INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
AUDITORÍA INTERNA
RESULTADOS DEL ESTUDIO SOBRE
CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
NOVIEMBRE 2019
Municipalidad de Purisca:
INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
CONTENIDO
Tema Página
1. Introducción 3
1.1 Origen del Estudio 3
1.2 Objetivo General 3
1.3 Objetivos Específicos 3
1.4 Alcance 3
1.4.1 Ubicación Temporal 3
1.4.2 Criterios de Evaluación 4
1.4.3 Metodología Utilizada 4
1.4.4 Limitantes 4
2. Resultados 5
3. Conclusiones 11
4. Informe Preliminar 12
5. Recomendaciones 12
INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
1. INTRODUCCIÓN
1.1 Origen del Estudio
Se origina en acuerdo del Concejo 08-213-2019. Se sustituye por proyecto 8 del
Plan de Trabajo 2019 con autorización del Concejo (acuerdo 05-220-2019).
1.2 Objetivo General
Evaluar los proyectos de construcción de aceras en el distrito de Santiago y otras
comunidades del cantón.
1.3 Objetivos Específicos
a. Determinar la existencia de estudios técnicos previos de los sectores construidos.
b. Determinar el gasto real en construcción de aceras en 2017 y 2018, en el distrito
de Santiago y otras comunidades.
c. Determinar los sectores exactos donde se construyeron aceras por parte de la
Municipalidad de Puriscal.
d. Determinar en el cumplimiento del Código Municipal, Reglamento de Aceras y
otra normativa, en los proyectos de aceras construidas.
e. Verificar la inclusión de deudores en la Gestión de Cobro y Estados Financieros
de la institución.
f. Determinar posibles inconsistencias e irregularidades y promover mejoras.
1.4 Alcance
1.4.1 Ubicación Temporal
El estudio se realizó tomando en cuenta las construcciones de aceras por parte de
la Municipalidad de Puriscal en los años 2017 y 2018.
INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
1.4.2 Criterios de Evaluación
• Código Municipal, Ley 7794.
• Ley General de Control Interno # 8292.
• Normas de Control Interno para el Sector Público.
• Reglamento de Aceras del Cantón de Puriscal, publicado en gaceta #119
del 21/06/2011.
• Decreto 40137-MOPT, Reglamento a la primera Ley especia! para
transferencia de competencias. Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial
Cantonal.
1.4.3 Metodología Utilizada
Se ubicó y localizó información en los diferentes departamentos de la Municipalidad
(UTGV, Tesorería, Alcaldía), se definieron criterios a aplicar, se comunicó a los
interesados el inicio del estudio, se elaboró el programa puntual de Auditoría, se
realizan inspecciones de sitio, se elaboran cédulas sustantivas y analíticas, de
resultados, de hallazgos y recomendaciones. Se elaboró el informe y se trasladó al
Concejo.
1.4.4 Limitantes
El año 2019, ha sido caracterizado por innumerables denuncias de todo tipo
presentadas al Concejo ya la Auditoría, por lo que para su atención se ha tenido
que variar la programación y retrasar algunos estudios, como el presente.
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2. RESULTADOS
2.1 Normativa aplicable
Para mejor comprensión del estudio localizamos y resumínos la siguiente normativa
aplicable:
Código Municipal Lev NT 7794
"Artículo 84. - De conformidad con el plan regulador municipal, las personas físicas
o jurídicas, propietarias o poseedoras, por cualquier título, de bienes inmuebles,
deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) ...
b) ...
c) ...
d) Construir las aceras frente a sus propiedades y darles mantenimiento.
e) ...
f) ...
g) . . -h) ...i) ...j) ...
Cuando en un lote exista una edificación inhabitable que arriesgue la vida, el
patrimonio o la integridad física de terceros, o cuyo estado de abandono favorezca
la comisión de actos delictivos, la municipalidad podrá formular la denuncia
correspondiente ante las autoridades de salud y colaborar con ellas en el
cumplimiento de la Ley General de Salud.
Salvo lo ordenado en la Ley General de Salud, cuando los mum'cipes
incumplan las obligaciones anteriores o cuando la inexistencia o mal estado
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de la acera ponga en peligro la seguridad e integridad o se limite la
accesibilidad de los peatones, la municipalidad está facultada para suplir la
omisión de esos deberes, realizando de forma directa las obras o prestando
los servicios correspondientes.
Por los trabajos ejecutados, la municipalidad cobrará al propietario o
poseedor del inmueble el costo efectivo del servicio o la obra. El munícipe
deberá reembolsar el costo efectivo en el plazo máximo de ocho días hábiles;
de lo contrario deberá cancelar por concepto de multa un cincuenta por ciento
(50%) del valor de la obra o el servicio, sin perjuicio del cobro de los intereses
moratorios
(Así reformado el párrafo anterior por el artículo único de fa ley N° 9248 del 7 de
mayo del 2014).
Con base en un estudio técnico previo, el Concejo Municipal fijará los precios
mediante acuerdo emanado de su seno, el cual deberá publicarse en La
Gaceta para entrar en vigencia. Las municipalidades revisarán y actualizarán
anualmente estos precios y serán publicados por reglamento.
Cuando se trate de las omisiones incluidas en el párrafo tras anterior de este
artículo y la municipalidad haya conocido por cualquier medio la situación de
peligro, la municipalidad está obligada a suplir la inacción del propietario,
previa prevención al munícipe conforme al debido proceso y sin perjuicio de
cobrar el precio indicado en el párrafo anterior. Si la municipalidad no la suple
y por la omisión se causa daño a la salud, la integridad física o el patrimonio
de terceros, el funcionario municipal omiso será responsable, solidariamente
con el propietario o poseedor del inmueble, por los daños y perjuicios
causados.
En todo caso y de manera excepcional, se autoriza a la municipalidad para que
asuma, por cuenta propia, la construcción o el mantenimiento de las aceras
cuando se demuestre, mediante un estudio socioeconómico, que los
Municipalidad de Purisca!Auditoria Interna
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propietarios o poseedores por cualquier título carecen de recursos
económicos suficientes para emprender fa obra. (Ei marcado no es del original)
(Así adicionado el párrafo anterior por el artículo único de la ley N° 9248 del 7 de
mayo del 2014).
(Así reformado por el artículo 1 de la Ley N°7898 del 11 de agosto de 1999).
(Corrida su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542; "Ley de Fortalecimiento
de la Policía Municipal"; del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo
75 al 84)."
"Artículo 85. - Cuando se incumplan las obligaciones dispuestas en el artículo
anterior, la municipalidad cobrará trimestralmente con carácter de multa:
a) ...
b) ...
c) ...
d) Por no construir fas aceras frente a las propiedades ni darles
mantenimiento, quinientos colones ($500,00) por metro cuadrado del frente
total de la propiedad. (El marcado no es del original).
e)...
f)...
9)-
h)...
i)...
(Así reformado por el artículo 1 de la Ley N° 7898 del 11 de agosto de 1999).
(Corrida su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542:"Ley de Fortalecimiento
de la Policía Municipal"; del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo
76 al 85)."
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2.2 Gasto en construcción de aceras
Según la información aportado por el SIAC (Sistema de Administración Contractual
de la Contraloría General de la República y la constancias de la Tesorería de la
Municipalidad de Purisca!, durante el 2017 se erogaron (151.490.800 por
construcción de aceras y en el 2018 #106.825.003,70, para un total de
(£158.315.803,70. Estas erogaciones correspondieron a las contrataciones
2017LA-000004-01 adjudicado a la Constructora Shaan Sociedad Anónima y la
2018LA-000007-01. adjudicada a Inversiones Solano y Camacho.
2.3 Monto recuperado por construcción de aceras
Según constancia de la Administración Tributaria de la Municipalidad de Purisca!,
se ha recuperado ©5.091.335 por construcción de aceras al 18/10/2019, siendo
que solo en este período ha habido recuperación.
Monto recuperado ©5.091.335
Monto gastado en construcción de aceras (£158.315.803,70
Porcentaje de recuperación 3.2%
A la fecha el sistema de facturación no registra contribuyentes por pago de aceras
y los Estados Financieros de la Municipalidad de Purisca! no reflejan el Activo
(cuentas por cobrar aceras).
2.4Sectores en los que se construyeron aceras
Se detectaron 14 sectores donde se construyeron aceras (ver fotos en anexos):
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SECTOR
Banco Popular a Bicos Bar
Costado oeste del Parque
Estación San Juan hacia Bomberos
Macho cruz a entronque ruta nacional 317
Mutual la Vivienda a Julio Badilla
Mutual la Vivienda a CONTRASULI
Iglesia vieja, costado oeste y norte
Chencos Bar a Ademar Madrigal
Best Brant hacia Escuela Darío Flores
Tienda la Fama a tienda Pirámide
Pañalera a Biblioteca Pública
Distribuidora Jivis a Bar lamino
El CAIS hacia Charcón
Entronque ruta 137 hacia Escuela B° San
Francisco
LARGO
89mts
88mts
134mts
93mts
I33mts43mts
184mts
89.3 mts
179 mts
95. 80 mts
81. 30 mts
11 3,2 mts
43.5x50.5 mts
457.30 mts
ANCHO
1.80 mts
1 .80 mts
1.80 mts
0.8 mts
1.80 mts
1 .8 mts
2.95x2. 86 mts
2.21 mts
2.0 mts
1.80 mts
2.0 mts
2.2x1. 30 mts
1.54x1. 59 mts
1.37 mts
FOTOGRAFÍAS
OD-06 # 4
OD-06 # 3
OD-06 # 5
OD-06 # 1
OD-06 #12
OD-06 # 2
\~6D^QG¥G~
OD-06 # 7
OD-06 # 8
OD-06 # 9
OD-06 #10
OD-06 #11
OD-06 #13
OD-06 # 14
De estos 14 sectores solo 5 aparecen en el expediente de la Unidad Técnica de
Gestión Vial (Banco Popular a Bicos Bar, Costado oeste del Parque, Estación San
Juan hacia Bomberos, Macho cruz a entronque ruta nacional 137, Mutual la
Vivienda a Julio Badilla). En los cinco sectores notificados se les entregó
notificación a los propietarios (41) con 15 días de plazo y no 30, como lo indica el
artículo 7 del Reglamento de Aceras de la Municipalidad de Puriscal. A 45
propietarios se les notificó el precio y costo de la obra, ya posterior a su construcción
y no con 24 horas de antelación, conforme lo indica el artículo 7 del Reglamento de
Aceras de la Municipalidad de Puriscal.
Municipalidad de Purisca!.Auditoria Interna
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2.5 Sectores con aceras construidas v sin información en expedientes
En nueve sectores donde se construyó aceras por parte de la Unidad Técnica de
Gestión Vial, no cuentan con información relevante en el expediente administrativo
y aportado a la Auditoría Interna (levantamiento catastral, notificación, cálculos
aritméticos, etc.):
• Mutual la Vivienda a CONTRASULI
• Iglesia vieja, costado oeste y norte
• Chencos Bar a Ademar Madrigal
• Best Brant hacia Escuela Darío Flores
• Tienda la Fama a tienda Pirámide
• Pañalera a Biblioteca Pública
• Distribuidora Jivis a Bar Tamino
• El CAIS hacia Charcón
• Entronque ruta 137 hacia Escuela B° San Francisco
2.6 Tarifa por Construcción de Aceras
Se detectó que no se realizó estudio técnico previo para que el Concejo fijara los
precios por metro cuadrado para la construcción de aceras, no se aprobó tarifa
actualizada por el Concejo ni se publicó en el Diario oficial. Esta situación generó
incumplimiento del artículo 84 del Código Municipal. La tarifa autorizada data del
26/06/2009, Gaceta 23 #1.420,00, por m2 de aceras.
10Municipalidad de Puriscal
Auditoria Interna
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2.7 Normativa desactualizada
Se detectó que los proyectos de construcción de aceras en Santiago y alrededores,
por parte de la Unidad Técnica de Gestión Vial, se realizaron sin que se contara
con: actualización topográfica y censal previa de los sectores, diagnósticos
actualizados de los sectores a construir, Reglamento de Aceras actualizado,
Reglamento para cobro de contribución especial por construcción de aceras,
protocolos y/o procedimientos para la construcción y recuperación de inversiones
en construcción de aceras, definición de funcionario y unidad responsable dentro de
la Gestión Vial para la construcción de aceras, protocolo para el traslado de
información de proyectos de aceras ejecutados a Contabilidad y Administración
Tributaria para su inclusión y manejo posterior.
Estas falencias imprescindibles hicieron que los proyectos de construcción de
aceras se ejecutaran con un margen pequeño de recuperación de las inversiones,
incumpliéndose todos los componentes del Control Interno (ambiente de control,
valoración de riegos, actividades de control, sistema de información y seguimiento)
establecidos en el artículo 5 de la Ley General de Control Interno con consecuencias
de desorden y falta de planificación en la Unidad Técnica de Gestión Vial.
3. CONCLUSIONES
*> En los proyectos de construcción de aceras, años 2017 y 2018, hubo ausencia en
planificación por parte de la Unidad Técnica de Gestión Vial para convertirlos en
reembolsables.
* Las deficiencias cometidas hacen que no sea corregible el proceso ya que este no
cumplió con principios fundamentales para el ciudadano, lo que hace que la
Muriicipaütiatície Purisca'¡Auditoria Interna
INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
inversión no sea recuperable. Los propietarios podrían solicitar la devolución de las
sumas pagadas.
4. INFORME PRELIMINAR
4.1 TRASLADO
Los resultados del informe se trasladaron al Alcalde Luis Madrigal Hidalgo e Ing. De
Unidad Técnica Gestión Vial Kimberline Agüero González, para que en un plazo de
5 días hábiles, procedieran a realizar las observaciones a los resultados y
recomendaciones, según oficio # MP-CM-AI-2019-200 del 7 de Noviembre del 2019,
recibidos el 8/11/2019. No hubo observaciones en el plazo establecido.
4.2 RELACIÓN DE HECHOS
Esta Auditoría Interna elaborará la Relación de Hechos, de conformidad con Ea
normativa correspondiente, para trasladarla a la instancia pertinente.
5. RECOMENDACIONES
5.1 Conocer, estudiar y votar el presente informe, de conformidad con el artículo 37
de la Ley General de Control Interno.
Responsable: Concejo
Plazo: 30 días
5.2 Incluir dentro de su planeación futura, la capacitación para funcionarios de la
Unidad Técnica de Gestión Vial, sobre proyectos reembolsables de construcción
de aceras.
12 f Municipalidad de Purisca! tAuditoria interna
INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV
Plazo: Para 2020
5.3 Elaborar propuesta y trasladar al Alcalde, para actualizar:
o Reglamento de Aceras de la Municipalidad de Puriscal
o Reglamento para Cobro de Contribuciones Especiales en la Municipalidad
de Puriscal (incluirlo como capítulo dentro del Reglamento de Aceras o
uno nuevo).
o Protocolo o procedimiento para la construcción y recuperación de
inversiones en construcción de aceras.
o Protocolo o procedimiento para el traslado de información de proyectos de
inversión en construcción de aceras a la Administración Tributaria y al
departamento de Contabilidad.
•u Actualización de tarifas a cobrar según artículo 85 del Código Municipal.
Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV
Plazo: 30/01/2020
5.4 Abstenerse de desarrollar nuevos proyectos de construcción de aceras en el
cantón, si no se incluyen las falencias detectadas en el presente estudio.
Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV
Plazo: Inmediato
S.SAsignar funcionario responsable de los proyectos de construcción de aceras
(todas las etapas).
Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV
Plazo: Inmediato
Municipalidad de Puriscal tAudilorui Irtüir;.;,
INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS
5.6 Realizar propuesta de restructuración de la Unidad Técnica de Gestión Vial, para
que la apruebe el Concejo, de conformidad con el artículo 5, decreto 40137-
MOPTy 6 decreto 40138-MOPT.
Responsable: Alcalde Luis Madrigal Hidalgo
Plazo: 31/01/2020
MUNICIMDEPARTAMENTO DE AL-
Carlos Torres Quesada Lie.
Auditor Interno
Anexos
14Municipalidad de Puriscal
Auditoria Interna
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