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GUA DE LOS ESTNDARES DE SALUD EN EL TRABAJO

GUA DE LOS ESTNDARES DE SALUD EN EL TRABAJO

GUA DE LOS ESTNDARES DE SALUD EN EL TRABAJO54

NDICE

1.- GUA DE GESTIN DE SALUD EN EL TRABAJO32.- GUA DE VIGILANCIA MDICA OCUPACIONAL73.- GUA DE HIGIENE OCUPACIONAL103.1.- CONTROLES GENERALES DE HIGIENE OCUPACIONAL103.2.- SLICE Y ARSNICO123.3.- RUIDO174.- GUA DE ERGONOMA204.1.- CONTROLES GENERALES DE ERGONOMA204.2.- PUESTOS ADMINISTRATIVOS244.3.- BODEGAS Y PAOLES264.4.- EQUIPOS PESADOS274.5.- FUNDICIONES Y NAVES DE ELECTROREFINACIN Y ELECTROOBTENCIN (Exposicin a calor DS594)304.6.- MANTENIMIENTO Y HERRAMIENTAS324.7.- SALAS DE CONTROL344.8.- VEHCULOS LIVIANOS355.- GUA DE SALUD COMPATIBLE. EXMENES PREOCUPACIONALES Y OCUPACIONALES386.- GUA DE FATIGA Y SOMNOLENCIA407.- GUA DE FACTORES BIOPSICOSOCIALES438.- GUA DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACO469.- GUA DE RESTRICCIONES, REUBICACIONES, REHABILITACIN Y REEDUCACIN LABORAL4910.- GUA DE MATERNIDAD52ABREVIATURAS56DEFINICIONES57

1.- GUA DE GESTIN DE SALUD EN EL TRABAJOOBJETIVOSHomologar criterios generales para la gestin de salud en el trabajo, especialmente aquellos referidos a la organizacin, coordinaciones, competencias, responsabilidades y roles de cada uno de los actores que intervienen en la gestin de salud ocupacional.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Conocer los Estndares de Salud en el Trabajo y participar en las acciones de gestin de salud en trabajo que sean generadas por las Direcciones de Salud Ocupacional y del organismo administrador de la Ley 16.744.A.2.- Asistir a las capacitaciones definidas por la organizacin con el propsito de prevenir la aparicin de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo y evitar el agravamiento de enfermedades comunes pre-existentes.A.3.- Conocer los riesgos ocupacionales presentes en su puesto de trabajo y aplicar los controles definidos. A.4.- Participar en los procesos e iniciativas para la identificacin, evaluacin y control de los riesgos de exposicin a factores, agentes o condiciones que amenacen su integridad y salud.A.4.1Proyectos e iniciativas que eliminen, sustituyan o permitan controlar los riesgos de contraer enfermedades profesionales.A.4.2Programa de Vigilancia Mdica Ocupacional (PVMO).A.4.3Evaluaciones ocupacionales (salud compatible).A.4.4Identificacin de los peligros a los que se encuentran expuestos en sus reas de trabajo y que entraan el riesgo de enfermedad profesional o que pueden agravar alguna condicin de salud no laboral.A.4.5Mediciones de higiene ocupacional, cuidando los equipos, evitando cualquier accin que pueda alterar los resultados y la efectividad de las medidas de control.A.4.6Conocimiento de los mapas de riesgos de su rea de trabajo.A.4.7 Programa de Control de Fatiga y Somnolencia.A.4.8 Exmenes de alcohol y drogas por testeos aleatorios, por participacin directa o indirecta en un incidente y en caso de sospecha o flagrancia.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- La organizacin debe asegurar la adecuada gestin de salud en el trabajo con la implementacin de esta gua a travs de los siguientes aspectos:B.1.1La responsabilidad por el cumplimiento de estos estndares recae en los gerentes generales de cada Divisin, el Gerente de Proyectos y el Gerente de Recursos Humanos de Casa Matriz, a travs de las reas operativas y las gerencias de seguridad y salud ocupacional o sus equivalentes.B.1.2Las gerencias de seguridad y salud ocupacional de las divisiones y Vicepresidencia de Proyectos, deben contar con una Direccin de Salud Ocupacional con reas de salud, higiene, ergonoma y psicologa laboral.B.1.3La implementacin de los estndares de salud en el trabajo, exige la coordinacin entre los administradores de contrato de las empresas contratistas, Codelco y sus respectivos organismos administradores de la Ley 16.744.B.1.4Las divisiones con administracin delegada del seguro de la Ley 16.744, deben contar con una Direccin SATEP que al menos tenga un mdico, un experto en prevencin de riesgos y un analista financiero contable.B.1.5 Debe disponer de los recursos para la adecuada implementacin de los Estndares de Salud en el Trabajo.B.2.- La organizacin debe asegurar la difusin de los estndares a todo el personal y verificar el cumplimiento de las responsabilidades de:B.2.1Trabajadores.B.2.2Ejecutivos, directivos, supervisores y jefaturas.B.2.3Comits Paritarios de Higiene y Seguridad.B.2.4Gerentes de Recursos Humanos.B.2.5Gerentes de Seguridad y Salud Ocupacional.B.2.6Directores de Seguridad.B.2.7Directores de Salud Ocupacional.B.2.8Directores SATEP o mutualidad Ley 16.744.B.2.9Prestadores de servicios de salud.B.2.10Contratistas y subcontratistas.Lo anterior de acuerdo a lo indicado en el Procedimiento Estructural de Gestin de la Salud en el trabajo.B.3.- Deber asegurar que la divisin o centro de trabajo cumple con la estructura mnima de cargos que se detallan ms abajo. B.3.1Director de salud ocupacionalB.3.2Mdico de salud ocupacionalB.3.3Enfermero de salud ocupacionalB.3.4Higienista ocupacionalB.3.5Ergnomo ocupacionalB.3.6Psiclogo ocupacionalB.4.- Para el caso de contratistas y subcontratistas la organizacin mnima deber ser de acuerdo a la naturaleza del servicio, cantidad de trabajadores y evaluacin del riesgo a la salud.B.5.- La Direccin de Seguridad y la Direccin de Salud Ocupacional se encargarn de la gestin de EPP en conjunto, segn sean los requerimientos.B.6.- Deber contar con programas de capacitacin que aseguren el aprendizaje de todos los mbitos de salud ocupacional.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASNo aplica.

2.- GUA DE VIGILANCIA MDICA OCUPACIONAL.OBJETIVOSEstablecer los requerimientos mnimos obligatorios para la vigilancia mdica de los trabajadores propios y contratistas expuestos a agentes capaces de producir una enfermedad profesional de acuerdo a la normativa legal vigente. ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Debern asistir a las evaluaciones de vigilancia mdica cuando sean citados.A.2.- Deber dejar constancia de si autoriza la entrega de los resultados de sus evaluaciones a la Direccin de Salud Ocupacional en el caso de Codelco, o a la empresa correspondiente en el caso de contratistas.A.3.- Debern asistir a las capacitaciones sobre exposicin, peligros para la salud, medidas de control y prevencin de los agentes definidos en el PVMO. B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- El PVMO debe ser realizado peridicamente a los trabajadores expuestos, segn tipo y nivel de riesgo y cumpliendo lo sealado en el Procedimiento Estructural N 2.B.2.- Deber asegurar la asistencia al control de vigilancia mdica, que incluye capacitacin, debiendo otorgar a los trabajadores los permisos correspondientes.B.2.1Comunicndoles la fecha y hora de la citacin con la debida anticipacin.B.2.2Respetando las condiciones exigidas para la realizacin de los exmenes (reposo auditivo, no saliente de turno de noche).B.2.3Facilitando la asistencia a las capacitaciones relacionadas con la vigilancia mdica.B.3.- Los resultados del PVMO deben ser informados a los trabajadores por el respectivo organismo administrador de la Ley 16.744 o por su equivalente segn las condiciones de cada divisin.B.4.- Deber investigar todas las enfermedades profesionales de trabajadores activos que hayan generado incapacidad temporal y de los trabajadores activos o egresados que tengan resolucin.B.4.1Los que generan incapacidad de tipo temporal o permanente.B.4.2Determinar sus causas y medidas de control.B.4.3Debe participar el comit paritario y el rea operativa correspondiente con el apoyo del organismo administrador de la Ley 16.744.B.5.- Debern gestionar y realizar exmenes de egreso de la exposicin previo a la desvinculacin o cambio de puesto de trabajo, en relacin con los agentes o factores de riesgo a los que estuvo expuesto. B.6.- Deber mantener registro de evaluaciones de vigilancia mdica ocupacional, indefinidamente, despus de que los trabajadores han egresado de la empresa. B.7.- La Direccin de Salud Ocupacional de Codelco, a travs de los administradores de contrato, deber exigir a las empresas contratistas:B.7.1Avance trimestral de sus programas de salud ocupacional, que incluya resultados estadsticos.B.7.2Listado trabajadores con enfermedad profesional que incluya, rea y puesto de trabajo donde se desempea, y el agente que caus la enfermedad.B.8.- Deber hacer la DIEP empleador cada vez que un trabajador requiera ser evaluado por sospecha de enfermedad profesional y derivarla al respectivo organismo administrador de la Ley 16.744.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Las instalaciones para la realizacin de los exmenes deben poseer las caractersticas tcnicas requeridas que den trazabilidad y confiabilidad al proceso.C.2.- Se debe mantener el proceso de calibracin y mantencin de los equipos.3.- GUA DE HIGIENE OCUPACIONALOBJETIVOSEstablecer los requerimientos mnimos obligatorios para el control de los agentes de riesgos presentes en los ambientes de trabajo, con el fin de prevenir enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, de acuerdo a la normativa legal vigente.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.3.1.- CONTROLES GENERALES DE HIGIENE OCUPACIONALA) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deben conocer los riesgos qumicos, fsicos y biolgicos a los que se exponen y sus controles respectivos.A.1.1Conocer los peligros y riesgos asociados a la exposicin ocupacional, los efectos sobre su salud y las medidas de control aplicables.A.1.2Conocer las caractersticas, el funcionamiento bsico y la operacin de los sistemas para el control de la exposicin ocupacional presentes en sus reas y puestos de trabajo.A.2.- Los trabajadores deben participar en los procesos de evaluaciones personales y ambientales.A.2.1Sin daar o adulterar el o los equipos en el proceso de medicin o muestreo.A.2.2Portar el equipo durante la jornada segn indicaciones de los especialistas.A.2.3Informar defectos o fallas de equipos durante el proceso de medicin y muestreo.

A.3.- Informar siempre y en forma oportuna a travs de mtodos definidos por la organizacin cualquier situacin potencial de generar dao a la salud.A.3.1Revisar e informar las fallas o deficiencias, en cualquier elemento perteneciente a los sistemas de control de exposicin ocupacional.A.3.2Cualquier cambio en los procesos o fallas en equipos y que tengan un potencial de generar dao a la salud.A.4.- Participar siempre y en forma sistemtica, en el proceso de cierre de brechas de su rea de trabajo.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Disponer y mantener de programas de difusin y capacitacin para prevenir enfermedades profesionales, estandarizados para toda la Organizacin.B.1.1Gestionada en conjunto con recursos humanos de la divisin o VP.B.1.2Una capacitacin transversal definida por la DSO. B.1.3Una capacitacin por el rea de trabajo cada vez que:B.1.3.1Un trabajador ingresa a la organizacin.B.1.3.2Cambie las funciones del cargo, proceso o rea de trabajo.B.1.3.3Se modifiquen los niveles y agentes de exposicin.B.2.- Difundir a los trabajadores los resultados de los niveles de riesgo de higiene ocupacional a travs de los comits paritarios de higiene y seguridad de cada divisin o VP, asesorados por el especialista de higiene ocupacional.B.3.- Capacitar a los comits paritarios de higiene y seguridad en los temas asociados a higiene ocupacional.B.4.- Disponer y mantener un programa de mediciones de higiene ocupacional actualizado y validado, de acuerdo al Procedimiento Estructural de Gestin de Salud en el Trabajo y que posea a lo menos las siguientes caractersticas:B.4.1Indicar Grupos de Exposicin Similar (GES).B.4.2Contar con un nmero de muestras o mediciones acorde con la dotacin perteneciente a cada GES.B.4.3Contar con un anlisis estadstico representativo.B.5.- Cada rea de trabajo con presencia de factores o condiciones de riesgos a la salud, debe disponer de un plan de levantamiento y de cierre de brechas en higiene ocupacional.B.5.1Indicando brechas crticas detectadas.B.5.2Estimando el tiempo de cierre de brechas y costo asociado.B.5.3Asegurando el seguimiento y control de las brechas.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Los equipos de medicin y muestreo en higiene ocupacional, deben ser mantenidos, calibrados y certificados peridicamente, segn el Procedimiento Estructural de Gestin de Salud en el Trabajo.3.2.- SLICE Y ARSNICOA) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Los trabajadores deben aplicar los mtodos de control para evitar el contacto con agentes de riesgo para la salud.A.1.1No debern realizar limpieza por barrido, con pala, soplado por aire comprimido ni otras tcnicas de aseo que dispersen material particulado, a no ser que se tomen las medidas de proteccin a fin de no exponer a los trabajadores. (Esto no implica el uso del EPP).A.1.2Los operadores de los vehculos y equipos pesados deben permanecer en el interior de la cabina con las ventanillas completamente cerradas en procesos con riesgo de exposicin ocupacional.A.1.3Podrn ingerir alimentos, tomar lquidos o fumar solo en las reas destinadas para estos efectos y no en las reas de trabajo.A.1.4Realizar la limpieza de herramientas que han estado en contacto con material con contenido en arsnico en lugares habilitados especficamente para ello, y disponer los residuos generados segn corresponda.A.1.5Utilizar, conservar, mantener y almacenar adecuadamente sus elementos de proteccin personal. B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Debe disponer y aplicar mtodos de control para evitar enfermedades profesionales asociadas a slice y arsnico.B.1.1Definir, implementar y mantener sistemas de control de exposicin ocupacional a polvo por encerramiento, captacin, filtracin y/o supresin en las instalaciones, equipos y herramientas. Asimismo, aplicado a la exposicin accidental a gases de arsnico.B.1.2Incorporar en el diseo, construccin, montaje y puesta en marcha de los proyectos, as como en las modificaciones de operaciones, procesos y/o instalaciones, los requisitos definidos en este documento.B.1.3Evaluar y asegurar la eficiencia de los sistemas y dispositivos de control de exposicin ocupacional, a lo menos una vez al ao o cada vez que sea necesario, de acuerdo a sus criterios de diseo, operacin y mantenimiento.B.1.4Contar con un plan especfico de prevencin y fuga de material, que permitan evitar el contacto con los trabajadores.B.1.5En reas de acopio y almacenamiento de material, asegurar que existan los sistemas de control que eviten la libre dispersin de partculas.B.1.6Contar con un plan para prevenir o mitigar la generacin de polucin en caminos y vas de circulacin, asegurando que stos sean diseados, construidos y reparados con materiales que impidan la dispersin de polvo, as como tambin, sean humectados o tratados de manera de impedir su generacin. Estos deben ser analizados considerando los factores o aspectos de seguridad del proceso.B.1.7Disponer de un programa de aseo industrial para la eliminacin del polvo depositado en las reas, la limpieza se deber realizar por medios que prevengan la generacin de polvo en los ambientes de trabajo.B.1.8Prohibir la limpieza por barrido, por pala, por soplado con aire comprimido u otras tcnicas de aseo que dispersen material particulado. a no ser que se tomen las medidas de control a fin de no exponer a los trabajadores. (esto no implica el uso del EPP).B.1.9Prohibir el arenado como tcnica de tratamiento de superficies.B.1.10Contar con un procedimiento para la gestin del lavado de ropa de trabajo para personas que se desempeen en reas con riesgo de exposicin o en contacto con agentes. Este procedimiento debe incluir la recepcin, distribucin de la ropa limpia, recoleccin y envo a lavado de ropa sucia, adems exclusivamente para arsnico entregar casilleros para ropa limpia y sucia.B.1.11Dotar a los trabajadores de elementos de proteccin personal adecuada al tipo y magnitud del riesgo presente en los puestos de trabajo. B.2.- Debe disponer y mantener un Programa de Proteccin Respiratoria que considere a lo menos:B.2.1Seleccin y evaluacin del equipo de proteccin respiratoria (EPR).B.2.2Capacitacin sobre el uso adecuado, mantencin y almacenamiento del EPR.B.2.3Pruebas de ajuste cualitativas y cuantitativas.B.2.4Alineados a la Gua para la Seleccin y Control de Proteccin Respiratoria del ISP (Instituto de Salud Pblica de Chile).C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Las zonas o reas de trabajo con presencia de agentes contaminantes que tienen el potencial de causar enfermedades profesionales, debern contar y mantener sistemas de control que eviten la exposicin ocupacional.C.1.1Los puntos de vaciado, traspasos, harneado, transporte, perforacin y manejo de material donde se genere exposicin ocupacional, deben contar con los siguientes sistemas de control de polvo, segn aplique:C.1.1.1Encerramiento de la fuente contaminante.C.1.1.2Captacin del polvo desde el origen.C.1.1.3Supresin por aglomeracin hmeda o seca.C.1.2Las instalaciones de acopio y almacenamiento de material donde se genere exposicin ocupacional, deben disponer de los siguientes sistemas de control, segn aplique:C.1.2.1Extraccin de aire y captacin de polvo.C.1.2.2Supresin por aglomeracin hmeda o seca.C.1.2.3Deben ser cerrados y/o aislados de la presencia de trabajadores, para evitar riesgo de exposicin ocupacional.C.1.2.4Asimismo, se deber disponer de medios de control para evitar la dispersin de partculas durante el periodo de acopio o almacenamiento prolongado.C.1.2.5La altura de la cada del material se debe minimizar para evitar la generacin de polvo.C.1.3Las instalaciones deben disponer de sistemas de ventilacin general, sean estas naturales o forzadas, cuando corresponda y de forma adecuada, de manera que permitan minimizar la concentracin de los agentes fugitivos presentes en el ambiente de trabajo.C.1.4Las salas de control deben disponer como mnimo, de los siguientes dispositivos de proteccin para reducir la exposicin ocupacional de sus operadores:C.1.4.1Hermeticidad completa de la sala.C.1.4.2 Presin positiva en su interior.C.1.4.3Filtrado previo y acondicionamiento del aire introducido en la sala.C.1.5Cuando corresponda, las instalaciones deben contar con sistemas automatizados de deteccin de concentraciones ambientales de gases nocivos para la salud. (Especfico gases asociados a procesos del arsnico).C.1.6Los chutes de descarga de material con contenido de arsnico deben ser revestidos en su interior con material antiadherente y/o contar con sistema de vibracin elctrico o neumtico. Las paredes deben tener una pendiente que permita el libre desplazamiento del material.C.1.7Los tolvines de descarga de material con contenido de arsnico deben contar con sistema de corte automtico de llenado de maxisacos, de manera que impida la ruptura manual por el operador.C.1.8Contar con sealizacin clara y visible de los riesgos de exposicin del lugar y la obligatoriedad del uso del equipo de proteccin personal.C.2.- Disponer de instalaciones (salas de cambio, comedores y salas de descanso) que cuenten con las condiciones higinicas y sanitarias bsicas.C.2.1Las salas de cambio deben contar con 3 reas o zonas secuenciales. (rea sucia, rea de limpieza personal y rea limpia), separadas y debidamente identificadas entre s. (Especfico Arsnico).C.2.2Con presin positiva, filtrado previo y aislados de las reas de trabajo y de agentes de exposicin ocupacional, que asegure condiciones higinico-sanitarias ptimas. En el caso de que los trabajadores deban consumir alimentos en el trabajo, los comedores debern cumplir con lo establecido en la legislacin vigente.C.3.- Los equipos y herramientas que por su funcin generan particulado al ambiente de trabajo, debern contar con sistemas de control que eviten y prevengan la exposicin ocupacional.C.3.1Contar con sistemas de control tales como, encerramiento, captacin, filtracin y/o supresin que eviten la generacin de polvo y minimicen la exposicin ocupacional.C.3.2Contar con sistemas de control automatizado de manera que eviten la intervencin manual del operador.C.3.3Las cabinas de los equipos pesados, deben disponer como mnimo de los siguientes dispositivos de proteccin para reducir la exposicin ocupacional de sus operadores:C.3.3.1Hermeticidad completa de la cabina.C.3.3.2Presin positiva en su interior.C.3.3.3Filtrado previo y acondicionamiento del aire introducido en la cabina.C.3.4Las correas transportadoras debern contar con encerramiento cuando ocasionen exposicin ocupacional a polvo y contar con equipos centradores de cargas, gualderas de doble sello y raspadores.C.3.5El transporte en camiones, trenes u otros equipos pesados que transporten material con contenido de slice o arsnico, dispondrn cuando corresponda de sistemas de mitigacin de particulado.C.3.6Los equipos de perforacin y/o sondaje que por razones tcnicas operen en seco, deben contar con sistemas de captacin del polvo que generan.C.3.7Los equipos de corte, desbaste y pulido u otros que generen material particulado con contenido de slice deben tener incorporados sistemas para el control de polvo (captacin y humectacin) segn aplique.C.3.8Los equipos que cuenten con remolque silo para transporte de polvos con contenido de arsnico deben contar con sistemas internos que permitan la descarga de polvo con la mnima intervencin humana por embancamiento o falla en el sistema de presurizado.3.3.- RUIDO A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Los trabajadores expuestos deben aplicar los mtodos de control para evitar enfermedades profesionales.A.1.1Conocer los niveles de ruido del sector donde realiza su trabajo y los tiempos permitidos de exposicin con y sin proteccin auditiva.A.1.2Conocer y aplicar los mtodos de control de ruido existentes en su rea de trabajo, para evitar enfermedades profesionales.A.1.3Conocer el uso correcto y mantencin del equipo de proteccin auditiva.A.1.4Utilizar, conservar, mantener y almacenar adecuadamente sus elementos de proteccin personal.A.1.5Los operadores de los vehculos y equipos deben permanecer en el interior de la cabina con las ventanillas completamente cerradas en procesos con riesgo de exposicin ocupacional al ruido externo del equipo.A.1.6Los operadores de los vehculos y equipos deben permanecer en el interior de la cabina con volumen moderado de radios de comunicacin y comerciales para el control del riesgo de exposicin ocupacional al ruido.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Debe disponer y mantener controles que eviten la exposicin a ruido sobre los lmites permitidos.B.1.1Incorporar en los proyectos, as como en las modificaciones de operaciones, procesos e instalaciones, mejoras que permitan controlar el riesgo de exposicin ocupacional a ruido.B.1.2Incorporar en las instalaciones existentes, mejoras que permitan controlar el riesgo de exposicin ocupacional a ruido. Por ejemplo, a travs de la instalacin de barreras fsicas, redistribucin del layout, confinamiento de las fuentes generadoras, entre otras.B.1.3Evaluar y asegurar la eficacia de los sistemas y dispositivos de control de exposicin ocupacional a ruido, a lo menos una vez al ao o cada vez que sea necesario, de acuerdo a los criterios de diseo, operacin y mantenimiento.B.1.4Limitar los tiempos de exposicin de los trabajadores de manera de asegurar en lo posible no sobrepasar la dosis de ruido permitida por la legislacin vigente.B.1.5Asegurar adquisiciones de equipos y herramientas que emitan niveles de ruido que no generen una exposicin del trabajador sobre el lmite permitido.B.1.6Dotar a los trabajadores de elementos de proteccin personal adecuados cuando corresponda.B.1.7Asegurar el mantenimiento peridico de equipos y herramientas, generadores de ruido.B.1.8Identificar y sealizar las instalaciones, equipos y herramientas de alta generacin de ruido con la finalidad de limitar los tiempos de exposicin.B.2.- Debe disponer y mantener un Programa de Proteccin Auditiva que considere a lo menos:B.2.1Seleccin y evaluacin del equipo de proteccin auditiva (EPA).B.2.2Capacitacin sobre el uso correcto, mantencin y almacenamiento del EPA.B.2.3Otros segn Gua para la Seleccin y Control de Protectores Auditivos del ISP.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Deben contar con medidas que permitan el control de los niveles de ruido en el origen, en el medio de transmisin, y/o en el receptor, como por ejemplo: C.1.1Barreras fsicas (muros y techos absorbentes u otros).C.1.2Disposicin de salas de control selladas.C.1.3Operaciones con telecomando (automatizar).C.1.4Sellado de cabinas de equipos mviles de alto y bajo tonelaje.C.1.5Redistribucin de layout, de manera de alejar a las personas de la exposicin a ruido laboral.C.1.6Confinacin de fuentes generadoras de ruido.C.1.7Poseer estructura anti vibratoria que evite la propagacin del ruido.C.2.- Realizar mantenimiento preventivo y correctivo en equipos y herramientas que emitan ruido sobre el estndar, modificando y/o remplazando partes de stos, como por ejemplo:C.2.1Reemplazando los accionamientos de engranajes por correas.C.2.2Utilizando herramientas elctricas en vez de neumticas.C.2.3 Instalando silenciadores, etc.C.3.- Los equipos, herramientas manuales, elctricas, neumticas o hidrulicas, etc. deben emitir niveles de ruido que en consideracin del tiempo de exposicin no excedan la dosis de ruido permitida por la legislacin vigente. C.4.- Los equipos de proteccin auditiva deben presentar la certificacin por la institucin competente del pas de origen y la correspondiente a nivel nacional con la validacin del ISP.

4.- GUA DE ERGONOMAOBJETIVOSDefinir los requerimientos mnimos obligatorios para controlar los factores de riesgo ergonmicos, que permitan eliminar o controlar la ocurrencia de accidentes o enfermedades ocupacionales, preferentemente trastornos musculoesquelticos y contribuyendo a la productividad de las personas en sus trabajos y favoreciendo estilos de trabajo y de vida saludables.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.4.1.- CONTROLES GENERALES DE ERGONOMA.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deben revisar permanentemente las instalaciones, equipos y herramientas utilizadas en sus tareas, de manera de asegurar su adecuado funcionamiento.A.1.1Cada trabajador deber identificar condiciones subestndares de trabajo, informarlas y/o solucionarlas antes de comenzar sus labores habituales: funcionamiento de sistema de comunicaciones, estado de herramientas y equipos, orden y aseo, etc.

A.2.- Deben ejecutar los procedimientos definidos para cada tarea, evidenciando cualquier condicin ergonmica que amerite revisin y comunicar a su nivel jerrquico inmediatamente superior.A.3.- Deben utilizar los elementos de proteccin personal definidos para el adecuado desarrollo de sus tareas e informar a la supervisin respecto de aquellos EPP que siendo eficientes en su cometido, no sean funcionales a la tarea o generen algn riesgo ocupacional.A.4.- Deben participar en los procesos de consulta para adquirir equipos, herramientas, EPP u otros elementos propios del desarrollo de sus tareas.A.5.- Deben realizar todos los ajustes y acomodaciones en su puesto de trabajo que permita una postura adecuada para cada persona, alcances adecuados y funcionalidad de la tarea.A.6.- Deben aplicar los controles y realizar los ajustes necesarios respecto a los niveles de iluminacin, confort trmico y confort acstico.A.7.- La manipulacin y traslado de carga debe hacerse preferentemente bajo los siguientes criterios:A.7.1Los trabajadores deben utilizar las ayudas o medios auxiliares de manera de evitar el manejo o manipulacin manual de carga. No deben realizar esfuerzos fsicos que excedan su capacidad y/o que lo coloquen en una condicin insegura.A.7.2Los trabajadores deben chequear el estado, disponibilidad y utilidad (segn tipo de carga) de ayudas mecnicas (tecles, gras, carros, etc.), mantenindolas operativas y en buenas condiciones.A.7.3 Cumplir con instrucciones y procedimientos que la organizacin establezca respecto al manejo manual de carga.

B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Contar y mantener programas de capacitacin que aseguren que todo trabajador conozca respecto del control de los riesgos ergonmicos, incluyendo:B.1.1Caractersticas tcnicas de los materiales, equipos, repuestos y ayudas mecnicas.B.1.2Factores de riesgo ergonmico asociados a las tareas, principalmente manejo manual de carga y riesgo de patologa de extremidades superiores, de acuerdo a las caractersticas de las actividades a realizar.B.1.3Mecanismos de control de los riesgos.B.1.4Utilizacin de EPP y medios auxiliares

B.2.- La manipulacin y traslado de cargas debe hacerse preferentemente bajo los siguientes criterios:B.2.1Si el manejo o manipulacin manual de carga es inevitable y las ayudas mecnicas no pueden usarse, no se permitir que hombres mayores de 18 aos manejen cargas superiores a 50 kilos y que hombres menores de 18 aos y mujeres manipulen cargas sobre 20 kilos. B.2.2Si la carga manejada es mayor de 50 kilos la organizacin debe facilitar la existencia de medios auxiliares, o generar procedimientos de trabajo en equipo.B.2.3El nivel de riesgo de una tarea, considerada inicialmente crtica, deber ser determinado por los especialistas.B.2.4 Deben implementarse controles operacionales y recomendaciones del puesto evaluado.

B.3.- Los proyectos de inversin, la adquisicin, sustitucin y/o renovacin de equipos y herramientas deben considerar criterios ergonmicos en el anlisis de variables claves de sustentabilidad, tal como se encuentra definido en la Norma Corporativa de Codelco NCC 24.B.4.- Se deben implementar soluciones que mecanicen y/o automaticen procesos o tareas crticas, de acuerdo a un plan definido por el rea en conjunto con los asesores de ergonoma.B.5.- La organizacin del trabajo debe incorporar variables ergonmicas para que el rea de trabajo en conjunto con recursos humanos y los asesores de ergonoma de cada centro de trabajo, definan la dotacin y los procedimientos de las tareas crticas. B.5.1Asegurar las dotaciones en cantidad y con las competencias adecuadas para la realizacin de las tareas.B.5.2Asegurar las caractersticas fsicas y fisiolgicas de los trabajadores que ejecutarn estas tareas crticas.B.5.3Incorporar variables ergonmicas en los procedimientos de trabajo, especificado las herramientas o equipos, elementos de apoyo, EPP y vestuario en funcin de las exigencias de cada caso en particular.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.C.1.- La iluminacin de las instalaciones debe ser adecuada para la tarea segn lo especifique la normativa vigente.C.2.- Deben considerar los niveles de confort acstico de acuerdo al tipo de tarea, el cual debe ser evaluado por el ergnomo.C.3.- Los espacios deben facilitar el trabajo, permitiendo movimientos libres para el desplazamiento y/o ejecucin de las tareas de los trabajadores.C.4.- Deben considerar ambientes de trabajo trmicamente confortables y con adecuada calidad de aire, de acuerdo al tipo de tarea, el cual debe ser evaluado por el ergnomo. C.4.1Se debe disponer de mantenimiento permanente de los sistemas de climatizacin, sellado de puertas, ventanas, persianas o cortinas.C.4.2En el diseo de nuevas instalaciones, se deben considerar parmetros de temperatura y calidad del aire, de acuerdo con los Criterios de Diseo y Ergonoma para Centros de Operacin y Gestin (Documento VP).C.5.- La sealizacin utilizada en los centros de trabajo debe tener las siguientes caractersticas:C.5.1Ser visible.C.5.2Ser legible, en espaol e indeleble.C.5.3Identificar los tipos de componentes en sectores de almacenamiento.C.5.4Debe mantenerse en buenas condiciones.C.5.5Proveer seales de advertencia temporales cuando por razones de trabajo se coloquen obstculos en el piso, eliminando seales en desuso.C.5.6Debe indicar cules son los componentes ms crticos desde el punto de vista de la seguridad y de riesgos ergonmicos.

C.6.- Caminos y vas de circulacin de equipos y vehculos, deben estar libres de obstculos, sin baches o anomalas.C.7.- Las reas que requieran, segn tareas y operaciones de trabajo, deben contar con una sala de pausa/descanso/activacin, definidas por los especialistas ergnomos de cada centro de trabajo.C.8.- Los equipos, herramientas e instalaciones, deben tener propiedades de ajustes y funcionalidad relacionadas con la poblacin usuaria, adems deben ser mantenidas y renovadas para mantener sus caractersticas (ECF5, NCC 24).C.9.- Se deber contar con ropa de trabajo y EPP especficos para los riesgos y exigencias del rea y actividad; y en la talla adecuada para el trabajador, debiendo ser repuesta cada vez que sea necesario y con las siguientes caractersticas: C.9.1Con propiedades que el facilite confort trmico.C.9.2Flexible, que no restrinja los movimientos.C.9.3Vestuario diferenciado para distintas tareas y riesgos especficos (exposicin a calor, cido, etc.).C.9.4Funcional a la tarea.C.9.5Tallas especficas para cada trabajador.C.9.6Con diseos que faciliten la visibilidad del trabajador.C.10.- Contar y mantener monitores, cmaras o sensores para observacin y control de chutes, correas u otros puntos que pueden generar grandes esfuerzos en caso de atollos, atascamientos, etc.C.11.- Contar con eslingas sintticas (ms flexible y livianas) para traccin y amarre de materiales. Comprobar certificacin u otros elementos facilitadores como por ejemplo electroimanes.4.2.- PUESTOS ADMINISTRATIVOSB) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Contar con acciones para minimizar efecto de la alta exposicin de postura sentado y movimiento repetitivo de extremidad superior.B.1.1Incorporar pausas programadas, sistemas de ejercicios o descansos breves, durante la jornada laboral, al menos una en cada mitad de jornada.B.1.2Alternar actividades de 5 minutos por cada 20 minutos de digitacin continua. (D.S. 594).

B.2.- Para nuevas oficinas, cambios o mejoramientos, utilizar criterios ergonmicos de acuerdo al Instructivo Tcnico Antropometra funcional y Recomendaciones Ergonmicas para Diseo de Equipos y Mobiliario (IT 4.8).C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Silla de trabajo debe ser fcilmente ajustable y poseer regulaciones del asiento, respaldo y apoyabrazos.C.1.1El asiento debe permitir el apoyo lumbar, el movimiento libre de las piernas sin que exista presin en la parte posterior de la rodilla.C.1.2Respaldo ajustable que permita mover el cojn adelante/atrs para lograr profundidad ajustada del asiento.C.1.3Contar con asientos de mayor ancho para personas de mayor envergadura.C.1.4Ruedas giratorias. Si la tarea implica desplazamiento continuo dentro del espacio de trabajo deben adaptarse a las propiedades de la superficie del piso. Ruedas con baja resistencia a la friccin no se pueden utilizar con seguridad sobre un piso duro y deben estar protegidas lateralmente o de forma tal, que les impida atrapar objetos en su recorrido.C.1.5Apoyabrazos ajustables o desmontables si obstruyen al usuario, con ajustes de altura y ancho. No deben restringir la posicin correcta de la persona frente a escritorio.C.1.6Base de sustentacin estable, de 5 patas en estrella.C.2.- Las superficies de trabajo o escritorios deben responder a las exigencias de la tarea.C.2.1Las superficies deben tener una altura adecuada a las dimensiones de la poblacin usuaria.C.2.2La profundidad debe permitir el apoyo de los antebrazos y el libre movimiento de las piernas.C.2.3El tamao debe permitir que los elementos y/o accesorios necesarios se siten al alcance funcional del usuario.C.2.4Se recomiendan de forma de L, borde curvo de modo que monitor se ubique en el vrtice.C.2.5Se recomiendan bordes redondeados y colores no brillantes.C.2.6Si posee cajones, deben contar con sistema de sujecin que evite que se salgan totalmente en forma accidental y caigan al suelo.C.3.- Las pantallas deben poseer caractersticas que faciliten su ubicacin y angulacin.C.3.1El notebook debe usar accesorio para levantar pantalla y teclado adicional.C.3.2Las pantallas deben poseer sistemas de ajuste de altura y angulacin.C.3.3Dependiendo de la cantidad de informacin y complejidad del trabajo otra pantalla de visualizacin de datos. Esta puede ser:C.3.3.1Plana C.3.3.2Mnimo de 17 pulgadas. 4.3.- BODEGAS Y PAOLESA) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- La preparacin para el trabajo debe incluir, dentro de la planificacin diaria, anlisis de las condiciones del lugar de trabajo, herramientas y equipos.A.1.1Verificar buen estado de los componentes y herramientas recepcionados y entregados.A.1.2Controlar y eliminar permanentemente objetos u obstculos que pueden interferir en la tarea.A.1.3Mantener permanentemente despejadas las salidas y pasillos.A.1.4Evitar almacenar materiales que por sus dimensiones sobresalgan de las estanteras.

A.2.- Deber evitar manipular objetos por sobre la altura de hombros, bajo las rodillas, en espacios confinados y en altura fsica.A.2.1Utilizar escaleras, plataformas o gras para alcanzar ubicaciones de mayor altura en estanteras y racks.A.2.2Ubicar los componentes pesados en zonas de alcance confortable (entre codos y hombros).A.2.3Chequear el estado y disponibilidad y utilidad (segn tipo de carga) de ayudas mecnicas (tecles, gras, carros, etc.), mantenerlas operativas y en buenas condiciones.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1. Contar con un sistema de informacin y gestin que permita las labores de bodegaje.B.1.1Contar con inventario en SAP, de fcil lectura, que contemple la informacin actualizada de la ubicacin y especificacin de los componentes, herramientas, repuestos y materiales. Mantener registro actualizado de frecuencias de entrega y recepcin de materiales para determinar layout de almacenamiento, segn la demanda de cada rea.B.1.2Contar con registro de pesos y dimensiones de los componentes, equipos y materiales dando una valoracin para determinar el lugar y altura de almacenamiento.B.1.3Proveer escaleras, plataformas, gras u otro medio para alcanzar ubicaciones de mayor altura en estanteras y racks.

C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

C.1.- El diseo e implementacin de bodegas o paoles debe considerar los requerimientos ergonmicos definidos por la Direccin de Salud Ocupacional del centro de trabajo, para dimensionar el espacio y determinar su layout.

C.2.- Deben tener las siguientes caractersticas para facilitar el trabajo y evitar sobreesfuerzos biomecnicos.C.2.1Superficie del piso en buen estado, no resbaladizo, sin irregularidades saltos o desniveles.C.2.2Vas de acceso con dimensiones mnimas para ingreso salida de la carga, carros y personas que las transportan, sin que esto implique esfuerzos adicionales. Puertas y ventanillas de recepcin/entrega debe permitir el paso del objeto de mayor dimensin existente en el rea.C.2.3Los mesones deben tener 90 cm de altura, permitiendo la recepcin/entrega de materiales sin sobreesfuerzo a nivel de la columna. Sin bordes agudos y /o punzantes. C.2.4Ubicar componentes de tamao y peso crtico al nivel de abdomen en la zona de almacenamiento o guardado evitando sobreesfuerzos dorso lumbares.4.4.- EQUIPOS PESADOSA) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Debe contar con licencia de conducir interna vigente (ECF3), la que debe ser obtenida conforme al Acuerdo de Homologacin de Evaluaciones de Salud para Trabajos en la Industria Minera.A.2.- Debe preparar y ajustar su puesto de trabajo.A.2.1Ajustar, altura y ubicacin del asiento y volante, angulacin del respaldo, para lograr alcances seguros de comandos y controles de las extremidades superiores e inferiores.A.2.2Ajustar apoya cabezas de modo que el borde superior del apoya cabezas est ubicado aproximadamente 1 cm por sobre la altura del ojo asegurando el apoyo efectivo de la cabeza.A.2.3Informar inmediatamente fallas o deficiencias de deformaciones de la puerta o la cabina, rotura de vidrios, saturacin de los filtros, fallas en el acondicionamiento de aire de la cabina, desperfectos en los controles, asientos, polvo al interior de la cabina, sistemas de comunicacin.A.2.4Identificar e informar a la supervisin condiciones personales que puedan alterar el trabajo y administrarlas antes de comenzar sus labores habituales: estado de salud, nivel de alerta.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Requisitos tcnicos para adquisicin, sustitucin y/o renovacin de equipos pesados deben contemplar criterios ergonmicos establecidos en este estndar y en los instructivos tcnicos especficos. B.1.1Se debe aplicar lista de verificacin de condiciones ergonmicas.B.1.2Se debe aplicar criterios ergonmicos en el anlisis de variables claves de sustentabilidad segn la NCC 24.

B.2.- Contar y aplicar un plan de mantenimiento de los equipos que contemplen control de todos los elementos que pueden afectar la salud del operador.B.2.1Sustitucin de juntas de goma y filtros saturados.B.2.2Cambio de vidrios en mal estado o rotos.B.2.3Mantencin de asientos y suspensin, reposicin de asientos en mal estado.B.2.4Sustitucin de neumticos y control de la presin adecuada para el tipo de equipo y terreno.B.2.5Reparacin de sistemas de climatizacin.B.2.6Reposicin de cinturones de seguridad.B.2.7Limpieza de vidrios. C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS C.1.- El diseo de accesos, cabinas, asientos, controles, accesorios debe considerar criterios ergonmicos, de acuerdo al Instructivo Tcnico 4.8.C.2.- Los accesos deben facilitar la entrada y salida de los vehculos de un modo seguro y libre de esfuerzos adicionales.C.2.1El lugar para ubicacin de manos y pies debe ser evidente.C.2.2Escalas de peldaos, rampas, pasarelas y plataformas, deben permitir que el usuario mantenga a lo menos tres puntos de apoyo durante todo el tiempo que son utilizados.C.2.3Escalas comunes, peldaos nicos, orugas o similares, deben permitir la utilizacin de tres puntos de apoyo.C.2.4Manillas o elementos de sujecin slo deben ser instalados cuando no es posible incorporar sistema de barandas, deben tener las respectivas memorias de clculo y criterios ergonmicos en su diseo.C.2.5Superficies para colocar pies y manos deben ser lisas sin riesgos de cortes, golpes, atrapamiento, cadas u otros.C.2.6Peldaos deben estar demarcados a fin que sean visibles en cualquier condicin. Contar con pisos de metal con relieves, antideslizantes y con sistema efectivo de drenaje (perforaciones en el piso para que escurra el agua lluvia). C.3.- Las cabinas deben proveer confortabilidad, maniobrabilidad.C.3.1Espacio interior de cabinas no debe ser inferior al que requieren los trabajadores de mayor tamao corporal (en alto y ancho).C.3.2Para trabajo en postura de pie, la cabina debe tener una altura mnima de 205 cm.C.3.3Para trabajo en postura sentado, la cabina debe tener una altura mnima de 160 cm.C.3.4El ancho interno debe permitir facilidad para realizar movimientos de extremidades superiores para operar volantes, palancas, joystick, etc.C.3.5Espacio por delante de las piernas debe permitir su extensin o estiramiento.C.3.6Cuando no es posible aplicar estas condiciones antes mencionadas, en equipos especiales, debe existir evaluacin por especialista ergnomo con propuesta de alternativa y aplicada en el terreno. C.4.- Considerar asientos como elemento para mitigar vibraciones, por lo que deben mantener sus caractersticas y capacidad de suspensin y soporte.C.4.1Deben proveer apoyo suficiente para piernas y espalda y dar soporte al cuerpo para una manipulacin cmoda y conveniente de los controles.C.4.2Deben poder ser utilizados por operadores de distinta estatura, permitir variacin en la postura sentada y ser ajustables.C.4.3Apoya cabezas en asiento de conductor, ajustable y que provea un soporte efectivo de la cabeza.C.4.4Material del asiento debe favorecer disipacin de calor y evaporacin del sudor. No se recomiendan los recubrimientos plsticos.C.4.5Adicionar un cojn tanto en el asiento como zona lumbar en caso que el asiento sea muy duro y no posea soporte lumbar.C.4.6Contar con la propiedad de absorcin de vibraciones.C.4.7Apoya brazos ajustables de a lo menos 10 cm de ancho que favorezca el soporte de todo el largo del antebrazo y facilitar la manipulacin precisa de los controles.C.5.- La distribucin e iluminacin de equipos de comunicacin y visualizacin de indicadores al interior de la cabina debe ser tal que no alteren o dificulten la visualizacin sobre la tarea principal.C.6.- Contar con cinturn de seguridad que se ajuste fcil y cmodamente.C.6.1De 3 puntas.C.6.2Integrado al asiento y con justificacin cuando no lo sea.C.6.3Para equipos LHD considerar el uso de cinturones de cuatro (4) puntas.C.6.4Ajuste fcil y cmodo (ancho y acolchado).C.7.- Los indicadores de control del equipo, deben combinar seales y alarmas auditivas y visuales, anlogas y digitales, segn contexto de trabajo y nivel de criticidad acorde a fallas crticas del equipo.C.8.- Gras puente y otros equipos telecomandados deben poseer telecomandos diseados con criterios ergonmicos (requiere criterios de especialista).C.9.- Los comandos manuales (manubrios, joystick, botoneras, etc.), deben poseer ajuste o estar en ubicaciones que permitan el adecuado alcance de la poblacin usuaria. 4.5.- FUNDICIONES Y NAVES DE ELECTROREFINACIN Y ELTROOBTENCIN (Exposicin a calor D.S. 594).A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deber mantener un adecuado equilibrio trmico.A.1.1Deben permanentemente acudir a los sitios acondicionados con provisin de agua, para mantener un adecuado nivel de hidratacin.A.1.2Deben mantener e informar fallas en sistemas de ventilacin y control de modo adecuado (celosas abiertas cuando corresponda).A.1.3Deben respetar los tiempos de exposicin y descanso que le sean determinados por la organizacin en funcin de las tareas a realizar (Calor radiante, temperatura, humedad, etc.).

B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACIN

B.1.- Debe establecer procedimientos y medidas de control en la fuente, para mitigar la exposicin ocupacional al calor en las reas de mayor criticidad, lo cual debe ser definido por los especialistas de la DSO del centro de trabajo.

B.2.- Debe asegurar que todo trabajador nuevo o que se reincorpore despus de estar ausente por ms de 15 das, trabajen los primeros 4 das medio turno en reas y tareas que impliquen exposicin ocupacional directa al calor. (Validado por un especialista de Salud Ocupacional).

B.3.- Organizar el trabajo para disminuir la exposicin al calor y tareas de alto esfuerzo (manejo manual de cargas, posturas forzadas mantenidas, uso de herramientas pesadas).B.3.1Realizar pausas de recuperacin y descanso durante el turno, de acuerdo con los criterios establecidos por el especialista de la DSO del centro de trabajo.B.3.2En puestos como sangrado u otros de altas exigencias, distribuir actividades en cuadrillas o realizar rotaciones entre puestos de trabajo de diferentes exigencias.B.3.3Mediciones ambientales y de parmetros fisiolgicos definirn tiempos de pausas y descansos.B.3.4Capacitacin a trabajadores en uso y beneficio de rotaciones y pausas del trabajo.

B.4.- Debe definir caractersticas y condiciones fisiolgicas de los trabajadores que se desempean en permanente exposicin a calor (convertidores, hornos, moldeo, mantenimiento refractario, etc.).C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Las reas deben contar con una sala de pausa/descanso con los siguientes criterios:C.1.1Hermeticidad completa de la sala.C.1.2Presin positiva en su interior cuando aplique.C.1.3Filtrado previo y acondicionamiento del aire introducido en la sala.C.1.4Confort trmico, niveles de ruido y ventilacin de acuerdo a lo indicado por los especialistas de la DSO del centro de trabajo.C.1.5Sector aislado para dejar ropa de trabajo y para lavado de manos previo al ingreso a la sala de recuperacin y descanso.C.1.6Debe contar con dispensadores de agua protegidos del polvo y contaminantes y vasos desechables. Estos elementos deben ser mantenidos peridicamente.C.1.7Vidrios indemnes y limpios.C.1.8Asientos deben ser de material resistente, lavable y contar con cojn blando. C.2.- Se deben instalar barreras de proteccin frente a los focos de calor en puntos de trabajo en que deba permanecer el trabajador.C.2.1Estructuras que permitan realizar la tarea en forma eficiente.C.2.2Construidas con material aislante del calor.C.2.3Que permitan visualizacin clara del punto de trabajo.C.2.4Que protejan el cuerpo entero.4.6.- MANTENIMIENTO Y HERRAMIENTAS.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deber poseer competencias tcnicas probadas en reas especficas de mantenimiento y de control de los factores de riesgo.A.1.1Deber participar en los procesos de mejoramiento de herramientas y/o equipos, EPP y vestuario.A.1.2Trabajador deber conocer los riesgos ocupacionales y ergonmicos asociados a la tarea que realiza e incorporar sus controles en la planificacin de la tarea.

B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Las herramientas, dispositivos, equipos y otros elementos necesarios para la realizacin de la tarea, deben mantenerse en ptimas condiciones en cuanto a indemnidad, filo, mecanismos, control de vibraciones, entre otros. Reposicin en caso de condicin sub estndar (ECF5).B.2.- El diseo de los talleres debe facilitar la tarea, el trabajo en posturas funcionales minimizando el esfuerzo.B.2.1El layout (distribucin) de los talleres debe ser funcional a las tareas y permitir zonas de trnsito, libres y seguras, evitar confinamiento, contemplando zonas de seguridad y emergencias.B.2.2Lneas de distribucin y suministros tales como aire comprimido, lubricantes, energa y otros deben estar en buen estado, sealizados y al alcance, suspendidas o con soportes para evitar su carga por parte de mantenedor.

B.3.- Contar con escaleras de acceso, banquillos u otros elementos debidamente autorizados que faciliten los alcances, posturas funcionales y que impliquen un mnimo esfuerzo.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

C.1.- Las herramientas deben incorporar las siguientes condiciones ergonmicas para evitar posturas de riesgo y sobreesfuerzos.C.1.1Empuaduras que faciliten el agarre, aumentando su superficie, eviten bordes agudos y superficies fras.C.1.2Herramientas neumticas deben poseer elementos de mitigacin de ruido y vibracin.C.1.3Angulaciones de mangos y soportes de las herramientas deben mantener la mueca al centro (posicin neutra).C.1.4Deben ser lo ms livianas posibles.C.1.5Para manipulacin de componentes de ms de 50 Kilos se requieren elementos de izaje auxiliares y/o carros o elementos de transporte.

C.2.- Incluir aspectos ergonmicos en la adquisicin de herramientas.C.2.1Deben ser lo ms livianas posibles.C.2.2Considerar la antropometra, en particular de la mano (IT 4.8).C.2.3Las herramientas de torque deben tener un diseo que permita un buen momento de fuerza. Los torques que impliquen un mayor esfuerzo (en que el trabajador deba cargar incorporar su cuerpo o las dos extremidades superiores) o en tareas de ciclos repetitivos, deben ser mecanizadas.C.2.4Las herramientas que provoquen vibracin segmentaria en el tren superior, deben tener una aceleracin dentro de la norma.

C.3.- Contar con elementos que faciliten el acceso a dispositivos, equipos, vlvulas, tales como:C.3.1Escaleras porttiles livianas y fciles de manipular.C.3.2Plataformas o banquillos con diferentes ajustes para trabajadores de distinta altura.C.3.3Elevadores para alcanzar alturas complicadas.

C.4.- Evitar apertura manual de plataformas, tapones, elevacin de mallas, puertas u otros que impliquen un esfuerzo importante para el trabajador utilizando equipos de levante mecnico u otra tecnologa.C.5.- Contar con grifas diseadas y estandarizadas para el tipo de vlvula y esfuerzo a realizar.4.7.- SALAS DE CONTROLA) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deber mantener pausas que aseguren la recuperacin de carga mental y fatiga visual; stas deben ser definidas por especialista de ergonoma cuando corresponda.A.2.- Deber mantener activos, sin desconectar, todos los sistemas de alarma (seales visuales y auditivas), informando inmediatamente si algn sistema falla. B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Ajustar y mantener condiciones ambientales de iluminacin, temperatura, humedad, vibraciones, ruido, calidad de aire interior, de acuerdo a normativas especficas atingentes y a lo indicado en el documento de la Vicepresidencia de Proyectos Diseo de Ergonoma para Centros Integrados de Operacin y Gestin. C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- El diseo de las salas de control debe cumplir con el criterio de Diseo de Ergonoma para Centros Integrados de Operacin y Gestin (Documento VP).C.2.- Las condiciones ambientales deben cumplir con el D.S. 594.C.2.1Completamente hermtica y con presin positiva (filtrado previo del aire introducido en la sala), cuando estn ubicadas en zonas con condiciones ambientales con presencia de agentes contaminantes.C.2.2Contar con dispensadores de agua y vasos desechables protegidos del polvo y contaminantes. Deben ser mantenidos peridicamente.C.2.3Temperatura interior confortable. Mantencin permanente de sistema de climatizacin.C.2.4Los servidores debern estar en una sala separada.

C.3.- Alarmas deben advertir acerca de problemas potenciales que requieran pronta atencin.C.3.1Asegurar que las alarmas de la sala de control provean indicaciones acerca de la planta o rea de trabajo correspondiente.C.3.2El nmero de alarmas debe ser el mnimo posible para no saturar de informacin.C.3.3Las seales visuales y auditivas deben ser rpidamente reconocibles bajo todas las condiciones ambientales previstas.C.4.- El mobiliario y equipamiento debe ajustarse a las caractersticas antropomtricas del operador, facilitar la realizacin de la tarea en forma confortable y sin sobreesfuerzos.C.4.1Para diseo y adquisiciones, basarse en el documento de la Vicepresidencia de Proyectos, Criterio de Diseo de Ergonoma para Centros Integrados de Operacin y Gestin.C.5.- Contar con asientos resistentes al uso de 24 horas, ajustables para los distintos usuarios y suficientemente flexibles para facilitar el cambio postural.C.5.1Sillas deben permitir ajustes en posicin sentada, para que el trabajador realice libre cambio de posturas.C.5.2Mecanismos de regulacin que los trabajadores conozcan y sean fciles de usar.C.5.3Tapiz de tela o malla elstica que facilite la absorcin del calor.C.5.4Cinco patas tipo estrella con ruedas adecuadas al tipo de piso (madera, alfombra).C.5.5Garantizadas por 5 aos para uso de 24 horas 7 das a la semana.C.5.6Contar con regulaciones de: altura asiento, respaldo y apoya brazos; angulacin del respaldo y de base del asiento.C.6.- Implementar apoyapis si una vez hechos todos los ajustes, los pies no llegan al suelo.

C.7.- Pantallas de visualizacin de datos (PVD).C.7.1El tipo y cantidad de PVD depender del layout, funciones de la sala de control, trabajo en equipo y organizacin del trabajo.C.7.2Los ngulos y distancias deben estar relacionadas con los requisitos de la tarea, la postura de trabajo y el tipo de pantalla a monitorear.

4.8.- VEHCULOS LIVIANOSA) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Antes de conducir, el conductor deber realizar acciones que aseguren traslado seguro, cmodo y sin esfuerzos adicionales a la accin de conduccin.A.1.1Espacio interior y panel de control del vehculo deben estar libres de elementos que puedan entorpecer las maniobras y movimientos del conductor.A.1.2Ajustar y limpiar espejos para lograr la mxima visin del camino y entorno. Reponer de inmediato espejos en mal estado.A.1.3Vidrios limpios que aseguren mxima visin del camino y entorno.A.1.4Asegurar luces operativas.A.1.5Altura y distancia de asiento y volante, debe permitir operar fcilmente volante, pedales y comandos.A.1.6Evitar presin detrs de la rodilla mediante ajustes del asiento.A.1.7Reclinar del asiento de modo que cabeza quede centrada y ajustar soporte lumbar de modo que la espalda quede bien apoyada.A.1.8Ajustar apoya cabezas de modo que su borde superior est ubicado aproximadamente 1 cm por sobre la altura del ojo.

B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Plan de mantenimiento preventivo de vehculos (ECF4, B.11) debe incluir condiciones de los asientos, controles, cabina, espejos.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS C.1.- El acceso al vehculo debe ser seguro y libre de esfuerzo tanto para subir como para bajar, contando:C.1.1Altura y acceso deben facilitar el apoyo seguro del pie de los trabajadores.C.1.2Manillas o barandas fcilmente accesibles.C.1.3Peldaos con superficies antideslizantes.

C.2.- CabinaC.2.1Contar con sistema de climatizacin que permita mantener confort trmico en condiciones extremas de alta o baja temperatura.C.2.2Hermeticidad.C.3.- AsientoC.3.1Asiento de conductor debe estar separado y ser independiente de los otros.C.3.2Regulacin arriba/abajo debe permitir que trabajadores altos y bajos alcancen cmodamente los pedales con la espalda apoyada.C.3.3Debe proveer apoyo suficiente para las piernas, nalgas y espalda permitiendo una manipulacin cmoda y conveniente de los controles.C.3.4Contar con suspensin y amortiguamiento de vibraciones.C.3.5Base del asiento ligeramente cncava, para proveer buen apoyo sin impedir la libertad de movimiento del operador.C.3.6Respaldo debe dar apoyo a toda la espalda sin impedir que operador gire su tronco o mire hacia atrs, contando con apoyo lumbar ajustable y de convexidad anterior.C.3.7Mantenimiento peridico y recambio cuando existan condiciones subestndar.C.4.- Comandos y controles: C.4.1Volante debe contar con ajustes.C.4.2En vehculo con transmisin manual, palanca de cambio debe estar ubicada en posicin cmoda y fcil de desplazar en todas las direcciones de las marchas.C.4.3Pedales suficientemente separados para dar cabida al calzado de seguridad.C.5.- Los espejos retrovisores deben permitir una amplia visin del entorno y ser fciles de ajustar.C.5.1Fcilmente visibles por conductor sentado, a travs de ventanillas laterales.C.5.2Regulables por el conductor ubicado en postura normal de conduccin.C.5.3En vehculos de transporte de pasajeros, espejo interior debe permitir observar a los pasajeros sin necesidad de mover la cabeza.C.5.4Deben quedar suficientemente fijos de modo que en diferentes condiciones (ambientales y de terreno), mantengan su posicin.C.6.- Contar con sistema para evitar deslumbramientos y reflejos (cortinas, parasoles, apantallamiento en vidrio, etc.).

5.- GUA DE SALUD COMPATIBLE. EXMENES PREOCUPACIONALES Y OCUPACIONALESOBJETIVOSDefinir los requerimientos mnimos obligatorios y/o procedimientos que deben cumplirse en la gestin de salud compatible con el puesto de trabajo, asegurando el cumplimiento de la legislacin vigente, detectando las brechas y los requerimientos de generacin de competencias para la definicin de aptitud del trabajador.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deben asistir a las evaluaciones mdicas tras citacin formal.A.2.- Podr autorizar la entrega de los resultados de sus evaluaciones a la Direccin de Salud Ocupacional en el caso de Codelco, o a la empresa correspondiente en el caso de contratistas.A.3.- Deber asistir a los programas que la organizacin disponga para ayudar a mantener su salud compatible.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Contar con un programa de salud ocupacional y realizar exmenes preocupacionales antes de la contratacin y ocupacionales durante la vida laboral, conforme al Acuerdo de Homologacin de Evaluaciones de Salud, suscrito por Codelco y las mutualidades de la Ley 16.744. B.1.1Que defina los riesgos de exposicin de acuerdo a la Matriz de GES definidos por la DSO de cada divisin o centro de trabajo.B.1.2Que incorpore frecuencia de cada examen.B.1.3Que cuente con registro actualizado de trabajadores en programas ocupacionales.B.1.4Que cuente con vigencia, destacando que mientras el informe se encuentre vigente no se exige nueva evaluacin, aunque se cambie de contrato, empresa o de organismo administrador.B.2.- Asegurar que un profesional de la salud calificado entregue y explique los resultados de los exmenes mdicos a los trabajadores, manteniendo la confidencialidad de stos. B.3.- Implementar y mantener programas de calidad de vida laboral para favorecer la mantencin de la condicin de salud compatible de los trabajadores.B.4.- Mantener registros de salud compatible de los trabajadores, realizar acciones de prevencin en casos detectados y generando controles para evitar la prdida de la compatibilidad en nuevos casos.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.C.1.- Los prestadores de servicios mdicos para exmenes pre-ocupacionales y ocupacionales deben cumplir con lo sealado en la legislacin y en el Acuerdo de Homologacin de Evaluaciones de Salud.C.2.- Las instalaciones para la realizacin de los exmenes deben poseer las caractersticas tcnicas requeridas que den trazabilidad y confiabilidad al proceso.C.3.- Se debe mantener el proceso de calibracin y mantencin de los equipos.

6.- GUA DE FATIGA Y SOMNOLENCIAOBJETIVOSEstablecer los requerimientos mnimos obligatorios para el control de la fatiga y somnolencia de los trabajadores de Codelco y sus empresas contratistas, a fin de prevenir la ocurrencia de incidentes, promoviendo un desempeo saludable.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deben conocer los riesgos asociados a la fatiga y somnolencia en el lugar de trabajo.A.2.- Los trabajadores deben avisar inmediatamente a su jefatura o al personal de salud, cualquier condicin fsica o psquica que pueda alterar su concentracin o alerta antes o durante la jornada laboral, tales como:A.2.1Patologas relevantes de origen comn.A.2.2Ingesta de frmacos (mencionar que tipo de frmacos y efectos).A.2.3Falta de descanso o sueo.A.2.4Alteracin emocional importante.A.2.5Patologa especfica del sueo, como sndrome de apnea, hipopnea obstructiva del sueo o sndrome de piernas inquietas, insomnio familiar, etc. B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Implementar un programa de evaluacin y control de riesgo de la fatiga y somnolencia realizado por la DSO de la divisin o VP, alineado con los criterios establecidos en el Procedimiento Estructural para la Gestin de Salud en el Trabajo. B.2.- Capacitar a los trabajadores contemplando los siguientes contenidos como mnimo.B.2.1Estilo de vida saludable: alimentacin saludable y sus beneficios; importancia de la actividad fsica y del control del peso.B.2.2Efecto del alcohol y las drogas (licitas o ilcitas).B.2.3Impacto de la fatiga en la salud de las personas; causas y efectos de la fatiga y/o somnolencia.B.2.4Reconocimiento de sntomas y signos de fatiga y/o somnolencia.B.2.5Higiene del sueo.B.2.6Estrategias para combatir la fatiga y/o somnolencia dentro y fuera del trabajo.B.3.- Retirar en forma inmediatamente de la operacin a los trabajadores que presenten alteraciones fsicas o psquicas, informando inmediatamente a la DSO de la divisin o centro de trabajo y aplicar la encuesta breve de somnolencia (anexo 6.1). Dependiendo del caso, se podr:B.3.1Autorizar para tomar un descanso de 20 minutos en su equipo, segn Procedimiento Estructural de Gestin de Salud en el Trabajo N 6.B.3.2Generar alternancia de tareas y/o equipos durante el turno.B.3.3Derivar a especialista segn su sistema previsional y acudir con informe de recomendaciones y pasos a seguir a mdico de salud ocupacional, quin lo orientar.B.4.- Debe en todos los casos de incidentes o accidentes en los que participe un vehculo motorizado, realizar al o a los conductores involucrados una encuesta cuyo formato se encuentra en el Anexo 6.3 Encuesta a Conductores involucrados en Accidentes/Incidentes para Pesquisar Somnolencia.B.4.1De sus resultados llevar registro la Direccin de Seguridad y servirn de base para intervenciones tanto de ergonoma, de factores biopsicosociales como del programa de Fatiga y Somnolencia (F&S).B.5.- Analizar los datos que entreguen los dispositivos tecnolgicos instalados, reportes de incidentes por somnolencia y resultados de salud de los trabajadores para orientar mejoras y cambios en el programa de F&S. C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Los equipos involucrados en tareas crticas deben contar con algn dispositivo tecnolgico de monitoreo de somnolencia (ECF3, B.5; ECF4, B.10). Los dispositivos debern cumplir al menos con los siguientes requisitos:C.1.1Detectar de manera confiable el estado de somnolencia.C.1.2Alertar oportunamente al trabajador y al sistema de control, respecto de la condicin detectada.C.1.3Registrar, almacenar, centralizar y reportar la informacin de los episodios detectados.C.1.4Que sea inocuo para la salud del trabajador.C.1.5Que no afecte negativamente la actividad productiva.C.2.- El acceso a las salas de descanso, activacin y reas de comida y/o instalaciones para calentar los alimentos debe estar disponible durante los descansos.

7.- GUA DE FACTORES BIOPSICOSOCIALESOBJETIVOSEstablecer los requerimientos mnimos obligatorios para el control de los factores biopsicosociales, a fin de colaborar en el bienestar y salud del trabajador, la prevencin de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y el mejoramiento del desempeo organizacional.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Deben conocer los factores de riesgos biolgicos, cognitivos, emocionales y organizacionales del puesto de trabajo y los respectivos controles y/o acciones para evitar accidentes y/o enfermedades profesionales.A.2.- Deben participar activamente en los programas de diagnstico e intervencin en el mbito de la prevencin de factores de riesgo biopsicosocial implementados por la corporacin. Esto es:A.2.1Participacin activa en el Programa de Gestin de Conductas Preventivas de acuerdo al correspondiente Estndar de Seguridad Conductual.A.2.2Disposicin a participar en los programas de evaluacin de riesgo biopsicosocial definidos por la organizacin, ya sean de diagnstico o de intervencin segn sea el caso correspondiente.A.3.- Deben cumplir con lo indicado en la aplicacin del programa RIIC (Respuesta Inmediata ante Incidentes Crticos).B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Debe comunicar y difundir a los trabajadores los factores biopsicosociales que inciden sobre los niveles de accidentalidad, el desempeo laboral y niveles de salud mental.B.2.- Disponer y aplicar un levantamiento de informacin de los factores de riesgos biolgicos, cognitivos, emocionales y organizacionales del puesto de trabajo para evitar alteraciones a la salud, accidentes que puedan producirse en el puesto de trabajo o afectar el desempeo organizacional.B.2.1Realizar la identificacin de los peligros y riesgos biopsicosociales a los cuales los trabajadores pueden estar expuestos, segn procedimiento estructural.B.2.2Se deben utilizar instrumentos complementarios para profundizar la identificacin y evaluacin de los factores de riesgo biopsicosociales.B.3.- Gestionar e implementar un plan de intervencin de los factores de riesgos biopsicosociales identificados en la evaluacin. Estos planes pueden ser, entre otros:B.3.1Gestin biopsicosocial en trabajadores que se ausenten por ms de 30 das de su puesto de trabajo.B.3.2Gestin de casinos y alimentacin sana.B.3.3Gestin de las conductas.B.3.4Gestin de repetidores de accidentes.B.3.5Programa de Respuesta Inmediata ante Incidentes Crticos (RIIC).B.3.6Programa de Identificacin (o Diagnstico) de Factores de Riesgos Biopsicosociales.B.4.- Aplicar el protocolo RIIC a trabajadores directamente involucrados en accidentes graves, fatales u otros incidentes que los especialistas determinen.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASNo aplica.

8.- GUA DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACOOBJETIVOSEstablecer los requerimientos mnimos obligatorios y procedimientos que deben cumplirse en la gestin de prevencin, rehabilitacin y control de alcohol, drogas y tabaco a fin de prevenir la aparicin de conductas adictivas que amenacen la salud del trabajador, su seguridad individual, colectiva y la continuidad operacional.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- No debe portar, distribuir, ni consumir durante el trabajo alcohol o drogas, o encontrarse bajo sus efectos o evidenciar consumo, exceptuando aquellas drogas lcitas indicadas bajo prescripcin mdica debidamente acreditada.A.2.- Las personas que realicen labores vinculadas a riesgos crticos y estn consumiendo drogas lcitas bajo prescripcin mdica, deben comunicarlo a su jefatura y entregar los antecedentes mdicos correspondientes a la DSO.A.3.- No debe fumar en las faenas e instalaciones de Codelco, salvo en los lugares especialmente habilitados.A.4.- Los trabajadores que presenten un problema de adiccin, y deseen superarlo, podrn ser incorporados, por nica vez, a un programa de rehabilitacin de acuerdo a los sistemas de salud y beneficios de cada empresa. La informacin mdica de este programa, debe ser manejada en forma confidencial.A.5.- Debe participar en los programas de capacitacin de alcohol, drogas y tabaco.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Desarrollar y ejecutar un programa de prevencin de alcohol, drogas y tabaco en conjunto con la DSO y RRHH de la divisin o centro de trabajo, que incorpore entre otras, las siguientes actividades:B.1.1Informacin y difusin permanente sobre los factores de riesgo, los efectos y consecuencias del consumo de alcohol, drogas, tabaco y drogas lcitas en el mbito personal, familiar y de trabajo.B.1.2Capacitacin en prevencin de estos riesgos y desarrollo de conductas de autocuidado.B.1.3Desarrollo de factores protectores, mediante actividades de recreacin, prevencin del estrs, deportes, formas de ocupar el tiempo libre y otras actividades que contribuyan al desarrollo y al bienestar del trabajador y su familia.B.1.4La incorporacin a programas de rehabilitacin de acuerdo a los sistemas de salud y beneficios de cada divisin o empresa, a aquellos trabajadores que manifiesten tener problemas de adiccin y deseen superarlos. Lo anterior por nica vez y manteniendo la confidencialidad.B.2.- Deber corroborar en casos de consumo de drogas lcitas la debida prescripcin mdica o certificacin, manteniendo el resguardo de la informacin.B.3.- La DSO debe gestionar y supervisar el procedimiento de deteccin de alcohol y drogas, con exmenes aleatorios y despersonalizados en un marco de respeto y confidencialidad, conforme a los Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad y al Procedimiento Estructural de Gestin de la Salud en el Trabajo.B.4.- A todos los trabajadores que participan en un accidente del trabajo se les debe practicar un examen para detectar si se encuentran bajo los efectos de alcohol o drogas. Esto debe ser incluido en los Reglamentos Internos de Orden, Higiene y Seguridad. B.5.- En cumplimiento de lo establecido en el D.S. 72, los trabajadores que presumiblemente se encuentren bajo la influencia de alcohol o drogas, antes del ingreso al trabajo o durante la jornada laboral deben ser retirados del rea y sometidos a examen de deteccin. C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Las instalaciones para la realizacin de los exmenes y anlisis de alcohol y drogas deben poseer las caractersticas tcnicas requeridas que den trazabilidad y confiabilidad al proceso.C.2.- Se debe mantener el proceso de calibracin y mantencin de los equipos de medicin y anlisis.

9.- GUA DE RESTRICCIONES, REUBICACIONES, REHABILITACIN Y REEDUCACIN LABORALOBJETIVOSEstablecer los requerimientos mnimos obligatorios para la gestin de salud en relacin a las restricciones, reubicaciones, rehabilitacin y reeducacin laboral a fin de favorecer la recuperacin de una lesin, dar proteccin de los riesgos propios de su puesto de trabajo evitando as la ocurrencia de accidentes del trabajo, la aparicin o agravamiento de enfermedades profesionales y el agravamiento de enfermedades comunes.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Debe informar a su jefatura y/o al mdico de salud ocupacional de la DSO respecto a cualquier problema de salud diagnosticado por sus mdicos de cabecera, particulares u otro profesional tratante que pueda afectar su desempeo profesional.A.2.- Cumplir con las restricciones indicadas por sus mdicos de cabecera, particulares u otro profesional tratante y emitidas por la DSO en el informe de restricciones (tareas, actividades y tiempo definido).A.3.- Debe asistir a las sesiones de rehabilitacin y reeducacin laboral y completar el tratamiento indicado por su mdico tratante o profesional competente.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Debe garantizar el cumplimiento de las restricciones, reubicaciones y procesos de rehabilitacin y reeducacin laboral emitidos por los organismos correspondientes.B.2.- Las restricciones que puedan afectar la capacidad de un trabajador para desempear su trabajo habitual, deben ser indicadas por mdicos especialistas, respaldadas mediante certificado mdico y validadas por los organismos pertinentes.B.3.- Cada vez que se recibe una restriccin o una resolucin de invalidez, la DSO deber emitir un informe de salud ocupacional que debe contener: B.3.1El puesto de trabajo y las tareas del trabajador.B.3.2Los agentes, factores o condiciones a los que se expone el trabajador.B.3.3El informe de salud compatible emitido conforme a lo que se seala en el Procedimiento Estructural N 5, Salud Compatible, si corresponde. El informe debe:B.3.3.1Indicar restricciones y no el diagnstico.B.3.3.2Ajustarse al formato corporativo del Anexo 9.1 Informe de Salud Ocupacional.B.3.3.3Especificar el tiempo y las tareas restringidas.B.4.- Debe gestionar las restricciones como se indica a continuacin.B.4.1La DSO debe informar al trabajador de su restriccin personalmente y dejar los registros correspondientes.B.4.2El informe de restriccin ser enviado por la DSO a la GRRHH con copia al rea de trabajo para su cumplimiento obligatorio.B.4.3En el caso de las empresas contratistas estos deben informar a los administradores de contrato de Codelco a fin de comunicar a la respectiva DSO de cada divisin o centro de trabajo.B.4.4En el caso de que la restriccin tenga el carcter de permanente, se deber evaluar su aptitud para el cargo de acuerdo al Procedimiento Estructural N 5, Salud Compatible.B.5.- Deben gestionar las reubicaciones por enfermedad profesional como se indica a continuacin.B.5.1La DSATEP o el organismo administrador que corresponda, debe remitir la resolucin de incapacidad permanente a la DSO una vez cumplido el plazo de apelacin, adjuntando un informe que seale que el trabajador debe ser reubicado en un rea sin exposicin al agente causante de la enfermedad, en un plazo de 30 das contados desde la fecha de emisin de este informe.B.5.2La DSATEP o el organismo administrador correspondiente, deber verificar el cumplimiento de la reubicacin.B.6.- Debe gestionar la reeducacin laboral tal como se indica a continuacin.B.6.1La DSATEP o el organismo administrador correspondiente deber definir si procede iniciar el proceso de reeducacin caso a caso.B.6.2Si determina que corresponde el proceso de reeducacin, deber realizar las gestiones necesarias con la GRRHH.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASNo aplica.

10.- GUA DE MATERNIDADOBJETIVOSEstablecer requerimientos mnimos obligatorios y los procedimientos que deben cumplirse en relacin a las trabajadoras embarazadas y nodrizas, asegurando el cumplimiento de la legislacin vigente y normativas internas.ALCANCEEsta gua especifica los requisitos mnimos obligatorios de salud en el trabajo en todas las faenas y proyectos de Codelco, abarcando a trabajadores propios, contratistas, subcontratistas que desarrollen obras o servicios para Codelco.A) REQUISITOS DE LAS PERSONASA.1.- Notificar inmediatamente embarazo mdicamente confirmado a su jefatura directa y/o al mdico de salud ocupacional, esto aplica de igual forma en caso de adopcin.A.2.- Utilizar las instalaciones para extraccin y almacenamiento de leche materna de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Organizacin.A.3.- Cumplir con las indicaciones, restricciones y reubicaciones generadas por la DSO de la divisin o centro de trabajo correspondiente.B) REQUISITOS ASOCIADOS A LA ORGANIZACINB.1.- Debe ocuparse de la proteccin efectiva de las trabajadoras embarazadas.B.1.1 Las trabajadoras deben ser reubicadas en puestos de trabajos que no sean perjudiciales para la salud de ella y su beb, por lo tanto no podrn realizar trabajos que:B.1.1.1Obliguen levantar, arrastrar o empujar pesos sobre 3 kilos, carga y descarga manual;B.1.1.2Exijan esfuerzo fsico, incluido el hecho de permanecer de pie largo tiempo;B.1.1.3Se ejecuten en horario nocturno;B.1.1.4Se realicen en horas extraordinarias de trabajo;B.1.1.5Impliquen ascender sobre 3.000 m.s.n.m.B.1.1.6Que exista exposicin a radiaciones Ionizantes;B.1.1.7Cualquier otro definido por el rea de salud ocupacional.B.1.2Se considerarn como trabajos condicionados a autorizacin mdica, los que se mencionan a continuacin:B.1.2.1Traslados terrestres que impliquen trayectos iguales o superiores a los 100 km, cuando la trabajadora tenga 30 o ms semanas de gestacin;B.1.2.2Traslados areos con 30 o ms semanas de gestacin;B.1.2.3Ascenso sobre 2.000 m.s.n.m. despus de la semana 30 de gestacin;B.1.2.4Trabajo en altura fsica, independientemente del tiempo de embarazo;B.1.2.5Trabajo en laboratorios qumicos.B.1.2.6Trabajos que impliquen exposicin a ruido y vibraciones. En estos casos, el mdico debe sealar si la trabajadora puede exponerse sobre el 50% del lmite establecido en el D.S. 594 para una jornada laboral de 8 hrs. diarias;B.1.2.7Cualquier otro definido por el rea de salud ocupacional.B.2.- Debe disponer tiempo y permisos durante la jornada de trabajo para la proteccin de la lactancia.B.2.1Se deben dar 15 minutos cada 2 horas a las trabajadoras para que puedan extraerse y refrigerar leche materna en la sala especialmente dispuesta para ello. Este permiso se extender mientras dure la lactancia y como mximo hasta que el hijo cumpla 2 aos de vida.B.2.2La madre que opte por su post natal parental de 18 semanas a media jornada deber:B.2.2.1Ser reubicada en un puesto de trabajo con jornada diurna que no supere las 9 hrs. diarias, de modo que la jornada efectiva no deba superar las 4 hrs. y 30 min.B.2.2.2Dar los recursos para que la carga de trabajo efectiva se ajuste a la media jornada.B.2.3La madre trabajadora con jornada total o parcial, tiene derecho a una hora para dar alimento a su hijo menor de 2 aos, tiempo que puede ser ejercido a travs de las diversas modalidades previamente convenidas con el empleador, las que pueden ser:B.2.3.1En cualquier momento de la jornada;B.2.3.2Dividirse, a solicitud de la interesada, en dos porciones de tiempo;B.2.3.3Postergarse o adelantarse, en una o en media hora, el inicio o el trmino de la jornada de trabajo.B.2.4Las trabajadoras contratadas a tiempo parcial tambin tienen derecho al permiso para alimentar a sus hijos, con los mismos criterios definidos en el punto anterior y previo acuerdo con el empleador, no correspondiendo otorgarlo en forma proporcional a su jornada.B.2.5Las trabajadoras que opten por el post natal parental de 18 semanas a media jornada no perdern el derecho a amamantar a su hijo menor de 2 aos, pero el tiempo establecido para ello ser de 30 min.C) REQUISITOS A LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y HERRAMIENTASC.1.- Disponer de una sala de extraccin de leche materna con las condiciones adecuadas para un proceso limpio y seguro de la extraccin y almacenamiento de leche materna.C.1.1Caractersticas de la sala: C.1.1.1De construccin slida;C.1.1.2Con paredes, cielo y suelos lisos (no resbaladizos) que permita una peridica y adecuada higiene;C.1.1.3Con temperatura y ventilacin que la hagan confortable y sin riesgos de contaminacin;C.1.1.4Con iluminacin natural o artificial adecuada que no altere los colores;C.1.1.5Que permita la apropiada manipulacin y control de los alimentos.C.1.2La sala de extraccin de leche materna, deber contar a lo menos con:C.1.2.1De silln o silla confortable;C.1.2.2Refrigerador adecuado para el almacenamiento;C.1.2.3Dispensador de toalla de papel;C.1.2.4Lavamanos con regulacin de agua fra-caliente con dispensador de jabn;C.1.2.5Mesa de apoyo de extraccin de leche o mesa de centro lavable;C.1.2.6Receptculo o basurero para material de desecho;C.1.2.7Sistema de calefaccin y aire acondicionado;C.1.2.8Elementos de aseo y desinfeccin;C.1.2.9Elementos de escritorio para etiquetado e identificacin correcta de recipientes.C.2.- Disponer de personal para orden, aseo y mantencin continua de la sala de extraccin y refrigeracin de leche materna, de acuerdo a requisitos exigidos por la DSO de la divisin o centro de trabajo correspondiente.

1. ABREVIATURASALLA: Alta LaboralAS: Autoridad SanitariaCPHS: Comits Paritarios de Higiene y SeguridadDS: Direccin de SeguridadDSO: Direccin de Salud Ocupacional o su equivalente en el caso de la VP.DSATEP: Direccin SATEPEDE: Equipos de Desarrollo ErgonmicoEH&S: Environmental Health & SafetyEP: Enfermedad Profesional EPP: Elementos de Proteccin PersonalEST: Estndar de Salud en el TrabajoF&S: Fatiga y SomnolenciaGES: Grupo de Exposicin Similar GRRHH: Gerencia de Recursos HumanosGSSO: Gerencia de Seguridad y Salud OcupacionalHDS: Hoja de Datos de SeguridadHO: Higiene OcupacionalISO: International Organization for StandardizationISP: Instituto de Salud Pblica IT: Instruccin TcnicaINN: Instituto Nacional de NormalizacinOA: Organismo Administrador LPP: Lmite Permisible PonderadoLPT: Lmite Permisible TemporalLPA: Lmite Permisible AbsolutoMARC: Mapa de Riesgos CodelcoMINSAL: Ministerio de SaludPLANESI: Plan Nacional para la Erradicacin de la SilicosisPESSO: Proyecto Estructural de Seguridad y Salud OcupacionalPF&S: Programa de Fatiga y SomnolenciaPVMO: Programa de Vigilancia Mdica Ocupacional RECA: Resolucin de Calificacin del Origen del Accidente o Enfermedad REIP: Resolucin de InvalidezRIIC: Respuesta Inmediata frente a un Incidente Crtico RIOHS: Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad SAP: Systems, Applications, Products in Data Processing.SATEP: Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales SOHER: Salud Ocupacional, Higiene y Ergonoma SSO: Seguridad y Salud Ocupacional SUSESO: Superintendencia de Seguridad SocialTMERT: Trastornos Msculo Esquelticos Relacionados con el TrabajoVP: Vicepresidencia de Proyectos

2. DEFINICIONES Antropometra. Coleccin de datos numricos sobre las dimensiones del ser humano, posibles de ser utilizados en una gama considerable de actividades humanas: trabajo, transporte, estudio, recreacin, vivienda, ropa y objetos de uso diario. rea Crtica. Macroproceso, Proceso o Subproceso donde existen trabajadores expuestos a agentes de riesgo sobre el lmite o dosis permitida y que por estas razones requiere de la implementacin prioritaria de medidas de control. Carga Fsica. Es el costo que tiene a nivel fsico la interaccin de las exigencias del trabajo y las caractersticas individuales de las personas. Una alta carga fsica se puede traducir en dolores y lesiones a nivel musculoesqueltico, entre otras manifestaciones. Carga Fisiolgica. Es el costo que tiene a nivel fisiolgico la interaccin de las exigencias del ambiente de trabajo, relacionado con agentes qumicos, fsicos y biolgicos y las caractersticas individuales de las personas. Una alta carga fisiolgica se puede manifestar en aumento del gasto cardaco, stress trmico, enfermedades y accidentes del trabajo. Carga Mental. Es el costo que tiene a nivel mental la interaccin de las exigencias del trabajo y las caractersticas individuales de las personas. Una alta carga mental se puede manifestar en errores de interpretacin de seales o en accionar de comandos, toma de decisiones incorrectas o inoportunas, complacencia, estados emocionales de irritabilidad, entre otras. Ciclo de Trabajo. Tiempo que comprende todas las acciones tcnicas realizadas en un periodo de tiempo que caracteriza la tarea como cclica. Es posible determinar claramente el comienzo y el reinicio del ciclo con las mismas acciones tcnicas. Descanso Maternal Prenatal. Derecho a descanso que tendr la madre trabajadora que comienza 6 semanas antes del parto, esto es a la semana 34 de gestacin. Descanso Maternal Post Natal. Derecho a descanso que tendr la madre trabajadora que corresponde a 12 semanas despus del parto. Dependencia o Adiccin. Es aquella enfermedad definida como tal de acuerdo a la Clasificacin Internacional de Enfermedades de la Organizacin Mundial de la Salud (OMS). Dosis de Ruido Diaria (DRD). Energa sonora total, expresada en porcentaje, que un trabajador recibe durante su jornada de trabajo diaria. Nivel de exposicin a ruido que considera el 100% del tiempo efectivo de exposicin. Embarazo. Se denomina embarazo o gravidez (del latn gravitas) al perodo que transcurre entre la implantacin en el tero del vulo fecundado y el momento del parto. Lo anterior implica significativos cambios fisiolgicos, metablicos e incluso morfolgicos que se producen en la mujer, encaminados a proteger, nutrir y permitir el desarrollo del feto, como la interrupcin de los ciclos menstruales, o el aumento del tamao de las mamas para preparar la lactancia. Estructura de Prevencin. Organizacin funcional de Codelco para fines de Seguridad y Salud Ocupacional, que incluye los niveles de divisin - macroprocesos - procesos - subprocesos - puestos de trabajo y tareas que se realizan en la corporacin e identifica a los trabajadores que las integran. Permite la homologacin, representar la realidad individual y servir de base para la definicin y evaluacin de los GES. Evaluaciones PreOcupacionales. El artculo 186 del Cdigo del Trabajo, dispone:Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artculo anterior, (peligrosas o insalubres) los trabajadores necesitarn un certificado mdico de aptitudEl artculo 187 por su parte dispone que:No podr exigirse ni admitirse el desempeo de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.La calificacin a que se refiere el inciso precedente, ser realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinin de entidades de reconocida especializacin en la materia de que se trate, sean pblicas o privadas.De acuerdo a lo expresado por la Superintendencia de Seguridad Social en el Oficio Ord. N 20317 de 26.03.2008 S, la evaluacin pre-ocupacional es:Aquella que se realiza a los postulantes a un cargo, quienes an no tienen la calidad de trabajadores por cuenta ajena de las empresas con el objetivo de conocer patologas que pudiesen eventualmente complicarse por la exposicin a agentes o factores que existan o hayan existido en el lugar de trabajo, como tambin permite detectar factores de riesgo que hagan ms vulnerable al trabajador frente a dichas condiciones y exposiciones.

Evaluaciones Ocupacionales. La evaluacin ocupacional es aquella que se realiza a los trabajadores expuestos a peligros, agentes o condiciones, si es que el peligro, agente o condicin as lo requiere, o cuando estn postulando a un cambio de puesto de trabajo o de funciones que impliquen exposicin a nuevos peligros, agentes o condiciones distintas al puesto que desempea y para el cual no tiene una evaluacin vigente.Su objetivo es conocer patologas que pudiesen eventualmente complicarse por la exposicin a agentes o factores que existan o hayan existido en el lugar de trabajo, como tambin permite detectar factores de riesgo que hagan ms vulnerable al trabajador frente a dichas condiciones y exposiciones, determinando en consecuencia, si los evaluados cuentan o no con una salud compatible con las exigencias laborales, sin comprometer su salud o seguridad (art. 186 y 187 del Cdigo del Trabajo).

Exigencias Biomecnicas. Demanda fsica del sistema msculo esqueltico, compuesto por msculos, ligamentos, tendones, esqueleto y nervios, que en conjunto permiten efectuar los movimientos necesarias para desarrollar todas las actividades