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Conferencia General 30ª reunión, París 1999 30 C 30 C/61 (30 C/COM.I/2) 11 de noviembre de 1999 Original: Francés INFORME DE LA COMISION I

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Conferencia General30ª reunión, París 1999 30 C

30 C/61(30 C/COM.I/2)11 de noviembre de 1999Original: Francés

INFORME DE LA COMISION I

- i -

INTRODUCCION

DEBATE 1

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para 2000-2001:Título II.A - Actividades Transversales: Instituto de Estadística de laUNESCO, Previsión y estudios prospectivos, Servicios de becas y compras yotros servicios conexos de apoyo al programa y Coordinación de lasactividades en favor de los grupos prioritarios

Punto 4.12 - Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre las causas de losconflictos y la promoción de la paz duradera y el desarrollo sostenible enAfrica

Punto 6.1 - Aprobación de los estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO

Punto 13.2 - Fortalecimiento de la cooperación con Haití

Punto 13.3 - Fortalecimiento de la cooperación entre la UNESCO y la República Federal deNigeria

DEBATE 2

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para 2000-2001:Título II.B - Servicios de información y difusión: Centro de Intercambio deInformación, Oficina de la Editorial de la UNESCO, Oficina de PublicacionesPeriódicas Mensuales y Oficina de Información Pública

Punto 5.4 - La visibilidad de la UNESCO en los Estados Miembros

DEBATE 3

Punto 4.9 - Propuestas de los Estados Miembros para la conmemoración de aniversarios en2000-2001

Punto 8.1 - Informe del Director General sobre las modificaciones introducidas en laclasificación de las organizaciones internacionales que mantienen diferentestipos de relaciones con la UNESCO

DEBATE 4

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para 2000-2001:Título III - Apoyo a la Ejecución del Programa: Oficina de RelacionesExteriores, Oficina de Financiación Extrapresupuestaria y Oficina deConferencias, Lenguas y Documentos

Punto 5.5 - Definición de las regiones con miras a la ejecución de las actividades decarácter regional

Punto 6.6 - Proyecto de Estatutos del Comité Permanente de las Comisiones Nacionalespara la UNESCO

DEBATE 5

Punto 4.1 - La UNESCO en el siglo XXI

30 C/61

INTRODUCCION

1. En aplicación de la Resolución 29 C/87, párrafos 1.21 y 1.22, el Consejo Ejecutivo, ensu 156ª reunión, recomendó a la Conferencia General la candidatura de la Sra. J. SilveraNúñez (Cuba) a la Presidencia de la Comisión I. En su primera sesión plenaria, el 26 deoctubre de 1999, la Sra. J. Silvera Núñez fue elegida Presidente de la Comisión I.

2. En su primera sesión, el 27 de octubre de 1999, la Comisión aprobó las propuestas delComité de Candidaturas para los cargos de Vicepresidentes y de Relator. Fueron elegidos poraclamación:

Vicepresidentes:

Sr. Marshall CONLEY (Canadá)Sr. Mihály RÓZSA (Hungría)Excmo. Sr. Indra BADUR SINGH (Nepal)Sr. Silas LWAKABAMBA (Rwanda)

Relator:

Sr. Khalid Mohamed AL-HINAI (Omán)

3. Acto seguido, la Comisión aprobó el calendario de trabajo presentado en el documento30 C/COM.I/1 Prov., invirtiendo el orden de los debates 3 y 4. La Conferencia Generaldecidió que sería la Comisión Administrativa, no la Comisión I, la que examinaría el punto5.2 “Proyecto de normas de orientación para una aplicación racional de la descentralización”.Los puntos del orden del día que se citan a continuación se han remitido a la Comisión para suexamen:

DEBATE 1

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para2000-2001: Título II.A - Actividades transversales: Instituto deEstadística de la UNESCO, Previsión y estudios prospectivos, Serviciosde becas y compras y otros servicios conexos de apoyo al programa,Coordinación de las actividades en favor de los grupos prioritarios

Punto 4.12 - Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre las causasde los conflictos y la promoción de la paz duradera y el desarrollosostenible en Africa

Punto 6.1 - Aprobación de los estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO

Punto 13.2 - Fortalecimiento de la cooperación con Haití

Punto 13.3 - Fortalecimiento de la cooperación entre la UNESCO y la RepúblicaFederal de Nigeria

30 C/61 – pág. 2

DEBATE 2

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para2000-2001: Título II.B - Servicios de Información y Difusión: Centro deIntercambio de Información, Oficina de la Editorial de la UNESCO,Oficina de Publicaciones Periódicas Mensuales, Oficina de InformaciónPública

Punto 5.4 - La visibilidad de la UNESCO en los Estados Miembros

DEBATE 3

Punto 4.9 - Propuestas de los Estados Miembros para la conmemoración deaniversarios en 2000-2001

Punto 8.1 - Informe del Director General sobre las modificaciones introducidas en laclasificación de las organizaciones no gubernamentales que mantienendiferentes tipos de relaciones con la UNESCO.

DEBATE 4

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para2000-2001: Título III - Apoyo a la Ejecución del Programa: Oficina deRelaciones Exteriores, Oficina de Financiación Extrapresupuestaria,Oficina de Conferencias, Lenguas y Documentos

Punto 5.5 - Definición de las regiones con miras a la ejecución de las actividades decarácter regional

Punto 6.6 - Proyecto de estatutos del Comité Permanente de las ComisionesNacionales para la UNESCO

DEBATE 5

Punto 4.1 - La UNESCO en el siglo XXI

4. Entre el miércoles 27 de octubre y el jueves 4 de noviembre de 1999, la Comisióndedicó 13 sesiones al examen de los puntos de su orden del día.

5. La Comisión aprobó su informe en su 14ª sesión, el 9 de noviembre de 1999. Elinforme contiene las recomendaciones que la Comisión dirige a la Conferencia General sobrecada punto de su orden del día.

30 C/61- pág. 3

DEBATE 1

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuestopara 2000-2001: Título II.A - Actividades Transversales:

Instituto de Estadística de la UNESCO, Previsión y estudios prospectivos,Servicios de becas y compras y otros servicios conexos de apoyo al programa,

Coordinación de las actividades en favor de los grupos prioritarios

Punto 4.12 - Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre las causas delos conflictos y la promoción de la paz duradera y el desarrollo sostenible en Africa

Punto 6.1 – Aprobación de los estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO

Punto 13.2 - Fortalecimiento de la cooperación con Haití

Punto 13.3 - Fortalecimiento de la cooperación entre la UNESCOy la República Federal de Nigeria

1. De la primera sesión a la tercera y en el transcurso de la séptima y parte de la octava, laComisión examinó el punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa yPresupuesto para 2000-2001: Título II.A - Actividades transversales: Instituto de Estadísticade la UNESCO, Previsión y estudios prospectivos, Servicios de becas y compras y otrosservicios conexos de apoyo al programa, Coordinación de las actividades en favor de losgrupos prioritarios, así como los puntos 4.12, 6.1, 13.2 y 13.3 y los documentoscorrespondientes.

2. Intervinieron en el debate los representantes de 73 Estados Miembros y un observadorde una organización no gubernamental.

Resoluciones propuestas que figuran en el documento 30 C/5

3. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párr. 06006, hipótesis A) relativa al Título II.A - Actividades transversales: Instituto deEstadística de la UNESCO, cuyo texto dice lo siguiente:

La Conferencia General,

Tomando nota del informe del Director General sobre la creación del Instituto deEstadística de la UNESCO (30 C/22),

1. Aprueba la creación del Instituto de Estadística de la UNESCO (IEU);

2. Invita al Consejo de Administración del IEU a que diseñe el programa delInstituto a partir de las prioridades siguientes:

a) definir y establecer los tipos de datos e indicadores estadísticos que seránnecesarios a nivel internacional para los próximos años, utilizando losmecanismos consultivos prominentes que establecerá el Instituto deEstadística de la UNESCO;

b) acopiar y difundir información estadística sobre la educación, la ciencia, lacultura y la comunicación, en respuesta a las demandas crecientes de los

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Estados Miembros y la comunidad internacional, y supervisar elcumplimiento de los objetivos de política definidos en especial en lasprincipales conferencias internacionales, trabajando en colaboración a fin depromover la utilización de estos datos en las investigaciones sobre políticas;

c) mejorar la capacidad estadística de los Estados Miembros a través de laincitación y movilización de la voluntad y el compromiso político, así comode la difusión de manuales técnicos y el suministro de servicios deformación y asesoramiento;

3. Autoriza al Director General a dar respaldo al Instituto de Estadística de laUNESCO mediante una asignación financiera de 6.820.000 dólaresestadounidenses (hipótesis A);

4. Invita a los Estados Miembros, organizaciones internacionales, entidades donantesy de desarrollo, a las fundaciones y al sector privado a que contribuyan con fondosu otros medios adecuados a la ejecución y ampliación de las actividades delInstituto de Estadística de la UNESCO.

4. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párr. 07003, hipótesis A) relativa al Título II.A - Actividades transversales: Previsión yestudios prospectivos, cuyo texto dice lo siguiente:

La Conferencia General,

Autoriza al Director General a:

a) Ejecutar el siguiente plan de acción a fin de:

i) fortalecer las capacidades de la Organización y de los Estados Miembros enel campo de la previsión y la prospectiva, fomentando los estudiosprospectivos sobre el desarrollo en las esferas de competencia de laOrganización y elaborando un informe prospectivo del Director General alrespecto;

ii) promover la reflexión y el debate prospectivos, así como la vigilanciaintelectual y científica a escala mundial, en particular fortaleciendo lafunción de foro de previsión y prospectiva mediante la organización de los“Coloquios del siglo XXI” y de una reunión de los “Diálogos del siglo XXI”(hipótesis A);

iii) sensibilizar al público y a los responsables a los grandes problemas del sigloXXI, a la reflexión prospectiva y a las estrategias de acción que hayan sidodefinidas, en particular gracias a una cooperación con los medios decomunicación y a una política de difusión de los principales resultados delas actividades realizadas en el campo de la anticipación y la prospectiva.

b) Asignar a esos efectos la cantidad de 779.300 dólares para los gastos del programay de 815.800 dólares para los gastos de personal (hipótesis A).

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5. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párr. 08002, hipótesis A) relativa al Título II.A - Actividades transversales: Servicios debecas y compras y otros servicios conexos de apoyo al programa, cuyo texto dice lo siguiente:

La Conferencia General,

Autoriza al Director General a:

a) Ejecutar el siguiente plan de acción a fin de:

i) favorecer la creación de capacidades en las esferas de competencia de laUNESCO concediendo y administrando becas y subsidios de estudio y deviaje, en particular, mediante el Plan del Banco de Becas y acuerdos decopatrocinio concertados con los donantes interesados;

ii) facilitar la aplicación eficaz de las actividades financiadas mediante elPrograma Ordinario y recursos extrapresupuestarios en lo que se refiere a loscomponentes relacionados con el equipo, prestando servicios técnicos parala adquisición de equipo y su manutención tras la entrega, comprendida laformación del personal competente;

iii) seguir editando y publicando informes relacionados con proyectosfinanciados con cargo al Programa Ordinario y a recursosextrapresupuestarios con miras a su difusión y consulta en la biblioteca dereferencias de la UNESCO.

b) Asignar a esos efectos la cantidad de 1.127.100 dólares para los gastos delprograma y 2.972.700 dólares para los gastos de personal (hipótesis A).

6. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párrafo 09100) relativa al Título II.A - Actividades transversales: Coordinación de lasactividades relativas a la mujer, cuyo texto dice lo siguiente:

La Conferencia General,

Autoriza al Director General a:

a) Seguir promoviendo las actividades encaminadas a integrar en el programa lasconsideraciones sobre la igualdad entre hombres y mujeres y a crear capacidadescon miras a fomentar la participación activa de la mujer en todos los niveles yámbitos de la sociedad, de acuerdo con el Programa para la igualdad entre losgéneros aprobado por la Conferencia General en su 28ª reunión, y otrasrecomendaciones pertinentes; y, con este fin, intensificar la cooperación con losEstados Miembros, los mecanismos interinstitucionales pertinentes, lasorganizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales.

b) Asignar a esos efectos la cantidad de 416.400 dólares para los gastos del programay 774.100 dólares para los gastos de personal (hipótesis A).

30 C/61 – pág. 6

7. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párrafo 09200) relativa al Título II.A - Actividades transversales: Coordinación de lasactividades relativas a los jóvenes, cuyo texto dice lo siguiente:

La Conferencia General,

Autoriza al Director General a:

a) Responsabilizar a los jóvenes, especialmente los que se encuentran encircunstancias difíciles, para que participen de manera más plena y significativa enla sociedad, en particular incluyendo en cada programa un componente relativo ala juventud que redunde en beneficio de los jóvenes y favorezca su intervencióncomo agentes e interlocutores; y aumentar el alcance y las repercusiones de lasactividades realizadas en favor de los jóvenes y con su colaboración en los planosnacional y local, movilizando el apoyo de los Estados Miembros, losinterlocutores que promueven el desarrollo en el ámbito internacional y lasorganizaciones no gubernamentales competentes, comprendidas las asociacionesdedicadas a la juventud.

b) Asignar a esos efectos la cantidad de 416.400 dólares para los gastos del programay 1.048.600 dólares para los gastos de personal (hipótesis A).

8. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párr. 09300) relativa al Título II.A (Actividades transversales: Coordinación de lasactividades relativas a Africa), cuyo texto reza lo siguiente:

La Conferencia General,

Autoriza al Director General a:

a) Estrechar la cooperación con los Estados Miembros de Africa, alentando unareflexión prospectiva y la elaboración de estrategias para el desarrollo en lasesferas de competencia de la UNESCO; impulsar la cooperación regional ysubregional, en particular en materia de educación y alfabetización, energía solar,comunicación y fomento de la paz, en el marco del seguimiento de las grandesconferencias e iniciativas organizadas por el sistema de las Naciones Unidas y laOUA; y movilizar con este fin a todos los interlocutores, especialmente lasorganizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y los mecanismos decooperación multilateral y bilateral.

b) Asignar a esos efectos la cantidad de 475.000 dólares para los gastos del programay 3.000.900 dólares para los gastos de personal (hipótesis A).

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Proyectos de resolución cuyo fin es modificar la orientación de los ejes de acciónprevistos en el documento 30 C/5

A. Proyectos de resolución con repercusiones presupuestarias

9. Tras haber examinado el proyecto de resolución 30 C/DR.14 (presentado por Colombia,Ecuador, Uruguay, Jamaica, Venezuela, Filipinas, Sudáfrica, El Salvador y Costa Rica, con elapoyo de Benin, Etiopía, Pakistán, República Dominicana, Perú, Viet Nam, República Checa,Francia, Ucrania, Côte d’Ivoire, Granada, China, Santa Lucía, República Popular Democráticade Corea, Bhután, España, Rwanda, Uzbekistán, Hungría, Trinidad y Tobago, México, Haití,Malí, Marruecos, Lituania, Uganda, Níger, Kenya, Líbano, Nigeria, Swazilandia, Burundi,Burkina Faso, Tailandia y República Centroafricana), relativo al párrafo 08003, la Comisiónrecomienda a la Conferencia General que decida aprobarlo por unanimidad en su formaenmendada oralmente por Colombia. En el proyecto de resolución enmendado se invita alDirector General a que, habida cuenta del carácter transversal del Programa de Becas,identifique en los grandes programas recursos adicionales para becas a fin de que laOrganización pueda responder favorablemente a las numerosas solicitudes que le formulan losEstados Miembros.

B. Proyectos de resolución que no tienen repercusiones presupuestarias

10. Tras haber examinado el proyecto de resolución 30 C/DR.1 (presentado por laRepública Unida de Tanzania, con el apoyo de Rwanda y Argentina), relativo al párrafo08004, la Comisión recomienda a la Conferencia General que decida aprobarlo en su formaenmendada por la Mesa de la Comisión. En este proyecto de resolución enmendado se invitaal Director General, por una parte, a movilizar fondos extrapresupuestarios paracomplementar los fondos del Presupuesto Ordinario asignados a las actividades relativas almantenimiento y a las actividades del Centro para la Cultura del Mantenimiento establecidoen Dar es-Salaam y, por otra, a crear un comité intersectorial a fin de dar un nuevo impulso alas actividades relativas a la Cultura del Mantenimiento.

11. Habiendo examinado el proyecto de resolución 30 C/DR.7 Rev. (presentado por losPaíses Bajos, Egipto, Sudáfrica y Finlandia, con el apoyo de Francia, Alemania y Pakistán),relativo al párrafo 00402, la Comisión recomienda a la Conferencia General que decidaaprobarlo en su forma enmendada oralmente por los Países Bajos. En este proyecto deresolución enmendado se pide que se lleve a cabo una evaluación interna de la política de laUNESCO relativa a los Informes mundiales, evaluación que será revisada por un reducidogrupo de expertos de los Estados Miembros (de cinco a seis personas como máximo). El costode esta revisión externa se financiará con contribuciones de los Estados Miembrosinteresados. El informe de evaluación deberá presentarse al Consejo Ejecutivo en su 160ªreunión.

12. Tras haber examinado el proyecto de resolución 30 C/DR.39 (presentado por Hungría,con el apoyo de los Países Bajos, Jordania, Uganda, Egipto, Costa Rica, Francia y Lituania),relativo al párrafo 09202, la Comisión recomienda a la Conferencia General que lo apruebe ensu forma enmendada oralmente por Francia y Hungría. En el proyecto de resoluciónenmendado se pide que al final del párrafo 09202 se añada el siguiente texto: “La Unidad deCoordinación de las Actividades relativas a los Jóvenes proseguirá el inventario de todas lasactividades de la UNESCO en materia de voluntariado de los jóvenes con miras a reforzarlas,teniendo en cuenta otros programas existentes en el marco de las Naciones Unidas, de lasdemás organizaciones internacionales y de las organizaciones no gubernamentales”. Por otra

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parte, en el proyecto de resolución se pide que la Unidad de Coordinación de las Actividadesrelativas a los Jóvenes presente ese inventario al Consejo Ejecutivo en su 160ª reunión.

13. Tras haber examinado el proyecto de resolución 30 C/DR.54 (presentado por Togo, conel apoyo de Gabón y Nigeria), relativo a los párrafos 09301-09305, la Comisión recomienda ala Conferencia General que lo apruebe en su forma enmendada oralmente por Togo, Gambia yel Presidente de la Comisión. En este proyecto de resolución enmendado se invita al DirectorGeneral a hacer todo lo posible para reforzar las actividades que coordina por el Departamento"Prioridad Africa" y aumentar los medios puestos a su disposición a fin de que desempeñe sumisión con más eficacia. Además, se invita al Director General a destacar mejor y aplicar másla prioridad concedida a Africa en los programas de la Organización teniendo en cuenta sudiversidad lingüística y las consideraciones de género.

Estas decisiones se aplicarán en el marco de los recursos presupuestarios previstos en eldocumento 30 C/5.

14. La Comisión informa a la Conferencia General de que el proyecto de resolución30 C/DR.67 y Corr. (presentado por Kenya) fue retirado por su autor.

Modificaciones propuestas por el consejo Ejecutivo que suponen un cambio deorientación de los ejes de acción previstos en el documento 30 C/5, y que figuran en eldocumento 30 C/6

15. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe las siguientesenmiendas al documento 30 C/5:

- Enmienda del párrafo 33 del documento 30 C/6, relativa al párrafo 09305 del documento30 C/5 introduciendo los siguientes cambios en la última parte del 4º resultado esperado:

“Creación de una “Cuenta Especial Prioridad Africa” destinada a financiar y ejecutarcinco proyectos piloto en los siguientes ámbitos: la Cultura de Mantenimiento; el Deceniopara la Educación en Africa; el fortalecimiento de la función de la ciencia y la tecnologíaen el desarrollo de Africa; capacitación en informática para los jóvenes y las mujeres;capacitación práctica y profesional para los jóvenes;”. Estos proyectos deberían serejecutados por los sectores del programa competentes en colaboración con elDepartamento Prioridad Africa.”

Presupuesto

16. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe las consignacionespresupuestarias de 6.820.000 dólares (párr. 06001, Hipótesis A) para el “Instituto deEstadística de la UNESCO”; de 1.595.100 dólares (párr. 07001, Hipótesis A) para “Previsióny estudios prospectivos”; de 4.099.800 dólares (párr. 08001, Hipótesis A) para “Servicios debecas y compras y otros servicios conexos de apoyo al programa”, y de 6.131.400 dólares(párr. 09001) para “Coordinación de las actividades en favor de los grupos prioritarios”,Sección 1 del documento 30 C/5, en el entendimiento de que estas cantidades podríanajustarse en función de la decisión que adopte la Conferencia General sobre el topepresupuestario provisional y de las decisiones de la reunión conjunta de la ComisiónAdministrativa y las Comisiones del Programa.

30 C/61- pág. 9

Programa

17. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe los párrafos 06002-06016 (Hipótesis A), 07002-07006 (Hipótesis A), 08003-08005 (Hipótesis A), 09002-09401del Proyecto de Programa y Presupuesto, documento 30 C/5 Sección 1, en su formaenmendada por:

a) los proyectos de resolución aprobados por la Comisión (véanse los párrafos 9 a 13),

b) las modificaciones propuestas por el Consejo Ejecutivo y aprobadas por laComisión (véase el párrafo 15),

y tomando en consideración los debates de los que da cuenta el Presidente de la Comisión ensu informe oral.

Punto 4.12 – Informe del secretario General de las Naciones Unidas sobre las causas delos conflictos y la promoción de la paz duradera y el desarrollo sostenibleen Africa

18. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota del documento30 C/53, titulado “Informe del Secretario de las Naciones Unidas sobre las causas de losconflictos y la promoción de la paz duradera y el desarrollo sostenible en Africa”.

19. La Comisión recomienda a la Conferencia general que apruebe la resolución propuestaen el documento 30 C/53 Add., cuyo texto es el siguiente:

La Conferencia General,

1. Habiendo examinado el documento 30 C/53,

2. Confirmando nuevamente la elevada prioridad que se ha dado a Africa en losprogramas de la UNESCO,

3. Recordando el llamamiento de Trípoli para la instauración de una cultura de pazen Africa en los albores del tercer milenio,

4. Habiendo tomado nota de la Resolución 53/92 de la Asamblea General de lasNaciones Unidas, por la que éstas invitaban, entre otras, a las organizacionesespecializadas a examinar las recomendaciones del informe del Secretario Generalde las Naciones Unidas,

5. Reconoce los esfuerzos realizados por el Director General para dar cumplimientoa las recomendaciones contenidas en el informe del Secretario General y a laResolución 53/92 de la Asamblea General de las Naciones Unidas;

6. Invita al Director General a intensificar los esfuerzos de la Organización paracontribuir a erradicar las causas de los conflictos y la promoción de una pazduradera y un desarrollo sostenible en Africa;

7. Invita asimismo al Director General a prestar apoyo a la cumbre DEMOS-Africa,prevista por el Gobierno gabonés para septiembre de 2000.

30 C/61 – pág. 10

Punto 6.1 – Aprobación de los estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO

20. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota de los documentos30 C/22 y 30 C/22 Add. y Corr., titulados “Aprobación de los estatutos del Instituto deEstadística de la UNESCO”.

21. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuestaen la primera página del documento 30 C/22 Add. y Corr., cuyo texto es el siguiente:

La Conferencia General,

1. Recordando la Resolución 29 C/50 relativa al Plan estratégico para elfortalecimiento de los programas y servicios estadísticos de la UNESCO y lacreación del Instituto de Estadística de la UNESCO,

2. Tomando nota de la Decisión 156 EX/6.6 que recomienda la aprobación de losestatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO,

3. Aprueba los estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO, que figurancomo anexo de la presente resolución;

4. Autoriza al Consejo Ejecutivo a tomar una decisión sobre la localizacióndefinitiva del Instituto, con arreglo a los procedimientos establecidos en ladecisión 157 EX/3.1 (III);

5. Invita al Director General a que nombre a los seis primeros miembros del Consejode Administración del IEU, teniendo presentes las cualificaciones, el sexo y lanacionalidad de los seis miembros elegidos por la Conferencia.

Anexo

(Anexo revisado del documento 30 C/22)

Estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO

Artículo I

Definiciones

Salvo indicación contraria en el texto:

Consejo se refiere al Consejo de Administración del Instituto

Presidente designa al Presidente del Consejo

Comité designa al Comité de Política y Planeamiento previsto en el Artículo VI de losEstatutos

Director significa Director(a) del Instituto

Director General designa al Director General de la UNESCO

Conferencia General se refiere a la Conferencia General de la UNESCO

Instituto designa al Instituto de Estadística de la UNESCO

30 C/61- pág. 11

Personal se refiere al personal del Instituto

Estatutos se refiere a los estatutos del Instituto de Estadística de la UNESCO

UNESCO significa Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Cienciay la Cultura

Artículo II

Condición jurídica del Instituto

1. Queda constituido en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para laEducación, la Ciencia y la Cultura, de la que será parte integrante, un Instituto deEstadística de la UNESCO. En ese marco, el Instituto disfrutará de la autonomíafuncional necesaria para cumplir sus objetivos.

2. Todas las actividades realizadas por el Instituto deberán ser conformes a lospresentes Estatutos y a las decisiones pertinentes de la Conferencia General y elConsejo Ejecutivo.

Artículo III

Misión, objetivos y funciones

1. En el marco del mandato general de la UNESCO, esto es, fomentar el progreso delsaber y su aprovechamiento compartido, y propiciar la libre circulación de lasideas, la misión del Instituto será proporcionar informaciones estadísticas sobreeducación, ciencia, cultura y comunicación para contribuir a la adopción dedecisiones en los Estados Miembros y promover el debate democrático en lasesferas de competencia de la UNESCO, ajustándose para ello a las normasprofesionales y la imparcialidad intelectual más exigentes en el acopio y análisisde los datos.

2. A estos efectos el Instituto centrará su labor en torno a los siguientes objetivos:

a) promover la elaboración de estadísticas internacionales en sus esferas decompetencia que reflejen los contextos en que se adoptan las políticascambiantes en esas esferas, que sean fiables, comparables a escala mundial,sólidas y cuyo acopio sea viable;

b) tomar disposiciones para el acopio, la producción, el análisis y la difusiónoportuna de estadísticas, indicadores y documentación conexa de utilidadpara las políticas, basados en la labor de elaboración señalada en el apartadoa);

c) respaldar el aumento de las capacidades estadísticas y analíticas de losEstados Miembros, para los fines propios a cada país y para contribuir allogro del objetivo señalado en el apartado b); y

d) prestar servicios de análisis en el contexto de su misión, tomando enconsideración las necesidades de los Estados Miembros.

30 C/61 – pág. 12

3. El Instituto desempeñará las siguientes funciones:

a) una función de desarrollo que consistirá fundamentalmente en definir lasfuturas necesidades y elaborar datos e indicadores apropiados, adaptados yflexibles, velando por respetar las normas de calidad correspondientes;

b) una función de acopio y difusión; y

c) una función de fortalecimiento de capacidades.

4. El objetivo primordial del Instituto será responder a las necesidades de los EstadosMiembros mediante su programa básico de trabajo. Además, en la medida en quecuente con recursos adicionales, podrá atender a otras necesidades o peticionesformuladas por otros servicios de la UNESCO y otros usuarios de EstadosMiembros y organizaciones internacionales.

Artículo IV

Consejo de Administración

1. El Consejo se compondrá de 12 miembros elegidos por un mandato de cuatroaños, que actuarán a título personal. Los miembros serán elegidos o designadosdel siguiente modo:

a) seis miembros serán elegidos por la Conferencia General, uno por cadagrupo electoral de la UNESCO; y

b) seis miembros serán designados por el Director General, previa consulta conlas organizaciones, entidades y organismos que colaboran con el Instituto yque copatrocinan sus programas.

2. Los miembros elegidos no podrán ser reelegidos para un segundo mandatoconsecutivo.

3. Si lo estima conveniente, el Consejo podrá invitar a otros observadores.

4. El Consejo elegirá a su Presidente entre sus miembros, por un mandato de dosaños.

Artículo V

Funciones del Consejo de Administración

1. Las funciones del Consejo serán las siguientes:

a) aprobar la política general y el carácter de las actividades del Instituto, en elmarco decidido por la Conferencia General, comprendido el Programa yPresupuesto Aprobados, y tomando debidamente en cuenta las obligacionesque dimanan del hecho de que el Instituto sea parte integrante de laUNESCO;

30 C/61- pág. 13

b) establecer directrices para la elaboración del programa, comprendida unaindicación del presupuesto global y del equilibrio de prioridades en el marcodel programa;

c) examinar y aprobar, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos VII,VIII y IX, el programa y presupuesto anual preparados por el Director, en elentendimiento de que el tope presupuestario no podrá exceder de la cuantíatotal disponible durante el año financiero, comprendidas las donaciones ysubvenciones que se abonen o proporcionen en especie al Instituto;

d) examinar el informe anual y otros informes sobre las actividades y los gastosanuales del Instituto elaborados por el Director y asesorar a este últimosobre la ejecución, la evaluación y el seguimiento del programa del Institutoy sobre cualquier asunto que someta a la consideración del Consejo;

e) presentar su informe anual sobre las actividades del Instituto al ConsejoEjecutivo y la Conferencia General;

f) formular recomendaciones al Director General en cuanto al nombramientodel Director.

2. El Director consultará al Consejo para el nombramiento de los altos funcionariosdel Instituto.

Artículo VI

Funcionamiento del Consejo

1. El Consejo celebrará una reunión ordinaria por año. Podrá celebrar una reuniónextraordinaria, convocada por su Presidente por iniciativa propia o a petición decuatro de sus miembros o del Director.

2. El Presidente y los miembros del Consejo no recibirán remuneración por susservicios; el Instituto sufragará sus gastos de viaje y dietas, cuando efectúenmisiones oficiales del Instituto.

3. Durante su mandato, el Presidente y los miembros del Consejo no recibiránninguna remuneración ni honorarios por labores realizadas por cuenta delInstituto.

4. El Consejo aprobará su reglamento.

5. El Consejo podrá deliberar y adoptar decisiones cuando estén presentes comomínimo seis de sus miembros.

6. El Consejo constituirá un Comité de Política y Planeamiento, cuyas reunionesserán convocadas por su Presidente, o por el Consejo, con la frecuencia que exijanlas necesidades del programa. Será presidido por el Presidente del Consejo yestará constituido por otras cuatro personas elegidas por el Consejo entre susmiembros. El Comité estará encargado de proporcionar la información yorientación iniciales que requiere el proceso de planeamiento y presupuestación

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del Instituto y desempeñar cualquier otra función que le asigne el Consejo, ya seaen virtud de su Reglamento o en una reunión ordinaria.

7. Cuando sea necesario, el Consejo podrá instituir otros comités integrados por susmiembros. Cada uno de esos comités aprobará su reglamento.

8. Las lenguas de trabajo del Consejo serán el francés y el inglés.

Artículo VII

El Director y el personal

1. El Director del Instituto, que será un funcionario de la UNESCO, será nombradopor el Director General por recomendación del Consejo.

2. El Director será el más alto funcionario ejecutivo del Instituto. En calidad de tal, ycon la debida delegación de autoridad del Director General, el Director seencargará de:

a) administrar el Instituto;

b) elaborar el proyecto de programa de trabajo y las estimacionespresupuestarias a fin de someterlos a la aprobación del Consejo;

c) a reserva de la aprobación del Consejo, elaborar planes detallados para laejecución del programa aprobado, y dirigir su realización;

d) nombrar, de conformidad con el Estatuto y Reglamento del Personal de laUNESCO, el personal del Instituto y, ajustándose a las disposicionesadministrativas y jurídicas del caso, otros miembros del personal delInstituto, como consultores, o personas contratadas con arreglo a otrasmodalidades o en comisión de servicios;

e) efectuar los pagos de conformidad con el Reglamento Financiero de laCuenta Especial, según se prevé en el Artículo IX;

f) establecer, sin perjuicio del Reglamento Financiero de la Cuenta Especialdel Instituto, normas y procedimientos financieros con miras a garantizaruna administración financiera sana y económica.

3. El Director y los miembros del personal del Instituto estarán sujetos al Estatuto yReglamento del Personal de la UNESCO.

Artículo VIII

Grupos de asesoramiento técnico

1. El Consejo podrá crear grupos de asesoramiento técnico, compuestos deespecialistas de alto nivel en la esfera de la estadística y del análisis de políticas, afin de:

a) asesorar al Instituto en materia de elaboración y aplicación de normas y deprocedimientos de validación;

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b) transmitir al Consejo recomendaciones sobre el programa de trabajopreparado por el Director y sometido a la aprobación del Consejo;

c) proporcionar asesoramiento sobre asuntos de política y programas a peticióndel Consejo o el Director, en particular, con respecto al plan a plazo medioque pueda aprobar el Instituto.

2. Uno de los grupos de asesoramiento técnico debería tratar las cuestionesrelacionadas con la utilización de las estadísticas, por ejemplo la informaciónestadística e indicadores que necesitan los encargados de la adopción dedecisiones, y otro, los asuntos relativos a la elaboración de estadísticas, porejemplo, la validez de los métodos de acopio y la fiabilidad de los datos.

3. Los miembros de los grupos de asesoramiento técnico serán designados por elPresidente del Consejo, teniendo en cuenta las propuestas presentadas por elDirector. Sus presidentes serán elegidos entre los miembros del Consejo. Cadagrupo de asesoramiento técnico aprobará su reglamento.

4. Los miembros del grupo de asesoramiento técnico no recibirán remuneración porsus servicios a menos que efectúen misiones especiales como consultores; elInstituto sufragará sus gastos de viaje y dietas cuando realicen misiones oficialesdel Instituto.

Artículo IX

Finanzas

1. Los ingresos del Instituto consistirán en:

a) una asignación financiera determinada por la Conferencia General parasufragar los gastos de personal y los costos directos e indirectos delprograma;

b) contribuciones voluntarias de los Estados Miembros, organismos yorganizaciones internacionales y otras entidades;

c) subvenciones, donaciones y legados que sean compatibles con las políticas,los programas o las actividades del Instituto;

d) honorarios percibidos en concepto de ejecución de proyectos encomendadosal Instituto, o con otros fines especiales; y

e) ingresos varios, comprendidos el reembolso de servicios, las ventas depublicaciones, intereses devengados por inversiones y ajustes de cambio.

2. Los ingresos del Instituto se acreditarán en una cuenta especial que abrirá elDirector General, de conformidad con las disposiciones pertinentes delReglamento Financiero de la UNESCO. La administración de esa cuenta especialy del presupuesto del Instituto se ajustarán a las disposiciones antes mencionadasy al Reglamento Financiero de la Cuenta Especial.

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3. En caso de que se clausure el Instituto por decisión de la Conferencia General, suactivo se transferirá a la UNESCO y sus deudas serán asumidas por laOrganización.

Artículo X

Modificaciones de los estatutos

Los presentes estatutos se podrán modificar por decisión de la Conferencia Generaladoptada por simple mayoría de los Estados Miembros presentes y votantes.

Artículo XI

Disposiciones transitorias

1. El Director General tomará las medidas necesarias para que puedan dar comienzolas actividades del Instituto. Con ese fin, y en espera de que el Consejo apruebe elprimer presupuesto anual del Instituto, el Director General incurrirá en los gastosnecesarios con cargo a los fondos que vote la Conferencia General, que serándepositados en una cuenta especial constituida y administrada con arreglo a lasdisposiciones del Reglamento Financiero de la UNESCO.

2. La Conferencia General de la UNESCO elegirá en su 30ª reunión a los seisprimeros miembros elegidos del Consejo de Administración. La duración de susmandatos será la siguiente:

a) tres miembros elegidos por sorteo hasta el 31 de diciembre de 2003;

b) tres miembros hasta el 31 de diciembre de 2001.

3. Tres de los miembros designados por el Director General desempeñarán susfunciones hasta el 31 de diciembre de 2003 y los otros tres hasta el 31 dediciembre de 2001.

Punto 13.2 – Fortalecimiento de la cooperación con Haití

22. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe el proyecto deresolución 30 C/COM.I/DR.1 (presentado por Haití y apoyado por Argentina, Côte d’Ivoire,Cuba, Egipto, Gabón, Honduras, Hungría, Líbano, Lituania, República Democrática PopularLao, República Dominicana, Tailandia, Francia, España, Alemania y Austria), en su formaenmendada oralmente por Haití y Austria, cuyo texto es el siguiente:

La Conferencia General,

Teniendo presentes los objetivos y principios de la Constitución de la UNESCO,

Celebrando los esfuerzos realizados por el Gobierno de Haití con miras a favorecer laconsolidación de la democracia y el desarrollo del país,

Tomando nota, pese a los progresos realizados, de la persistencia de numerosasdificultades políticas, económicas y sociales que impiden que esos progresos sean aúnmayores,

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Celebrando las medidas sustantivas y eficaces que ya ha adoptado la Organización, asícomo la firma el 19 de enero de 1995 de un memorándum de cooperación entre elGobierno de Haití y la UNESCO,

Considerando los esfuerzos ya realizados en el sentido de la Resolución 28 C/17 enfavor de un apoyo a Haití,

Suscribiendo el informe presentado por el Director General en el documento29 C/INF.1,

Considerando que la democracia y el desarrollo sostenibles son dos realidadesestrechamente vinculadas,

Reconociendo así la necesidad de prestar a Haití, único PMA del continente americano,una ayuda especial,

Advirtiendo que aún quedan por alcanzar muchos objetivos para la aplicación plena eíntegra de las orientaciones definidas en la Resolución 27 C/21,

Considerando las conclusiones de abril de 1999 de la Comisión Mixta compuesta por elGobierno de Haití y la UNESCO,

1. Pide encarecidamente a los Estados Miembros de la UNESCO, a lasorganizaciones intergubernamentales y a las instituciones internacionales quefortalezcan su cooperación en Haití en todas las esferas de competencia de laUNESCO, en particular, en la de la educación;

2. Autoriza al Director General a movilizar los recursos extrapresupuestariosnecesarios para la ejecución de los proyectos definidos por la Comisión Mixta, yle pide que presente al Consejo Ejecutivo un informe sobre los progresosrealizados, y a la Conferencia General, en su 31ª reunión, un informe sobre laaplicación de la presente resolución.

Punto 13.3 - Fortalecimiento de la cooperación entre la UNESCO y la RepúblicaFederal de Nigeria

23. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe el proyecto deresolución 30 C/COM.I/DR.3 (presentado por Togo y apoyado por Comoras, Côte d’Ivoire,Gabón, Nigeria, Honduras, España, Barbados y Benin), en su forma enmendada oralmente porTogo, cuyo texto es el siguiente:

La Conferencia General,

Recordando los objetivos y principios enunciados en la Constitución de la UNESCO,

Recordando asimismo la Declaración en la que, en su 28ª reunión, deploró lasviolaciones de los derechos humanos cometidas por el entonces Gobierno Militar deNigerIa,

Celebrando las recientes elecciones democráticas celebradas en Nigeria que pusieron fina años de dictadura militar y restauraron la democracia parlamentaria en el país,

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Consciente del compromiso del actual gobierno de Nigeria con la democracia, el buenejercicio del gobierno y el establecimiento de una sociedad justa y libre, cimentada en elrespeto a la justicia y los derechos humanos,

Consciente de la importancia que tienen los ideales y los programas de la UNESCO parala transición a la democracia que vive Nigeria,

Tomando nota de la voluntad de las nuevas autoridades nigerianas de reforzar lacooperación con la UNESCO, como prueba la visita a la UNESCO del Sr. Obasanjo,Presidente de Nigeria, poco después de su elección,

Teniendo en cuenta el Plan de acción para la cooperación firmado recientemente entre laUNESCO y Nigeria,

Pide al Director General que:

i) adopte todas las medidas adecuadas para acrecentar la cooperación con Nigeria enel marco de la ejecución del Programa y Presupuesto que apruebe la ConferenciaGeneral en su 30ª reunión, y mediante la movilización de recursosextrapresupuestarios;

ii) presente a la Conferencia General en su 31ª reunión un informe sobre laaplicación de esta resolución.

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DEBATE 2

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuestopara 2000-2001: Título II.B - Servicios de Información y Difusión:

Centro de Intercambio de Información,Oficina de la Editorial de la UNESCO, Oficina de Publicaciones Periódicas Mensuales

y Oficina de Información Pública

Punto 5.4 - La visibilidad de la UNESCO en los Estados Miembros

1. Durante una parte de la quinta sesión y en la sexta sesión la Comisión I examinó elpunto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para 2000-2001:Título II.B - Servicios de Información y Difusión: Centro de Intercambio de Información,Oficina de la Editorial de la UNESCO, Oficina de Publicaciones Periódicas Mensuales yOficina de Información Pública, y el punto 5.4 - La visibilidad de la UNESCO en los EstadosMiembros.

2. Tomaron la palabra los representantes de 36 Estados Miembros.

Enmiendas que figuran en el documento 30 C/6, destinadas a modificar las resolucionespropuestas en el 30 C/5

3. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párrafo 12002, Hipótesis A), relativa al Título II.B – Servicios de Información y Difusión, taly como figura en el párrafo 34 del documento 30 C/6, cuyo texto es el siguiente:

La Conferencia General,

Invita al Director General a elaborar una estrategia global, y estimar los costos de suaplicación, destinada a realzar la notoriedad de la acción de la UNESCO, fortalecer lasactividades de información y difusión en la Secretaría, ampliar la cooperación con losinterlocutores y mejorar la calidad de las producciones de la UNESCO, tanto escritascomo audiovisuales, y someter con ese fin propuestas al Consejo Ejecutivo en su161ª reunión;

Autoriza al Director General a:

a) Ejecutar el plan de acción siguiente con objeto de:

i) poner a la disposición de los Estados Miembros, organizaciones einstituciones las informaciones y los datos de que dispone la UNESCO ensus esferas de competencia, utilizando todos los soportes y medios dedifusión existentes y procediendo a la modernización de los servicios dedifusión (la biblioteca y los archivos de la UNESCO); y reforzar lacooperación entre organismos para que los usuarios puedan consultar losbancos de datos de todo el sistema de las Naciones Unidas desde un puntode acceso único;

ii) favorecer el acceso a publicaciones, libros y producciones audiovisuales,prestando especial atención a los jóvenes y a los programas prioritarios;

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aumentar las coproducciones audiovisuales sobre los principales temas delprograma mediante asociaciones; y continuar salvaguardando lascolecciones de películas, grabaciones en vídeo, bandas magnéticas yfotografías con miras a ampliar su utilización y difusión;

iii) seguir divulgando los ideales y mensajes de la UNESCO a través deEl Correo de la UNESCO y la revista Fuentes y proseguir, en particular, larenovación de El Correo, con miras a convertirlo en un instrumento deinformación y aprendizaje capaz de reconquistar un público de lectoresjóvenes y, en términos generales, aumentar su difusión;

iv) incrementar las repercusiones de las actividades de información del públicopara dar a conocer la acción de la UNESCO, reforzando para ello lacooperación con los medios de comunicación y, en los Estados Miembros,con las Comisiones Nacionales; lograr una mayor descentralización de lainformación apoyándose en las capacidades y las competencias locales; yseguir produciendo materiales sobre los aspectos destacados del programa -UNESCOPRESSE, carpetas de documentación para la prensa y programasradiofónicos- y garantizar su difusión, sobre todo entre las ComisionesNacionales;

b) Asignar a los cuatro capítulos del Título II.B del Presupuesto (Centro deIntercambio de Información, Oficina de la Editorial de la UNESCO, Oficina dePublicaciones Periódicas Mensuales, y Oficina de Información Pública) créditospor una cuantía de 6.508.700 dólares, para los gastos de programa directos eindirectos y de 15.507.000 dólares para los gastos de personal (hipótesis A).

Presupuesto

4. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe las consignaciones poruna cuantía de 22.015.700 dólares (párrafo 12001, Hipótesis A) para el Título II.B – Serviciosde Información y Difusión, Sección 1 del documento 30 C/5, en el entendimiento de que esacuantía se podrá ajustar habida cuenta de la resolución aprobada por Conferencia Generalsobre el tope presupuestario provisional, así como de las recomendaciones de la reuniónconjunta de la Comisión Administrativa y de Hacienda y las Comisiones del Programa.

Programa

5. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe los párrafos 12003 a12404 del Proyecto de Programa y Presupuesto, documento 30 C/5, Sección 1, habida cuentade los debates de la Comisión recapitulados por el Presidente de la Comisión en su informeoral.

Punto 5.4 - La visibilidad de la UNESCO en los Estados Miembros

6. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota del documento30 C/INF.9 titulado “La visibilidad de la UNESCO en los Estados Miembros”.

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DEBATE 3

Punto 4.9 - Propuestas de los Estados Miembrospara la conmemoración de aniversarios en 2000-2001

Punto 8.1 - Informe del Director Generalsobre las modificaciones introducidas en la clasificación

de las organizaciones internacionalesque mantienen diferentes tipos de relaciones con la UNESCO

1. Durante su séptima sesión, la Comisión I examinó el punto 4.9, Propuestas de losEstados Miembros para la conmemoración de aniversarios en 2000-2001, y el punto 8.1,Informe del Director General sobre las modificaciones introducidas en la clasificación deorganizaciones internacionales que mantienen diferentes tipos de relaciones con la UNESCO.

2. Tomaron la palabra los representantes de 16 Estados Miembros y el representante delComité de Enlace ONG-UNESCO.

Punto 4.9 - Propuestas de los Estados Miembros para la conmemoración deaniversarios en 2000-2001

3. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota del documento30 C/18 que lleva por título "Propuestas de los Estados Miembros para la conmemoración deaniversarios en 2000-2001".

4. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuestaen el párrafo 2 del documento 30 C/18, en su forma enmendada oralmente por Austria, Malí,Sudáfrica y Uzbekistán. El texto de la resolución reza como sigue:

La Conferencia General,

Habiendo examinado el documento 30 C/18,

Decide que la UNESCO se asociará en el bienio 2000-2001 a las celebracionesmencionadas en el párrafo a) de la Decisión 157 EX/9.6;

Decide asimismo:

a) que toda contribución de la Organización a esas celebraciones se financie concargo al Programa de Participación, de conformidad con las normas que rigendicho Programa;

b) que la lista de las celebraciones de aniversarios a los que la UNESCO deberíaasociarse en el bienio 2000-2001 se declare así cerrada.

i) centenario del nacimiento de Roberto Arltii) centenario del nacimiento de Leopoldo Marechaliii) quinto centenario del descubrimiento del Brasiliv) bicentenario del viaje de Alexander von Humboldt a Colombiav) centenario de la creación de los Estudios Agronómicos en Cubavi) centenario del nacimiento de Antonio J. Quevedo

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vii) octavo centenario del nacimiento de Nasir ad-Din Toosiviii) sesquicentenario de la muerte de Amir Kabir Mirza Taghi Khanix) segundo milenario de la fundación de la ciudad de Tarazx) centenario del nacimiento de Sabit Mukanovich Mukanovxi) tercer milenario de Oshxii) centenario del nacimiento de Kazym Tynystanovxiii) 2.500º aniversario de la fundación de la ciudad de Termezxiv) 545º aniversario del nacimiento de Kamal al-Din Behzadxv) 2.700º aniversario de la creación del Avestaxvi) nonagésimo aniversario del nacimiento de Mirzo Torsonzadexvii) octogésimo aniversario del nacimiento de Muhammad Asimovxviii) 960º aniversario del nacimiento de Omar Khayamxix) centenario del nacimiento de Somdet Phra Srinagarindraxx) centenario del nacimiento de Pridi Banomyongxxi) 990º aniversario de la creación de la ciudad de Thang Long-Hanoixxii) centenario del nacimiento de Mohamed Abdel Wahabxxiii) duodécimo centenario de la creación de Bayt El-Hikmaxxiv) 250º aniversario de la muerte de Juan Sebastián Bachxxv) centenario de la muerte de Friedrich Wilhelm Nietzschexxvi) 1.700º aniversario de la adopción del cristianismo como religión de

Estado en Armeniaxxvii) centenario del descubrimiento de los grupos sanguíneos por Karl

Landsteinerxxviii) sexto centenario de la muerte de Evtimi de Tarnovoxxix) sesquicentenario del nacimiento de Ivan Vazovxxx) cuarto centenario del nacimiento de Pedro Calderón de La Barcaxxxi) centenario del nacimiento de Luis Buñuelxxxii) centenario del nacimiento de Joaquín Rodrigoxxxiii) sesquicentenario del nacimiento de Sophia Kovalevskayaxxxiv) centenario del nacimiento de Nikolai Vladimirovitch Timofeev-

Ressovskyxxxv) segundo centenario del nacimiento de Vladimir Ivanovich Dalxxxvi) centenario del nacimiento de Antoine de Saint-Exupéryxxxvii) tercer centenario de la muerte de André Le Nôtrexxxviii) centenario del nacimiento de André Malrauxxxxix) centenario de la muerte de Henri de Toulouse-Lautrecxl) duodécimo centenario del Renacimiento Carolingioxli) quincuagésimo aniversario de la muerte de George Bernard Shawxlii) cuarto centenario de la muerte de Giordano Brunoxliii) centenario del nacimiento de Enrico Fermixliv) centenario del nacimiento de Salvatore Quasimodoxlv) centenario de la muerte de Giuseppe Verdixlvi) octavo centenario de la fundación de la ciudad de Rigaxlvii) sesquicentenario del nacimiento de Mihail Eminescuxlviii) quincuagésimo aniversario de la muerte de Dinu Lipattixlix) milenario del nacimiento de San Maurusl) tercer centenario de la muerte de Juraj Lanili) sesquicentenario del nacimiento y centenario de la muerte de Zdenek

Fibichlii) sesquicentenario del nacimiento de Tomas Masaryk

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liii) séptimo centenario de la publicación del Código Real de Minasliv) centenario del nacimiento de Michailo Vasilievich Ostrogradskylv) centenario del nacimiento de Ivan S. Kozlovskiylvi) centenario del nacimiento de Alexander Smakulalvii) centenario del nacimiento de Margaret Meadlviii) centenario del nacimiento de Amadou Hampaté Balix) septuagésimo quinto aniversario del anuncio del descubrimiento del

cráneo de Taung Skull, el primero de los descubrimientos de fósiles dehomínidos antiguos de Africa;

Invita al Consejo Ejecutivo a que examine las modalidades y procedimientos que seseguirán para elaborar la lista de aniversarios.

Punto 8.1 - Informe del Director General sobre las modificaciones introducidas en laclasificación de las organizaciones internacionales que mantienendiferentes tipos de relaciones con la UNESCO

5. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota del documento30 C/32 y 30 C/32 Add., que llevan por título "Informe del Director General sobre lasmodificaciones introducidas en la clasificación de las organizaciones internacionales quemantienen diferentes tipos de relaciones con la UNESCO".

6. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuestaen el párrafo 9 del documento 30 C/32 Add. cuyo texto figura a continuación:

La Conferencia General,

1. Recordando los principios y las políticas que rigen la cooperación renovada conlas ONG, reflejados en las normas que aprobó en su 28ª reunión mediante laResolución 13.42,

2. Recordando la información facilitada por el Director General en el informe que lepresentó en su 29ª reunión (29 C/5) y la Resolución 29 C/63,

3. Tomando nota de la información facilitada por el Director General en eldocumento 30 C/32 sobre los cambios introducidos en la clasificación de lasONG, las fundaciones y otras instituciones,

4. Reafirma los objetivos básicos de las Normas, en particular la mayor operatividaden beneficio de los países en desarrollo y los países en transición;

5. Destaca la importancia de proseguir estos esfuerzos en el marco de la ejecucióndel programa, incluidos los relativos a las modalidades financieras de cooperacióncon las ONG;

6. Insiste en que es indispensable mejorar la comunicación y el intercambio deinformación entre los Estados Miembros, las ONG y la Secretaría (en la Sede yfuera de ésta) para consolidar estas relaciones de colaboración triangulares;

7. Pide al Consejo Ejecutivo que siga supervisando la aplicación de las Normasmediante, entre otras cosas:

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- esfuerzos adicionales para que se facilite información completa sobre laadmisión y los criterios de clasificación de las ONG;

- una mayor participación de las Comisiones Nacionales en la preparación de susdecisiones en relación con la admisión de ONG a la categoría deorganizaciones que mantienen relaciones formales con la UNESCO;

- esfuerzos adicionales de las Unidades fuera de la Sede para hacer participarmás plenamente a las Comisiones Nacionales y a las ONG regionales en susactividades;

- la aclaración de algunas cuestiones pendientes en relación con la aplicaciónefectiva de las Normas y, en particular, con las modalidades financieras ymateriales de cooperación y la utilización del nombre y el logotipo de laUNESCO;

- el establecimiento de métodos eficaces de trabajo de su Comité de ONG a finde garantizar que cumple plenamente su cometido;

8. Pide asimismo al Consejo Ejecutivo que elabore su próximo informe sexenalsobre la contribución de las ONG al logro de los objetivos de la UNESCO, quedeberá presentar en su 31ª reunión, teniendo en cuenta:

- la Resolución 63 que aprobó en su 29ª reunión;

- la necesidad de efectuar un examen a fondo de las consecuencias en los planosinternacional, regional y nacional, de la introducción de las Normas revisadas;

- la conveniencia de realizar algunos estudios sobre las repercusiones;

- la necesidad de consultar muy ampliamente con las Comisiones Nacionales y lacomunidad de las ONG de todo el mundo sobre la preparación de ese informe;

- la posibilidad de introducir ajustes en las Normas a la luz de la experienciaadquirida en los seis primeros años de su aplicación y teniendo presente que losprincipios fundamentales en que se basan siguen siendo válidos;

9. Reafirma la validez de los objetivos que dieron lugar al establecimiento delPrograma especial de apoyo a las ONG mediante la Resolución 27 C/13.141;hace suya la recomendación de que se elimine gradualmente con el tiempo esteprograma como modalidad financiera específica de cooperación con las ONG ysubraya la necesidad de garantizar que esos objetivos se tengan activamente encuenta en las actividades de ejecución del programa en la Sede y fuera de la Sede,tanto en lo que respecta a las orientaciones como a las modalidades materiales yfinancieras de cooperación;

10. Invita a las Comisiones Nacionales para la UNESCO de todos los EstadosMiembros a que elaboren métodos de trabajo adecuados a fin de intensificar sucooperación con las ONG en los planos nacional y local, en coordinación con lasUnidades fuera de la Sede de la UNESCO.

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DEBATE 4

Punto 3.3 - Examen y aprobación del Proyecto de Programay Presupuestopara 2000-2001: Titulo III – Apoyo a la Ejecución del Programa:

Oficina de Relaciones Exteriores, Oficina de Financiación Extrapresupuestaria,Oficina de Conferencias, Lenguas y Documentos

Punto 5.5 - Definición de las regiones con miras a la ejecuciónde las actividades de carácter regional

Punto 6.6 - Proyecto de estatutos del Comite Permanentede las Comisiones Nacionales para la UNESCO

1. En sus sesiones 9ª , 10ª , 11ª y parte de la 12ª , la Comisión examinó el punto 3.3 -Examen y aprobación del Proyecto de Programa y Presupuesto para 2000-2001: Título III -Apoyo a la Ejecución del Programa: Oficina de Relaciones Exteriores, Oficina deFinanciación Extrapresupuestaria, Oficina de Conferencias, Lenguas y Documentos; elpunto 5.5. Definición de las regiones con miras a la ejecución de las actividades de carácterregional, y el punto 6.6 - Proyecto de estatutos del Comité Permanente de las ComisionesNacionales para la UNESCO.

2. Hicieron uso de la palabra los representantes de 39 Estados Miembros y un observadorde una organización internacional no gubernamental.

Proyectos de resolución que la Conferencia General podría aprobar in extenso

3. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe el siguiente proyecto deresolución, que figurará en el Volumen 1 (Resoluciones) de las Actas de la ConferenciaGeneral:

- 30 C/DR.27 Rev. (presentado por la Federación de Rusia, Lituania, Polonia, Chipre,Côte d’Ivoire, Costa Rica, Rumania, Camerún, Gabón, Ghana, Honduras, Ucrania, Malí,Italia, Belarrús, Níger, Bolivia y Panamá, con el apoyo de Georgia, China, Haití,Burundi, Ecuador, Trinidad y Tobago, Bulgaria, Mozambique, República de Corea,Francia, España, Mongolia, Senegal, Bahamas, Viet Nam, Letonia, Gambia, Togo yGuatemala) relativo a las Asociaciones, los Centros y los Clubes UNESCO, en su formaenmendada por el Grupo de Redacción y en su forma enmendada durante el debate porGambia. El texto de la resolución reza, pues, como sigue:

La Conferencia General,

Reconociendo el papel creciente que desempeñan las Asociaciones, los Centros y losClubes UNESCO en el fomento de los ideales de la UNESCO y la aplicación de susprogramas,

Acogiendo con satisfacción la Declaración de Ekaterimburgo (13 de julio de 1999)adjunta,

Subrayando la necesidad de que las Asociaciones, los Centros y los Clubes UNESCOparticipen plenamente en la preparación de la futura Estrategia a Plazo Medio de laOrganización para el comienzo del siglo XXI, y del programa y presupuesto bienal,

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Considerando que las Asociaciones, los Centros y los Clubes UNESCO puedencontribuir al fomento de una cultura de paz y participar eficazmente en las actividadesdel año 2000, “Año Internacional de la Cultura de la Paz”, y del decenio 2001-2010,“Decenio Internacional de una Cultura de Paz y No Violencia para los Niños delMundo”,

Invita a los Estados Miembros de la UNESCO a que:

1. Apoyen a las Federaciones de Asociaciones, Centros y Clubes UNESCO,consultándolas acerca de la planificación y haciéndolas participar en la ejecuciónde las actividades que les conciernan aprobadas por la Conferencia General de laUNESCO y ejecutadas en el plano nacional;

2. Tomen en consideración, en la medida de lo posible, las necesidadesoperacionales de las Federaciones Nacionales de Asociaciones, Centros y ClubesUNESCO;

3. Examinen con particular atención las solicitudes presentadas por las FederacionesNacionales de Asociaciones, Centros y Clubes UNESCO con cargo al Programade Participación;

4. Contemplen la posibilidad de hacer participar, en función del orden del día, a unrepresentante de las Federaciones Nacionales de Asociaciones, Centros y ClubesUNESCO en la Conferencia General y en las conferencias regionales de lasComisiones Nacionales;

Refiriéndose en particular a la Resolución 60, aprobada por la Conferencia General de laUNESCO en su 29ª reunión,

Invita al Director General a que:

1. Considere a la Federación Mundial de Asociaciones, Centros y Clubes UNESCO(FMACU) un asociado importante en la participación de los programas yactividades de la UNESCO y en la ejecución de éstos, y a que concluya con laFMACU un acuerdo marco de cooperación análogo a los concluidos con otrasasociaciones no gubernamentales (por ejemplo, el Consejo Internacional para laCiencia (ICSU) y el Consejo Internacional de Museos (ICOM);

2. Haga todo lo posible para facilitar recursos operativos suficientes con miras afortalecer la capacidad de coordinación de la Unidad responsable dentro de laSecretaría de las Asociaciones, los Centros y los Clubes UNESCO, para elejercicio bienal 2000-2001, a fin de aplicar las recomendaciones del QuintoCongreso Mundial de la FMACU, a saber:

- la preparación de un inventario y de una evaluación de las actividades de lasAsociaciones, los Centros y los Clubes UNESCO;

- la organización de seminarios de información y de formación para las personasque ocupan cargos de responsabilidad en las Asociaciones, los Centros y losClubes UNESCO;

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- la publicación, en las diferentes lenguas oficiales de la UNESCO, de un manualde formación y de una guía práctica destinada a los miembros actuales ofuturos de las Asociaciones, Centros y Clubes UNESCO;

- la organización, a nivel nacional, regional e internacional, de talleres con mirasa fijar estrategias y planes de acción concertados entre los miembros delmovimiento;

- el suministro a las Asociaciones, los Centros y los Clubes UNESCO dematerial informático que les permita comunicar eficazmente (en particular através de Internet) y establecer redes de intercambio y de información.

DECLARACION DE EKATERIMBURGO

Aprobada en el Quinto Congreso de la Federación Mundial de Asociaciones,Centros y Clubes UNESCO reunidos para tratar con el tema de

“La fuerza de un compromiso para una cultura de paz”en Ekaterimburgo, en la frontera de las culturas y de los continentes,

en el punto de encuentro de los milenios

Nosotros, miembros de las Asociaciones, los Centros y los ClubesUNESCO, con la fuerza de nuestro compromiso con respecto a una cultura de paz,aprobamos la Declaración siguiente, en el momento en que la UNESCO sedispone a aprobar su Programa y Presupuesto para 2000-2001 y a preparar acontinuación su Estrategia a Plazo Medio.

Si bien el siglo XX ha registrado progresos notables en los camposcientífico, tecnológico, político, económico y cultural, y se puede comprobar unenriquecimiento jurídico de las leyes internacionales, este siglo ha engendradoasimismo situaciones intolerables que no podemos aceptar que se perpetúen yagraven.

Conscientes de que esas situaciones se oponen a una cultura de paz y a undesarrollo duradero, estimamos indispensable un cambio radical de lasmentalidades y los comportamientos para que, en los albores del tercer milenio, lahumanidad acceda a una nueva era.

Los 5.000 Asociaciones, Centros y Clubes UNESCO, agrupados en laFederación Mundial (FMACU), se comprometen a contribuir de manerasignificativa a la construcción de un mundo de paz más justo, digno y solidario,integrado por ciudadanos libres y responsables:

actuando en favor de un cambio radical gracias a nuestra reflexión y a nuestrasactividades encaminadas a:

- consolidar la democracia y promover los derechos humanos;

- respetar la diferencia y las diversidades culturales;

- erradicar todas las formas de violencia;

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- proteger el medio ambiente;

- condenar y rechazar las políticas armamentistas;

- distribuir equitativamente las riquezas y compartir los recursos; actuandoasimismo con miras a:

- desarrollar la alfabetización, la educación básica y la educación a lo largo detoda la vida;

- promover el acceso del mayor número al saber científico y a las nuevastecnologías, en particular en el ámbito de la comunicación;

- aumentar la participación de los jóvenes y las mujeres en la vida política ysocial.

La índole y la especificidad de las Asociaciones, los Centros y los ClubesUNESCO que permiten respaldar este compromiso se caracterizan por:

- su empeño en el respeto de los derechos humanos, su fe en los ideales de paz,tolerancia, justicia y solidaridad propugnados por la UNESCO;

- su representatividad de la sociedad civil en su diversidad, el lugar que se otorgaen su seno a la participación de los jóvenes y al diálogo intergeneracional;

- su funcionamiento democrático basado en la participación voluntaria, lasresponsabilidades compartidas y la escucha recíproca;

- su contribución a la educación de los ciudadanos mediante la información, laformación y la acción;

- su enfoque preventivo e intercultural de los problemas de nuestro tiempo, suarraigo en la vida cotidiana y la dimensión internacional de su acción.

Proyectos de resolución que tienen por objeto modificar las Resoluciones propuestas quefiguran en el documento 30 C/5 (o las enmiendas que figuran en el documento 30 C/6cuando se refieren a la resolución propuesta)

4. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuesta(párr. 13002, Hipótesis A) relativa al Título III – Apoyo a la Ejecución del Programa, en suforma enmendada por : i) el 30 C/DR.89 (presentado por Finlandia, Alemania, Noruega,Dinamarca y Santa Lucía) en su forma enmendada oralmente por Finlandia; y ii) por lospárrafos 35 y 36 del documento 30 C/6. El texto de la resolución reza, pues, como sigue:

La Conferencia General,

Invita al Director General a:

a) Ejecutar el siguiente plan de acción con miras a:

i) fortalecer las relaciones con los Estados Miembros, en particular porconducto de sus Delegaciones Permanentes y sus Comisiones Nacionales, a

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fin de atender de modo más adecuado sus necesidades prioritarias,velándose en particular por:

- el fortalecimiento de la capacidad de las Comisiones Nacionales comoórganos de enlace de la UNESCO en los Estados Miembros mediante lamejora de sus capacidades operativas y de administración; unacooperación más estrecha entre las Comisiones en los planosinternacional, regional y subregional; una mayor complementariedadcon respecto a la Secretaría, en particular las Oficinas fuera de la Sede;el fortalecimiento, por su conducto, de las asociaciones con losrepresentantes de la sociedad civil (parlamentarios, alcaldías, etc.); yuna mayor participación de las Comisiones Nacionales en la ejecuciónde las actividades previstas en el documento 30 C/5 Aprobado,mediante el establecimiento de un procedimiento especial;

- dar un nuevo impulso al movimiento de las Asociaciones, los Centros ylos Clubes UNESCO, protagonista activo de la transmisión del mensajede la UNESCO, gracias a proyectos concretos en los planos local ynacional;

ii) mejorar de modo apropiado la capacidad de las Oficinas fuera de la Sede,asociadas en redes regionales de conocimientos especializados; proporcionarasistencia técnica y movilizar recursos financieros, en cooperación con losinterlocutores internacionales para el desarrollo, para actividades en losplanos nacional y regional;

iii) incrementar la influencia, la eficacia y la proyección de la acción de laUNESCO en los Estados Miembros, en particular mediante elfortalecimiento de la contribución de la UNESCO a la realización de laspolíticas e iniciativas a escala del sistema de las Naciones Unidas porconducto de los mecanismos intergubernamentales e interinstitucionales,fortaleciendo las relaciones de asociación y las actividades conjuntas con lasorganizaciones intergubernamentales y revitalizando las relaciones decooperación con las organizaciones no gubernamentales y las fundacionesde conformidad con las políticas y modalidades definidas en las Normas de1995;

iv) incrementar los recursos extrapresupuestarios para el apoyo a las actividadesen los ámbitos de competencia de la UNESCO, en particular mediante elfortalecimiento de la cooperación con los interlocutores institucionales delsistema de las Naciones Unidas, los donantes multilaterales y bilaterales ylos bancos de desarrollo y mediante la mejora de la capacidad de laSecretaría, tanto en la Sede como en las Oficinas fuera de la Sede, deadministrar de modo más eficaz los proyectos y recabar recursosextrapresupuestarios;

v) facilitar mejores servicios de traducción y documentación para conferencias,en particular mediante una mayor utilización de las nuevas tecnologíaspertinentes y la subcontratación de determinadas actividades, y seguirutilizando de modo óptimo los locales para conferencias, en particularalquilándolos a usuarios exteriores a fin de obtener ingresos suplementarios;

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vi) asegurar el funcionamiento satisfactorio de los cómites y órganosconsultivos mediante asignaciones presupuestarias adecuadas;

vii) comunicar a la 159ª reunión del Consejo Ejecutivo una lista completa detodas las conferencias y reuniones que haya de convocar la UNESCO,incluidos los comités, grupos de trabajo y demás órganos consultivos, en laque figuren las consignaciones presupuestarias y se indiquen los párrafoscorrespondientes del Programa y Presupuesto, e incluir la informaciónpertinente en los informes estatutarios sobre la ejecución del programa;

viii) presentarle en su 31ª reunión, por conducto del Consejo Ejecutivo,propuestas para adaptar a las necesidades de la Organización el Reglamentopara la clasificación del conjunto de las diversas categorías de reunionesconvocadas por la UNESCO.

b) Asigna a esos efectos la cantidad de 9.350.600 dólares para los gastos delprograma y 47.409.900 dólares para los gastos de personal (Hipótesis A).

Presupuesto

5. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la consignación de56.760.500 dólares (párr. 13001, Hipótesis A) para el Título III – Apoyo a la Ejecución delPrograma, Sección 1 del documento 30 C/5, en el entendimiento de que esa cuantía se podríaajustar habida cuenta de la decisión que adopte la Conferencia General sobre el topepresupuestario provisional y la reunión conjunta de la Comisión Administrativa y lasComisiones del Programa.

Programa

6. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe los párrafos 13101-13303 (Hipótesis A) del Proyecto de Programa y Presupuesto (30 C/5), Sección 1,habida cuenta de los debates de la Comisión reseñados en el informe oral del Presidentede la Comisión.

Punto 5.5 – Definición de las regiones con miras a la ejecución de las actividades decarácter regional

7. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota del documento30 C/80, titulado “Definición de las regiones con miras a la ejecución de las actividades decarácter regional”.

8. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe la resolución propuestaen el párrafo 2 de dicho documento, cuyo tenor es el siguiente:

La Conferencia General,

Habiendo examinado el documento 30 C/80,

Toma nota del deseo manifestado por los Estados Federados de Micronesia y la Repúblicade Palau, por una parte, y las Islas Caimán, por otra, de pertenecer a la región de Asia y el

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Pacífico y la región de América Latina y el Caribe respectivamente, con miras a participaren las actividades regionales de la Organización.

Punto 6.6 - Proyecto de estatutos del Comité Permanente de las ComisionesNacionales para la UNESCO

9. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota de los documentos30 C/57, 30 C/76 y 30 C/76 Add. y Corr., titulados “Proyecto de estatutos del ComitéPermanente de las Comisiones Nacionales para la UNESCO”.

10. Sin perjuicio del contenido del Proyecto de estatutos del Comité Permanente de lasComisiones Nacionales para la UNESCO, recogido en el documento 30 C/57, la Comisiónrecomienda que, tomando por base una propuesta que preparará la Secretaría, entre otrascosas, previa consulta con los miembros del Comité Jurídico de la 30ª reunión de laConferencia General, el Comité Permanente revise sus estatutos.

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DEBATE 5

Punto 4.1 – La UNESCO en el siglo XXI

1. La Comisión examinó el punto 4.1 – La UNESCO en el siglo XXI, durante una parte dela decimosegunda sesión y en la decimotercera sesión.

2. Tomaron la palabra los representantes de 27 Estados Miembros.

3. La Comisión recomienda a la Conferencia General que tome nota del documento30 C/49, titulado “La UNESCO en el siglo XXI”.

4. La Comisión recomienda a la Conferencia General que invite el Director General ainiciar el proceso de preparación de los documentos 31 C/4 y 31 C/5 basándose en lasrecomendaciones y orientaciones que figuran en el Anexo al presente documento.

5. La Comisión recomienda a la Conferencia General que apruebe el proyecto deresolución 30 C/COM.I/DR.4 (presentado por Finlandia, Islandia, Noruega y Suecia), tal ycomo lo ha modificado oralmente el Presidente de la Comisión, cuyo texto es el siguiente:

La Conferencia General,

1. Recordando la Resolución 29 C/87 por la que se decidió introducir una serie decambios en su funcionamiento, varios de los cuales entraron en vigor durante su29a reunión,

2. Destacando la necesidad de continuar con la reforma de su estructura y susmétodos de trabajo,

3. Refiriéndose asimismo a la Decisión 156 EX/7.2 del Consejo Ejecutivo sobre elplan para la organización de los trabajos de la 30a reunión de la ConferenciaGeneral,

4. Invita al Director General a preparar, en estrecha colaboración con el ConsejoEjecutivo, el documento 31 C/2 sobre la organización de los trabajos de laConferencia General, tomando en cuenta la necesidad de garantizar la plenaparticipación de las delegaciones pequeñas en los trabajos de la Conferencia.

Anexo

En total, intervinieron en el debate sobre “La UNESCO en el siglo XXI”27 oradores, tras una breve introducción de la Representante del Director General y lapresentación de su Presidente sobre la marcha de la labor del “equipo especial”constituido por el Consejo Ejecutivo a fin de proponer una visión estratégica para laUNESCO en el siglo XXI. Basándose en las pautas de reflexión propuestas en eldocumento 30 C/49, “La UNESCO en el siglo XXI”, elaborado por la Secretaría a modode guía de debate, se formularon las sugestiones y recomendaciones que se indican acontinuación para que se tomaran en cuenta en la consulta sobre la próxima Estrategia aPlazo Medio y los próximos programas bienales.

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Los delegados reafirmaron unánimemente la actualidad del mandato de laUNESCO y numerosos oradores insistieron en la importancia del papel ético y lafunción de foro intelectual de la Organización. Para muchos, no se trata de actualizar losobjetivos de la UNESCO, sino los instrumentos empleados para su consecución. A esterespecto, varios consideraron que los dos objetivos prioritarios de la actual Estrategia aPlazo Medio, “el desarrollo y la paz” –en particular el fomento de un diálogo para la pazen un mundo multicultural– deberían seguir teniendo carácter prioritario, inclusoaunque, para algunos delegados, el papel de la UNESCO en el fomento de un desarrolloduradero sólo puede consistir en una función inicial o de impulso, habida cuenta que noes un organismo de financiación de proyectos.

A fin de hacer frente a los nuevos problemas y tareas del siglo XXI, la UNESCOdebe reforzar y afirmar su capacidad de anticipación y previsión, para lo cual deberáprocurar una mayor búsqueda de la innovación, un vínculo más estrecho entre laanticipación y la programación y, en cuanto a las actividades de anticipación y previsiónde la UNESCO, una mayor atención a estos aspectos prospectores de programa, conobjeto de determinar las principales tendencias que se perfilan en sus diversos ámbitosde competencia, ya que, a partir de esas tendencias en curso de aparición o yaconfirmadas, que los informes de la UNESCO deberían contribuir a esclarecer, habráque delimitar los temas y los ejes principales en torno a los cuales deberán articularse lasprioridades, las estrategias, los programas y las actividades. Entre esos problemas ytareas del siglo próximo estarán: el aumento de las disparidades vinculadas a losprocesos de mundialización económica y financiera, la lucha contra la pobreza, larevolución de la información y la comunicación, los problemas del medio ambiente y laprevención de catástrofes naturales, la preservación del patrimonio y la conservación dela diversidad.

Se ha destacado que si bien la UNESCO debe concentrar sus esfuerzos en suscuatro esferas generales de competencia (educación, ciencia, cultura y comunicación), esindispensable que, al mismo tiempo, la Organización se esfuerce por definir los ámbitosde acción prioritarios a los que deberá dedicarse con preferencia dentro de ese marcoglobal. Un balance de la experiencia de la Organización, que recoja los logros y losfracasos, así como una evaluación tanto interna como externa de su acción podrían, ajuicio de varios delegados, contribuir a determinar los ámbitos de intervenciónestratégica en los que la UNESCO posee una “ventaja comparativa real” y en los queocupa una posición idónea para responder de forma eficaz a las expectativas de losEstados Miembros. A este respecto, se hizo especial hincapié en la necesidad defortalecer el liderazgo de la UNESCO en terrenos como la educación, donde participancada vez más interlocutores, e incluso “competidores”.

Como organización de cooperación intelectual con una misión ética, la UNESCOdeberá seguir desempeñando sus funciones de laboratorio de ideas, de referencia ética aescala mundial, de acopio y transferencia de datos y conocimientos, de estímulo yapoyo. Se ha destacado especialmente la necesidad, respecto de lo mencionado enúltimo lugar, de adaptar y sopesar su acción atendiendo a las características propias decada región o grupo de países. Como han observado varios oradores, es menester que, altiempo que se ocupa de definir prioridades en el plano mundial, en la ejecución de susprogramas y actividades, la UNESCO pueda tener más en cuenta las diferencias deniveles de desarrollo económico, cultural, social y las diversidades culturales ylingüísticas que caracterizan a sus Estados Miembros. Por otra parte, es esencial que,

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dentro de su función de referencia ética, que en el plano internacional se traduceprincipalmente en la formulación de principios, recomendaciones y declaraciones, laacción de la UNESCO también encuentre una consecución y unas aplicacionesconcretas en los Estados Miembros, sobre todo mediante la aprobación de disposicioneslegislativas por los parlamentos.

La eficacia de la acción de la UNESCO depende en gran medida de su capacidadpara movilizar a interlocutores dentro de los Estados Miembros, es decir, a losgobiernos, las ONG y la sociedad civil. A este respecto las Comisiones Nacionales, queconstituyen al mismo tiempo “viveros” y “transmisores” de la acción de la UNESCO,deberían, en opinión de muchos delegados, seguir desempeñando una funciónprimordial. Además, algunos oradores consideraron que, en este marco, seríaconveniente proceder a un nuevo examen de la política de descentralización con miras amejorar la coordinación de las estructuras de la Secretaría dentro y fuera de la Sede ytener en cuenta más adecuadamente las preocupaciones y las expectativas de los EstadosMiembros. La eficacia de la acción de la UNESCO requiere además mejorar lavisibilidad de la UNESCO en los Estados Miembros; de ahí la necesidad de elaborar yaplicar una estrategia global de información que se base en un uso más generalizado ysistemático de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

En una época en que se reconoce que la interdisciplinariedad es una exigenciafundamental para abordar la complejidad del mundo contemporáneo, la UNESCOtendrá que buscar los medios necesarios para suprimir barreras entre sus actividades yreflejar mejor, tanto en la concepción de sus estrategias como en la estructura de susprogramas, la noción de la interdisciplinariedad. Como han destacado variosparticipantes, hay que redoblar los esfuerzos en este sentido. Se podrían experimentarnuevas fórmulas de programación y planificación, basadas en un enfoque por proyectos,interdisciplinarias y con normas de expiración de los plazos (“sunset rule”). Asimismose impone reforzar la coordinación con las demás instituciones del sistema de lasNaciones Unidas con miras a la complementariedad y la utilización racional de losrecursos, coordinación que deberá alcanzarse tanto a nivel interinstitucional como en losEstados Miembros.

La actualización de los métodos de acción de la Organización y de su estructuraorganizativa obliga a recurrir cada vez más a los conocimientos técnicos, lascompetencias y los conocimientos prácticos existentes en los Estados Miembros. Habráque conceder gran prioridad a la formación, entre otras cosas mediante un programa debecas más ambicioso. La UNESCO tendrá que buscar además nuevas formas de gestióny de organización de sus estructuras con miras a una utilización óptima de los recursoshumanos y financieros. Esta reforma de los métodos de trabajo de la Organizacióndebería fundarse en tres principios fundamentales, -la flexibilidad, lacomplementariedad y la transparencia– e inscribirse en la perspectiva más general de lareforma en curso en las Naciones Unidas.

En cuanto a la consulta sobre la preparación de la Estrategia a Plazo Medio, se hasugerido realizar una consulta previa, entre otras cosas, a través de Internet, sobre laforma y el contenido del cuestionario que deberá elaborarse para tal fin. Por último, enlo que respecta a la índole y al alcance de la próxima Estrategia a Plazo Medio, losdelegados que se pronunciaron sobre esta cuestión, confirmaron la utilidad deldocumento e indicaron que debería limitarse a definir las líneas maestras y lasprincipales orientaciones de la acción.

Conferencia General30ª reunión, París 1999 30 C

30 C/61 Add. y Corr.(30 C/COM.I/2)13 de noviembre de 1999Original: Francés e inglés

INFORME DE LA COMISION I

ADDENDUM Y CORRIGENDUM

CARATULA: Léase: “PROYECTO DE INFORME”

INTRODUCCION

Párrafo 3

Al final de la segunda frase, tras: “…sería la Comisión Administrativa, no la Comisión I, laque examinaría el punto 5.2 “Proyecto…descentralización”.”, añádase lo que sigue: “variosdelegados expresaron su descontento ante esta decisión.”.

Párrafo 5

Sustitúyanse las palabras: “el 9 de noviembre de 1999” por: “el 13 de noviembre de 1999”.

Tras las palabras “el 13 de noviembre de 1999”, añádase lo que sigue: “, con sujeción alexamen de las consecuencias presupuestarias en la reunión conjunta de la ComisiónAdministrativa y las Comisiones del Programa, en particular en lo referente a los DR cuyaaprobación se recomienda a la Conferencia General. La Comisión invitó a su Presidenta a quedefendiera las decisiones adoptadas por la Comisión I en la susodicha reunión conjunta.”.

DEBATE 1

Párrafo 11

En la segunda línea, tras la palabra “Pakistán”, añádase: “Ucrania”.

Párrafo 13

En la segunda línea, tras la palabra “Nigeria”, añádase “Uganda”.

DEBATE 4

Párrafo 3

Tras la palabra: “Guatemala” de la lista de países que apoyan el DR, añádase: “Uganda”.

30 C/61 Add. y Corr. – pág. 2

Párrafo 3; párrafo 2.2 de la parte dispositiva

Tras las palabras “fortalecer la capacidad de coordinación”, suprímanse las palabras: “de laUnidad responsable dentro”; tras: “de la Secretaría”, suprímase: “de las Asociaciones, losCentros y los Clubes UNESCO”.

Párrafo 4; apartado iv) del párrafo a) de la parte dispositiva

Tras las palabras: “, tanto en la Sede como en las oficinas fuera de la Sede,”, añádanse laspalabras “y de las Comisiones Nacionales”.

Párrafo 4; apartado vii) del párrafo a) de la parte dispositiva

En la primera línea, tras: “comunicar a”, sustitúyase “la 159ª reunión” por: “las reuniones160ª y 161ª ”.

Párrafo 10

Al final de la frase, sustitúyanse las palabras “sus estatutos” por: “su proyecto de estatutos.”.

DEBATE 5

Anexo

Segundo párrafo

Al final de la primera frase, tras las palabras “la importancia del papel ético y la función deforo intelectual de la Organización”, añádase: “como partes integrantes de sus GrandesProgramas.”.

Sexto párrafo

Sustitúyase la palabra “viveros” por: “viveros de expertos”.

Tras las palabras: “en opinión de muchos delegados,”, sustitúyase “seguir desempeñando” por“desempeñar”.

Tras las palabras “mejorar la coordinación de las estructuras de la Secretaría dentro y fuera dela Sede”, añádase: “, y de las Comisiones Nacionales,”.

Octavo párrafo

Tras las palabras “obliga a recurrir cada vez más”, añádanse las palabras: “por conducto de lasComisiones Nacionales,”.