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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 MINISTERIO DEL INTERIOR CERTIFICACION NUMERO 1552 DE O3OCT ioi Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse" EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 21 de agosto de 2014, el oficio con radicado externo EXTMII 4-0039770, por medio del cual el señor JAVIER CASTAÑO JACOME, en calidad de Abogado de la empresa SEELIG ROAD GROUP INC., solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "PROYECTO DE EXPLOTACIÓN MINERA DE CARBÓN Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT.-081", localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto libertador y Montelíbano, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas: Página 1 de 5 PTO NORTE ESTE 1 1378226,774 824353,684 2 1378372,215 823064,595 3 1378419,481 823028,937 4 1378425,536 822747,946 5 1374305,973 824678,124 6 1373609,130 824646,051 7 1372799,512 827196,419 8 1370780,782 826444,700 9 1370705,546 826752,183 10 1373295,345 827363,037 11 1373595,282 828750,331 12 1377431,054 827863,214 13 1377909,041 825954,532 14 1377688,031 825952,917 15 1377682,814 826666,947 16 1377338,018 826908,451 17 1377335,580 827105,451 18 1376815,561 827101,655 19 1376547,316 826720,663 20 1377272,377 825762,862 21 1377853,151 825528,080 22 1377761,709 824492,301

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REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

MINISTERIO DEL INTERIOR

CERTIFICACION NUMERO 1552

DE O3OCT ioi

Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse"

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

diciembre de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 21 de agosto de 2014, el oficio con radicado externo EXTMII 4-0039770, por medio del cual el señor JAVIER CASTAÑO JACOME, en calidad de Abogado de la empresa SEELIG ROAD GROUP INC., solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "PROYECTO DE EXPLOTACIÓN MINERA DE CARBÓN Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT.-081", localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto libertador y Montelíbano, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

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1 1378226,774 824353,684

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6 1373609,130 824646,051

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8 1370780,782 826444,700

9 1370705,546 826752,183

10 1373295,345 827363,037

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20 1377272,377 825762,862

21 1377853,151 825528,080

22 1377761,709 824492,301

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 15 52 DE 03 OCT 2e14

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII4-0039770 de¡ 21 de agosto de 2014.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, Ii) un (1) CD digital shape, un (1) plano del proyecto y cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "PROYECTO DE EXPLOTACIÓN MINERA DE CARBÓN Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT-081"

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "PROYECTO DE EXPLOTACIÓN MINERA DE CARBÓN Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT-081", localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto libertador y Montelíbano, departamento de Córdoba. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2014), u) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2014), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2014), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2014), y) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (Incoder 2014) y vi) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2014).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 29 de septiembre de 2014 en el cual se estableció lo siguiente:

"Se realizó la digitalización del polígono con las coordenadas enviadas por el señor Javier Castaño Jacome, dentro del proyecto "Proyecto de explotación minera de carbón y demás minerales concesibles - Contrato de Concesión Minera No. GCT-081 ", el polígono fue digitalizado en el sistema de referencia Magna Sirgas - Origen Bogotá. El área total del proyecto es de aproximadamente 1913,33 hectáreas.

La solicitud de certificación cuenta con información básica como el nombre, la localización y las coordenadas del proyecto. La localización del polígono presenta coherencia espacial con la información suministrada en la solicitud de certificación, por lo cual es posible realizar el análisis cartográfico correspondiente.

Una vez realizado el análisis cartográfico correspondiente, usando como base el polígono suministrado por el señor Javier Castaño Jacome, la cartografía base del IGAC (límite departamental, límite municipal, centros poblados, drenaje y vías) y la revisión con bases de datos de comunidades étnicas disponibles en la Dirección de Consulta Previa, se determina que dentro del área del proyecto "Proyecto de explotación minera de carbón y demás minerales concesibles - Contrato de Concesión Minera No. GCT-081" si se registra la presencia de la comunidad indígena La Libertad Pica Pica Viejo, de la etnia Zenu, registrada ante la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías, mediante proceso INCODER según oficio 16 de septiembre de 2005 constitución de resguardo alto San Jorge.

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que se registra presencia de la Comunidad Indígena La Libertad Pica Pica Viejo, de la etnia Zenu, Registrada ante la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías, mediante proceso INCODER, según oficio 16 de septiembre de 2005 constitución de Resguardo alto San Jorge, en el área del proyecto: "PROYECTO DE EXPLOTACION MINERA DE CARBÓN Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT-081", localizado en jurisdicción de los

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municipios de Puerto libertador y Montelíbano, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII4-0039770 de¡ 21 de agosto de 2014.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas,PROYECTO DE EXPLOTACION Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto:

MINERA DE CARBON Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT-081", localizado en jurisdicción de Tos municipios de Puerto libertador y Montelíbano, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

PTO NORTE ESTE

1 1378226,774 824353,684

2 1378372,215 823064,595

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Fuente: Suministrada por el solicitante: radicado externo EXTMII4-0039770 de¡ 21 de agosto de 2014.

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMII4-0039770, para el proyecto: PROYECTO DE EXPLOTACION MINERA DE CARBON Y DEMÁS MINERALES CONCESIBLES - CONTRATO DE CONCESIÓN MINERA No. GCT-081", localizado en jurisdicción de los municipios de Puerto libertador y Montelíbano, departamento de Córdoba, identificado con las siguientes coordenadas:

PTO NORTE ESTE

1 1378226,774 824353,684

2 1378372,215 823064,595

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5 1374305,973 824678,124

6 1373609,130 824646,051

7 1372799,512 827196,419

8 1370780,782 826444,700

9 1370705,546 826752,183

10 1373295,345 827363,037

11 1373595,282 828750,331

12 1377431,054 827863,214

13 1377909,041 825954,532

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19 1376547,316 826720,663

20 1377272,377 825762,862

21 1377853,151 825528,080

22 1377761,709 824492,301

23 1378174,733 824495,320

24 1378175,903 824335310

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMII4-0039770 de¡ 21 de agosto de 2014.

CUARTO. Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta certificación, deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la Directiva Presidencial 10 de 2013.

A

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 15 52 DE 03 OCT 2014

QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ÁLVARO E9{-IEVERRY LONDOÑO Directdde Consulta Previa

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/.nes Etaboró: Richard E Sintura P. Abogado D.C.P.Aprobó: Luis Fernando Mora. Líder Area de Certifica

T.R.D. 2500.09.06

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