Tarea Preparatoria 9 Para Clase 11 (2)

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Derecho Comercial y Laboral Escuela de Ingeniería en Administración de Empresa Universidad Andrés Bello Programa ADVANCE TAREA PREPARATORIA Nº 9 DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO Material : Texto Libro “Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social”, La huelga, Tomo II, Derecho Colectivo del Trabajo, Capítulo XXII, por Hector Humeres Noguer A PARTIR DEL TEXTO DE APOYO, REALICE LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES: 1. ¿Qué es la huelga? Se designa con el término de huelga a aquella acción emprendida de manera personal o grupal que consiste en dejar de hacer alguna actividad o función individual o colectiva con la finalidad de ejercer una concreta presión social acerca de determinada cuestión y poder lograr el cometido propuesto. Las circunstancias bajo las cuales una huelga es considerada es legal están claramente establecidas en el Código de Trabajo, y una huelga puede ser declarada ilegal por las autoridades gubernamentales del trabajo. 2. ¿Bajo qué circunstancias comienza la huelga? cuando se han agotado todas las anteriores instancias, para negociar algún aspecto de tipo laboral, o manifestar alguna

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Derecho Comercial y LaboralEscuela de Ingeniería en Administración de Empresa

Universidad Andrés BelloPrograma ADVANCE

TAREA PREPARATORIA Nº 9DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

Material: Texto Libro “Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social”, La huelga, Tomo

II, Derecho Colectivo del Trabajo, Capítulo XXII, por Hector Humeres Noguer

A PARTIR DEL TEXTO DE APOYO, REALICE LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES:

1. ¿Qué es la huelga? Se designa con el término de huelga a aquella acción emprendida de manera personal o grupal que consiste en dejar de hacer alguna actividad o función individual o colectiva con la finalidad de ejercer una concreta presión social acerca de determinada cuestión y poder lograr el cometido propuesto.Las circunstancias bajo las cuales una huelga es considerada es legal están claramente establecidas en el Código de Trabajo, y una huelga puede ser declarada ilegal por las autoridades gubernamentales del trabajo.

2. ¿Bajo qué circunstancias comienza la huelga?

cuando se han agotado todas las anteriores instancias, para negociar algún aspecto de tipo laboral, o manifestar alguna inconformidad con respecto a la empresa, la cual se espera solucionar con una huelga como una medida de presión

3. De la clasificación de la huelga, elija una y explíquela

Según los sujetos que ejercitan el derecho de huelga: la huelga puede ser ejercitada por:Los trabajadores por cuenta ajena.Los trabajadores asalariados.Los funcionarios: El ejercicio de este derecho por parte de los funcionarios es restringido en la medida en la que están obligados a prestar servicios a la comunidad.Quedan excluidos del ejercicio del derecho de huelga los miembros de

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los trabajadores del canal de Panamá. Según las causas que motivan la huelga: se distingue entre:Huelga laboral: es la que tiene lugar por causas derivadas de la propia relación de trabajo.Huelga extralaboral: es la que se lleva acabo por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados. En la medida en que la causa no se debe a intereses profesionales, estas huelgas son ilegales. Sin embargo, en la práctica en la medida en que los trabajadores demuestren que esta clase de huelga afecta a intereses profesionales, los tribunales las considerarán legales.Huelgas de solidaridad o simpatía: los trabajadores defienden un interés ajeno a su relación contractual, actuando sin embargo en apoyo de otros trabajadores en conflicto, con los que se solidarizan. Estas huelgas son consideradas en principio ilegales, sin embargo en la medida en que se demuestre a los tribunales que afectan indirectamente a un interés profesional serán consideradas legales. Según el comportamiento que se lleve a cabo en la huelga: cabe distinguir:huelga turnante o rotatoria: es la que se realiza de modo sucesivo en las distintas unidades productivas de una empresa o centro de trabajo, o sectores de la actividad económica en un ámbito geográfico determinado, alternándose sucesivamente en la cesación en el trabajo con la finalidad de afectar a la coordinación de la producción.Huelga estratégica, tapón o trombosis: es aquella que afecta tan sólo de modo directo a la actividad productiva básica de la empresa, o a los sectores estratégicos del sistema económico, pero que comunica sus efectos en cadena a los demás ámbitos, consiguiendo la paralización de todo el proceso productivo.Huelga de celo o reglamento: consisten en una ejecución minuciosa y reglamentarista del trabajo, con el consiguiente retraso en el mismo.Huelga intermitente: son aquellas en la que se alterna momentos de normalidad laboral y de cesación del trabajo. Posee una tipología bastante variada: alternancia de horas de trabajo y huelga a lo largo del día, de días de trabajo y huelga a lo largo de la semana o periodos más amplios.

4. ¿Qué es la censura de la comisión negociadora?

En cualquier momento podrá convocarse a votación al grupo de trabajadores involucrados en la negociación, por el 20% a lo menos de ellos, con el fin de pronunciarse sobre la censura a la comisión negociadora, la que deberá ser acordada por la mayoría absoluta de ellos, en cuyo caso se procederá a la elección de una nueva comisión en el mismo acto. La votación será siempre secreta y deberá ser anunciada con 24 horas de anticipación, a lo menos. En caso de tratarse de una negociación que involucre a 250 o más trabajadores, se efectuará ante un ministro de fe. Planteada la censura y notificada a la Inspección del Trabajo y al empleador, la comisión negociadora no podrá suscribir contrato colectivo ni acordar arbitraje sino una vez conocido el resultado de la votación

5. ¿Cuáles son los efectos de la huelga?

La huelga produce los siguientes efectos a La luz del artículo 493 del Código de Trabajo:1. El cierre de la empresa, negocio o establecimiento.Lo cual es ejecutado por la Dirección General de Trabajo o la Dirección Regional de Trabajo. Según algunos teóricos del Derecho del Trabajo, esto atenta contra el derecho constitucional al trabajo ya que consideran que los que desean trabajar deben poder hacerlo sin restricciones aunque la mayoría haya adherido a la huelga.

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En otras legislaciones no se considera el cierre de la empresa ya que se plantea que el derecho al trabajo tiene igual jerarquía que el derecho a la huelga. Para otras corrientes doctrinarias, permitir que la empresa permanezca abierta seria hacer negatoria el ejercicio del derecho a huelga.2. El empleador no puede celebrar nuevos contratos para la reanudación de los servicios sus-pendidosSalvo los que considere necesarios la Dirección General de Trabajo o la Dirección Regional para evitar daños irreparables. Recordemos que la huelga se asienta sobre La teoría del daño justo y proporcional ya que no se busca destruir o acabar con la empresa. El daño justo se basa en el principio de autodefensa de los intereses de los trabajadores y no en un interés de liquidar la estructura productiva que genera el sustento cotidiano de los trabajadores.3. La suspensión de los efectos de los contratos,Con lo cual los trabajadores no están obligados a prestar su servicio y el empleador no está obligado a abonar los salarios salvo que se trate de una huelga imputable a éste.4. El empleador puede pedir el conteo de los trabajadores que apoyan la huelga,Dentro de las veinticuatro horas siguientes, para determinar si constituyen la mayoría ya que si no son mayoría, él no está obligado al cierre de la empresa.El empleador, de conformidad con la ley, puede pedir la ilegalidad de la huelga.5. El período de la huelga, cuenta para determinar la antigüedad de lostrabajadores.6. Subsiste el fuero de negociación consagrado en el articulo 441 del Código deTrabajo.7. Los trabajadores tienen el derecho a! Reintegro a sus labores, luego de laculminación de la huelga.8. Se suspende la cotización a! seguro social como consecuencia del no pago delsalario.