Facultad de Ingeniería Agraria Especialidad de Ingeniería Ambiental
Unidad III Unidad III
Principales Instrumentos
Normativos y Técnicos sobre la
Gobernanza Ambiental.
Lic. Norma Luz Quinteros CamachoLic. Norma Luz Quinteros Camacho
Semestre Semestre 20142014-- IIII
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TEMARIO. TEMARIO.
1. La Ley General del Ambiente- LGA
2. Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión
Ambiental - SNGA
3. Los Sistemas de Gestion Ambiental en el Sector
Privado.
4. El Sistema Nacional de Información Ambiental-
SINIA
Marco normativo Marco normativo • Constitución Política del Perú
• Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
• Decreto Legislativo Nº 1013 y su modificatoria el DecretoLegislativo Nº 1039
• Ley Nº 28611.- Ley General del Ambiente y sumodificatoria el Decreto Legislativo N° 1055
• Ley Nº 28642.- Ley Marco del Sistema Nacional de GestiónAmbiental
• Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM.- Reglamento de laLey del Sistema Nacional de Gestión Ambiental
• Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM.- Política Nacionaldel Ambiente
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Marco normativoMarco normativo
• Ley Nº 27446.- Ley del Sistema Nacional de Evaluación deImpacto Ambiental y su modificatoria el Decreto LegislativoNº 1078.
• Decreto Supremo 019-2009-MINAM.- Reglamento de la Leydel Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental –SEIA
• Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación yFiscalización Ambiental
• Decreto Supremo Nº 001-2009-MINAM – Reglamentode Organización y Funciones del Organismo de Evaluación yFiscalización Ambiental – OEFA
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LEY GENERAL DEL AMBIENTE LEY GENERAL DEL AMBIENTE
Ley Nº 28611Ley Nº 28611Promulgada el 15 de Promulgada el 15 de
octubre de 2005octubre de 2005
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¿ Qué es la Ley General ¿ Qué es la Ley General del Ambientedel Ambiente-- LGA? LGA?
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La LGA es una norma ordenadoradel marco legal para la gestiónambiental en el Perú. Dentro desus alcances están regular lasfunciones y atribucionesgubernamentales para dictar yaplicar políticas, normas,estrategias, o instrumentos(incluyendo la fiscalización ysanción) vinculados con lasacciones de protección delambiente y de la conservación delos recursos naturales.
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Condiciones en las que se promulgó la Ley Condiciones en las que se promulgó la Ley General del Ambiente (LGAGeneral del Ambiente (LGA))
2002. Necesidades de involucrar la gestión ambientalperuana en el desarrollo nacional
Promulgación de los Decretos Legislativos Nº 611 y 613posteriores al Código del Medio Ambiente y LosRecursos Naturales; para promover la inversión
La aprobación de una nueva Constitución Políticaincorporando artículos respectivos sobre el medioambiente y los recursos naturales la
La ratificación de múltiples tratados internacionales enmateria ambiental en los cuales el Perú era parte,determinaron la necesidad estructural de agendar unamodificación de la norma marco.
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La Modificación de la LGA debe ser Fruto del Consenso
Tres años fueron necesarios para sistematizar las diversasinquietudes y propuestas de los diversos sectores yterritorios del país en relación a la Ley General delAmbiente.
Entre 2002 y 2005 todos los actores dialogaron, concertarony debatieron –bajo mecanismos institucionales confiables-antes y durante la adopción de la decisión política deaprobar la Ley Nº 28611.
En los siguientes años, la modificatoria a la Ley General delAmbiente, Ley Nº 28611, en gran medida debe recoger elconsenso del sector público, el sector privado y la sociedadcivil sobre la materia.
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ESTRUCTURA JURIDICA DE LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE - LEY Nº 28611
TÍTULO PRELIMINAR: DERECHOS Y PRINCIPIOS
TÍTULO I: POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE Y GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1: ASPECTOS GENERALESCAPÍTULO 2: POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTECAPÍTULO 3: GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 4: ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
TÍTULO II: DE LOS SUJETOS DE LA GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1: ORGANIZACIÓN DEL ESTADOCAPÍTULO 2: AUTORIDADES PÚBLICASCAPÍTULO 3: POBLACIÓN Y AMBIENTECAPÍTULO 4: EMPRESA Y AMBIENTE
TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1: APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALESCAPÍTULO 2: CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICACAPÍTULO 3: CALIDAD AMBIENTAL CAPÍTULO 4: CIENCIA, TECNOLOGÍA Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
TÍTULO IV: RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTALCAPÍTULO 1: FISCALIZACIÓN Y CONTROLCAPÍTULO 2: RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO AMBIENTAL
CAPÍTULO 3: MEDIOS PARA LA RESOLUCIÓN Y GESTIÓN DE CONFLICTOS AMBIENTALES
DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES
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DE LOS DERECHOSArtículo I.- Del derecho y deber fundamental
Artículo II.- Del derecho de acceso a la información
Artículo III.-
Del derecho a la participación en la gestión ambiental
Artículo IV.-
Del derecho de acceso a la justicia ambiental DE LOS PRINCIPIOS
Artículo V.- Del principio de sostenibilidad
Artículo VI.- Del principio de prevención
Artículo VII.- Del principio precautorio
Artículo VIII.-
Del principio de internalización de costos
Artículo IX.-
Del principio de responsabilidad ambiental
Artículo X.- Del principio de equidad
Artículo XI.- Del principio de gobernanza ambiental
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ESTRUCTURA JURIDICA DE LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE - LEY Nº 28611
TÍTULO PRELIMINAR: DERECHOS Y PRINCIPIOS
TÍTULO I: POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE Y GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1: ASPECTOS GENERALESCAPÍTULO 2: POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTECAPÍTULO 3: GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 4: ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
TÍTULO II: DE LOS SUJETOS DE LA GESTIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1: ORGANIZACIÓN DEL ESTADOCAPÍTULO 2: AUTORIDADES PÚBLICASCAPÍTULO 3: POBLACIÓN Y AMBIENTECAPÍTULO 4: EMPRESA Y AMBIENTE
TÍTULO III: INTEGRACIÓN DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTALCAPÍTULO 1: APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALESCAPÍTULO 2: CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICACAPÍTULO 3: CALIDAD AMBIENTAL CAPÍTULO 4: CIENCIA, TECNOLOGÍA Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
TÍTULO IV: RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTALCAPÍTULO 1: FISCALIZACIÓN Y CONTROLCAPÍTULO 2: RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO AMBIENTAL
CAPÍTULO 3: MEDIOS PARA LA RESOLUCIÓN Y GESTIÓN DE CONFLICTOS AMBIENTALES
DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES
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Fortalezas de la LGA Se trata de una ley integral que incorpora
principales aspectos ambientales.
Incorpora los principales derechos y principiosfundamentales del derecho ambiental
Aborda la incorporación de los instrumentos degestión ambiental
Promueve una gestión ambiental transectorial,descentralizada y participativa
Apuesta por la consolidación del Sistema Nacionalde Gestión Ambiental, creado en el 2004, bajo larectoría del CONAM
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Fortalezas de la LGA Relaciona procesos internacionales como el cambio
climático, los sistemas frágiles, calidad ambiental, laempresa y los servicios ambientales, entre otros.
Incorpora la visión integral del territorio a partir de la ZEE, elordenamiento territorial ambiental, ordenamientoterritorial, planificación territorial, gestión de cuencas.
Crea las bases de los instrumentos económicos de gestiónAmbiental.
Afirmación de los instrumentos de evaluación ambientalEIAs, DIAs, PAMAs
La Responsabilidad Social Empresarial, los LMPs, los ECAs,adquieren relevancia legal por primera vez en el país.
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Debilidades de la LGA
Ausencia de estándares de medición de la gestiónambiental;
Escaso desarrollo de los asuntos ligados a lafiscalización de los organismos del Estado;
Escaso iniciativa para la creación de una meritocraciaen el manejo de la cosa pública ambiental;
Las materias ambientales generales tienen un mejordesarrollo en el texto que aquellas asociadas a losrecursos naturales en singular.
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Debilidades de la LGA Excesiva presión sobre los Gobiernos Locales para
contar con Sistemas de Gestión Ambiental, cuandodebió ser un proceso gradual.
Fue un error tratar diferenciadamente laDiversidad Biológica respecto de los RecursosNaturales.
No se desarrolló el tema del aprovechamientosostenible de la Diversidad Biológica y suscomponentes ni tampoco el beneficio equitativodel acceso a los recursos genéticos. Sólo se abordóla conservación de la Diversidad Biológica.
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Debilidades de la LGA
No se desarrolló un capítulo sobre el recurso mar nisobre el recurso aire.
Se subsumen los ecosistemas marino y costerosbajo el marco de la conservación de la DiversidadBiológica, cuando los documentos básicos deldesarrollo sostenible diferencian claramente estosconceptos.
Los aspectos asociados a la sostenibilidad ambientaly social de la actividad minera ameritarían, además,un desarrollo diferenciado.
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Los Primeros Pasos en la Modificación de la LGA
La modificación de la LGA debe ser un proceso planificado,
público, concertado, que responda a un objetivo estructural
dentro de las prioridades de gestión del ambiental del país.
Para lo cual deberá crearse –quizá- una Comisión Revisorade la LGA, al interior del Congreso de la República, bajo laSecretaría Técnica del MINAM.
Bajo una propuesta inicial de modificatoria; con unaestructura de funcionamiento de la precitada ComisiónRevisora y un plan de trabajo; así como la conducción decomisiones de trabajo.
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¿Qué debe hacerse con la LGA?
Es necesaria una reforma de todos los aspectosdescritos, de los tipos penales y una mejora de suredacción en materia procesal civil para considerarlos desafíos de la responsabilidad civil vinculados conel daño ambiental.
Es necesario ponderar los factores políticos,económicos, sociales y culturales que generanincentivos y restricciones a estos procesos a fin dealentar los cambios y reformas con una visiónestratégica, teniendo en cuenta los cambiosinstitucionales y tecnicos sobre material ambiental
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¿Qué debe hacerse con la LGA?
Revisión, actualización y complementación del Sistemade Evaluación de Impacto Ambiental reglamentado;teniendo en consideración el crecimiento exponencial dela economía peruana en términos macro; a la vez que unincremento de las actividades extractivas, lacompetitividad y en contraparte la conflictividad social.
Es necesario analizar aquellos aspectos que debenmodificarse y otros que necesitan apuntalarse paraconseguir la eficiencia de la gestión ambiental y, porañadidura, la gobernabilidad del país en términosestratégicos.
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Modificatoria de la Ley Modificatoria de la Ley General del Ambiente General del Ambiente
Nº28611Nº28611Decreto Legislativo Decreto Legislativo
Nº 1055Nº 1055
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Se promulgó al amparo de la Ley Nº 29157, quedelegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobrelas materias especificadas en dicha Ley, con lafinalidad de facilitar la implementación del Acuerdode Promoción Comercial Perú - Estados Unidos y suProtocolo de Enmienda, y el apoyo a lacompetitividad económica para su aprovechamiento,dentro del marco de lo previsto en el artículo 104º dela Constitución Política del Perú
Decreto Legislativo Nº 1055
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Decreto Legislativo que modifican los artículos 32, 42,43 y 51 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente
Decreto Legislativo Nº 1055
Artículo 32º.- Del Límite Máximo PermisibleArtículo 42º.- De la Obligación de InformarArtículo 43º.- De la información sobre denuncias presentadas Artículo 51º.- De los criterios a seguir en los procedimientos de participación ciudadana
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Artículo 1º.- Modifíquense los artículos 32º, 42º, 43º y 51º de laLey Nº 28611, Ley General del Ambiente, en los siguientestérminos:Artículo 32º Del límite máximo permisible en la Ley Nº 28611 Artículo 32º Del límite máximo permisible en la Ley Nº 28611 32.1. El Límite Máximo Permisible – LMP, es la medida de laconcentración o grado de elementos, sustancias o parámetrosfísicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente ouna emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a lasalud, al bienestar humano y al ambiente. Su determinacióncorresponde al Ministerio del Ambiente. Su cumplimiento esexigible legalmente por el Ministerio del Ambiente y losorganismos que conforman el Sistema Nacional de GestiónAmbiental. Los criterios para la determinación de la supervisión ysanción serán establecidos por dicho Ministerio
Decreto Legislativo Nº 1055
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ArtículoArtículo 4242ºº..-- DeDe lala ObligaciónObligación dede InformarInformar enen lala LeyLey 2861128611,, incinc.. ggLas entidades públicas con competencias ambientales y laspersonas jurídicas que presten servicios públicos, conforme a loseñalado en el artículo precedente, tiene las siguientesobligaciones en materia de acceso a la información ambiental:
g) Entregar al Ministerio del Ambiente-MINAM la informaciónambiental que ésta genere, por considerarla necesaria para lagestión ambiental, la cual deberá ser suministrada al Ministerioen el plazo que éste determine, bajo responsabilidad delmáximo representante del organismo encargado de suministrarla información. Sin perjuicio de ello, el incumplimiento delfuncionario o servidor público encargado de remitir lainformación mencionada, será considerado como falta grave.
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ArtículoArtículo 4242ºº..-- DeDe lala ObligaciónObligación dede InformarInformar enen lala LeyLey 2861128611,, incinc.. HHSe incorpora el Inc. h. Cuyo texto es el siguiente:h) El MINAM solicitará la información a las entidadesgeneradoras de información con la finalidad de elaborar losinformes nacionales sobre el estado del ambiente. Dichainformación deberá ser entregada en el plazo que determine elMinisterio, pudiendo ser éste ampliado a solicitud de parte, bajoresponsabilidad del máximo representante del organismoencargado de suministrar la información. Sin perjuicio de ello, elfuncionario o servidor público encargado de remitir lainformación mencionada, será considerado como falta grave.
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Artículo 43º.Artículo 43º.-- De la información sobre denuncias presentadas en la Ley De la información sobre denuncias presentadas en la Ley 286112861143.1 Toda persona tiene derecho a conocer el estado de las denuncias que
presente ante cualquier entidad pública respecto de infracciones a lanormatividad ambiental, sanciones y reparaciones ambientales, riesgos odaños al ambiente y sus demás componentes, en especial aquellosvinculados a daños o riesgosa la salud de personas. Las entidades públicasdeben establecer en sus Reglamentos de Organización y Funciones, TextosÚnicos de Procedimientos Administrativos u otros documentos de gestión,los procedimientos para la atención de las citadas denuncias y sus formasde comunicación al público, de acuerdo con los parámetros y criterios queal respecto fije el Ministerio del Ambiente y bajo responsabilidad de sumáximo representante.Las entidades deberán enviar anualmente un listado con las denunciasrecibidas y soluciones alcanzadas, con la finalidad de hacer pública esta
información a la población a través del SINIA.
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ArtículoArtículo 5151ºº..-- DeDe loslos criterioscriterios aa seguirseguir enen loslos procedimientosprocedimientos dedeparticipaciónparticipación ciudadanaciudadana enen lala LeyLey 2861128611g) Cuando se realicen consultas públicas u otras formas de participación
ciudadana, el sector correspondiente debe publicar los acuerdos,observaciones y recomendaciones en su portal institucional.Si las observaciones o recomendaciones que sean formuladas comoconsecuencia de los mecanismos de participación ciudadana que no sontomadas en cuenta, el sector correspondiente deberá fundamentar porescrito las razones para ello, en un plazo no mayor de treinta (30) días
útiles
Artículo 2º.- El Ministerio del Ambiente supervisará elcumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Nº 28611,Ley General del Ambiente.
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Artículo 3º.- El Ministerio del Ambiente, en su calidad deautoridad nacional del ambiente, es el punto focal para lasconsultas que en materia ambiental se deriven de compromisosasumidos en los acuerdos comerciales internacionales suscritospor el Perú. En tal sentido, establecerá los procedimientosinterinstitucionales necesarios para que se hagan efectivas lascondiciones de participación y consulta del público encoordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Artículo 4º.- El presente Decreto Legislativo entrará en vigenciaal día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Decreto Legislativo Nº 1055
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LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTALGESTIÓN AMBIENTAL-- LEY Nº 28245LEY Nº 28245
Promulgada el 08 de junio de 2004Promulgada el 08 de junio de 2004
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SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL LEY Nº 28245 LEY Nº 28245
Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión AmbientalLey Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental
El Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) esuna respuesta al carácter transversal de la funciónambiental y al carácter compartido de lascompetencias ambientales (área de acción del Estadocompartido por los niveles de gobierno nacional,regional y local).
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OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL AMBIENTAL --
Fortalecer los mecanismos de transectorialidad en lagestión ambiental y asegurar el rol rector del MINAM
Asegurar el cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas
Fortalecer las entidades sectoriales, regionales y locales enel ejercicio de sus atribuciones ambientales, garantizandoel cumplimiento de sus funciones
Asegurar que se eviten superposiciones, omisiones,duplicidad, vacíos o conflictos durante su ejercicio
Concertar con el sector privado y la sociedad civil.
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ESTRUCTURA JURIDICA DE LA LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION AMBIENTAL - LEY 28245
TÍTULO PRELIMINAR ARTICULO 1º
TÍTULO I SISTEMA NACIONAL DE GESTION AMBIENTALARTICULOS 2º y 3º
TÍTULO II GESTION AMBIENTAL ARTICULOS Del 4º al 6º
TÍTULO III AUTORIDAD AMBIENTAL NACIONALARTICULOS Del 7º al 16º
TITULO IV EJERCICIO SECTORIAL DE LAS FUNCIONES AMBIENTALESARTICULOS Del 17º al 21º
TITULO V EJERCICIO REGIONAL Y LOCAL DE FUNCIONES AMBIENTALESARTICULOS Del 22º al 28º
TÍTULO VI SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION AMBIENTALARTICULOS Del 29º al 35º
TITULO VII EDUCACION AMBIENTAL
ARTICULOS Del 36º al 37º
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
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¿ Qué es Gestión Ambiental ?¿ Qué es Gestión Ambiental ?
Se define la Gestión Ambiental como un
conjunto de acciones normativas,
administrativas, operativas y de control que
deben ser ejecutadas por el Estado y la
sociedad en general para garantizar el
desarrollo sostenible y la óptima calidad de
vida en nuestro medio.
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Concepto de Gestión Ambiental Concepto de Gestión Ambiental
La gestión ambiental es un proceso permanente ycontinuo, constituido por el conjunto estructurado deprincipios, normas técnicas, procesos y actividades,orientado a administrar los intereses, expectativas yrecursos relacionados con los objetivos de la políticaambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida y eldesarrollo integral de la población, el desarrollo de lasactividades económicas y la conservación del patrimonioambiental y natural del país.
Artículo 13º del Concepto. Ley General del Ambiente. Ley 28611
OBJETIVOS DE LA LEYOBJETIVOS DE LA LEY
Garantizar la gestión ambiental coordinada,
transectorial, descentralizada y participativa
Armonizar las políticas ambientales
Administrar conflictos de competencia
Fortalecer la capacidad de gestión ambiental
Concertar con el sector privado y la sociedad civil
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Sistema Nacional de Gestión Ambiental Sistema Nacional de Gestión Ambiental 14.1 El Sistema Nacional de Gestión Ambiental tiene a su cargo la
integración funcional y territorial de la política, normas einstrumentos de gestión, así como las funciones públicas y relacionesde coordinación de las instituciones del Estado y de la sociedad civil,en materia ambiental.
14.2 El Sistema Nacional de Gestión Ambiental se constituye sobre la basede las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintosministerios, organismos públicos descentralizados e institucionespúblicas a nivel nacional, regional y local que ejercen competencias yfunciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así como porlos Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contandocon la participación del sector privado y la sociedad civil.
14.3 La Autoridad Ambiental Nacional es el ente rector del SistemaNacional de Gestión Ambiental.
Art.14 de la Ley General del Ambiente Ley 28611
Titulo I: Sistema Nacional De Gestión AmbientalTitulo I: Sistema Nacional De Gestión Ambiental
Conformado por entidades públicas concompetencias ambientales, de todos los sectores yniveles de gobierno
Establece mecanismos de participación yconcertación con el sector privado y la sociedad civil.
Incorpora los Sistemas Regionales y Locales deGestión Ambiental.
Busca orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de la política ambiental en todo el país.
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Sistema Nacional de Gestión Ambiental Sistema Nacional de Gestión Ambiental Nivel nacional de gobiernoNivel nacional de gobierno
– Autoridad ambiental nacional
– Autoridades sectoriales
– Autoridades transectoriales
– Otras entidades de gobierno
Ley Marco del SNGA y ReglamentoLeyes Sectoriales
Ley de Bases de DescentralizaciónLey Orgánica de Gob. RegionalesLey Orgánica de Municipalidades
Nivel Regional de GobiernoNivel Regional de Gobierno
– Gobierno Regional
– Comisión Ambiental Regional
Nivel Local de GobiernoNivel Local de Gobierno
– Municipalidad
– Comisión Ambiental Local
GOBIERNO REGIONALGOBIERNO REGIONAL
GOBIERNO LOCALGOBIERNO LOCAL
GOBIERNO NACIONAL (Organismos sectoriales y adscritos )GOBIERNO NACIONAL (Organismos sectoriales y adscritos )
TÉCNICOTÉCNICOINTERGUBERNAMENTALINTERGUBERNAMENTAL
CONSULTIVO CONSULTIVO PARTICIPATIVOPARTICIPATIVO
RESOLUTIVO DERESOLUTIVO DECONTROVERSIASCONTROVERSIAS
Estrategia Nacional sobre el Cambio Climático;
de Diversidad Biológica; de
lucha contra la desertificación y
sequía; ECA y LMP;
Ordenamiento Territorial, etc.
Concertación, articulación, formulación, aprobación y validación
Sistemas y procesos para lograr la implementación de la política y alcanzar sus objetivos
Ámbito en el que se ejecuta la Política
SRGA
SLGA
POLÍTICA POLÍTICA NACIONAL NACIONAL
DEL DEL AMBIENTEAMBIENTE
SEIA
SEIA
OTR
AS
ESTR
ATE
GIA
S,
OTR
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ESTR
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RH
H
Sistema Nacional De Gestión Ambiental Sistema Nacional De Gestión Ambiental –– SNGASNGA
TITULO II: GESTIÓN AMBIENTALTITULO II: GESTIÓN AMBIENTAL
La Gestión Ambiental es coordinada,
descentralizada y desconcentrada con sujeción a
la Política Ambiental Nacional
La Ley define los Principios de la Gestión
Ambiental
Se definen los Instrumentos de Gestión y
Planificación Ambiental
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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Cada entidad pública en los tres niveles de
gobierno debe estructurar sus unidades
ambientales para adaptarse a la Ley
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ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
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Alcalde y Consejo Municipal
SEIA SINEFA SINANPE SINIA SNRRHH Estrategias
INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL LOCAL
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
Comisión Ambiental Municipal
Unidad Ambiental Municipal
POLÍTICA LOCAL AMBIENTAL
PLAN LOCAL DE ACCIÓN AMBIENTAL
AGENDA AMBIENTAL LOCAL
Comisión Ambiental de
Regidores
Grupos Técnicos Locales
Entidades Públicas Sector Privado
Nivel I. Aprueba
Nivel II. Coordinan
Nivel III. Proponen
Sociedad Civil Órganos Gobierno Local
Nivel IV. Ejecutan
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – Provincia Cajamarca
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – Provincia Cajamarca
LEY DEL SNGA Y REGLAMENTACIÓNLEY DEL SNGA Y REGLAMENTACIÓN• El reglamento puede contribuir a resolver los
problemas de competencias complejas propia de lasfunciones y atribuciones ambientales:– Relación con organismos con funciones
transversales– Régimen de fiscalización, incentivos y sanciones– Detalle en la relación entre GOREs, CARs, CAMs,
etc.• Guías de Gestión Ambiental• Grupo Técnico: Competencias ambientales:
conflictos/vacíos/reforma
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Los Sistemas de Gestión Ambiental son mecanismosa través del cual se incorporan criterios ambientalesen las actividades cotidianas de una organización..
Se les conocen como sistemas, porque requieren deacciones programadas y de alcance general, queincorporan estándares ambientales en los procesosoperativos y de toma de decisiones de unaorganización
Los Sistemas de Gestión Los Sistemas de Gestión Ambiental en el Sector Privado Ambiental en el Sector Privado
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Gestión AmbienteGestión Ambiente
ÁmbitoÁmbito PúblicoPúblico ÁmbitoÁmbito PrivadoPrivado
EmpresasEmpresasNacionalNacional
RegionalRegional
LocalLocal
Generadores de residuosGeneradores de residuos
Operadores de residuosOperadores de residuos
Transportistas de residuosTransportistas de residuos¿Desde donde se pueden aplicar ¿Desde donde se pueden aplicar programas de Gestión Ambiental?programas de Gestión Ambiental?
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Minimizar el impacto ambiental de las organizaciones que loinstrumentan.
Promover una cultura de responsabilidad ambiental dentro dela organización.
Objetivos generales de un SGAObjetivos generales de un SGA
Beneficios más relevantes de los SGABeneficios más relevantes de los SGA Reducción del impacto negativo al ambiente.
Consumo más responsable de los recursos.
Manejo adecuado de residuos y efluentes.
Promoción de una cultura de responsabilidad ambiental
dentro de la organización.
Manejo administrativo eficiente.
Ahorros económicos importante
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Características principales de los Características principales de los Sistemas de Sistemas de Gestión Ambiental Gestión Ambiental --SGASGA
Son procesos dinámicos: sus fines y medios siempre debenestar sujetos a evaluación para estar en armonía con losrequerimientos de la organización.
Tienen carácter incremental en términos de las estrategias ymetas que se vayan proponiendo y alcanzando en cada unade las etapas del Programa.
Deben de contar con un conjunto de indicadores quepermitan relevar tanto los avances como los impactosgenerados.
Deben basarse en un enfoque pragmático y de mejoracontinua (pasos prácticos, viables y cambios paulatinos).
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1. Compromiso y política nacional.
2. Instrumento de Planificación.
3. Instrumentación.
4. Medición y Evaluación.
5. Revisión y Mejora Continua.
6. Monitoreo y evaluación
¿Qué se necesita para elaborar o constituir un ¿Qué se necesita para elaborar o constituir un Sistema de Gestión Ambiental ?Sistema de Gestión Ambiental ?
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InstrumentaciónInstrumentaciónEsta sección pretende dar las herramientas necesarias
para poder llevar a cabo la instrumentación del SGA.
Consta de 5 elementos principales:
1. Estructura y Responsabilidad
2. Capacitación e Información
3. Comunicación
4. Documentación
5. Plan de Contingencia
6. Medición y evaluación
7. Revisión y mejora continua
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La definición de responsables para cadaacción representa un factor fundamentalpara el cumplimiento de las mismas.
Es necesario que los responsablesdesignados se comprometan con el papelque les toca desempeñar dentro delprograma para que se logren mejoresresultados.
Sin la disponibilidad de personal y recursosno será posible continuar con el procesode instrumentación por lo que resultafundamental garantizarlos.
Estructura y ResponsabilidadEstructura y Responsabilidad
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Capacitación y difusión tiene que ir en dos sentidos:
1. El grupo de trabajo de SGA debecontar con cierto nivel decapacitación para poder desempeñarsu papel de manera adecuada.
2. Se debe sensibilizar y capacitar a losempleados de manera que esténenterados de las acciones que seestán llevando a cabo, su importanciay su forma de participación.
Capacitación e InformaciónCapacitación e Información
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Informar al personal: mantieneparticipación y compromiso con elSGA.
Los empleados plantean dudas ycomentarios lo cual puede enriquecerel Programa.
Puede identificar donde el SGApueden ser modificado.
Enfatiza el compromiso de losmandos superiores.
ComunicaciónComunicación
Debe difundirse la política ambiental,los objetivos, estrategias, acciones ymetas así como los resultados que sevayan obteniendo.
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Mantiene control y registro de laoperación del SGA.
Constituye la herramientaprincipal para poder medir,comprobar y justificar losavances y resultados.
Es necesaria para la auto-evaluación del Programa que severá reflejado en cambios ymodificaciones al SGA.
DocumentaciónDocumentación
FacultadFacultad de Ingeniería Agraria de Ingeniería Agraria Especialidad de Ingeniería Especialidad de Ingeniería Ambiental Ambiental
1. Asignar un responsable para ladocumentación del SGA.
2. Determinar que aspectos deben serdocumentados.(política ambiental, objetivos y metas,estrategias, instrumentos de planificacion).
3. La Norma ISO 14001 sugiere que ladocumentación se haga a manera demanual. El lenguaje utilizado en el manualdebe ser simple y comprensible.
4. El líder del grupo de trabajo deberá ser elresponsable de actualizar los documentosconforme vaya avanzando el SGA así comode mantener el control del mismo.
¿Qué se requiere para llevar adelante la Documentación?¿Qué se requiere para llevar adelante la Documentación?
Considerando que la organización, la legislación ambiental, asícomo el propio proceso del Programa, pueden cambiar, el SGAdebe tener la suficiente flexibilidad para adaptarse.
Este punto, busca mantener en claro y activo el principio demejora continua en el cual se tiene que mantener inmerso elSGA.
Plan de ContingenciaPlan de Contingencia
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La organización deberá contar conun sistema de medición yevaluación de los avances yresultados obtenidos a partir de lainstrumentación del SGA.
Existen tres elementos queconforman éste principio:
1. Monitoreo y Medición
2. Acción correctiva y Preventiva
3. Evaluación
Medición y EvaluaciónMedición y Evaluación
1.1. Monitoreo Monitoreo y Medicióny Medición
Sirve para controlar a través deindicadores,indicadores, los avances y los resultadosde la operación de un Programa.
Permite identificar fuerzas y debilidades en
la operación de un Programa.
Identifica claves para tomar decisiones
estratégicas.
Cuantifica los objetivos.
Compara las metas propuestas con los
resultados.
Medición y EvaluaciónMedición y Evaluación
Características de los indicadoresCaracterísticas de los indicadores:
Confiabilidad: certeza de la información y resultados. Fácil interpretación: claridad y sencillez. Vigencia histórica: desarrollo en el tiempo.
Identificación de elementos que deben ser monitoreados. Identificar programas de medición ya existentes . Desarrollar elementos del Sistema que aún no sean
monitoreados. Desarrollar un proceso para asegurar el cumplimiento.
1.1. Monitoreo y MediciónMonitoreo y Medición
2. Acción Correctiva y Preventiva2. Acción Correctiva y Preventiva
La instrumentación de los SGA no es perfecta.Se van a ir presentando errores o fallas que denominaremosno conformidad para las cuales se debe tener unprocedimiento de prevenciónprevención oo correccióncorrección según se requiera.
Corrección de la situación que causó la no conformidad.
Identificación de la causa de la no conformidad.
Desarrollo e instrumentación de las acciones preventivas o correctivas.
Comunicar y documentar cambios en los procedimientos.
3. Auto evaluación y Evaluación Externa3. Auto evaluación y Evaluación Externa
Asegurar que la instrumentación del Programa se lleveconforme al planeamiento, esto puede verificarse a través deun proceso de evaluaciones ya sean internas o externas.
Las evaluaciones deben llevarse a cabo por profesionalesentrenados en habilidades básicas de evaluación o auditoriay conocimientos de SGA.
Para garantizar la continuidad de SGA, el plan de evaluación,debe ser periódico y las distintas evaluacionesdocumentadas.
Dados los cambios exógenosy/o endógenos debe existir unarevisión continua del SGA queverifique la adecuación delmismo.
Este proceso de revisión ymejora continua debecomenzar desde las primerasfases de instrumentación delSGA y mantenerse a lo largo deltiempo.
Revisión y Mejora ContinuaRevisión y Mejora Continua
SISTEMA NACIONAL DE SISTEMA NACIONAL DE
INFORMACION AMBIENTALINFORMACION AMBIENTAL
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• No esta disponible ó su acceso está restringido
• Llega cuando ya no es necesaria
• Es obsoleta
• Es muy inexacta
• Sin estándares de calidad
• No se tiene clara la demanda de información
• Está dispersa
Problemas para acceder a la Información Ambiental Problemas para acceder a la Información Ambiental ??
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• FacilitarFacilitar sistematización,sistematización, intercambiointercambio yy difusióndifusión dede lalainformacióninformación..
•• ConcentrarConcentrar informacióninformación dispersadispersa..•• EvitarEvitar duplicidadduplicidad dede esfuerzosesfuerzos..•• AyudarAyudar aa conocerconocer lala realidadrealidad deldel paíspaís yy generargenerar concienciaconciencia
ambiental,ambiental, fortaleciendofortaleciendo lala participaciónparticipación ciudadanaciudadana yyeducacióneducación AmbientalAmbiental..
•• DisponerDisponer dede informacióninformación parapara elaborarelaborar diagnósticosdiagnósticosambientalesambientales..
•• IdentificarIdentificar informacióninformación ambientalambiental necesarianecesaria aa monitorearmonitorear..•• ApoyarApoyar aa lala elaboraciónelaboración yy cumplimientocumplimiento dede agendaagenda yy planplan
ambientalambiental nacionalnacional yy regionalesregionales..•• FomentarFomentar mecanismosmecanismos dede estandarizaciónestandarización enen elel levantamientolevantamiento
yy sistematizaciónsistematización dede informacióninformación ambientalambiental.
Porque es importante contar con un Sistema de Porque es importante contar con un Sistema de
InformaciónInformación
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EsEs unun instrumentoinstrumento dede gestióngestión ambientalambiental conformadoconformadoporpor unauna redred dede integraciónintegración::
tecnológica,tecnológica, institucionalinstitucional yy humanahumana..
FinalidadFinalidad•• FFacilitaacilita elel usouso ee intercambiointercambio dede lala informacióninformación..•• BrindaBrinda informacióninformación víavía internetinternet parapara apoyarapoyar lala
gestióngestión ambientalambiental yy lala educacióneducación yy ciudadaníaciudadaníaambientalambiental..
Sistema Nacional de Información Sistema Nacional de Información
AmbientalAmbiental
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Marco Legal Relacionado al SINIAMarco Legal Relacionado al SINIA
•• LeyLey 2780627806 ((20022002)) LeyLey dede transparenciatransparencia yy accesoacceso aa lala informacióninformaciónpúblicapública..
•• LeyLey 2824528245 ((20042004)) LeyLey MarcoMarco deldel SistemaSistema NacionalNacional dede GestiónGestiónAmbientalAmbiental.. ArtArt.. 2929 aa 3535..
•• DD..SS 008008--20052005 PCMPCM.. ReglamentoReglamento SNGASNGA•• LeyLey 2861128611 ((20052005)) LeyLey GeneralGeneral deldel AmbienteAmbiente..•• DD..LL.. 10131013 yy susu modificatoriamodificatoria DD..LL.. 10391039 ((20082008)) LeyLey dede creacióncreación deldel
MINAMMINAM..“Promover“Promover yy consolidarconsolidar lala informacióninformación ambientalambiental dede loslos distintosdistintosorganismosorganismos públicospúblicos..””
•• DD..LL.. 10551055 ((20082008)) ModificatoriaModificatoria dede lala LeyLey GeneralGeneral deldel AmbienteAmbiente..•• DD..SS.. 008008--20082008--MINAM,MINAM, ReglamentoReglamento dede OrganizaciónOrganización yy FuncionesFunciones•• DD..SS.. 012012--20092009--MINAMMINAM PolíticaPolítica NacionalNacional deldel AmbienteAmbiente
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Componentes del Sistema Componentes del Sistema Nacional de Nacional de
Información Información Ambiental y Flujo de InformaciónAmbiental y Flujo de Información
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Acceso al SINIA: http://sinia.minam.gob.pe
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IndicadoresIndicadores AmbientalesAmbientales.. InformaciónInformación ambientalambiental deldel tipotipo cuantitativacuantitativa queque nosnos
permitepermite medirmedir elel estadoestado deldel ambienteambiente enen sussus diferentesdiferentes variablesvariables.
MapasMapas TemáticosTemáticos. BancoBanco dede láminasláminas yy mapasmapas temáticostemáticos dede accesoacceso públicopúblico enen
formatosformatos queque permitanpermitan susu visualización,visualización, impresiónimpresión yy descargadescarga..
BibliotecaBiblioteca AmbientalAmbiental.. RegistroRegistro dede folletos,folletos, revistas,revistas, boletines,boletines, libros,libros,
investigacionesinvestigaciones yy documentosdocumentos técnicostécnicos queque abordanabordan temastemas relacionadosrelacionados alal
ambienteambiente..
InformesInformes sobresobre elel estadoestado deldel ambienteambiente. InformesInformes queque muestranmuestran -- dede maneramanera
sintéticasintética -- lala situaciónsituación ambientalambiental dede paíspaís enen elel contexto,contexto, internacional,internacional, regionalregional
yy locallocal..
NormatividadNormatividad AAmbientalmbiental.. CompendioCompendio dede instrumentosinstrumentos legaleslegales ordenadosordenados porpor
temáticatemática aa finfin dede facilitarfacilitar susu accesoacceso desdedesde lala webweb dede maneramanera rápidarápida..
BasesBases dede datosdatos dede lala RedRed SINIASINIA, eses posibleposible consultarconsultar yy accederacceder aa informacióninformación dede
otrasotras basesbases dede datosdatos mediantemediante elel usouso dede protocolosprotocolos dede comunicacióncomunicación yy WebWeb
ServicesServices..
Tipo de Información existente en el Tipo de Información existente en el SINIASINIA
Documentos: Libros, folletos, revistas Documentos: Libros, folletos, revistas (122)
Normas Ambientales Normas Ambientales (105)
Indicadores y cuadros estadísticos Indicadores y cuadros estadísticos (225)
Mapas Mapas (65)
Información Ambiental registrada en el SINIAInformación Ambiental registrada en el SINIA
517Entradas
El Informe Nacional sobre el Estado del Ambiente es uninstrumento de gestión ambiental, elaborado anualmente.
Tiene la finalidad de informar sobre la situación ambiental denuestro país, de modo tal que facilite a los diferentes actoressociales la toma de decisiones consistentes con la búsqueda deopciones para el aprovechamiento sostenible del ambiente ylos recursos naturales.
Informes Nacionales sobre el Estado del Informes Nacionales sobre el Estado del AmbienteAmbiente
Sistemas de Información Ambiental Regional y Sistemas de Información Ambiental Regional y LocalLocal
SIAR / SIALSIAR / SIAL
•• ElEl propósitopropósito deldel SIARSIAR eses apoyarapoyar eleldesempeñodesempeño ambientalambiental regionalregional yynacionalnacional aa travéstravés dede lala difusióndifusión yyaccesibilidadaccesibilidad dede informacióninformación..
•• ContribuirContribuir enen lala definicióndefinición yy ejecuciónejecucióndede laslas AgendasAgendas yy PlanesPlanes AmbientalesAmbientalesRegionalesRegionales..
•• ApoyarApoyar elel cumplimientocumplimiento deldel SRGASRGA yy lalaLeyLey OrgánicaOrgánica dede GobiernosGobiernos RegionalesRegionales alalotorgarotorgar aa loslos GobiernosGobiernos RegionalesRegionalesherramientasherramientas tecnológicastecnológicas queque permitanpermitanelel funcionamientofuncionamiento dede loslos SIARSIAR..
Marco Legal relacionado al SIAR• Ley 27806 (2002) Ley de transparencia y acceso a la información pública.• Ley 28245 Ley del SNGA. Art. 29-35. D.S 008-2005-PCM. Reglamento SNGA• Ley 28611 (2005) Ley General del Ambiente.• D.L. 1013 y su modificatoria D.L. 1039 (2008) Ley de creación del MINAM.
“Promover y consolidar la información ambiental de los distintos organismos públicos.”• D.L. 1055 (2008) Modificatoria de la Ley General del Ambiente.• D.S. 008-2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones• D.S. 012-2009-MINAM Política Nacional del Ambiente• Ley de Bases de la Descentralización• Ley Nº 27867 Orgánica de los Gobierno Regionales.- que el Titulo IV: Capitulo I: Art. N. 53º
Funciones en materia ambiental y de ordenamiento ambiental indica “Implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales”.
• Ordenanza Regional que crea el Sistema Regional de Gestión ambiental de la Región. • Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, Sobre
Descentralización.• Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Leyes Nos 27902 y
28013.• Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.• Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Controlaría General de la
República.• Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2008.• Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Boletines sobre Indicadores Ambientales Boletines sobre Indicadores Ambientales RegionalesRegionales
13 boletines de indicadores ambientales publicados y 17 elaborados
Comité Coordinador Regional de IDE´s
Grupos de trabajo
Representaciones Representaciones institucionales en el
nivel de decisión
Representaciones Representaciones institucionales en el nivel
de técnico
DECRETO REGIONALDECRETO REGIONAL
Aval institucional y Toma de Aval institucional y Toma de decisiones
Apoyo Técnico a nodos y generación de propuestas
Generación, actualización y Generación, actualización y difusión
Centro de Información del Centro de Información del Gobierno Regional de
Piura
Nodos de Información Nodos de Información Instituciones
PROTOCO
OS
NORMAS
Y
ESTÁNDARES
PROTOCOLOS,
NORMAS
Y
ESTÁNDARES
Sistema Integral de Información y Comunicación Integrado al Sistema de Información Ambiental Regional SIAR Piura
SIAR Gobierno
Regional Piura
SIAL SIAL -- GOBIERNOS GOBIERNOS PROVINCIALES PROVINCIALES
/Direcciones Regionales /Direcciones Regionales SIADR SIADR
(propuesta implementar 03 SIAR en el 2010)
SIAR GOBIERNOS SIAR GOBIERNOS REGIONALESREGIONALESMINAMMINAM
SISTEMA DE SISTEMA DE INFORMACION INFORMACION
AMBIENTAL NACIONALAMBIENTAL NACIONAL
SINIASINIA
Amazonas
Apurimac
Arequipa
Ayacucho
Callao
Cusco
Loreto
Piura
PIURAPIURA
PAITAPAITA
TALARATALARA
SULLANASULLANA
AYABACAAYABACA
HUANCABAMBAHUANCABAMBA
SECHURASECHURA
MORROPONMORROPON
DireccDirecc. . RegReg
Puno
Tacna
Tumbes