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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 13:10 trece horas con diez minutos del día Quince de Diciembre del año dos mil catorce, en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, fecha y hora señalada para que tenga verificativo la Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2014, de la Administración Municipal para el periodo 2012-2015, da inicio estando presentes: El Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal, los Regidores CC. Jesús Eduardo Noyola Bernal; Irene Margarita Hernández Fiscal; Sergio Zapata Montoya; Alma Ruth Castillo Zúñiga; Yadira Alejandra Salas Niño; Luis Gerardo Aldaco Ortega; Marín Trejo Resendíz; Jorge Luis Pérez Ávila; Oliver Meade Hervert; José Antonio Zapata Meráz; Eduardo Acebo Zarzosa; Marco Antonio Zavala Galeana; Gabriela Meade Pons; Juan José Aguilar Espinoza; y las Síndicos María Eugenia Rivera Fernández y Mariana García Alcalde; todos ellos integrantes del H. Ayuntamiento de la Capital para el trienio 2012-2015; asimismo se encuentran presentes el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, como Secretario General del H. Ayuntamiento y el Lic. Jesús José Bolaños Guangorena, como Tesorero Municipal.---------------------------- -- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el siguiente: ----- ----------------------- Orden del Día -------------------------- I.- Lista de Asistencia. ---------------------------------- II.- Declaración de validez de la Sesión. ------------------ III.-Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas.---------------------------- IV.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de Gobernación; ------------------------------------------ V.- Solicitudes del Lic. Pedro Mario Hidalgo Martínez, Oficial Mayor del H. Ayuntamiento.--------------------- VI.- Clausura. --------------------------------------------- -- Como punto I del Orden del Día.- En uso de la palabra, el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secretario del H. Ayuntamiento, conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da cuenta al Ciudadano Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, que se encuentran presentes catorce Regidores y dos Síndicos.------------------------------------------------------- -- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículos 20 y 46 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, el Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal, declara que esta Sesión de Cabildo es válida, en virtud de que existe quórum, por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella tendrán validez y serán obligatorios. -------------------------------------------------- -- Como punto III del Orden del Día.- Dictámenes que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del conocimiento de los presentes que se recibió escrito del Presidente de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, solicitando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo que con fundamento en el artículo 89 Fracción VIII del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión señalada. En virtud de lo anterior, hace uso de la voz el Presidente de dicha Comisión,

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En la Ciudad de San Luis Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 13:10 trece horas con diez minut os del día Quince de Diciembre del año dos mil catorce , en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, fecha y hora señala da para que tenga verificativo la Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2014, de la Administración Municipa l para el periodo 2012-2015, da inicio estando presentes: El Lic. Mario García Valdez, Presidente Municipal, los Regidores CC. Jesús Eduardo Noyola Bernal; Irene Margarita Hernández Fi scal; Sergio Zapata Montoya; Alma Ruth Castillo Zúñiga; Yadira A lejandra Salas Niño; Luis Gerardo Aldaco Ortega; Marín Trejo Resendíz; Jorge Luis Pérez Ávila; Oliver Meade Hervert; José Antonio Zapata Meráz; Eduardo Acebo Zarzosa; Marco Antonio Zavala Galeana; Gabriela Meade Pons; Juan José Aguilar Esp inoza; y las Síndicos María Eugenia Rivera Fernández y Mariana G arcía Alcalde; todos ellos integrantes del H. Ayuntamient o de la Capital para el trienio 2012-2015; asimismo se encu entran presentes el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, como Se cretario General del H. Ayuntamiento y el Lic. Jesús José Bo laños Guangorena, como Tesorero Municipal.--------------- --------------- Instalado el acto, se abre la Sesión bajo el sig uiente: ----- ----------------------- Orden del Día --------------------------

I.- Lista de Asistencia. ----------------------------- ----- II.- Declaración de validez de la Sesión. -------------- ---- III.- Dictamen que presenta la Comisión Permanente de

Alumbrado y Obras Públicas.------------------------ ---- IV. - Dictamen que presenta la Comisión Permanente de

Gobernación; -------------------------------------- ---- V. - Solicitudes del Lic. Pedro Mario Hidalgo Martíne z,

Oficial Mayor del H. Ayuntamiento.----------------- ---- VI.- Clausura. ----------------------------------------- ----

-- Como punto I del Orden del Día .- En uso de la palabra, el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secretario del H. Ay untamiento, conforme al artículo 19 del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luis Potosí, procede a pasar lista de asistencia, da cuenta al Ciudadano Presidente Municipal, Lic. M ario García Valdez, que se encuentran presentes catorce Regidor es y dos Síndicos.------------------------------------------ ------------- -- Como punto II del Orden del Día.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; artículos 20 y 46 del Reglamento Interno del Munici pio Libre de San Luis Potosí, el Lic. Mario García Valdez, Presi dente Municipal, declara que esta Sesión de Cabildo es vá lida, en virtud de que existe quórum , por lo que las decisiones y acuerdos que se tomen en ella tendrán validez y ser án obligatorios. ------------------------------------- --------------- Como punto III del Orden del Día.- Dictámenes que presenta la Comisión Permanente de Alumbrado y Obras Públicas. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hac e del conocimiento de los presentes que se recibió escrit o del Presidente de la Comisión de Alumbrado y Obras Públ icas, solicitando se agendara un punto dentro del orden d el día, por lo que con fundamento en el artículo 89 Fracción VI II del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión señalada. En v irtud de lo anterior, hace uso de la voz el Presidente de dicha Comisión,

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Regidor Oliver Meade Hervert, para dar lectura al d ictamen, quien hace uso de la voz, para solicitar la dispens a de la lectura del dictamen, en virtud de que fue circulad o en tiempo y forma. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que a solicitud del Presidente de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, Regidor Oli ver Meade Hervert, someto a consideración de los miembros del Cabildo, se dispense la lectura de los dictámenes, quienes esté n a favor sírvanse a manifestarlo levantando su mano. Se hace del conocimiento de los presentes, que se incorpora la Regidora María Eloísa Landaverde Trejo.--------------------- --------------- Se inserta el dictamen para constancia, como sig ue:---------- H. CABILDO MUNICIPAL, PRESENTE.- Los integrantes de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas presentamos ante el Pleno de este Cabildo los Acuerdos tomados en la reunión de Comis ión celebrada el día LUNES 08 DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE, a efect o de que se proceda al análisis, discusión y, en su caso , aprobación del siguiente: D I C T A M E N : PRIMERO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Dirección de Cata stro y Desarrollo Urbano respecto a Autorización del Fracc ionamiento Industrial “Interpuerto Parque Logístico Fase V, ub icado en Eje 140 No. 1101, de la Fracción El Terrero por lo cual se presenta lo siguiente: 1) DATOS GENERALES El proyecto de lotificación a desarrollarse cuenta con la siguiente información:

Tipo de proyecto: FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL Nombre: “INTERPUERTO PARQUE LOGÍSTICO FASE V” Domicilio Oficial: EJE 140 #1101, FRACCIÓN EL TERRERO Propietario: TRANSPARQUE, S. A DE C.V. Domicilio de la Empresa: FRAY JOSÉ DE ARLEGUI #1074, COL. VIRREYES.

2) ANTECEDENTES DE PROPIEDAD Acta número Seis, Tomo doscientos cuarenta y seis, celebrado ante la fe del Notario Público Número Veintiocho, e n ejercicio en el Primer Distrito Judicial del Estado, Licencia do Carlos Alberto Ordoñez Vogel, que contiene el Acta de Fusi ón, a los 03 días del mes de enero del año 2000. Con la siguient e superficie: Superficie Total del Predio: 88-54-79.40 Hectáreas. MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: Cuatrocientos doce metros setenta y nueve centímetr os, en tres líneas, de Poniente a Oriente, la primera c iento treinta y cinco metros setenta y dos centímetros, la segund a doscientos veintisiete metros catorce centímetros y la tercera cincuenta metros dos centímetros, todas lindan con propiedad de los señores Torres Landa. AL ORIENTE: Dos mil doscientos siete metros noventa y ocho centímetros, en diez y nueve líneas, del Norte a Su r, la primera ciento noventa y dos metros ochenta centímetros, l a segunda veintinueve metros cuarenta y cinco centímetros, la tercera ciento cincuenta y nueve metros noventa y cinco cen tímetros, la cuarta doscientos diecinueve metros diecisiete cent ímetros, la quinta ciento veintisiete metros sesenta y cinco ce ntímetros, la sexta cuatro metros noventa centímetros, la séptima cincuenta y cuatro centímetros, la octava ciento sesenta y un m etros once

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centímetros, la novena doscientos cincuenta y cuatr o metros cuarenta y un centímetros, la décima veintiún metro s ochenta y tres centímetros, la décima primera doscientos trei nta y seis metros trece centímetros, la décima segunda cuarent a y tres metros sesenta centímetros, la décima tercera noven ta y ocho metros veintiocho centímetros, la décima cuarta cie nto noventa metros diez centímetros, la décima quinta ciento cu atro metros noventa y nueve centímetros, la décima sexta ciento cincuenta y nueve metros veinticuatro centímetros, la décima sé ptima seis metros veinticinco centímetros, la décima octava ci nco metros catorce centímetros y la décima novena ciento noven ta y dos metros sesenta y tres centímetros, todas lindan con la Vía del Ferrocarril del Noreste. AL SUR: Cuatrocientos treinta y seis metros treinta y un centímetros, en cinco líneas, de Oriente a Poniente , la primera ciento cuarenta y nueve metros cuarenta y cinco cen tímetros, la segunda treinta metros seis centímetros, la tercera tres metros ochenta centímetros, la cuarta doscientos veintinue ve metros sesenta y cuatro centímetros y la quinta veintitrés metros treinta y cinco centímetros, todas lindan con el Ej ido “La Pila”. AL PONIENTE: Dos mil trescientos catorce metros veintiocho centímetros, en veintiocho líneas, de Sur a Norte, la primera cincuenta y ocho metros once centímetros, la segund a ciento ochenta y cuatro metros cuarenta y cinco centímetro s, la tercera setenta metros setenta centímetros, la cuartas cien to noventa metros veintinueve centímetros, la quinta cincuenta y tres metros treinta y tres centímetros, sexta noventa y dos metros sesenta y cinco centímetros, la séptima ciento cuar enta y un metros cuarenta y seis centímetros, la octava cient o quince metros diecisiete centímetros, la novena ciento ses enta y siete metros sesenta y un centímetros, la décima noventa y cinco metros treinta y siete centímetros, la décima prime ra ocho metros cincuenta y dos centímetros, la décima segun da sesenta y seis metros ochenta centímetros, la décima tercera setenta y un metros cuarenta y cuatro centímetros, la décima cua rta ciento sesenta metros noventa y nueve centímetros, la déci ma quinta veintiún metros ochenta y nueve centímetros, la déc ima sexta veintiséis metros cuarenta y un centímetros, la déc ima séptima dos metros setenta y tres centímetros, la décima oc tava siete metros sesenta y tres centímetros, la décima novena ciento veintinueve metros seis centímetros, la vigésima c iento dos metros sesenta y cuatro centímetros, la vigésima pr imera sesenta y ocho metros cincuenta y ocho centímetros, la vigé sima segunda ciento veintiún metros setenta y nueve centímetros , la vigésima tercera ciento diecinueve metros treinta y seis cen tímetros, la vigésima cuarta treinta y siete metros y siete cent ímetros, la vigésima quinta ocho metros sesenta y nueve centíme tros, la vigésima sexta nueve metros noventa centímetros, la vigésima séptima setenta y dos metros sesenta y un centímetr os y la vigésima octava ochenta y ocho metros setenta y cua tro centímetros, todas lindan con el Ejido “El Terrero” . 3) DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO

A. LICENCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL:

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Con fecha 19 de septiembre del 2014, la Dirección d e Administración y Desarrollo Urbano, emitió la Lice ncia de Alineamiento y Número Oficial, mediante el folio 36 900, con la siguiente información: Superficie total del predio 885,479.40 metros cuadr ados B. DICTAMINACIÓN DE USO DE SUELO: Con fecha a 24 de noviembre de 2014, y con numero d e oficio DADU/COU/0930/2014, la Dirección de Catastro y Desa rrollo Urbano emitió el Dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo para un Fraccionamiento Industrial denominado “Interpuerto Parque Logístico Fase V”, en el que se menciona que en base al plano CPE-14 de Zonificación Secundaria del suelo del Pla n de Centro de Población Estratégico para las ciudades de San L uis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, publicado el 21 de a gosto del año 2003, el predio el predio a desarrollar se clas ifica en Industria Ligera “IL”, con las siguientes caracterí sticas:

Uso de suelo: Industria Ligera “IL” Área mínima de lote: 400.00 metros cuadrados Frente mínimo de lote: 20.00 metros Coeficiente de utilización del suelo: 1.8 veces Coeficiente de ocupación del suelo: 60 % Altura máxima permitida: 3 niveles o 9.00 metros

C. DATOS DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS: LA FORMALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESCRITURACIÓN DEL ÁREA DE DONACIÓN A FAVOR DEL H. AYUNTAMIENTO DEBERÁ EFECTUARSE EN EL MISMO ACTO EN QUE CONSTE LA PROTOCOLIZACIÓN DEL ACTA DE LOTIFICACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO AUTORIZADO. EL INC UMPLIMIENTO DE LA ESCRITURACIÓN RESPECTIVA, DEJARA SIN EFECTO L A APROBACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO, GIRÁNDOSE LA NOTIFICACIÓN RESPECTIVA A CATASTRO MUNICIPAL, Y AL REGISTRO PÚBLICO DE LA PRO PIEDAD Y DEL COMERCIO; SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS SANCIONES QUE SE HAGA ACREEDOR EL TITULAR DE LA AUTORIZACIÓN. 4) DICTAMINACIÓN DE MESA COLEGIADA:

A. SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL: Mediante el oficio ECO.03.282/2014, de fecha 10 de febrero del 2014, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambie ntal, emitió la Manifestación de Impacto Ambiental del pr oyecto por medio del cual hace del conocimiento lo siguiente: Resolución que Autoriza Condicionalmente por 1 año la solicitud de Informe Preventivo, relativo al proyec to denominado: “Parque Logístico Fase V”, promovido po r la empresa Transparque S.A. de C.V. por conducto de su

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Representante Legal, el C.P. José Francisco Figuero a Orenday, con ubicación en la Avenida Central N° 500 Interpue rto-Parque Logístico, Delegación La Pila, S.L.P. 1. De la solicitud. 1.1 Que con fecha 20 de Noviembre del 2013, se reci bió en SEGAM, un IP por parte de la empresa relativo al pr oyecto especificando que se realizaría en la ubicación del proyecto a fin de construir un parque para la industria, min imizando los impactos ambientales que se generaran de las ac tividades productivas y dar cumplimiento a la normatividad am biental, así como impulsar el desarrollo urbano, industrial, económico y social de la zona de influencia. El desarrollo de la obra consiste en lo siguiente: desmonte, despalme, excav aciones, compactaciones,, trazo y nivelación de terreno, com pactación del terreno natural, base hidráulica, riego de impr egnación a base de emulsión asfáltica, carpeta de concreto asf altico, pavimento de concreto hidráulico, guarniciones y ba nquetas de concreto hidráulico y encofrado de tubería hidráuli co en zanja; lo cual representa un impulso para la econom ía de la zona, a través de la generación de empleos, directo s e indirectos y la demanda de bienes y servicios. 2. Del trámite que siguió la solicitud. 2.1 Se admitió que la solicitud de IP dándole el nú mero de expediente interno IA.121/13, no siendo necesaria l a presentación de información adicional. 2.2 Se recibió en la SEGAM un oficio de fecha 7 sie te de Febrero del año 2014 solicitando la resolución del IP, por lo que se procede resolver. 3. Competencia. 3.1 La SEGAM es competente para resolver el present e asunto, toda vez que se trata de una solicitud de evaluació n del IP con respecto a la construcción de un parque industr ial. Lo anterior con fundamento en los siguientes precep tos legales. Artículo 1°, 4°, 14 y 16 de la Constitució n Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 7° frac ción XVI y 35 bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Artículos 7° fracción X y X X, 118 fracción II inciso c, 123 y 124 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, Articulo 39 de la Ley Or gánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Po tosí. Artículos 1°, 3° y 64 fracción I, de la Ley de Proc edimiento Administrativo del Estado de San Luis Potosí; fracc ión XVII del Reglamento de la Ley Ambiental en Materia de Ev aluación de Impacto Ambiental y Riesgo del Estado de San Lui s Potosí. 4. Del análisis de la solicitud. 4.1 De las constancias integradas del presente expe diente tenemos que el proyecto, consta de 302 páginas de I P, las cuales contiene entre otras especificaciones la sig uiente información: datos de identificación e información básica que comprende la descripción general de la obra, identi ficación de las sustancias o productos que van a emplearse, identificación y estimación de las emisiones, desca rgas y residuos, descripción del ambiente, identificación de los impactos Ambientales, planos de localización del ár ea y condiciones adicionales.

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4.2 La empresa, para la realización del proyecto, e l cual consta en la construcción de un parque industrial, con una superficie total de 88-54-79.400 Has. Señalando las siguientes coordenadas. 43. De conformidad con el IP la actividad a realiza r consiste en la construcción de un parque industrial, derivad o del análisis y evaluación practicada a los documentos i ncluidos en el estudio ambiental, se considera que la activi dad a realizar no constituye un riesgo para el equilibrio ecológico, siempre y cuando se sujete a las normas oficiales mexicanas aplicables, los impactos ambientales deri vados de las emisiones contaminantes a la atmosfera, ruido, aguas residuales y suelo, y que cuenten con las medidas n ecesarias. 4.4 En virtud de que la obra se ajusta a lo precept uado en el Artículo 118 fracción II inciso c, 123 y 127 BIS fracción II de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potos í, la SEGAM debe establecer la modalidad de autorización, encontrándonos que por las especificaciones de la o bra procede una Autorización Condicionada en los términ os del 127° BIS fracción II de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí. 5. Condicionantes. Ahora bien, derivada de la autorización condicionad a procede establecer las medidas que la SEGAM impone como req uisitos para la realización de las obras en los siguientes términos. 5.1 La empresa será la única responsable de llevar a cabo las medidas de prevención, mitigación, restauración, co ntrol de impactos ambientales atribuibles al desarrollo del proyecto ya las que se comprometió a cumplir las cuales est án establecidas en su IP.

5.2 La empresa deberá de apegarse a las normas amb ientales vigentes en la entidad federativa de San Luis Potos í y demás ordenamientos jurídicos en materia de protección al ambiente y otras que resulten aplicables durante el desarrol lo del

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proyecto, coadyuvando con la Secretaria de Ecología y Gestión Ambiental en cualquier tema de índole ambiental. 5.3 La empresa aprovechara y dará seguimiento a los programas que la Secretaria considere necesarios para la corr ecta observancia ecológica dentro del municipio. 5.4 La empresa deberá dar aviso a la SEGAM en el ev entual caso de derrames de materiales o residuos. 5.5 dentro del proyecto la Empresa se asegurara que los residuos considerados como peligrosos deberán ser m anejados con apego a lo previsto en la Norma Oficial Mexican a NOM-052-SEMARNAT/1993 que establece las características, el listado de los mismos y los límites que hacen peligrosos un residuo por su toxicidad al ambiente. Así como de conformid ad a la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, Ley General para la Prevención y Gestión Integral d e Residuos y su Reglamento que establece las condiciones de ge neración, manejo, reciclaje y disposición final. 5.6 La empresa se asegurará que los residuos indust riales no peligrosos que se generan tales como madera, vidrio , cartón, escombros, recortes de tuberías y placa metálica, d eberán manejarse cumpliendo con la normatividad estatal correspondiente. 5.7 Las emisiones a la atmósfera producidas por la utilización de vehículos en la etapa de construcció n del proyecto, deberán cumplir con lo establecido en la NOM-041-SEMARNAT-93 y en la NOM-045-SEMARNAT-93. 5.8 La Empresa deberá asegurarse de contar con la señalización en la zona para mantener un tráfico fl uido, que impida grandes emisiones a la atmósfera. 5.9 La Empresa deberá asegurarse de que todos los c amiones y automóviles que colaborarán en el proyecto cuenten con su verificación vehicular. 5.10 La Empresa deberá presentar el contrato con el transportista autorizado por la SEGAM, quien se har á cargo de los residuos que serán generados con motivo del pro yecto. 5.11 La Empresa deberá asegurarse de la colocación de lonas en los camiones y camionetas que dentro del proyect o lleven material de construcción. 5.12 La Empresa se asegurará que durante la época d el año con mayor acción del viento (febrero y marzo), la arena y el escombro deberán de ser regados periódicamente para evitar su dispersión por efecto de vientos. 5.13 La Empresa deberá de tener especial cuidado en que durante los trabajos ninguna máquina, camión o cami oneta efectué cambios de aceite, filtros o reparaciones m ayores en el área de trabajo, para evitar cualquier riesgo de contaminación de los suelos por el derrame de lubri cantes y combustibles. 5.14 Queda estrictamente prohibida la realización d e trabajos ajenos a los señalados en el informe preventivo de impacto ambiental presentado. 5.15 La Empresa deberá presentar un programa de ref orestación que contenga barreras de árboles en el interior y e xterior del predio, así como regeneración de áreas verdes, para su evaluación y aprobación en un plazo de 30 días hábi les a la

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SEGAM, con la finalidad de compensar y/o rehabilita r las áreas afectadas. 5.16 La Empresa se asegurará de que los residuos só lidos urbanos de cualquier clase deberá ser depositada en los sitios destinados ex profeso y posteriormente ser t rasladada al sitio indicado por las autoridades municipales; y nunca deberá depositarse al aire libre. 5.17 Si el H. Ayuntamiento de San Luis Potosí a tra vés de la Dirección de Ecología determina, que el escombro de berá de depositarse en el relleno sanitario municipal o en otro sitio, la empresa deberá de ser necesario tramitar los permisos respectivos ante el departamento de aseo p úblico y pagar los derechos. Además deberá de elaborarse una bitácora en la que se indique el día de traslado del materia l, cantidad, placas, modelo del vehículo, nombre del o perador y exigir ante este un comprobante del depósito de mat erial en el lugar adecuado. En caso de que la autoridad dete rmine que el material deberá de enviarse a algún antiguo banc o de material para su relleno o bien a alguna depresión que requiere nivelación, deberá de ser esto registrado en la bitácora y pedir a quien de las indicaciones un doc umento que avale su decisión. 5.18 La Empresa en caso de utilización de combustib le, aceites o cualquier otra sustancia que contamine lo s suelos o las zonas de escorrentías deberá confinarse en los sitios destinados es profeso y posteriormente ser traslada da al sitio indicado conforme a la norma ambiental aplica ble; y no deberá de ser derramada en el suelo. 5.19 La Empresa deberá entregar un programa de mane jo integral de residuos para que sea evaluado y autori zado por la SEGAM en un plazo de 30 días. 5.20 Dar aviso de la conclusión de trabajos en un t érmino de cinco días posteriores a la culminación de los mism os 6. Alcances de la Autorización Condicionada 6.1 Se circunscribe a que se construya un parque in dustrial en la ubicación del proyecto. 7. De la vigencia dela Autorización Condicionada. 7.1 La vigencia de la autorización es por el termi no de 1 año, que inicia al momento de la notificación de es ta autorización, misma que podrá ser prorrogable siemp re que se solicite 30 días antes del término de la vigencia, y se hayan cumplido con las condicionantes impuestas en esa re solución. RESOLUTIVOS PRIMERO.- Se AUTORIZA DE MANERA CONDICIONADA la IP a la empresa por conducto de su representante legal. SEGUNDO.- En consecuencia es procedente la realizac ión del proyecto. B. DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO: La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano, media nte el oficio DADU/COU/0253/2014 de fecha a 13 de marzo de 2014, emitió el Dictamen de Impacto Urbano favorable, en base a los artículos 137 y 145 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí, teniendo en cuenta las consideraciones siguientes:

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• Se deberá respetar en todo momento los lineamientos mencionados en el estudio de impacto urbano present ado, teniendo que considerar tanto al momento de la construcción como durante el funcionamiento del fraccionamiento industrial, la mitigación de impact os en la zona, mencionados dentro del estudio de impacto urbano.

• El proyecto de lotificación se deberá integrar a la estructura urbana de la zona, tal como se plantea e n el estudio presentado.

• Se deberá respetar el trazo de vialidades existente s, así como la continuación de estas.

• El proyecto se deberá integrar a la estructura urba na de la zona, tal como se plantea en el estudio presenta do.

C. DIRECCION DE BOMBEROS METROPOLITANOS: A través del oficio DIPI 763, de fecha 24 de abril de 2014, el H. Cuerpo de Bomberos otorgó Visto Bueno emitie ndo las siguientes recomendaciones:

• En primer lugar y siendo de suma importancia le recomendamos que los canales de agua pluvial lleven la misma continuidad hacia los existente en las etapas I, II y III; Además deberán de construir obras sobre los canales para el control y frenado de estas corrient es.

• Cabe señalar que deberán de tener sumo cuidado con el encausamiento y destino final de estas aguas pluvia les, con el fin de no afectar o que no causen problemas en zonas aguas abajo, tanto del mismo parque industria l de las etapas anteriores, como en las comunidades de l a zona baja.

• En cuanto a los hidrantes de piso colocados en la v ía pública, se deberá de instalar uno a cada 100 metro s de separación.

D. DIRECCIÓN DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL: Mediante el oficio DPCM/01716/2013 , de fecha 13 de diciembre del 2013, la Dirección de Protección Civil Municipal, emitió el Análisis de Riesgos realizado al proyecto, que a la letra dice: OBJETO DEL DICTAMEN Para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 84 de la ley General de Protección Civil publicada el 06 de Junio del 2012 donde se establece como delito grave la constr ucción, edificación, realización de obras de infraestructur a y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una z ona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomand o en consideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten c on la autorización de la autoridad correspondiente, y de conformidad a la SOLICITUD realizada por Transparqu e, S.A. de C.V. y/o Arq. Juan Antonio Ortuño Castro, donde sol icita un análisis de riesgos del predio donde se proyecta la construcción de "Parque Logístico Fase V" en el dom icilio de Eje 140 No. 1101, Fracción el Terrero, en la Delega ción de la Pila S.L.P, se procede a emitir opinión técnica, pa ra así poder concluir si el referido predio, presenta algú n RIESGO,

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que pudiese poner en peligro la integridad física d e las personas, sus bienes y el entorno. VISITA FISICA Y ANÁLISIS DE RIESGOS Para determinar físicamente la existencia del predi o donde se pretende desarrollar este proyecto de construcción de "Parque Logístico Fase V", así como las condiciones físicas de la zona, que es el motivo del presente dictamen, me pr esente en el predio ubicado en la Eje 140 No. 1101, Fracción el Terrero, en la Delegación de la Pila S.L.P., mismo que se ubica en una zona en vía de urbanización; se presen ta una vocación de uso de suelo localizado en una zona cat alogada como Industria ligera, con clave IL. Este predio sobre el cual se proyecta la construcci ón de "Parque logístico Fase V" de acuerdo al Atlas de Ri esgos, en análisis de "Fallas y Fracturas", se localiza en un a zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es BAJO, al momento de la inspección no se detectaron asentamie ntos o deslizamiento de suelo, pero no queda descartada la posibilidad de que se manifieste en un futuro. En a nálisis a "Zonas lnundables", no se hace referencia de afecta ción en la zona toda vez que el - se ubica en una zona en vía de urbanización, sin embargo gran cantidad de escurrim ientos p que provienen de una parte de la sierra de San Migu elito y de la Presa San Carlos, y pasan predio, a través de ob ras hidráulicas existentes en la carretera que esta al poniente del predio, CLASIFICACIÓN DE RIESGO Realizándose las observaciones anteriores del estad o que guarda el referido predio al momento de la inspecci ón, se determina un RIESGO PROBABLE de afectación a la int egridad física de las personas sus bienes y el entorno. CONCLUSIONES PRIMERO.- Se concluye primeramente la IDENTIDAD del predio donde se pretende llevar a efecto el Proyecto de Co nstrucción de "Parque logístico Fase V", siendo el mismo el qu e se ubica en la Eje 140 No. 1101, Fracción el Terrero, en la Delegación de La Pila S.L.P., por haberlo tenido a la vista, a l que se describe en planos y referencias en los bancos de i nformación de esta área. SEGUNDO.- Se concluye que el predio donde se preten de llevar a efecto de Construcción de "Parque Logística Fase V" r siendo el mismo el que se ubica en la Eje 140 No. 1 101, Fracción el Terrero, en la Delegación de La Pila, S .L.P., al momento de realizar la inspección y al análisis de riesgos respectivo, representa un RIESGO PROBABLE de afecta ción a los bienes y a la integridad física de las personas. CONDICIONANTES A QUIEN CORRESPONDA, EN LA APLICACIÓN DEL ANALIS DE RIESGOS PRIMERO.- El presente Análisis de Riesgos es genera do para las condiciones físicas del predio, y sus medidas d e reducción son UNICAMENTE aplicables para el trámite de Licencia de Uso de Suelo para construcción, así com o para la Licencia de Construcción, cuando el Uso de Suelo se a compatible para la actividad proyectada. SEGUNDO.- El tipo de proyecto de construcción en es te predio, deberá ser revisado de manera independiente a este análisis

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de riesgos, en dicha revisión se emitirán las obser vaciones y medidas de seguridad en materia de protección civil , debiendo cumplir estrictamente con las Normas de Uso de Sue lo y las especificaciones de la Licencia de Construcción. TERCERO.- Para la revisión del Proyecto de Construc ción se deberá presentar anexo a la solicitud, la Licencia de Uso de Suelo y la Licencia de Construcción. MEDIDAS DE REDUCCION QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS INTERESADOS O PROPIETARIOS PRIMERO.- Aún y cuando el predio se localiza en una zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es BAJO, hasta el momento NO existen indicios de afectación por agrietamientos o asentamientos del suelo en este pr edio, y pronosticar o descartar un proceso de esta naturale za a corto, mediano o largo plazo es difícil sin un sust ento técnico, por lo cual una vez del conocimiento por p arte de los desarrolladores de este proyecto, de las condic iones del suelo, quedará a su consideración el realizar estud ios complementarios (estudio geofísico), pues de no hac erlos será ( su riesgo si surgen daños a los inmuebles de este desarrollo por causa de hundimientos diferenciales. SEGUNDO.- Dadas las características donde se ubica este predio, por los escurrimientos pluviales significat ivos que se presentan en la zona en tiempo de lluvia, es imp ortante presentar el visto bueno de las obras de protección contra inundaciones basado en Estudio Hidrológico, dicho v isto bueno y/o autorización debe ser emitido por la autoridad correspondiente sea el INTERAPAS, la Comisión Estat al del Agua y/o la Comisión Nacional del Agua. Se emite el presente DICTAMEN, mismo que fue realiz ado con el apoyo de la información del Atlas de Riesgos, métod os y técnicas aplicables al caso y de conformidad a mi l eal saber y entender.

E. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL: La Factibilidad Vial fue emitida a través del ofici o DIT/1843/14, de fecha 03 de diciembre del 2014, en la cual se hace del conocimiento lo siguiente:

a) Se deberá contemplar por parte de la empresa ejecut ante que el acceso y salida del proyecto se encuentren libres de obstáculos, como postes, árboles, o cualq uier otra instalación que pueda obstaculizar el libre acceso, así como para mejor visibilidad de los conductores en general. Toda afectación a estos obstáculos deberá tener permiso correspondiente par a su reubicación y los gastos serán por parte de la empr esa.

b) Deberá respetar en todo momento los lineamientos marcados en el Estudio de Impacto Vial o en su caso , en los planos de señalización y proyecto del fraccionamiento, presentados a esta Dirección Gener al de Seguridad Pública Municipal.

c) La instalación y habilitación de los dispositivos viales contemplados en los planos de señalización, así como la ejecución de los diferentes proyectos de mejoramiento geométrico de la vía pública y dispositivos viales especiales que en su caso sean acordados, será por cuenta de la empresa y bajo la

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supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial.

d) Esta factibilidad no ampara ni exime de responsabil idad a la empresa por los daños que se ocasionen a terce ros, al Municipio o al medio ambiente con motivo del dictamen, además de los problemas de impacto vial y social que se generen a futuro por la construcción y funcionamiento del fraccionamiento ya que los mismo s serán responsabilidad de la empresa promotora y/o fraccionador.

e) Los problemas viales monitoreados y que sean genera dos o agravados por el propio funcionamiento del fraccionamiento, será responsabilidad de la empresa la participación económica que generen las modificacio nes para la seguridad vial, bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Por lo que la Dirección General de Seguridad Pública Municipal se reserva los derechos de emitir dictámenes de solución, en los términos mencionados.

f) La Dirección General de Seguridad Pública, Municipa l, a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estad o Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de proponer a futuro algún cambio en los dispositivos y en los proyectos aprobados, así como cambio en los sentidos de circulación sobre las avenidas adyacent es y demás vialidades involucradas, para una mejor fluid ez vehicular sobre esta zona para los cuales, los gast os que se generen serán por cuenta de la empresa promotora.

g) Por lo antes expuesto y atendiendo a lo solicitado, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal OT ORGA LA FACTIBILIDAD VIAL CONDICIONADA para del proyecto denominado "Parque Logístico Fase V", ubicado en Ej e 140; la cual tendrá vigencia de UN AÑO a partir de la fecha de la presente.

h) Para la observancia del cumplimiento de los comprom isos antes establecidos y por las facultades conferidas, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estad o Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de emitir recomendaciones y disposiciones que modifiqu en los compromisos aquí establecidos en el momento que así juzgue conveniente para la seguridad vial en genera l.

i) Con la finalidad de no invadir competencia de otras autoridades en la materia, la presente factibilidad se aplicará exclusivamente para los efectos del impact o vial del proyecto antes descrito, conforme a los pl anos presentados y de acuerdo a las observaciones expres adas en el presente escrito.

j) Para cualquier modificación o ampliación al diseño de urbanización del mencionado proyecto, así como camb ios de uso y destinos del suelo, esta Factibilidad Vial quedará sin efecto, por lo que se deberá realizar u n nuevo trámite para obtener un nuevo documento.

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k) La presente no exime de modo alguno a la empresa de la obligación de obtener autorización, factibilidad, permiso o licencia de alguna Autoridad Federal, Estatal, Municipal u organismo correspondiente; que en uso de sus atribuciones y a la aplicación de otros ordenamientos legales se requiere obtener con independencia de esta Factibilidad de Impacto Vial.

F. COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA:

• Carta de Factibilidad Positiva Zona Industrial expe dida por la Comisión Estatal del Agua con número de oficio CEA/DTZI/14/1203, de fecha 01 de diciembre del 2014 , que a la letra dice: En atención a los trámites realizados por esa a su cargo, ante la Comisión Estatal del Agua relativos a el otorgamiento de la factibilidad positiva para la pr estación de los servicios públicos de agua potable, alcantar illado y saneamiento de aguas residuales, en desarrollo Indu stria denominado "Desarrollo Industrial Interpuerto Fase V." Denominación.- Desarrollo Industrial Interpuerto Pa rque Logístico Fase V. Ubicación.- Zona Sureste de la Ciudad de San Luis P otosí sobre el eje 140 zona industrial. Superficie.- 89 has. Desarrollo.- Construcción de un total de 7 manzanas Industriales, con su urbanización. Me permito comentarle que habiendo dado cumplimient o a lo que establecen los artículos 154, 155,156, 157 y 15 8 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí; art ículo segundo de los Lineamientos para la Incorporación d e Nuevos Fraccionamientos o Desarrollos Urbanos que Requiera n Factibilidad para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, del Organism o Operador INTERAPAS, publicados en el Periódico Ofic ial del Estado en su edición extraordinaria de fecha 23 de Septiembre del 2006; se determinó que es factible l a dotación de agua potable, el servicio de alcantaril lado sanitario y el servicio de saneamiento de aguas res iduales, para el referido desarrollo. Es menester comentarle que con fundamento en el Cap ítulo II relativo a la incorporación de nuevos fraccionamien tos y desarrollos urbanos, que establece la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, específicamente en su ar tículo 162, los fraccionadores deberán construir por su cu enta las instalaciones y conexiones necesarias de conformida d con el Estudio de Factibilidad para Agua Potable, Drenaje Sanitario y Saneamiento de Aguas Autorizado, y que dichas obr as pasaran a ser propiedad de esta Comisión. Así mismo, la presente factibilidad para la dotació n de los servicios públicos en el desarrollo industrial en m ención que se otorga en el presente, no condiciona el uso del suelo que otorgan las autoridades municipales correspondi entes. Se deberá considerar que con fundamento en el artíc ulo 160 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Poto sí, la presente factibilidad no podrá ser transferida en b eneficio de predio o persona alguna sin previo consentimient o de la Comisión, y su vigencia será de nueve meses calenda rio a

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partir de esta fecha, y condicionada a que se cumpl an a satisfacción todos los requisitos documentados en e ste procedimiento. En el entendido de que cualquier cam bio en el proyecto o en la aplicación de el mismo, una, vez q ue ha sido otorgada esta factibilidad, será considerado c omo infracción y se hará acreedor a las sanciones que e stablece la Ley en la materia. Es importante comentar que para la contratación del servicio de agua potable, los usuarios de los lotes, deberán pagar a la Comisión, el importe del contrato y los medidore s que se instalarán en los límites de los predios, como lo e stablece el artículo séptimo decreto 409, que establece la L ey de Cuotas y Tarifas del Organismo Operador INTERAPAS, publicado en el Periódico Oficial del Estado en su edición extraordinaria de fecha 28 de Diciembre del 2014.

POR LO ANTERIOR, SE PONE A CONSIDERACIÓN DE LOS PRE SENTES LA AUTORIZACION DEL FRACCIONAMIENTO INDUSTRIAL “INTERP UERTO PARQUE LOGISTICO, FASE V, UBICADO EN EJE 140 NO. 1101. DE LA FRACCION EL TERRERO POR LO QUE SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al r especto se somete a consideración de los miembros del Cabildo el PRIMER BLOQUE del primer dictamen de la Comisión de Alumbr ado y Obras Públicas, como se ha presentado; y de conformidad c on lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se cont abiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 17 DIECISIETE VOTOS A FAVOR Y 1 UNA ABSTENCIÓN DE LA REGIDORA MARÍA ELOÍSA LANDAVERDE TREJO.-------- -- SEGUNDO.- Se pone a consideración de los present es, la MODIFICACIÓN A LA COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA DEL PR EDIO UBICADO EN CALLE CERRO NUEVO #220, FRACCIONAMIENTO LOMA VERDE, MARCADO CON UN USO DE SUELO DE HABITACIONAL DENSIDAD MEDIA ALTA ‘H3’, PARA QUE SEA COMPATIBLE EN DICHO PREDIO EL FUNCIONA MIENTO DE OFICINAS ADMINISTRATIVAS; así mismo deberá cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística en el pred io mencionado el pago correspondiente al concepto de Licencia de Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de Ingreso s para el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable, dicho pago deberá realizarse ante la Dirección de C atastro y Desarrollo Urbano. POR LO ANTERIOR SE APRUEBA POR M AYORIA DE VOTOS DE LOS PRESENTES, CON 1 ABASTENCION DE LA REG IDORA ALMA RUTH CASTILLO ZUÑIGA. En uso de la voz, el Secretar io General del H. Ayuntamiento, señala que, si no hay comentar ios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabil do el SEGUNDO BLOQUE del primer dictamen de la Comisi ón de Alumbrado y Obras Públicas, relacionado con modific ación a la compatibilidad Urbanística del Predio ubicado en Ca lle Cerro Nuevo #220, Fraccionamiento Loma Verde; con fundame nto en los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se proced e a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar le vantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 15 QUINCE VOTOS A FAVOR Y 3 TRES ABSTENCIONES DE LAS REGIDORAS IRENE MARGARITA HERNÁNDEZ FISCAL, MARÍA ELOÍSA

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LANDAVERDE TREJO Y ALMA RUTH CASTILLO ZÚÑIGA------- --------------- TERCERO.-Se pone a consideración de los presente s, la AUTORIZACIÓN DE SUBDIVISIÓN DE PREDIO, ubicado en C alle Flor de Canela #305 (antes 101), Fracc. Las Flores II, para quedar dividida en dos predios. Dicha subdivisión cumple c on los requisitos establecidos por la Ley de Desarrollo Ur bano para el Estado de San Luis Potosí, así como la tributación del Área de Donación, ya que se consideró como área de donación la afectación realizada al predio por restricción de a lineamiento de calles con una superficie de 1,090.23 metros cua drados. POR LO ANTERIOR SE APRUEBA POR MAYORIA CON 4 VOTOS A FA VOR Y 2 VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES JORGE LUIS PEREZ AVILA Y JUAN JOSE AGUILAR ESPINOZA. ATENTAMENTE, LIC. OLIVER MEADE HE RVERT, PRESIDENTE DE LA COMISION DE ALUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS; LIC. JUAN JOSE AGUILAR ESPINOZA, REGIDOR, VOCAL QUE FUNG IO COMO SECRETARIO DE LA COMISION. Hace uso de la voz, el Regidor Jesús Eduardo Noyola Bernal, para señalar lo siguiente: “ Quisiera hacer una pregunta, resulta que cuando presentamos los dictámenes que hacen las diferentes Comisiones, sie mpre se informa como quedó la votación de la Comisión en lo que se refiere a los dictámenes de la Comisión de Alumbrad o y Obras Públicas, que sí lo hemos recibido con tiempo, resu lta que por lo menos en mi copia todos esos datos están tachado s, en la hora que se hace la copia, se le pone alguna cosa aquí a rriba, yo no percibo, no sé si, fue votado por unanimidad, o alg una discrepancia o alguna cuestión, entonces yo creo qu e es importante que supiéramos para normar nuestro crite rio, cual fue la opinión de la Comisión misma, y si no se puede h acer en esta ocasión, pues a lo mejor en el futuro podamos tener esa información para saber de qué se trata la cosa”. Ha ce uso de la voz, el Regidor Sergio Zapata Montoya, para señalar lo siguiente: “Sí, nada más Doctor en el caso muy conc reto de este punto en la Comisión de Obras se aprobó por cuatro votos a favor, dos votos en contra y dos abstenciones, se a utorizó en la Comisión. Nuevamente el Regidor Jesús Eduardo Noyol a Bernal, señala lo siguiente: “No lo tengo por escrito, por eso está tapado, hago la solicitud para que en el futuro ten gamos la información completa”. En uso de la voz, el Secreta rio General del H. Ayuntamiento, señalando que si no hay más co mentarios, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el TERCER BLOQUE del primer dictamen de la Comisión de Alumbr ado y Obras Públicas, relacionado con la Autorización de Subdiv isión de Predio ubicado en Flor de la Canela #305, Fracciona miento Las Flores 2ª. Sección para quedar dividido en dos Pred ios, se procede a realizar la votación con fundamento en lo s artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, en forma económica y simple, se pide a los miembros de este Cabildo, procedan a vot ar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y RESULTA N SIETE VOTOS A FAVOR, NUEVE VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES JORGE LUIS PÉREZ ÁVILA, JESÚS EDUARDO NOYOLA BERNAL, LUIS GERARDO AL DACO ORTEGA, IRENE MARGARITA HERNÁNDEZ FISCAL; MARÍA ELOISA LAND AVERDE TREJO; JUAN JOSÉ AGUILAR ESPINOZA, LA SÍNDICO MARÍA EUGENI A RIVERA FERNÁNDEZ, LA SÍNDICO MARIANA GARCÍA ALCALDE Y EL P RESIDENTE MUNICIPAL LIC. MARIO GARCÍA VALDEZ; Y DOS ABSTENCIO NES DE LOS REGIDORES MARCO ANTONIO ZAVALA GALEANA Y MARÍN TREJO RESENDÍZ, POR LO QUE NO SE APRUEBA ESTA SOLICITUD.----------- -------------

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-- SEGUNDO DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE ALU MBRADO Y OBRAS PÚBLICAS.------------------------------------ --------------- H. CABILDO MUNICIPAL, PRESENTE, Los integrantes de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas presentamos ante el Pleno de este Cabildo los Acuerdos tomados en la re unión de Comisión celebrada el día MARTES 25 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE, a efecto de que se proceda al análisis, di scusión y, en su caso, aprobación del siguiente: D I C T A M E N. PRIMERO.- Se pone a consideración de los presentes la aprobación para la solicitud que presenta la Dirección de Cata stro y Desarrollo Urbano respecto a Autorización del Condo minio “Residencial Castilla La Nueva”, por lo cual se pre senta lo siguiente: 5) DATOS GENERALES

El proyecto de lotificación a desarrollarse cuenta con la siguiente información: Tipo de proyecto: CONDOMINIO HORIZONTAL Nombre: “ RESIDENCIAL CASTILLA LA NUEVA” Domicilio Oficial: CAMINO DE ACCESO 7 # 510, FRACC. GRANJAS

LAS MERCEDES, DELEGACIÓN MUNICIPAL DE VILLA DE POZOS

Propietario: DESARROLLADORA CASTILLA LA NUEVA, S.A. DE C.V. 6) ANTECEDENTES DE PROPIEDAD

PERMISO DE SUBDIVISION Instrumento Setenta y Siete Mil Ciento Noventa y Do s, Tomo Milésimo Septuacentésimo Décimo Cuarto, del seis de Noviembre del año dos mil catorce, celebrado ante l a fe del Notario Público Número 14 catorce, con ejercicio en esta Capital, Lic. Miguel Ángel Martínez Navarro. Con la siguiente superficie: Superficie Total del Predio: 21,924.259 metros c uadrados. MEDIDAS Y COLINDANCIAS: Al Noreste 141.91 metros con Camino de Acceso N°7. Al Sureste 155.05 metros con Amparo Reyes Quiroz. Al Suroeste 140.74 metros con Lote 2 con Área de Donación. Al Noroeste 155.22 metros con Camino de Acceso 4

7) DESCRIPCION GENERAL DEL PROYECTO D. LICENCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL: Con fecha 02 de Junio de 2014, el Departamento de D esarrollo Urbano de la Delegación Municipal de Villa de Pozos , emitió la Licencia de Alineamiento y Número Oficial, Licen cia Número 071/2014, con la siguiente información: Superficie de terreno 21,924.259 metros cuadrad os. NOTA: El camino de Acceso 7 tendrá un alineamiento de 16.00 metros lineales de Paramento a Paramento. El Camino de Acceso 4 tendrá un alineamiento de 12. 00 metros lineales de Paramento a Paramento. E. DICTAMINACIÓN DE USO DE SUELO: Con número de oficio SADU/COU/0914/2014, de fecha 1 4 de noviembre de 2014, la Dirección de Catastro y Desar rollo Urbano emitió el Dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo para un Desarrollo Habitacional denominado "Residen cial Castilla La Nueva", en el que se menciona que en ba se al plano CPE-14 de Zonificación Secundaria del suelo d el Plan de Centro de Población Estratégico para las ciudade s de San

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Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, publicad o el 21 de agosto del año 2003, el predio el predio a desar rollar cuenta con las siguientes características: Uso de suelo: Habitacional de Densidad Alta “H4” Área mínima de lote: 90.00 metros cuadrados Frente mínimo de lote: 6.00 metros Coeficiente de utilización del suelo: 2.5 veces Coeficiente de ocupación del suelo: 70%

Altura máxima permitida: 4 niveles o 12.00 metro s Densidad neta máxima de viviendas: una vivienda uni familiar por cada 90.00 m2 F. DATOS DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES TECNICAS:

Área de Donación tributada al momento de la subdivi sión del predio de donde proviene, autorizada por el H. Cabi ldo en sesión del día 13 de diciembre de 2013, con una superficie de 3,071.01 metros cuadrados. 8) DICTAMINACIÓN DE MESA COLEGIADA: G. DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Y ASEO PUBLICO: Mediante el oficio de DEAP/1122/2013 de fecha a 1 0 de Diciembre del 2013, la Dirección de Ecología y Aseo Público, emitió la Autorización de Impacto Ambiental del pro yecto por medio del cual hace del conocimiento al solicitante que la actividad que pretende desarrollar es viable y debe rá cumplir con las condiciones siguientes: Una vez realizado el análisis y la evaluación del I nforme Preventivo de Impacto Ambiental, para la realizació n de las actividades del proyecto fraccionamiento "Residenci al Castilla La Nueva", el cual pretende llevarse a cabo en el p redio localizado en Carr. 57 México-Piedras Negras # 3975 Col. Granjas de las Mercedes, Delegación Villa de Pozos, San Lui s Potosí, S.L.P., promovido por la empresa Transportes Venced or, S. A. de C. V. y CONSIDERANDO: I. Que se recibió en esta Dirección de Ecología y Aseo Público,

el comunicado mediante el que el In9. Juan Javier C erda Ayala, representante legal de la empresa del proyec to denominado fraccionamiento "Residencial Castilla La Nueva", presentó un informe preventivo de impacto ambiental para dicho proyecto con pretendida ubicación en Carro 57 México-Piedras Negras # 3975, Col. Granjas Las Mercedes, Delegación Villa de Pozos, San Luis Potosí, S.L.P.

II. Que de acuerdo a lo señalado en el Informe Preventi vo de Impacto Ambiental, la actividad a realizar no const ituye un riesgo para el equilibrio ecológico siempre y cuand o se ajuste a las normas oficiales mexicanas aplicables.

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III. Que en la realización del Proyecto presentado no se prevén impactos ambientales adversos significativos y los impactos ambientales derivados de las emisiones contaminante s a la atmósfera, ruido, aguas residuales y suelo, cuentan con las medidas preventivas y/o de mitigación necesarias pa ra propiciar su cumplimiento.

IV. Que esta Dirección de Ecología y Aseo Público es co mpetente para revisar, evaluar y resolver el Informe Prevent ivo del proyecto, de conformidad con lo previsto en los art ículos 8 fracción 11, 35 BIS 2 de la Ley General del Equilib rio Ecológico y la Protección al Ambiente y el artículo 119 de la Ley Ambiental del Estado.

En apego a lo anterior y con fundamento en los artí culos: 8°, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8° fracción XV y 35 bis 2 de la L ey General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambient e; 8° fracción XX y 119 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, esta Dirección de Ecología y Aseo Público c onsidera que los impactos ambientales reportados en el informe p reventivo, y aquellos identificados durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, pueden ser prevenibles, mitigabl es y compensables cuando su carácter de residualidad así lo establezca, siempre y cuando se cumpla con las medi das correspondientes propuestas en la documentación pre sentada, y en la presente resolución, por lo que se AUTORIZA DE M ANERA CONDICIONADA el desarrollo del proyecto sujeto a lo s siguientes: TERMINOS PRIMERO. La presente resolución, en materia de impa cto ambiental, se emite en la referencia a los aspectos ambientales de las actividades del proyecto denominado fraccion amiento "Residencial Castilla La Nueva" referentes a las di ferentes actividades de construcción y operación de un fracc ionamiento habitacional que constará de 118 lotes en una super ficie de 30, 710.18 m2, con pretendida ubicación en Carro 57 Mex ico-Piedras Negras # 3975 Col. Granjas Las Mercedes, Delegación Villa de Pozos, San Luis Potosí, S.L.P. SEGUNDO. La presente autorización tendrá una vigenc ia de 1 año para llevar a cabo las actividades de construcción del proyecto. Dicho plazo comenzará a partir del día siguiente de su recepción y podrá ser revalidado a juicio de esta Dirección d e Ecología y Aseo Público, siempre y cuando la empresa promovent e lo solicite por escrito a esta Dirección de Ecología y Aseo Púb lico, dentro de los treinta días naturales de antelación a la fe cha de su vencimiento. TERCERO. En caso de que el titular de la presente, desista de ejecutar el proyecto motivo de esta resolución, deb erá comunicarlo en forma escrita a esta Dirección de Ec ología y Aseo Público al momento de que ello ocurra, a efecto de adoptar las medidas necesarias con el fin de que no produzcan a lteraciones nocivas al ambiente. CUARTO. El titular de la presente, en caso supuesto de que decida realizar modificaciones al proyecto, deberá solicitar la autorización respectiva a esta Dirección de Ecologí a y Aseo Público, con la información suficiente y detallada que permita a la autoridad analizar si el o los cambios decididos alteran de manera significativa el proyecto original, así como lo

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establecido en los Términos y Condicionantes del pr esente oficio de resolución. Para lo anterior, el promovente debe rá notificar dicha situación a esta Dirección de Ecología y Aseo Público, previo al inicio de las actividades del proyecto qu e se pretendan modificar. Queda prohibido desarrollar ac tividades distintas a las señaladas en la presente resolución . QUINTO. El titular de la presente resolución deberá comunicar por escrito y con cinco días de anticipación, la fe cha de arranque de operaciones del proyecto autorizado así como de su conclusión dentro de los tres días posteriores a qu e esto ocurra a la Dirección de Ecología y Aseo Público. SEXTO. De conformidad con lo establecido en el Artí culo 127 de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, la presente autorización se refiere únicamente y exclusivamente a los aspectos ambientales de las actividades descritas e n el Término PRIMERO para el proyecto. Por ningún motivo, la pre sente autorización constituye un permiso de inicio de act ividades, ni reconoce o valida la legítima propiedad y/o tenenci a de la tierra; por lo que quedan a salvo las acciones que determine la propia Dirección de Ecología y Aseo Público, las au toridades federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias. Por lo anteriormente expuesto, se reitera que la pr esente resolución, únicamente se refiere a los aspectos am bientales, sin prejuicio de lo que determinen otras autoridade s en el ámbito de su competencia y dentro de su jurisdicció n, quienes determinarán las diversas autorizaciones, permisos, licencias, entre otros, que se requieran para la realización d e las obras y actividades del proyecto en referencia. El titular de la presente resolución es el único ti tular de los derechos y obligaciones derivadas del presente reso lutivo, por lo que queda bajo su más estricta responsabilidad l a validez de los contratos civiles, mercantiles o laborales que haya firmado para dar legalidad a las obras y actividades que in volucra el proyecto autorizado, así como el cumplimiento y las consecuencias legales que corresponden aplicar a es ta Dirección de Ecología y Aseo Público y/o a otras autoridades. SÉPTIMO. De conformidad con lo dispuesto en el Artí culo 34 del Reglamento de Ecología, para el Municipio de San Lu is Potosí, S.L.P, las actividades del proyecto autorizadas est arán sujetas a la descripción contenida en el Estudio de Impacto Ambiental y a los planos incluidos en ésta, así como lo dispues to en la presente autorización, conforme a las siguientes: CONDICIONANTES III. El titular de la presente resolución deberá:

a) Cumplir con todas y cada una de las medidas de prev ención, control, mitigación y restauración propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, así como de las condicionantes establecidas en la presente resoluci ón.

b) Apegarse a lo establecido en las normas oficiales m exicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de prote cción al ambiente y otras que resulten aplicables durante el desarrollo del proyecto.

c) En el caso de proceder, deberá de tramitar ante SEM ARNAT el cambio de uso de suelo forestal, conforme a lo esta blecido en el en el artículo 118 fracción XIII párrafo terc ero de

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la ley ambiental del Estado y al artículo 16 fracci ón XX de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, presentando en su oportunidad ante la Dirección de Ecología y Aseo Público copia del resolutivo correspondiente .

d) Los residuos de la construcción y de los materiales utilizados para montaje, instalación, tales como: b otes y residuos de pintura, estopas, trapos y papeles impr egnados con aceite o pintura, grasas, solventes y aceites g astados provenientes de la lubricación de equipos y maquina ria, serán depositados en contenedores especiales, para su posterior envío a un centro de reciclaje, o bien, a una estación de transferencia de residuos peligrosos autorizados por la SEMARNAT, debiendo enviar copias respectivas a esta Dirección de Ecología y Aseo Púb lico, de la carta de compromiso entre el titular de la prese nte y el centro de estación de transferencia que reciba los residuos.

e) Triturar, mezclar y esparcir, los residuos vegetale s, productos del despalme del terreno, con la finalida d de incorporar materia orgánica al suelo, o en su caso depositarios en el sitio que indique la autoridad m unicipal correspondiente, previa solicitud.

f) Las emisiones a la atmósfera producidas por la util ización de vehículos en la etapa de construcción del fraccionamiento, deberán cumplir con lo establecido en la NOM-041-ECOL-1999 y en la NOM- 045-ECOL-1996.

g) La transportación de materiales deberá hacerse en v ehículos tapados con lonas para evitar la dispersión de polv os. Asimismo estos deberán ser barridos al final de cad a viaje.

h) El manejo de los Residuos Sólidos Urbanos generados durante la etapa de operación del fraccionamiento, será responsabilidad del fraccionador, en tanto no sea municipalizado de acuerdo a lo que señala la Ley de Desarrollo Urbano.

i) Elaborar, para su implementación, un programa de reforestación, con la finalidad de compensar y/o rehabilitar las áreas afectadas; dicho programa deb erá ser presentado para su análisis y aprobación de esta Subdirección previo al inicio de las actividades de construcción del proyecto, conforme a lo establecid o en el Reglamento de Parques y Jardines.

j) En el caso de que no existan servicios sanitarios a l interior del predio, deberá contratarse la renta de letrinas portátiles, a fin de evitar la dispersión de los residuos sanitarios que pudieran generar los trabaj adores en estas etapas del proyecto, de acuerdo a lo estab lecido en la NOM-031-STPS-2011, así como presentar copia d el documento comprobatorio de su contratación y de su adecuada disposición.

k) En el caso de que fuera necesaria la utilización de maquinaria pesada durante las etapas de preparación del sitio y construcción, deberá realizarse dentro de l os horarios de trabajo normal y manteniendo el nivel d e ruido en los límites permisibles de la NOM- 081-SEMARNAT- 1994, (65 db de 22:00 a 6:00 hrs. y 68 db de 6:00 a 22:00 hrs.).

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l) Deberá de utilizar agua tratada en las etapas de pr eparación del sitio, urbanización y construcción, así como en la irrigación para el proyecto de reforestación.

m) Cumplir con las medidas de seguridad emitidas por l a autoridad competente, ya que como lo menciona el pr oyecto se encuentra dentro del radio de incidencia de afec tación de industria en zona urbana, en caso de contar con el estudio de riesgo correspondiente evaluado por depe ndencia correspondiente por lo anteriormente mencionado deb erá cumplir en su totalidad con los lineamientos ahí estipulados y presentar copia ante esta Dirección.

IV. El titular de la presente no podrá: a) Depositar materiales o residuos en áreas aledañas a l

proyecto, ni efectuar trabajos distintos a los seña lados en el presente resolutivo, aunque sea de manera tempor al.

b) Depositar al aire libre residuos sólidos urbanos, e stos deberán ser trasladados y depositados en el Tirader o Controlado de Peñasco mediante la obtención del per miso correspondiente o bien mediante la contratación de una empresa de servicios autorizada.

OCTAVO. El titular de la presente deberá realizar l as obras y acciones de mitigación, restauración y control de t odos aquellos impactos ambientales atribuibles a la realización y operación del proyecto en cuestión. NOVENO. Esta autorización se otorga sin perjuicio d e que el titular tramite y en su caso obtenga otras autoriza ciones, licencias, permisos y similares, que sean requisito para la realización de las obras motivo de la presente, o b ien, para su operación u otras fases cuando así lo consideren la s leyes y reglamentos que corresponda aplicar a esta Direcció n de Ecología y Aseo Público y/o a otras autoridades federales, e statales y municipales. DECIMO. La presente resolución a favor de Transport es Vencedor, S. A. de C. V. es personal. En caso de pretender tr ansferir los derechos y obligaciones contenidos en este document o, su titular deberá comunicarlo por escrito a esta autoridad, qu ien determinará lo procedente y, en su caso, acordará l a transferencia. Es conveniente señalar que la transferencia de los derechos de la autorización a la que se refiere el párrafo ante rior, se acordará única y exclusivamente, en el caso de que él o la interesada en desarrollar el proyecto, ratifique en nombre propio ante esta Dirección de Ecología y Aseo Públi co, la decisión de sujetarse, apegarse y responsabilizarse de los derechos y obligaciones impuestos al titular de la presente para la realización del proyecto. DECIMO PRIMERO. Serán nulos de pleno derecho todos los actos que se efectúen en contravención a lo dispuesto en la p resente autorización. De tal efecto, el incumplimiento por parte del titular de la presente resolución a cualquiera de l os términos y condiciones establecidos en esta autorización, inva lidará el alcance del presente oficio sin perjuicio de la apl icación de las sanciones previstas en los ordenamientos que re sulten aplicables. DECIMO SEGUNDO. El titular de la presente será el ú nico responsable de ejecutar las obras y gestiones neces arias para

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mitigar, restaurar y controlar todos aquellos impac tos ambientales adversos, atribuibles a la realización y operación de las actividades autorizadas que no hayan sido co nsideradas en el estudio de impacto ambiental, y en la informació n adicional presentada. Por lo tanto, el titular de la presente resolución será el responsable ante esta Dirección de Ecología y Aseo Público de cualquier ilícito, en materia de impacto ambiental, en el que incurran las compañías o el personal que se contrate para la ejecución del proyecto. Por tal motivo, el titular de la presente resolución deberá vigilar que las compañía s o el personal que se contrate, para desarrollar las acti vidades mencionadas en el Termino Primero, acaten los Térmi nos y las Condicionantes a los cuales queda sujeta la present e autorización. DECIMO TERCERO. El titular de la presente resolució n deberá mantener en el sitio del proyecto, copia completa d el Estudio de Impacto Ambiental, de los planos del proyecto así c omo de la presente resolución, para efectos de mostrarlas a l as autoridades competentes que así lo requieran. Asimismo el titular de la presente resolución para la autorización de futuras obras que complementen o se requieran para ampliar el proyecto, deberá hacer referencia a esta resolución y presentar el último informe del cumpli miento de los Términos y las Condicionantes, con el objeto de ver ificar las implicaciones del proyecto sobre los diferentes fac tores del ambiente y considerar los impactos sinérgicos y/o a cumulativos que se pudieran presentar. DECIMO CUARTO. Esta Dirección de Ecología y Aseo Pú blico vigilará el cumplimiento de los términos establecid os en el presente instrumento, así como los ordenamientos qu e resulten aplicables en materia de impacto ambiental, pudiend o de igual forma ordenar la suspensión temporal, parcial o tot al de la obra autorizada en este instrumento normativo conforme a lo establecido en la Ley Ambiental del Estado.

• CAMBIOS DEL PROYECTO Mediante el oficio de DEAP/1169/2014 de fecha a 2 8 de Octubre del 2014, la Dirección de Ecología y Aseo Público, emitió el oficio con el asunto denominado cambios del proyect o (corrección) del proyecto por medio del cual hace d el conocimiento que respecto a la solicitud de análisi s de las modificaciones del proyecto Residencial Castilla La Nueva se considera lo siguiente: Conforme a las atribuciones que determinan el artíc ulo 8° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protecció n al Ambiente, artículos 8° y 119 de la Ley Ambiental de l Estado de San Luis Potosí y los artículos 2° fracción XX y 34 fracción I Reglamento de Ecología para el Municipio de San Lui s Potosí, S.L.P., hago de su conocimiento que respecto a la s olicitud de análisis de las modificaciones del Proyecto "Reside ncial Castilla La Nueva" con ubicación en Camino de acces o 7 número 510, lote 1, del fraccionamiento Granja las Mercede s, Delegación Municipal Villa de Pozos, San Luis Potosí, S.L.P., presentado por Usted ante esta Dirección de Ecología y Aseo Pú blico el día 6 de junio de 2014, se considera lo siguiente:

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1. Que se nos tiene por notificado el cambio de lotifi cación y sembrado por haberlo modificado a condominio, lo cu al acredita debidamente.

2. Que ha informado de manera oportuna la transmisión de la propiedad del terreno de Transportes Vencedor a fav or de la empresa Desarrolladora Castilla La Nueva, para el c ambio de nombre y de propietario.

3. Que Usted ha presentado toda la información requeri da mediante el oficio DEAP/0673/2014.

4. Que su Autorización de Impacto Ambiental está vigen te al momento de la presentación y resolución de su solic itud hasta la fecha de vigencia referencia DEAP/1122/201 3 de fecha 10 de diciembre de 2013.

5. Que es factible proceder a su petición. De acuerdo a lo anterior se tiene por enterada a es ta Autoridad de los cambios en el proyecto, de nombre y de propi etario, consistentes en lo siguiente: ÚNICO.- La empresa "Transportes Vencedor S.A. de C. V." que aparece como titular del resolutivo DEAP/1122/2013 deja de ser propietaria del Proyecto "Residencial Castilla La N ueva" y por ende, deja de tener atribución, participación o res ponsabilidad alguna en lo que se refiere dicho resolutivo, cambi ando la titularidad de la resolución y todos sus efectos le gales a favor de la empresa "Desarrolladora Castilla La Nueva, S. A. de C.V.". Lo anterior con fundamento en el artículo 11 fracci ón 11 de la Dirección de Ecología y Aseo Público del Reglamento de Ecología para el municipio de San Luis Potosí. H. DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO: Mediante el oficio SADU/COU/0776/2014 de fecha 13 d e Octubre de 2014, la Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano , emitió el Dictamen de Impacto Urbano favorable, en base a los artículos 137 y 145 de la Ley de Desarrollo Urbano para el Es tado de San Luis Potosí, teniendo en cuenta las consideraciones siguientes:

1. Se deberá respetar en todo momento los lineamientos mencionados en el estudio de Impacto Urbano present ado teniendo que considerar tanto en el momento de la construcción como durante el funcionamiento del con junto habitacional, la mitigación de impactos de la zona, mencionando dentro del estudio de Impacto Urbano.

2. El proyecto de lotificación se deberá integrar a la estructura urbana de la zona, tal como se plantea e n el estudio presentado.

3. Se deberá respetar trazo de vialidades existentes, así como la continuación de estas.

4. Deberá cumplir con lo estipulado en el Reglamento d e Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí , publicado el 8 de Agosto de 1995.

I. DIRECCION DE BOMBEROS METROPOLITANOS A través del oficio DIPI 1022 de fecha 07 de Junio del 2014, el H. Cuerpo de Bomberos otorgó Visto Bueno emitiendo las siguientes recomendaciones:

• Se recomienda aumentar altura de terreno natural, y a que hay aproximadamente 1.00 mts abajo del nivel de la carr etera 57, para evitar inundaciones y encharcamientos dent ro del fraccionamiento, por lo cual se sugiere que en coor dinación con Autoridades del Municipio e Interapas, se const ruyan

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obras hidráulicas para encausar y controlar las agu as pluviales sin que estas causen problemas en colonia s aguas abajo.

• Realizar la compactación del terreno, de acuerdo al resultado del estudio de la mecánica de suelo, ya q ue se observa que el terreno natural ha servido como vaso de agua.

• Instalar un detector de humo y un extintor de polvo químico seco de 3 kilos por cada casa.

• No construir arco en acceso a privada, caso contrar io este deberá de contar con una altura libre de 4.50 metro s.

J. DIRECCIÓN DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL: Mediante el oficio DPCM/0909-C/2013/2014 de fecha 2 7 de Octubre del 2014, la Dirección de Protección Civil Municipa l, emitió el Análisis de Riesgos realizado al proyecto, que a la letra dice: OBJETO DEL DICTAMEN Para dar cumplimiento a lo indicado en el artículo 84 de la ley General de Protección Civil publicada el 06 de Juni o del 2012 donde se establece como delito grave la construcció n, edificación, realización de obras de infraestructur a y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una z ona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en c onsideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales, estatales y el Nacional y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente, y de conformidad a la SOLICITUD re alizada por la Desarrolladora Castilla la Nueva, S.A. de C.V., donde solicita un análisis de riesgos para el Proyecto de un Fraccionamiento denominado "Residencial Castilla La Nueva" en el domicilio de Camino de acceso 7 No. 510 lote 1, Fra ccionamiento Granjas Las Mercedes en la Delegación Villa de Pozo s S.L.P., se procede a emitir opinión técnica, para así poder co ncluir si el referido predio, presenta algún RIESGO, que pudiese poner en peligro la integridad física de las personas y sus bienes. VISITA FISICA Y ANÁLISIS DE RIESGOS Para determinar físicamente la existencia del predi o donde se pretende llevar a efecto este Proyecto de Fracciona miento, así como las condiciones físicas de la zona, que es el motivo del presente dictamen, me presente en el predio ubicado en la Camino de acceso 7 No. 510 lote 1, Fraccionamiento Granjas las Mercedes en la Delegación Villa de Pozos S.L.P., donde el us o de suelo es comercio y servicio central; espacio verde y área u rbanizable. De acuerdo al Atlas de Riesgos, y al análisis de "F allas y Fracturas", el predio se localiza en una zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es BAJO, así mismo en el análisis a Zonas inundables", no se hace referencia a riesg o. Al momento de la inspección no se detectaron asentamientos o d eslizamiento de suelo, pero no queda descartada la posibilidad d e que se manifieste en un futuro. Al sur poniente de este pr edio, a una distancia aproximadamente de 180 metros se ubica la zona industrial. Se anexa plano con ubicación CLASIFICACIÓN DE RIESGO Realizándose las observaciones anteriores del estad o que guarda el referido predio al momento de la inspección, se determina un

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RIESGO BAJO de afectación a las personas, sus los b ienes y a la integridad física de las personas. CONCLUSIONES PRIMERO.- Se concluye primeramente la IDENTIDAD del predio donde se pretende llevar a efecto este Fraccionamiento de nominado "Residencial Castilla la Nueva", siendo el mismo el que se ubica en la Camino de acceso 7 No. 510 lote 1, Fraccionam iento Granjas las Mercedes en la Delegación Villa de Pozos S.L.P. , por haberlo tenido a la vista, al que se describe en planos y r eferencias en los bancos de información de esta área. SEGUNDO.- Se concluye que el predio donde se preten de llevar a efecto el Fraccionamiento denominado "Residencial C astilla la Nueva", siendo el mismo el que se ubica en la Camin o de acceso 7 No. 510 lote 1, Fraccionamiento Granjas las Mercede s en la Delegación Villa de Pozos S.L.P., al momento de rea lizar la inspección y al análisis de riesgos respectivo, rep resenta un RIESGO BAJO de afectación a los bienes y a la integ ridad física de las personas. MEDIDAS DE REDUCCION PRIMERO.- Aún y cuando el predio se localiza en una zona donde el nivel de riesgo asociado a subsidencia es bajo, hasta el momento NO existen indicios de afectación por agrie tamientos o asentamientos del suelo en este predio, y pronostic ar o descartar un proceso de esta naturaleza a corto, me diano o largo plazo es difícil sin un sustento técnico, por lo cu al una vez del conocimiento por parte de los desarrolladores d e este proyecto, de las condiciones del suelo, quedará a s u consideración el realizar estudios complementarios (estudio geofísico), pues de no hacerlos será bajo su riesgo si surgen daños a los inmuebles de este desarrollo por causa de hundimientos diferenciales. SEGUNDO.- Se deberá presentar el Estudio de Factibi lidad Positivo de INTERAPAS, para el proyecto de este Des arrollo Habitacional sobre el desalojo de los escurrimiento s pluviales de las viviendas, así como las obras hidráulicas ne cesarias para el control, conducción y disposición de los escurri mientos pluviales que se generen en este nuevo centro de po blación y evitar que se afecte a inmuebles o propiedades priv adas colindantes con este predio o ubicadas aguas abajo de este desarrollo. TERCERO.- De acuerdo a los escurrimientos pluviales de la zona, deberán tomar las medidas preventivas, de elevar lo s niveles de piso de que se tenga por proyecto. La saturación de las redes de drenaje con los escurrimientos pluviales es muy pro bable que se dé en esta zona, por lo cual deberán tomar las medi das preventivas para evitar regresión de agua negra a t ravés de la infraestructura hacia este fraccionamiento. CUARTO.- Respecto a la ubicación de la zona industr ial próxima a este proyecto, se deberá realizar un Programa Inter no de Protección Civil para el funcionamiento del desarro llo habitacional, en atención de emergencias tanto inte rnas como externas. Se emite el presente DICTAMEN, mismo que fue realiz ado con el apoyo de la información del Atlas de Riesgos, métod os y técnicas aplicables al caso y de conformidad a mi leal saber y entender.

K. DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL:

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Viene de la Página No. 25 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

Factibilidad Vial otorgada por la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, de la Dirección General de Segu ridad Pública Municipal, mediante oficio DIT/2261/13, de fecha 30 de Diciembre del 2013, en la cual se hace del conocimiento lo si guiente:

a) Se deberá contemplar por parte de la empresa ejecut ante que el acceso y salida del proyecto se encuentren l ibres de obstáculos, como postes, árboles, o cualquier ot ra instalación que pueda obstaculizar el libre acceso, así como para mejor visibilidad de los conductores en general. Toda afectación a estos obstáculos deberá tener permiso correspondiente para su reubicación y los g astos serán por parte de la empresa.

b) Deberá respetar en todo momento los lineamientos ma rcados en el Estudio de Impacto Vial o en su caso, en los planos de señalización y proyecto del fraccionamiento, presentados a esta Dirección General de Seguridad P ública Municipal.

c) La instalación y habilitación de los dispositivos v iales contemplados en los planos de señalización, así com o la ejecución de los diferentes proyectos de mejoramien to geométrico de la vía pública y dispositivos viales especiales que en su caso sean acordados, será por cuenta de la empresa y bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial.

d) Esta factibilidad no ampara ni exime de responsabil idad a la empresa por los daños que se ocasionen a tercero s, al Municipio o al medio ambiente con motivo del dictam en, además de los problemas de impacto vial y social qu e se generen a futuro por la construcción y funcionamien to del fraccionamiento ya que los mismos serán responsabil idad de la empresa promotora y/o fraccionador.

e) Los problemas viales monitoreados y que sean genera dos o agravados por el propio funcionamiento del fraccionamiento, será responsabilidad de la empresa la participación económica que generen las modificacio nes para la seguridad vial, bajo la supervisión de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial. Por lo que la Dirección General de Seguridad Pública Municipal se reserva los derechos de emitir dictámenes de solución, en los términos mencionados.

f) La Dirección General de Seguridad Pública Municipal , a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estad o Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de proponer a futuro algún cambio en los dispositivos y en los proyectos aprobados, así como cambio en los sen tidos de circulación sobre las avenidas adyacentes y demá s vialidades involucradas, para una mejor fluidez veh icular sobre esta zona para los cuales, los gastos que se generen serán por cuenta de la empresa promotora.

g) Por lo antes expuesto y atendiendo a lo solicitado, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal OT ORGA LA FACTIBILIDAD VIAL CONDICIONADA del Fraccionamien to denominado "Residencial Castilla la Nueva, ubicado en Camino de acceso 7 No. 510, Lote 1, del Fracc. Gran jas Las Mercedes, Delegación Municipal Villa de Pozos; la

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cual tendrá vigencia de UN AÑO a partir de la fecha de la presente.

h) Para la observancia del cumplimiento de los comprom isos antes establecidos y por las facultades conferidas, la Dirección General de Seguridad Pública Municipal a través de la Jefatura de la Sección Sexta del Estado Mayor de Ingeniería Vial, se reserva el derecho de emitir recomendaciones y disposiciones que modifiquen los compromisos aquí establecidos en el momento que así juzgue conveniente para la seguridad vial en genera l.

i) Con la finalidad de no invadir competencia de otras autoridades en la materia, la presente factibilidad se aplicará exclusivamente para los efectos del impact o vial del proyecto antes descrito, conforme a los planos presentados y de acuerdo a las observaciones expres adas en el presente escrito.

j) Para cualquier modificación o ampliación al diseño de urbanización del mencionado proyecto, así como camb ios de uso y destinos del suelo, esta Factibilidad Vial qu edará sin efecto, por lo que se deberá realizar un nuevo trámite para obtener un nuevo documento.

k) La presente no exime de modo alguno a la empresa de la obligación de obtener autorización, factibilidad, p ermiso o licencia de alguna Autoridad Federal, Estatal, Municipal u organismo correspondiente; que en uso d e sus atribuciones y a la aplicación de otros ordenamient os legales se requiere obtener con independencia de es ta Factibilidad de Impacto Vial.

• CAMBIOS DEL PROYECTO Mediante oficio JIV/0960/14, de fecha 18 de Junio d el 2014, en la cual se solicita la revisión del proyecto, y se hace mención de lo siguiente: No vemos inconveniente en el cambio de régimen, ni en las modificaciones ya que cumple con las disposiciones establecidas por el trazo y comunicación de vialidades, sin emba rgo la modificación al Condominio, no es facultad de esta sección, ya que su valoración y aprobación es en la Dirección d e Administración y Desarrollo Urbano.

L. INTERAPAS: Estudio de Factibilidad Positiva de Agua Potable y Drenaje Sanitario expedido por el INTERAPAS bajo el número IN/DPC/SF/EST/066/14, Expediente 1857/13 de fecha 0 8 de Agosto del 2014, que a la letra dice: 1.- ANTECEDENTES: El fraccionamiento denominado “RESIDENCIAL CASTILLA LA NUEVA” con número de expediente INTERAPAS 1857/13 promovid o por la empresa DESARROLLADORA CASTILLA LA NUEVA, S.A. DE C .V. representada por el Ing. Javier Cerda Ayala, en el cual se pretende construir un total de 124 viviendas de tip o medio y un macrolote comercial, se ubica en Carretera 57 No. 3 975, colonia Granjas Las Mercedes, en el municipio de San Luis P otosí, S.L.P., en el predio de 30,582.67 metros cuadrados con las siguientes colindancias: Al Norte: Camino de Acceso 7 Al Sur: Carretera 57. Al Oriente: Propiedad Privada.

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Al Poniente: Propiedad Privada. El fraccionamiento contara con un total de 14,068.4 2 metros cuadrados de área de vivienda, 5,616.52 metros cuad rados y 3,160.68, todo lo anterior conforme al plano de lot ificación en el mes de enero 2013. Cabe mencionar que el fraccionamiento en cuestión s e encuentra fuera del área de factibilidad para la prestación d e los servicios de agua potable y drenaje sanitario otorg ados por el INTERAPAS y los permisos para ocupar y/o cruzar los derechos de vía, derechos de paso y vías públicas así como para realizar modificaciones y afectaciones a la a infraestructur a existente de cualquier tipo pública y privada, será responsab ilidad del fraccionador, mismos que deberán ser prestados al O rganismo Operador con el propósito de verificar que la infra estructura hidráulica y sanitaria por construir de parte del p romotor, quede debidamente ubicada en área pública autorizad a. Asimismo, los levantamientos topográficos deberán s er referidos al nivel medio del mar atreves de bancos debidament e establecidos exclusivamente por el INEGI o el INTER APAS. 2.- ESTUDIOS TECNICOS. Para la determinación de los acaudales de agua pota ble para abastecer y de agua residual por drenar, se efectuó el cálculo correspondiente para el requerimiento de los gastos medio diario, máximo diario y máximo horario para el sumi nistro de agua potable, de igual manera se genero el correspo ndiente para en desalojo de agua residual de los caudales medio, máximo instantáneo y máximo extraordinario, mismos que se pueden consultar en la tabla No. 1 del presente estudio. 2.1.- AGUA POTABLE: El fraccionamiento contará con un total de 124 vivi endas de tipo medio y un macrolote comercial, por lo que consider ando el consumo doméstico per capita conforme a las recomen daciones de la Comisión Nacional del Agua de 250 litros al día por habitante y 6 litros por metro cuadrado al día para locales c omerciales, el gasto máximo diario requerido resultó de 1.83 li tros por segundo conforme a la tabla No 1 del presente estud io. Es importante mencionar, que la red interna del fra ccionamiento deberá ser calculada para el gasto máximo horario, el cual resultó de 256 litros por segundo. Las tomas domiciliarias deberán apegarse al detalle proporcionado por este Organismo Operador en el pla no SPP-RCLN-AP3, siendo indispensable el suministro de tubería de polietileno con alma de aluminio o similar siempre y cuando cumplan con la certificación oficial. 2.2.- ALCANTARILLADO SANITARIO. De la tabla No. 1, se desprende que el gasto máximo extraordinario es de 832 litros por segundo para la s 124 viviendas de tipo medio y un macrolote comercial. La introducción de la tubería para la atarjea deber á ser en diámetro mínimo de 25 centímetros en polietileno de alta densidad sin e esto sea limitante, siendo indispens able que contengan junta hermética y cuenten con el Certific ado de Calidad otorgado por la Comisión Nacional del Agua. Aunado a lo anterior, las velocidades del flujo en cualquier tubería, no deberán ser inferiores a 040 metros por segundo para el gasto mínimo de diseño de 1 50 litros por segund o.

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La descarga domiciliaria deberá estar constituida p or tubería de polietileno de alta densidad, con diámetro mínimo d e 15 centímetros y pendiente mínima de 0010, conforme a lo dispuesto en el plano SPP-RCLN-AS4. 3.- DICTAMEN Y RESOLUCIÓN. El gasto máximo diario para 124 viviendas de tipo m edio y un macrolote comercial es de 256 litros por segundo, E l caudal antes mencionado podrá ofrecerse por el INTERAPAS, a través del punto localizado en la línea de agua potable existe nte de 6" de diámetro ubicada en la esquina que forman los camin os de Acceso 4 y de Acceso 7, al nor-oriente de predio, sitio de sde donde el promotor deberá construir una línea de agua potable siendo este no menor a 4" de diámetro con una longitud aproxima da de 80 metros, todo lo anterior conforme a lo indicado en el plano SPP- RCLN-AP3 anexo al presente estudio. 3.2.-ALCANTARILLADO SANITARIO: El gasto máximo extraordinario para 124 viviendas d e tipo medio y un macrolote comercial resultó ser de 832 litros por segundo que podrán descargarse a través del punto localizad o sobre el colector sanitario de 38 centímetros de diámetro ex istente ubicada en la esquina que forman los caminos de Acc eso 4 y de Acceso 7, al nor-oriente de predio, sitio desde don de el promotor deberá construir una línea de alcantarilla do sanitario siendo este no menor a 30 centímetros de diámetro c on una longitud aproximada de 80 metros al nor-oriente del predio, todo lo anterior conforme al plano SPP-RCLN-AS4. 3.3.- DRENAJE PLUVIAL. En lo que respecta a escurrimientos pluviales, ésto s deberán ser desalojados por pavimento, no permitiéndose la desc arga de patios frontales, azoteas y estacionamientos en el drenaje sanitario aunado a lo anterior, dichos escurrimient os no podrán ser obstruidos por bardas, cercas, topes o boyas ve hiculares o cualquier edificación u obstáculo que impida el lib re tránsito de los mismos dentro del predio y que no provoquen daños a propiedades inmediatas aguas abajo del predio confo rme a lo establecido por la Ley General de Protección Civil y las leyes y reglamentos estatales y municipales, tendientes a l a prevención, protección y salvaguarda de las personas en su inte gridad física, sus bienes y el entorno. Es recomendable que conforme a los resultados del e studio hidrológico que deberá llevar a cabo el promotor pa ra determinar el volumen de agua que genera una tormenta de diseñ o para 5 años de periodo de retorno, se diseñen y construyan las obras necesarias para evitar que los escurrimientos pluvi ales que genere este nuevo centro de población fluyan hacia las vialidades externas a éste, incrementando el nesgo de afectaciones a terceros aguas abajo del fraccionami ento en cuestión, entre las obras que pudieran requerirse s e mencionan pozos de absorción, tanques de retención para almac enamiento temporal de aguas pluviales en la salida del fracci onamiento o varios en los sitios convenientes e inclusive colec tores pluviales con un cuerpo receptor u propiedad para s u descarga, con la debida autorización de la dependencia corres pondiente para máxima eficiencia en su captación con la capac idad que resulte del estudio hidrológico antes citado y para almacenar provisionalmente el volumen producido por 5 torment as de diseño,

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pudiéndose aprovechar el agua almacenada para el ri ego de Jardines y recarga del acuífero entre otros usos, c onforme a las disposiciones que emitan la Unidad de Protección Ci vil Municipal y la Dirección Catastro Desarrollo Urbano y Nuevos Proyectos del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí. Así mismo una vez que el fraccionamiento "RESIDENCI AL CASTILLA LA NUEVA" cuente con la debida autorización por par te del H Ayuntamiento, en apego al artículo 159 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, el promotor deberá co ntinuar con los trámites ante el INTERAPAS presentando los plan os del proyecto ejecutivo de las redes de agua potable y d renaje sanitario para su revisión definitiva, pago o elabo ración del convenio de pagos y entrega de la factibilidad corr espondiente por parte de este Organismo Operador para posterior mente llevara a cabo la supervisión y recepción de las obras.

• CAMBIOS DEL PROYECTO Oficio IN/DPC/SF/OF/432/14, Expediente 1857/13 de f echa 27 de Octubre del 2014, que a la letra dice: En relación al escrito de fecha 20 de Octubre del 2 014, donde nos informa la ubicación correcta del fraccionamien to Residencial Castilla La Nueva en base al recibo N° f-5256105 de fecha 02 de junio del 2014, del Departamento de Des arrollo Urbano, de la Delegación de Villa de Pozos, S.L.P., quedando así, Camino de Acceso 7 N° 510, Lote 1, del fraccio namiento Granjas Las Mercedes en la Delegación Municipal de Villa de Pozos, S.L.P. Por lo que respecta para este Organismo Operador qu eda enterado y da por hecho la correcta dirección del predio cit ado. POR LO ANTERIOR SE PONE A CONSIDERACION DE LOS PRESENTES LA SOLICITUD QUE PRESENTA LA DIRECCION DE CATASTRO Y D ESARROLLO URBANO RESPECTO A LA AUTORIZACION DEL CONDONIMIO “RESIDENCIAL CASTILLA LA NUEVA” LO QUE SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES. En uso de la voz, el Secretario Gene ral del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al r especto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el PRIMER BLOQUE del segundo dictamen de la Comisión de Alumb rado y Obras Públicas, como se ha presentado; y de conformidad c on lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliz a y se aprueba POR MAYORÍA DE 14 CATORCE VOTOS A FAVOR Y 4 ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES: GABRIELA MEADE PONS, MARIA ELOISA LANDAVERDE TREJO, ALMA RUTH CASTILLO ZUÑIGA Y JOSE ANTONIO ZAP ATA MERÁZ.----SEGUNDO.- Se pone a consideración de los presentes la MODIFICACIÓN A LA COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA DEL PR EDIO UBICADO EN BOULEVARD LAS MERCEDES #279, FRACCIONAMIENTO LAS MERCEDES, MARCADO CON UN USO DE SUELO DE HABITACIONAL DENSIDAD ALTA ‘H4’, PARA QUE SEA COMPATIBLE EN DICHO PREDIO EL FUNCIONA MIENTO DE OFICINAS CON ÁREA DE ALMACENAMIENTO (BODEGA PARA ALMACENAMIENTO); así mismo deberá cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística en el predio mencionad o el pago correspondiente al concepto de Licencia de Cambio d e Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de Ingresos p ara el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable, dicho pago deberá realizarse ante la Dirección de C atastro y

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Desarrollo Urbano. POR LO ANTERIOR SE SOMETE A VOT ACION EL CUAL SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay comentarios al respecto, se somete a conside ración de los miembros del Cabildo este SEGUNDO BLOQUE, del segu ndo dictamen de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, relac ionado con la modificación a la compatibilidad Urbanística de un Predio ubicado en Boulevard Las Mercedes #279, Fraccionami ento Las Mercedes; por lo que con fundamento en los artícul os 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realizar la vo tación en forma económica y simple, se solicita a los miembro s de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 16 DIECI SÉIS VOTOS A FAVOR Y 2 DOS ABSTENCIONES, DE LOS REGIDORES MARÍA ELOÍSA LANDAVERDE TREJO Y MARIN TREJO RESENDÍZ.----------- --------------- TERCERO.-Se pone a consideración de los presente s, la MODIFICACIÓN A LA COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA DEL PR EDIO UBICADO EN AVENIDA DE LAS TORRES #230, FRACC. EJIDAL JASSOS , MARCADO CON UN USO DE SUELO DE HABITACIONAL DENSIDAD BAJA ‘H1’, PARA QUE SEA COMPATIBLE EN DICHO PREDIO EL FUNCIONAMIENTO DE UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL COMO BAR; así mismo deberá cubrir previo a desarrollar cualquier acción urbanística e n el predio mencionado el pago correspondiente al concepto de L icencia de Cambio de Uso de Suelo según lo manifestado por la Ley de Ingresos para el Municipio de San Luis Potosí en el ejercicio fiscal aplicable, dicho pago deberá realizarse ante la Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano. POR LO ANTERIOR SE SOMETE A VOTACION EL CUAL SE APRUEBA POR MAYORIA CON 3 VOTOS A FAVOR Y 1 ABSTENCION DEL REGIDOR OLIVER MEADE HERVERT. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento señala qu e si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el TERCER BLOQUE del segundo dictamen de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, como se ha presentado; y de conformidad con los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realizar la votaci ón en forma económica y simple, por lo que se solicita a los mi embros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y RESULTAN 5 CINCO VOTOS A FAVOR Y 9 NUEVE VOTOS EN CONTRA DE LOS REGIDORES: OLIVER MEADE HERVERT, GABRIELA MEADE PONS, JORGE LUIS PÉREZ ÁVILA, ALMA R UTH CASTILLO ZÚÑIGA, MARÍA ELOÍSA LANDAVERDE TREJO, JUAN JOSÉ AG UILAR ESPINOZA, JOSE ANTONIO ZAPATA MERAZ, LA SINDICO MAR ÍA EUGENIA RIVERA FERNÁNDEZ Y LA SINDICO MARIANA GARCÍA ALCALD E Y 2 DOS ABSTENCIONES DE LOS REGIDORES: MARCO ANTONIO ZAVALA GALENA Y LUIS GERARDO ALDACO ORTEGA, POR LO QUE DICHA SOLICI TUD NO SE APRUEBA. EN ESTA VOTACIÓN SE ENCONTRABA FUERA DEL SALÓN DE SESIONES LOS REGIDORES IRENE MARGARITA HERNANDEZ FISCAL Y SERGIO ZAPATA MONTOYA.------------------------------------ ------------- CUARTO.-Se pone a consideración de los presentes, la MODIFICACIÓN DE NOMENCLATURA A LA VIALIDAD EXISTENT E DENOMINADA EULOGIO ESNAURRIZAR, ASIGNANDOLE EL NOMBRE CORRECTO DE JOSÉ EULOGIO DE ESNAURRIZAR A., en cumplimiento al artículo 21, del Reglamento de Construcciones para el Municipio de S an Luis Potosí, el cual manifiesta que solo el Cabildo del Ayuntamiento determinará el nombre oficial de las vías públicas, parques, jardines, plazas y espacios abiertos.

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Viene de la Página No. 31 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

POR LO ANTERIOR SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES ASIGNANDOLE EL NOMBRE CORRECTO DE JOSÉ EULOGIO DE ESNAURRIZAR A. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayun tamiento, señala que si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el CUARTO BLOQUE del segundo dictamen de la Comisión de Alumbrado y Obra s Públicas, como se ha presentado; con este cambio de nombre de la calle para poner el nombre correcto, de conformidad con l o que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Int erno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliz a y se aprueba por UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES.EN ESTA VOT ACION SE ENCONTRABAN FUERA DEL SALÓN DE SESIONES LOS REGIDORES IRENE MARGAITA HERNÁNDEZ FISCAL Y EL REGIDOR SERGIO ZAPATA MONTOYA.--- -- QUINTO.-Se pone a consideración de los presente s, la ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA A LA VIALIDAD EXISTENTE COLINDANTE AL PARQUE TANGAMANGA II, EN LA ZONA NORTE DE LA CIUDAD , ASIGNANDOLE EL NOMBRE DE PRIVADA AMAPOLAS, en cumplimiento al artículo 21, del Reglamento de Construcciones para el Municipio de San Luis Potosí, el cual manifiesta que solo el Cabildo del Ayuntamiento determinará el nombre oficial de las vías públicas, parques, jardines, plazas y espacios abiertos.

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Viene de la Página No. 32 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

POR LO ANTERIOR SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES ASIGNANDOLE EL NOMBRE DE PRIVADA AMAPOLAS. ATENTAMENTE. LIC. OLIVER MEADE HERVERT PRESIDENTE DE LA COMISION DE A LUMBRADO Y OBRAS PÚBLICAS, LIC. MARIA EUGENIA RIVERA FERNANDEZ , SECRETARIA DE LA COMISION. En uso de la voz, el Secretario Gen eral del H. Ayuntamiento, señala que el Director de Catastro y Desarrollo Urbano que si entregó la información, por lo que si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el QUINTO BLOQUE del segundo dictamen de la Comisión de Alumbrado y Obras Públicas, como se ha presentado; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realiz ar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, procedan a votar leva ntando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE 16 DIECISÉIS VOTOS A FAVOR Y UNA ABSTENCIÓN, DE LA REGIDORA IRENE MARGARITA HERNÁNDEZ FISCAL. EN ESTA VOTACIÓN SE ENCONTRABA FUERA DEL SALÓN DE SESIONES EL REGIDOR SERGIO ZAPAT A MONTOYA.--- -- Como punto IV del Orden del Día.- Dictamen que presenta la Comisión permanente de Gobernación.- En uso de la v oz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del co nocimiento de los presentes que se recibió escrito de la Presiden ta de la Comisión de Gobernación, solicitando se agendara un punto dentro del orden del día, por lo que con fundamento en el artículo 89 Fracción VIII del Reglamento Interno del Municipio Libre de San Luís Potosí, se presenta el dictamen de la Comisión señalada. En virtud de lo anterior, hace uso de la voz la Síndic o Mariana García Alcalde para dar lectura al mismo, quien hac iendo uso de la voz, solicita que se dispense la lectura del dic tamen que se presenta, en virtud de que fue circulado en tiempo y forma. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayunta miento, señala que a petición de la Presidenta de la Comisi ón de Gobernación, se somete a su consideración la dispen sa de la lectura del dictamen que se presenta, quienes se en cuentren a favor, sírvanse manifestarlo levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR UNANIMIDAD .-------------- Se inserta el dictamen para constancia como sigu e: ------------ 09 de diciembre del 2014. HONORABLES MIEMBROS DEL CABILDO H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. PRESENTE.- De conformidad con las facultades de la Comisión Permanente de Goberna ción del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, se someten a consi deración del pleno de este H. Cabildo Municipal los acuerdos tom ados en la sesión de la misma, celebrada el 09 de diciembre de 2014, a efecto de que se proceda al análisis, discusión, y aprobación del siguiente: D I C T A M E N I.- REVISIÓN, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DE REFORMA A LOS ARTÍCULOS 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 53, 54 y 75 DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. En cumplimiento al acuerdo de Cabildo de fecha 30 d e junio del 2014, mediante el cual se aprueba por unanimidad d e votos la reforma a los artículos 43 y 75 del Reglamento de C onstrucciones del Municipio de San Luis Potosí y donde el Regidor Marco Antonio Zavala Galeana solicita se incluyan sus obs ervaciones y se mande la publicación hasta en tanto se tomen en cuenta dichas observaciones.

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Mediante oficio 1513/2014 recibido el 09 de septiem bre del 2014, signado por el Lic. Juan Ramón Nieto Navarro, Secre tario General, remite dictamen jurídico relativo a las o bservaciones presentadas por el Regidor Marco Antonio Zavala Gal eana respecto a la iniciativa de modificación al Reglamento de Co nstrucciones del Municipio de San Luis Potosí, en el cual dictam inan que se consideran viables únicamente las relativas a los a rtículos 46 inciso c), 48 inciso c), 49 inciso c), 50 inciso c) , 51 inciso c), 53 inciso c), 54 inciso c) , incluyendo la modificación a los artículos 45 inciso c) y 47 inci so c) toda vez que tienen la misma particularidad, y en el cas o concreto del artículo 46 inciso c) pluralizar el vocablo “Ár ea” para también hacerlo armónico en el contexto. En lo que atañe al artículo 75, no es procedente la modificación que se plantea, dado que la Ley de Desarrollo Urban o del Estado establece en su artículo 157 fracción IV respecto a l Área de Donación, que debe “cederse gratuitamente por el fraccionador al respectivo Ayuntamiento, para las correspondientes obras de equipamiento urbano y la prestación de los servicio s públicos”, por otra parte, en el capítulo Décimo Sexto relativ o a Condominios, señala en el artículo 215 fracción II que “Los condominios estarán afectos a ceder área de donació n para equipamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 157, fracción IV de esta Ley, la cual se ubicará adyacen te y al exterior del condominio” , es decir, al remitir a lo dispuesto en el artículo 157 fracción IV, determina la cesión gr atuita al Municipio. Considerando que no se vulneran normas de mayor jer arquía y que los cambios referidos no afectan sustancialmente a la reforma y adición de los artículos 43 y 75 que dieron origen a la observación del C. Regidor Marco Antonio Zavala Galeana, son los siguientes:

“ARTICULO 45. -… … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al municipio, escriturando, el 15% de la superficie ne ta o área vendible del fraccionamiento, debidamente urbanizada, esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, pa ra poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que s e destinará esta zona; ARTICULO 46.- … … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al Municipio, escriturando, el 15% de la superficie ne ta o área vendible del fraccionamiento, debidamente urbanizada, esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, pa ra poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que s e destinará esta zona; ARTICULO 47. -… … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al municipio, escriturado, el 15% de la superficie net a o área vendible del fraccionamiento, debidamente urbanizada; esta

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área se ubicará de conformidad con la Dirección, pa ra poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que s e destinará; ARTICULO 48. -… … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al Municipio, escriturado, el 15% de la superficie net a o área vendible del fraccionamiento, debidamente urbanizada; esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, pa ra poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que s e destinará; ARTICULO 49.- … … … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al Municipio, escriturado, el 15% de la superficie net a o área vendible del fraccionamiento, debidamente urbanizada; esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, pa ra poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que s e destinará; ARTICULO 50.- … … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al municipio, escriturado, el 10% de la superficie net a o área vendible del fraccionamiento; esta área se ubicará de conformidad con la Dirección, para poder cumplir estrictamente con el objetivo para el que se destin ará; ARTICULO 51.- … … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al Municipio, escriturado, el 10% de la superficie net a o área vendible del fraccionamiento, debidamente urbanizada. Esta área se ubicará de conformidad con la Dirección par a los fines óptimos a que dé lugar; ARTICULO 53.- … … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar y escriturar al Municipio el 10% de la superficie net a o área vendible , debidamente urbanizada, la cual se ubicará de conformidad con la Dirección; ARTICULO 54.- … … … c) Áreas de donación.- El fraccionador deberá donar al municipio, escriturado, el 10% de la superficie net a o área vendible , debidamente urbanizada. Esta área se ubicará de conformidad con la Dirección para que el objetivo s ea óptimo; ARTICULO 75. … En caso contrario al supuesto anterior, el área de donación será equivalente al porcentaje que se calculará con base en

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la superficie neta fijada para un fraccionamiento o condominio”.

Por lo que tras su revisión, discusión y análisis, ésta Comisión Permanente de Gobernación Municipal aprueba por UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES la REFORMA A LOS ARTÍCULOS 45, 46,47, 48, 49, 50, 51, 53, 54 y 75 DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES DE L MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. En uso de la voz, el Regidor M arco Antonio Zavala Galeana, señala lo siguiente: “ Gracias, Buenas tardes nuevamente, en la Sesión de Cabildo de fecha 30 de Junio de 2014, se solicitó por parte de un servidor algunas observaciones que fueran integradas al dictamen correspondiente e n cuanto a la reforma de los artículos indicados del Reglamento d e Construcciones del Municipio de San Luis Potosí, de los cuales se consideraron viables únicamente las relativas a los artículos 46 inciso c), 48 inciso c), 49 inciso c), 50 inciso c), 51, 53, y 54 inciso c) cada uno de ellos, incluyendo la mod ificación a los artículos 45 inciso c) y 47 inciso c), y de est a manera se uniformo en todos los dispositivos antes señalados el vocablo “área” para hacer armónico el contexto de la presen te reforma, lo cual así era el planteamiento que yo les decía e n un principio, lo cual agradezco a la Comisión y estamo s de acuerdo con ello. En uso de la voz, el Secretario General d el H. Ayuntamiento, señala que si n o hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el PRIMER BLOQUE del dictamen de la Comisión de Gobernación, como se ha presentado; y de conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se procede a realiz ar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, expresen su voluntad levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se apru eba POR MAYORÍA DE 14 CATORCE VOTOS A FAVOR Y 1 UNA ABSTENC IÓN DE LA REGIDORA ALMA RUTH CASTILLO ZÚÑIGA.---------------- --------------- Con la ausencia temporal de los Regidores María Elo ísa Landaverde Trejo, Oliver Meade Hervert y Luis Gerar do Aldaco Ortega.-------------------------------------------- ------------- -- Segundo y Tercer bloque del presente dictamen, s e regresan a la Comisión de Gobernación para que nuevamente sean analizados por dicha Comisión y se traigan nuevamente al Cabil do para su aprobación.---------------------------------------- ------------- -- IV.- REVISIÓN, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN A LA REFORMA DEL ARTÍCULO 114 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ES TADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ EN SUS FRACCIONES X Y X I ASÍ COMO LA ADICIÓN DE LA FRACCIÓN XII AL MISMO. MEDIANTE OFICIO 1706/2014 RECIBIDO EL 07 DE OCTUBR E, EL LIC. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, ENVIÓ A LA COMISIÓN PERMA NENTE DE GOBERNACIÓN EL DICTÁMEN JURÍDICO RELATIVO A LA REFO RMA DEL ARTÍCULO 114 EN SUS FRACCIONES X Y XI Y ADICION AL MISMO ARTÍCULO DE Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ. Con fechas 8 de agosto del 2013, se recibió oficio dirigido al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de San Lui s Potosí, signado por los CC. José Eduardo Chávez Aguilar y J osé Francisco Martínez Ibarra y Marianela Villanueva Ponce en su calidad de Primer y Segundos Secretarios, respectivamente, de la Directiva de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, mediante el cual solicitan sea puesta a con sideración de

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Viene de la Página No. 36 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

los integrantes del H. Cabildo las propuestas de re forma y adición al artículo 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. Ahora bien, a efecto de analizar la propuesta de re forma en cuestión, debe tomarse en consideración el contenid o del artículo 138 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, que dice:

“ARTICULO 138.- Esta Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requerirá su aprobación por el voto, cuando menos, dos de las terceras partes del número total de los Diputados y el voto posterior de cuando menos las tres cuartas partes de los Ayuntamientos. El Congreso del Estado o de la Diputación Permanent e, en su caso, harán el cómputo de los votos de los Ayuntamientos y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas”.

En ese orden de ideas, la reforma de fracciones X y XI y adición a la fracción XII del artículo 114 en análisis prop one crear un fondo de pensiones, con libertad hacendaria para ge nerarlo, que dependerá de Tesorería y bajo la vigilancia de los órganos de control interno de la propia administración, que pu ede incluso ser convenido con instituciones públicas o privadas (esto siempre con autorización del Congreso) a efecto de garantizar la viabilidad y sustentabilidad de pago de prestacione s por jubilaciones, pensiones y retiro, reforma que es de l tenor literal siguiente: REFORMA DE LAS FRACCIONES X y XI Y ADICIÓN A LA FRA CCIÓN XII DEL ARTÍCULO 114.

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S “La seguridad social está claramente definida en lo s convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y en los instrumentos de la Organización de las Naciones Uni das (ONU), como un derecho humano fundamental; es definida en términos generales como un sistema basado en cotizaciones qu e garantiza la protección de la salud, las pensiones y el desem pleo, así como las prestaciones sociales financiadas mediante impuestos: la seguridad social se ha convertido en un reto uni versal en un mundo globalizado. Desde varios sectores de la sociedad se ha venido s osteniendo que la inviabilidad financiera de los sistemas de p ensiones para garantizar un retiro digno a los trabajadores, se h a vuelto “una enfermedad invisible” de la economía mexicana, como una de las problemáticas más graves: crece todos los días, y n o presenta síntomas hasta que la gente se hace mayor. En ese sentido, es necesario hacer visible el tema relacionado con la problemática de las pensiones y de los recur sos de que dispondrá la población en los municipios de San Lui s Potosí al momento del retiro. Los municipios del Estado no han podido cumplir cab almente con las obligaciones de seguridad social a favor de sus trabajadores, en virtud de las limitaciones financi eras, pero además, porque formalmente no existe un fondo de pe nsiones mediante el cual éstos puedan hacer frente a tan im portante y creciente compromiso presente y futuro, condicionan do su

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Viene de la Página No. 37 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

otorgamiento a través del crecimiento desmedido de los recursos públicos por ser parte del gasto corriente. El fin de esta modificación a la Constitución Polít ica del Estado; y a las Ley, de los Trabajadores al Servici o de las Instituciones Públicas del Estado; y Orgánica del M unicipio Libre del Estado, es establecer la obligación de lo s ayuntamientos de crear un fondo de pensiones que de penderá de la tesorería municipal; el cual será vigilado por los órganos de control interno de la propia administración; que de berá contar con recursos suficientes para garantizar la jubilac iones, pensiones, y retiros de los trabajadores que con es e carácter tengan derecho a tal prestación. Asimismo, se establece que el ayuntamiento podrá ce lebrar convenios con instituciones públicas o privadas de seguridad social, para el manejo, y ejecución del fondo de pe nsiones del municipio, siempre que sea aprobado cuando menos po r las dos terceras partes de los integrantes del cabildo, y l a posterior autorización del Congreso del Estado, Por último, y para garantizar que el fondo contenga los recursos neces arios para su operación, deberá incluirse en el Presupuesto de Eg resos del ejercicio fiscal, un apartado que contemplará tres montos a etiquetar del gasto. PRIMERO. Se REFORMA el artículo 114 en sus fracciones, X, y XI; y ADICIONA al mismo artículo 114 la fracción XII, d e y a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano d e San Luis Potosí, para quedar como sigue: ARTÍCULO 114. … I a IX . ... X. ...; XI. ..., y XII. Los ayuntamientos de la Entidad, con base en sus respectivos presupuestos de egresos, y nóminas muni cipales, deberán crear un fondo de pensiones que dependerá d e la tesorería municipal, y será vigilado por los órgano s de control interno de la propia administración. Este fondo deberá contar con recursos suficientes p ara garantizar las jubilaciones, pensiones, y retiro de los trabajadores que, con ese carácter, tengan derecho a tales prestaciones; será constituido por las aportaciones de los trabajadores y del municipio. El cabildo aprobara el Reglamento para su administr ación y manejo. Se faculta al ayuntamiento para celebrar convenios con instituciones públicas o privadas de seguridad soci al, para el manejo, y ejecución de su fondo de pensiones, siemp re que lo apruebe cuando menos las dos terceras partes de los integrantes del cabildo y, la posterior autorización del Congre so del Estado.

T R A N S I T O R I O S PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, pre via aprobación por parte de los ayuntamientos de la Ent idad, en términos del artículo 138 de la Constitución Políti ca del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

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SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Por lo que tras su revisión, discusión y análisis, ésta Comisión Permanente de Gobernación Municipal aprueba por UNANIMIDAD de los presentes LA REFORMA AL ARTÍCULO 114 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS PO TOSÍ EN SUS FRACCIONES X Y XI ASÍ COMO LA ADICIÓN DE LA FRACCIÓ N XII AL MISMO. La Síndico Mariana García Alcalde, señala lo siguiente: “ Así mismo se hace del conocimiento que el día de ho y por la mañana se envió un oficio a todos los miembros del Cabildo, informándoles que por un error involuntario, se pus o en el artículo 80 la fracción VII, no perdón VIII, siendo la correcta la VI, se envió hoy por la mañana. En uso de la voz , el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que siendo un error de dedo en el dictamen presentado, la Síndico Mariana García Alcalde, solicita que se someta a votación ú nicamente ahorita el artículo 114, fracción XVIII, la reforma a las fracciones X, XI y adición la XII del 114. Por lo que somete a consideración la revisión, discusión y en su caso a probación a la reforma de las fracciones X y XI y adición a la fracción XII del artículo 114 de la Constitución Política Del Es tado Libre y Soberano de San Luis Potosí, queda a su consideraci ón; por lo que si no hay comentarios al respecto, se somete a consideración de los miembros del Cabildo el CUARTO BLOQUE del di ctamen de la Comisión de Gobernación, como se ha mencionado; y d e conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reg lamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, quienes estén a favor sírvanse votar levant ando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba por m ayoría de 14 votos a favor y dos abstenciones de los Regidores M arco Zavala Galeana y José Antonio Zapata Meráz. -------------- ---------------- ------ Con la ausencia temporal de los Regidores Jesús Edu ardo Noyola Bernal y Sergio Zapata Montoya-------------- ------------- -- V.- REVISIÓN, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DE LA REFORMA A LOS ARTÍCULOS 57 FRACCIÓN XVIII, 80 FRACCIÓN IX Y 80 FRACCIÓN VI DE Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ. MEDIANTE OFICIO 1931/2014 RECIBIDO EL 13 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, EL LIC. JUAN RAMÓN NIET O NAVARRO, ENVIÓ A LA COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN EL DI CTAMEN JURÍDICO RELATIVO A LA REFORMA DEL ARTÍCULO 57 Y FR ACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 80 DE Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL EST ADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ. Con fecha 07 de octubr e del 2104, se recibió oficio dirigido al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, signado por los CC . José Eduardo Chávez Aguilar y José Francisco Martínez Ib arra y Marianela Villanueva Ponce en su calidad de Primer y Segundos Secretarios, respectivamente, de la Directiva de la LX Legislatura del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, mediante el cual solicitan sea puesta a consideraci ón de los integrantes del H. Cabildo las propuestas de reform a al artículo 57 y 80 de la Constitución Política del Estado Libr e y Soberano de San Luis Potosí. Ahora bien, a efecto de analizar la propuesta de re forma en cuestión, debe tomarse en consideración el contenid o del artículo 138 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, que dice:

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“ARTICULO 138.- Esta Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requerirá su aprobación por el voto, cuando menos, dos de las terceras partes del número total de los Diputados y el voto posterior de cuando menos las tres cuartas partes de los Ayuntamientos. El Congreso del Estado o de la Diputación Permanent e, en su caso, harán el cómputo de los votos de los Ayuntamientos y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas”.

En ese orden de ideas, la reforma de la fracción XV III del artículo 57 pretende reducir el tiempo para la pre sentación del Plan Estatal de Desarrollo disminuyéndolo de seis a los primeros tres meses del mandato de quien presida la titulari dad del Poder Ejecutivo, asimismo se establece que el Poder Legis lativo lo revise en un plazo máximo de tres meses a través de las Comisiones Legislativas, para que, en su caso, se r emita con las observaciones correspondientes. Para la reforma a la fracción VI del artículo 80 lo que se pretende es obligar al Ejecutivo Estatal a rendir ante el Poder Legislativo del Estado información de forma trimest ral sobre la gestión administrativa en todos los temas públicos, creando un aliga de coordinación y transferencia de informació n continua entre ambos poderes del Estado, reformas que son de l tenor literal siguiente: REFORMA A LA FRACCIÓN XVIII DEL ARTÍCULO 57 DE Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO D E SAN LUIS POTOSÍ.

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S El Plan Estatal de Desarrollo es un instrumento est ratégico que responde a propósitos no sólo normativos, sino técn icos y políticos, en el que se aglutinan programas, proyec tos y acciones de gobierno, que una vez agotados, permiti rán cumplir con la misión comprometida ante la ciudadanía. La sociedad potosina se ha visto inmersa en profund os cambios que están teniendo una repercusión en los poderes p úblicos. La globalización, los cambios en la sociedad y su c reciente complejidad, los fallos del mercado y lo crisis fis cal del Estado, las nuevas formas de gobierno y el legado d e la responsabilidad política tradicional, la emergencia de la nueva gestión pública y el cambio de la administración ha cia el mercado están demandando una nueva manera de gobern ar. El mundo es hoy en día más complejo, dinámico y div erso, lo que no admite una visión única, sino que requiere una a proximación plural. Por ello, los sistemas de gobierno tradicio nal, basado en la jerarquía y la unilateralidad, altamente esta do-céntrico, no son suficientes, incluso, no son idóneos para ha cer frente a los problemas y retos que surgen. El Plan Estatal de Desarrollo es parte de los princ ipios arriba mencionados, resultando de la mayor importancia par a fijar el rumbo y prioridades del gobierno, en función a la d isponibilidad de ingresos y recursos con que cuente, de acuerdo a las necesidades sentidas de su población, pero, sobre t odo, porque fija abiertamente los ejes estructurales sobre los cuales direccionará su esfuerzo en un periodo determinado.

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Dicho de otra manera, los planes de desarrollo son una importante herramienta o "brújula" gubernamental, p ara no perderse en el camino; para que la inversión y el g asto público se apliquen de la mejor manera posible. Ante la creación de la política pública, solamente el Poder Legislativo puede establecer mecanismos de control, en el sentido de someter a la normatividad vigente los co ntenidos a los que dicho documento debe estar sujeto, además d e proveer el marco legal de las políticas públicas que éste cont iene y que son el fundamento del Plan Estatal de Desarrollo y sus programas sectoriales. El objetivo de la presente reforma es introducir di námicas administrativas y de coordinación entre poderes dis tintas a las vigentes, disminuyendo el tiempo para la presentaci ón del Plan Estatal de Desarrollo, a efecto de que éste se pres ente en los primeros tres meses del mandato de quien presida la titularidad del Poder Ejecutivo, así como la atribución del Pod er Legislativo para aprobarlo a los tres meses subsecu entes, esto con el objetivo de que dicho documento sea suscepti ble de ser revisado y analizado por parte de las comisiones le gislativas que integran esta Soberanía, y quienes verificarán si éste cumple con los elementos técnicos mínimos que debe contener un Plan Estatal de Desarrollo, y si éste se encuentra en consonancia con la normatividad vigente y con los i nstrumentos internacionales firmados por México. Dicha acción se justifica porque en la actualidad n o existe disposición alguna que señale algún tipo de procedi miento que se deba acatar por parte del Congreso del Estado, y ab re la posibilidad de que el mismo sea aprobado sin ser re visado, o que éste sea entregado un día antes del periodo que mar ca la normatividad vigente, lo que conlleva una carencia de visión de Estado. Con esta nuevas facultades de las comisiones legisl ativas, estas enviarán a la Directiva el resultado de su análisis , para que el Poder Legislativo se encuentre en condiciones d e aprobar el documento presentado por el Poder Ejecutivo; de no ser así, se devolverá a éste con el fin de que, de ser el caso, subsane las omisiones que se le señalen, y una vez realizadas, se remita de nueva cuenta al Poder Legislativo, para su aprobaci ón. Se reforma los artículos, 57 en su fracción XVIII, y 80 en su fracción IX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para quedar como sigue : ARTÍCULO 57. … I a XVII. … XVIII. Aprobar el Plan Estatal de Desarrollo, en el plazo y con el procedimiento que disponga esta Constitución, y la ley de la materia. XIX a XLVIII. ... ARTÍCULO 80. … I a VIII. … IX. Presentar ante el Congreso el Plan Estatal de Desa rrollo para su aprobación, dentro de los primeros tres mes es de su mandato. Asimismo, informarle anualmente sobre su e jecución, durante la segunda quincena de septiembre de cada a ño; X a XXIX. …

T R A N S I T O R I O S

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PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, pre via aprobación de los ayuntamientos de la Entidad, en t érminos del artículo 138 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado, lo hará publicar, circular y obedecer. REFORMA A LA FRACCIÓN IX DEL ARTÍCULO 80 DE Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS PO TOSÍ.

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S Durante los últimos años el debate sobre la transpa rencia gubernamental y la rendición de cuentas se ha multi plicado en México y el resto del mundo. Así como la discusión sobre las transiciones a la democracia dominó el debate polít ico y académico en diversas regiones durante la década de los ochenta y principio de los noventa, el debate sobre la tran sparencia y la rendición de cuentas ocupa desde hace varios año s más atención y recursos a nivel global. La rendición de cuentas es una obligación permanent e de los mandatarios para informar a sus mandantes de los ac tos que llevan a cabo como resultado de una delegación de a utoridad que se realiza mediante un contrato formal o informal, y que implica sanciones en caso de incumplimiento. El control y la fiscalización son mecanismos de un sistema global de rendición de cuentas, pero ésta abarca, a demás, otros instrumentos como la transparencia y los informes p eriódicos que los gobernantes deben rendir a los ciudadanos. Bajos los principios de rendición de cuentas, así c omo con las facultades de control constitucional que facultan a l Poder Legislativo, a solicitar todo tipo de información g ubernamental que se genere de los programas, políticas públicas, y el ejercicio de los recursos que se ejercen; de los re sultados, mediciones y evaluaciones que se desprenden de ello s; así como la potestad inexcusable de solicitar la comparecenc ia de los funcionarios de la administración pública estatal, es por lo que el objetivo de la reforma a la Constitución Local; y a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estad o de San Luis Potosí, es constreñir al Poder Ejecutivo a rendir a nte el Poder Legislativo del Estado, información de forma trimes tral sobre la gestión administrativa en todos los temas públicos planeados, implementados, desarrollados y evaluados por result ados por parte de la administración, creando una liga de coo rdinación y transferencia de información continua entre ambos p oderes del Estado, en pos de la máxima rendición de cuentas, c ontrol y fiscalización, continua, periódica y sistemática, p ermitiendo identificar obstáculos y prácticas que resultan ade cuadas para el cumplimiento de los objetivos, y de los compromi sos asumidos por el Estado en determinada materia. Se reforma el artículo 80 en su fracción VI, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue: ARTÍCULO 80. … I a V. … VI. Rendir ante el Congreso del Estado, en forma tr imestral y por escrito, a más tardar el día quince del mes sig uiente al periodo de que se trate, un estado de información f inanciera que

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refleje la situación que guarda la hacienda pública del Estado y, en forma anual, su cuenta pública, la que presen tará a más tardar el último día de febrero del año siguiente a l que corresponda su ejercicio. Asimismo, deberá rendir en forma trimestral y por e scrito, informe y documentación de respaldo sobre el avance programático y presupuestal por cada una de las secretarías y de pendencias de la administración pública estatal, a más tardar den tro de los diez días hábiles siguientes al periodo que concluy a; VII a XXIX. …

TRANSITORIOS PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, pre via aprobación en términos del artículo 138 de la Const itución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Po tosí. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado, lo hará publicar, circular y obedecer. Por lo que tras su revisión, discusión y análisis, ésta Comisión Permanente de Gobernación Municipal aprueba por UNANIMIDAD de los presentes LA REFORMA DEL ARTÍCULO 57 Y FRACCIÓN VI y IX DEL ARTÍCULO 80 DE Y A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ES TADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ. Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispue sto por el artículo 89 fracción VIII y 91 del Reglamento Inter no del Municipio Libre de San Luis Potosí, atenta y respet uosamente se solicita a los miembros del Honorable Cabildo la ap robación del presente DICTAMEN. A T E N T A M E N T E, LA COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN, LIC. MARIANA GARCÍA ALCALDE, PRESID ENTA DE LA COMISIÓN; LIC. IRENE MARGARITA HERNÁNDEZ FISCAL, VO CAL EN FUNCIONES DE SECRETARIA DE LA COMISIÓN.-- Si no hay comentarios al respecto, se somete a cons ideración de los miembros del Cabildo el QUINTO BLOQUE del dicta men de la Comisión de Gobernación, como se ha presentado; y d e conformidad con lo que establecen los artículos 55 y 57 del Reg lamento Interno, se procede a realizar la votación en forma económica y simple, por lo que se solicita a los miembros de es te Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anter ior se contabiliza y se aprueba por mayoría de 14 votos a favor y dos abstenciones de los Regidores José Antonio Zapata M eráz y Marco Antonio Zavala Galeana.---------------------------- ------------- -- Como punto V del Orden del Día.- SOLICITUDES DEL OFICIAL MAYOR, LIC. PEDRO MARIO HIDALGO MARTÍNEZ. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, hace del co nocimiento de los presentes con voz informativa, que se recibiero n solicitudes del Lic. Pedro Mario Hidalgo Martínez, Oficial Mayo r del H. Ayuntamiento, solicitando se agendaran dos asuntos dentro del orden del día, los cuales se desglosan de la siguie nte manera:

a) PROPUESTA DEL CALENDARIO OFICIAL DE ACTIVIDADES 201 5, b) FIRMA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA DATOS ABIERTOS.

Dichas propuestas se votaran en forma separada por lo que se refiere al Calendario Oficial de Actividades, se ha ce del conocimiento de los presentes que a cada uno de los miembros del Cabildo les fue entregada la propuesta de dicho Cal endario para el Año 2015, presentada por la Oficialía Mayor de e ste H. Ayuntamiento, el cual avala año con año el Sindicat o del

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Ayuntamiento, queda a su consideración este punto”. Hace uso de la voz, la Regidora Irene Margarita Hernández Fisca l, para señalar lo siguiente: “Solo solicitarle al Oficial Mayor, que ahora que haga los Convenios Administrativos que se hacen con el Sindicato, se tome en cuenta por los días inhábiles que traemos el viernes, el tema del Rastro Municipal que no lab ora el jueves y luego ahí hay un cambio de días y normalmente ten emos problemas con el tema económico, entonces para que lo considere, de una vez; es cuanto”. El Secretario General del H . Ayuntamiento, señala que: “Se toma nota de la obser vación de la Regidora, los viernes festivos, muy bien tomamos no ta de ese dato, se lo pasamos a ver al Oficial Mayor”. Hace u so de la palabra la Regidora Gabriela Meade Pons, para señal ar lo siguiente: “Con su permiso, yo también tengo dos du das, una, solo el primero de Octubre, como es la entrada de l a nueva administración ¿por eso es no laborable? y el cinco de mayo según en el Calendario anterior si esta que no se l abora y en esta ocasión no, digo por mi está bien, pero no sé si fue error o si a lo mejor logro Sindical y no se indicó o ¿Q ué? Nada más es una duda, no nos podrá informar el Oficial, si e sta? En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamient o, señala lo siguiente: “Bueno en teoría yo propongo con la clar idad que se hizo respecto al Rastro, se apruebe en la forma que está y si hay alguna modificación lo propondríamos en la sigu iente reunión”. El Regidor Marco Antonio Zavala Galeana, señala lo siguiente: “Yo creo que sería importante considerar una situación, actualmente estamos atendiendo lo que ap robamos en el año pasado, yo propongo, son los mismos días, las m ismas festividades, yo propongo que se apruebe en los mis mos términos que el que está vigente en este momento”. Nuevamen te el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala lo s iguiente: “Bien según la información que nos dan de Recursos Humanos no aparece como inhábil en ninguna parte, tal vez para el calendario escolar pero no para Calendario Laboral, en la Ley Federal del Trabajo no está”. Hace uso de la palabr a, el Regidor Marco Antonio Zavala Galeana, para señalar lo sigui ente: “Bueno como ustedes consideren pero yo propondría entonces se replique el Calendario Oficial que está vigente actualmente” . Por su parte la Regidora Irene Margarita Hernández Fiscal, señala lo siguiente: “Yo también pediría que el cinco de mayo sea inhábil”. Por su parte el Regidor Marín Trejo Resen díz, señala que el Calendario dice muy claro que no aplica para Educación, nada más para que se respete que Educación se va gu iar por el Calendario Oficial que emite la Secretaria de Educa ción Pública porque la vez pasada hubo una confusión e incluso l a indicación de que se rigiera por el Calendario que se va a apr obar ahorita y yo decía es que está muy claro que no aplica para Educación, Educación se va a regir por el Calendario Oficial, nada más para que se quede claro así y no se haga indicaciones contrarias porque además de la confusión pues crea de alguna m anera en el momento otra dinámica sin ninguna necesidad, eso es todo muy amables y muchas gracias”. En uso de la voz, el Sec retario General del H. Ayuntamiento señala lo siguiente: “S í Maestro, la Oficialía Mayor manda un calendario diferente pa ra los maestros, durante el mes de Septiembre, si finalmen te obedecen al calendario de la Secretaria de Educación, es cor recto, bien.

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Con fundamento en los artículos 55 y 57 del Reglame nto Interno, se realizará la votación en forma económica y simpl e, por lo que se solicita a los miembros de este Cabildo, proceda n a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliz a y se aprueba POR UNANIMIDAD. Con la observación realizada con respecto al Rastro Municipal y a los día del calend ario de la Secretaría de Educación”.-------------------------- --------------- En esta votación se encontraba fuera del Salón de S esiones la Síndico Mariana García Alcalde -------------------- ------------ En uso de CONTINUAMOS CON EL INCISO B) DE ESTE PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, RELATIVA A LA FIRMA DEL CONVENIO DE COLABO RACIÓN PARA DATOS ABIERTOS. Hago del conocimiento de todos ustedes, que el H. A yuntamiento de San Luis Potosí, se ha sumado al programa piloto del Gobierno Federal sobre datos abiertos. Para el gobierno de la República, las bases de dato s con carácter público que están en posesión son activos prioritarios que cuando son publicados en formatos abiertos pued en ser utilizados, reutilizados y redistribuidos para crea r valor y beneficios en todos los sectores de la Sociedad. Para fomentar la creación y aprovechamiento de este valor, el Gobierno lanza la Política Nacional de Datos Abiert os, que ha sido elaborada después de un ejercicio exhaustivo d e diagnóstico, análisis y consulta con las dependenci as y entidades de gobierno y representantes de la socied ad civil, industria y academia, así como con algunos organism os constitucionalmente autónomos. Es por ello que el Gobierno Federal, ha solicitado a la Administración Municipal que, para poder participar de manera activa en el programa de datos abiertos, es necesar io que este Honorable Cabildo, autorice la celebración de este convenio de colaboración, queda a su consideración la aprobació n de este punto. En uso de la voz, la síndico mariana García Alcalde, señala lo siguiente: “Bueno yo creo que el Conveni o es factible de su aprobación, sin embargo para la implementació n creo que se debe considerar que se coordine con la Dirección de Innovación Tecnológica, así mismo considero que tiene un error , digo yo sé que es un machote, pero únicamente viene que es un Síndico en las declaraciones del Ayuntamiento, solicito que se ponga que son dos Síndicos en la declaración segunda punto do s”. En uso de la voz, el Secretario señala que este es nada más u n formato sobre el que se va a trabajar para hacer el conveni o”. Hace uso de la voz, el Regidor José Antonio Zapata Meráz, pa ra señalar lo siguiente: “Es la autorización del machote o la aut orización de la firma del convenio? El Secretario General señala que es la autorización para la realización del Convenio, la f irma del Convenio con el Órgano correspondiente, así es, en este contexto. En uso de la voz, el Regidor Marco Antoni o Zavala Galeana, señala lo siguiente: “Habría posibilidad d e que previo a la autorización del convenio, recibamos una tarje ta informativa o la opinión de la Dirección Jurídica para hacer las adecuaciones como la que refiere la Licenciada que me parece muy importante porque, es en cuanto a la personalid ad Jurídica del Ayuntamiento que está representada por dos Sín dicos y no solo por uno”. En uso de la voz, el Presidente Muni cipal, Lic. Mario García Valdez, señala lo siguiente: “Nada más que hay otra

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disposición que no recuerdo en este momento pero en algún lado la vi, que dice que los Síndicos pueden actuar de m anera conjunta o separadamente, este, yo estoy de acuerdo que lo revisen pero no quisiera dejar el precedente de que sea obligatorio que actúen las dos Sindicas, porque pue de ser una u otra o juntas”. Hace uso de la voz, la Síndico Mari ana García Alcalde, para señalar lo siguiente: “Si claro, que pueden actuar separadamente, sin embargo, aquí dice que el Munici pio se integra nada más por un Presidente, un Síndico y el número de Regidores que establezca la legislatura actual”. El Secretario General, señala: Para dejar en claro, el Gobierno F ederal con criterios internacionales hace rato me lo dijeron m as en claro, me lo dijo Jorge Luis, pues yo tampoco lo entendía, no soy perito en estos temas, pero me dijo en pocas palabr as se trata de autorizar que se suban los datos que son público s a la nube, ¿es corrector Regidor?, que se suban los datos a la nube, para eso se tiene que firmar un Convenio y lo que estamo s proponiendo es que se autorice la celebración de ese convenio p ara lo cual la autoridad correspondiente Federal nos manda un f ormato en el que comete ese error, pues, pero el formato se tien e que adecuar, ¿si?, que no tiene más contenido que eso, hacerlo público, con mucho gusto cuando se realice el conve nio o se aterrice el convenio, les enviamos previamente un t exto del mismo, teniendo ustedes ya el machote o propuesta d el Gobierno Federal, si les parece bien”. En uso de la voz, el Regidor Marco Antonio Zavala Galeana, señala lo siguiente: “A mí me parecería mejor si los compañeros estuvieran de acuerdo que p revio a realizarlo, mejor revisemos el contenido del texto para efectos de estar aprobándolo en los términos adecuados. Hac e uso de la voz, el Regidor Jorge Luis Pérez Ávila, para señala r lo siguiente: “Me permite, muy buenas tardes a todos, creo que este es una parte muy importante de la administración, a la cual encabezamos, en la cual encabeza el Lic. Mario Garc ía y somos parte de ella, porque esto nada más es darle la aut orización a la administración para que pueda firmar un Convenio , para que pueda subir los datos a la nube, de esta manera pod emos trabajar de manera coordinada con los otros dos niveles de G obierno, que es Gobierno Estatal y Gobierno Federal, es muy impo rtante este convenio para que también a través de eso surjan pr oyectos y programas como lo de la firma electrónica que eso e s muy importante, como que también nosotros desde nuestro s portales podamos acceder a la Secretaría de Hacienda y la Se cretaría de Hacienda también pueda bajar a la base de datos del Ayuntamiento y de las diferentes dependencias como es la Secreta ría de Economía, la Secretaría de Minería, la Secretaría d e Agricultura, creo que eso es una parte fundamental para seguir digitalizando el Gobierno y es muy importante que a utoricemos la firma del Convenio para que de esta manera demos un paso más y el año que entra ese también es un requisito para p oder seguir obteniendo recursos del Programa de Gobierno Digit al, que es un Programa emprendido por la Presidencia de la Repúb lica que lo que quiere es, que todos los trámites y servicios q ue cualquier ciudadano realice los pueda ver en el mismo portal, al ciudadano, no le interesa cuando llega a la ventani lla de quien es el trámite, si es de Gobierno Estatal, de Gobier no Federal, o de Gobierno Municipal lo que él quiere es que en es a ventanilla

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pueda resolver su trámite, le puedan decir cuáles s on los requisitos y lo tiempos, a través de que subamos lo s datos y firmamos este convenio esta ventanilla se multiplic a y también puede ser una ventanilla virtual de Gobierno Federa l y de Gobierno del Estado por eso es muy importante la au torización para que se firme este Convenio”. Hace uso de la vo z, la Regidora Gabriela Meade Pons, para señalar lo sigui ente: “Con su permiso nuevamente únicamente para reiterar efectiv amente que es muy importante la firma de estos Convenios para pod er trabajar de la mano de los dos niveles Federal y Estatal, ún icamente es que hay que recordar que la forma es fondo en estas cosas, este Convenio no lo pudieron haber ya entregado con las particularidades de nuestro Ayuntamiento, si, el de partamento como dice ahí que se va hacer cargo para que se ll eve a cabo, la diferencia de este Municipio que tenemos dos Sín dicos no nada más uno, yo creo que si nuevamente reiterar que la forma es fondo en estos casos y si debimos haber recibido un convenio ya lleno, con lo último que faltaría sería entonce s la fecha de autorización del Cabildo, únicamente, es cuanto”. E l Regidor Jorge Luis Pérez Ávila, señala lo siguiente: “Yo pr opongo que le demos la oportunidad a la administración de que pue da firmar el Convenio, con la salvedad de que antes de que lo f irme nos haga llegar nada mas una copia de cómo va a quedar y si algún Regidor tuviera en algún momento alguna corrección o algún dato que necesita que se le precise, que la Secretaría por f avor lo atienda de manera personal para que aclare cualquie r duda, pero lo que si no podemos estar frenando pues son las de cisiones porque si no lo aprobamos el día de hoy nos tendría mos que ir a una sesión hasta enero y yo creo que lo que quiere la ciudadanía de nosotros pues es que estemos dando pasos concret os y firmes, es cuánto”. En uso de la voz, el Secretario General del H. Ayuntamiento, señala que si no hay más comentarios al respecto, se somete a consideración de ustedes la autorizació n para celebrar un Convenio Administrativo con Gobierno Fe deral para la publicidad de datos abiertos, con fundamento en los artículos 55 y 57 del Reglamento Interno, se realizará la votaci ón en forma económica y simple, por lo que se solicita a los m iembros de este Cabildo, procedan a votar levantando su mano. Hecho lo anterior se contabiliza y se aprueba POR MAYORÍA DE DIEZ VOTOS A FAVOR Y SIETE ABSTENCIONES.------------------------ ------------ -- Como Sexto Punto Del Orden Del Día .- Informe de Secretaría General. En uso de la voz, el Secretario General de l H. Ayuntamiento, señala que con fundamento en el artíc ulo 119 fracción IV del Reglamento Interno del Municipio Li bre, se les hizo llegar a cada uno de ustedes, el informe de es ta Secretaría General, y en virtud de lo anterior les solicito, t engan a bien dispensar la lectura del mismo, ya que fue circulad o junto con la convocatoria. Por lo que se somete a consideraci ón de este Honorable Cabildo, la dispensa de la lectura solici tada. Los que estén a favor, sírvase manifestarlo. Hecho lo anter ior se contabiliza y se aprueba POR UNANIMIDAD.----------- --------------- Se den por enterados del informe presentado por esta Secretaría. Muchas gracias.------------------------ --------------- Se inserta el informe de Secretaria General para constancia, como sigue:

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Viene de la Página No. 47 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

Diciembre de 2014

� VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL A ÑO 2014, DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2012-2015, DE FECHA 1 3 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO.

o REMITIÉNDOSE EL ACTA EN TIEMPO Y FORMA COMO LO DISPONE EL ARTÍCULO 70 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ.

� COMO TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, APROBACIÓN D EL ACTA DE CABILDO DE FECHA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014, APR OBÁNDOSE POR UNANIMIDAD.

� COMO CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, TOMA DE PROTESTA DEL C. JOSÉ ANTONIO ZAPATA MERÁZ, COMO REGIDOR.

� COMO QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA; EL CUAL SE DIVI DIÓ EN 5 BLOQUES, COMO SIGUE: � PRIMERO.- REVISIÓN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LOS

ESTADOS FINANCIEROS CORRESPONDIENTES AL MES DE OCTUBRE DE 2014, QUE PRESENTA LA TESORERIA MUNICIPAL; APROBÁND OSE POR MAYORÍA DE VOTOS;

Turnándose oficios a: • Comisión Permanente de Hacienda. • Tesorería • Auditoría Superior del Estado

� SEGUNDO.- SOLICITUD QUE PRESENTA LA SEGUNDA SINDICATURA MUNICIPAL, RELATIVA AL COMODATO DE VEHÍ CULOS, TAMBOS Y DEPÓSITOS DE BASURA A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SANTA MARIA DEL RÍO, S.L.P.; Turnándose oficios a:

• Comisión Permanente de Hacienda. • Oficialía Mayor. • Dirección Jurídica. • Sindicatura.

� TERCERO.- SOLICITUD QUE PRESENTA LA SEGUNDA SINDICATURA MUNICIPAL, REFERENTE AL COMODATO DE UN VEHÍCULO PARA LA RECOLECCIÓN DE CONTENEDORES, A FAVOR DEL MUNICIPIO DE VILLA DE REYES, S.L.P.; Turnándose oficios a:

• Comisión Permanente de Hacienda. • Dirección Jurídica. • Oficialía Mayor. • Sindicatura.

� CUARTO.- SOLICITUD QUE PRESENTA EL LIC. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIE NTO, RELATIVA A LA REVISIÓN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE L CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CONSOLIDACIÓN DE RESERVAS URBANAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014;

Turnándose oficios a: • Comisión Permanente de Hacienda.

INFORME DE SECRETARIA GENERAL

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Viene de la Página No. 48 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

• Dirección General de Catastro y Desarrollo Urbano. • Dirección de Catastro. • Dirección Jurídica. • Sindicatura.

� QUINTO.- SOLICITUD QUE PRESENTA EL LIC. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO, RELATIVA A LA SOLICITUD DE PRÓRROGA PARA LA CONSTRU CCIÓN DEL CENTRO ESTATAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO; Turnándose oficios a:

• Comisión Permanente de Hacienda. • Dirección Jurídica. • Sindicatura. • Oficialía Mayor.

� COMO SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE PENSIONES Y ASUNTOS LABORALES: � UNICO.- OTORGANDOSE LAS SIGUIENTES PENSIONES, LAS CUALES

FUERON APROBADAS POR UNANIMIDAD DE VOTOS: Pensión por Viudez: 1).- Catalina Uresti Tovar, esposa de Adolfo Arauj o Del Ángel, adscrito a la Dirección de Comercio, con el 50% de su salario mensual, equivalente a $ 4,046.00 (CUATRO MIL CUARE NTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) 2).- Margarita Palmares Silva, esposa de Martín Lor edo Méndez, adscrito a la Delegación de Pozos, con el 52.5% de su salario mensual, equivalente a $ 5,825.92 (CINCO MIL OCHOCI ENTOS VEINTICINCO PESOS 92/100 M.N. 3).- Ana María Ruezga Rodríguez, esposa de Cruz Ma rtínez Briones, adscrito a la Dirección de Seguridad Publica, con el 100% de su salario mensual equivalente a $ 5,644.00 (CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N. 4).- Amparo Briones Padilla, esposa de Raúl Gonzále z Ayala, adscrito a la Dirección de Comercio, con el 100% de su salario mensual, equivalente a $ 5,830.00 (CINCO MIL OCHOCI ENTOS TREINTA PESOS 00/100 M.N.) 5).- María Del Socorro Serrano Castro, esposa de J. Jesús Medellín Martínez, adscrito a la Dirección de Seguridad Publica, con el 100% de su salario mensual equivalente a $ 5 ,561.00 (CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN PESOS 00/100 M.N .). 6).- Ma. De Los Ángeles Padilla Rosas, esposa de Ma rio Ruiz López, adscrito al Departamento de Cementerios, con el 10 0% de su salario mensual equivalente a $ 5,562.00 (CINCO MIL QUINIENTOS SESENTAY DOS PESOS 00/100 M.N.). Pensión por Orfandad: 1).- Angélica María Rodríguez Santos, Juan Gua dalupe Campos Rodríguez, Jan Carlo Campos Rodríguez y Luis Ern esto Campos Rodríguez, esposa e hijos menores de Jerónimo Campo s Saavedra , adscrito a la Dirección de Seguridad Publica, con el 100% de su salario mensual, equivalente a $ 9,407.00 (N UEVE MIL CUATROCIENTOS SIETE PESOS 00/100 M.N.), consistente en el 25% equivalente a $ 2,351.75 (DOS MIL TRESCIENTOS CINCU ENTA Y UN PESOS 75/100 M.N.), respecto de Angélica María Rod ríguez Santos, y un 25% equivalente a $ 2,351.75 (DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS 75/100 M.N.), en cuanto a cada uno de sus

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hijos menores: Juan Guadalupe Campos Rodríguez, Jan Carlo Campos Rodríguez y Luis Ernesto Campos Rodríguez. 2).- J. Genaro Franco Pérez y Rita Juárez Castro, p adres de Juan Genaro Franco Juárez, adscrito al Departamento de Plazas Mercados y Pisos, con el 100% de su salario mensual , equivalente a $ 4,921.00 (CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIUN PESOS 00/100 M.N), correspondiente al 50% equivalente a $ 2,460.50 ( D OS MIL CUATROCIENTOS SESENTA PESOS 50/100 M.N.), acerca de J. Genaro Franco Pérez y el restante 50% equivalente a $ 2,460.50 ( DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA PESOS 5 0/100 M.N.), a favor de Rita Juárez Castro. Pensión por Invalidez: 1).- Ricardo Hernández Silva, adscrito al Departamento de Aseo Público con el 72.50% de su salario mensual, equiv alente a $ 4,119.45 (CUATRO MIL CIENTO DIECINUEVE PESOS 45/1 00 M.N.) Pensión por Jubilación: 1).- Pedro Mojica Ramírez, adscrito a la Dirección de Ecología y Aseo con el 95% de su salario mensual, equivalent e a $ 5,397.90 (CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE PES OS 90/100 M.N.) 2).- Leonardo García Díaz, adscrito a la Dirección de Seguridad Pública Municipal con el 100% de su sala rio mensual, equivalente a $ 11,288.00 (ONCE MIL DOSCIENTOS OCHE NTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.) Turnándose oficios a:

• Dirección de Recursos Humanos. • Oficialía Mayor. • Comisión de Pensiones y Asuntos Laborales. � COMO SÉPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, INFORME DE LA S

DELEGACIONES. o DANDO CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO

97 DE LA LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE. � COMO OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, INFORME DE SECRETARÍA

GENERAL o Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo

119 fracción IV del Reglamento Interno del Municipi o Libre, se presentó el Informe de esta Secretaría.

� VIGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL A ÑO 2014, DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 2012-2015, DE FECHA 2 6 DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO.

o REMITIÉNDOSE EL ACTA EN TIEMPO Y FORMA COMO LO DISPONE EL ARTÍCULO 70 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ.

� COMO TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, APROBACIÓN D EL ACTA DE CABILDO DE FECHA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014, APR OBÁNDOSE POR UNANIMIDAD.

� COMO CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA, DICTAMEN QUE PRESENTA LA COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA: � UNICO.- PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL

PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 201 5, QUE PRESENTA LA TESORERÍA MUNICIPAL, APROBÁNDOSE POR MAYORÍGA DE ONCE VOTOS A FAVOR CUATRO VOTOS EN CONTRA; Turnándose oficios a: • Comisión Permanente de Hacienda. • Tesorería.

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• Congreso del Estado • Auditoría Superior del Estado.

Se da cuenta al Cabildo de los informes recibidos p or parte del Presidente de Monitor Ciudadano, Lic. Federico Artu ro Garza Herrera. Lo anterior para dar cumplimiento al Artíc ulo Segundo Fracción VI, del Acuerdo por el que se crea el Mon itor Ciudadano de Buen Gobierno. Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para e nviarles un cordial saludo. A T E N T A M E N T E, LIC. JUAN RAMÓN NIETO NAVARRO, SECRETARIO GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI.-------------------------------------------- --------------- Hace uso de la voz, la Regidora Gabriela Meade P ons, para señalar lo siguiente: “Con su permiso nuevamente, ú nicamente para hacer un comentario respecto al Informe del Se cretario, se nos adjunta también los informes del Presidente del Monitor Ciudadano de Buen Gobierno, y si quisiera hacer men ción de dos temas en los que los primeros tres informes que pre sentó el Presidente no habían sido tocados, quiero leer text ualmente el párrafo, donde habla, bueno reitera de varios probl emas como los baches, las obras desatendidas y otros puntos, pero habla de uno en particular que me llama la atención porque si no se había tocado en los tres anteriores y el Presidente nos i nforma, que; reiteramos nuestra preocupación respecto al tema de resultados de la administración anterior, es incuestionable el reclamo social a transparentar y es más evidente el señalam iento ciudadano que apunta a esta administración como la encubridora de acciones irregulares, que a su juicio llevo a ca bo la administración anterior. Insistimos en que es conve niente que se hagan evidentes las acciones que en ese renglón se ha realizado y consecuentemente se restaure la buena imagen que los ciudadanos deben tener de su Gobierno Municipal, si me preocupa que es un informe que está presentando el President e del Monitor Ciudadano de Buen Gobierno, pues ojala tengamos en cuenta lo que él nos informa entre otros temas, es cuánto”.------ ------------- -- Como VI punto del orden del Día.- Clausura. En uso de la voz el Presidente Municipal, Lic. Mario García Valdez, declaró clausurada esta Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo del año 2014, del Ayuntamiento 2012-2015 siendo las 14:30 catorce horas con treinta minutos del día quince de Diciemb re del año dos mil catorce.----------------------------------- ----------------------------------- Se levanta la Sesión-------- -------------

El Presidente Municipal

C. Lic. Mario García Valdez (Rúbrica)

Los Regidores

C. Jesús Eduardo Noyola Bernal

(Rúbrica)

C. Irene margarita Hernández

Fiscal. (Rúbrica)

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Viene de la Página No. 51 del Acta No. 80, de la Vi gésima Cuarta Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre 2014.

C. Sergio Zapata Montoya (Rúbrica)

C. Yadira Alejandra Salas Niño (Rúbrica)

C. Alma Ruth Castillo Zúñiga (Rúbrica)

C. Marín Trejo Resendiz (Rúbrica)

C. Luis Gerardo Aldaco Ortega (Rúbrica)

C. Jorge Luis Pérez Ávila (Rúbrica)

C. Oliver Meade Hervert (Rúbrica)

C. José Antonio Zapata Meráz (Rúbrica)

C. Eduardo Acebo Zarzosa (Rúbrica)

C. Marco Antonio Zavala Galeana (Rúbrica)

C. Gabriela Meade Pons

(Rúbrica)

C. María Eloísa Landaverde Trejo

(Rúbrica)

C. Juan José Aguilar Espinoza (Rúbrica)

Las Síndicos Municipales C. María Eugenia Rivera Fernández

(Rúbrica)

C. Mariana García Alcalde (Rúbrica)

Da fe el Secretario General del H. Ayuntamiento

C. Juan Ramón Nieto Navarro (Rúbrica)

*pirma