ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO … · Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de...

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Pl. Sant Miquel, 2 C.I.F. P 4610300 H C.P. 46515 QUART DE LES VALLS Téléphona 962600305 Fax 962602620 (VALENCIA) e-mail [email protected] ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER EXTRAORDINARIO, EL DIA 30 DE ENERO DE 2012. En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz. Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la presidencia, a las dieciocho treinta horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2011, obrando en poder de los concejales/as. Sometida por la presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7 DE LA ORDENANZA DEL IBI. Dada cuenta de la publicación del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera y la actual coyuntura económica por la que se atraviesa. Dada cuenta de que el Ayuntamiento de Quart de les Valls, por acuerdo de Pleno, de fecha 11 de noviembre de 2003, aprobó la Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora de Bienes Inmuebles en vigor. Vistos los artículos 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas, en los que se establece el procedimiento a seguir para la elaboración, publicación, publicidad y modificación de Ordenanzas Locales y el artículo 8 del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas. Se propone la adopción del siguiente ACUERDO, Primero. Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 7 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de bienes inmuebles, tipo de gravamen, Urbanos fijándolo en el 1,10 durante los ejercicios 2012 y 2013. Segundo. Publicar en el BOP, por plazo de treinta días, a efectos de información pública y audiencia a los interesados para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Tercero. En caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo. Sometido por la presidencia a votación se aprueba por unanimidad.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER EXTRAORDINARIO, EL DIA 30 DE ENERO DE 2012.

En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz. Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la presidencia, a las dieciocho treinta horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2011, obrando en poder de los concejales/as. Sometida por la presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7 DE LA ORDENANZA DEL IBI. Dada cuenta de la publicación del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera y la actual coyuntura económica por la que se atraviesa. Dada cuenta de que el Ayuntamiento de Quart de les Valls, por acuerdo de Pleno, de fecha 11 de noviembre de 2003, aprobó la Ordenanza Fiscal Municipal Reguladora de Bienes Inmuebles en vigor.

Vistos los artículos 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 17 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas, en los que se establece el procedimiento a seguir para la elaboración, publicación, publicidad y modificación de Ordenanzas Locales y el artículo 8 del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas. Se propone la adopción del siguiente

ACUERDO, Primero. Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 7 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de bienes inmuebles, tipo de gravamen, Urbanos fijándolo en el 1,10 durante los ejercicios 2012 y 2013. Segundo. Publicar en el BOP, por plazo de treinta días, a efectos de información pública y audiencia a los interesados para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Tercero. En caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo.

Sometido por la presidencia a votación se aprueba por unanimidad.

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El grupo del Partido Popular de conformidad con lo establecido en el artículo 97.5 del Real Decreto 2568/1986 de, 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales presenta la siguiente Enmienda para su debate y votación.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Primero. De conformidad con el artículo 97-5º del Real Decreto 2568/1986 de, 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que determina que “Enmienda, es la es la propuesta de modificación de un dictamen o proposición presentada por cualquier miembro, mediante escrito presentado al Presidente antes de iniciarse la deliberación del asunto.” Segundo. En base al Anteproyecto de Presupuestos 2012 presentado a debate del Pleno de 30 de enero de 2012, y artículo 2-2 del RDL 20/2011 de, 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para corrección del déficit público, Por todo lo expuesto, el grupo del Partido Popular propone al Pleno del Ayuntamiento de Quart de les Valls la aprobación de la siguiente

ENMIENDA Primero. La reforma de las cantidades de las partidas del Capítulo 1 de Gastos, que implican incremento de retribuciones de personal, por ser contrario a la Ley, y que se mantengan los importes del año 2011. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad el debate y posterior votación de la enmienda. Abierto el debate por la presidencia intervino el portavoz del PP en defensa de la enmienda. A continuación la Presidenta cedió el turno de palabra a: el portavoz de EU diciendo que no admite el fondo del asunto, que a los vigilantes se podría actualizar el sueldo ante una posible sentencia. La portavoz del grupo municipal PSOE manifiesta que no hay incremento de retribuciones sino que se ha adecuado a la clasificación del complemento específico a las auxiliares administrativas. Sometido por la presidencia a votación se desestima por: cinco votos en contra de los grupos PSOE y EU y cuatro a favor del PP. PUNTO 3. APROBACIÓN PRESUPUESTO 2012. De orden de la Presidencia, se procede a dar lectura de las previsiones de ingresos y créditos para gastos, contenidas en el Presupuesto General para el ejercicio de 2012, que presenta la Alcaldía, procediendo al examen y discusión de su contenido. Y resultando que dicho presupuesto ha sido informado favorablemente por secretaría-intervención.

Considerando que el proyecto de Presupuesto se ajusta, en su fondo y forma, a la normativa contenida en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la Orden EHA/4042/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidad local y a la

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OrdenEHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. Visto el Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas. Se propone al Pleno la adopción del siguiente:

ACUERDO Primero.- Aprobar provisionalmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2012, fijando los gastos y los ingresos en las cifras, que por capítulos, se expresan seguidamente:

GASTOS CLASIFICACIÓN ECONÓMICA

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1 OPERACIONES CORRIENTES

CAPITULO 1. GASTOS DE PERSONAL 230.300 € CAPITULO 2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 153.607 € CAPITULO 3. GASTOS FINANCIEROS 7.100 € CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 45.408 € A.2 OPERACIONES DE CAPITAL CAPITULO 6. INVERSIONES REALES 105.935 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO 9. PASIVOS FINANCIEROS 8.054 € TOTAL GASTOS 2012 550.404 €

INGRESOS A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1 OPERACIONES CORRIENTES

CAPITULO 1. IMPUESTOS DIRECTOS 247.593 € CAPITULO 2. IMPUESTO INDIRECTOS 10.000 € CAPITULO 3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 93.693 € CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 161.837€ CAPITULO 5. INGRESOS PATRIMONIALES 13.860 € A.2 OPERACIONES DE CAPITAL

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CAPITULO 6. ENAJENACION INVERSIONES REALES 0 € CAPITULO 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 37.935 € B) OPERACIONES FINANCIERAS CAPITULO 8. ACTIVOS FINANCIEROS 0 € CAPITULO 9. PASIVOS FINANCIEROS 0 € TOTAL INGRESOS 2012 569.651€ Segundo.- Igualmente, aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto General, la Modificación de la Plantilla de Personal, la Relación de Puesto de Trabajo y la asignación de un complemento especifico mensual a las auxiliares administrativas de 321,26 €. Tercero.- Exponer al público el Presupuesto General, inicialmente aprobado, en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en éste, poniendo a disposición del público la correspondiente documentación; durante cuyo plazo, los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación. Cuarto.- Considerar definitivamente aprobado el Presupuesto General, si durante el citado período no se hubiesen presentado reclamaciones. Sometido por la presidencia a estudio y debate se aprueba por mayoría, cinco votos de los grupos PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto manifiesta: “Son unos Presupuestos irreales, insolidarios y deficitarios. Solicitamos que no se vuelva a repetir la prórroga y demora en su aprobación, y denunciamos que no nos ha dado la práctica totalidad de la información solicitada. Sigue sin controlarse el Capitulo 2, con una cantidad irreal, sin detallar conceptos que hemos reclamado y sin medidas concretas de ahorro tal como solicitamos. Se aumentan partidas de retribución de personal y por primera vez en la historia pagaremos la cantidad más elevada de impuestos. Se deberían hacer las inversiones que tienen repercusión directa en ahorro y seguimos sin tener información reclamada referente a las inversiones incluidas, con un Presupuesto ya iniciado. Tampoco tenemos contestación a las reclamaciones nuestras en tasas de mercado, piscinas o instalaciones deportivas. Por último, por primera vez no aparecen nivelados ingresos y gastos y entendemos que los diferentes equipos de gobierno han sido incapaces de buscar nuevas formas de gestión y de financiación a parte de la subida de impuestos.” A continuación intervino el portavoz de EU que en la motivación del voto manifiesta: “Que él había solicitado el aplazamiento en la aprobación del Presupuesto 2012, para poder estudiarlo con tranquilidad y discutirlo. Que seguro que se puede mejorar el Presupuesto, y se pueden estudiar con calma las ordenanzas, por ejemplo la piscina, se desajusta el coste del servicio con la

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recaudación. En cuanto a los vados se debe estudiar la situación actual. Como visión general el presupuesto es adecuado a las condiciones actuales.” Seguidamente intervino la portavoz del grupo municipal PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que el partido popular lleva reiterando la misma motivación de su voto durante varios años. En cuanto al aumento que ha experimentado el IBI Urbana se ha destinado a inversiones y a paro. El presupuesto se puede mejorar y solicito que presenten sus iniciativas”. Finamente intervino la Presidenta en defensa del Presupuesto 2012 que manifiesta: “Respecto de la documentación del pleno estaba, como siempre, a disposición de todos los concejales en la secretaría del Ayuntamiento y que en esta ocasión se les ha facilitado con suficiente tiempo de antelación para que pudieran preparar la Comisión de cuentas. No obstante, se les ofreció una copia del Presupuesto encuadernada que podían recoger de la secretaría, así como cualquier otra aclaración que viesen necesaria. Sobre el aumento en las retribuciones del personal, se dio lectura de la Memoria de la alcaldía donde se exponen los motivos y se explica que, no hay un incremento homogéneo de las retribuciones, sino una adecuación de los complementos específicos de los puestos de trabajo de las auxiliares administrativas según la RPT. También les respondió que sí se les ha pasado en la Comisión una relación de mejoras e inversiones, con propuestas de ahorro. Que el objetivo es que al respecto queremos que sea un proceso abierto a las sugerencias y a la participación de todos los grupos municipales. En cuanto a los aspectos comentados sobre el Presupuesto de ingresos se informa que hay intención de estudio para la revisión de las ordenanzas fiscales, pero en este pleno estamos aprobando el presupuesto y recuerda que es una previsión que se hace tomando como referencia los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior. Por último, sobre el desnivel entre ingresos y gastos se explica que no es así, sino que se trata de un ajuste financiero que hay que hacer por aplicación de la normativa en vigor sobre estabilidad presupuestaria, información que se corrobora por la secretaria-interventora de la Corporación."

Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las diecinueve treinta y cinco, de lo cual como secretaria doy fe.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER ORDINARIO, EL DIA 15 DE MARZO DE 2012.

En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz. Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la Presidencia, a las dieciocho horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la Presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 30 de enero de 2012, obrando en poder de los Concejales. Sometida por la Presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente en materia de régimen local, esta Alcaldía da cuenta de las Resoluciones que ha adoptado desde el último Pleno Ordinario: Nº 95 de, 14 de diciembre de 2011, sobre adjudicación y aprobación del gasto de la obra, Canalización de aguas pluviales en Polideportivo municipal. Nº 96 de, 29 de diciembre de 2011, sobre prórroga del presupuesto 2011. Nº 97 de, 30 de diciembre de 2011, sobre prórroga contratación de Amparo Ferrer Acamer, del 1 de enero al 30 de junio 2012. Nº 98 de, 30 de diciembre de 2011, sobre prórroga contratación de Mª Luisa Adrián Ferrer, del 1 de enero al 31 de marzo 2012. Nº 99 de, 30 de diciembre de 2011, sobre prórroga contratación de Ricardo Segarra Sanchís, del 1 de enero al 31 de marzo 2012. Nº 100 de, 30 de diciembre de 2011, sobre contratación de Borja Ortega Albero, del 1 de enero al 29 de febrero 2012. Nª 1 de, 12 de enero 2012, sobre solicitud inclusión en el PPOS 2012 de la obra “Renovación red de alcantarillado en calle Cristo y plaza Mayor”, por importe de 37.935,00€. Sometida a la Presidencia a votación fue aprobada por unanimidad de los/las concejales/concejalas. Nº 2 de, 13 de enero 2012, sobre aprobación Padrones Fiscales del: Servicio de agua Potable, Cementerio, entrada de Vehículos, Alcantarillado, Guardería Rural y Conservación de caminos ejercicio 2012. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por cinco votos de los grupos municipales PSOE, EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación de voto manifiesta que: “Al no disponer del informe de vados y viales solicitados, no se puede emitir valoración al respecto.”

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Nº 3 de, 16 de enero 2012, sobre contratación de Teresa Mª Peiró Contador, del 16 de enero al 15 de febrero. Nª 4 de, 27 de enero 2012, sobre solicitud inclusión en el PCR 2012 de la obra “Acondicionamiento camino forestal Codoval 3ª Fase”, por importe de 25.000,00€. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por cinco votos de los grupos municipales PSOE, EU y cuatro abstenciones del PP. El portavoz del PP solicita el proyecto de la 2ª Fase. Nª 5 de, 27 de enero 2012, sobre adjudicación y aprobación del gasto de la obra, Asfaltado y aceras en C/ Ramón y Cajal, Cirilo Amorós y Doctor Berenguer Nª 6 de, 27 de enero 2012, sobre adjudicación y aprobación del gasto de la obra Asfaltado y arreglo de las aceras en C/ Juan Carlos I. Nª 7 de, 27 de enero 2012, sobre Generación créditos en el Presupuesto 2011, prorrogado por Resolución de Alcaldía de 29 de diciembre de 2011, por importe de 65.935,00 €. Nª 8 de, 27 de enero 2012, sobre adjudicación y aprobación del gasto de la obra Acondicionamiento camino Codoval 2ª Fase. Nª 9 de, 2 de febrero de 2012, sobre aprobación factura presentada por José Mª Pérez Adelantado, técnico redactor del proyecto Asfaltado y aceras en C/ Ramón y Cajal, Cirilo Amorós y Doctor Berenguer, incluidas en el PPOS/2011, por importe de 1.840,96 €. Nª 10 de, 2 de febrero de 2012, sobre aprobación factura presentada por José Mª Pérez Adelantado, técnico redactor del proyecto Asfaltado y aceras en C/ Ramón y Cajal, Cirilo Amorós y Doctor Berenguer, incluidas en el PAP/2011, por importe de 1.058,81€. Nº 11 de, de febrero de 2012, sobre adjudicación y aprobación del gasto del servicio de control analítico del agua potable. Nº 12 de, 2 de marzo de 2012, convocatoria de licitación y aprobación Pliego de Condiciones que ha de regir el concurso arrendamiento de la vivienda sita en C/ Juan Carlos I, nº 1. PUNTO 3. INFORMACIÓN PERIÓDICA AL PLENO A FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2011. En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 207 del T.R.L.R.H.L y la Base de 26 del Presupuesto General vigente, la Intervención de la Entidad elabora la información, que por conducto de la Presidencia, debe remitir al Pleno de la Corporación, de la ejecución de los presupuestos y del movimiento y situación de la tesorería, de conformidad con lo establecido en la regla 94 de la Orden EHA 4042/2004, de 23 de noviembre, que se unen como anexo I debidamente diligenciado. PUNTO 4. INFORMACIÓN TRIMESTRAL AL PLENO EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 15/2010, DE 5 DE JUILO, DE MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD. Por conducto de la Presidencia, se da cuenta al Pleno del Informe trimestral, a fecha 30 septiembre 2011 y 31 de diciembre de 2011, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 15/5010, de 5 de julio, a los que se unen Anexo I y II y relación de facturas que, hayan transcurrido tres meses, desde su inscripción en el Libro Registro de Facturas.

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PUNTO 5. DACIÓN CUENTA CERTIFICACIÓN EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 3 DEL REAL DECRETO-LEGISLATIVO 4/2012, DE 24 DE FEBRERO. Por conducto de la Presidencia, se da cuenta al Pleno, del certificado negativo expedido por secretaria-intervención, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero. PUNTO 6. MOCIÓN DE EU SOBRE SOLICITUD DEROGACIÓN DEL DECRETO-LEY 3/2012, DE REFORMA LABORAL. El 12 de febrero ha entrado en vigor el RDL 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral aprobada por el Gobierno. La reforma supone la reducción de derechos colectivos e individuales de la clase trabajadora, con la “justificación” de reducir el desempleo cuando es el propio Gobierno el que reconoce que en 2012 el desempleo aumentará. Entonces el Gobierno ha aprovechado la crisis del sistema capitalista y la enorme tasa de desempleo para dar soporte a los postulados más “agresivos” de la patronal. La reforma laboral no ayudará a la creación de empleo como no lo hizo su predecesora el 2012. Desregula e individualiza las relaciones laborales, amplía el poder unilateral de los empresarios, rebaja económicamente el despido, baja los salarios y ataca al sindicalismo: Nuevo contrato de trabajo, para empresas de menos de 50 trabajadores/as, con un periodo de prueba de un año, durante el cual el/la trabajador/a puede ser despedido sin causa, ni preaviso, ni indemnización. Además con incentivos fiscales y bonificaciones en la Seguridad Social. En la práctica supondrá además un ataque a la libertad de organizarse sindicalmente, puesto que cualquier acción o voz discordante del trabajador/a podrá acabar en un despido sin motivar. Modificación del contrato de formación, (art. 11.2 del ET). Aumenta la edad, antes para jóvenes de 16 a 21, ahora pasa de 16 a 25 años. Se permite que se pueda encadenar este tipo de contrato en la misma empresa si la actividad realizada es distinta. La retribución pasa de ser la establecida en convenio, al Salario Mínimo. Supone extender los contratos basura favoreciendo el fraude. Rebaja económica del despido. Modifica el art. 56.1 del ET. La indemnización por despido improcedente pasa de 45 días y 42 mensualidades a 33 días y 24 mensualidades. Desaparecen salarios de tramitación, sólo se pagarán en caso de que la empresa opte por la readmisión. Derecho del empresario de disponer arbitrariamente del 5% de la jornada de los/as trabajadores/as. (art. 34.2 del ET) sin necesidad de acuerdo. Reducción salarial. (art. 41 del ET), permite realizar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Afectando a la jornada de trabajo, horarios, turnos, etc. Posibilidad de reducción de salarios para razones técnicas, organizativas o de producción. Sin que los/as trabajadores/as puedan acudir a la autoridad laboral. Amplía el poder empresarial, para imponer funciones diferentes y trasladar los/as trabajadores/as a otro centro sin necesidad de justificación organizativa. Facilita el despido colectivo. (art. 51 del ET) Facilita los despidos que afecten al 10% de la plantilla, será suficiente que se dé una reducción de ingresos o

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ventas durante tres trimestres, permaneciendo el despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Elimina el requisito de autorización para la autoridad laboral. Supone privar a los/as trabajadores/as del derecho de negociación para unas mejores condiciones de despido. Despido por absentismo. Ausencia justificada de un 20% de la jornada en dos meses es motivo de despido. Supone vulnerar el derecho de los/as trabajadores/as a la salud. Responsabiliza de la crisis a las víctimas. Un/a trabajador/a en situación de desempleo con prestación, en lugar de tomarse su tiempo para su preparación, recuperación y búsqueda de empleo pueden ser condenados a hacer trabajos para la comunidad. Limita los convenios de ámbito superior. Prioridad de los convenios de empresa sobre los de ámbito superior (estatal, autonómico o provincial), lo que supondrá la pérdida de los derechos de los/as trabajadores/as en cuestiones como el salario, complementos, horas extraordinarias, horarios, vacaciones, clasificación profesional, conciliación, etc. Se podrá establecer peores condiciones laborales. Desaparece la “ultractividad” de los convenios. (art. 86.3 ET) Superado el periodo de 2 años sin que se firme un convenio se aplicará el convenio de ámbito superior, sin prolongar las mejoras que hubiera podido acumular el convenio caducado por la acción de los años de negociación colectiva. Empresas de colocación. (modificación art. 16.3 ET), permite definitivamente que las empresas de colocación privada actúen como intermediarios entre trabajadores y empresas. Supone dejar en manos privadas un servicio que siempre se ha prestado de manera pública, posibilitará que se comenten arbitrariedades en función del interés patronal. Supone renunciar a que los servicios públicos de empleo mejoren sus mecanismos de actuación. Estamos asistiendo a movilizaciones de trabajadores/as entre las que hay convocada una Huelga General para el próximo 29 de marzo. Ante el conjunto de agresiones sociales que estamos viviendo urge la toma de respuestas contundentes. Por ello lanzo la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: Primero. El Ayuntamiento de Quart de les Valls rechaza el RDL 3/2012, de medidas urgentes para la reforma laboral. Segundo. El Ayuntamiento de Quart de les Valls insta al Gobierno a la retirada inmediata del RDL 3/2012, de medidas urgentes para la reforma laboral. Tercero. El Ayuntamiento de Quart de les Valls pone de manifiesto mediante la presente su soporte a las diferentes movilizaciones en contra de la reforma laboral llevadas a cabo por las organizaciones sociales y a la Huelga General del 29 de marzo. Cuarto. Trasladar el acuerdo a:

− A la presidencia del Gobierno de la Nación. − A la Ministra de Trabajo. − A los sindicatos que actúan en el ámbito del Camp de Morvedre:

CCOO, UGT, CGT, CNT

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Sometido por la presidencia a votación se aprueba por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación del voto manifiesta: “Al tratarse de mociones partidistas cuyo contenido no entra en las competencias propias de la Ley de Régimen de Bases Local”. PUNTO 7. COMUNICACIONES OFICIALES. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente se da cuenta de las comunicaciones recibidas, más significadas, desde el último Pleno ordinario: Del SERVEF Resolución del Director Territorial de Empleo y Trabajo de Valencia de, 13 de diciembre de 2011, sobre reconocimiento de obligación y propuesta de pago por importe de 3.996,79 €. De Diputación Valencia, notificación de fecha 24 de enero de 2011, Decreto de 2 de diciembre de de 2011, sobre reconocimiento de obligación y propuesta de pago por importe de 18.000,00 €. De la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, solicitud de ampliación de documentación. PUNTO 8. MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS. Los grupos no presentaron ninguna moción, ruego ni preguntas.

Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las dieciocho treinta, de lo cual como secretaria doy fe.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER ORDINARIO, EL DIA 3 DE JULIO DE 2012.

En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil

Excusan su asistencia, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz. Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la Presidencia, a las dieciocho horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la Presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 15 de marzo de 2012, obrando en poder de los Concejales. Sometida por la Presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente en materia de régimen local, esta Alcaldía da cuenta de las Resoluciones que ha adoptado desde el último Pleno Ordinario: Nº 13 de, 23 de marzo de 2012, sobre aprobación Liquidación Presupuesto 2011. Nº 14 de, 23 de marzo de 2012, sobre aprobación Rectificación Saldo Inicial Derechos pendiente de cobro procedentes de ejercicios cerrados. Nº 15 de, 23 de marzo de 2012, sobre aprobación Rectificación Saldo Inicial de Operaciones No Presupuestarias pendientes de abono procedentes de ejercicios cerrados. Nº 16 de, 29 de de marzo de 2012, sobre Generación de créditos en el presupuesto de Gastos del ejercicio de 2011, prorrogado por Resolución de Alcaldía de 29 de diciembre 2011, por importe de 20.000,00 €. Nª 17 de, 30 de marzo de 2012, sobre contratación de Mª Luisa Adrián Ferrer. Nª 18 de, 11 de abril de 2012, sobre aprobación Pliego de condiciones económico administrativas para contratar, mediante procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de quiosco en el Parque de ocio La Font. Nº 19 de, 19 de abril de 2012, sobre solicitud a la Dirección General de Administración Local, subvención para el sostenimiento de gastos corrientes, suministro de energía eléctrica por importe de 12.223,82 €. Nº 20 de, 19 de abril de 2012, sobre solicitud a la Dirección General de Administración Local, subvención para la adquisición de equipamientos, señalización y mobiliario urbano, por importe de 4.300,00 €.

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Nº 21 de, 19 de abril de 2012, sobre adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad, el arrendamiento del bien inmueble vivienda, sita en C/ Juan Carlos I, número 1. Nº 22 de, 26 de abril de 2012, sobre aprobación del proyecto de la obra Renovación red de alcantarillado calle Cristo y plaza Mayor, por importe de 37.935,00 €, aceptación delegación para contratar y compromiso económico. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad de los/as concejales/as presentes. Nº 23 de, 26 de abril de 2012, sobre solicitud a la Diputación de Valencia adhesión al “Programa La Dipu Te Beca”. Nº 24 de, 2 de mayo de 2012, sobre adjudicación del contrato, mediante procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de quiosco en el Parque de ocio La Font, a favor de Bárbara Queralt Gómez por importe de 466,10 IVA 83,90 euros. Nº 25 de, 7 de mayo de 2012, sobre aprobación convocatoria y Bases para la concesión de 4 becas de prácticas de formación por los municipios en el marco del “Programa La Dipu Te beca”. Nº 26 de, 7 de mayo de 2012, sobre aprobación contratación mediante contrato menor del suministro energía eléctrica, con Unión Fenosa Comercial, SL. Nº 27 de, 10 de mayo de 2012, sobre aprobación contratación mediante contrato menor la obra Remodelación de Sala Aula Musical, con Saravia Consprove, SL por importe de 16.949,15 IVA 3.050,85 euros mejoras 3.032,04 €. Nº 28 de, 17 de mayo de 2012, sobre aprobación convocatoria y Bases reguladora de la “Roda”. Nº 29 de, 23 de mayo de 2012, sobre aprobación fiestas locales de carácter retribuido y no recuperable. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad de los/as concejales/as presentes. Nº 30 de, 25 de mayo de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 3.200,00 €. Nº 31 de, 30 de mayo 2012, sobre aprobación Bases reguladoras de la Bolsa de trabajo municipal y convocatoria, para la contratación de monitores para la Escuela de Verano, socorristas piscinas municipales y monitores gimnasio municipal Nº 32 de, 1 de junio de 2012, sobre aprobación memoria valorada y solicitud subvención al SPEE por importe de 85.138,00 €. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad de los/as concejales/as presentes. Nº 33 de, 5 de junio de 2012, sobre aprobación relación de admitidos y excluidos Bolsa de “La Roda”. Nº 34 de, 8 de junio de 2012, sobre delegación atribuciones en la primer Teniente de Alcalde, del 13 al 15 de junio. Nº 35 de, 11 de junio de 2012, sobre concesión de becas, en el marco del Programa de Prácticas Formativas “La Dipu Te Beca 2012”. Nº 36 de, 11 de junio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 472,00 €.

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Nº 37 de, 18 de junio de 2012, sobre aprobación de la certificación única de la obra Camino forestal Codoval 2ª Fase, por importe de 8.000,00 €. Nº 38 de, 18 de junio de 2012, sobre concertación de la Operación de Tesorería con el BBVA por importe de 75.000,00 €. Nº 39 de, 20 de junio de 2012, sobre aprobación proyecto de la obra “Acondicionamiento camino forestal Codoval 3ª Fase” cuyo presupuesto es de 12.000,00 €, aceptación delegación para contratar y compromiso económico. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad de los/as concejales/as presentes. Nº 40 de, 21 de junio de 2012, sobre aprobación de la relación de admitidos y excluidos de la Bolsa de trabajo municipal, para la contratación de monitores para la Escuela de Verano, socorristas piscinas municipales y monitores gimnasio municipal. Nº 41de, 26 de junio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 3.900,00 €. PUNTO 3. INFORMACIÓN TRIMESTRAL AL PLENO EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 15/2010, DE 5 DE JUILO, DE MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD. Por conducto de la Presidencia, se da cuenta al Pleno del Informe trimestral, a fecha 31 de marzo de 2012, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 15/5010, de 5 de julio, a los que se unen Anexo I y II y relación de facturas que, hayan transcurrido cuarenta días, desde su inscripción en el Libro Registro de Facturas. Visto el incumplimiento del periodo medio de pago a proveedores, cincuenta y siete días, superior a los cuarenta establecidos por la Ley 15/2010. Por ello, se debería aprobar un documento, PLAN DE AJUSTE, que incluya las medidas correctoras a corto, medio y largo plazo que en cada momento sean necesarias para el cumplimiento de los principios de equilibrio presupuestario, estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, eficiencia, eficacia y cumplimiento de los periodos medios de pago exigibles por la legislación vigente. Vista la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2012, y ante la premura de tiempo, seis días, para solicitar la ampliación de 60 a 120 mensualidades del periodo de reintegro de los saldos a cargo de las entidades locales, en las liquidaciones de la participación en los tributos del Estado de los años 2008 y 2009, se pretende aprobar el PLAN DE AJUSTE, que se adjunta como Anexo, mediante la inclusión en el Orden del Día por declaración de urgencia, de conformidad con el artículo 82.3 del Real Decreto 2565/1986 de, 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad la declaración de urgencia. Sometido por la Presidencia a votación el PLAN DE AJUSTE, que se adjunta como Anexo, se aprueba por unanimidad de los señores/as concejales asistentes al acto, es decir siete votos de los nueve de derecho.

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PUNTO 4. ELECCIÓN JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO DEL JUZGADO DE PAZ DE QUART DE LES VALLS. Habiéndose publicado Anuncio en el B.O.P nº 27 de fecha 1 de febrero de 2012, la renovación de los cargos de Juez de Paz Titular y Sustituto del Juzgado de Quart de les Valls, y en los Tablones de Anuncios del Juzgado de Paz y del Ayuntamiento. Visto el artículo 101.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Ayuntamiento Pleno efectuará la elección de los Jueces de Paz Titular y Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls, con el voto favorable de la mayoría absoluta. Vistas las solicitudes presentadas por Antonio González Dolz y Ana Ferrer Ramón, para ocupar las plazas de Juez de Paz Titular y Sustituto de Paz del Juzgado de Paz de Quart de les Valls, respectivamente y reuniendo ambos las condiciones de capacidad y de compatibilidad. La Presidencia propone que, la elección de de Juez de Paz Titular y Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls sea mediante votación secreta, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Computado los siete votos emitidos, Ana Ferrer Ramón, ha obtenido cuatro votos y Antonio González Dolz, ha obtenido tres.

ACUERDO, Primero. Elegir Jueza de Paz Titular a Ana Ferrer Ramón y Juez de Paz Sustituto a Antonio González Dolz del Juzgado de Paz de Quart de les Valls de entre las solicitudes presentadas. Segundo. Dar traslado del presente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y al Juzgado Decano de Sagunto. PUNTO 5. ADHESIÓN CONVENIO SEDE ELECTRÓNICA COMPARTIDA DIPUTACIÓN DE VALENCIA. Dada cuenta que la Ley 11/2007, de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, reconoce en su artículo 6.1 el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas utilizando medios electrónicos para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como para obtener informaciones, realizar consultas y alegaciones, formular solicitudes, manifestar consentimiento, entablar pretensiones, efectuar pagos, realizar transacciones y oponerse a las resoluciones y actos administrativos. La Ley 3/2010, de 5 de mayo, de Administración electrónica de la Comunitat Valenciana, que desarrolla y completa las previsiones de Ley 11/2007 en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dispone en su artículo 10 que cada Entidad Local deberá disponer de una sede electrónica institucional donde se integre toda la información y servicios que ofrezcan y presten a la ciudadanía, sin perjuicio de que puedan integrarse en sedes electrónicas de ámbito territorial superior.

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Dada cuenta que la Diputación de Valencia prestará a los Ayuntamientos de su ámbito el apoyo técnico necesario y suficiente para que éstos cuenten con sede electrónica propia y para ello ha creado mediante acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2011, una sede compartida destinada a albergar las sedes electrónicas de aquellos Municipios que así lo deseen, todo ello en ejercicio de las competencias asistenciales y de cooperación que le atribuye la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en cumplimiento del mandato de cooperación en materia de administración electrónica que le atribuye tanto la Ley 11/2007, como la Ley 3/2010 citadas.

Visto el artículo 70 bis apartado tercero de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local dispone que las entidades locales y, especialmente, los municipios, deberán impulsar la utilización interactiva de las tecnologías de la información y la comunicación para facilitar la participación y la comunicación con los vecinos, para la presentación de documentos y para la realización de trámites administrativos, de encuestas y, en su caso, de consultas ciudadanas. Estableciendo en el mismo artículo, la colaboración de las Diputaciones Provinciales, con los municipios que, por su insuficiente capacidad económica y de gestión, no puedan desarrollar en grado suficiente el deber establecido en este apartado.

Se propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO,

Primero. Aprobar la incorporación del Ayuntamiento de Quart de les Valls a la sede electrónica compartida de la Diputación de Valencia. La dirección para el acceso directo a la sede electrónica compartida para el Ayuntamiento es quartdelesvalls.sede.dival.es Segundo. Aprobar el convenio entre el Ayuntamiento de Quart de les Valls y la Diputación de Valencia, que se une a la presente como Anexo I. Tercero. Aprobar la suscripción de la Autorización a la Diputación de Valencia para la Gestión y custodia de Certificados de Sello de Órgano en el Ámbito de la Plataforma de Administración Electrónica, que figura como Anexo II. Cuarto. Facultar a la alcaldía para firma de cuantos documentos sean necesarios tendentes a la ejecución del presente. Quinto. Dar traslado a la Diputación de Valencia.

Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad. PUNTO 6. MOCIÓN PRESENTADA POR EL PARTIDO POPULAR DE QUART DE LES VALLS, RESCISIÓN CONTRATO “MERCAT DELS DIUMENGES”. El Grupo Municipal del PARTIDO POPULAR en el Ayuntamiento de QUART DE LES VALLS a través de su portavoz D. MIGUEL ÁNGEL DOMÉNECH GOMIS, y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta la siguiente Moción para su debate y votación del Pleno.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Primero. De conformidad con el artículo 25 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que determina la competencia en mercados del municipio.

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Segundo. Puesto que de forma reiterada las empresas adjudicatarias del “Mercat dels Diumenges” vienen manteniendo una deuda con el Ayuntamiento, que ha sido objeto de reclamación en varias veces y que según la última certificación recibida de fecha 3 de mayo de 2012, sería superior a los 400,00 € (sin que tengamos constancia de si se han pagado intereses de la deuda existente y a que periodo pertenecen los pagos efectuados) Tercero. Sobre la base de los continuos incumplimientos de los adjudicatarios, las molestias generadas, las modificaciones contractuales producidas y que existe un mercado municipal anterior en el tiempo, y de conformidad con lo que dispone el Decreto 65/2012, de 20 de abril, que regula la venda no sedentaria en la Comunidad Valenciana. Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular propone al Pleno del Ayuntamiento de Quart de les Valls la aprobación de la siguiente

MOCIÓN: Primero. Que se comunique la prohibición de instalarse el “Mercat del Diumenge”, rescindiendo el contrato existente en la actualidad. Segundo. Que se agoten todas las vías legales para el cobro de la deuda existente referente al “Mercat dels Diumenges”. La Alcaldesa dio cuenta de la situación actual del pendiente de ingreso de la tasa y de las gestiones realizadas con los comerciantes. Abierto por la Presidencia el turno de palabra, el portavoz de EU manifiesta que no comparte que el mercado dominical este fuera de lugar, que por supuesto hay que recaudar la deuda pendiente y que es una oportunidad de municipalizar el mercado, proponiendo la formación de una Comisión de trabajo, para su estudio. La portavoz de PSOE expone que es una oportunidad de trabajo y que la existencia de competencia entre el mercado del viernes y el domingo beneficia a los ciudadanos. Tras amplio debate la Presidenta somete a votación, siendo desestimada por: dos votos a favor del grupo municipal del PP y cinco en contra de los grupos municipales PSOE, EU. PUNTO 7. MOCIÓN PRESENTADA POR EL PARTIDO POPULAR DE QUART DE LES VALLS, APLICACIÓN DE LAS MISMAS CONDICIONES AL VIAJE DE HERMANAMIENTO CHARLEVAL. El Grupo Municipal del PARTIDO POPULAR en el Ayuntamiento de QUART DE LES VALLS a través de su portavoz D. MIGUEL ÁNGEL DOMÉNECH GOMIS, y al amparo de lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta la siguiente Moción para su debate y votación y votación por el Pleno.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Primero. De conformidad con el artículo 25 m) de la Ley 7/1985, de 5 de abril, que determina la competencia municipal en actividades culturales. Segundo. Dado que el interés manifestado por el municipio de Charleval de Provence porque este año se vuelva a organizar un viaje de hermanamiento por los vecinos de Quart de les Valls y las diversas opciones valoradas en las reuniones al respecto referentes a la financiación de la actividad.

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Tercero. Puesto que otras asociaciones, entidades y grupos de vecinos han tenido un trato diferente a la hora de financiar sus actividades y que por parte del Ayuntamiento aún no hemos recibido comunicación referente a la forma y cantidades a subvencionar para las asociaciones, entidades y grupos de vecinos que organicen actividades culturales, deportivas, juveniles, etc. del municipio. Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular propone al Pleno del Ayuntamiento de Quart de les Valls la aprobación siguiente:

MOCIÓN: Primero. Que el Ayuntamiento aplique al viaje de hermanamiento de Charleval de Provence las mismas condiciones que para el resto de asociaciones, agrupaciones, entidades y grupos de vecinos que han organizado otras actividades municipales. Segundo. Que si se considera que hay unas circunstancias económicas actuales que obliguen a una contención de los gastos públicos para el ejercicio económico de 2012, que no se sufrague el viaje a excepción de los gastos considerados exclusivamente como oficiales. Tercero. En todo caso, que las posibles subvenciones que se produzcan, se limiten a los vecinos empadronados en el municipio. Sometido por la Presidencia a votación tras amplio debate se aprueba por unanimidad. PUNTO 8. MOCIÓN PRESENTADA POR EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE QUART DE LES VALLS, ELABORACIÓN PLAN DE TRABAJO PARA LOS MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES. Que presenta Carmen Alvarez Montero, portavoz del grupo municipal socialista y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales eleva al Pleno de la Corporación para su debate: La Diputación de Valencia tiene como principal competencia la asistencia y la cooperación jurídica, técnica y económica con los ayuntamientos y los entes locales de nuestra provincia. Entre sus finalidades propias y específicas, la Diputación, como órgano de gobierno y administración de la provincia, tiene que asegurar la prestación integral y adecuada, en la totalidad del territorio provincial, de los servicios que son de competencia municipal. En estos momentos, debido fundamentalmente a la crisis económica y a la carencia de recursos propios, los ayuntamientos de nuestra provincia no podemos atender muchos servicios municipales que se han visto afectados por los recortes en las partidas económicas. Además, uno de los principales problemas que afecta nuestros municipios es el aumento de la desocupación, puesto que, la Comunidad Valenciana continúa encabezando los índices de paro en España. Según los últimos datos del Ministerio de Ocupación y Seguridad Social, el mes de abril se registraron 2.961 nuevos parados, un 0,52 por ciento más, lo cual ha elevado el número total de personas sin trabajo a

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575.667. Esto supone que en la provincia de Valencia el paro afecta 284.331 personas con 2.689 parados más en abril, un 0,95 por ciento más. Por todo esto, desde el grupo municipal socialista en el ayuntamiento de Quart de les Valls consideramos que la Diputación de Valencia puede aportar soluciones a esta situación y colaborar junto con los ayuntamientos para disminuir estas cifras de paro y también para conseguir prestar los servicios municipales que han quedado desatendidos. Creemos que la Diputación puede destinar dinero, provenientes de los remanentes de tesorería, para crear un Plan de Ocupación para los municipios de menos de 20.000 habitantes para dar trabajo a los vecinos del pueblo y dedicar estos recursos a atender servicios que afectan directamente competencias municipales.

PROPUESTAS DE ACUERDO: Primero. Que el Ayuntamiento de Quart de les Valls se dirija a la Diputación de Valencia para que elabore un Plan de Ocupación para los municipios de menos de 20.000 habitantes. Segundo. Que el Ayuntamiento de Quart de les Valls remita el siguiente acuerdo a la Diputación de Valencia. Sometido por la presidencia a votación se aprueba por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y dos abstenciones del PP. En la motivación del voto manifiesta: “Al tratarse de mociones partidistas cuyo contenido no entra en las competencias propias de la Ley de Régimen de Bases Local”. PUNTO 9. PROPOSICIÓN PRESENTADA POR EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE QUART DE LES VALLS, INSTAR AL AYUNTAMIENTO QUE CONTACTE CON ADICAE O AUSBANC PARA QUE INFORMEN SOBRE LAS “PARTICIPACIONES PREFERENTES”. Carmen Álvarez Montero, portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Quart de les Valls presenta, para debate y votación ante este Pleno la PROPOSICIÓN siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Sabedores de la gran cantidad de nuestros vecinos y vecinas, sobretodo personas mayores, que se han visto afectadas por la contratación de productos financieros llamados participaciones preferentes. Dado que la comercialización no ha sido transparente y que en el momento que han ido a buscar sus depósitos se encuentran con la imposibilidad de recuperarlos, no saben cuando los podrán recuperar ni si podrán recuperar la integridad del capital aportado. Dado que se trata de un dinero que en muchos casos se conrresponde con los ahorros de toda una vida y que en el contexto actual de crisis pueden ser vitales para su subsistencia diaria. Por tanto, se propone al PLENO la adopción de los siguentes:

ACUERDOS Primero. Instar al Ayuntamiento de Quart de les Valls para que contacte con la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) o la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC) para que busquen las

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fórmulas más adecuadas para ofrecer asesoramiento a los afectados por estos productos financieros, y que les permitan tener la información y conocimientos suficientes, antes de iniciar las acciones legales oportunas. Segundo. Instar al Ayuntamiento de Quart de les Valls para que de apoyo a las personas afectadas por la posesión de estos productos financieros, actuando como oficina del consumidor, y tramitar a la Organización de Consumidores y Usuarios las quejas que formulen. Tercero. Pedir al Gobierno de España que impulse un proyecto de ley de transparencia y calidad en la comercialización de los productos financieros, con el objeto de acabar con los abusos y la opacidad de la banca española y en cumplimiento de los reiterados requerimientos de la Comisión Europea. Cuarto. Instar al Gobierno de España a coordinar con la CNMV la revisión exhaustiva de todos los tests de conveniencia, con el objeto que el contrato de subscripción de participaciones preferentes, o de cualquier otro producto financiero de riesgo, quede sin efectos legales, en el caso que no sea un producto adecuado al perfil de conocimiento de la persona contratante, o que no se adecúe a los riesgos que manifestaba estar dispuesto a asumir. Quinto. Instar al Gobierno de España a que garantice que la CNMV haga en el futuro correctamente sus funciones, previstas por la Ley por lo que respecta a la comercialización a minoristas y que lleve a cabo las sanciones correspondientes a las entidades financieras que vulneraron la ley ignorando los requisitos legales al comercializarlas. Sometido por la presidencia a votación se aprueba por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y dos abstenciones del PP. En la motivación del voto manifiesta: “Al tratarse de mociones partidistas cuyo contenido no entra en las competencias propias de la Ley de Régimen de Bases Local”. PUNTO 10. MOCIÓN PRESENTADA POR ESQUERRA UNIDA DE QUART DE LES VALLS, RESPALDO A LA INICIATIVA POPULAR DE LA REGULACIÓN DE LA DACIÓN EN PAGO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la crisis y el aumento del paro muchas familias han llegado a una

situación límite que no les permite cubrir las necesidades más básicas. Según datos del Consejo General del Poder Judicial, solo entre 2007 y el tercer trimestre de 2011 en el Estado Español se han producido 151.369 procesos de desalojo, con 328.000 ejecuciones hipotecarias iniciadas.

Las familias no solo se enfrentan a la pérdida de su vivienda sinó a una condena financiera: la entidad bancaria interpone una demanda y se inicia el proceso de ejecución hipotecaria que finaliza con la subasta del inmueble, si queda desierta (sucede en más del 90% de los casos), con la ley vigente la entidad bancaria se adjudica la vivienda por el 50% del valor de tasación y sigue reclamando el pago de la deuda, más los intereses y el coste judicial, a personas en situación de insolvencia, mediante el embargo de nóminas, cuentas y embargos a los avalistas.

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Esta legislación permite que las entidades financieras se adjudiquen las viviendas por el 50% del valor de tasación, lo que no tiene comparación con las legislaciones de países de nuestro entorno y además se trata de un efecto a menudo desconocido por las familias afectadas cuando firmaron los contratos hipotecarios con información insuficiente y engañosa.

Consideramos inadmisible e injusto que en un Estado social y democrático de derecho, las consecuencias de la crisis recaigan sobre la parte más vulnerable del contrato hipotecario. Lo que se expone vulnera el actual marco jurídico, ya que el derecho a la vivienda es un mandato constitucional recogido en el artículo 47 de la Constitución Española, también el artículo 33 limita el derecho a la propiedad privada al cumplimiento de su función social, y se incumple en cuanto a que los pisos vacíos son acumulados por los bancos, o el artículo 24 que garantiza la tutela judicial y es vulnerado en los procesos de ejecuciones hipotecarias donde se produce una clara indefensión. Así como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 25), etc.

Por tanto, el Pleno Municipal de Quart de les Valls adopta los siguientes ACUERDOS:

Primero. Pedir al Gobierno central que, como propone la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y otras organizaciones sociales, modifique la regulación hipotecaria incluyendo la dación en pago, tal y como recoge la iniciativa legislativa popular. Segundo. Solicitar al Gobierno la aprobación de una moratoria a los procesos de desalojo y que apruebe medidas urgentes destinadas a que los miles de pisos vacíos que acumulan los bancos se pongan a disposición de las familias que han sido víctimas de un desalojo en régimen de alquiler social, no superando el 30% de la renta familiar disponible. Tercera. Dar apoyo a la recogida de firmas de la ILP impulsada por las entidades defensoras de los afectados por las hipotecas, facilitando la recogida de firmas en la vía pública, aprovechando acontecimientos sociales, mercado, etc. Cuarto. Trasladar el acuerdo al Consejo de Ministros, al Parlamento Autonómico, y a la Plataforma de Afectados para la Hipoteca del Camp de Morvedre. Sometido por la presidencia a votación se aprueba por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y dos abstenciones del PP. En la motivación del voto manifiesta: “Al tratarse de mociones partidistas cuyo contenido no entra en las competencias propias de la Ley de Régimen de Bases Local”. PUNTO 11. COMUNICACIONES OFICIALES. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente se da cuenta de las comunicaciones recibidas, más significadas, desde el último Pleno ordinario: Decreto del Presidente de la Diputación de Valencia nº 01475, sobre autorización y compromiso de créditos subvención 20.000 € Expte. 071/2011Remodelación sala en el Aula Musical.

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Decreto del Presidente de la Diputación de Valencia nº 01430, sobre aprobación factura y requerimiento pago estudios y documentos complementarios PGOU de Quart de les Valls, por importe de 4.498 € IVA incluido. Decreto del Presidente de la Diputación de Valencia nº 02637, sobre aprobación factura y requerimiento pago estudios y documentos complementarios PGOU de Quart de les Valls, por importe de 4.498 € IVA incluido, liquidación complementaria por importe de 77,80 €, por el aumento del 16% al 18% de IVA. Del Servicio de Evaluación estratégica, devolución documentación Paraje Natural Municipal Font de Quart. Decreto del Diputado Delegado de la Diputación de Valencia nº 03187, sobre adhesión del ayuntamiento al Programa “La Dipu Te Beca” y aprobación subvención. Del Director Territorial de Turismo, Cultura y Deportes, sobre solicitud documentación Catálogo de bienes y espacios protegidos. De la Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente Resolución de 30 de mayo de 2012, sobre inadmisión a trámite Expte. 2011/2006, Declaración del paraje natural municipal tramitado por el Ayuntamiento de Quart de les Valls. Resolución del Conseller de Presidencia de, 6 de junio 2012, sobre concesión de ayudas señalización, adquisición toldo, papelera y banco por importe de 3.644,07 €. PUNTO 12. MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS. El portavoz del grupo municipal del PP realizo los siguientes ruegos y preguntas: ¿Por qué no se abierto la bolsa de trabajo de las limpiadoras, hasta cuándo se ha contratado y por qué no han cobrado, a fecha 26 de junio, dos peones que trabajaron durante la Semana Cultural? La Alcaldesa contesto que se han sacado las bolsas para la contratación de los servicios más urgentes y durante el periodo de duración de dichos servicios. En cuanto a la falta de cobro, se realizaran las averiguaciones oportunas para solucionarlo. ¿Por qué no se sigue el orden en “La Roda”? La Alcaldesa contesto que si que se sigue, salvo que el interesado no pueda por causas justificadas ¿Quien acredita el criterio de situación crítica en las Bases “La Roda”? La Alcaldesa contesto que mediante informe motivado de la asistenta social, como está establecido en las Bases. Ruega se proceda a la limpieza de las basuras depositadas en diversos lugares del término municipal, ya que se puede producir incendios. La Alcaldesa contesto que se procedería a su retirada. ¿Por qué no se han contestado las peticiones de información pendientes? La Alcaldesa contesto que: en cuanto a la información sobre la situación de los pilares del recinto de las piscinas, se ha procedido a su reparación por lo que se refiere a la solicitud de los contratos de las parcelas utilizadas como aparcamiento solo existe verbalmente, y hn dado su consentimiento los propietarios.

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Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las veinte quince, de lo cual como secretaria doy fe.

ANEXO I

PROPUESTA

En cumplimiento a lo que establece la Disposición Adicional Cuadragésimo novena y la Disposición Final décima del Proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2012, propongo al Pleno de la Corporación la aprobación del siguiente: PLAN DE AJUSTE PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 3/2004, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD EN LAS OPERACIONES COMERCIALES. 1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La Disposición Final décima del Proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2012 regula los reintegros de los saldos deudores resultantes a cargo de las Entidades Locales en las liquidaciones definitivas de la participación en tributos del estado de los años 2008 y 2009. En el apartado 1 párrafo primero establece que el requisito necesario es que las Entidades Locales a la fecha de publicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2012 (previsiblemente a finales de junio), hayan presentado la liquidación de sus presupuestos del ejercicio 2011 en los términos que establece el artículo 193.5 RD 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en adelante TRLHL). El Ayuntamiento de Quart de les Valls aprobó el 23 de marzo de 2012 la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2011 tal y como establece la citada norma. No obstante, se establece otro requisito que va ligado a los posibles incumplimientos de los objetivos de estabilidad presupuestaria, los límites de endeudamiento que les resulta de aplicación o los plazos establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales. En idénticos términos se regula la Disposición Adicional Cuadragésimo novena del Proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2012, al condicionar los anticipos de la liquidación definitiva de la participación de las Entidades locales en tributos del Estado del año 2010 y posteriores. El Ayuntamiento de Quart de les Valls en el primer trimestre del ejercicio 2012 con un periodo medio de pago a proveedores de 57 días, superior a lo establecido en la Disposición Transitoria Octava de la Ley 3/2004, de 29 de

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diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales añadida por Ley 15/2010, de 5 de julio (40 días). Por todo ello, se debería aprobar un documento que incluya las medidas correctoras a corto, medio y largo plazo que en cada momento sean necesarias para el cumplimiento de los principios de equilibrio presupuestario, estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, eficiencia, eficacia y cumplimiento de los periodos medios de pago exigibles por la legislación vigente. 2. NORMATIVA DE APLICACIÓN. El presente plan de ajuste se elabora en aplicación de la siguiente normativa básica:

- Constitución Española 1978 (artículo 135). - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local. - Disposición Final décima del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del

Estado 2012. - Disposición Adicional cuadragésima novena del Proyecto de Ley de

Presupuestos Generales del Estado 2012. - RDL 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales. - Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha

contra la morosidad en las operaciones comerciales. - Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia

presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Financiera. - SEC-95, Reglamento (CE) nº 2223/96 del Consejo, de 25 de junio 1996,

relativo al Sistema Europeo de Cuentas nacionales y Regionales de la Comunidad (SEC-95).

3. PRINCIPIOS DEL PLAN. El presente Plan de ajuste se basa en el cumplimiento de forma integrada de los siguientes principios:

- Equilibrio Presupuestario: Los recursos que se generen sean suficientes para financiar los gastos de cada ejercicio económico.

- Estabilidad Presupuestaria: La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos del Ayuntamiento de Quart de les Valls deberán dar como resultado una situación de equilibrio o superávit estructural.

- Sostenibilidad Financiera: En las actuaciones del Ayuntamiento se valorará con carácter previo la capacidad para financiar compromisos de gastos presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública previstos en la normativa de aplicación.

- Planificación económica: Las políticas de gasto público deberán encuadrarse en un marco de planificación plurianual, programación y presupuestación, atendiendo a la situación económica, a los objetivos de política económica y a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

- Eficiencia y eficacia: La gestión de los recursos públicos estará orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía y la calidad, a cuyo fin se aplicarán políticas de racionalización del gasto y la mejora de la gestión del sector público.

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- Lealtad institucional: El Ayuntamiento de Quart de les Valls adecuará sus actuaciones respetando el ejercicio legítimo de sus competencias, facilitando al resto de Administraciones Públicas la información que precisen sobre la actividad que desarrollen en el ejercicio de sus propias competencias y, en particular, la que se derive del cumplimiento de las obligaciones de suministro de información y transparencia.

- Adecuación temporal a las disponibilidades: El Plan de Disposición de Fondos tiene por objeto conseguir una adecuada distribución temporal de los pagos acomodándose a las disponibilidades de efectivo previstas en la Tesorería Municipal que permita una correcta estimación de las necesidades de liquidez y la optimización del empleo de los recursos disponibles.

- Principio de prudencia: Los ingresos sólo deben contabilizarse los efectivamente realizados a la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, de los gastos, deben contabilizarse no sólo los efectivamente realizados, sino también, desde que se tenga conocimiento de ellos, aquéllos que supongan riesgos previsibles o pérdidas eventuales, con origen en el ejercicio o en otro anterior.

- Principio de equidad: La carga fiscal de los servicios públicos deberá ser soportada en primera instancia por los beneficiarios de los mismos.

4. OBJETIVOS DEL PLAN DE AJUSTE. El Ayuntamiento de Quart de les Valls liquidó su Presupuesto del ejercicio 2011 en estabilidad presupuestaria. Así mismo, no se acogió al sistema de pago a proveedores previsto en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, dado que a 15 de marzo de 2012 no tenía obligaciones pendientes de pago que reunían los requisitos previstos en el artículo 2 de la citada norma. Sin embargo, el periodo medio de pagos a proveedores del primer trimestre del ejercicio de 2012 fue de 57 días, siendo el actual de 40 días aproximadamente. Por ello, los objetivos que pretende alcanzar el Plan son los siguientes: 1º.- Consolidar la Estabilidad Presupuestaria y la Sostenibilidad Financiera. 2º.- Reducir los periodos medios de pago al que exige la Ley de Morosidad (40 días durante el ejercicio 2012 y 30 días en el 2013 y siguientes). Ambos objetivos son complementarios y deben dar como resultado una eficaz y eficiente gestión pública en el ámbito competencial del Ayuntamiento de Quart de les Valls. 5. MEDIDAS CORRECTORAS DE AJUSTE. Para poder alcanzar estos dos objetivos básicos, el Plan enumera una serie de medidas que no tienen una prelación en su aplicación, sino que en cada momento, en función de la situación y el diagnóstico financiero-presupuestario de la Corporación se irán adoptando para alcanzar los objetivos citados. A continuación se enumeran las medidas de ajuste que en el Plan se clasifican de la siguiente forma: 1) Presupuestarias. 2) Tributarias y de otros ingresos de derecho público y privado. 3) Gestión de servicios públicos. 4) Tesorería y Recaudación. 5.1. MEDIDAS PRESUPUESTARIAS. 5.1.1. Elaboración del Presupuesto General.

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En la elaboración de los Presupuestos Generales de cada ejercicio económico se aplicarán en cualquier caso los siguientes principios básicos: a) Planificación económica. b) Equilibrio Presupuestario consagrado en el artículo 135 de la Constitución

Española. c) Estabilidad Presupuestaria en términos del SEC-95. d) Plurianualidad. e) Austeridad en el gasto público. f) Sostenibilidad financiera en el mantenimiento de los servicios públicos. g) Prelación en la asignación de recursos a los servicios públicos básicos. h) Prudencia en la previsión de los ingresos y la disponibilidad de los gastos. i) Lealtad institucional. En la elaboración del Presupuesto General de cada ejercicio, además de los documentos que se exigen en los artículos 164 a 166 TRLHL se adjuntará lo siguiente:

- Un marco presupuestario a tres años en los términos que determina el artículo 29 de la LOEPSF que garantice una programación coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de endeudamiento.

- Información precisa para relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del Presupuesto con la capacidad o necesidad de financiación calculada conforme a las normas del SEC-95.

Una vez se dé cuenta del informe correspondiente al tercer trimestre del ejercicio previsto en el artículo 4.3 de la Ley de Morosidad; en el supuesto de que existan pagos realizados y/o obligaciones pendientes de pago fuera del plazo legal, se adoptará una medida correctiva automática que consistirá en aprobar el Presupuesto del ejercicio siguiente con un superávit cuantificado de la siguiente forma: El importe acumulado de los pagos realizados y las obligaciones reconocidas pendientes de pago fuera del periodo legal representará un porcentaje respecto de los ingresos corrientes previstos en el Presupuesto del ejercicio siguiente. En función de este porcentaje se establecen ajustes para el ejercicio siguiente en los siguientes términos:

- Si es menor o igual que el 2%, el superávit del ejercicio siguiente será del importe total del tercer trimestre fuera del periodo legal de pago.

- Si es mayor que el 2% y menor o igual al 4%, el superávit del ejercicio siguiente será del 50% del importe total del tercer trimestre fuera del periodo legal de pago.

- Si es mayor que el 4% y menor o igual al 6%, el superávit del ejercicio siguiente será del 33% del importe total del tercer trimestre fuera del periodo legal de pago.

- Si es mayor que el 6%, el superávit del ejercicio siguiente será del 25% del importe total del tercer trimestre fuera del periodo legal de pago.

Dicho superávit no es acumulable al que se pueda exigir para compensar el Remanente de Tesorería para Gastos Generales negativo previsto en el artículo 193.3 TRLHL, por tanto, el superávit para el ejercicio siguiente sería el mayor de los dos.

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5.1.2. Destino Remanente de Tesorería para Gastos Generales positivo. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera regula en su artículo 32 que en el supuesto de que la liquidación presupuestaria se sitúe en superávit, éste se destinará a reducir el endeudamiento neto. Se entenderá por superávit de la liquidación presupuestaria el Remanente de Tesorería para Gastos Generales disponible. Dicho Remanente de Tesorería para Gastos Generales de cada ejercicio liquidado, si resulta positivo, se destinará, en función del importe que vaya restando sucesivamente, por el siguiente orden de prelación: 1. Financiar la incorporación de créditos comprometidos, sin financiación

afectada. 2. Financiar el Reconocimiento Extrajudicial de créditos si lo hubiera, salvo

que expresamente tenga otra financiación prevista en el presupuesto corriente.

5.1.3. Destino de los mayores ingresos presupuestarios. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera regula en su artículo 12.5 que los ingresos que se obtengan por encima de lo previsto se destinarán íntegramente a reducir el nivel de deuda pública. Para dar cumplimiento al citado precepto legal, el Ayuntamiento en el momento que se generen mayores ingresos respecto a los presupuestados aplicará las siguientes normas: a) Si provienen de la concesión de una subvención de carácter finalista, la

modificación de crédito dotará las cuantías en gastos para dar cumplimiento a las exigencias del ente público o privado concedente.

b) Si los mayores ingresos no están afectados a ningún gasto por ley o por la normativa de aplicación del ente concedente, se creará un Proyecto de Gastos con Financiación Afectada en cada ejercicio que se produzca con el siguiente contenido: no existe endeudamiento.

c) Los mayores ingresos deben estar efectivamente recaudados y además, que los derechos reconocidos netos de los capítulos uno a cinco deben ser superiores a la previsión definitiva en ese momento como mínimo en la cantidad del mayor ingreso.

5.1.4. Traspasos de financiación afectada. En el supuesto de que existan Proyectos de Gastos con Financiación Afectada con desviaciones de financiación acumuladas positivas que no respondan a la incorporación de remanentes de crédito, cuyos recursos por agente puedan destinarse a otras necesidades, éstas, con carácter preferente se transferirán a proyectos con desviación de financiación acumulada negativa al objeto de que se compensen dichas desviaciones y se generen ahorros al no ejecutar más gastos de inversión. 5.1.5. Cálculo del dudoso cobro. El Remanente de Tesorería es una magnitud básica en la liquidación del Presupuesto. Está integrado por los derechos pendientes de cobro, las

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obligaciones pendientes de pago y los fondos líquidos, todos ellos referidos a 31 de diciembre de cada ejercicio. Refleja el fondo de maniobra, al comparar el exigible y el realizable a corto plazo junto con los fondos líquidos de tesorería, lo que permite ser el dato más significativo para reflejar la imagen fiel de la situación financiera-patrimonial a corto plazo de la Entidad Local. Dentro de su cálculo, se encuentra la cuantificación de los saldos de dudoso cobro que minoran en aplicación del principio de prudencia el Remanente de Tesorería Total. Por todo ello, se hace necesario que los criterios a la hora de establecer el cálculo en cada liquidación del presupuesto se actualicen de manera que respondan a una dotación a la provisión para insolvencias ajustada a la realidad. El Ayuntamiento durante el ejercicio 2011 estableció es la Base 23 ª que :”A los efectos de cuantificación del remanente de tesorería a que hace referencia el artículo 103 del Real Decreto 500/1990, se considerarán derechos pendientes de cobro de difícil o imposible recaudación, los correspondientes a los capítulos I, II y III del Presupuesto de Ingresos, excluidos los procedentes de la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los recursos cuyo cobro esté cubierto con aval bancario u otra garantía considerada como suficiente por la Corporación, con arreglo a la siguiente fórmula: fijando un porcentaje a tanto alzado”. Por todo ello, se establece como medida correctora en el presente Plan que la Corporación cada tres ejercicios revise dichos criterios y los actualice en las Bases de Ejecución que corresponda. Por tanto la nueva revisión se realizará para la elaboración del Presupuesto General del ejercicio 2014. 5.1.6. Fondo de contingencia. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera regula en su artículo 31 el fondo de contingencia establece que se deberá incluir en sus Presupuestos una dotación diferenciada de créditos presupuestarios que se destinará, cuando proceda, a atender necesidades de carácter no discrecional y no previstas en el Presupuesto inicialmente aprobado, que puedan presentarse a lo largo del ejercicio. La cuantía y las condiciones de aplicación de dicha dotación será determinada por cada Administración Pública en el ámbito de sus respectivas competencias. Con independencia de que la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Presupuestaria lo regula para el ámbito subjetivo de las capitales de provincia o de comunidad autónoma o que su población de derecho sea igual o superior a 75.000 habitantes, el Ayuntamiento de Quart de les Valls, pretende regular dicho Fondo de Contingencia en sus Bases de Ejecución en los siguientes términos:

- Crédito inicial: 0,5% de los recursos ordinarios previstos en el Presupuesto del Ayuntamiento.

- Aplicación Presupuestaria Ayuntamiento: Se abrirá una aplicación presupuestaria para el Ayuntamiento “Imprevistos: Fondo de contingencia”

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- Vinculación jurídica: La vinculación jurídica de los créditos objeto de control fiscal se efectuará sobre los siguientes niveles: respecto a la clasificación por programa, área de gasto y económica a nivel de artículo.

Sólo se aplicarán gastos no previstos inicialmente en el Presupuesto y que no hayan estado sujetos a la libre decisión discrecional de cualquier órgano competente para la ejecución del gasto del Ayuntamiento.

5.2. MEDIDAS TRIBUTARIAS Y DE OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO.

5.2.1. Repercusión de costes a los usuarios de los servicios públicos. Aquellos servicios públicos que estén sujetos a tasa, se repercutirá a los beneficiarios como mínimo los costes directos que se deduzcan del estudio técnico-económico previsto en el artículo 25 del TRLHL. Aquellos servicios prestados o de la actividad realizada que estén sujetos a precios públicos, se repercutirá a los beneficiarios como mínimo los costes totales (directos, indirectos y de amortización). Sólo se atenderán a razones sociales, benéficas, culturales o de interés público debidamente justificadas en el expediente de fijación o modificación de la ordenanza que lo regule, para fijar precios públicos por debajo del límite anterior. No se iniciará ningún servicio o actividad en el que no se cubra como mínimo el 50% de usuarios previstos. 5.2.2. Criterios para la modificación de las Ordenanzas Fiscales. Los expedientes de modificación de las diferentes Ordenanzas de tributos y precios públicos se aprobarán siguiendo los siguientes aspectos básicos dentro del ámbito competencial del Ayuntamiento:

a) Equitativo reparto de la carga fiscal a los beneficiarios de los servicios públicos.

b) Favorecer la actividad económica y el empleo. c) Valoración de los aspectos sociales y benéficos. d) Valorar la capacidad económica del contribuyente. e) Suficiencia financiera para la sostenibilidad de los servicios públicos.

En la modificación de la Ordenanza del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, además se tendrá en cuenta las necesidades de ingresos para dar cumplimiento a las medidas incluidas en el apartado 5.1.1 de “Elaboración del Presupuesto General” 5.3. MEDIDAS DE GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. 5.3.1. Servicio de abastecimiento domiciliaria de agua potable. El contrato de concesión del servicio domiciliario de agua potable vence en el mes de marzo 2014. Se deberán realizar las actuaciones preparatorias para la licitación del nuevo contrato. Los ingresos procedentes de la nueva licitación a través del canon de la concesión irán destinados en primer lugar a liquidar el contrato con el actual concesionario siempre que las deudas exigidas por éste estén acreditadas, auditadas y conformadas.

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Una vez liquidada la deuda el Ayuntamiento realizará un prorrateo del resto del canon resultante de la adjudicación durante los ejercicios que dure la concesión para que se afecten dichos recursos en cada presupuesto a inversiones, mantenimiento y conservación del propio servicio que garantice su sostenibilidad financiera. 5.3.2. Operaciones de Tesorería. Dado que el déficit transitorio de tesorería viene actualmente producido sobre todo por que no se han trasferido el importe de los gastos del Plan de Apoyo a la Inversión Productiva en los Municipios y demás subvenciones concedidas y no reconocidas por la Generalitat Valenciana, así como los incluidos en los Planes Provinciales 2011 y demás subvenciones concedidas y no reconocidas por la Diputación de Valencia. 5.4. MEDIDAS TESORERÍA Y RECAUDACIÓN. 5.4.1. Plan de Disposición de Fondos. La gestión de la Tesorería exige disponer de instrumentos adecuados que garanticen la liquidez suficiente para el puntual pago de las obligaciones y optimice el empleo de los recursos financieros. La Corporación en el Presupuesto General para el ejercicio 2012, regula “La Ordenación del Pago y Plan de Disposición de Fondos”. Dicho Plan, requiere un mayor desarrollo, para que el Ordenador de Pagos, la Tesorera y la secretaría-intervención, en el ejercicio de sus funciones tengan un marco normativo que prevea todas las situaciones que se generan para la Corporación y hacen que sea exigible cualquier pago de naturaleza o no presupuestaria. El presente Plan de ajuste pretende dar continuidad a la aprobación del Plan de Disposición de Fondos para que se adapte en cada ejercicio a la normativa de aplicación de pagos. 5.4.2. Presupuesto de Tesorería. La ejecución de los gastos de carácter discrecional deberán adecuarse en el tiempo al Presupuesto de Tesorería que valore en cada momento a corto plazo la previsión de cobros y pagos, al objeto de que se cumplan en mayor medida los plazos de pago de las obligaciones líquidas, vencidas y exigibles que determina la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. 6. INSTRUMENTALIZACIÓN Y CONTROL DE LAS MEDIDAS

CORRECTORAS DE AJUSTE. 6.1. Instrumentalización. El presente Plan será de aplicación inmediata una vez se apruebe por el Pleno de la Corporación. Se trata de una hoja de ruta para que las decisiones discrecionales de los órganos competentes (Alcaldesa, Junta de Gobierno Local, Concejales-Delegados, Pleno), sean congruentes con los términos del Plan. En cada toma de decisión se deberá instruir el oportuno expediente donde se valoren los efectos de cada medida en aras a obtener el cumplimiento de los objetivos del Plan priorizando lo siguiente:

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1º.- Eficiencia en la asignación de recursos y en la racionalización del gasto público. 2º.- Austeridad y reducción del gasto público. 3º.- Obtención de recursos suficientes para alcanzar el equilibrio o superávit presupuestario y la sostenibilidad financiera. 6.2. Control del Plan de ajuste. El control del presente Plan de ajuste se realizará anualmente con la formación de la Cuenta General, a través del informe de secretaria-intervención donde se incluirá un apartado que detalle las medidas correctoras realizadas y sus efectos respecto a los objetivos del Plan. 7. REMISIÓN Y PUBLICACIÓN DEL PLAN. El presente Plan se remitirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en los términos que se determinen. Así mismo, se publicará en la Web municipal para el general conocimiento de cualquier interesado. 8. ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA DEL PLAN. El presente Plan entra en vigor desde el día siguiente al acuerdo del Pleno de la Corporación. Tiene una duración de tres años coincidiendo con el final de la presente legislatura junio 2015. En el supuesto de que la Corporación durante la vigencia del Plan, tenga que elaborar un Plan económico-financiero en los términos del artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera el presente Plan de ajuste quedará derogado y sustituido por el citado Plan económico-financiero.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER ORDINARIO, EL DIA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz. Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la Presidencia, a las dieciocho horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la Presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 3 de julio de 2012, obrando en poder de los Concejales. Sometida por la Presidencia a votación, tras amplio debate es aprobada por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE Y EU y cuatro abstenciones del grupo PP. En la motivación del voto manifiesta: “porque no se ha incluido en el borrador del acta de la sesión el siguiente tenor: ¿Si se había contratado otra limpiadora? la alcaldesa contesto que no. ¿Para qué era la subvención del mobiliario? la Presidencia contesto que para la adquisición de banco, papeleras y el toldo del Centro de Convivencia. ¿En qué situación estaba la vivienda? la Presidencia contesto que no se había presentado ninguna proposición y se estaba a la espera de que se presentara alguna solicitud. ¿Por qué no se ratificaba por Pleno la operación de tesorería? la Presidencia contesto que por el importe de la operación. La operación no estaba prevista en el Presupuesto? la Presidencia contesto que estaba previsto en las aplicaciones del presupuesto correspondiente por si era necesaria.” PUNTO 2. RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente en materia de régimen local, esta Alcaldía da cuenta de las Resoluciones que ha adoptado desde el último Pleno Ordinario: Nº 42 de, 27 de junio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 1.200,00 €. Nº 43 de, 27 de junio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 3.644,07 €. Nº 44 de, 27 de junio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 2.579,80 €. Nª 45 de, 11 de julio de 2012, sobre delegación de atribuciones de la Alcaldía. Nª 46 de, 11 de julio de 2012, sobre aprobación certificación nº1 de la obra Remodelación de la sala en el Aula Musical por importe de 12.970,26 €. Nº 47 de, 12 de julio de 2012, sobre aprobación memoria valorada y solicitud de subvención al SPEE y aprobación del gasto. Sometida por la Presidencia a

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ratificación fue aprobado por cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación de voto manifiesta que “existe poco detalle en la memoria valorada dado la importancia del importe”. Nº 48 de, 17 de julio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 1.840,97 €. Nª 49 de, 19 de julio de 2012, sobre aprobación certificación nº2 y última de la obra Remodelación de la sala en el Aula Musical por importe de 7.029,74 €. Nª 50 de, 19 de julio de 2012, sobre aprobación certificación única de la obra Canalización aguas pluviales en el polideportivo municipal por importe de 1.896,76 €. Nº 51 de, 25 de julio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 472,00 €. Nª 52 de, 27 de julio de 2012, sobre aprobación certificación única de la obra Asfaltado y arreglo de aceras C/ Juan Carlos I y Callejón San Miguel por importe de 20.000,00 €. Nª 53 de, 27 de julio de 2012, sobre aprobación certificación única de la obra Asfaltado de diversas calles y aceras C/ Ramón y Cajal, Cirilo Amorós y Dr. Berenguer por importe de 37.935,00 €. Nº 54 de 31 de julio de 2012, sobre solicitud a la Diputación de Valencia subvención por importe de 11.990,11€ de conformidad con las bases del II Plan de Choque. Sometido por la Presidencia a ratificación fue aprobada por unanimidad. Nº 55 de, 31 de julio de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 85.138,00 €. Nº 56 de, 6 de agosto de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 2.736,00 €. Nº 57 de, 7 de agosto de 2012, sobre aprobación factura y solicitud a la Diputación abono subvención redacción del proyecto de obras Canalización de aguas pluviales en el polideportivo municipal PCOS 2010 Nº 58 de, 9 de agosto de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 1.136,00 €. Nº 59 de, 9 de agosto de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 658,60 €. PUNTO 3. INFORMACIÓN TRIMESTRAL AL PLENO EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 15/2010, DE 5 DE JUILO, DE MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD. Por conducto de la Presidencia, se da cuenta al Pleno del Informe correspondiente al segundo trimestre de 2012, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 15/5010, de 5 de julio. PUNTO 4. INFORMACION PERIODICA AL PLENO A FECHA 30 DE JUNIO 2012. En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 207 del T.R.L.R.H.L y la Base 26ª del Presupuesto General vigente, la secretaría-intervención del Ayuntamiento elaborará la información, que por conducto de la Presidencia, debe remitir al Pleno de la Corporación, cada seis meses, la ejecución de los presupuestos y del movimiento y situación de la tesorería, de conformidad con

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lo establecido en la regla 94 de la Orden EHA 4042/2004, de 23 de noviembre, que se unen como Anexo I debidamente diligenciado. PUNTO 5. CUENTA GENERAL 2011. Vista la Cuenta General del ejercicio 2011, junto con toda su documentación anexa a la misma, según la legislación vigente.

Visto el informe de secretaria-intervención emitido sobre ella, y el Dictamen de la Comisión emitido en fecha 19 de junio de 2012.

Visto que la misma se expuso al público para que pudieran presentarse reclamaciones, reparos u observaciones, no habiéndose producido.

Visto el Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

Se propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO

Primero. Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2011. Segundo. Rendir la Cuenta General así aprobada y toda la documentación que la integra a la fiscalización de la Sindicatura de cuentas, tal y como se establece en el artículo 212.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por: cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación de voto manifiesta: “ya que no se nos ha facilitado mucha de la información e informes solicitados. Además no estamos de acuerdo en la gestión llevada en la ejecución de dicho presupuesto". PUNTO 6. SUPLEMENTO DE CRÉDITOS Nº 1/2012, FINANCIADO CON ANULACIONES O BAJAS DE CRÉDITOS DE OTRAS APLICACIONES. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que cabe efectuar anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo servicio, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones presupuestarias.

Considerando que se emitió informe de secretaría-intervención sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Considerando que se emitió Informe de Evaluación del Cumplimiento de Evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria de, 23 de marzo 2012, con motivo de la Liquidación del Presupuesto de 2011, y se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía.

Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente

ACUERDO

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Primero. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 1/2012, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidos, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Estado de Gastos CAPÍTULO DESCRIPCIÓN

CONSIGNACIÓN INICIAL

CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

I 9.12 Funcionarias

83.100 78.600

I 9.13 Personal laboral

7.000 11.500

Segundo. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad. PUNTO 7. SUPLEMENTO DE CRÉDITOS Nº 2/2012, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERIA 2011. Considerando que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Visto el informe de secretaría-intervención sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Visto el Informe de Evaluación del Cumplimiento de Evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria de, 23 de marzo de 2012, con motivo de la Liquidación del Presupuesto 2011, por secretaría-intervención se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía.

Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 2/2012, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente remen por capítulos:

Presupuesto de Gastos

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Aplicación Presupuestaria Descripción Euros

3 13 Retribuciones taquilla Piscinas 4.850,00 1 16 Cuotas, prestaciones y gastos sociales 10.500,00 3 16 Cuotas, prestaciones y gastos sociales

Personal taquillas 1652

1.660,00 1

21 Reparación, mantenimiento y conservación Impacto aumento IVA s/disponible

10.000,00 300,00

3 21

Reparación, mantenimiento y conservación

5.000,00

9 21

Reparación, mantenimiento y conservación

5.000,00

1

22

Material, suministros y otros Impacto aumento IVA s/disponible Materiales convenio SPEE

10.000,00 860,00

3 22

Reparación, mantenimiento y conservación

5,000,00

9 22

Reparación, mantenimiento y conservación

15.000,00

9 46 Junta de Aguas de la Font de Quart de les Valls, aportación extraordinaria

817,85

1 61 José Mª Pérez Adelantado, dirección y coordinación SS PAP 2011

580,36

1 61 José Mª Pérez Adelantado, dirección y coordinación SS PPOS 2011

932,42

1 61 José Mª Pérez Adelantado, dirección y coordinación SS PC PPOS 2010

472,00

1 61

José Mª Pérez Adelantado, proyecto de obra, dirección y coordinación SS PIC

2011

1.474,56

TOTAL GASTOS

72.447,19

Presupuesto de Ingresos

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Concepto Descripción Euros

87 Remanente de Tesorería ejercicio 2011 72.447,19

TOTAL INGRESOS 72.447,19

Segundo. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Sometido por la Presidencia a votación tras amplio debate se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales del PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto manifiesta: “No se nos ha facilitado información sobre los incrementos en muchas de las partidas que se incrementan y en especial las de "reparación, mantenimiento y otros" o "Material y suministros", aunque sea una previsión. No se tiene ningún control sobre el Capítulo 2 que ha sufrido un incremento del 173% desde el año 2000 y del 32% del año pasado al actual. No se está realizando ninguna medida de ahorro sobre el gasto tal y como venimos exigiendo en cada presupuesto.” La Presidenta le respondió que no hay gastos pendientes, es una previsión tomando como base el presupuesto anterior hasta finalizar el ejercicio. El concejal Miguel Francisco Pérez Antoni solicita que conste en acta que “Josep Vicent Langa Gómez ha dicho que la situación de Quart es envidiable” DECLARACIÓN DE URGENCIA. De conformidad con el artículo 83 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Presidencia declara de urgencia la inclusión de un punto en el Orden del Día, sometida a consideración es apreciada por unanimidad. SUPLEMENTO DE CRÉDITOS Nº 3/2012, FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERIA 2011. Considerando que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.

Visto el informe de secretaría-intervención sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

Visto el Informe de Evaluación del Cumplimiento de Evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria de, 23 de marzo de 2012, con motivo de la Liquidación del Presupuesto 2011, por secretaría-intervención se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía.

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Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 3/2012, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:

Presupuesto de Gastos

Aplicación Presupuestaria Descripción Euros

3 22 Material, suministros y otros, libros de texto curso escolar 2012-2013

6.000,00

TOTAL GASTOS 6.000,00

Presupuesto de Ingresos

Concepto Descripción Euros

87 Remanente de Tesorería ejercicio 2011 6.000,00

TOTAL INGRESOS 6.000,00

Segundo. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad. PUNTO 8. RENOVACIÓN DEL JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL JUZGADO DE PAZ DE QUART DE LES VALLS. Vista la inexistencia de solicitudes, la Presidenta propone, a los Grupos municipales, que presenten propuesta de candidatos para la renovación del Juez de Paz Sustituto de Quart de les Valls. De conformidad con el artículo 92.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Presidencia propone dejar sobre la mesa el expediente, que fue aprobado por unanimidad. PUNTO 9. COMUNICACIONES OFICIALES. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente se da cuenta de las comunicaciones recibidas, más significadas, desde el último Pleno ordinario: De la Fundación Bancaixa Sagunt, concesión de 1.200 € del Plan de colaboraciones para financiar actividades socioculturales. Resolución del Comseller de la Presidencia, de 13 junio de 2012, ayuda expte.GC-284/12 Suministro eléctrico, 3.900 €.

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Decreto nº04640, de 27 de junio 2012, concesión subvención cuatro becas, 3.200 €. De la Gerente Regional Adjunta, remitiendo comunicación el Plan estratégico del Catastro. El grupo municipal PP, solicita copia del CD-R que contiene el DETECAR. La Alcaldesa solicitará la copia. Del Director General de Medio Natural, Resolución de conformidad desfavorable a la propuesta de declaración de Paraje Natural Municipal “Font de Quart”. El grupo municipal PP, solicita copia del informe técnico del Servicio de Gestión de Espacios Naturales Protegidos. La Alcaldesa solicitará la copia a VAERSA Decreto del Presidente de la Diputación nº3782, de 7 de junio, sobre aprobación honorarios técnicos PCR 2009/125. De la Gerente Regional Adjunta, remitiendo comunicación procedimiento y solicitud información. De la Diputación, comunicación acuerdo de Pleno, de 15 de noviembre 2011, por el que se aprueba el PCPPOS/201. De la Secretaria de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, prórroga de mandato del Juez de Paz Sustituto de Quart de les Valls, Alejandro Lostado Vicente. Resolución, de 25 de julio de 2012, otorgamiento de subvención del Servicio Público de Empleo Estatal-Valencia. El grupo municipal PP pregunta ¿dónde está el cartel? La Alcaldesa contesta que en este momento no lo recuerda. Solicitan certificación del técnico de la fecha de colocación. De la Diputación de Valencia acuerdo, de 17 de julio de 2012, sobre inclusión del Ayuntamiento en la prestación de asistencia técnica en materia de normalización lingüística. De secretaria-intervención, informe sobre la instrumentalización del principio de transparencia, establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. PUNTO 10. MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS. El Grupo Municipal de UE del País Valencià, presenta la siguiente: MOCIÓN MUNICIPAL CONTRA LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE RÉGIMEN LOCAL. Don Josep Vicent Langa Gómez Portavoz del Grupo Municipal de EUPV en el Ayuntamiento de Quart de les Valls en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo que establece la normativa aplicable, eleva al Pleno de la Corporación, para su debate la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Gobierno ha anunciado que quiere modificar la Ley de Bases de Régimen Local dentro del marco de reformas que ha decidido emprender, ha presentado a la FEMP un documento que no ha consensuado y que afecta a 14 de sus artículos. El gobierno justifica esta modificación bajo el argumento de la necesidad de adecuarla a la Ley de Estabilidad Presupuestaria. El contenido de la reforma elimina el principio de autonomía local, modifica las competencias municipales, refuerza el papel de las diputaciones y pretende reducir la actividad municipal al mínimo.

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Hay que recordar que desde el conjunto del municipalismo español se viene exigiendo desde hace mucho tiempo la reforma de la Ley de Bases de régimen local de 1985. Era necesario abordar con seriedad la nueva legislación teniendo en cuenta la nueva realidad municipal, la experiencia de gestión adquirida en estos más de 35 años y la necesidad de dar cumplimiento al principio de suficiencia financiera local. Los artículos que se modifican afectan al principio de subsidiariedad, principio reconocido por el Tratado de la Unión Europea, por el cual se aconseja que sea la administración más próxima a la ciudadanía la que resuelva o la que ofrezca el servicio. También dificulta que se puedan ejercer competencias no previstas en la ley, da más competencias a las diputaciones para que puedan ejercer competencias municipales de municipios de menos de 20.000 habitantes. Desde EUPV defendemos la administración local como la más eficiente, democrática y próxima al ciudadano y a la ciudadana. Además, eliminando los ayuntamientos no se conseguirá abaratar la gestión sino entorpecer los servicios de los municipios y eso afectara directamente los ciudadanos y ciudadanas. Para mejorar y abaratar los costes de estos servicios ya existen las Mancomunidades. Se trata, pues, desde nuestro punto de vista de una medida que no resuelve los problemas reales como dotar de financiamiento suficiente a la administración local. Además, hace responsables a las entidades locales del déficit público, precisamente a la institución peor financiada y que en los últimos años ha ido asumiendo competencias. En nuestra opinión la solución tampoco pasa por las diputaciones provinciales, como ya se ha insinuado, ya que se trata de una institución obsoleta que responde a una división artificial de nuestro país, y que, además, sus representantes han sido elegidos indirectamente. Desde EUPV llevamos mucho tiempo reivindicando una ley de comarcalización que descentralice realmente la toma de decisiones y la administración de recursos. Por todo ello, proponemos los siguientes

ACUERDOS: Primero. Que el Ayuntamiento de Quart de les Valls pida la retirada de este anteproyecto de modificación de la ley de bases de régimen local. Segundo. Que el Ayuntamiento de Quart de les Valls inste a las Cortes a aprobar una Ley de Comarcalización del País Valenciano que desarrolle aquello expresado en el artículo 65 del Estatuto de Autonomía y a la supresión de las diputaciones provinciales. Tercero. Que el Ayuntamiento de Quart de les Valls pida a la FEMP que se oponga al anteproyecto y que se establezca un marco de negociación transparente donde pueda participar el municipalismo español. Cuarto. Apoyar cuantas iniciativas de carácter político o jurídico que se pongan en marcha para oponerse a esta modificación prevista. Quinto. Exigir al Gobierno de España que cualquier modificación legal que se promueva garantice los principios constitucionales de autonomía local, subsidiariedad y suficiencia financiera.

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Sexto. Dar traslado de los acuerdos de esta moción: - Al Presidente del Gobierno. - A los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados - Al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. - Al Presidente de las Cortes Valencianas. - A los Grupos Parlamentarios de las Cortes Valencianas. - A la FEMP y a la FVMP.

Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales del PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación de voto manifiesta: “Por ser una moción generalista”. RUEGOS Y PREGUNTAS. El portavoz del grupo municipal del PP realizo los siguientes ruegos y preguntas: ¿Por qué no han recibido la documentación solicitada:

- Copia del informe de la columna B, de la asistenta social para la clasificación del personal para “La roda”

- Informe del “picudo rojo” - Informe de los vados permanentes - Copia de los seguros de accidentes y responsabilidad civil del

Ayuntamiento? Solicitamos que las facturas tengan un registro de entrada al igual que de salida La Alcaldesa contesto que toda factura que llega al ayuntamiento, se contrasta con el albarán o contrato correspondiente, se visa por la ordenadora de pagos y se registra en el Libro Oficial de Registro de Facturas y en la contabilidad mecanizada. ¿Preguntamos si se ha hecho limpieza en solares particulares? En caso afirmativo ¿quién ha pagado la limpieza? La Alcaldesa contesto que sí, que lo habían solicitado y dada la premura de tiempo por las fiestas lo realizo el personal contratado, mediante la subvención del SEPE. El portavoz solicita copia de los escritos remitidos y del pago. ¿Por qué se han utilizado sillas y mesas de la Mancomunidad por un negocio privado del pueblo y quien lo ha autorizado? La Alcaldesa contesto que autorizo las dos solicitudes presentas, hace entrega de una fotocopia del Reglamento para la utilización de mesas y sillas de la Mancomunidad de les Valls, por medio de cesión a los ayuntamientos, así como la certificación expedida por la secretaria de la entidad. El portavoz del PP solicita copia de las solicitudes. ¿Cómo se ha hecho la quema de rastrojos y si se ha hecho de forma legal? La Alcaldesa contesto que autorizo la limpieza de conformidad con la legislación. ¿Cómo se queman los restos de la limpieza de la Font? Y si se han quemado el día 25 de septiembre, ¿quién autoriza la quema? Alcaldesa contesto que lo autorizo en los lugares adecuados al efecto y de conformidad con la legislación. ¿Por qué se hace un bando por escrito a todos los vecinos del pueblo en general, y si de ahora en adelante se harán todos así? Alcaldesa contesto que es una atribución exclusiva de la alcaldía y que elaborará los que considere.

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¿Por qué se han soltado los ladrillos de la piscina y quien se hará cargo del coste de la reparación? Alcaldesa contesto que la piscina es antigua y necesita muchas reparaciones y que el ayuntamiento como propietario se hará cargo de las mismas. Proponen que las reparaciones se hagan con suficiente antelación para que no pase otra vez lo mismo. ¿Se han llevado a término los acuerdos de las mociones presentadas el pasado pleno? Solicita copia de los escritos. Alcaldesa contesto que sí. ¿Quién ha hecho la limpieza del parque y de los aseos? Carmen Álvarez Montero contesto que en coordinación con el personal contratado por el ayuntamiento y los adjudicatarios de quiosco. Solicitan, por escrito, las analíticas del agua potable. Solicitan copias del presupuesto y facturas del viaje a Charleval. Solicitan, por escrito y a fecha de hoy, el coste del pleito de los vigilantes. Solicitan copia de la factura de compra del rotovator propiedad municipal. Solicitan por escrito, las cantidades económicas pagadas a las empresas Inagri y Rerop. Solicitan copia del expediente de instalación de las antenas de telefonía móvil. El concejal Miguel Francisco Pérez Antoni realizo las siguientes: Si se ha fraccionado las obras de asfaltado de las calles. La Alcaldesa contesto que las obras se habían incluido en el PPOS/ 2011 y en el PAP/2011. ¿Si se ha colocado el cartel de las subvenciones SEPE expediente 46/101/12/B/D/01 de recuperación de espacios públicos degradados 2012? La Alcaldesa contesto que en este momento no lo recuerda. Solicitar obtener certificación del técnico de la fecha de colocación y ubicación de dicho cartel. ¿Si la solera de hormigón hecha en la zona del Molí de Vent, tiene algo que ver con el observatorio solar? La Alcaldesa contesto que se había aprovechado los materiales y el personal contratado mediante la subvención del SPEE. ¿Qué empresa o particular ha regalado sacos de cemento al Ayuntamiento? José Francisco Dillet Huguet contesto que la empresa es Lafarge, y colabora a petición suya por ser antiguo trabajador, la cual realiza donaciones a otros ayuntamientos como Sagunto. ¿Por qué después de 3 meses de la reunión con el técnico y alcaldesa no existe ninguna decisión sobre el proyecto del observatorio, ni se ha realizado la obra? La Alcaldesa contesto que se está analizando técnicamente. ¿Si existe otra persona limpiando edificios municipales, dado que se nos acaba de decir que el Ayuntamiento no ha contratado a nadie más? La Alcaldesa contesto que no tenía conocimiento. ¿Si se conoce el origen de los restos y escombros que se encontraban a dos metros de la solera de hormigón de la zona Molí de Vent? José Francisco Dillet Huguet contesto que no. Mª del Carmen Escobar Gil, pregunto por qué no fueron los becarios de la Dipu Te Beca a ayudar en la Escuela de Verano. Carmen Álvarez Montero contesto que para no desvirtuar el objeto de la subvención.

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Ruegos: - Obtener acreditación de requerimientos a los particulares antes de de la limpieza de parcelas particulares, así como justificante de los pagos hechos por los propietarios cuando se produzcan. - Solicita el importe económico del Bando de Alcaldía realizado repartido por escrito a todos los vecinos.

Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las veinte cuarenta y cinco, de lo cual como secretaria doy fe.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER EXTRAORDINARIO, EL DIA 13 DE NOVIEMBRE DE 2012.

En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz. Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la presidencia, a las dieciocho horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2012, obrando en poder de los concejales/as. Sometida por la presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. MODIFICACIÓN 1/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCAL TASA CEMENTERIO. La presidencia toma la palabra y motiva las modificaciones realizadas en las tarifas, por considerarlo oportuno y necesario, que las subidas se han cuantificado mediante la actualización del IPC elaborados por el INE hasta diciembre de 2011, ya que las mismas no han tenido aumento desde su aprobación, y por la coyuntura actual, en la que están inmersos los ayuntamientos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 en relación con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por adecuación a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera, y al Plan de Ajuste aprobado por acuerdo de Pleno de 3 de julio de 2012. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO Primero. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Cementerio, artículo 6. Tarifas, en los términos en que figura en el expediente con la redacción que a continuación se recoge:

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EPIGRAFE 10 A) CUOTA 2013 4,00 €

EPIGRAFE 1 C) CUOTA 2013 1º Nicho, 1ª Tramada 610,00€ 2º Nicho, 2ª Tramada 773,00€ 3º Nicho, 3ª Tramada 773,00€ 4º Nicho, 4ª Tramada 610,00€

- Anualmente se revisaran las tarifas con referencia al IPC de diciembre elaborado por el INE.

Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta. “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. PUNTO 3. MODIFICACIÓN 2/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCALTASA DISTRIBUCIÓN DE AGUA, INCLUIDOS LOS DERECHOS DE ENGANCHE, COLOCACIÓN Y UTILIZACIÓN DE CONTADORES. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo

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dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO Primero. Aprobar la modificación el artículo 6 Cuotas Tributarias de la Ordenanza fiscal reguladora de la distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, en los términos en que figura en el expediente, con la redacción que a continuación se recoge: Artículo 6 1. Viviendas, industrias y locales: Cuota de Servicio: euros/abonado/año - contadores de 13 mm 22,00 € - contadores de 15 mm 31,00 € - contadores de 20 mm 54,00 € Cuota de Consumo: 0,31€ La cuota de consumo en el caso urbano será: - hasta 96 m3/anual 0,31 €/m3 - más de 96 m3/anual 0,46 €/m3 Derechos de acometida: Los derechos de acometida a satisfacer por una sola vez y al efectuar la petición, serán por cada vivienda y local comercial: - contadores de 13 mm 105,80 € - contadores de 15 mm 105,80 € - contadores de 20 mm 135,25 €

Anualmente se aplicara el aumento de la subida del índice de precios al consumo elaborado por el INE. Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto.

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Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. PUNTO 4. MODIFICACIÓN 3/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCALTASA GUARDERÍA RURAL. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO Primero. Aprobar la modificación el artículo 6 Cuotas Tributarias de la Ordenanza fiscal reguladora de la guardería rural, en los términos en que figura en el expediente, con la redacción que a continuación se recoge:

cuota 2013 €/hanegada

Agrios 6,00 €

Secano 2,00 €

cuota 2013 €/hectárea

Agrios 70,00 €

Secano 20,00 €

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- Anualmente se aplicara el aumento de la subida del índice de precios al consumo de diciembre elaborado por el INE, más un punto hasta que se ajuste el coste del servicio. Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. PUNTO 5. MODIFICACIÓN 4/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCALTASA MARCANCÍAS Y ESCOMBROS. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

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ACUERDO

Primero. Dejar sin efecto el acuerdo de Pleno, de 5 de junio de 2000, por el que se modificaba la tarifa. Segundo. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Mercancías y escombros artículo 6 en los términos en que figura en el expediente con la redacción que a continuación se recoge:

cuota 2013

4,00 €

- Anualmente se revisara la tarifa con referencia al IPC de diciembre elaborado por el INE.

Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Cuarto. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Quinto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. PUNTO 6. MODIFICACIÓN 5/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCALTASA PISCINAS MUNICIPALES. Realizada la tramitación establecida, visto el

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informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO

Primero. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Piscinas municipales en los términos en que figura en el expediente con la redacción que a continuación se recoge: artículo 6 Epígrafe primero. cuota 2013 1 - Entrada Adultos 3,00 € 2 - Entrada Niños > 3 años 2,00 € 3 - Entada Jubilados y Pensionistas 1,50 € Epígrafe segundo. 1 - Bonos Adultos 30,00 € 2 - Bonos Niños 20,00 € 3 - Bonos Niños < 3 años 0,00 € 4 - Bonos Jubilados y Pensionistas 15,00 € 5 - Bonos 15 baños 22,00 € 6 - Bonos Temporada (3 meses) 84,00 € Epígrafe tercero. 1 - Cursos Adultos 34,00 € 2 - Cursos Niños > 3 años 30,00 € 3 - Cursos Jubilados y Pensionistas 17,00 €

-Anualmente se revisaran las tarifas con referencia al IPC de diciembre elaborado por el INE. Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del

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Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. PUNTO 7. MODIFICACIÓN 6/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCALTASA INSTALACIONES POLIDEPORTIVAS. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO

Primero. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Instalaciones deportivas, en los términos en que figura en el expediente con la redacción que a continuación se recoge: artículo 2 d) El uso del Gimnasio Municipal:

Epígrafe segundo GIMNASIO cuota 2013

Bono Mensual Adultos 32,00 € Bono Trimestral 86,00 € Bono Mensual Niños 22,00 € Bono Trimestral 59,00 € Bono Mensual Jubilados y Pensionistas 16,00 € Bono Trimestral 43,00 € - Anualmente se revisaran con referencia al IPC de diciembre elaborado

por el INE.

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Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. PUNTO 8. MODIFICACIÓN 7/2012 ARTÍCULO 5.2 ORDENANZA FISCALTASA ALCANTARILLADO. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

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ACUERDO Primero. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Alcantarillado, en los términos en que figura en el expediente con la redacción que a continuación se recoge:

ART. 5.2 TASA ALCANTARILLADO cuota 2013

a) Viviendas 9,00€ b) Fincas y locales no destinados exclusivamente a vivienda 19,00€

- Anualmente se revisaran las tarifas con referencia al IPC de diciembre elaborado por el INE.

Segundo. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”.

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PUNTO 9. MODIFICACIÓN 9/2012 ARTÍCULO 6 ORDENANZA FISCALTASA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS DE CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE. Realizada la tramitación establecida, visto el informe de secretaría-intervención, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo a la Providencia de Alcaldía y a la evolución del IPC elaborado por el INE.

Visto el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas considera que, se cumplen los requisitos necesarios contenidos en las Normas legales citadas anteriormente, y que las tarifas y cuotas fijadas en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa, se ajustan a los costes previsibles derivados, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:

ACUERDO

Primero. Dejar sin efecto el acuerdo de Pleno, de 5 de junio de 2000, por el que se modificaba la tarifa. Segundo. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase artículo 6. Tarifas en los términos en que figura en el expediente con la redacción que a continuación se recoge:

cuota 2013

12,00 €

- Anualmente se revisara la tarifa con referencia al IPC de diciembre elaborado por el INE.

Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, y en la web www.quartdelesvalls.es dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Cuarto. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Quinto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir los documentos relacionados con este asunto. Tras amplio debate, y tras comprobar la Alcaldesa que no existe ningún error, de derecho, en el expediente que justifique su retirada del punto del Orden del Día, se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP.

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En la motivación de voto el portavoz en esta materia manifiesta: “Estamos en contra de una subida insolidaria, injustificada y abusiva. Se trata tan solo de recaudar más para tapar la mala gestión municipal. Pedimos que no se aplique “el redondeo” y que sean corregidas las resoluciones con fecha incorrecta. Pedimos que no se aplique automáticamente la subida del IPC, pediremos un estudio de comparativa con el resto de pueblos de la comarca. Hay partidas que suben el doble o conceptos como “Vigilancia” donde no está justificado lo que se paga por el Servicio que este Ayuntamiento presta. A parte en los próximos presupuestos pediremos la rebaja de todas las tasas y que se garanticen unos servicios de calidad. En contra y pedimos la retirada del expediente del orden del día”. A continuación interviene la portavoz del PSOE que en la motivación del voto manifiesta: “Que es una falacia decir que han subido las tasas cuando solo se han actualizado los IPC para cumplir la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera. Subida que no se hubiera aplicado si el Gobierno y la Generalitat Valenciana no hubieran recortado los ingresos”. DECLARACIÓN DE URGENCIA. De conformidad con el artículo 83 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Presidencia declara de urgencia la inclusión de un punto Moción del Partido Popular en el Orden del Día, sometida a consideración es apreciada por unanimidad. MOCIÓN DEL PARTIDO POPULAR.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Primero. De conformidad con el artículo 25 de la Ley 7/85 de 2 de abril, que determina la competencia en actividades educativas del municipio. Segundo. Basándose en la modificación presupuestaria 3/2012 aprobada en el pasado Pleno Ordinario, con las indicaciones manifestadas por nuestro Grupo en la Comisión de Cuentas correspondiente. Tercero. Dado que los padres de los alumnos de Quart de les Valls ya han efectuado el pago de los libros de texto del curso 2012/13 y que ya se ha publicado el listado de subvenciones concedidas en libros de texto. Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular propone al Pleno del Ayuntamiento de Quart de les Valls la aprobación de la siguiente:

MOCIÓN Primero. Que antes del 30 de noviembre de 2012, esté elaborado y aprobado el sistema de reintegro para los padres del importe pagado por los libros de texto del curso 2012/13, y que se determinen aquellas condiciones necesarias para acceder a la ayuda (porcentajes, sistemas de “banco de libros”, reciclaje, etc.) Segundo. Que antes del 22 de diciembre de 2012 esté ya efectuado el pago que corresponda a cada uno de los padres y por tanto completamente ejecutada la partida presupuestaria correspondiente al importe de la Modificación Presupuestaria 3/2012.

La Presidenta cede el uso de la palabra al portavoz del PP que expone: pedimos simplemente que antes de final de noviembre esté elegido el sistema de devolución a los padres o al AMPA y que antes de final de diciembre esté

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pagada la modificación 3/12 para que no se pierda el dinero. Además, la propia alcaldesa manifestó la intención de pagar la parte correspondiente de los libros 2012/13 y no dejarlo para el curso posterior. Tras amplio debate se desestima por: cinco votos en contra de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro a favor del PP. En la motivación del voto el portavoz de EU manifiesta que: “Se ha creado una Comisión con representación de los agentes implicados, AMPA, comunidad educativa y Ayuntamiento, que está estudiando la creación del “Banco de Libros”, y elaborando su Reglamento y Funcionamiento”. La Alcaldesa puso de manifiesto que el pago de la subvención se realizará cuando técnicamente sea posible. DECLARACIÓN DE URGENCIA. De conformidad con el artículo 83 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Presidencia declara de urgencia la inclusión de un punto Moción de EUPV en el Orden del Día, sometida a consideración es apreciada por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. MOCIÓN APOYO A LA HUELGA GENERAL DEL 14-N. El próximo 14 de noviembre los sindicatos CCOO, UGT, CGT, USO, y la Plataforma Ciudadana, han convocado una Huelga General, contra las medidas antisociales y los recortes en sanidad, educación, reforma laboral, que generan miseria y ahondan la crisis. Además, se constata, la banca y las multinacionales, los más ricos y poderosos, lejos de ayudar a paliar esta situación, están consiguiendo eludir sus responsabilidades y aprovechan para enriquecerse más a costa del esfuerzo de todos. El fraude fiscal ronda los 60.000 millones de euros, de los cuales casi tres cuartas partes son por evasión de impuestos de grandes empresas, grandes fortunas y bancos. Según los técnicos de Hacienda, de recuperarse sólo la mitad del fraude fiscal, España tendría un PIB superior al de Italia e igual al del Reino Unido. Los recortes en el sector público impuestos por el FMI, BCE y la Comisión Europea son consecuencia de que los ricos paguen menos y defrauden desde hace décadas. Los que más tiene pagan pocos impuestos o ninguno de una manera legal para la servidumbre de los gobiernos que hemos tenido y sus políticas: Sicav, que en España sólo pagan un 1% por ganancia de valor, fundaciones para ocultar grandes fortunas, que se pueden constituir en paraísos fiscales garantizando el anonimato de sus propietarios, sociedades patrimoniales que sirven para no pagar impuestos de plusvalía por revalorización de inmuebles, fingir otra residencia para evadir impuestos, famosos deportistas y estrellas del espectáculo utilizan este tipo de fraude. Mientras los ricos no paguen los impuestos que deberían y haya fraude fiscal, no habrá suficiente dinero público para garantizar el bienestar de la clase trabajadora. Esta situación es una injusticia social y la imposición de recortes y sufrimiento a los más débiles.

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Las organizaciones convocantes hacen un llamamiento a toda la clase trabajadora y a la inmensa mayoría ciudadana, que no ha vivido por encima de sus posibilidades, sino que están viviendo por debajo de sus necesidades, a participar en la huelga. Estas medidas están cerrando miles de comercios porque ha caído el consumo, los bancos están negando el crédito estrangulando la economía productiva. A pesar de la reforma laboral las medidas del gobierno, hay 799.800 parados más que hace un año, la tasa de paro supera el 25%. Motivos suficientes para organizar una Huelga General. Por ello el Grupo Municipal de EU propone al pleno del Ayuntamiento de Quart de les Valls lo siguiente:

PROPUESTA DE ACUERDO Primero. El Ayuntamiento de Quart de les Valls apoya la convocatoria de huelga general convocada por los sindicatos y la plataforma ciudadana, y se suma al llamamiento a la ciudadanía del municipio para que apoye la huelga. Segundo. Del presente acuerdo se remitirá copia a: - Gobierno de la Nación y portavoces de todos los grupos políticos. - A las sedes del Camp de Morvedre de los sindicatos convocantes. La Presidenta cede el uso de la palabra al portavoz del EU, que expone los motivos, antes citados, para el apoyo del Ayuntamiento a la huelga general del 14 de noviembre. Sometido por la Presidenta a votación se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación del voto Manifiesta: “por ser una moción generalista”.

Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las diecinueve treinta y cinco, de lo cual como secretaria doy fe.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER EXTRAORDINARIO, EL DIA 3 DE DICIEMBRE DE 2012. En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz.

Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la presidencia, a las dieciocho horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 13 de noviembre de 2012, obrando en poder de los concejales/as. Sometida por la presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. PRESUPUESTO 2013. De orden de la Presidencia, se procede a dar lectura de las previsiones de ingresos y créditos para gastos, contenidas en el Presupuesto General para el ejercicio de 2013, que presenta la Alcaldía, procediendo al examen y discusión de su contenido. Y resultando que dicho presupuesto ha sido informado favorablemente por secretaría-intervención. Considerando que el Presupuesto se ajusta, en su fondo y forma, y se presenta a la aprobación con equilibrio, a fin de cumplir con el marco estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Real decreto 500/1990, de 20 de abril, y Orden EHA/3565/2008, de 3 de octubre, por el que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales.

Visto el Dictamen de la Comisión Especial de Cuentas. Se propone al Pleno la adopción del siguiente:

ACUERDO

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Primero.-Aprobar provisionalmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2013, fijando los gastos y los ingresos en las cifras que por capítulos se expresan seguidamente:

GASTOS CLASIFICACIÓN ECONÓMICA

C) OPERACIONES NO FINANCIERAS A.1 OPERACIONES CORRIENTES CAPITULO 1. GASTOS DE PERSONAL 240.700 € CAPITULO 2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 230.655 € CAPITULO 3. GASTOS FINANCIEROS 7.100 € CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 46.327 € A.2 OPERACIONES DE CAPITAL CAPITULO 6. INVERSIONES REALES 105.935 € D) OPERACIONES FINANCIERAS CAPITULO 9. PASIVOS FINANCIEROS 3.599 € TOTAL GASTOS 2013 634.316 €

INGRESOS A) OPERACIONES NO FINANCIERAS A.1 OPERACIONES CORRIENTES CAPITULO 1. IMPUESTOS DIRECTOS 250.679 € CAPITULO 2. IMPUESTO INDIRECTOS 5.000 € CAPITULO 3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 153.136 € CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 176.770€ CAPITULO 5. INGRESOS PATRIMONIALES 10.796 € A. 2OPERACIONES DE CAPITAL CAPITULO 6. ENAJENACION INVERSIONES REALES 0 € CAPITULO 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 37.935 € B) OPERACIONES FINANCIERAS CAPITULO 8. ACTIVOS FINANCIEROS 0 € CAPITULO 9. PASIVOS FINANCIEROS 0 € TOTAL INGRESOS 2013 634.316 €

Segundo. Igualmente, aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto General, la Modificación de la Plantilla de Personal, la Relación de Puesto de Trabajo. Tercero. Exponer al público el Presupuesto General inicialmente aprobado en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en éste, poniendo a disposición del público la correspondiente documentación; durante cuyo plazo, los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación.

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Cuarto. Considerar definitivamente aprobado el Presupuesto General, si durante el citado período no se hubiesen presentado reclamaciones. Sometido por la Presidencia a votación tras amplio debate y deliberación se aprueba por cinco votos a favor de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. En la motivación del voto el portavoz del PP en la materia manifiesta: “Son unos presupuestos insolidarios, continuistas, que aumentan el gasto corriente en una situación de crisis y que cargan sobre los vecinos a través de la subida de tasas e impuestos la mala gestión realizada. No existe una previsión de inversiones detallada, además con inversiones que deberían haberse hecho en el 2012 que incomprensiblemente no se han efectuado.

No se recogen iniciativas nuestras como la bolsa de empleo, la reducción de tasas e impuestos, o las peticiones de documentación que siguen sin entregarse.

Seguimos sin contar con un Plan de Medidas de Ahorro, como la Alcaldesa se comprometió hace un año y la única receta que se sigue aplicando es incrementar gasto corriente hasta el nivel más alto en la historia de Quart, aumentar presión de tributos sobre los vecinos y reducir la inversión."

A continuación tomo la palabra el portavoz de EU que manifiesta: “El Presupuesto presentado es el adecuado a la coyuntura actual, que ha existido tiempo suficiente para la presentación de modificaciones y alternativas al mismo y se adhiere a la motivación del PSOE”.

Por último toma la palabra la portavoz del PSOE que manifiesta: “Son unos presupuestos elaborados desde la premisa del cumplimiento de la Ley de Estabilidad presupuestaria y teniendo en cuenta la disminución de los ingresos procedentes de la participación de los tributos del Estado (PMT) Que son unos presupuestos austeros, justos y solidarios puesto que garantizan los servicios esenciales de nuestros convecinos. Que se tenga en cuenta que somos un pueblo de mil habitantes y suponen un esfuerzo importante ante una situación de merma de recursos en esta situación de crisis económica que estamos viviendo.

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Surgen como una gestión eficaz, rigurosa y transparente de la hacienda pública llevada a cabo por el equipo de gobierno, mediante una contención del gasto y una política responsable de inversiones. Con respecto al capítulo II se recuerda que el ayuntamiento está obligado por ley al mantenimiento de los servicios e infraestructuras y estos se van incrementando año a año, lo que lleva a que sea una partida necesaria. Que el capítulo I no sufre incremento alguno, sino que se suprimen los importes por gratificaciones. Que no es cierto la subida de impuestos y tasas, sino que lo que se ha producido es una adecuación del IPC consecuencia del cumplimiento de la normativa estatal sobre el déficit público. Se aclaran algunas cuestiones de tipo técnico como la partida de la vivienda, o el teatro”. Seguidamente por el Grupo del PP se presenta, oralmente, en el Pleno la ENMIENDA AL PRESUPUESTO 2013, sobre aumento de crédito de 1.200 € en la aplicación presupuestaria 3.48 A familias e instituciones sin fines de lucro, destinada subvención de libros de texto.

Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por unanimidad. En la motivación del voto la portavoz de PSOE en representación del equipo de gobierno manifiesta: “Que se acepta por ser coherente con la política del equipo de gobierno, y se hace constar que los presupuestos cuando se llevan a comisión o a pleno nunca están cerrados si existe voluntad de hacer propuestas que resulten conveniente aceptar”. A continuación por el Grupo del PP se presenta, oralmente, en el Pleno la segunda ENMIENDA AL PRESUPUESTO 2013, sobre aumento de crédito de 8.000 € en la aplicación presupuestaria 1.13 puestos de trabajo nº5 y 6 vigilantes del término municipal, dado que la sentencia no es firme porque el ayuntamiento ha querido y que es insolidario con el resto de trabajadores ya que realizan más trabajos de los que están establecidos. Sometido por la Presidencia a votación se desestima por cinco votos en contra de los grupos PSOE y EU y cuatro a favor del PP. En la motivación del voto el portavoz de EU manifiesta: “Que hay que esperar a que la sentencia sea firme”.

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En la motivación de voto del PSOE la portavoz manifiesta: “Que el capítulo I no se puede incrementar en este ejercicio económico y además ahora no es el momento de hacerlo, cuando haya una sentencia firme se regularizará”. Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las diecinueve cuarenta y cinco, de lo cual como secretaria doy fe.

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ACTA DE LA SESION CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, CON CARACTER ORDINARIO, EL DIA 20 DE DICIEMBRE DE 2012. En el Salón de Actos de la Casa Consistorial, se reúne el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, presidida por la Alcaldesa, Mª del Pilar Álvarez Montero, y concurren los/las concejales/concejalas que seguidamente se relacionan: Carmen Álvarez Montero, Manuela Berzosa Picazo, José Francisco Dillet Huguet, Josep Vicent Langa Gómez, Miguel Ángel Domenech Gomis, Mª del Carmen Escobar Gil, Miguel Francisco Pérez Antoni y Juan Claudio Pérez Díaz Abierta la sesión y declarada pública, de orden de la Presidencia, a las dieciocho horas, una vez comprobada por la secretaria la existencia de quórum de asistencia necesaria para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. PUNTO 1. LECTURA, EN BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. De orden de la Presidencia se pasa a votación y posterior aprobación el acta de la sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2012, obrando en poder de los Concejales. Sometida por la Presidencia a votación, fue aprobada por unanimidad. PUNTO 2. RESOLUCIONES DE LA ALCALDIA. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente en materia de régimen local, esta Alcaldía da cuenta de las Resoluciones que ha adoptado desde el último Pleno Ordinario: Nº 60 de 30 de agosto de 2012, sobre solicitud a la Diputación de Valencia, prórroga adjudicación obra incluida en el PPOS 2012/172. Nº 61 de 24 de septiembre de 2012, sobre solicitud a la Diputación de Valencia, Inclusión del ayuntamiento en el Plan Complementario al PPOS 2011. Nº 62 de 28 de septiembre de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 5.000,00 €. Nª 63 de 9 de noviembre de 2012, sobre aprobación fiestas locales curso escolar 2012-2013. Sometido por la Presidencia a ratificación fue aprobada por cinco votos a favor de los de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. Nª 64 de 9 de noviembre de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 11.990,15 €.

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Nª 65 de 28 de noviembre de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 1.058,81 €. Nª 66 de 28 de noviembre de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 1.840,96 €. Nª 67 de 4 de diciembre de 2012, sobre ampliación de créditos en las aplicaciones de ingresos y gastos por importe de 2.816,00 €. PUNTO 3. INFORMACIÓN TRIMESTRAL AL PLENO EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY 15/2010, DE 5 DE JUILO, DE MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD. Por conducto de la Presidencia, se da cuenta al Pleno del Informe correspondiente al tercer trimestre del ejercicio 2012, del cumplimiento de plazos, en aplicación del artículo 4 de la Ley 15/5010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004 de, 29 de diciembre, por la que se establecen Medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, que se une como Anexo I. PUNTO 4. DECLARACIÓN DE CRÉDITO NO DISPONIBLE.

Visto el informe de secretaría-intervención en relación con el procedimiento y la legislación aplicable sobre la viabilidad de realizar la declaración como no disponible del crédito de la aplicación presupuestaria 9.12 Retribuciones funcionarias por importe de 4.619,22 euros, 1.13 Retribuciones personal laboral por importe de 3.520,98 euros, 3.13 Retribuciones personal laboral por importe 985,21 euros, y 9.13 Retribuciones personal laboral, por importe de 599,28.euros del presupuesto municipal vigente y el informe de la asesoría laboral.

Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente:

ACUERDO

Primero. Aprobar la declaración de no disponibilidad del crédito presupuestario de las aplicaciones presupuestarias que seguidamente se relacionan: 9.12 Retribuciones funcionarias por importe de 4.619,22 euros, 1.13 Retribuciones personal laboral por importe de 3.520,98 euros, 3.13 Retribuciones personal laboral por importe 985,21 euros y 9.13 Retribuciones personal laboral, por importe de 599,28 euros, a los efectos de inmovilizar, en el presente ejercicio, los créditos previstos para el abono de la paga extraordinaria de diciembre, afectar estos créditos a la aportación a

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planes de pensiones o similares, sin que pueda destinarse a ningún otro objeto, ni en el presente ejercicio ni en ejercicios futuros. Segundo. Dar cuenta del presente acuerdo a secretaria intervención para que proceda a llevar a cabo las anotaciones contables y presupuestarias correspondientes. Sometido por la Presidencia a votación se aprueba por cinco votos a favor de los grupos PSOE y EU y cuatro abstenciones del PP. En la motivación del voto el portavoz del PP manifiesta: “que no viene en la documentación aportación a planes de pensiones o similares”. En la motivación del voto el portavoz de EU manifiesta: “Estoy en contra de la medida y de que se me imponga tener que votar una decisión que ya ha sido tomada por el gobierno, por lo tanto voto por prescripción legal puesto que el sentido de la votación no cambia el resultado. En la motivación del voto la portavoz de PSOE manifiesta: “que estando en contra de este tipo de medidas vota a favor, por aplicación del artículo 2.1 del Real Decreto-ley 20/2012, de supresión paga extraordinaria diciembre 2012. PUNTO 5. PROPUESTAS ELECCIÓN DEL JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DEL JUZGADO DE PAZ DE QUART DE LES VALLS. Habiendo presentado la renuncia al nombramiento de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls, de Antonio González Dolz, efectuada por acuerdo de Pleno, de fecha 3 de julio de 2012, se publico nuevamente Anuncio en el B.O.P nº 185 de fecha 4 de agosto de 2012, para la renovación del cargo de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Quart de les Valls, y en los Tablones de Anuncios del Juzgado de Paz y del Ayuntamiento.

Visto el artículo 101.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Ayuntamiento Pleno efectuará la elección del Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls, con el voto favorable de la mayoría absoluta. Visto que durante el plazo establecido, no se han presentado solicitudes, para ocupar la plaza de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls. Visto que por acuerdo de Pleno de, fecha 27 de septiembre de 2012, se propuso a los grupos municipales que presentaran candidatos para la renovación del Juez Sustituto, dejándolo sobre la mesa por unanimidad.

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Vista la necesidad y urgencia de nombrar un Juez de Paz Sustituto, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se propone al Pleno la adopción del siguiente:

ACUERDO,

Primero. Someter a votación, las propuestas que presentes los grupos municipales, a la elección de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls. Segundo. Dar traslado del presente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y al Juzgado Decano de Sagunto. La Presidencia solicitó que presentaran, los grupos municipales, las propuestas a la elección de Juez de Paz Sustituto del Juzgado de Paz de Quart de les Valls. El portavoz del PP manifestó que no tenían. A continuación la Presidenta presento la propuesta de elección de Marta Mateu Villarroya con DNI nº 45.800.364 G, fecha de nacimiento 31 de diciembre de 1987 y domicilio en Quart de les Valls, C/ Ermita, 34 y que acredita, mediante declaración jurada, condiciones de capacidad y de compatibilidad. Sometido a votación se aprueba por: cinco votos de los grupos municipales PSOE y PP y cuatro abstenciones del PP, de los nueve concejales de derecho de esta corporación. DECLARACIÓN DE URGENCIA. De conformidad con el artículo 83 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Presidencia declara de urgencia la inclusión de un punto en el Orden del Día, Dejar sin efecto el Reglamento por el que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del Ayuntamiento de Quart de les Valls. Sometida por la Presidenta a consideración de los/las concejales/as, es apreciada por: cinco voto a favor de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. La motivación es dejar sin efecto Reglamento por el que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del Ayuntamiento es la siguiente:

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Primero. Dada la limitación que impone el procedimiento actualmente recogido en la ordenanza en vigor lo que dificulta su correcta aplicación por parte del Ayuntamiento.

Segundo. Realizar un estudio en profundidad del procedimiento y de los requisitos a cumplir para la concesión por parte del Ayuntamiento de subvenciones a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro ajustadas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones. Sometida por la Presidenta a votación de los/las concejales/as, se aprueba por: cinco voto a favor de los grupos municipales PSOE y EU y cuatro en contra del PP. PUNTO 6. COMUNICACIONES OFICIALES. Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 12 de septiembre 2012, sobre nombramiento Juez de Paz de Quart de les Valls. Notificación Decreto del Presidente de la Diputación de Valencia nº 05657, sobre incorporación del Ayuntamiento a la sede electrónica. Escrito del Presidente de la Mancomunidad de les Valls, comunicando la aportación 2013. Escrito del Presidente de la Junta de Gobierno de las Aguas de la Font de Quart de les Valls, comunicando la aportación 2013. Notificación Decreto del Presidente del área de Cooperación Municipal y Medio Ambiente de la Diputación de Valencia nº 06833, sobre aprobación justificación del gasto objeto de subvención. Del secretario de la Mesa de les Corts, acuse de recibo del escrito presentado por el Ayuntamiento. Notificación Decreto del Presidente de la Diputación de Valencia nº 7676, sobre Disposición y reconocimiento de la obligación del gasto, adquisición de sillones de plástico monoblock. Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 7 de noviembre 2012, sobre recordatorio nombramiento Juez de Paz Sustito de Quart de les Valls.

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Escrito del secretario de la Diputación de Valencia, comunicando la transferencia del 80% del importe del II Plan de Choque. Escrito del Director General de Medio Ambiente, sobre remisión copia informe solicitado. Del Jefe del Servicio de Planificación informe movilidad no motorizada PGOU PUNTO 7. MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS. Los concejales de PP realizaron las siguientes preguntas: ¿Dónde y en que fechas se ha colocado el cartel de la obra del SEPE? La Alcaldesa contesto que les facilitara la información. ¿Cual es el estado del proyecto del Observatorio Solar? La Alcaldesa contesto que se retomara él proyecto y se convocara la Comisión para impulsarlo. ¿Qué utilidad tiene la plataforma de hormigón? La Alcaldesa contesto que era una mejora de la zona, se iba a colocar una barandilla de protección para evitar caídas. ¿Con que frecuencia se limpia el Edificio Multiusos? La Alcaldesa contesto que en ese momento no tenía el dato. El concejal propuso que se colocara una hoja informativa. ¿Con que frecuencia se limpia el Auditorio? La Alcaldesa contesto que cuando hay un evento. Preguntar al concejal de Urbanismo si se conoce cuál es el origen de los escombros en la zona de los paelleros del Molí de Vent y si son de procedencia municipal. Ruegos: Que se coloque una hoja informativa de la limpieza en los locales municipales. Que se limpien los 6 vertederos incontrolados ya que se están incrementado su número. La portavoz del PSOE contesto que se había dado orden de limpiarlos. La alcaldesa solicito que le facilitaran las fotografías para poder ubicarlos. Seguidamente, Alcaldesa-Presidenta levanta la Sesión a las diecinueve treinta y cinco, de lo cual como secretaria doy fe.