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Titular de la Oficina de la Mujer
Dra. Laura Balart
Dirección y realización del proyecto
Dra. Flora Sofía Acselrad
Lic. Nidia Marsero
Lic. Alejando Schilman
Colaboraron:
Patricia Rossi (Fuero de la Seguridad Social), Ana Poleri, Nicolás Grandi (Fuero Criminal y
Correccional de la Capital Federal), Josefina Busolini (Fuero Contencioso Administrativo
Federal), Viviana Dobarro (Fuero del Trabajo), Gabriel Del Mazo (Fuero Civil y Comercial
Federal), Susana Echevarría, Vanesa Risetti Delion, Guadalupe Quetto (Fuero Criminal y
Correccional Federal), Valeria Rosito Peralta (Fuero Penal Económico), Gustavo Caramelo,
Cecilia Kandus (Fuero Civil Patrimonial), Diego Iparraguirre, Ana María Fernández (Fuero Civil
de familia), Alicia Jerez, Juan Pablo Iriarte (Fuero de Casación Penal), Alejandra Tévez (Fuero
Comercial) y Elena Gómez (Fuero Electoral).
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1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Diversos tratados internacionales suscriptos por el Estado Argentino, tales como la Convención
sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
(Convención de Belem do Pará, 1994), así también como la Ley 26.485 de “Protección Integral
para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que
desarrollen sus relaciones interpersonales”, le imponen a la Argentina el deber de
implementar políticas públicas para erradicar la violencia contra la mujer en todos los ámbitos.
Siendo la violencia hacia la mujer una manifestación de la histórica desigualdad entre varones
y mujeres, reproducida por generaciones de manera inconsciente a través de la tradición, la
costumbre y el hábito, su identificación resulta compleja y el objetivo de la igualdad, un lento y
gradual proceso.
Si bien es cierto que no compete al Poder Judicial elaborar las políticas públicas a las que se
refieren los tratados internacionales antes mencionados, es obligación de este Poder
proporcionar desde su ámbito de actuación los datos necesarios para que quienes tienen ese
deber puedan hacerlo. En efecto, en la utilización del servicio de justicia queda registro de la
violencia hacia la mujer en sus distintas expresiones. Así, puede quedar expuesto en un
despido por discriminación, en una acción por acoso sexual, en un proceso por un delito contra
las personas y/o la propiedad (en especial, aunque no únicamente, cuando es consecuencia de
violencia doméstica), en una demanda por cuota alimentaria, en una demanda a centros de
salud a causa de violencia obstétrica, o por discriminación en la designación laboral, entre
otras muchas circunstancias.
Estas causas relacionadas y/o que involucran a mujeres, como puede apreciarse, no se
encuentran concentradas en un fuero en particular sino que se hallan diseminadas en los
diferentes fueros que componen el Poder Judicial. Sin embargo, los actuales sistemas
estadísticos no son capaces de proporcionar datos que las reflejen, en primer lugar debido a
que no existe un sistema informático unificado entre la justicia federal y provincial.
Paralelamente, el sistema actual en el orden nacional y federal no posee información sobre el
contenido de los procesos ni sobre los/las involucrados/as, siendo básicamente un recuento
cuantitativo de expedientes ingresados, en trámite y terminados que no da cuenta de los
conflictos que se dirimen en la justicia.
Durante las reuniones de trabajo organizadas por la Oficina de la Mujer, funcionarias/os de la
Oficina de Estadísticas informaron sobre la heterogeneidad existente entre los distintos fueros
en lo que hace a la recolección de información para la elaboración de este tipo de estadísticas.
Mientras que en algunos fueros se cuenta con mecanismos ya establecidos y arraigados para la
elaboración de estadísticas, en otros se destaca la falta de medios apropiados para recolectar
información, la existencia residual de sistemas manuales de conteo, la falta de Internet que
obliga a seguir recurriendo al correo postal para el envío de los datos estadísticos relevados a
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la oficina correspondiente, y los problemas para consensuar entre los diferentes fueros la grilla
estadística a ser utilizada.
Producir información cuantitativa y cualitativamente confiable es una responsabilidad
indelegable del Estado a través de sus tres poderes. La falta de datos impide la construcción y
formulación de nuevas políticas, así como la adecuación de las ya existentes y vigentes, a los
requerimientos concretos.
El proyecto que aquí se presenta surgió desde esta necesidad, buscando proveer desde el
Poder Judicial información útil para los otros poderes del Estado en la formulación de políticas
públicas que den cumplimiento a los compromisos contraídos, específicamente en lo
relacionado con la vulneración de derechos de la mujer.
Hablamos entonces de un cambio radical en el sistema estadístico actual, permitiendo el
relevamiento, sistematización, publicación y difusión permanente de información en el ámbito
del poder judicial.
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2. DESARROLLO Y ETAPAS
a) Etapa 1: formulación y adecuación del proyecto
Desde su creación, la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través
de la Unidad de Recopilación de Datos, busca recabar la información necesaria para plasmar
en forma estadística todas las causas vinculadas con los derechos de las mujeres que ingresan
al sistema judicial.
En esta línea, el proyecto de Transversalización de la Perspectiva de Género en las Estadísticas
Judiciales se desarrolló previendo que sirviera de insumo para el desarrollo del sistema de
gestión de expedientes en el que se encuentra trabajando la Comisión Nacional de Gestión
Judicial (CNGJ).
Al respecto, en una primera etapa, la Oficina de la Mujer mantuvo entre 2009 y 2011
reuniones con las/os funcionarias/os a cargo de la mencionada comisión, donde se iniciaron las
conversaciones para determinar los datos que permitirán a las Oficinas de la Mujer y de
Violencia Doméstica y a la Base General de Datos de Niños, Niñas y Adolescentes obtener
estadísticas de los expedientes judiciales vinculados a los temas de sus respectivas
competencias.
b) Etapa 2: determinación de las variables que debe registrar el sistema
Con el objetivo de avanzar en la determinación de los requerimientos que permitirán obtener
datos y estadísticas desde el propio sistema informático del Poder Judicial, se conformó un
equipo de trabajo integrado por colaboradoras/es en cada uno de los fueros (Seguridad Social,
Criminal y Correccional de la Capital Federal, Contencioso Administrativo Federal, Trabajo, Civil
y Comercial Federal, Criminal y Correccional Federal, Penal Económico, Civil (Patrimonial), Civil
(Familia), Casación Penal, Comercial, Electoral) en sus distintas instancias, y con experiencia en
temas de género.
En una primera reunión, llevada a cabo el 7 de diciembre de 2011, se presentaron los objetivos
del proyecto a las/os colaboradoras/es de los distintos fueros, que por su parte, entregaron las
impresiones de pantalla de los distintos sistemas de manejo de causas y expedientes
actualmente en funcionamiento (Ver Anexo 1).
Durante la reunión se remarcó la importancia de detectar desde cada jurisdicción las
cuestiones que involucran temas de género y que debían ser contempladas en los sistemas
informáticos con el fin de obtener estadísticas género sensitivas.
Al finalizar la reunión se entregó para completar un formulario (Ver anexo 2) en el que se les
requería consignar las manifestaciones de violencia y/o discriminación hacia la mujer que
pudieran tener su expresión a través de reclamos ante su fuero, las partes intervinientes en
esos procesos y comentarios o sugerencias sobre el sistema de carga actual.
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A partir de los formularios recibidos, se les solicitó a las/los colaboradoras/es que enviaran un
listado de aquellos objetos de juicio o procesales manejados en el fuero que pudieran
involucrar alguna cuestión de género, junto con una explicación de en qué casos esto podría
darse efectivamente. Con ello se elaboró una tabla general con los objetos de juicio o
procesales que cumplieran con el requisito antes mencionado (Ver anexo 3).
A continuación se hicieron reuniones con cada uno de los fueros en particular, en donde se
discutieron los objetos procesales en los que había alguna cuestión vinculada a la temática, así
como las diferentes instancias procesales y posibilidades para el relevamiento de los datos. En
varias de las reuniones mantenidas la información proporcionada sobre las observaciones del
trámite de los expedientes de interés excedió el fin de este proyecto. De todas formas, se
resumieron las cuestiones principales abordadas en cada uno de los encuentros, de lo que da
cuenta el punto 5 del presente informe.
Del análisis e intercambio con las/os colaboradoras/es de cada uno de los fueros, se llegó a la
conclusión de que si bien existen objetos procesales previamente identificados como
vinculados a las cuestiones de género, éstas pueden estar presentes en el tratamiento de
diversos conflictos; entonces limitar el análisis a algunos objetos procesales podría ocultar otro
tipo de relaciones no contempladas hasta el momento, lo que resultaría limitativo para el
cruce de datos de los que también pueden surgir temas de interés para analizar.
Por ello se decidió que más allá de las categorías generales y específicas que se construyeron,
es necesario consignar todos los objetos procesales que tramitan en los fueros, de modo que
al cruzarlos con determinadas variables permitan identificar la vulneración de un derecho a
una mujer en causas que no necesariamente aparecen como vinculadas a esta cuestión.
En reuniones particulares con las/os colaboradoras/es, se discutió acerca de las categorías
elaboradas, recibiendo de ellas/os aportes para la confección de este informe final. El mismo
incluye el análisis realizado para cada fuero y las categorías tanto generales como específicas
requeridas para ser incorporadas en el sistema de gestión de expedientes.
c) Etapa 3: implementación
La implementación del proyecto se prevé en dos instancias diferenciadas. La primera se
enmarca en el proyecto de informatización del Poder Judicial que está desarrollando el área de
gestión de la Corte Suprema de Justicia. La inclusión de los requerimientos generales y
específicos para cada fuero, permitirá obtener estadísticas directamente a través de este
sistema informático.
En segundo lugar y paralelamente, la Oficina de la Mujer llevó adelante reuniones con la
Dirección General de Tecnología y con personal de tecnología dentro de los distintos fueros,
con el fin de que comiencen a incorporarse algunas de las categorías y requerimientos
elaborados a los sistemas informáticos actualmente utilizados en cada jurisdicción.
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3. LÍNEAS DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO
d) Adecuación de los sistemas informáticos
Se plantea la necesidad de adecuar los actuales sistemas informáticos utilizados en cada fuero
para comenzar a obtener estadísticas género sensitivas en paralelo al desarrollo del sistema
unificado. La introducción en una primera etapa de pequeñas adiciones a los sistemas actuales
redundará en la introducción de una mirada transversal del tema de género, permitiendo en
cada uno de los fueros visibilizar entre las/os agentes judiciales la importancia de esta
información.
Asimismo permitirá ya obtener algunas estadísticas sobre el tema, así como líneas de
indagación sobre la relación entre el género y determinados procesos.
e) Sensibilización y capacitación
Se prevé la realización de capacitaciones específicas a funcionarias/os dentro de cada fuero
para sensibilizar sobre la importancia de contar con estadísticas género sensitivas. Las mismas
incluirán a juezas/ces, a secretarias/os de juzgados y/o a la/s persona/s designadas para cargar
los datos en el sistema.
Paralelamente, se propone la realización de talleres dirigidos a abogadas/os donde se capacite
y sensibilice sobre cuestiones relevantes para las presentaciones judiciales que pudieran
involucrar cuestiones de género.
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4. REQUERIMIENTOS A SER INCORPORADOS EN LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DEL PODER
JUDICIAL
→ Cuestiones Generales a todos los Fueros
A partir del análisis de la información enviada por las/os colaboradoras/es de cada uno de los
fueros sobre objetos procesales que se manejan, se detectaron cuestiones que son comunes a
todos ellos y que deberán ser tenidas en cuenta tanto en los sistemas informáticos
actualmente en uso en los distintos fueros como en el proyecto de informatización del Poder
Judicial que lleva adelante la Comisión Nacional de Gestión Judicial (CNGJ) para la obtención
de estadísticas género sensitivas.
• Se advirtió que entre los objetos de juicio que se utilizan actualmente en los distintos
fueros existen algunos que remiten a la “clase de juicio” o "vía procesal" y no al fondo de la
cuestión (por ejemplo sumarísimo, amparo, etc.). En este punto, para poder hacer un correcto
registro de los datos, es necesario que (más allá del tipo de proceso) se deba registrar siempre
el asunto o fondo de juicio. En efecto, es el objeto procesal lo que da cuenta del conflicto que
se dirime, y sobre el que, además, esta Oficina y otras relevarán datos cuantitativos y
cualitativos.
En este punto, es importante aclarar que algunas/os operadoras/es manifestaron la
importancia de conservar la clasificación de “clase de juicio” en tanto está relacionada con la
forma de distribución de trabajo.
Se propone, entonces, conservar la clasificación de “clase de juicio” como una categoría
específica e incluir otra categoría con los objetos o fondo de juicio1 incluyendo opciones que
hoy no están contempladas. Si bien la definición general de los objetos para todos los fueros
excede el trabajo de la Oficina de la Mujer (lo cual fue transmitido al área de gestión
encargada del tema), algunas de ellas se sugieren en este documento.
• Se da por supuesto que el sistema contendrá para todas las causas tramitadas en todos los
fueros, la información sobre la terminación del proceso. Para determinados fueros, sin
embargo, se incluyen opciones específicas requeridas.
• La sugerencia de incluir la opción de otras identidades sexuales” radica en la necesidad de
contemplar la representación de la diversidad de identidades sexuales, no obstante este dato
difícilmente pueda ser obtenido de las presentaciones judiciales salvo excepciones, por
ejemplo aquellas que contengan un reclamo relativo al cambio de identidad sexual y/o
vinculadas al tema.
1 La información solicitada está referida a datos necesarios para cuestiones estadísticas pero
no supone la necesidad de ser incorporado en la carátula de la causa.
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→ Fuero de la Seguridad Social
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Estado
o Persona Jurídica
o Demandante colectivo
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
• Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o Estado
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos datos
deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo respondido
no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de
algún derecho de una mujer?
10
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de algún derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Ley 26.743 Ley de Identidad de Género.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
Se solicita incorporar estos nuevos objetos procesales a los ya existentes:
- Incorporación al Plan Jefas y Jefes
- Inconstitucionalidad Resolución 884/06 de ANSES
→ Fuero Penal2
• Fuero de Casación Penal
• Fuero Criminal y Correccional de la Capital Federal
• Fuero Criminal y Correccional Federal
• Fuero Penal Económico
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos de la víctima (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
2 Si bien no se realizaron entrevistas con referentes de tribunales de ejecución penal y/o fuero de
Menores, los requerimientos aquí solicitados deberán ser aplicados también a ellos, teniendo en cuenta asimismo los objetos procesales específicos que allí se manejen.
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- Tipo de víctima:
o NN
o Estado
o Persona Jurídica
o Persona Física
- Sexo:
o Masculino
o Femenino
o Otras identidades sexuales
- Edad: (Campo abierto para colocar número)
- Nacionalidad (a seleccionar de un listado)
- Estado civil 3
o Soltera/o
o Casada/o
o Divorciada/o
o Concubina/o
o Unión Civil
o Viuda/o
o Separada/o
- Nivel de instrucción 3
o Analfabeto/a
o Nivel inicial -jardín-
o Primario -completo / incompleto-
o Secundario -completo / incompleto-
o Terciario -completo / incompleto-
o Universitario -completo / incompleto-
o Post universitario -completo / incompleto-
- Ocupación 3
o Infancia (hasta los 16 años)4
o Desocupada/o
o Trabaja sin remuneración -ama de casa-
o Ocupada/o remunerada/o
o Jubilada/o – pensionada/o
3 Esta información podría ser relevada del informe socio ambiental.
4 Según ley Nº 26.390.
12
o Otra situación
- ¿Tiene hijos? 3
o Sí
� ¿A su cuidado?
• Sí
• No
o No
- ¿Otros menores a su cuidado? 3
o Sí
o No
- Situación habitacional: 3
o Situación de calle
o Vivienda cedida / ocupada
o Vivienda alquilada
o Vivienda propia
- Tipo de patrocinio: 3
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos del/a imputado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de imputado/a:
o NN
o Estado
o Persona Jurídica
o Persona Física
- Sexo:
o Masculino
o Femenino
o Otras identidades sexuales
- Edad: (Campo abierto para colocar número)
- Nacionalidad (a seleccionar de un listado, incluyendo la opción otros)
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- Estado civil 5
o Soltera/o
o Casada/o
o Divorciada/o
o Concubina/o
o Unión Civil
o Viuda/o
o Separada/o
- Nivel de instrucción 5
o Analfabeto/a
o Nivel inicial -jardín-
o Primario -completo / incompleto-
o Secundario -completo / incompleto-
o Terciario -completo / incompleto-
o Universitario -completo / incompleto-
o Post universitario -completo / incompleto-
- Ocupación 5
o Infancia (hasta los 16 años)6
o Desocupada/o
o Trabaja sin remuneración -ama de casa-
o Ocupada/o remunerada/o
o Jubilada/o – pensionada/o
o Otra situación
- ¿Tiene hijos? 5
o Sí
� ¿A su cuidado?
• Sí
• No
o No
- Situación habitacional: 5
o Situación de calle
o Vivienda cedida / ocupada
o Vivienda alquilada
o Vivienda propia
5 Se sugiere que esta información sea relevada del informe socio ambiental. 6 Según ley Nº 26.390.
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- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� ¿Hay algún vínculo entre imputado/a y víctima? (No aplica al fuero Penal Económico)
o Sí
- Ex pareja
- Concubinato
- Conyugal
- Filial
- Fraternal
- Noviazgo
- Otro familiar
- Otro no familiar
- Otro
o NO
� ¿Hay registro de antecedentes judiciales de hechos de violencia previos? (No aplica al fuero
Penal Económico)
o Sí
- ¿Entre quiénes?
o Mismas partes
o Una de las partes y otra persona:
• Víctima y otro/a
• Imputado/a y otro/a
- ¿Existieron medidas de protección a la víctima?
- Sí
- No
o NO
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos
datos deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo
respondido no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
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- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la pena por este proceso (campo abierto para colocar número de años,
meses, días, con la opción de N/C: No Corresponde).
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
� Formas de terminación del proceso:
o Desestimación
o Sobreseimiento
o Suspensión del proceso a prueba
o Sentencia
• Juicio abreviado
• Juicio oral
� Condenatoria
� Absolutoria
o Extradición
o Medida curativa o educativa Ley Nº 23.737
o Otras formas de terminación del proceso
→ Fuero Penal Económico
Datos a solicitar para el objeto procesal de “Contrabando de estupefacientes”:
- Método de ocultamiento:
16
o Ingesta
o Otros métodos de ocultamiento
→ Fuero Civil y Comercial Federal
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos de demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Estado
o Persona Jurídica
o Demandante colectivo
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o Estado
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
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� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos
datos deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo
respondido no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
Datos a solicitar para objeto procesal de reclamos por “Daños y perjuicios”:
- Se atribuye el accionar a:
o Poder Judicial
o Fuerzas de seguridad
o Ámbito de salud
o Otros
Datos a solicitar para objeto procesal de “Solicitudes de ciudadanía”:
Categorías a incluir:
- Nacionalidad del/a solicitante.
18
Datos a solicitar para objeto procesal de “Amparos de salud” o “Incumplimiento de
prestación de obra social”:
Categorías a incluir para ambos objetos:
o Reclamo relacionado con Salud Sexual y Reproductiva.
o Otro tipo de reclamo.
→ Fuero Civil (Patrimonial)
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Persona Jurídica
o Demandante colectivo
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o NN
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
19
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos datos
deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo respondido
no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
→ Fuero Civil (Familia)
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos de demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo del/a demandante:
o Defensorías
o Persona Física
20
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o NN
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
o Actúa sin patrocinio
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos datos
deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo respondido
no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí *
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
21
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
* En caso de responder SI en la pregunta sobre vulneración de un derecho de una mujer, se
habilitan las siguientes categorías:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Edad: (Campo abierto para colocar número)
- Nacionalidad (a seleccionar de un listado)
- Estado civil 7
o Soltera/o
o Casada/o
o Divorciada/o
o Concubina/o
o Unión Civil
o Viuda/o
o Separada/o
- Nivel de instrucción 7
o Analfabeto/a
o Nivel inicial -jardín-
o Primario -completo / incompleto-
o Secundario -completo / incompleto-
o Terciario -completo / incompleto-
o Universitario -completo / incompleto-
7 Se sugiere que esta información sea relevada por la OVD para causas que provienen de esta Oficina, o por el propio juzgado para causas que se inician en defensorías de menores.
22
o Post universitario -completo / incompleto-
- Ocupación 6
o Infancia (hasta los 16 años)8
o Desocupada/o
o Trabaja sin remuneración -ama de casa-
o Ocupada/o remunerada/o
o Jubilada/o – pensionada/o
o Otra situación
- ¿Tiene hijos? 7
o Si
� ¿A su cuidado?
• Si
• No
o No
- Situación habitacional: 7
o Situación de calle
o Vivienda cedida / ocupada
o Vivienda alquilada
o Vivienda propia
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Edad: (Campo abierto para colocar número)
- Nacionalidad (a seleccionar de un listado)
- Estado civil 9
o Soltera/o
o Casada/o
o Divorciada/o
o Concubina/o
o Unión Civil
o Viuda/o
o Separada/o
- Nivel de instrucción 9
8 Según ley Nº 26.390. 9 Se sugiere que esta información sea relevada por la OVD para causas que provienen de esta Oficina, o
por el propio juzgado para causas que se inician en defensorías de menores.
23
o Analfabeto/a
o Nivel inicial -jardín-
o Primario -completo / incompleto-
o Secundario -completo / incompleto-
o Terciario -completo / incompleto-
o Universitario -completo / incompleto-
o Post universitario -completo / incompleto-
- Ocupación 9
o Infancia (hasta los 16 años)10
o Desocupada/o
o Trabaja sin remuneración -ama de casa-
o Ocupada/o remunerada/o
o Jubilada/o – pensionada/o
o Otra situación
- ¿Tiene hijos? 9
o Sí
� ¿A su cuidado?
• Sí
• No
o No
- Situación habitacional: 9
o Situación de calle
o Vivienda cedida / ocupada
o Vivienda alquilada
o Vivienda propia
� Vínculo entre demandante y demandado/a:
- Ex pareja
- Concubinato
- Conyugal
- Filial
- Fraternal
- Noviazgo
- Otro familiar
- Otro no familiar
- Otro
10
Según ley Nº 26.390.
24
� ¿Hay registro de antecedentes judiciales de hechos de violencia previos?
o Sí
- ¿Entre quiénes?
o Mismas partes
o Una de las partes y otra persona:
• Víctima y otro/a
• Imputado/a y otro/a
- ¿Existieron medidas de protección a la víctima?
- Sí
- No
o NO
→ Fuero Electoral
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Estado
o Agrupaciones políticas
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o Estado
o Agrupaciones políticas
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
25
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos
datos deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo
respondido no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
Se solicita incorporar estos nuevos objetos procesales a los ya existentes:
- Ley Nº 24.012 de Cupo Femenino.
Datos a solicitar para objeto procesal “Ley 24.012 de cupo femenino”:
� Datos a solicitar al momento de la carga inicial:
- El reclamo está relacionado con:
o Conformación de las listas para cargos electivos.
o Conformación de las listas para elecciones internas de los partidos.
o Conformación de las listas para las elecciones primarias
26
→ Fuero Comercial
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Estado
o Demandante colectivo
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o Estado
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio (no aplica al fuero Electoral, que no requiere patrocinio):
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos
datos deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo
respondido no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
27
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
→ Fuero Laboral
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Estado
o Persona Jurídica
o Demandante colectivo
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
28
o Patrocinio letrado privado
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o Estado
o Persona Jurídica
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos datos
deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo respondido
no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
29
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
Datos a solicitar para objeto procesal de “Indemnización por ruptura del contrato de
trabajo”:
- La solicitud de indemnización se origina en un:
o Despido por causas de maternidad.
o Despido por causas de matrimonio.
Se solicita incorporar estos nuevos objetos procesales a los ya existentes:
- Violencia laboral contra la mujer (Ley Nº 26.485)
→ Fuero Contencioso Administrativo Federal
Datos a solicitar para todos los objetos procesales:
� Datos del/a demandante (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandante:
o Estado
o Persona Jurídica
o Demandante colectivo
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� Datos del/a demandado/a (incluyendo la opción en caso de que fueran varios/as):
- Tipo de demandado/a:
o Estado
o Persona Jurídica
30
o Persona Física
� Masculino
� Femenino
� Otras identidades sexuales
- Tipo de patrocinio:
o Patrocinio letrado público
o Patrocinio letrado privado
� Datos a solicitar al momento de la decisión final para cada una de las instancias (estos datos
deberán ser solicitados cada vez que la causa cambie de instancia, sin embargo lo respondido
no debe ser visible para las/os operadoras/es de la etapa subsiguiente):
- ¿Se discutió a lo largo del proceso alguna cuestión vinculada con la vulneración de un
derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- ¿Se verificó la vulneración de un derecho de una mujer?
o Sí
o NO
- En la resolución con la que se concluye la instancia, se menciona o invoca la:
o Constitución Nacional en su Artículo 16 o 75.
o Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW).
o Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
Contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
o Convención sobre los Derechos del Niño (CDN).
o Ley Nacional N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus
relaciones interpersonales.
o Ley Nacional N° 23.592 de penalización de actos discriminatorios.
o Otras Convenciones o Leyes (Nacionales o Provinciales) sobre género.
- Monto de la indemnización fijada (campo abierto para colocar número, con la opción
de N/C: No Corresponde).
Datos a solicitar para objeto procesal de reclamos por “Daños y perjuicios”:
- Se atribuye el accionar a:
31
o Poder Judicial
o Fuerzas de seguridad
o Ámbito de salud
o Ámbito educativo
o Otros
32
5. APUNTES SOBRE LOS TEMAS DESTACADOS DURANTE EL INTERCAMBIO CON LAS PERSONAS QUE COLABORARON EN CADA FUERO
→ Fuero de la Seguridad Social
La desigualdad de género en el plano de la seguridad social es una reproducción de la
desigualdad estructural de género que se refleja en la división del trabajo remunerado y no
remunerado, con la asignación estereotipada a varones y mujeres respectivamente y la falta
de reconocimiento de las tareas domésticas y de cuidado. Un sistema previsional basado en las
contribuciones realizadas por quienes aportan durante su etapa económicamente activa,
reproduce esa desigualdad de género. En tanto muchas mujeres dedican parte de su vida a las
tareas de cuidado, sus aportes suelen ser menores al de los varones o no logran alcanzar los
años de trabajo que la Ley exige.
Consecuentemente y siendo que en su vida laboral las mujeres han percibido salarios
inferiores, han truncado su promoción profesional o han trabajado en forma discontinua, al
cumplir la edad establecida para jubilarse no reúnen todos los requisitos para acceder a ese
beneficio o solo pueden hacerlo con una jubilación menor a la de los hombres. Ahora bien,
esto no surge tanto de los reclamos ante la justicia sino que se verifica a través de otros
organismos (por ejemplo la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES-) al
comparar la cantidad y el monto de las jubilaciones de mujeres y de hombres.
En lo que a la justicia respecta, interesa determinar qué clase de reclamos hacen las mujeres
para luego, en su caso, poder realizar comparaciones entre esos datos y los que se desprenden
de la ANSES. Por ejemplo el número de jubilaciones denegadas por la ANSES a mujeres y a
hombres en relación al número de reclamos realizados en la Justicia por mujeres y hombres,
así como su resolución.
En cuanto al sistema de pensiones, el evidente sesgo de género también encuentra su origen
en la tradicional división del trabajo donde la mujer queda relegada al ámbito privado y su
manutención depende del hombre-proveedor, situación que se perpetúa en la viudez. A esto
se agrega que en nuestro país la expectativa de vida para la mujer es 7 años mayor a la del
varón y que obedeciendo a estereotipos de género, en la mayoría de los matrimonios los
varones superan en edad a las mujeres.
Como se indicó previamente, dentro de los objetos procesales actualmente existentes para
este fuero, varios remiten a la “clase de juicio” y no al fondo de la cuestión. Bajo rubros
genéricos como Amparos y Sumarísimos, Incidentes, y Medidas Cautelares, se realizan una
variedad de reclamos. Mayormente los que involucran a mujeres están referidos a pedidos de
inconstitucionalidad de la Resolución 884/06 de ANSES. Según las indicaciones de las/os
colaboradoras/es del fuero, estos reclamos son generalmente realizados por mujeres sin
aportes que cuentan con una pensión por el esposo fallecido y solicitan acceder a la jubilación
con el correspondiente descuento de la deuda. También bajo este rubro se encuentran casos
de reclamo de inscripción en el Plan Jefes y Jefas de Hogar, mayormente realizados por
mujeres.
33
Resulta entonces de central importancia definir de manera adecuada los objetos procesales
utilizados para poder analizar la cantidad y tipo de reclamos que son realizados.
→ Fuero Penal
• Fuero de Casación Penal
• Fuero Criminal y Correccional de la Capital Federal
• Fuero Criminal y Correccional Federal
• Fuero Penal Económico
Desde el fuero Penal, se indicaron aquellos delitos o manifestaciones de violencia o
discriminación hacia la mujer que pueden tener expresión a través de reclamos ante la justicia
en el mismo.
Desde el fuero de Casación Penal se identificaron: Delitos contra la vida, Lesiones, Homicidio o
lesiones en riña, Abuso de armas, Abandono de personas, Delitos contra el honor, Delitos
contra la integridad sexual, Delitos contra la libertad individual, Violación de domicilio,
Violación de secretos, Delitos contra la libertad de trabajo y asociación, Extorsión, Delitos
contra la seguridad pública, Incendios y otros estragos, Asociación ilícita, Denegación y retardo
de justicia, Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo, Ley Nº 12.331 de profilaxis.
Asimismo, se indicó la existencia de delitos cuyos bienes jurídicos comprometidos por ser
colectivos (por ejemplo, administración pública, seguridad, etc.), no presentan claramente su
vinculación con cuestiones de género.
Desde el fuero Criminal y Correccional de la Capital Federal se mencionaron: Delitos contra la
integridad sexual, Delitos contra la libertad individual, Delitos contra las personas,
Defraudaciones entre cónyuges, Delitos contra la propiedad (Robo y Hurto).
Desde el fuero Criminal y Correccional Federal se indicaron: Trata de personas, Secuestro,
Reducción a la servidumbre, Abusos en el marco de procesos de lesa humanidad, Desaparición
forzada de personas embarazadas, Incumplimientos de funcionarios con víctima mujer,
vejaciones y apremios ilegales sobre detenidas, Privaciones abusivas de la libertad
(funcionarios policiales), Lesiones y maltrato en ocasión de la aprehensión o en el
sostenimiento de la detención, Requisas ilegales, Actos discriminatorios en los términos de la
Ley Nº 23.592.
Desde el fuero Penal Económico se mencionó el delito de transporte de estupefacientes bajo la
modalidad en el cuerpo, indicándose que es frecuente la detención de madres solteras o con
hijas/os menores de edad, con un bajo nivel de alfabetización y en su mayoría extranjeras bajo
la modalidad conocida como "mulas", lo cual indicaría una situación evidente de
vulnerabilidad.
34
También se destacó desde el fuero que las mujeres tienen un mayor nivel de adaptación al
servicio penitenciario y que en muchos casos padecen problemas de salud, algunas veces
preexistentes a la detención.
Paralelamente, a partir del análisis realizado por la Oficina de la Mujer, se consideró que
existen para el fuero Penal requerimientos mínimos que cumplimentar según el Artículo 9 l) de
la Ley 26.485.
Desarrollar, promover y coordinar con las distintas jurisdicciones los criterios para la selección
de datos, modalidad de registro e indicadores básicos desagregados -como mínimo- por edad,
sexo, estado civil y profesión u ocupación de las partes, vínculo entre la mujer que padece
violencia y el hombre que la ejerce, naturaleza de los hechos, medidas adoptadas y sus
resultados, y sanciones impuestas a la persona violenta.
Por lo tanto, para todos los objetos procesales se identificó información a relevar
separadamente en dos momentos: el inicial de la carga y el de la decisión final del proceso.
Esta información fue compatibilizada con aquella solicitada por la Oficina de Violencia
Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien elaboró un informe con los
requerimientos del nuevo sistema informático del Poder Judicial necesarios para su gestión.
Si bien no se realizaron entrevistas con referentes de tribunales de ejecución penal, los
requerimientos solicitados deberán ser aplicados también en estos, teniendo en cuenta los
objetos procesales específicos que se manejen.
→ Fuero Civil y Comercial Federal
Desde el fuero Civil y Comercial Federal se destacaron tres tipos de acciones o reclamos
recurrentes en relación a cuestiones de género:
Por una parte, daños y perjuicios, donde los hechos que pueden provocar una demanda penal
derivan en acciones civiles de daños. En segundo lugar, reclamos en relación a la solicitud de
ciudadanía, y por último, reclamos en torno a las prestaciones de obras sociales,
particularmente relacionados con temas de fertilidad o salud reproductiva.
Se propone entonces, además de las cuestiones ya identificadas para todos los fueros, la
incorporación específica de información relativa a estos tres tipos de reclamos.
→ Fuero Civil (Patrimonial)
Desde el fuero Civil se destacaron aquellos reclamos patrimoniales que se tramitan en el
mismo y que pudieran en muchos casos involucrar una cuestión de género.
• Juicios de daños derivados de afectaciones al honor (entre particulares o contra
medios de difusión pública, cualquiera sea la vía empleada).
35
• Juicios de daños derivados de afectaciones a la privacidad o intimidad (entre
particulares o contra medios de difusión pública, cualquiera sea la vía empleada).
• Juicios de daños por uso no autorizado de la imagen personal.
• Juicios de daños por discriminación en relaciones entre particulares.
• Juicios de daños derivados del ejercicio discriminatorio del denominado “derecho de
admisión” (empleo, establecimientos educativos, sistemas de salud, seguros, crédito
bancario, clubes, relaciones de consumo en general, etc.).
• Juicios de daños por situaciones vinculadas con delitos relacionados con la libertad
sexual.
• Juicios de daños por maltrato y mobbing laboral.
• Procesos en los que debe llevarse adelante un desalojo (desalojos y de ejecución).
• Juicios de amparo vinculados con situaciones similares a las indicadas en los puntos 2,
3, 4 y 5 u otros, como los relacionados con exclusiones de coberturas de los Sistemas
de Medicina Prepaga.
En algunos de estos reclamos la relación con cuestiones de género es directa, por lo que
quedarán identificadas al momento de ser referido el correspondiente objeto procesal. En los
casos donde esto no sucede, y la causa no necesariamente involucre la vulneración de un
derecho de una mujer, la registración de las categorías generales propuestas para todos los
fueros permitirá un reconocimiento particular.
→ Fuero Civil (Familia)
Desde el fuero Civil se indicaron aquellos objetos procesales de familia donde se manifiestan
con frecuencia cuestiones de género, ellos son: denuncias por violencia familiar, medidas
precautorias, medidas precautorias según el Art. 231 del Código Civil y reintegro de hijo.
Asimismo, se indicó que en los restantes procesos, si bien no hay datos que revelen que
necesariamente exista una relación con cuestiones de género, éstas pueden ser visibilizadas
durante el trámite del proceso. En este sentido se requiere la incorporación de categorías
generales (ya incluidas para todos los fueros) que permitan identificar a lo largo del proceso la
existencia de la vulneración de un derecho de una mujer. Además, se solicita la inclusión de
otras categorías para cualquier tipo de objeto procesal que se maneje en el fuero.
→ Fuero Electoral
Desde el fuero Electoral se indicó como cuestión específica en relación a cuestiones de género,
el tema de la aplicación de la Ley 24.012 de cupo femenino. La misma sustituyó el art. 60 del
Código Electoral Nacional, estableciendo en su segundo párrafo que las listas a presentarse
36
deben tener mujeres en un mínimo del 30% de los candidatos a los cargos a elegir y en
proporciones con posibilidad de resultar electas.
Dicha Ley fue reglamentada mediante el decreto N° 1246/00. Entre los considerandos se
destacó la finalidad de evitar la postergación de la mujer al no incluírsela en las listas en
lugares con expectativas de resultar electas, estableciendo expresamente en el artículo 2° que
el porcentaje del 30% establecido debía interpretarse como una cantidad mínima, anexando
una tabla a ser aplicada en los supuestos en que ese porcentaje determinare fracciones
menores a la unidad.
La reforma electoral sancionada en diciembre de 2009, mediante la Ley N° 26.571, incorporó la
acción de género a la organización interna de las agrupaciones políticas, exigiendo respetar el
porcentaje mínimo por sexo también para elecciones internas de los partidos. Desde el fuero
se informó que entre 1993 y 2005, la Cámara Nacional Electoral dictó cerca de un centenar de
fallos vinculados a la Ley de cupo. Se solicitan entonces categorías específicas para identificar
este tipo de reclamos y su resultado.
→ Fuero Comercial
Desde el fuero Comercial se indicó que los litigios que se tramitan en el mismo están
relacionados en todos los casos con cuestiones patrimoniales, es decir vinculados con bienes
materiales o inmateriales susceptibles de valoración económica (Art. 2.311 y 2.312 del Código
Civil).
En este sentido, por su complejidad técnica jurídica y procesal la vinculación de un litigio en el
fuero Comercial con cuestiones de género no podría ser resuelta al inicio de la demanda,
encontrándose sujeta a su análisis y pudiendo ser advertida únicamente al momento de dictar
sentencia.
Se mencionaron desde el fuero como ejemplo de ello casos donde se declara que una sociedad
fue constituida con el objeto ilícito de violar el régimen patrimonial del matrimonio en
supuesto de divorcio vincular y casos de incrementos de los valores de la prima en virtud de
acreditarse que existe un agravamiento del riesgo por ser la asegurada una mujer.
En función de lo expuesto se considera que la incorporación de las categorías generales
establecidas para todos los fueros, permitirá el registro de los casos donde efectivamente se
trate de causas relacionadas con la vulneración de algún derecho de una mujer.
→ Fuero Laboral
Desde el fuero Laboral se destacó la prolongada experiencia en materia de informatización y
realización de estadísticas, indicándose sin embargo que los datos que pueden obtenerse del
sistema informático en uso, no dan cuenta específicamente de la problemática de género.
37
En este sentido se identificaron las indemnizaciones por término del contrato, como los
reclamos más recurrentes relacionados con cuestiones de género, siendo los más comunes
aquellos basados en despidos por causa de maternidad y por causa de matrimonio.
La clasificación existente en el Cuerpo Orgánico Correspondiente a Reglamentos y Acordadas
de la Justicia Nacional del Trabajo, en el Título 13 punto 1.13.1.3 menciona el despido
genérico, la indemnización por fallecimiento y la indemnización por incapacidad absoluta. Sin
embargo no se contempla expresamente la indemnización en despidos por causa de
maternidad o por matrimonio, también previstas en la Ley de Contrato de Trabajo.
No se ha identificado ninguna razón para que estén incluidos los otros dos supuestos y no la
maternidad y el matrimonio como indemnizaciones laborales de corte general y, respecto de
las cuales no hay prácticamente debate en doctrina y jurisprudencia con relación a su
procedencia y a su forma de cálculo (tarifa legalmente establecida) en caso de que se
verifiquen los recaudos legalmente exigidos.
Por otra parte, la jurisprudencia emanada de la Justicia Nacional del Trabajo ha reconocido
determinados supuestos de actos o prácticas discriminatorias, fundados en la ley 23.592 o en
disposiciones constitucionales o internacionales entre los que se pueden detectar casos
vinculados en razones de género. Gran parte de los magistrados laborales han admitido la
competencia de los tribunales del trabajo y han receptado la viabilidad de la acción interpuesta
con dicho fundamento jurídico para los casos de discriminación durante la vida laboral o
despidos discriminatorios, reconociendo por dicha vía en numerosas oportunidades el
resarcimiento integral de los daños.
Si bien no está previsto como rubro u objeto específico en el sistema informático o en la Mesa
de sorteo y adjudicación de demandas, así como tampoco lo está la acción fundada en la Ley
26.485 de protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres, ha habido planteos y resoluciones judiciales aplicando alguna o ambas leyes en casos
de violencia contra la mujer en el ámbito laboral y reconociendo su resarcimiento integral.
En este sentido, se propone la inclusión de un objeto procesal específico y de determinadas
categorías en otros ya existentes con el fin de incorporar aquellas cuestiones no previstas
relacionadas con la vulneración de un derecho de una mujer.
→ Fuero Contencioso Administrativo Federal
Desde el fuero Contencioso Administrativo Federal se identificaron aquellas cuestiones
vinculadas con temas de género en las que interviene el fuero.
El reclamo por sanciones que les fueron impuestas, contratos que nunca se efectivizan, o
evaluaciones para el ascenso que podrían verse alteradas en virtud del género para el Empleo
público o para Personal Militar son algunas de estas cuestiones. En este sentido se menciona el
fallo de la Sala IV, del 31/5/00 “Félix María Eugenia c/ Mº Defensa – FAA s/ Personal Militar”.
38
Por otra parte, si bien no se han registrado este tipo de reclamos, se menciona como posible
cuestión los recursos directos en los que se impugnan sanciones (por ejemplo del Colegio
Público de Abogados de la Capital Federal) o concursos (por ejemplo de la Universidad de
Buenos Aires).
Todo este tipo de cuestiones se considera que podrán ser identificadas mediante la inclusión
de las categorías generales propuestas para todos los fueros.
39
6. ANEXOS
6.1. Ejemplos de pantallas de carga de datos usadas en los fueros
40
41
42
43
44
6.2. Formulario para colaboradoras/es de los Fueros
Transversalización de la Perspectiva de Género en las Estadísticas Judiciales
A. Enumeren todas las manifestaciones de violencia/discriminación hacia la mujer que
puedan tener su expresión a través de reclamos ante la justicia en su fuero:
1.
2.
3.
4.
5.
B. Enumeren las personas que intervienen en los procesos que tramitan en ese fuero
cuyo relevamiento pueda resultar de interés para la obtención de datos género-
sensitivos:
1.
2.
3.
4.
5.
C. Ahora teniendo en cuenta los campos completados, proponga modificaciones en el
sistema de carga actual sobre la base de la impresión de las pantallas de cargas en su
fuero, en las distintas instancias.
1.
2.
3.
4.
5.
45
Fuero
Referen
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bjeto
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escripció
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Pen
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es / Jub
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enu
ncian
etc.
Ob
ras sociales.
Fertilidad
o salu
d rep
rod
uctiva
Trata de p
erson
as.
Secuestro
.
Red
ucció
n a la servid
um
bre.
Ab
uso
s en e
l marco
de p
roceso
s de lesa h
um
anid
ad.
Desap
arición
forzad
a de p
erson
as emb
arazadas.
Incu
mp
limien
tos d
e fun
cion
arios co
n víctim
a mu
jer.
Severidad
es, vejacion
es y aprem
ios ile
gales sob
re deten
idas.
Privacio
nes ab
usivas d
e la libertad
(fun
cion
arios p
oliciales).
Lesion
es y maltrato
en o
casión
de la ap
rehen
sión
o en
el sosten
imien
to d
e la
deten
ción
.
Req
uisas ile
gales.
Acto
s discrim
inato
rios en
los térm
ino
s de la Ley N
º 23.59
2.
→ C
ivil y Co
mercial Fe
deral
Gab
riel Del M
azo
→ C
rimin
al y Co
rreccion
al
Federal
Susan
a Echevarría
Van
esa Risetti D
elion
Gu
adalu
pe Q
uetto
→ Segu
ridad
Social
Maria M
arta Lavigne
Patricia V
ignasco
Patricia R
ossi
→ C
rimin
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rreccion
al de
la Cap
ital Federal
An
a Po
leri
Nico
lás Gran
di
→ C
on
tencio
so A
dm
inistrativo
Federal
Josefin
a Bu
solin
i
6.3. Cuadro de objetos procesales relacionados con género por fuero
46
Fuero
Referen
teO
bjeto
sD
escripció
n
Desp
ido
po
r causas d
e matern
idad
.
Desp
ido
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on
io.
Aco
so Lab
oral.
→ P
enal Eco
nó
mico
Valeria R
osito
Peralta
Transp
orte d
e estup
efacientes (m
od
alidad
en el cu
erpo
).
Deten
ción
de m
ujeres b
ajo la m
od
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con
ocid
a com
o "m
ulas" tran
spo
rtand
o su
stancias estu
pefacien
tes. Las
mism
as pu
eden
: sufrir am
enazas (h
acia su p
erson
a, su fam
ilia o h
ijos); ser m
adres (so
lteras o
con
hijo
s men
ores d
e
edad
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ajo n
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etización
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e un
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extranjeras.
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s de afectacio
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on
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Entre p
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con
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e difu
sión
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blica, cu
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Dañ
os d
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os p
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so n
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Dañ
os p
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os d
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om
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o “d
erecho
de
adm
isión
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En em
ple
os, estab
lecimien
tos ed
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s, sistemas d
e salud
, seguro
s, crédito
ban
cario, clu
bes, relacio
nes d
e
con
sum
o en
general, etc.
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os p
or situ
acion
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ladas co
n d
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culad
os co
n la lib
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al.
Dañ
os p
or m
altrato y m
ob
bin
g labo
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Desalo
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e ejecució
n.
Pro
cesos en
los q
ue d
ebe llevarse ad
elante u
n d
esalojo
(desalo
jos y d
e ejecució
n).
Otro
s reclamo
s po
r vía de am
paro
.V
incu
lado
s con
dañ
os así co
mo
los relacio
nad
os co
n exclu
sion
es de co
bertu
ras de lo
s Sistemas d
e Med
icina
Prep
aga.
Den
un
cia po
r Vio
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iliar (212).
Med
idas P
recauto
rias (208).
Med
idas P
recauto
rias Art. 23
1 del C
ód
igo C
ivil (200
).
Rein
tegro d
e Hijo
(144).
Divo
rcio.
Alim
ento
s.
→ C
ivil (Patrim
on
ial)G
ustavo
Caram
elo
Cecilia K
and
us
→ C
ivil (Familia)
Diego
Iparragu
irre
An
a María Fern
ánd
ez
→ Trab
ajoV
iviana D
ob
arro
47
Fuero
Referen
teO
bjeto
sD
escripció
n
Delito
s con
tra la vida.
Lesion
es.
Ho
micid
io o
lesion
es en riñ
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uso
de arm
as.
Ab
and
on
o d
e perso
nas.
Delito
s con
tra el ho
no
r.
Delito
s con
tra la integrid
ad sexu
al.
Delito
s con
tra la libertad
ind
ividu
al.
Vio
lación
de d
om
icilio.
Vio
lación
de secreto
s.
Delito
s con
tra la libertad
de trab
ajo y aso
ciación
.
Extorsió
n.
Delito
s con
tra la segurid
ad p
úb
lica.
Incen
dio
s y otro
s estragos.
Aso
ciación
ilícita.
Den
egación
y retardo
de ju
sticia.
Encu
brim
iento
y Lavado
de A
ctivos d
e origen
delictivo
.
Ley Nº 1
2.331
de p
rofilaxis.
Declaració
n d
e qu
e un
a socied
ad fu
e con
stituid
a con
ob
jeto ilícito
para vio
lar el régimen
patrim
on
ial del
matrim
on
io en
sup
uesto
de d
ivorcio
vincu
lar.
Increm
ento
s de lo
s valores d
e la prim
a de u
n segu
ro, en
virtud
de m
eritarse qu
e existe un
agravamien
to d
el riesgo
po
r ser la asegurad
a un
a mu
jer.
→ Electo
ralElen
a Gó
mez
An
drea Sab
atini
Ley N° 26
.57
1.P
orcen
taje mín
imo
po
r sexo en
la con
form
ación
de las listas p
ara cargos p
úb
licos electivo
s así com
o p
ara
eleccion
es intern
as de lo
s partid
os.
→ C
om
ercialA
lejand
ra Tévez
→ C
asación
Pen
alA
licia Jerez
Juan
Pab
lo Iriarte
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