MUNICIPALIDAD DE PURISCAL AUDITORÍA INTERNA

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INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS MUNICIPALIDAD DE PURISCAL AUDITORÍA INTERNA RESULTADOS DEL ESTUDIO SOBRE CONSTRUCCIÓN DE ACERAS NOVIEMBRE 2019 Municipalidad de Purisca:

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INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

AUDITORÍA INTERNA

RESULTADOS DEL ESTUDIO SOBRE

CONSTRUCCIÓN DE ACERAS

NOVIEMBRE 2019

Municipalidad de Purisca:

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INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS

CONTENIDO

Tema Página

1. Introducción 3

1.1 Origen del Estudio 3

1.2 Objetivo General 3

1.3 Objetivos Específicos 3

1.4 Alcance 3

1.4.1 Ubicación Temporal 3

1.4.2 Criterios de Evaluación 4

1.4.3 Metodología Utilizada 4

1.4.4 Limitantes 4

2. Resultados 5

3. Conclusiones 11

4. Informe Preliminar 12

5. Recomendaciones 12

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1. INTRODUCCIÓN

1.1 Origen del Estudio

Se origina en acuerdo del Concejo 08-213-2019. Se sustituye por proyecto 8 del

Plan de Trabajo 2019 con autorización del Concejo (acuerdo 05-220-2019).

1.2 Objetivo General

Evaluar los proyectos de construcción de aceras en el distrito de Santiago y otras

comunidades del cantón.

1.3 Objetivos Específicos

a. Determinar la existencia de estudios técnicos previos de los sectores construidos.

b. Determinar el gasto real en construcción de aceras en 2017 y 2018, en el distrito

de Santiago y otras comunidades.

c. Determinar los sectores exactos donde se construyeron aceras por parte de la

Municipalidad de Puriscal.

d. Determinar en el cumplimiento del Código Municipal, Reglamento de Aceras y

otra normativa, en los proyectos de aceras construidas.

e. Verificar la inclusión de deudores en la Gestión de Cobro y Estados Financieros

de la institución.

f. Determinar posibles inconsistencias e irregularidades y promover mejoras.

1.4 Alcance

1.4.1 Ubicación Temporal

El estudio se realizó tomando en cuenta las construcciones de aceras por parte de

la Municipalidad de Puriscal en los años 2017 y 2018.

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1.4.2 Criterios de Evaluación

• Código Municipal, Ley 7794.

• Ley General de Control Interno # 8292.

• Normas de Control Interno para el Sector Público.

• Reglamento de Aceras del Cantón de Puriscal, publicado en gaceta #119

del 21/06/2011.

• Decreto 40137-MOPT, Reglamento a la primera Ley especia! para

transferencia de competencias. Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial

Cantonal.

1.4.3 Metodología Utilizada

Se ubicó y localizó información en los diferentes departamentos de la Municipalidad

(UTGV, Tesorería, Alcaldía), se definieron criterios a aplicar, se comunicó a los

interesados el inicio del estudio, se elaboró el programa puntual de Auditoría, se

realizan inspecciones de sitio, se elaboran cédulas sustantivas y analíticas, de

resultados, de hallazgos y recomendaciones. Se elaboró el informe y se trasladó al

Concejo.

1.4.4 Limitantes

El año 2019, ha sido caracterizado por innumerables denuncias de todo tipo

presentadas al Concejo ya la Auditoría, por lo que para su atención se ha tenido

que variar la programación y retrasar algunos estudios, como el presente.

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2. RESULTADOS

2.1 Normativa aplicable

Para mejor comprensión del estudio localizamos y resumínos la siguiente normativa

aplicable:

Código Municipal Lev NT 7794

"Artículo 84. - De conformidad con el plan regulador municipal, las personas físicas

o jurídicas, propietarias o poseedoras, por cualquier título, de bienes inmuebles,

deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) ...

b) ...

c) ...

d) Construir las aceras frente a sus propiedades y darles mantenimiento.

e) ...

f) ...

g) . . -h) ...i) ...j) ...

Cuando en un lote exista una edificación inhabitable que arriesgue la vida, el

patrimonio o la integridad física de terceros, o cuyo estado de abandono favorezca

la comisión de actos delictivos, la municipalidad podrá formular la denuncia

correspondiente ante las autoridades de salud y colaborar con ellas en el

cumplimiento de la Ley General de Salud.

Salvo lo ordenado en la Ley General de Salud, cuando los mum'cipes

incumplan las obligaciones anteriores o cuando la inexistencia o mal estado

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de la acera ponga en peligro la seguridad e integridad o se limite la

accesibilidad de los peatones, la municipalidad está facultada para suplir la

omisión de esos deberes, realizando de forma directa las obras o prestando

los servicios correspondientes.

Por los trabajos ejecutados, la municipalidad cobrará al propietario o

poseedor del inmueble el costo efectivo del servicio o la obra. El munícipe

deberá reembolsar el costo efectivo en el plazo máximo de ocho días hábiles;

de lo contrario deberá cancelar por concepto de multa un cincuenta por ciento

(50%) del valor de la obra o el servicio, sin perjuicio del cobro de los intereses

moratorios

(Así reformado el párrafo anterior por el artículo único de fa ley N° 9248 del 7 de

mayo del 2014).

Con base en un estudio técnico previo, el Concejo Municipal fijará los precios

mediante acuerdo emanado de su seno, el cual deberá publicarse en La

Gaceta para entrar en vigencia. Las municipalidades revisarán y actualizarán

anualmente estos precios y serán publicados por reglamento.

Cuando se trate de las omisiones incluidas en el párrafo tras anterior de este

artículo y la municipalidad haya conocido por cualquier medio la situación de

peligro, la municipalidad está obligada a suplir la inacción del propietario,

previa prevención al munícipe conforme al debido proceso y sin perjuicio de

cobrar el precio indicado en el párrafo anterior. Si la municipalidad no la suple

y por la omisión se causa daño a la salud, la integridad física o el patrimonio

de terceros, el funcionario municipal omiso será responsable, solidariamente

con el propietario o poseedor del inmueble, por los daños y perjuicios

causados.

En todo caso y de manera excepcional, se autoriza a la municipalidad para que

asuma, por cuenta propia, la construcción o el mantenimiento de las aceras

cuando se demuestre, mediante un estudio socioeconómico, que los

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propietarios o poseedores por cualquier título carecen de recursos

económicos suficientes para emprender fa obra. (Ei marcado no es del original)

(Así adicionado el párrafo anterior por el artículo único de la ley N° 9248 del 7 de

mayo del 2014).

(Así reformado por el artículo 1 de la Ley N°7898 del 11 de agosto de 1999).

(Corrida su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542; "Ley de Fortalecimiento

de la Policía Municipal"; del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo

75 al 84)."

"Artículo 85. - Cuando se incumplan las obligaciones dispuestas en el artículo

anterior, la municipalidad cobrará trimestralmente con carácter de multa:

a) ...

b) ...

c) ...

d) Por no construir fas aceras frente a las propiedades ni darles

mantenimiento, quinientos colones ($500,00) por metro cuadrado del frente

total de la propiedad. (El marcado no es del original).

e)...

f)...

9)-

h)...

i)...

(Así reformado por el artículo 1 de la Ley N° 7898 del 11 de agosto de 1999).

(Corrida su numeración por el artículo 1° de la ley N° 9542:"Ley de Fortalecimiento

de la Policía Municipal"; del 23 de abril del 2018, que lo traspasó del antiguo artículo

76 al 85)."

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2.2 Gasto en construcción de aceras

Según la información aportado por el SIAC (Sistema de Administración Contractual

de la Contraloría General de la República y la constancias de la Tesorería de la

Municipalidad de Purisca!, durante el 2017 se erogaron (151.490.800 por

construcción de aceras y en el 2018 #106.825.003,70, para un total de

(£158.315.803,70. Estas erogaciones correspondieron a las contrataciones

2017LA-000004-01 adjudicado a la Constructora Shaan Sociedad Anónima y la

2018LA-000007-01. adjudicada a Inversiones Solano y Camacho.

2.3 Monto recuperado por construcción de aceras

Según constancia de la Administración Tributaria de la Municipalidad de Purisca!,

se ha recuperado ©5.091.335 por construcción de aceras al 18/10/2019, siendo

que solo en este período ha habido recuperación.

Monto recuperado ©5.091.335

Monto gastado en construcción de aceras (£158.315.803,70

Porcentaje de recuperación 3.2%

A la fecha el sistema de facturación no registra contribuyentes por pago de aceras

y los Estados Financieros de la Municipalidad de Purisca! no reflejan el Activo

(cuentas por cobrar aceras).

2.4Sectores en los que se construyeron aceras

Se detectaron 14 sectores donde se construyeron aceras (ver fotos en anexos):

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SECTOR

Banco Popular a Bicos Bar

Costado oeste del Parque

Estación San Juan hacia Bomberos

Macho cruz a entronque ruta nacional 317

Mutual la Vivienda a Julio Badilla

Mutual la Vivienda a CONTRASULI

Iglesia vieja, costado oeste y norte

Chencos Bar a Ademar Madrigal

Best Brant hacia Escuela Darío Flores

Tienda la Fama a tienda Pirámide

Pañalera a Biblioteca Pública

Distribuidora Jivis a Bar lamino

El CAIS hacia Charcón

Entronque ruta 137 hacia Escuela B° San

Francisco

LARGO

89mts

88mts

134mts

93mts

I33mts43mts

184mts

89.3 mts

179 mts

95. 80 mts

81. 30 mts

11 3,2 mts

43.5x50.5 mts

457.30 mts

ANCHO

1.80 mts

1 .80 mts

1.80 mts

0.8 mts

1.80 mts

1 .8 mts

2.95x2. 86 mts

2.21 mts

2.0 mts

1.80 mts

2.0 mts

2.2x1. 30 mts

1.54x1. 59 mts

1.37 mts

FOTOGRAFÍAS

OD-06 # 4

OD-06 # 3

OD-06 # 5

OD-06 # 1

OD-06 #12

OD-06 # 2

\~6D^QG¥G~

OD-06 # 7

OD-06 # 8

OD-06 # 9

OD-06 #10

OD-06 #11

OD-06 #13

OD-06 # 14

De estos 14 sectores solo 5 aparecen en el expediente de la Unidad Técnica de

Gestión Vial (Banco Popular a Bicos Bar, Costado oeste del Parque, Estación San

Juan hacia Bomberos, Macho cruz a entronque ruta nacional 137, Mutual la

Vivienda a Julio Badilla). En los cinco sectores notificados se les entregó

notificación a los propietarios (41) con 15 días de plazo y no 30, como lo indica el

artículo 7 del Reglamento de Aceras de la Municipalidad de Puriscal. A 45

propietarios se les notificó el precio y costo de la obra, ya posterior a su construcción

y no con 24 horas de antelación, conforme lo indica el artículo 7 del Reglamento de

Aceras de la Municipalidad de Puriscal.

Municipalidad de Purisca!.Auditoria Interna

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2.5 Sectores con aceras construidas v sin información en expedientes

En nueve sectores donde se construyó aceras por parte de la Unidad Técnica de

Gestión Vial, no cuentan con información relevante en el expediente administrativo

y aportado a la Auditoría Interna (levantamiento catastral, notificación, cálculos

aritméticos, etc.):

• Mutual la Vivienda a CONTRASULI

• Iglesia vieja, costado oeste y norte

• Chencos Bar a Ademar Madrigal

• Best Brant hacia Escuela Darío Flores

• Tienda la Fama a tienda Pirámide

• Pañalera a Biblioteca Pública

• Distribuidora Jivis a Bar Tamino

• El CAIS hacia Charcón

• Entronque ruta 137 hacia Escuela B° San Francisco

2.6 Tarifa por Construcción de Aceras

Se detectó que no se realizó estudio técnico previo para que el Concejo fijara los

precios por metro cuadrado para la construcción de aceras, no se aprobó tarifa

actualizada por el Concejo ni se publicó en el Diario oficial. Esta situación generó

incumplimiento del artículo 84 del Código Municipal. La tarifa autorizada data del

26/06/2009, Gaceta 23 #1.420,00, por m2 de aceras.

10Municipalidad de Puriscal

Auditoria Interna

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2.7 Normativa desactualizada

Se detectó que los proyectos de construcción de aceras en Santiago y alrededores,

por parte de la Unidad Técnica de Gestión Vial, se realizaron sin que se contara

con: actualización topográfica y censal previa de los sectores, diagnósticos

actualizados de los sectores a construir, Reglamento de Aceras actualizado,

Reglamento para cobro de contribución especial por construcción de aceras,

protocolos y/o procedimientos para la construcción y recuperación de inversiones

en construcción de aceras, definición de funcionario y unidad responsable dentro de

la Gestión Vial para la construcción de aceras, protocolo para el traslado de

información de proyectos de aceras ejecutados a Contabilidad y Administración

Tributaria para su inclusión y manejo posterior.

Estas falencias imprescindibles hicieron que los proyectos de construcción de

aceras se ejecutaran con un margen pequeño de recuperación de las inversiones,

incumpliéndose todos los componentes del Control Interno (ambiente de control,

valoración de riegos, actividades de control, sistema de información y seguimiento)

establecidos en el artículo 5 de la Ley General de Control Interno con consecuencias

de desorden y falta de planificación en la Unidad Técnica de Gestión Vial.

3. CONCLUSIONES

*> En los proyectos de construcción de aceras, años 2017 y 2018, hubo ausencia en

planificación por parte de la Unidad Técnica de Gestión Vial para convertirlos en

reembolsables.

* Las deficiencias cometidas hacen que no sea corregible el proceso ya que este no

cumplió con principios fundamentales para el ciudadano, lo que hace que la

Muriicipaütiatície Purisca'¡Auditoria Interna

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inversión no sea recuperable. Los propietarios podrían solicitar la devolución de las

sumas pagadas.

4. INFORME PRELIMINAR

4.1 TRASLADO

Los resultados del informe se trasladaron al Alcalde Luis Madrigal Hidalgo e Ing. De

Unidad Técnica Gestión Vial Kimberline Agüero González, para que en un plazo de

5 días hábiles, procedieran a realizar las observaciones a los resultados y

recomendaciones, según oficio # MP-CM-AI-2019-200 del 7 de Noviembre del 2019,

recibidos el 8/11/2019. No hubo observaciones en el plazo establecido.

4.2 RELACIÓN DE HECHOS

Esta Auditoría Interna elaborará la Relación de Hechos, de conformidad con Ea

normativa correspondiente, para trasladarla a la instancia pertinente.

5. RECOMENDACIONES

5.1 Conocer, estudiar y votar el presente informe, de conformidad con el artículo 37

de la Ley General de Control Interno.

Responsable: Concejo

Plazo: 30 días

5.2 Incluir dentro de su planeación futura, la capacitación para funcionarios de la

Unidad Técnica de Gestión Vial, sobre proyectos reembolsables de construcción

de aceras.

12 f Municipalidad de Purisca! tAuditoria interna

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INFORME EE-2019-05, CONSTRUCCIÓN DE ACERAS

Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV

Plazo: Para 2020

5.3 Elaborar propuesta y trasladar al Alcalde, para actualizar:

o Reglamento de Aceras de la Municipalidad de Puriscal

o Reglamento para Cobro de Contribuciones Especiales en la Municipalidad

de Puriscal (incluirlo como capítulo dentro del Reglamento de Aceras o

uno nuevo).

o Protocolo o procedimiento para la construcción y recuperación de

inversiones en construcción de aceras.

o Protocolo o procedimiento para el traslado de información de proyectos de

inversión en construcción de aceras a la Administración Tributaria y al

departamento de Contabilidad.

•u Actualización de tarifas a cobrar según artículo 85 del Código Municipal.

Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV

Plazo: 30/01/2020

5.4 Abstenerse de desarrollar nuevos proyectos de construcción de aceras en el

cantón, si no se incluyen las falencias detectadas en el presente estudio.

Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV

Plazo: Inmediato

S.SAsignar funcionario responsable de los proyectos de construcción de aceras

(todas las etapas).

Responsable: Kimberline Agüero González Ingeniera de la UTGV

Plazo: Inmediato

Municipalidad de Puriscal tAudilorui Irtüir;.;,

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5.6 Realizar propuesta de restructuración de la Unidad Técnica de Gestión Vial, para

que la apruebe el Concejo, de conformidad con el artículo 5, decreto 40137-

MOPTy 6 decreto 40138-MOPT.

Responsable: Alcalde Luis Madrigal Hidalgo

Plazo: 31/01/2020

MUNICIMDEPARTAMENTO DE AL-

Carlos Torres Quesada Lie.

Auditor Interno

Anexos

14Municipalidad de Puriscal

Auditoria Interna

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.Auditoría inferna

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¡Municipalidad de Puriscatf

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