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CONTA II

PACK TEORÍA (I)

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TEMA 1 – LA CONTABILIDAD FINANCIERA. INTRODUCCIÓN METODOLÓGICA

"La contabilidad financiera es aquella rama de la contabilidad centrada en los informes de uso general que

describen la situación financiera y los resultados de las operaciones y que se conocen como estados

financieros"

AMERICAN INSTITUTE OF CERTIFIED PUBLIC ACCOUNTANTS (AICPA)

"La contabilidad financiera es la rama de la contabilidad que tiene por objeto determinar la situación

patrimonial y financiera y los resultados de una empresa en un período, y suministrar dicha información a

una fecha que, normalmente, coincide con el último día del ejercicio económico. La contabilidad financiera,

también denominada contabilidad general, recoge las transacciones del ámbito externo, es decir, las

transacciones realizadas por la empresa con otras unidades económicas; sin embargo, no suministra

información sobre el proceso interno de formación de valores o ámbito interno, aspecto éste que se estudia

en contabilidad de costes. La información patrimonial y financiera del período (que puede ser o no un

ejercicio económico) se refleja en el balance de situación, y los resultados habidos en dicho período se

muestran en las cuentas de resultados correspondientes."

Alvarez Melcón, Sixto

"La contabilidad externa podemos definirla como “la parte de la Contabilidad dualista que se ocupa del

estudio de todas las transacciones que la empresa realiza en relación con el mundo exterior, cuyo estudio

lo efectúa de una manera analítica y continua con el fin de llegar a su conocimiento más exacto posible y

determinar el resultado empresarial."

Calafell Castelló, Antonio

"La contabilidad financiera, conocida bajo las denominaciones de contabilidad externa o contabilidad

general, tiene por objeto la preparación de los estados contables que informan sobre la renta y la riqueza

de la empresa, para lo cual somete a tratamiento y análisis a cuantas transacciones se producen entre la

citada unidad económica y el mundo exterior a ella, en el que, naturalmente, se encuentran situados los

mercados de factores y productos."

Cañibano, Leandro (Universidad Autónoma de Madrid)

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1.1.- LEGISLACIÓN BÁSICA DE LA CONTABILIDAD

Plan General de Contabilidad (PGC). Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre.

Plan General de Contabilidad para PYMES y los criterios específicos para microempresas. Real Decreto

1515/2007 de 16 de noviembre.

El código de comercio Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en

materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea. En esta

ley se establece la estructura básica del modelo contable. Regula las estipulaciones contables en sus

artículos 34 a 41.

Resoluciones del ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas). El ICAC es un organismo

autónomo adscrito al ministerio de Economía con competencia en materia contable.

Reglamentos y directivas de la UE.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) antes llamadas NIC.

Principios de la AECA (Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas).

1.1.- DEFINICIONES DE CONTABILIDAD FINANCIERA

En resumen, para poder elegir la alternativa que resulte óptima a cada situación, es indispensable disponer de

una buena información, tanto en términos cuantitativos como cualitativos.

Los diferentes agentes que participan en la actividad económica se ven obligados a tomar decisiones de forma

continua y, para ello, necesitan una información relevante y fiable.

Objeto de estudio de la contabilidad: la contabilidad responde a esa necesidad: es un sistema que

suministra información relevante y fiable sobre dos aspectos fundamentales: la riqueza (en un momento

determinado) y la generación de renta de una unidad económica (en un período) tomando como unidad de

referencia la empresa.

1.2.- CLASIFICACIÓN DE LA CONTABILIDAD

La contabilidad es una ciencia económica. La existencia de ciencia implica la existencia de:

Objeto material: estudia la realidad económica.

Objeto formal: la forma de enfocar el estudio de la realidad económica mediante un método propio: el

método contable.

La contabilidad se clasifica de diferentes maneras, a continuación explicamos una posible división:

1. La Macrocontabilidad se refiere a la contabilidad emitida por las grandes unidades económicas, con las

siguientes subdivisiones:

nacional: es la elaborada por los estados y suministra información para orientar sus políticas económicas.

El sistema contable utiliza variables macro (magnitudes agregadas) y estimaciones estadísticas.

supranacional: la información económico – financiera de un país no interesa sólo a su gobierno sino

también a instituciones internacionales. Aparece esta contabilidad de ámbito superior al de la nación.

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2. La Microcontabilidad se refiere a las pequeñas unidades económicas. Dentro de esta subdivisión podemos

diferenciar:

pública: emitida por los organismos públicos como Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, Ministerios,

etc. Se atienden a lo que dispone el Plan de Contabilidad aprobado para el sector público.

privada: distinguimos dos emisores de carácter privado de información contable:

o Entidades sin fines de lucro. Existe un Plan General de Contabilidad para este tipo de entidades.

o Empresas: el propósito es obtener un beneficio en el desarrollo de su actividad. Dentro de ésta

encontramos una doble clasificación:

- Contabilidad de costes, interna: la finalidad es elaborar información para la toma de decisiones

empresariales internas: se centra en el proceso de formación del coste de los procesos, proyectos o

productos de la empresa. Esta información va dirigida a los administradores. Su elaboración y

presentación es flexible porque va dirigida a los usuarios internos

- Contabilidad financiera, externa: la finalidad es suministrar información sobre la situación económico

– financiera (riqueza) de la empresa en un momento determinado y sobre los resultados (renta)

obtenidos durante un período determinado. Se le denomina contabilidad externa porque considera

las operaciones que tienen lugar entre la empresa y el mundo exterior y los usuarios son tanto

internos como externos. Su elaboración y presentación está regulada para garantizar la objetividad

y comparabilidad de la información. Dentro de la contabilidad financiera podemos diferenciar tres

ramas:

Consolidación: hace referencia a la elaboración de los estados contables consolidados que

deben presentar los grupos de sociedades: muestra la situación económico – financiera y el

resultado obtenido por el grupo, en su conjunto. Ejemplo: INDITEX (formada por Zara,

Stradivarius, Massimo Dutti…).

Auditoría: verifica que las cuentas anuales reflejan la imagen fiel de la situación económico –

financiera de la empresa y de los resultados obtenidos por la empresa.

Análisis: evaluar la situación económica y financiera de la empresa para adoptar las decisiones

que faciliten la realización de los objetivos propuestos.

Los usuarios de la contabilidad financiera son los siguientes:

a) Internos: la contablidad les permite tomar decisiones respecto a la gestión de la empresa. Ejemplos:

directivos y administradores que les permitirá.

b) Externos: formado por un conjunto heterogéneo de usuarios que no participan en la gestión de la

empresa que emite la información. Podemos encontrar: socios y accionistas, hacienda, gobierno y

organismos públicos, bancos, clientes, proveedores, empleados, sindicatos, etc.

La contabilidad es una ciencia y utiliza un método propio para su desarrollo, que en este caso es el método

contable. Dicho método consta de cuatro fases:

1. Captación: se seleccionan o identifican los hechos contables: hecho económico que debe ser

registrado o contabilizado ya que afecta al patrimonio de la empresa.

2. Cuantificación: importe por el cual contabilizo el hecho contable, debe determinarse a través de las

normas de valoración correspondientes.

3. Representación: se procede a la contabilización de ese hecho contable materialmente, se representa.

Utiliza dos instrumentos: las cuentas (instrumento conceptual) y los libros de contabilidad (instrumento

material).

4. Agregación: la información contable se presenta en unos estados o documentos sintetizados que son

las cuentas anuales, en las que se recoge la información relevante para tomar decisiones.

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1.3.- REQUISITOS Y OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD FINANCIERA

El objetivo de la contabilidad es conseguir la imagen fiel de la realidad económica de la empresa ya que en

los últimos años ha habido un aumento de la importancia de la contabilidad en cuanto al incremento del

número de gente que está interesada en saber como van las empresas

Es por este motivo que la contabilidad actual lo que persigue es el predominio del FONDO económico

sobre la FORMA jurídica. Y en todas las acciones contables de la empresa se perseguirá este objetivo.

El PGC indica los requisitos que debe cumplir la información contable, estos son:

Relevante cuando es útil para la toma de decisiones económicas, es decir, cuando ayuda a evaluar

sucesos pasados, presentes o futuros, o bien a confirmar o corregir evaluaciones realizadas

anteriormente. En particular, para cumplir con este requisito, las cuentas anuales deben mostrar

adecuadamente los riesgos a los que se enfrenta la empresa.

Fiable cuando está libre de errores materiales y es neutral, es decir, está libre de sesgos, y los usuarios

pueden confiar en que es la imagen fiel de lo que pretende representar. Estar libre de sesgos implica

que no se ve influida.

Neutralidad: objetividad de la información.

Prudencia: sobre la estimación de los sucesos futuros.

Integridad: La información debe ser completa. Es una cualidad derivada de la fiabilidad, y

ésta se da cuando la información financiera contiene todos los datos que pueden influir en la

toma de decisiones, sin ninguna omisión de información significativa.

Comparable debe permitir contrastar la situación y rentabilidad de las empresas, en el tiempo como a

las de diferentes empresas en el mismo momento y para el mismo período de tiempo, e implica un

tratamiento similar para las transacciones y demás sucesos económicos que se producen en

circunstancias parecidas.

Claridad. La información debe ser comprensible y fácil de entender por los usuarios.

Oportuna. Debe producirse en el momento en que sea útil para los usuarios.

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1.4.- NORMALIZACIÓN Y ARMONIZACIÓN CONTABLE: IASB Y FASB

Debido a la diversidad de usuarios de la contabilidad financiera (y que son externos a la misma), es

necesario normalizar y regularizar el proceso de elaboración y presentación de la información contable.

Por este motivo, se implantan un conjunto de normas para facilitar la interpretación, la comparabilidad y el

análisis de la información contable. Esta normalización garantiza que la información sea comparable: tanto

en el tiempo (si para la empresa), como entre diferentes empresas.

En cada país, los órganos reguladores, conjuntamente con los cuerpos profesionales, promulgan sus

propias normas contables. Ello determina que puedan existir diferencias o disparidad entre las

regulaciones de las distintas naciones que impide la comparabilidad de la información publicada por

empresas de diferentes países, provocando esta situación casos tan extremos como que en un país la

valoración arroje beneficios y en otro pérdidas. Esta situación no se podía seguir manteniendo dado el

actual modelo de globalización que caracteriza a la economía y a los mercados financieros.

Órgano emisor Normativa

International Accounting Standards Commite (IASC).

Orígen 1973

International Accounting Standards Board (IASB). Actual

2001

NIC: Normas Internacionales de Contabilidad

NIIF: Normas internacionales de información financiera

Los orígenes del actual IASB se encuentran en su predecesor el IASC, que fue fundado en 1973 y estuvo

activo hasta 2001, año en que se reforma para dar lugar al IASB.

El nuevo organismo aceptó todas las NIC emitidas por su precursor, de tal forma que las normas se referencian

como NIC, si fueron emitidas por el antiguo IASC, antes de la reestructuración en el 2001; o bien, NIIF, si se

emitieron con posterioridad por el renovado IASB.

El IASB es un organismo privado y sin ánimo de lucro, integrado por profesionales de diferentes países del

mundo. Su objetivo es promover la elaboración y difusión de normas contables que consigan una aceptación y

aplicación generalizada a escala mundial.

La aprobación del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo 1606/2002 establece la obligación para

los grupos de sociedades que cotizan en Bolsas de la UE de presentar sus cuentas consolidadas

siguiendo lo dispuesto en las normas del IASB, tanto las NIC como las NIIF a partir de los ejercicios iniciados a

partir del 1 de enero del 2005.

Por otra parte, se da potestad a los Estados miembros para extender la utilización del IASB a:

o Los estados financieros consolidados de sociedades no cotizadas.

o Los estados financieros individuales.

o Una vez que las normas cuentan con el beneplácito por parte de la Comisión Europea, se publican en el

Diario Oficial de la UE, y desde esa fecha se convierten en obligatorias para los Estados miembros de la

UE.

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ESTADOS FINANCIEROS

/ SOCIEDADES

COTIZAN NO COTIZAN

Consolidados

(grupos de sociedades)

NIIF adoptadas por los Reglamentos de la UE POTESTATIVO: NIC/NIIF adoptadas por

los Reglamentos de la UE No retorno al

modelo contable español

Individuales Modelo contable español Modelo contable español

La normalización contable en nuestro país ha ido encaminada hacia la elaboración de un Plan General de

Contabilidad (PGC) que sirva de referencia tanto a empresas como a terceros relacionados con la misma.

o Los grupos de sociedades con valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier

estado miembro de la UE tiene la obligación de formular las cuentas anuales consolidadas de acuerdo

con las normas NIC/NIIF, adoptadas por la UE.

o Los grupos de sociedades que no tuvieran valores emitidos que cotizasen se les permitió optar

por continuar aplicando la normativa contable española o acogerse a las NIC/NIIF a la hora de formular

las cuentas consolidadas. No obstante, si elegían esta última alternativa, deberían mantenerla en el

tiempo sin posibilidad de retorno al marco normativo español.

De esta forma se establece una dualidad en el sistema contable español, en la medida en la que sólo las

cuentas anuales consolidadas de los grupos de sociedades con valores admitidos a cotización tienen la

obligación de prepararlas atendiendo a las NIC/NIIF adoptadas por la UE.

Los grupos de sociedades que no poseen valores admitidos a cotización tienen la opción de acogerse a esta

normativa. Finalmente, las cuentas anuales individuales de las sociedades se presentarán siguiendo la

normativa nacional.

Es evidente la necesidad de avanzar en la armonización del ordenamiento contable español con la normativa

emitida por el IASB y adoptada por la UE. El objetivo no es otro que conseguir una lectura homogénea de los

estados financieros de las empresas españolas, al tiempo que aumentar la transparencia y la comparabilidad

de las cuentas anuales con las del resto de la UE.

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1.5.- EL PGC PARA PYMES. Limites y microempresas

El PGC de PYMES se aplicará a toda empresa que reúna, a fecha de cierre del ejercicio y durante dos

ejercicios consecutivos, al menos dos de los requisitos de la tabla siguiente:

PYMES

(Balance, estado de

cambios en el

patrimonio neto y

memoria abreviados)

PYMES

(Cuenta de Pérdidas y

Ganancias abreviada)

MICROEMPRESAS

Total Activo 4.000.000 € ≤ 11.400.000 € 1.000.000 €

Importe neto de la cifra de negocios

8.000.000 € 22.800.000 € 2.000.000 €

Nº medio de trabajadores empleados

durante el ejercicio

50 ≤ 250 10

* El importe neto de la cifra de negocios son las ventas netas ventas – descuento sobre ventas – devolución

de ventas.

Las empresas perderán el derecho de aplicar el PGC de PYMES si dejan de reunir, a la fecha de cierre y

durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias anteriores (porque los sobrepasan).

Este PGC de PYMES es de carácter voluntario, es decir, la empresa decide si aplica el PGC o el PGC de

PYMES (en el caso de que pueda acogerse a él). No obstante, una vez decidido deberá mantenerse de forma

continuada, como mínimo, durante tres ejercicios, a no ser que con anterioridad la empresa pierda la facultad

de aplicar el PGC de PYMES.

El PGC de PYMES guarda la misma estructura que el PGC, pero se reduce su contenido referido a las

operaciones que resultan menos habituales en este tipo de empresas y se han simplificado algunos aspectos.

Se prohíbe totalmente la aplicación parcial del PGC de PYMES. No obstante, cuando una empresa realiza una

operación y no queda recogida en el PGC de PYMES (por ejemplo, una subvención) puede remitirse

puntualmente al PGC.

Con respecto a las microempresas, se introducen también criterios de registro y valoración simplificados;

concretamente en el Impuesto de Sociedades y en las operaciones de arrendamiento (leasing). Se introducen

dentro del PGC de PYMES, son las pequeñas dentro de las pequeñas. Como antes, serán microempresas

aquellas empresas que reúnan durante dos ejercicios consecutivos, a la fecha de cierre de cada uno de ellos,

dos de las tres características que aparecen en la tabla.

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1.5.- ETAPAS DE LA NORMALIZACIÓN CONTABLE

Antes de 1973: no había regularización contable, no se podía hablar de la existencia de normalización

contable propiamente dicha. Era necesario remitirse a la legislación mercantil y fiscal (Código Civil, Ley de

Sociedades Anónimas y Limitadas) para encontrar algunas normas de carácter contable.

PGC del 1973: se produjo el primer intento normalizador. Sólo resultaba obligatorio para aquellas empresas

que quisieran acogerse a una medida fiscal ventajosa. A pesar de no ser obligatorio, muchas empresas

optaron por aplicarlo.

PGC del 1990: En 1986, España se incorpora a la Comunidad Económica Europea (CEE) y quedamos

obligados a armonizar nuestras normas contables. El proceso de armonización contable condujo a la

reforma de la legislación mercantil, modificando sustancialmente los aspectos contables regulados en el

Código de Comercio, la Ley de Sociedades Anónimas, la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada

y la Ley de Sociedades Anónimas Laborales. La reforma de esta normativa sienta las bases para la

elaboración de un nuevo PGC que fue aprobado mediante Real Decreto en el 1990. A diferencia del

anterior PGC, resultó de aplicación obligatoria para todas las empresas.

PGC del 2007 y PGC PYMES del 2007: es evidente el proceso encaminado a la necesidad de avanzar en

la armonización del ordenamiento contable español con la normativa emitida por el IASB y adoptada por la

UE con el objetivo de conseguir una lectura homogénea de los estados financieros de las empresas

españolas y permitir la comparabilidad de las cuentas anuales con las del resto de la UE. En consecuencia,

se aprueba la Ley del 2007 de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su

armonización internacional con base en la normativa de la UE. La reforma se ha realizado respetando el

modelo contable tradicional en nuestro país, esta Ley autoriza al Gobierno para que apruebe el PGC y,

como norma complementaria a éste, el PGC de Pequeñas y Medianas Empresas. Se aprueba en el 2007,

pero entra en vigor en el ejercicio siguiente. Son de aplicación obligatoria.

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TEMAS 2 y 3 – LA CONTABILIDAD FINANCIERA.

MARCO CONCEPTUAL Y PRINCIPIOS CONTABLES

2.1.- ESTRUCTURA DEL PGC ACTUAL

El PGC se estructura en cinco partes, distribuidas de la siguiente manera:

1ª parte. Marco conceptual de la Contabilidad

2ª parte. Normas de registro y valoración

3ª parte: Cuentas anuales

Obligatorias

4ª parte: Cuadro de cuentas

5ª parte: Definiciones y relaciones contables

Voluntarias

1ª parte. MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD. Se definen los elementos estructurales y los

fundamentos contables que deben estar presentes para la elaboración y presentación de la información

contable. Es la base que soporta y sustenta lo dispuesto en las otras partes del PGC. Se estructura en 7

partes:

CCAA Imagen fiel

Requisitos de la información a incluir en las cuentas anuales

Principios contables

Elementos de las cuentas anuales

Criterios de registro o reconocimiento de los elementos de las CCAA

Criterios de Valoración

Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados

2ª parte. NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN. Se desarrollan los criterios de registro y valoración de

las distintas transacciones que realiza la empresa desde una perspectiva general. Para cuestiones más

específicas, se hará mediante las resoluciones que vaya aprobando el ICAC (Instituto de Contabilidad y

Auditoría de Cuentas).

3ª parte: CUENTAS ANUALES. Forman una unidad, y es obligatoria su presentación por parte de las

empresas. Pueden ser en formato normal o abreviado y son 5 los documentos que integran las Cuentas

Anuales:

Balance.

Cuenta de pérdidas y ganancias.

Estado de cambios en el patrimonio neto –ECPN- (obligatorio).

Estado de flujos de efectivo –EFE- (voluntario en Pymes con CCAA Abreviadas).

Memoria.

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Las cuentas anuales deben redactarse con claridad porque deben suministrar una información que sea útil para

la toma de decisiones económicas y financieras.

Para ello, la condición necesaria es que las cuentas anuales deben mostrar la imagen fiel de la empresa:

mostrar razonablemente la realidad de la empresa. Decimos razonablemente porque nunca es una información

exacta ya que muchos aspectos de la contabilidad están sujetos a estimaciones.

Sabemos que las decisiones que tomamos son económicas y financieras porque la imagen fiel precisamente

muestra o debe mostrar tres aspectos:

La imagen fiel del patrimonio.

La situación financiera de la empresa.

Los resultados de la empresa.

EL BALANCE DE SITUACIÓN.- Muestra la situación patrimonial (económico-financiera) de la empresa en una

fecha concreta. Los elementos del Balance son el conjunto de activos, que constituyen la estructura

económica, y de pasivos y patrimonio neto, que reflejan que reflejan la estructura financiera de la empresa.

PÉRDIDAS Y GANANCIAS.- Muestra la variación de la situación patrimonial. Recoge los resultados e ingresos

originados en el ejercicio para mostrar, por diferencia, el resultado obtenido por la empresa en el desarrollo de

su actividad. No todos los gastos e ingresos registrados contablemente aparecen en la cuenta de resultados,

ya que los del grupo 8 y 9 se imputan directamente al patrimonio neto. Se presenta en forma de lista, donde se

diferencian ingresos y gastos de explotación y financieros.

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ESTADO DE CAMBIOS DEL PATRIMONIO NETO.- Muestra las variaciones del patrimonio neto. En él se

concilian los saldos de las partidas que forman parte del neto, con el detalle de las operaciones que han

originado cambios en dichas partidas durante el ejercicio.

Se justifica por la posibilidad de registrar directamente en cuentas representativas de patrimonio neto, gastos e

ingresos, a través de los grupos 8 y 9, que no pasan por la cuenta de resultados.

Uno de los principales cambio que introduce, siguiendo lo dispuesto en las normas internacionales de

contabilidad, es que el resultado global de la empresa no aparece en su totalidad en el estado de resultados. Y

ello justifica la existencia de este estado que muestre el conjunto de las variaciones patrimoniales.

ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO.- Muestra la evolución de cobros y pagos, separados según si provienen

de actividades de explotación, inversión o financiación.

Reúne en un estado todas las entradas y salidas de efectivo, y equivalentes en efectivo, que se producen en la

empresa durante el ejercicio. El objetivo es mostrar la variación neta de la tesorería habida, indicando las

operaciones que han motivado dicha variación.

Aporta información útil para analizar cambios en la situación financiera de la empresa. En particular, permite

valorar la capacidad que tiene la empresa para generar efectivo y, en consecuencia, la capacidad para atender

sus obligaciones con acreedores y accionistas.

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MEMORIA.- Conjunto de normas que complementan, amplían y aclaran la información contenida en el resto de

los estados contables.

Las empresas están obligadas a hacer cuentas anuales normales, pero pueden optar por hacerlas abreviadas

si cumplen con los siguientes requisitos:

Balance, Memoria

y ECPN

P y G

Total Activo 4.000.000 € ≤ 11.400.000 €

Importe neto cifra negocios

8.000.000 €

≤ 22.800.000 €

Nº medio de empleados

50

≤ 250

Para volver a modelo normal, también se deben de incumplir 2 de las 3 condiciones durante dos ejercicios

consecutivos. El primer ejercicio contable se podrá hacer abreviado si se cumplen 2 de las 3 condiciones.

4ª parte: CUADRO DE CUENTAS. Es un listado de todas las cuentas que propone el PGC, agrupadas según

una codificación y clasificadas en grupos (existen nueve grupos) y subgrupos.

CUENTAS BALANCE CUENTAS DE GESTIÓN

Grupo 1. Finanación básica

Grupo 2. Activo no corriente

Grupo 3. Existencias

Grupo 4. Acreedores y deudores por

operaciones comerciales

Grupo 5. Cuentas Financieras

Grupo 6. Compras y gastos

Grupo 7. Ventas e ingresos

Las empresas tienen la obligación de presentar sus Cuentas Anuales y depositarlas en el Registro Mercantil,

dado su carácter de información pública.

Del grupo 1 al 5: incluyen las cuentas de activo y de pasivo, por tanto, se recogerán en el balance de

situación.

El grupo 6 y 7: recogen gastos e ingresos. Se recogerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.

El grupo 8 y 9: se registran gastos e ingresos imputados directamente al patrimonio neto. Las PYMES no

tienen los grupos 8 y 9, solamente del 1 al 7.

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2.2.- PRINCIPIOS CONTABLES

La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro y la valoración de los elementos de las cuentas

anuales, se desarrollarán aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuación.

1) Empresa en funcionamiento. Se considerará, salvo prueba en contra, que la gestión de la empresa

continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios y criterios contable no tiene el

propósito de determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global o parcial, ni el

importe resultante en caso de liquidación. En aquellos casos en que no resulte de aplicación este principio,

en los términos que se determinen en las normas de desarrollo de sete PGC, la empresa aplicará las

normas de valoración que resultan más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones tendentes

a realizar el activo, cancelar las deudas y, en su caso, repartir el patrimonio neto resultante, debiendo

suministra en la memoria de las cuentas anuales toda la información significativa sobre los criterios

aplicados.

2) Devengo. Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurra,

imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al

mismo, con independencia de la fecha de su pago o cobro.

3) Uniformidad. Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se permitan, deberá

mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones

que sean similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección, de alterarse estos

supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán

constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas

anuales.

4) Prudencia. Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de

incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la

imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38

del Código de Comercio, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del

ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro

anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuenta

anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria,

sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes

de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la

aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas

anuales deberán ser reformuladas. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor

por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida.

5) No compensación. Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse

las partidas del activo y del pasivo, o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos

integrantes de las cuentas anuales.

6) Importancia relativa. Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables

cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho

produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las

partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con

otros de similar naturaleza o función.

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En los casos de conflictos entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las

cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la

empresa. Si un principio contable no cumple con la imagen fiel de la empresa, no se aplica, y se justifica en la

memoria.

2.3.- REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN A INCLUIR EN LAS CUENTAS ANUALES

Este punto ya se ha tratado anteriomente.

2.4.- ELEMENTOS DE LAS CUENTAS ANUALES

Activos: bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de

sucesos pasados, de los que se espera que la empresa obtenga beneficios o rendimientos económicos en el

futuro.

Pasivos: obligaciones actuales surgida como consecuencia de sucesos pasados, para cuya extinción la

empresa espera desprenderse de recursos que pueda producir beneficios yo rendimientos económicos en el

futuro. A estos efectos, se entienden incluidas las provisiones.

Patrimonio neto: constituye la parte residual de los activos de la empresa, una vez deducidos todos sus

pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya seas en el momento de su constitución o en otro posteriores,

por sus socios o propietarios, que no tenga la consideración de pasivos, así como los resultados acumulados

otras variaciones que le afecten.

Activo = Pasivo + Patrimonio Neto Patrimonio Neto = Activo - Pasivo

Ingresos: incrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de entradas o

aumentos en el valor de los activos, o de disminución de los pasivos, siempre que no tengan su origen en

aportaciones, monetarias o no, de los socios o propietarios (aumentos o disminuciones de capital).

Los ingresos son un componente del resultado. Como los ingresos son aumentos del patrimonio neto, si

aumentan los ingresos también aumentará el patrimonio neto. Si los ingresos motivan un aumento del

patrimonio neto también supone un aumento del activo o una disminución del pasivo.

Resultado = Ingresos - Gastos

Gastos: decrementos en el patrimonio neto de la empresa durante el ejercicio, ya sea en forma de salidas o

disminuciones en el valor de los activos, o de reconocimiento o aumento de valor de los pasivos, siempre que

no tenga su origen en distribuciones, monetarias o no, de los socios o propietarios, en su condición de tales.

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2.5.- CRITERIOS DE REGISTRO O RECONOCIMIENTO DE LAS CUENTAS ANUALES

Podré registrar un activo, pasivo, patrimonio neto, ingreso o gasto si se cumplen las dos condiciones anteriores:

Sea probable la obtención (activos e ingresos) o cesión (pasivos y gastos) de recursos que incorporen

beneficios o rendimientos económicos.

Su valor se pueda determinar con un adecuado grado de fiabilidad. El uso de estimaciones razonables en

los casos en que se requiera no reduce su fiabilidad.

2.6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

De acuerdo con lo establecido en el PGC (NV 2ª), la valoración es el proceso por el que se asigna un valor

monetario a cada uno de los elementos integrantes de las CCAA.

1. Coste histórico o coste. El coste histórico o coste, de un activo es su precio de adquisición o coste de

producción.

a. El precio de adquisición:

b. El coste de producción:

El coste histórico de un pasivo:

es el valor que corresponda a la contrapartida recibida a cambio de incurrir en la deuda.

La cantidad de efectivo y otros activos líquidos equivalentes que se espere entregar para liquidar la

cantidad de efectivo y otros activos líquidos equivalentes que se espere entregar para liquidar una

deuda en el curso normal del ejercicio.

2. Valor razonable (valor de mercado). Es el importe por el que puede ser intercambiado un activo o liquidado

un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que realicen una transacción en

condiciones de independencia mutua, sin deducir los gastos de venta. Es la valoración obtenida por

expertos independientes (tasación) o capacidad de estimarlo por tus propios medios. Se incluyen en este

valor los costes de venta.

Es el importe en efectivo y otras partidas equivalentes pagadas, o pendientes de pago

+

el valor razonable de las demás contraprestaciones comprometidas derivadas de la adquisición,

debiendo estar todas ellas directamente relacionadas con ésta y ser necesarias para la puesta del

activo en condiciones operativas

El precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles

+

los factores de producción directamente imputables al activo

+

la fracción que razonablemente corresponda de los costes de producción indirectamente

relacionados con el activo, en la medida en que se refieran al período de producción, construcción

o fabricación, se basen en el nivel de utilización de la capacidad normal de trabajo de los medios

de producción y sean necesarios para la puesta del activo en condiciones operativas.

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No tendrá en ningún caso el carácter de valor razonable el que sea resultado de una transacción forzada, urgente o como consecuencia de una situación de liquidación involuntaria. Se calculará por referencia a un valor de mercado fiable. El precio cotizado en un mercado activo será la mejor referencia. Se entiende por mercado activo aquél en el que se den las siguientes condiciones:

1. Los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos. 2. Pueden encontrarse en todo momento compradores o vendedores para un determinado bien o servicio. 3. Los precios son conocidos y fácilmente accesibles para el público. 4. Los precios, reflejan transacciones de mercado reales, actuales y producidas con regularidad.

Para aquellos elementos respecto de los cuales no exista un mercado activo, el valor razonable se obtendrá, en su caso, mediante la aplicación de modelos y técnicas de valoración. Entre los modelos y técnicas de valoración se incluye:

1. Empleo de referencias a transacciones recientes 2. Referencias al valor razonable de otros activos que sean sustancialmente iguales 3. Métodos de descuento de flujos de efectivo futuros estimados

En cualquier caso, las técnicas de valoración empleadas deberán ser consistentes con las metodologías aceptadas y utilizadas por el mercado para la fijación de precios, debiéndose usar, si existe, la técnica de valoración empleada por el mercado que haya demostrado ser la que obtiene unas estimaciones más realistas de los precios. Las técnicas de valoración empleadas deberán maximizar el uso de datos observables de mercado y otros factores que los participantes en el mercado considerarían al fijar el precio, limitando en todo lo posible el empleo de consideraciones subjetivas y de datos no observables o contrastables. La empresa deberá evaluar la efectividad de las técnicas de valoración que utilice de manera periódica, empleando como referencia los precios observables de transacciones recientes en el mismo activo que se valore o utilizando los precios basados en datos o índices observables de mercado que estén disponibles y resulten aplicables. El valor razonable de un activo para el que no existan transacciones comparables en el mercado, puede valorarse con fiabilidad si la variabilidad en el rango de las estimaciones del valor razonable del activo no es significativa o las probabilidades de las diferentes estimaciones, dentro de ese rango, pueden ser evaluadas razonablemente y utilizadas en la estimación del valor razonable. Cuando corresponda aplicar la valoración por el valor razonable, los elementos que no puedan valorarse de manera fiable, ya sea por referencia a un valor de mercado o mediante la aplicación de los modelos y técnicas de valoración antes señalados, se valorarán, según proceda, por su coste amortizado o por su precio de adquisición o coste de producción, minorado, en su caso, por las partidas correctoras de su valor que pudieran corresponder, haciendo mención en la memoria de este hecho y de las circunstancias que lo motivan.

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3. Valor neto realizable.

4. Valor actual. El valor actual es el importe de los flujos de efectivo a recibir o pagar en el curso normal del

negocio. Importe actualizado de los flujos, a un tipo de interés adecuado.

5. Valor en uso. El valor en uso de un activo o de una UGE “Unidad Generadora de Efectivo” (es un grupo

identificable más pequeño de activos que genera entradas de efectivo) es el valor actual de los flujos de

efectivo futuro esperados, utilizando un tipo de interés. Sólo se utiliza para determinar los deterioros.

6. Costes de venta. Son los costes incrementales directamente atribuibles a la venta de un activo en los que

la empresa no habría incurrido de no haber tomado la decisión de vender, excluidos los gastos financieros y

los impuestos sobre beneficios. Se incluyen los gastos legales para transferir la propiedad del activo y las

comisiones de venta. Todos aquéllos gastos que permiten el funcionamiento del activo los debes imputar

directamente al activo.

7. Coste amortizado

El tipo de interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros de un instrumento financiero con los flujos de efectivo estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento, a partir de sus condiciones contractuales y sin considerar las pérdidas por riesgo de crédito futuras.

Es el importe que se puede obtener por su enajenación en el mercado, en el curso normal del negocio -

los costes estimados necesarios para llevarla a cabo, así como, en el caso de las materias primas y de los productos en curso, los costes estimados necesarios para terminar su producción, construcción o fabricación

Son los gastos incrementales directamente atribuibles a la venta de un activo en los que la empresa no habría incurrido de no haber tomado la decisión de vender,

EXCLUIDOS los gastos financieros

los impuestos sobre beneficios los incurridos por estudios y análisis previos

INCLUIDOS los gastos legales necesarios para transferir la propiedad del activo y las comisiones de venta.

Es el importe al que inicialmente fue valorado un activo financiero o un pasivo financiero MÁS

los reembolsos de principal que se hubieran producido, MÁS O MENOS según proceda

la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento

y, para el caso de los activos financieros, MENOS

cualquier reducción de valor que hubiera sido reconocida, ya sea directamente como una disminución del importe del activo o mediante una cuenta correctora de su valor.

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8. Costes de transacción atribuibles a un activo o pasivo financiero

9. Valor contable o en libros

10. Valor residual

Vida útil: es el periodo durante el cual se espera utilizar el activo amortizable por parte de la empresa o el número de unidades de producción que se espera obtener del mismo. En el caso de activos sometidos a reversión: la vida útil es el período concesional cuando éste sea inferior a la vida económica del activo. Vida económica: es el periodo durante el cual el activo se espera que sea utilizable por parte de uno o más usuarios o el número de unidades de producción que se espera obtener del activo por parte de uno o más usuarios.

Son los gastos incrementales directamente atribuibles a la compra o enajenación de un activo financiero, o la la emisión o asunción de un pasivo financiero, en los que no se habría incurrido si la

empresa no hubiera realizado la transacción. SE INCLUYEN

las comisiones pagadas a intermediarios, tales como las de corretaje, los gastos de intervención de fedatario público y otros

SE EXCLUYEN las primas o descuentos obtenidos en la compra o emisión, los gastos financieros, los

administrativos internos y los incurridos por estudios y análisis previos.

Es el importe neto por el que un activo o un pasivo se encuentra registrado en balance -

su amortización acumulada (en el caso de los activos) -

cualquier corrección valorativa por deterioro acumulada que se haya registrado.

Es el importe que la empresa estima que podría obtener en el momento actual por su venta u otra forma de disposición

- los gastos estimados para realizar ésta tomando en consideración que el activo hubiese

alcanzado la antigüedad y demás condiciones que se espera que tenga al final de su vida útil.

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TEMA 4 – EL INMOVILIZADO MATERIAL

4.1. CONCEPTO Y CONTENIDOS

El inmovilizado material se puede definir como aquél activo tangible que permanece en la empresa más de un

año. Están destinados a servir en las actividades de la empresa de forma duradera.

Debemos tener en cuenta que la adquisición del inmovilizado es a través de cuentas de activo (ya que las

cuentas de gasto sólo se utilizan cuando se consumen dentro del año las compras efectuadas). Y la

amortización es el consumo de esa inversión, es decir, es el reparto del coste del bien comprado / inversión a

lo largo de su vida útil.

Podemos dividir el inmovilizado en tres grandes bloques:

Inmovilizado material. Son aquéllos activos que ya están finalizados y usados en el proceso productivo de

la empresa. Se consideran activos no corrientes. Las cuentas del PGC asociadas son:

21. INMOVILIZAC. MATERIALES 210. Terrenos y bienes naturales 211. Construcciones 212. Instalaciones técnicas 213. Maquinaria 214. Otras instalaciones 216. Mobiliario 217. Equipos para procesos de información 218. Elementos de transporte 219. Otro inmovilizado material

Inversiones inmobiliarias. Son aquéllos activos que están finalizados pero que no pertenecen al proceso

productivo de la empresa. Son destinados a la obtención de rentas o plusvalías. Activo no corriente.

22. INVERSIONES INMOBILIARIAS 220. Inversiones en terrenos y bienes naturales 221. Inversiones en construcciones

Inmovilizado material en curso. Son activos que no están acabados pero que pertenecen al proceso

productivo de la empresa. Se consideran activos no corrientes y están incluidos en un plan de ventas a

corto plazo.

23. INMOVILIZACIONES MATERIALES EN CURSO

230. Adaptación de terrenos y bienes naturales 231. Construcciones en curso 232. Instalaciones técnicas en montaje 233. Maquinaria en montaje 239. Anticipos para inmovilizaciones materiales

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4.2. NORMAS GENERALES DE VALORACIÓN

4.2.1. Precio de adquisición o coste de producción

Valor del inmovilizado = Precio adquisición o coste producción [1] + Valor estimado del valor actualizado de las

obligaciones asumidas y provisionadas [2] + [3]

[1 ] Precio de adquisición =

Factura proveedores – Descuentos en factura + Gastos hasta la puesta en funcionamiento

+ Impuestos indirectos no recuperables de la hacienda pública

+ Estimación inicial del valor actual de las obligaciones derivadas del desmantelamiento o retiro del bien, siempre

que den lugar al registro de provisiones.

+ Los gastos financieros cuando el período para estar en condiciones de uso sea superior a un año.

Coste producción = 100% Costes directos + ¿? % Costes indirectos

Costes directos. Precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, así como

los demás costes directamente imputables a dichos bienes.

Costes indirectos. Es la parte razonable imputada a estos costes. En la medida que tales costes

correspondan al período de producción, fabricación o construcción y sean necesarios para la puesta del

activo en condiciones operativas.

[2] Todos los pagos a más de un año se contabilizan por su VAN (actualizar).

[3] Se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que:

a. necesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso

b. se hayan devengado antes de la puesta en funcionamiento del inmovilizado material.

c. Que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación

ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción.

A tener en cuenta:

Se contabilizan por su valor actual:

a. Todos los créditos y pasivos a más de un año (provisiones incluidas)

b. Los créditos y pasivos a menos de un año que indiquen interés.

Siempre que calcules un valor actual tendrás que revalorizarlo a final de cada año.

Un descuento es una disminución de la cantidad pagada por el bien.

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4.2.2. Amortizaciones

La amortización es la depreciación sistemática e irreversible sufrida por el inmovilizado en uso, paso del tiempo

y obsolescencia.

Los elementos que no se amortizan son:

1. Los terrenos porque no pierden valor (deprecian), esto es: no sufren desgaste ni envejecimiento ni

obsolescencia técnica, pero sí se pueden deteriorar.

2. Inmovilizado material en curso: no se encuentra en condiciones de uso. Son inmovilizados en curso

aquéllos en los que la empresa seguirá invirtiendo hasta que se encuentre en condiciones de

funcionamiento o finalizado.

La contabilización de la amortización se realizará de forma:

Sistemática y racional

Independientemente para cada parte de un elemento del inmovilizado material que tenga un coste

significativo y una vida útil distinta del resto.

Respecto del método de amortización, utilizaremos el lineal o cuota constante.

Cuota de amortización lineal = Base amortización / vida útil

=

(Precio adquisición o coste de producción – VR) / vida útil

Valor residual (VR): es el importe que espero recuperar al final de la vida útil de ese bien teniendo en cuenta las características en las que este bien se encontrará. Hay que matizar que este importe es el importe neto (es decir, deducido los gastos de venta).

Correcciones de amortización:

1. Por un error contable (si me he equivocado). Carácter retroactivo: es decir, corrijo la amortización acumulada de ejercicios anteriores: la contrapartida es la cuenta de reservas voluntarias (patrimonio neto), no la dotación de amortización.

2. Por un cambio de las circunstancias (deterioro de valor en el activo, valor residual, cambio en la vida útil

o cambio de método contable por razones objetivas), lo hacemos para seguir el principio de uniformidad. Es decir, la anterior amortización acumulada no la modifico porque era correcta, pero a posteriori, cambio la amortización futura.

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4.2.3. Deterioro de valor

Los deterioros son posibles pérdidas de valor de un elemento de activo pero con carácter reversible. El

principio de prudencia indica que los gastos se contabilizan cuando se preveen o se conocen y los ingresos

cuando se realicen.

Se producirá una pérdida por deterioro del valor de un elemento de inmovilizado material cuando su valor

contable supere a su importe recuperable.

Valor contable > Importe recuperable

El importe recuperable será el mayor entre:

Valor razonable menos los costes de venta.

Valor en uso: es el valor actual de los flujos de efectivo futuros esperados, a través de su utilización en

el curso normal del negocio y, en su caso, de su enajenación y actualizados a un tipo de interés de

mercado sin riesgo.

En el cierre de cada ejercicio la empresa evaluará si existen deterioros significativos; tales como, cambios en el

entorno tecnológico, disminución significativa del valor razonable del activo, si los tipos de interés de mercado

han sufrido aumentos de valor…Deberá calcular sus importes recuperables efectuando las correcciones

valorativas que procedan.

Cuando se proceda reconocer las correcciones valorativas por deterioro, se ajustarán las amortizaciones de los

ejercicios siguientes del inmovilizado deteriorado, teniendo en cuenta el nuevo valor contable. Igual proceder

corresponderá en caso de reversión de las correcciones valorativas por deterioro.

4.2.4. Costes de desmantelamiento

Los costes de desmantelamiento forman parte del valor del inmovilizado material, pero por el valor actual de las

obligaciones derivadas de los mismos, siempre que tales obligaciones den lugar al registro de una provisión.

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4.3. NORMAS PARTICULARES DE VALORACIÓN

En particular, se aplicarán las normas de valoración que a continuación se expresan con respecto a los

siguientes bienes:

Solares sin edificar. Se incluirán en su precio de adquisición los gastos de acondicionamiento como

cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, los de derribo de construcciones

cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, los gastos de inspección y

levanatmiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición, así como, en su

caso, el valor actual de los costes de rehabilitación del solar. Normalmente los terrenos tienen una vida

ilimitada y, por tanto, no se amortizan. No obstante, si en el valor inicial se incluyesen costes de

rehabilitación, esa porción del terreno se amortizará a lo largo del período en que se obtengan los

beneficios por haber incurrido en esos costes.

Construcciones. Deberá valorarse por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras

construcciones.

Los utensilios y herramientas incorporados a elementos mecánicos se someterán a las normas

valorativas y de amortización aplicables a dichos elementos.

Los gastos realizados durante el ejercicio con motivo de las obras y trabajos que la empresa lleva a

cabo para sí misma, se cargarán en las cuentas de gastos que corresponda. Las cuentas de

inmovilizaciones materiales en curso, se cargarán por el importe de dichos gastos, con abono a la

partida que recoje los trabajos realizados por la empresa para sí misma.

Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes de inmovilizado material serán

incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida que supongan un aumento de su

capacidad, productividad o alargamiento de su vida útil y siempre que sea posible conocer o estimar

razonablemente el valor contable de los elementos que, por haber sido sustituidos, deban ser dados de

baja del inventario.

OBRAS SOBRE EL INMOVILIZADO:

1. Reparación. Se trata de un gasto de reparación y conservación.

2. Renovación. Se trata de un gasto de reparación y conservación pero que aumenta el valor del

inmovilizado.

3. Ampliación. Se trata de un aumento de valor del inmovilizado.

Para incrementar el valor del inmovilizado ha de cumplir los siguientes requisitos:

1. Incrementar su productividad

2. Incrementar su capacidad

3. Incrementar su vida útil

EJEMPLO. ¿Cómo se contabilizan las siguientes operaciones?

1. Serigrafiar un vehículo con el nombre comercial de la empresa

2. Optimizar el funcionamiento de un inmovilizado

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RELACIÓN DE NORMAS DE VALORACIÓN DEL MARCO CONCEPTUAL:

Según la definición del precio de adquisición que se recoje en el apartado 6º del Marco Conceptual del PGC, se

comprende el importe en efectivo y otras partidas equivalentes pagadas o pendients de pago más, en suc aso,

y cuando proceda, el valor razonable de las demás contraprestaciones compormetdas derivadas de la

adquisición relacionadas con el activo y necesarias para la puesta en condiciones de funcionamiento.

La NRV 2.1 explica la valoración inicial de un inmovilizado material y allí menciona que los

Inmovilizados deben necesitar un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de

funcionamiento, como condición para que se incorporen los intereses financieros al coste histórico del activo.

La NRV 2.1 explica la valoración inicial de un inmovilizado material y allí menciona que los inmovilizados deben

necesitar un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de funcionamiento, pero este es

aplicable tanto a los activos adquiridos al exterior como a los elaborados por la propia empresa (precio

adquisición o coste producción).

NRV 2.1.3 se mencionan que las operaciones de permuta de carácter comercial, el inmovilizado material

recibido se valorará por el valor razonable del activo entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias

que se hubieran entregado a cambio, salvo que se tenga una evidencia más clara del valor razonable del activo

recibido y con el límite de este último.

En la NRV 2.2.1 la norma contable se refiere a las amortizaciones especificando que habrán de establecerse

de manera sistemática y racional en función de la vida útil de los bienes y de su valor residual, atendiendo a la

depreciación que normalmente sufran por su funconamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también

la obsolescencia técnica o comercial que pudiera afectarlos.

En la NRV 2.3.1 se menciona que cuando la permuta no tenga carácter comercial o cuando no

pueda obtenerse una estimación fiable del valor razonable de los elementos que intervienen en la operación, el

Inmovilizado material recibido se valorará por el valor contable del bien entregado más, en su caso, las

contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio, con el límite, cuando esté disponible, del valor

razonable del Inmovilizado recibido si éste fuera menor.

La NRV 3.f recoge textualmente que los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes del

inmovilizado material serán incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida en que supongan un

aumento de la capad dad, productividad o alargamiento de la vida útil, debiéndose dar de baja el valor contable

de los elementos que se hayan substituido.

En la NRV 3.f se recoge la siguiente expresión: Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes

del inmovilizado material serán incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida en que

supongan un aumento de la capacidad, productividad o alargamiento de la vida útil, debiéndose dar de baja el

valor contable de los elementos que se hayan substituido.

NRV 4 recoge que los criterios contenidos en las normas relativas al inmovilizado material se aplicarán a las

inversiones inmobiliarias

NRV 6.10 define vida útil y

económica. La vida útil es el periodo durante el cual la empresa espera utilizar el activo

amortizable o el número de unidades de producción que espera obtener del mismo. La vida

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económica es el periodo durante el cual se espera que el activo sea utilizable por parte de uno o más usuarios

el número de unidades de producción que se espera obtener del activo por parte de uno o más usuarios.

Según la definición de precio de adquisición que se recoge en el apartado sexto del Marco

Conceptual del PGC, se comprende el importe en efectivo y otras partidas equivalentes pagadas o pendiente

de pago, más, en su caso y cuando proceda, el valor razonable e las demás contraprestaciones

comprometidas derivadas de la adquisición relacionadas con el activo y necesaria para la puesta en

condiciones de funcionamiento del mismo.

En la NRV 8.1 se menciona que cuando las condiciones económicas de un acuerdo de arrendamiento se

deduzca que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo,

el contrato se clasifique como arrendmaiento financiero, contabilizándose un activo según su naturaleza y un

pasivo financiero en contrapartida.Esta clasificación y contabilización se practicará con independencia de su

instrumentación jurídica.

NRV 8.1.1. se recoge que en un acuerdo de arrendamiento con opción de cmpra, se presume que se

transfieren sustencialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad cuando no existan dudas

razonables de que se va a ejecutar la opción o cuando se cumpla alguno de los indicios que se recogen en los

apartados a) a g). entre estos indicios está el que al inicio del contrato el valor actual de los pagos mínimos

acordados por el arrendatario supongan la práctica totalidad del valor razonable del bien arrendado.

NRV 8.1.2. se menciona para los casos de arrendamiento financiero que el arrendatario, en el momento inicial,

registrará un activo de acuerdo a su naturaleza, según se trate de un elemento de inmovilizado material o del

intangible, y un pasivo financiero por el mismo importe, que será el menor entre el valor razonable del activo

arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de los pagos mínimos acordados. Más adelante, en la

misma norma, menciona que la carga financiera se distribuirá a lo largo del plazo del arrendamiento y se

imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias aplicando el método del tipo de interés efectivo.

NRV 8.2 se recoje la mención expresa a la clasificación de arrendamiento operativo y se menciona que se trata

de un acuerdo de arrendamiento sin que se trate de un arrendamiento de carácter financiero. Así que los

arrendamientos operativos se clasifican así por exclusión.

NRV 8.3 se menciona la operación de enajenación conectada al posterior arrendamiento de los bienes

enajenados. En tal caso si se desprende que la operación combinada es un método de financiación y, en

consecuencia el arrendamiento posterior se trata de un arrendamiento financiero, el arrendatario no variará la

clasificación del activo, ni reconocerá beneficios ni pérdidas derivadas de la transacción. Adicionalmente

registrará el importe recibido con abono a una partida que ponga de manifiesto el correspondiente pasivo

financiero.

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4.5.- FORMAS ESPECIALES DE ADQUISICIÓN DEL INMOVILIZADO

4.5.1.- Donaciones

Cuando se trate de bienes de inmovilizado adquiridos a título gratuito, éstos serán valorados por su valor

razonable en el momento de la adquisición, en análogos términos a lo dispuesto en la norma de vlaoración

relativa a subvenciones, donaciones y legados recibidos. Se consideran donaciones los regalos, las

liberalidades y las adquisiciones a título gratuito.

4.5.2.- Subvenciones de capital

Destacamos dos tipos de subvenciones:

Reintegrables son aquéllas que tengo que devolver y se contabilizan como una deuda.

No reintegrables son aquéllas subvenciones que me quedo y no tengo que devolver. Este tipo de

subvenciones sirven para financiar: i) un gasto o un activo corriente, ii) activo no corriente.

a. Se contabilizarán como ingreso del ejercicio en la cuenta (740) Subvenciones de explotación.

b. Se contabilizarán como ingreso diferido y se peridifica en función de la amortización del bien

financiado, si este no se amortiza se periodificará cuando se de baja dicho inmovilizado. Se

contabilizan en la cuenta (130) Subvenciones de capital.

4.5.3.- Permutas

Es una forma particular de adquisición caracterizada por el intercambio de bienes y derechos sin

contraprestación monetaria. Se intercambian activos de diferente naturaleza y uso para la empresa.

La configuración (riesgo, importe y calendario) de los flujos de efectivo originados por el inmovilizado recibido

difieren de los flujos de efectivo del bien entregado; o

El valor actual de los flujos de efectivo de las actividades de la empresa afectadas por la permuta, se ve

modificado. No obstante la permuta en que se entrega como pago parcial efectivo u otro activo monetario se

presumirán comerciales, salvo que la contraprestación monetaria no sea significativa en comparación con el

componente no monetario de la transacción

Valoración de bien recibido:

Valor razonable del bien del activo entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se

hubieran entregado a cambio (salvo evidencia más clara del valor razonable del bien recibido)

Con el límitedel valor razonable del activo recibido.

Diferencias entre el valor del bien entregado y recibido:

Se llevan a resultados (positivas o negativas)

Si no tenemos una estimación fiable de los valores razonables de los bienes intercambiados, la permuta se

contabiliza como una NO COMERCIAL

ENTREGA COMO PAGO PARCIAL: es una forma particular de adquisición caracterizada por el intercambio de

bienes y derechos más una contraprestación monetaria. Tipos de pagos:

Comerciales: activos de diferente naturaleza y uso para la empresa. El activo recibido se valora por el

importe menor:

a. Valor razonable del activo entregado + importe monetario

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b. Valor razonable del bien recibido

Puede existir beneficio o pérdida.

El inmovilizado material entregado se da de baja por el Valor Neto Contable

No comerciales: activos de similar naturaleza y uso para la empresa. El activo recibido se valora por el

menor valor entre:

a. Valor del bien entregado + importe monetario entregado a cambio.

b. Valor razonable del bien recibido.

Sólo puede existir pérdida o resultado nulo.

El inmovilizado material entregado se da de baja por el Valor Neto Contable

4.5.4.- Alquileres y operaciones similares

Se entiende por arrendamiento, cualquier acuerdo, con independencia de su instrumentación jurídica, por el

que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o

cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado.

Los bienes y derechos en régimen de arrendamiento financiero es una operación financiera denominada

usualmente como “leasing financiero”. La expresión leasing, viene del inglés to lease = alquilar.

El Arrendador cede el derecho de uso temporal de un activo a cambio de que el arrendatario pague unas

cuotas. A esto se le llama arrendamiento. Tipos de leasing:

Arrendamiento financiero.- cuando se transmiten los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad.

Se trata de un contrato de arrendamiento financiero con opción de compra donde hay evidencia cierta

que voy a ejercer la compra del bien. En este caso se activa el bien en el Balance dando como buena la

propiedad del inmueble al arrendatario (ya que seré el dueño final del bien objeto de arrendamiento). Se

contabiliza como una compra a plazos.

Arrendamiento operativo.- es el tipo de arrendamiento que no es financiero. se trata de un leasing

donde no voy a ejercer la opción de compra y por tanto no activo el bien en el Balance, en este caso se

contabiliza como un alquiler.

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TEMA 5 – EL INMOVILIZADO INTANGIBLE

5.1. CONCEPTO Y CONTENIDOS

El inmovilizado se puede definir como aquéllos activos destinados a servir de forma duradera en las actividades

de la empresa, incluidas las inversiones financieras cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera

habrá de producirse en un plazo superior al año. Son activos que permanecen más de un año en la empresa.

Para completar la definición podemos decir que las inmovilizaciones intangibles son activos no monetarios sin

apariencia física susceptibles de valoración económica, así como los anticipos a cuenta entregados a

proveedores de estos inmovilizados. No se pueden tocar.

El inmovilizado intangible tiene las siguientes cuentas del PGC:

SUBGRUPO 20. INMOVILIZACIONES INTANGIBLES 200. Investigación 201. Desarrollo 202. Concesiones administrativas 203. Propiedad industrial 204. Fondo de comercio 205. Derechos de traspaso 206. Aplicaciones informáticas 209. Anticipos para inmovilizaciones intangibles

Para reconocer el inmovilizado intangible ha de ser identificable, por lo que ha de cumplir las siguientes

condiciones:

Ser separable, esto es, susceptible de ser separado de la empresa y vendido, cedido, entregado para

su explotación, arrendamiento o intercambiado.

Surgir de derechos legales o contractuales, con independencia de que tales derechos sean transferibles

o separables de la empresa o de otros derechos u obligaciones.

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5.2. GASTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Se entiende por:

a) Investigación: es la indagación original y planificada que persigue nuevos conocimientos y superior

comprensión en los terrenos científico o técnico.

b) Desarrollo: es la aplicación concreta de los logros obtenidos en la investigación hasta la producción

comercial.

Gastos de investigación y desarrollo: serán gastos del ejercicio en que se realicen, durante el año se

contabilizarán como un gasto. No obstante, podrán activarse como inmovilizado intangible desde el momento

en el que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Estar específicamente individualizados por proyectos y su coste claramente establecido para que pueda

ser distribuido en el tiempo.

2. Tener motivos fundados del éxito técnico y de la rentabilidad económico – comercial del proyecto o

proyectos de que se trate. En este caso se procedería a la activación como un activo inmovilizado.

Los gastos de investigación que figuren en el activo deberán amortizarse durante su vida útil, y siempre

dentro del plazo de cinco años; en el caso en que existan dudas razonables sobre el éxito técnico o la

rentabilidad económico – comercial del proyecto, los importes registrados en el activo, deberán imputarse

directamente a pérdidas del ejercicio.

Los gastos de desarrollo, cuando se cumplan las condiciones indicadas para la activación de los gastos de

investigación, se reconocerán en el activo y deberán amortizarse durante su vida útil, que, en principio, se

presume, salvo prueba en contrario, que no es superior a 5 años; en el caso en que existan dudas razonables

sobre el éxito técnico o la rentabilidad económico – comercial del proyecto, los importes registrados en el

activo, deberán imputarse directamente a pérdidas del ejercicio.

La cuenta de gastos a utilizar será:

Si se externaliza la investigación, es decir, la investigación se contrata con un tercero, se contabiliza

como “Trabajos realizados para el inmovilizado”.

Si no se externaliza la investigación; si la propia empresa realiza la inversión en I+D, se contabiliza a

través de la cuenta “Gastos de I+D”

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5.3. CONCESIONES ADMINISTRATIVAS

Son actos por los que una entidad de derecho público transfiere a un particular la gestión de un servicio público

o el disfrute exclusivo de un bien de dominio público. Ejemplos: licencias de taxi, autopistas, bar de la facultad o

copistería, terminal portuaria, chiringuitos de la playa, etc.

Se valoran por el total de gastos incurridos para su obtención.

Se amortizan durante un plazo que no podrá superar el plazo concesional.

Lo más normal es amortizar el fondo de reversión en función de los ingresos esperados en cada ejercicio y en

el plazo en que estos se producen.

5.4. PROPIEDAD INDUSTRIAL

Patentes de invención

Modelos de utilidad

Patentes de introducción

Se contabilizan en este concepto los gastos de desarrollo capitalizados cuando se obtenga la correspondiente

patente o similar, incluido el coste de registro y formalización de la propiedad industrial, sin perjuicio de los

importes que también pudieran contabilizarse por razón de adquisición a terceros de los derechos

correspondientes. Deben ser objeto de amortización y corrección valorativa por deterioro según lo especificado

para inmovilizado intangible. Se amortizan en función de su vida útil.

5.5. FONDO DE COMERCIO

Es el conjunto de bienes intangibles, tales como la clientela, nombre, localización, cuota de mercado, capital

humano, canales comerciales y otros de naturaleza análoga que impliquen valor para la empresa.

Aparece cuando se adquiere una empresa o parte de la misma a título universal, pero no cuando se adquiere la

Empresa o parte de la misma mediante acciones o títulos equivalentes.

Únicamente quedará activdado cuando se ponga de manifiesto en virtud de una adquisición onerosa.

A tener en cuenta:

que el fondo de comercio se amortiza en un plazo máximo de 10 años.

Que puede perder valor, pero nunca lo recupera.

En la compra de una empresa el Neto nunca se transfiere.

UNIDADES GENERADORAS DE EFECTIVO (UGE): Es un conjunto de activos que una empresa destina a un

fin determinado y que pueden funcionar independientemente de la empresa (sucursal o delegación). El

conjunto de activos que forman esta unidad se pueden deteriorar globalmente, en lugar de individualmente

activo por activo. Deben ser independientes de otros flujos de efectivo generados por otros activos. Al cierre del

ejercicio valorar si corresponden correcciones de valor y estimar sus valores recuperables, efectuando las

correcciones valorativas que correspondan. Sólo se reconoce pérdida por deterioro si el Valor Recuperable <

VNC.

UGE es la capacidad que posee la empresa de generar rendimientos líquidos (efectivo) futuros. Siempre debe

estar vinculada a algún activo.

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5.6. DERECHOS DE TRASPASO

Se consideran derechos de traspaso la cesión de un local de negocio realiada por el arrendatorio del mismo a

un tercero mediante contraprestación. Por un importe fijo, no cuotas, a cambio de poder usar el local.

Los derechos de traspaso solo podrán figurar en el activo cuando su valor se ponga de manifiesto en virtud de

una transacción onerosa, debiendo ser objeto de amortización y corrección valorativa por deterioro según lo

especificado en las normas generales.

5.7. APLICACIONES INFORMÁTICAS

Los programas de ordenador, que cumplan los criterios de reconocimiento de las normas generales del

inmovilizado intangible, serán incluidos en el activo, tanto los adquiridos a terceros como los elaborados por la

propia empresa para sí misma, utilizando los medios propios de que disponga, entendiéndose incluidos entre

los anteriores los gastos de desarrollo de páginas web.

En ningún caso podrán figurar en el activo los gastos de mantenimiento de la aplicación informática (o cualquier

otro que no aporte valor al producto). No se consideran mayor valor del inmovilizado.

Se aplicarán los mismos criterios de capitalización y amortización que los establecidos para los gastos de

desarrollo (amortización en 5 años), aplicándose respecto a la corrección valorativa por deterioro los criterios

especificados con carácter general para los inmovilizados intangibles.

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RELACIÓN DE NORMAS DE VALORACIÓN

En la NRV 2.1 se refiere a que los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.

En el apartado 2.2 de la norma relativa al inmovilizado material se especifica que "cuando la

empresa deba reconocer un pérdida por deterioro en una unidad generador de efectivo a la que

se hubiese asignado todo o parte de un fondo de comercio, reducirá en primer lugar el valor

contable del fondo de comercio correspondiente a dicha unidad. Si el deterioro superase el

importe éste, en segundo lugar, reducirá en proporción a su valor contable el del resto de

archivos de la unidad generadora de efectivo... "

En el apartado 2.2 de la norma relativa al inmovilizado material se especifica que "cuando la

empresa deba reconocer un pérdida por deterioro en una unidad generador de efectivo a la que

se hubiese asignado todo o parte de un fondo de comercio, reducirá en primer lugar el valor

contable del fondo de comercio correspondiente a dicha unidad. Si el deterioro superase el

importe éste, en segundo lugar, reducirá en proporción a su valor contable el del resto de

archivos de la unidad generadora de efectivo... "

En la NRV 6 se recoge la regulación del inmovilizado intangible y se refiere que: *Los gastos e

investigación que figuren en el activo deberán amortizarse durante su vida útil, y siempre dentro

del plazo de cinco años; en el caso en que existen dudas razonables sobre el éxito técnico o la

rentabilidad económico-comercial del proyecto, los importe registrados en el activo, deberán

imputarse directamente a pérdidas del ejercicio

En el último párrafo de la NRV 5 sobre el inmovilizado intangible se contiene una referencia

expresa con el siguiente contenido "en ningún caso se reconocerán como inmovilizados intangible los gastos

ocasionados con motivo del establecimiento, las marcas, las cabeceras de periódicos revistas, 105 sellos o

denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares que se hayan generado

internamente".

En la NRV 6 sobre Normas particulares sobre Inmovilizado Intangible se contiene el apartado b) Que sobre la

propiedad industrial se menciona lo siguiente: "Se contabilizarán en este concepto los gastos de desarrollo

capitalizados cuando se obtenga la

correspondiente patente o similar, incluido el coste de registro y formalización de la propiedad industrial, sin

perjuicio de los importe que también pudieran contabilizarse por razón de adquisición a terceros de los

derechos correspondientes".

En la NRV 6 sobre Normas Particulares sobre el Inmovilizado intangible se recoge expresamente una

referencia a los costes de desarrollo de las páginas web cuando en el apartado e) se mencionan los programas

de ordenador.

En la NRV 6 de Normas particulares sobre el Inmovilizado intangible apartado e) se contempla la norma

aplicable a los programas de ordenador que cumplan los criterios de reconocimiento del apartado 1 de la

norma de inmovilizado intangible (Que no hace referencia a los gastos de

desarrollo), se incluirán en el activo, tanto los adquiridos a terceros como los elaborados por la

propia empresa para sí misma, utilizando los medios propios de que disponga, entendiéndose

incluidos entre los anteriores los gastos de desarrollo de las páginas web.

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En la NRV 6 sobre Normas particulares sobre Inmovilizado Intangible se contempla el tratamiento sobre I+D

conteniendo los requisitos para su reconocimiento en el activo, en concreto:

Estar específicamente individualizados por proyectos y su coste claramente establecido para que pueda

ser distribuido en el tiempo.

Tener motivos fundados del éxito técnico y de la rentablidad económico-comercial del proyecto o

proyectos de que se trate.

En la NRV 6 sobre Normas Particulares sobre el Inmovilizado intangible se contiene el apartado c) que sobre el

Fondo de Comercio cita expresamente en el párrafo tercero “El Fondo de Comercio no se amortizará”

En la NRV 6 referida a las Normas particulares sobre el Inmovilizado Intangible se contiene el

apartado e) sobre el Fondo de Comercio y se cita "El fondo de comercio no se amortizará. En su lugar, las

unidades generadoras de efectivo o grupos de unidades generadoras de efectivo a las que se hayan asignado

el fondo de comercio se someterán, al menos anualmente, a la

comprobación del deterioro del valor, procediéndose, en su caso, al registro de la corrección

valorativa por deterioro, de acuerdo con lo indicado en el apartado 2.2 de la norma relativa al

inmovilizado material. Las correcciones valorativas por deterioro reconocidas en el fondo de

comercio no serán objeto de reversión en los ejercicios anteriores"

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TEMA 6 – LAS INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO, CORTO PLAZO Y

TESORERÍA

6.1. CONCEPTO Y CONTENIDOS

INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO.- Inversiones financieras a largo plazo no relacionadas con

partes vinculadas, cualquiera que sea su forma de instrumentación, incluidos los intereses devengados, con

vencimiento superior a un año o sin vencimiento (como los instrumentos de patrimonio), cuando la empresa no

tenga la intención de venderlos en el corto plazo.

INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO.- Inversiones financieras a corto plazo no relacionadas con

partes vinculadas, cualquiera que sea su forma de instrumentación, incluidos los intereses devengados, con

vencimiento inferior a un año, cuando la empresa tenga la intención de venderlos en el corto plazo.

Las cuentas del PGC dedicadas a estas partidas son:

25. Otras inversiones financieras a largo plazo:

250. Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio 251. Valores representativos de deuda a largo plazo 252. Créditos a largo plazo 253. Créditos a largo plazo por enajenación de in movilizado 254. Créditos a largo plazo al personal 255. Activos por derivados financieros a largo plazo 257. Derechos de reembolso derivados de contratos de seguro relativos a retribuciones a largo plazo al personal 258. Imposiciones a largo plazo 259. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a largo plazo

54. Otras inversiones financieras a corto plazo:

540. Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio 541. Valores representativos de deuda a corto plazo 542. Créditos a corto plazo 543. Créditos a corto plazo por enajenación de inmovilizado 544. Créditos a corto plazo al personal 545. Dividendo a cobrar 546. Intereses a corto plazo de valores representativos de deudas 547. Intereses a corto plazo de créditos 548. Imposiciones a corto plazo 549. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a corto plazo

6.2. CONTABILIZACIÓN

Activos financieros disponibles para la venta (largo plazo)

Se valoran a valor razonable + Gastos

Se generan deterioros

Activos financieros mantenidos para negociar (corto plazo)

Se valoran a valor razonable SIN Gastos

La diferencia entre el valor de compra y el actual se imputará a P y G

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Como valor razonable se entiende el valor de transacción entre ambas partes (independientes) o “valor de mercado”. El

valor razonable se determina sin deducir los costes de transacción en los que pudiera incurrirse en la venta.

EJEMPLO 1. Activos financieros disponibles para la venta (largo plazo)

El 15/01/20XX compramos 500 acciones de PLANTACIONES, SL DE 100 €/nominal, que cotizan al 170%. La

operación supone una comisión del 1 por mil. Tenemos intención de vender los títulos pasado un año. Además

sabemos que a finales de año 31/12/20XX las acciones:

a) cotizan al 120%.

b) cotizan al 220%.

SE PIDE: realizar los asientos de compra correspondientes, así como reflejar el deterioro si lo hubiera.

Código Cuenta Debe Haber

(250) (57X)

Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio “a” Tesorería

85.085 €

85.085 €

[500 acciones * 100 valor nominal * 170% = 85.000 €] + [1%. * 85.000 = 85 €] = 85.085 €

a) COTIZAN AL 120%

Código Cuenta Debe Haber

(133) (250)

Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta “a” Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio

25.085 €

25.085 €

Valor contable: 85.085 €

Valor razonable: 500 acciones * 100 valor nominal * 120% = 60.000 €

Valor Razonable < Valor contable Existe una disminución de valor de las acciones: 25.085 €

B) COTIZAN AL 220%

Código Cuenta Debe Haber

(250) (133)

Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio “a” Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta

24.915 €

24.915 €

Valor contable: 85.085 €

Valor razonable: 500 acciones * 100 valor nominal * 220% = 110.000 €

Valor Razonable < Valor contable Existe un aumento de valor de las acciones: 24.915 €

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EJEMPLO 2. Activos financieros mantenidos para negociar (corto plazo)

El 15/01/20XX compramos 500 acciones de PLANTACIONES, SL DE 100 €/nominal, que cotizan al 170%. La

operación supone una comisión del 1 por mil. Tenemos intención de vender los títulos antes de un año.

Además sabemos que a finales de año 31/12/20XX las acciones

a) cotizan al 120%

b) cotizan al 220%

SE PIDE: realizar los asientos de compra correspondientes, así como reflejar el deterioro si lo hubiera.

Código Cuenta Debe Haber

(540) (626) (57X)

Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio Servicios bancarios “a” Tesorería

85.000 €

85 €

85.085 €

Valor contable: [500 acciones * 100 valor nominal * 170% = 85.000 €

Al ser acciones compradas a corto plazo (con fines especulativos) las comisiones no van incluidas como mayor

importe de la compra, sino que figuran de forma separada como gasto: 1%. * 85.000 = 85 €

A.- COTIZAN AL 120%

Código Cuenta Debe Haber

(663) (540)

Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable “a” Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio

25.000 €

25.000 €

Valor contable: 85.005 €

Valor razonable: 500 acciones * 100 valor nominal * 120% = 60.000 €

Valor Razonable < Valor contable Existe una disminución de valor de las acciones: 25.000 €

B.- COTIZAN AL 220%

Código Cuenta Debe Haber

(540) (763)

Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio “a” Beneficios por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable

25.000 €

25.000 €

Valor contable: 85.000 €

Valor razonable: 500 acciones * 100 valor nominal * 220% = 110.000 €

Valor Razonable < Valor contable Existe un aumento de valor de las acciones: 25.000 €

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INTERÉS VARIABLE

El día 01/01/20xx la Academia NOVA ESTUDIS, SL anuncia un dividendo a 3 €/acción pagadero el día

15/01/20xx con una retención del 21%

El día 06/01/20xx compramos 2 acciones de la NOVA de 100 € de valor nominal al 150% con unos gastos de

10 €

a) con la intención de mantener la inversión a largo plazo.

b) con la intención de mantener la inversión a corto plazo.

INTERÉS FIJO

El día 01/01/20xx la Academia NOVA ESTUDIS, SL emite un empréstito formado por 10.000 bonos de 100 €

de valor nominal que devengan un interés anual del 12% con una retención del 21%

El día 15/10/20xx compramos 2 bonos de la NOVA al 150% con unos gastos de 10 €

a) con la intención de mantener la inversión a largo plazo.

b) con la intención de mantener la inversión a corto plazo.