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El presente material fue realizado con apoyo de Rolando Ramrez-Gastn, abogado del estudioEchecopar.Detracciones

Valor de Venta S/. 50,000 +IGV (18%)S/. 9,000-----------------------------Precio de Venta S/.59,000 -Detraccin (9%)*S/. 5,310-----------------------------Saldo a pagarS/.53,690

El comprador o usuario deber depositar losS/.5,310en la cuenta que el proveedor debe abrir en el Banco de la Nacin o a travs deSUNAT Virtual. Posteriormente, entregar al proveedor el Saldo a Pagar (S/.53,690), conjuntamente con la Constancia de Depsito.El comprador o usuario, declarar y pagar su IGV utilizando la factura y la Constancia de Depsito como sustento de su crdito fiscal (S/.9,000).El proveedor emitir la factura, declarar su IGV (S/.9,000) y pagar girando un cheque contra su cuenta delBanco de la Nacinhasta el importe que tenga disponible en dicha cuenta. Para mayor informacin sobre el procedimiento, srvase revisareste vnculo.*La tasa slo se ha consignado a manera de ejemplo, depender de los bienes o servicios sujetos al sistema.Retenciones

Valor de venta S/.20,000 +IGV (18%) S/. 3,600-----------------------------Precio de Venta S/. 23,600 -Retencin (6%) S/. 1,416-----------------------------Saldo a pagar S/. 22,184

ElAgente de Retencindeclarar y pagar directamente a la SUNAT el monto total de las retenciones practicadasdurante el mes. Asimismo, deber emitir y entregar uncomprobante de retencinal proveedor.El proveedor deber efectuar su declaracin y pago mensual del IGV, aplicando los montos retenidos como crdito contra elreferido impuestoque le corresponda pagar en el perodo.Percepciones

Valor de venta S/. 5,000 +IGV (18%) S/. 900------------------------------Precio de Venta S/. 5,900 +Percepcin (10%)* S/. 590------------------------------Total a cobrar S/. 6,490

ElAgente de Percepcincobrar el precio de venta (S/.5,900), ms la percepcin realizada (S/.590) y emitir elcomprobante de percepcin.Posteriormente, deber entregar a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas.El cliente o importador, segn el rgimen que corresponde, aplicar como crdito del IGV, las percepciones que le hubieran efectuado hasta el ltimo da del perodo al que corresponde la declaracin.* La tasa slo se ha consignado a manera de ejemplo, depender delrgimen de percepcinaplicable.

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