MEMORIA DE ORDENACIÓN P.O.M. DE VILLATOBAS
Tesifonte Gallego, 9, 2º.- 02002 ALBACETE - Tel 967 24 75 77 / 967 21 05 24 - Fax 967 19 10 77 - E-mail: [email protected]
INDICE
MEMORIA DE ORDENACIÓN P.O.M. DE VILLATOBAS
Tesifonte Gallego, 9, 2º.- 02002 ALBACETE - Tel 967 24 75 77 / 967 21 05 24 - Fax 967 19 10 77 - E-mail: [email protected]
MEMORIA
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
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INDICE
CAPÍTULO 1.- ENCUADRE DEL PLANEAMIENTO............................................................... 1
1.1.- OBJETO Y ANTECEDENTES .................................................................................... 1
1.2.- NECESIDAD DEL PLANEAMIENTO.......................................................................... 1
CAPÍTULO 2.- ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN........................................................................ 2
2.1.- INTRODUCCIÓN ........................................................................................................ 2
2.2.- CONCLUSIONES DE LOS DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN ............................. 2
2.2.1.- SITUACIÓN GEOGRÁFICA. ........................................................................................... 2
2.2.2.- COMUNICACIONES. ....................................................................................................... 2
2.2.3.- HIDROGRAFÍA.................................................................................................................. 3
2.2.4.- DEMOGRAFÍA................................................................................................................... 3
2.2.5.- ECONOMÍA........................................................................................................................ 3
2.2.6.- ESTRUCTURA URBANA. ............................................................................................... 4
2.2.7.- DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS: ..................................................................... 5
2.2.8.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS:.................................................................. 7
CAPÍTULO 3.- CRITERIOS Y OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO .................................... 10
3.1.- DETERMINACIONES GENERALES ........................................................................ 10
3.1.1.- INTRODUCCIÓN................................................................................................... 10
3.1.2.- ORDENACIÓN ESTRUCTURAL .......................................................................... 12
3.1.3.- ORDENACIÓN DETALLADA ................................................................................ 15
3.2.- OBJETIVOS PARTICULARES DE ESTE PLANEAMIENTO ................................... 16
3.3.- CRITERIOS DEL PLANEAMIENTO ......................................................................... 17
CAPÍTULO 4.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA ...................................... 21
4.1.- INTRODUCCIÓN ...................................................................................................... 21
4.2.- MODELO TERRITORIAL A IMPLANTAR................................................................. 21
4.2.1.- PREVISIONES DE CRECIMIENTO...................................................................... 23
4.2.2.- CONCLUSIÓN....................................................................................................... 26
4.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL ...................................... 26
4.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA............................................ 29
4.5.- CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ACCESIBILIDAD DE CASTILLA – LA MANCHA .................................................................................................................................. 30
CAPÍTULO 5.- DESCRIPCIÓN DEL PLANEAMIENTO ADOPTADO .................................. 32
5.1.- INTRODUCCIÓN ...................................................................................................... 32
5.2.- DESCRIPCIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL ........................................ 32
5.2.1.- DIRECTRICES DEL PLAN DE ORDENACIÓN .................................................... 32
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5.2.2.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO.............................................................................. 33
5.2.3.- USOS, DENSIDADES E INTENSIDADES EDIFICATORIAS, ÁREAS DE REPARTO Y APROVECHAMIENTO TIPO........................................................... 35
5.2.4.- DELIMITACIÓN DE ZONAS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA. ESTUDIO DE EDIFICABILIDADES.............................................................................................. 38
5.2.5.- SEÑALAMIENTO DE SISTEMAS GENERALES.................................................. 59
5.2.6.- DELIMITACIÓN GEOMÉTRICA DE SECTORES DE PLANEAMIENTO. ÁREAS DE REPARTO. ...................................................................................................... 66
5.3.- DESCRIPCIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA .............................................. 66
5.3.1.- INTRODUCCIÓN................................................................................................... 66
5.3.2.- SUELO URBANO. ................................................................................................. 66
5.3.3.- SUELO URBANIZABLE. ....................................................................................... 88
5.4.- RÉGIMEN DE CONSTRUCCIONES FUERA DE ORDENACIÓN. .......................... 94
5.5.- ESTÁNDARES MÍNIMOS DE CALIDAD URBANA DE PRECEPTIVA OBSERVANCIA POR LOS PLANES PARCIALES. ................................................. 95
CAPÍTULO 6.- DOCUMENTOS QUE CONSTITUYEN EL PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL..................................................................................................... 100
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CAPÍTULO 1.- ENCUADRE DEL PLANEAMIENTO
1.1.- OBJETO Y ANTECEDENTES
El presente Plan de Ordenación Municipal de Villatobas tiene por objeto la total ordenación del
territorio comprendido dentro de su Término Municipal.
El presente Plan de Ordenación Municipal, según el art. 30 del Texto Refundido de la
L.O.T.A.U en Castilla - La Mancha, contempla en el presente documento los fines previstos en
el Título I de dicha ley y justifica las determinaciones en él adoptadas tanto las
correspondientes a la ordenación estructural como a las de detalle, identificándolas con
relación al resto de documentación, escrita o gráfica, integrante de este plan.
1.2.- NECESIDAD DEL PLANEAMIENTO
La necesidad de revisión del planeamiento existente en el término municipal de Villatobas
surge fundamentalmente por tres motivos:
- No existir ningún tipo de planeamiento municipal que controle el crecimiento del
municipio.
- Necesidad de dotar de suelo para uso residencial e industrial adaptando y
favoreciendo las necesidades reales de la población.
- Adaptación del Planeamiento al Decreto Legislativo 1/2.004 de 28 de Diciembre por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la
Actividad Urbanística, promulgada por las Cortes de Castilla-La Mancha .
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CAPÍTULO 2.- ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
2.1.- INTRODUCCIÓN
En el Documento nº1: Memoria Informativa, de este Plan de Ordenación Municipal, se hace
una exhaustiva recopilación de datos correspondientes a la situación actual del término
municipal de Villatobas y a su evolución y desarrollo a lo largo de los últimos años, tanto a nivel
urbanístico como social y económico.
Asimismo en el Documento nº 2: Planos de Información, se refleja toda la información gráfica
sobre usos del suelo, sistemas de comunicaciones e infraestructuras, estado de los servicios,
etc.
El análisis de estos documentos, junto con el de las demandas existentes y las previsiones
municipales, constituye la base de partida para la ordenación propuesta en el presente Plan de
Ordenación.
Un resumen de estas conclusiones y de las necesidades detectadas se refleja en el apartado
siguiente.
2.2.- CONCLUSIONES DE LOS DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN
2.2.1.- SITUACIÓN GEOGRÁFICA.
El término municipal de Villatobas se encuentra situado, dentro de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha, en la comarca toledana de La Mesa de Ocaña, perteneciente al sector
noreste de la provincia de Toledo, a una distancia de la capital de 69 km y 18 de Ocaña. Es
una zona de transición entre las Alcarrias y La Mancha.
2.2.2.- COMUNICACIONES.
Las comunicaciones de las que consta el Municipio son:
- Carretera comarcal CM-3001 cruza el municipio de norte a sur atravesando el
casco urbano de Villatobas. Procede de Villarrubia de Santiago y continúa hasta las
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localidades de Lillo y Villacañas. Su longitud dentro del término es de unos 18.6
Km.
- Carretera nacional N-301 municipio de noroeste a sudeste pasando al sur del
casco urbano de Villatobas. Procede de Ocaña y continua hasta las localidades de
Corral de Almaguer, Quintanar de la Orden y termina en la localidad Casa Sabas
de la provincia de Albacete. Su longitud dentro del término municipal es de unos
17.4 Km.
2.2.3.- HIDROGRAFÍA.
El núcleo de población principal Villatobas, se encuentra a unos 723 m.s.n.m. Pertenece a la
Cuenca Hidrográfica del Tajo y no existe ningún cauce significativo aunque el mismo es
drenado por una serie de arroyos que siguen una dirección general noreste-sudeste
2.2.4.- DEMOGRAFÍA.
Según datos del 2.004 del INE, Villatobas cuenta con 2.368 habitantes, disperso se puede decir
que no hay ningún habitante, ya que las casas con esta condición sólo se utilizan para realizar
las labores del campo o como segunda residencia, pero no como vivienda habitual. La
población de Villatobas alcanzó su máxima cota en la década de los años 50, los descensos
mas bruscos se producen hasta la década de los 70 debido al desarrollo industrial de las
ciudades que provocó la emigración del medio rural al urbano. Entre los años 2001 y 2004 se
ha visto incrementada la población un 6.25 %, aspecto éste a reseñar después de tanto tiempo
en declive en cuanto al número de habitantes en el municipio.
La proporción entre varones y mujeres está más o menos equilibrada. Por edades, el mayor
grupo de población es el de 35 a 44 años y de 70 a 74, siendo también importante el grupo de
20 a 34 años. La población rejuvenece lentamente, ya que el número de nacimientos es
ligeramente superior al de defunciones.
2.2.5.- ECONOMÍA.
La tasa de actividad en el 2.001 era de 55.03 % mientras que en 1.981 era de 29.62 %, lo que
representa un aumento casi del doble.
La principal actividad económica en Villatobas son los servicios, aumento que se viene
registrando desde los años 80. El abandono del campo ha sido una tendencia a nivel general
de toda España, cifra a la que Villatobas no es ajena. El sector de la construcción
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prácticamente mantiene sus porcentajes a medida que se producen cambios en la población.
El sector industrial sigue con su leve subida
La cantidad de tierras labradas que hay en el Término Municipal (90.38 %), dato a tener en
cuenta ya que es el sector económico al que se dedica menos gente en el municipio
2.2.6.- ESTRUCTURA URBANA.
El término tiene una superficie de 18.160 Ha, de las cuales el suelo urbano ocupa una
superficie de 91 Ha y el suelo rústico de 18.069 Ha
DISTRIBUCIÓN DEL SUELO URBANO (%)
RESIDENCIAL 67
VIARIO 27.19
Z. VERDES Y ESPACIOS LIBRES 4.36
ADMINISTRATIVO 0.045
ESCOLAR 0.27
DEPORTIVO 0.18
CULTURAL 0.045
DOTACIONES
SANITARIO 0.91
TOTAL SUELO URBANO 100
En cuanto al estudio de las viviendas, cabe destacar que el 55.09 % corresponden a viviendas
principales, de las cuales el 70 % se sitúan en edificios de dos plantas. Respecto a las
viviendas secundarias, encontramos un 38.41 %, de las cuales el 52.37 % se sitúan en edificios
de dos plantas. Por su parte, las viviendas vacías son el 6.50 %.
En cuanto a las alturas de las edificios, el 66.89 % de los edificios constan de dos plantas sobre
rasante, el 29.78 % son edificios de una planta sobre rasante y el resto, 3.31 %, son edificios
de tres o más plantas. Por lo que se puede afirmar que los edificios de Villatobas por regla
general son edificios bajos.
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Como era de esperar, la mayor parte de los edificios (90.45 %) corresponden a una sola
vivienda, el 3.29 % a edificios que albergan dos viviendas, mientras que el 2.57 %
corresponden a edificios que tienen tres o más viviendas. El 4.29 % corresponde a edificios
que no albergan ninguna vivienda, porque su uso está destinado a comercio, administración,
educación, etc.
2.2.7.- DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS:
Administrativo.
- Ayuntamiento: donde se concentran la alcaldía, las distintas concejalías, los
servicios técnicos, secretaría, intervención, tesorería, recaudación y policía
municipal.
- Existe un cuartel de la Guardia Civil en la Calle Encomienda.
Escolar.
- Colegio Público Sagrado Corazón de Jesús, en el que se imparte enseñanza
preescolar, primaria y secundaria. Tiene 11 aulas, dos bloques de cuatro para
E.P y E.S.O y tres aulas para preescolar. Las instalaciones incluyen una pista
polideportiva abierta.
Deportivo.
- Complejo Polideportivo Municipal, que incluye un pabellón cubierto con dos
pistas polideportivas y piscinas abiertas, dos pistas de tenis, un frontón y un
campo de fútbol. Está situado al sur del núcleo, en la salida de la CM-3001 a
Lillo.
- Gimnasio, como dependencia incluida en el Centro Social Polivalente, en la
Calle Carbonero y Sol, colindante con el Colegio Público Sagrado Corazón de
Jesús.
- Pista polideportiva del Colegio Público Sagrado Corazón de Jesús.
Espacios libres y zonas verdes.
- Parque Municipal: con una superficie de 5.149 m²
- Adecuación recreativa entre Calles Jesús y María y Calle de las Lumbreras: de
7.063 m²
- Plaza de España: donde esta el Ayuntamiento
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- Plaza de la Encomienda: Pasaje de la Encomienda
- Plaza del Castillo.
- Fuente chica.
- Fuente del castillo.
Cultural.
- Centro Cultural Cervantes, en el centro del pueblo entre la Avenida de la
Constitución y el Paseo de Santa Ana.
- Auditorio del Parque Municipal, donde se realizan actividades de verano.
- Biblioteca, con Centro de Internet en el Pasaje de la Encomienda anexa al
Ayuntamiento.
- Plaza de toros, localizada en la salida de la carretera de Villarrubia de
Santiago.
Religioso.
- Santuario de Jesús: Avenida de la Constitución
- Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción: Avenida de la
Constitución con Calle Iglesia.
- Ermita de San José: Calle San José con Calle Victor Orellano.
Sanitario.
- Consultorios Médicos: Pasaje de la Encomienda pasaje de Socorro
Asistencial.
- Centro Social Polivalente: Calle Huerta 3
- Vivienda tutelada: Pasaje de la Encomienda.
Entidades financieras y aseguradoras.
- Banco Zaragozano
- Caja Madrid
- Caja Castilla–La Mancha
- Caja Rural
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- Mafre
- Sollis
- Mutua general de seguros
Hotelero.
- Hostal: por la carretera de Ocaña a 900 mts del casco urbano.
Comunicaciones.
- Correos: cuenta con oficina de correos, ubicada en el la Calle Mayor.
Transportes públicos.
- Línea de autobuses: todos los días de lunes a sábado hay un servicio de
autobús desde Aranjuez y Ocaña.
Varios.
- Cementerio Municipal: Tiene unos 1.100 nichos.
2.2.8.- INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS:
Red Viaria.
Los sucesos históricos, el medio físico y las principales actividades del pueblo condicionaron y
condicionan la vivienda y el trazado del pueblo.
Debido a su ubicación en una ladera éste se organiza en un eje longitudinal, de dirección
nordeste-sudoeste, esenciales y paralelos que convergen con escaleras o calles de grandes
pendientes y le confieren un aspecto de laberinto. Ello da origen a unas manzanas estrechas y
alargadas.
Sus calles son estrechas y rara vez se ensanchan para formar plazas, como por ejemplo la
calle Mayor que se ensancha al llegar al Ayuntamiento. En la calle paralela a ésta y situada en
una parte más alta existe otra zona más o menos amplia situada justo encima de la Iglesia. Las
calles más estrechas se sitúan en la parte sur del núcleo, siendo ligeramente más anchas las
de la parte norte. Por otra parte las aceras son de reducidas dimensiones; aunque esto no es
problema para los peatones ya que el número de vehículos que circulan es reducido.
Debido a la reducida anchura del viario no existen demasiados aparcamientos en la vía pública
en los dos núcleos.
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El estado de la pavimentación de los viales es bueno en la gran mayoría de las calles, aunque
algunas no presentan buen estado por los baches .
Las nuevas calles se pavimentan en asfalto y se proyectan los andenes y los bordillos de estos.
Generalmente estas calles se encuentran en zonas residenciales.
Las calles en asfalto son las que atraviesan la población y tienen alguna importancia son vías
de carácter regional o autonómico.
Abastecimiento de agua.
La distribución está a cargo de la Mancomunidad de Aguas del Río Algodor, que asegura el
abastecimiento mediante certificado. Esta mancomunidad capta el agua del pantano de
Finisterre para abastecer un depósito de distribución en Ocaña, que a su vez alimenta los dos
depósitos reguladores municipales de Villatobas, situados al norte del núcleo urbano y con
capacidad para 2.500 y 2.000 m3, totalizando pues cerca de 4.500 m3.
Por si este sistema de abastecimiento resultase insuficiente en algún momento, se está en
proceso se legalización de tres pozos en Villatobas pertenecientes a la Confederación
Hidrográfica del Tajo.
La red de distribución es de diseño mallado principalmente, sectorizada con válvulas de corte.
Dispone de válvulas de purga para su vaciado. Está compuesta por 9,6 Km de fibrocemento,
1,03 Km de PE y 11,02 Km de PVC.
Existen fuentes públicas situadas respectivamente en el Parque Municipal, Fuente Chica, El
Pocillo, Plaza de España, Pozo Nuevo y Ermita de Jesús.
Saneamiento.
Toda la población se encuentra dentro de la misma cuenca de vertido y la red está realizada
con tubería de hormigón, pozos de registro y cámaras de descarga. No existen problemas
graves en la red.
Las aguas residuales se vierten actualmente al Arroyo del Valle, sin ningún tipo de tratamiento.
Está previsto que se ejecute en breve la conexión del vertido existente hoy en día en las
actuales instalaciones de depuración, con aliviadero de aguas pluviales, además de la
construcción de una Estación Depuradora de Aguas Residuales, con vertido de aguas
depuradas al Arroyo del Valle. Esta se ubicará en el Polígono 11, parcelas 349 y 350 del
parcelario de rústica, al suroeste del núcleo urbano y por fuera de la variante. Está prevista su
ejecución en breve, cuyo plazo está estimado en doce meses.
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Está prevista para 4.000 habitantes equivalentes, con un afluente de 200 litros/habitante día y
un caudal medio de 800m3 / día.
Según las previsiones de crecimiento recogidas en el presente Plan de Ordenación Municipal,
(16.036 habitantes totales), será necesaria la ejecución de una nueva Estación Depuradora,
preferentemente en un ámbito amplio anexo a la proyectada, debido a que los condicionantes
técnicos y de materialización de la depuración se ven modificados con este aumento. Todo ello
se manifiesta en la conveniencia de realizar un Estudio Técnico para dicha ejecución.
Suministro de energía eléctrica.
El suministro de energía eléctrica lo realiza la compañía Unión Fenosa mediante dos líneas,
procedentes de Ocaña y Corral de Almaguer. Existen tres transformadores en el casco urbano.
Casi todo el tendido es aéreo, con algunos tramos adosados a las fachadas, si bien ya es
enterrada en las últimas calles urbanizadas al oeste del casco, en las que se han construido
promociones de viviendas adosadas.
Todo el núcleo urbano dispone de alumbrado público viario. Que está realizado con lámparas
fluorescentes de bajo consumo.
Resto de servicios.
El resto de servicios de comunicaciones (teléfonos, recepción de radio y televisión, correos,...)
son suficientes, teniendo únicamente que considerarse las posibles carencias que se den en el
futuro por el posible crecimiento demográfico en el término municipal.
En la actualidad no existe servicio de gas ni de comunicaciones por cable.
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CAPÍTULO 3.- CRITERIOS Y OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO
3.1.- DETERMINACIONES GENERALES
3.1.1.- INTRODUCCIÓN
De acuerdo con el art. 24 del Texto Refundido de la L.O.T.A.U en Castilla-La Mancha el
presente Plan de Ordenación Municipal establece determinaciones para todo el término
municipal de Villatobas, definiendo tanto su ordenación estructural como su ordenación
detallada, identificándolas expresamente por relación a su documentación escrita o gráfica.
La documentación que constituye el Plan se ajusta a lo indicado en el art. 30 del Texto
Refundido de la L.O.T.A.U en todos sus términos, tal y como se refleja en el Capítulo VI de esta
Memoria justificativa.
En el DOC. nº 1. Memoria Informativa y en el DOC. nº 2. Planos de Información, se informa de
la tutela de los bienes y del cumplimiento de los criterios y los fines previstos en la ley, así
como de todos los aspectos geográficos, demográficos, económicos, sociológicos y
ambientales a tener en cuenta para la búsqueda de las soluciones más adecuadas, el análisis
de las distintas alternativas posibles en cada caso y las consecuencias socio-económicas y
ambientales que las determinaciones adoptadas puedan conllevar.
En el DOC. nº 3. Memoria justificativa, se exponen, en su Capítulo IV, las determinaciones
tanto de carácter estructural como de detalle, establecidas en el Plan, diferenciándose
claramente unas de otras tanto a nivel de texto como en la información gráfica del DOC: nº 4.
Planos de Ordenación, donde los siguientes planos recogen todas las determinaciones de
carácter estructural:
Plano 4.1. Estructura general y orgánica. Clasificación del suelo.
Plano 4.2. Suelo rústico. Estructura general y orgánica. Categorías de protección.
Sistemas Generales. Infraestructuras. Esquemas de Redes y Servicios.
Plano 4.3.1. Suelo rústico. Estructura general y orgánica. Categorías de Protección.
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Plano 4.3.2. SU y SUB. Protección del Patrimonio Histórico.
Plano 4.4. Ordenación Estructural. Clasificación del SU y SUB. Sistemas
Generales.
Plano 4.5. Ordenación Estructural. Usos Globales.
Plano 4.6. Zonas de Ordenación Urbanística.
Plano 4.7. Zonas de Concesión de Licencias.
Las determinaciones correspondientes a la ordenación pormenorizada vienen detalladas en los
planos:
Plano 4.8. Ordenación Detallada. Calificación del Suelo Urbano y Urbanizable.
Plano 4.9. Sistemas Generales y Sistemas Locales. Superficies y anchura de
viario.
Plano 4.10. Suelo Urbano y Urbanizable. Ordenación detallada. Esquema red de
abastecimiento.
Plano 4.11. Suelo Urbano y Urbanizable. Ordenación detallada. Esquema red de
saneamiento.
Plano 4.12. Suelo Urbano y Urbanizable. Ordenación detallada. Esquema de
energía eléctrica y alumbrado público.
Por otra parte, el presente Plan establece determinaciones de desarrollo del régimen
urbanístico del suelo, por lo que se incluye el DOC. nº 5. Normas Urbanísticas, en el que se
expresan los diferentes criterios y elementos definitorios de los usos y aprovechamientos
correspondientes a cada solar o parcela, así como las definitorias de las morfologías
edificatorias.
De acuerdo con el art. 30.3ª de la Ley, Se incluye en este Plan de Ordenación Municipal un
anexo de tráfico y movilidad urbana en el que se realiza una propuesta de ordenación del
tráfico, la movilidad y el transporte colectivo.
También se incluye como Anexo a la Memoria justificativa el Estudio de Evaluación de Impacto
Ambiental exigible por la estipulación 4ª del citado art. 30.
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Asimismo, y también como Anexo a la Memoria justificativa, se redacta, sin carácter vinculante,
pero sí de forma muy recomendable, un estudio de Programación y Prioridades, en el que se
establece la secuencia más lógica de desarrollo del Plan en función de los distintos factores
socio-económicos y de consolidación que, en nuestro criterio, son los más adecuados.
El presente Plan asume y aplica en su totalidad, los estándares mínimos de calidad urbana
establecidos en el art. 31, tal como queda justificado tanto en la Memoria justificativa como en
las distintas fichas de planeamiento que se incluyen como Anexo en el DOC. nº 5: Normas
Urbanísticas.
El plan también determina en su DOC. nº 5: Normas Urbanísticas las distintas Normas de
Protección aplicables a los distintos tipos de suelo rústico establecidos en el art. 47 de la Ley,
así como los aplicables a los bienes, tanto catalogados, inventariados o no, aquí considerados
como de relevancia local.
Para el establecimiento y clasificación de todos estos elementos dignos de protección se
incluye Anexo a la Memoria justificativa el Inventario de Bienes y Espacios Protegidos del
término municipal.
Por otra parte, y de acuerdo con el art. 16 de la Ley, en documento independiente, se
presentan las Ordenanzas Municipales de la Edificación y la Urbanización, que tienen por
objeto la regulación de todos los aspectos morfológicos, incluidos estéticos, y cuantas otras
condiciones, no definitorias directamente de la edificabilidad y destino del suelo, se han
considerado exigibles para la autorización de los actos de construcción, edificación y utilización
de los inmuebles, las primeras, y a la regulación de todos los aspectos relativos a los proyectos
y ejecución, mantenimiento y entrega de las obras y los servicios de urbanización, las
segundas.
Como Anexo a la Memoria justificativa, y de acuerdo con el Decreto 87/1.993 de 13 de Julio se
presenta el Catálogo de Suelo Residencial Público, (Anexo III).
3.1.2.- ORDENACIÓN ESTRUCTURAL
El presente Plan de Ordenación Municipal contempla, como ya hemos dicho, las
determinaciones de carácter estructural que se detallan en los apartados siguientes y que de
forma genérica indicamos a continuación:
a) De forma general:
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Se establecen las directrices que han resultado del estudio exhaustivo de la
evolución de la población, habiendo puesto especial interés a sus tendencias,
necesidades, evolución y en consonancia con el entorno; así como su expansión
para los doce años siguientes, sin perjuicio de mayores plazos para reserva de
suelo con destino a dotaciones e infraestructuras públicas que así lo demanden.
Se ha clasificado el suelo en urbano, urbanizable y rústico, dividiendo cada una de estas
clases en las categorías procedentes y, en todo caso, en zonas de ordenación territorial
y urbanística, con delimitación incluso de áreas sometidas a un régimen de especial
de protección sobre la base de los valores en ellos concurrentes.
Se han fijado los objetivos considerados en la formulación de los instrumentos de
desarrollo de este Plan de Ordenación Municipal.
b) Tanto para suelo urbano como urbanizable:
Se han delimitado sectores de planeamiento parcial o de reforma interior,
proponiendo la secuencia lógica de su desarrollo a través de la definición concreta
de las condiciones objetivas para posibilitar la incorporación de cada actuación de
urbanización, fijando un orden básico de prioridades y regulando las condiciones
que han de satisfacer para que sea posible su programación y desarrollo mediante
el correspondiente Programa de Actuación Urbanizadora o Estudio de Detalle,
según se establezca en cada ficha de planeamiento.
Se han establecido los usos globales mayoritarios y las intensidades y densidades
edificatorias máximas para cada sector, unidad de actuación y zona de ordenación
territorial y urbanística.
Se han señalado los sistemas generales de comunicaciones y sus zonas de
protección, así como de los de dotaciones y equipamientos comunitarios y el de
espacios libres en proporción no inferior a 1.000 m² por cada 200 habitantes. Esto
se ha complementado con la previsión de infraestructuras viarias y espacios libres
y dotaciones de cualquier titularidad y ámbito de servicio cuya localización y
reserva convenía prefigurar.
Para suelo urbanizable se han establecido diversas áreas de reparto y su
correspondiente aprovechamiento tipo. Estas áreas de reparto no se han dividido
en sectores, o dicho de otra forma, están compuestas por un solo sector cada una
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para facilitar la gestión del suelo urbanizable. En concreto se forman treinta y tres
áreas de reparto y dos unidades de actuación.
c) Para suelo rústico se fijan los criterios que deben regir su ordenación en cuanto a
clasificación y establecimiento de zonas y normas de protección. En concreto el
suelo rústico se divide en dos tipos: suelo rústico de reserva y suelo rústico no
urbanizable de especial protección.
A su vez el suelo rústico no urbanizable de especial protección se divide en tres
clases con sus correspondientes normas de protección:
Suelo rústico no urbanizable de protección ambiental, natural, paisajística, cultural
o de entorno.
Norma de Protección Natural: SRP-AN.
Norma de Protección Ambiental: SRP-AA.
Norma de Protección Paisajística: SRP-AP.
Norma de Protección Cultural: SRP-AC
Suelo rústico no urbanizable de protección de infraestructuras y equipamientos.
Norma de Protección de Infraestructuras: SRP-II.
d) Para las distintas clases de suelo además se fijan los criterios que deben regir su
ordenación en cuanto a clasificación y establecimiento de zonas y normas de
protección del Patrimonio Histórico-Artístico. De esta manera, éste se puede dividir
en dos grupos con sus correspondientes normas de protección:
Norma de Protección de Bienes de Interés Cultural:
Norma de Protección de Monumentos: PH-M.
Norma de Protección de Zona arqueológica: PHA-ZA.
Norma de Protección de Bienes de Relevancia Local:
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Norma de Protección Integral: PH-BRL-I.
Norma de Protección Estructural: PH-BRL-E.
3.1.3.- ORDENACIÓN DETALLADA
Asimismo, este Plan de Ordenación Municipal, establece de forma más descriptiva y conforme
con la ordenación estructural, los siguientes puntos:
a) Para el suelo urbano, tal y como se detalla en el Plano 4.8 del DOC. Nº4-PLANOS DE
ORDENACIÓN:
La ordenación urbanística detallada y el trazado pormenorizado de la trama
urbana, sus espacios públicos, dotaciones comunitarias y de redes de
infraestructuras, complementaria y conforme con la ordenación estructural.
Para ello se va a tener en cuenta nuevos viarios que se consideran necesarios
para favorecer la comunicación entre las distintas zonas del núcleo urbano. Se
establecerán las reservas dotacionales (además de las necesarias para cubrir
déficits preexistentes) por zonas de ordenación urbanística, localizadas en solares
o unidades de actuación urbanizadora, justificándose por los estándares regulados
en el art. 31 del Texto Refundido de la L.O.T.A.U y dimensionándose según los
incrementos de aprovechamiento que el planeamiento otorgue.
La determinación de usos pormenorizados y ordenanzas tipológicas mediante
definición propia o por remisión a las correspondientes Instrucciones Técnicas del
Planeamiento, evitando en lo posible la necesidad de planeamientos adicionales,
sin perjuicio de la posibilidad de que se difieran a Planes especiales de Reforma
Interior áreas concretas de suelo urbano con la finalidad de reestructurar su
consolidación. Para ello se van a crear dos unidades de actuación dentro del suelo
urbano con uso global residencial.
b) Para suelo urbanizable, tal y como se detalla en el Plano 4.8 del DOC. Nº4-PLANOS
DE ORDENACIÓN:
La ordenación urbanística detallada y el trazado pormenorizado de la trama
urbana, sus espacios públicos, dotaciones comunitarias y de redes de
infraestructuras, así como la determinación de usos y ordenanzas en los mismos
términos previstos en el apartado anterior, para los sectores de suelo urbanizable
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contiguos al suelo urbano, y como mínimo, los precisos para absorber la demanda
inmobiliaria a corto y medio plazo, facilitando con dicha ordenación la pronta
programación de los terrenos. Los de uso global residencial tendrán tanto viviendas
unifamiliares como viviendas en manzana cerrada; además tendrán tolerancia
como uso condicionado el industrial de almacenaje.
c) Tanto para suelo urbano como urbanizable se establecerá el régimen de las
construcciones y edificaciones preexistentes que queden en situación de fuera de
ordenación a la entrada en vigor de este planeamiento por total incompatibilidad con
sus determinaciones, en las que solo se autorizará obras de mera conservación, así
como el correspondiente a las sólo parcialmente incompatibles, en las que se podrá
autorizar las obras de mejora o reforma que se determinen. De todas formas el criterio
seguido en el momento del planeamiento ha sido el de respetar al máximo las
construcciones y edificaciones preexistentes por lo que no se esperan problemas en
este aspecto.
3.2.- OBJETIVOS PARTICULARES DE ESTE PLANEAMIENTO
Además de los objetivos generales que constituyen la razón de ser de cualquier planeamiento
urbanístico, en nuestro caso particular del término municipal de Villatobas, consideramos como
prioritarios los siguientes:
Habilitar suelo para uso industrial y residencial con tolerancia industrial de almacenaje,
para permitir la existencia de pequeñas industrias y naves a la vez que viviendas.
Responder adecuadamente a la actual demanda de viviendas de segunda residencia y
de renovación de viviendas, principalmente de tipo unifamiliar.
Evitar la posibilidad de actuaciones urbanísticas incontroladas.
Adaptar en lo posible el planeamiento a las previsiones municipales con el objeto de
facilitar la consecución de las mismas.
Resaltar los valores naturales del término para que a la vez que se preserven y
mantengan adecuadamente sirvan como punto de atracción al turismo.
Dotar de fluidez y seguridad a la red viaria.
Erradicar al máximo la existencia de barreras arquitectónicas presentes y futuras.
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Adecuar la expansión al crecimiento natural de la población de una manera ordenada.
Detectar las principales carencias o deficiencias en las infraestructuras y los servicios
públicos existentes al objeto de planificar y ordenar detalladamente su reposición o
mejora.
Favorecer y posibilitar la inclusión de obras públicas ordinarias en los planes anuales de
inversiones de la Junta de Comunidades y la Diputación Provincial.
Equilibrar y repartir homogéneamente los espacios destinados a zonas verdes y
espacios libres, así como incrementar la zona destinada a uso deportivo.
Facilitar al máximo la gestión municipal en materia urbanística, reduciendo la necesidad
de instrumentos de planeamiento complementarios.
3.3.- CRITERIOS DEL PLANEAMIENTO
De acuerdo con el artículo 44 del Texto Refundido de la L.O.T.A.U se ha considerado
necesario dividir el suelo en los tres tipos posibles: rústico, urbanizable y urbano. Los criterios
fundamentales aplicados en la elaboración del presente planeamiento han sido los siguientes:
Respecto al suelo rústico
El objetivo fundamental ha sido la identificación y clara delimitación del suelo rústico merecedor
de algún tipo de protección, dotándolo de la normativa específica aplicable en cada caso y
diferenciándolo del suelo rústico de reserva. También se han implantado medidas tendentes a
impedir la formación de núcleos de población, mediante las Normas urbanísticas del régimen
de suelo rústico.
Respecto al suelo urbano y urbanizable
Uso Residencial:
Dentro del uso residencial, se encuentran diversas tipologías (plurifamiliar en manzana cerrada,
unifamiliar en manzana cerrada y unifamiliar adosada, pareada y aislada), repartidas por todo
el suelo urbanizable según las necesidades de las zonas. Además se contempla la posibilidad
de poder dar cabida a pequeñas industrias siempre que no resulten molestas para la población,
para ello se habilita suelo urbanizable de uso residencial con tolerancia industrial de
almacenaje.
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Uso Industrial:
En suelo urbano se encuentran tres zonas reservadas para industrial de almacenaje, en las
que ya existen industrias (una de ellas es la cooperativa del municipio) además de una unidad
de actuación con este uso, en las zonas de ampliación de suelo urbanizable se encuentran
cuatro áreas de reparto dedicadas para industrial productivo y tres áreas de uso industrial de
almacenaje.
Respecto a los espacios libres y zonas verdes:
El criterio fundamental ha sido el de ubicar las nuevas zonas verdes generadas en las zonas
del suelo urbanizable próximas al suelo urbano de forma que completen la actual distribución
de estos espacios en el núcleo urbano.
Para las zonas verdes y espacios libres se ha procurado que tengan un tamaño medio o
grande y buscando recorridos continuos. En los casos que ha sido posible se han situado en
manzanas aisladas y en todo caso asegurando el soleamiento.
Respecto al resto de dotaciones:
Cumplidas las superficies mínimas exigidas por la legislación vigente, el interés se ha puesto
en la elección de una adecuada ubicación para las nuevas zonas dotacionales en suelo urbano
y urbanizable.
El equipamiento dotacional se ha situado complementando las zonas verdes y espacios libres y
tratando de dar continuidad a este conjunto de equipamientos comunitarios. En el momento de
su realización el Ayuntamiento decidirá según las necesidades el uso que tendrán.
Respecto a la red viaria:
Se ha dotado al viario de unas mejores prestaciones en cuanto a anchura y visibilidad en las
intersecciones, incrementándolo lo necesario para facilitar su conexión con el viario general.
También se han estableciendo nuevas zonas de aparcamiento para así cumplir los mínimos
dados por la ley vigente, teniendo en cuenta la reserva de un número de plazas para
aparcamiento de minusválidos. Además se han contemplado las ampliaciones necesarias
evitando en ellas las pendientes excesivas.
Respecto a los servicios:
Saneamiento
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Será necesaria la realización de una nueva Estación Depuradora además de la que existe en
proyecto, (para 4.000 habitantes), debido al aumento de población previsto en el presente
POM. Se efectuará Estudio Técnico previo para tal fin.
Abastecimiento
El agua extraída en la actualidad y los depósitos existentes son insuficientes para absorber el
aumento en la demanda provocado por el Plan de Ordenación Municipal de Villatobas.
Tras realizar las correspondientes consultas a la entidad suministradora se sabe que en el
municipio existen numerosos sondeos y no existen problemas de reservas de acuíferos, por lo
que se podrían construir nuevas infraestructuras para el abastecimiento sin mermar su
capacidad. (Consultar también el anexo 2 del Estudio Ambiental)
El urbanizador de cada sector queda obligado, según se especifica en el Anexo III de
Programación y Prioridades a realizar todas las infraestructuras precisas para el adecuado
funcionamiento.
Asimismo, los urbanizadores de sucesivas actuaciones que se beneficien de estas
infraestructuras deberán compensarle abonando la parte proporcional de la inversión (art.
122.8 del Texto Refundido de la LOTAU), así como abonar al Ayuntamiento las infraestructuras
realizadas por éste previamente a la actuación urbanizadora de que se trate (art. 119.4 del
Texto Refundido de la LOTAU).
Depuración
Considerando las previsiones de la nueva EDAR, de 4.000 habitantes- equivalentes, se
concluye que no es viable la depuración de todas las aguas residuales que producirían los
nuevos usos y actividades, siendo necesario contemplar nuevos sistemas de depuración,
mediante Estudio Técnico previo.
El urbanizador de cada sector queda obligado, según se especifica en el Anexo II de
Programación y Prioridades, a realizar todas las infraestructuras precisas para el adecuado
funcionamiento. Asimismo, los urbanizadores de sucesivas actuaciones que se beneficien de
estas infraestructuras deberán compensarle abonando la parte proporcional de la inversión (art.
122.8 del Texto Refundido de la LOTAU), así como abonar al Ayuntamiento las infraestructuras
realizadas por éste previamente a la actuación urbanizadora de que se trate (art. 119.4 del
Texto Refundido de la LOTAU).
Electricidad
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El urbanizador de cada sector queda obligado, según se especifica en el Anexo III de
Programación y Prioridades a realizar todas las infraestructuras precisas para el adecuado
funcionamiento. Asimismo, los urbanizadores de sucesivas actuaciones que se beneficien de
estas infraestructuras deberán compensarle abonando la parte proporcional de la inversión (art.
122.8 del Texto Refundido de la LOTAU), así como abonar al Ayuntamiento las infraestructuras
realizadas por éste previamente a la actuación urbanizadora de que se trate (art. 119.4 del
Texto Refundido de la LOTAU).
Respecto a la gestión:
Se ha procurado eliminar al máximo los problemas que puedan surgir en la gestión de los
sectores definidos; para ello cada área de reparto está constituida por un solo sector, de
manera que el número de propietarios involucrados en cada área de reparto y sector sea
relativamente reducido y equilibrado y así, las obligadas transferencias de aprovechamiento,
sean mínimas y próximas.
Por otra parte se crearán siete unidades de actuación en suelo urbano para consolidarlo,
incluyendo en ellas los suelos dotacionales precisos.
Las fichas de planeamiento de cada área de reparto o unidad de actuación especifican si la
gestión será directa o indirecta, así como el plan que lo desarrolle o complemente.
Respecto a las previsiones y objetivos municipales:
Adaptar y favorecer las previsiones municipales y proyectos en curso dentro de la ordenación
planteada.
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CAPÍTULO 4.- JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA
4.1.- INTRODUCCIÓN
Se ha pretendido que la solución adoptada no sea arbitraria o meramente formulista sino que,
por el contrario, sea el resultado y la lógica plasmación de los condicionantes y necesidades de
todo tipo que han sido recogidos en la Memoria Informativa, de manera que todos y cada uno
de los datos y conclusiones obtenidos del análisis de la misma tengan un fiel reflejo formal en
la ordenación adoptada.
El punto base de partida para cualquier planeamiento urbanístico lo constituye la evolución
prevista de la población, la actividad económica y la preservación de los valores naturales e
histórico-artísticos. Todo ello bajo el marco y el apoyo de la legislación vigente.
4.2.- MODELO TERRITORIAL A IMPLANTAR
Un aspecto fundamental en el diseño de la ordenación de este Plan de Ordenación Municipal
es fijar cuales son las previsiones de crecimiento para este término municipal, con el fin que se
defina suelo urbanizable para cubrir las demandas de vivienda de la población a corto plazo,
durante el tiempo previsto de vigencia del presente Plan (según el artículo 24.1.a del
TRLOTAU, la expansión urbana para los doce años siguientes).
De los datos obtenidos en anteriores apartados, se podría concluir que el término municipal de
Villatobas presenta una tendencia creciente en cuanto a población, debido principalmente a su
cercanía a la capital provincial como a la provincia de Madrid, así como a su inmejorable red
viaria que lo comunica.
De este hecho, así como de la fuerte demanda por parte de promotores de suelo urbanizable,
se desprende la necesidad de creación de una mayor bolsa de este tipo de suelo, que permita
dar respuesta a las necesidades actuales.
Otro hecho importante que se desprende de los datos de información es la creación de nuevo
suelo urbano, tanto residencial como industrial.
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De este modo, este Plan de Ordenación Municipal de Villatobas se pretende dar respuesta a
este cambio en las necesidades de la población, tanto presentes como futuras, en este
municipio.
Constatación de la necesidad de esta zona de suelo residencial es el interés de promotores por
urbanizar estas zonas.
Así, se ha tratado de diseñar una estructura urbana más acorde a la demanda existente,
tratando en todo momento crear un desarrollo sostenible del municipio, así como asegurando la
calidad medioambiental del término y la preservación de los valores naturales e histórico-
artísticos. Todo ello bajo el marco y el apoyo de la legislación vigente.
Los usos globales de estos nuevos sectores se han elegido para darle uniformidad y
continuidad a la zona con los ya existentes en la actualidad. El resultado de este modelo
consiste en la creación de suelo urbanizable que circunvala al actual núcleo urbano de
población con un crecimiento radial.
El modelo territorial elegido se puede separar en dos partes, según el tipo de suelo creado:
a) Colindante al actual casco urbano se sitúan los sectores de suelo con uso
residencial. Los nuevos sectores con este destino se disponen de este modo para
conseguir un modelo compacto de núcleo urbano, más sencillo de gestionar.
Del mismo modo, con este modelo de crecimiento, se conseguirán unas redes de
infraestructuras más simples, y por tanto más económicas y eficientes.
Otro factor para la elección de estos terrenos ha sido la aptitud de los mismos para
su utilización urbana, teniendo en cuenta parámetros de accesibilidad conforme a
alineaciones y rasantes, características geomorfológicas, geológicas, etc, que
hacen idónea esta zona para la urbanización.
b) Para dar respuesta a la escasez de suelo industrial que denota el municipio, se
crea un gran masa de suelo industrial separado del núcleo de la población. Este
sector se sitúa entre las protecciones de la carretera nacional N-301 y de la
autopista AP-36.
Esta zona industrial, al encontrarse colindante a estas importantes vías de
comunicación presentará una inmejorable red de comunicaciones.
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De este modo, al situar fuera de la población el sector industrial, se evita el tráfico
de vehículos pesados por el núcleo de población, mejorando de este modo la fluidez
del tráfico y la seguridad vial.
Otro de los factores para la elección de estos terrenos ha sido la aptitud de los
terrenos para su utilización urbana, puesto que el objetivo en este caso ha sido la de
aprovechar una masa de suelo residual entre dos importantes vías de
comunicación, altamente antropizada y con unos niveles de ruido que no la harían
apta para su uso como suelo residencial.
El modelo adoptado por el presente Plan de Ordenación Municipal se sustentará sobre un
sistema general viario que vertebrará el modelo y dotará de fluidez al municipio.
Las nuevas zonas contarán con todas los servicios, espacios libres y sistemas dotacionales
necesarios para garantizar la calidad de vida de los habitantes.
Para esta selección también se han respetado las protecciones existentes en suelo rústico, ya
sean ambientales, naturales, culturales o paisajística, garantizando en todo momento la
sostenibilidad del modelo de ocupación del territorio.
Así mismo, las medidas necesarias para la conservación del medio ambiente se han integrado
en el Plan, de manera que cualquier actuación urbanística que pueda afectarle deberá realizar
el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental. Concretamente, previamente a la
autorización de cualquier proceso urbanizador, deberá acreditarse la suficiencia de recursos
hídricos para el aumento de consumo de agua potable correspondiente, así como la capacidad
de los sistemas de saneamiento y depuración de aguas residuales, evitando cualquier vertido
al medio ambiente.
Con todo lo anteriormente descrito se logra un modelo sostenible y que, en todo momento,
garantiza un equilibrio y calidad.
4.2.1.- PREVISIONES DE CRECIMIENTO
Un aspecto fundamental en el diseño de la ordenación estructural de cualquier Plan de
Ordenación Municipal es fijar cuáles son las previsiones de crecimiento urbano para el término
municipal, con el fin de que el POM defina suelo urbanizable para cubrir las demandas de
vivienda por parte de la población a corto plazo, durante el tiempo previsto de vigencia del plan
(según el artículo 24.1.a del TRLOTAU, la expansión urbana para los doce años siguientes).
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Con el fin de realizar estimaciones de población, se utilizarán los datos disponibles del
municipio complementados con correlaciones con otros municipios cercanos y de similares
características.
En la siguiente gráfica se muestra la evolución demográfica de municipios bien comunicados
con la capital de la provincia (Toledo), en los últimos años. Podemos encontrar en todos ellos
una tendencia al crecimiento, debido a familias que se instalan en estos pueblos, pero que
acuden a trabajar a la ciudad, y también al desarrollo industrial que se ve favorecido por la
cercanía al núcleo industrial de la capital.
Aunque cada municipio tiene sus propias características, en promedio los pueblos cercanos a
la capital provincial han crecido a un ritmo superior al 200% en los últimos 10 años. Esta
tendencia podría acentuarse en los próximos años, aunque es difícil realizar una estimación
precisa.
EVOLUCIÓN POBLACIÓN y = 0,0058x2 + 0,1752x + 0,7867
85%
135%
185%
235%
285%
335%
1996
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
años
%
VillatobasArgésBurguillos de ToledoCobisaIllescasOntígolaPepinoSeseña YelesYuncosMEDIAPolinómica (Cobisa)
En realidad, deberíamos hablar de una horquilla de escenarios posibles. De esta manera, el
crecimiento de Cobisa podría quedar entre un 585 y un 750 % en los próximos 12 años, en
función de la hipótesis de partida que se asuma.
Para quedar del lado de la seguridad, el presente POM debería definir el crecimiento urbano en
la hipótesis de mayor crecimiento, de manera que la demanda de suelo quede satisfecha en
cualquier caso. Debe evitarse que las determinaciones de este Plan sean insuficientes a corto
plazo, obligando a realizar una revisión de las mismas antes de la finalización del periodo de
vigencia del mismo.
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En este caso, la expansión urbana definida en este POM debería correlacionarse con un
crecimiento demográfico, de aproximadamente, un 9% en 10 años. Extrapolando mediante una
linea de tendencia polinomial, obtendríamos un crecimiento del 190% en los próximos 12 años.
Tomando como base la población de 2006 (2481 habitantes) las previsiones de este POM
deberían situarse alrededor de 7149 habitantes.
Sin embargo, este municipio se podría comparar con otras poblaciones de otras provincias
Castellano-manchegas y características similares. Este es el caso de Cobisa, cercana a Toledo
y a la provincia de Madrid, y de características similares.
Si extrapolásemos los resultados obtenidos para este municipio para Villatobas, obtendríamos
un crecimiento demográfico que para el horizonte de 12 años, podría alcanzar un aumento del
750%, con la tendencia actual. Si dicha tendencia se acentúa, el crecimiento podría ser todavía
mayor.
No se pueden comparar las circunstancias de unos municipios a otros, pero el ejemplo de
Cobisa muestra que una población situada en La Mancha puede alcanzar cotas de crecimiento
espectaculares. Si Villatobas siguiera su ejemplo, podría alcanzar un crecimiento demográfico
del 750% en 12 años, lo que equivale a una población de 21.088 habitantes para el año 2018.
En último lugar, podría considerarse una situación intermedia. Si Villatobas tuviera una
tendencia similar a la desarrollada en la provincia en los últimos diez años, la población
crecería un 585% en ese periodo de tiempo. Dicho de otra manera, para el 2018 se alcanzarían
los 16.995 habitante.
Para quedar del lado de la seguridad, el presente POM debería definir el crecimiento urbano en
la hipótesis de mayor crecimiento, de manera que la demanda de suelo quede satisfecha en
cualquier caso. Debe evitarse que las determinaciones de este Plan sean insuficientes a corto
plazo, obligando a realizar una revisión de las mismas antes de la finalización del periodo de
vigencia del mismo.
En este caso, la expansión urbana definida en este POM debería correlacionarse con un
crecimiento demográfico, de aproximadamente, un 750% en 10 años. De esta manera, si
finalmente la evolución del padrón municipal es inferior, quedarían ciertos sectores de suelo
urbanizable sin ejecutar. Si se cumple la hipótesis intermedia (más realista), la vigencia del
POM podría extenderse más allá del límite de 12 años. Como el POM se define por un periodo
de tiempo indefinido, se marcan las directrices de evolución urbana para corto, medio y largo
plazo, definiéndose suelo urbanizable suficiente para cubrir las expectativas de crecimiento
bajo cualquier hipótesis (incluida la más optimista).
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
26
4.2.2.- CONCLUSIÓN
Para finalizar este apartado podemos concluir que las previsiones del POM se ajustan a la
evolución urbanística previsible para los próximos años en Villatobas. El POM define suelo
urbanizable residencial en cantidad suficiente para la construcción de 4.862 nuevas viviendas.
Dicha cifra se sitúa dentro de los límites previstos en el escenario más optimista descrito
anteriormente.
Con la intención de cifrar la población del núcleo urbano en la hipótesis más desfavorable (que
servirá para dimensionar los equipamientos y servicios urbanos), se puede considerar una
media de 3 habitantes por vivienda. Con esta premisa se obtiene una población total de 14.586
habitantes potenciales. Esta cifra se sitúa entre los límites de los diferentes escenarios
considerados anteriormente. En realidad es previsible que muchas de las nuevas viviendas
sean no principales, ya que según datos del censo de 2.001, en Cobisa existía un 38% de
viviendas consideradas como secundarias) y se sabe que el tamaño medio de las familias
españolas está decreciendo paulatinamente, por lo que considerar 3 habitantes por vivienda
queda del lado de la seguridad, siendo previsible que la población de Villatobas sea menor.
De todo ello se extrae que el Plan de Ordenación Municipal de Villatobas fomenta una correcta
armonía entre una oferta adecuada y suficiente y la demanda previsible, si que ello provoque
efectos nada deseables para una economía de mercado como son el fenómeno de la
especulación o la saturación del mercado inmobiliario, ya que a lo largo del desarrollo del
planeamiento el propio mercado, bajo la supervisión pública, será el que se autorregule
conforme a las directrices del Tribunal de Defensa de la Competencia.
Por último, indicar que la vigencia de este Plan de Ordenación Municipal es indefinida mientras
no se modifique o revise al amparo de las disposiciones vigentes. Por tanto, la reserva de suelo
con destino residencial creada es resultado de cumplir no sólo las expectativas de crecimiento
previstas para los próximos doce años, sino una previsión a mayor plazo, para mantener un
modelo territorial sostenible y estable en el tiempo.
4.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL
Resulta imprescindible la clasificación del suelo en urbano, urbanizable y rústico, ya que es
necesaria la formación de suelo urbanizable debido a las demandas existentes en Villatobas,
tanto para uso residencial como industrial.
De los datos de evolución de la población parece desprenderse que su crecimiento se
encuentra levemente en auge. No obstante, de un minucioso examen de las fluctuaciones de
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población, se puede predecir un mayor aumento demográfico causado por emigrantes que
marcharon del pueblo y que nunca lo abandonaron por completo; y ahora demandan dentro de
él una vivienda de temporada.
Hay que tener en cuenta las actuales exigencias de calidad de vida, que se concretan en
espacios verdes, más actividades de tipo cultural, etc.
Es por esto por lo que se han completado los sistemas generales de dotaciones y
equipamientos comunitarios.
De esto se desprende la necesidad de consolidación de suelo urbano y de creación de suelo
urbanizable de tipo residencial que permita albergar, no ya a los emigrantes retornados o al
crecimiento vegetativo de la población, sino responder a las lógicas aspiraciones de confort de
nuestro tiempo, pues la excesiva división del suelo urbano, así como la tipología de parcelas y
construcciones existentes en el mismo, simplemente impiden construir una vivienda unifamiliar
o un bloque de viviendas que reúna las características de confort que hoy exige el consumidor.
La ubicación de estas nuevas zonas de suelo residencial se sitúa en las superficies contiguas
al suelo urbano.
Por todo ello consideramos necesaria la creación de suelo urbanizable residencial que asume
el crecimiento previsible de la población, crea puestos de trabajo, permite la construcción de
viviendas de temporada y facilita la reposición de viviendas y una mejor calidad de vida.
Por otro lado, debido a la demanda existente, ha sido preciso localizar en suelo urbano y suelo
urbanizable zonas con uso global residencial y tolerancia industrial de almacenaje y suelo
urbano con uso global industrial de almacenaje para poder albergar, además de las viviendas,
algún tipo de industria o taller pequeño y en suelo urbano para consolidar la zona de naves
agrícolas que hay junto a la población (como la cooperativa existente).
Con todo esto se concluye en la formación de veinticinco áreas de reparto, de las cuales:
Uso global residencial: 20 áreas de reparto.
Uso global Industrial: 5 áreas de reparto (3 industrial de almacenaje y 2 industrial
productivo).
Perfectamente definidas en el suelo urbanizable según criterios funcionales y estructurales.
Para una mejor gestión y ejecución, cada una de ellas está constituida por un solo sector.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
28
Por otra parte, debido a la necesidad de consolidar el suelo urbano actual, se han creado siete
unidades de actuación de uso global residencial, UA-1, UA-2, UA-3, UA-4, UA-4, UA-5, UA-6 y
UA-7, en las que se ha incrementado la edificabilidad preexistente. Estas unidades de
actuación constituyen suelo urbano no consolidado, al cumplir con lo establecido para poder
ser consideradas como tal en el artículo 45 del TRLOTAU, es decir, se encuentran integradas
en áreas ya ocupadas por la edificación al menos en las dos terceras partes del espacio
servido efectiva y suficientemente por las redes de servicios y delimitadas por núcleos de
población.
Del mismo modo, se han delimitado también en el actual casco urbano consolidado las zonas
afectadas por la apertura de:
Las calles de Santa Cruz de la Zarza y fondo de saco existente sin nombre y
futura calle Herradura
La calle fondo de saco existente sin nombre y futura calle Alamillo
Un futuro vial denominado Travesía del Colector
Fondo de saco existente en la calle Encomienda, en su confluencia con las
calles noblezas
Las Calles Paseo de Santa Ana y Fuente Chica
Nuevas Calles, denominadas Los Altos y las Lomas y regulación de las
alineaciones en calles Ntra. Sra. Del Pilar y Becho.
Esta delimitación se realiza para proceder posteriormente a su legalización, según Sentencia
de 26 de Junio de 2.007.
Todas estas aperturas de calles se encuentran grafiadas en el Documento 4, en el plano 4.4
“Ordenación Estructural. Clasificación del suelo urbano y urbanizable. Sistemas Generales”
Como Sistemas Generales de equipamientos y zonas verdes/espacios libres se han
considerado los hasta ahora existentes, ya que sí son de uso de toda la comunidad. Los
Sistemas Generales de comunicaciones se han elegido después de estudiar minuciosamente
aquellos más empleados por la población por enlazar con mayor facilidad las distintas zonas de
los núcleos urbanos así como por facilitar el acceso a vías de enlace interurbanas.
Todos estos son los principales aspectos que constituyen la estructura general y orgánica del
término y justifican la ordenación propuesta, ya que el resto de determinaciones de este
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
29
planeamiento o son producto de la aplicación de la legislación vigente o consecuencia directa
de la coordinación y planificación de las determinaciones comentadas.
4.4.- JUSTIFICACIÓN DE LA ORDENACIÓN DETALLADA
Una vez establecida la ordenación estructural se han marcado pormenorizadamente los usos
de acuerdo a ésta como dicta la modificación del art. 24 del Texto Refundido de la L.O.T.A.U
en Castilla - La Mancha, tanto para el suelo urbanizable como el suelo urbano.
En las zonas de uso característico residencial se ha procurado continuar con la tipología de
viviendas nuevas que ya se están realizando, principalmente unifamiliares (tanto adosadas,
pareadas, aisladas como en manzana cerrada) que son las que constituyen la mayor demanda
en la actualidad. También se han considerado zonas con tipología de plurifamiliar en manzana
cerrada por su propia morfología. En todas ellas se permite el uso condicionado industrial de
almacenaje.
El nuevo viario y las alineaciones se han trazado siguiendo en lo posible la trama urbana
existente y ajustándose las calles lo más posible a tipologías predeterminadas de anchura que
están detalladas en el capítulo siguiente. La justificación de estos anchos es facilitar la
circulación dentro del núcleo urbano y los anchos mayores para dotar de plazas de
aparcamiento las calles como dicta el Reglamento del Planeamiento.
En los sectores de suelo urbanizable de uso residencial, se han considerado las reservas
mínimas de suelo dotacional público establecidas en el Art. 31 del Texto Refundido de la
L.O.T.A.U.
Zonas verdes: 10 % de la superficie total ordenada en el caso de que la edificabilidad
sea menor de 6.000 m²/Ha y 18 % de la edificación en el caso de que la edificabilidad
sea superior a 6.000 m²/Ha.
Otras dotaciones: 20 m² de suelo por cada 100 m² de edificación.
En cuanto a plazas de aparcamiento con carácter privado dentro de la parcela edificable
se reservará 1 plaza/100 m² techo residencial.
Las plazas de aparcamiento con carácter público serán el 50% de las anteriores.
La superficie destinada a viario es adicional al suelo dotacional mínimo.
En los sectores de suelo urbanizable o unidades de actuación en suelo urbano de uso industrial
y/o terciario los requisitos que establece el citado Art. 31 son:
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
30
Suelo dotacional mínimo: 15 % de la superficie total ordenada.
Zonas verdes: 2/3 del suelo dotacional.
En cuanto a plazas de aparcamiento con carácter privado dentro de la parcela edificable
se reservará 1 plaza/200 m² techo industrial, terciario o dotacional.
Las plazas de aparcamiento con carácter público serán el 50% de las anteriores.
La superficie destinada a viario es adicional al suelo dotacional mínimo.
Con este Plan General de Ordenación Municipal quedan perfectamente ordenadas las
unidades de actuación de suelo urbano, así como los viarios que se consideran precisos en el
suelo urbano consolidado, y las áreas de reparto de suelo urbanizable colindantes con suelo
urbano, por lo que queda eliminada la necesidad de Planes Parciales o Estudios de Detalle en
estos tipos de suelo.
4.5.- CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ACCESIBILIDAD DE CASTILLA – LA MANCHA
En este Plan de Ordenación Municipal se han tenido en cuenta las disposiciones sobre
accesibilidad urbanística de acuerdo al Capítulo II del Código de Accesibilidad de Castilla – La
Mancha, y que básicamente se resumen en las siguientes condiciones:
Se han diseñado todos los recorridos peatonales con un ancho mínimo de 1,50 m, sin
obstáculo alguno, formando así itinerarios accesibles para peatones o mixtos de peatones y
vehículos de acuerdo al Anexo I de dicho código:
Ancho mínimo 1,50 m.
Altura libre > 2,10 m.
En todas las esquinas se puede inscribir un círculo de 1,5 m de diámetro sin
obstáculo alguno.
No se incluyen en los recorridos escaleras ni escalones aislados.
Los pasos rebajados para peatones tienen una anchura libre de 1,80 m, con
pendiente longitudinal del 8 %, y con pavimento de textura diferenciada con
respecto al resto.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
31
Se completa el cumplimiento del Código de Accesibilidad reservando estacionamientos de
minusválidos en número suficiente para las nuevas zonas residenciales, cumpliendo la
dimensión mínima de vehículo de 2,20 m x 5 m, en aparcamiento en línea, teniendo un pasillo
lateral en la calzada de 1,20 m hasta alcanzar los correspondientes pasos de peatones y vados
de acera.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
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CAPÍTULO 5.- DESCRIPCIÓN DEL PLANEAMIENTO ADOPTADO
5.1.- INTRODUCCIÓN
De acuerdo con el Art. 24 del Texto Refundido de la L.O.T.A.U de la Junta de Comunidades de
Castilla - La Mancha, el presente plan define la ordenación estructural del término municipal y
establece la ordenación urbanística detallada del suelo urbano y de los sectores de suelo
urbanizable contiguos al suelo urbano.
Estos nuevos sectores son precisos para poder absorber la demanda inmobiliaria a corto y
medio plazo complementaria y conforme con la ordenación estructural, facilitando con dicha
ordenación la pronta programación de los terrenos y excusando la ulterior exigencia de planes
parciales. Además, fija los objetivos a considerar en la formulación de los instrumentos de
desarrollo del Plan y de los criterios que deben regir en la ordenación del suelo rústico.
A continuación reseñamos los aspectos más característicos de la ordenación de acuerdo con el
párrafo anterior, con indicación de el/los documentos y/o capítulos en que se contemplan cada
uno de los aspectos considerados.
5.2.- DESCRIPCIÓN DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL
5.2.1.- DIRECTRICES DEL PLAN DE ORDENACIÓN
No existe ningún Planeamiento de rango superior al que deba someterse este Plan de
Ordenación Municipal.
Además de la legislación vigente en materia de urbanismo y Ordenación del Territorio y de la
Actividad Urbanística y de la legislación sectorial aplicable, otras disposiciones a tener en
cuenta en el planeamiento del término municipal son:
- Ley 9/1.999, de 26 de mayo, de Conservación de la naturaleza, de aplicación a los
hábitats de interés y formaciones geomorfológicas (galerías fluviales y colinas) presentes
en el término municipal.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
33
Las directrices marcadas por el Ayuntamiento son:
- Creación de suelo urbanizable para uso residencial.
- Creación de suelo urbanizable para uso industrial de almacenaje, con uso condicionado
de viviendas.
- Creación de suelo urbanizable para creación de un polígono industrial en la parte sur del
municipio.
- Tolerancia de industrial de almacenaje para las tipologías de viviendas unifamiliares para
ampliar la opción de trabajo y vivienda unidos.
- Viario necesario para una buena comunicación entre zona residencial con industrial de
almacenaje y productivo.
- Creación de una zona verde amplia cerca de la N-301 para crear un colchón de
separación entre el municipio y la carretera.
5.2.2.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO
El presente Plan de Ordenación Municipal clasifica el suelo del término municipal de Villatobas
en tres tipos que ocupan las siguientes superficies:
Tipo de Suelo Superficie
SRR 6.744,44 Ha Rústico
SRNUEP 11.031,567Ha
consolidado 999.425 m² Urbano
No consolidado 70.034 m²
Urbanizable 2.771.178 m²
En el Plano nº 4.1, correspondiente al DOC.4-PLANOS DE ORDENACIÓN, se muestra la
delimitación de la clasificación del suelo de todo el término municipal.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
34
Dentro del término municipal de Villatobas se ha dividido el suelo rústico en Suelo Rústico de
Reserva y Suelo Rústico no Urbanizable de Especial Protección.
A su vez, dentro de éste último, se han diferenciado, de acuerdo al Art. 47 del Decreto
Legislativo 1/2.004 de 28 de Diciembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, los siguientes tipos:
Suelo rústico no urbanizable de protección ambiental, natural, paisajística, cultural o de
entorno.
Suelo rústico no urbanizable de protección estructural, ya sea hidrológica, agrícola,
ganadera, forestal o extractiva.
Suelo rústico no urbanizable de protección de infraestructuras y equipamientos.
Patrimonio Histórico-Artístico.
En el primero de ellos se han considerado las variedades específicas de protección ambiental,
protección natural y protección paisajística en función de:
SRNU de PROTECCIÓN AMBIENTAL: que sean bienes de dominio público hidráulico y
pecuario y sus zonas de protección.
SRNU de PROTECCIÓN NATURAL: que estén incluidos en Parques Nacionales,
Reservas, cualquier otra figura incluida en la Red Regional de Áreas Protegidas, los
Hábitats y Elementos Geomorfológicos de Protección Especial, las formaciones
boscosas naturales, montes de utilidad pública, zonas indicadas expresamente en los
P.O.R.N. y las áreas en que deba garantizarse la conservación del hábitat de especies
amenazadas.
SRNU de PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA: los terrenos que mereciendo una especial
protección por su valor estético, cultural o natural no puedan ser incluidos en las
categorías precedentes.
SRNU de PROTECCIÓN CULTURAL: que sean terrenos que formen parte de Parques
Arqueológicos, Zonas Arqueológicas y Sitios Históricos, así como los que se delimiten en
las cartas arqueológicas.
Por otra parte dentro del suelo rústico no urbanizable de protección estructural sólo se ha
considerado la variedad de protección forestal. Esta clasificación del suelo rústico queda
reflejada en el Plano nº 4.2. del DOC.4-PLANOS DE ORDENACIÓN.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
35
Para la citada clasificación se ha recabado la correspondiente información oficial de los
organismos competentes, que aparece recopilada en el Anexo I del DOC.1-MEMORIA DE
INFORMACIÓN. El Inventario de Bienes y Espacios Protegidos con indicación de la categoría
de protección, el organismo competente y la correspondiente norma de protección aplicable
figura en el Anexo IV del presente documento así como en el Plano nº 4.2: "Suelo Rústico.
Estructura General y Orgánica. Categorías de Protección. Sistemas Generales.
Infraestructuras. Esquemas de Redes de Servicios", del DOC.4-PLANOS DE ORDENACIÓN.
Por otra parte el suelo urbano es de dos tipos:
- Suelo urbano consolidado:
- Suelo urbano no consolidado. (con siete UA)
Dentro de las distintas clases de suelo consideramos además la protección del Patrimonio
Histórico-Artístico, el cual se divide a su vez en dos categorías: los Bienes de Interés Cultural y
los Bienes de Relevancia Local. Esta clasificación queda reflejada en los planos
correspondientes, según el tipo de suelo al que pertenezca, rústico o urbano.
5.2.3.- USOS, DENSIDADES E INTENSIDADES EDIFICATORIAS, ÁREAS DE REPARTO Y APROVECHAMIENTO TIPO.
En suelo urbanizable se delimitan y ordenan las siguientes áreas de reparto:
- Se crea una vía que rodea todo el municipio para facilitar la comunicación entre sus
distintas partes. La mayoría de las AR se sitúan dentro de esta vía, excepto AR-4, AR-7,
AR-14 y parte de la AR-24 (uso residencial), AR-25, AR-26, (uso industrial productivo),
parte de la AR-14 (uso industrial de almacenaje) y el sistema general adscrito de espacio
libre.
En todos los sectores del suelo urbanizable se ha establecido una densidad edificatoria que
varía desde las 79 viviendas/Ha para viviendas plurifamiliar en manzana cerrada hasta las 16
viviendas/Ha para viviendas unifamiliares aisladas, dependiendo de las áreas de reparto de
que se trate.
Las edificabilidades netas que se han establecido son máximo 1 m²/m² para unifamiliares
adosadas, 0.9 m²/m² para unifamiliares pareadas, 0,5 m²/m² para unifamiliares aisladas, 2
m²/m² para viviendas unifamiliares en manzana cerrada.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
36
Para las zonas industriales se ha establecido 1 m²/m² para el industrial productivo y 0,55 m²/m²
para industrial de almacenaje.
En suelo urbano no consolidado se delimitan siete unidades de actuación, UA-1 a UA-7, que
tienen uso industrial de almacenaje, mientras que el resto son de uso residencial (viviendas
unifamiliares en manzana cerrada).
Los datos relativos a densidad, edificabilidad, etc, se incluyen en las fichas urbanísticas.
En este apartado cabe mencionar que en las áreas de reparto donde se prevean usos o
tipologías edificatorias distintas, se establecerán coeficientes correctores de uso y tipología
concretos en sus correspondientes proyectos de reparcelación, según lo establecido en el
artículo 72.3 del Texto Refundido de la LOTAU.
A continuación resumimos las cifras características de las distintas áreas de reparto en suelo
urbanizable y de las unidades de actuación en suelo urbano.
Las fichas de planeamiento de todas ellas se encuentran incluidas en el Anexo I del DOC.5-
NORMAS URBANÍSTICAS.
SUELO URBANIZABLE
VILLATOBAS
A.R. Sector Uso Cart.
Sup. Total
S.G. Exi.
Sup. Bruta
S.G. Obt.
Sup. Neta
Sup.Edif.Lucrat.
A.T. Dens. Máx.
Nº Viv. Máximo
AR-1 S1-1 Res. 181451 0 169.544 8.038 161.506 72.980 0.402200 21 339
AR-2 S2-1 Res. 16.889 0 16.889 0 16.889 6.609 0.391320 30 50
AR-3 S3-1 Res. 36.935 0 36.935 751 36.184 19.856 0.537599 42 151
AR-4 S4-1 Res. 89.080 0 89.080 0 89.080 36.437 0.409031 23 202
AR-5 S5-1 Ind-II 33.861 0 33.861 8.637 25.224 9.649 0.284960 --- ---
AR-6 S6-1 Res. 28.624 0 28.624 0 28.624 12.881 0.580174 46 131
AR-7 S7-1 Res. 323.249 0 323.249 8.273 314.976 170.086 0,539995 36 1.133
AR-8 S8-1 Res. 27.590 0 27.590 3.092 24.498 11669 0.422952 45 110
AR-9 S9-1 Res. 44.925 0 44.925 3.693 41.232 23.994 0.534090 57 235
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
37
SUELO URBANIZABLE
VILLATOBAS
A.R. Sector Uso Cart.
Sup. Total
S.G. Exi.
Sup. Bruta
S.G. Obt.
Sup. Neta
Sup.Edif.Lucrat.
A.T. Dens. Máx.
Nº Viv. Máximo
AR-10 S10-1 Res. 13.460 0 13.460 2.154 11.306 7.095 0.5277105 48 54
AR-11 S11-1 Res. 44.337 0 44.337 4.442 39.895 20.338 0.458705 32 127
AR-12 S12-1 Ind-II 48734 0 48734 3.286 45448 16048 0.329294 --- ---
AR-13 S13-1 Res. 124644 0 72.139 6.419 65.720 60938 0.488892 93 610
AR-14 S14-1 Res. 72585 0 72585 0 72585 24520 0.337812 17 122
AR-15 S15-1 Res. 93342 0 65.205 4.080 61.125 33.427 0.358113 34 207
AR-16 S16-1 Res. 33.025 0 33.025 2.237 30.788 15.989 0.484148 32 98
AR-18 S18-1 Ind-II 20.943 0 20.943 3.372 17.571 5.443 0.259896 --- ---
AR-19 S19-1 Res. 18.840 0 18.840 0 18.840 10.539 0.559395 34 64
AR-20 S20-1 Res. 27.373 0 27.373 2.788 24.585 12.604 0.460454 32 78
AR-21 S21-1 Res. 26.883 0 26.883 0 26.883 12876 0.478964 30 80
AR-22 S22-1 Res. 48.250 0 48.250 3.819 44.431 14541 0.301372 16 72
AR-23 S23-1 Res. 44.133 0 44.133 2.555 41.578 20.585 0.466431 30 124
AR-24 S24-1 Res. 253.523 0 253.523 41.626 211.897 116.543 0.459694 33 680
AR-25 S25-1 Ind-I 67.493 0 67.493 0 67.493 39.755 0.589024 --- ---
AR-26 S26-1 Ind-III-
IV 1.072.648 11186 1.061.462 0 1.061.462 627.445 0,591114 --- ---
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
38
SUELO URBANO
VILLATOBAS
U.A. Sector Uso Cart.
Sup. Total
S.G. Exi.
Sup. Bruta
S.G. Obt.
Sup. Neta
Sup.Edif.Lucrat.
A.T. Dens. Ref.
Nº Viv. Indicat.
UA-1 UA1-1 Ind-II 19273 952 18321 0 18321 7411 0.404519 --- ---
UA-2 UA2-1 Res. 17.544 0 17.544 0 17.544 11.325 0,645520 50 87
UA-3 UA3-1 Res. 3.614 0 3.614 0 3.614 2.415 0.668224 47 16
UA-4 UA4-1 Res. 9.302 0 9.302 0 9.302 5.373 0,577618 35 32
UA-5 UA5-1 Res. 9.240 0 9.240 0 9.240 5.612 0,607359 38 35
UA-6 UA6-1 Res. 7.373 0 7.373 0 7.373 4.153 0,563335 34 25
UA-7 UA7-1 Ind-II 6122 0 6122 0 6122 2460 0.401818 --- ---
En el Plano nº 4.5. se presentan las determinaciones estructurales de la ordenación para el
suelo urbano. Como complemento a estas cifras se ha realizado un estudio de la edificabilidad
con la finalidad de justificar que la edificabilidad materializable no supera los 10.000 m² de
edificación residencial por hectárea en cumplimiento del art. 31 de la LOTAU:
5.2.4.- DELIMITACIÓN DE ZONAS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA. ESTUDIO DE EDIFICABILIDADES.
Se han delimitado las zonas de ordenación urbanística siguientes en función de la integración
de las variables de uso, tipologías, alturas y teniendo en cuenta la norma zonal y la ordenanza
a aplicar. Se detalla también en las tablas siguientes el estudio de edificabilidades
correspondiente a cada ZOU (existente y materializable).
En este apartado cabe mencionar que siguiendo los estándares de calidad urbana en suelo
urbano de municipios con POM, según el Artículo 21 del Reglamento de Planeamiento
(Decreto 248/2004), en suelo urbano la edificabilidad atribuida no podrá superar los 10.000
metros cuadrados de edificación residencial bruta por hectárea, aplicada a cada una de las
zonas de ordenación urbanística de uso residencial.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
39
En aquellas zonas de suelo urbano consolidado en que se haya alcanzado o superado ya dicho
límite máximo, no se podrá aumentar la edificabilidad residencial respecto de las previsiones de
planeamiento anterior y deberá procurarse, a lo sumo, se mantenga su intensidad el grado de
consolidación del último medio siglo.
ZOU Norma Zonal Uso Global Tipología Altura
ZOU-1 SU2 Residencial Manzana Cerrada 3 Plantas
ZOU-10 SU2 Residencial Manzana Cerrada 2 Plantas
ZOU-2 SU1 Residencial Manzana Cerrada Plurifamiliar 3 Plantas
ZOU-3 SU3 Residencial Unifamiliar Adosada 2 Plantas
ZOU-4 SU4 Residencial Unifamiliar Aislada 2 Plantas
ZOU-5 Residencial Unifamiliar 2 Plantas
ZOU-6 SU6 Residencial Unifamiliar Adosada 3 Plantas 3 Plantas
ZOU-7 SGE Sistema General Espacio Libre – Zona Verde ***
ZOU-8 IN-II Industrial Almacenaje 2 Plantas
ZOU-9 IN-I Industrial Productivo 15 m
ZOU-11 IN-III, IN-IV Industrial Productivo ---
Características de clasificación para cada ZOU.
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
40
Z-1-1
Norma Zonal SU-2 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada
Alturas 3 plantas (B+II)
Delimitación Bolsa central principal del SU
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano
Superficie Bruta (m²) 443.417
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 1.053.021
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 2,37
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 1.053.021
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 2,37
Z-10-1
Norma Zonal SU-2 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación AR8, AR9 Y AR10. Margen Noreste al
límite de suelo urbano
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 85.975
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 42.934
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,50
1
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
41
Z-10-3
Norma Zonal SU-2 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación Áreas de Reparto 3. Al Sureste del límite
de suelo urbano
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 36.935
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 19.8226
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,54
Z-10-2
Norma Zonal SU-2 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación Área de Reparto 6
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 28.624
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 16.607
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,58
3
2
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
42
Z-2-1
Norma Zonal SU-1 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada Plurifamiliar
Alturas 3 plantas (B+II)
Delimitación Área de Reparto 13, al Noroeste del límite
de suelo urbano
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 72.139
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 62.393
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0.49
Z-2-2
Norma Zonal SU-1 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada Plurifamiliar
Alturas 3 plantas (B+II)
Delimitación Zonas de Plurifamiliar en el AR24,
colindantes con el SU por el Sur.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 39.270
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 20.310
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,52
1
2
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
43
Z-2-3
Norma Zonal SU-1 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Manzana Cerrada Plurifamiliar
Alturas 3 plantas (B+II)
Delimitación Zonas de Plurifamiliar en el AR7, en el
margen Este de la población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 61.023
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 78.658
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 1,29
Z-3-1
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Bolsa en suelo urbano.
Ámbito Norte.
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano
consolidado
Superficie bruta (m²) 182.278
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 349.874
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 1,92
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 349.874
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 1,92
1
3
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
44
Z-3-2
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Bolsa en suelo urbano.
Ámbito Suroeste.
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano
consolidado
Superficie Bruta (m²) 245.879
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 472.846
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 1,92
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 472.846
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 1,92
2
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
45
Z-3-3
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Bolsa en suelo urbano.
Ámbito Este.
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano
consolidado. Se
incluyen UA4,
UA5 y UA6 por
consolidar
Superficie bruta (m²) 164.070
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 316.892
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 1,93
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 316.892
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 1,93
Z-3-4
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación Área de Reparto 11 al Norte de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 44.337
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 20.337,63
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,51
4
3
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
46
Z-3-5
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación Área de Reparto 15 al Oeste de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 93.342
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 33.427
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0.55
Z-3-6
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación Área de Reparto 16 al Oeste de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie bruta (m²) 33.025
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 15.994
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0.48
6
5
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
47
Z-3-7
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Áreas de Reparto 19, 20, 21 y 23.
Zona Suroeste colindante con SU.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 117.229
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 56.743
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,48
7
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
48
Z-3-8
Norma Zonal SU-3 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Bolsa en suelo urbano.
Ámbito Este.
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano no
consolidado. Se
incluyen UA2,
UA4, UA5 y UA6
Superficie bruta (m²) 43.189
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 26.463
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,61
8
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
49
Z-4-1
Norma Zonal SU-4 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Aislada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Área de Reparto 14.
Ámbito Oeste, margen extremo.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 68.055
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 22.564
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,33
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
50
Z-4-2
Norma Zonal SU-4 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Aislada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Área de Reparto 22.
Zona Suroeste colindante con SGE.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 48.250
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 14.541
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,301
2
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
51
Z-4-3
Norma Zonal SU-4, SU-4b Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Aislada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación Ámbito de Unifamiliar Aislada en AR7.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie bruta (m²) 18.281
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 7.406
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,40
Z-5-1
Norma Zonal SU-3 y SU-5 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada y Unifamiliar Pareada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación
Zona extrema del AR7.
Margen Este.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie bruta (m²) 243.945,18
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 84.021,74
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,34
3
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
52
Z-5-2
Norma Zonal SU-5 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Pareada
Alturas 2 plantas (B+I)
Delimitación AR24 detallada y AR1 estructural anexa.
Zona Sur de la población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie bruta (m²) 395.704
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 169.213
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,43
Z-6-1
Norma Zonal SU-6 Observaciones
Uso Global Residencial
Tipología Unifamiliar Adosada 3 Plantas
Alturas 3 plantas (B+II)
Delimitación Unidad de Actuación UA3 en suelo
urbano. Ámbito Este.
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano no
consolidado.
UA3 discontinua.
Superficie Bruta (m²) 3.614
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 2.415
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,67
2
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
53
Z-7-1
Norma Zonal
SISTEMA GENERAL
SGE Observaciones
Uso Global Espacio Libre – Zona Verde
Tipología ---
Alturas ---
Delimitación
Banda longitudinal anexa al sistema
general viario circundante. Margen
Suroeste.
Zona de
aplicación directa
de Sistema
General Espacio
Libre Zona
Verde.
Superficie Neta (m²) 0
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 0
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,00
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
54
Z-8-1
Norma Zonal IN-II Observaciones
Uso Global Industrial
Tipología Industrial de Almacenaje
Alturas 2 plantas (B+20%B)
Delimitación Área de Reparto AR12 al norte de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 48.734
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 16.048
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,33
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
55
Z-8-2
Norma Zonal IN-II Observaciones
Uso Global Industrial
Tipología Industrial de Almacenaje
Alturas 2 plantas (B+20%B)
Delimitación Unidades de Actuación UA1 y UA7 en el
extremo oeste del límite de suelo urbano.
Zona de
aplicación directa
de
suelo urbano no
consolidado.
UA1 y UA7
anexas.
Superficie Bruta (m²) 24.443
Superficie Neta (m²) 24.443
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 9.871
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,43
2
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
56
Z-8-3
Norma Zonal IN-II Observaciones
Uso Global Industrial
Tipología Industrial de Almacenaje
Alturas 2 plantas (B+20%B)
Delimitación Área de Reparto AR18 al oeste de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 20.943
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 5.443
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,26
3
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
57
Z-8-4
Norma Zonal IN-II Observaciones
Uso Global Industrial
Tipología Industrial de Almacenaje
Alturas 2 plantas (B+20%B)
Delimitación Área de Reparto AR5 al este de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 33.861
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 9.649
Aprovechamiento tipo.(m²/m²) 0,28
4
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
58
Z-9-1
Norma Zonal IN-I Observaciones
Uso Global Industrial
Tipología Industrial Productivo
Alturas 15 m
Delimitación Área de Reparto AR25 al oeste de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie Bruta (m²) 67.493
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 39.755
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,59
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
59
Z-11-1
Norma Zonal IN-I, IN-III, IN-IV Observaciones
Uso Global Industrial
Tipología Industrial Productivo
Alturas 15 m
Delimitación Área de Reparto AR26, al sur de la
población.
Zona con
propuesta de
ordenación
detallada para
sectores de SUB
Superficie bruta (m²) 1.061.462
Estudio Edificab. Existente (m²techo) 0
de Edificab. Bruta exist. (m²techo) 0
Edificabilidad Edificab. Materializab.(m²techo) 627.445
Edificab. Bruta materializab.(m²/m²) 0,59
Como se observa en estos cuadros, no se superan los 10.000 m² de edificación residencial por
hectárea en suelo urbano.
En el suelo urbano consolidado que se ha superado dicho límite máximo, no se aumenta
edificabilidad respecto de las previsiones del planeamiento anterior.
5.2.5.- SEÑALAMIENTO DE SISTEMAS GENERALES.
Los Sistemas generales en el presente Plan de Ordenación son:
1
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
60
ADSCRITOS ZONAS VERDES DOTACIONES VIARIOAR-1 | Residencial SGAds2 11907 m² SGV-1 8038 m2
AR-2 | ResidencialAR-3 | Residencial SGV-1 751 m2
AR-4 | ResidencialSGV-1 4212 m2
SGV-2 4425 m2
AR-6 | ResidencialAR-7 | Residencial SGV-1 8273 m2
ADSCRITOS ZONAS VERDES DOTACIONES VIARIOAR-8 | Residencial SGV 3092 m2
AR-9 | Residencial SGV-1 3693 m2
SGV-1 870 m2
SGV-2 1284 m2
AR-11 | Residencial SGV-1 4046 m2
SGV-1 3061 m2
SGV-2 225 m2
AR-13 | Residencial SGAds1 52505 m² SGV-1 6419 m2
AR-14 | ResidencialAR-15 | Residencial SGAds1 28137 m² SGV-1 4080 m2
AR-16 | Residencial SGV-1 2237 m2
AR-18 | Industrial SGV-1 3372 m2
ADSCRITOS ZONAS VERDES DOTACIONES VIARIOAR-19 | Residencial
SGV-1 2086 m2
SGV-2 702 m2
AR-21 | ResidencialAR-22 | Residencial SGV-1 3819 m2
AR-23 | Residencial SGV-1 2555 m2
SGE-1 23153 m2 SGV-1 11060 m2
SGV-2 7412 m2
AR-25 | IndustrialAR-26 | Industrial SGV-1 11186 m2
ADSCRITOS ZONAS VERDES DOTACIONES VIARIO
SGE-1 7234 m2 SGQ-1 4163 m2 SGV-1 24118 m2
SGE-1 5812 m2 SGQ-2 1758 m2 SGV-2 5274 m2
SGQ-3 204 m2 SGV-3 3628 m2
SGQ-4 270 m2 SGV-4 5989 m2
SGQ-5 81 m2 SGV-5 1639 m2
SGQ-6 1448 m2 SGV-6 4845 m2
SGQ-7 1516 m2 SGV-7 5283 m2
SGQ-8 5724 m2
SGQ-9 1407 m2
SGQ-10 639 m2
SGQ-11 126 m2
SGQ-12 340 m2
SGQ-13 25274 m2
UA-1 | Industrial SGV1- 952 m²
UA-2 | ResidencialUA-3 | ResidencialUA-4 | ResidencialUA-5 | ResidencialUA-6 | ResidencialUA-7 | Industrial
SISTEMAS GENERALES
SISTEMAS GENERALES
SISTEMAS GENERALES
SISTEMAS GENERALES
AR-5 | Industrial
SUELO IDENTIFICACIÓN
SUELO URBANIZABLE
(ÁREAS DE REPARTO)
SUELO IDENTIFICACIÓN
SUELO URBANIZABLE
(ÁREAS DE REPARTO) AR-12 | Industrial
AR-10 | Residencial
AR-24 | Residencial
AR-20 | Residencial
SUELO IDENTIFICACIÓN
SUELO URBANIZABLE
(ÁREAS DE REPARTO)
SUELO URBANO
(NO CONSOLIDADO)
SUELO IDENTIFICACIÓN
SUELO URBANO CONSOLIDADO
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
61
SISTEMA GENERAL VIARIO:
Se han considerado como sistema general viario aquellas calles que, por una parte, sirven para
acceder a carreteras y caminos que comunican este núcleo con otros, y por otra parte aquellos
que enlazan el centro de los distintos núcleos con las distintas vías que los circunvalan, a éstos
que ya se han considerado en la Memoria y Planos de Información se les ha dado continuidad
y además se ha considerado alguno nuevo por considerarlo como tal al ampliar los distintos
núcleos urbanos.
Se establece un anillo perimetral que circunvala todo el núcleo urbano, canalizado el tráfico por
una vía más amplia y que facilita el acceso a cualquier punto de la población sin necesidad de
tener que atravesar el centro.
En lo que respecta a la capacidad de las infraestructuras actuales de asumir el crecimiento
previsto por el P.O.M. hay que señalar que la variante de la N-301 podría ser insuficiente para
dar servicio a la población y absorber el tráfico nacional que encauza. Esto no constituye un
problema importante, ya que está en proyecto la construcción una autovía, que discurrirá
paralela a la variante a su paso por Villatobas, con la cual el tráfico se distribuirá en más vías
sin saturar la actual variante.
En este apartado cabe mencionar, que debido a que todos los sistemas generales viarios
contemplados en el presente Plan de Ordenación Municipal se encuentran incluidos en los
sectores diseñados, se ejecutarán mediante cesión obligatoria y gratuita que se realizarán
conjuntamente con las restantes obras de urbanización.
SISTEMA GENERAL DOTACIONES:
Equipamiento deportivo:
Se considera suficiente la superficie destinada a este uso. Si en un futuro el ayuntamiento
considerase necesario seguir con la ampliación de la superficie destinada a este uso, existe
suficiente suelo dotacional que puede ser destinado a equipamiento deportivo.
Equipamiento escolar:
El municipio está correctamente dotado de instalaciones escolares. Cuenta con el Colegio
Público Sagrado Corazón de Jesús, en el que se imparte enseñanza preescolar, primaria y
secundaria. Tiene 11 aulas, dos bloques de cuatro para E.P y E.S.O y tres aulas para
MEMORIA JUSTIFICATIVA P.O.M. DE VILLATOBAS
62
preescolar. Las instalaciones incluyen una pista polideportiva abierta. Si en un futuro el
ayuntamiento considerase necesario seguir con la ampliación de la superficie destinada a este
uso, existe suficiente suelo dotacional que puede ser destinado a equipamiento escolar.
Equipamiento cultural:
Siempre es necesario potenciar este tipo de actividades, en las que el Ayuntamiento tiene
especial empeño; se ha reservado suficiente suelo con destino dotacional en el que se puede
dar cabida a cualquier equipamiento cultural.
Equipamiento asistencial:
No se considera necesario aumentar los equipamientos de tipo asistencial ya que se
consideran suficiente el centro asistencial actual; aunque si en un futuro fuera necesario su
ampliación existe suficiente suelo dotacional que se puede destinar a este uso.
SISTEMA GENERAL ZONAS VERDES Y ESPACIOS LIBRES:
En el núcleo de Villatobas se han considerado como zonas verdes o espacios libres un área de
terreno situada entre la carretera N-301 y la circunvalación prevista, con el fin de servir de
colchón tanto acústico como visual de la carretera y crear una zona amplia y continua, que
funcione como gran parque del municipio. Su superficie total es de 80.642 m². Esta zona
aparece marcada en el plano 4.4. del DOC. 4: Planos de Ordenación.
De acuerdo con los estándares previstos en el art. 24.1.e), que establece 1.000 m² por cada
200 habitantes, se obtiene un total de 84.770 m² de espacios libres necesarios, que se
justifican:
Habitantes actuales
Viviendas previstas
Habitantes previstos (viviendas
× 3)
Habitantes totales
Sistemas Generales
según Ordenación
SG-Ads
Sistemas Generales
Totales necesarios
VILLATOBAS 2.368 4.862 14.586 16.954 116.841 84.770
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