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UNIDAD IV Gestión de constitución de una empresa: GESTIÓN DE PEQUEÑA EMPRESA 4.1.- Trámites de Constitución. 4.2.- Relaciones ante Organismos Oficiales. 4.3.- Fuentes de Financiamiento. 4.4.- Franquicias Tributarias Ayudas Créditos 02-06-2015 1

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UNIDAD IV Gestión de constitución de una empresa:

GESTIÓN DE PEQUEÑA EMPRESA

• 4.1.- Trámites de Constitución. • 4.2.- Relaciones ante Organismos Oficiales. • 4.3.- Fuentes de Financiamiento. • 4.4.- Franquicias Tributarias Ayudas Créditos

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GESTIÓN DE PEQUEÑA EMPRESA

• 4.1.- Trámites de Constitución. • 4.2.- Relaciones ante Organismos Oficiales. • 4.3.- Fuentes de Financiamiento. • 4.4.- Franquicias Tributarias Ayudas Créditos

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1.- Trámites de Constitución Iniciar los trámites de Constitución de la Empresa, puede estar referido a una o más personas que recién comienzan y que quieren partir conforme a lo establecido por la leyes, o bien puede tratarse de una o más personas que tienen algún tiempo funcionando como empresa informal y que por haber entendido los beneficios que esto reporta, han decidido iniciar los trámites pertinentes.

Lo anterior se refiere al caso de una Persona Natural y de una Persona Jurídica en cualquiera de sus formas. Muchos pasos son similares por lo que podrá resultar repetitivo, sin embargo buena es la retroalimentación. Para cualquiera de estos dos casos es conveniente incorporar los siguientes antecedentes:

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PERSONA NATURAL

Pasos a Seguir 1 TRAMITACIÓN DE PATENTE MUNICIPAL El empresario (Persona Natural) deberá llenar en la Municipalidad de la comuna donde está instalada su empresa, un formulario denominado SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE INDUSTRIA.

A su vez, esta Solicitud debe ir acompañada con los siguientes antecedentes:

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• Autorización del Servicio de Salud del Ambiente. Esto cuando se trate de empresas que

trabajan con productos químicos y/o alimenticios. • Un plano o croquis de planta del inmueble. Vale decir, un dibujo del lugar habitacional que

ocupa la empresa y su disposición geográfica. • Autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustible. En el caso que sea un tipo

de empresa que haga uso de gas licuado, productos explosivos o inflamables o instalaciones eléctricas.

• Autorización de la Dirección de Obras de la Municipalidad. En el caso que la empresa quiera instalarse en el mismo lugar en donde vive el empresario y/o su familia.

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Cuando se haya presentado la solicitud y los antecedentes, un arquitecto de la Municipalidad visitará el lugar donde está o estará instalada la empresa con el fin de revisar en el terreno los antecedentes presentados. Aprobados los antecedentes, el empresario debe cancelar la Patente Comercial, la cual se paga en dos cuotas ( Enero y Julio de cada año ). Este pago es equivalente al 0,5 % del capital invertido cuando éste es mayor a 200 U.T.M, no pudiendo ser inferior a 1 U.T.M. ni superior a 1.000 U.T.M.

Paralelamente a la obtención de la Patente Municipal, el empresario debe gestionar la obtención del Permiso Sanitario, el cual se reglamenta de acuerdo a:

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2 INICIACIÓN DE ACTIVIDADES El empresario que inicia actividades como persona natural debe presentar ante el Servicio de Impuestos Internos, su cédula de identidad y un comprobante de domicilio (documento acreditado por Carabineros de su sector) y el comprobante de Patente en trámite.

3 CONFECCIÓN DE DOCUMENTOS Luego de haber realizado la Iniciación de Actividades, el empresario deberá contar con una serie de documentos que sirven para acreditar el monto de las ventas efectuadas durante un período determinado. Sobre estos documentos es que el S.I.I. lleva un control regular. Los documentos que debe mandar a confeccionar un empresario, normalmente son: facturas, boletas y guías de despacho.

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4 TIMBRAJE DE DOCUMENTOS El timbraje de documentos se realiza en las oficinas del S.I.I., presentando, además, el R.U.T. o carné de identidad y la Declaración de Iniciación de Actividades. Más el libro de compra y ventas.

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5 GESTIONES MENORES Esta etapa tal vez no debería recibir el nombre de Gestiones Menores, pero es un trámite que el empresario puede ir realizando paralelamente a los anteriores. Entre estos está la búsqueda de un contador que administre y oriente al empresario frente a los deberes y derechos que tiene como contribuyente. Entre las principales orientaciones que debe recibir el empresario por parte del contador está el Pago de Impuestos por las ganancias que recibe como resultado de la actividad de su empresa. En nuestro país este pago de impuestos está representado por el Impuesto a la Renta.

En nuestro sistema tributario, el impuesto a la renta se ordena del siguiente modo: Impuesto por Categorías:

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• Primera Categoría afecta a las rentas de capital, es decir a las

empresas. • Segunda Categoría afecta a las rentas de trabajo, es decir a los

trabajadores dependientes y a los trabajadores por cuenta propia.

Otro impuesto que debe pagar todo empresario es el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este impuesto lo debe pagar toda Persona Natural que la ley califique de "vendedor o prestador de servicios". Por tanto, caben en esta clasificación todas las personas que practican actividades comerciales, productivas y de servicios.

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EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Creación de empresas individuales de responsabilidad limitada. La ley 19.857, publicada en el Diario Oficial el 11 de febrero del 2003, autoriza el establecimiento de las empresas individuales de responsabilidad limitada (E.I.R.L). Estas empresas deberán constituirse por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el registro de comercio y se publica en el Diario Oficial, (formalidades idénticas a las que la ley contempla para las sociedades de responsabilidad limitada y anónimas. LOS PASOS A SEGUIR PARA FORMALIZARSE SON LOS MISMO DE UNA PERSONA NATURAL INDICADOS ANTERIORMENTE.

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SOCIEDAD DE HECHO Para constituirse como Sociedad de Hecho, basta con concurrir ante un notario, presentar el carné de identidad de los socios y redactar la escritura correspondiente, en la cual deben considerarse los siguientes puntos: • Nombre de la RAZÓN SOCIAL, esta compuesta por los nombres y apellidos de uno de los

socios y la frase " y otros. • Objetivos para los que ha sido creada la empresa. • Duración de la Sociedad. • Representación Legal. • Porcentajes de las utilidades a repartir entre los socios. En las Sociedades de Hecho cada socio es codeudor solidario del otro hasta el total de sus bienes.

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La Sociedad de Hecho vale como tal solamente entre los socios, pero ante las autoridades no es reconocida como sociedad, no posee personalidad jurídica y por lo tanto no tiene patrimonio propio. Su mayor desventaja tiene que ver con la poca confianza que presente ante los bancos o instituciones financieras a la hora de intentar obtener créditos. Sin embargo, la gran ventaja de esta modalidad es su rápida constitución y puesta en marcha.

Con mucha frecuencia se da el caso que en las Sociedades de Hecho figure la esposa o un hijo y no el empresario, es decir: • Juana Pérez y otro ( el otro es el esposo ) • Porfirio Contreras Pérez y otro ( el otro es el papá ). Una razón tal vez se deba al comportamiento comercial del empresario, otra puede ser por asegurar a la familia.

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SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada, se debe: Un abogado debe Redactar un borrador de ESCRITURA PÚBLICA DE LA SOCIEDAD, en la que los socios señalan las condiciones más importantes del contrato: • Nombre de la sociedad, • Nombre de los socios y sus respectivos R.U.T., • Nombre del representante legal de la empresa, • Monto del capital que aportan los socios, • Objeto a que se dedicará la empresa ( giro ), • Forma y porcentaje del reparto de los beneficios, etc.

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Llevar el borrador de la escritura a una notaría pública donde es reducida a ESCRITURA PÚBLICA. Luego se retiran una o más copias de la escritura y una copia del EXTRACTO, el cual es un resumen de la escritura. Publicar el extracto de la escritura en el DIARIO OFICIAL, por una sola vez. Llevar un ejemplar de la Escritura y la página del Diario Oficial donde ésta fue publicada al CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES, quedando además en el REGISTRO DE COMERCIO. Con estos trámites la sociedad adquiere existencia legal. Obtener la Patente Comercial, debiendo previamente sacar R.U.T. de la sociedad. Finalmente se debe hacer inicio de actividades ante el S.I.I., confeccionar documentos, timbraje de documentos y realizar gestiones relativas a lo administrativo - contable de la empresa.

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SOCIEDAD ANÓNIMA La Sociedades Anónimas pueden ser de dos clases: 1. Sociedad Anónima Abierta 2. Sociedad Anónima Cerrada

Para constituir una Sociedad Anónima, se debe seguir los mismos pasos de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, es decir: • Escritura Pública. • Extracto de la Escritura. • PUBLICACION EN EL Diario Oficial DEL EXTRACTO. • Conservador de Bienes Raíces. • Patente Comercial. • Trámites ante el S.I.I.

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Como puedes observar los trámites para formalizar una empresa son muy similares. Todos siguen un mismo esquema y se ajustan a la ley conforme a los objetivos que cada una de ellas persigue. Haciendo un resumen, observa el siguiente esquema: