Resolución 391 de 2001• Resolución 1208 de 2003Resolución 1208 de 2003• Resolución 1908 de 2006Resolución 1908 de 2006• Resolución 601 de 2006Resolución 601 de 2006• Resolución 619 de 1997Resolución 619 de 1997• Resolución 0886 de 2004Resolución 0886 de 2004• Resolución 1351 de 1995Resolución 1351 de 1995• Acuerdo 79 de 2003 Acuerdo 79 de 2003 • La gestión de la calidad del aire en la ciudad de Bogota D.C, Bogota D.C,La gestión de la calidad del aire en la ciudad de Bogota D.C, Bogota D.C,Mayo 31 de 2006. Alcaldía Mayor de Bogota.Mayo 31 de 2006. Alcaldía Mayor de Bogota.

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CASO EMPRESA: PLASTICOS DE COLOMBIA S.A. ACTIVIDAD:Moldeo de plásticos y Vulcanizado de

elastómeros.

UBICACIÓN:calle 23 Nº 81 A 40

FOCOS DE EMISION: Caldera de 50 Hp: el combustible que utiliza es

A.C.P.M, con una altura de 12 metros y 12 pulgadas de diámetro.

Caldera de 10 Hp: el combustible que utiliza es A.C.P.M, con una altura de 12 metros y un diámetro de 8 pulgadas.

Incinerador de basuras: tiene un ducto de 15 metros de altura con un diámetro de 12 pulgadas.

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AUTO DE INICIO

1. Priorizar los sectores objeto de seguimiento

Profesional

2. Expedir oficio solicitando el valor del proyecto

Profesional

3. Recibir la información solicitada

Profesional

Oficio solicitando el valor del proyecto

5. Expedir el Auto de Cobro

Profesional

Auto de cobro

6. El usuario interpuso recursos?

7. Expedir auto resolviendo el recurso de reposición.

Profesional

8. Comunicar a la Dirección General la interposición del recurso de

apelaciónSubdirector

10. Revisar y Firmar la resolución

Director General

13

11. Numerar y fechar la resolución que resuelve el recurso

Profesional

Resolución que resuelve el recurso de reposición

A

No

Dirección GeneralSubdirección JurídicaSubdirección Ambiental Sectorial

Coordinación de Evaluación

4. Realizar la liquidación del cobro Profesional

9. Proyectar la resolución resolviendo el recurso de apelación

Asesor Jurídico

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A

12. Notificar la resolución al usuario

Profesional

13. Revisar el expediente

Profesional

14. Evaluar la información proporcionada referente al

seguimiento

Profesional

15. Se requiere de una Visita Técnica?

22

16. Programar la Visita Técnica

Profesional

17. Preparar los equipos necesarios

Profesional

18. Identificar los documentos necesarios

Profesional

B

No

Dirección GeneralSubdirección JurídicaSubdirección Ambiental Sectorial

Coordinación de Evaluación

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B

19. Iniciar la Visita Técnica

Profesional

20. Verificar las condiciones ambientales

Profesional

21. Diligenciar el Acta de Visita

Profesional

Formato Acta de Visita diligenciado

22. Generar Concepto Técnico

Profesional

Formato Concepto Técnico

diligenciado

23. Dar visto bueno al Concepto Técnico y remitirlo a firma

Coordinador del grupo sectorial

C

Dirección GeneralSubdirección JurídicaSubdirección Ambiental Sectorial

Coordinación de Evaluación

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Dirección GeneralSubdirección JurídicaSubdirección Ambiental Sectorial

Coordinación de Evaluación

24. Firmar el Concepto Técnico

Subdirector

25. Numerar y fechar el Concepto Técnico

Secretaria Ejecutiva

C

26. Archivar el Concepto Técnico en el expediente

Profesional

27. El C.T sugiere realizar

algún requerimiento?

16 - 21

28. Verificar el cumplimiento de los requerimientos

Profesional

29. Cumplió con los

requerimientos?

30. Remitir a la Subdirección Jurídica el C.T

ProfesionalFIN

CORRECCION

No

No

31.RESOLUCION MAVDT

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GRACIAS