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1ra. quincena, FEBRERO 2011REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

InformativoCaballero Bustamante

Préstamos Intercompañía: Algunas Observaciones desde la Perspectiva de Precios de Transferencia

Marcos Rivera Montoya (*)

(*) EconomistadelaPontificiaUniversidadCatólicadelPerú,MásterEspecializadoFinanzasenCENTRUM-EADAyestudiosdeespecializacióneneláreadeFinanzasCorporativas.GerentedePreciosdeTransferenciaTPCONSULTINGoficinaPerú.

(**) Estudiante de Administración de Empresas Universidad Nacional del Callao. Asistente de Precios de Transferencia TP CONSULTING oficina Perú.

1. Tratamiento y problemática en el análisis de los préstamos in-tercompañía bajo las normas de Precios de Transferencia

Lasoperacionesdefinanciamientoden-trodeungrupoeconómicovinculadopartendelsupuestoqueexisteunagentesuperavi-tarioyotrodeficitarioentérminosdefondoslíquidos a usarse como capital de trabajo,inversión, entre otros. Existe de otro lado laideaquemuchasdeestasoperacionesencu-bren realmente traslados y desvíos de utili-dades.Paraelloesnecesarioque(i)sevalidela substancia (realidad económica) de dichaoperación; y (ii) se validen las condicionesde Precios de Transferencia en tanto cum-plimientodelprincipiodearm´s lengthodeplenacompetencia.

El análisis de Precios de Transferencia(en adelante PT) en la validación del princi-piodearm’s lengthodeplenacompetenciapara los préstamos intercompañía se realizaa través del Método de Precio ComparableNoControlado(PCNC) yconsisteenlacom-paracióndelascondicionespactadas(tasadeinterés)endicho(s)préstamo(s)conelrangointercuartil construido a partir de las tasasde interés de operaciones financieras com-parablesenelmercado.Enestesentido,sonaceptados dos enfoques: uno interno, queconsidera la comparación con informaciónpropia de operaciones similares con terce-ros independientes (banca múltiple); y unoexterno que a la falta del referente interno,recurreainformaciónpúblicayestandarizada

deoperacionesrealizadaentretercerosinde-pendientes(bancamúltipleyotrasempresas/clientes (1).

Habiéndose establecido estos criteriosbásicos,loqueparecerelativamentesencillo,resultaenunaseriedecomplicacionesyaqueen lapráctica seobservan situaciones espe-cialesysupuestosalosquedebenrecurrirsepara lograr consistencia técnica en su análi-sis. Para efectos de PT, el artículo 110º delRLIRestableceloscriteriosdecomparabilidadpara las operaciones de financiamiento, porloquelaretribucióndelprestamistaporotor-garfondosfinancierosdependerádelafecha,plazo,tipodemonedaygastos(comisiones)adicionales.Complementariamenteelanálisisde PT puede requerir de ciertos ajustes decomparabilidad que garanticen resultadosconfiables, tales como el riesgo país haciael cual sedestinen los fondosdelpréstamo,elmontodelcapitalprestadoylasgarantíascontempladas en el contrato y en algunoscasos, laevaluacióndel riesgo individualdeldeudor.

2. Casos especiales a considerar

CASO 1: La calificación de riesgo de una empresa difiere a la calificación del grupo al que pertenece: Siendo uno de los crite-rios de ajustes de comparabilidad el análisisdelriesgodelaempresaqueintervieneenelfinanciamiento, es importante definir la realparticipaciónenel riesgoconjunto,yaqueelinterésconsideradosedeterminamuchasve-ces sobre la base del riesgo del grupo y no

necesariamenteporunodesuscomponentes.Cuandoserevisaelperfilderiesgosdeunodeloscomponentes(unasubsidiaria)seobservaque significaría un interésmayor, por lo queconcluirqueelriesgodeunadelaspartesseaelmismoqueelgrupono consideraelprin-cipiode independenciadel riesgo.Enelcasosetratedeoperacionesdefinanciamientoconvinculadas no domiciliadas y deba realizarseunajustedecomparabilidadenlatasadein-terés,debetomarseencuentalosriesgosqueimplican que la Administración Tributaria delotro país permita o no dicho ajuste, dandolugarenocasionesaproblemasdedobleim-posiciónparaelgrupocomountodo.

CASO 2: La falta de comparables internas: Labúsquedadeunacomparabilidadrazonableimplica la revisión de lasmismas condicionesen los casos de transacciones comparablesinternas: si se trata de préstamos de capitalde trabajo, difícilmente se podrá tomar comoreferencia directa operaciones con garantíasimplícitas de riesgo diferenciado (leasing); nitampoco con diferente disponibilidad, comolíneasdecrédito,dedescuentoodeexporta-ción; ya que su disposición, riesgo y natura-leza es diferente a la de un préstamo activo.

CASO 3: Problemas en el uso de com-parables externas:Ante la imposibilidadderecurrir a referencias internas, laeleccióndela fuente de información determinará el al-cancedeunacomparabilidadrazonable.Paraello la información que presentan fuentespúblicas y/o gubernamentales sobre tasasmínimas o promedio no debe tomarse a laligera.Enelcaso local la fuentede informa-ciónmásrelevanteeslaSBS;sinembargo,lasnuevas regulaciones en temas de presenta-

Diego García Cánepa (**)

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1ra. quincena, FEBRERO 2011REVISTA DE ASESORÍA ESPECIALIZADA

LOS ESPECIALISTAS OPINAN

cuatro primeros bancos del sistema. Por otroladonodebeolvidarseque lasobservacionesdelaSBSconstituyen:“promediosdelastasasactivasanualesdelasoperacionesenmoneda nacional/extranjera realizadas en los últimos X días útiles por tipo de crédito a una fechaX(…)”.

CASO 7: ¿Tasas activas o pasivas? ¿O ambas?: El dilema alrededor del tipo detasa a aplicar a los préstamos intercompañíase basa en el criterio del costo de oportuni-dad. Cierta literatura apoya el uso de tasasactivas para el casodeunpréstamo recibido,dadoqueel subyacenteanalizadoesel costoquedeberíaafrontaranteelbancoovinculada(prestamista),mientrasqueparaelcasodeunpréstamootorgadosefijaelcriteriodelatasapasivaal“constituirse”enlaretribuciónqueelbancoovinculada (prestatario)otorgaría.Esteenfoqueparecerazonablesinembargo,pierdeconsistenciacuandoserefiereaoperacionesdefinanciamientoentrevinculadaslocales,puestoquelaoperacióndeunaeselespejodelaotra,nolográndoseuncriteriocomún.

3. Otros aspectos a tomar en cuenta

Adicionalmente a las cuestiones aborda-dasenelpuntoanterior,es importantemen-cionar las reglas de subcapitalización (thincapitalization)queenmuchospaísessevienereformulandoyreflejaenciertamedidalasac-titudes de los prestamistas de dichos países.Por ejemplo, en el Reino Unido con algunasexcepciones notables, el ratio deuda:capitalde lasprincipalesempresasdelFTSE200sonmenoresa1:1,ycadavezqueunadeestasseexcedepuedeversesometidaapresióndelosaccionistaspara reducir sudeuda.Estosigni-ficaque lospréstamosentre tercerosnovin-culadosplanteadasfueradelReinoUnidoporotrosmiembrosdelgrupoy/oquesetransmi-tenaunafilialdelReinoUnidoodeunafilial,no necesariamente representan condicionesde arm´s length para el prestatario: ademásde tener que considerar (y ajustar) la mayorcapacidad de endeudamiento de estas em-presasdel grupo, está la cuestiónde si seríaconveniente para el prestatario buscar finan-ciamientoenelmercadoenelqueseplanteóelpréstamoconsuvinculada.

4. Conclusiones y comentarios finales

Es evidente la importanciapara losgru-

pos económicos vinculados la consideraciónde lascondicionesarm´s lengthdesusprés-tamosintercompañía,tantoporlasobligacio-nesformalesydocumentaciónespecíficaim-puestaenmuchospaíses. El crecientegradodesofisticacióndelaAdministraciónTributa-ria en el análisis de estas operaciones even-tualmente ya no se limitará a la aceptaciónde las tasas de interés referenciales de unoodosbancoscomofundamentoparaeltipode interésutilizado,yaque lasubstancia (delaoperación)empiezaatomarmayorrelevan-cia.EnlaSección1.65delosLineamientosdelaOECD-edición2010sehacereferenciaalaposibilidaddelaAdministraciónTributariaderealizarunanálisissintomarencuentalaes-tructurade laoperación(enestecasode lascondiciones contractualesdel préstamo), yaque la formapuedenomostrar los suficien-teselementoscomoparadefinirlaoperación.La substancia económicadel préstamo (y sufinalidaddentrodelgrupoeconómicovincu-lado)esloquedeterminaráloscriteriosparalautilizacióndeunauotrareferenciadetasasdeinterés.

Lascaracterísticasysupuestossubyacen-tesdelospréstamosintercompañíadebenes-tarbasadosenelprincipiodearm´slenghtodeplenacompetencia,tantoparaelestable-cimientodelaretribucióndelatasadeinteréscomodelriesgoasumidoporcadaunadelaspartesinvolucradas.Esimportantemencionarque las situaciones especiales y particularesdebenseranalizadascasoporcasoynoes-tablecer una única regla general; la disposi-ción –o no- de los fondos implica una ma-yor subjetividad que es necesario establecerinclusoantesde realizar la transacciónentrevinculadas.Enelcasodegruposeconómicos,sobre la base de información propia o desuscomparablespuedeproyectarse tasasdeinterés para un planeamiento de préstamosintercompañía y que la eficiencia financieraasociada a ciertos esquemas como el cashpoolingsetrasladetambiénalaspectotribu-tarioeinclusodepolíticasdedocumentacióndePreciosdeTransferencia.

Esnecesarioqueenelmedianoplazosepuedagenerarunamayordiscusióndeestostemas en tanto operativos como de forma,yaqueproporcionará: (i) transparenciaeneltratamiento de las operaciones de financia-miento, (ii) reglas que permitan un planea-mientodeestasoperacionesparalasempre-sasvinculadas,(iii)eficienciaenlaasignaciónderecursosdentrodelgrupovinculado;y(iv)cumplimientodelascondicionesdemercadoentodomomento.

cióndelainformaciónfinancieradelabancacausaron que en el último año dicho for-matode informaciónsemodifiquehastaentres ocasiones, generando mayor dificultadal establecimiento de criterios para el mis-mo año (http://www.sbs.gob.pe/app/stats/TasaDiaria_7A.asp). Adicionalmente y unidoaltemadelriesgodelaspartesinvolucradas,es sabido que no constituye práctica usualquepara las operacionesde financiamientointercompañíaseconsiderengarantías.Inclu-soaltratarsedemontosconsiderables,resul-tarápocoprobablequedichofinanciamientonoincluyaalgúntipodegarantía,reduciendolacomparabilidadaúnmás.

CASO 4: Tipos de operaciones financie-ras: Sibiennoeselobjetodeesteartículoladescripcióndelavariedaddeinstrumentosdefinanciamiento,es importantediferenciarlosesquemasutilizadosyaqueseafectaráelenfoque para su análisis. El cash pooling (2) asumeunesquemadebúsquedadeeficienciafinanciera,lascuentasintercompanydeprés-tamosasumeunesquemadecompensación,lospréstamosdeiniciodeoperacionesasu-menlacapitalizaciónenelmedianoplazo,etc.

Paralelamente se tiene el caso en elque si bienpara ambas partes involucradasse define el préstamo, las condiciones queaceptaría la prestataria no necesariamentesonconsistentescon la realidadde tercerosindependientes(cuandoesunaempresare-lativamentenuevasinhistorialcrediticioalaqueelsistemabancarioleotorgaríaunatasade interésmenor, yqueal comparar con lafuentevinculadadefinanciamientoseobser-vaqueesmayor, inclusopor razonesestra-tégicas demanejode los fondosdel grupovinculado).

CASO 5: Calidad de las comparables: En este aspecto haymucho aún por definir yaque no existen criterios estandarizados res-pectoalacalidad,tipodecarteraymercadosalosqueestánorientados(préstamoscorpo-rativos, de mediana empresa, de microem-presa, de consumo, etc.) los bancos usadoscomo fuente comparable: año a año estacomposición varía y el establecimiento deunamatrizdetipodecarteracolocadapue-deresultarútilparaeldescarteoinclusióndeestos. Incluso losplazospara lospréstamostipo cuenta intercompañía deben asumirseconunplazodeterminado (rangosde tasasconplazosde90-180díasserándiferentesa360amásdías).

CASO 6: Ponderación de las tasas de interés comparables:Aniveloperativoexis-te el incentivo a tomar la muestra de ban-cos y susobservaciones (las tasasde interéspromedioauna fechaespecífica)demanerahomogénea, sin considerar la participacióndecadaunode losbancosen ladetermina-cióndelmencionadorango.Enciertoscasospuede resultar recomendable una pondera-ción de las tasas de interés del periodo enrelación a su participación de colocacionesde la banca múltiple. Esta opción es clara-menteútil cuando lacarteradeproveedoresde serviciosfinancieros se concentranen los

NOTAS

(1) LafuentedereferenciaaceptadaenlaprácticaseobtienedelainformaciónpublicadaporlaSuperintendenciadeBanca,SegurosyAFPwww.sbs.gob.pe,sinembargotambiénsonacepta-bleslosreportesdeemisionesdetasasdeinterésparapapelescomercialeslocales,curvaderendimientodebonosybasesdedatosexternascomoBloomberg.

(2) Sedefinecashpoolingcomoalgrupodecuentasformadoporunacuentaprincipalyunaomásperiféricas con lafinalidadde facilitar lagestióncentralizadade fondos, reduciendoexcedentesde tesorería y la necesidad de financiamiento externo en un grupo económico o vinculado.n