2009 - 2º PARCIAL - TODOS LOS TEMAS - ENUNC Y RESOLUCION.pdf
Temas Para El Parcial
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1. Distinción entre normas jurídicas, morales y usos
sociales.Norma Jurídica Norma Moral Norma Social
La función es regular la conducta de las personasSi se incumplenestablecen unasanción.
Si se incumplenestablecen unasanción.
-
Proviene de lasociedad y la dicta unaautoridad competente.
Proviene de lasociedad y se dirige ami conciencia.Ejemplo conductainmoral! laprostitución.
Provienen de los"#bitos sociales$ sonreglas %ue debemoscumplir.
&egula mi conductae'terna.
( Es instant#nea y noest# redactado enning)n lado. (*usca regular miconducta subjetiva
Es un amplio grupo denormas socialmentereconocidas! comola moda! la tradición!los usos y costumbres!etc.
+ambian con el tiempoy la sociedad ,mutan
+ambian con el tiempoy la sociedad ,mutan
-
Sanción jurídica:_ Embargo._ Castigo contra la
libertad.
Sanción moral:Proviene de lasociedad. Esta
impuesta.
Sanción Social:Su incumplimiento noimplica una sanción
institucionaliada.
/. Fuentes del dereco !conce"to#F$EN%ES:a# &as leyes y las normas "ro'enientes del "oder legislati'o o
del "oder ejecuti'o:b &a costumbre: Es (uente eminente del Dereco Comercial y
&aboral. No así del )dministrati'o ni del *rocesal.c Juris"rudencia: Es el criterio +ue se utilia !istorial de
decisiones tomadas "or los jueces en un lugar determinado#,seg-n (allos +ue 'an coincidiendo !seg-n el lugar donde se
registró#. Es la (uente donde se consolida la costumbre.d# Doctrina:
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0. &ey !conce"to, clasicación, (ormación y delegación#Conce"to
:Clasicac
ión:
Formación:
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4. Supremacía constitucional (orden jerarquico de la ley/
importancia de los tratados (la pirámide))Seg-n /idart Cam"os:La supremaca constitucional supone una gradación jer0r+uica delorden jurdico derivado! %ue se escalona en planos distintos. Los m#saltos subordinan a los inferiores! y todo el conjunto se debesubordinar a la constitución.+uando esta relación de co"erencia se rompe! "ay un 2vicio3 o un2defecto3! %ue llamamos 2inconstitucionalidad3 o2anticonstitucionalidad3.
5. Costumbre (concepto, clases y ejemplos)Conce"to: Es la practica social %ue se da en una comunidad %ue se vatransmitiendo y la misma se cumple por la condición de obligatoriedad,voluntariamente apareció y todos estamos de acuerdo. Por necesidad!y consentimiento colectivo y apoyo del poder poltico llega a convertirse
en ley.
+ontiene 0 elementos
Practicas +onvicción de su obligatoriedad 4iene %ue ser raonable
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Clases: Las costumbres ,y peor los usos no pueden crear derec"os! sinosólo cuando las leyes se re5eren a ellos o en situaciones no regladaslegalmente. Es decir admite la costumbre sin ley o seg)n la ley perono contra ley.
Costumbre secundum legem !costumbre seg-n ley#. ) la cual,la ley se remite. 6%uella %ue sigue de conformidad con la ley!interpretando 7sta de un modo concreto. Se trata de una costumbreinterpretativa %ue! sin ser criticable! no vincula necesariamente a lostribunales.
Esto es seg-n la Juris"rudencia. El código civil me va a remitir ala costumbre del lugar.
Costumbre "raeter legem o e1tra legem !costumbre sin ley#.Cubre un 'acío legal. 8#lida por completo! regula situaciones oasuntos no contemplados por la ley! %ue en determinados supuestosremite de forma e'presa a la costumbre para reglar una materiaconcreta.
Costumbre contraria a la ley o contra legem !costumbrecontra ley#. Contraria a la ley. 9a de ser rec"aada su aplicación!por%ue va contra la ley.
En todo caso y para %ue la costumbre pueda ser aplicada! es necesario%ue resulte probada su e'istencia de acuerdo con el re%uisito %ue
permiten considerarla como tal.Ejem"lo
6. octrina (concepto)2ru"o de juristas con autoridad moral3 4"inión o criterio de los
estudiosos de dereco +ue elaboran teorías. ,4iene menos peso%ue la jurisprudencia.
Se entiende por doctrina jurdica al conjunto de derec"os! teoras!investigaciones %ue "an realiado los e'pertos en la ciencia jurdica.
:ic"a opinión sobre una materia concreta! aun%ue no es una fuenteformal del :erec"o.
!. erec"o de #ra,$da,%ra,4ta &eneraci'n (análisis y ejemplos)5ra 2eneración: &os derecos de la "rimera generación son los
derecos ci'iles y "olíticos
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Los motivaron los principales movimientos revolucionarios de 5nales delsiglo ;8<<< en occidente Son los derec"os a la libertad.
4odo individuo tiene derec"o a la libertad de opinión y e'presiónde ideas.
Los "ombres y las mujeres tienen derec"o a casarse y a decidir eln)mero de "ijos %ue desean.
Nadie estar# sometido a esclavitud o servidumbre.Los derec"os económicos! sociales! culturales y ambientales! o:ES+6! es como son cali5cados los derec"os de segunda y tercerageneración en un solo conjunto.
6da 2eneración: &os derecos de la segunda generación son los
derecos económicos y sociales.
Surgen como consecuencia de las revoluciones obreras de los siglos ;<;y ;; y de las distintas teoras socialistas.E'igen una cierta intervención del estado para garantiar los bienessociales b#sicos educación! protección de la salud! trabajo! pensiones.Son los derec"os a la igualdad. 4oda persona tiene derec"o a laseguridad social y a obtener la satisfacción de los derec"os económicos!sociales y culturales.
4oda persona tiene derec"o al trabajo en condiciones e%uitativas ysatisfactorias.
4oda persona tiene derec"o a la salud fsica y mental. La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
7ra 2eneración: Son los derecos +ue tratan de "roteger las
libertades indi'iduales como consecuencia de las nue'as
tecnologías y de las "er'ersiones del sistema económico.
Son los derec"os de la solidaridad.
Estamos "ablando del derec"o a la intimidad El derec"o a disfrutar de un aire puro
Los derec"os del consumidor.
8ta 2eneración: Son los derecos umanos.
. e*orma de la constituci'n (etapas)Conce"to: Es la actividad normativa desplegada para modi5car parcialo totalmente una constitución rgida! vali7ndose del particularprocedimiento predeterminado por ella.
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Seg)n el )rtículo 79! la constitución nacional puede reformarse en todoo en cual%uiera de sus partes.
*idart +ampos$ La constitución tiene clausulas y contenidos p7treos,doctrina.
*treos implica %ue en ciertos casos no debera cambiarse por%uepierde la esencia. Sin embargo la misma "uede re(ormarse en todo
y cada una de sus "artes.
Consta de 6 eta"as:
5. Eta"a de iniciati'a o "re;constituyente: En la %ue 1ro seestablece %ue es necesario proceder a la reforma y se la impulsa! yluego se elige a los convencionales constituyentes.La +N en esta etapa encomienda declarar al congreso la necesidad
de reforma. <nterviene el congreso ,/=0 partes de sus miembros.:icta la ley de necesidad de reforma
Lugar donde debe funcionar la convención. Plao de funcionamiento ,4iempo +ondiciones y calidades de los convencionales constituyentes 6rtculos a reformar
,"ttp+//.slides"are.net/o-ores/poderconstituyenteyre*orma
constitucional#$5$%!#
La ley no espec5ca de %u7 manera o procedimiento se debe seguir parallevar adelante la reforma.
6. Eta"a de re'isión o re(ormada: Es la etapa en la cual lacon'ención constituyente se ocupa de la reforma ,a%u se debatesi las modi5caciones son factibles.Con'ención constituyente: +ada partido poltico emite las listasconformadas por esas personas %ue van a formar parte de laconvención. Esto va a ser creado al efecto de la reforma de laconstitución nacional.
&a -ltima re(orma (ue en 5<<8. El "acto de 4li'os entre
)l(onsin y =enem.
9. Signifcado de republicano, representativo y ederal >e"resentati'o se re5ere a democr#tico! la democracia es la forma degobierno en la %ue la mayora gobierna! por medio de la representación
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del pueblo de personas %ue son elegidas a tal efecto.
>e"ublicana se re5ere a la forma de gobierno >&epublica>! lo m#simportante de esto ces %ue tiene varios principios! y los m#simportantes son
( :ivisión de poderes ,ejecutivo! legislativo y judicial$ ( &esponsabilidad de las autoridades por actos p)blicos. ( Publicidad de los actos p)blicos. ( Periodicidad de los cargos p)blicos! etc.
Federal! es una forma de ES46:? ,esa diferencia es importante! en la%ue "ay un Estado central ,Nación! y varios Estados %ue componen al
central ,Provincias! en el caso argentino %ue se reservan variasfacultades.
>e"resentati'o El pueblo gobierna a trav7s de representanteselegidos por el mismo! ll#mese presidente gobernador o legisladores.
>e"ublicano: signi5ca %ue "ay un presidente! un poder ejecutivo %uees el %ue posee la m#'ima autoridad.
Federal: signi5ca %ue cada provincia elige adem#s de las autoridades
nacionales sus propias autoridades y %ue las provincias a trav7s de susgobiernos son autónomas.
10 . Estado de sitio (análisis de las causales, que dicta
y eectos)El estado de sitio es un r7gimen de e'cepción %ue debe ser declaradopor el congreso de los diputados a propuesta del gobierno. El estado desitio representa un concepto e%uivalente al de estado de guerra! y por
ello se dan a las fueras armadas facultades preponderantes para losactos de represión. :urante el @estado de sitio@ %uedan en suspenso lasgarantas constitucionales! con mayor o menor e'tensión! seg)n laslegislaciones. En algunas de ellas! como suceda en la 6rgentina Seautoriaba al jefe de Estado a detener a las personas y a trasladarlas deun punto a otro de la nación! salvo %ue pre5eran salir del territorionacional.
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En 6rgentina el estado de sitio se declara en caso de conmoción interioro de ata%ue e'tranjero %ue pongan en peligro el ejercicio de la+onstitución En caso de ata%ue e'terior corresponde al Senado autoriaral presidente de la Nación para %ue declare en estado de sitio! uno ovarios puntos de la &ep)blica.
En caso de conmoción interior! es atribución del +ongreso declarar enestado de sitio uno o varios puntos de la Nación! y aprobar o suspenderel estado de sitio declarado! durante su receso! por el Poder Ejecutivo.
El Poder Ejecutivo declara en estado de sitio uno o varios puntos de laNación! en caso de ata%ue e'terior y por un t7rmino limitado! conacuerdo del Senado. En caso de conmoción interior sólo tiene estafacultad cuando el +ongreso est# en receso! por%ue es atribución %ue
corresponde a este cuerpo.
6)n durante la vigencia del estado de sitio la acción de "#beas corpuspodr# ser interpuesta por el afectado o por cual%uiera en su favor y el jue resolver# de inmediato.
## . nter0enci'n *ederal (causas, quien la declara, que
La intervención federal es una institución %ue prev7 la +onstitución6rgentina ante una situación de conAicto en una o varias provincias en
caso invasión e'terior! invasión de otra provincia o destitución de susautoridades.
Bunciona como garanta federal! esto signi5ca %ue el estado federalasegura y protege las autonomas provinciales en el marco de la formade estado federal propia del sistema argentino.
La intervención federal puede ser dispuesta unilateralmente por elgobierno federal o a re%uision de las autoridades provinciales.1
Por disposición del gobierno federal
En este caso la intervención est# dispuesta por el Poder LegislativoNacional sin pedido de la provincia ,art. CD inc. 01 de la +onstitución6rgentina! no pudiendo el Ejecutivo disponerla salvo en caso de receso
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de 7ste! y! en tal caso! ordenando la simult#nea convocatoria para sutratamiento ,arts. ! inc. /F y CD! inc. 01! p#rr. /G.
+ausales
• Para garantiar la forma republicana de gobierno o
• &epeler invasiones e'teriores
Por pedido de la provincia ,La provincia afectada solicita la intervención
+ausales
• Para Sostener o restablecer a las autoridades si "an sido
destituidas o se encuentran amenaadas por sedición o invasión de
otra provincia.
Hrgano +ompetente
La declaración de intervención federal corresponde de manera e'clusiva
al gobierno federal! por lo tanto le corresponde disponerla al +ongresode la Nación! y en caso de receso de este! corresponde declararloal Presidente de la Nación con inmediata comunicación al congreso parasu con5rmación.
6mplitud
La amplitud deber# estar de5nida por el órgano %ue declara laintervención! pudiendo ser intervenidos los tres poderes del estado! o
solo el poder ejecutivo! o solo el poder legislativo! respecto del judicial elinterventor no puede arrogarse funciones judiciales pero si puedecomisionar a los jueces.
<nterventor
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No cabe duda %ue el interventor es un funcionario del gobierno federal y
representante del poder ejecutivo federal! por tanto corresponde su
nombramiento e'clusivamente al Presidente de la Nación! adem#s es
responsable poltico frente a este
#$. 1oder ejecuti0o#. o!posici"n# 2s unipersonal, está con*ormado 3nicamente por el
presidente de la naci'n.
$. ecanismo de 2lecci'n+
a re*orma de #4 simpli7co sensiblemente el procedimientoanterior de elecci'n del presidente y 0icepresidente, que era por
medio de cole&ios electorales. 2n cuanto al tiempo se dispuso que laelecci'n, a"ora directa por el cuerpo electoral, se "ará 8dentro de los$ meses anteriores a la conclusi'n del mandato del presidente enejercicio9 (art. 5).
$. %tribuciones# %rt 99.
El *residente de la Nación tiene las siguientes atribuciones:
5. Es el jefe supremo de la Nación! jefe del gobierno y responsablepoltico de la administración general del pas.
6. E'pide las instrucciones y reglamentos %ue sean necesarios parala ejecución de las leyes de la Nación! cuidando de no alterar suespritu con e'cepciones reglamentarias.
7. Participa de la formación de las leyes con arreglo a la +onstitución!las promulga y "ace publicar. El Poder Ejecutivo no podr# en ning)n
caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable! emitir disposicionesde car#cter legislativo. Solamente cuando circunstanciase'cepcionales "icieran imposible seguir los tr#mites ordinariosprevistos por esta +onstitución para la sanción de las leyes! y no setrate de normas %ue regulen materia penal! tributaria! electoral o elr7gimen de los partidos polticos! podr# dictar decretos por raonesde necesidad y urgencia! los %ue ser#n decididos en acuerdo general
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de ministros %ue deber#n refrendarlos! conjuntamente con el jefe degabinete de ministros.
El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diedas someter# la medida a consideración de la +omisión *icameral
Permanente! cuya composición deber# respetar la proporción de lasrepresentaciones polticas de cada +#mara. Esta comisión elevar# sudespac"o en un plao de die das al plenario de cada +#mara parasu e'preso tratamiento! el %ue de inmediato consideraran las+#maras. Ina ley especial sancionada con la mayora absoluta de latotalidad de los miembros de cada +#mara regular# el tr#mite y losalcances de la intervención del +ongreso.
8. Nombra los magistrados de la +orte Suprema con acuerdo del
Senado por dos tercios de sus miembros presentes! en sesiónp)blica! convocada al efecto.
Nombra los dem#s jueces de los tribunales federales inferiores enbase a una propuesta vinculante en terna del +onsejo de laMagistratura! con acuerdo del Senado! en sesión p)blica! en la %ue setendr# en cuenta la idoneidad de los candidatos.
In nuevo nombramiento! precedido de igual acuerdo! ser# necesariopara mantener en el cargo a cual%uiera de esos magistrados! una ve
%ue cumplan la edad de setenta y cinco aJos. 4odos losnombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se"ar#n por cinco aJos! y podr#n ser repetidos inde5nidamente! por elmismo tr#mite.
?. Puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal! previo informe del tribunal correspondiente!e'cepto en los casos de acusación por la +#mara de :iputados.
@. +oncede jubilaciones! retiros! licencias y pensiones conforme a las
leyes de la Nación.
A. Nombra y remueve a los embajadores! ministros plenipotenciariosy encargados de negocios con acuerdo del Senado$ por s sólonombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los dem#sministros del despac"o! los o5ciales de su secretara! los agentes
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consulares y los empleados cuyo nombramiento no est# reglado deotra forma por esta +onstitución.
B. 9ace anualmente la apertura de las sesiones del +ongreso!reunida al efecto ambas +#maras! dando cuenta en esta ocasión del
estado de la Nación! de las reformas prometidas por la +onstitución!y recomendando a su consideración las medidas %ue juguenecesarias y convenientes.
<. Prorroga las sesiones ordinarias del +ongreso! o lo convoca asesiones e'traordinarias! cuando un grave inter7s de orden o deprogreso lo re%uiera.
59. Supervisa el ejercicio de la facultad del jefe de gabinete deministros respecto de la recaudación de las rentas de la Nación y desu inversión! con arreglo a la ley o presupuesto de gastosNacionales.
55. +oncluye y 5rma tratados! concordatos y otras negociacionesre%ueridas para el mantenimiento de buenas relaciones con lasorganiaciones internacionales y las naciones e'tranjeras! recibe susministros y admite sus cónsules.
56. Es +omandante en Kefe de todas las fueras armadas de la
Nación.
57. Provee los empleos militares de la Nación +on acuerdo delSenado! en la concesión de los empleos o grados de o5cialessuperiores de las fueras armadas$ y por s sólo en el campo debatalla.
58. :ispone de las fueras armadas! y corre con su organiación ydistribución seg)n las necesidades de la Nación.
5?. :eclara la guerra y ordena represalias con autoriación yaprobación del +ongreso.
5@. :eclara en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación! encaso de ata%ue e'terior y por un t7rmino limitado! con acuerdo delSenado. En caso de conmoción interior sólo tiene esta facultadcuando el +ongreso est# en receso! por%ue es atribución %ue
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corresponde a este cuerpo! el Presidente la ejerce con laslimitaciones prescriptas en el 6rtculo /0.
5A. Puede pedir al jefe de gabinete de ministros y a los jefes de todoslos ramos y departamentos de la administración! y por su conducto a
los dem#s empleados! los informes %ue crea convenientes! y ellosest#n obligados a darlos.
5B. Puede ausentarse del territorio de la Nación! con permiso del+ongreso. En el receso de 7ste! sólo podr# "acerlo sin licencia porraones justi5cadas de servicio p)blico.
5<. Puede llenar las vacantes de los empleos! %ue re%uieran elacuerdo del Senado! y %ue ocurran durante su receso! por medio denombramientos en comisión %ue e'pirar#n al 5n de la pró'imaLegislatura.
69. :ecreta la intervención federal a una provincia o a la ciudad de*uenos 6ires en caso de receso del +ongreso! y debe convocarlosimult#neamente para su tratamiento.
&equisitos# Art 89:
Para ser elegido presidente o 8icepresidente de la Nación! se re%uiere"aber nacido en el territorio argentino! o ser "ijo de ciudadano nativo!"abiendo nacido en pas e'tranjero$ y las dem#s calidades e'igidas paraser elegido senador. >
#4. 1oder le&islati0oo!posici"n# 2stá compuesto por la cámara de diputados y la cámara
de senadores.
%tribuciones# %rt '
%rtculo '.* orresponde al ongreso#
1. Legislar en materia aduanera. Establecer los derec"os de importacióny e'portación! los cuales! as como las avaluaciones sobre las %uerecaigan! ser#n uniformes en toda la Nación.
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/. <mponer contribuciones indirectas como facultad concurrente conlas provincias. <mponer contribuciones directas! por tiempoindeterminado! proporcionalmente iguales en todo el territorio de laNación! siempre %ue la defensa! seguridad com)n y bien general delEstado lo e'ijan. Las contribuciones previstas en este inciso! con
e'cepción de la parte o el total de las %ue tengan asignaciónespeci5ca! son coparticipables.
Ina ley convenio! sobre la base de acuerdos entre la Nación y lasprovincias! instituir# regmenes de coparticipación de estascontribuciones! garantiando la automaticidad en la remisión de losfondos.
La distribución entre la Nación! las provincias y la ciudad de *uenos6ires y entre estas! se efectuara en relación directa a lascompetencias! servicios y funciones de cada una de ellas
contemplando criterios objetivos de reparto$ ser# e%uitativa! solidariay dar# prioridad al logro de un grado e%uivalente de desarrollo!calidad de vida e igualdad de oportunidad en todo el territorionacional.
La ley convenio tendr# como +#mara de origen el Senado y deber#ser sancionada con la mayora absoluta de la totalidad de losmiembros de cada +#mara! no podr# ser modi5cada unilateralmenteni reglamentada y ser# aprobada por las provincias.
No "abr# transferencia de competencias! servicios o funciones sin la
respectiva resignación de recursos! aprobada por la ley del +ongresocuando correspondiere y por la provincia interesada o la ciudad de*uenos 6ires en su caso.
In organismo 5scal federal tendr# a su cargo el control y 5scaliaciónde la ejecución de lo establecido en este inciso! seg)n lo determine laley! la %ue deber# asegurar la representación de todas las provinciasy la ciudad de *uenos 6ires en su composición.
0. Establecer y modi5car asignaciones especi5cas de recursoscoparticipables! por tiempo determinado! por la ley especial aprobada
por la mayora absoluta de la totalidad de los miembros de cada+#mara.
. +ontraer empr7stitos sobre el +r7dito de la Nación.
D. :isponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedadnacional.
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. Establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitirmoneda! as como otros bancos nacionales.
C. 6rreglar el pago de la deuda interior y e'terior de la Nación.
. Bijar anualmente! conforme a las pautas establecidas en el tercerp#rrafo del inciso / de este articulo! el presupuesto general de gastosy calculo de recursos de la administración nacional! en base alprograma general de gobierno y al plan de inversiones publicas yaprobar o desec"ar la cuenta de inversión.
. 6cordar subsidios del 4esoro nacional a las provincias! cuyas rentasno alcancen! seg)n sus presupuestos! a cubrir sus gastos ordinarios.
1F. &eglamentar la libre navegación de los ros interiores! "abilitar lospuertos %ue considere convenientes! y crear o suprimir aduanas.
11. 9acer sellar moneda! 5jar su valor y el de las e'tranjeras$ yadoptar un sistema uniforme de pesos y medidas para toda la Nación.
1/. :ictar los códigos +ivil! +omercial! Penal! de Minera! y del 4rabajoy Seguridad Social! en cuerpos uni5cados o separados! sin %ue talescódigos alteren las jurisdicciones locales! correspondiendo suaplicación a los tribunales federales o provinciales! seg)n %ue lascosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones$ yespecialmente! leyes generales para toda la Nación sobrenaturaliación y nacionalidad! con sujeción al principio de
nacionalidad natural y por opción en bene5cio de la 6rgentina$ ascomo sobre bancarrotas! sobre falsi5cación de la moneda corriente ydocumentos p)blicos del Estado! y las %ue re%uiera elestablecimiento del juicio por jurados.
10. &eglar el comercio con las naciones e'tranjeras! y de lasprovincias entre si.
1. 6rreglar y establecer los correos generales de la Nación.
1D. 6rreglar de5nitivamente los limites del territorio de la Nación! 5jar
los de las provincias! crear otras nuevas! y determinar por unalegislación especial la organiación! administración y gobierno %uedeben tener los territorios nacionales! %ue %ueden fuera de los limites%ue le asignen a las provincias.
1. Proveer a la seguridad de las fronteras.
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1C. &econocer la pree'istencia 7tnica y cultural de los pueblosindgenas argentinos.
Oarantiar el respeto a su identidad y el derec"o a una educaciónbilinge e intercultural$ reconocer la personera jurdica de sus
comunidades! y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras%ue tradicionalmente ocupan$ y regular la entrega de otras aptas ysu5cientes para el desarrollo "umano$ ninguna de ellas ser#enajenable! transmisible ni susceptible de grav#menes o embargos.6segurar su participación en la gestión referida a sus recursosnaturales y a los dem#s intereses %ue los afecten. Las provinciaspueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.
1. Proveer lo conducente a la prosperidad del pas! al adelanto ybienestar de todas las provincias! y al progreso de la ilustración!dictando planes de instrucción general y universitaria! y promoviendo
la industria! la inmigración! la construcción de ferrocarriles y canalesnavegables! la coloniación de tierras de propiedad nacional! laintroducción y establecimiento de nuevas industrias! la importaciónde capitales e'tranjeros y la e'ploración de los ros interiores! porleyes protectoras de estos 5nes y por concesiones temporales deprivilegios y recompensas de estimulo.
1. Proveer lo conducente al desarrollo "umano! al progresoeconómico con justicia social! a la productividad de la economanacional! a la generación de empleo! a la formación profesional de lostrabajadores! a la defensa del valor de la moneda! a la investigación y
al desarrollo cient5co y tecnológico! su difusión y aprovec"amiento.
Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de suterritorio$ promover polticas diferenciadas %ue tiendan a e%uilibrar eldesigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estasiniciativas! el Senado ser# +#mara de origen.
Sancionar leyes de organiación y de base de la educación %ueconsoliden la unidad nacional respetando las particularidadesprovinciales y locales %ue aseguren la responsabilidad indelegabledel Estado! la participación de la familia y la sociedad! la promoción
de los valores democr#ticos y la igualdad de oportunidades yposibilidades sin discriminacion alguna$ y %ue garanticen losprincipios de gratuidad y e%uidad de la educación publica estatal y laautonoma y autar%ua de las universidades nacionales.
:ictar leyes %ue protejan la identidad y pluralidad cultural! la librecreación y circulación de las obras del autor$ el patrimonio artstico ylos espacios culturales y audiovisuales.
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/F. Establecer tribunales inferiores a la +orte Suprema de Kusticia$crear y suprimir empleos! 5jar sus atribuciones! dar pensiones!decretar "onores! y conceder amnistas generales.
/1. 6dmitir o desec"ar los motivos de dimisión del presidente o
vicepresidente de la &ep)blica$ y declarar el caso de proceder anueva elección.
//. 6probar o desec"ar tratados concluidos con las dem#s naciones ycon las organiaciones internacionales y los concordatos con la SantaSede. Los tratados y concordatos tienen jerar%ua superior a las leyes.
La :eclaración 6mericana de los :erec"os y :eberes del 9ombre$ la:eclaración Iniversal de :erec"os 9umanos$ la +onvención6mericana sobre :erec"os 9umanos$ el Pacto <nternacional de:erec"os Económicos! Sociales y +ulturales$ el Pacto <nternacional de
:erec"os +iviles y Polticos y su Protocolo Bacultativo$ la +onvenciónsobre la Prevención y la Sanción del :elito de Oenocidio$ la+onvención <nternacional sobre la Eliminación de todas las Bormas de:iscriminacion &acial$ la +onvención sobre la Eliminación de todas lasBormas de :iscriminacion contra la Mujer$ la +onvención contra la 4ortura y otros 4ratos o Penas +rueles! <n"umanos o :egradantes$ la+onvención sobre los :erec"os del NiJo$ en las condiciones de suvigencia! tienen jerar%ua constitucional! no derogan articulo algunode la primera parte de esta +onstitución y deben entendersecomplementarios de los derec"os y garantas por ella reconocidos.Solo podr#n ser denunciados! en su caso! por el Poder Ejecutivo
nacional! previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidadde los miembros de cada +#mara.
Los dem#s tratados y convenciones sobre derec"os "umanos! luegode ser aprobados por el +ongreso! re%ueriran del voto de las dosterceras partes de la totalidad de los miembros de cada +#mara paragoar de la jerar%ua constitucional.
/0. Legislar y promover medidas de acción positiva %ue garanticen laigualdad real de oportunidades y de trato! y el pleno goce y ejerciciode los derec"os reconocidos por esta +onstitución y por los tratados
internacionales vigentes sobre los derec"os "umanos! en particularrespecto de los niJos! las mujeres! los ancianos y las personas condiscapacidad.
:ictar un r7gimen de seguridad social especial e integral enprotección del nin"o en situacion de desamparo! desde el embarao"asta la 5naliacion del periodo de ensen"ana elemental! y de lamadre durante el embarao y el tiempo de lactancia.
7/26/2019 Temas Para El Parcial
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/. 6probar tratados de integracion %ue deleguen competencias y jurisdicción a organiaciones supraestatales en condiciones dereciprocidad e igualdad! y %ue respeten el orden democr#tico y losderec"os "umanos. Las normas dictadas en su consecuencia tienen jerar%ua superior a las leyes.
La aprobación de estos tratados con Estados de Latinoamericare%uerira la mayora absoluta de la totalidad de los miembros de cada+#mara. En el caso de tratados con otros Estados! el +ongreso de laNación! con la mayora absoluta de los miembros presentes de cada+#mara! declarara la conveniencia de la aprobación del tratado y solopodr# ser aprobado con el voto de la mayora absoluta de la totalidadde los miembros de cada +#mara! despu7s de ciento veinte das delacto declarativo.
La denuncia de los tratados referidos a este inciso! e'igira la previa
aprobación de la mayora absoluta de la totalidad de los miembros decada +#mara.
/D. 6utoriar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o "acer la pa.
/. Bacultar al Poder Ejecutivo para ordenar represalias y establecerreglamentos para las presas.
/C. Bijar las fueras armadas en tiempo de pa y guerra! y dictar lasnormas para su organiación y gobierno.
/. Permitir la introducción de tropas E'tranjeras en el territorio de laNación! y la salida de las fueras nacionales fuera de 7l.
/. :eclarar en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación encaso de conmoción interior! y aprobar o suspender el estado de sitiodeclarado! durante su receso! por el Poder Ejecutivo.
0F. Ejercer una legislación e'clusiva en el territorio de la capital de laNación! y dictar la legislación necesaria para el cumplimiento de los5nes especi5cos de los establecimientos de utilidad nacional en elterritorio de la &ep)blica. Las autoridades provinciales y municipales
conservar#n los poderes de policia e imposición sobre estosestablecimientos! en tanto no inter5er#n en el cumplimiento dea%uellos 5nes.
01. :isponer la intervención federal a una provincia o a la ciudad de*uenos 6ires.
7/26/2019 Temas Para El Parcial
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6probar o revocar la intervención decretada! durante su receso! por elPoder Ejecutivo.
0/. 9acer todas las leyes y reglamentos %ue sean convenientes paraponer en ejercicio los poderes antecedentes! y todos los otros
concedidos por la presente +onstitución al Oobierno de la Nación6rgentina.
&equisitos# %&+ -
ara ser /iputado#
Se re%uiere "aber cumplido la edad de /D aJos 4ener aJos de ciudadana en ejercicio y ser natural de la
provincia %ue lo elija! o con dos aJos de residencia inmediata enella.
%rt
ara ser senador#
4ener la edad de 0F aJos 9aber sido aJos ciudadano de la Nación :isfrutar de una renta anual de /FFF pesos fuertes Ser natural de la provincia %ue lo elija o con / aJos de residencia
inmediata en ella.
#4. 1oder judicialEl Poder Kudicial es ejercido por la +orte Suprema de Kusticia de la Nación,+SKN y por los dem#s tribunales inferiores establecidos por ley del+ongreso. ,6rt. 1F=11 +N.
#5. 1oder político
#6. :uicio políticoEs una atribución del poder legislativo. En este proceso interviene la
c#mara de senadores ,es el %ue toma la decisión si se destituye unfuncionario o no y la c#mara de diputados.
Es cuando se enjuicia
Presidente 8ice Presidente Kefe de Oabinete
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Ministros del PE Miembros de la corte suprema de justicia ,son C
Causas:
a. Mal desempeJob. :elito en el ejercicio de sus funcionesc. +rmenes comunes
*rocedimiento:
a. +#mara de diputados acusa.b. +#mara de senadores juga= resuelve.
E(ectos:
a. :estitución
b. Si el acusado es el presidente o el vice$ %uien presidir# lac#mara de senadores ser# el presidente de la corte suprema de justicia.
c. En el caso de delitos comunes! ser# una corte ordinaria.
2arantías
)m"aro abeas cor"us abeas dataDenición: )cción
e1"edita y r0"idae1ce"cional contra
actos u acciones
lle'ados a cabo "or
autoridades:
*ublicas *ri'adas
ue:
&esionen >estrinjan
)lteren )manecer
Derecos y
garantías
constitucionales.
)demas:
6ltera la libertad fsica
por retención ilegal 6rresto
domiciliario 6gravamiento
de condiciones!ilegitimas dedetención
:esapariciónforada depersonas ,la
dictadura
Supresión o
actualiación de datosen bases P)blicos Privados
Es la garanta sobre lacon5dencialidad sobredatos de una persona
7/26/2019 Temas Para El Parcial
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Es "resentado
"or el
damnicado. Si se trata de
ecos
colecti'os es
"resentado "or
la de(ensoría del
"ueblo
Norma moralEsta autoimpuesta por cada sujeto %ue pueden provenir de la familia ouna cultura! sociedad! amigos! familia! etc. :onde cada sujeto ad"iere auna convicción de la %ue considera bueno o malo. +on sanción! puedeser sancionado culturalmente.
Condiciones de elegibilidad del presidente:-6rticulo de la +.N-Nacido en el territorio de la nacion! o ser "ijo de ciiudadano nativo-0F aJos de edad- aJos de ciudadano de la nacion-&enta anual de /FFFQ pesos fuertes
Prosedimiento de eleccion:-6rticulo elegidos por el pueblo! con doble vuelta. el territorioconforma un distrito unico.-6rticulo D Se realiara dos meses antes de la conclusion del mandatodel presidente
-6rticulo La segunda vuelta se realiara entre los dos candidatos masvotados-6ritculos C y DR o mas es presidente! o FR con diferencia del
1FR con el segundo! es presidente.