8/17/2019 Derecho Tributario Enrique Guerrero Kathia.
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA
ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO
ASIGNATURA:
DERECHO TRIBUTARIO I
TITULO DEL TRABAJO
ISC (IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO)
ALUMNA:
ARNIDO HUERTA DANAY
ENRIQUE GUERRERO KATHIA CECILIA
NORABUENA SAL Y ROSAS LISBETH
ROSALES CACERES MARIBEL
DOCENTE TUTOR:
RAUL ROSARIO ROLDAN
HUARAZ PERÚ 2016
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INTRODUCCIÓN
El Impuesto Selectivo al Consumo más conocido por ISC, es un tributo de Perú que trata de gravar el
uso o consumo específico, es decir, es un impuesto sobre la primera venta de determinados bienes o
servicios cuya producción se haya realizado en Perú, así como la importación de los mismos de
productos que no son considerados de primera necesidad.
El Impuesto General a las Ventas de un claro ejemplo de lo que son los impuestos de tipo
plurifásico, mientras que en el caso del impuesto de tipo monofásico encontramos al
Impuesto Selectivo al Consumo.
El motivo del presente informe es analizar las pautas para entender la mecánica de cómo
se grava el Impuesto Selectivo al Consumo, sobre todo en el caso de los licores, tomando
en cuenta que recientemente se han modificado las tasas que los gravan por la publicación
del Decreto Supremo Nº 092-2013-EF el 14 de mayo del 2013.
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EL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO
Es un impuesto que grava a los productos que son suntuarios; es decir aquellos productos
que son considerados como lujo, esto grava por decirlo en forma general a aquellos
productos que no son indispensable para el sostenimiento y desarrollo de la persona, a
aquellos productos que eran imprescindibles para la persona; y sin las cuales el ser
humano podía vivir sin necesidad de ellos.
¿QUÉ ESTÁ GRABANDO?
- La importación de bienes.
- La primera venta a cualquier título cuando los bienes o los productos sean de
producto nacional.
PRINCIPALES PRODUCTOS QUE GRAVA EL ISC
Alcohol
Tabaco
Servicios de Telecomunicaciones
Apuestas (eventos hípicos)
Seguros
Pagos realizados mediante cheques bancarios
Juegos de azar (loterías, bingos, sorteos, rifas)
Perfumes
Joyas
Relojes
Armas Productos contaminantes
Combustible
TASAS DE LOS PRODUCTOS GRAVADOS POR EL ISC
Productos gravados con una tasa del 0%
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Productos gravados con una tasa del 10%
Productos gravados con una tasa del 17%
Productos gravados con una tasa del 20%
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Productos gravados con una tasa del 30%
Productos gravados con una tasa del 50%
Tasas de los juegos de azar y apuestas
- Loterías, bingos, rifas y sorteos: 10%
- Eventos hípicos: 2%
Tasas de los productos en los cuales se aplica el Monto Fijo
Tasas de los productos sujetos al sistema literal de valor
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¿CÓMO ESTÁ REGULADO EL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO EN
EL PERÚ?
El Impuesto Selectivo al Consumo conocido como por sus siglas ISC, se encuentra
regulado en el título II de la Ley del Impuesto General a las Ventas, específicamente en
los artículos 50º al 67º y en los artículos 12º al 14º del Reglamento de la Ley del
Impuesto General a las Ventas.
¿QUIÉNES ESTÁN SUJETOS AL IMPUESTO?
Productores o empresas vinculadas a estos, en las ventas realizadas en el pais.
Los importadores o las empresas vinculadas económicamente a estos, en la venta de
bienes grabados.
Las entidades organizadoras y titulares de organizaciones de juego de azar y apuestas,
tales como loterías, bingo, rifas, sorteos y eventos hípicos.
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Las personas que importan bienes gravados.
¿QUIÉNES SON LOS CONTRIBUYENTES?
-Los fabricantes, por las enajenaciones que realicen en el territorio nacional.
- Los productores o las empresas vinculadas económicamente a éstos, en las
ventas realizadas en el país;
- Los importadores o las empresas vinculadas económicamente a éstos en las
ventas que realicen en el país de los bienes gravados
- Las entidades organizadoras y titulares de autorizaciones de juegos de azar y
apuestas, a que se refiere el inciso c) del Artículo 50º.
Los impuestos selectivos se aplican especialmente si:
Si el consumo del bien genera externalidades.
El bien es considerado de lujo.
La demanda del bien gravado es poco sensible a cambios en precio.
IMPORTANCIA
El impuesto selectivo al consumo es importante debido a:
- Es importante fuente de ingreso para el fisco.
-Corrige las externalidades negativas.
- Permite mejorar la la equidad vertical
¿CÓMO PAGAR EL ISC?
El ISC se paga en función a lo establecido por el Código Tributario y las condiciones
establecidas por la SUNAT.
A la hora de realizar el pago, es necesario recordar que se podrá pagar hasta el segundo
día hábil de cada semana. La semana a tener en cuenta a la hora de pagar el ISC va
desde el domingo hasta el sábado, y el monto de referencia es el 80% del Impuesto
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Aplicable a todos los bienes o servicios que tuvieron lugar la semana previa al pago del
ISC.
BASE LEGAL DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO
El impuesto selectivo al consumo (ISC) se encuentra establecido por los artículos 366 al
361 de la ley 11 – 92 del 16 de Mayo de 1992, o código tributario. Este impuesto graba
con tasas especificas la trasferencia de algunos bienes de producto nacional a nivel de
fabricante, su importación presentación o locación de servicio. Los bienes de servicios
grabados con el ISC son consignados de manera expresa por el título IV del código
Tributario.Concepto de transferencia e importación a los fines de aplicación del impuesto selectivo
al consumo, la transferencia consiste en la transmisión de bienes gravados por este
impuesto a titulo oneroso o gratuito a nivel del fabricante o productos. En este sentido el
termino de transferencia incluye además el retiro de los bienes para el uso pm consumo
personal del dueño, administradores y empleados de la empresa para la cualquier fin
diferente al de su actividad; también para cederle gratuitamente o par afectarlos, en
cualquier carácter, a las actividades del contribuyente, generen o no operaciones
gravadas.
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CONCLUSION
El impuesto selectivo al consumo es un tributo al consumo específico.
El cual grava la venta en el país a nivel de productos de determinados bienes, la
importación de los mismos, la venta en el país de los mismos bienes cuando es efectuado
por el importador y los juegos de azar y apuestas. De manera similar a lo que acontece
con el impuesto general a las ventas este tributo es de realización inmediata pero se
determina mensualmente. Las tasas de este impuesto oscilan entre 0 y 118% dependiendo
del bien grabado, según las tablas respectivas.
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