Toria Normativa Del Negocio Juridico
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8/6/2019 Toria Normativa Del Negocio Juridico
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TEORIA NORMATIVA DEL NEGOCIO JURICO
La idea jurdica del trfico mercantil y las ideas jurdicas desarrolladas por la escuela de derecho
natural racionalista. La teora jurdica preceptiva estudia las nociones de la autonoma privada y del
negocio jurdico desde la experiencia normativa.
Segin Brinz los negocios jurdicos son como resulta de la expresin adoptada, aclara que la voluntad del
derecho, imprime a una accin de carcter negocial . Para otro sector de la doctrina alemana el
negocio jurdico, como una norma subordinada, o una fuente del derecho en cuanto productiva de
efectos jurdicos propios, coinciden en definir al negocio jurdico como una norma. Brinz expreso que el
derecho positivo (voluntad de derecho) crea el negocio jurdico. Pero manigk :el negocio jurdico como
norma jurdico es un elemento del derecho positivo como fuente de derecho y como supuesto de
hecho significa que la teora del negocio jurdico debera ser el centro de la teora del ordenamiento
jurdico.
Antes se pensaba que la teora del negocio jurdico giraba alrededor de la teora de la norma jurdica,
pero la teora normativa estableci que la teora general del derecho era el centro de la teora jurdica
negocial.
En, Luigi y ferr, su pateamientoconsisti en coordinar la teora general del derecho con la teora del
negocio jurdico la cual esta teora es revalorada en la actualidad por sus innegables ventajasprcticas
para resolver el problemas prcticos de los privados al intercambiar bienes y servicios.
El profesor de la universidad de ferrara, que as como hecho el contrato es regulado por la ley, como
norma el contrato a su vez regula comportamientos, de los actos.
Las Principales ideas de ferri:
1. no existen negocios (im naturtamde) negocio cuya fuerza vinculante se basa en unpoder conferido a los sujetos privados por el ordenamiento jurdico, en el mbito de la
economa privada, manifiesto una voluntad (normativa sometida o subordinada a las
normas emanadas por fuentes superiores, la ciencia del derecho se distingue de la
filosofa en la que se considera con objeto de estudio los diversos ordenamientos
jurdicos desde el punto de vista de su valor positivo y, por lo tanto no puede
considerar al negocio jurdico.
2. La autonoma privada no es un poder originario o soberano.es un poder conferido alos individuos por una norma superior, la cual regula su actuacin, estableciendo
cargas y limitaciones. La ley tanto como puede ampliar el campo en la que acta la
autonoma privada, puede restringirlo.
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3. El negocio jurdico como acto de creacin de una norma jurdica es supuesto de hecho yfuente del derecho jurdico, es supuesto de hecho de una norma superior es vlida si ha
sido emanada de conformidad con las normas contenidas en una fuente superior, el
negocio jurdico es fuente de produccin en el sentido de modo de manifestacin de la
norma jurdica, en esencia, es el acto que tiene por contenido la norma que disciplina
jurdicamente la formacin del derecho, la idea de negocio como fuente normativa es
fecunda en desarrollos en campo de la teora del negocio jurdico.
4. Si la autonoma privada es un poder de crear normas jurdicas, est claro, que el actojurdico en sentido estricto no es actuacin de autonoma privada. Por qu no tiene
contenido normativo, permaneciendo n el mbito del derecho
5. privado, en los negocios jurdicos estn previstos en el mismo negocio, que contiene suregulacin creada precisamente por el agente y no establecida por la ley. La valoracin
abstracta o anticipada de la norma se transforma en calificacin de un comportamiento
humano concreto, la hipotecidad significa que la norma se convierte concretamente en
imperativa ,mientras la norma en cuanto perceptiva o en cuanto juicio hipottico, est
dirigida Asia el futuro (a un hipottico comportamiento futuro)
6. mientras que todas la dems normas jurdicas formar un conjunto en la que cadanorma concreta se encuentra ligada con cada una de las dems y con el todo por unnexo, las normas negciales se colocan fuera de esta unidad no forman un todo
orgnico (si no en el interior y en el mbito de cada negocio concreto ). La autonoma
de la norma negocial no es ms que la proyeccin objetiva de la autonoma de poder
que incumple al individuo
7. el negocio es el presupuesto de hecho de ciertas normas negciales. Por ejemplo de lasnormas legales supletorias o de las fiscales, el negocio, como acto, esto es como
comportamiento humano puede darse un negocio ilcito. el negocio a su vez en fuente
de valoraciones abstractas de comportamiento humano (fuente normativa y en tal
funcin prev y determina las condiciones .fuente normativa, comportamiento objeto
de valoracin
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3.1 OBJECION AL SENTIDO DE CONCEPTO LOGICO DEL NEGOCIO JURIDICO
La teoracientfica del negocio jurdico es objetada en el sentido de su concepto lgico.
Galgano califica al negocio jurdico en dos categoras:
Categora histrico, el negocio jurdicoest destinada al caso.Bolonia revaloriza la categora general del
contrato pero critica la categora del negocio jurdica calificndole de categora analgico expresa que
el concepto de negocio jurdico ha terminado disolvindose entre las manos de sus propios partidarios
al sostener.
Que es analgica y no directa la aplicacin de las normas sobre los contratos a ls actos bilaterales
El jurista italiano, el negociojurdico no puede ser convertido en su contario, que es causal y no
abstracta.
El profesor de la universidad de Bolivia habla de negocio jurdico, pero piensa fundamentalmente, en el
contrato. Frazoni afirma al igual que Galgano que el negocio jurdico tiene el rol de categora histrica
(tutelaba al individuo con el objeto de evitar ser juzgado por el poder del estado) y analgica (las normas
del contrato serian aplicables a todos los actos negciales en vadirecta, las mismas normas podran ser
aplicadas solo por va analgica.
Benedetti, el negocio como pura categora lgica) y el negocio como figura general histricamente, es
decir como esquemas abstractos, el negocio jurdica como pura categora lgica sirve para individualizar
y comprender un rea de actos de autonoma privada, en cambio el negocio jurdicocomo
categorahistrica.
DE LOS MOZOS: dice que la construccin de la teora general del negocio jurdico no deja de ser una
creacin de la dogmtica jurdica.
Cerroni, afirmo que el negocio jurdico era una tpica construccin generalizan te, sin contenidos
histricos
Luna Serrano:da dos criticas la primera a la teora del negocio jurdico que sale sealar el carcter
puramente racional, lgico y neutro de una construccin dogmtica que se refiere a la trascendencia,
por lo tanto, que tiene un cierto inters sistemtico y,consecuentemente, didctico, pero que carececasi absolutamente de utilidad prctica.
Toboada, que la teora general del negocio jurdico es una categora jurdica abstracta que sirve de
paradigma lgico
Galgano, Franzoni y Luna Serrano critican la teora lgica jurdica negocial a partir de la idea jurdica d la
voluntad individual como creadora de obligaciones o relaciones jurdicas producto de la nociones de la
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teora jurdica voluntarista del acto jurdico y de la teora jurdica declaracioncita del negocio jurdico en
cambio para la teora normativa del negocio jurdico la voluntad es irrelevante,(se confunde la
categora histrica con la categora lgica del negocio jurdico
3.2OBJECION A LAS NOCIONES NORMATIVAS DE LA AUTONOMIA PRIVADA Y DE NEGOCIO JURIDICO
Las ideas jurdicas de autonoma privada como poder jurdico de crear normas jurdicas y de negocio
jurdico ,son objetadas por diferentes razones.
Pietrobon, critica la teora normativa del negocio jurdico por que las disipacionesnegciales no pueden
tener aquellas notas de generalidad y de atraccin la cuales son caractersticas dela ley. Considera que el
negocio es su aspectoobjetivo. Como regulacin de interese, tiene un contenido concreto no, general y
abstracto
Betti objetar los planteamientos normativista, estableca que mientras las partes quieren normalmente
el resultado prctico al que el negocio sirve, y no tienen otro deber que el de dictar el contenido
preceptivo de este,
Scognamiglio: como norma jurdico y como supuesto de hecho no tiene justificacin en la idea jurdica
de puridad de ordenamientos, igualmente manifest que la teora perceptiva no propone la
identificacin del negocio con la norma y solamente quiere evidenciar que el negocio adquiere para el
mundo del derecho y por la fuerza de la ley la relevancia de una precepto cuyo contenido se traduce en
una pauta segn la cual han de valorarse las relaciones contingentes.
El negocio jurdico solo produce efectos vinculantes entre las partes, en consecuencia quienes no sean
parte en un negocio jurdico no queda vinculados por este, estnabsolutamente fuera de sus aspectos
vinculantes conforme a la regla (ex alternarios contractumneminen obligari).no se basa en que el
negocio tenga para ellos fuerza de ley, sino que se fundamenta en superiores consideraciones de paz
jurdica y de solidaridad social, en segundo lugar el negocio jurdico no puede equiparse a las fuentes
del derecho ni tener este carcter porquele faltan los caracteres intrnsecos y extrnsecos de las
autnticas y verdaderas fuentes jurdicas.
Castro y Bravo el derecho estatal en lo referente al trfico de bienes se desliga de toda norma extra
positiva , se le interpreta restrictivamente y se le rebaja a la condicin de supletorio, presuponiendo
que en esta materia normalmente era dispositivo y no imperativo, tambin objeto el carcter normativo
que el negocio jurdico se desliga de la voluntad de quienes lo crean, con el resultado prctico de que se
reduzca a la nada el papel de la voluntad y el carcter casual del negocio ,el negocio jurdico sea fuente
de derecho objetivo.