7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
1/44
Javier [email protected]@ladersam.com
Derecho Tributario:Derecho Tributario:
Rgimen Jurdico de laRgimen Jurdico de la
Obligacin TributariaObligacin Tributaria
mailto:[email protected]:[email protected]7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
2/44
CDIGO TRIBUTARIO
El Cdigo Tributario es una norma de principios aplicables a todos loscontribuyentes.
Disposiciones legales aplicables:
Decreto Legislativo N 816
Decreto Supremo N 135-99-EF, Texto nico Ordenado (contiene
todas las Leyes Nros. 27038 y 27131 concordadas con el D. Leg. 816).
Leyes modificatorias: Nros. 27256, 27335, 27393, 27787, 27788, 28092,
28365, 28647 y los D. Legislativos Nros. 930, 941, 953, 969 y 981.
Normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios,Resolucin de Superintendencia N 234-2006/SUNAT del 30 de
diciembre del ao 2006.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
3/44
Resolucin de Superintendencia N 235, 236, 237 y 238-2006/SUNAT
Sobre Declaracin Jurada anual del Impuesto a la Renta e ITFejercicio 2007, cronograma de obligaciones anuales ejercicio 2007.
Decreto Legislativo N 975 que modifica Ley 28194, Ley de Luchacontra la evasin y para la formalizacin de la economa del 15 de
marzo del ao 2007, su ReglamentoDecreto Supremo N 047 2004-EF del 30 de diciembre del ao 2006.
Decreto Legislativo N 981 de modificacin del Texto nicoOrdenado del Cdigo Tributario aprobado por el DecretoSupremo N 135-99-EF del 15 de marzo del ao 2007.
Ley Penal Tributaria Decreto Legislativo N 813 alcances del delitode defraudacin tributaria.
Ley de Reduccin y Exclusin de penas Decreto Legislativo N 815. Ley Penal contra el Lavado de Activos N 27765 del 27 de junio delao 2002.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
4/44
Antecedentes:
En 1966 se dicta el primer Cdigo Tributario Peruano
bajo el modelo del Cdigo Tributario existente para
Amrica Latina, tuvo una duracin con alguna
modificaciones, principalmente del Libro IV referido a
infracciones y sanciones tributarias, dur
estructuralmente hasta el ao 1996, fecha en que se
dicta el Decreto Legislativo N 816.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
5/44
OBLIGACINTRIBUTARIA
La obligacin tributaria, establecida por ley, es el vnculoentre el acreedor y el deudor tributario, tiene por objeto el
cumplimiento de la prestacin tributaria siendo exigible
coactivamente.
El Derecho Tributario Material o Sustantivo, es el derecho delas obligaciones tributarias, entendiendo por obligaciones
tanto la relacin jurdica cuyo objeto es la prestacin del
tributo, como las dems relaciones cuyo contenido consiste en
prestaciones accesorias, como la relacin contraria a laobligacin tributaria, que surge del pago indebido, en el cual el
Estado es el sujeto activo y el particular el sujeto pasivo.
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
6/44
Dino Jarach, sustent la tesis del hecho imponible.
Geraldo Ataliba, sustent la tesis de la Incidencia
tributaria; yEl Cdigo Tributario, sostiene la tesis de laobligacion tributaria.
LA OBLIGACION TRIBUTARIA-LA HIPOTESISDE LA INCIDENCIA TRIBUTARIA-LA
OBLIGACION TRIBUTARIA.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
7/44
DEUDORCONTRIBUYENTE
(Sujeto Pasivo)
ACREEDORESTADO
(Sujeto Ativo)
Nacimiento de la obligacinTributaria, cuando se produce el
hecho previsto en la ley
Vencimiento de laObligacin Tributaria
Declaracin Jurada y fechade pago de la obligacin
tributaria
Exigibilidad de la obligacin
tributaria
ObligacinTributaria
Pa!o "e T#i$uto
Re%ai&' u#"ia
NACI*IENTO DE LA OBLIGACI+N TRIBUTARIA
Pa!os "eT#i$utos
Devo%ui&'"e T#i$uto
,) Pa!o i'"e$i"o) Pa!o e' eeso
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
8/44
TRIBUTO
Re%ai&' T#i$uta#ia
Nacional oextranero direccin
en el !er" o en elextranero
Tributo, impuesto, contribucin, tasa#$a obligacin tributaria es un v%nculo
entre el acreedor y el deudortributario#
Vencimiento de la obligacintributaria
$a Exigibilidad de la obligacintributaria
!ago de la obligacin tributaria
Declaracin Jurada
Sujeto Deu"o# Sujeto A#ee"o# O$%i!ai&' T#i$uta#ia
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
9/44
La exigibilidad se produce cuando ha vencido la fecha de laobligacin sustancial o formal.
A los efectos de vencimiento debe tenerse en cuenta el
Cronograma de vencimiento de las obligaciones tributarias.
Al da siguiente del vencimiento de la obligacin tributaria se
inicia la infraccin tributaria y por consiguiente la
correspondiente sancin tributaria sea de carcter formal o
sustancial.
A partir del da de la exigibilidad se aplicar la sancin
sustancial, vale decir los intereses moratorios y la multa si es
el caso.
Exigibilidad de la Obligacin TributariaArtculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
10/44
EXIGIBILIDAD DE LAOBLIGACIN TRIBUTARIA
I/0uesto Co't#i$ui&'
Tasa
TRIBUTO
& 'nfraccin sustancial
& 'nfraccin formal
Obligacin tributaria
($eyes tributarias)
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
11/44
I'1#ai&'
Susta'ia%
*+ !ago del tributo+ !ago de un inter-s
a) 'nter-s moratorio. /#/01 diario a *#01
mensual#
b) 'nter-s capitali2able. agregar al
3*#*#/0 el resto del inter-s moratorio
acumulado (para 4ue sirva de base
para el nuevo c5lculo del inter-smoratorio del a6o siguiente)#
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
12/44
I'1#ai&'
2o#/a%
& No se presenta la Declaracin Jurada
& Emitir o exigir comprobantes de pago#
& $levar libros y registros contables#
& No cumplir con los re4uerimientos de la7dministracin Tributaria#
& No permitir el control de la 7dministracin
Tributaria, informar y comparecer a la
misma#& Otras obligaciones tributarias#
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
13/44
LA CONCURRENCIA DE ACREEDORES
Se da cuando una Empresa debe al Estado tributos, ademstiene otras obligaciones con terceros, todos acuden al pago oliquidaciones de sus bienes (activos) y como consecuencia hayuna prelacin para el pago de las deudas.
!" R#$%R'C(O)
*" +#,(C(O) )OC('L#)
-" TR(+%TO)
" OTRO) TR(+%TO)
Prelacin de deudas tributarias
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
14/44
CONTRIBUYENTE:deudor tributario de derecho porque la
ley lo designa.
Son contribuyentes:
1) Persona natural
a) Persona natural fsica
b) Persona natural con negocio2) Sociedades conyugales
3) Sociedades indivisas
4) Personas jurdicas
RESPONSABLE:es la persona designada por el
contribuyente para cumplir con la obligacin tributaria
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
15/44
'/#&T# D# R#T#&C(0&:
Deu"o# T#i$uta#io oCo't#i$u3e'te
S.A.
Deu"o# T#i$uta#io oCo't#i$u3e'te
ECONO*ISTA
8E9V':'O8
!9O;E8'ON7$E8
,) O$%i!aio'es 0#o0ias
) O$%i!aio'es "e te#e#os
DEUDOR
ESSALUDRENTAI.G.4.ETC.
Cua'"o #etie'e
S5. ,67666 - Co't#ato
Rei$o "e Ho'o#a#ios P#o1esio'a%es
A!e'te "e Rete'i&' 0o# %o #ete'i"o 0a!a e' e% 0%a8o "e ve'i/ie'to "e sus
o$%i!aio'es a SUNAT7 o'1o#/e a% a%e'"a#io e' 1u'i&' "e% 9%ti/o "!ito "e% RUC.
9e4uisitos de:omprobantes
de !ago
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
16/44
AGENTE DE PERCEPCIN:Es el contribuyente que pormandato de la ley percibe tributos y los entrega al acreedor
tributario. El Agente de Percepcin paga lo percibido en el
plazo de vencimiento de sus obligaciones a SUNAT conforme
al calendario y al ltimo dgito del RUC.
ACREEDOR TRIBUTARIO.-Es el sujeto activo Estado
quien debe percibir los tributos y considerarlos en el
Presupuesto de la Nacin para cumplir con las necesidades
pblicas.
Artculos 1 al 10 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
17/44
Artculos 11 al 15 del C.T.
DOMICILIOFISCAL:
1. Domicilio fiscal y procesal.
2. Presuncin de domicilio fiscal de personas
naturales.3. Presuncin de domicilio de personas jurdicas.
4. Presuncin de domicilio fiscal en el extranjero.
5. Presuncin de domicilio fiscal de personas que
carecen de personera jurdica.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
18/44
RESPONSABILIDAD SOLIDARIAPOR TRIBUTOS PENDIENTES:1. Representante Responsables Tributarios
2. Los Responsables Solidarios en calidad de adquirentes
3. Responsables Solidarios
4. Responsables Solidarios por fechas generadas
5. Derecho de Representacin
6. Capacidad Tributaria
7.Acreditacin de la representacin
8. Efectos de la representacin.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
19/44
Artculos 16 al 24 del C.T.
TRANSMISIN DE LA OBLIGACINTRIBUTARIA: Se transmite la obligacin tributaria a los herederos por
los bienes que administren. La transmisin se va dar por herencia formal, nadie
puede asumir el pago de impuestos por convenio o
contrato.
Para efectos tributarios no puede haber obligacin
tributaria delegada, es el contribuyente el responsable.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
20/44
DEUDA TRIBUTARIA
Es el conjunto de elementos constituido por: la multa, el tributo,
intereses de ambos (moratorios y capitalizables).
Componentes de la deuda tributaria:Caso 1 Caso 2 Caso 3 Caso 4
Tributo 100 100 100Inters moratorio 10 10 10Inters capitalizable 5 ___ ___
115 110 110
Multa 50 50 50Inters moratorio multa 5 5 ___ 5Deuda Tributaria 170 165 110 55
=== === === ===
Artculo 28 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
21/44
INTERESES
Inters moratorio:0.05% diario y 1.5%mensual.
= Capital x N de das x % inters diario =
100
* Artculo 3 del Decreto Legislativo N 969 que modifica el artculo 33 del Cdigo
Tributario
Artculo 33 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
22/44
EJEMPLO (INTERESES)
Tengo una deuda del IGV del mes de enero 2007 por S/.1,000 que vence el 12.02.2008.
Si pago a su vencimiento, slo pago S/. 1,000
Si pago luego de la fecha de vencimiento, tengo que
calcular los intereses de la deuda.
Si pago el da 31.05.2008, calculo los intereses desde el
da siguiente del vencimiento; es decir, desde el
13.02.2008 al 31.05.2008 son: 139 das.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
23/44
Entonces:
= S/. 1,000 x 139 das x 0.05 =S/. 69.5 100
Deuda Tributaria:
Tributo I.G.V. S/.1,000
Ms:
Intereses(del 13.02 al 31.05.2008) 70
Deuda Tributaria S/.1,070=====
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
24/44
LUGARES DE PAGO
La liquidacin o cancelacin de los tributos se realiza deacuerdo al ltimo dgito del RUC y al Cronograma de Pagos
establecido por la SUNAT. El pago de la deuda se realiza en:
a) Las oficinas autorizadas por la SUNAT
b) Agencias del Banco de la Nacin
c) Otros Bancos autorizados
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
25/44
IMPUTACIN DE PAGO
Cuando el contribuyente paga una determinada suma sin precisara que deuda, se imputa: primero a los intereses, luego al tributo omulta.
Si existieran varios tributos o multas del mismo periodo seimputarn primero a las deudas de menor monto y
sucesivamente a las deudas mayores. Si las deudas fueran de diferente vencimiento se imputarn alas de mayor antigedad del vencimiento.
Artculo 31 del C.T.
1 Intereses
2 Tributo
3 Multa
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
26/44
EJEMPLO (IMPUTACIN DE PAGOS)
Deuda Tributaria = S/. 1,200
= S/. 1,200 x 212 das x 0.05 = 127.2
100
Tributo S/.1,200Inters moratorio (del 01.01.08 al 31.07.08) 127
Deuda Tributaria S/.1,327
El tipo de obligacin que pretendemos pagar esSustancial.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
27/44
Obligacin Formal:Venca el 30.06.2008 y decide pagar el23.09.2008
Multa (10% de la UIT) = S/. 350
= S/. 350 x 85 das x 0.05 = S/. 14.88
100
Multa S/. 350
Mas:
Inters de la multa(30.06 al 23.09.08) 15Deuda Tributaria por Multa S/. 365
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
28/44
Total Deuda Tributaria, incluyendo multas e intereses
moratorios, es:
ImputacinTributo S/. 1,200 Tributo 2
Inters 127 Intereses 1
Multa 350 Multa 3
Intereses de la multa 15 Intereses 1
Deuda Tributaria S/. 1,692
La deuda tributaria es deS/. 1,692y el contribuyente decidepagarS/. 1,500el da 23.09.2008
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
29/44
'
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
30/44
Deudor
TributarioRELACIN JURDICA
Nae %a O$%i!ai&' T#i$uta#ia Obligacin 8ustancial Obligacin ;ormal
2e:a "e ve'i/ie'to "e %ao$%i!ai&' t#i$uta#ia
Desde el d%a siguiente alvencimiento con interesesmoratorios y capitali2ables
Acreedor
Tributario
Ei!i$i%i"a"Declaracin de !ago!ago definitivo
9etenciones$i4uidaciones finales!agos a cuenta
Pa!o "e %a O$%i!ai&' T#i$uta#ia
:on el pago se extingue laobligacin
TRIBUTO
*# Obligacin directas
# Obligaciones a cta# de terceros !ago Directo !ago Declaracin
3 !resentacin de las D# J#. 7nual ('mp# a la 9enta)
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
31/44
EXTINCIN DE LA DEUDA TRIBUTARIA
MEDIOS DE EXTINCIN:MEDIOS DE EXTINCIN:
PAGOPAGO
COMPENSACINCOMPENSACIN
PRESCRIPCINPRESCRIPCIN
RESOLUCIN ADMINISTRATIVARESOLUCIN ADMINISTRATIVA
CONDONACI+NCONDONACI+N
CONSOLIDACINCONSOLIDACIN
OTROS QUE ESTABLEZCA LA LEYOTROS QUE ESTABLEZCA LA LEY
Artculo 27 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
32/44
9E8O$=:'>N DE 7D
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
33/44
!7?O
Es la cancelacin total del tributo en la fecha de su vencimiento
puede realizarse en efectivo, cheque, moneda nacional oextranjera, nota de crdito negociable.
Si no se paga al vencimiento se debe calcular el tributo ms losintereses moratorios o capitalizables, contados desde el dasiguiente de la fecha de vencimiento.
Mediante el pago se extingue la obligacin por el pago- Se transmite las obligaciones tributarias slo si se transmitebienes afectos al tributo
Artculo 32 del C.T.
I. M. = Tributo oitido ! " de das ! 0.05 #i$ter%s oratorio& = Total I$ter%s
100
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
34/44
8ignifica 4ue la deuda 4ue tiene un contribuyente a la administracintributaria puede ser compensada y aplicada a una cobran2a 4ue tiene la
misma administracin a ese contribuyente#
Deu"o#T#i$uta#io
Co't#i$u3e'te
Deu"o#T#i$uta#io
Co't#i$u3e'te
A#ee"o#T#i$uta#io
SUNAT
A#ee"o#T#i$uta#io
SUNATT#i$uto - Re%ai&'
Le "e$e a %a A"/i'ist#ai&' T#i$uta#ia S5. 7666
Le "e$e a% "eu"o# u' eeso "e 0a!o S5. ,7666
:O
!a"a (1980)Exeso de *a"o '. (1000)
Compensacin:
Contribuyente debe S/. 2,000
creedor debe de!o"uc. #$,000%
&a'o en e(ecti!o S/. $,000
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
35/44
- Compensacin Automtica:
Slo en los casos establecidos por ley.
- Compensacin de oficio por la Administracin
Tributaria
En la prctica existen los llamados crditos fiscal por
exportacin, hecho que ocasiona una devolucin de impuestos
dentro de 5 das de presentado la solicitud con toda la
informacin requerida, si no se hace efectiva la devolucin, el
contribuyente puede aplicar dicho exceso a compensar una
deuda por el tributo.
Artculo 40 del C.T.
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
36/44
:ONDON7:'>N
-Es el perdn de la deuda tributaria.
-Slo se da por ley expresa que extingue la
deuda tributaria de un nmero determinadode contribuyentes. El nico caso fue el de los
contribuyentes de la ciudad de Huaraz por el
terremoto del ao 1970.
Artculo 41 del C.T.
l d l
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
37/44
:ON8O$'D7:'>N
Cuando el contribuyente en su condicin de deudor tributariose convierte en acreedor tributario.
Artculo 42 del C.T.
Sujeto AtivoEsta"o Co't#i$u3e'tedeudoracreedor
'ebe a la Adi$istraci($ Tributaria )*. 10+000
)e ad,udica u$ i$ueble del co$tribu-e$te ue /ale )*. 30+000
Se produce la
consolidacin por
la deuda de S/.
10,000 y el
acreedor tributario
queda debiendo al
deudor tributario
S/.20,000.
T#i$utai&'
Re%ai&'
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
38/44
!9E8:9'!:'>N
Es la prdida del derecho del Estado y del Contribuyente a cobrar
o pagar una deuda tributaria por el paso del tiempo.La Prescripcin solo es pedido de parte o invocado por el
Contribuyente.
Cmputo del Plazo de Prescripcin:
a) 4 aos para Contribuyentes que presentan su declaracinjurada
b) 6 aos para Contribuyentes que no presentan su
declaracin jurada.
c) 10 aos para los Agentes de Retencin que estando
obligados a retener o habiendo retenido no pagaron esas
retenciones.
Artculo 43 - 44 C.T.
A l 43 44 C T
7/23/2019 Regimen Juridico de La Obligacion Tributaria
39/44
$os 4ue presentaron su Declaracin Jurada A a6os#
:mputo de tributos peridicos. 'mpuesto a la 9enta#
66 66; 66< 66= 66>66?
D R
;,56;56;6,56,56
Top Related