UNIVERSIDAD ALAS PERUANASESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA
ING. ROBERTO LÓPEZ
ARANA LOPEZ, JUSETYTINEO ARANDA JENNYFER RUTH
Son aquellas que por mandato tienen la atribución de generar y mantener el catastro de predios, tales como :•Las Municipalidades•Programas de Titulación:
Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural- PETTComisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI
Defin
ici
ón
CAMBIOS RADICALES-ENTIDADES GENERADORAS DE CATASTRO-
LAS ENTIDADES GENERADORAS DE CATASTRO COMIENZAN A COORDINAR (1995-2004)
EN 2005 SE CREA LA LEY DEL CATASTRO 28294 DENOMINADA:SISTEMA NACIONAL DE CATASTRO Y SU VINCULACION AL REGISTRO DE PREDIOS
SE INTENSIFICA Y PROMUEVE LA REGULARIZACION DE LA PROPIEDAD….. SEGURIDAD JURIDICA CON SU INSCRIPCION REGISTRAL (5 MILLONES INSCRIPCIONES)
BASE LEGAL
Ley N°28294, que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculacion con el Registro de Predios.
D.S. N°005-2006-JUS, Reglamento de la Ley N°28294.
Ley Orgánica de Municipalidades Nº27978
Ley N°28294, que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculacion con el Registro de Predios.
D.S. N°005-2006-JUS, Reglamento de la Ley N°28294.
Ley Orgánica de Municipalidades Nº27978
EL CATASTRO
Para la declaración de Zona Catastrada las Entidades Generadoras de Catastro deben cumplir con lo siguiente:
Levantamiento de información catastral predial concluida, a nivel de lote (urbano) y/o parcela (rural).
Asignación del Código Único Catastral-CUC.
Información alfanumérica vinculada a la base gráfica de los predios catastrados en formato digital.
La base de datos catastrales emitida por la EGC deberá ser conforme a las normas vigentes del SNCP en coordinación con la Secretaría Técnica a través del Administrador de la BDC del SNCP.
Para la declaración de Zona Catastrada las Entidades Generadoras de Catastro deben cumplir con lo siguiente:
Levantamiento de información catastral predial concluida, a nivel de lote (urbano) y/o parcela (rural).
Asignación del Código Único Catastral-CUC.
Información alfanumérica vinculada a la base gráfica de los predios catastrados en formato digital.
La base de datos catastrales emitida por la EGC deberá ser conforme a las normas vigentes del SNCP en coordinación con la Secretaría Técnica a través del Administrador de la BDC del SNCP.
De las Entidades Generadoras de Catastro:a) Realizar la exposición pública del plano catastral y el reporte de los
titulares catastrales en el local de la EGC correspondiente y otros puntos que faciliten el acceso de la población a dicha información catastral. Además se publicará la información en la página web de la EGC o del SNCP.
b) Esta publicación se efectuará por un plazo de veinte (20) días calendarios conforme a los formatos de los anexos A y B, que forman parte integrante de la presente Directiva.
c) Concluida la etapa de exposición pública y de no presentar observación por el titular catastral, la Entidad Generadora de Catastro emitirá la Resolución o Acuerdo de Consejo declarando Zona Catastrada, detallando los sectores correspondientes y la fecha de exposición pública.
d) De presentarse observaciones, la Entidad Generadora de Catastro aceptará o desestimará, subsanándola de ser el caso, luego del cual emitirá la Resolución o Acuerdo de Consejo, declarando Zona Catastrada según lo señalado en el párrafo anterior.
e) Remitir la Resolución o Acuerdo de Consejo y la Base de Datos Catastral – BDC de la Zona Catastrada al SNCP.
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De las Entidades Generadoras de Catastro:a) Realizar la exposición pública del plano catastral y el reporte de los
titulares catastrales en el local de la EGC correspondiente y otros puntos que faciliten el acceso de la población a dicha información catastral. Además se publicará la información en la página web de la EGC o del SNCP.
b) Esta publicación se efectuará por un plazo de veinte (20) días calendarios conforme a los formatos de los anexos A y B, que forman parte integrante de la presente Directiva.
c) Concluida la etapa de exposición pública y de no presentar observación por el titular catastral, la Entidad Generadora de Catastro emitirá la Resolución o Acuerdo de Consejo declarando Zona Catastrada, detallando los sectores correspondientes y la fecha de exposición pública.
d) De presentarse observaciones, la Entidad Generadora de Catastro aceptará o desestimará, subsanándola de ser el caso, luego del cual emitirá la Resolución o Acuerdo de Consejo, declarando Zona Catastrada según lo señalado en el párrafo anterior.
e) Remitir la Resolución o Acuerdo de Consejo y la Base de Datos Catastral – BDC de la Zona Catastrada al SNCP.
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Exposición públicaDe la Información
Catastral (20 días calendarios)
Ente Generador de Catastro - EGC
Secretaría Técnica del SNCP
Finalización delLevantamiento Catastral
Valida la BDC; según Directivas vigentes
Informe
BDC cumple conAspectos Técnicos
Recepción de la BDC
Usuarios
ADMINISTRADOR BDC
SI
Acceso a la BDC a Través del SICCATASTRO VIRTUALCATASTRO VIRTUAL
Subsanar observaciones
y/o modificaciones
NO
FLUJOGRAMA DECLARACION ZONA CATASTRADAFLUJOGRAMA DECLARACION ZONA CATASTRADA
Levantamiento Catastral
Asignación de CUC
Remisión de BDC y
Resolución a ST-SNCP
SI
Emisión Resolución Municipal, declarando Zona Catastrada
(14 días calendarios)
Emite Constancia de Conformidad
Envío de BDC a SUNARP
Revisión
El Titular Catastral, revisa el padrón
Oposición por Observación
NO
Evaluación, desestimación,aceptación,
subsanación o corrección de las Observaciones
EGC
Propuesta ST-SNCP 14 Julio Propuesta ST-SNCP 14 Julio 20092009
21 días
60 días
BDC(Local)
BDCSNCP
SI WEB SNCP – Ganador Creatividad EmpresarialCategoría: Medios Interactivos
““LOS ENTES GENERADORES LOS ENTES GENERADORES DE CATASTRO, CONOCEN LA DE CATASTRO, CONOCEN LA
DINAMICA TERRITORIALDINAMICA TERRITORIAL””
ELABORACION DEL PLANO DE ZONIFICACION
DESARROLLO DE LA HABILITACION URBANA
CRECIMIENTO URBANO ORDENADO
BASE GRAFICA DE LOS PREDIOS INSCRITOS EN LA SUNARP
II II CHICLAYOCHICLAYO III III
MOYOBAMBAMOYOBAMBA
IV - IQUITOSIV - IQUITOS
V V TRUJILLOTRUJILLO
VI VI PUCALLPAPUCALLPA
VIII - HUANCAYOVIII - HUANCAYO
XII XII AREQUIPAAREQUIPA
VII VII HUARAZHUARAZ
LA SUNARPOficinas técnicas tienen como función principal brindarle
soporte técnico al Registrador
durante la calificación de títulos.
I I PIURAPIURA
IX LIMAIX LIMAX CUSCOX CUSCO
XI ICAXI ICA
XIII XIII TACNATACNA
INSCRIPCIONINSCRIPCION
CODIGO DE ETICA
El Objeto del Código de Ética es establecer las normas y principios éticos que deben inspirar la conducta y el quehacer del personal de la SUNARP y de sus Oficinas Registrales, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio que prestan en beneficio del País.Este Código rige tanto respecto a las relaciones interpersonales de los trabajadores de la Institución como en su trato hacia los usuarios del servicio.
Fue aprobado mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 287-2002-SUNARP/SN el 23 de julio del año 2002.
Área de InformáticaÁrea de Informática
MisiónMisión
Área de InformáticaÁrea de Informática
• Otorgar seguridad jurídica y brindar certidumbre respecto a la titularidad de los diferentes derechos que en él se registran, teniendo como soporte de desarrollo: la modernización, simplificación, integración y la especialización de la función registral en todo el país, en beneficio de la sociedad.
VisiónVisión
Área de InformáticaÁrea de Informática
• Ser una organización plenamente eficiente y eficaz, mediante la prestación de un servicio moderno y democrático en su cobertura, que facilite el desarrollo de la actividad económica del país y constituya un modelo de organización y gestión en el sector público nacional y latinoamericano.
Objetivo Estratégico GeneralObjetivo Estratégico General
Área de InformáticaÁrea de Informática
• Consolidar a la Institución como un sistema abierto que, actuando con eficiencia, resulta eficaz en su misión de garantizar la seguridad jurídica de lo que en él se registra, como factor clave para el desarrollo nacional.
Área de InformáticaÁrea de Informática
SISTEMA NACIONAL DE LOSSISTEMA NACIONAL DE LOSREGISTROS PÚBLICOSREGISTROS PÚBLICOS
SISTEMA NACIONAL DE LOSSISTEMA NACIONAL DE LOSREGISTROS PÚBLICOSREGISTROS PÚBLICOS
MANDATOS PODERES
TESTAMENTOS
SUCESIONESINTESTADAS
PERSONAL
COMERCIANTES
PERSONAS JURÍDICAS
MERCANTIL
P. JURIDICASCREADAS POR LEY
EMPRESAS I.R.LTDA
SOCIEDADESMERCANTILES
SOCIEDADESMINERAS
SOCIEDADESPESQUERAS
COMUNIDADES CAMPESINAS Y
NATIVAS
BIENESMUEBLES
PROPIEDADVEHICULAR
FISCAL DE VENTASA PLAZOS
PRENDA INDUSTRIAL
PRENDAAGRÍCOLA
PRENDA MINERA
PRENDA GLOBAL YFLOTANTE
PREDIOS
BUQUES
EMBARCACIONESPESQUERAS
AERONAVES
NAVES
DERECHOS MINEROS
CONCESIONES PARA LA EXPLOTACIÓN
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSSOCIEDADES DE
HIDROCARBUROS MARTILLEROSPÚBLICOS
REGISTRO PERSONAS NATURALES
REGISTRO PERSONAS NATURALES
REGISTRO PERSONAS JURÍDICAS
REGISTRO PERSONAS JURÍDICAS
REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE
REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE
REGISTROBIENES
MUEBLES
REGISTROBIENES
MUEBLES
Área de InformáticaÁrea de Informática
•LA GRAN DEFICIENCIA SON LOS ENCARGADOS DE HACER CATASTRO EN LA PARTE URBANA SON:
• BAJO LA NORMA DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES 27972 ,INDICA QUE DEBEN LABORAR Y MANTENER SU CATASTRO ESTA HA DEMOSTRADO SER UNA NORMA POCO APLICABLE, PORQUE SABEMOS LA REALIDAD QUE PRESENTA ESTOS DISTRITOS:
• NO TIENEN RECURSOS ECONOMICOS, •RECURSOS HUMANOS Y •MUCHO MENOS CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES COMO PARA DECIR “ VAMOS HAGAMOS EL CATASTRO”.•POR LA TENDENECIA POLITICA DE LOS ALCALDES DE VER ALGO FISICO (UNA OBRA O EDIFICACION)
LAS MUNICIPALIDADES
LO CORRECTO SERIA ENCARGAR ESA LABOR .
•TIENEN UN CANON MUY ALTO PARA PODER INVERTIR SE SUPONE QUE DEBEN INVERTIR EN EL DESARROLLO DE ESA REGION POR ELLO TIENEN PARTIDAS PRESUPUESTALES DENTRO DE LOS DIVERSOS PROYECTOS QUE TIENE ESTA EL USO DE LA CARTOGRAFIA •POR LO QUE FALTA DIFUSION, •RECIEN SE ESTA MENEJANDO UN MISMO LENGUAJE•PUEDE HACER CONVENOS CON LOS MUNICIPIOS PARA EVALUAR SU CASTRO A TRAVES DE SU OFICINA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL.•ESTA DEMOSTRADO Q LAS REGIONE AÑO A AÑO NO TIENEN LA CAPACIDAD DE GASTO DONDE NO TERMNANA GASTANDO TODO MONTO ASIGANADO A UNA PARTIDA .
LAS REGIONES
Instituto GeográficoInstituto Geográfico
SuperintendenciaNotariado y
Registro - SNR
SuperintendenciaNotariado y
Registro - SNR
SERVIDORICARE
DEPURACIÓN
SERVIDORICARE
DEPURACIÓN
Carga inicial Municipio
Exporta tabla interrelación
Exporta tabla interrelación
INTERRELACION
WS -XML
Funcionamiento
RegistroSNR BogotaTransacción
Interrelación (XML) IPER
Registro OficinaMunicipio X
TerminalWEB Browser
IGAC SEDE CentralBogota
Servidor de DatosSIGC
Windows
Servicio Web
ICAREOracle 10gWindows
Datos Catastro(Personal GeoDB)
Datos Registro (XML)
ORACLE 9iSolaris
Serv
icioW
eb
CERTIFICADOPLANO
CERTIFICADOPLANO
NOTARIANOTARIA
Usuario
Catastro OficinaMunicipio X
RM COBOL.85Linux
Replicación
1
23
4
5
6
7
0Registro
SNR BogotaTransacciónInterrelación (XML) IPER
Registro OficinaMunicipio X
TerminalWEB Browser
Registro OficinaMunicipio X
TerminalWEB Browser
IGAC SEDE CentralBogota
Servidor de DatosSIGC
Windows
Servicio Web
IGAC SEDE CentralBogota
Servidor de DatosSIGC
Windows
Servicio Web
ICAREOracle 10gWindows
Datos Catastro(Personal GeoDB)
Datos Registro (XML)
ORACLE 9iSolaris
Serv
icioW
eb
CERTIFICADOPLANO
CERTIFICADOPLANO
NOTARIANOTARIA
Usuario
Catastro OficinaMunicipio X
RM COBOL.85Linux
Replicación
1
23
4
5
6
7
0
Nuevo proceso propuesto
INTEGRANTES DEL SISTEMA
SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE INFORMACION CATASTRAL PREDIAL
Instituto Geográfico Instituto Geográfico NacionalNacional
Organismo Público Descentralizado del Sector Energía y Minas del Perú encargado de la tramitación de las solicitudes de Concesiones Mineras, el Catastro Minero Nacional y la Administración del Derecho de Vigencia y Penalidad. El INACC además, brinda información pormenorizada en tiempo real sobre las áreas de libre denunciabilidad y sobre cualquier otro aspecto relacionado con su función concedente, catastro minero nacional o la administración del derecho de vigencia y la penalidad.
Misión:Otorgar títulos de Concesiones Mineras, Incorporarlos al Catastro y Administrar el Derecho de Vigencia y Penalidad con plena seguridad jurídica, de manera eficiente y en armonía con el desarrollo sustentable de la minería en el país.