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Página 1 de 29 ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO CELEBRADA EL DÍA 23 DE ENERO DE 2014. ASISTENTES: PRESIDENTE: D. Javier Cascante Roy VOCALES: Dñª Marta Labrador Gutiérrez D. David Mingo Pérez D. Ignacio Galán Gallego Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera D. Manuel T. Conde Santiago Dñª Mª Cruz Gacho Conde Dñª Blanca Francisco Valiente D. Francisco Redondo Soriano Dñª Mª José García Fraile D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito D. Florián Alonso Vicente Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica D. Jesús Santos Corral D. Miguel Ángel Moreno Valle SECRETARIA ACCTAL. Dª Montserrat Rodríguez Morros INTERVENTOR: D. Lucinio Hernández Marcos. En el día de la fecha, siendo las 09:00 horas, se reunieron en el Salón de Plenos del Ayuntamiento los señores que al margen se expresan, presididos por el Señor Alcalde - Presidente y asistidos por la Secretaria General Acctal. que elabora este Acta, con objeto de celebrar la correspondiente Sesión Extraordinaria de Pleno, previa convocatoria al efecto. El Sr. Alcalde Presidente abre la sesión: 1. Aclarando que este Pleno Extraordinario se realiza al amparo del Art. 67 de ROM ya que ha sido solicitado en número superior a la cuarta parte del número legal de miembros que conforman la Corporación. En este caso por los Grupos Municipales de:

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ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO CELEBRADA EL DÍA

23 DE ENERO DE 2014.

ASISTENTES:

PRESIDENTE:

D. Javier Cascante Roy

VOCALES:

Dñª Marta Labrador Gutiérrez

D. David Mingo Pérez

D. Ignacio Galán Gallego

Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera

D. Manuel T. Conde Santiago

Dñª Mª Cruz Gacho Conde

Dñª Blanca Francisco Valiente

D. Francisco Redondo Soriano

Dñª Mª José García Fraile

D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz

Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito

D. Florián Alonso Vicente

Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado

Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica

D. Jesús Santos Corral

D. Miguel Ángel Moreno Valle

SECRETARIA ACCTAL.

Dª Montserrat Rodríguez Morros

INTERVENTOR:

D. Lucinio Hernández Marcos.

En el día de la fecha, siendo las 09:00 horas, se reunieron en el Salón de Plenos del

Ayuntamiento los señores que al margen se expresan, presididos por el Señor Alcalde -

Presidente y asistidos por la Secretaria General Acctal. que elabora este Acta, con

objeto de celebrar la correspondiente Sesión Extraordinaria de Pleno, previa

convocatoria al efecto.

El Sr. Alcalde – Presidente abre la sesión:

1. Aclarando que este Pleno Extraordinario se realiza al amparo del Art. 67 de

ROM ya que ha sido solicitado en número superior a la cuarta parte del número

legal de miembros que conforman la Corporación.

En este caso por los Grupos Municipales de:

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- Izquierda Unida.

- Grupo Municipal Socialista.

- O viceversa.

Motivación: Contravención grave de lo dispuesto en el Art. 9 del ROM.

2. Y con el recordatorio del único punto del orden del día.

PUNTO ÚNICO: EXIGENCIA DE RESPONSABILIDAD POLÍTICA AL

ALCALDE (DIMISIÓN), POR INCUMPLIMIENTO DEL ROM, OCULTACIÓN

DE INFORMACIÓN RELEVANTE AL PLENO E IMPULSO DE UNA

REFORMA REGLAMENTARIA COSTOSA E INNECESARIA.

El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las

siguientes:

Sr. Santos Corral.

Pues buenos días Sr. Alcalde, buenos días a todas ya todos.

Antes de entrar en materia, como suele ser habitual nos gustaría explicar a este Pleno, y

a la ciudadanía de Santa Marta, los motivos por los que hemos promovido esta iniciativa

y que no son otros que los de velar por el funcionamiento democrático de esta

institución y la exigencia de responsabilidades a quien ostenta la máxima representación

del Ayuntamiento de Santa Marta.

Que nadie vea, pues, actuaciones contra personas, pues en nuestro quehacer político

nunca nos movemos por fobias ni filias de tipo personal, sino por criterios de

funcionamiento democrático.

Que nadie quiera tampoco ver, o hacer ver, conspiraciones que no existen, y mucho

menos actuaciones antidemocráticas:

- Nosotros acatamos el veredicto de las urnas y no es nuestro objetivo cambiar la

voluntad de las vecinas y vecinos libremente expresada en las mismas.

- El partido que ha ganado las elecciones ha gobernado legítimamente y así debe

seguir siendo, otra cosa es que, en nuestra opinión, la persona que hasta ahora ha

ostentado la Alcaldía deba seguir o por el contrario, otra persona de su partido

tome el relevo.

Las responsabilidades se ejercen de múltiples maneras, y al igual que se ejercen

ostentando y desempeñando un cargo, también se ejercen dimitiendo cuando hay

razones que así lo exigen.

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Es cierto que en la relativamente joven democracia española dimitir no está aun

normalizado en el quehacer político, tal como ocurre en democracias de nuestro

entorno con más tradición secular y afianzamiento.

Estamos en un país en el que ni siquiera las personas imputadas en graves delitos de

corrupción, que no es el caso, estiman que deban dimitir, tal y como sucede en las

democracias de nuestro entorno, y frente a esto, la ciudadanía exige cada vez con

mayor fuerza e insistencia el cambio de hábitos y de conducta de los políticos, siendo

esta una de las causas que ahonda la brecha, la profunda brecha, entre ciudadanos y

políticos, lo que no augura nada bueno para nuestra joven democracia.

Recordemos, de manera sucinta, los hechos más significativos de este asunto:

1) Jueves 26 de septiembre: Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Santa Marta.

En su punto Cuarto se propone, a instancias del Equipo de Gobierno, asignar una

dedicación exclusiva a la Concejala de Deportes, aprovechando la renuncia del

Alcalde a su dedicación exclusiva por jubilación anticipada, incompatible con

estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

- La propuesta se retira porque UPyD denuncia que el Art. 9 del ROM de Santa

Marta, señala que, textual: “El Alcalde siempre desempeñará su cargo en

régimen de dedicación exclusiva”.

- Al finalizar el Pleno, el Sr. Alcalde propone una Moción urgente: “Ad hoc”,

consistente en modificar el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento, para

eliminar el Art. 9, y así poder jubilarse a fecha 30 de septiembre.

- Tras un largo debate, la Moción se retira, en aras a discutir con los Grupos la

reforma del Reglamento, y además, que cuente con informe técnico.

Conclusión: Ni a la Concejala de Deportes se le asigna la dedicación, ni el

Alcalde puede causar baja en la Seguridad Social, por cuanto es obligatorio que

ejerza su cargo en régimen de dedicación exclusiva.

2) Viernes 11 de octubre: Pleno Extraordinario del Ayuntamiento:

- El Pleno se celebra a las 8:30, para que pueda dar tiempo a enviar por urgencia

y con mayor coste en tasas, por cierto, la solicitud de: Publicación urgente del

acuerdo de modificación del ROM.

- Ese Pleno aprueba la modificación del ROM con los votos contrarios de toda

la oposición.

3) El lunes 14 de octubre se publica el anuncio urgente:

- Y comienza el plazo de treinta días para formular alegaciones.

- Izquierda Unida, PSOE, ASTORMI y ACUSAM presentan alegaciones, por lo

que procede votar de nuevo la reforma del Reglamento.

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4) Jueves 28 de noviembre: El Pleno aprueba la modificación del Art. 9, con los

votos contrarios, otra vez, de toda la oposición:

- Entre las alegaciones destacaríamos la de ACUSAM, que además de reclamar

contra la reforma, se muestra interesado en conocer en qué fecha ha causado

baja el Sr. Alcalde.

- Izquierda Unida acepta parcialmente la postura de ACUSAM pero tilda de

insidia la insinuación de que el Alcalde haya causado baja antes de que entre

en vigor la reforma del Reglamento.

5) Jueves 5 de diciembre: Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la

reforma del ROM.

6) Viernes 13 de diciembre:

Tras varios días intentando acceder a la documentación, el Ayuntamiento,

advertido, quizás, de que Izquierda Unida acudiría a los tribunales de no

facilitarse información, aporta la fecha de baja en la Seguridad Social del Sr.

Alcalde, que efectivamente es: 30 de septiembre.

Pues bien. Tras estas consideraciones y relato objetivo de los acontecimientos, que

estimamos pertinentes para contextualizar y justificar la propuesta de acuerdo que

traemos hoy aquí, conjuntamente con los Concejales y Concejalas del Grupo Municipal

Socialista, permítasenos entrar en materia:

a. Sr. Alcalde, tal como se dice en el único punto del orden del día de este Pleno,

usted ha contravenido lo dispuesto en el Reglamento de este Ayuntamiento, de

su Art. 9, para ser más exactos, que establecía claramente que: “El Alcalde

ejercerá siempre su cargo en régimen de dedicación exclusiva”.

b. Pues bien:

- Entre el día 30 de septiembre, fecha en la que usted cusa baja en el

Régimen de la Seguridad Social y deja de ejercer su cargo en dedicación

exclusiva.

- Hasta el 7 de diciembre, fecha en la que entra plenamente en vigor la

reforma de este artículo.

Usted estuvo contraviniendo, incumpliendo, flagrantemente la letra y el espíritu

del Reglamento, y no lo perdamos de vista, las Leyes, y los Reglamentos que las

desarrollan, son de obligado cumplimiento, aun en el caso de tener mayoría

absoluta.

c. Este es el núcleo de la cuestión que hoy nos trae aquí. Usted, Sr. Alcalde ha

incumplido, ha contravenido, ha faltado a la Ley y tiene que asumir la

responsabilidad contraída con tal proceder.

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Ya lo hemos dicho y lo reiteramos: La responsabilidad se ejerce tanto

desarrollando el cargo para el que se ha sido elegido, como dimitiendo cuando

las circunstancias así lo exigen.

d. Pero es que hay más.

Nosotros tenemos la impresión, fundada, creemos, en hechos, de que usted ha

utilizado el Reglamento según le ha convenido en cada momento:

- Ahora me bien que se refleje que la Alcaldía ha de ejercerse en régimen de

dedicación exclusiva, ya que no es incompatible cobrar la suma, la elevada

suma, por cierto, que yo mismo me pongo, no ese incompatible con mi salario,

pues así lo escribo en el Reglamento.

- Ahora, como la percepción de la jubilación ya no es compatible con cobrar la

retribución por ejercer la Alcaldía en régimen de dedicación exclusiva, pues

cambio el Art. 9 y todo solucionado, que además con mí mayoría absoluta no

tengo problema en imponer tales cambios, posiblemente, caprichosos.

e. De nada sirvió que todos los Grupos de oposición le tratásemos de hacer ver que

una reforma: “Ad hoc”, a conveniencia, no era posible, que lo lógico sería

emprender una reforma global del Reglamento, que buena falta hace, por cierto,

ocasiones ha habido en el pasado para hacerlo y desde luego, no habría usted

dado la sensación de actuar movido por sus propios intereses.

f. Como mínimo ha sido poco adecuado reformar un único artículo y justo el que

a usted más le convenía, pero no nos negará que da pie fácilmente a que

muchos piensen que usted, pese ha haber sido advertido en este sentido por la

leal oposición, ha obrado deliberadamente con el propósito de defender sus

personales intereses.

g. Y finalmente, creo que comprenderá usted que nos sintamos engañados, que

pudiéramos pensar que todo este proceso de Comisiones y Plenos, de propuestas

y Mociones auspiciadas por usted, han sido una auténtica farsa, pues:

- ¿Que calificativo se le puede dar al hecho de estar debatiendo y votando, por

ejemplo, en el Pleno del 11 de octubre, lo que ya era un hecho consumado

desde el 30 de septiembre?

Sr. Alcalde:

Debe usted presentar la dimisión ante este Pleno, el mismo que le eligió a usted

para este mandato y dar paso a otro miembro de su formación política, como

prueba de responsabilidad política y para enmendar su proceder en todo este

asunto.

Sr. Alcalde, no eluda usted su responsabilidad en la presumible solidaridad de

sus compañeros de partido, no les fuerce a votar contra nuestra propuesta para

salir en su apoyo.

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Sr. Alcalde, presente voluntariamente su renuncia al cargo ante esta Corporación

y no haga que en lo que resta de mandato, su legitimidad democrática quede

seriamente dañada y cuestionada, eso Santa Marta no se lo merece.

Nada más.

Sr. Rodríguez Ruiz

Sí, buenos días a todo el mundo.

Sr. Alcalde, la petición de este Pleno Extraordinario, viene motivada, como ha

explicado mi compañero el Portavoz de Izquierda Unida, por el tema del cobro de las

retribuciones en conceptos de asistencias a Comisiones, asistencias a Junta de Gobierno

y Pleno, por parte de usted entre el uno de octubre y el seis o el siete de diciembre.

De las cosas que han venido apareciendo estos días en medios de comunicación y de

declaraciones suyas, sí que es verdad que usted nos había notificado su cambio en la

situación laboral con el paso a su jubilación.

El tema está, Sr. Alcalde, en que ustedes han hecho mal las cosas, y ustedes deberían de

reconocerlo, debieron de pensar que en el Pleno del 26 de septiembre y amparados en su

mayoría absoluta, podrían traer prácticamente lo que quisieran, hasta esa famosa

Moción que usted sacó y leyó en medio del Pleno, con cara de extrañeza y de sorpresa,

no solamente de los miembros de la oposición, sino que me atrevería a asegurar que de

alguno de sus propios compañeros del Equipo del Partido Popular.

Evidentemente ese procedimiento que ustedes pretendían, no se sostenía ni jurídica, ni

legalmente, por lo que ustedes se vieron obligados a dar marcha atrás al punto que traían

en el Pleno y a la Moción que pretendían colar en un ejemplo clarísimo del: “Aquí te

cojo, aquí te mato”.

Y por lo tanto empezaron un procedimiento a continuación, que fue el Pleno

Extraordinario, el Pleno del cinco de diciembre y la entrada en vigor de la modificación

del ROM.

Mire, aquí lo que se está debatiendo, o por lo menos los Grupos que hemos firmado la

petición de este Pleno Extraordinario, es la fecha a partir de la cual usted podría

empezar a cobrar esa serie de retribuciones. Algunos entendíamos y seguimos

entendiendo que eso no podía ser más que cuando la modificación del ROM se hubiera

llevado a cabo y estuviera en vigor, de hecho el Grupo Municipal Socialista, yo mismo,

le solicité dos informes:

- Un informe del Sr. Interventor.

- Y otro informe de la Sra. Secretaria.

Porque tenía serias dudas de que esa fecha fuera a partir del uno de octubre.

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El informe del Interventor dice que: “A su juicio, pero sin entrar en los aspectos

jurídicos, que usted sí pudiera hacerlo”.

Pero el informe de la Sra. Secretaria dice claramente que: “El ROM entra en

vigor a partir del día siguiente de su publicación en el BOP, es decir, siendo el

seis de diciembre fiesta, el siete de diciembre.

Y por lo tanto, con esas modificaciones, usted no debiera de haber cobrado esas

retribuciones desde el uno de octubre hasta el siete de diciembre.

Si esto es así, usted debería de reconocerlo y debería de devolver ese dinero.

Este tema, me temo que con la mayoría absoluta del Partido Popular, hoy no lo vamos a

cerrar y previsiblemente tendría que ser la vía judicial la que establezca: Sí usted tenía o

no tenía derecho a cobrar esas percepciones en ese período.

Pero hasta que el ROM se cambió, y el ROM no se cambia hasta que entra en efectos,

es decir, el día seis de diciembre, usted tenía que seguir en la dedicación exclusiva y por

lo tanto no tenía derecho a la percepción del cobro por dietas en: Comisión y en Plenos

y Juntas de Gobierno.

Por cierto, quiero decirlo:

- Todos los Concejales que firmamos este Pleno Extraordinario, renunciamos al

cobro de las dietas a las cuales tenemos derecho, creo que es algo que los

ciudadanos deben de saberlo, me refiero porque muchas veces se nos acusa, y

algunas actuaciones de algunos políticos, a veces les vienen a dar la razón, de

que no estamos aquí solamente por dinero, sino que pensamos que los Plenos

Extraordinarios, no se deben de cobrar las percepciones de los Concejales.

- Algún otro Grupo tendrá que explicar qué es lo que piensa hacer con esas

asistencias a Comisiones, sí va a hacer como en otros Plenos Extraordinarios, o

va a renunciar a ellos.

- Nosotros estamos muy orgullosos de que este es el tercer Pleno Extraordinario

que hay en este período legislativo y hemos renunciado siempre y en todo caso a

la percepción de la asistencia por los Plenos Extraordinarios porque

consideramos que es algo especial y que por lo tanto no deberíamos de cobrar

esas percepciones a las que en legalidad pudiéramos tener derecho.

Por lo tanto, Sr. Alcalde, señores del Grupo Popular, nosotros le pedimos que lo

reflexionen, que lo piensen, si el ROM no entró en vigor, es decir, la modificación del

ROM, por el cual usted dejaba de estar en el cargo en dedicación exclusiva, no se

produce hasta el seis de diciembre, usted, antes, no debió de cobrar y tiene la posibilidad

que mi compañero de Izquierda Unida le ha dicho que es la de: “Dimitir”, tiene la

posibilidad de renunciar al cobro de esos dineros que usted ha percibido del

Ayuntamiento, y sino previsiblemente tendrá que ser la autoridad judicial quien

dictamine, quién en estos casos tiene la razón.

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Nada más y espero que sean ustedes sensibles a estos planteamientos que lo hacemos

porque creemos que es absolutamente de justicia para Santa Marta y para sus vecinos.

Nada más y muchas gracias.

Sr. Moreno Valle

Buenos días.

Bueno, para comenzar mi intervención y teniendo un poco el testigo del Portavoz del

Grupo Socialista, quiero manifestar que independientemente de que este Grupo

Municipal no firmara en su momento la solicitud que ha originado esta convocatoria de

este Pleno Extraordinario, por las razones que más adelante ya explicaré.

El Grupo Municipal de UPyD, ha solicitado ayer mismo no cobrar las dietas

correspondientes por asistencia a este Pleno Extraordinario, al igual que ya hizo con

otros Plenos Extraordinarios y la Comisión Extraordinaria donde se dictaminó la

propuesta de modificación del ROM de este Equipo de Gobierno.

Vaya esto por delante.

Sobre el contenido de la propuesta, recordar de nuevo la posición, que sin

ambigüedades de ningún tipo y de forma continua y coherente, ha venido manteniendo

este Grupo municipal desde el Pleno celebrado el 26 de septiembre en el cual se llevaba

a aprobación la propuesta del Alcalde de una dedicación exclusiva para la Concejala

Delegada: Dª Blanca Francisco Valiente, en base a que el Sr. Alcalde causaría baja en

el Régimen General de la Seguridad Social, a partir del uno de octubre, siguiendo con la

dedicación plena a las tareas Municipales, como decía la propuesta, propias de su cargo

como Alcalde y cobrando asistencias a los Órganos del Ayuntamiento:

1. Recordar que en dicho Pleno, se monta un pequeño lío, cuando este humilde

Concejal, que tiene una formación jurídica bastante escasa, pero un sentido común

enorme y sabe leer, pone sobre la mesa, que:

- De acuerdo al Punto 2. a) del Art. 9 del Reglamento Orgánico Municipal,

vigente en aquel momento, el Alcalde no podía estar en un régimen distinto al de

dedicación exclusiva.

- Y que en ese régimen, de acuerdo al Art. 14 del ROM, que leo textualmente,

pues éste aun no ha sido modificado, dice: “La percepción de retribuciones en

régimen de dedicación exclusiva o parcial a que se refiere el Art. 10 es

incompatible con el devengo de indemnizaciones por razón de asistencia a las

sesiones de los órganos colegiados Municipales”

Y toda esta propuesta en contra de un informe del Interventor y de un informe de la

Secretaria en funciones de este Ayuntamiento, que avalaban, en ese momento, la

legalidad de la propuesta.

Los argumentos que nuestro Grupo Municipal puso sobre la mesa, en aquel

momento, creo que fueron tan convincentes y tan de sentido común, que aun a pesar

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de los informes favorables de los técnicos, la propuesta fue retirada del orden del

día, no sin antes intentar sacar: “Un conejo de la chistera”, en forma de Moción

urgente, que ya venía preparada, y que por tanto nos reafirman sobre la dudosa

legalidad de la propuesta inicial, pues si hubieran estado tan seguros no hubieran

tenido preparado dicho Plan B. Vamos, como se dice coloquialmente: “Nos la

quisieron meter doblada” y no les salió bien.

2. Pero es que mire: Sr. Alcalde, señores Concejales y señores vecinos de Santa Marta,

el 26 de septiembre este Concejal cuestionaba, y ahí está el acta del Pleno, bueno la

tienen que ir ustedes a buscar y leer a la página Web de nuestro Grupo Municipal,

porque en la Web del Ayuntamiento, con la transparencia que les caracteriza, sólo se

dice que se retira del orden del día.

3. Pues bien, en aquel Pleno como venía diciendo, este Concejal cuestionaba:

- No sólo que según el Punto 2. a) del Art. 9 del ROM, el Alcalde no pudiera

dejar su dedicación exclusiva y por tanto no procedía aprobar una cuarta

dedicación exclusiva, sino que se le indicaba y vuelvo a leer textualmente mi

intervención en dicho pleno: “Nuestra conclusión es clara, el Alcalde no puede

estar en un régimen distinto que la dedicación exclusiva y ese régimen es

incompatible con la percepción de indemnizaciones por asistencias a Plenos,

Comisiones y resto de los órganos de gobierno”.

- Y es que además del artículo 14 del ROM, que ya he mencionado anteriormente.

- En el Art. 13 del ROM se dice también textualmente: “De conformidad con lo

establecido en la legislación básica de Régimen Local, los Concejales que

desempeñen el cargo sin dedicación exclusiva o parcial, percibirán

indemnizaciones por su asistencia efectiva a las sesiones de los Órganos

Colegiados Municipales en la forma y cuantía que establezca el Pleno de la

Corporación en las Bases de Ejecución del Presupuesto”.

Entiende Sr. Alcalde, entienden señores Concejales:

- Sólo los Concejales sin dedicación exclusiva o parcial, pueden percibir

indemnizaciones por su asistencia efectiva a las sesiones de los Órganos

Colegiados Municipales, sólo los que no están en régimen de dedicación

exclusiva y sólo esos.

- Los que estén en régimen de dedicación exclusiva, perciban o no retribuciones

por dicho régimen, no pueden percibir indemnizaciones por su asistencia

efectiva a Plenos, Comisiones u otros Órganos Colegiados de este

Ayuntamiento.

Esto lo aprobaron ustedes en el 2007 y si se equivocaron o no cuando lo aprobaron,

aprobado está.

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4. Y Sr. Alcalde, se lo decíamos el 26 de septiembre, que usted tenía dos alternativas:

a. La primera era seguir como Alcalde quedándose en excedencia respecto al

cobro de su pensión de jubilación hasta el final de legislatura.

b. O la más elegante:

- Que usted dimitiera como Alcalde y se quedara como Concejal sin

dedicación exclusiva.

- Dar paso a otro Concejal de su Grupo que quisiera o pudiera estar en

régimen de dedicación exclusiva, como Alcalde de Santa Marta, y usted

con la cabeza muy alta se pone a sus órdenes como Concejal hasta el final

de la legislatura.

El nuevo Alcalde, reorganizará como considerara conveniente los

nombramientos de Tenientes Alcalde y Comisiones, y en consecuencia las

dedicaciones exclusivas que hubiera lugar.

Usted pasaría a ser Concejal Delegado de lo que fuera, cobraría sus

indemnizaciones como todos los Concejales, que no estamos en régimen

de dedicación exclusiva y aquí paz y después gloria.

Pero no, usted Sr. Alcalde va por el camino difícil, va por el camino tortuoso y va

por un camino éticamente reprobable:

No quiere usted dejar la Alcaldía.

No se fía ni de sus propios compañeros de Grupo Municipal, ya que debe

considerar que ninguno de ellos es merecedor de sustituirle en la Alcaldía.

No se para a pensar en las consecuencias de sus decisiones, como lo vienen

demostrando el numero de juicios que se llevan perdidos en este

Ayuntamiento por su caprichosas decisiones.

En definitiva el camino elegido es cambiar la portería de sitio, modificar el ROM,

para salvar parte de sus retribuciones.

La historia posterior ya es una suma de despropósitos que no voy a leer porque ya las ha

comentado el Portavoz del Grupo de Izquierda Unida y terminan el día cinco de

diciembre con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la modificación del

ROM, que entra en vigor el día seis de diciembre.

En todo este proceso que va desde el uno de octubre al seis de diciembre:

1- El Sr. Javier Cascante, Alcalde del Ayuntamiento de Santa Marta, está en régimen

de dedicación exclusiva y nuestro Grupo considera que de la lectura de los

Artículos: 13 y 14 del ROM, anteriormente mencionados, es incompatible, dicho

régimen con la con la percepción de indemnizaciones por asistencias a Plenos,

Comisiones y resto de los Órganos de Gobierno.

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2- El Sr. Javier Cascante, Alcalde del Ayuntamiento de Santa Marta, ha asistido, si las

cuentas no me fallan, o no me equivoco, a las siguientes reuniones de Órganos de

Gobierno:

Tres Plenos: El día 11 y 31 de octubre y 28 de noviembre:

Total: 855 €.

Seis Comisiones:

Total: 855 €.

Diez Juntas de Gobierno:

Total: 1.900 €.

Tres Juntas de Portavoces:

Total: 285 €.

Es decir, que si el Sr. Javier Cascante Roy ha cobrado todas sus asistencias a

Órganos de Gobierno de este Ayuntamiento en el periodo comprendido entre el uno

de octubre y el seis de diciembre, que ya nos lo confirmará si usted quiere.

El Sr. Javier Cascante Roy ha cobrado un total de 3.895 € de forma, a nuestro juicio,

ilegal.

Como decía, esperamos que el Sr. Javier Cascante Roy, nos confirme hoy si ha cobrado

o no estas cantidades en el periodo anteriormente mencionado, tal y como se desprende

del informe de intervención que dice:

- “El Ayuntamiento le da de baja en el Régimen General de la Seguridad Social

(refiriéndose al Alcalde) y comienza a cobrar asistencias a partir del 1 de octubre de

2013”. Informe por cierto de fecha del 16 de diciembre y no de primeros de octubre

como hubiera sido normal antes de cobrar nada.

- En la conclusión cuarta del informe anteriormente mencionado de Intervención, se

indica que: “La percepción de asistencias por el Alcalde en el periodo comprendido

entre el uno de octubre y la fecha de entrada en vigor de la modificación del ROM,

se ajusta a derecho”.

Pues bien, ya sabemos qué ha pasado en otros casos con los informes de

Intervención, véase el informe de Intervención avalando la legalidad de la propuesta

del Pleno del 26 de septiembre que se retiró, el informe de intervención que decía

que era ilegal pagar la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de

2012 y finalmente se aprobó en Pleno.

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En fin es un informe a tener en cuenta, pero tal y como se indica en el mismo al

final, no es un informe de fiscalización y por lo tanto sometido a cualquier otro que

se considere mejor fundado en derecho.

Sr. Alcalde: Si usted ha cobrado indemnización por la asistencia a los Plenos

y Comisiones del periodo comprendido entre el uno de octubre y seis de

diciembre, usted debe de dimitir como Alcalde como solicita la propuesta,

porque lo ha hecho saltándose la Ley y sin más consideraciones que su propio

criterio.

Sr. Alcalde: Si usted ha cobrado indemnización por la asistencia a Plenos y

Comisiones y otros Órganos de Gobierno entre el uno de octubre y seis de

diciembre. Usted debería devolver los 3.895 € cobrados, porque esa cantidad

la ha cobrado de forma ilegal.

Sr. Alcalde: Si usted ha cobrado indemnización por la asistencia a Plenos y

Comisiones y otros Órganos de Gobierno entre el uno de octubre y seis de

diciembre. Debería, si me apura, dimitir como Concejal de este

Ayuntamiento, porque ha faltado a las normas éticas más elementales.

Esperamos su respuesta.

Si lo ha cobrado, apoyamos sin reticencias la propuesta de que presente su dimisión a

este Pleno.

Quiero terminar explicando el por qué, nuestro Grupo Municipal no ha firmado junto al

Grupo Socialista y el grupo de Izquierda Unida la solicitud que se está debatiendo, a

pesar de que comparte:

Como hemos venido demostrando.

Hemos venido diciendo.

Y hemos venido votando en todas las Comisiones y Plenos en los que se ha tratado

este asunto:

Nuestra oposición a la modificación del Art. 9 del ROM.

Y nuestra oposición a que el Alcalde de Santa Marta, pueda optar en función

de su único criterio personal, si está o no, en régimen de dedicación exclusiva.

Nuestro Grupo y así lo ha venido manifestando repetidamente cree que el Alcalde de

Santa Marta, debe estar siempre en régimen de dedicación exclusiva y percibir la

retribución que le corresponda, ahora de acuerdo a la nueva Ley de Racionalización y

Sostenibilidad de la Administración Local recientemente aprobada.

Pues bien nuestro Grupo Municipal fue invitado a firmar esta solicitud, ofrecimiento

que agradecemos a ambos Grupos, pero nuestro Grupo consideraba que esta propuesta

no tenía ni la urgencia ni el contenido suficiente para la convocatoria de un Pleno

Extraordinario, en el cual, aun renunciando los siete Concejales de la oposición a las

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dietas correspondientes, quedarían otros siete Concejales del Grupo Popular, entre los

cuales se incluiría el propio Alcalde, que podrían cobrar las dietas por sus asistencia a

este Pleno Extraordinario y que supondría un coste de: 1.995 € a las arcas Municipales,

gasto completamente innecesario a nuestro juicio en este momento.

Miren los 1.995 € que puede costar este Pleno Extraordinario si los Concejales del

Partido Popular no renuncian a sus dietas, es:

o El 80 % de lo que este Ayuntamiento tiene presupuestado en el servicio de

comida a domicilio.

o El 65 % del presupuesto de becas para la Escuela de Música.

o El 20 % de la partida de cooperación al desarrollo.

o O el 20 % de todas las inversiones presupuestadas por el Ayuntamiento para el

2014.

Las razones esgrimidas, por los otros Grupos Municipales acerca de la conveniencia de

llevar este asunto a un Pleno Extraordinario, sinceramente no nos convencieron y

hubiéramos apoyado gustosamente la solicitud si se hubiera presentado como Moción

en un Pleno Ordinario. Pero no fue posible el acuerdo.

Vaya por delante nuestro apoyo a la solicitud y a la propuesta de acuerdo. No se si habrá

una votación o no de esta propuesta, pero vaya por delante nuestro voto a favor.

Siento defraudar a algunos vecinos de Santa Marta que habían pronosticado nuestra

abstención en las redes sociales. Es que esto no es cuestión de quinielas, ni de primitivas

para ver si acertamos, es una cuestión de coherencia. Si nos siguieran un poquito más de

cerca, si leyeran nuestras intervenciones y nuestras propuestas en las actas de los Plenos

que publicamos, si visitaran un poquito mas nuestra Web Municipal, sabrían que no

podíamos votar otra cosa más que a favor de la propuesta, porque ya hace cinco meses

se la propusimos al Sr. Alcalde.

Finalmente, para terminar, decirle al Sr. Alcalde que:

- Presente su dimisión, porque se presenta esta propuesta o porque le dé la gana,

como quiera.

- Deje paso a otro Concejal de su Grupo, como ya le decíamos y se quitará un

montón de problemas. Seguro que el que llegue lo hará mucho mejor que usted

porque al final de tanto estar en un sillón se acaba uno maleando.

Sinceramente no le envidio, lleva usted cinco meses en el candelabro y los que le

esperan, por una cabezonería.

Muchas gracias

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Sr. Alcalde

Muy bien.

Gracias a los tres Grupos.

Basan su petición de Pleno y su Propuesta de acuerdo en las siguientes premisas que se

convierten en acusaciones:

A. Haber mentido al Pleno y haber ocultado información: “Relevante” durante la

tramitación del ROM.

B. Una reforma reglamentaria innecesaria y costosa.

C. Por haber traicionado la confianza de los diferentes Grupos Municipales, que

siempre han confiando en la honestidad y trabajo de su Alcalde.

A. En esta primera premisa: Haber mentido al Pleno y haber ocultado información:

“Relevante” durante la tramitación del ROM.

Dejar claro desde el principio que cuando se manifiesta que se miente y se oculta, el que

así acusa, debe tener en su posesión la verdad y desde ella juzga, pero en su escrito no

se dice nada, es decir, me pueden responder a las siguientes preguntas:

- ¿Cuándo he mentido?.

- ¿Cuándo he ocultado?.

- ¿Dónde he mentido?.

- ¿Dónde he ocultado?.

- ¿Qué he ocultado?.

Respondan a estas preguntas con pruebas, con datos, con hechos.

Frente a especulación, medias verdades y acusaciones sin fundamento: Hechos:

1- Comunico personalmente a todos los Grupos de la oposición mi jubilación.

2- Se nombra en las Comisiones correspondientes, en los puntos de la dedicación

exclusiva para la Concejala.

3- Se trata en el Pleno del día 26 de septiembre y transcribo textualmente hablando de

la propuesta de dedicación exclusiva de la Concejala:

- “Esta propuesta tendrá efecto una vez aprobado por el Pleno del día 26 de

septiembre, a partir del 30 de septiembre, fecha en la que causará baja en la

Seguridad Social”, el Alcalde, naturalmente.

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- Seguía mi intervención en el siguiente sentido: “Este Alcalde se jubila y se

jubila el día 30 de septiembre, se jubila el día 30 de septiembre y la

consecuencia de la Concejala la tendrá en el Pleno siguiente “

Y esto lo digo, en el punto en el que se retira la Moción que presentamos para

modificar el ROM y también comunico al Ayuntamiento de forma fehaciente

que a partir del uno de octubre, pasaré a cobrar asignaciones por asistencias, tal

y como lo cobran todos ustedes y en las mismas cantidades.

Les leo lo que decía en mi escrito dirigido al Ayuntamiento y que hablaba de mi

jubilación anticipada: “Por lo tanto procede, causar baja en el Régimen General,

renunciar a mi derecho de percibir retribución alguna por la dedicación exclusiva y

seguir con la dedicación plena a las tareas Municipales, propias de su cargo como

Alcalde” y terminaba diciendo: “Cobrando asistencias a los Órganos del

Ayuntamiento”.

4- Nunca ha sido motivo, mi jubilación, de dictamen, ni Comisión, ni punto a votar en

el Pleno, porque lógicamente es una decisión absolutamente personal y voluntaria

de cada una de las personas, en el caso de ser anticipada y obligada en el caso de

cumplir con la edad reglamentaria:

a. En la Comisión del día 23 de septiembre, se dictamina la dedicación exclusiva

de la Concejala, y se explica cuáles son los motivos, no se dictamina si me

puedo o no jubilar.

b. En el Pleno del día 26 de septiembre se lleva este punto, una vez dictaminado en

la Comisión y es retirado tras la intervención del Concejal de UPyD en el

sentido de que si el Alcalde tiene que estar en régimen de dedicación exclusiva

tal como dice el ROM, y así lo avala el informe del Sr. Interventor que leeré más

tarde, el cupo de dedicaciones exclusivas que contempla el Reglamento

Orgánico está completo: Tres, una el alcalde y otra cada uno de los primeros

Tenientes de Alcalde.

A pesar de que podría existir otra interpretación del reglamento, pero se nos

recuerda y se nos hace ver que la voluntad del Pleno que aprobó el ROM, es que

no fueran más de tres dedicaciones exclusivas, por estos motivos se retira el

punto del orden del día, no por la decisión o no de jubilarse el Alcalde o que

tuviera el Pleno que aprobar su jubilación.

Por lo tanto los que mienten son ustedes firmantes de esta petición.

Y usted, Sr. Santos, en una nota de prensa que dice y copio textualmente:

“Nunca hemos compartido ni el sueldo del Alcalde, ni sus formas, ni su

política”.

Y seguía: “Nos hemos visto hasta en cinco ocasiones en los juzgados y tenemos

varios recursos pendientes. Pero Cascante además de trabajador, es honesto, o

así lo hemos creído siempre”, señala Jesús Santos, Portavoz de Izquierda Unida.

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Y al tiempo reconoce, y sigo leyendo. “Yo no tengo por qué dudar de la gente.

Si Cascante dice que deja sobre la mesa el asunto de su jubilación y propone

modificar el ROF”, dice el ROF equivocadamente, es el ROM, “no tengo que

creer que hace trampas, por eso ahora exijo su inmediata dimisión. Nos ha

ocultado información, ha defraudado nuestra confianza, y eso políticamente es

inadmisible”.

Repito que dice que: “Deja sobre la mesa el asunto de su jubilación. No señores,

no, no señor, no se deja sobre la mesa el asunto de su jubilación y propone

modificar el ROF”, repito: El ROM, “retira el punto que trata del importe, que el

Alcalde ha decidido dar a una Concejala por concederle una dedicación

exclusiva, por ocupar una dedicación exclusiva, nada que ver con la decisión del

Alcalde, nuevamente manifestada de que se produciría su jubilación anticipada

el día treinta de septiembre de 2013”.

Por lo tanto, repito, nunca ha sido motivo de dictamen, ni de votación la

jubilación del Alcalde, pues repito, se retira el punto por la interpretación del

ROM de que no puede haber más de tres dedicaciones exclusivas, de ahí la

modificación del ROM en su Art. 9.

Siguen ustedes diciendo: “Su renuncia a la dedicación exclusiva el treinta de

septiembre, contraviniendo una obligación reglamentaria”, miren siguen ustedes

sin decir la verdad. Nunca he dicho, ni he renunciado a mi dedicación exclusiva,

a la que renuncio es: A percibir retribución alguna por la dedicación exclusiva.

Leo textualmente mi escrito dirigido al Ayuntamiento con fecha: 30 de

septiembre de 2013, entre otras cosas digo lo siguiente, bueno lo he leído

anteriormente y lo leo otra vez: “Por lo tanto procede, causar baja, renunciar a

mi derecho de percibir retribución alguna por la dedicación exclusiva, cobrando

asistencias a los Órganos de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Marta de

Tormes”.

Vuelve a mentir Sr. Santos en su nota de prensa cuando dice que: “ACUSAM

pide que se le diga si el procedimiento de cambio del ROM fue mientras estaba

en activo o ya jubilado”.

Lo que dice textualmente es lo siguiente: “Desconocemos si a la fecha de esta

reclamación, el Alcalde continúa ejerciendo con dedicación exclusiva su cargo,

en cualquier caso dejamos constancia de que no será sino hasta la estimación o

desestimación de la presente y su posterior publicación en el BOP, cuando entre

en vigor la modificación”.

Y así es como se procede, tal y como dice el informe del Sr. Interventor, que

leeré en su momento.

En su intervención el Portavoz de UPyD decía: “El Alcalde proponente, causa baja en el

Régimen General, siguiendo con la dedicación plena a las tareas Municipales, propias

de su cargo como Alcalde, cobrando asistencias a los Órganos del Ayuntamiento”.

Por lo tanto el Pleno, sí lo sabía y se sabía conforme a mi intervención leída en el punto

tercero.

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Señores de Izquierda Unida y los ahora compañeros de viaje Grupo Socialista, ya saben

ustedes que su Alcalde siempre ha intentado, con trabajo, dedicación y buen hacer, el

que cualquier tema del Ayuntamiento, esté respaldado por los informes preceptivos, y

por eso retiré la Moción presentada al final del Pleno, Moción que nada decía sobre la

aprobación o no de mi jubilación, ni la fecha en la que se pudiera o no producir, pero si

consta la fecha de efecto de la Moción.

Por eso me extraña, que si durante más de seis años no han dudado ni de mi honestidad,

ni de mi trabajo, en tantas y tantas decisiones como han sido tomadas, duden ahora de

algo que era público y conocido por ustedes, pero no tergiversen, ni retuerzan la

realidad. Nunca se ha debatido si el Alcalde puede o no puede jubilarse, cuándo y como

quiera.

B. La premisa B. decía: Una reforma reglamentaria innecesaria y costosa:

Personalmente y uno por uno de los Portavoces de los Grupos de la oposición, les

comuniqué la decisión de mi jubilación anticipada, les hice ver la disfunción y la

posibilidad, ya que tantas y tantas veces, todos se han quejado de este Reglamento, de

derogarlo, ajustarnos al ROF y así posteriormente y consensuado entre todos, proceder a

una modificación integral, cuestión que fue rechazada por todos ustedes.

Pero fíjense qué curioso lo que Izquierda Unida nos dice:

1. Primero en el Pleno del día once de octubre y leo textualmente: “El vigente

Reglamento de Organización y Funcionamiento: ROM, del Ayuntamiento de Santa

Marta, ha mostrado sus deficiencias desde su entrada en vigor, en no pocas

ocasiones, a lo largo de estos últimos años. Ejemplo: Como el rígido Art. 9.2 del

Reglamento”. Que es lo que se modifica.

2. Y leo literalmente un punto del Voto Particular que presentó al Pleno del 28 de

noviembre donde se admitió, parte de sus propuestas, parte de este Voto Particular

decía:

“Mejorar la deficiente regulación dada al Art. 9 en su conjunto, tras la modificación,

corrigiendo la laguna jurídica creada con la reforma Express dada por el Partido

Popular, y mejorando sustancialmente la regulación, confiriendo al Pleno

Corporativo la competencia respecto de la determinación de cargos que pueden

ejercerse en régimen de dedicación exclusiva o parcial y así, como las cuantías que

les corresponden, y al Alcalde la potestad de designar a quienes de entre aquel

catálogo, vayan a acogerse a aquel régimen”.

En su voto particular, no solamente pretende la modificación de las dedicaciones

exclusivas, en el Art. 9, pretenden, además, modificar el Art.10. Luego algo está

fallando en este Reglamento que es lo que el Alcalde le propuso hacer antes de

llegar a tratar todo este asunto que estamos tratando.

3. También decía en el Pleno del día 26 de septiembre lo siguiente: “Nos oponemos,

por tanto, a esta nueva dedicación exclusiva en este contexto de un gasto muy

elevado en este Capítulo desde que gobierna el Partido Popular en este

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Ayuntamiento”, y pedía: “que quede sobre la mesa simplemente, no es más, que

quede un mes sobre la mesa este asunto”.

Luego, se trataba de la dedicación exclusiva, no de mi jubilación.

Pero señores, hemos repetido hasta la saciedad que quien gobierna es el Grupo Popular,

porque así lo dijeron las urnas y las decisiones de cómo se debe de conformar este

Equipo de Gobierno y su gestión, es competencia del Alcalde, en este caso, excepto el

importe que se le asignaba a la Concejala, que se propuso por tener una dedicación

exclusiva.

¡Costosa dicen ustedes!.

Les voy a dar un ejemplo, de los meses de octubre y noviembre respecto al coste de la

Comisión Informativa y Pleno Extraordinario:

Miren:

Este Alcalde cobró por asignaciones: 3.185 € entre el mes de octubre y noviembre,

bruto, hablo siempre bruto.

Mi sueldo hubiera sido de: 6.666 €, más la Seguridad Social: 1.732 €.

Luego la diferencia de haber cobrado sueldo entre octubre y noviembre y haber

cobrado asignaciones, fue de: 5.213 € a favor del Ayuntamiento.

¿Cuánto nos costó la Comisión Informativa y el Pleno?. Pues nos costó: 3.854,50 €,

muy por debajo de lo que este Alcalde, no cobró.

Pero aunque hubieran cobrado todos, la cifra sería exactamente igual y hubieran

sido estos dos meses cobrando el sueldo, que yo mismo me bajé, hubiera cobrado:

6.666 € brutos, y lo he repetido.

Por lo tanto, haciendo una sencilla resta, se ha ahorrado el Ayuntamiento la cantidad

de: 5.213 €.

Claro, dirán ustedes que el coste de la Comisión y Pleno de octubre, pues miren lo

he repetido, que costó exactamente: 3.854,50 € y si todos hubieran cobrado la

cantidad resultante, sería muy semejante al ahorro por la diferencia entre cobrar

sueldo o asignaciones por mí, quiero decir.

Por lo tanto el ahorro para el Ayuntamiento en estos dos meses, restándole el coste

de la Comisión y Pleno donde se aprobó la modificación del ROM y sumándole el

coste de este Pleno es de más de 3.000 €, es decir, el coste de la modificación es

menor al coste de las asignaciones cobradas en mí en esos dos meses, por lo tanto

para las arcas del Ayuntamiento el coste no existe, y si hubieran cobrado ustedes,

repito, la diferencia prácticamente no existiría.

El único coste es el de este Pleno y claro lo provocan ustedes.

También decía en el Pleno del 26 de septiembre lo siguiente: “Ya que ha desperdiciado

una buena ocasión para ahorrar a los vecinos unos 15.000 €, por el importe de la

dedicación exclusiva”.

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No quiero decirles lo que ustedes ya saben, el ahorro que hasta la mitad del año 2015 va

a suponer esta decisión para el Ayuntamiento, más de 38.000 € por la dedicación

exclusiva de la Concejala tal y como contesté en Pleno a una pregunta del Concejal de

UPyD.

D. La tercera y última premisa: “Por haber traicionado la confianza de los

diferentes grupos Municipales que siempre han confiado en la honestidad y

trabajo de su Alcalde”:

Nadie puede dar lo que no tiene y ustedes no pueden darme su confianza, pues nunca la

han tenido, ni en mí, ni en nadie, pues ustedes se creen en posesión de la verdad, como

nosotros, y ese es el juego de la política, pero nosotros contamos absolutamente todo en

las Comisiones.

Y en el debate se logra el consenso.

Y, sí, esta Corporación alcanza muchos consensos, basados en el esfuerzo del Equipo de

Gobierno de llegar a ellos y en la buena disposición de algún grupo, yo otros esperan,

como francotiradores la posibilidad de abrir una brecha con el fin de provocar un pleito

judicial.

Por esto pienso que es peculiar, cuando menos, este argumento. Este Alcalde y todo el

Equipo de Gobierno, damos total y absoluta información de todo lo que acaece en este

Ayuntamiento, hasta decirles en distintas Comisiones y Plenos, que ni siquiera es

necesario pedir la información que exista en los expedientes, por escrito, que tienen el

permiso tácito, para ver todo lo que ustedes deseen.

Cómo se puede decir en su argumentación, que: “Durante los diferentes debates e

incluso, tras haber sido expresamente interpelado a tal efecto, ocultó al Pleno su

situación”. ¿No leen las actas?.

Vuelvo a repetir que en el mismo Pleno del día 26 de septiembre les digo que voy a

jubilarme el día 30, por lo tanto: ¡Qué es lo que se oculta!. Todos los grupos en sus

intervenciones y yo mismo como se ha demostrado, hacemos alusión a mi jubilación a

partir del 30 de septiembre, con las consecuencias que ha tenido.

Izquierda Unida, en un escrito, pide fechas de cuándo se produjo mi baja en la situación

de alta a la Seguridad Social y además exige TC2 o boletines de cotización. ¿Para qué?,

¿por si el Sr. Interventor no les decía la verdad?, que es conocida por él, que firma todo

lo que económicamente repercute en el Ayuntamiento, ¿o bien la Sra. Secretaria que

tiene mi escrito de fecha 30 de septiembre de 2013?.

Miren ustedes, toda su argumentación sobre este asunto, se basa sola y exclusivamente

en su inquietante forma de actuar, y decir medias verdades que son las mentiras que más

daño pueden hacer.

¿Que he traicionado su confianza?, ¡qué confianza!:

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¿La que yo personalmente y el Equipo de Gobierno, les demuestra cuando

cuentan con ustedes para, hasta incluso, poner fechas a las Comisiones y

Plenos?.

¿Cuándo a pesar de saber que van a ser criticados, doy y damos toda la

información?.

¿Qué confianza, la demostrada tantas y tantas veces por lo recursos presentados,

que creen van contra el Alcalde o el Equipo de Gobierno, y no van más que

contra los intereses de Santa Marta?.

Me extraña que argumenten: “Que ha traicionado la confianza de los diferentes Grupos

Municipales y Concejales”, con independencia de sus diferentes políticas, siempre han

confiado en la honestidad y trabajo de su Alcalde”. No es precisamente esto lo que

leemos continuamente en la prensa y en sus diferentes hojas informativas.

También me extraña, o no, conociendo las formas actuales del Grupo Socialista, cómo

se han dejado enredar en este asunto, si precisamente ustedes:

En la intervención en el pleno del 26 de septiembre decían: “Sr. Alcalde, vamos a

ver, este punto del orden del día viene motivado, como ya se ha dicho, por el cambio

en la situación laboral del Alcalde de este Ayuntamiento, en el que dado que su

anterior empresa, obliga a los trabajadores a la jubilación a partir del 15 de

septiembre al uno de octubre, se plantea esta situación”.

Y en el Pleno del día once de octubre decía el Sr. Portavoz del Grupo Socialista:

“A nosotros nos queda una duda: La fecha a partir de la cuál el Alcalde puede

empezar a cobrar:

o Comisiones Informativas.

o Juntas de Gobierno”.

Sigue diciendo: “El Partido Socialista tiene dudas de la fecha y por lo tanto vamos a

presentar un escrito en el Registro en el que pedimos que la Secretaria y el

Interventor del Ayuntamiento emitan un informe.

Desde nuestro punto de vista, es a partir de la publicación en el Boletín oficial de la

Provincia de la modificación del ROM, pero como no sabemos queremos saber cuál

es el punto de vista de los servicios jurídicos y económicos del Ayuntamiento de

Santa Marta y vamos a presentar un escrito pidiendo ambos informes”.

Y lo pidieron, un informe de la Sra. Secretaria y del Sr. Interventor, sobre la posibilidad

o no de que el Alcalde cobre sus asignaciones por asistencias a Plenos y Comisiones, tal

y como lo hacen todos ustedes y en las mismas cantidades, entre la fecha de mi

jubilación y la entrada en vigor de la modificación del Reglamento.

Y leo el informe del Sr. Interventor en sus conclusiones:

1- “La dedicación exclusiva del Alcalde sigue vigente hasta la entrada en vigor de la

modificación del ROM aprobada por el Pleno.

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2- La percepción por el Alcalde de retribuciones en concepto de dedicación exclusiva,

es renunciable.

3- El Alcalde está obligado a asistir a los Órganos Colegiados Municipales de los que

forma parte.

4- La percepción de asistencia por el Alcalde en el período comprendido entre el uno de

octubre de 2013 y la fecha de entrada en vigor de la modificación del ROM

aprobada por el Pleno, se ajusta a derecho”

El informe de la Sra. Secretaria se confirma y reafirma precisamente en esto.

Por eso, este Alcalde no cobra por lo que cobra, sino que cobra porque efectivamente

tiene los informes que le avalan que puede hacerlo y repito que podría perfectamente no

haberse jubilado hasta el día seis de diciembre, hubiera tenido una jubilación un poco

mayor y además no le hubiera ahorrado al Ayuntamiento el importe anteriormente

mencionado.

Decía que entre la fecha de modificación y la entrada en vigor del ROM, he leído el

informe del Interventor, luego: Cómo pueden ustedes avalar señores del PSOE a IU en

esta tergiversación de los hechos, pero en fin, ya que el Pisuerga pasa por Valladolid,

aprovechamos la ocasión y cargamos contra el Alcalde, ya saben ustedes cómo se le

llama a esto.

En fin, no voy a gastar más energía ni tiempo, pues nada hay que defender, que no sea

como hasta ahora he hecho, junto con el Equipo de Gobierno, los intereses del

Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes.

Estos son mis argumentos, que creo echan por tierra las tres premisas por la cual pedían

la dimisión por haber ocultado, no sé el qué, y una información relevante durante la

tramitación del ROM.

¿Hay alguna intervención?.

¿Sí?.

Cinco minutos.

Sr. Santos Corral

Gracias y con un poco de suerte hasta me sobran. Gracias Sr. Alcalde.

Vamos a ver, usted ha hecho una lógica defensa de su postura, no cabía esperar otra

cosa, es lo lógico, pero claro la ha hecho usted yéndose como vulgarmente se dice: “Por

las ramas”, es decir, se ha ido a lo accesorio incluso ha empezado por una nota de

prensa en lugar de ir directamente a lo que se trae aquí a debate y a votación que es este

informe y nada más que este informe, hablando de que si dije, que si esto, en fin, esto

no es nada y huyendo de lo que es el núcleo, de lo que nosotros hemos definido en este

escrito, que es de lo que se trata aquí, no de los dimes ni de los diretes, ni de la prensa,

ni de tal. Incluso, hombre, una cosa curiosa, hasta decir que nos hemos confundido en lo

de ROM – ROF, que por cierto habría mucho de qué hablar, pero no es el debate.

Pero fundamentalmente, es que nos habla tal, de que si se gasta, se ahorra o no se ahorra

con esta dedicación exclusiva o no exclusiva, o tal y se refiere a los 6.000 € que

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cobraba, es decir, como todos los santamartinos que es lo que cobran, supongo, de

media, los santamartinos excepto los que están en paro.

Se ha ido por muchas cosas, que si somos muy malos, que si no vamos con los intereses

de Santa Marta, que si compañeros de viaje, en fin, ha hablado de mil cosas que es

imposible contestarle a todas, no es que no quiera, ni las estime, es que ha hablado usted

de tantas cosas que me hace imposible contestar.

Habla de todo excepto de lo principal, estupendo, es una técnica de defensa, puede

funcionar o no, a mi desde luego no me vale.

Mire, yo le vuelvo a decir lo que decíamos, lo que era el núcleo de la cuestión, ¡éste es

el núcleo de la cuestión que usted nos trae aquí!: Sr. Alcalde, usted ha incumplido, usted

ha contravenido y usted ha faltado a la Ley y tiene que asumir la responsabilidad, es

decir, tiene que dimitir, porque queda absolutamente probado, pero incluso con lo que

usted dice incluso citando el informe del Interventor.

Es decir, queda meridianamente probado el hecho central, es decir, que desde el treinta

de septiembre que se hace efectiva su jubilación, su baja en la Seguridad Social hasta el

siete de diciembre que entra en vigor la reforma del Reglamento Orgánico de

Funcionamiento del Ayuntamiento de Santa Marta, usted ha estado en un régimen que

no le correspondía, cobrando por Comisiones cuando usted estaba todavía en dedicación

exclusiva.

Usted ha incumplido el ROM, lo ha incumplido seriamente, por tanto usted debe dimitir

y todo lo demás es irse por las ramas parra olvidarnos del tronco del núcleo de la

cuestión.

Ese incumplimiento grave, muy grave de la cuestión central al que no ha querido entrar

sino que ha ido a todo lo demás.

Usted tenía incluso otras opciones muy sencillas:

- Haberlo hecho antes en el mes de mayo, de junio, de julio, esto ya hubiera estado

resuelto, vamos que había pasado sin más, aquí no se había hablado de este asunto.

- O haber esperado a que efectivamente se publicara en el BOP el acuerdo tomado por

este Pleno y entonces hacer efectiva la situación, no al revés, yo hubiera hecho

primero lo que hubiera tenido que hacer y luego ya se publicará en el BOP.

Hombre que por mucho que aquí todo sea del mismo color:

o La Diputación.

o La Junta.

o El Gobierno Central.

No vale todo, la Ley es obligatoria para todos.

Me gustaría contestarle a otras muchas cosas, como por ejemplo, lo que dice, lo que

habla, no sé si eso se vuelve a favor o en contra de nosotros, es un pequeño galimatías

que se ha formado usted ahí de que hemos hablado de su honestidad y no me duelen

prendas en reconocerlo, Sr. Alcalde, yo creo que usted en un programa en el que yo

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obviamente no estoy de acuerdo, pero, usted ha sido fiel a su programa y a trabajado y

ha trabajado mucho, yo lo creo, en fin, no me vale, bueno si lo quieren utilizar como

que: “El líder de Izquierda Unida le hace alabanzas al Alcalde y al PP”, no hombre,

claro, yo se lo hago a lo que han hecho bien.

Nadie hace o todo bien, o todo mal, excepto nosotros que claro, somos la encarnación

del mal, eso está claro, no, nosotros sí todo lo hacemos con malas intenciones, que

somos malos por naturaleza, ustedes no, y yo reconozco que el resto de la gente, pues

unas cosas hacen bien, otras hacen mal.

Usted ha hecho su trabajo aquí, se podía haber ido con un buen sabor de boca del

vecindario, decir, bueno hay cosas que ha hecho mal y hay otras cosas que ha hecho

bien.

Esta situación que podía haber habido mil formas de hacerla justo ha ido a escoger usted

la que peor es para todos, pero especialmente para usted, es quien peor parado sale de

esta situación es usted, porqué ese empeño en forzar el ROM, en despreciar incluso la

decisión de este Pleno, que eso sí que es grave, eso sí que es el núcleo, no que si me he

confundido con el ROM o el ROF, o cuánto cuesta una Comisión y otro, en fin, eso

además yo no le citado, lo único que he nombrado de dinero y casi hasta me arrepiento,

porque no es desde luego un núcleo central, es una anécdota, la diferencia que hay entre

publicar una cosa en el BOP ordinaria o urgente.

En fin, es una cantidad que tampoco nos arruina, nos está arruinando las políticas

neoliberales de su partido, no estas cosas.

En fin, no sé si me he pasado de los cinco minutos, supongo que con mucho, sí así

fuera, pido disculpas y agradezco el que me lo hayan permitido.

Y, en serio, Sr. Alcalde, no hay nada personal, no hay esa maldad intrínseca que se nos

supone a los de izquierda, a los rojos, ¿verdad?, pues no, en fin, allá ustedes, yo no veo

esas maldades en todo el mundo. Creo que ha habido un error, que de todas las opciones

que había ha ido a escoger la peor porque era ilegal, porque ha ido contra la Ley y ese es

el núcleo central lo demás son zarandajas.

Por tanto, reconsidérelo usted, no fuerce usted a sus compañeros a que sean, como

supongo que serán, muy buenos compañeros y le sigan apoyando. Yo lo que le pido que

personalmente, voluntariamente presente usted su dimisión y sea otro de sus

compañeros, que están, posiblemente todos ellos muy capacitados para ello, quien

asuman el cargo.

Nada más.

Sr. Alcalde

¿Más intervenciones?.

Les pido brevedad, por favor.

Sr. Rodríguez Ruiz

Bien, vamos a ver.

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Hay un refrán castellano, Sr. Alcalde, que dice que: “No hay peor sordo que el que no

quiere oír”, y eso me ha parecido toda su intervención:

a) Por cierto, en lo de: “Ahorrar dinero”:

- Hombre, me hubiera gustado que en esas cifras que usted ha echado, nos hubiera

dicho: ¡Cuánto se hubiera ahorrado al Ayuntamiento si los miembros del Grupo

Popular no hubieran cobrado el famoso Pleno Extraordinario de octubre que

estaba convocado, por cierto, para cambiar dos palabras, Pleno Extraordinario

para cambiar dos palabras!, luego se convirtieron en muchas más, porque han

dado a la redacción de ese artículo la alegación que había presentado Izquierda

Unida, pero en el origen, era cambiar dos palabras.

Me hubiera gustado que nos hubiera dicho cuánto le hubiera supuesto de ahorro

al Ayuntamiento, eso.

- Y el Pleno de hoy. Si los siete Concejales de la Oposición, como públicamente

hemos dicho que renunciamos a su cobro, si va a costar algo, será porque los

Concejales del Partido Popular lo piensan cobrar, porque desde luego, desde el

punto de vista de los Concejales de la oposición no va a costar nada porque los

siete, expresamente y por escrito, hemos dicho que renunciamos al cobro de la

percepción.

b) Mire, en relación a lo que ha dicho usted, relativo al Grupo Socialista y a mí.

Nosotros nunca hemos cuestionado la fecha de su jubilación, lo ha dicho usted

multitud de veces, nunca nos habrá oído decir el problema de la fecha de su

jubilación, es una decisión personal suya y que la ha adoptado cuando le ha parecido

conveniente, nunca hemos hablado de eso.

Lo que sí teníamos dudas es que una vez que usted se acogía a la jubilación

obligatoriamente tenía que renunciar a la percepción del dinero que cobraba usted en

el Ayuntamiento, teníamos duda de la fecha en la que iba a empezar a cobrar lo otro.

Porque lo que se planteó en el Pleno del 26 de septiembre era que la fórmula que

ustedes pretendían, renunciando usted y pasando a Dª Blanca a pasar a la

dedicación, no era legal de acuerdo con el ROM de este Ayuntamiento.

Es decir, no es que el 26 de septiembre: “San Pablo se cayera del caballo”, no, no, es

que se dieron cuenta de que eso no era legal de acuerdo con el Reglamento que

estaba en vigor en el Ayuntamiento de Santa Marta, por cierto, Reglamento que

ustedes habían aprobado, ahí espero que el Portavoz del Grupo Popular no hable de

herencias adquiridas.

O sea, aquí estamos hablando, estamos hablando de un ROM que ustedes aprobaron

y que por lo tanto, sí estaba mal redactado era fruto solamente de ustedes y eso es lo

que dice el Grupo Socialista, no la fecha de su jubilación, que eso es un tema

particular y privado en el que nosotros no vamos a entrar.

Ahora sí, hasta que el nuevo ROM estuviera aprobado, usted no podía cobrar esas

asistencias, no porque nos diera la gana, sino porque considerábamos que

contravenía el ROM que estaba en vigor. Hasta que ese ROM fue derogado y

publicado el día cinco de diciembre, usted, entendíamos, entendemos y vamos a

seguir entendiendo que usted no podía cobrar esas percepciones.

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c) En cuanto a los informes ha debido de tener un lapos mental, lee de los informes lo

que le interesa, casualmente se olvida que la conclusión del informe del Sr.

Interventor hay cuatro conclusiones y una conclusión final, esa se le olvida, estoy

convencido de que se le ha olvidado.

- Dice el Sr. Interventor: “No obstante este no es un informe de fiscalización, por

lo tanto lo someto a cualquier otro que se considere mejor fundado en Derecho”.

Casualmente se le ha olvidado esta parte, que yo creo que aquí va parte del

meollo de la cuestión. El Interventor tenía algunas dudas y por lo tanto pone esta

frase.

Por cierto al final, informes pedidos en noviembre, nos ha costado bastante

tenerlos y usted lo sabe perfectamente la de veces que se lo he tenido que

reiterar.

- El informe de la Sra. Secretaria, no entra en el fondo de la cuestión, lo obvia, es

decir, no entra en la cuestión sobre la legalidad o no legalidad de sus

percepciones. Sí que dice, que el ROM, el nuevo ROM, la modificación del

ROM no ha entrado en vigor hasta el día, si el seis de diciembre es fiesta el siete

de diciembre, hasta el siete de diciembre.

d) Por lo tanto si el ROM no se ha cambiado legalmente hasta el siete de diciembre y

con el ROM antiguo usted no podía tener derecho al cobro de esas percepciones, dos

y dos son cuatro, la conclusión más lógica y más clara es que hasta que ese ROM no

se ha publicado su modificación, usted no tenía derecho al cobro de esas

percepciones. Ni más ni menos.

Y por lo tanto, nosotros insistimos, esas percepciones que a nuestro juicio usted las ha

cobrado de una manera no legal, se deben de retornar a las arcas Municipales del

Ayuntamiento de Santa Marta y por lo tanto esperamos que lo haga, que lo haga porque

creemos que es en Derecho y porque creemos que no es una opinión, sino que está

basado en los datos que aquí aportamos. Con el ROM antiguo usted no podía pasar a

esta fórmula y esta fórmula entra en vigor a partir del siete de diciembre.

Por lo tanto las cosas está absolutamente claras y usted debería de reconocerlo, porque

es curioso, una de sus buenas cosas es que ustedes nunca reconocen haber hecho nada

mal.

El 26 de septiembre:

No plantearon de mala manera el cobro de la situación.

No lo han hecho de prisa y corriendo una modificación del ROM “ad hoc” para

arreglar solamente un tema de una cuestión personal.

Y todo lo han hecho ustedes de acuerdo con los mejores intereses para Santa Marta.

Yo creo que eso no es así, creo que esto los ciudadanos de Santa Marta ya lo van

conociendo cada vez de una manera mejor, a pesar de que algunas noticias que salen

pues parece que es absolutamente lo contrario, con toda esta situación, usted lo ha

hecho pensando en el Ayuntamiento de Santa Marta y yo le quiero decir que eso no

es así.

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Y por lo tanto, Sr. Alcalde, usted sabrá lo que tiene que hacer en Derecho y a mí me

gustaría que no tuviera que ser un Tribunal el que le dijera qué es lo que usted no ha

hecho mal.

Nada más y muchas gracias.

Sr. Moreno Valle

Bien.

Creo que su intervención, cuando usted escribe las intervenciones son bastante mucho

más farragosas y mucho más complicadas que cuando usted las dice de todo corazón,

quizás es que la lectura de las intervenciones se le complica un poco el asunto y la

verdad es que he entendido muy poquito de lo que usted ha comentado pero ya la

leeremos en el acta de este Pleno.

Este Concejal y este Grupo Municipal, nunca ha cuestionado el tema de su jubilación,

su jubilación es una cuestión personal suya y que usted puede jubilarse hoy, se podía

haber jubilado hace un año o se puede jubilar dentro de dos años, cuando usted

considere y cuando la Ley se lo permita, o se lo autorice o se lo considere.

La cuestión no es esa y usted se viste con ese traje y entonces usted intenta demostrar

que usted sí nos ha ido avisando que se iba a jubilar, etc., etc., etc.

Pero no es esa la cuestión que se está planteando aquí, la cuestión que se está

planteando aquí es que hay un Reglamento Orgánico Municipal de obligado

cumplimiento, que como ha dicho el Portavoz del Grupo Socialista y como ya dijimos

nosotros el 26 de septiembre, ustedes votaron y ustedes aprobaron y si se equivocaron

pues: “Se siente”, pero ahí está.

Ese Reglamento dice que el Alcalde está régimen de dedicación exclusiva y hasta que

no se haya modificado sigue estando en régimen de dedicación exclusiva y el Art. 13

del ROM y se lo vuelvo a leer: “Los Concejales que desempeñen el cargo sin

dedicación exclusiva o parcial percibirán indemnizaciones y por tanto los que están en

dedicación exclusiva no pueden percibir indemnizaciones”. Y ese es el meollo de la

cuestión.

Nosotros, sinceramente hasta, yo creo que este momento, teníamos hasta ¡fíjese!, una

pequeña duda de si de verdad usted la hubiera cobrado o no las hubiera cobrado y lo

saben los Portavoces de los Grupos de Izquierda Unida y Socialista y me dicen: “Oye, a

ver si es que no las ha cobrado de verdad”, es que ¡fíjese!, nos parecía un poco tan

increíble que nosotros hasta pensábamos que es que usted no lo había cobrado.

Pro es que no, mire que el Interventor dice que sí que ha empezado a cobrar, no sé

cuánto, no sé qué. No teníamos una evidencia, usted ha dicho ahora que ya las ha

cobrado y por tanto, sí las ha cobrado y tal y como le decíamos en nuestra intervención,

mire, usted creo que:

- Debe de dimitir.

- Debe de devolver el dinero.

- E incluso, debe de dimitir como Concejal.

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Porque éticamente se ha saltado la Ley y esto no es admisible.

Ha utilizado su propio criterio y unos informes, un informe, por cierto, con fecha 16 de

diciembre cuando ya lo ha cobrado todo, cuando ya está publicado el ROM, no lo ha

pedido antes, lo ha pedido después ha petición del Grupo Socialista, es decir, hasta el 16

de diciembre usted no sabía si podía o no podía cobrar esas indemnizaciones porque no

tenía ningún informe.

Lo ha hecho con su propio criterio y por tanto nosotros nos reafirmamos en que mire,

Sr. Alcalde:

- Presente la dimisión.

- Deje pasar a otro miembro del Grupo Popular a la Alcaldía, que pase a tener su

dedicación exclusiva.

- O, tal y como está el ROM, su trabajo y su dedicación ha este Ayuntamiento.

- Y, pasamos página.

Muchas gracias.

Sr. Alcalde

Muy bien. Solamente decirles tres cosas, a ver:

Al Sr. Portavoz de UPyD, perdón, del Grupo Solista, decir que no se lo había dicho al

Pleno, he dicho que se había cobrado entre la Comisión y el Pleno Extraordinario:

3.854,50 € y de Pleno: 2.850 €.

Me da la impresión de que efectivamente, de las tres premisas, solamente queda una y

es: Si yo cobré o no cobré, o lo que cobré entre el uno de octubre y el día 30 de

noviembre o hasta el día seis de diciembre. Mire les voy a leer exactamente otra vez el

informe de las conclusiones del Sr. Interventor y por cierto, Sr. de UPyD, no lo hago

por mi criterio, si a mi el Sr. Interventor me dice que no puedo cobrarlo, yo no cobro,

igual que usted, el informe del Sr. Interventor dice:

1- “La dedicación exclusiva del Alcalde sigue vigente hasta la entrada en vigor de la

modificación del ROM aprobada por el Pleno.

2- La percepción por el Alcalde de retribuciones en concepto de dedicación exclusiva,

es renunciable”:

Que es lo que hago, renunciar a cobrar retribución en régimen de dedicación

exclusiva y que cobro asignaciones.

3- El Alcalde está obligado a asistir a los Órganos Colegiados Municipales de los que

forma parte.

4- La percepción de asistencia por el Alcalde en el período comprendido entre el uno de

octubre de 2013 y la fecha de entrada en vigor de la modificación del ROM

aprobada por el Pleno, se ajusta a derecho”.

Y leo lo que dice el Portavoz del Partido Socialista que no he leído: “No obstante este

no es un informe de fiscalización”, pero sí que fiscaliza mi nómina, igual que la de

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ustedes, la de todos ustedes, la fiscaliza el Sr. Interventor, por lo tanto no me pueden

acusar de nada, mi nómina la fiscaliza el Sr. Interventor, le da paso, entiende, como

entiende en su informe que debo de cobrarlo.

Si hubiera habido alguna duda, no se hubiera hecho así, pero no obstante esto es así de

claro Sr. Portavoz del Grupo Socialista: Los Tribunales están para algo, yo, si tengo que

devolver las cantidades, las devolveré con todo gusto, pero entiendo que:

- No he ocultado nada.

- No he mentido en nada.

- No hecho nada más que lo que está bajo la Ley y la Norma, que está avalado por

estos informes y por la fiscalización de ni nómina.

Bien, esto está terminado, todos sabemos, ya hemos repetido lo mismo las dos veces

que se ha intervenido y vamos a terminar dándoles las gracias a los firmantes del Pleno

Extraordinario, por darme la ocasión nuevamente de demostrar, lo bien que lo debemos

de estar haciendo, pues si después de decir que creen en la honestidad y en el trabajo del

Alcalde, esto es lo único, que aún no siendo verdad le pueden achacar y además de esta

manera, repito, nos podemos sentir absolutamente satisfechos con nuestro trabajo en el

Ayuntamiento.

Voy a terminar con una frase del Quijote que decía: "Ladran luego cabalgamos".

Finalizado el turno de intervenciones, se somete a votación la siguiente propuesta de

acuerdo:

El Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes exige al Alcalde, Javier Cascante

que presente su inmediata dimisión tras haber constatado que ha mentido al pleno, que

ha ocultado información relevante durante la tramitación del ROM, que ha impulsado

una reforma reglamentaria innecesaria y costosa, y que ha traicionado la confianza de

los diferentes grupos municipales y concejales que, con independencia de sus

diferencias políticas, siempre han confiando en la honestidad y trabajo de su Alcalde”.

Sometida a votación plenaria esta propuesta, esta es desestimada por mayoría con

siete votos a favor, diez en contra y ninguna abstención.

Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito,

D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Miguel Ángel Moreno

Valle, Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Santos Corral..

Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David

Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel

Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª

María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano.

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Y no teniendo más asuntos a tratar, el Sr. Alcalde - Presidente, levantó la Sesión a las

diez horas y quince minutos del día veintitrés de enero de dos mil catorce. Doy Fe.