EL CONTRATO DE TRABAJO

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EL CONTRATO DE TRABAJO EN EL CONTRATO DE TRABAJO SE MANIFIESTA LA VOLUNTAD DE LAS PARTES, EMPRESARIO Y TRABAJADOR. Actividades 5.1 y 5.2

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EL CONTRATO DE TRABAJOEN EL CONTRATO DE TRABAJO SE MANIFIESTA LA VOLUNTAD DE LAS PARTES, EMPRESARIO Y TRABAJADOR.

Actividades

5.1 y 5.2

Page 2: EL CONTRATO DE TRABAJO

Pueden firmarlo... Los mayores de edad (18 años).

Los menores de 18 años legalmente emancipados.

Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización

de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven

de forma independiente, con el consentimiento expreso

o tácito de sus padres o tutores.

Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les

sea aplicable.

EL CONTRATO DE TRABAJOSegún el art. 1.1 del E.T,

se consideran

trabajadores aquellos

que …

Page 3: EL CONTRATO DE TRABAJO

¿Quién puede ser trabajador? El que reúna los

siguientes requisitos:

CAPACIDAD DE OBRAR: Tendrá capacidad

de obrar quien pueda ejercitar por sí mismo los

derechos y obligaciones de que es titular.

CAPACIDAD JURÍDICA: Se adquiere en el

momento de nacer ya que todos tenemos la

posibilidad de ser titulares de derechos y

obligaciones.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 4: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre los derechos y obligaciones.

Un contrato de trabajo supone unos

derechos para el trabajador, que se

convierten en obligaciones para el

empresario.

Al mismo tiempo, las obligaciones que

contrae el trabajador se convierten en

derechos de su empresario.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 5: EL CONTRATO DE TRABAJO

Derechos laborales del

trabajador

Deberes laborales

del trabajador

•A la ocupación efectiva durante la

jornada de trabajo.

•A la promoción y formación en el

trabajo.

•A no ser discriminados para acceder

a un puesto de trabajo.

•A la integridad física y a la intimidad.

•A percibir puntualmente la

remuneración pactada.

•Los demás que se establezcan en el

contrato de trabajo.

•Cumplir las obligaciones concretas

del puesto de trabajo conforme a los

principios de la buena fe y

diligencia.

•Cumplir las medidas de seguridad e

higiene que se adopten.

•Cumplir las órdenes e instrucciones

del empresario en el ejercicio de su

función directiva.

•No realizar la misma actividad que la

empresa en competencia con ella.

•Contribuir a mejorar la

productividad.

•Los demás que se establezcan en el

contrato de trabajo.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5.4 y 5.3

Page 6: EL CONTRATO DE TRABAJO

¿Quién puede ser empresario?El que recibe la prestación de servicios + dirige + remunera esa actividad

EL CONTRATO DE TRABAJO

Empresario (persona física) Empresario (persona jurídica)

• Capacidad legal

• Actúa en nombre propio o con

representante.

• Realiza una actividad comercial,

industrial o profesional.

• Responsabilidad ilimitada.

• Capacidad jurídica y capacidad de

obrar.

• Contrato mercantil que acredite

su personalidad jurídica.

CONSTITUCIÓN• Otorgamiento de Escritura

Pública.

• Inscripción en el Registro

Mercantil.

Page 7: EL CONTRATO DE TRABAJO

El empresario contrae obligaciones

con:

• El trabajador

• Los representantes legales de los trabajadores

• El Servicio Público de Empleo

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 8: EL CONTRATO DE TRABAJO

El empresario contrae obligaciones con:

El trabajador: cuando la relación laboral sea

de duración superior a cuatro semanas, el

empresario deberá informar por escrito al

trabajador sobre los elementos esenciales del

contrato y principales condiciones de ejecución

de la prestación laboral, siempre que tales

elementos y condiciones no figuren en el

contrato de trabajo formalizado por escrito.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 9: EL CONTRATO DE TRABAJO

El empresario contrae obligaciones con:

Los representantes legales de los trabajadores: también

deberá entregar a los representantes legales de los trabajadores,

una copia básica de los contratos formalizados por escrito

(con excepción de los contratos de relaciones especiales de alta

dirección, para los que es suficiente la notificación), así como las

prórrogas de dichos contratos y las denuncias de los mismos,

teniendo para ello el mismo plazo de 10 días.

◦ La copia básica contendrá todos los datos del contrato a excepción del número

del D.N.I., domicilio, estado civil y cualquier otro dato que pueda afectar a la

identidad personal del interesado.

◦ Posteriormente, dicha copia básica se enviará al Servicio Público de Empleo.

◦ Cuando no exista representación legal de los trabajadores también deberá

formalizarse copia básica y remitirse al Servicio Público de Empleo.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 10: EL CONTRATO DE TRABAJO

El empresario contrae obligaciones con:

El Servicio Público de Empleo: los

empresarios están obligados a comunicar al

Servicio Público de Empleo en el plazo de los

10 días siguientes a su concertación, y en los

términos que reglamentariamente se

determinen, el contenido de los contratos de

trabajo que celebren o las prórrogas de los

mismos, deban o no formalizarse por

escrito.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 11: EL CONTRATO DE TRABAJO

Trabajos excluidos de la relación laboral.Por no cumplir las características básicas del contrato

de trabajo.

Relaciones laborales de carácter especial.A pesar de cumplir las características básicas de la

relación laboral sus peculiaridades hacen que sea

necesaria una regulación específica.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Ver página 132 del texto

Ver páginas 134 - 138 del texto

Actividad

5.6-5.7-

5.8

Page 12: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre la formalización…

El contrato de trabajo puede formalizarse por escrito o de palabra.

Es obligatorio por escrito cuando así lo exija una disposición legal, y siempre

en los contratos que se relacionan:

Prácticas.

Formación.

Para la realización de una obra o servicio determinado.

A tiempo parcial, fijo discontinuo y de relevo.

A domicilio.

Trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en

el extranjero.

Los contratos por tiempo determinado, cuya duración sea superior a

cuatro semanas.

Cada una de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por

escrito, en cualquier momento del transcurso de la relación laboral.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5.8 -5.9

Page 13: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre la duración…

Un contrato de trabajo puede ser indefinido (fijo),

o bien tener una duración determinada

(temporal).

En principio todo contrato de trabajo es indefinido y

a jornada completa, salvo que en el contrato de

trabajo se establezca lo contrario.

Las normas que regulan cada tipo de contrato

temporal, establecen cuál es la duración mínima y

máxima del contrato.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 14: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre el periodo de prueba…

Forma

Su establecimiento es optativo y de

acordarlo, al inicio de la relación laboral,

se deberá reflejar por escrito en el

contrato.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 15: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre el periodo de prueba…

Finalidad

Que las partes se conozcan.

No se podrá establecer período de prueba

cuando el trabajador haya ya desempeñado

las mismas funciones con anterioridad en la

empresa, bajo cualquier modalidad de

contratación.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 16: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre el periodo de prueba…

Duración

Su duración máxima se establecerá en los

Convenios Colectivos.

En las empresas con menos de 25

trabajadores, el período de prueba no podrá

exceder de tres meses para los trabajadores que

no sean técnicos titulados.

Aunque existen períodos de prueba especiales.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Ver pág. 142 del libro de texto

Page 17: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre el periodo de prueba…

Efectos

Durante este período se podrá rescindir la

relación laboral por voluntad de cualquiera de las

partes, sin alegar causa alguna y sin preaviso, salvo

pacto en contrario, y tendrá los mismos

derechos y obligaciones que un trabajador de

plantilla.

El período de prueba se computa a efectos de

antigüedad.

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Page 18: EL CONTRATO DE TRABAJO

Sobre el periodo de prueba…

Efectos

La situación de incapacidad temporal que afecte al

trabajador durante el período de prueba interrumpirá

el cómputo del mismo, siempre que se produzca

acuerdo entre ambas partes.

Si el trabajador no supera el período de prueba el

empresario tiene obligación de comunicárselo por

escrito, sin que el trabajador tenga derecho a

indemnización alguna.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5.9

Page 19: EL CONTRATO DE TRABAJO

LA JORNADA.

Es el tiempo durante el cual el trabajador

presta sus servicios al empresario a cambio

de un salario.

Regla general: Se estará a lo pactado en el

C. de trabajo o Conv. Colectivo, siempre

que no se supere lo establecido en el E.T.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 20: EL CONTRATO DE TRABAJO

La JORNADA SEMANAL no podrá superar

las 40 horas semanales de trabajo efectivo de

promedio de computo anual.

Se podrá establecer la distribución irregular de la

jornada a lo largo del año, siempre que se respeten lo

mínimos legales de descanso:

Descanso diario: 12 horas

Descanso semanal: 36 horas o 48 horas, según sean mayores de

18 años o no.

Descanso durante la jornada: podrá variar entre los15 minutos y

los 30 dependiendo de la edad y la jornada.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 21: EL CONTRATO DE TRABAJO

La JORNADA DIARIA no podrá superar

las 9 horas ordinarias al día de trabajo

efectivo de promedio, siempre que se respete

el mínimo legal de descanso diario de 12 horas.

El Gobierno puede establecer excepciones para

determinados sectores y trabajos con determinadas

particularidades.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Activ.

5.10

Page 22: EL CONTRATO DE TRABAJO

LAS HORAS EXTRAORDINARIAS

Son las realizadas por encima de la duración

máxima de la jornada ordinaria de trabajo.

Si fuese el trabajador el que considerase necesario

la realización de horas extras, necesitaría la

autorización expresa o tácita del empresario.

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Page 23: EL CONTRATO DE TRABAJO

LAS HORAS EXTRAORDINARIAS, se

pueden retribuir:

Con dinero, nunca inferior a la retribución de

una hora ordinaria.

Con descanso, de períodos equivalentes de

descanso retribuido durante los 4 meses

siguientes.

Salvo pacto expreso las horas extras se entienden

compensadas con períodos de descanso durante los

4 meses siguientes.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 24: EL CONTRATO DE TRABAJO

TIPOS DE HORAS EXTRAORDINARIAS:◦ Por fuerza mayor, las necesarias en caso de urgente

necesidad. Son obligatorias y no se fijan límites.

◦ Estructurales, las necesarias para hacer frente a las

necesidades puntuales de la actividad. Son voluntarias. Tienen

fijados límites temporales.

Máximo 80 horas/año para trabajadores a jornada completa

(o en esta proporción)

No se incluyen en el computo ni las realizadas por fuerza

mayor ni las compensadas con descanso.

El gobierno puede limitarlas.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5.11-5.12

No estructurales, originadas por cualquier otro

motivo. Son voluntarias

Page 25: EL CONTRATO DE TRABAJO

Existen colectivos que tienen prohibido

realizar HORAS EXTRAORDINARIAS

◦ Menores de 18 años.

◦ Trabajadores nocturnos y Minusválidos en centros

especiales, que sólo pueden realizar horas extras

por fuerza mayor.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 26: EL CONTRATO DE TRABAJO

Todos los trabajadores tienen derecho a 30

días naturales de VACACIONES

retribuidas por año trabajado.

La fecha se fijará por acuerdo entre

empresario y trabajador que deberá ser

conocida por este último al menos con dos

meses de antelación.

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Page 27: EL CONTRATO DE TRABAJO

LAS FIESTAS LABORALES

Se reconocen a todos los trabajadores.

Tienen carácter retribuido y no recuperable.

Como máximo se pueden disfrutar de 14 fiestas al

año.

Se informan a los trabajadores a través del

calendario laboral y se pueden clasificar en:

Fiestas nacionales, obligatorias (4) y reguladas, que

pueden cederse a la CCAA.

Autonómicas

Locales (máximo 2)

Calendario

Laboral de

Cantabria

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Page 28: EL CONTRATO DE TRABAJO

El trabajador tiene derecho a PERMISOS

RETRIBUIDOS con la obligación de

preavisar y justificar dichos permisos.

Los permisos a que tiene derecho son

EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5-14

Art. 37.3 E.T

Page 29: EL CONTRATO DE TRABAJO

Se considera TRABAJO NOCTURNO el

realizado entre las 10 de la noche y las 6 de

la mañana.

Se entiende que un trabajador realiza jornada

nocturna cuando realiza habitualmente:

Al menos 3 horas de su jornada diaria o

Un tercio de su jornada anual.

La jornada diaria esta limitada a 8 horas

diarias en un período de 15 días.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 30: EL CONTRATO DE TRABAJO

La retribución del TRABAJO NOCTURNO

puede realizarse de las siguientes maneras:

Pagando un plus de nocturnidad.

Teniendo en cuenta esta naturaleza al fijar el

salario.

Compensando los períodos de trabajo

nocturno con descanso.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 31: EL CONTRATO DE TRABAJO

Se considera TRABAJO A TURNOS aquel

que se organiza en base a un cierto ritmo de

trabajo por el cual el trabajador debe prestar

sus servicios en horas distintas en un período

determinado de días o semanas.

En principio ningún trabajador puede realizar

el turno de noche mas de dos semanas

consecutivas, salvo que voluntariamente escoja

este turno.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5-15 5-16

Page 32: EL CONTRATO DE TRABAJO

EL CONTRATO DE TRABAJO

CUESTIONES

ACTIVIDADES

Page 33: EL CONTRATO DE TRABAJO

EL CONTRATO DE TRABAJO

Según el art. 1.1 del E.T, se consideran

trabajadores aquellos que prestan sus

servicios a un empresario de forma:

♣ Voluntaria

♣ Por cuenta ajena

♣ Retribuida

♣ Bajo el poder de

organización de dicho

empresario.

Page 34: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad de aplicación 5.1Las características básicas del contrato de trabajo son:

• Voluntariedad: el acuerdo entre Raquel y el gerente de la empresa

es libre y personal, por lo que sí podemos decir que existe

voluntariedad.

• Ajeneidad: existe ajeneidad, ya que Raquel no es propietaria de la

empresa.

• Dependencia: existe dependencia, ya que Raquel va a prestar sus

servicios bajo la dirección del gerente y propietario de la empresa.

• Remuneración: existe una remuneración igual a 905 euros al mes.

Por todo esto, puede decirse que se cumplen las características

básicas del contrato de trabajo y por tanto puede hablarse de

relación laboral.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 35: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad de aplicación 5.2Los elementos del contrato de trabajo son:

Consentimiento: consistiría en el acuerdo libre y personal entre

Laura y la empresa Telsa.

Objeto: la prestación laboral consistiría en la prestación de trabajo

como técnico de laboratorio en horario de 8:00 a 16:00 y de lunes

a viernes. En cuanto a la prestación del empresario, consistiría en

un salario de 1.200 euros.

Causa: consistiría en la voluntad de Laura y Telsa de intercambiar

los servicios de Laura como técnico de laboratorio a cambio de un

salario equivalente a 1.200 euros mensuales.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 36: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad de aplicación 5.3

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS

TRABAJADORES (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de

marzo)

Actualizado a fecha 18 de septiembre de 2010 (incluye la

modificación de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre.

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 37: EL CONTRATO DE TRABAJO

Trabajar con buena fe consiste en

realizar el trabajo de forma fiel, honesta,

honrada y con rectitud.

Trabajar con diligencia, consiste en

aplicarse en la realización del trabajo.

Page 38: EL CONTRATO DE TRABAJO

El contrato mercantil es el acuerdo de dos o

más voluntades para crear o transferir derechos

y obligaciones de naturaleza mercantil, en la

actividad de producción y distribución o

circulación de bienes y en donde las partes

están realizando un acto de comercio.

Se regirá, en todo lo que no se halla

expresamente establecido en el Código de

Comercio o en leyes especiales, por las reglas

generales del Derecho Común.”

EL CONTRATO DE TRABAJO

Page 39: EL CONTRATO DE TRABAJO

Funcionarios públicos: conserje de un IES, administrativa de un Ministerio.

Prestaciones personales obligatorias: ser jurado de un juicio, vocal de una

mesa electoral.

Consejeros o miembros del consejo de administración: presidente de una

S.A., consejeros de una multinacional.

Trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad:

cuidar al hijo de un vecino, ser voluntario de Protección Civil.

Trabajos familiares: ayudar sin remuneración a los padres en un negocio

familiar.

Personas que intervengan en operaciones mercantiles: intermediario de

Bolsa que asume el riesgo de la operación.

Servicios de transporte: transportista propietario de su propio camión y

de la autorización administrativa.

Trabajo realizado por cuenta propia: propietario de un taller mecánico,

arquitecto propietario de su propio negocio.

Actividad

5.6

Page 40: EL CONTRATO DE TRABAJO

No se considera relación laboral al no existir retribución ni ánimo de

lucro. Sería un trabajo realizado a título de amistad, benevolencia o buena

vecindad.

Se consideraría relación laboral de carácter especial y en concreto R.L.E.

de los estibadores portuarios.

Sería una relación laboral de carácter especial y en concreto la R.L.E. de

los penados en instituciones penitenciarias.

Se consideraría Relación laboral de carácter especial y en concreto la

R.L.E. de los deportistas profesionales.

No se consideraría relación laboral al no existir ajeneidad, por lo que sería

un trabajo excluido.

Se consideraría una relación laboral normal, ya que en principio

consideramos que existe: voluntariedad, ajeneidad, dependencia y

remuneración.

Se consideraría relación laboral de carácter especial y en concreto sería la

R.L.E. de los artistas en espectáculos públicos.

Se consideraría relación laboral normal.

Actividad 5.7

Page 41: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad 5.8

Page 42: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad 5.9

No es correcta, ya que el contrato en

prácticas debe formalizarse

obligatoriamente por escrito y en modelo

oficial.

Page 43: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad 5.10

Sí que puede ser posible, siempre que

se respete el descanso mínimo diario y

semanal y la media anual no supere las

40 horas semanales.

Page 44: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5.11

Se trataría de horas extras por fuerza mayor, que son aquellas

necesarias para prevenir y reparar siniestros u otros daños

extraordinarios o urgentes. Estas horas extras no tienen límite

temporal para su realización y deben realizarse mientras la

gravedad o la urgencia así lo requieran, siendo de obligado

cumplimiento para el trabajador, por lo que deben realizarse

dichas horas extras. En cuanto a los trabajadores que deben

realizarlas:

Pablo Ruiz debe realizarlas.

José Ignacio Rodríguez no puede realizarlas al ser menor de 18

años.

Juan José López podría realizarlas ya que los trabajadores

nocturnos sí pueden realizar horas extras por fuerza mayor,

aunque no pueden realizar horas extras estructurales.

Page 45: EL CONTRATO DE TRABAJO

Actividad

5.12

En caso de no existir pacto expreso las horas extras se

compensan con descanso en los 4 meses siguientes.

Transcurridos estos 4 meses no podrán ser compensadas

con descanso aunque sigue existiendo la posibilidad de la

retribución dineraria.

No, ya que las horas extras compensadas con descanso

no computan dentro del límite de 80 horas anuales.

Page 46: EL CONTRATO DE TRABAJO

La actuación es desproporcionada. Es

decir la sanción de despedir por una sola

falta que además está justificada es

desproporcionada y debe existir

correlación entre la infracción cometida y

la sanción.

Debería preavisar a la empresa antes de

faltar y luego con posterioridad justificar

la falta.

Actividad 5.14

Page 47: EL CONTRATO DE TRABAJO

Jornada máxima semanal y diaria: 40 horas semanales de trabajo efectivo

de promedio en cómputo anual sería la jornada máxima semanal. En

cuanto a la jornada máxima diaria serían en principio 9 horas como

máximo, aunque se permite trabajar un número de horas superior siempre

que se respecto el descanso mínimo diario y así lo establezca el convenio

colectivo.

Descanso mínimo: diario: 12 horas. Semanal: 1,5 días. Durante la jornada:

cada 6 horas trabajadas 15 minutos.

Posibilidad de horas extras y cómo se pueden compensar: los trabajadores

mayores de 18 años sí pueden realizar horas extras. Éstas pueden ser

retribuidas con tiempos de descanso equivalente o pagarse con dinero.

¿A cuántos días de vacaciones tendrá derecho el 30 de junio si firma el

contrato el día 30 de marzo? Serían 2,5 días por cada mes trabajado por lo

que tendrá derecho a 2,5x3= 7,5 días

Actividad 5.15

Page 48: EL CONTRATO DE TRABAJO

Jornada máxima semanal y diaria: 40 horas semanales de

trabajo efectivo de promedio en cómputo anual sería la

jornada máxima semanal. En cuanto a la jornada máxima

diaria serían 8 horas.

Descanso mínimo: diario: 12 horas. Semanal: 2 días.

Durante la jornada: cada 4,5 horas trabajadas 30

minutos.

Posibilidad de horas extras: los menores de 18 años no

pueden realizar horas extras.

Actividad 5.16

Page 49: EL CONTRATO DE TRABAJO

1. b) 6. a)

2. b) 7. b)

3. c) 8. c)

4. a) 9. d)

5. b) 10. c) 15 días

EL CONTRATO DE TRABAJO