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Revisión 0. INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL MANUAL DEL PROTAGONISTA OPERACIONES DE CAJA BANCO ESPECIALIDAD : BANCA Y FINANZAS NIVEL DE FORMACIÓN : TÉCNICO ESPECIALISTA ABRIL, 2016

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INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL

MANUAL DEL PROTAGONISTA

OPERACIONES DE CAJA BANCO

ESPECIALIDAD : BANCA Y FINANZAS

NIVEL DE FORMACIÓN : TÉCNICO ESPECIALISTA

ABRIL, 2016

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INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO

Dirección Ejecutiva

Cra. Loyda Azucena Barreda Rodríguez

Subdirección Ejecutiva

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Dirección General de Formación Profesional

Cra. Daysi Rivas Mercado

Subdirección General de Formación Profesional

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COORDINACION TÉCNICA

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Departamento de Currículum

Cra. Mirna Cuesta Loaisiga

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Contenido Modulo: Operaciones de Cajero Bancario .......................................................................................... 1

Unidad I. Cálculos de caja. .................................................................................................................. 4

Objetivo de la Unidad: Procesar los cálculos de caja de acuerdo a la política de la empresa. ........... 4

Caja General: ................................................................................................................................... 4

Caja Moneda Nacional: ................................................................................................................... 4

Caja Moneda Extranjera: ................................................................................................................. 4

Caja Chica: ....................................................................................................................................... 4

Fondos x Depositar: ......................................................................................................................... 4

Ética del Cajero Bancario ................................................................................................................. 5

Relaciones Humana. ........................................................................................................................ 7

Atención al cliente. .......................................................................................................................... 7

Calidad de servicio y satisfacción del cliente .............................................................................. 8

Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua .................................................................................... 9

Artículo 1 Objeto de la Ley .............................................................................................................. 9

Art. 2 Domicilio del Banco Central de Nicaragua .......................................................................... 10

Art. 3 Objetivo Fundamental. ........................................................................................................ 10

Art.4 Política Monetaria y Cambiaria. ........................................................................................... 10

Art. 5 Funciones y atribuciones. .................................................................................................... 10

Art.6 Facultades Especiales Relacionadas con la Estabilidad Monetaria y Otros. ...................... 11

CAPÍTULO II........................................................................................................................................ 11

CAPITAL, RESERVAS Y UTILIDADES .................................................................................................... 11

Art. 7 Características de la Propiedad y Bienes del Banco Central. .............................................. 11

Art. 8 Utilidades netas. .................................................................................................................. 11

Art. 9 Remanente de las Utilidades Netas del Ejercicio. ............................................................... 12

Art. 10 Pérdidas. ............................................................................................................................ 12

Art. 11 Cuenta de Diferencial Cambiario. ..................................................................................... 12

Art. 12 Exenciones Tributarias. ..................................................................................................... 13

CAPÍTULO III DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN ................................................................................... 13

Art. 13 Dirección Superior. ............................................................................................................ 13

Art. 14 Administración Superior. ................................................................................................. 13

CAPÍTULO IV ...................................................................................................................................... 13

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DEL CONSEJO DIRECTIVO .................................................................................................................. 13

Art. 15 Integración, Nombramiento y Ratificación. ..................................................................... 13

Art. 16 Requisitos para ser Presidente o Miembro del Consejo Directivo. .............. 15

Art. 17 Impedimentos para ser miembros del Consejo Directivo. ................................................ 15

Art. 18 Aprobación de Política Monetaria y Cambiaria. ............................................................... 15

Art. 19 Atribuciones del Consejo Directivo. .................................................................................. 16

Art. 20 Publicidad de Resoluciones de Carácter General. ............................................................. 17

Art. 20 Causales de Remoción del Presidente y de los Miembros del Consejo. .................. 17

Art. 22 Quórum. Votos para Toma de Resoluciones. .................................................................... 18

Art. 23. Responsabilidad de Miembros del Consejo Directivo y Otros Funcionarios. ........... 18

Art. 24 Condición de Procedibilidad. Suspensión del Término de Prescripción. .......... 18

Art. 25 Declaración de Probidad. Abstención Cuando Exista Interés Personal. .................. 18

CAPÍTULO V DEL PRESIDENTE............................................................................................................ 18

Art. 26 Carácter, Nombramiento y Obligaciones. ......................................................................... 19

Art. 27 Atribuciones. ..................................................................................................................... 19

CAPÍTULO VI ...................................................................................................................................... 20

DEL GERENTE GENERAL ..................................................................................................................... 20

Art. 28 Requisitos, impedimentos y sustitución. ........................................................................... 20

Art. 29 Atribuciones. ..................................................................................................................... 20

CAPÍTULO VII INFORMACIÓN Y CONTROL ......................................................................................... 20

Art. 30 Auditor Interno. Requisitos, Nombramiento y Remoción. ............................................... 21

Art. 31 Estados Contables. ............................................................................................................ 21

Art. 32 Informe Anual del Banco Central. ..................................................................................... 21

Art. 33 Estados Mensuales de Situación. ...................................................................................... 22

CAPÍTULO VIII UNIDAD MONETARIA ................................................................................................. 22

Art. 34 Unidad Monetaria. Símbolo. ............................................................................................. 22

Art. 35 Medios Legales de Pago. ................................................................................................... 22

Art. 36 Expresión y Liquidación en Córdobas. ............................................................................... 22

Art. 37 Excepciones a la Expresión y Liquidación en Córdobas. ................................................... 22

Art. 38 Cláusula de Mantenimiento de Valor. ............................................................................... 23

Art. 39 Poder Liberatorio de la Moneda Nacional. ....................................................................... 23

CAPÍTULO IX EMISION MONETARIA ................................................................................................. 23

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Art. 40 Emisión de Moneda Nacional. ........................................................................................... 23

Art. 41 Exclusividad del Banco Central para Circular Signos de Dinero. ....................................... 24

Art. 42 Contenido y Especificaciones de los Billetes. .................................................................... 24

Art. 43 Monedas Conmemorativas. .............................................................................................. 24

Art. 44 Canje de Billetes Deteriorados y Monedas Desgastadas por el Uso. .......................... 24

Art. 45 Prohibición del Uso de Monedas para Fines no Monetarios. ........................................... 24

Art. 46 Prohibición de Impresión de Reproducción de Billetes o Similares. ............... 25

Art. 47 Reincidencia en la Violación a la prohibición del uso de monedas y de

impresión de reproducción de billetes o similares. ...................................................................... 25

CAPÍTULO X ....................................................................................................................................... 25

OPERACIONES DE CAMBIO Y RESERVAS INTERNACIONALES ............................................................ 25

Art. 48 Compra y Venta de Activos Financieros Internacionales. ................................................. 25

Art. 49 Acuerdos o Contratos con Bancos e Instituciones Monetarias o Financieras. ............... 25

Art. 50 Reservas Internacionales. .................................................................................................. 26

CAPÍTULO XI ...................................................................................................................................... 26

OPERACIONES CON LOS BANCOS Y SOCIEDADES FINANCIERAS ....................................................... 26

Art. 51 Cuentas para Bancos y Sociedades Financieras. Cámara de Compensación. ................... 26

Art. 52 Tasas de Interés. ................................................................................................................ 27

Art. 53 Operaciones con Letras del Tesoro y Otros Valores de Deuda Pública. ..................... 27

Art. 54 Préstamos o Anticipos en caso de Dificultades Transitorias de Liquidez. .................... 27

Art. 55 Porcentaje Máximo a Prestar. ........................................................................................... 28

Art. 56 Condiciones Adicionales. ................................................................................................... 28

Art. 57 Independencia para Decidir sobre Documentos o Solicitudes de Crédito. ...................... 28

Art. 58 Fijación de Encajes Bancarios Mínimos. ............................................................................ 28

Art. 59 Cálculo del Encaje Legal. ................................................................................................... 28

Art. 60 Operaciones de los Bancos con Monedas o Divisas Extranjeras. ...................................... 29

CAPÍTULO XII OPERACIONES CON EL GOBIERNO .............................................................................. 29

Art. 61 Cuenta Única del Tesoro. .................................................................................................. 29

Art. 62 Créditos o Avales al Gobierno. Descuento de Valores. ..................................................... 29

Art. 63 Compra y Venta de Valores de Deuda Pública. ................................................................. 30

Art. 64 Banco Central como Agente Financiero del Gobierno. ..................................................... 30

CAPÍTULO XIII .................................................................................................................................... 30

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EMISIÓN DE VALORES NEGOCIABLES ................................................................................................ 30

Art. 65 Emisión de Valores Negociables por el Banco Central. ..................................................... 30

Art. 66 Características de los Valores Negociables. ...................................................................... 31

Art. 67 Prescripción de Valores e Intereses. ................................................................................. 31

Art. 68 Operaciones en el Mercado Secundario. .......................................................................... 31

CAPÍTULO XIV DISPOSICIONES GENERALES ....................................................................................... 31

Art. 69 Otras Facultades del Banco Central. Sujeción a la Ley No. 681, “Ley Orgánica de la

Contraloría General de la República”. ........................................................................................... 31

Art. 70 Impedimentos para ser Funcionarios o Empleados del Banco. ........................................ 32

Art. 71 Estadísticas Macroeconómicas. Publicación. .................................................................... 32

Art. 72 Obligación de Suministrar Información al Banco Central. ................................................ 32

Art. 73 Sigilo Bancario. .................................................................................................................. 33

Art. 74 Participación del Banco en Empresas................................................................................ 33

Art. 75 Integración en Directorios de Empresas, Instituciones, Comisiones u

Órganos. ........................................................................................................................................ 33

CAPÍTULO XV DISPOSICIONES TRANSITORIAS ................................................................................... 33

Art. 76 Período del Actual Presidente del Banco Central. Nuevo Nombramiento. .... 34

Art. 77 Período de los Otros Miembros del Consejo Directivo. .................................................... 34

Art. 78 Traspaso de Acciones o participaciones. ........................................................................... 34

Art. 79 Aplicación de las Disposiciones relativa a la Integración en Directorios de

Empresas, Instituciones, Comisiones u Órganos. .......................................................................... 34

Art. 80 Capitalización del Banco Central. ...................................................................................... 35

CAPÍTULO XVI DISPOSICIONES FINALES ............................................................................................ 35

Art. 81 Derogación de la Ley No. 317 “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua” y del

Decreto Ley No. 1-92, “Ley Monetaria”. ....................................................................................... 35

Art. 82 Otras Normas Derogadas. ................................................................................................. 35

Art. 83 Vigencia y Publicación. ...................................................................................................... 36

Tipos de Monedas ............................................................................................................................. 38

Billetes ............................................................................................................................................... 38

Tipos de cambio ................................................................................................................................ 38

La tasa o tipo de cambio ............................................................................................................... 39

Tipos de cambio promedios de monedas con relación al dólar estadounidense: Febrero-

2015 .......................................................................................................................................... 41

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Ejercicios de Mercado de divisas............................................................................................... 41

Ejercicio ......................................................................................................................................... 46

Sistemas De Información Y Bases De Datos ...................................................................................... 47

Bases de datos ........................................................................................................................... 48

Modelos ..................................................................................................................................... 49

Conteo del Dinero ......................................................................................................................... 49

Los pasos para el conteo son los siguientes: ................................................................................. 49

Control del Efectivo ....................................................................................................................... 50

Políticas para el manejo del dinero ............................................................................................... 50

Manejo de la Documentación de Caja .............................................................................................. 51

Documentación De Caja ................................................................................................................ 51

Ingresos de Caja ............................................................................................................................ 51

Finalidad ........................................................................................................................................ 51

Egresos de Caja.............................................................................................................................. 51

Finalidad ........................................................................................................................................ 51

Vale de caja ................................................................................................................................... 51

Finalidad: ....................................................................................................................................... 52

Planilla de Cobranza ...................................................................................................................... 52

Ventajas: .................................................................................................................................... 52

Mecanismo: ................................................................................................................................... 52

Planilla de Caja .............................................................................................................................. 52

Elementos constitutivos: ........................................................................................................... 53

ARQUEO DE CAJA .......................................................................................................................... 53

Nominas ........................................................................................................................................ 53

Concepto ....................................................................................................................................... 53

Partes de una Nomina ................................................................................................................... 57

Tipos de Nominas .......................................................................................................................... 58

Anualidades ....................................................................................................................................... 58

Elementos de una anualidad ......................................................................................................... 58

Amortización ..................................................................................................................................... 61

Formula de Amortización .............................................................................................................. 61

Amortización Financiera ............................................................................................................ 61

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Métodos de amortización ......................................................................................................... 62

Hoja de Calculo .................................................................................................................................. 64

Calcule el número de pagos de una anualidad en Excel ................................................................... 65

Variables para el cálculo ................................................................................................................ 67

Cálculo del monto de pago ........................................................................................................... 68

Creación de la tabla de amortización ............................................................................................ 68

Actividad de Aprendizaje .............................................................................................................. 72

Autoevaluación ................................................................................................................................. 72

Unidad II. Transacciones en Moneda Nacional y Extranjera. ........................................................... 73

Objetivo de la Unidad: Efectuar las transacciones en moneda nacional y extranjera de acuerdo a

las normas legales e institucionales vigentes ................................................................................... 73

Definición de Control Interno ....................................................................................................... 73

Control interno .............................................................................................................................. 73

Clasificación de control interno: ................................................................................................... 73

Control interno administrativo: ................................................................................................ 73

Control interno contable: .......................................................................................................... 74

Todo sistema de control interno debe contener las siguientes características:........................... 74

Control Interno del Efectivo. ......................................................................................................... 74

La recepción del efectivo, puede hacerse por tres vías: ............................................................... 74

Podemos establecer que el área de efectivo comprende ............................................................ 75

La caja chica ................................................................................................................................... 75

El Control Interno de la Caja Chica debe hacerse, tomando en cuenta lo siguiente: ............... 75

Denominación de moneda de curso legal. ........................................................................................ 75

Recursos Tecnológicos Bancarios ...................................................................................................... 76

Contadoras de billetes .................................................................................................................. 76

Contadora de Monedas ................................................................................................................. 77

Detector de Billetes falsos ............................................................................................................. 77

Señales de seguridad modernas de Euro-billetes ..................................................................... 78

Comprobantes de Egresos ................................................................................................................ 78

El cheque ....................................................................................................................................... 79

Ejemplo de posfechado: ............................................................................................................ 79

Estos son algunos conceptos que debes conocer: .................................................................... 79

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Los cheques deben contener los siguientes requisitos ............................................................. 81

Causales De No Pago De Un Cheque ......................................................................................... 82

Saldo Existente en Caja ..................................................................................................................... 83

Definición ...................................................................................................................................... 83

Saldo de caja neto ......................................................................................................................... 83

Operaciones De apertura y Cierre .......................................................................................... 83

Descripción del procedimiento de apertura ............................................................................. 84

Descripción del procedimiento de cierre .................................................................................. 85

Administración de flujos de efectivo ............................................................................................. 85

Maximización de los saldos de caja............................................................................................... 86

Control Interno de Caja ................................................................................................................. 86

Objetivos del Control Interno de Caja ........................................................................................... 87

Actividad de Aprendizaje: ................................................................................................................. 88

Autoevaluación ................................................................................................................................. 88

III: Arqueo de Caja ............................................................................................................................. 89

Objetivo de la Unidad: Elaborar arqueo de caja de acuerdo a los procedimientos establecidos. 89

Concepto ....................................................................................................................................... 89

Documentos Fuentes ........................................................................................................................ 91

Soportes Contables ........................................................................................................................... 91

Los principales soportes contables ............................................................................................... 91

Recibo de caja ........................................................................................................................... 91

Recibo de consignación bancaria .............................................................................................. 92

Comprobante de depósito y retiro de cuentas de ahorros ....................................................... 92

Factura de compra-venta .......................................................................................................... 92

Cheque ...................................................................................................................................... 93

Comprobante de pago .............................................................................................................. 93

Letra de cambio ......................................................................................................................... 94

Pagaré ........................................................................................................................................ 94

Nota Débito ............................................................................................................................... 94

Nota Crédito .............................................................................................................................. 94

Recibo de caja menor ................................................................................................................ 95

Nota de contabilidad ................................................................................................................. 95

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Comprobante diario de contabilidad ........................................................................................ 95

Técnicas de Archivo ........................................................................................................................... 95

1. Definición De Archivo .......................................................................................................... 96

2. Objetivos Que Debe Perseguir El Archivo ........................................................................... 97

2.1 Finalidad del Archivo ........................................................................................................... 97

3. Materiales Y Elementos Para Archivo ............................................................................... 101

4. Cualidades Que Debe Poseer El Archivista...................................................................... 102

5. Métodos De Archivo ............................................................................................................ 103

6 Organización De Un Archivo Numérico: .............................................................................. 113

Normas De Auditoria Generalmente Aceptadas (Naga s) ............................................................... 114

Normas Generales o Personales ................................................................................................. 114

Normas de Ejecución del Trabajo ................................................................................................ 114

Normas de Preparación del Informe ........................................................................................... 114

Definición de las Normas ............................................................................................................ 115

Entrenamiento y Capacidad Profesional ..................................................................................... 115

Independencia ............................................................................................................................. 115

Cuidado o Esmero Profesional .................................................................................................... 115

Normas de Ejecución del Trabajo ................................................................................................ 116

Planeamiento Y Supervisión ........................................................................................................ 116

Estudio y Evaluación Del Control Interno .................................................................................... 117

Evidencia Suficiente Y Competente ............................................................................................ 118

Normas De Preparación Del Informe .......................................................................................... 118

Aplicación De Principios De Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) ............................. 118

Opinión Del Auditor .................................................................................................................... 119

Generalidades De La Norma ....................................................................................................... 119

A quiénes regula: ......................................................................................................................... 120

Quién las creó:............................................................................................................................. 120

Actividad de Aprendizaje ............................................................................................................ 120

Autoevaluación ............................................................................................................................... 121

¡?Que entiende por Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas? .......................................... 121

Unidad IV: Normas de Control Interno de Caja ............................................................................... 122

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Objetivo de la Unidad: Cumplir con normas de control interno de caja de acuerdo a las normas

establecidas. .................................................................................................................................... 122

Control Interno de efectivo ......................................................................................................... 122

Control interno administrativo y Control interno contable. ....................................................... 122

Control Interno del Efectivo. ....................................................................................................... 123

Actividad de Aprendizaje ................................................................................................................ 125

Autoevaluación ............................................................................................................................... 125

Unidad V: Operaciones Bancarias ................................................................................................... 126

Objetivo de la Unidad: Operar Cuentas bancarias de acuerdo a normas establecidas. ............. 126

Cuentas Bancarias ....................................................................................................................... 126

Concepto ................................................................................................................................. 126

Tipos de Cuentas ..................................................................................................................... 126

Cuenta Corriente ......................................................................................................................... 126

Ventajas y desventajas ............................................................................................................ 127

Cuenta de Ahorro ........................................................................................................................ 128

Ventajas y desventajas ............................................................................................................ 128

Mercado Financiero ........................................................................................................................ 129

Funciones de los Mercados Financieros ..................................................................................... 129

Características ......................................................................................................................... 130

Tipos de Mercados Financieros ................................................................................................... 130

Por los activos transmitidos .................................................................................................... 130

En función de su estructura .................................................................................................... 131

Según la fase de negociación de los activos financieros ......................................................... 131

Según la perspectiva geográfica .............................................................................................. 131

Según el tipo de activo negociado .......................................................................................... 131

Otros mercados ....................................................................................................................... 131

Tarjetas de Crédito .......................................................................................................................... 131

Características ............................................................................................................................. 132

Forma y origen ............................................................................................................................ 133

Número de la tarjeta ................................................................................................................... 133

Cuando Renovarlas ...................................................................................................................... 134

Seguros Bancarios ........................................................................................................................... 134

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Procedimientos de cancelación de cuentas bancarias.................................................................... 135

Manual único contable de instituciones financieras y otras ........................................................... 137

Actividad de aprendizaje ............................................................................................................. 249

Autoevaluación ........................................................................................................................... 249

Bibliografía ...................................................................................................................................... 250

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BIENVENIDA DEL PROTAGONISTA

El manual de “Cajero Bancario” está asociado a la unidad de competencia: Aplicando

técnicas de Servicio Bancario que se utilizan en el sector para mejorar la atención al cliente.

Este manual está dirigido a los Protagonistas que cursan la especialidad de Técnico Especialista en Banca y Finanza con el único fin de facilitar el proceso enseñanza aprendizaje durante su formación.

El propósito de este manual es proporcionar al Protagonista una fuente de información técnica que le ayudará a mejorar su proceso de enseñanza aprendizaje.

Este manual está conformado por cinco unidades didácticas:

1-Calculos de caja.

2-Transacciones en moneda nacional y extranjera.

3-Arqueo de caja.

4-Normas del control interno de caja.

5-Operaciones Bancarias.

Cada unidad del manual ha sido estructurada de la siguiente manera:

Objetivo de la unidad Contenido Actividades prácticas Ejercicios de autoevaluación En los contenidos se presenta la información general, científica y técnica, que necesita saber el protagonista para el desarrollo de las unidades.

Al final de todas las unidades encontrará:

Anexos Glosario Índice de tablas Para saber más Bibliografía

Esperamos que logres con éxito culminar esta formación, que te convertirá en un profesional

Técnico General en Banca y Finanza y así contribuir al desarrollo del país.

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RECOMENDACIONES

Para iniciar el trabajo con el manual, debes estar claro que siempre tu dedicación y esfuerzo te permitirán adquirir las capacidades del Módulo Formativo. Al comenzar el estudio de las unidades didácticas debes leer detenidamente las capacidades/objetivos planteados, para que identifiques cuáles son los logros que se proponen.

Analiza toda la información consultada y pregunta siempre a tu instructor cuando necesites aclaraciones.

Amplía tus conocimientos con los links y la bibliografía indicada u otros textos que estén a tu alcance.

Resuelve responsablemente los ejercicios de autoevaluación y verifica tus respuestas con los compañeros e instructor.

Prepara el puesto de trabajo según la operación que vayas a realizar, cumpliendo siempre con las normas de higiene y seguridad laboral.

Durante las prácticas en el campo, se amigable con el Medio Ambiente y no tires residuos fuera de los lugares establecidos.

Recuerda siempre que el cuido y conservación de los equipos y herramientas,

garantizan el buen desarrollo de las clases y que en el futuro los nuevos

Protagonistas harán uso de ellas.

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OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL: Desempeñar funciones de caja-banco de acuerdo a normativas

vigentes.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Procesar los cálculos de caja de acuerdo a la política de la empresa.

Efectuar las transacciones en moneda nacional y extranjera de acuerdo a las normas

legales e institucionales vigentes

Elaborar arqueo de caja de acuerdo a los procedimientos establecidos.

Cumplir con normas de control interno de caja de acuerdo a las normas establecidas.

Operar Cuentas bancarias de acuerdo a normas establecidas.

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Modulo: Operaciones de Cajero Bancario

Unidad I. Cálculos de caja.

Objetivo de la Unidad: Procesar los cálculos de

caja de acuerdo a la política de la empresa.

Caja General: Es la cuenta que registra todo el efectivo que

ingrese y salga de la Empresa. Se carga con los cheques que recibe y se abona cuando se

hace el depósito de los mismos en Banco. Es una cuenta de saldo deudor o cero, nunca

acreedor. Indicará el efectivo, cheques o vales que se encuentran en la Caja.

Caja Moneda Nacional: Es todo el efectivo que ingresa en

Moneda Nacional por medio de Efectivo u Cheques o Giros.

Caja Moneda Extranjera: Es todo el efectivo que ingresa en

Moneda Extranjera por medio de Efectivo u Cheques o Giros.

Caja Chica: Es todo el efectivo que se tiene con el fin de pagar gastos

menores.

Fondos x Depositar: Es todo el efectivo, cheques o giros que están pendientes por ser

depositados en el banco.

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Ética del Cajero Bancario

La actividad bancaria en los diferentes países y bloques regionales se encuentra inmersa en un proceso de transformaciones motivadas por la actual situación económica y política que caracteriza al mundo, como consecuencia de la Globalización Neoliberal que aunque posee raíces económicas, afecta de forma integral a toda la sociedad. Existe una tendencia al incremento progresivo de los conocimientos científicos y tecnológicos que se introducen con rapidez en los procesos productivos y de servicios, para los cuales el capital humano tiene que estar preparado, y en el caso de los trabajadores bancarios debe enfrentarlo con un mayor nivel cognitivo y mucha ética profesional. Ante esta situación los bancos están buscando soluciones de reacomodo en sus políticas crediticias y de reinserción en la vida económica y social en las diferentes naciones, de lucha contra la corrupción, el narcotráfico, y el lavado de dinero y en este sentido el capital humano juega el rol más importante.

En la formación y desarrollo del trabajador bancario es de suma importancia combinar el adiestramiento y aprendizaje de los aspectos contentivos de cada una de las especialidades bancarias y puestos de trabajo, con la ética profesional, que contribuya a formar empleados competentes para los actuales y futuros desempeños y que desarrolle a su vez los valores conductuales y de comportamiento social que exige el contexto de actuación.

La ética empresarial promueve los valores de una sociedad o cultura encuentra aceptable.

Muchas empresas crean un código de ética para

sus empleados a seguir que garanticen que los

clientes sean tratados con respeto.

El cajeros de los bancos están obligados a

seguir las normas éticas que deben asegurarse

de que los empleados no se aprovechan de su

posición en la empresa y utilizar sus

conocimientos para beneficio personal.

Los bancos establecen cuatro principios éticos principales para sus empleados: integridad absoluta, el respeto, la responsabilidad y la buena

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ciudadanía. Esta organización espera que los empleados tales como cajeros de hacer lo correcto y no comprometen accionistas de la empresa, tratar a todos con dignidad, ser responsables de las acciones, y cumplir con las leyes de la industria bancaria.

Los códigos éticos hacen más que promover una fuerte cultura de la empresa. Presentan una buena imagen al público en general que utilizan los servicios de la empresa.

El Cajeros de los bancos son a menudo los trabajadores de primera línea en un banco, lo que les permite evitar que sigue al código ético puede crear una percepción negativa entre los consumidores.

El cajeros de los bancos tienen acceso a la información del usuario sensible como la dirección, número de cuenta y el saldo de la cuenta. Se espera que los escrutadores para mantener la información confidencial. También se espera que los cajeros del Banco de no robar a la empresa o el patrón al manejar dinero, y normalmente se requieren para contar dinero varias veces antes de entregarla a la patronal.

El profesional del banco no escapa a esta realidad, y por tanto enfrenta los retos que la profesión le exige a cada instante. Son inevitables en el contexto donde se desempeñan los contadores, los cajeros, los operativos, los gerentes, en fin en todos los trabajadores; donde las contradicciones que han emergido de los conflictos de las sociedades actuales ponen a prueba la solidez de los valores en los profesionales, en lo individual y lo social. Como reflexión después del proceso de investigación llegamos a la conclusión que el contenido de la ética profesional del trabajador de un banco está dado por el cumplimiento de los siguientes postulados:

Calidad profesional de los trabajos. Independencia de criterios. Preparación y calidad del profesional. Responsabilidad personal Secreto profesional. Obligación de rechazar tareas que no cumplan

con la moral. Lealtad hacia el patrocinador de los servicios. Respecto a los colegas y a la profesión. Dignificación de la imagen profesional a base de calidad.

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Relaciones Humana.

Relaciones humanas (RRHH) es el nombre dado

al conjunto de interacciones que se da en los

individuos de una sociedad, la cual tiene grados de

órdenes jerárquicos. Las relaciones humanas se

basan principalmente en los vínculos existentes

entre los miembros de la sociedad. Gracias a la

comunicación, que puede ser de diversos tipos:

visual o comunicación no verbal, lenguaje icónico

o lenguaje de las imágenes, que incluye no sólo la

apariencia física, imagen corporal sino también los movimientos, las señales, lingüística,

chat, comunicación oral, afectiva y, también, los lenguajes creados a partir del desarrollo de

las sociedades complejas: lenguaje político, económico, gestual, etc

Atención al cliente.

El servicio de atención al cliente o simplemente servicio al cliente es el servicio que proporciona una empresa para relacionarse con sus clientes. Es el conjunto de actividades interrelacionadas que ofrece un suministrador con el fin de que el cliente obtenga el producto en el momento y lugar adecuado y se asegure un uso correcto del mismo. Se trata de una herramienta de mercadeo que puede ser muy eficaz en una organización si es utilizada de forma adecuada, para ello se deben seguir ciertas políticas institucionales.

Servicio al cliente es la gestión que realiza cada persona que trabaja en una empresa y que tiene la oportunidad de estar en contacto con los clientes y generar en ellos algún nivel de satisfacción. Se trata de “un concepto de trabajo” y “una forma de hacer las cosas” que compete a toda la organización, tanto en la forma de atender a los clientes (que nos compran y nos permiten ser viables) como en la forma de atender a los Clientes Internos, diversas áreas de nuestra propia empresa.

El cliente es el centro del modelo de negocio de Banco. Saber escuchar, entender sus necesidades, responder con soluciones innovadoras y construir relaciones de confianza a largo plazo, son las bases sobre las que se sustenta el compromiso de banco con sus clientes.

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Las relaciones más duraderas y de mayor valor añadido con los clientes se generan y se mantienen en las oficinas.

Calidad de servicio y satisfacción del cliente

Incidencias Reclamaciones Experiencia Canales Educación financiera Accesibilidad

Calidad de servicio y satisfacción del cliente

La calidad de servicio y la satisfacción del cliente son ejes fundamentales de la estrategia del Banco, que debe contar con un modelo corporativo para la gestión de la calidad y experiencia de cliente.

Conocer las necesidades de los clientes, mejorar la segmentación, simplificar los procesos, identificar y compartir las mejores prácticas de los países, permiten asegurar e impulsar de forma continua la calidad de servicio y la satisfacción.

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Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua

LEY No 732

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,

LA ASAMBLEA NACIONAL

Ha ordenado la siguiente:

LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL NICARAGUA

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto regular el funcionamiento del Banco Central de Nicaragua, ente estatal regulador del sistema monetario, creado por Decreto Legislativo No.525 “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua” del 28 de Julio de 1960, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 211 del 16 de Septiembre del mismo año. El Banco Central es un Ente Descentralizado del Estado, de carácter técnico, de duración indefinida, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones respecto de aquellos actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto y atribuciones establecidas en la presente Ley. El Banco Central de Nicaragua será llamado en lo sucesivo para fines de esta Ley, el “Banco Central” o simplemente el “Banco”.

Para todos los efectos legales debe entenderse se entiende que la personalidad jurídica del Banco ha existido sin solución de continuidad desde la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 525 “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua que lo creó.

La formulación y ejecución de la política monetaria y cambiaría será de la competencia exclusiva del Banco Central de Nicaragua, por lo que en el ejercicio de dichas facultades estará sujeto únicamente a las disposiciones de la presente Ley.

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Art. 2 Domicilio del Banco Central de Nicaragua

El domicilio del Banco es la ciudad de Managua y puede establecer sucursales y agencias en todo el territorio nacional, nombrar corresponsales en el exterior e igualmente actuar como corresponsal en Nicaragua de otros bancos extranjeros e instituciones financieras internacionales.

Art. 3 Objetivo Fundamental.

El objetivo fundamental del Banco Central es la estabilidad de la moneda nacional y el normal desenvolvimiento de los pagos internos y externos.

Art.4 Política Monetaria y Cambiaria.

El Banco Central, determinará y ejecutará la política monetaria y cambiaria, en coordinación con la política económica del Gobierno a fin de contribuir al desarrollo económico del país, atendiendo en primer término el cumplimiento del objetivo fundamental del Banco.

Art. 5 Funciones y atribuciones.

Son funciones y atribuciones del Banco Central las siguientes: 1. Formular y ejecutar la política monetaria y cambiaria del Estado, de acuerdo con los términos del Artículo 4 de la presente Ley; 2. Promover el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero del país, sin perjuicio de las atribuciones de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; 3. Normar y supervisar el sistema de pagos del país; 4. Ser responsable exclusivo de la emisión de moneda en el país, así como de la puesta en circulación y retiro de billetes y monedas de curso legal dentro del mismo; 5. Actuar como consejero de la política económica del Gobierno, debiendo, en ese carácter hacer conocer al Gobierno su opinión cuando el Banco lo considere necesario; 6. Prestar servicios bancarios no crediticios al Gobierno y actuar como agente financiero del mismo, cuando éste lo solicite, supeditado al cumplimiento de su objetivo fundamental; 7. Actuar como banquero de los bancos y de las demás instituciones financieras, de acuerdo con las normas dictadas por el Consejo directivo del Banco Central; 8. Dictar y ejecutar la política de administración de sus reservas internacionales. 9. Asumir la representación del Estado en materia financiera y en tal carácter, celebrar y ejecutar las transacciones que se deriven de la participación de aquel en los Organismos Financieros internacionales pertinentes. El Banco Central tendrá a su cargo la participación y representación del Estado en cualquier organismo internacional que involucre relaciones propias del Banco y, consecuentemente, podrá celebrar con dichos organismos todas las operaciones que los convenios

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autoricen. En los casos de organismos internacionales de carácter monetario, el Banco podrá efectuar, con sus recursos propios, los aportes que correspondan de acuerdo con los convenios o acuerdos vigentes; y

10. Realizar todas las operaciones que sean compatibles con su naturaleza de Banco

Central, así como las que sean propias de un banco siempre que sean igualmente

compatibles con la naturaleza de sus funciones y de las operaciones que está autorizado por

esta Ley. En tal carácter el Banco Central gozará de los mismos privilegios establecidos en

la Ley para los bancos comerciales.

En el ejercicio de sus funciones y atribuciones, el Banco Central, su Consejo Directivo y sus funcionarios estarán sujetos únicamente a lo establecido en la presente Ley.

Art.6 Facultades Especiales Relacionadas con la Estabilidad Monetaria y

Otros.

El Banco Central tendrá facultades para contraer directamente obligaciones derivadas de préstamos internacionales destinados al fortalecimiento de la estabilidad monetaria y cambiaria y al desarrollo institucional del Banco. En estos casos, el Banco Central será responsable de presupuestar y efectuar los pagos correspondientes con sus propios recursos. Asimismo, el Banco, mediante acuerdo presidencial, podrá suscribir créditos en representación del Gobierno de la República, en su carácter de agente financiero del mismo.

CAPÍTULO II

CAPITAL, RESERVAS Y UTILIDADES

Art. 7 Características de la Propiedad y Bienes del Banco Central.

La propiedad del Banco Central de Nicaragua es exclusiva e intransferible prerrogativa del Estado. Sus bienes, y los sometidos a su administración, son inembargables y no estarán sujetos a retención, restricción ni procedimiento judicial alguno que los afecte. El Consejo Directivo podrá autorizar la utilización de la reserva general para incrementar el capital del Banco hasta llegar a un monto igual al cinco por ciento (5%) de los pasivos con residentes. Cualquier incremento adicional a este límite, que tenga como origen la utilización de reservas, deberá ser aprobado por el Poder Ejecutivo, de conformidad con los procedimientos de ley.

Art. 8 Utilidades netas.

Las utilidades netas del Banco Central se determinarán anualmente después de realizar los castigos que corresponda y constituir las provisiones necesarias

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para cubrir deficiencias de cartera y depreciación de activos. Una vez establecido el monto de las utilidades, se aplicarán en primer término a la cuenta de Reserva General, hasta que dicha cuenta alcance un monto igual al límite establecido en el artículo precedente.

En segundo término, se aplicarán a otras reservas que el Consejo Directivo haya constituido con la previa autorización del Poder Ejecutivo. En tercer término, se destinarán a la cancelación de valores que se hallaren en poder del Banco, que hayan sido emitidos por el Gobierno para cubrir pérdidas del Banco. En este caso, el Consejo determinará el porcentaje de las utilidades a ser utilizado para este fin y los valores a ser cancelados.

Art. 9 Remanente de las Utilidades Netas del Ejercicio.

Después de efectuadas las transferencias a la cuenta de Reserva General y las demás que fueren aplicables conforme al artículo precedente, el remanente de las utilidades netas del ejercicio, se pagará al Tesoro Nacional a más tardar seis meses después del cierre de dicho ejercicio. Mientras el monto correspondiente a las utilidades no sea pagado, el Gobierno devengará intereses sobre dicha suma a la tasa mencionada en el artículo siguiente.

Art. 10 Pérdidas.

Las pérdidas en las que el Banco incurra en un ejercicio determinado se imputarán a las reservas que se hayan constituido en ejercicios precedentes, y si ello no fuere posible, afectarán el capital de la institución. En este caso, el Gobierno de la República cubrirá dichas pérdidas mediante:

1. Transferencia directa de fondos; 2. Transferencia de valores públicos, negociables y estandarizados que devengarán intereses a una tasa igual a la tasa promedio de captación de los bancos y sociedades financieras, por el monto necesario para suplir la deficiencia de capital. Para la determinación de la tasa, se utilizará el promedio ponderado de los doce meses anteriores por la captación de depósitos, tanto en moneda nacional como extranjera, a plazos de un año; 3. Una Combinación de los anteriores numerales. Para efectos de las transferencias relacionadas en el presente artículo, el Banco deberá enviar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público a más tardar el treinta de junio de cada año, los Estados Financieros auditados, en los que se determinen las pérdidas del ejercicio anual anterior, a fin de que la transferencia directa de fondos, la emisión de valores y el pago de sus intereses correspondientes se incorporen en el Presupuesto General de la República siguiente. La emisión de estos valores estará sujeta únicamente a los requisitos y procedimientos establecidos en la presente ley.

Art. 11 Cuenta de Diferencial Cambiario.

Las utilidades o pérdidas resultantes de cualquier cambio en la valoración de los activos o las obligaciones del Banco que se tengan o se denominen en oro,

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derechos especiales de giro, monedas extranjeras u otras unidades de cuenta de uso internacional, y que resulten de fluctuaciones en el valor de dichos bienes, o de las tasas de cambio de dichas monedas o unidades con respecto a la moneda nacional, serán registradas en las cuentas del estado de resultados y transferidas al cierre del período a la cuenta de patrimonio denominada "Cuenta de Diferencial Cambiario". Las utilidades o pérdidas a las que se refiere el presente artículo, no se tomarán en cuenta para la determinación de las aplicaciones, transferencias o pagos contemplados en los artículos 8, 9 y 10 de la presente Ley.

Art. 12 Exenciones Tributarias.

El Banco Central estará exento del impuesto sobre la renta, de timbres y de bienes inmuebles. Asimismo, estará exento de todos los tributos, impuestos o derechos relacionados con la fabricación e importación de monedas y formas de billetes destinados al curso legal, así como la importación y exportación de billetes y monedas extranjeras, oro y otros activos relacionados con su objetivo fundamental establecido en el artículo 3 de la presente Ley.

CAPÍTULO III DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

Art. 13 Dirección Superior.

La Dirección Superior del Banco estará a cargo de un Consejo Directivo, el cual estará integrado de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la presente Ley.

Art. 14 Administración Superior.

La Administración Superior del Banco estará a cargo de los siguientes funcionarios: 1. El Presidente del Banco; y

2. El Gerente General del Banco.

CAPÍTULO IV

DEL CONSEJO DIRECTIVO

Art. 15 Integración, Nombramiento y Ratificación.

El Consejo Directivo estará integrado por el Presidente del Banco, quien lo presidirá, el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por cuatro miembros nombrados por el Presidente de la República, en consulta con el sector privado y ratificados por la Asamblea Nacional. Adicionalmente, habrá cuatro suplentes, que

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se nombrarán de conformidad con el mismo procedimiento establecido para los miembros titulares.

El Presidente del Banco y todos los demás miembros del Consejo, con excepción del Ministro de Hacienda y Crédito Público, ejercerán sus cargos por períodos de cinco años, pudiendo ser reelegidos. Los períodos se contarán a partir de la fecha de cada ratificación por la Asamblea Nacional.

En caso que el Presidente o cualquiera de los miembros del Consejo Directivo del Banco cesen por cualquier causa en el ejercicio de sus funciones antes de la expiración de su período, los nombrados para sucederlos únicamente completarán el remanente del período respectivo.

En caso que expiren los períodos del Presidente del Banco Central o cualquier otro miembro del Consejo Directivo, sin que hayan sido nombrados o ratificados sus sucesores, los mismos continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que se produzca el nuevo nombramiento y éste haya sido ratificado.

El cargo de miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, con excepción del Presidente del Banco y del Ministro de Hacienda y Crédito Público, es incompatible con cualquier otro cargo público, salvo la docencia en instituciones educativas del Estado o del Sector Privado.

En caso que se inicien causas judiciales, incluyendo los recursos de amparo, en contra del Consejo Directivo o de sus miembros, por sus actuaciones en el ejercicio de sus cargos, por ministerio de la ley serán representados legalmente por el Presidente del Banco. Se excluyen las causas penales.

La forma de integración al Consejo de los miembros suplentes y todo lo relacionado con los derechos y obligaciones de los miembros suplentes deberá ser regulado por el Reglamento Interno del Consejo Directivo.

En base al artículo No. 138 numeral 30 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo No. 134 de la Ley No. 606 “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”, el nombramiento hecho por el Poder Ejecutivo del Presidente del Banco Central de Nicaragua deberá ser ratificado por la Asamblea Nacional con el voto favorable del sesenta por ciento (60%) de sus integrantes. El resto de los demás miembros del Consejo Directivo, con la excepción del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán ratificados con el voto favorable de la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional.

El Presidente de la República enviará los nombramientos de todos los miembros del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua con cuarenta y cinco (45) días de anticipación a la fecha de expiración de los cargos correspondientes. Los nombramientos enviados por el Presidente de la República para su ratificación a la Asamblea Nacional deberán ser remitidos para su análisis, informe y dictamen a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto.

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Art. 16 Requisitos para ser Presidente o Miembro del Consejo

Directivo.

El Presidente y demás miembros propietarios y suplentes del Consejo Directivo deben ser nicaragüenses, mayores de treinta años de edad, de reconocida integridad moral, solvencia económica y competencia profesional en las materias relacionadas con el cargo que van a desempeñar, debiendo contar al menos con un título universitario en Economía, Finanzas, Administración de Empresas, Derecho, Contabilidad u otra carrera afín a las responsabilidades del cargo.

Los miembros del Consejo Directivo no podrán ocupar cargos en partidos políticos o en sus estructuras, aunque dichos cargos no sean remunerados.

Tampoco podrán desempeñar funciones de asesoría o consultoría para entidades financieras públicas o privadas, ni ejercer cargos que pudieran representar un posible conflicto de intereses con sus atribuciones como miembros del Consejo. El Consejo Directivo podrá emitir normas generales para regular esta materia.

Art. 17 Impedimentos para ser miembros del Consejo Directivo. No podrán ser miembros del Consejo Directivo del Banco:

1. Los parientes del Presidente de la República dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y sus cónyuges; 2. Los directores, accionistas y funcionarios de entidades bancarias, financieras o que tengan por objeto actividades crediticias o cambiarias, así como quienes ejerzan control o tengan vinculaciones significativas con dichas entidades; 3. Quienes sean deudores morosos de cualquier entidad bancaria o financiera y quienes hubieren sido declarados en estado de insolvencia, quiebra o concurso; 4. Los que hubieren sido condenados mediante sentencia firme, por delitos comunes; o

5. Las personas que sean cónyuges o parientes entre sí, con el Presidente del Banco, con el Gerente General del mismo o con el Ministro de Hacienda y Crédito Público, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Las personas que siendo miembros del Consejo Directivo incurrieren en cualquiera de los impedimentos mencionados, cesarán en el ejercicio de sus cargos.

Art. 18 Aprobación de Política Monetaria y Cambiaria.

Al Consejo Directivo le corresponde aprobar la política monetaria y cambiaria del Estado, de conformidad con los términos del artículo 4 de esta Ley, así como dirigir la ejecución de tal política.

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Art. 19 Atribuciones del Consejo Directivo.

El Consejo Directivo tiene las siguientes atribuciones:

1. Aprobar el programa monetario anual del Banco, determinar el régimen cambiario y los lineamientos de la política cambiaria;

2. Dictar las políticas para la promoción del buen funcionamiento y estabilidad del sistema financiero del país, sin perjuicio de las atribuciones de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; 3. Aprobar las normas para el funcionamiento y vigilancia del Sistema de Pagos del país; 4. Aprobar la impresión de billetes y la acuñación de monedas que corresponda de acuerdo con los términos de la presente Ley y determinar su diseño, especificaciones y denominaciones, así como las cantidades de billetes y monedas a imprimir o acuñar; 5. Dictar los procedimientos para la contratación de servicios relacionados con la impresión de billetes y acuñación de monedas; 6. Fijar, modificar y reglamentar los encajes legales; 7. Dictar la política de tasas de interés, así como las demás condiciones y términos que regirán en las operaciones crediticias del Banco; 8. Determinar los términos y condiciones de las emisiones de valores, así como condiciones generales de las operaciones de mercado abierto que corresponda ejecutar; 9. Aprobar la política de administración de las reservas internacionales del Banco. Determinar las normas de contabilidad que se aplicarán en el Banco. Dichas normas deberán conformarse con estándares internacionales utilizados por entidades financieras. Aprobar el Plan Estratégico Institucional, el cual deberá ser formulado para períodos de tres a cinco años, y los planes anuales de trabajo así como conocer el resultado de su ejecución. Estos planes deberán servir como base para la formulación del Presupuesto anual del Banco; 10. Aprobar anualmente el presupuesto de ingresos y gastos de la Institución, conocer el comportamiento de su ejecución y aprobar modificaciones, si fuere necesario; 11. Aprobar los balances y estados de ganancias y pérdidas del Banco, y acordar la constitución de reservas y conocer la distribución de utilidades que corresponda en los términos de lo establecido en la presente Ley; 12. Determinar la estructura administrativa principal del Banco y las diferentes funciones y responsabilidades que tendrán a su cargo los funcionarios de mayor rango, en lo que no estuviere determinado por la presente Ley; 13. Dictar los reglamentos internos y demás normas generales de operación del Banco; 14. Aprobar la política de selección, contratación, remuneraciones y beneficios del personal del Banco, así como los programas de jubilación de dicho personal, sujeto a las limitaciones del programa monetario y las políticas presupuestarias del Banco; 15. Pedir a las diferentes dependencias del Banco los informes que

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corresponda y evaluar periódicamente el desarrollo de las operaciones del Banco; 16. Establecer y cerrar sucursales, dependencias o agencias del Banco; 17. Aprobar a propuesta del Presidente del Banco Central el Programa anual de formación profesional y técnica, para la preparación de expertos en cuestiones monetarias, bancarias, económicas y otras ramas técnicas que contribuyan al cumplimiento de sus objetivos y atribuciones; 18. Designar al Secretario del Consejo, quien actuará como órgano de comunicación del mismo, con las facultades que indique el Reglamento Interno; 19. Nombrar y remover, a iniciativa del Presidente del Banco, al Gerente General y al Auditor Interno; 20. Conocer los recursos de apelación que se interpongan por multas impuestas por el Presidente del Banco, de conformidad con el artículo 72 de la presente Ley. En estos casos, el Presidente no podrá participar ni votar sobre la materia; 21. Dictar las normas correspondientes y necesarias que garanticen la aplicación de todo lo establecido en la presente Ley; y

22. Ejercer cualquiera otras facultades que corresponda, de acuerdo con leyes o decretos. En caso que alguna facultad atribuida al Banco Central, no estuviere específicamente señalado el funcionario responsable de su ejecución, se entenderá que es competencia de su Consejo Directivo. Las resoluciones del Consejo Directivo en materia de política monetaria, financiera y cambiaría tendrán carácter de normas de orden público.

Art. 20 Publicidad de Resoluciones de Carácter General.

Las resoluciones de carácter general del Consejo Directivo, en el campo de su competencia, deberán ser publicadas en La Gaceta, Diario Oficial, sin perjuicio de su publicación por otros medios impresos o electrónicos.

Art. 20 Causales de Remoción del Presidente y de los Miembros del

Consejo.

El Presidente del Banco y los miembros del Consejo Directivo solamente podrán ser removidos de sus cargos antes de la expiración del período correspondiente si se presenta alguna de las causales que siguen:

1. Incumplimiento de alguna disposición prohibitiva de la presente Ley; 2. Infracción de otras disposiciones de orden legal o reglamentario aplicables al Banco o consentimiento de dichas infracciones; 3. Incapacidad física o mental por un período superior a tres meses; 4. Incurrir en algunas de las inhabilidades de que trata el Artículo 17 de esta Ley; o

5. Ausencia por más de seis meses del país o inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas del Consejo Directivo o a cinco sesiones en el trimestre.

La causal invocada deberá ser probada mediante el correspondiente sumario administrativo levantado por una comisión designada por el Consejo Directivo, y cuyo dictamen, aprobado por al menos tres miembros del Consejo Directivo y

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acompañado de las exposiciones efectuadas por los encausados en su descargo, se comunicará al Presidente de la República, a quien corresponde la decisión final.

Art. 22 Quórum. Votos para Toma de Resoluciones.

El quórum para las sesiones del Consejo Directivo será de cuatro miembros, de los cuales al menos dos deberán ser miembros titulares. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de votos, salvo disposición legal expresa que establezca mayoría calificada. El Presidente tendrá voto dirimente en el caso de empate.

Art. 23. Responsabilidad de Miembros del Consejo Directivo y Otros

Funcionarios.

Los miembros del Consejo Directivo y los demás funcionarios del Banco Central responderán de sus actuaciones en el ejercicio de sus cargos, de conformidad con las leyes vigentes.

Art. 24 Condición de Procedibilidad. Suspensión del Término de

Prescripción.

No obstante lo establecido en el artículo precedente, para poder iniciar una acción judicial civil contra los miembros del Consejo Directivo del Banco, o sus funcionarios, por decisiones y resoluciones tomadas por el Consejo o por las acciones ejecutadas en cumplimiento de dichas decisiones y resoluciones, se deberá cumplir primero con el requisito de entablar acción judicial civil contra el Banco y que ésta haya sido resuelta favorablemente a las pretensiones del actor o demandante mediante sentencia judicial firme. Sin dicho requisito no se dará curso a las acciones judiciales contra dichas personas.

Una vez iniciada la acción contra el Banco, no correrán los términos de la prescripción a favor de los miembros del Consejo Directivo y funcionarios del Banco.

Art. 25 Declaración de Probidad. Abstención Cuando Exista Interés

Personal.

Los miembros del Consejo Directivo presentarán ante la Contraloría General de la República su declaración de probidad de todos sus intereses pecuniarios y comerciales propios y de su cónyuge y familiares dentro del primer grado de consanguinidad. Se abstendrán de votar y de asistir a la discusión sobre los asuntos que tengan cualquier relación con ellos.

CAPÍTULO V DEL PRESIDENTE

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Art. 26 Carácter, Nombramiento y Obligaciones.

El Presidente del Banco Central es el funcionario ejecutivo principal del mismo, y tiene a su cargo la representación legal de la Institución, tanto en lo judicial como en lo extrajudicial, así como la administración de la entidad. Lo nombra el Presidente de la República ante quién tomará posesión, previa ratificación por la Asamblea Nacional.

El Presidente del Banco está obligado a dedicar todo su tiempo al servicio del Banco Central, y sus funciones serán incompatibles con cualquier otro cargo, con excepción de las representaciones y comisiones que tiene que desempeñar y que se relacionan con la política financiera y monetaria.

El Presidente del Banco Central tendrá la remuneración que fije su Consejo Directivo.

Art. 27 Atribuciones.

El Presidente del Banco tiene las siguientes atribuciones:

1. Convocar a sesiones al Consejo Directivo, ser el Presidente de dicho Consejo y actuar en representación del mismo; 2. Otorgar en nombre del Banco, poderes judiciales y especiales; 3. Delegar temporalmente, con autorización del Consejo Directivo, la representación legal del Banco; 4. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentos aplicables al Banco, al igual que las resoluciones del Consejo Directivo. Actuar en las relaciones del Banco con los Poderes del Estado, con el sistema financiero y con los organismos internacionales en los cuales la representación del Estado corresponde al Banco Central; 5. Proponer al Consejo Directivo el programa monetario anual haciendo relación a las metas del programa, los instrumentos de política a utilizarse y las operaciones del Banco que se efectuarán dentro del programa; 6. Mantener informado al Consejo Directivo sobre los asuntos que requieran su atención, y proponerle las medidas y resoluciones pertinentes para el cumplimiento de las funciones del Banco; 7. Someter anualmente al Consejo Directivo, para su aprobación, el presupuesto del Banco y el informe anual. 8. Determinar la estructura administrativa del Banco y las diferentes funciones y responsabilidades que tendrán a su cargo los funcionarios y las diferentes dependencias de la Institución, en lo que no estuviere establecido por la presente Ley y sin perjuicio de las facultades del Consejo Directivo para determinar la estructura principal; 9. Aprobar las tarifas que el Banco establezca por los servicios que preste al Gobierno, a los bancos e instituciones financieras y al público en general. 10. Proponer al Consejo Directivo el nombramiento y remoción del Gerente General del Banco y del Auditor Interno, y nombrar y remover a los demás funcionarios y empleados. 11. Aprobar el Programa Cultural del Banco, en consulta con las autoridades culturales del país; y

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12. Presentar el informe anual a la Asamblea Nacional de conformidad con el Artículo 138 numeral 29 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

CAPÍTULO VI

DEL GERENTE GENERAL

Art. 28 Requisitos, impedimentos y sustitución.

El Gerente General del Banco Central deberá ser persona de buena conducta y de reconocida competencia en materia económica y financiera y al tiempo de su nombramiento no deberá ser pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Presidente de la República ni de los miembros del Consejo Directivo.

En caso de ausencias o impedimentos temporales, lo sustituirá en sus funciones y representaciones el funcionario principal del área económica del Banco.

Art. 29 Atribuciones.

Corresponde al Gerente General las siguientes atribuciones: 1. Dictar, en consulta con el Presidente, las normas, instrucciones, procedimientos operativos y disposiciones administrativas internas que estimare convenientes para la eficiente administración de los negocios del Banco; 2. Proponer al Presidente del Banco los nombramientos, asignaciones, traslados, suspensiones y remociones de los funcionarios y empleados del Banco; 3. Ejercer por delegación del Presidente del Banco, la representación legal de la institución en sus operaciones y asuntos corrientes, y en uso de tal delegación, nombrar y remover funcionarios y empleados y autorizar con su firma los actos y contratos que celebre el Banco, así como otros documentos según lo determinen las leyes, los reglamentos del Banco y las resoluciones de su Consejo Directivo; 4. Informar al Presidente sobre los asuntos a él encomendados y preparar los que deban someterse a la consideración del Consejo Directivo; 5. Asistir a las sesiones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto; 6. Sugerir al Presidente del Banco, las modificaciones aconsejables en la organización y funcionamiento del Banco; y

7. Sustituir al Presidente del Banco, en sus ausencias o impedimentos temporales, como funcionario ejecutivo principal, como miembro del Consejo Directivo y en las representaciones y comisiones que desempeñe en razón de su cargo.

CAPÍTULO VII INFORMACIÓN Y CONTROL

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Art. 30 Auditor Interno. Requisitos, Nombramiento y Remoción.

Las funciones de inspección y fiscalización de las operaciones y de las cuentas del Banco Central estarán a cargo de un Auditor Interno, que será nombrado por el Consejo Directivo del Banco ante el cual responderá. El Auditor Interno debe ser mayor de treinta años de edad, contador público autorizado con al menos diez (10) años de experiencia en el sector Financiero o en la administración pública y ser de reconocida competencia y honorabilidad.

El Auditor Interno del Banco actuará con independencia en el desempeño de sus labores y mantendrá informado al Consejo Directivo del Banco del desarrollo de sus funciones de control.

El Auditor Interno solamente podrá ser removido por el Consejo Directivo por alguna de las causales establecidas en el artículo 21 de la presente ley, en lo que le fuere aplicable.

Art. 31 Estados Contables.

Los estados contables de fin de período del Banco deberán conformarse con base a normas de contabilidad aplicadas y aceptadas internacionalmente para entidades financieras, las cuales serán determinadas por el Consejo Directivo. Los estados contables del Banco deberán ser auditados anualmente por una firma de auditores externos seleccionados por el Consejo Directivo, de entre aquellas firmas de reconocida competencia internacional, debidamente registrados en la Contraloría General de la República. La selección de la firma será competencia exclusiva del Consejo Directivo del Banco, sujeto a los procedimientos que apruebe el Consejo, y la firma seleccionada no podrá realizar estas auditorías por más de tres períodos consecutivos.

Art. 32 Informe Anual del Banco Central.

Dentro de los tres primeros meses de cada año, el Presidente del Banco Central presentará al Presidente de la República el Informe Anual de la Institución, el cual será publicado y deberá contener, al menos, los puntos siguientes:

1. Evaluación de la situación general del Banco y del cumplimiento de su programa monetario anual; 2. Análisis de la situación financiera del Banco y del desarrollo de las operaciones practicadas en el curso del año anterior; 3. Descripción y análisis de la política monetaria y cambiaría que ha seguido el Banco en el curso del año correspondiente, así como una descripción de la evolución económica y financiera del país; e

4. Información estadística que el Banco juzgue de utilidad.

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Art. 33 Estados Mensuales de Situación.

El Banco presentará estados mensuales de situación, incluyendo las principales cuentas activas y pasivas y cuentas de resultados, para ser publicadas dentro de los primeros veinte (20) días del mes siguiente, en La Gaceta, Diario Oficial.

CAPÍTULO VIII UNIDAD MONETARIA

Art. 34 Unidad Monetaria. Símbolo.

La unidad monetaria de la República de Nicaragua es el Córdoba, que se subdivide en cien partes iguales denominadas centavos de Córdoba. Su símbolo es “C$”.

Art. 35 Medios Legales de Pago.

Los medios legales de pago de la República serán los billetes y las monedas emitidos por el Banco Central, que tendrán, dentro de todo su territorio, curso legal y poder liberatorio, y que servirán para solventar toda clase de obligaciones.

Art. 36 Expresión y Liquidación en Córdobas.

Los precios, impuestos, tasas, tarifas, honorarios, sueldos, salarios, contratos y obligaciones de cualquier clase o naturaleza que deban ser pagados, cobrados o ejecutados en el país se expresarán y liquidarán en Córdobas. Toda cláusula calificativa o restrictiva, que imponga pagos en metales, monedas o divisas extranjeras o cualquier unidad monetaria o medio de pago que no sea el Córdoba será nula.

Art. 37 Excepciones a la Expresión y Liquidación en Córdobas.

Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior: 1. Las obligaciones en las cuales la referencia a una moneda extranjera pueda ser convertida a la moneda nacional, mediante la aplicación de un tipo de cambio determinado o determinable al momento del pago; 2. Las obligaciones que se originen en transacciones derivadas del comercio exterior de Nicaragua; 3. Las operaciones efectuadas por los bancos e instituciones financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; 4. Las obligaciones a pagar en Nicaragua por servicios prestados por personas o por entidades nicaragüenses a personas o entidades extranjeras; 5. Las operaciones que se realicen con recursos provenientes de fondos dados en fideicomiso o en administración, constituidos en moneda extranjera; 6. El pago de boletos de transporte internacional de pasajeros; 7. El reembolso que cualquier deudor nicaragüense o extranjero residente en

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Nicaragua deba efectuar a un acreedor nacional o extranjero por cualquier suma que éste haya tenido que pagar en moneda extranjera fuera del país, por cuenta de dicho deudor, ya sea en calidad de avalista, codeudor, garante solidario o simple fiador, o mediante la extensión de una tarjeta de crédito o un instrumento similar. Esta excepción no comprende los pagos que el acreedor haya tenido que efectuar en el país, en moneda nacional;

8. Las obligaciones que tuvieren como fuente financiera recursos contratados en el exterior. El Banco Central podrá exigir que estas obligaciones sean registradas en el Banco para fines estadísticos; y

9. Cualquier otra que autorice el Consejo Directivo del Banco Central.

Art. 38 Cláusula de Mantenimiento de Valor.

En todo contrato podrá establecerse una cláusula por la cual las obligaciones expresadas en córdobas mantendrán su valor con relación a una moneda extranjera. En este caso, si se produce una modificación en el tipo oficial de cambio del Córdoba con relación a dicha moneda, el monto de la obligación expresada en córdobas deberá ajustarse en la misma proporción a la modificación operada.

Art. 39 Poder Liberatorio de la Moneda Nacional.

La obligación de pagar cualquier suma en moneda nacional, se solventará entregando billetes en cantidades ilimitadas, o monedas de curso legal hasta el límite de su poder liberatorio.

Nadie estará obligado a recibir en pago de una obligación y de una sola vez más de cien piezas de cada una de las diferentes monedas.

No tendrá ningún efecto legal el pacto de efectuar cualquier pago, total o parcialmente, en moneda de determinado metal, aleación o denominación, aunque ésta sea de curso legal dentro de la República.

CAPÍTULO IX EMISION MONETARIA

Art. 40 Emisión de Moneda Nacional.

Al Banco Central de Nicaragua le corresponde, con exclusividad, la emisión de moneda en el país, así como el ejercicio de las funciones relacionadas con la puesta en circulación y retiro de billetes y monedas.

La emisión de moneda solamente podrá realizarse en virtud de las operaciones que la presente Ley autoriza al Banco Central de Nicaragua.

Los procedimientos para contratar la impresión de billetes y la acuñación de monedas se regirán única y exclusivamente por los reglamentos y normas que

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apruebe al respecto el Consejo Directivo del Banco.

Art. 41 Exclusividad del Banco Central para Circular Signos de Dinero. Ninguna persona o entidad de derecho público o privado, diferente

del Banco Central de Nicaragua, podrá poner en circulación signos de dinero, cualquiera que sea su objeto, que a juicio del Consejo Directivo del Banco sean susceptibles de circular como moneda. La contravención a lo dispuesto en este artículo, será penada con una multa que impondrá el Presidente del Banco, equivalente al doble del valor nominal del total de los signos de dinero respectivos, además de la pena que corresponda de acuerdo con la legislación penal.

Art. 42 Contenido y Especificaciones de los Billetes.

Los billetes que emita el Banco Central deberán llevar la leyenda "Banco Central de Nicaragua", las firmas en facsímile del Presidente y del Gerente General del Banco, el número de Resolución del Consejo Directivo en la que conste la aprobación de la emisión y las demás especificaciones que determine el Consejo.

Art. 43 Monedas Conmemorativas.

Las monedas de oro, plata y otros metales preciosos que emita el Banco Central con fines conmemorativos, serán de curso legal en la República, pero no de circulación obligatoria. Dichas monedas podrán ser vendidas por el Banco a un precio diferente a su valor facial.

Art. 44 Canje de Billetes Deteriorados y Monedas Desgastadas por el

Uso.

Los billetes rotos, quemados o estropeados, serán canjeados por el Banco Central, siempre que el deterioro que hubiere sufrido un billete no impidiere su clara identificación.

Igual disposición se aplicará para el caso de monedas desgastadas por el uso.

Art. 45 Prohibición del Uso de Monedas para Fines no Monetarios.

Se prohíbe el uso de monedas para fines no monetarios, tales como fichas para juegos de azar. El Consejo Directivo del Banco Central aprobará normas para regular esta materia y establecerá multas para los infractores, dentro de los rangos establecidos en el artículo 72 de la presente Ley.

Las monedas perforadas o recortadas y las que presenten vestigios de uso no monetario, perderán su carácter de moneda legal.

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Art. 46 Prohibición de Impresión de Reproducción de Billetes o

Similares.

Se prohíbe imprimir por cualquier medio y para cualquier fin reproducciones de billetes de bancos de cualquier clase o imágenes parecidas, o la acuñación de réplicas de monedas de curso legal.

Con fines propagandísticos o educativos, el Banco Central podrá autorizar, cuando se le solicite, la reproducción de billetes o monedas, estableciendo las condiciones y requisitos para evitar el uso indebido de las reproducciones. La infracción a este artículo será sancionada con multas dentro de los rangos establecidos en el artículo 72 de la presente Ley. El Consejo Directivo del Banco regulará esta materia.

Art. 47 Reincidencia en la Violación a la prohibición del uso de

monedas y de impresión de reproducción de billetes o similares.

La reincidencia en la violación a los dos artículos anteriores y de las normas que al respecto dicte el Consejo Directivo del Banco Central, será penada con el cierre del establecimiento o local donde se haya cometido la infracción, y el decomiso de los materiales, equipos e instrumentos utilizados en violación a estas normas, para lo cual el Presidente del Banco dictará una resolución, la cual deberá hacer cumplir con el auxilio de la fuerza pública.

CAPÍTULO X

OPERACIONES DE CAMBIO Y RESERVAS INTERNACIONALES

Art. 48 Compra y Venta de Activos Financieros Internacionales.

El Banco Central podrá comprar y vender activos financieros internacionales, así como celebrar otras transacciones en moneda extranjera.

Las personas jurídicas que habitualmente se dediquen a la compra y venta de divisas en el territorio nacional deberán llenar los requisitos de inscripción e información que señale el Consejo Directivo del Banco Central. Las personas naturales dedicadas a la misma actividad deberán proporcionar información al Banco cuando así se les requiera.

Art. 49 Acuerdos o Contratos con Bancos e Instituciones Monetarias o

Financieras.

El Banco Central podrá celebrar, en su propio nombre o en representación y por cuenta del Gobierno, en su carácter de agente del mismo, acuerdos o cualquier otra clase de contratos con otros bancos o instituciones públicas, privadas o

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internacionales, de naturaleza monetaria, financiera o similar, establecidas en el exterior.

Art. 50 Reservas Internacionales.

Al Banco Central le corresponde la guarda y administración de las reservas internacionales, en los términos y condiciones que determine su Consejo Directivo y teniendo debidamente en cuenta los criterios de riesgo, liquidez y rentabilidad relacionados con los activos de esta naturaleza.

Las reservas internacionales podrán estar integradas por uno o varios de los activos enumerados a continuación:

1. Divisas, en poder del Banco Central o depositadas en cuentas en instituciones financieras de primer orden fuera del país; 2. Cualquier instrumento de inversión del mercado monetario internacional, emitido por instituciones financieras de primer orden fuera del país; 3. Oro; 4. Valores públicos de primer orden emitidos por gobiernos extranjeros, o sus agencias; 5. Otros valores negociables de primer orden emitidos por entidades internacionales o instituciones financieras fuera del país; y

6. Cualquier otro instrumento de inversión de primer orden internacionalmente reconocido como componente de los activos de reserva de un banco central.

Para los efectos de este artículo, se consideran instituciones financieras, emisores e instrumentos de primer orden aquellos que cuenten con calificación de grado de inversión, según las agencias calificadoras de riesgo, y estén dentro de los límites de riesgo crediticio aprobados por el Consejo Directivo.

El Banco Central está facultado para contratar con instituciones financieras y empresas especializadas, la gestión de la administración de sus reservas, bajo los términos y condiciones que establezca el Consejo Directivo. Estas contrataciones se regirán única y exclusivamente por las disposiciones que apruebe al respecto el Consejo Directivo.

CAPÍTULO XI

OPERACIONES CON LOS BANCOS Y SOCIEDADES FINANCIERAS

Art. 51 Cuentas para Bancos y Sociedades Financieras. Cámara de

Compensación.

El Banco Central podrá abrir cuentas para los bancos y sociedades

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financieras; igualmente podrá aceptar depósitos de ellos en los términos y condiciones que, por vía general, determine.

El Consejo Directivo, mediante resolución fundada, podrá autorizar la apertura de cuentas a otras instituciones financieras diferentes de los bancos y sociedades financieras. No requerirán esta autorización aquellas instituciones financieras que, por disposición de la Ley No. 561, “Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no bancarias y Grupos Financieros” aprobada el 27 de octubre de 2005 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 232 del 30 de noviembre de 2005 u otras leyes especiales, deban efectuar sus depósitos iniciales en el Banco Central.

El Banco Central también podrá, dentro de las condiciones que determine el Consejo Directivo para la Cámara de Compensación, prestar servicios de compensación de cheques y demás valores, y otros servicios similares o relacionados con el Sistema de Pagos, para los bancos e instituciones financieras.

Los saldos de los depósitos de encajes legales de los bancos y sociedades financieras servirán de base para los créditos y débitos que resulten del funcionamiento de un sistema de compensación por medio de una Cámara de Compensación.

Art. 52 Tasas de Interés.

El Banco Central señalará, por vía general, las tasas de interés que cobrará a los bancos y sociedades financieras por sus operaciones de crédito. Se podrán establecer tasas diferenciales para las distintas clases de operaciones.

La tasa de interés de las operaciones activas y pasivas de las entidades financieras será determinada libremente por las partes.

Art. 53 Operaciones con Letras del Tesoro y Otros Valores de Deuda

Pública.

El Banco Central con sujeción a los topes establecidos en el Artículo 63 de esta Ley, podrá comprar, vender, descontar y redes contar a los bancos y sociedades financieras, letras del Tesoro y otros valores de deuda pública, provenientes de emisiones públicas.

Art. 54 Préstamos o Anticipos en caso de Dificultades Transitorias de

Liquidez.

El Banco Central podrá conceder a los bancos y sociedades financieras, préstamos o anticipos como apoyo para enfrentar dificultades transitorias de liquidez, por un plazo máximo de treinta (30) días, con garantía de valores y otros activos calificados como elegibles por el Consejo Directivo, mediante resolución de carácter general. Corresponderá al Consejo Directivo fijar, mediante resolución, el límite máximo de endeudamiento de los bancos e instituciones financieras con

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el Banco Central, en base a un porcentaje del patrimonio de la respectiva entidad.

En ningún caso el Banco Central otorgará crédito a bancos o sociedades financieras que, de acuerdo con informe de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, mantengan deficiencias en el cumplimiento del nivel de capital total requerido en relación con sus activos ponderados de riesgo.

Art. 55 Porcentaje Máximo a Prestar.

El Consejo Directivo del Banco Central determinará el porcentaje máximo con relación al valor de las garantías, que podrá ser prestado en cada una de las modalidades de crédito de que tratan los artículos anteriores.

Art. 56 Condiciones Adicionales.

El Banco Central podrá establecer condiciones adicionales para las diversas operaciones de crédito, restringir los plazos máximos, exigir márgenes de seguridad entre el importe de los préstamos y el valor de las garantías, y sin que constituya asignación de cupos de crédito, fijar el monto total de las operaciones de crédito que pudiera efectuar con una misma empresa bancaria.

Art. 57 Independencia para Decidir sobre Documentos o Solicitudes de

Crédito.

El Banco Central decidirá con entera independencia la aceptación o el rechazo de cualquier documento o solicitud de crédito que se le presente.

Art. 58 Fijación de Encajes Bancarios Mínimos.

El Banco Central podrá fijar encajes bancarios mínimos, consistentes en cierto porcentaje de los depósitos y otras obligaciones con el público a cargo de los bancos y sociedades financieras. De igual manera, estarán sujetas a encaje otras operaciones pasivas, contingentes o de servicios que realicen dichas instituciones, cuando estas operaciones, a juicio del Consejo Directivo, previo informe del Superintendente de Bancos, deban ser constitutivas de encaje bancario.

Estos encajes podrán ser en dinero efectivo o en valores del Banco Central. El Consejo Directivo establecerá las condiciones y demás regulaciones sobre esta materia. El Banco Central está facultado para reconocer intereses sobre el monto de los encajes que excedan del límite que fije su Consejo Directivo. Las sumas que conforman el encaje exigido a los bancos y sociedades financieras, son inembargables y no estarán sujetos a retención ni restricción alguna.

Art. 59 Cálculo del Encaje Legal.

El encaje legal se calculará de conformidad al método que establezca el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua.

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En caso de incumplimiento del encaje por un período de tiempo que exceda al que establezca el Consejo Directivo y por el tiempo en que se mantenga la deficiencia, el Superintendente de Bancos aplicará una multa, la cual consistirá en un porcentaje del déficit de dicho encaje, igual a la tasa de interés más alta que cobren los bancos comerciales y sociedades financieras para las operaciones de crédito a corto plazo, más el uno por ciento (1%). Además de esta multa, y mientras dure la deficiencia de encaje, el Superintendente de Bancos podrá prohibir al banco o sociedad financiera de que se trate, efectuar nuevos préstamos e inversiones.

Art. 60 Operaciones de los Bancos con Monedas o Divisas Extranjeras.

Los bancos podrán efectuar operaciones con monedas o divisas extranjeras que de acuerdo con las prácticas bancarias y los principios técnicos de la materia, sean de ejecución usual por dichas instituciones.

CAPÍTULO XII OPERACIONES CON EL GOBIERNO

Art. 61 Cuenta Única del Tesoro.

Los términos y condiciones de los fondos del Tesoro Nacional depositados en el Banco Central en la Cuenta única del Tesoro, serán determinados por el Consejo Directivo del Banco Central. El Banco Central también efectuará pagos en nombre del Gobierno, con la autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cargándolos a sus cuentas, sujeto a que existan disponibilidades de fondos en dichas cuentas.

Art. 62 Créditos o Avales al Gobierno. Descuento de Valores.

El Banco Central de Nicaragua no podrá conceder crédito directo o indirecto al Gobierno de la República para suplir deficiencias de sus ingresos presupuestarios, no podrá concederle avales, donaciones o asumir funciones que le correspondan legalmente a otras instituciones gubernamentales. Tampoco podrá conceder crédito, avales o donaciones a entidades públicas no financieras.

No obstante, para subsanar necesidades temporales de caja que se presenten durante el ejercicio presupuestario, el Banco Central podrá descontar valores emitidos por el Gobierno por un monto no mayor del diez por ciento (10%) del promedio de los Ingresos Tributarios recaudados por el Gobierno en los dos últimos años inmediatamente anteriores al año de la solicitud, siempre que se llenen los siguientes requisitos:

1. Los gastos a pagarse con los fondos suplidos deberán estar incluidos en el Presupuesto General de la República vigente aprobado por la Asamblea Nacional; 2. El plazo de los valores no podrá extenderse más allá del ejercicio

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presupuestario corriente y deberán estar cancelados antes del cierre del mismo; 3. La solicitud de descuento de los valores deberá ser acompañada con un dictamen de la unidad técnica competente del Banco donde hará constar que el flujo proyectado de caja del Gobierno permitirá la amortización de los valores a su vencimiento; 4. Los valores se amortizarán en cuotas mensuales iguales y consecutivas, a partir del mes siguiente al del descuento, y se considerará implícita la autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de aplicar automáticamente a los depósitos del Gobierno las cuotas de amortización; 5. Los valores devengarán intereses a la tasa activa promedio ponderada de los créditos otorgados por los bancos comerciales al plazo de noventa días, correspondiente al mes inmediatamente anterior del mes en que se realice el descuento de los valores.

Art. 63 Compra y Venta de Valores de Deuda Pública.

El Banco Central podrá comprar y vender en el mercado secundario, valores de deuda pública con vencimiento máximo de un año. También podrá comprar y vender en el mercado secundario otros valores oficiales con vencimientos mayores, siempre que sean calificados como elegibles por el Consejo Directivo. El valor total de los valores públicos que podrán ser adquiridos por el Banco Central estará limitado por el programa monetario anual. La adquisición o venta de estos valores solamente se hará con el propósito de influir los agregados monetarios y nunca como medio de financiación directa o indirecta del ente público emisor del valor.

Art. 64 Banco Central como Agente Financiero del Gobierno.

El Banco Central podrá desempeñar las funciones de agente financiero del Gobierno, en nombre y por cuenta del Gobierno de la República, dentro de los términos que se establezcan de común acuerdo, siempre que sean compatibles con la naturaleza y propósitos fundamentales del Banco. Además, el Banco Central desempeñará las funciones relacionadas con el registro de la deuda pública externa del Sector Público, conforme a lo dispuesto en la Ley de la materia.

CAPÍTULO XIII

EMISIÓN DE VALORES NEGOCIABLES

Art. 65 Emisión de Valores Negociables por el Banco Central.

Para evitar fluctuaciones inmoderadas en la liquidez de la economía y de acuerdo con los términos del correspondiente programa monetario anual, el Banco Central podrá emitir, vender, amortizar y rescatar valores negociables que representarán una

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deuda del propio Banco, y que serán emitidos según lo determine el Consejo Directivo, el cual fijará las condiciones generales que considere convenientes para su emisión, circulación y rescate. Estos valores podrán emitirse en moneda nacional o extranjera.

Art. 66 Características de los Valores Negociables.

Los valores a que se refiere el artículo anterior, serán libremente negociables por cualquier persona natural o jurídica, inclusive las entidades financieras. Podrán ser rescatados por el Banco Central, ya sea por compra directa a los tenedores, o en operaciones de mercado abierto.

Art. 67 Prescripción de Valores e Intereses.

Los intereses devengados y los valores que no fueren cobrados dentro de los tres años siguientes a la fecha de su vencimiento, prescribirán a favor del Banco Central.

Art. 68 Operaciones en el Mercado Secundario.

El Banco Central podrá operar en el mercado secundario con valores emitidos por el Banco o por el Gobierno. Igualmente, podrá colocar o rescatar valores emitidos por el Gobierno actuando como agente financiero del mismo.

CAPÍTULO XIV DISPOSICIONES GENERALES

Art. 69 Otras Facultades del Banco Central. Sujeción a la Ley No. 681,

“Ley Orgánica de la Contraloría General de la República”.

El Banco Central además está facultado para:

1. Efectuar transferencias; 2. Tener valores en custodia y cobrar los intereses o dividendos que se acuerden; 3. Vender y liquidar bienes y otros activos, incluyendo derechos de crédito; 4. Adquirir, arrendar, mantener o vender con arreglo a derecho los locales y equipos de oficinas necesarios para llevar a cabo sus operaciones; 5. Efectuar todas las demás operaciones que pueda requerir el ejercicio de las potestades y el cumplimento de las funciones que legalmente se le han atribuido.

El Banco Central de Nicaragua estará sujeto a lo dispuesto en la Ley No. 681, “Ley Orgánica de la Contraloría General de la República”, y demás leyes aplicables a las entidades del sector público, salvo las excepciones establecidas en la presente Ley. De igual manera, la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras como institución autónoma del Estado, estará sujeta a las disposiciones de Ley No. 681, “Ley Orgánica de la Contraloría General de la

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República”, y de conformidad con lo establecido en su propia ley constitutiva.

Art. 70 Impedimentos para ser Funcionarios o Empleados del Banco.

No podrán ser funcionarios o empleados del Banco Central los que sean cónyuges o parientes entre sí, con los miembros del Consejo Directivo o con el Gerente General, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, excepto cuando estén en cargos que no representen posibilidad de colusión, conforme lo determinen las normas que apruebe el Consejo Directivo. Tampoco podrán ser funcionarios del Banco Central los que sean directores, gerentes, administradores, socios, empleados y accionistas de las instituciones sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras.

El funcionario o empleado que durante su actuación incurriere en cualquiera de los impedimentos señalados en este artículo, cesará automáticamente en el ejercicio de su cargo.

Art. 71 Estadísticas Macroeconómicas. Publicación.

Con el fin de cumplir con sus funciones y atribuciones, el Banco Central de Nicaragua deberá compilar, mediante encuestas y otros medios, las principales estadísticas macroeconómicas nacionales, incluyendo aquellas de carácter monetario, financiero, cambiario y de balanza de pagos y las cuentas nacionales que permita efectuar análisis y brindar recomendaciones en materia de política económica. Asimismo, deberá publicarlas oportunamente a través de medios impresos o electrónicos. El Consejo Directivo estará facultado para resolver sobre la naturaleza, contenido y periodicidad de esta información.

Art. 72 Obligación de Suministrar Información al Banco Central.

Las oficinas o dependencias del Sector Público están obligadas a suministrar al Banco Central los informes que éste les solicite para el cumplimiento de sus funciones y en especial para el cumplimiento del artículo precedente. Asimismo, los bancos, instituciones financieras y cualquiera persona natural o jurídica con residencia o domicilio en el territorio nicaragüense, sea nacional o extranjera, están obligados a proporcionar al Banco Central las informaciones estadísticas que éste les solicite en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley. Esta información deberá ser utilizada única y exclusivamente para fines estadística y de análisis macro económico.

Quienes se negaren a cumplir con lo dispuesto en el párrafo anterior de este artículo, o suministren información falsa o incompleta, incurrirán en una multa de quinientos a cinco mil Unidades de multa por cada vez, que impondrá el Presidente del Banco a beneficio del Tesoro Nacional. En el caso de bancos e instituciones financieras, la multa se duplicará por cada reincidencia en el incumplimiento del presente artículo.

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Las multas establecidas en el presente artículo también podrán ser aplicadas a los participantes en el Sistema de Pagos del país por incumplimiento de las normas aprobadas por el Consejo Directivo, o por no proveer en tiempo y forma la información que el Banco le solicite.

El valor de cada unidad de multa se calculará de acuerdo a lo establecido en el artículo 159 de la Ley No. 561, "Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no bancarias y Grupos Financieros”.

Art. 73 Sigilo Bancario.

Los directores, funcionarios y empleados del Banco Central, estarán obligados a guardar sigilo sobre las informaciones, documentos y operaciones de naturaleza reservada o privada, que tengan conocimiento en virtud del ejercicio de sus funciones. La trasgresión al deber de reserva aquí consagrado se sancionará en la forma que establezcan las normativas internas del Banco, sin perjuicio de las sanciones punitivas correspondientes en la legislación penal ordinaria. Para determinar si la información es reservada o privada se utilizarán los criterios contenidos en la Ley No. 521, “Ley de Acceso a la Información Pública”, aprobada el 16 de Mayo del 2007 publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 118 del 22 de Junio de 2007 y su reglamento, Decreto Ejecutivo No. 81-2007, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 6 del 9 de enero de 2008.

Art. 74 Participación del Banco en Empresas.

El Banco Central de Nicaragua no podrá participar como accionista o socio en ninguna empresa estatal, privada o mixta del país.

Art. 75 Integración en Directorios de Empresas, Instituciones,

Comisiones u Órganos.

El Banco Central de Nicaragua, los miembros de su Consejo Directivo y sus funcionarios no podrán ser miembros titulares o suplentes en los directorios de cualquier otra empresa o institución estatal, con la excepción del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Tampoco podrán formar parte de cualquier comisión u órgano colegiado público, no contemplado en la presente Ley, salvo con carácter de observador o invitado especial sin poder decisorio.

CAPÍTULO XV DISPOSICIONES TRANSITORIAS

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Art. 76 Período del Actual Presidente del Banco Central. Nuevo

Nombramiento.

El funcionario que ocupe la Presidencia del Banco Central al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley, concluirá su período sesenta días después de dicha fecha. Dentro de ese tiempo, el Presidente de la República nombrará al Presidente del Banco por un período que finalizará en la mitad del siguiente período presidencial, sujeto a la ratificación de la Asamblea Nacional. Cuando concluya su mandato, se aplicará lo dispuesto en el artículo 15 de esta Ley en lo relativo al período del Presidente del Banco.

No obstante, mientras no se nombre y ratifique al Presidente del Banco de conformidad con este artículo, la persona nombrada conforme la Ley No. 317 “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua”, continuará en su cargo.

Art. 77 Período de los Otros Miembros del Consejo Directivo.

Los miembros del Consejo Directivo, nombrados por el Presidente de la República y ratificados por la Asamblea Nacional de conformidad con la Ley No. 317 “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua”, concluirán sus respectivos períodos.

Los cuatro miembros suplentes a los que se refiere el artículo 15 de la presente Ley serán nombrados por el Presidente de la República dentro de los sesenta (60) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente Ley, de los cuales uno concluirá su periodo al final del presente periodo presidencial y tres concluirán en la mitad del siguiente periodo presidencial, según lo determine el Acuerdo Presidencial respectivo.

Una vez que expiren los períodos referidos en los párrafos anteriores, los siguientes períodos de los miembros titulares y suplentes del Consejo serán de cinco años, conforme lo establecido en el artículo 15 de la presente Ley.

En todo caso, los miembros suplentes nombrados de conformidad con este artículo, estarán sujetos al procedimiento de ratificación legislativa establecido en la presente Ley.

Art. 78 Traspaso de Acciones o participaciones.

Las acciones o participaciones que, al momento de entrar en vigencia la presente Ley, el Banco Central poseyere en las empresas a las que se refieren el artículo 74, pasarán al Estado por ministerio de la ley.

Art. 79 Aplicación de las Disposiciones relativa a la Integración en

Directorios de Empresas, Instituciones, Comisiones u Órganos.

Los miembros del Consejo Directivo y los funcionarios del Banco que ocupen algún cargo en los directorios y cuerpos colegiados a los que se refiere el artículo 75, cesarán en sus funciones al entrar en vigencia la presente Ley.

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Revisión 0.

Art. 80 Capitalización del Banco Central.

Dentro del periodo de un año, cortado a partir del 1 de enero del año siguiente a la entrada en vigencia de la presente Ley, el Gobierno de la República deberá iniciar la capitalización del Banco Central hasta por el monto necesario para cubrir las pérdidas acumuladas hasta el 31 de diciembre del año en que entre en vigencia esta ley. El Gobierno y el Banco Central negociarán diversas opciones de capitalización, incluso complementarias entre sí, tales como emisión de valores, transferencias directas, asunción de deudas y transferencia de activos, entre otras.

Mientras no se concluya la capitalización referida en el párrafo anterior, no se aplicará el artículo 10 de esta Ley. Para cubrir las pérdidas, el Gobierno deberá incluir en el Presupuesto General de la República el pago de intereses de valores emitidos en concepto de pérdidas operativas, por un monto que sea consistente con los objetivos del Programa Monetario anual y el Programa Económico Financiero. En caso que el flujo de intereses generados por dichos valores no sea suficiente, el Gobierno emitirá valores no negociables que generen el flujo de interés adicional necesario para cumplir con el requerimiento anterior, sin requerirse las regulaciones establecidas en la Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública”.

Para la determinación de la tasa, se utilizará el promedio ponderado de los doce meses anteriores por la captación de depósitos, tanto en moneda nacional como extranjera a plazo de un año.

CAPÍTULO XVI DISPOSICIONES FINALES

Art. 81 Derogación de la Ley No. 317 “Ley Orgánica del Banco Central

de Nicaragua” y del Decreto Ley No. 1-92, “Ley Monetaria”.

Deróguese la Ley No. 317, “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua”, aprobada el 30 de septiembre de 1999 y publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 197 del 15 de octubre del mismo año y el Decreto No. 1-92, “Ley Monetaria”, dictado el 6 de enero de 1992, por el Presidente de la República en virtud de la delegación de facultades legislativas otorgadas por la Asamblea Nacional y publicado en "La Gaceta" No. 2 del 7 de enero de 1992.

Cuando en una ley u otra norma jurídica se haga referencia al Decreto Ley No. 1-92 “Ley Monetaria” o a la “Ley Monetaria” se deberá entender que se refiere a la presente Ley.

Art. 82 Otras Normas Derogadas.

Deróguese el Decreto No. 558, “Ley Constitutiva del Banco Inmobiliario, S.A.”, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 252 de 1 de noviembre de 1980, y

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se declara extinguida su personalidad jurídica. Los activos remanentes de la liquidación del Banco Inmobiliario quedan transferidos al Banco Central de Nicaragua, por ministerio de la presente Ley. Asimismo, deróguese el Decreto No. 616, “Ley Especial de Instituciones para Operaciones Internacionales”, aprobado por el Congreso Nacional el 11 de marzo de 1977, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 61 del 14 de marzo de 1977 y sus reformas, Decreto No. 622, aprobado por el Congreso nacional el 17 de marzo de 1977, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 77 del 1 de abril de 1977 y el Decreto No. 252 L-MEIC aprobado el 1 de abril de 1977 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 91 del 27 de Abril del mismo año.

Art. 83 Vigencia y Publicación.

La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los catorce días del mes de julio del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto. Téngase por Ley de la República. Publíquese y ejecútese. Managua, veintinueve de julio del año dos mil diez. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

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Denominación (C$)

Emisión actual klg

Metal Forma Diámetr

o

Borde Diseño en el anverso

Diseño en el reverso

5 Centavos 2002 Acero revestid

o en Cobre

Circular

Liso Lema nacional,

valor facial y año de emisión

Escudo nacional y nombre del

país

10 Centavos 2002 Acero revestid

o en Latón

Circular

Liso Lema nacional,

valor facial y año de emisión.

Escudo nacional y nombre del

país

25 Centavos 2002 Acero revestid

o en Latón

Circular

Estriado discontin

uo

Lema nacional,

valor facial y año de emisión

Escudo nacional y nombre del

país

50 Centavos 1997 Acero revestid

o en Níquel

Circular

Estriado Lema nacional,

valor facial y año de emisión

Escudo nacional y nombre del

país

1 Córdoba 2007 Acero revestid

o en Níquel

Circular

Estriado Lema nacional,

valor facial y año de emisión

Escudo nacional y nombre del

país

5 Córdobas 2013 Acero revestid

o en Níquel

Circular

Estriado Lema nacional,

valor facial y año de emisión

Escudo nacional y nombre del

país

10 Córdobas 2007 Acero revestid

o en Latón

Circular

Leyenda "BCN"

Andrés Castro

Estrada, valor facial y año de emisión

Escudo nacional y nombre del

país

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Tipos de Monedas Billetes

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Tipos de cambio

La tasa o tipo de cambio entre dos

divisas es la tasa o relación de proporción que existe entre el valor de una y la otra. Dicha tasa es un indicador que expresa cuántas unidades de una divisa se necesitan para obtener una unidad de la

otra. Por ejemplo, si la tasa de cambio entre el euro y el dólar estadounidense (EUR/USD) fuera de 1.4, ello significa que el euro equivale a 1.4 dólares. Del mismo modo, si la tasa se calcula a la inversa

(USD/EUR), ello resulta en una tasa de 0.71, lo cual significa que el dólar equivale a 0.71 euros.

El nacimiento de un sistema de tipos de cambio proviene de la existencia de un comercio internacional entre distintos países que poseen diferentes monedas. Si por ejemplo, una empresa mexicana vende productos a una empresa española, desea cobrar en pesos, por lo que la empresa española deberá comprar pesos mexicanos y utilizarlos para pagar al fabricante mexicano. Las personas y empresas que quieren comprar monedas extranjeras deben acudir al mercado de divisas. En este mercado se determina el precio de cada una de las monedas expresada en la moneda nacional. A este precio se le denomina tipo de cambio.

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División Internacional

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Tipos de cambio promedios de monedas con relación al dólar

estadounidense: Febrero-2015

Ejercicios de Mercado de divisas

Nota: En todos los ejercicios que aparecen a continuación no se incluyen ni las comisiones ni el efecto fiscal.

Moneda Símbolo Compra 1-/ Venta 1-/ YEN JAPONES

LIBRA ESTERLINA

FRANCO SUIZO

EURO

DOLAR CANADIENSE

CORONA SUECA

CORONA NORUEGA

CORONA DANESA

DOLAR AUSTRALIANO

DER.ESPEC.DE GIRO

RUBLO RUSO

HONG KONG DOLAR

SINGAPORE DOLAR

BOLIVIANO BOLIVIA

BAHT THAILANDIA

RUPEE INDIA

WON COREA DEL SUR

NEW TAIWAN DOLAR

YUAN CHINA

SAUDI RIYAL ARABIA

SYRIAN POUND

SHEKEL ISRAELI

UAE DURHAM EMIRATOS

DINAR KUWAITÍ PESO

DOMINICANO NUEVO

PESO MEXICANO

GUARANI PARAGUAY

BOLIVAR FUERTE VENEZOLANO

PESO ARGENTINO

PESO CHILENO NUEVO

SOL PERUANO NUEVO

PESO URUGUAYO NUEVO

REAL BRASIL

PESO COLOMBIANO

DÓLAR BELICEÑO

QUETZAL

COLON TICO

PESO CUBANO

LEMPIRA

SUCRE

JPY

GBP 2-/

CHF

EUR 2-/

CAD

SKR

NKR

DKR

AUD 2-/

SDR 2-/

RUB

HKD

SGD

BOB

THB

INR

KRW

TWD

CNY

SAR

SYP

ILS

AED

KWD

DOP

MXN

PYG

VEF

ARS

CLP

PEN

UYU

BRL

COP

BZD

GTQ

CRC

CUP

HNL

XSU 2-/

118.7500

1.5329

0.9352

1.1349

1.2510

8.3577

7.5898

6.5635

0.7786

1.4125

64.3302

7.7550

1.3553

6.8061

32.5660

62.0498

1101.1655

31.5505

6.2518

3.7515

201.1675

3.8939

3.6729

0.2952

44.6150

14.9214

4756.9550

6.2842

8.6793

622.6945

3.0769

24.5555

2.8200

2424.8160

1.9800

7.6457

530.8785

1.0000

21.5596

1.2463

118.7780

1.5333

0.9358

1.1351

1.2513

8.3613

7.5955

6.5644

0.7789

64.3976

7.7557

1.3557

6.9959

32.5845

62.0698

1103.1655

31.5758

6.2526

3.7521

201.7675

3.8988

3.6731

0.2958

44.8955

14.9277

4766.7255

6.3000

8.6827

623.1645

3.0800

24.6180

2.8211

2426.7190

2.0100

7.6487

542.9285

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En este documento el tipo de cambio de 1,2 USD/EUR significa que hay que pagar 1,2 dólares de los EE.UU. para comprar 1 euro. En el mercado de divisas, sin embargo, dicha cotización puede aparecer así: EURUSD 1,2

1º) Si el 24 de agosto de 2000, el dólar americano cotizaba en Frankfurt a 1,05 euros, en Zurich a 1,6 francos suizos y en Tokio a 125 yenes. Calcular:

a) La cotización en euros del franco suizo y del yen. b) La cotización en francos suizos del euro y del yen c) La cotización en yenes del franco suizo y del euro

Solución a) TCHF/EUR = TCHF/USD ÷ TEUR/USD = 1,6 ÷ 1,05 = 1,5238 CHF/EUR TJPY/EUR = TJPY/USD ÷ TEUR/USD = 125 ÷ 1,05 = 119,05 JPY/EUR

b) TEUR/CHF = 1 ÷ TCHF/EUR = 1 ÷ 1,5238 = 0,6563 EUR/CHF TJPY/CHF = TJPY/USD ÷ TCHF/USD = 125 ÷ 1,6 = 78,125 JPY/CHF

c) TCHF/JPY = 1 ÷ TJPY/CHF = 1 ÷ 78,125 = 0,0128 CHF/JPY TEUR/JPY = 1 ÷ TJPY/EUR = 1 ÷ 119,05 = 0,0084 EUR/JPY

2º) Calcular los tipos a plazo en su forma indirecta con respecto al euro para los plazos de tres y seis meses con relación al dólar, al franco suizo y al yen sabiendo que el tipo de interés en eurolandia es del 4,75% y que los tipos de cambio de contado y los tipos de interés nominales anuales respectivos son los siguientes: a) Dólar americano: 0,925 USD/EUR y el tipo de interés en los EEUU es del 6,7%. b) Franco suizo: 1,52 CHF/EUR y el tipo de interés en Suiza es del 3%. c) Yen japonés: 103,120 JPY/EUR y el tipo de interés en Japón es del 0,50%

Solución

La fórmula a aplicar es:

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Revisión 0.

TF = TA/B x (1 + iA x n/36000) ÷ (1 + iB x n/36000)

a) 3 meses: TF = 0,925 USD/EUR x (1 + 6,7 x 90/36000) ÷ (1 + 4,75 x 90/36000) = 0,929 USD/EUR 6 meses: TF = 0,925 USD/EUR x (1 + 6,7 x 180/36000) ÷ (1 + 4,75 x 180/36000) = 0,934 USD/EUR

b) 3 meses: TF = 1,52 CHF/EUR x (1 + 3 x 90/36000) ÷ (1 + 4,75 x 90/36000) = 1,513 CHF/EUR 6 meses: TF = 1, 52 CHF/EUR x (1 + 3 x 180/36000) ÷ (1 + 4,75 x 180/36000) = 1,507 CHF/EUR c) 3 meses: TF = 103,12 JPN/EUR x (1 + 0,5 x 90/36000) ÷ (1 + 4,75 x 90/36000) = 102,04 JPN/EUR 6 meses: TF = 103,12 JPN/EUR x (1 + 0,5 x 180/36000) ÷ (1 + 4,75 x 180/36000) = 100,98 JPN/EUR

3º) Sabiendo que el tipo de interés en la Eurozona es del 4,75%, calcular el tipo de interés en Suecia, en Noruega y en Canadá sabiendo que la cotización promedio con respecto al euro de dichas divisas tanto al contado como a un plazo de tres meses son las siguientes:

a) Corona sueca: 8,7025 SEK/EUR (contado) y 8,740 SEK/EUR (plazo) b) Corona noruega: 8,1365 NOK/EUR (contado) y 8,480 NOK/EUR (plazo) c) Dólar canadiense: 1,3807 CAD/EUR (contado) y 1,3980 CAD/EUR (plazo)

Solución

La fórmula a aplicar es: TF = TA/B x (1 + iA x 90/36000) ÷ (1 + 4,75 x 90/36000)

a) Suecia: TF = 8,740 SEK/EURTA/B = 8,7025 SEK/EUR ! iB = 6,49% b) Noruega: TF = 8,48 NOK/EURTA/B = 8,1365 NOK/EUR ! iB = 21,84% c) Canadá: TF = 1,398 CAD/EUR TA/B = 1,3807 CAD/EUR ! iB = 9,82%

4º) El tipo de interés libre de riesgo a tres meses en los EEUU es del 7% nominal anual, mientras que en Suiza es del 3% nominal anual. Teniendo en cuenta que el tipo de cambio es de 0,7 USD/CHF:

b) 3 meses: TF = 1,52 CHF/EUR x (1 + 3 x 90/36000) ÷ (1 + 4,75 x 90/36000) = 1,513 CHF/EUR 6 meses:

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Revisión 0.

a) Calcular el tipo de cambio a un plazo de tres meses según la paridad de los tipos de interés. b) Si dicho tipo de cambio a plazo fuese de 0,68 USD/CHF, describa cómo se pueden obtener beneficios a través de un proceso de arbitraje tanto en dólares como en francos suizos.

Solución

a) El tipo trimestral del USD es el 1,75% y el del franco suizo el 0,75% TF = 0,7 USD/CHF x [1,0175/1,0075] = 0,7069 USD/CHF

b) Pido prestado un millón de francos suizos al 0,75% trimestral Cambio los francos suizos por 1.000.000 CHF x 0,7 USD/CHF = 700.000 USD Invierto los dólares al 1,75% trimestral Un trimestre después: Recupero mi inversión: 700.000 USD x 1,0175 = 712.250 USD Cambio los dólares por: 712.250 ÷ 0,68 USD/CHF = 1.047.426,47 CHF Devuelvo el millón de francos suizos más 7.500 de intereses Beneficio: 39.926,47 CHF

5º) Si el tipo de cambio al contado euro-dólar es 1,05 EUR/USD y el tipo de cambio a un plazo de 6 meses es de 1,03 EUR/USD. ¿Cuál es la relación entre las tasas de inflación esperadas entre Eurolandia y los Estados Unidos para el año próximo?

Solución

La prima a plazo es: (1,03 – 1,05) ÷ 1,05 = -1,904% semestral, es decir, en términos anuales -3,808% anual, que según la teoría de las expectativas es igual al aumento del tipo de cambio durante el año próximo. Por otro lado, según la paridad del poder adquisitivo en su forma simplificada dicho aumento del tipo de cambio es igual al diferencial de inflación entre dos países. Así, el diferencial de inflación entre la Eurozona y los Estados Unidos para el próximo año se espera que sea de un -3,808%.

6º) En enero del año pasado los índices generales de precios de los países A y B eran, respectivamente, de 125 y 120. A final de año habían alcanzado los valores de 147 y 165 respectivamente. Si la teoría de la paridad del poder adquisitivo se cumpliera, ¿cuál debería ser el tipo de cambio entre las divisas de ambos países a finales de dicho año, si el valor del mismo en enero era de 3,41 unidades de B por cada unidad de A?

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Revisión 0.

Solución Inflación en el país A: pA = (147 - 125) ÷ 125 = 17,6% Inflación en el país B: pB = (165 - 120) ÷ 120 = 37,5% Aumento del tipo de cambio: tB/A = (37,5 - 17,6) ÷ 1,176 = 16,92% Nuevo tipo de cambio: 3,41 B/A x 1,1692 = 3,99 B/A

7º) Calcular el tipo de cambio a un plazo de dos meses de la libra esterlina con relación al yen sabiendo que: 102,05 JPN = 1 EUR que 0,617 GBP = 1 EUR; que el tipo de interés de los yenes a dos meses es del 0,75% nominal Anual, mientras que el de la libra es de 6,125% nominal anual.

Solución

Tipo de cambio actual: GBP/JPN = 0,617 ÷ 102,05 = 0,006046 GBP/JPN Tipo de cambio a plazo (GBP/JPN): 0,006046 GBP/JPN x [(1 + 6,125 x 60/36000) ÷ (1 + 0,75 x 60/36000)] = 0,0061 GBP/JPN 8º. TV Sat es una empresa española de televisión que debe adquirir un paquete de películas a la MGM americana por valor de 500.000 dólares dentro de seis meses. En la actualidad el tipo de cambio dólar/euro es de 1,05 USD/EUR. Pero el equipo directivo de TV Sat tiene miedo de que el dólar se aprecie a lo largo del semestre. Por ello, suscribe un contrato de divisa aplazo con su banco por el que fija el tipo de cambio USD/EUR para dentro de seis meses en un valor de 1,03 USD/EUR. Señale cuáles serían las pérdidas y ganancias de TV Sat sobre el tipo de cambio a plazo si el precio del euro en dólares en la fecha de expiración toma los valores de: 1,09; 1,06; 1,03; 1,00; 0,97. ¿Cuál sería el valor de mercado del contrato a plazo en la fecha de expiración para los cinco tipos de cambio anteriores?. Solución Si el tipo de cambio a plazo es de 1,03USD/EUR el valor fijado en euros de los 500.000 $ será igual a 485.436,89 !.

El

valor del contrato a plazo para los cinco tipos de cambio anteriores será exactamente igual a los valores mostrados en la tercera columna pero con el signo cambiado. De tal manera que

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se anulen los beneficios/pérdidas del riesgo de cambio con los beneficios/pérdidas del contrato a plazo

Ejercicio

El dueño de la Empresa “La Oportunidad S.A.” requiere de hacer cierre de operaciones al 31

de enero de 2016, actualmente se dedica a la compra-venta de Refrigeradoras y televisores.

El problema radica en que el dueño no tiene idea alguna de la forma de registrar todas

aquellas operaciones relacionadas con la compra de mercancías al extranjero. Ahora, se le

solicita a usted, que le ayude al dueño de la Empresa “La Oportunidad S.A.”.

Las transacciones efectuadas por la Empresa relacionadas con el caso son las siguientes:

1. Se firmó contrato el día 4 de enero de 2016 con la Empresa “Exitosa S.A.” de México, la compra fue de 25 refrigeradoras y tres docenas de televisores a un precio FOB unitario de $ 250 y $ 80 respectivamente (tipo de cambio vigente)

2. El día 8 de enero de 2016, se envió remesa en dólares al proveedor extranjero (México), correspondiente al 50% de la deuda con la “Exitosa S.A.”

3. 15 de enero. La Empresa envió remesa por un monto equivalente al 70% de la deuda

pendiente con la Empresa Mexicana.

4. Se realizó un cierre de balance al 30 de enero de 2016.

5. 31 de enero. se canceló en su totalidad la deuda pendiente con el proveedor extranjero.

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Sistemas De Información Y Bases De Datos

Los sistemas computacionales se utilizaron inicialmente en los negocios para funciones de contabilidad y, como eran funciones imprescindibles, el alto costo de los computadores era fácil de justificar.

A estos primeros sistemas se les llamó sistemas de procesamiento de datos y trataban de imitar los procedimientos manuales existentes.

Al principio, la mayoría de los archivos se almacenaban en cinta magnética, ya que el almacenamiento en disco era todavía caro, y se accedía a los datos de forma secuencial, lo que significa que cada registro puede leerse únicamente

después de haber sido leídos todos los que le preceden. Estos archivos se procesaban por lotes, es decir, todos los registros de un archivo se procesaban al mismo tiempo.

Los archivos se empleaban en distintas aplicaciones. Un programa que realiza una tarea específica es un programa de aplicación y un conjunto de programas que trabajan en tareas relacionadas entre sí se llama sistema de aplicación.

Los archivos secuenciales servían para producir facturas e informes una o dos veces al mes pero para tareas rutinarias se necesitaba acceso directo a los datos (procesar directamente un registro dado). Los operadores debían introducir datos redundantes, lo que requería esfuerzo adicional y aumentaba la probabilidad de error.

Estos problemas se resolvieron parcialmente con la introducción de los archivos de acceso directo, particularmente los archivos secuenciales indexados (ISAM), que permitían la recuperación de registros aleatoriamente. Este tipo de archivos permiten utilizar uno o más campos para identificar un registro.

A finales de los sesenta se produjo la transición del procesamiento de los datos al procesamiento de la información. Se hace una distinción entre datos e información. Por datos se entienden hechos aislados, mientras que información son datos procesados.

Los archivos de acceso directo también tenían una serie de deficiencias:

Redundancia de datos. Como muchas aplicaciones utilizaban sus propios archivos, había algunos datos redundantes, lo que ocasionaba el aumento de introducción de datos y las probabilidades de inconsistencia entre diversas versiones de los mismos.

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Pobre control de datos. El mismo elemento de los datos podía tener diversos nombres según el archivo en que se encontrara, lo cual creaba confusiones.

Capacidades inadecuadas de manipulación de datos. Los archivos secuenciales indexados permitían tener acceso a un registro particular pero no a un conjunto de registros interrelacionados.

Esfuerzo de programación excesivo. Frecuentemente, un nuevo programa requería nuevas definiciones de los archivos que el programador tenía que recodificar, creando así una interdependencia muy fuerte entre los programas y los datos.

Bases de datos

Una base de datos es una colección de

elementos de datos interrelacionados que

pueden procesarse por uno o más sistemas

de aplicación. Un sistema de base de datos

está formado por una base de datos, un

sistema de gestión de bases de datos

(SGBD), así como por el hardware y

personal apropiado. Los sistemas de bases

de datos superan estas limitaciones de los

sistemas orientados a los archivos. Los

datos se controlan por medio de un

diccionario de datos/directorio, que está controlado por los administradores de la base de

datos.

OBJETIVOS

Los objetivos fundamentales de una base de datos son:

Los datos deben estar compartidos. Hay diversas formas que se verán más adelante.

El uso de los datos debe ser controlado. De esta tarea se encarga el sistema de gestión de base de datos (SGBD).

Los datos se integran de una forma lógica, eliminando redundancias, resolviendo ambigüedades en la definición y manteniendo la consistencia interna entre los mismos.

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Modelos

Hay 3 modelos fundamentales:

Jerárquico. Este modelo presume que todas las interrelaciones entre los datos pueden

estructurarse como jerarquías. Los archivos se conectan entre sí mediante punteros físicos

(direcciones físicas que identifican dónde se puede encontrar un registro en disco) o campos

de datos añadidos a los registros individuales. Tiene algunas limitaciones, ya que no todas

las relaciones se pueden expresar de forma jerárquica.

En red. Debido a la necesidad de manipular las interrelaciones, se desarrolló este modelo de

base de datos que maneja relaciones en forma de red en lugar de jerárquicas. También utiliza

punteros físicos.

Relacional. La debilidad que tenían los punteros físicos era que había que definir las

interrelaciones antes de que el sistema fuera puesto en explotación. Codd argumentó que

los datos deberían relacionarse mediante interrelaciones naturales, lógicas, inherentes a los

datos. Propuso un modelo en el que los datos se representarían en tablas constituidas por

filas y columnas, llamadas relaciones. También propuso dos lenguajes para manipular los

datos en las tablas: el álgebra relacional y el cálculo relacional. En los sistemas de bases de

datos relacionales, los archivos se pueden procesar con instrucciones sencillas, sin embargo,

en los sistemas tradicionales se deben procesar de registro en registro

Conteo del Dinero

Los cajeros de banco cuentan el dinero

velozmente y es sorprendente cómo logran

detectar al simple tacto cuando un billete es

falso. ¿Quién no querría tener la misma

habilidad ante tanto efectivo circulando y un

porcentaje de dinero apócrifo?

Es que lo que detrás de la ventanilla se ve, no

es más que la aplicación de una técnica de

ergonométrica y micro movimientos, que se aprende para trabajar en bancos y sirve a los

particulares para transacciones que impliquen algún monto de dinero en efectivo, sean chicas

(como el pago de servicios públicos) o de gran envergadura (como la compra de una casa).

Los pasos para el conteo son los siguientes:

1) Estirar el billete. Nunca se debe contar la plata doblada por la mitad, ya que induce errores.

2) Cuidar lo ergonométrico: el brazo no debe estar en alto al pasar los billetes porque no sólo

produce dolor tensional sino que además, se pierde visualización del billete.

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Revisión 0.

3) Si se es diestro: se debe colocar la mano izquierda en el medio del billete, para que permita

la visualización de aproximadamente 50% del papel. Al revés si es zurdo. “Hay que recordar

que cuando uno cuenta los billetes no sólo cuida los aspectos cuantitativos, sino también

mira la calidad. Si se pone la mano muy en el borde, no se puede detectar rápido un billete

raro, pegado con cinta scotch. Si se coloca muy hacia la izquierda, los billetes se tuercen y

se tarda tiempo.

4) Con la otra mano, se debe mojar el dedo índice y en el extremo derecho superior del billete,

empujarlo con ayuda del pulgar. El resto de los dedos, debe estar retraído y flojo hacia la

palma de la mano.

5) Para pasar cada billete, se debe “caminarlo” entre los dedos índice y mayor

sucesivamente. El meñique, anular y pulgar de esa mano, deben estar retraídos y en contacto

entre sí, contra el billete.

Control del Efectivo

Políticas para el manejo del dinero

De esta manera, establecer políticas sobre el manejo del dinero es esencial desde el inicio de nuestra empresa. Para saber cuánto dinero debemos tener en nuestro cajero al inicio de nuestro trabajo, tenemos que tener en cuenta una serie de factores:

El volumen de operaciones Seguridad del establecimiento y de la zona donde éste se encuentra. Tipo de pago que los clientes realizan.

Por lo general, tardaremos unas semanas antes de saber el dinero idóneo con el que debemos contar en el cajero al inicio de cada día.

Así, por ejemplo, si nuestros clientes tienden a pagarnos con tarjeta o cheque, no necesitaremos tanto dinero en metálico en caja. Eso sí, siempre es bueno contar con un poco más del dinero que crees que vas a necesitar, aunque nunca es bueno pasarse en exceso de esta previsión.

Para mayor seguridad, recuerda que nunca debes acumular mucho dinero en caja. Así, ve con frecuencia a depositar el dinero que sobre en el banco. Si es posible, ve acompañado de alguien. En el caso de que comiencen a ser grandes cantidades de dinero, te recomendamos contratar los servicios de una empresa de transporte de dinero, ya que disminuyes así considerablemente las posibilidades de robo.

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Revisión 0.

Manejo de la Documentación de Caja

Documentación De Caja

Los documentos que intervienen en la gestión de caja son los siguientes:

Ingresos de Caja

Documento probatorio

De trámite interno

De uso particular del cajero

Justifica y documenta ingreso de dinero

Se contabiliza

Finalidad: se emite cuando existen:

1. diferencia a favor en el saldo de caja 2. retiros de dinero de la cuenta bancaria 3. cheques emitidos por la empresa cuyo importe ingresa a la caja.

Egresos de Caja

Documento probatorio

De trámite interno

De uso particular del cajero

Justifica y documenta egreso de dinero

Se contabiliza

Finalidad: se emite cuando:

1. Existe diferencia en contra en el saldo de caja 2. Se realizan pequeñas compras sin documentación que las respalde. (timbres

profesionales, certificados notariales, etc.)

Vale de caja

Documento probatorio

De trámite interno

De uso particular del cajero

Se contabiliza

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Revisión 0.

Finalidad: dejar constancia en caja de un movimiento de dinero que se entrega para una

posterior rendición de cuentas o como adelanto de mayor monto a liquidar. Ejemplo: adelanto de sueldo o haberes, pago de viáticos.

Planilla de Cobranza

Documento probatorio

De trámite interno

No se contabiliza

Se utiliza cuando la empresa tiene un volumen de deudores importante

Ventajas:

1. Permite resumir la cobranza del día en un solo documento. 2. Facilita el control del cobrador. 3. Facilita la registración en el libro de caja. 4. La planilla se arma con anterioridad a la salida del cobrador lo que permite al mismo

tener un plan ordenado racionalmente.

Mecanismo:

EMPRESA

Entrega al Cobrador COBRADOR

Entrega al Cajero CAJERO

Planilla de cobranza Planilla de Cobranza (original y duplicado)

Verifica los importes contra los documentos

Estado de Cuenta de los clientes

Libreta de Recibos Oficiales

Si todo está correcto firma la Planilla y entrega el duplicado a Cobrador

Libreta de Recibos Oficiales

Cheques recibidos y no depositados

Depósitos bancarios realizados

Dinero en efectivo

Planilla de Caja

Documento probatorio

De trámite interno

Sirve para controlar los movimientos de caja y ver la composición de la misma en cualquier momento

Lo completa el cajero

Lo controla un superior diariamente

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Revisión 0.

Facilita el arqueo de caja

Elementos constitutivos: Esta planilla, que no tiene requisitos legales y puede variar

de una empresa a otra, contiene los siguientes datos: 1. fecha 2. saldo anterior 3. concepto 4. número de comprobante. 5. columna de ingresos 6. columna de egresos 7. total de ingresos 8. total de egresos 9. saldo del día

ARQUEO DE CAJA

Es un control que se puede realizar en cualquier momento y más de una vez en el día. Pero siempre es efectuado, al cierre de la caja, por un jefe que deberá controlar si el monto resultante del importe del saldo inicial más los ingresos menos los egreso, coincide con el monto de dinero existente en la caja.

Nominas

Concepto

En una empresa, la nómina es la suma de todos los registros financieros de los sueldos de

los empleados, incluyendo los salarios, las bonificaciones y las deducciones. En la

contabilidad, la nómina se refiere a la cantidad pagada a los empleados por los servicios que

prestaron durante un cierto período de tiempo. La nómina tiene un papel importante en una

sociedad por varias razones.

Desde un punto de vista contable, la nómina es crucial porque los impuestos sobre la nómina

y la propia nómina, afectan considerablemente el ingreso neto de la mayoría de las

empresas, y están sujetos a las leyes y reglamentos.

Toda empresa que se establece o se crea, ya sea en Nicaragua o en cualquier país, siempre

va a tener gastos significativo en sueldo y salario y en impuesto pagados al gobierno o el

estado y, es que la empresa para poder operar en forma efectiva y eficiente va a hacer uso

de empleados u obreros, que vengan a desarrollar diversas actividades ya sea operativa o

administrativa dentro de la misma.

Para la empresa el hecho de tener empleados o trabajadores, le implica lo siguiente:

a. La contratación b. La forma de pago c. La asistencia del trabajador

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Revisión 0.

d. El cálculo de las deducciones e. El pago del salario

Todo lo anterior conlleva que el cómputo y la elaboración de la nómina o lista de raya sea, por lo general, un trabajo complicado y laborioso en el cual se impone la necesidad de establecer procedimiento adecuados que permita desarrollar en el menor tiempo posible existe, además, el interés del trabajador, que debe percibir oportunamente su salario.

NOMINA:

Lista de raya, es la relación por nombre de los trabajadores a quienes deben cubrirse salario

durante cierto periodo de tiempo (semanal, quincenal, mensual), con la indicación de sus

percepciones y las deducciones aplicable a ella, con lo cual se determina el importe del

salario neto a pagar.

Los beneficios sociales y tributos laborales se resumen de la forma siguiente:

Laboral Patronal

Cuota de Seguro Social – Régimen Integral

6.25% sobre salario bruto. Salario máximo a cotizar: C$54,964.00

mensual (Año 2014) C$72,410.00 mensual (Año 2015)

17% sobre salario bruto (Año 2014); 18% (Año 2015);

18.5% (Año 2016); 19% (Año 2017)

Impuesto sobre la

renta

Se le retiene según tabla Arto.

23 Ley de Concertación Tributaria

-

Contribución INATEC - 2% sobre salario bruto Arto. 24 Decreto 40-94 Ley Orgánica del INATEC

Vacaciones

Lo devenga 2.5 días por mes

laborado

Lo paga 2.5 días por mes laborado

Aguinaldo

Lo devenga 2.5 días por mes

laborado

Lo paga 2.5 días por mes laborado a

más tardar el 10 de diciembre de cada año

Indemnización

Lo devenga 1 a 5 meses de acuerdo

al Arto. 45 Código del Trabajo

Lo paga en la liquidación final de

trabajo

Tabla progresiva del IR para personas naturales, de conformidad al Artículo 23 de la Ley de

Concertación Tributaria:

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Revisión 0.

Renta imponible o gravable estratos

Impuesto Base

% Aplicable

Sobre exceso de: De Hasta

C$0.01 C$100,000.00 - 0% -

100,000.01 200,000.00 - 15% C$100,000.00

200,000.01 350,000.00 C$15,000.00 20% 200,000.00

350,000.01 500,000.00 45,000.00 25% 350,000.00

500,000.01 o más 82,500.00 30% 500,000.00

Esta tarifa se reducirá en un punto porcentual cada año, durante los cinco años

subsiguientes, a partir del año 2016. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante

Acuerdo Ministerial, treinta (30) días antes de iniciado el período fiscal, publicará la nueva

tarifa vigente para cada nuevo período.

Para el cálculo de la renta gravable al salario bruto debe deducirse la cuota de cotización de

seguridad social. (Arto. 21 numeral 2 de la Ley de Concertación Tributaria)

Convirtiendo esta tabla en datos mensuales:

Renta imponible o gravable estratos

Impuesto Base

% Aplicable

Sobre exceso de: De Hasta

C$0.01 C$8,333.33 - 0% -

8,333.34 16,666.66 - 15% C$8,333.33

16,666.67 29,166.66 C$1,250.00 20% 16,666.66

29,166.67 41,666.66 3,750.00 25% 29,166.66

41,666.67 o más 6,875.00 30% 41,666.66

Ejemplo:

El Señor Jaime Estévez Lara, es un trabajador que devenga un salario mensual de

C$10,000.00, desempeñándose como asistente administrativo. Para octubre 2014, la

liquidación salarial sería la siguiente:

Deducciones laborales:

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Revisión 0.

INSS Laboral: 10,000 * 6.25% = 625.00

IR: 10,000 – 625 (cuota del INSS) = 9,375 ubicándose en el segundo estrato de la tabla,

procediendo a calcular el IR de la siguiente manera:

9,375 – 8,333.33 = 1,041.67 x 15% = la deducción mensual es de C$156.25.

Patronal:

INSS = 10,000 x 17% = 1,700.00;

INATEC = 10,000 x 2% = 200.00;

Vacaciones = 2.5 días por mes 10,000 ÷ 30 = 333.33 x 2.5 = 833.33;

Aguinaldo = 2.5 días por mes 10,000 ÷ 30 = 333.33 x 2.5 = 833.33

Indemnización:

Cuando el trabajador tiene de 1 a 3 años de laborar para la empresa tiene derecho a un mes por año, es

decir, 2.5 días por mes (30 días entre 12 meses del año)

10,000 ÷ 30 = 333.33 x 2.5 = 833.33

Cuando el trabajador tiene de 3 a más años de laborar para la empresa tiene derecho a 20 días por año, es decir 1.66667 días por mes (20 días entre 12 meses del año) 10,000 ÷ 30 = 333.33 x 1.66667 = 555.55

Registro contable:

- 31 Octubre 2014 -

CUENTAS Parcial DEBE HABER

Gastos de administración……………..

Sueldos y salarios

INSS patronal

INATEC Vacaciones Treceavo mes Indemnización

Nómina por pagar………………

Retenciones por pagar………..

INSS laboral

Impuesto sobre la renta

Gastos acumulados por pagar …….

INSS patronal

INATEC

Vacaciones

Treceavo mes

Indemnización

C$10,000.00

1,700.00

200.00

833.33

833.33

833.33

C$ 625.00

156.25

C$ 1,700.00

200.00

833.33

833.33

833.33

TOTAL

C$14,399.99

C$ 14,399.99

C$ 9,218.75

781.25

4,399.99

C$ 14,399.99

Registrando salario del mes de octubre 2014 del Señor

Jaime Estévez.

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Revisión 0.

- 31 Octubre 2014 - CUENTA

S

Parcial DEBE

HABER Nómina por pagar

Bancos………………

TOTAL

C$ 9,218.75

C$ 9,218.75

C$ 9,218.75 C$ 9,218.75

Registrando pago de salario del mes de octubre 2014 del Señor Jaime Estévez.

Ejercicio para resolver:

Con los datos anteriores aplicarlo al año actual para calcular la Nómina por pagar

Partes de una Nomina

Salario Ordinario Antiguedad INSS IR

1 José Daniel Escobar P. Gerente Genera 17,000.00 1,360.00 18,360.00 1,147.50 1,359.17 2506.67 15,853.33 367.20 3,304.80 1,416.67 1,416.67 1,416.67

2 Evelyn de los Angeles E. Gerente Financiero 16,000.00 960.00 16,960.00 1,060.00 1,090.00 2150.00 14,810.00 339.20 3,052.80 1,333.33 1,333.33 1,333.33

3 Julio Pérez Contador General 9,000.00 360.00 9,360.00 585.00 100.00 685.00 8,675.00 187.20 1,684.80 750.00 750.00 750.00

4

42,000.00 2,680.00 44,680.00 2,792.50 2,549.17 5,341.67 39,338.33 0.00 0.00 893.60 8,042.40 3,500.00 3,500.00 3,500.00

INATEC

2%

DEDUCCIONES

NombreNo

INSSCargo

NETO A

RECIBIR

TOTAL

DEVENGAG

O

TOTAL

DEDUCCI

ONES

Treceavo

Mes

Proporcional

Indemnizacion

ProporcionalNº

TOTALES

DEVENGADOS

PLANILLA CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO 2015

Vacaciones

Proporcion

al

FirmaINSS

patronal

Numero de

Cedula

Salario Total 18,360.00 16,960.00 9,360.00

Menos INSS Laboral 6.25% 1,147.50 1,360.00 360.00

Igual Renta Gravable Mensual 17,212.50 15,600.00 9,000.00

Por Meses Año 12 12 12

Igual Renta Gravable Anual 206,550.00 187,200.00 108,000.00

Restar Sobre Exceso 200,000.00 100,000.00 100,000.00

Igual Renta neta Gravable Anual 6,550.00 87,200.00 8,000.00

Por Procentaje Aplicable 20% 15% 15%

Igual Sub- Total 1,310.00 13,080.00 1,200.00

Más Impuesto Base 15,000.00

Igual IR Anual 16,310.00 13,080.00 1,200.00

Entre Meses Año 1,359.17 1,090.00 100.00

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Revisión 0.

Tipos de Nominas

honorarios: la que está hecha para las personas que son autónomos y/o independientes y declaran sus propios impuestos, (Abogados, Notarios, Registradores, Médicos, etc.,)

comisiones: los que solo reciben sueldo por realizar ventas y se llevan una comisión, en esta el patrón les retiene el impuesto para declararlo a hacienda y ya no tienen que hacer una declaración (a menos de que comisionen más de 300 000 anuales).

sueldos y salarios: son las más comunes y las que prácticamente todos conocen, los conceptos de pagos y de deducciones son múltiples, dando la final un líquido a percibir

Anualidades

Una anualidad es una sucesión de pagos, depósitos o retiros, generalmente iguales, que se realizan en períodos regulares de tiempo, con interés compuesto. El término anualidad no implica que las rentas tengan que ser anuales, sino que se da a cualquier secuencia de pagos, iguales en todos los casos, a intervalos regulares de tiempo, e independientemente que tales pagos sean anuales, semestrales, trimestrales o mensuales.

Cuando en un país hay relativa estabilidad económica, es frecuente que se efectúen operaciones mercantiles a través de pagos periódicos, sea a interés simple o compuesto, como en las anualidades.

Cuando las cuotas que se entregan se destinan para formar un capital, reciben el nombre de imposiciones o fondos; y si son entregadas para cancelar una deuda, se llaman amortizaciones.

Las anualidades nos son familiares en la vida diaria, como: rentas, sueldos, seguro social, pagos a plazos y de hipotecas, primas de seguros de vida, pensiones, aportaciones a fondos de amortización, alquileres, jubilaciones y otros, aunque entre unas y otras existen distintas modalidades y también muchas diferencias.

Sin embargo, el tipo de anualidad al que se hace referencia designa generalmente a la anualidad de inversión, que incluye interés compuesto, ya que en otras clases de anualidad no se involucra el interés.

Elementos de una anualidad

En una anualidad intervienen los siguientes elementos:

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Revisión 0.

Renta: Es el pago, depósito o retiro, que se hace periódicamente. Renta anual: Suma de los pagos hechos en un año. Plazo: Es la duración de la anualidad. El número de veces que se cobra o se paga la

renta. Periodo de pago: Es el tiempo que transcurre entre un pago y otro.

Fórmulas de Interés Simple

I = C * t * i

VF =C (1 + i * t)

C =VF (1 + i * t)-1

VF = C + I

I = interés; VF = valor futuro; C = Capital; i = tasa.

Calcular el interés simple comercial de:

a. $2.500 durante 8 meses al 8%. b. C = $2.500 t = 8 meses i= 0,08

I = 2.500 * 8 * 0.08 =$133,33 Respuesta

12

I =$60.000 t =63 días i =0,09

I =60.000 * 63 * 0.09=$ 945 Respuesta

360

c. $60.000 durante 63 días al 9%.

C =12.000 t =3 meses i =0,085

I =12.000 * 3 * 0.085= $ 255 Respuesta

12

d. $12.000 durante 3 meses al 8½ %. e. $15.000 al 10% en el tiempo transcurrido entre el 4 de abril y el 18 de septiembre.

Del mismo año.

C =$15.000 i =0,10 t =167 días

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60

Revisión 0.

I =15.000 * 0.10 * 167=$ 695,83 Respuesta

360

Calcular el interés simple comercial de:

a. $5.000 durante 3 años 2 meses 20 días al 0,75% mensual. b. C = 5.000 i = 0,0075 t =116 meses

3

3años *12 meses =36 meses + 2 meses = 38 meses + (20dias * 1 mes)= 116 meses

1 año 30 días

I =5.000 * 38,67 * 0,0075 =1.450 Respuesta

Nota: Fíjese que en este ejercicio la tasa esta expresa de en meses por lo que debe transformarse el tiempo también a meses

c. $8.000 durante 7 meses 15 días al 1,5% mensual.

C = $8000 t =7,5 i = 0,015

7 meses + 15 días * 1 mes =7,5 meses

30 días

I = 8.000 * 7.5 * 0,015=$900. Respuesta

2. Un señor pago $2.500,20 por un pagaré de $2.400, firmado el 10 de abril de 1996 a un con 41/2 %de interés. ¿En qué fecha lo pagó?

VF = 2.500,20

C =2.400

i = 0.045

t =?

VF = C (1 + i * t)

2.500,20 = 2400 (1 + 0,045 * t)

0,04175=0,045 t

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Revisión 0.

t = 0,9277 años Respuesta 10 de marzo de 1997

Amortización

La amortización es un término económico y contable, referido al proceso de distribución en el tiempo de un valor duradero. Adicionalmente se utiliza como sinónimo de depreciación en cualquiera de sus métodos.

Se emplea referido a dos ámbitos diferentes casi opuestos: la amortización de un activo y la amortización de un pasivo. En ambos casos se trata de un valor, con una duración que se extiende a varios periodos o ejercicios, para cada uno de los cuales se calculan una amortización, de modo que se reparte ese valor entre todos los periodos en los que permanece.

Amortizar es el proceso financiero mediante el cual se extingue, gradualmente, una deuda por medio de pagos periódicos, que pueden ser iguales o diferentes.

En las amortizaciones de una deuda, cada pago o cuota que se entrega sirve para pagar los intereses y reducir el importe de la deuda.

Formula de Amortización

Cuota= principal*i/[1-[1+i]^-n]

i=interés

n=número de pagos

Amortización Financiera

Desde el punto de vista financiero, se entiende por amortización, el reembolso gradual de una deuda. La obligación de devolver un préstamo recibido de un banco es un pasivo, cuyo importe se va reintegrando en varios pagos diferidos en el tiempo. La parte del capital prestado (o principal) que se cancela en cada uno de esos pagos es una amortización. Los métodos más frecuentes para repartir el importe en el tiempo y segregar principal de intereses son el sistema Francés, Alemán y el Americano. Todos estos métodos son correctos desde el punto de vista contable y están basados en el concepto de interés compuesto. Las condiciones pactadas al momento de acordar el préstamo determinan cuál de los sistemas se utilizará.

El sistema Francés consiste en determinar una cuota fija. Mediante el cálculo apropiado del interés compuesto se segrega el principal (que será creciente) de los intereses (decrecientes).

En el sistema Alemán, o sistema de cuota de amortización fija, la amortización de capital es fija, por lo tanto los intereses y la cuota total serán decrecientes. Se caracteriza porque el interés se paga de forma anticipada en cada anualidad.

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Revisión 0.

El sistema Americano establece una sola amortización única al final de la vida del préstamo. A lo largo de la vida del préstamo solo se pagan intereses. Al no haber pagos intermedios de capital, los intereses anuales son fijos. En si son el contrario de la depreciación.

Métodos de amortización

Amortización constante, lineal o de cuota fija: cada año se asigna la misma cuota de amortización

Amortización decreciente con porcentaje constante sobre el valor pendiente de amortizar

Amortización decreciente por suma de dígitos. Se asigna un dígito a cada año de la vida útil, la cuota anual de amortización será el resultante de aplicar el cociente entre ese dígito y la suma de todos al valor amortizable.

Amortización decreciente por progresión aritmética decreciente Amortización progresiva Amortización variable Amortización acelerada.

Una entidad financiera concede un préstamo de 6.000.000 ptas. por un plazo de 5 años,

con cuotas de amortización semestrales y con un tipo de interés anual del 12%.

Calcular:

a) Cuota constante de amortización

b) Importe que corresponde a la amortización de capital y a los intereses

c) Evolución del saldo vivo y del capital amortizado

SOLUCIÓN

1.- Cuota constante de amortización

Primero se calcula el tipo semestral equivalente:

(1 + i) = (1 + i2)^2

luego, i2 = 5,83%

Una vez conocido el tipo semestral, pasamos a calcular el valor de Ao (valor actual de una renta unitaria, pospagable, de 10 semestres de duración, con un tipo de interés semestral del 5,83%)

Ao = (1 - (1 + i)^-n)/ i

luego, Ao = (1 - (1 + 0,0,583)^-10)/ 0,0583

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Revisión 0.

luego, Ao = 7,4197

A continuación se calcula el valor de la cuota constante

luego, M = 6.000.000 / 7,4197

luego, M = 808.655 ptas.

Por lo tanto, la cuota constante anual se eleva a 808.655 ptas.

2.- Parte de la cuota correspondiente a amortización de principal y a intereses:

Comenzamos calculando la amortización de capital correspondiente al primer periodo

Sabemos que I1 = Co * i * t

luego, I1 = 6.000.000 * 0,0583 * 1

luego, I1 = 349.800 ptas.

Ya podemos despejar AM1 de la fórmula AM1 = M1 - I1

luego, AM1 = 808.655 - 349.800

luego, AM1 = 458.855 ptas.

El resto de las amortizaciones de capital se pueden calcular aplicando la siguiente fórmula:

AMk = AM1 * (1 + i)^k-1

También vamos a calcular el importe que representan los intereses dentro de cada cuota:

Partiendo de la fórmula Ms = AMs + Is

se despeja Is = Ms - AMs

Periodo Amort. de capital Intereses

1° semestre 458.855 349.800

2° semestre 485.606 323.049

3° semestre 513.917 294.738

4° semestre 543.878 264.777

5° semestre 575.587 233.068

6° semestre 609.143 199.512

7° semestre 644.656 163.999

8° semestre 682.240 126.415

9° semestre 722.014 86.641

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Revisión 0.

10° semestre 764.108 44.547

Suma 6.000.000

La suma de todas las amortizaciones de capital coincide con el importe inicial del préstamo. Por otra parte, la suma en cada periodo de la parte de amortización de capital y de los intereses coincide con el importe de la cuota constante.

3.- Saldo vivo del préstamo y capital ya amortizado en cada periodo:

Se aplican las fórmulas:

Ss= Co - S Ak

CAs = S Ak

Periodo Saldo vivo Capital amortizado

Periodo 0 6.000.000 0

1° semestre 5.541.145 458.855

2° semestre 5.055.539 944.461

3° semestre 4.541.622 1.458.378

4° semestre 3.997.744 2.002.256

5° semestre 3.422.157 2.577.843

6° semestre 2.813.014 3.186.986

7° semestre 2.168.358 3.831.642

8° semestre 1.486.118 4.513.882

9° semestre 764.108 5.235.896

10° semestre 0 6.000.000

Hoja de Calculo

Las Anualidades

En este punto, no debe sorprendernos que la variable PAGO de las funciones del valor del

dinero en el tiempo de Excel muestre el nivel de las anualidades. Además, Excel ofrece otra

función para encontrar los niveles de las anualidades, dados los valores de las otras

variables: PAGO (tasa;nper;va;vf). Así, podemos determinar la corriente de ahorro que ofrece

un fondo futuro de jubilación de 500.000 al cabo de 50 años escribiendo =PAGO (0,10;

50;0;500000), lo que nos da la respuesta de -429,59. Observe que escribimos 0 para el VA

porque nuestra cuenta de ahorros comienza sin fondos.

(Introdúzcase en la tabla Excel)

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Revisión 0.

tipo de interés (tasa) 0,1

periodo (nper) 50

valor actual (va) 0

valor futuro (vf) 500000

pago -429,59 pta

El Valor Actual de las Anualidades

Examinar un préstamo hipotecario a 30 años con 360 pagos mensuales de 1.028,61 cada

uno, cuando el tipo de interés es del 1 por ciento anual. El valor actual de esta anualidad =VA

(0,01; 360;1028,61;0), lo que (excepto un trivial error de redondeo) equivale a 100,00.

También podemos establecer el saldo del préstamo a los 10 años, cuando quedan 240 pagos

pendientes, como VA (0,01; 240;1028,61;0) = 93.417,76.

El Valor Futuro de las Anualidades

Con nuestras calculadoras financieras hemos verificado que una anualidad de 3.000 a 4 años

invertida al 8 por ciento tiene un valor futuro de 13.518 (véase la Figura 4-12 del libro).

También puede confirmar este valor en la hoja de cálculo escribiendo =VF(0,08;4;3000;0).

Las Anualidades Prepagables

Excel calcula el valor de las anualidades al principio del periodo si se añade un 1 más al final

de la función (“tipo” en el asistente). Por ejemplo, acabamos de calcular el valor actual de

360 pagos hipotecarios mensuales. Ahora, suponga que el primer pago se produce

inmediatamente, y no al cabo de 1 mes. En otras palabras, las cuotas son una anualidad

prepagable. En este caso, el valor actual se escribe = VA (0,01;360;1028,61;0;1), lo que

suma 101.000 redondeando, exactamente un 1 por ciento más que el valor de los pagos

como anualidad común. De manera similar, el valor futuro de la anualidad de 3.000 a 4 años

que acabamos de examinar también es mayor si el primer pago se hace de inmediato. Como

anualidad prepagable, el valor futuro es =VF (0,08;4;3000;0;1) = 14.600, esto es, un 8 por

ciento superior al valor futuro de la anualidad común.

Calcule el número de pagos de una anualidad en Excel

Para partir inicialmente con anualidades hay que tener en cuenta que un fondo de amortización es el monto acumulado por una anualidad conformada por rentas periódicas que devengan interés, cuyo objetivo es acumular el importe necesario para cancelar una deuda, una obligación u otro compromiso adquirido en el pasado. Los fondos de amortización son usados para redimir la emisión de bonos, reemplazar activos, cancelar deudas con vencimientos futuros, etc. Se dice que un documento que causa intereses está amortizado cuando todas las obligaciones contraídas (tanto capital como intereses) son liquidadas mediante una serie de pagos (generalmente iguales), hechas en intervalos de tiempo iguales.

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Revisión 0.

La Amortización es el proceso financiero por el cual se extinguen progresivamente una deuda y los intereses generados por medio de pagos periódicos.

Esta vez calcularemos el número de pagos de una anualidad utilizando la función NPER:

Número de Pagos (NPER).- Devuelve el número de pagos en una anualidad vencida o anticipada y una tasa efectiva periódica que no varía durante el plazo de la anualidad. Puede calcularse en función a su valor actual (va) o de su valor futuro (vf).

•Sintaxis

NPER(tasa; pago; va; vf; tipo)

• Ejemplo 01.

Con cuantas cuotas mensuales vencidas y anticipadas, pueden cancelarse un préstamo de $10000 el mismo que devenga una tasa efectiva anual del 26% y se amortizará con pagos uniformes de $2820.12 cada 30 días.

Tasa efectiva anual: 26% Tasa efectiva mensual: 26%/12 Renta uniforme: $ –2820.12 Importe del préstamo: $ 10000 Valor final: $ 0 Tipo 0 / 1

Ejemplo 02.

Con cuantas cuotas trimestrales vencidas y anticipadas, pueden cancelarse un préstamo de $13000 el mismo que devenga una tasa efectiva trimestral del 8% y se amortizará con pagos uniformes de $1500 cada 90 días.

Tasa efectiva trimestral: 8% Renta uniforme: $ –1500 Importe del préstamo: $ 13000 Valor final: $ 0

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Revisión 0.

Tipo 0 / 1

Amortizar significa extinguir gradualmente una deuda o un préstamo a través de pagos periódicos. El objetivo de una tabla de amortización es especificar el detalle de cada uno de los pagos hasta la liquidación total del préstamo.

Es muy probable que alguna vez hayas visto una tabla de amortización, especialmente si te has acercado a una institución bancaria para solicitar un crédito de auto o un crédito hipotecario. Generalmente el asesor del banco te preguntará el monto y la duración deseada del crédito y de inmediato te mostrará una tabla con el desglose de los pagos a realizar.

El asesor no hace los cálculos manualmente en el instante sino que utiliza un sistema computacional desarrollado para ese fin. Nosotros también podemos automatizar este tipo de tareas al crear una tabla de amortización en Excel y de esa manera conocer fácil y rápidamente la cantidad de pagos a realizar y así como los montos exactos destinados al pago de intereses y al pago de capital.

Variables para el cálculo

Para poder crear la tabla de amortización en Excel debemos tener al menos la siguiente información:

Monto del crédito: Es indispensable conocer el monto del préstamo. Esta es la cantidad neta otorgada por la institución financiera al aprobarnos un crédito.

Tasa de interés: No solo debemos cubrir el monto total del crédito sino también la tasa de interés cobrada por la institución financiera ya que es la manera como obtienen ganancias por la prestación de dicho servicio. Generalmente encontraremos especificada la tasa de interés de forma anual.

Número de pagos: Es necesario establecer el número de pagos que deseamos realizar para cubrir nuestra deuda. Es una práctica muy común establecer una cantidad de pagos mensuales (en bloques anuales): 12, 24, 36, 48, etc.

Como regla general, entre mayor sea el número de pagos a realizar, menor será el monto de cada uno de los pagos mensuales, pero el interés a pagar será mucho mayor. Si esta aseveración no te queda muy clara, seguramente lo estará una vez que hayamos creado nuestra tabla de amortización en Excel y podamos analizar diversos escenarios para un crédito.

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Revisión 0.

Cálculo del monto de pago

Una vez que tenemos las variables previamente mencionadas podremos calcular el monto de cada uno de los pagos mensuales utilizando la función PAGO de Excel. Esta función tiene tres argumentos obligatorios y que son precisamente nuestras variables: Tasa de interés para cada período, número total de pagos, y monto del crédito.

Suponiendo que vamos a solicitar un crédito por un monto de $150,000 y que tenemos una tasa de interés anual del 12% y queremos realizar 24 pagos mensuales. La fórmula que debemos utilizar para calcular el pago mensual será similar a la siguiente:

=PAGO(1%,24,-150000)

La institución financiera nos proporcionó el dato de 12% de interés anual, pero para la función PAGO necesita utilizar la tasa de interés para cada período, que en este caso es mensual, así que debo hacer la división entre 12 para obtener el resultado de 1% de interés mensual. El segundo argumento de la función es el número de mensualidades en las que pagaremos el rédito y finalmente el monto del crédito. Observa el cálculo del pago y la fórmula implementada al leer los valores de los argumentos de las celdas en la columna B:

Para nuestro ejemplo ha quedado un pago de $7,061.02 que tendremos que hacer durante 24 meses para saldar nuestra deuda.

Creación de la tabla de amortización

La tabla de amortización en Excel será el desglose de cada uno de los pagos mensuales para conocer el monto exacto destinado tanto al pago de intereses como al pago del capital de nuestra deuda. El cálculo de pago de intereses lo haremos con la función PAGOINT de Excel. Esta función utilizará los mismos argumentos que la función PAGO pero agregará un cuarto argumento para indicar el número de período para el cual deseamos calcular el monto del interés a pagar.

Utilizando nuestro ejemplo de préstamo, calcularemos el interés a pagar en el primer período utilizando una fórmula como la siguiente:

=PAGOINT(1%,1,24,-150000)

Compara esta fórmula con la función PAGO de la sección anterior y verás que la única diferencia es que el segundo argumento indica el período que deseamos calcular, que en

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Revisión 0.

este caso es el primer período. Para obtener el interés a pagar en cada uno de los 24 pagos podemos implementar una tabla como la siguiente:

Observa que la fórmula de la celda E2 hace referencia a las variables de la columna B y las he colocado como referencias absolutas porque deseo que dichas referencias permanezcan fijas al momento de copiar la fórmula hacia abajo. El segundo argumento de la función PAGOINT hace referencia a la columna D que es precisamente donde se encuentra el número de pago correspondiente.

Por el contrario, para obtener el monto que se abona mes a mes a nuestra deuda, debemos utilizar la función PAGOPRIN de Excel. La sintaxis de esta función será prácticamente idéntica a la de la función PAGOINT. Considera la siguiente fórmula que nos ayuda a obtener el pago a capital para el primer período:

=PAGOPRIN(1%,1,24,-150000)

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Revisión 0.

De esta manera calcularemos el monto de nuestro pago mensual que estará destinado al pago de capital de nuestra deuda. De igual manera, el segundo argumento de la función indica el número de período para el cual estamos haciendo el cálculo. Observa el resultado al incluir esta fórmula en nuestra tabla utilizando las variables previamente definidas:

Si revisas con detenimiento verás que la suma del pago de interés y pago a capital para todos los períodos nos da el total obtenido con la función PAGO. De esta manera podemos deducir que estas tres funciones son complementarias: La suma del resultado de las funciones PAGOINT y PAGOPRIN siempre será igual al resultado de la función PAGO.

Para finalizar nuestra tabla de amortización podemos agregar algunas columnas adicionales, por ejemplo el saldo en cada uno de los períodos:

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Revisión 0.

El saldo es el monto del crédito menos la suma de todos los pagos a capital realizados hasta el momento. El saldo se va reduciendo con cada pago aunque no es una reducción constante ya que al inicio pagamos más interés que al final pero en el último pago llegamos a liquidar el total del monto del crédito.

Como tal vez ya lo imaginas, si queremos cambiar nuestra tabla de amortización para tener 36 pagos mensuales será necesario agregar manualmente los nuevos registros y copiar las fórmulas hacia abajo. Es por eso que una mejor solución para crear una tabla de amortización en Excel es utilizar una macro para generar automáticamente la tabla.

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Revisión 0.

Actividad de Aprendizaje

a. Elabore un cuadro sinóptico del contenido de esta unidad

b. En grupo de 5 expondrán el contenido del cuadro sinóptico.

c. Elaborar un resumen la relación de la ética en el trabajo del cajero con las relaciones

humanas, atención al cliente y la calidad en el servicio.

d. Aplicar un debate de la ley de banco y la relación del trabajo del cajero general.

e. Elabore un ejemplo de los tipos de anualidad y amortización estudiada en clase aplicando

Excel.

f. Elabore un ejemplo de nómina con 10 trabajadores aplicando la legislación vigente

estudiada en clase aplicando Excel

Autoevaluación

¿Que comprender la ley orgánica del banco central de Nicaragua?

¿Qué entiendes por caja chica?

Enumere algunos tipos de moneda que conoce

¿Qué es una nómina?

Enumere sus partes

Describa los conceptos de anualidad y amortización

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Revisión 0.

Unidad II. Transacciones en Moneda Nacional y Extranjera.

Objetivo de la Unidad: Efectuar las transacciones en moneda nacional y

extranjera de acuerdo a las normas legales e institucionales vigentes

Definición de Control Interno.

La importancia de tener un buen sistema de control interno en las organizaciones, se ha incrementado en los últimos años, esto debido a lo práctico que resulta al medir la eficiencia y la productividad al momento de implantarlos; en especial si se centra en las actividades básicas que ellas realizan, pues de ello dependen para mantenerse en el mercado.

Es bueno resaltar, que la empresa que aplique controles internos en sus operaciones, conducirá a conocer la situación real de las mismas, es por eso, la importancia de tener una planificación que sea capaz de verificar que los controles se cumplan para darle una mejor visión sobre su gestión.

Por consiguiente, el control interno comprende el plan de organización en todos los procedimientos coordinados de manera coherente a las necesidades del negocio, para proteger y resguardar sus activos, verificar su exactitud y confiabilidad de los datos contables, así como también llevar la eficiencia, productividad y custodia en las operaciones para estimular la adhesión a las exigencias ordenadas por la gerencia. De lo anterior se desprende, que todos los departamentos que conforman una empresa son importantes, pero, existen dependencias que siempre van a estar en constantes cambios, con la finalidad de afinar su funcionabilidad dentro de la organización.

Control interno

Es un plan de organización de todos los métodos coordinados con la finalidad de Proteger los activos, Verificar la exactitud y confiabilidad de la información financiera y Promover la eficiencia de las operaciones.

Clasificación de control

interno:

Control interno administrativo y Control interno contable.

Control interno administrativo: métodos, medidas y procedimientos que tienen que ver fundamentalmente con la eficiencia de las operaciones y con el cumplimiento de las medidas administrativas impuestas por la gerencia.

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Revisión 0.

Control interno contable: métodos, medidas y procedimientos que tienen que ver

principalmente con la protección de los activos y a la confiabilidad de los datos de contabilidad.

Todo sistema de control interno debe contener las siguientes

características:

Organización de manera tal que se pueda diferenciar la autoridad y la responsabilidad relativas a las actividades de la empresa.

Autorización y registro operacional de manera que sea de la atribución del departamento de contabilidad el hacer los registros de las informaciones y de mantener el control

Eficiencia para evitar que en determinado tipo de operaciones intervengan cuando menos tres (3) persona para evitar fraude.

Control Interno del Efectivo.

Lo constituye una serie de procedimientos bien establecidos, con el propósito de monitorear todas las actividades de la Empresa, que puedan afectar el manejo del efectivo. Estos procedimientos tienen por objetivo salvaguardar los activos, garantizando la exactitud y confiabilidad de los registros mediante:

División del trabajo Delegación de autoridad Asignación de responsabilidades Promoción de personal eficiente Identificación del personal con las políticas de la Empresa.

El efectivo es el dinero que mantiene toda empresa en su cuenta de caja o en forma de depósito en un banco comercial. Valores en moneda curso legal o su equivalente contenido por:

Efectivo en caja Cuentas bancarias

Las medidas de control interno de efectivo están orientadas a reducir los errores y pérdidas.

La recepción del efectivo, puede hacerse por tres vías:

Operaciones en el mostrador (ventas) Ingresos ejecutados por cobradores Remesas por correos

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Revisión 0.

Podemos establecer que el área de efectivo comprende:

Caja y Banco

La caja se divide en dos:

Caja chica Caja general

La caja chica es el fondo que la empresa emplea para los gastos menores dentro de la

misma que no requiere uso de un cheque.

El Control Interno de la Caja Chica debe hacerse, tomando en cuenta lo

siguiente:

Deberá establecerse un límite máximo para los pagos a realizarse por caja chica. Los que excedan dicho límite, se deberán pagar con cheques.

Esta cuenta sólo se moverá cuando se decida aumentar o disminuir el fondo, o para su eliminación.

Debe haber una sola persona responsable de la caja chica. La persona responsable de la caja chica, no debe tener acceso a la Contabilidad, ni a

los Cobros, ni a la Caja Principal. La reposición del fondo se hará mediante cheque a favor de la persona responsable

del mismo. El fondo se cargará a cada una de las cuentas de gastos o de costos, según se

especifique en los comprobantes pagados por la Caja Chica.

Los comprobantes impresos, numerados correlativamente, deberán estar aprobados previamente por otra persona autorizada y especificaran en cifras y letras, el monto pagado.

Denominación de moneda de curso legal.

Córdoba nicaragüense, unidad monetaria de curso legal en Nicaragua dividida en 100

centavos.

Su código ISO 4217 es NIO. Su circulación es controlada por el Banco Central de

Nicaragua

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Recursos Tecnológicos Bancarios

Contadoras de billetes

Las contadoras de billetes de banco están disponibles en muchas versiones. La variedad de estos dispositivos va desde máquinas simples para el conteo de billetes de banco preclasificados, hasta las contadoras valorizadoras para el conteo y la valorización de billetes mezclados. Sistemas de detección de falsificaciones son integrados, y ya pertenecen desde mucho tiempo atrás, a las señales estándar de las contadoras de billetes.

Por la aplicación de un contador de billetes es capaz de hacer el contacto diario con el dinero en efectivo mucho más fácil. Así, este contribuye a una facilitación del trabajo explícita. Al lado de procesos de conteo puros los billetes de banco también pueden ser contados en bultos, clasificados y añadidos con velocidades de hasta 1.800 billetes por minuto. A base de materiales de alta calidad la máquina para contar billetes son iguales a cargas fuertes a largo plazo.

Donde quiera que muchos billetes deben ser contados, las máquinas contadoras de billetes cargan este trabajo y hacen el contacto con el dinero efectivo más rápido y más exacto. Velocidades de procesamiento de más de 1.000 billetes por minuto documentan este hecho de modo impresionante. Además, las máquinas contadoras de billetes con funciones integradas de detección de la autenticidad ofrecen la protección contra billetes de banco falsificados.

Para contar los billetes del banco es esencial a emplearse con las varias posibilidades de aplicación de contadoras billetes. Estas máquinas frecuentemente unen numerosas funciones en un solo dispositivo: conteo del número de piezas de billetes, funciones de adición para la acumulación de varios resultados de conteo, funciones para la detección de dinero falso (ultravioleta, magnetismo, infrarrojo, hilo de seguridad magnético, tintas magnéticas, etc.), conteo y valorización de billetes mixtos para el conteo de valor, funciones detectoras de billetes dobles, pegados o de calidad mala, etc. Con lo mismo, las contadoras billetes pertenecen al tipo de los dispositivos multioperacionales y se hacen indispensables para la vida diaria del tratamiento del efectivo.

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Contadora de Monedas

El tema del tratamiento de dinero efectivo principalmente incluye los tres objetos siguientes: El tratamiento de billetes de banco por una contadora de billetes p. ej., el tratamiento de monedas y la detección de billetes falsos. Las máquinas para contar monedas conducen como el nombre ya dice al tratamiento de monedas. Con altas velocidades grandes cantidades de monedas pueden ser automáticamente contadas y proporcionadas como bultos particulares según deseo. Un contador de moneda es ante todo necesario si las capacidades, que deben ser contadas, no admiten un tratamiento a mano más. Así, la automatización muestra los efectos habituales: Reducción de errores de cálculo, ahorros de coste y de tiempo y descargo del usuario.

Cada uno que trata mucho dinero efectivo sabe el problema: las monedas causan la mayor parte de trabajo con cuentas, provisión y transporte con un valor comparativamente bajo. Según la cantidad de moneda las contadoras de monedas hacen la vida más fácil. Varios dispositivos con velocidades de tratamiento diferentes, diferentes insumos y outputs acerca de los saltadores y apiladores descargan los usuarios. Según las capacidades y ciclos de cantidades de moneda el dispositivo conveniente se encuentra para cada necesidad para dinero en caja más exacto y un tratamiento en efectivo perfecto.

El tratamiento de monedas está técnicamente relativamente complejo. Por lo tanto, se requiere tecnologías avanzadas a ser capaz de contar y clasificar monedas. Máquinas de contar monedas son capaces de hacer este rápidamente y fiablemente. Según el sistema ellos disponen de funciones adicionales diferentes, como por ejemplo las paradas de moneda, la detección de autenticidad vía reconocimiento de aleación, la clasificación de monedas extranjeras etc. Así, las máquinas de contar monedas están disponibles con equipos diferentes. Según la cantidad de monedas y la intensidad de tratamiento modelos diferentes son recomendados cuyas velocidades de conteo y funciones de clasificación son ajustables individualmente para cada caso de necesidad

Detector de Billetes falsos

Hay sólo pocos sectores donde un usuario tiene que confiar en el fabricante como con detectores de billetes falsos. Hay detectores de billetes falsos que tienen que pasar pruebas por el Banco Central Europeo para ofrecer un máximo en fiabilidad y seguridad al usuario. Sólo si el Banco Central como un instituto independiente da testimonio un 100% reconocimiento de billetes falsos a un detector monetario, el producto garantiza la protección contra billetes falsos.

Cada uno, que usa detectores de billetes para comprobar billetes de banco directamente en el punto de aceptación,

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Revisión 0.

tiene que confiar en el dispositivo. Para asegurar un estándar de alta calidad de detectores de billetes, el Banco Central ofrece pruebas a fabricantes de tales dispositivos para conseguir una auditoría profesional. Por eso, hay detectores electrónicos que fueron certificados por el Banco Central Europeo. Así, un grado máximo de la seguridad es garantizado a los clientes.

Señales de seguridad modernas de Euro-billetes

Detección de la señal magnética: los Euro-billetes actuales están equipados con áreas magnéticas, que pueden ser comprobadas por sensores apropiados.

Detección de la señal infrarroja: Uno de los métodos de detección más seguros es el descubrimiento infrarrojo. Los sensores infrarrojos exploran la superficie de billetes de banco y comprueban la existencia así como las características de las señales infrarrojas.

Detección del código magnético: La señal más segura de Euro-billetes corrientes es el llamado código magnético. Se encuentra en el hilo metálico a la mitad de cualquier billete de banco. Este código asemeja a un código Morse y permite tanto comprobar billetes de banco como descubrir su valor (p. ej. 5 Euros)

Comprobantes de Egresos

El comprobante de egreso es el

soporte de las salidas de dinero de

la empresa, estos formatos

pueden ser en excel o de un

programa de contabilidad, no se

requiere mandar a comprar

excepto que la empresa lo requiera

por el diseño.

El comprobante de egreso para

efectos de control debe contener los siguientes datos.

1. Espacio para la copia del cheque (Si se maneja en formato distinto al programa contable)

2. Razón social de la empresa con el respectivo nit o cédula

3. Consecutivo del comprobante (No es el número de cheque)

4. Código de la cuenta contable

5. Concepto por el cual se está haciendo el pago, este puede ser pago de facturas, compras

o reembolso de caja menor.

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6. Clasificar si es de naturaleza débito o crédito

7. Colocar el número del cheque (este se encuentra arriba de donde se coloca el valor en

números) puede ser todo el numero con la letra o los 4 últimos dígitos. O se coloca X en

efectivo si se va a pagar en efectivo

8. Nombre y número de identificación del beneficiario del pago, si es un reembolso de caja

menor se coloca el nombre del responsable de la caja menor.

9. Debe ir firmado por la persona que prepara el egreso, quien lo revisa, quien lo aprueba y

quien lo contabiliza, para efectos de control

10. Hacer firmar a la persona que recibe el cheque o el dinero con su respectivo número de

documento de identidad y si es empresa debe tener el sello de la misma.

Sería bueno manejar dos tipos de comprobantes con sus respectivos consecutivos como

para tener un mejor control de los pagos en cheques y de efectivo, aclaro que no es

necesario.

El cheque

El cheque, es un documento de valor

comercial muy importante en el sector

financiero y económico, porque con él se

pueden hacer muchas transacciones con

terceros hasta con las mismas entidades

financieras, por ello la gran importancia de

darle un manejo adecuado para evitar

inconvenientes y posibles sanciones por

devoluciones o rechazos de este pago.

El cheque es un documento que genera una orden de pago a la vista puede tener los sellos

que quieran de pos fechados pero en realidad el pos fechado es una figura más comercial

que financiera ya que cuando le presentan al cajero del banco el cheque el lo debe pagar.

Ejemplo de posfechado:

Cuando te entregan un cheque con fecha de hoy pero la empresa le coloca un papelito

diciendo por favor cobrar en 8 días, esto realmente es solo por respeto comercial y para no

dañar la reputación o manejo de la cuenta de la persona que nos está pagando.

Estos son algunos conceptos que debes conocer:

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¿Quién es el librador o girador del cheque?

Es la empresa o persona que emite el cheque y ordena su pago al banco.

¿Quién es el librado o girado?

Es el banco o entidad de crédito a la que se le ordena pagar el cheque y este lo paga siempre

y cuando el girador tenga disponible en su cuenta o tenga cupo para sobregirarse.

¿Quién es el tenedor, Tomador o Beneficiario?

Es la persona que posee el cheque (tomador es el primer tenedor) y debe cobrarlo con su

respectivo documento de identidad si es persona natural. Normalmente la persona jurídica

(Empresas) lo consigna en su cuenta.

Para tener cheques debe el girador debe tener cuenta corriente, la cuenta de ahorros no

dispone de cheques para sus pagos.

El banco le entrega los cheques en talonarios los hay de 20 cheques, 30, 50 y 100 y el cobro

de esta chequera lo hace mediante nota crédito cargando el valor a la misma cuenta que lo

está solicitando.

Por seguridad y respaldando los derechos de los usuarios, los bancos tienen sus propios

controles entre estos controles esta que los cheques solo pueden ser expedidos en

formularios elaborados por los bancos por esta razón ellos mismos generan su impresión

bajo su responsabilidad y contendrán el nombre del banco librado y una numeración

consecutiva que permite su identificación, si al banco llega un cheque con un formulario

distinto a los expedidos por ellos estos no tendrán ninguna validez.

Hay empresas que debido a su tamaño, siempre son las grandes empresas solicitan al banco

expedir los cheques con su diseño propio, para lo cual el banco les concede este beneficio

bajo unas cláusulas especiales para la generación de cheques y para ello generaran un

documento en que consten claramente cuáles son las obligaciones que se generan por la

empresa, los requisitos y factores de seguridad que deberán tener los cheques, y la

necesidad de incluir la impresión del nombre del dueño de la cuenta corriente junto con el

número de identificación, El banco le generara a cada cliente sus respectivas numeraciones

consecutivas, para que con esto permita su identificación.

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Revisión 0.

Los cheques deben contener los siguientes requisitos

1) Logo de la entidad bancaria

2) Lugar de pago.

3) Fecha de emisión del cheque.

4) Un espacio considerado con el signo $ para colocar el valor por el cual se va a girar

el cheque

5) PÁGUESE A o PÁGUESE A LA ORDEN DE, ahí se escribe el nombre del beneficiario

del pago.

6) LA SUMA DE, donde se registra el valor a pagar en letras, este debe ser igual al valor

que aparece en el espacio $

7) Firma del girador del cheque. La firma debe ser a mano sin enmendaduras ni tachones y

debe coincidir exactamente con la firma registrada en el banco.

8) Sellos. En caso de que el Girador sea una empresa legalmente constituida, la firma deberá

estar acompañada por los respectivos sellos debidamente registrados con anterioridad en el

banco, ya que la falta de alguno de ellos dará origen al no pago del cheque. Cuando se

presente la cláusula “Y/O”, que tantas veces se ha utilizado en los Títulos valores, es

inadmisible que la entidad bancaria alegue contradicción, inconveniencia o duda, pues al

hacerse efectivo el derecho incorporado a uno de los beneficiarios automáticamente se

excluye a los demás.

Cuando esta cláusula es utilizada por el girador, su voluntad es, que el girado se libere de su

obligación de pagar efectuando el pago a los beneficiarios o a uno de ellos.

Para girar un cheque el librador deberá tener provisión de fondos disponibles en el banco

librado y haber recibido de esta autorización para librar cheques a su cargo. La autorización

se entenderá concedida por el hecho de que el banco entregue los formularios de cheques

o chequeras.

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Revisión 0.

Causales De No Pago De Un Cheque

1) Cuando la empresa o girador del cheque, da orden de no pago a la entidad bancaria.

2) Cuando la cuenta corriente giradora carece de fondos suficientes o absoluta

3) Pagado parcialmente

4) Librado en chequera ajena

5) Cuando la cuenta esta cancelada

6) Cuando la cuenta esta saldada

7) Cuando la cuenta giradora está embargada

8) Cuando el cheque se presenta 6 meses después de emitido

9) Firma no registrada

10) Quiebra, liquidación o concurso del girador

11) Firma del girador no coincide con la registrada

12) Faltan firmas

13) Falta protector registrado

14) Falta sello ante firma registrada

15) Falta endoso

16) Falta identificación del tenedor

17) Tenedor distinto al beneficiario (Cuando tiene sello restrictivo)

18) Cheque enmendado

19) Falta cantidad determinada

20) Falta sello de canje

21) Cheque mal remitido

22) Cheque no es a cargo del banco.

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Revisión 0.

Saldo Existente en Caja

Un saldo de caja es un concepto relativamente simple. En los negocios, la parte difícil es

mantener un saldo de caja positivo disponible sin dejar de cumplir las obligaciones financieras

y de desarrollar estrategias para que un negocio crezca. Un empresario debe controlar el

saldo de caja de la compañía de cerca, incluyendo todos los gastos y las deudas de la

empresa, para asegurar que el negocio genera el capital suficiente para llevar una

contabilidad en el largo plazo próspero y positivo.

Definición

Un saldo de caja es un concepto relativamente

simple. En los negocios, la parte difícil es mantener

un saldo de caja positivo disponible sin dejar de

cumplir las obligaciones financieras y de

desarrollar estrategias para que un negocio crezca.

Un empresario debe controlar el saldo de caja de

la compañía de cerca, incluyendo todos los gastos

y las deudas de la empresa, para asegurar que el

negocio genera el capital suficiente para llevar una contabilidad en el largo plazo próspero y

positivo.

Saldo de caja neto

Desde una perspectiva empresarial, un saldo neto de caja es el efectivo disponible que queda

en las cuentas bancarias de la empresa después de pagar a los acreedores y otras

obligaciones financieras en un período determinado. El saldo neto de caja es importante

porque sirve como un indicador de la salud financiera global de una empresa. Un negocio

sobreviviendo con sólo un pequeño saldo neto de caja no tiene la misma capacidad de

manejar los riesgos inesperados, incluyendo la falla de equipo y las pobres ventas de

productos, como una empresa con un importante saldo neto de efectivo.

Operaciones De apertura y Cierre

Objetivo: El objetivo de describir las operaciones de apertura y cierre de caja es determinar los pasos que deben seguir los responsables de caja de turno, así como el administrador de turno. Para realizar correctamente el arqueo de las operaciones diarias versus el efectivo de cada turno respectivo.

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Revisión 0.

Alcance: El presente procedimiento abarca desde la apertura de caja hasta que se entrega arqueada al administrador de turno.

Políticas Generales: 1. El responsable de caja, siempre debe dejar cuadrada la caja respectiva al terminar

su turno y distribuir el dinero y documentos conforme lo estipulado por la empresa. (El efectivo y valores es generalmente entregado a Tesorería Central o a la Administración y los documentos al Departamento Contable)

2. El arqueo y cuadre de caja es individual, por lo que personas no autorizadas, no pueden interferir en el mismo.

3. Cada responsable de caja, entrega individualmente el arqueo de sus operaciones diarias al administrador de turno.

4. Los cuadres y arqueos de cada responsable de caja, deben quedar completos antes de retirarse del trabajo. De haber algún faltante de dinero, se hará un recibo o vale provisional por la cantidad faltante a ser descontado posteriormente de sus haberes.

Descripción del procedimiento de

apertura

1. En cada cambio de turno, el responsable de caja entrante, deberá recibir conforme el importe de fondo fijo.

2. Deberá revisar que cuente con los implementos necesarios para realizar su trabajo de manera eficiente, entre algunos de estos elementos se encuentran: Papel de impresora y repuestos adicionales Tinta de impresora y repuestos adicionales Lapicero

Detector de billetes

Formatos internos (productos sin código o con errores de precios, sugerencias, etc) Bolsas de papel y plástico para despacho

Tapete ergonómico Intercomunicador Lista de códigos PLU Desinfectante

Etc.

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Revisión 0.

Descripción del procedimiento de

cierre

1. Faltando 30 minutos para el establecimiento cierre, los ejecutivos o personal designado deben informar a los clientes que el establecimiento está pronto a cerrar, invitándolos a pasar por caja para realizar sus compras finales. 2. Faltando 10 minutos para que el turno termine, cada cajero debe informar a sus clientes en línea que el turno va a terminar, de manera que los clientes puedan hacer cola en otras cajas disponibles. 3. Una vez cerradas las cajas o una caja si es final de turno, se debe realizar el arqueo utilizando el comando respectivo en caso de emplear una registradora electrónica. En caso de estar empleando una registradora mecánica o estar trabajando manualmente, se deben sumar todos los documentos de ingreso más el fondo fijo asignado y a este importe restar todos los documentos autorizados que indiquen salida de dinero para determinar el saldo a arquear. El saldo debe estar sustentado en dinero efectivo o cheques a nombre de la empresa. 4. El fondo fijo de caja general establecido es de S/. xxx.xx por lo que el excedente corresponde al saldo de cada turno. 5. El arqueo junto con el dinero que en el mismo indica, vales, boletas, facturas, tickets, comprobantes de depósitos y demás documentos sustentatorios de dinero, serán entregadas al administrador de turno, dejando únicamente en caja el fondo fijo asignado. 6. Terminado el arqueo, se llena el formato físico establecido para los cambios y finalización de turnos, donde se especifica, documentos, efectivo y faltantes o sobrantes, se entrega el original al administrador y copia para el responsable de caja saliente.

7. El administrador de turno que recibe el arqueo, prepara las remesas para ser recogidas por la empresa de transporte de valores designada para esta servicio.

Administración de flujos de efectivo

La administración del flujo de efectivo es una parte integral del

funcionamiento de u na empresa, porque una empresa con

mucho dinero saliendo y no lo suficiente entrando tendrá

problemas para mantener la viabilidad a largo plazo. El

personal de contabilidad que trabaja con la propiedad debe

mantener estrecha vigilancia sobre el efectivo entrante y

saliente de la empresa para asegurar que existe suficiente

dinero en las cuentas para seguir cumpliendo con todas sus

obligaciones financieras. El flujo de efectivo no sólo incluye los

ingresos y las deudas, sino que también contiene los costos relacionados con la construcción

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Revisión 0.

del producto, el almacenamiento del inventario de la empresa y los gastos de capital para

mantener el equipo esencial.

Maximización de los saldos de caja

Gastar dinero en efectivo ayuda de manera más eficiente a que negocio preserve sus saldos

de efectivo, sin dejar de pagar las deudas y de hacer crecer la empresa en su conjunto. El

gasto eficiente consiste en reducir la fricción en el flujo de ingresos de la compañía acortando

las etapas de producción, reduciendo el número no pertinente de mano de obra e instalando

nuevos equipos para facilitar la producción más rápida que sea más confiable. Esto permite

a una empresa mantener mayores saldos de efectivo, que le pueden proporcionar la

capacidad de actuar rápidamente en las nuevas oportunidades, incluyendo el desarrollo de

nuevas líneas de productos para satisfacer las necesidades que se perciben en el mercado.

Control Interno de Caja

El control interno de caja y caja chica en una

entidad está orientado a prevenir o detectar

errores e irregularidades, la diferencia entre estos

dos es la intencionalidad del hecho; el termino

error se refiere a omisiones no intencionales, y el

término irregular se refiere a errores intencionales

Con el control interno una empresa quiere evitar

pérdidas, fraude, robo, errores y fallos tecnológicos. Este control nos ayuda a llevar a cabo

tareas e informar los problemas y tomar decisiones. También protege los recursos de

despilfarros, fraude e ineficiencia.

Este sistema ayuda a los dueños a tener procedimientos eficaces para reducir el riesgo de

ser víctimas de empleados sin ética

Los controles a realizarse son:

Deberá establecerse un límite máximo para pagos a realizarse por caja chica. Los que excedan dicho límite, se deberán pagar con cheques.

Esta cuenta solo se moverá cuando se decida aumentar o disminuir el fondo, o para su eliminación.

Debe haber una sola persona responsable de caja chica. La persona responsable de caja chica, no debe tener acceso a la Contabilidad, ni a

los Cobros, ni a la Caja Principal. La reposición del fondo se hará mediante cheque a favor de la persona responsable

del mismo. El fondo se cargara a cada una de las cuentas de gastos o de costos, según se

especifique en los comprobantes pagados por la caja chica. Los comprobantes impresos, numerados correlativamente, deberán estar aprobados

previamente por otra persona autorizada y especificaran en cifras y letras, el monto pagado.

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Revisión 0.

Objetivos del Control Interno de Caja

Objetivos del Control Interno de Caja. Evitar o prevenir fraudes de caja y bancos. Promover la eficiencia del personal de caja y bancos. Proteger y salvaguardar el efectivo en caja y bancos. Descubrir malversaciones. Localizar errores de caja y bancos. Detectar pérdidas y filtraciones de caja. Obtener información administrativa contable oportuna de caja y bancos.

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Revisión 0.

Actividad de Aprendizaje:

a. Elabore un cuadro sinóptico del contenido de esta unidad

b. En grupo de 5 expondrán el contenido del cuadro sinóptico.

c. Elaborar un resumen sobre la transacciones monetaria y dar ejemplo de cambio de divisas

con tres monedas.

Autoevaluación

¿Qué es control interno de caja?

¿Cuáles son los recursos y equipos utilizados por el cajero bancario?

Describa uno de los recursos más importante e indispensable en el área de caja.

Enumere y describa 3 tipos de comprobantes de egresos

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Revisión 0.

III: Arqueo de Caja

Objetivo de la Unidad: Elaborar arqueo de caja de acuerdo a los

procedimientos establecidos.

Concepto

El arqueo de caja es el análisis de las transacciones del efectivo, en un momento

determinado, con el objeto de comprobar si se ha contabilizado todo el efectivo recibido y si

el saldo que arroja esta cuenta corresponde con lo que se encuentra físicamente en caja en

dinero efectivo, cheques o vales. Sirve también para saber si los controles internos se están

llevando adecuadamente.

Los auditores o ejecutivos asignados para ello, suelen efectuar arqueos de caja en fechas no

previstas por el cajero. Es frecuente que en los arqueos de caja aparezcan faltantes o

sobrantes, con respecto a la cuenta de control del libro mayor. Estas diferencias se

contabilizan generalmente en una cuenta denominada diferencias de caja. Se le cargan los

faltantes como pérdidas y se abonan los sobrantes como ingresos. Si no se subsanan estas

diferencias, al cierre del ejercicio, la cuenta diferencias de caja se deberá cancelar contra la

de pérdidas y ganancias.

Para ellos el arqueo de caja es un inventario material de los fondos existentes en un momento

dado. Consiste en el cotejo de los resultados obtenidos con los saldos contables si éstos se

llevan estrictamente al día, es decir, si las operaciones realizadas se vuelcan sin dilación en

los libros de contabilidad, el cotejo en sí no pasa de ser una sencilla confrontación de

importes; sin embargo, si de este cotejo aparecen diferencias, entonces, y especialmente si

las discrepancias son importantes, la tarea de determinar las razones que dieron lugar a las

mismas suele ser compleja y requiere pleno dominio de la técnica contable y de los principios

de organización de empresas. Sí los libros de contabilidad no se encuentran al día, la labor

de determinar la concordancia de los resultados del arqueo con los saldos que arrojan

aquéllos, entraña un procedimiento de ajuste que hace aún más necesaria la pericia en

contabilidad.

Las condiciones para que este examen de arqueo de caja sea idóneo son:

• Se debe hacer en cualquier momento y sin previo aviso.

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Revisión 0.

• El delegado debe tener la suficiente capacidad profesional y moral.

• El delegado debe estar desprovisto de prejuicios y poseer suficiente independencia.

• El delegado debe tener los documentos técnicos para practicar el arqueo (acta, formato y

soporte).

Procedimiento para efectuar el arqueo de Caja.

1. Recibir delegación de la autoridad competente para efectuar el arqueo respectivo.

2. Solicitar la presencia del custodio de la caja y del delegado contable o de auditoría.

3. Clasificar el dinero en monedas, billetes y cheques.

4. Desglosar los comprobantes de pago, si hubiesen, incluidos la fecha de pago, el

concepto, la autorización y el valor correspondiente.

5. Realizar una suma total de estos valores (efectivos y comprobantes)

6. Efectuar una comparación entre el saldo verificado y el saldo registrado por contabilidad;

establecer diferencias en más (sobrantes) o en menos (faltantes), si las hubiese.

7. Preparar el Acta de arqueo, en donde se dejará constancia de las novedades presentadas.

Ésta será de conocimiento de las autoridades de la empresa, quienes dispondrán las

medidas correctivas del caso, en el supuesto de que no se hubiesen manejado y utilizado

conveniente los recursos monetarios.

El acta deberá tener al menos los siguientes datos:

• Fecha y hora en que se inicia y termina el arqueo.

• Determinación del alcance del examen.

• Detalle de los documentos y valores encontrados o presentados.

• Establecimiento de cualquier diferencia, si la hubiese.

• Declaración de conformidad y firmas de legalización y de testigo.

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Revisión 0.

Documentos Fuentes

Soportes Contables

Los soportes contables son los documentos que sirven de base para registrar las operaciones

comerciales de una empresa, es por ello que se debe tener un especial cuidado en el

momento de elaborarlos

Todas las operaciones económicas que realizan las empresas deben ser registradas en los

libros de contabilidad, pero a su vez para que cada uno de estos registros sean justificables

deben soportarse con los documentos pertinentes para cada una de ellas, es por ello que a

continuación se presentan los principales papeles comerciales y títulos valores que pueden

ser utilizados en el ciclo contable, su definición y sus principales características.

Todos los soportes contables deben contener la siguiente información general:

Nombre o razón social de la empresa que lo emite. Nombre, número y fecha del comprobante. Descripción del contenido del documento. Firmas de los responsables de elaborar, revisar, aprobar y contabilizar los

comprobantes.

Los principales soportes contables

Recibo de caja

El recibo de caja es un soporte de contabilidad en el

cual constan los ingresos en efectivo recaudados

por la empresa. El original se entrega al cliente y las

copias se archivan una para el archivo consecutivo

y otra para anexar al comprobante diario de contabilidad.

El recibo de caja se contabiliza con un débito a la cuenta de caja y el crédito de acuerdo con

su contenido o concepto del pago recibido. Generalmente es un soporte de los abonos

parciales o totales de los clientes de una empresa por conceptos diferentes de ventas al

contado ya que para ellas el soporte es la factura.

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Recibo de consignación bancaria

Este es un comprobante que elaboran los bancos

y suministran a sus clientes para que lo diligencien

al consignar. El original queda en el banco y una

copia con el sello del cajero o el timbre de la

máquina registradora, sirve para la contabilidad de

la empresa que consigna.

Hay dos tipos de consignaciones, una para

consignar efectivo y cheques de bancos locales y

otro para consignar remesas o cheques de otras plazas.

Los soportes de contabilidad se elaboran en original y tantas copias como las necesidades

de la empresa lo exijan

Comprobante de depósito y retiro de cuentas de ahorros

Las corporaciones de ahorro y crédito han diseñado unos

formatos que suministran a sus clientes, en libretas, para

que sean diligenciados al depositar, o retirar dinero de su

cuenta de ahorros. Este soporte tiene dos opciones para

elegir solo una; depósitos en efectivo o cheques de

bancos locales y retiro en efectivo o en cheque, de

acuerdo con la cuantía y exigencia del cliente.

Factura de compra-venta

La factura comercial es un soporte contable que contiene además

de los datos generales de los soportes de contabilidad, la

descripción de los artículos comprados o vendidos, los fletes e

impuestos que se causen y las condiciones de pago.

Desde el punto de vista del vendedor, se denomina factura de

venta y del comprador, factura de compra. Generalmente, el

original se entrega al cliente y se elaboran dos copias, una para el

archivo consecutivo y otra para anexar al comprobante diario de

la contabilidad.

La factura se debe expedir con los siguientes requisitos:

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Revisión 0.

Estar denominada expresamente como factura de venta. (preimpreso). Numeración en orden consecutivo. (preimpreso). Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien preste el servicio.

(preimpreso). Apellidos y nombre o razón social del adquiriente los bienes o servicios. Fecha de expedición. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados. El nombre o razón social y NIT del impresor de la factura. (preimpreso). Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

Cheque

Es un título valor por medio del cual una

persona llamada “girador”, ordena a un banco

llamado “girado” que pague una determinada

suma de dinero a la orden de un tercero

llamado “beneficiario”.

Comprobante de pago

Llamado también orden de pago o comprobante de

egreso, es un soporte de contabilidad que respalda

el pago de una determinada cantidad de dinero por

medio de un cheque. Generalmente, en la empresa

se elabora por duplicado, el original para anexar al

comprobante diario de contabilidad y la copia para

el archivo consecutivo.

Para mayor control en el comprobante de pago

queda copia del cheque, ya que el titulo valor se entrega al beneficiario.

Los soportes contables deben asentarse en forma ordenada y resumida, expresando

claramente las transacciones que diariamente se realizan en una empresa

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Letra de cambio

Este documento negociable o título valor

es una orden incondicional de pago que

da una persona llamada “girador” a otra

llamada “girado”, para que pague a la

orden o al portador, cierta suma de dinero, a la vista o en una fecha determinada.

En el comercio se utiliza la letra de cambio como garantía de pago en compras y ventas a

crédito. El vendedor hace firmar letras de cambio a sus clientes y se denominan letras por

cobrar; el comprador acepta las letras a

sus proveedores y se llaman letras por

pagar.

Pagaré

Es un título valor mediante el cual una

persona se obliga a pagar cierta cantidad

de dinero en una fecha determinada.

Este documento se utiliza para respaldar

los créditos bancarios.

Nota Débito

Es un comprobante que utiliza la empresa para cargar en la cuenta de sus clientes, un mayor

valor por concepto de omisión o error en la liquidación de facturas y los intereses causados

por financiación o por mora en el pago de sus

obligaciones.

Nota Crédito

Cuando la empresa concede descuentos y rebajas que

no estén liquidados en la factura o cuando los clientes

hacen devoluciones totales o parciales de las

mercancías, para su contabilización se utiliza un

comprobante llamado nota crédito. Este comprobante

se prepara en original y dos copias; el original para el

cliente, una copia para el archivo consecutivo y otra

para anexar al comprobante diario de contabilidad.

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Recibo de caja menor

El recibo de caja menor es un soporte de los gastos

pagados en efectivo, por cuantías mínimas que no

requieren el giro de un cheque, para ello se establece

un fondo denominado caja menor.

Nota de contabilidad

Es el documento que se prepara con el fin de

registrar las operaciones que no tienen un

soporte contable como es el caso de los

asientos de corrección, ajustes y cierre.

Comprobante diario de contabilidad

Es un documento que debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en

el cual se indica el número, fecha, origen,

descripción y cuantía de la operación, así como las

cuentas afectadas con el asiento. A cada

comprobante se le anexan los documentos y

soportes que lo justifiquen.

Técnicas de Archivo

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1. Definición De Archivo

Según la Real Academia Española, Archivo es: “Local en que se custodian documentos públicos o particulares. Conjunto de estos documentos. Personas en quien se confía un secreto o recónditas intimidades y sabe guardarlas. Persona que posee en grado sumo una perfección o conjunto de perfecciones”. Si lo definimos en términos de nuestro curso, podemos decir que: Archivo es la organización metódica y apropiada de los documentos para su manejo, registro, conservación, restauración, consulta y control.

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2. Objetivos Que Debe Perseguir El Archivo

1. Archivar, localizar y consultar en forma rápida, fácil y segura. 2. Conservar las fuentes históricas, haciendo la selección con base en normas bien estudiadas y cumpliendo la legislación pertinente, para realizar una política racional de eliminación. 3. Unificar los criterios en cuanto a registro, manejo, conservación, clasificación restauración, consulta y control de los documentos. 4. Acelerar su guarda, controlar su atención y disponer de ellos inmediatamente para su consulta. 5. Centralizar o descentralizar la correspondencia, de acuerdo con su carácter general o particular, y estandarizar los sistemas y procedimientos, coordinando el funcionamiento del archivo con el de la correspondencia.

6. Entrenar y actualizar al personal dedicado a estas labores, para que funcione

técnicamente y perduren los sistemas implantados. 7. Registrar datos útiles y depurados para que sirvan a los ejecutivos en la toma de decisiones. 8. Evitar repeticiones innecesarias y, duplicidad del trabajo y su costo, acondicionamiento técnico del local.

2.1 Finalidad del Archivo

Los archivos están llamados a ser: A. Centros activos y dinámicos de documentación e información: Porque conservan el patrimonio histórico de la empresa. Recordemos la condición histórica del documento archivístico, que forma parte de una pieza documental no aislada, sino unida

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al conjunto. B. Centros vitales de estudio e investigación: Por ser una fuente primaria. Aunque exista información editada, el archivo sigue siendo el depósito de los documentos originales. C. Centros de desarrollo de la empresa y del país: Aportan su eficaz ayuda a la gestión administrativa; y su aporte en los ámbitos social, económico, educativo, cultural, religioso y político, no se hace esperar. Es conveniente diferenciar los archivadores de los tarjeteros o de los ficheros. En los archivadores, se guardan documentos; y en los tarjeteros y ficheros, fichas o tarjetas, donde existen registros y datos.

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Entre los sistemas usados anteriormente y

actualmente se destacan: A. Gancho o espigón

Gancho o espigón Nido de paloma Carpeta de fuelle Tabla de shannon Archivo vertical

Este es el más antiguo, se compone de un clavo con base de metal y en él se insertan los papeles a medida que se reciben. Este sistema no es conveniente. Los documentos pueden desprenderse o perderse con facilidad. No se

puede seguir orden alguno y se hace difícil encontrar un documento, ya que hay que sacar del gancho todos los anteriores a él, por tanto no ofrece eficiencia y economía del tiempo. En la actualidad el Gancho o espigón, se usa en

algunos negocios pequeños, no precisamente con la

idea de archivar sino para conservar momentáneamente los documentos de venta o factura del día que sirven para cotejar el ingreso de la caja. B. Nido de paloma Es un mueble de paloma que tiene varias divisiones pequeñas para guardar los papeles. Puede colocarse en la pared o sobre una mesa.

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C. Carpeta de fuelle Es un sobre o cartapacio en forma de acordeón con varias divisiones, clasificadas en orden alfabético. Fue el primer sistema donde se archivó en forma vertical, constituyendo un avance hacia los métodos modernos de archivar. Actualmente lo usan los cobradores para llevar clasificados alfa-béticamente recibos, facturas o documentos que van hacerse efectivo. Fig. #7 D. Tabla de shannon La tabla de Shannon se utilizaba antes como uno de los medios de archivar correspondencia o documentos. Consiste en una tabla con ganchos o con una plancha de presión para sostener los documentos. Hoy en día, esta tabla se usa en los hospitales para conservar el récord clínico de un enfermo, mientras permanece en el hospital.

Fig. #8

E. Archivo vertical Es la forma de archivar moderna; se inició de 1892 en New York. Fue la casa Remintong Rand Inc. La que ofreció al año siguiente la demostración del primer archivo vertical en la Feria Mundial de Chicago. En este sistema, se usan fólderes ordenados por medio de guías alfabéticas o numéricas. Provee más espacio, visibilidad, flexibilidad, mejor apariencia, mayor exactitud y facilidad para archivar o localizar documentos.

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3. Materiales Y Elementos Para Archivo

Es el conjunto de elementos necesarios para realizar las actividades

archivísticas:

a) Las carpetas o folders Son dos hojas de cartulinas o manila, cartón prensado o fibra, con pliegues adicionales o dobleces marcados, que permiten ampliar su capacidad. La proyección de la tapa posterior se llama pestaña; viene del mismo tamaño de la carpeta, o de la mitad, la tercera parte, la cuarta o la quinta parte de esa extensión. La más usada es la de corte de un tercio (1/3). La rotulación de la carpeta se hace sobre la pestaña.

b) Bolsas Llamadas también sobre o fundas. Su uso está determinado por el volumen del material o por su consulta periódica, como las historias clínicas, los registros médicos y de personal. Las que más se usan tienen separadores o compartimientos dentro de ellas. Se elaboran en plástico, cartón, tela y hule.

c) Legajos Son dos tapas de cartulina con gancho legajador, para asegurar los documentos. Los documentos no deben ir sujetos a la carpeta, sino al legajo, y éste va dentro de ella. En cuanto a los documentos que se legajan, pueden quedar ordenados, dejando el primero o el más actualizado, al principio o al final.

d) Rótulos o marbetes Son tiras de cartulina o cintas de papel engomado que se adhieren a las pestañas, para titular las carpetas. Se consiguen tiras perforadas, adhesivas en rollos continuos, y en gran variedad de colores.

e) Índice Es una tarjeta de cartulina que identifica el contenido de la gaveta. Se coloca en el porta índice que tiene cada gaveta del archivador; se acostumbra protegerlo con un pedazo de acetato.

f) Pestaña Es la parte que sobresale en una carpeta, bolsa, funda, sobre, tarjeta, ficha o guía.

g) Guías o separadores Son cartulinas o cartones usados para separar distintos grupos de

documentos dentro de una gaveta. Pueden ser simples o complejos. h) Fichas y tarjetas Aparecieron en 1775. Son cartulinas rectangulares semejantes a las tarjetas; de muchos tamaños y destinados a registrar en ellas datos de muchas clases. Actualmente, existe una gran variedad de ficheros informativos, como por ejemplo, para los sistemas alfabético, geográfico y por asuntos.

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4. Cualidades Que Debe Poseer El Archivista

─ Leal: Debe ser leal a la institución para confían documentos confidenciales que personas ajenas. la cual labora. A él se le no deben

trascender a

─ Servicial: Una de las funciones primordiales del archivo es prestar ayuda a las diferentes secciones de la empresa, por lo tanto el archivista debe tener el verdadero deseo de ayudar a otras personas. ─ Exacto: Cualidad esencial, ya que resulta imposible localizar un documento que no se ha archivado donde corresponde. ─ Ordenado: Una cualidad básica para rendir un trabajo eficiente. ─ Destreza Manual: El poseer destreza en el manejo de papeles ayuda a realizar el trabajo con mayor rapidez y eficiencia. ─ Buena Vista: Como el archivista tiene que leer todos los documentos que archiva, debe poseer una buena vista para determinar la forma correcta de archivarlos. ─ Buena Memoria: Cualidad sumamente valiosa para el archivista, pues deberá recordar las Reglas para ordenar alfabéticamente, secuencias alfabéticas, numéricas, nominales, etc.

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5. Métodos De Archivo

Existen dos bases para archivar: A. Alfabético: Que sigue el orden del alfabeto A, B, C... B. Numérico: numeración

El ordenamiento se realiza de acuerdo al orden de la 1, 2, 3...

5.1 Archivo alfabético El sistema alfabético de archivar es el que hace uso del alfabeto para ordenar los nombres de individuos, sociedades o asuntos de acuerdo con las reglas para ordenar alfabéticamente. Es un sistema de archivar directo, porque se archiva por el nombre del individuo, de la institución o bajo determinado asunto. Se ajusta perfectamente bien a casi todos los negocios, pequeños y grandes; con mucha o poca correspondencia con nombres complicados o sencillos etc. Este sistema no necesita archivo de tarjetas como auxiliar. Hay varias compañías que manufacturan magníficos equipos para archivar alfabéticamente y se diferencian entre sí: - Por rótulos, pueden ser sencillos y dobles: Rótulos Sencillos: Son los que tienen una letra indicando el inicio de la división. Rótulos Dobles: Son los que indican la letra o combinación de letras con las cuales empieza y termina la división.

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Folders individual:

Es el que se designa expresamente a una sola persona, entidad o asunto y

se usa para corresponsales o asuntos activos, debiendo archivarse por orden

cronológico con la fecha más reciente arriba.

Folders misceláneo:

Es aquel en que se colocan documentos de varios individuos, entidades o

asunto mientras no se consideren de importancia para abrirles folders

individuales.

Se usan para corresponsales o asuntos inactivos, debiendo archivarse la

correspondencia dentro de él, por orden alfabético y cuando hay dos o más

papeles bajo el mismo nombre, éstos se colocan por orden cronológico.

5.2 Reglas Para Archivar Con El Sistema Alfabético Regla #1: Invirtamos el nombre poniendo primero el apellido o apellidos, luego el nombre o inicial y en tercer término, el segundo nombre o inicial del mismo y deberá ordenarse alfabéticamente de la A a la Z. Ejemplo: Carmen Rocha Morales José Ángel Aviles Urbina Julio Pérez Duarte

Se invierte Avilés Urbina José Ángel Pérez Duarte Julio Rocha Morales

Carmen

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Primer caso de la Regla #1 Las unidades diferentes, ellas mismas deciden el orden alfabético.. Ejemplo: Carlos Abarca

María Elena Morales Rosario Castillo

Se archiva: Abarca Carlos Castillo Rosario Morales María Elena

Segundo caso de la Regla #1 Unidades iguales, deciden el orden alfabético la unidad diferente. Ejemplo: César Núñez Olga Núñez Adela Núñez

Se archiva: Núñez Adela Núñez Cesar Núñez Olga

Regla #2: Una unidad más corta precede a una más larga si tiene la misma raíz Ejemplo: Moreno Moreira M. Morales Mora

Se archiva: M. Mora Morales Moreira Moreno

Regla #3: Apellidos que aparecen solos, preceden a los mismos apellidos con iniciales o nombres. Ejemplo: Gutiérrez Rigoberto Gutiérrez Gutiérrez A.

Se archiva: Gutiérrez Gutiérrez A. Gutiérrez Rigoberto

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Regla 3-A: Una inicial precede a un nombre comenzando con la misma letra. Ejemplo: Se archiva: Miguel Ángel Abdalá Antonio Abdalá Miguel Abdalá Juan Manuel Abac Abac F. R. A. B. C. y Cía.

A. B. C. Y Cía. Abac F. R. Abac Juan Manuel Abdalá Antonio Abdalá Miguel Abdalá Miguel Ángel

Regla #4: Cuando un prefijo o artículo precede al apellido, dicho prefijo o artículo se considera como parte del apellido. Ejemplo: Se archiva: Dolores del Río Manuel de la Rocha Rebeca D’ Escoto Jorge del Carmen

De la Rocha Manuel Del Carmen Jorge Del Río Dolores D’ Escoto Rebeca

Regla 4-A: Cuando en el nombre completo, en inglés o en español de una persona hay dos o más apellidos unidos por un guión, se consideran estos como una sola unidad de archivo. Ejemplo: Se archiva: Adela Castrillo-Alemán Humberto Aguirre-Rocha Carlos Wong-Valle

Aguirre-Rocha Humberto Castillo-Alemán Adela Wong-Valle Carlos

Regla #5: Cuando en el nombre de la Sociedad, Empresa o Institución, aparece el nombre completo de un individuo, se aplica la Regla No. 1. y se escribe el resto del nombre de la Cía., o Sociedad al final. Ejemplo: Se archiva: Distribuidora Armando Gómez Almacén Carlos Alemán Distribuidora

Comercial Alfredo Lacayo Miscelánea Rosa Morales

Alemán Carlos Almacén Gómez Armando Lacayo Alfredo Comercial Morales Rosa Miscelánea

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Regla #6: El apellido de la mujer casada es el que se toma en cuenta al clasificar y archivar. En los países de habla hispana, el nombre legal de la mujer casada se compone del nombre de pila, apellido de soltera seguido de la preposición “de” y luego el apellido del esposo. Ejemplo: Se archiva: Carmen Mayorga de Dávila Lucrecia Aguilar de Soto Amanda Estrada de Mayorga Socorro Ríos de Castillo

Aguilar de Soto Lucrecia Estrada de Mayorga Amanda Mayorga de Dávila Carmen Ríos de Castillo Socorro

Regla #7: Los nombres de Corporaciones o Sociedades, Empresas Industriales o Instituciones, se ordenan tal como se escriben, teniendo cuidado de conservar la coma si hubiere, en su mismo sitio, recordando que dicha coma, no indica separación de la primera unidad. Ejemplo: Se archiva: Viajes Universo Farmacia Sultana Transporte Cóndor Cecalsa Laboratorio Rarpe Refinería Esso

Cecalsa Farmacia Sultana Laboratorios Rarpe Refinería Esso

Transportes Cóndor Viajes Universo

Cuando en dichos nombres aparezcan palabras de poca importancia, éstas se colocan entre paréntesis y no se consideran unidades de archivo. Ejemplo: Comisión (de) Derechos Humanos Sociedad

Filatélica (de) Nicaragua Regla #8: Si en el nombre de una Institución aparecen apellidos separados por guión, éstos se consideran unidades separadas.

Ejemplo: Almacén Rocha-Dávila Farmacia

Muñoz-López 3 Unidades 2 Unidades

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Regla #9: Cuando una corporación, Sociedad, Empresa Industrial o Institución, empieza con el artículo “The” en inglés, o con “el, la, las, los” en español, el artículo se coloca al final del nombre en paréntesis; si el artículo o preposición estuviera en medio del nombre, también se encierra entre paréntesis, pero no cambia de lugar. En ambos casos, no se consideran unidades de archivo. Ejemplo: La Selecta La Casa de los Encajes The Travel Insurance Co. La Casa de la Novia

Se archiva: Casa (de los) Encajes (La) Casa (de la) Novia (La)

Selecta (La) Travel Insurance Co. (The)

Regla No. 9-A Cuando el nombre de una corporación, Sociedad, Institución, Empresa Industrial, comienza con un artículo gramatical o un prefijo en otro idioma extranjero que no sea inglés o español, dicho artículo se considera como una unidad de archivo y el orden del nombre no se altera. Ejemplo: Le Petit Chapero II Progreso Le Papillón

Se archiva: II Progreso Le papillón

Le Petit Chaperon

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Regla #10: Si el nombre de un institución, Corporación, Sociedad tuviese un nombre geográfico, éste se considera unidad de archivo. Ejemplo: Teatro Granada Farmacia Managua Pensión Jinotega Hotel Matagalpa

Se archiva: Farmacia Managua Hotel Matagalpa Pensión Jinotega Teatro Granada

Regla No. 10-A: Nombre geográficos compuestos se consideran unidades separadas. Ejemplo: Pueblo Nuevo Muy Muy San Marcos Santa Teresa

2 unidades 2 unidades 2 unidades 2 unidades

Regla #11: Al preceder o seguir el nombre de un título o grado académico, éste no se considera al ordenar alfabéticamente y se escribe entre paréntesis después del nombre. Ejemplo: Dr. César Lacayo Ing. Juan José Molina Cmdte. René Ortiz Lic. Manuel Urbina

Se archiva: Lacayo César (Dr.) Molina Juan José (Ing.) Ortiz René (Cmdte.) Urbina

Manuel (Lic.) Regla #12: Los nombres de los ministerios de Gobierno de Nicaragua o de otras naciones, se ordenan y archivan así: a.- Gobierno b.- El Ministerio Correspondiente c.- La oficina, sección, división, departamento, etc. Ej. Nombre

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15 Se archiva Nicaragua, Gobierno (2) Educación (Ministerio de) Becas (Sección de) Regla #13: Cualquier número que forme parte de un nombre en una Sociedad, Compañía o Institución, al clasificar y ordenar se considera como si estuviera escrito en letras y constituye una unidad de archivo. Ejemplo: Se archiva: Los 2 Hermanos Las 3

“F” 5 Tubos 4

Bocas

5 Tubos

4 Bocas 2 Hermanos (Los) 3 “F” (Las

Regla #14: Nombres de los Bancos, se ordenan y archivan igual que los nombres de Sociedades, Compañías o Instituciones, seguido del nombre de la ciudad. Cuando el nombre de la empresa no empieza con la palabra Banco se deberá hacer referencia bajo ésta, seguido del nombre de Banco y de la ciudad. Ejemplo: Nombre Banco Nacional de Desarrollo, Managua Banco Central de Nicaragua, Managua Banco de América, Managua Banco Nicaragüense, Managua Se archiva Banco Nacional de América, Managua Banco Central de Nicaragua, Managua Banco Nacional (de) Desarrollo, Managua Banco Nicaragüense, Managua Regla #15: Existen determinados documentos que se archivan de acuerdo con el asunto, sin tener que tomar en consideración la persona o firma que se escribe, o a quién se le escribe. No hay necesidad de establecer referencia, pero en ciertas ocasiones podría establecerse.

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Ejemplo de un asunto clasificado: Solicitud de Empleo, Abogados Solicitud de Empleo, Dentistas Solicitud de Empelo, Enfermeras Solicitud de Empleo, Inspector Solicitud de Empleo, Taquígrafo A continuación se te presentan 3 Ejercicios los cuales ordenarás aplicando las reglas del archivo alfabético.

Ejercicio #1 1. Tienda La Katty 2. José Pérez López 3. Calzado Karen 4. Industria Delmor 5. Supermercado la Fe. 6. M.J.A. y Cía. 7. Farmacia el Rosario 8. Patricia Mendoza Mora 9. Reyna Zelaya Valle 10. Ladrillería El Sol 11. ENEL 12. ENACAL 13. Laboratorios Solka 14. Tienda Alicia 15. Kodak 16. Carmen Prad-Guevara 17. Distribuidora Irma Fonseca 18. Brenda Del Río

19. Vilma Chávez de Mayorga 20. Alfonso Blanco Robleto 21. René Blanco Rivas 22. Gasolinera Esso 23. Betania Aguilar Baca 24. Galería Internacional 25. Iglesia El Carmen

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17 Ejercicio #2 1. Calzado Danny 2. Café Soluble, S. A 3. SUMINISTROS ELÉCTRICOS 4. Jhon May

5. Casa Pellas 6. Librería Apolo 7. ENVASA 8. Ministerio de Educación 9. Ferretería Gallo y Villa 10. FONIF

11. Gasolinera Shell 12. Distribuidora Lucy 13. Industrial Cervecería S.A. 14. INISER 15. Instituto Técnico Forestal.

16. Ing. Jairo García Jiménez 17. Lic. César Montiel Granados 18. Cmdte. Roberto Bermúdez Pérez 19. Adrián Baca Reyes 20. Benjamín Avant Wong 21. Restaurante Terraza La Playa 22. Octavio Saballos Romero 23. CECNA 24. Chavaría Corea Claudia 25. Blanca Onelia Deliatorre Herrera 26. Halum Cantarero Raúl 27. Radio Stereo Libre 28. Vado Umaña Juan José 29. Zamora Martínez Daysi 30. Carlos Urroz Robleto.

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Ejercicio #3 1. AEREO SERVICIOS COMERCIALES DE NICARAGUA 2. GAP PUBLICIDAD S.A. 16. Peluquería Hombre y Ella 2000 3. AGUA PURA SEGURA 17. Olof Palme 4. SERVIPRO S.A. 18. Colegio Calazán 5. RAPIFIESTA 19. Jardín Infantil María Montesorri 6. FIESTA NICA 20. La Prensa

7. Teatro de Títeres ZIG-ZAG 21. Hospital Bautista de Nicaragua 8. RENT A CARD DORADO 22. Embajada Británica 9. EL BODEGÓN 23. Farmacia Gancho de Camino 10. CRUZ LORENA, S. A. 24. Hielo Polar 11. HYUNDAI 25. Jabonería El Hogar 12. Clínica Audiológica 26. MEB-LAB Laboratorio Médico 13. Supermercado de Azulejos, S. A. 27. Laboratorio Ramos

14. BANCENTRO 28. QUÍMICO HOLANDA 15. INTER-CAMBIO 29. LLANTERA COLON, S.A. 30. SUMINISTROS ELÉCTRICOS, S.A.

5.3 Archivo Numérico

El sistema numérico, es aquel en el cual se asigna un número a cada, individuo, firma o asunto, archivándose toda su correspondencia en el folders bajo ese número. Es un sistema indirecto, porque tenemos que hacer uso de un tarjetero para averiguar el número bajo el cual está archivada la correspondencia del individuo, forma o asunto que nos interesa. A pesar de ser un sistema indirecto, este sistema puede usarse en los siguientes casos:

6 Organización De Un Archivo Numérico: En la mayoría de los casos, el Archivo Numérico consta de dos partes:

A. Archivo Principal: Compuesto de guías y folders con títulos numéricos y

tarjeteros en orden alfabético para los clientes o asunto activos.

B. Archivo Misceláneo: Compuesto de guías y folders con títulos

alfabéticos para clientes o asuntos inactivos. Cuando los papeles van a ser archivados o buscados, se consulta el tarjetero para obtener el título numérico del folders.

Archivo Principal Numérico: En el archivo principal numérico, se ordenan los folders numéricamente uno detrás de otro dentro de la sección de guía correspondiente; en cada folders, se colocan los papeles o documentos de los clientes o asunto a quienes se les ha signado dicho número.

Un número después de asignado, se mantiene hasta que el cliente ya no tenga negocios con la organización o hasta que sus asuntos se terminan

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definitivamente. En el Archivo Principal Numérico, las guías están divididas en cinco posiciones y se pueden dividir en docenas o veintenas, detrás de cada guía, se colocan los folders con los números.

Archivo Misceláneo Numérico: Hasta que a un cliente o asunto no se le haya acumulado suficiente material no se le asigna número en el Archivo Principal Numérico.

Mientras tanto, dichos documentos o material inactivo, se archivan alfabéticamente en un archivo misceláneo que se coloca al frente de la gaveta del Archivo Numérico, o en otra gaveta completamente separada.

Normas De Auditoria Generalmente Aceptadas (Naga s)

Las normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGA) son Los principios

fundamentales de auditoría a los que deben enmarcarse su desempeño los auditores

durante el proceso de la auditoria. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad

del trabajo profesional del auditor.

Clasificación De Las Nagas

En la actualidad las NAGAS, vigentes son 10, las mismas que constituyen

los (10) diez mandamientos para el auditor y son:

Normas Generales o Personales

1. Entrenamiento y capacidad profesional

2. Independencia

3. Cuidado o esmero profesional.

Normas de Ejecución del Trabajo

4. Planeamiento y Supervisión

5. Estudio y Evaluación del Control Interno

6. Evidencia Suficiente y Competente

Normas de Preparación del Informe

7. Aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.

8. Consistencia

9. Revelación Suficiente

10. Opinión del Auditor

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Definición de las Normas

Estas normas por su carácter general se aplican a todo el proceso del examen y

se relacionan básicamente con la conducta funcional del auditor como persona humana

y regula los requisitos y aptitudes que debe reunir para actuar como Auditor

La mayoría de este grupo de normas es contemplado también en los Códigos de Ética de otras profesiones. Las Normas detalladas anteriormente, se definen de la forma siguiente:

Entrenamiento y Capacidad Profesional

"La Auditoria debe ser efectuada por personal que tiene el entrenamiento técnico y pericia como Auditor". Como se aprecia de esta norma, no sólo basta ser Contador Público para ejercer la función de Auditor, sino que además se requiere tener entrenamiento técnico adecuado y pericia como auditor. Es decir, además de los conocimientos técnicos obtenidos en los estudios universitarios, se requiere la aplicación práctica en el campo con una buena dirección y supervisión.

Independencia

"En todos los asuntos relacionados con la Auditoría, el auditor debe mantener independencia de criterio". La independencia puede concebirse como la libertad profesional que le asiste al auditor para expresar su opinión libre de presiones (políticas, religiosas, familiares, etc.) y subjetividades (sentimientos personales e intereses de grupo). Se requiere entonces objetividad imparcial en su actuación profesional.

Cuidado o Esmero Profesional

"Debe ejercerse el esmero profesional en la ejecución de la auditoría y en la preparación del dictamen". El cuidado profesional, es aplicable para todas las profesiones, ya que cualquier servicio que se proporcione al público debe hacerse con toda la diligencia del caso, lo contrario es la negligencia, que es sancionable. Un profesional puede ser muy capaz, pero pierde totalmente su valor cuando actúa negligentemente. El esmero profesional del auditor, no solamente se aplica en el trabajo de campo y elaboración del informe, sino en todas las fases del proceso de la auditoría, es decir, también en el planeamiento o planeamiento estratégico cuidando la materialidad y riesgo.

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Normas de Ejecución del Trabajo

Estas normas son más específicas y regulan la forma del trabajo del auditor durante el desarrollo de la auditoría en sus diferentes fases (planeamiento trabajo de campo y elaboración del informe). Tal vez el propósito principal de este grupo de normas se orienta a que el auditor obtenga la evidencia suficiente en sus papeles de trabajo para apoyar su opinión sobre la confiabilidad de los estados financieros, para lo cual, se requiere previamente una adecuado planeamiento estratégico y evaluación de los controles internos. En la actualidad el nuevo dictamen pone énfasis de estos aspectos en el párrafo del alcance.

Planeamiento Y Supervisión

"La auditoría debe ser planificada apropiadamente y el trabajo de los asistentes del auditor, si los hay, debe ser debidamente supervisado". Por la gran importancia que se le ha dado al planeamiento en los últimos años a nivel nacional e internacional, hoy se concibe al planeamiento

estratégico como todo un proceso de trabajo al que se pone mucho énfasis, utilizando el enfoque de "arriba hacia abajo", es decir, no deberá iniciarse revisando transacciones y saldos individuales, sino tomando conocimiento y analizando las características del negocio, la organización, financiamiento, sistemas de producción, funciones de las áreas básicas y problemas importantes, cuyo efectos económicos podrían repercutir en forma importante sobre los estados financieros materia de nuestro examen. Lógicamente, que el planeamiento termina con la elaboración del programa de auditoría

MODELO DE CONTROL INTERNO DEL EFECTIVO

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Estudio y Evaluación Del Control Interno

"Debe estudiarse y evaluarse apropiadamente la estructura del control interno (de la empresa cuyos estados financieros se encuentra sujetos a auditoría0 como base para establecer el grado de confianza que merece, y consecuentemente, para determinar la naturaleza, el alcance y la oportunidad de los procedimientos de auditoría". El estudio del control interno constituye la base para confiar o no en los registros contables y así poder determinar la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos o pruebas de auditoría. En la actualidad, se ha puesto mucho énfasis en los controles internos y su estudio y evaluación conlleva a todo un proceso que comienza con una comprensión, continúa con una evaluación preliminar, pruebas de cumplimiento, revaluación de los controles, arribándose finalmente de

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acuerdo a los resultados de su evaluación a limitar o ampliar las pruebas sustantivas. En tal sentido el control interno funciona como un termómetro para graduar el tamaño de las pruebas sus tentativas

Evidencia Suficiente Y Competente

"Debe obtenerse evidencia competente y suficiente, mediante la inspección, observación, indagación y confirmación para proveer una base razonable que permita la expresión de una opinión sobre los estados financieros sujetos a la auditoría. La evidencia es un conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y pertinentes para sustentar una conclusión. La evidencia será suficiente, cuando los resultados de una o varias pruebas aseguran la certeza moral de que los hechos a probar, o los criterios cuya corrección se está juzgando han quedado razonablemente comprobados. Los auditores también obtenemos la evidencia suficiente a través de la certeza absoluta, pero mayormente con la certeza moral. Existen diferentes clases las cuales son:

Evidencia sobre el control interno y el sistema de contabilidad, porque ambos

influyen en los saldos de los estados financieros.

Evidencia física.

Evidencia documentaria (originada dentro y fuera de la entidad).

Libros diarios y mayores (incluye los registros procesados por computadora).

Análisis global.

Cálculos independientes

(computación o cálculo).

Evidencia circunstancial.

Acontecimientos o hechos posteriores.

Normas De Preparación Del Informe

Estas normas regulan la última fase del proceso de auditoría, es decir la elaboración del informe, para lo cual, el auditor habrá acumulado en grado suficiente las evidencias, debidamente respaldada en sus papeles de trabajo. Por tal motivo, este grupo de normas exige que el informe exponga de qué forma se presentan los estados financieros y el

grado de responsabilidad que asume el auditor.

Aplicación De Principios De Contabilidad Generalmente Aceptados

(PCGA)

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"El dictamen debe expresar si los estados financieros están presentados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados". Los principios de contabilidad generalmente aceptados son reglas generales, adoptadas como guías y como fundamento en lo relacionado a la contabilidad, aprobadas como buenas y prevalecientes, o también podríamos conceptuarlos como leyes o verdades fundamentales aprobadas por la profesión contable. Sin embargo, merece aclarar que los PCGA, no son principios de naturaleza sino reglas de comportamiento profesional, por lo que nos son inmutables y necesitan adecuarse para satisfacer las circunstancias cambiantes de la entidad donde se lleva la contabilidad. Los PCGA, garantizan la razonabilidad de la información expresada a través de los Estados Financieros y su observancia es de responsabilidad de la empresa examinada. En todo caso, corresponde al auditor revelar en su informe si la empresa se ha enmarcado dentro de los principios contables.

Opinión Del Auditor

"El dictamen debe contener la expresión de una opinión sobre los estados financieros tomados en su integridad, o la aseveración de que no puede expresarse una opinión. En este último caso, deben indicarse las razones que lo impiden. En todos los casos, en que el nombre de un auditor esté asociado con estados financieros el dictamen debe contener una indicación clara de la naturaleza de la auditoría, y el grado de responsabilidad que está tomando". Recordemos que el propósito principal de la auditoría a estados financieros es la de emitir una opinión sobre si éstos presentan o no razonablemente la situación financiera y resultados de operaciones, pero puede presentarse el caso de que a pesar de todos los esfuerzos realizados por el auditor, se ha visto imposibilitado de formarse una opinión, entonces se verá obligado a abstenerse de opinar. Por consiguiente el auditor tiene las siguientes alternativas de opinión para su dictamen

a) Opinión limpia o sin salvedades b) Opinión con salvedades o calificada c) Opinión adversa o negativa d) Abstención de opinar

Generalidades De La Norma

Los Propósitos, el alcance y la aplicación de las normas de auditoría: La ejecución de un trabajo de auditoría conforme a las directrices debe organizarse y documentarse de forma apropiada con el fin de que pueda delegarse entre los colaboradores del equipo, de forma que cada uno de ellos conozca detalladamente que debe hacer y a qué objetivo final debe dirigir su esfuerzo. Que el trabajo quede registrado de manera que permita su revisión, evaluación y obtención de conclusiones en las que fundamentar una opinión sobre la información contable sujeta a auditoria

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La necesidad de planificar, controlar y documentar el trabajo es independiente del tamaño del cliente. Los objetivos perseguidos con la planificación y control son; mejorar el nivel de eficiencia, con la consiguiente reducción de tiempo necesario, y mejora del servicio al cliente, garantizar que la auditoría se ejecutará adecuadamente, mejorar las relaciones con los clientes y permitir al personal un mayor grado de satisfacción en el trabajo. Habitualmente es necesario preparar alguna forma de plan escrito antes de iniciar cualquier trabajo de auditoría. No obstante su grado de detalle y formalización dependerá de muchos factores, por ejemplo, del número de personas involucradas y de si estén o no ubicadas en la misma oficina o el mismo país. Las normas de auditoría incluyen la estipulación de que el trabajo ha de ser adecuadamente planeado. Las normas de auditoría controlan la naturaleza y alcance de la evidencia que ha de obtenerse por medio de procedimientos de auditoría, una norma es un patrón de medida de los procedimientos aplicados con aceptabilidad general en función de los resultados obtenidos.

A quiénes regula:

Conocidas por el anagrama NAGA. Son un conjunto de principios, procedimientos, reglas y normas que regulan el ejercicio de la auditoría externa. Las normas de auditoría generalmente aceptadas, se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo. El revisor fiscal debe cumplir con las normas de auditoría de general aceptación ya que contienen las reglas básicas que él debe seguir en la realización de su trabajo. Las normas tienen que ver con la calidad de la auditoría realizada por el auditor independiente.

Quién las creó:

El American Institute of Certified Public Accountants de los Estados Unidos de América. Éste comenzó en 1917 a publicar declaraciones sobre determinados aspectos de los trabajos de auditoría. En1939 fue creado el Committee on Auditing Procedures. En 1972 fue creado el Auditing Standards Committee, cuyos pronunciamientos se denominan Statementson Auditing Standards, de los cuales el número 1, publicado en noviembre de 1973, bajo el título Codification of Auditing Standards and Procedures, es considerado a modo de código para los profesionales de la auditoría. El ejemplo de los Estados Unidos fue seguido por otros muchos países

Actividad de Aprendizaje

a. Elabore un cuadro sinóptico del contenido de esta unidad

b. En grupo de 5 expondrán el contenido del cuadro sinóptico.

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c. Elaborar un resumen sobre la transacciones monetaria y dar ejemplo de cambio de

divisas con tres monedas.

Autoevaluación

¿Qué es arqueo de caja?

De ejemplos de arqueo de caja

Describa 2 técnicas de clasificación de la documentación

Describa 3 de los documentos soporte estudiado

¡?Que entiende por Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas?

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Unidad IV: Normas de Control Interno de Caja

Objetivo de la Unidad: Cumplir con normas de control interno de caja

de acuerdo a las normas establecidas.

Control Interno de efectivo

La importancia de tener un buen sistema de control interno en las organizaciones, se ha

incrementado en los últimos años, esto debido

a lo práctico que resulta al medir la eficiencia y

la productividad al momento de implantarlos;

en especial si se centra en las actividades

básicas que ellas realizan, pues de ello

dependen para mantenerse en el mercado.

Es bueno resaltar, que la empresa que aplique controles internos en sus operaciones, conducirá a conocer la situación real de las mismas, es por eso, la importancia de tener una planificación que sea capaz de verificar que los controles se cumplan para darle una mejor visión sobre su gestión.

Por consiguiente, el control interno comprende el plan de organización en todos los procedimientos coordinados de manera coherente a las necesidades del negocio, para proteger y resguardar sus activos, verificar su exactitud y confiabilidad de los datos contables, así como también llevar la eficiencia, productividad y custodia en las operaciones para estimular la adhesión a las exigencias ordenadas por la gerencia. De lo anterior se desprende, que todos los departamentos que conforman una empresa son importantes, pero, existen dependencias que siempre van a estar en constantes cambios, con la finalidad de afinar su funcionabilidad dentro de la organización.

El control interno es un plan de organización de todos los métodos coordinados con la

finalidad de Proteger los activos, Verificar la exactitud y confiabilidad de la información

financiera y Promover la eficiencia de las operaciones.

El control interno se clasifica en:

Control interno administrativo y Control interno contable.

Control interno administrativo: métodos, medidas y procedimientos que tienen que ver

fundamentalmente con la eficiencia de las operaciones y con el cumplimiento de las

medidas administrativas impuestas por la gerencia.

Control interno contable: métodos, medidas y procedimientos que tienen que ver

principalmente con la protección de los activos y a la confiabilidad de los datos de

contabilidad.

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Todo sistema de control interno debe contener las siguientes características:

Organización de manera tal que se pueda diferenciar la autoridad y la responsabilidad

relativas a las actividades de la empresa.

Autorización y registro operacional de manera que sea de la atribución del departamento

de contabilidad el hacer los registros de las informaciones y de mantener el control

Eficiencia para evitar que en determinado tipo de operaciones intervengan cuando menos

tres (3) persona para evitar fraude.

Control Interno del Efectivo.

Lo constituye una serie de procedimientos

bien establecidos, con el propósito de

monitorear todas las actividades de la

Empresa, que puedan afectar el manejo del

efectivo. Estos procedimientos tienen por

objetivo salvaguardar los activos,

garantizando la exactitud y confiabilidad de los registros mediante:

División del trabajo

Delegación de autoridad

Asignación de responsabilidades

Promoción de personal eficiente

Identificación del personal con las políticas de la Empresa.

El efectivo es el dinero que mantiene toda empresa en su cuenta de caja o en forma de

depósito en un banco comercial. Valores en moneda curso legal o su equivalente

contenido por:

Efectivo en caja

Cuentas bancarias

Las medidas de control interno de efectivo están orientadas a reducir los errores y

pérdidas.

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La recepción del efectivo, puede hacerse por tres vías:

Operaciones en el mostrador (ventas)

Ingresos ejecutados por cobradores

Remesas por correos

Podemos establecer que el área de efectivo comprende:

Caja y Banco

La caja se divide en dos:

Caja chica

Caja general

La caja chica es el fondo que la empresa emplea para los gastos menores dentro de la

misma que no requiere uso de un cheque.

El Control Interno de la Caja Chica debe hacerse, tomando en cuenta lo siguiente:

Deberá establecerse un límite máximo para los pagos a realizarse por caja chica. Los

que excedan dicho límite, se deberán pagar con cheques.

Esta cuenta sólo se moverá cuando se decida aumentar o disminuir el fondo, o para su

eliminación.

Debe haber una sola persona responsable de la caja chica.

La persona responsable de la caja chica, no debe tener acceso a la Contabilidad, ni a

los Cobros, ni a la Caja Principal.

La reposición del fondo se hará mediante cheque a favor de la persona responsable del

mismo.

El fondo se cargará a cada una de las cuentas de gastos o de costos, según se

especifique en los comprobantes pagados por la Caja Chica.

Los comprobantes impresos, numerados correlativamente, deberán estar aprobados

previamente por otra persona autorizada y especificaran en cifras y letras, el monto

pagado.

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Actividad de Aprendizaje

a. Elabore un cuadro sinóptico del contenido de esta unidad

b. En grupo de 5 expondrán el contenido del cuadro sinóptico.

c. Seleccionar un banco del sistema nacional e investiga las normas de control interno de

caja del banco seleccionado (BAC, BANCENTRO, etc.).

d. Exponer en plenario los hallazgo de la investigación.

e. Realizar un cuadro comparativo del control interno de caja con apoyo de la exposición

del tema por todos los demás protagonista.

Autoevaluación

Describa los procedimientos para el control de caja

Enumere algunas normas de control interno de caja

De ejemplos de las normas de control interno de caja

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Unidad V: Operaciones Bancarias

Objetivo de la Unidad: Operar

Cuentas bancarias de acuerdo a

normas establecidas.

Cuentas Bancarias

Concepto

Una cuenta bancaria es un contrato financiero con una entidad bancaria en virtud del cual

se registran el balance y los subsiguientes movimientos de dinero del cliente

Tipos de Cuentas

Existen dos tipos principales de cuentas bancarias: las cuentas corrientes, para efectuar

las operaciones bancarias del día a día, y las cuentas de ahorro para encomendar la

custodia de fondos de un cliente.

Cuenta Corriente

La cuenta corriente es un contrato entre un banco y un cliente que

establece que la entidad cumplirá las órdenes de pago de la persona

de acuerdo a la cantidad de dinero que haya depositado o al crédito

que haya acordado. Dicha cuenta puede ser abierta y administrada

por una persona o por un grupo de personas; en este último caso,

según las condiciones, todos los individuos pueden estar habilitados para operar.

El propietario de una cuenta corriente puede disponer del dinero a través de un cajero

automático, la ventanilla de caja o algún tipo de talonario (como un cheque). Es posible

realizar descuentos de efectos, vincular pagos a la cuenta y cobrar o pagar intereses o

impuestos, por ejemplo

Los cheques y las tarjetas son los medios de pago que más usualmente se asocian a una

cuenta corriente. Existen dos tipos de tarjeta: la tarjeta de crédito (cuyo resumen debe

ser abonado al finalizar un período: es decir, cuando el cliente paga un producto o servicio

con esta tarjeta, adquiere una deuda y no entrega el

dinero de manera inmediata) y la tarjeta de débito

(el dinero se resta automáticamente de los fondos

del cliente.

Cada banco tiene sus requisitos para la apertura de

una cuenta corriente. Por lo general la entidad se

encarga de verificar la capacidad de pago de sus

potenciales clientes (para saber qué cantidad de

crédito puede entregar el banco sin que existan riesgos) y el origen de sus ingresos (para

evitar movimientos ilegales.

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Cuando el cliente incurre en una deuda mayor a la acordada con el banco (lo que se

conoce como “girar al descubierto”) y demora en pagarla, debe abonar intereses o

punitorios.

Ventajas y desventajas

Así como otros tipos de cuenta, la corriente ofrece tentadoras ventajas al mismo tiempo que innegables desventajas a sus clientes, por lo cual resulta indispensable analizar todas sus caras antes de tomar una decisión. A continuación se presenta una lista de los beneficios e inconvenientes que suelen generar las cuentas corrientes, comenzando por los puntos positivos:

+ Brinda a los clientes acceso a todos los servicios que otorga el banco, tal y como hipotecas, préstamos, subvenciones y promociones. La cuenta corriente es un fuerte lazo con la entidad bancaria, una relación en el plano profesional y comercial.

+ Hace las veces de depósito y, al mismo tiempo, permite realizar pagos por medio de cheques o tarjetas de crédito y débito.

+ Gracias a la posibilidad de usar cheques bancarios, la cuenta corriente da la posibilidad de realizar transferencias de saldo a terceros, una de las principales características que la diferencian de la cuenta de ahorro. Más aún, si no se poseen los fondos necesarios para la operación, algunas entidades permiten financiar los montos emitidos a través de los cheques, lo cual se traduce en la comodidad de pagar por el consumo de bienes y servicios sin necesidad de contar con el dinero de forma inmediata.

+ Puede ofrecer servicios tales como cheques de cajero y de viaje sin coste adicional.

+ Por lo general, da a sus usuarios la posibilidad efectuar traspasos y transferencias, y de domiciliar la nómina (que se ingrese automáticamente el sueldo), así como los pagos de impuestos y servicios.

+ Está ligada a una serie de productos adicionales, tales como planes de pensiones, fondos de inversión y seguros.

+ Permite realizar operaciones en línea, lo cual facilita considerablemente su accesibilidad y agiliza los procesos.

– Por lo general, cuando el saldo no alcanza el mínimo exigido por el banco, aumentan las tasas de mantenimiento.

– El banco suele cobrar comisiones por cada operación (el ejemplo más común son las transferencias de dinero al extranjero).

– En algunos casos, alcanzar o superar una cantidad determinada de saldo acarrea el pago de ciertos intereses.

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Cuenta de Ahorro

Una cuenta de ahorro es un depósito ordinario a la vista (producto pasivo), en la que los fondos depositados por la cuenta habiente tienen disponibilidad inmediata y generan cierta rentabilidad o intereses durante un periodo determinado según el montón ahorrado.

Las condiciones de remuneración varían en función del producto concreto. Así, pueden existir cuentas de ahorro que abonen los intereses por ejemplo mensual, trimestral o anualmente. Igualmente, la remuneración puede ser lineal (mismo interés para cualquier saldo), por tramos de saldo o incluso en especie.

Este tipo de cuentas también pueden estar sujetas al pago de comisiones, aunque desde la popularización de la banca online la tendencia es a suprimir el pago de comisiones en los productos de ahorro.

Los servicios asociados a una cuenta de ahorro también varían según la entidad. Pueden ir desde los más básicos, como ingresos y pagos de cheques o transferencias, hasta otros más complejos como tarjetas de débito o crédito asociadas a la cuenta.

Las cuentas de ahorro o caja de ahorro son utilizadas principalmente por los particulares y entidades civiles.

Sirven para tres cosas:

Para ganar un interés durante el tiempo que estos fondos no se usan. Los fondos pueden extraerse en cualquier momento mediante un comprobante

llamado “nota de débito” Los fondos depositados ganan un interés moderado. También debe tenerse en

cuenta que se suman al capital cada 6 meses o anualmente.

El porcentaje que el banco aporta a una cuenta de ahorro varía entre el 3%.

Ventajas y desventajas

Las principales ventajas que proporciona tener una cuenta ahorro son:

Comisiones: en general las cuentas de ahorro se encuentran exentas de comisiones en cuanto a su apertura, mantenimiento, etc.

Contratación: existe una gran facilidad a la hora de contratar una cuenta de ahorro.

Rentabilidad asegurada: es un producto bancario que asegura a los clientes una rentabilidad anual.

Disponibilidad de dinero: las cuentas de ahorro permiten disponer del dinero deseado en cualquier momento.

Banca online: el uso de la banca online para contratar y utilizar este tipo de cuentas reduce o elimina el pago de comisiones en los productos de ahorro.

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Entre las principales desventajas que existen tener una cuenta de ahorro se encuentran:

Intereses: el uso del dinero fuera de los plazos establecidos puede generar el pago de comisiones.

Descubiertos: no está permitido el estado de descubierto en una cuenta de ahorro.

Cheques bancarios: mediante una cuenta corriente no es posible la realización de cheques bancarios.

Tarjeta de crédito: una cuenta de ahorro no permite la vinculación con una tarjeta de crédito.

Balance mínimo: muchas entidades financieras requieren mantener un balance mínimo para evitar tarifas en la cuenta de ahorros.

Pocas ganancias: las cuentas de ahorro son uno de los medios bancarios cuyo interés generado por el dinero es más bajo.

Mercado Financiero

En economía, un mercado financiero es unos espacios (físicos o virtuales o ambos)

en el que se realiza los intercambios de

instrumentos financieros y se definen sus

precios. En general, cualquier mercado de

materias primas podría ser considerado

como un mercado financiero si el

propósito del comprador no es el consumo

inmediato del producto, sino el retraso del

consumo en el tiempo.

Los mercados financieros están afectados por las fuerzas de oferta y demanda. Los mercados colocan a todos los vendedores en el mismo lugar, haciendo así más fácil encontrar posibles compradores. A la economía que confía ante todo en la interacción entre compradores y vendedores para destinar los recursos se le llama economía de mercado, en contraste con la economía planificada.

Los mercados financieros, en el sistema financiero, facilitan:

El aumento del capital (en los mercados de capitales). La transferencia de riesgo (en los mercados de derivados). El comercio internacional (en los mercados de divisas).

Son usados para reunir a aquellos que necesitan recursos financieros con aquellos que los tienen

Funciones de los Mercados Financieros

Establecer los mecanismos que posibiliten el contacto entre los participantes en la negociación.

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Fijar los precios de los productos financieros en función de su oferta y su demanda.

Reducir los costes de intermediación, lo que permite una mayor circulación de

los productos.

Administrar los flujos de liquidez de productos o mercado dado a otro.

Características

Amplitud: Número de títulos financieros que se negocian en un mercado

financiero. Cuantos más títulos se negocien más amplio será el mercado

financiero.

Profundidad: Es la existencia de títulos financieros que cubran diversas

eventualidades en un mercado financiero. Por ejemplo, que existan títulos

financieros que protejan contra el alza o la caída del precio de un determinado

commodity.

Libertad: No existen barreras en la entrada o salida del mercado financiero.

Flexibilidad: Precios de los activos financieros, que se negocian en un mercado,

a cambiar ante un cambio que se produzca en la economía.

Transparencia: Posibilidad de obtener la información del precio del activo

financiero.

Que no existan costes de transacción, impuestos, variación del tipo de interés o

inflación.

Los activos sean divisibles e indistinguibles.

Tipos de Mercados Financieros

Los mercados financieros pueden ser divididos en diferentes subtipos:

Por los activos transmitidos

Mercado monetario: Se negocia con dinero o con activos financieros con vencimiento a corto plazo y con elevada liquidez, generalmente activos con plazo inferior a un año.

Mercado de capitales: Se negocian activos financieros con vencimiento a medio y largo plazo, básicos para la realización de ciertos procesos de inversión.

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En función de su estructura

Mercados organizados. Mercados no-organizados denominados en inglés ("Over The Counter").

Según la fase de negociación de los activos financieros

Mercado primario: Se crean activos financieros. En este mercado los activos se transmiten directamente por su emisor

Mercado secundario: Sólo se intercambian activos financieros ya existentes, que fueron emitidos en un momento anterior. Este mercado permite a los tenedores de activos financieros vender los instrumentos que ya fueron emitidos en el mercado primario (o bien que ya habían sido transmitidos en el mercado secundario) y que están en su poder, o bien comprar otros activos financieros.

Según la perspectiva geográfica

Mercados nacionales. La moneda en que están denominados los activos financieros y la residencia de los que intervienen es nacional.1

Mercados internacionales

Según el tipo de activo negociado

Mercado tradicional. En el que se negocian activos financieros como los depósitos a la vista, las acciones o los bonos.

Mercado alternativo. En el que se negocian activos financieros alternativos tales como inversiones en cartera, pagarés, factoring, propiedad raíz (ej. a través de derechos fiduciarios), en fondos de capital privado, fondos de capital de riesgo, fondos de cobertura (hedge funds), proyectos de inversión (ej. infraestructura, cine, etc.) entre muchos otros.

Otros mercados

Mercados de commodities (mercancías), que permiten el comercio de commodities

Mercados de derivados, que provee instrumentos para el manejo del riesgo financiero

o Mercados de forwards, que proveen contratos forward estandarizados para comerciar productos a una fecha futura; ver también forward.

Mercados de seguros, que permite la redistribución de riesgos variados; véase contrato de seguro

Mercado de divisas, que permite el intercambio de monedas extranjeras o divisas.

Tarjetas de Crédito

Tarjeta de crédito es un instrumento material de identificación, que puede ser una tarjeta de plástico con una banda magnética, un microchip y un número en relieve. Es emitida por un banco o entidad financiera que autoriza a la persona a cuyo favor es emitida, a utilizarla como medio de pago en los negocios adheridos al sistema, mediante su firma y

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la exhibición de la tarjeta. Es otra modalidad de financiación, por lo tanto, el usuario supone asumir la obligación de devolver el importe dispuesto y de pagar los intereses, comisiones bancarias y gastos.

Entre las más conocidas del mercado están: Visa, American Express, MasterCard, Diners Club, JCB, Discover, Cabal, entre otras

Características

Los usuarios tienen límites con respecto a la cantidad que pueden cargar de acuerdo a la política de riesgos existente en cada momento y a las características personales y de solvencia económica de cada usuario. Generalmente no se requiere abonar la cantidad total cada mes. En lugar de esto, el saldo (o "revolvente") acumula un interés. Se puede hacer sólo un "pago mínimo" así como pagar intereses sobre el saldo pendiente. Si se paga el saldo total, no se pagan intereses.

La mayor ventaja es la flexibilidad que le da al usuario, quien puede pagar sus saldos por completo en su fecha límite mensual o puede pagar una parte. La tarjeta establece el pago mínimo y determina los cargos de financiación para el saldo pendiente. Las tarjetas de crédito también se pueden usar en los cajeros automáticos o en un banco para servirse de un adelanto de efectivo, aunque a diferencia de las tarjetas de débito, se cobra un interés por la disposición, comisión y, en algunos países, un impuesto porque se trata de un préstamo.

Un pago con tarjeta de crédito es un pago con dinero M1, (dinero crediticio) que como todo agregado monetario distinto de M0, no es creado por los bancos centrales sino por los bancos privados o las tiendas que dan créditos. Por tanto, el hacer efectivo un cobro con tarjeta de crédito depende de la solvencia de la entidad emisora de la tarjeta. Ese dinero crediticio NO es de la persona que posee la tarjeta, lo tiene que pagar.

Se suele cobrar una cuota anual por el uso de la tarjeta.

Cuando se paga con tarjeta en el comercio, el cobrador suele pedir una identificación (identificación personal, permiso de conducir, etc.) y exige la firma del pagaré o voucher para acreditar que se es propietario de la tarjeta. Existen algunas excepciones donde no se solicita firmar el recibo, a éste sistema se le denomina "autorizado sin firma" y suele utilizarse en comercios con grandes aglomeraciones de gente, como lo son cines, restaurantes de comida rápida y otros lugares similares. En algunos países se solicita el ingreso de un PIN para autorizar las compras de manera presencial.

En caso de uso fraudulento hay que dar aviso por escrito a la entidad financiera o tienda que le da la tarjeta pidiendo que anule el cargo y seguir los trámites de cada institución. El emisor de la tarjeta debe demostrar que la compra ha sido hecha por el propietario.

Las compras con tarjeta de crédito pueden tener diversos seguros sobre el saldo financiado.

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Forma y origen

Materialmente la tarjeta de crédito consiste en una pieza de plástico, cuyas dimensiones y características generales han adquirido absoluta uniformidad, por virtualidad del uso y de la necesidad técnica. El tamaño de la mayoría de las tarjetas de crédito es de 85,60 mm × 53,98 mm (33/8 pulgada × 21/8 pulgada) y cumple la norma ISO/IEC 7810 ID-1.

Cada instrumento contiene las identificaciones de la entidad emisora y del afiliado autorizado para emplearla, así como el periodo temporal durante el cual ese instrumento mantendrá su vigencia. Suele contener también la firma del portador legítimo y un sector con asientos electrónicos perceptibles mediante instrumentos adecuados. Estos asientos identifican esa particular tarjeta y habilitan al portador para disponer del crédito que conlleva el presentarla, sin estampar su firma.

Con respecto al origen, podemos decir que apareció en los comienzos del siglo XX en los Estados Unidos. Concretamente, la idea surgió dentro de las oficinas del Chase Manhattan Bank, a manos de su director, bajo la modalidad de tarjeta profesional, se insinuó con su forma mayoritaria alrededor de la década de los años 1940 y tomó difusión desde la mitad del siglo.

La difusión internacional fue producto del empleo en otras naciones de las tarjetas emitidas en aquel país, y del establecimiento local de sucursales de las emisoras durante las décadas de los 50 y 60.

Número de la tarjeta

Es un número de cuenta principal de las tarjetas de crédito y tarjetas bancarias. Tiene una cierta cantidad de estructura interna y las cuotas de un sistema común de numeración. Los números de tarjeta de crédito son un caso especial de la norma ISO/IEC 7812 números de tarjetas bancarias.

Una norma ISO/IEC 7812 contiene un número de un dígito identificador principal de la industria (MII), uno de seis dígitos Número de Identificación del Emisor (IIN), un número de cuenta y un verificador de un solo dígito calcula utilizando el algoritmo de Luhn. El MII es considerado como parte del IIN.

El término "Emisor Número de Identificación" (IIN) sustituye a los utilizados anteriormente "Número de Identificación Bancaria" (BIN). Véase la norma ISO / IEC 7812 para más información.

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Cuando Renovarlas

Todas las Tarjetas de Crédito, poseen una fecha de emisión y otra de vencimiento. ¿Qué sucede cuando se vence una tarjeta? Evidentemente queda automáticamente fuera de servicio. En lo que hace a las tarjetas de crédito estas vencen a los 3 años de emisión, en cambio las tarjetas de débito vencen a los 10 años de emisión. Estas fechas pueden variar según el banco y/o producto de tarjeta ofrecida. Esto no implica que no podemos seguir operando con las mismas, de hecho se renuevan.

Para ello, y en forma automática, los bancos emisores de las tarjetas, nos enviarán a nuestro domicilio las respectivas tarjetas que deberán ser habilitadas como ya informáramos en notas anteriores. Los costos de renovación de las tarjetas de débito, están incluidas en el mantenimiento de la cuenta, en cuanto a las de crédito, se cobran en forma anual, pudiéndose en algunos casos encontrarse promocionados según los consumos realizados o por paquetes ofrecidos por las entidades bancarias. Como siempre, sugerimos estar atentos a estos vencimientos y adelantarnos para pedir las tarjetas renovadas por alguno de los canales de comunicación de los bancos. Más aún si tenemos que viajar y contar con estos instrumentos de compra, ya que se nos hará muy difícil obtenerlos luego, fuera del país.

Seguros Bancarios

El término seguro bancario se usa actualmente para referirnos a varias cosas:

1- Un esquema que se emplea para garantizar la solvencia de los

bancos; se entiende que los depósitos están asegurados por el

estado por ejemplo, hasta un cierto límite, lo que le da estabilidad

al sistema debido a la confianza que esto genera en los

inversionistas, dueños de los depósitos. En la práctica esto no es

tan así, ya que si una gran institución bancaria quiebra, no queda

claro si se va a poder responder por todos los depósitos, pero en

teoría esto es así.

2- El seguro bancario a veces se ofrece como un producto a los poseedores de cuenta

corriente como una protección frente a posibles giros fraudulentos de cheques, clonación

de tarjetas de crédito o estafas de diversa índole. En este caso uno se asegura por un

determinado monto o "tope", por una prima mensual.

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3- También se usar el término para la diferente cartera de seguros que ofrece un banco

(automotriz, del hogar, médico, etc.).

Procedimientos de cancelación de cuentas bancarias

Cancelar una cuenta bancaria es un proceso sencillo, siempre y cuando lo hagamos

correctamente, sino puede suponernos más de un "dolor de cabeza". El procedimiento

de cancelación de una cuenta es, en principio, gratuito y rápido, pero dependerá del tipo

de cuenta que queramos cerrar y del banco del que queramos marcharnos. Antes de

cancelar una cuenta es recomendable comparar las mejores ofertas de cuentas

bancarias que hay en el mercado y abrir una nueva, a menos que ya tengamos otras

cuentas operativas, para que no nos quedemos en ningún momento sin una cuenta que

podamos usar.

Ya sea porque tenemos una cuenta a la que no le damos uso, porque hemos decidido

cambiar la nómina de banco o porque no queremos tener demasiadas cuentas abiertas,

siempre podemos acudir al banco y cancelar una cuenta bancaria. Este proceso, que

debería ser muy sencillo, puede convertirse en un quebradero de cabeza, al que hay que

sumarle posibles gastos y comisiones, si no seguimos los pasos adecuados.

Para cancelar una cuenta bancaria, ya sea una cuenta corriente, una cuenta nómina o

una cuenta de ahorro, se deben seguir los siguientes pasos:

1. Asegurarse de que la cuenta se puede cerrar: antes de cerrar una cuenta, debemos fijarnos si el contrato de la cuenta estipula algún tipo de período de permanencia, algo común en las cuentas nómina con regalo. Si aún no lo hemos cumplido, puede que tengamos que pagar una penalización por cancelar la cuenta o, incluso, que no nos dejen hacerlo.

2. Verificar que no queda ninguna operación en curso, es decir, asegurarnos de que hemos cambiado todos los recibos a nuestra nueva cuenta y de que hemos pagado toda la deuda de nuestras tarjetas de crédito.

3. Dejar la cuenta a cero: es importante retirar todo el dinero de la cuenta antes de cancelarla para asegurarnos de no perderlo. Podemos realizar una transferencia a nuestra nueva cuenta o retirar el dinero en efectivo e ingresarlo en la nueva entidad.

4. Ir al banco y cancelar cuenta: para cerrar una cuenta es necesario personarse en una entidad y firmar la cancelación. Si la cuenta tiene varios titulares, tendrán que acudir todos a la oficina. En algunos casos, si por la distancia o por otra razón

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no podemos acercarnos a la oficina, podemos llamar a la entidad y preguntarles si podemos cancelar la cuenta enviando un burofax. Si se trata de una entidad online, tendremos que contactar con el banco y preguntarles cómo proceder para cerrar nuestra cuenta: algunos bancos permiten cerrarlas directamente desde el área personal de la web; otros, por teléfono; y otros exigen que el titular envíe una carta con sus datos.

5. Solicitar un certificado de cancelación de cuenta: esto es de vital importancia, puesto que si no recibimos un justificante cabe la posibilidad de que el banco no haya llegado a cancelar la cuenta y al cabo de un tiempo nos quieran cobrar comisiones de mantenimiento atrasadas. Por eso lo más adecuado es solicitar un justificante en el que se especifique que hemos cancelado nuestra cuenta en la entidad.

Siguiendo estos cinco pasos, lograremos cancelar una cuenta de forma "segura" y sin incurrir en gastos ni riesgos innecesarios.

Antes de cerrar una cuenta bancaria, además de tener

presente los cinco pasos anteriores, es recomendable

tener una cuenta abierta en otra entidad. Además, si

en la cuenta que queremos cerrar tenemos recibos

domiciliados o la nómina, tendremos que cambiarlo

todo a otro banco antes de cancelarla, así como

solicitar las tarjetas que necesitemos para no quedarnos sin ellas. Podemos abrir una

cuenta sin comisiones, así nos aseguramos de que no nos cobren nada. Para encontrar

la cuenta sin comisiones que mejor se ajuste a lo que buscamos podemos utilizar un

comparador de cuentas que nos ahorrará mucho tiempo y el tener que ir personalmente

a cada entidad preguntando por la oferta de cuentas que tienen.

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Manual único contable de instituciones financieras y otras

Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS

¨MANUAL DE CUENTAS PARA LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL MERCADO DE VALORES¨

INDICE

CAPÍTULO I: INSTRUCCIONES GENERALES Este capítulo comprende la introducción al Manual de Cuentas y la explicación de algunas disposiciones que deben observarse de manera general en el registro de las operaciones de las Instituciones Financieras del Mercado de Valores. CAPÍTULO II: CATALOGO DE CUENTAS En este capítulo se presenta el listado general de las clases, grupos, cuentas y subcuentas previstas en el presente Manual. CAPÍTULO III: DESCRIPCION DE CUENTAS

En este capítulo se presentan para las clases, grupos, cuentas y subcuentas la descripción correspondiente a cada una de ellas y las instrucciones sobre la operatividad contable de cada una de ellas. CAPÍTULO IV: MODELOS DE CONTABILIZACIÓN En este capítulo se presentan los modelos sobre el procedimiento de contabilización de algunas operaciones de las Instituciones Financieras del

Mercado de Valores. CAPÍTULO V: ESTADOS FINANCIEROS En este capítulo se presentan los modelos de estados financieros, incluyendo notas mínimas, que las Instituciones Financieras del Mercado de Valores deben elaborar.

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

CAPÍTULO I: INSTRUCCIONES GENERALES 1. PROPÓSITO El "Manual Único de Cuentas para las Instituciones Financieras del Mercado de Valores”, tiene como propósito fundamental, implementar un sistema uniforme de registro contable para las operaciones que realizan estas Instituciones en Nicaragua, de manera que los estados financieros que elaboran se presenten de forma homogénea y reflejen adecuadamente la situación financiera, patrimonial los resultados de su gestión. 2. OBLIGATORIEDAD EN SU APLICACION El presente Manual Único de Cuentas es de carácter obligatorio para todas las Instituciones Financieras del Mercados de Valores, que se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. El MUC ha sido elaborado tomando en consideración los criterios prudenciales que deben prevalecer en la industria, los establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s) y Principios de Contabilidad generalmente Aceptado en los Estados Unidos de América USGAAP. Por esta razón en este Manual se han incluido cuentas que permitan a las Instituciones un mejor registro y control de las operaciones que realizan, en algunos casos por las particularidades de las instituciones y otras que actualmente no están contempladas por las Leyes y Normas vigentes, pero que, debido a su importancia y previa autorización de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, se pueden emitir disposiciones futuras; por lo tanto, las Instituciones Financieras del Mercado de Valores en todo momento deben realizar única y exclusivamente las operaciones previstas en las Leyes y Normas vigentes. 3. MANUAL TRANSACCIONAL En virtud de que el Manual Único de Cuentas es la base para que las Instituciones reporten su información financiera a la SIBOIF y para lograr congruencia con el Sistema de Información de la misma, existirá un Manual Transaccional que defina el formato de transmisión de la información a la SIBOIF. 4. CODIFICACION El Catálogo de Cuentas ha sido estructurado estableciendo los siguientes niveles: Nivel 1 Clase Grupo Cuenta:

Se identifica con el primer dígito Se identifica con los dos primeros dígitos Se identifica con los cuatro primeros dígitos

Nivel 2

Subcuenta : Se identifica con los seis primeros dígitos

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

Nivel 3

Subsubcuenta: Se identifica con los ocho primeros dígitos Ejemplo de codificación: Cuenta : Subcuenta : Subsubcuenta :

1201 1201-01 1201-01-01

Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados Títulos de Deuda Gubernamental Títulos Valores del Banco Central de Nicaragua.

A modo de dar una idea general de la estructura del catálogo se exponen a continuación las clases establecidas: Clase 1 Activo Clase 2 Pasivo Clase 3 Complementarias de Activo Clase 4 Patrimonio Clase 5 Ingresos Clase 6 Gastos Clase 7 Cuentas Contingentes

Clase 8 Cuentas de Orden Deudoras Clase 9 Cuentas de Orden Acreedoras 5. MODIFICACIONES AL MANUAL A efecto de mantener la uniformidad en la contabilización de las operaciones realizadas por las Instituciones Financieras del Mercado de Valores, éstas no podrán abrir nuevas cuentas, subcuentas y subsubcuentas sin previa autorización de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Cuando se requiera la apertura de una nueva cuenta, subcuenta o subsubcuenta para registrar un tipo de operación no previsto en el presente Manual, la institución Financiera del Mercado de Valores que lo requiera debe presentar una solicitud escrita a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, describiendo la operación y proponiendo la ubicación de la misma. La Superintendencia analizará la solicitud y si considera que la misma se apega a las Normas y Disposiciones legales vigentes, procederá a realizar las modificaciones al Manual que fuesen necesarias. Mientras la solicitud no sea respondida la institución solicitante contabilizará la operación en la cuenta, subcuenta ó subsubcuenta de "Otros" previstas en el Manual identificándolas en todo momento para su traspaso posterior al momento de obtener la autorización por parte de la SIBOIF.

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

Las Instituciones para fines de registro y control de operaciones internas, pueden utilizar dígitos adicionales a los ocho dígitos de carácter obligatorio utilizados en el presente MUC, sin necesidad de informar a la Superintendencia de Bancos. 6. CIERRE DE EJERCICIO ANUAL Con independencia de que las Instituciones Financieras del Mercado de Valores están obligadas a presentar mensualmente sus estados financieros a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, se establece con carácter obligatorio que la fecha de cierre de su ejercicio anual será el 31 de Diciembre de cada año. 7. ESTADOS FINANCIEROS PARA PRESENTAR A LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, PARA PUBLICACIÓN EN PRENSA Y OTRAS FORMAS DE DIVULGACIÓN Las Instituciones Financieras del Mercado de Valores deberán presentar sus estados financieros a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras en los formatos, plazos y con la periodicidad definida en el calendario oficial de informes que establezca la Superintendencia. Los estados financieros que se remitan a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras y los que se publiquen o divulguen mediante otro medio deben estar firmados por los siguientes funcionarios que ostenten los siguientes cargos: a) Gerente General o similar. b) Gerente de Operaciones o similar. c) Contador General o similar. En caso de ausencia de algunos de estos funcionarios los estados financieros pueden ser firmados por quien sustituya en sus funciones al ausente. Los estados financieros correspondientes al cierre de la gestión anual, serán acompañados del respectivo dictamen de los auditores externos, deben ser publicados en un periódico de circulación nacional. Los estados financieros de una Institución Financiera del Mercado de Valores que se divulguen, cualquiera sea el medio, y aunque dicha divulgación sea voluntaria, deberán cumplir con las formalidades establecidas en el capítulo V del presente Manual, los estados financieros para publicación, y sus cifras deben coincidir con los presentados a la misma fecha en la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. 8. INFORMES DE AUDITORES EXTERNOS

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Las Instituciones Financieras del Mercado de Valores, deben presentar a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, a más tardar el 31 de marzo del siguiente año, el informe de auditores externos sobre los estados financieros al cierre del ejercicio anual, de acuerdo con las normas al respecto emitidas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Los estados financieros que se adjunten al informe de los auditores externos deben presentarse en el mismo formato establecido en el capítulo V del presente Manual para los estados financieros a publicar. Dentro de los 120 días posteriores al cierre del ejercicio, la Junta Directiva General de Accionistas de la Sociedad, deberán celebrar sesión ordinaria a efectos de conocer y resolver sobre los estados financieros auditados de la institución, debiendo remitir a la Superintendencia certificación de los mismos, y mandarlos a publicar en la Gaceta, Diario Oficial y en un medio escrito de amplia circulación en el Territorio Nacional. Dicha publicación deberá de efectuarse dentro de los 30 días posteriores de su aprobación por la Junta General de Accionistas. 9. APROBACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS. Los estados financieros auditados correspondientes al cierre del ejercicio anual que ya hayan sido aprobados por la Junta General de Accionistas deben ser incluidos en la Memoria Anual de la entidad. 10. DISPOSICIONES CONTABLES GENERALES a. Normas Contables Aplicables El registro contable de las operaciones y la preparación de los estados financieros se debe realizar con base en las disposiciones establecidas en el presente Manual Único de Cuentas y con las Normas emitidas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. En caso de existir situaciones no previstas por dichas disposiciones, se aplicarán por prioridad las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s) y, en su defecto, los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los Estados Unidos de América (USGAAP). Si en cualquiera de los casos las NIIF´s o en su defecto los USGAAP aceptasen varias alternativas como válidas, se debe optar siempre por la posición más conservadora”. b. Valuación de Activos y Pasivos Expresados en Moneda Extranjera Valuación: Para efectos del presente Manual Único de Cuentas y envío de información financiera a la SIBOIF, las operaciones en moneda extranjera de origen serán convertidas y reportadas en dólares de los Estados Unidos de América. Transacción en Moneda Extranjera

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Toda transacción en moneda extranjera se registrará, en el momento de su reconocimiento inicial, en la moneda nacional (córdobas), mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, de la tasa de cambio de contado a la fecha de la transacción, la que estará determinada por el tipo de cambio oficial emitido por el Banco Central de Nicaragua (B.C.N.). Al cierre de cada mes y tras el reconocimiento inicial, las partidas monetarias de activos y pasivos en moneda extranjera se convertirán utilizando la tasa de cambio de cierre. Las partidas no monetarias de activos y pasivos en moneda extranjera que se midan en términos de costo histórico, se convertirán utilizando la tasa de cambio en la fecha de la

transacción; y las partidas no monetarias de activos y pasivos que se valoren al valor razonable en una moneda extranjera, se convertirán utilizando las tasas de cambio de la fecha en que se determine este valor razonable. Los ingresos y gastos que resulten por los efectos de las transacciones en moneda extranjera se registrarán, en el momento de su reconocimiento inicial, en la moneda nacional (córdobas). Los efectos cambiarios de las operaciones activas se registraran, en la cuenta “5900 - Ingresos por Efectos Cambiarios/Por Ajustes Monetarios.-” y de las operaciones pasivas se registrarán en la cuenta “6900 - Gastos por Efectos Cambiarios/Por Ajustes Monetarios.-”. c. Concepto de Partidas Monetarias y no Monetarias en Moneda Extranjera. Para efecto de convertir a la moneda nacional (córdobas), las partidas monetarias y no monetarias de activos y pasivos realizadas en moneda extranjera, se tomarán las definiciones de partidas monetarias y no monetarias establecidas en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF's); ó en su defecto, las indicadas en los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los Estados Unidos de América (USGAAP). Para propósito del presente MUC, a continuación se detallan las cuentas que representan partidas monetarias y no monetarias:

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ACTIVOS :

Monetarios

No Monetarios 1)

Disponibilidades.

1)

Inversiones Disponibles para la Venta. Netas

2)

Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados. Netas.

2)

Inversiones Permanentes en Acciones. Neto

3)

Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento. Netas

3)

Bienes de Uso, Neto.

4)

Operaciones con Valores y Derivados. Netas

4)

Otros activos. 5)

Cuentas por Cobrar, Neto

5)

Impuestos diferidos. 6)

Inversiones Reservas p/ Obligaciones Laborales al Retiro

PASIVOS :

Monetarios

No Monetarios

1)

Obligaciones Inmediatas

1)

Impuestos diferidos.

2)

Obligaciones con Instituciones Financieras y por Otros Organismos

3)

Operaciones con Valores y Derivados.

4)

Otras Cuentas por Pagar y Provisiones

5)

Obligaciones Subordinadas

6)

Otros Pasivos /Impuestos Diferidos

7)

Reservas para Obligaciones Laborales al Retiro.

CAPITAL:

Monetarios

No Monetarios

1)

Resultados del periodo

1)

Capital 2)

Aportes Patrimoniales no capitalizados 3)

Ajustes al Patrimonio 4)

Reservas Patrimoniales 5)

Resultados Patrimoniales de ejercicios anteriores

RESULTADOS

Monetarios

1)

Ingresos

2)

Gastos

11. HIPOTESIS FUNDAMENTALES a) Base de Acumulación (Devengo) Los estados financieros mensuales y anuales se deberán preparar sobre la base de acumulación ó devengo contable. Para cumplir con este propósito, por lo menos, a fin de cada mes deben realizarse los ajustes contables que afectan a los resultados de la Institución, a menos que específicamente en alguna cuenta en particular se indique lo contrario. b) Negocio en Marcha Los estados financieros mensuales y anuales se prepararán sobre la base de que la entidad está en funcionamiento, y continuará sus actividades dentro de un futuro previsible, el que debe cubrir al menos pero no limitado los doce meses siguientes a partir de la fecha de presentación de los estados financieros. 12. CONSOLIDACION DE ESTADOS FINANCIEROS

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Para elaborar los estados financieros de la Institución deberá regularizarse todo saldo pendiente entre las distintas oficinas de la institución, imputándose previamente todas las transacciones pendientes a las cuentas definitivas que correspondan, de forma que los saldos activos en unas subsidiarias se compensen completamente con los saldos pasivos en otras, lo mismo debe ocurrir con las ganancias generadas en unas oficinas por dichos activos y con las pérdidas generadas en otras oficinas.

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1000.00.00 ACTIVO Grupo 11 1100.00.00 DISPONIBILIDADES El rubro de disponibilidades estará integrado por el efectivo que mantiene la institución en caja, los saldos a la vista en Instituciones Financieras del País y del Exterior, y remesas en tránsito. Las disponibilidades se deben valuar a su valor nominal. Los rendimientos que generan los depósitos en bancos, en moneda nacional y extranjera, se presentarán en el estado de resultados, como un ingreso por intereses según corresponda. Se deberá revelar la existencia de disponibilidades denominadas en moneda extranjera, indicando su monto, tipo de moneda de que se trata, plazo de liquidación, cotizaciones utilizadas para su conversión y su equivalente en moneda nacional. 1101.00.00 CAJA En esta cuenta se registran las existencias de billetes y monedas nacionales y extranjeras en la caja principal y caja chica. Esta cuenta registrará el movimiento diario de entradas y salidas de efectivo o en cheques recibidos. Se Debita por: 1. Las entradas de efectivo. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado con crédito a la cuenta “5902.00 –INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Las salidas de efectivo. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1101.01.00 Caja Principal Esta subcuenta se utiliza para registrar las existencias de billetes y monedas nacionales y extranjeras destinadas a cubrir las operaciones de la Institución. 1101.02.00 Caja Chica

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Esta subcuenta se utiliza para controlar el fondo fijo en efectivo destinado, exclusivamente, para atender gastos menores propios de la Institución que por su naturaleza imprevista y/o por su poca materialidad, serán pagados en efectivo. La contabilización de los gastos incurridos se hará cada vez que se reponga el fondo lo cual debe hacerse por lo menos a fin de cada mes. 1102.00.00 BANCOS En esta cuenta se registran los depósitos a la vista que la Institución mantenga a su favor en Instituciones Financieras del País y del Exterior, sean estos en moneda nacional o en moneda extranjera. 1102.01.00 Depósitos en Instituciones Financieras del País En esta subcuenta se registran los depósitos que las Institución mantenga a la vista en Instituciones Financieras del País. Se incluyen en esta subcuenta los anticipos recibidos de clientes que serán utilizados para la compra o venta de valores por cuenta de terceros. Los saldos acreedores con las Instituciones Financieras del país, se registrarán en el Pasivo en la subcuenta “2105.08.00 Sobregiros por Pagar”. Los saldos deberán ser conciliados con los respectivos estados de cuenta a fin de cada mes, debiéndose registrar inmediatamente las partidas que le corresponda regularizar a la Institución o presentar el reclamo a las Instituciones Financieras, para la aclaración y regularización de las partidas que correspondan. Se Debita por: 1. Los depósitos efectuados. 2. Las transferencias recibidas. 3. Las Notas de Crédito recibidas. 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 5. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los retiros efectuados. 2. Las transferencias efectuadas.

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3. Las Notas de Débito recibidas. 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 5. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1102.01.01 Depósitos en Cuentas Corrientes con Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar los depósitos en cuentas corrientes que devengan intereses y que la Institución mantenga en otras Instituciones Financieras del País. 1102.01.02 Depósitos en Cuentas Corrientes sin Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar los depósitos en cuentas corrientes que no devengan intereses y que la Institución mantenga en otras Instituciones Financieras del País. 1102.01.03 Depósito en Tránsito Esta subsubcuenta se utiliza para registrar las remesas de efectivo, cheques y otros documentos negociables en tránsito que se efectúen a las Instituciones Financieras del País, en calidad de depósitos, mientras no se reciba el aviso de que han sido abonados. Al recibirse el aviso correspondiente, esta subsubcuenta se acreditará con cargo a la subsubcuenta correspondiente. 1102.01.04 Otros Depósitos a la Vista con Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar otros depósitos a la vista que devengan intereses y que la Institución mantenga en otras Instituciones Financieras del País. 1102.01.05 Otros Depósitos a la Vista sin Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar otros depósitos a la vista que no devengan intereses y que la Institución mantenga en otras Instituciones Financieras del País. 1102.02.00 Depósitos en Instituciones Financieras del Exterior Esta subcuenta se utiliza para registrar los depósitos a la vista que la Institución mantenga a su favor en Instituciones Financieras del Exterior. Se incluyen en esta cuenta los anticipos recibidos de clientes que serán utilizados para la compra o venta de valores por cuenta de terceros. Los saldos acreedores con Instituciones Financieras del Exterior, se registrarán en el

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Pasivo, en la subcuenta “2105.08.00 Sobregiros por Pagar” Los saldos deberán ser conciliados con los respectivos estados de cuenta a fin de cada mes, debiéndose registrar inmediatamente las partidas que le corresponda regularizar a la Institución o presentar el reclamo a las otras Instituciones Financieras, para la aclaración y regularización de las partidas que correspondan. Se Debita por: 1. Los depósitos efectuados. 2. Las transferencias recibidas. 3. Las Notas de Crédito recibidas por otras operaciones. 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los retiros o transferencias efectuados. 2. Por las Notas de Débito recibidas. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios” 1102.02.01 Depósitos en Cuentas Corrientes con Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar los depósitos en cuentas corrientes que devengan intereses y que mantenga la Institución en Instituciones Financieras del Exterior. 1102.02.02 Depósitos en Cuentas Corrientes sin Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar los depósitos en cuentas corrientes que no devengan intereses y que mantenga la Institución en Instituciones Financieras del Exterior. 1102.02.03 Depósitos en Tránsito Esta subsubcuenta se utiliza para registrar las remesas de efectivo, cheques, giros u otros documentos negociables que se efectúen a las Instituciones Financieras del Exterior, en calidad de depósitos, mientras no se reciba el aviso de que han sido abonados. Al recibirse el aviso correspondiente, ésta subsubcuenta se acreditará inmediatamente con cargo a la subsubcuenta correspondiente. 1102.02.04 Otros Depósitos a la Vista con Intereses

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Esta subsubcuenta se utiliza para registrar otros depósitos a la vista que devengan intereses y que la Institución mantenga en Instituciones Financieras del Exterior. 1102.02.05 Otros Depósitos a la Vista sin Intereses Esta subsubcuenta se utiliza para registrar otros depósitos a la vista que no devengan intereses y que la Institución mantenga en Instituciones Financieras del Exterior. 1103.00.00 INTERESES POR COBRAR SOBRE DISPONIBILIDADES En esta cuenta se registran los intereses devengados y no cobrados a la fecha de la información, de las disponibilidades. Se Debita por: 1. Los productos devengados aun no cobrados de las cuentas de disponibilidades, con crédito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “5201.00.00 INGRESOS FINANCIEROS POR DISPONIBILIDADES”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios” Se Acredita por: 1. El pago recibido de los productos contabilizados. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

1103.01.00

1103.02.00

Intereses por cobrar sobre Depósitos en Instituciones Financieras del País Intereses por cobrar sobre Depósitos en Instituciones Financieras del Exterior

Grupo 12 1200.00.00 INVERSIONES EN VALORES En este grupo se registra la parte activa de las inversiones en instrumentos financieros, exceptuando las inversiones correspondientes a participaciones en empresas

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Subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos. DEFINICIONES

Clasificaciones previstas en el Manual de Cuentas para las Inversiones en Valores Inversiones al valor razonable con cambios en resultados: Son aquellas inversiones en valores que se negocian en bolsa y cumplan alguna de las siguientes condiciones: i) Se clasifican como mantenidos para negociar, si:

a) Se compra o se incurre en él principalmente con el objetivo de venderlo o de

volver a comprarlo en un futuro cercano; b) Es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que se gestionan conjuntamente, y para la cual existe evidencia de un patrón reciente de toma de ganancias a corto plazo; o ii) Desde el momento del reconocimiento inicial, ha sido designado por la entidad para contabilizarlo al valor razonable con cambios en resultados. Inversiones disponibles para la venta: Son activos financieros no derivados que se designan específicamente como disponibles para la venta o que no son clasificados como llevados al valor razonable con cambios en resultados o como mantenidos hasta el vencimiento. Inversiones mantenidas hasta el Vencimiento: Son activos financieros no derivados que tienen una fecha de vencimiento fijada, cuyos cobros son de cuantía fija o determinable y que la entidad tiene la intención efectiva y además la capacidad, de conservarlos hasta su vencimiento. La clasificación en las categorías antes mencionadas la hará la administración de la Institución, tomando como base la intención que tenga sobre el instrumento al momento que éste sea adquirido; existiendo la posibilidad de efectuar transferencias entre categorías, atendiendo lo establecido en la sección abajo incluida sobre “Tratamiento resultante de la transferencia de Instrumentos Financieros entre diferentes Categorías”. Método de la tasa de interés efectiva.- Es un método de cálculo del costo amortizado de un activo financiero utilizado para la imputación del rendimiento diario de las inversiones en valores. Este método consiste en transformar la tasa de rendimiento a vencimiento en una tasa equivalente diaria, y aplicar esta última en forma compuesta al costo de adquisición del título. La tasa de interés efectiva es la tasa de descuento que iguala exactamente los flujos de efectivo por cobrar estimados a lo largo de la vida esperada de la inversión en valores (o, cuando sea adecuado, en un período más corto) con el importe neto en libros de dicha inversión. Para calcular la tasa de interés efectiva, una entidad estimará los flujos de efectivo teniendo en cuenta todas las condiciones contractuales de la inversión en el título valor (por ejemplo, pagos anticipados, rescates y opciones de compra o similares), pero no tendrá en cuenta las pérdidas crediticias futuras. El cálculo debe incluir todas las

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Comisiones y puntos de interés pagados o recibidos por las partes del contrato, que integren la tasa de interés efectiva, así como los costos de transacción y cualquier otra prima o descuento. Costo amortizado.- Representa el importe al que fue medido inicialmente el activo menos los reembolsos del principal más la amortización acumulada –calculada con el método de la tasa de interés efectiva- de cualquier diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento, y menos cualquier disminución por deterioro del valor o incobrabilidad, reconocida mediante el uso de una cuenta complementaria de activo. Costos de Transacción.- Son los costos incrementales directamente atribuibles a la adquisición, emisión, venta o disposición por otra vía de un activo financiero. Un costo incremental es aquél en el que no se habría incurrido si la entidad no hubiese adquirido, emitido, vendido o dispuesto por otra vía del instrumento financiero. Valor razonable.- Representa aquella cantidad por la cual un instrumento puede ser intercambiado entre partes interesadas y debidamente informadas, en condiciones de independencia mutua. REGLAS DE REGISTRO Para cualquiera de las tres categorías de inversión incluidas en este grupo, la entidad debe reconocer contablemente las inversiones en valores por su costo que será el valor razonable de la contraprestación entregada a cambio para adquirir ese activo más, en el caso de un título que no se contabilice en la categoría de “Al valor razonable con cambios en resultados”, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la compra o emisión del mismo; entre los que podemos mencionar: las comisiones y honorarios pagados a los agentes, consejero, intermediarios y distribuidores, entre otros. Este reconocimiento se hará utilizando la fecha de liquidación de la inversión que es la fecha en que un activo se entrega a o por la entidad. La contabilidad por la fecha de liquidación hace referencia al reconocimiento del activo en el día en que lo recibe la entidad y la baja del activo y el reconocimiento del eventual resultado por la venta o disposición por otra vía en el día en que se produce su entrega por parte de la entidad. Cuando se aplica la contabilidad de la fecha de liquidación, la

entidad contabilizará cualquier cambio en el valor razonable del activo a recibir, que se produzca durante el periodo que va desde la fecha de contratación hasta la fecha de liquidación, de la misma manera que contabiliza el activo adquirido. Una entidad no podrá clasificar ninguna inversión en la categoría de ¨ Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento ¨, si durante el periodo corriente o en los dos precedentes, haya vendido ó reclasificado un importe de inversiones mantenidas hasta el vencimiento que no sea significante (en relación con el importe total de las inversiones mantenidas hasta el vencimiento) en ventas o reclasificaciones distintas de las que:

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a) Instrumentos cuyo vencimiento o fecha de recuperación no exceda de tres meses; b) Se haya cobrado sustancialmente todo el principal original de la inversión; c) Se atribuyan a eventos aislados y que no estén bajo el control de la entidad. Las condiciones que determinan el momento en que deben reconocerse y darse de baja las inversiones en títulos que se contabilicen en cualquiera de las categorías de inversión incluidas en este grupo serán las establecidas en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF 39 en el apartado de reconocimiento y baja en cuentas). Ver Modelo de Contabilización 02 “Inversiones en Valores” REGLAS DE VALUACIÓN A) Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados: Las inversiones clasificadas en esta categoría se valúan al que resulte menor valor entre su costo de adquisición más los rendimientos devengados por cobrar y su valor de mercado o su Valor Presente Neto (VPN), según sea el caso. En el caso que el valor del mercado o su VPN resulte menor, se debe contabilizar una provisión por desvalorización por el déficit y se debe suspender el reconocimiento contable de los rendimientos devengados, si dicho reconocimiento origina una sobrevaluación respecto del valor de mercado o VPN. Para la determinación del valor de mercado y del VPN de los títulos valores se deben aplicar los siguientes criterios: a) Para títulos valores cotizados en bolsa de valores:

El valor de mercado se determina tomando el promedio de las cotizaciones, de las transacciones en bolsa de valores del último mes; de no haberse registrado transacciones en bolsa en el último mes, se toma el promedio del último trimestre. Si en este período tampoco se hubieran registrado transacciones y si el emisor es una institución financiera supervisada o una entidad del sector público del país, se aplica el mismo criterio que se establece en el literal b). b) Para títulos valores emitidos por otras instituciones financieras supervisadas o por entidades del sector público del país, no cotizados en bolsa: Para estas inversiones se toma el Valor Presente Neto (VPN), el cual se calcula descontando los flujos futuros de la inversión, aplicando la tasa mayor entre: i) la específica pactada en el título y ii) la promedio del último mes aplicada para otros títulos valores transados en bolsa emitidos por las mismas instituciones u otras similares, para

plazos similares o los más cercanos al del título que se valúa. Cuando exista mora en el pago de los intereses devengados los mismos no se toman en cuenta al calcular el flujo futuro de la inversión. Reconocimiento de los cambios en el valor razonable El resultado por valuación de las inversiones clasificadas en esta categoría corresponderá a la diferencia que resulte entre último valor en libros, a la fecha de que se trate la valuación, y el menor valor entre el costo de adquisición más rendimientos devengados y su valor de mercado o su Valor Presente Neto (VPN), según sea el caso, determinado conforme el criterio establecido para esta categoría, y el último valor en libros. Los ajustes

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resultantes se reconocerán directamente en los resultados del periodo. B) Inversiones Disponibles para la Venta: Las inversiones clasificadas en esta categoría se valuarán de la misma forma en que se valúan las inversiones clasificadas en la categoría de ¨Al Valor Razonable con Cambios en Resultados¨. Reconocimiento de los cambios en el valor razonable El resultado por valuación de las inversiones clasificadas en esta categoría corresponderá a la diferencia que resulte entre el último valor en libros, a la fecha de que se trate la valuación, y el menor valor entre el costo de adquisición más los rendimientos devengados y su valor de mercado o su Valor Presente Neto (VPN), según sea el caso, determinado conforme el criterio establecido para esta categoría. Los ajustes resultantes se reconocerán como una partida dentro del capital contable, excluyendo los efectos provenientes del deterioro del valor de estos activos (los cuales se reconocen en resultados), hasta en tanto dichos instrumentos financieros no se vendan o se transfieran de categoría. C) Inversiones Mantenidas hasta el Vencimiento: Las inversiones en títulos mantenidas hasta el vencimiento se valuarán al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva (equivalente a la tasa interna de retorno – TIR), según se describen en la sección de definiciones de este grupo. DETERIORO E INCOBRABILIDAD DE LAS INVERSIONES: El deterioro en el valor de una inversión se determina cuando es probable que una Institución no recupere los importes esperados de la inversión (principal y rendimiento), de acuerdo con las condiciones contractuales. La entidad debe evaluar en cada fecha de balance si existe evidencia objetiva de que un activo financiero o un grupo de ellos estén deteriorados en su valor. Si tal evidencia existiese, la entidad determinará el importe de cualquier pérdida por deterioro del valor conforme a los siguientes criterios: a) Inversiones Disponibles para la Venta:

Las disminuciones en el valor de mercado de una inversión clasificada en la categoría de ¨Inversiones Disponibles para la Venta¨ como resultado de un deterioro en su valor, se reconocerá en la subcuenta correspondiente de la cuenta ¨3102 – Provisión por Deterioro de Inversiones Disponibles para la Venta¨ contra la cuenta correspondiente de resultados del período ¨6201-02 – Gastos por Deterioro de Inversiones Disponibles para la Venta¨. Las provisiones constituidas por una disminución en el valor de mercado de las Inversiones Disponibles para la Venta, contabilizadas previamente en el patrimonio neto de la entidad, se eliminarán del mismo y se reconocerán en los resultados del período cuando exista evidencia objetiva de que el activo ha sufrido deterioro, aunque el activo financiero no haya sido dado de baja en el balance.

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El importe de la pérdida acumulada que haya sido eliminado del patrimonio neto y reconocido en el resultado del periodo, según lo dispuesto en el párrafo anterior, será la diferencia entre el costo de adquisición (neto de cualquier reembolso del principal o amortización del mismo) y el valor de mercado actual, menos cualquier pérdida por deterioro del valor de ese activo financiero previamente reconocida en resultado del período. Las pérdidas por deterioro de las inversiones clasificadas en la categoría de Inversiones Disponibles para la Venta que hayan sido reconocidas en el resultado del periodo no se revertirán en el mismo periodo en el que fueron reconocidas. Si en períodos posteriores al reconocimiento de la pérdida por deterioro del valor, ésta disminuyera a causa de, entre otras razones, una mejoría en la calificación crediticia del emisor, la pérdida por deterioro reconocida previamente será revertida directamente de la subcuenta de balance en donde fue contabilizada. El importe de la reversión se reconocerá en el resultado del período. En el caso de títulos clasificados en esta categoría para los cuales no se cuente con un valor de mercado, el importe de la pérdida por deterioro del valor será la diferencia entre el importe en libros de la inversión y el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados descontados con la tasa actual de rentabilidad del mercado para inversiones similares. Para este caso, dichas pérdidas por deterioro no se podrán revertir. b) Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento:

Cuando exista evidencia objetiva de que se ha incurrido en una pérdida por deterioro del valor de los títulos clasificados en la categoría de ¨Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento¨, el importe de la pérdida se medirá como la diferencia entre el importe en libros del activo y el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras en las que no se haya incurrido), descontados con la tasa de interés efectiva original de la inversión. El importe en libros del activo del título se reducirá mediante el uso de la cuenta ¨3103 – Provisión por Deterioro de Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento”. El importe de la pérdida se reconocerá en el resultado del período. Los criterios para revertir el deterioro de valor requeridos en esta categoría de inversión son los mismos establecidos en el quinto párrafo del literal anterior. No obstante; lo anterior, en ningún caso la reversión del deterioro de valor dará lugar a que el valor en libros de la inversión exceda a su costo amortizado, determinado como si

no se hubiese contabilizado la pérdida por deterioro del valor en la fecha de su reversión. TRATAMIENTO RESULTANTE DE LA TRANSFERENCIA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS ENTRE DIFERENTES CATEGORÍAS La entidad no podrá reclasificar una inversión desde la categoría de “Inversiones al valor razonable con cambios en resultados” o hacia ella, mientras los títulos que evidencian dicha inversión continúen en su poder. La Institución debe evaluar antes del cierre del período contable su intención y capacidad efectiva para mantener hasta el vencimiento las inversiones calificadas como tales y

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tomar una decisión al respecto. Si, por causa de cambios en la intención o capacidad efectiva de la entidad no fuera apropiado conservar una inversión en la categoría de ¨Inversiones mantenidas hasta el vencimiento,¨ ésta se reclasificará a la categoría de “Inversiones Disponibles para la Venta” y se medirá de conformidad con los criterios de medición establecidos en dicha categoría. La diferencia entre su importe en libros y el valor razonable se contabilizará en la cuenta “4301-02” Superávit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta ó “4301-03” Déficit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta.¨ del patrimonio, según corresponda. Cuando se realicen ventas o reclasificaciones de Inversiones contabilizadas en la categoría de ¨Inversiones mantenidas hasta el vencimiento¨, por un importe que no sea insignificante, todas las inversiones mantenidas hasta el vencimiento que permanezcan en esta categoría se reclasificaran como disponibles para la venta. En dicha reclasificación, la diferencia entre el importe en libros y el valor razonable se contabilizará de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior. En ningún caso una Inversión mantenida hasta el vencimiento, se reclasificará a la categoría de “Inversiones al valor razonable con cambios en resultados”. Si debido a un cambio en la intención o capacidad de la entidad o cuando ya no se disponga de una medida fiable del valor de mercado, o cuando hubieran transcurrido los dos periodos precedentes, referidos en el cuarto párrafo de las Reglas de Registro, fuera adecuado contabilizar una inversión bajo el método del costo ó costo amortizado, el importe en libros de dicha inversión en esa fecha será su nuevo costo ó costo amortizado, según el caso. Cualquier importe previamente reconocido en el patrimonio neto como resultado de perdidas ó ganancias surgidas de la variación del valor razonable de esa inversión, se contabilizará en los resultados del período a los largo de la vida restante de la inversión mediante el método de interés efectivo, si ésta fuera trasladada a la categoría de Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento. Si no fuera a trasladarse en dicha categoría, la ganancia o pérdida permanecerá en el patrimonio neto hasta que la inversión sea vendida o se disponga de ella por otra vía, momento en el que se reconocerá en los resultados del período. REGLA DE PRESENTACIÓN Balance General Las inversiones clasificadas como “Inversiones al Valor Razonable con Cambio en Resultados, “Inversiones Disponibles para la Venta e “Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento, se presentarán por separado en el rubro de inversiones en valores, manteniendo ese mismo orden. El resultado por valuación de las inversiones al valor razonable con cambios en resultados y el ajuste por decremento en el valor de un título, o bien, el incremento por revaluación de títulos previamente castigados, así como los dividendos ganados por los títulos accionarios, se incluirán dentro del Estado de Resultados. El resultado por valuación de las Inversiones Disponibles para la Venta se presentará en el rubro de resultado por valuación de Inversiones Disponibles para la Venta como parte ya sea del superávit o déficit dentro del capital contable.

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Estado de Resultado Los rendimientos (intereses, comisiones, descuentos o sobreprecios) devengados por las inversiones en instrumentos financieros se presentarán como un ingreso financiero, en la subcuenta que le corresponda en los resultados del período. También se deberá presentar en el estado de resultados los efectos por valuación de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados”, y el ajuste por decremento en el valor de un título, o bien, el incremento por revaluación de títulos previamente castigados que corresponden a esta misma

categoría; así como los dividendos ganados por los títulos accionarios. Información a Revelar Las instituciones deberán presentar mediante notas a los estados financieros la siguiente información:

La descripción de las políticas de administración de riesgo, así como el análisis sobre los riesgos a los que está expuesta la institución bajo su propia perspectiva;

La composición de cada una de las categorías por tipo de instrumento, así como

los criterios con base en los cuales clasificaron las inversiones;

Información acerca de los plazos de cada tipo de inversión;

El procedimiento utilizado para obtener el valor razonable de cada categoría de inversión;

En el caso de que el valor razonable de los títulos de deuda o accionarios no pudiera ser obtenido confiablemente o no sea representativo, se requiere la revelación de este hecho, la descripción del instrumento, método de valuación utilizado, monto acumulado y una explicación de las causas por las cuales no pudo ser determinado;

En caso de que la institución, haya obtenido de la SIBOIF autorización para reclasificar inversiones, se requiere de la revelación de este hecho, indicando específicamente las características de los instrumentos reclasificados en cuanto a: su número, su tasa promedio ponderada y tipo de emisor. Asimismo, se deberá revelar el valor en libros y el valor razonable de los títulos a la fecha de los estados financieros, cuando éstos hayan sido transferidos hacia la categoría de títulos conservados a

vencimiento o, el efecto de la valuación a valor razonable a esa fecha, si la transferencia ha sido de la categoría de títulos para negociar a la de disponibles para la venta;

Los ingresos por intereses, los dividendos cobrados en efectivo en títulos accionarios, los resultados por valuación y por compraventa de valores reconocidos en el ejercicio;

Inversiones en valores distintas a títulos gubernamentales, que estén integradas por títulos de deuda de un mismo emisor, que representen más del 5% del

capital neto

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de la institución y que impliquen riesgo de crédito, indicando las principales características de éstas (emisor, emisión y, en su caso, plazo y tasa, entre otros).

Cualquier evento extraordinario que afecte la valuación de las inversiones

en valores. 1201.00.00 INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS En esta cuenta se registran las inversiones en títulos de deuda gubernamental, títulos de deuda bancaria y valores de empresas privadas que cumplan con la definición de la clasificación de “Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” descrita en el grupo 1200 –Inversiones en Valores- y tengan la característica imprescindible de ser cotizados en una Bolsa de Valores. Se Debita por: 1. El importe de las inversiones en títulos valores cuando se efectúan, registrándolos al costo de adquisición 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. El importe contabilizado de las inversiones cuando se recuperan o son saneadas. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1201.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental En esta cuenta se registran las inversiones en valores emitidos por el Banco Central de Nicaragua, Gobierno Central y Otras Instituciones Estatales no Financieras del País, así como valores emitidos por Gobiernos Extranjeros. 1201.02.00 Títulos de Deuda Bancaria En esta cuenta se registran las inversiones realizadas en títulos emitidos por Instituciones

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Financieras del País y del Exterior y cotizados en una Bolsa de Valores conforme a la definición del grupo 1200 –Inversiones en Valores-. 1201.03.00 Valores de Empresas Privadas En esta cuenta se registran las inversiones realizadas en títulos emitidos por empresas listadas en una Bolsa de Valores supervisada por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, si son valores emitidos en el país; o en una Bolsa de Valores del Exterior supervisada por la autoridad competente en el país del emisor. 1202.00.00 RENDIMIENTOS POR COBRAR SOBRE INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS En esta cuenta se registra el importe correspondiente a los rendimientos devengados y no cobrados, generados por inversiones en valores clasificadas en la categoría de “Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. Los intereses y comisiones que se generan por las inversiones en títulos al valor razonable con cambios en resultados se deben contabilizar con base en el método del devengado considerando el plazo de vigencia de las inversiones. Se Debita por: 1. El devengamiento de los rendimientos generados por las inversiones en títulos al valor razonable con cambios en resultados, con crédito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “5202.00.00 Ingresos Financieros por Inversiones Al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. 2. La declaración de dividendos en efectivo realizadas por las empresas en las cuales la Institución tiene participación en el capital y que, por clasificarse en esta categoría, no están contabilizadas por el método de participación; con crédito a la subcuenta “5202.03.01 -Acciones”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la subcuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la subcuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los rendimientos contabilizados cuando se recibe el pago.

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2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1202.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1202.02.00 Títulos de Deuda Bancaria 1202.03.00 Valores de Empresas Privadas 1203.00.00 INCREMENTO POR VALUACION DE INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS En esta cuenta se registra el efecto del incremento por valuación en el periodo contable de las inversiones clasificadas en la cuenta “1201 Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” obtenido por las variaciones positivas de los valores razonables de las inversiones clasificadas en esta cuenta. Se incluyen dentro de esta cuenta los títulos de deuda gubernamental, deuda bancaria así como los valores de empresas privadas. Se Debita por: 1. Los incrementos en el valor razonable de las inversiones con crédito a la cuenta “5301.00 Ingresos por Disminución de Provisión para Inversiones al Valores Razonable con Cambios en Resultados.” 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los ajustes (disminuciones) a los incrementos del valor razonable de las inversiones con débito a la cuenta “6201.01 Gastos por Valuación de Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1203.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1203.02.00 Títulos de Deuda Bancaria 1203.03.00 Valores de Empresas Privadas 1204.00.00 INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA En esta cuenta se registran las inversiones en títulos de deuda gubernamental, títulos de deuda bancaria y valores de empresas privadas que cumplan con la definición de la clasificación de “Inversiones Disponibles para la Venta” descritas en el grupo 1200 – Inversiones en Valores-. Se Debita por: 1. El importe de las inversiones en títulos valores cuando se efectúan, registrándolos al costo de adquisición. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. El importe contabilizado de las inversiones cuando se recuperan o son saneadas. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1204.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1204.02.00 Títulos de Deuda Bancaria 1204.03.00 Valores de Empresas Privadas 1205.00.00 RENDIMIENTOS POR COBRAR SOBRE INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA En esta cuenta se registra el importe correspondiente a los rendimientos devengados y no cobrados, generados por inversiones en valores clasificadas en la categoría de

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¨Inversiones Disponibles para la Venta¨ Los intereses y comisiones que se generan por las inversiones en títulos disponibles para la venta se deben contabilizar con base en el método del devengado considerando el plazo de vigencia de las inversiones. Se Debita por: 1. El devengamiento de los rendimientos generados por las inversiones en títulos disponibles para la venta, con crédito a la subcuenta correspondiente de la cuenta "5204 Ingresos Financieros por Inversiones Disponibles para la Venta". 2. La declaración de dividendos en efectivo efectuadas por las empresas en las cuales la Institución tiene participación en el capital y que, por clasificarse en esta categoría, no están contabilizadas por el método de participación, con crédito a la subcuenta “5204.03.01 – Acciones”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los rendimientos contabilizados cuando se recibe el pago 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1205.01.00 1205.02.00 1205.03.00 1206.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas INCREMENTO POR VALUACION DE INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA

En esta cuenta se registra el efecto del incremento por valuación en el periodo contable de las inversiones clasificadas en la cuenta “1204 Inversiones Disponibles para la Venta” obtenido las variaciones positivas de los valores razonables de los títulos clasificados en

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esta cuenta. Se incluyen dentro de esta cuenta los títulos de deuda gubernamental, deuda bancaria así como los valores de empresas privadas. Se Debita por: 1. Los incrementos en el valor razonable de las inversiones con crédito a la cuenta “4301.02 Superávit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los ajustes (disminuciones) a los incrementos en el valor razonable de las inversiones con crédito a la cuenta “4301.03 Déficit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1206.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1206.02.00 Títulos de Deuda Bancaria 1206.03.00 Valores de Empresas Privadas 1207.00.00 INVERSIONES MANTENIDAS HASTA EL VENCIMIENTO. En esta cuenta se registran las inversiones en títulos de deuda gubernamental, títulos de deuda bancaria y títulos de deuda de empresas privadas que cumplan con la definición de la clasificación de “Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento” descrita en el grupo 1200 –Inversiones en Valores- Se Debita por: 1. El importe de las inversiones en valores cuando se efectúan, registrándolos al costo de adquisición.

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2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. El importe contabilizado de las inversiones cuando se recuperan o son saneadas. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la subcuenta “5902.00 – Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1207.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental En esta cuenta se registran las inversiones realizadas en títulos emitidos por el Gobierno Central, Banco Central de Nicaragua y Otras Entidades Estatales no Financieras del País, así como valores emitidos por Gobiernos Extranjeros. 1207.02.00 Títulos de Deuda Bancaria En esta cuenta se registran las inversiones realizadas en títulos emitidos por Instituciones Financieras del País y del Exterior. 1207.03.00 Valores de Empresas Privadas En esta cuenta se registran los valores de empresas privadas que corresponden a títulos de deudas u otros títulos valores excepto las acciones. 1208.00.00 RENDIMIENTOS POR COBRAR SOBRE INVERSIONES MANTENIDOS HASTA EL VENCIMIENTO En esta cuenta se registra el importe correspondiente a los rendimientos devengados y no cobrados, generados por las inversiones en títulos mantenidos hasta el vencimiento. Los intereses y comisiones que se generan por las inversiones en títulos mantenidos hasta el vencimiento, se deben contabilizar en base al método del devengado considerando el plazo de vigencia de las inversiones. Se Debita por:

1. El devengamiento de los rendimientos generados por las inversiones en títulos mantenidos hasta el vencimiento, con crédito a la subcuenta correspondiente de la

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cuenta "5204 Ingresos Financieros por Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los rendimientos contabilizados cuando se recibe el pago.

2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1208.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1208.02.00 Títulos de Deuda Bancaria 1208.03.00 Valores de Empresas Privadas Grupo 13 1300.00.00 OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADAS En este grupo se registra la parte activa de las operaciones de reporto y reporto opcional así como los instrumentos financieros derivados. Los importes a registrar en las cuentas integrantes de este grupo corresponderán exclusivamente a operaciones transadas en una Bolsa de Valores supervisada por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, si son valores emitidos en el país; o en una Bolsa de Valores del Exterior supervisada por la autoridad competente en el país del emisor. Mientras no exista autorización expresa de la SIBOIF y disposiciones normativas para registrar operaciones con derivados, queda prohibido para las Instituciones supervisadas reportar saldos en las cuentas “1305 – Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados – y 1306.03 – Rendimientos por Cobrar sobre Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados-. DEFINICIONES: Instrumentos financieros derivados: Son aquellos instrumentos financieros cuyo precio no sólo varía en función de parámetros como riesgo, plazo, etc., sino que también depende de la cotización que alcance en el mercado otro activo, al que se denomina

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subyacente. El inversor apuesta por una determinada evolución de dicho subyacente (al alza o a la baja) en los mercados de valores. En general, los productos derivados sirven para trasladar el riesgo de unos agentes (que desean venderlo) a otros (que quieren adquirirlo), por lo que se pueden usar con distintas finalidades. Por un lado, cabe emplearlos para limitar total o parcialmente el riesgo de pérdida de una cartera o de un fondo; por otro, también permiten añadir riesgo a una inversión (realizando una apuesta sobre el valor futuro de un subyacente), con objeto de alcanzar mayores rentabilidades. Los instrumentos financieros derivados básicos que existen actualmente son:

Opciones

Futuros y forwards Swaps

Las Opciones: son contratos que confieren el derecho (más no la obligación) de comprar o vender un bien a un precio determinado (precio de ejercicio), y en el plazo estipulado a cambio del pago de una prima. En las opciones es fundamental distinguir entre la situación del comprador y la del vendedor. El comprador tiene el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender al vencimiento (según el tipo de opción); por el contrario, el vendedor (o emisor) de la opción está obligado a comprar o vender si el comprador decide ejercer su derecho. Cuando el derecho que se adquiere es de vender, la opción se conoce como put. Cuando el derecho que se adquiere es de comprar, la opción se conoce como call. Los Futuros: son contratos negociados en un mercado organizado, por el que las partes acuerdan la compraventa de una cantidad concreta de un valor (activo subyacente) en una fecha futura predeterminada, a un precio convenido de antemano. Los futuros operan con términos estandarizados, tienen mercado secundario y requieren del establecimiento obligatorio de colaterales. Los Forwards (contratos de precio adelantado): son futuros que se operan en forma privada por lo que no tienen mercado secundario y el establecimiento de colaterales es negociable entre las partes. Los Swaps: son contratos mediante los cuales se establece la obligación bilateral de intercambiar flujos de efectivo en fechas futuras preestablecidas, sobre el valor de referencia (conocido como notional amount). Derivados Implícitos (embedded derivatives): Son aquellos componentes de un contrato que en forma explícita no pretenden originar un instrumento financiero derivado por sí mismo, pero que los riesgos implícitos generados o cubiertos por esos componentes difieren en sus características económicas y riesgos de los de dicho contrato. Cobertura: Es una técnica en la cual se intenta reducir el riesgo consistente en tomar una posición a plazo opuesta a la existente o prevista por el mercado.

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Mercados Estandarizados: Son aquellos mercados que proporcionan toda la infraestructura necesaria para que se celebren las operaciones de contratos de futuros y opciones, en estos mercados se realizan operaciones de instrumentos financieros a través de una Bolsa de Valores, en donde las características de los contratos se encuentran estandarizadas y la liquidación de las operaciones se realiza a través de una Cámara de Compensación. Mercados Over The Counter: Mercados organizados no oficiales, se caracterizan porque los agentes que operan en él no lo hacen en un recinto físico, sino ubicados en diferentes

lugares, sus operaciones no son estandarizadas y se realizan a través de redes de telecomunicación. Las operaciones OTC, que normalmente son operaciones en las que se cruzan volúmenes más altos a un precio predefinido de antemano y en el que ambas partes conocen su identidad, y acuerdan su operación por fuera del mercado. Normalmente el volumen de estas operaciones se suele tener en cuenta como parte del volumen de contratación diario, y el precio suele estar dentro de un rango cercano al máximo y mínimo del día del activo financiero en concreto. Reportos Opcionales: son contratos bursátiles que conceden a su beneficiario el derecho y no la obligación de comprar o vender uno o varios títulos valores negociables en la Bolsa de Valores. El ejercicio de estos derechos solo se podrá realizar en una fecha futura fija (fecha de ejercicio del reporto opcional) a un precio o a un rendimiento invariable, ambos determinados el día de su emisión. Este precio o rendimiento será el precio o rendimiento de ejercicio del reporto opcional Operaciones de Reporto: son contratos bursátiles que conceden a su beneficiario el derecho de comprar o vender uno o varios títulos valores negociables en la Bolsa de Valores. El ejercicio de estos derechos solo se podrá realizar en una fecha futura fija a un precio o a un rendimiento invariable, ambos determinados el día de su emisión. Este precio o rendimiento será el precio o rendimiento de ejercicio. Reportador: Aquella institución de crédito que adquiere instrumentos financieros por medio de un contrato de reporto, con la obligación de regresarlos o revenderlos al vencimiento de la operación al precio pactado más un premio. Reportado: Aquella institución de crédito que cede instrumentos financieros por medio de

un contrato de reporto, con la obligación de recomprarlos y pagar un premio al vencimiento de la operación. REGLAS DE VALUACIÓN Las provisiones para Deudores por Operaciones de Reporto y por Operaciones de Valores con Opción de Recompra se constituyen con base en la evaluación de la cobrabilidad de estas cuentas, la cual se efectuará aplicando criterios similares a los utilizados para la evaluación de los créditos de consumo, establecidos en la Norma Prudencial sobre Evaluación y Clasificación de Activos emitida por la Superintendencia de

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Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y utilizando la cuenta de provisión “3101 -Provisión para Inversiones Al Valor Razonable con Cambio en Resultados-”. Las provisiones para Títulos Entregados en Operaciones de Reporto y para Títulos Entregados por Operaciones de Opción de Recompra se constituyen con base en la regla de valuación de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” y utilizando la cuenta de provisión “3101 – provisión para Inversiones Al Valor Razonable con Cambio en Resultados-”. Registro Contable Ver Modelo de Contabilización No. 3 “Operaciones de Reportos” 1301.00.00 OPERACIONES DE REPORTO En esta cuenta se registran las compras de valores realizadas por las Institución bajo el compromiso contractual de venderlas nuevamente en un plazo y a un precio convenido. La posición activa representa la cuenta por cobrar al reportado por el efectivo entregado. Por los títulos recibidos, no se afectan las cuentas del balance, en virtud de que el reportador no adquiere, desde el punto de vista contable, todo los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad; sin embargo, son objeto de su descripción en las notas a los estados financieros. Se Debita por:

1. Los importes pagados por los valores comprados. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los importes recuperados al vender los valores o por la adquisición definitiva de los títulos por parte de la Institución, en cuyo caso, serán incorporados en una de las categorías del grupo 1200 – Inversiones en Valores-. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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1301.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1301.02.00 Títulos de Deuda Bancaria 1301.03.00 Valores de Empresas Privadas 1302.00.00 TITULOS A ENTREGAR POR OPERACIONES DE REPORTO En esta cuenta se registra el derecho contractual de la Institución, cuando actúa como reportado (vendedor), a recibir los títulos vendidos bajo operaciones de reporto. La posición activa representa el derecho a recibir los títulos transferidos. Los importes reconocidos en esta cuenta corresponden a la transferencia de los títulos que se realiza al cesionario (reportador), provenientes de inversiones registradas originalmente en la cuenta “1201 –Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados-”. Se Debita por: 1. El reconocimiento del derecho a recibir los valores transferidos con crédito a la cuenta ¨1201 – Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados-”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por:

1. La devolución de los valores al reportado en el momento en que se cancela el reporto, con débito a la cuenta “1201 –Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados-”. 2. La baja en cuenta de los títulos, en el momento en que el vendedor (reportado) incumpla a la obligación del reporto, con débito en la cuenta “2203 –Acreedores por Operaciones de Reporto-”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1302.01.00 Títulos de Deuda Gubernamental 1302.02.00 Títulos de Deuda Bancaria

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1302.03.00 Valores de Empresas Privadas 1303.00.00 OPERACIONES DE REPORTO OPCIONAL En esta cuenta se registran las compras de valores realizadas por la Institución bajo el compromiso de venderlas nuevamente si el beneficiario (vendedor) ejerciera la opción de compra, en un plazo y a un precio convenido. La posición activa representa la cuenta por cobrar al beneficiario de la opción por el efectivo entregado. Por los títulos valores objetos del contrato de opción, no se afectan las cuentas del balance, en virtud de que el oferente (comprador) no adquiere, desde el punto de vista contable, todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de dichos títulos; sin embargo, son objeto de su descripción en las notas a los estados financieros. Se Debita por: 1. Los importes pagados por los valores comprados. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los importes recuperados al vender los valores o por la adquisición definitiva de los títulos por parte de la Institución, en cuyo caso, serán incorporados en una de las categorías del grupo 1200 – Inversiones en Valores. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1301.01.00 1301.02.00 1301.03.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas

1304.00.00 TITULOS A ENTREGAR POR OPERACIONES DE REPORTO OPCIONAL En esta cuenta se registra el derecho contractual de la Institución, cuando actúa como vendedor (beneficiario), a recibir los títulos vendido bajo operaciones de reporto opcional.

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La posición activa representa el derecho a recibir los títulos transferidos. Los importes reconocidos en esta cuenta corresponden a la transferencia de los títulos que se realiza al oferente (comprador), provenientes de inversiones registradas originalmente en la cuenta “1201 –Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados-”. Se Debita por: 1. El reconocimiento del derecho a recibir los valores transferidos con crédito en la cuenta “1201 – Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. La devolución de los valores al vendedor (beneficiario) en el momento en que éste ejerza la opción de compra, con débito a la cuenta “1201 –Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados-”. 2. La baja en cuenta de los títulos, en el momento en que el vendedor (beneficiario) no ejerce la opción de compra, con débito en la cuenta “2201 –Acreedores por Operaciones de Reporto Opcional-”. 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1304.01.00 1304.02.00 1304.03.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas

1305.00.00 PRÉSTAMOS DE VALORES Mientras no exista autorización expresa de la SIBOIF y disposiciones normativas para registrar operaciones de préstamo de valores, queda prohibido para las Instituciones supervisadas reportar saldos en las cuentas “1305 – PRESTAMOS DE VALORES – y 1307.04 – Rendimientos por cobrar por préstamo de valores-.

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1306.00.00 OPERACIONES CON INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS En esta cuenta se registrara la parte activa de las operaciones con instrumentos financieros derivados bajo las reglas particulares que para tal efecto emita la SIBOIF. 1306.01.00 Futuros a Recibir Se trata de acuerdos privados de intercambio de un activo dado en una fecha predeterminada en el futuro. Los términos del contrato son la cantidad, la fecha y el precio al cual se realizará el intercambio. Generalmente el precio forward se fija de manera tal que el valor del contrato por sí mismo sea cero al inicio de éste. Par analizar la valuación de estos contratos, se definen las siguientes variables:

Precio spot de un activo

Precio forward de un activo Tasa libre de riesgo Rendimiento del activo

Plazo para el vencimiento

Se Debita por: 1. El compromiso y derecho adquirido en el contrato de futuro Se Acredita por: 1. La liquidación del contrato de futuro.

1306.01.01

1306.01.02 1306.02.00

Negociación Cobertura Contratos Adelantados a Recibir

Se trata de acuerdos privados de intercambio de un activo dado en una fecha predeterminada en el futuro. Los términos del contrato son la cantidad, la fecha y el precio

al cual se realizará el intercambio. Se Debita por: 1. El compromiso y derecho adquirido en el Contrato Adelantado a Recibir Se Acredita por: 1. La liquidación del Contrato Adelantado a Recibir. 1306.02.01 Negociación

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1306.02.02 1306.03.00

Cobertura Opciones

Las opciones son valiosos instrumentos de cobertura y de inversión apalancada, debido a la flexibilidad que ofrecen. Una opción es un contrato que otorga el derecho a comprar o a vender una cantidad determinada de un activo a un precio específico, denominado precio de ejercicio, no antes de una fecha de vencimiento designada. Al vencimiento, una opción call (opción de compra) será ejercida si termina dentro los limites establecidos de antemano, en contraste una opción put (opción de venta), será ejercida al vencimiento sólo si el precio spot es menor que el precio de ejercicio. Por lo tanto, su valor es la cotización máxima menos el precio “0” de inicio. Se Debita por: 1. La adquisición de la opción. Se Acredita por: 1. La cancelación de la opción ya sea por ejercicio o no de la misma.

1306.03.01

1306.03.02 1306.04.00

Negociación Cobertura Swaps

Los swaps son acuerdos entre dos partes para intercambiar flujos de efectivo en el futuro, de acuerdo con una fórmula preestablecida. Los swaps sobre divisas implican el intercambio de distintas monedas. Un swap sobre tasa de interés es un mecanismo para transformar un flujo de efectivo fijo a flotante o viceversa, o de flotante en contra de cierto índice a flotante en contra de otro índice. Los swaps sobre interés implican sólo el intercambio de los pagos de interés sobre los préstamos respectivos (valores nominales). El principal no requiere ser intercambiado. El intercambio de flujos de efectivo comúnmente se realiza sobre una base neta, donde el monto neto es transferido entre las partes en cada fecha de pago. Los swaps sobre tasa de interés pueden combinarse con swaps sobre divisas para transformar un pasivo fijo en una divisa, en un pasivo flotante sobre índices accionarios, sobre diferenciales, crediticios, y así sucesivamente. Se Debita por:

1. El compromiso de la adquisición del Swap reconociendo el derecho a recibir efectivo, así como la obligación de intercambiar activos al vendedor en la fecha de realización del contrato.

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Se Acredita por: 1. La liquidación de las operaciones en la fecha de realización del contrato reconociendo la entrada de dinero, cancelando deudores por swaps a recibir.

1306.04.01

1306.04.02

1306.05.00

Negociación Cobertura Warrants (Bono de Prenda)

Títulos emitidos simultáneamente con el Certificado de Depósito, que representa garantía o prenda de las mercaderías depositadas en un almacén, confiriéndole derecho sobre éstas. Se Debita por: 1. El importe pagado para la adquisición del título. Se Acredita por: 1. La cancelación del bono de prenda al momento del vencimiento de la operación pactada.

1306.05.01

1306.05.02

1306.99.00

Negociación Cobertura Otros Instrumentos Financieros Derivados

Un instrumento financiero derivado es cualquier instrumento financiero cuyo valor es una función que se deriva de otras variables que, en cierta medida, son más importantes. Un producto derivado es un activo financiero que tiene como referencia un activo

subyacente. Con base en lo anterior, se puede decir que los instrumentos financieros derivados son contrato cuyo precio depende del valor de un activo, comúnmente denominado el “bien o activo subyacente” de dicho contrato. Los activos subyacentes pueden ser a su vez instrumentos financieros, por ejemplo, una acción individual, una canasta de acciones o un instrumento de deuda; también pueden ser bienes como el oro o productos como el petróleo; o indicadores como un índice bursátil e incluso el precio de otro instrumento derivado. Se Debita por: 1. El compromiso de la adquisición de Valores reconociendo el derecho a recibir efectivo

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e intereses, así como la obligación de entregar los títulos al vendedor en la fecha de realización del contrato.

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Se Acredita por: 1. La liquidación de las operaciones en la fecha de realización del contrato reconociendo la entrada de dinero, cancelando deudores por contratos adelantados a recibir.

1306.99.01

1306.99.02

1307.00.00

Negociación Cobertura RENDIMIENTO POR COBRAR SOBRE OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADOS

En esta cuenta se registra el importe de los rendimientos generados por las operaciones realizadas con valores y derivados que se han devengado pero están pendientes de cobro. Los rendimientos que se generan por las operaciones con valores y derivados se deben contabilizar con base en el método del devengado considerando el plazo de vigencia de las operaciones. Se Debita por: 1. El devengamiento de los rendimientos generados por las operaciones con valores y derivados, con crédito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “5205 – Ingresos Financieros por Operaciones con Valores y Derivados”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los rendimientos contabilizados cuando se recibe el pago. 2. El saneamiento de los rendimientos por cobrar con débito a la subcuenta “6402.04 – Saneamiento de Rendimientos por Operaciones de Valores y Derivados”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1307.01.00 Rendimiento por Cobrar de Reportos Opcionales. 1307.02.00 Rendimiento por Cobrar de Operaciones Reporto 1307.03.00 Rendimiento por Cobrar de Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados. Grupo 14 1400.00.00 CUENTAS POR COBRAR Este grupo comprende los derechos derivados de operaciones bursátiles, comisiones, tarifas y cuotas por servicios e incluyen los saldos de principal e intereses de los préstamos otorgados a funcionarios y empleados y otras cuentas por cobrar a favor de la Institución. Las partidas registradas en las cuentas 1401, 1402, 1403, 1404, 1405 y 1409 con antigüedad mayor a los 90 días a partir de su registro inicial, se sanearán en un 100% contra los resultados del periodo. Se exceptúa de esta disposición a los montos registrados en las subcuentas con el calificativo de “Otras”; los que se sanearán en un 100% después de los 60 días a partir de su registro inicial. Se Debita por: 1. Las comisiones por cobrar por operaciones de intermediación y asesoría bursátil con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta “5101- Ingresos por Operaciones Bursátiles”. 2. Los saldos vigentes de los Préstamos otorgados a Funcionarios y Empleados y otros derechos del Puesto. 3. Los importes por cobrar por las comisiones, tarifas y cuotas por servicios y por los productos por cobrar sobre Cuentas por Cobrar. 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 5. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de

ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los pagos efectivamente recibidos.

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2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1401.00.00 Comisiones por Cobrar por Intermediación Bursátil En esta subcuenta se registran los saldos vigentes de las comisiones ganadas por intermediación bursátil que se encuentran pendientes de pago. 1402.00.00 Comisiones por Cobrar por Asesoría Bursátil En esta subcuenta se registran los saldos vigentes de las comisiones ganadas por servicios de asesoría bursátil pendientes de ser canceladas. 1403.00.00 Membresías por Cobrar por la Bolsa de Valores En esta subcuenta se registran los saldos vigentes de las membresías ganadas por la Bolsa de Valores que están pendientes de ser canceladas. 1404.00.00 Comisiones, Tarifas y Cuotas por Servicios En esta subcuenta se registran los saldos vigentes de las comisiones, tarifas y cuotas por servicios de custodia, administración, compensación y liquidación de títulos; así como las membresías, cuotas por el registro de emisores y emisiones, seminarios, publicaciones y folletos, etc. 1405.00.00 Préstamos a Funcionarios y Empleados En esta subcuenta se registran los saldos a cargo de funcionarios y empleados de la institución, derivados de préstamos y/o anticipos otorgados, los cuales se liquidan mediante descuentos por nómina periódicos. En caso de que los funcionarios y empleados dejen de prestar sus servicios a la institución, los saldos a su cargo por préstamos no liquidados, deberán traspasarse a la subcuenta ¨1408.01.00 Préstamos a Exempleados de la Institución.¨. 1408.00.00 Otras Cuentas por Cobrar En esta subcuenta se registran los derechos emergentes de operaciones no generadas directamente de las cuentas por cobrar y que constituyen derechos a favor de la Institución. 1408.01.00 Préstamos a Exempleados de la Institución En esta subcuenta se registran los saldos a cargo de exempleados por préstamos no liquidados durante la prestación de sus servicios a Institución.

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1408.02.00 Anticipos a Proveedores En esta subcuenta se registran los pagos realizados a proveedores de bienes, sin que los mismos se hayan recibido. Las partidas que componen esta subcuenta se cancelan al recibir los bienes adquiridos. 1408.03.00 Depósitos en Garantía En esta subcuenta se registran todas aquellas erogaciones en carácter de depósitos en garantía. Ejemplo: la obtención de servicios públicos, o los montos entregados en garantía a los propietarios de bienes tomados en alquiler por la institución. 1408.04.00 Depósitos Judiciales y Administrativos

En esta subcuenta se registran los depósitos realizados por la Institución con base en requerimiento de la autoridad competente dentro de procesos judiciales administrativos, llevados a cabo por la Institución o contra ella. 1408.05.00 Gastos por Recuperar En esta subcuenta se registran los gastos en que ha incurrido la Institución por cuenta de terceros y que serán reclamados a estos, siempre y cuando se tenga la certeza de recuperación de los mismos. 1408.06.00 Cuentas por Cobrar al Personal Esta subcuenta se utilizará para registrar los desembolsos incurridos por la Institución, a cuenta de empleados y que serán deducidos a través de nómina. Los créditos que la Institución concede a sus funcionarios y empleados, se incluyen en el grupo de Cuentas por Cobrar. 1408.99.00 Otras Partidas Pendientes de Cobro En esta subcuenta se registran las otras cuentas por cobrar que no han sido especificadas en las anteriores subcuentas, y que representan derechos a favor de la Institución. 1409.00.00 Productos por Cobrar sobre Cuentas por Cobrar En esta cuenta se registran los productos generados por las cuentas por cobrar que se han devengado y se encuentran pendientes de cobro. Se Debita por: 1. El devengamiento de los productos con crédito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “5206 – Ingresos de Cuentas por Cobrar”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. Los productos contabilizados cuando se reciba el pago. 2. El saneamiento de los productos por cobrar con débito a la subcuenta “6201.04 – Gastos por Constitución de Provisión por Incobrabilidad de Cuentas por Cobrar”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera cuando ésta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Grupo 15 1500.00.00 BIENES DE USO Representa los bienes muebles e inmuebles tangibles que posee la Institución para su uso propio. Para reconocer como activo un bien de uso, se deberán cumplir dos condiciones:

Que sea probable que la institución obtenga beneficios económicos futuros derivados de dicho bien; y

Que el costo del activo pueda ser valorado con fiabilidad Comprende el valor de los Terrenos; Edificios e Instalaciones; Equipos y Mobiliario; Equipos de Computación; Vehículos; Biblioteca y Obras de Arte; Bienes Tomados en Arrendamiento Financiero y las Construcciones en Curso, deducidas de sus correspondientes depreciaciones acumuladas. Asimismo, se incluyen las adiciones y mejoras realizadas a estos bienes. Se incluyen en este grupo los bienes tomados por la Institución en arrendamiento financiero, en los que se le transfieran sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad; y por consiguiente, tienen el mismo tratamiento que un bien de uso propio. Los bienes de uso con vida útil menor a un año y aquellos cuyo valor de adquisición no es significativo, pueden ser llevados a gastos en el ejercicio en que se adquieren. La adquisición de estos bienes denota el propósito de utilizarlos y no de venderlos en el curso normal de las operaciones de la entidad.

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Todas las partidas incluidas en las cuentas que forman parte de éste grupo deben estar registradas solamente en moneda nacional sin mantenimiento de valor. Por consiguiente, los pagos que se realicen en moneda extranjera por adquisición o mejora de bienes de uso se registran al equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en la fecha en que se efectuó el mismo. DEFINICIONES: La Pérdida por Deterioro: Es la cantidad en que excede el importe en libros de un activo a su importe recuperable. Importe Recuperable: Es el mayor entre el precio de venta neto de un activo y su valor en uso. Arrendamiento Financiero: Es un tipo de arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo. La propiedad del mismo, en su caso, puede o no ser transferida. Arrendamiento Operativo: Es cualquier acuerdo de arrendamiento distinto al arrendamiento financiero. Pagos Mínimos por el Arrendamiento: son los que se requieren o pueden requerírsele al arrendatario durante el plazo del arrendamiento, excluyendo tanto las cuotas de carácter contingente como los costos de los servicios y los impuestos que ha de pagar el arrendador y le hayan de ser reembolsados. Tasa de Interés Implícita en el Arrendamiento: Es la tasa de descuento que, al inicio del arrendamiento, produce la igualdad entre el valor total de (a) los pagos mínimos por el arrendamiento y (b) el valor residual no garantizado, y la suma de (i) el valor razonable del activo arrendado y (ii) cualquier costo directo inicial del arrendador. Es decir, es aquella a la cual el Valor Actual Neto de los pagos futuros pactados iguala con el valor contable del bien arrendado, en el momento del inicio del arrendamiento. Medición de los Bienes de Uso en el momento del reconocimiento: Todo bien de uso que cumpla las condiciones para ser reconocido como activo se valorará por su costo, que está determinado por su precio de adquisición o construcción, según sea el caso. El costo de adquisición incluye el precio neto pagado (incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio), más todos los costos directamente relacionados con la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia; entre los que podemos mencionar: los derechos y gastos de importación, fletes, seguros, gastos de instalación, etc. Por su parte, el costo de construcción incluye todos los costos incurridos en la misma,

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tales como materiales, mano de obra que proceda directamente de la construcción o la adquisición de un Bien de Uso; costos de preparación de emplazamiento físico, costos de planeación e ingeniería, gastos de supervisión y administración de la obra e impuestos. En ningún caso se incluirán como costo de un bien de uso a los costos financieros. Activación de Mejoras Las mejoras se incorporarán al valor del costo del bien, siempre que tengan el efecto de aumentar su capacidad de servicio o su eficiencia, prolongar su vida útil o ayudar a reducir los costos de operaciones futuras. Toda erogación que no cumpla con los requisitos establecidos anteriormente deben establecerse como gastos del período, por ejemplo: 1. Reparación y mantenimiento de equipo de oficina y mobiliario. 2. Pintura, llantas y batería para automóviles. 3. Reparaciones menores que mantienen en funcionamiento el activo. 4. Traslado de equipo de oficina de un local a otro. 5. Gastos de conservación de edificios

6. Compra de plantas y flores, incluyendo sus cubículos 7. Reparaciones de cortinas y alfombras. 8. Reubicación de instalaciones eléctricas. 9. Reparación de bienes siniestrados. 10. Toda otra reparación que no cumpla con el concepto de “Activación de Mejoras”. Medición posterior al reconocimiento Con posterioridad a su reconocimiento como activo, un elemento de los Bienes de Uso se contabilizará por su costo de adquisición o construcción menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor. No obstante lo anterior, este Manual de Cuentas contiene las cuentas contables necesarias para el registro de una operación de revaluación de Bienes de Uso; la cual podrá efectuarse siempre y cuando la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras llegara a autorizarlas y por consiguiente, autorizar el uso de las respectivas cuentas. Las revalorizaciones señaladas, se realizarán conforme a la norma de carácter general que para tal fin dicte el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Los incrementos de valor como consecuencia de una revalorización, se llevarán directamente a la subcuenta 4301.01.01 denominada Ajustes por Revaluación de Bienes de Uso, que forma parte del Capital Contable. No obstante, el incremento se reconocerá en el resultado del período en la medida en que suponga una reversión de una disminución por devaluación del mismo activo, reconocida previamente en resultados.

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Las bajas de valor que se determinen como consecuencia de una revalorización se reconocerán en el resultado del ejercicio. No obstante, la disminución será cargada al patrimonio neto contra cualquier superávit de revaluación reconocido previamente en relación con el mismo activo, en la medida que tal disminución no exceda el saldo de la citada cuenta de superávit de revaluación. Deterioro del Valor de los Activos Cualquier pérdida por deterioro del valor en los activos revalorizados, se tratará como un decremento en la revalorización, reconociéndose directamente como un cargo en la subcuenta “4301.01.01 Ajustes por Revaluación de Bienes de Uso”, en la medida en que no exceda el monto contabilizado previamente en dicha cuenta. En el caso que no exista ningún superávit por revaluación de bienes, la pérdida por deterioro del activo se reconocerá directamente en la cuenta de gasto 6504 “Gastos Generales” en los resultados del período. Tras el reconocimiento de una pérdida por deterioro de valor, los cargos por depreciación del activo se ajustarán en los ejercicios futuros, con el fin de distribuir el importe en libros revisado del activo de una forma sistemática, a lo largo de su vida útil restante. Se revertirá la pérdida por deterioro de valor reconocida en ejercicios anteriores para un activo, si y sólo si, se hubiese producido un cambio en las estimaciones utilizadas para determinar el importe recuperable del mismo, desde que se reconoció la última pérdida por deterioro. Si éste fuera el caso, se aumentará el importe en libros del activo, hasta que alcance su importe recuperable. Depreciaciones La depreciación de estos bienes se calculará mensualmente por el método de línea recta, en función de los años de vida útil estimada del bien; y sus respectivos porcentajes aplicados a efectos tributarios, según lo estipulado en la Ley de Equidad Fiscal. Dicha depreciación comenzará a calcularse a partir del mes de incorporación, o sea que se registrará la depreciación correspondiente a la totalidad del mes en que ocurra el alta, independientemente del día de incorporación. No corresponderá depreciar el mes de baja si un bien se vendiera o si, por cualquier otra circunstancia, la institución se viera obligada a retirarlo de los registros antes de finalizar su vida útil. Cuando se revalúe un elemento de bienes de uso, la depreciación acumulada en la fecha de revaluación será reexpresada proporcionalmente al cambio en el importe en libros bruto del activo, de manera que el importe en libros después de la revaluación sea igual a su importe revaluado. Las mejoras se deprecian en la vida útil restante del bien principal. En el caso que las mejoras tengan como efecto un incremento significativo en la vida útil del bien, las mismas pueden depreciarse en un período mayor a la vida útil restante del bien principal, para ello es necesario contar con un informe de un perito independiente que confirme esta situación; sin embargo, la vida útil que se le asigne a la mejora nunca puede ser mayor a

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la vida útil total que le corresponde al bien principal. En el caso de bienes tomados en arrendamiento financiero, en los cuales se hacen adiciones y/o mejoras, si no existiese certeza razonable de que la Institución obtendrá la propiedad al término del plazo del arrendamiento, las adiciones y mejoras se depreciarán totalmente a lo largo de la vida útil del bien principal o en el plazo del arrendamiento, el que sea menor. Deterioro y Baja de Bienes de Uso En los casos en que la institución tenga conocimiento del deterioro significativo de un bien, cualquiera sea la causa, que reduzca su valor y/o su vida útil asignada originalmente, debe contratar un perito para que efectúe el avalúo técnico y comunicar inmediatamente a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, los resultados del mismo y proceder al ajuste contable correspondiente. Los bienes de uso que se hayan depreciado totalmente, deben seguir registrados en las cuentas de este grupo y sólo corresponde darles de baja de las mismas cuando se retiran del uso. Todos los bienes que dejen de ser usados, deben ser dados de baja de este grupo e incorporados en la cuenta que corresponda según su destino específico. En el caso de que no se les asigne destino específico, deben transferirse a la subcuenta "1606 – 02 -Bienes Fuera de Uso". El importe en libros de un bien se dará de baja en cuentas por su enajenación o disposición por otra vía, o cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso, enajenación o disposición por otra vía. La pérdida o ganancia que se genere al dar de baja un bien, se registrará en la cuenta correspondiente del resultado del ejercicio en que ocurra la baja en cuentas del activo. 1501.00.00 TERRENOS Esta cuenta se utiliza para registrar el valor de los terrenos en los cuales se encuentran ubicados los edificios de uso propio de la Institución y aquellos adquiridos para construir edificios u otras instalaciones para ser utilizados en sus actividades. Los terrenos y edificios son activos independientes y se contabilizarán por separado, incluso si han sido adquiridos de forma conjunta. Cuando se adquieran edificios ya construidos por un precio que incluya el valor del terreno, éste se determinará mediante un avalúo, utilizando el procedimiento siguiente: a) Se efectuará avalúo por todo el bien, separando lo que corresponde a edificios y terrenos; b) Se establecerá la proporción de cada uno respecto del total del avalúo; y c) Esta proporción se aplicará al costo del bien para determinar el valor del terreno.

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Los terrenos destinados a ampliaciones o construcciones futuras pueden permanecer en esta cuenta por un lapso de seis meses, contados desde su incorporación, sin que se inicien las obras correspondientes. Si transcurrido este plazo no se han iniciado dichas obras ni se les ha asignado otro destino a estos terrenos, los mismos deben ser transferidos a la subcuenta "1606.99 - Otros Bienes Diversos". Posteriormente, una vez iniciadas las construcciones, deben transferirse nuevamente a esta cuenta de Bienes de Uso. Se Debita por: 1. El valor de adquisición de los terrenos que se compren, incluyendo los gastos necesarios para la legalización de las propiedades. 2. Los costos incurridos en las mejoras a los bienes, siempre que las mismas cumplan con los señalamientos establecidos en la norma sobre "Activación de Mejoras", incluida en el contenido del grupo 1500 –Bienes de Uso-. 3. El incremento de valor determinado al efectuar su revalorización. 4. El valor contabilizado al transferirse el bien de otra cuenta. Se Acredita por: 1. El valor contable de los terrenos que se enajenen o que, por alguna otra vía, se les cambie de destino. 2. La baja de valor determinada al efectuar la revalorización. 3. El deterioro que se determine en su valor. 1501.01.01 1501.01.02 1502.00.00

Terreno Costo Histórico. Terrenos Revaluación EDIFICIOS E INSTALACIONES

Esta cuenta se utiliza para registrar el costo de los Edificios e Instalaciones propios de la Institución, que se utilizan para el desarrollo de sus actividades. Los edificios se contabilizarán por separado de los terrenos, incluso si han sido adquiridos de manera conjunta, ya que representan activos independientes. Cuando se adquieran edificios ya construidos, el valor del edificio se determinará conforme el procedimiento descrito en la cuenta "1501 -Terrenos". Los edificios e instalaciones adquiridos o construidos para dicho fin, que aún no se encuentren efectivamente en uso ni se les haya asignado otro destino, pueden permanecer en esta cuenta por un lapso de seis meses, contados desde su adquisición o finalización de la construcción. Si transcurrido dicho plazo aún no están en uso, los mismos deben ser transferidos a la subcuenta "1606.02 – Bienes Fuera de Uso".

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Se Debita por: 1. El costo de adquisición o de construcción de los edificios e instalaciones. 2. El valor contabilizado al transferirse el bien de otra cuenta. 3. Los costos incurridos en las mejoras y adiciones a los bienes, siempre que las mismas cumplan con los criterios establecidos sobre "Activación de Mejoras", incluida en la definición del grupo. 4. El incremento de valor determinado al efectuar su revalorización. Se Acredita por: 1. La venta, donación o destrucción que sufran estos bienes o por cualquier circunstancia que obliguen a retirarlos de los registros. 2. La baja de valor determinada al efectuar la revalorización. 3. El deterioro que se determine en su valor. 4. El valor contable cuando se cumplen los plazos indicados en el concepto de esta cuenta, para los bienes que no están siendo efectivamente usados.

1502.01.00

1502.02.00 1503.00.00

Edificios

Instalaciones Costo Histórico EQUIPOS DE OFICINA Y MOBILIARIO

Esta cuenta se utiliza para registrar el valor del mobiliario y equipo que la Institución posee para su uso propio. Se exceptúan los equipos de computación y sus accesorios, ya que se ha previsto una cuenta específica para registrar tales activos. Deberán incluirse en esta cuenta los escritorios, las máquinas de escribir, sumadoras, equipos de seguridad, equipos de aire acondicionado, los archivos, etc. Los bienes que aún no se encuentren efectivamente en uso ni se les haya asignado otro destino, pueden permanecer en esta cuenta por un lapso de seis meses, contados desde su adquisición. Si transcurrido dicho plazo aún no están en uso, los mismos deben ser transferidos a la subcuenta "1606.02 – Bienes Fuera de Uso". Registro Contable: Similar al indicado para la cuenta "1502 - Edificios e Instalaciones" 1503.01.00

1503.02.00

Equipos de Oficina Mobiliario

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1504.00.00 EQUIPOS DE COMPUTACIÓN En esta cuenta se registra el valor de los equipos de computación de la Institución. Cuando no sea posible separar, en el costo de adquisición del equipo, el valor del hardware y del software de base, éste último puede ser registrado en esta cuenta, incorporado al valor del bien de uso; en caso contrario, deberá ser registrado en la subcuenta “1605.04 –Software-”. Registro Contable: Similar al establecido para la cuenta “1502 – Edificios e Instalaciones” 1504.01.00 1505.00.00

Equipos de Computación VEHÍCULOS

Esta cuenta se utiliza para registrar el valor de los vehículos tales como: automóviles, jeeps, furgonetas, camiones blindados, motocicletas y otros de naturaleza similar, que posea la Institución para su uso. Registro Contable: Similar al establecido para la cuenta “1502 – Edificios e Instalaciones” 1505.01.00 1506.00.00

Vehículos Bienes Tomados en Arrendamiento Financiero

En esta cuenta se registra el valor de incorporación de los bienes tomados en arrendamiento financiero por parte de la Institución; el cual se determinará como el menor entre el costo de adquisición del bien arrendado y el valor presente de los pagos mínimos a realizar por el arrendamiento, estipulados en el contrato y determinado al inicio del arrendamiento. Al calcular el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento, se tomará como factor de descuento la tasa de interés implícita en el arrendamiento. Cualquier costo directo inicial del arrendatario, se añadirá al importe reconocido como activo. Al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, éste se reconocerá, en el balance de la Institución arrendataria, registrando un activo y un pasivo por el mismo importe. En la operación de Arrendamiento Financiero, se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad al arrendatario, por lo que si bien estos activos no son propiedad de la institución, para efectos contables, son considerados como bienes de uso y reciben el mismo tratamiento contable que éstos. La política de depreciación para activos depreciables arrendados será coherente con la seguida para el resto de activos depreciables que se posean y estén contabilizados en la

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cuenta de bienes de uso. Si no existiese certeza razonable de que el arrendatario obtendrá la propiedad al término del plazo del arrendamiento, el activo se depreciará totalmente a lo largo de su vida útil o en el plazo del arrendamiento, según cuál sea menor. Registro contable: Ver modelo de Contabilización de "Arrendamiento Financiero (Arrendatario)". 1506.01.00 1506.02.00 1506.03.00 1506.04.00 1507.00.00

Inmuebles Tomados en Arrendamiento Financiero

Equipos y Mobiliario Tomados en Arrendamiento Financiero Equipos de Cómputo Tomados en Arrendamiento Financiero Vehículos Tomados en Arrendamiento Financiero BIBLIOTECA Y OBRAS DE ARTE

Esta cuenta se utiliza para registrar el valor de los libros técnicos, cuadros, esculturas y otras obras de arte propiedad de la Institución. Los cuadros, esculturas y otros bienes, sólo podrán ser considerados como obras de arte, si han sido realizados por un artista de reconocido prestigio nacional o internacional y se encuentran en exhibición al público. Las adquisiciones de bienes de este tipo que no cumplan con las condiciones antes señaladas se registran como gastos. Se Debita por: 1. El costo de adquisición al incorporarse el bien 2. El valor contabilizado al transferirse el bien de otra cuenta Se Acredita por: 1. El valor contable del bien cuando se vende o se da de baja 1507.01.00

1507.02.00

1508.00.00

Biblioteca Obras de Arte CONSTRUCCIONES EN CURSO

En esta cuenta se registra el valor de los montos aplicados a obras en construcción, ya sea que se trate de nuevos edificios o de ampliación o reformas de los existentes. Dichos bienes en construcción serán destinados al uso de la Institución. Los bienes incluidos en esta cuenta no son sujetos de depreciación hasta tanto no estén en condiciones para su uso, momento en el cual se transfieren a la cuenta que en definitiva les corresponda. Los bienes en construcción que no han sido puestos en condiciones para su uso dentro

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del plazo de seis meses, contados desde el momento en que de acuerdo al proyecto original debió estar concluida la construcción, debe transferirse a la subcuenta “1606.99 – Otros Bienes Diversos-”. Posteriormente, una vez iniciado efectivamente su uso, deben transferirse a la cuenta que le corresponda. Se Debita por: 1. Los costos incurridos en la construcción. 2. El valor contabilizado al transferirse el bien de otra cuenta. Se Acredita por: 1. El valor contabilizado al finalizarse las obras y transferir el bien a la cuenta definitiva. 2. El valor contable cuando se cumplen los plazos indicados en el concepto de esta cuenta, sin que el bien esté en condiciones de ser usado. 1508.01.00 1509.00.00

Construcciones en Curso ADICIONES Y MEJORAS

En esta cuenta se registran las adaptaciones o mejoras de los bienes de uso que tienen el efecto de aumentar el valor de un activo existente, ya sea porque aumentan su capacidad de servicio, su eficiencia, prolongan su vida útil o ayudan a reducir sus costos de operación futuros. Aquellos desembolsos que reúnan una o varias de las características anteriores representan adaptaciones o mejoras y consecuentemente deben cargarse al activo fijo. La diferencia esencial entre una adición al activo fijo y una adaptación o mejora es que la adición implica un aumento de cantidad, en tanto que la mejora aumenta sólo la calidad del activo. Las adaptaciones o mejora pueden estar sujetas a una tasa de depreciación diferente de la que se aplica al costo del activo original. Se Debita por: 1. Las adiciones y mejoras realizadas Se Acredita por: 1. La transferencia de las adiciones y mejoras al costo de adquisición al momento de realizar las revaluaciones.

1509.01.00

1509.02.00

Adiciones Mejoras

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Grupo 16 1600.00.00 OTROS ACTIVOS Este grupo comprende otros activos otros activos de la Institución que no han sido incluidos en los demás grupos de las clases de Activo, como son: Gastos pagados por anticipado, Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuestos Diferidos, Inversiones de Obligaciones Laborales al Retiro, Otros Conceptos por Amortizar, Gastos de Emisión y Colocación de Obligaciones Subordinadas no Susceptibles de Conversión en Acciones, Gastos de Emisión y Colocación de Obligaciones Subordinadas Susceptibles de Conversión en Acciones, Cargos Diferidos, Otros Cargos Diferidos, Bienes Diversos y Operaciones Pendientes de Imputación. 1601.00.00 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO Esta cuenta se utiliza para registrar aquellas erogaciones que la Institución efectúe por anticipado, por concepto de gastos que se devengaran posteriormente originados por bienes y servicios. Un gasto anticipado es una partida que se pagó y registró antes de ser usada o consumida, una parte de la cual representa propiamente un gasto del periodo actual y otra parte representa un derecho que se traslada para consumirse en periodos futuros. Se Debita por: 1. Los importes pagados por gastos aún no devengados. Se Acredita por: 1. El devengamiento de los gastos con débito a la cuenta de gastos correspondientes. 1601.01.00 1601.02.00 1601.03.00 1601.04.00 1601.05.00 1601.06.00 1601.07.00 1601.08.00 1601.09.00 1601.10.00 1601.11.00 1601.12.00 1601.99.00

Intereses Pagados por Anticipado Comisiones Pagadas por Anticipado Primas Pagadas por Anticipado Impuestos Pagados por Anticipado Seguros Pagados por Anticipado Garantías Financieras Pagadas por Anticipado Fianzas Pagadas por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado Mantenimiento Pagado por Anticipado Remuneraciones Pagadas por Anticipado Publicidad y Propaganda Pagadas por Anticipado Matrículas y Licencias Pagadas por Anticipado Otros Gastos Pagados por Anticipado

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1602.00.00 IVA ACREDITABLE En esta cuenta registrará el Impuesto al Valor Agregado que se traslade a la Institución y el que ésta pague por operaciones de las que puedan ser objeto un bien o servicio gravado, siempre y cuando dicho IVA le sea acreditable, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley de Equidad Fiscal. El monto del IVA que le hubiere sido trasladado a la Institución y el IVA que hubiera pagado por la importación o internación de bienes y servicios, y que constituye un crédito fiscal a su favor, no podrá capitalizarse al costo de los bienes o servicios adquiridos, salvo en los casos en que el IVA no sea acreditable. Se Debita por: 1. El importe del IVA que le fuere trasladado a la Institución por la adquisición de bienes o servicios. Se Acredita por: 1. El importe del IVA acreditable que corresponda al pago mensual determinado conforme a lo dispuesto en la Ley de Equidad Fiscal. 1602.01.00 1602.02.00 1603.00.00

Acreditable

No Acreditable IMPUESTOS DIFERIDOS

En esta cuenta registrará el importe que la Institución determine como un Impuesto sobre la Renta diferido a favor, por todas y cada una de las diferencias temporales deducibles que surjan en el ejercicio, siempre y cuando resulte probable que se obtengan beneficios fiscales futuros que permitan aplicar o compensar dichas diferencias temporales. Sólo corresponde registrar este activo cuando exista una certeza prácticamente absoluta de que se va a poder recuperar en períodos futuros. En el caso que resulten diferencias temporales imponibles, deben registrarse en la subcuenta “2601–03 Impuesto sobre la Renta Diferido-” en el Pasivo. Se Debita por: 1. El importe del Impuesto sobre la Renta Diferido a favor, determinado por la aplicación de la tasa impositiva a las diferencias temporales deducibles con crédito a la subcuenta “6803.01-Gastos por Impuesto sobre la Renta”. Se Acredita por:

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1. La cancelación y/o ajuste del importe del Impuesto sobre la Renta Diferido a favor, determinado por la aplicación de la Tasa impositiva a las diferencias temporales deducibles con débito a la subcuenta “6803.01- Gastos por Impuesto sobre la Renta”. 1603.01.00 1604.00.00

Impuesto Sobre la Renta INVERSION DE LAS RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO

En esta cuenta se registrarán las aportaciones efectivas que realice la Institución en el monto de la inversiones como respaldo de obligaciones laborales exigibles en el corto plazo para el retiro de funcionarios y empleados; las cuales son complementarias a las que establece la legislación laboral vigente. También se deben incluir en esta cuenta los rendimientos que generen dichas inversiones. Las inversiones de obligaciones laborales al retiro deben contabilizarse por su valor razonable. En el caso de títulos cotizados, el valor razonable es el de mercado. Cuando existan inversiones cuyo valor razonable no puede estimarse, debe revelarse la razón por la cual no se ha podido usar éste método de valoración, y deberán valuarse a su Valor Presente Neto (VPN). Las Instituciones evaluarán las inversiones de las obligaciones laborales al retiro con la suficiente regularidad para que los saldos reconocidos en los estados financieros no difieran, significativamente, de los importes que hubieran podido determinarse en la fecha del balance. Se Debita por: 1. Las aportaciones efectivas que realice la Institución en el monto de las inversiones como respaldo de obligaciones laborales exigibles en el corto plazo para el retiro de funcionarios y empleados. 2. Los rendimientos que generen dichas inversiones. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. El pago de pensiones, primas de antigüedad y servicios médicos post-retiros que realice la Institución a funcionarios y empleados, conforme a las condiciones establecidas en el plan.

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2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIAROS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste a ha disminuido, con débito a la subcuenta “5902.00 – INGRESOS PRO EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 1604.01.00 1605.00.00

Indemnización Laboral CARGOS DIFERIDOS

En esta cuenta se registra el monto de las erogaciones no reconocidas totalmente como gastos del período en que se incurren, sino que su reconocimiento como tal se distribuye en períodos futuros, debido a que los beneficios que se recibirán de los mismos se extienden más allá del período en el cual se incurrieron. Dentro de estos cargos diferidos se incluyen los gastos relativos a la organización e instalación de la Institución, las mejoras a propiedades tomadas en alquiler, el software adquirido a terceros y otros gastos que corresponda su diferimiento. Los cargos diferidos se valúan al costo y se registran en moneda nacional, no computándose ningún tipo de revaluaciones ni actualizaciones. Se Debita por: 1. Los cargos diferidos cuando se incurren. Se Acredita por: 1. Las amortizaciones mensuales, con débito a la subcuenta de gastos que corresponda según el tipo de cargo diferido. 1605.01.00 Gastos de Organización e Instalación En esta subcuenta se registran los gastos incurridos por la Institución durante la fase de su primera organización e instalación, tales como: estudios técnicos, gastos de escrituración o

notariales y demás trámites legales para constituirse y operar; así como los derivados de la instalación y acondicionamiento de oficina, todos ellos incurridos durante la etapa de preoperación. Estos gastos se amortizan por el método de línea recta en cuotas mensuales en un máximo de cinco años, a partir del mes de inicio de actividades de la Institución o en el que se originó el cargo, el que sea posterior. 1605.02.00 Derechos de Explotación de Puesto de Bolsa En esta subcuenta se registra el monto pagado a la Bolsa de Valores en concepto de

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Derecho de Explotación. Los gastos diferidos por este concepto deberán amortizarse en cuotas mensuales en un plazo máximo de cinco años contados a partir de la fecha de adquisición. 1605.03.00 Mejoras a Propiedades Tomadas en Alquiler Esta subcuenta se utiliza para registrar el importe de las mejoras en las edificaciones e instalaciones propiedad de terceros, que han sido alquilados por la Institución para su uso, éstas deben implicar modificaciones significativas en la forma y condiciones de uso de

dichos inmuebles. También se incluyen las instalaciones en estos bienes que cuando sean devueltos a los propietarios al vencimiento del contrato quedarán incorporados a los mismos. Las amortizaciones se efectúan mensualmente a partir del mes siguiente al de la incorporación del cargo, en un plazo no superior al estipulado en el contrato de alquiler o de cinco años, el que sea el menor. 1605.04.00 Software En esta subcuenta se registra el monto de los gastos incurridos en la adquisición a terceros del software para uso de la Institución. Los gastos diferidos por concepto de software deberán amortizarse en cuotas mensuales en un plazo máximo de cinco años contados a partir de la fecha de adquisición. 1605.05.00 Crédito Mercantil En esta subcuenta se registra la plusvalía comprada (goodwill) adquirida en una combinación de negocio, la cual corresponde a activos que no han podido ser identificados individualmente y reconocidos por separado. Esta plusvalía comprada representa un pago realizado por la adquirente como anticipo de beneficios económicos futuros de los activos que no hayan podido ser identificados individualmente y reconocidos por separado. No se amortizará la plusvalía comprada adquirida en una combinación de negocios. En su lugar, la entidad adquirente analizará el deterioro del valor anualmente. 1605.06.00 Central de Valores En esta subcuenta se registra el monto pagado a la Central de Valores en concepto de Servicios de Administración y Transferencia de Valores. Los gastos diferidos por este concepto deberán amortizarse en cuotas mensuales en un plazo máximo de un año. 1605.99.00 Otros Cargos Diferidos En esta subcuenta se registra el importe de las partidas que responden a la definición de

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cargos diferidos pero que no se encuentran especificadas en las subcuentas anteriores. La Superintendencia de Bancos al aprobar el diferimiento de estos gastos establecerá en cada caso el plazo máximo de amortización. 1606.00.00 BIENES DIVERSOS En esta cuenta se registran los bienes tangibles que son propiedad de la Institución, y que no corresponde registrar en las demás cuentas del activo, como son: las Especies Valorizadas, la Papelería, útiles y Otros Materiales, los Bienes Entregados en Alquiler, los Bienes Asignados para Uso del Personal, los Bienes Fuera de Uso, los Bienes en Importación y

Otros Bienes Diversos. Los criterios de valuación se encuentran en la descripción de las respectivas subcuentas que integran este grupo. 1606.01.00 Papelería, Útiles y Otros Materiales En esta subcuenta se registran las existencias de papelería, útiles y otros materiales adquiridos por la Institución que serán utilizados en el futuro, en el desarrollo de sus actividades, o vendidos a sus clientes. Se incluye toda la papelería preimpresa, los útiles y materiales de oficina, chequeras, tarjetas de crédito, materiales de computación, materiales de limpieza, materiales para servicios generales, etc. Estos bienes se valúan al costo de adquisición en moneda nacional, sin registrar ningún tipo de revaluaciones, y se van cargando a gastos a medida que se utilizan o en algunos casos se dan de baja al ser vendidos a los clientes. La Institución debe llevar un adecuado control de las existencias de bienes y de los consumos mensuales, de manera que tanto el activo como el gasto reflejen los valores reales. Se Debita por: 1.- El valor de costo de las adquisiciones.

2.- Los ajustes por diferencias de inventario al realizarse recuentos físicos. Se Acredita por: 1.- El valor contable de los bienes utilizados o vendidos. 2.- Los ajustes por diferencias de inventario al realizarse recuentos físicos. 1606.02.00 Bienes Fuera de Uso En esta subcuenta se registra el valor de los inmuebles, mobiliario y equipos, vehículos, etc., que son propiedad de la Institución y que se encuentran fuera de uso, sin haberle dado otro destino que justifique su inclusión en otra cuenta. Estos bienes se incorporan en esta cuenta con el valor neto de depreciaciones con que estaban registrados en la cuenta de origen a la fecha de su desafectación. Si dicho valor

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neto fuese cero se le dará el valor de registro de C$1.00 (un córdoba) al incorporarlo en esta cuenta. Estos bienes se valúan a su valor de costo o mercado, el más bajo y no corresponde registrar revaluaciones ni depreciaciones. Se Debita por: 1.- El valor revaluado neto al momento de la incorporación. 2.- Los costos incurridos en la mejora o incorporaciones a los bienes, siempre que éstas incrementen el valor neto de realización de los mismos. Se Acredita por: 1.- El valor contabilizado al venderse o darse de baja el bien. 2.- E valor contabilizado al asignarse otro destino al bien. 1606.99.00 Otros Bienes Diversos En esta subcuenta se registran los demás bienes de la Institución que no corresponda incluir en las otras subcuentas de la cuenta Bienes Diversos o Bienes de Uso. Estos bienes se valúan a su valor de costo o mercado, el más bajo y no corresponde registrar depreciaciones. Se Debita por: 1.- El valor de costo de los bienes o por el valor que se encontraban registrados en la cuenta de la que son transferidos. Se Acredita por: 1.- El valor contable de los bienes cuando son vendidos, dados de baja o transferidos a otra cuenta. 1607.00.00 OPERACIONES PENDIENTES DE IMPUTACIÓN En esta cuenta se registran de manera provisional las partidas deudoras de las operaciones que por razones operativas o por razones de naturaleza especial de la misma no es posible debitar inmediatamente a las cuentas correspondientes. Estas partidas deben ser regularizadas, mediante su afectación deudora a las cuentas definitivas, en un período no mayor a los treinta días naturales contados desde la fecha de origen de la misma. Al cierre anual de operaciones no deben quedar partidas pendientes en esta cuenta. Las partidas acreedoras se registran en la cuenta "2801 -Operaciones Pendientes de Imputación-". Se Debita por:

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1.- Las partidas deudoras cuando se originan. 2.- Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con crédito a la subcuenta de resultado correspondiente. 3.- Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la subcuenta de resultado correspondiente. Se Acredita por: 1.- Las partidas regularizadas. 2.- Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con débito a la subcuenta de resultado correspondiente. 3.- Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con débito a la subcuenta de resultado correspondiente. 1607.01.00 Faltantes de Caja En esta subcuenta se utiliza para registrar el importe de los faltantes de efectivo que resulten de las verificaciones diarias de existencias de billetes y monedas o los que determine los arqueos diarios u ocasionales efectuados por personal autorizado distinto a los que normalmente manejan y custodian dichos valores. 1607.02.00 Operaciones por Liquidar Esta subcuenta se utiliza para registrar en forma provisional entre otras, aquellas operaciones originadas por sumas entregadas, por la Institución anticipadamente para hacer pagos urgentes, que por su cuantía y complejidad, resulten difícil contabilizarlas en la cuenta correspondiente por no tenerse en ese momento los documentos de soporte. 1607.99.00 Otras Operaciones Pendientes de Imputación

Esta subcuenta se utiliza para registrar y controlar aquellas operaciones pendientes de imputación y cuyos conceptos no encajen dentro de las subcuentas descritas anteriormente. Grupo 17 1700.00.00 INVERSIONES PERMANENTES EN ACCIONES En estas cuentas se registran las inversiones que la Institución ha realizado en títulos representativos del capital social de subsidiarias o asociadas con la intención de mantenerlas por un plazo indefinido. Estas inversiones se realizan para ejercer control o influencia significativa sobre las empresas participadas. DEFINICIONES:

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Grupo Financiero Representa al conjunto integrado por las entidades que mantengan entre ellas vinculaciones significativas en los términos establecidos en la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros. Subsidiaria. Es una entidad controlada por otra denominada Controladora o Matriz. Asociada Es una entidad sobre la que el inversor posee influencia significativa, y no es una subsidiaria ni constituye una participación en un negocio conjunto. Influencia significativa Es el poder de intervenir en las decisiones de políticas financieras y de operación de la empresa en la cual se tiene la inversión, sin llegar a tener el control absoluto ni el control conjunto de la misma. Se presume, a menos que se demuestre lo contrario, que el inversor ejerce influencia significativa si posee directa o indirectamente, a través de sus subsidiarias, al menos el 20% de las acciones ordinarias en circulación con derecho a voto de la participada. También existe influencia significativa, en cualquiera de los siguientes casos:

Representación en el Consejo de Administración u órgano equivalente de dirección de la entidad participada, al tener nombrados consejeros, sin que éstos sean mayoría

Participación en el proceso de definir las políticas de operación y financieras Transacciones importantes entre el inversor y la participada Intercambio de personal gerencial o directivo; o Proveer información técnica esencial.

La existencia de un accionista que tenga el control no impide que otro accionista tenga influencia significativa. Al evaluar la influencia significativa se examinarán todos los hechos y circunstancias Control Representa el poder de gobernar las políticas de operación y financieras de una empresa, a fin de obtener beneficio de sus actividades. Se considera que se tiene el control de otra empresa cuando se posee, directa o indirectamente a través de otras subsidiarias, más del 50% de las acciones en circulación con derecho a voto de la participada, a menos que se den circunstancias excepcionales en las que se pueda demostrar claramente que tal posesión no constituye control. Existen otros criterios para determinar la existencia de control, los cuales están contenidos en las

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Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y que también pueden ser considerados para calificar la existencia de control en una participada. Método de Participación Es un método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al costo, y es ajustada posteriormente en función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la porción de los activos netos de la entidad participada que corresponde al inversor. El resultado del ejercicio del inversor recogerá la porción que le corresponde en

los resultados de la participada. Las inversiones en la asociada se contabilizarán, utilizando el método de participación, desde el momento en que se convierta en asociada. Las diferencias positivas o negativas, surgidas al momento de la adquisición, entre el costo de la inversión y la porción que corresponda al inversor en los valores razonables de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, se contabilizarán de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera para una combinación de negocios. Estados Financieros Separados Son los estados financieros de un inversor, ya sea éste una controladora, un inversor en una asociada o un participante en una entidad controlada conjuntamente, en los que las inversiones correspondientes se contabilizan sobre la base de su participación directa a partir de cantidades directamente invertidas, y no en función de los resultados obtenidos y de los activos netos poseídos por la entidad participada. Reglas de Registro y Medición Estados Financieros Individuales (Separados): En los estados financieros del inversor, cuando no le sea obligatorio presentar estados financieros consolidados según las excepciones establecidas en la Norma sobre Supervisión Consolidada de los Grupos Financieros, las inversiones en asociadas, subsidiarias y entidades controladas de forma conjunta deberán contabilizarse utilizando el método de participación. No obstante, en los estados financieros separados, las inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas, se contabilizarán al costo. El importe en libros de la inversión, en la fecha en que la entidad deje de aplicar el método de participación, según lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará como el costo, a efectos de la medición inicial del activo financiero. Estados Financieros Consolidados Las inversiones en asociadas, subsidiarias y entidades controladas de forma conjunta se contabilizarán en los estados financieros consolidados, utilizando el método de participación, tomando en consideración las excepciones que para tal efecto establezca la Norma de Supervisión Consolidada emitida por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Las diferencias positivas o negativas, surgidas al momento de la adquisición, entre el

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costo de la inversión y la porción que corresponda al inversor en los valores razonables de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, se contabilizarán en los estados financieros consolidados, de acuerdo con los criterios establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera para una combinación de negocios. Reglas de Presentación Ver formato de presentación de los estados financieros en el capítulo V del Manual Único de Cuentas. 1701.00.00 Inversiones en Subsidiarias En estas cuentas se registran las inversiones que la Institución ha realizado en títulos representativos del capital social de subsidiarias con la intención de mantenerlas por un plazo indefinido. Se Debita por: 1. El costo de adquisición, cuando se realiza la inversión en la subsidiaria. 2. Los incrementos producidos en las inversiones en subsidiarias como consecuencia de aportaciones adicionales o actualización de la inversión en dicha subsidiaria con crédito a la subcuenta "5701 Utilidad de Subsidiarias y Asociadas” 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. El valor contabilizado cuando se venden las inversiones. 2. Las pérdidas producidas en las Instituciones sobre las que se ejerce control que ocasionan una disminución en el valor patrimonial de la inversión, con débito a la cuenta

"6601 Pérdidas de Subsidiarias y Asociadas". 3. La disminución en el valor de las Inversiones en instituciones sobre las que se ejerce control, debido a la distribución de dividendos en efectivo 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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5. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste a ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

1701.01.00 1701.02.00

1702.00.00

Pertenecientes al Sector Financiero No Pertenecientes al Sector Financiero Inversiones en Asociadas

En estas cuentas se registran las inversiones que la Institución ha realizado en títulos representativos del capital social de asociadas con la intención de mantenerlas por un plazo indefinido. Se Debita por: 1. El costo de adquisición, cuando se realiza la inversión. 2. Los incrementos producidos en las inversiones en asociadas como consecuencia de aportaciones adicionales o actualización de la inversión en dicha asociada con crédito a la cuenta "5701 Utilidad de Subsidiarias y Asociadas” 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con crédito a la cuenta”5902.00 INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con crédito a la subcuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. El valor contabilizado cuando se venden las inversiones. 2. Las pérdidas producidas en las Instituciones sobre las que se ejerce influencia en la administración que ocasionan una disminución en el valor patrimonial de la inversión, con débito a la subcuenta "6601 Pérdidas de Subsidiarias y Asociadas". 3. La disminución en el valor de las Inversiones en instituciones sobre las que se ejerce influencia en la administración, debido a la distribución de dividendos en efectivo. 4. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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5. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste a ha disminuido, con débito a la cuenta “5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

1702.01.00 1702.02.00

Pertenecientes al Sector Financiero No Pertenecientes al Sector Financiero

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Grupo 20 2000.00.00 PASIVOS Comprende las cuentas representativas de las obligaciones directas de la Institución, clasificadas en los siguientes grupos: 2100.00.00 2200.00.00 2300.00.00 2400.00.00 2500.00.00 2600.00.00 2700.00.00 2800.00.00 2900.00.00

OBLIGACIONES INMEDIATAS OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADAS OBLIGACIONES CON INSTITUCIONES FINANCIERAS Y OTROS ORGANISMOS OTRAS CUENTAS POR PAGAR Y PROVISIONES RESERVAS POR OBLIGACIONES LABORALES PARA EL RETIRO OTROS PASIVOS INGRESOS DIFERIDOS OPERACIONES PENDIENTES DE IMPUTACIÓN OBLIGACIONES SUBORDINADAS Y/O CONVERTIBLES EN CAPITAL

Grupo 21 2100.00.00 OBLIGACIONES INMEDIATAS Esta cuenta se utiliza para registrar las obligaciones por operaciones de intermediación bursátil con personas naturales y jurídicas que realizan las Instituciones de Valores. Se incluyen dentro de este grupo: 2101.00.00 2102.00.00 2103.00.00 2104.00.00 2105.00.00 2106.00.00

Comisiones por Pagar por Intermediación Bursátil Comisiones por Pagar por Asesoría Bursátil Membresías por Pagar a la Bolsa de Valores Comisiones, Tarifas y Cuotas por Servicios Cuentas por Pagar Cargos por Pagar por Obligaciones Inmediatas.

Se debita por:

1. La cancelación de las obligaciones contraídas

2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios." Se Acredita por: 1. Las obligaciones cuando se generan.

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2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios." 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios." Grupo 22 2200.00.00 OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADAS En este grupo se registran la parte pasiva de las operaciones de pacto y opción de recompra así como los instrumentos financieros derivados. Los importes a registrar en las cuentas integrantes de este grupo corresponderán exclusivamente a operaciones transadas en una Bolsa de Valores supervisada por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, si son valores emitidos en el país; o en una Bolsa de Valores del Exterior supervisada por la autoridad competente en el país del emisor. Las operaciones de recompra que no se realicen a través de una Bolsa de Valores, no tendrán la característica de una operación de recompra y deberán ser reconocidas como una obligación dentro del grupo de Obligaciones con Instituciones Financieras y por Otros Financiamientos. Mientras no exista autorización expresa de la SIBOIF y disposiciones normativas para registrar operaciones con derivados, queda prohibido para las Instituciones supervisadas reportar saldos en la cuenta ¨2205 –Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados y subcuenta 2206.03 – Intereses por Pagar por Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados-. DEFINICIONES: Para este grupo de cuentas se retomarán las definiciones incluidas en el grupo 1300 – Operaciones con Valores y Derivados-. REGLAS DE VALUACIÓN Con posterioridad a su reconocimiento inicial, las operaciones contabilizadas en las cuentas “2401 -Obligaciones por Recompra de Títulos para Operaciones con Opción de Recompra-” y “2403 -Obligaciones por Recompra de Títulos para Operaciones de Reporto-” se valuarán al valor de mercado de los títulos correspondientes, y dicho efecto se reconocerá en la subcuenta respectiva de la cuenta “6112 –Gastos por Valuación de Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados”, en el caso que disminuyeran de valor; ó “5106 –Ingresos por Disminución de Provisión para Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados-”. Registro Contable

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Ver Capítulo IV - Modelos de Contabilización. Modelo 03 Reportos. 2201.00.00 ACREEDORES POR OPERACIONES DE REPORTO En esta cuenta se registran las ventas de valores realizadas por la Institución bajo el compromiso contractual de comprarlas nuevamente en un plazo y a un precio convenido. La posición pasiva representa la cuenta por pagar al reportador (comprador) del reporto por el efectivo recibido. Por los títulos valores objetos del contrato de reporto, no se afectan las cuentas del balance, en virtud de que el reportador no adquiere, desde el punto de vista contable, todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de dichos títulos; sin embargo, son objeto de su descripción en las notas a los estados financieros. Se Debita por: 1. Los importes pagados al reportador por los valores comprados, en el momento en que la Institución cumpla su compromiso contractual de recomprarlos. 2. La baja en cuenta de los títulos, en el momento en que el vendedor (reportado) incumpla a la obligación del reporto, con crédito en la cuenta “1302 –Títulos a Entregar por Operaciones de Reporto-”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Se Acredita por: 1. 2.

3.

2201.01.00 2201.02.00 2201.03.00

Los importes recibidos por los valores vendidos bajo contratos de reporto. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas

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2202.00.00 TÍTULOS A ENTREGAR POR OPERACIONES DE REPORTO Mientras no exista autorización expresa de la SIBOIF y disposiciones normativas las instituciones no podrán efectuar operaciones de venta o reporto con títulos objetos de reportos vigentes; y por consiguiente, no podrán reportar saldos en esta cuenta. En esta cuenta se registra la obligación que asume el reportador cuando vende los instrumentos financieros objetos de un reporto; asumiendo un pasivo porque necesariamente deberá recomprar en el mercado otros tantos títulos de la misma especie para cumplir con su obligación de regresarlos al reportado. Al efecto, reconoce el efectivo recibido por la venta, con crédito a esta cuenta. Se Debita por: 4. La adquisición de los títulos objetos del reporto, cuando se recompra en el mercado. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Se Acredita por: 2. 3.

4.

2202.01.00 2202.02.00 2202.03.00 2203.00.00

El valor de mercado de los títulos vendidos objeto de reporto. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas ACREEDORES POR OPERACIONES DE REPORTO OPCIONAL

En esta cuenta se registra la obligación contractual de la Institución, cuando actúa como vendedor (beneficiario), a cancelar la operación de opción de recompra. La posición pasiva representa la cuenta por pagar al comprador (oferente) de la opción por el efectivo recibido. Por los títulos valores objetos del contrato de opción, no se afectan las cuentas del balance, en virtud de que el oferente (comprador) no adquiere, desde el punto de vista

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contable, todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de dichos títulos; sin embargo, son objeto de su descripción en las notas a los estados financieros. Se Debita por: 1. Los importes pagados al comprador (oferente) de la opción por los valores vendidos, en el momento en que el vendedor (beneficiario) ejerza la opción de compra. 2. La baja en cuenta de los títulos, en el momento en que el vendedor (beneficiario) no ejerce la opción de compra, con crédito en la cuenta “1304 –Títulos a Entregar por Operaciones de Reporto Opcional”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Se Acredita por: 1. Los importes recibidos por los valores vendidos bajo contratos de opción de recompra. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 2203.01.00 2203.02.00 2203.03.00 2204.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas TÍTULOS A ENTREGAR POR OPERACIONES DE REPORTO OPCIONAL.

Mientras no exista autorización expresa de la SIBOIF y disposiciones normativas las instituciones no podrán efectuar operaciones de venta u opción de recompra con títulos objetos de opciones vigentes; y por consiguiente, no podrán reportar saldos en esta cuenta. En esta cuenta se registra la obligación que asume el Oferente (Comprador) cuando

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vende los instrumentos financieros objetos de una opción de recompra; asumiendo un pasivo porque necesariamente deberá recomprar en el mercado otros tantos títulos de la misma especie para cumplir con su compromiso de regresarlos al Beneficiario (Vendedor). Al efecto, reconoce el efectivo recibido por la venta, con crédito a esta cuenta. Se Debita por: 1. La adquisición de los títulos objetos de la opción, cuando se recompra en el mercado. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902–GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Se Acredita por: 1. El valor de mercado de los títulos vendidos objeto de la opción de recompra. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 2204.01.00 2204.02.00 2204.03.00 2205.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas PRÉSTAMOS DE VALORES

Mientras no exista autorización expresa de la SIBOIF y disposiciones normativas para registrar operaciones de préstamo de valores, queda prohibido para las Instituciones supervisadas reportar saldos en las cuentas “2205 – PRESTAMOS DE VALORES – y 2207.04 – Intereses por pagar por préstamo de valores-. 2206.00.00 OPERACIONES CON INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS En esta cuenta se registrará la parte pasiva de las operaciones con instrumentos financieros derivados bajo las reglas particulares que para tal efecto emita la SIBOIF. 2206.01.00 Futuros a Pagar

2206.02.00 Contratos Adelantados a Pagar

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2206.03.00 Opciones 2206.04.00 Swaps 2206.05.00 Warrants (Bonos de Prenda)

2206.99.00 Otros Instrumentos Financieros Derivados 2207.00.00 INTERESES POR PAGAR POR OPERACIONES DE VALORES Y DERIVADOS. En esta cuenta se registran los importes de los intereses y otros cargos devengados y no pagados de las obligaciones contraídas por la Institución por las operaciones que realiza con valores y derivados. Se Debita por: 1. El importe pagado de los cargos por las operaciones con Valores y Derivados. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-". Se Acredita por: 1. Los cargos cuando se devengan sin ser pagados, con débito a la subcuenta correspondiente de la cuenta “6102 – Gastos Financieros por Operaciones de Valores y Derivados”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios." 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 2207.01.00 Intereses por Pagar por Reportos Opcionales 2207.02.00 Intereses por Pagar por Operaciones de Reporto 2207.03.00 Intereses por Pagar por Préstamo de Valores 2207.04.00 Intereses por Pagar por Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados. Grupo 23

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2300.00.00 OBLIGACIONES CON INSTITUCIONES FINANCIERAS Y OTROS ORGANISMOS Esta cuenta se utiliza para registrar las obligaciones derivadas de préstamos directos otorgados por Instituciones financieras del país, del exterior y de otros organismos a favor de la Institución. Estos pueden ser a corto y a largo plazo. Se incluyen en este grupo: 2301.00.00 2302.00.00 2303.00.00 2304.00.00

Obligaciones Financieras a Corto Plazo Obligaciones Financieras a Largo

Plazo Acreedores por Contrato de Arrendamiento Financiero. Cargos por Pagar Sobre Obligaciones con Instituciones Financieras y Otros Organismos

Se debita por:

1. Los pagos efectuados para la cancelación o abono de la obligación.

2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS MONETARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por:

1. Las obligaciones cuando se generan.

2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS MONETARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Grupo 24 2400.00.00 OTRAS CUENTAS POR PAGAR Y PROVISIONES En esta cuenta se registran las obligaciones por pagar originadas en la actividad operativa de la Institución, que no se derivan directamente de la actividad bursátil o de la prestación de servicios financieros. Asimismo se registran los importes de las obligaciones de la Institución aun no formalizadas como tales, pero que son ciertas e ineludibles así como las obligaciones eventuales originadas por la existencia de situaciones inciertas que dependen de un hecho futuro, cuya ocurrencia pueda darse o no, en función de lo cual la Institución posiblemente deba asumir un pasivo por esta razón. Estas provisiones deben ajustarse por lo menos al fin de cada mes. 2401.00.00 2402.00.00 2403.00.00

Otras Cuentas por Pagar Provisiones por Obligaciones Intereses por Pagar sobre Otras Cuentas por Pagar

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Se debita por: 1. Los pagos efectuados. 2. La cancelación o disminución de los montos provisionados 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se acredita por: 1. El importe de las obligaciones cuando se generan. 2. Por la cifra estimada de la obligación a provisionar, con débito a la cuenta de gasto de correspondiente. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios". 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Grupo 25 2500.00.00 RESERVAS POR OBLIGACIONES LABORALES PARA EL RETIRO En esta cuenta se registrará la constitución e incremento de las provisiones correspondientes a pensiones, primas de antigüedad y servicios médicos post-retiro para beneficio de los trabajadores, determinadas conforme a convenios contractuales, disposiciones legales vigentes o de forma espontánea por la Institución. La estimación del importe de los beneficios que los empleados han acumulado (o devengado) en razón de los servicios prestados en el período corriente y en los anteriores, se realizará estimando las variables demográficas (rotación del personal y mortalidad) y financieras (incrementos futuros en los salarios y en los costos de asistencia médica) que influyen en el costo de los beneficios a suministrar y utilizando técnicas actuariales. Dada la incidencia de las referidas variables en un plan de beneficios al retiro, el costo final del plan es incierto, y esta incertidumbre es probable que persista durante un largo tiempo. Con el fin de medir el valor presente de las obligaciones por beneficios al retiro, así como el costo relativo al período corriente, es necesario:

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(a) Aplicar un método de medición actuarial;

(b) Distribuir los beneficios entre los períodos de servicios; y (c) Realizar suposiciones actuariales. Las Instituciones determinarán el valor presente de las obligaciones laborales al retiro con la suficiente regularidad para que los saldos reconocidos en los estados financieros no difieran, significativamente, de los importes que hubieran podido determinarse en la fecha del balance. Se Debita por: 1. El pago de pensiones, primas de antigüedad y servicios médicos post-retiros que efectué la Institución a sus funcionarios y empleados, de conformidad con las condiciones establecidas en el marco legal correspondiente. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". Se Acredita por: 1. El importe de la provisión correspondiente a cada uno de los beneficios laborales al retiro, determinado con base en técnicas actuariales 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-". 2501.00.00 2502.00.00 2503.00.00

Por Pensiones Por Primas de Antigüedad Por Servicios Médicos Post Retiro

Grupo 26 2600.00.00 OTROS PASIVOS En esta cuenta se registra el importe que la Institución determine como un Impuesto sobre la Renta diferido a su cargo, por todas y cada una de las diferencias temporales acumulables que surjan en el ejercicio.

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En el caso que las partidas fuesen deudoras deben registrarse en la cuenta “1603.00 Impuestos Diferidos”. Se Debita por: 1. La cancelación y/o ajuste del importe del Impuesto sobre la Renta diferido a cargo, determinado por la aplicación de la Tasa impositiva a las diferencias temporales acumuladas. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta ¨5902 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-.¨ Se Acredita por: 1. El importe del Impuesto sobre la Renta diferido a cargo, determinado por la aplicación de la Tasa impositiva a las diferencias temporales acumuladas, en los términos señalados en la misma Ley. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta ¨5902 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-.¨ Grupo 27 2700.00.00 INGRESOS DIFERIDOS En esta cuenta se registran los ingresos percibidos anticipadamente por la Institución, los cuales no corresponde reconocer como resultados del período debido a que los mismos aún no se consideran devengados. Se Debita por: 1. El reconocimiento de los ingresos como resultados del período a medida que se devengan, con crédito a la cuenta de ingresos que corresponda. Se Acredita por: 1. Los montos percibidos de ingresos no devengados que corresponda diferir en el futuro. 2701.00.00 Ingresos Financieros Diferidos. Esta subcuenta se utilizará para registrar los ingresos financieros que perciba la institución por anticipado, los cuales se aplicaran contra resultados al momento de ser devengados. 2702.00.00 Ganancia por Venta de Bienes Diferidos.

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En esta cuenta se registran las ganancias por la venta de bienes, las cuales deben imputarse como utilidades en el momento en que se devenguen efectivamente. 2703.00.00 Ingresos Diferidos por Donaciones Recibidas. En esta cuenta se registraran los ingresos provenientes de donaciones recibidas que todavía no ha devengado la Institución. 2799.00.00 Otros Ingresos Diferidos En esta cuenta se registrará aquellos valores que por su naturaleza no encajan en las definiciones de las subcuentas anteriores. Grupo 28 2800.00.00 OPERACIONES PENDIENTES DE IMPUTACION En esta cuenta se registran los saldos acreedores de las operaciones que por razones operativas internas o por las características de la operación no es posible imputar inmediatamente a las cuentas definitivas. Estas partidas deben ser regularizadas, mediante su imputación a las cuentas en que corresponde su registro definitivo, en un período no mayor a los treinta días naturales contados desde la fecha de origen de la misma. Al cierre anual de operaciones no deben quedar partidas pendientes en esta cuenta. Se Debita por: 1. Las partidas regularizadas 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS MONETARIOS/Ajustes Monetarios." 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios." Se Acredita por: 1. Las partidas acreedoras cuando se originan. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios." 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta "6902.00 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios. "

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Grupo 29 2900.00.00 OBLIGACIONES SUBORDINADAS Y/O CONVERTIBLES EN CAPITAL Comprende aquellas obligaciones subordinadas de la Institución en las cuales los acreedores acuerdan, mediante pacto expreso, que en caso de liquidación de la misma, renuncian a todo derecho de preferencia y aceptan que el pago de sus acreencias se efectúe luego de canceladas las deudas a todos los demás acreedores no subordinados. También comprende aquellas obligaciones de la Institución convertibles en capital; las que a su vencimiento no corresponde su redención sino que deben ser canjeadas obligatoriamente por títulos representativos de capital de la Institución. Se incluyen los intereses devengados por estas obligaciones que se encuentren pendientes de pago. DEFINICIONES Pasivo Financiero: Es cualquier pasivo que presente una de las siguientes formas: iii) La obligación contractual: a) De entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad; o

b) De intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables para la entidad; o iv) Un contrato que será liquidado o podrá serlo utilizando los instrumentos de patrimonio propios de la entidad, y que es: a) Un instrumento no derivado, según el cual la entidad está o puede estar obligada a entregar una cantidad variable de instrumentos de patrimonio propios, o b) Un instrumento derivado que será liquidado o podrá serlo mediante una forma distinta al intercambio de una cantidad fija de efectivo o de otro activo financiero por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propios de la entidad; a estos efectos no se incluirán dentro de los instrumentos de patrimonio propios de la entidad aquellos que sean, en si mismos, contratos para la futura recepción o entrega de instrumentos de patrimonio propios de la entidad. 2901.00.00 OBLIGACIONES SUBORDINADAS En esta cuenta se registran los saldos de capital de las Obligaciones Subordinadas según la definición de las mismas establecidas en el concepto del grupo. Se Debita por: 1. La cancelación o renovación de las obligaciones. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”.

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3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. Se Acredita por: 1. El importe de las obligaciones cuando se contraen. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 3. Las actualizaciones de los saldos de esta cuenta con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 -GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”.

2901.01

2901.02

Obligaciones Subordinadas con Instituciones Financieras. Otras Obligaciones Subordinadas.

2902.00.00 INTERESES POR PAGAR SOBRE OBLIGACIONES SUBORDINADAS En esta cuenta se registran los intereses devengados por las Obligaciones Subordinadas que se encuentran pendientes de pago. Se Debita por: 1. El importe contabilizado por intereses al ser estos pagados o capitalizados cuando son renovadas las operaciones correspondientes. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. Se Acredita por: 1. Los intereses cuando se devengan sin ser pagados, con débito a la subcuenta “6106.01 - Intereses por Obligaciones Subordinadas-”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”.

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3. Los reajustes de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajustes ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 - GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 2902.01 Intereses por Pagar Sobre Obligaciones Subordinadas. Registro Contable: Ver Capítulo IV - Modelos de Contabilización. Modelo 07 Obligaciones Subordinadas 2903.00.00 OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN CAPITAL En esta cuenta se registran los importes de capital de las Obligaciones Convertibles obligatoriamente en capital según la definición de las mismas establecida en el concepto de este grupo. REGLAS DE REGISTRO La obligación de entregar acciones propias por parte de una Institución puede ser reconocida de la siguiente manera: (a) Como un pasivo financiero, si la obligación contractual consiste en la entrega futura de un número variable de acciones por un importe fijo de efectivo o de otro instrumento financiero, en cuyo caso se registrará, por el valor presente del importe a reembolsar, en la cuenta “2903 – Obligaciones Convertibles en Capital”- ó “2904 – Intereses por Pagar sobre Obligaciones Convertibles en Capital”; o (b) Como parte del capital contable, si la obligación contractual consiste en la entrega de un número fijo de acciones de la propia Institución, en cuyo caso se registrará como parte del capital contable de la Institución en la cuenta “4701 – Obligaciones Convertibles en Capital-” hasta por el importe de la obligación que será convertido en capital. Esto significa que toda contraprestación recibida o pagada en virtud de ese contrato se añadirá o deducirá directamente del patrimonio neto. La Institución deberá reconocer por separado los componentes de un instrumento que (a) genere un pasivo financiero para la Institución y (b) conceda una opción al tenedor del mismo para convertirlo en un instrumento de patrimonio de la Institución. Un componente de un instrumento financiero es pasivo, si representa una obligación ineludible que requiera la entrega de efectivo o de otro instrumento financiero por un monto fijo en el futuro para dar como liquidada la operación. Se Debita por: 1. El canje de las Obligaciones por títulos representativos del capital de la Institución.

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2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. Se Acredita por: 1. El importe de las Obligaciones cuando se contraen. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 2903.01 Obligaciones Convertibles en Capital. 2904.00.0 INTERESES POR PAGAR SOBRE OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN CAPITAL En esta cuenta se registran los intereses devengados por las obligaciones convertibles en capital que se encuentran pendientes de pago. Se Debita por: 1. El importe contabilizado por intereses al ser estos pagados. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. Se Acredita por: 1. Los intereses cuando se devengan sin ser pagados, con débito a la subcuenta “6107.01 - Intereses por Obligaciones Convertibles en Capital”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando esta ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”.

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3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado, con débito a la cuenta “6902 – GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. 2904.01 Intereses por Pagar Sobre Obligaciones Convertibles en Capital.

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Grupo 30 3000.00.00 CUENTAS COMPLEMENTARIAS DE ACTIVO En este grupo se registran aquellas cuentas de naturaleza acreedora y representan las partidas constituidas para ajustar el valor de diversas cuentas de activo. Se incluyen dentro de esta categoría las provisiones por decremento valor, depreciaciones y amortizaciones. 3101.00.00 PROVISIÓN PARA INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS En esta cuenta se registra el monto de las provisiones que es necesario contabilizar ante la eventualidad de pérdidas originadas por la desvalorización o irrecuperabilidad de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones al valor razonable con Cambios en Resultados”. Estas provisiones deben constituirse en cuanto la Institución tenga conocimiento que el valor de mercado de una inversión es menor al valor por el que la misma está registrada. Se Debita por: 1. El importe de la provisión cuando se vende o se castiga una inversión. 2. La reversión total o parcial del importe de la provisión cuando al realizar una comparación con el valor de mercado se determina que la misma se encuentra en exceso, con abono a la subcuenta correspondiente de la cuenta de resultados “5501.01 Ingresos por Disminución de Provisiones de Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetario". 4. Las actualizaciones de los saldos de esta cuenta con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios". Se Acredita por: 1. El registro de la provisión al cierre de cada mes, cuando el valor contabilizado de la inversión supera el valor de mercado de la misma, con cargo a la cuenta de resultados “6201.01.00 Gastos por Valuación y Deterioro de Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS MONETARIOS/Ajustes Monetarios".

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3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios". 3101.01.00 3101.02.00 3101.03.00 3102.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas PROVISIÓN POR DETERIORO DE INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA.

En esta cuenta se registra el monto de las provisiones que es necesario contabilizar ante la eventualidad de pérdidas originadas por la desvalorización o irrecuperabilidad de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones Disponibles para la Venta”. Estas provisiones deben constituirse en cuanto la Institución tenga conocimiento que el valor de mercado de una inversión es menor al valor por el que la misma está registrada. Se Debita por: 1. El importe de la provisión cuando se vende o se castiga una inversión. 2. La reversión total o parcial del importe de la provisión cuando al realizar una comparación con el valor de mercado se determina que la misma se encuentra en exceso, con abono a la subcuenta correspondiente de capital “4301.03 Déficit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta” ó, en caso de que se trate de Instrumentos de Deuda, ¨5501.02 – Disminución de Provisión por Deterioro de Instrumentos Disponibles para la Venta-¨. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos de esta cuenta con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios". Se Acredita por: 1. El registro de la provisión, cuando el valor contabilizado de la inversión supera el valor de mercado o de recuperación de la misma con cargo a la cuenta de capital “4301.03 Déficit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”.

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3102.01.00 3102.02.00 3102.03.00

3103.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas

PROVISIÓN POR DETERIORO DE INVERSIONES MANTENIDAS AL VENCIMIENTO.

En esta cuenta se registra el monto de las provisiones que es necesario contabilizar ante la eventualidad de pérdidas originadas por el deterioro en el valor de las inversiones clasificadas en la categoría de ¨Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento¨. Estas provisiones deben constituirse en cuanto la Institución tenga conocimiento que el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados de una inversión es menor al valor por el que la misma está contabilizada, o de algún evento que ocasione que exista un riesgo muy probable de no recuperar la inversión. Se Debita por: 1. El importe de la provisión cuando se vende o se castiga una inversión. 2. La reversión total o parcial del importe de la provisión cuando al realizar una comparación con el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados se determina que la misma se encuentra en exceso, con abono a la subcuenta de resultados “5501.03 – Ingresos por Disminución de Provisión por Deterioro de Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento-”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta “5902 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”. 4. Las actualizaciones de los saldos de esta cuenta con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios-”. Se Acredita por: 1. El registro de la provisión por deterioro del valor, con débito a la subcuenta “6201.03 – Gastos por Deterioro de Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento-”. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”.

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3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”. Grupo 32 3200.00.00 PROVISIÓN PARA CUENTAS POR COBRAR Esta cuenta se registrará el monto de las provisiones que es necesario contabilizar ante la eventualidad de pérdidas originadas por la incobrabilidad de las Cuentas por Cobrar.

Se Debita por: 1. El importe de la provisión cuando se cobra o se sanea una cuenta por cobrar, o sus intereses y comisiones por cobrar. 2. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”. 3. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”. Se Acredita por: 1.

2.

3.

3201.00.00 3202.00.00 3203.00.00 3204.00.00 3205.00.00 3299.00.00

La constitución de los montos de provisiones para incobrabilidad, con débito a la subcuenta ¨6201.04-Gastos por constitución de Provisión por incobrabilidad de Cuentas por Cobrar-¨. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta “5902 -INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/ Ajustes Monetarios-”. Comisiones por Cobrar por Intermediación Bursátil Comisiones por Cobrar por Asesoría Bursátil Membresías por Cobrar por la Bolsa de Valores Comisiones, Tarifas y Cuotas por Servicios Préstamos a Funcionarios y Empleados Otras Cuentas por Cobrar

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Grupo 33 3300.00.00 DEPRECIACIÓN ACUMULADA 3301.00.00 DEPRECIACIÓN ACUMULADA BIENES DE USO En esta cuenta se registra el valor de la depreciación acumulada correspondiente a los bienes muebles e inmuebles de uso de la Institución, la cual se calcula siguiendo los criterios establecidos en la descripción del grupo Bienes de Uso. Se Debita por: 1. El valor contabilizado cuando se vende un bien, se le deja fuera de uso o se le da otro destino. Se Acredita por:

1. La depreciación de los bienes con débito a las subcuentas respectivas 3301.01.00 3301.02.00 3301.03.00 3301.04.00 3301.05.00

Depreciación Acumulada de Edificios e Instalaciones Depreciación Acumulada de Equipos y Mobiliarios. Depreciación Acumulada de Equipos de Computación Depreciación Acumulada de Vehículos Depreciación Acumulada de Bienes Tomados en Arrendamiento Financiero

3302.00.00 ACTUALIZACIÓN DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE BIENES DE USO En esta cuenta se registrarán los importes reexpresados proporcionalmente al cambio en el importe en libros bruto del activo, de manera que el importe en libros después de la revaluación sea igual a su importe revaluado. Se Debita por: 1. El valor contabilizado cuando se vende un bien, se le deja fuera de uso o se le da otro destino. 2. La reexpresión proporcional de la depreciación de los edificios e instalaciones cuando

se ajusta el valor de un bien a su valor neto de realización. Se Acredita por: 1. La actualización proporcional de la depreciación de los edificios e instalaciones cuando se ajusta el valor de un bien a su valor neto de realización. 3302.01.00 Actualización de Depreciación acumulada de Edificios e Instalaciones Grupo 34 3400.00.00 PROVISIONES

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3401.00.00 PROVISIONES PARA OTROS ACTIVOS En esta cuenta se registra el monto de las provisiones que es necesario contabilizar ante la eventualidad de pérdidas originadas por la desvalorización de Otros Activos. Estas provisiones deben contabilizarse cuando la Institución tenga conocimiento que el valor de mercado de un bien es menor al valor al cual el mismo está contabilizado. Se Debita por: 1. El importe de la provisión cuando se vende o se da de baja un bien, considerando previamente contra estas provisiones, las posibles pérdidas que se determinen por efecto de disminución del valor del bien al momento de su venta. 2. La reversión del total o parcial del monto de la provisión cuando al realizar una comparación con el valor de mercado se determina que el mismo es excesivo, con crédito a la subcuenta respectiva de la cuenta “5801 - Ingresos por Otros Activos-”. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha disminuido, con crédito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios". 4. Las actualizaciones de los saldos de esta cuenta con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha disminuido, con crédito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. Se Acredita por: 1. La contabilización de la provisión, cuando el valor contabilizado de un bien supera su valor de mercado, con débito a la subcuenta respectiva de la cuenta “No. 6701 – Gastos por Otros Activos-”. 2. La contabilización de la provisión requerida para aquellos bienes que están excedidos de los plazos máximos de tenencia permitidos, según lo establecido en la Norma Prudencial sobre Evaluación y Clasificación de Activos. 3. Las actualizaciones a la cotización de cierre de los saldos en moneda extranjera, cuando ésta ha aumentado, con débito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 4. Las actualizaciones de los saldos con mantenimiento de valor, cuando el índice de ajuste ha aumentado con débito a la cuenta "5902.00 – INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS/Ajustes Monetarios”. 3401.01.00 3401.99.00 3500.00.00 3501.00.00

Provisiones para Bienes Diversos Provisiones para Otros Activos AMORTIZACIÓN AMORTIZACIÓN DE CARGOS DIFERIDOS

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En esta cuenta se registra la amortización de los cargos diferidos y activos intangibles. Los programas informáticos para un ordenador que no puedan funcionar sin un programa específico, serán tratados como una parte del equipo y se incluirán dentro del grupo de Bienes de Uso. Cuando los programas no constituyan parte integrante del equipo serán considerados como activos intangibles. Esta cuenta se cancela cuando el valor de origen de una partida haya sido amortizado totalmente. Se Debita por: 1. La baja del activo intangible cuando los montos acumulados de la amortización son igual al activo en cuestión. Se Acredita por: 1. La distribución de las amortizaciones mensuales, con débito a la subcuenta de gastos que corresponda según el tipo de cargo diferido. 3501.01.00 3501.02.00 3501.03.00 3501.04.00 3501.05.00 3501.99.00

Gastos de Organización e Instalación Derechos de Explotación de Puestos de Bolsa Mejoras a Propiedades Tomadas en Alquiler Software Central de Valores Otros Cargos Diferidos

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Grupo 40 PATRIMONIO Comprende las cuentas representativas del derecho de los propietarios sobre los activos netos, que se origina por aportaciones de los dueños, por donaciones recibidas, por transacciones y otros eventos o circunstancias que afectan a la Institución. DEFINICIONES Instrumento de patrimonio: Es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, después de deducir todos sus pasivos. Las cuentas que componen esta clase han sido clasificadas en los siguientes grupos: 4101 Capital Social Pagado 4102 Capital Suscrito No Pagado 4103 Capital Donado 4201 Aportes Patrimoniales No Capitalizados 4301 Ajustes Al Patrimonio 4400 Reservas Patrimoniales

4501 Resultados Acumulados De Ejercicios Anteriores 4601 Resultados Del Periodo 4701 Obligaciones Convertibles en Capital REGLA DE REVELACION De igual forma debe revelar mediante notas los siguientes conceptos para cada una de las clases de capital aportado.

Número de acciones autorizadas para su emisión; Número de acciones emitidas y pagadas totalmente, así como las emitidas pero

aún no pagadas en su totalidad; El valor nominal de las acciones o el hecho de que no poseen valor nominal; Conciliación entre el número de acciones en circulación al principio y al final

del periodo; Los derechos, preferencias y restricciones correspondientes a las acciones,

incluyendo los que corresponden a la percepción de dividendos y al reembolso de capital; Las acciones poseídas por la misma empresa, o bien subsidiarias o asociadas; Acciones reservadas para emisión por causa de existencia de opciones o

contratos; Descripción de la naturaleza y destino de cada partida de reservas de capital; Importe de los dividendos que hayan sido propuestos o declarados después de la

fecha de balance, pero antes que los estados financieros fueran autorizados para su publicación;

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El importe de cualquiera de los dividendos preferidos acumulados todavía

no reconocidos a sus poseedores. Los movimientos registrados durante el periodo en los conceptos del capital se mostrarán en el “Estado de Cambios en el Patrimonio de los Accionistas”. 4101 Capital Social Pagado Capital Social Autorizado: Representa los tipos de capital en acciones que puede emitir legalmente la entidad conforme a lo establecido en su escritura de constitución. La parte o la totalidad del capital social autorizado que se emite, recibe el nombre de “Capital Social Emitido”. Dado que una Institución puede poseer acciones de capital en forma de acciones en tesorería, el valor del capital social emitido en manos de los accionistas se conoce como “Capital en Circulación”. En los casos en que el Capital Social Autorizado de cualquier Institución fuera superior al monto de su capital pagado, tal Institución sólo podrá expresar el monto de aquel capital si indica simultáneamente el de su Capital Pagado, y en su caso, el Capital Suscrito y no Pagado. Una Institución puede vender sus acciones de capital por suscripción, siempre y cuando tenga totalmente pagado en dinero efectivo su capital social mínimo requerido. El Suscriptor individual se convierte en accionista al suscribir acciones de capital; una vez realizado el pago íntegro de la suscripción, se emite un certificado que demuestra su derecho de propiedad en la Institución. Si se utiliza el método de suscripción para vender acciones de capital, se consigna en el debe una cuenta de suscripción a cobrar y en el haber una cuenta de capital suscrito no pagado. Realizado el pago de la suscripción, se registra en el haber de la cuenta de suscripción a cobrar y en el debe el efectivo u otros activos entregados en pago. En la emisión real de los certificados de acciones, pasa al debe la cuenta de capital suscrito no pagado y al haber la cuenta de capital social pagado. En esta cuenta se registran los montos aportados como capital de la Institución por los propietarios de la misma y los importes capitalizados provenientes de las restantes cuentas del Patrimonio. El Capital Social Pagado está representado por los títulos que han sido emitidos a favor de los accionistas o socios, como evidencia de su aportación en la Institución. Se integra por la suma del valor nominal de las acciones suscritas y pagadas. Si no se paga íntegramente el capital suscrito, la diferencia entre el importe suscrito y el pagado, se considerará Capital Suscrito no Pagado. Todas las afectaciones a esta cuenta deben originarse en operaciones aprobadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, una vez cumplidos

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todos los requisitos necesarios para realizar una modificación al capital. Se Debita por: 1. Las reducciones del capital pagado, cuando se han cumplido con todos los trámites legales y se cuenta con la aprobación correspondiente para reducir el capital.

Se Acredita por: 6. Los aportes de capital efectuados por los propietarios, cuando se han cumplido con todos los trámites legales y se cuenta con la aprobación correspondiente para incrementar el capital. 7. Los importes capitalizados provenientes de otras cuentas de Patrimonio. 4101.01 Capital Ordinario En esta subcuenta se registran los aportes de capital de los propietarios que no cuentan con ningún tipo de preferencia frente a otros propietarios de la Institución. En las sociedades anónimas el saldo de esta subcuenta está respaldado por acciones comunes u ordinarias emitidas por la Institución. 4101.02 Capital Preferente En esta subcuenta se registran los aportes de capital de los propietarios que cuentan con algún tipo de preferencia o privilegio frente a otros propietarios de la Institución. En las sociedades anónimas el saldo de esta subcuenta está respaldado por acciones preferentes o privilegiadas emitidas por la Institución. 4102 Capital Suscrito No Pagado El saldo de esta cuenta corresponde al importe de capital social suscrito y que no ha sido pagado. Se Debita por: 1. Su aplicación al Capital Social Pagado cuando se ha recibido el pago de la suscripción, se han cumplido con los trámites legales y se cuenta con la aprobación correspondiente para incrementar el capital. Se Acredita por: 1. El importe de las acciones vendidas mediante suscripción que estén pendientes de pagarse por parte de los suscriptores.

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4103 Capital Donado En esta cuenta se registran los importes recibidos en calidad de donaciones para capitalizar de manera definitiva a la Institución, las donaciones sujetas a algún tipo de condiciones que puedan implicar su devolución deben registrase en la cuenta “4201.03.01 –Donaciones no Capitalizables-”. Las donaciones se expresarán a su valor razonable en el momento en que se percibieron. Todas las afectaciones a esta cuenta deben originarse en operaciones aprobadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, que hayan cumplido con todos los requisitos legales necesarios para realizar una modificación al capital.

Se Debita por: 1. Su aplicación al Capital Social Pagado, una vez que se han cumplido con los trámites legales y se cuenta con la aprobación correspondiente para reducir el capital. Se Acredita por: 1. Las donaciones recibidas, una vez que se han cumplido con los trámites legales y se cuenta con la aprobación correspondiente para incrementar el capital. 4201 APORTES PATRIMONIALES NO CAPITALIZADOS Comprende los importes recibidos en concepto de aportes patrimoniales a la Institución, algunos de ellos con destino a incrementar el capital social y otros que por sus características no corresponde su capitalización. 4201.01 Prima en la Colocación de Acciones Las primas en colocación de acciones representan el importe en exceso, entre el pago de las acciones suscritas y el valor nominal de las mismas. En esta subcuenta se registran los importes recibidos por encima del valor nominal de las acciones emitidas al ser colocadas sobre la par. Se Debita por: 1. Su aplicación al Capital Social Pagado, una vez que se han cumplido con los trámites legales y se cuenta con la aprobación correspondiente para incrementar el capital Se Acredita por:

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1. Las primas recibidas en la colocación de acciones 4201.02 Aportes para Incremento de Capital En esta cuenta se registran los importes aportados irrevocablemente por los propietarios con destino a incrementar el capital de la Institución y las donaciones recibidas con destino definitivo al capital social de la Institución, cuya capitalización se haya pendiente de aprobación por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras o de legalización. Los aportes de capital y las donaciones efectuados en bienes se deben registrar valuando los mismos a su valor neto de realización (VNR), el cual debe estar respaldado por el informe de un perito independiente. Los aportes y donaciones efectuadas en títulos valores se registrarán valuando los mismos de acuerdo con los criterios establecidos en los grupos de inversiones. Cuando se trata de donaciones recibidas destinadas específicamente a cubrir gastos, éstas se registran en las cuentas de Ingresos que les correspondan. Se Debita por:

1. Los importes capitalizados, con crédito a la cuenta "4101 -Capital Social Pagado-” Se Acredita por: 1. Los aportes recibidos destinados a incrementos de capital. 2. Las donaciones recibidas destinadas a incrementar definitivamente el capital social de la Institución. 4201.02.01 4201.02.02 4201.03

Aportes Pendientes de Capitalización Donaciones Pendientes de Capitalización Donaciones no Capitalizables

En esta cuenta se registran las donaciones recibidas por la Institución con destino a su capital de operación, pero que no forman parte del capital social, debido a que existen

condiciones cuyo incumplimiento puede ocasionar la devolución de las mismas o que en caso de liquidación de la Institución estos importes no son de propiedad de los socios, sino que deben ser reintegrados al donante o a quien éste indique. Las donaciones efectuadas en bienes o títulos valores se deben registrar siguiendo los criterios establecidos en la cuenta "4201.02- Aportes para Incrementos de Capital". Cuando se trata de donaciones recibidas destinadas específicamente a cubrir gastos, éstas se registran en la cuenta de ingresos que le correspondan.

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4201.03.01 Donaciones no Capitalizables 4301 AJUSTES AL PATRIMONIO Comprende los ajustes al patrimonio que representan correcciones en su valor, originados por la reevaluación de los activos de la Institución, según las reglas de valuación establecidas en las cuentas de Activo. 4301.01 Ajustes por Revaluación de Bienes. En esta subcuenta se registra la contrapartida del mayor o menor valor asignado a los bienes de la Institución que han sido objeto de reevaluación, debidamente aprobada por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Se Debita por: 1. Las reducciones del valor de los bienes. 2. Los importes capitalizados, cuando se cuenta con la autorización correspondiente con crédito a la cuenta “4101 – Capital Social Pagado-”. 3. Los importes destinados a la absorción de pérdidas acumuladas, cuando se cuenta con la autorización correspondiente, con crédito a la cuenta "4501-Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores". Se Acredita por: 1. Los importes originados en las revaluaciones de bienes. 4301.01.01 Ajuste por Revaluación de Bienes de Uso 4301.01.02 Ajuste por Revaluación de Bienes Diversos. 4301.02 Superávit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta Esta subcuenta será utilizada conforme los criterios establecidos en la normativa que para tal efecto emita el Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF).

4301.02.01

4301.02.02

4301.02.03 4301.03

Ajustes por Revaluación de Valores del Estado Disponibles para la Venta Ajustes por Revaluación de Valores de Deuda Bancaria Disponibles para la Venta. Ajustes por Revaluación de Valores de Empresas Privadas Disponibles para la Venta. Déficit por Valuación de Inversiones Disponibles para la Venta

En esta subcuenta se registran las pérdidas atribuibles a cambios en el valor razonable de inversiones disponibles para la venta; excluyendo los efectos provenientes del deterioro.

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4301.03.01

4301.03.02

4301.03.03

Ajustes por Revaluación de Valores del Estado Disponibles para la Venta. Ajustes por Revaluación de Valores de Deuda Bancaria Disponibles para la Venta Ajustes por Revaluación de Valores de Empresas Privadas Disponibles para la Venta

4301.04 Ajustes por Participación en Otras Empresas En esta subcuenta se registra la contrapartida del mayor o menor valor asignado a las participaciones en otras empresas, valuadas por el método de participación, resultantes de ajustes al valor de sus activos con contrapartida en el patrimonio efectuados por dichas empresas. Se Debita por: 1. Los importes originados en los ajustes de las participaciones en otras empresas, cuando el patrimonio de éstas ha disminuido por un ajuste patrimonial. 2. Los importes capitalizados, cuando se cuenta con la autorización correspondiente, con crédito a la cuenta “4101 - Capital Social Pagado.-” 3. Los importes destinados a la absorción de las pérdidas acumuladas, cuando se cuenta con la autorización correspondiente, con crédito a la cuenta “4501.00 Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores-.” Se Acredita por: 1.Por los importes originados en los ajustes de las participaciones en otras empresas, cuando el patrimonio de éstas ha aumentado por un ajuste patrimonial. 4301.04.01 4301.04.02

Participación en Subsidiarias Participación en Asociadas

4401 RESERVAS PATRIMONIALES Comprende los importes que, en las distribuciones de utilidades de la Institución, han sido asignados a reservas y que no han sido capitalizados ni aplicados a otros fines. 4401.01 Reserva Legal En esta cuenta se registran los importes que, en las distribuciones de utilidades, han sido destinados a la constitución e incremento de la Reserva Legal requerida por la legislación vigente y que no han sido aplicados a la cobertura de pérdidas. Se Debita por: 1. La utilización de las reservas para la cobertura de pérdidas o por su aplicación al

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capital social, una vez cubiertos los requisitos legales relativos y previa autorización de la SIBOIF.

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Se Acredita por: 1. Los importes destinados a la constitución de la reserva legal. 4401.02 Otras Reservas Obligatorias En esta cuenta se registran los importes que, en las distribuciones de utilidades, han sido destinados a la constitución e incremento de las reservas que deben formarse obligatoriamente debido a disposiciones estatutarias o de otras disposiciones específicas. Se Debita por: 1. La capitalización de las reservas. 2. La utilización de las reservas para otros fines. Se Acredita por: 1. Los importes destinados a la constitución e incremento de las reservas. 4401.02.01 4401.02.02

Reservas Estatutarias Reservas por Otras Disposiciones.

4401.03 Reservas Voluntarias En esta cuenta se registran los importes que, en las distribuciones de utilidades, han sido destinados a la constitución e incremento de reservas establecidas voluntariamente por los propietarios de la Institución, adicionales a la reserva legal y a otras reservas obligatorias. Se Debita por: 1. La capitalización de las reservas. 2. La aplicación de las reservas para otros fines. 3. La distribución de las reservas Se Acredita por: 1. Los importes destinados a la constitución e incremento de las reservas. 4401.03.01 Reservas Voluntarias con Destino Específico 4401.03.02 Reservas Voluntarias sin Destino Específico

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4501 Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores Comprende los resultados acumulados generados en ejercicios anteriores que no han sido distribuidos ni aplicados a otro fin. Se Debita por: 1. La distribución o aplicación de las utilidades decretadas en Asamblea de Socios o Accionistas. 2. Las pérdidas que se generen con motivo de la aplicación inicial de las nuevas políticas contables. 3. La corrección a los resultados acumulados de ejercicios anteriores cuando se inicia un nuevo ejercicio, si el saldo de dicha corrección es deudor. Se Acredita por: 1. La absorción de las pérdidas acumuladas. 2. La transferencia de las utilidades del período anterior cuando se inicia un nuevo ejercicio. 3. Las utilidades que se generen con motivo de la aplicación inicial de las nuevas políticas contables. 4. La corrección a los resultados acumulados de ejercicios anteriores cuando se inicia un nuevo ejercicio, si el saldo de dicha corrección es acreedor. 4601 Resultado del Periodo En esta cuenta se registra el resultado neto del período, que se determina como la diferencia entre las cuentas de ingresos (el total de la clase ¨5000.00 – Ingresos¨) y las cuentas de gasto (el total de la clase ¨6000.00 – Gastos¨) del Estado de Resultados. Se Debita por: 1. El resultado neto del período, si el mismo es pérdida. 2. Las transferencias, al inicio de un nuevo ejercicio, del resultado del ejercicio anterior a la cuenta "4501.00 - Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores", cuando el mismo generó utilidad. Se Acredita por:

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1. Las transferencias, al inicio de un nuevo ejercicio, del resultado del ejercicio anterior a la cuenta ¨4501 – Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores-¨, cuando el mismo generó pérdida. 4701 Obligaciones Convertibles en Capital Son títulos de deuda los cuales, invariablemente, serán intercambiados por acciones, de acuerdo con lo estipulado en la obligación, después de que ciertos requisitos sean cumplidos. REGLAS DE REGISTRO La obligación de entregar acciones propias por parte de una Institución puede ser reconocida de la siguiente manera: (c) Como un pasivo financiero, si la obligación contractual consiste en la entrega futura de un número variable de acciones por un importe fijo de efectivo o de otro instrumento financiero, en cuyo caso se registrará, por el valor presente del importe a reembolsar, en la cuenta “2903 –Obligaciones Convertibles en Capital”- ó “2904 –Intereses por Pagar sobre Obligaciones Convertibles en Capital”; o (d) Como parte del capital contable, si la obligación contractual consiste en la entrega de un número fijo de acciones de la propia Institución, en cuyo caso se registrará como parte del capital contable de la Institución en la cuenta “4701 – Obligaciones Convertibles en Capital-” hasta por el importe de la obligación que será convertido en capital. Esto significa que toda contraprestación recibida o pagada en virtud de ese contrato se añadirá o deducirá directamente del patrimonio neto. La Institución deberá reconocer por separado los componentes de un instrumento que (a) genere un pasivo financiero para la Institución y (b) conceda una opción al tenedor del mismo para convertirlo en un instrumento de patrimonio de la Institución. Un componente de un instrumento financiero es pasivo, si representa una obligación ineludible que requiera la entrega de efectivo o de otro instrumento financiero por un monto fijo en el futuro para dar como liquidada la operación. La Institución que emita una obligación convertible en capital determinará, en primer lugar, el importe en libros del componente de pasivo, medido por el valor presente del importe a reembolsar en efectivo. El importe en libros del instrumento de patrimonio representado por la opción de conversión del instrumento en acciones ordinarias, se determinará deduciendo el valor presente del pasivo financiero del valor razonable del instrumento financiero compuesto considerado en su conjunto. Los intereses devengados por estas obligaciones, se llevarán directamente contra resultados. Registro Contable: Ver Modelo de Contabilización 08 “Obligaciones Convertibles en Capital”

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4701.01 Obligaciones Convertibles en Capital

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Grupo 50 INGRESOS Los ingresos son los incrementos en los beneficios económicos producidos a lo largo del ejercicio, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decremento de las obligaciones, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios de la Institución Se reconoce un ingreso en las cuentas de resultados, cuando ha surgido un incremento en los beneficios económicos futuros, relacionado con un incremento en los activos o un decremento en los pasivos, y además el importe del ingreso puede valorarse con fiabilidad. El grupo de ingresos comprende las cuentas representativas de los ingresos del período, las cuales se clasifican en los siguientes conceptos: 5100.00.00 5200.00.00 5300.00.00 5400.00.00 5500.00.00 5600.00.00 5700.00.00 5800.00.00 5900.00.00 5100.00.00 5101.00.00

INGRESOS BURSÁTILES INGRESOS FINANCIEROS INGRESOS POR VALUACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS UTILIDAD EN VENTA DE ACTIVOS INGRESOS POR DISMINUCIÓN DE PROVISIÓN INGRESOS OPERATIVOS DIVERSOS UTILIDAD DE SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS OTROS INGRESOS INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS INGRESOS BURSÁTILES INGRESOS POR OPERACIONES BURSÁTILES

En esta cuenta se registran los ingresos financieros devengados durante el período por: Comisiones generadas por las Operaciones Bursátiles y Asesorías Bursátiles desarrolladas por el Puesto de Bolsa. En esta cuenta también se registran los ingresos provenientes de Membresías cobradas por la Bolsa de Valores. 5101.01.00 5101.02.00 5101.03.00

Comisiones por Intermediación Bursátil Comisiones por Asesoría Bursátil Membresías Cobradas por la Bolsa de Valores

Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por:

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1. Las comisiones cuando se devengan. 2. Las Membresías cobradas.

5200.00.00 INGRESOS FINANCIEROS Representa los ingresos del período provenientes de las disponibilidades, las tres categorías de inversiones establecidas en este manual, las operaciones con valores y derivados y cuentas por cobrar.

5201.00.00

5202.00.00

5203.00.00 5204.00.00 5205.00.00

5206.00.00

5207.00.00 5201.00.00

INGRESOS FINANCIERO POR DISPONIBILIDADES

INGRESOS FINANCIEROS POR INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS INGRESOS FINANCIEROS POR INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA INGRESOS FINANCIEROS POR INVERSIONES MANTENIDAS HASTA EL VENCIMIENTO INGRESOS FINANCIEROS POR OPERACIONES DE VALORES Y DERIVADOS INGRESOS DE CUENTAS POR COBRAR OTROS INGRESOS FINANCIEROS INGRESOS FINANCIEROS POR DISPONIBILIDADES

En esta cuenta se registran los ingresos financieros devengados en el período por concepto de intereses y comisiones generados por los activos incluidos en el grupo Disponibilidades. Se Debita por: 1 El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio Se Acredita por: 1 Los intereses cuando se devengan. 5202.00.00 INGRESOS FINANCIEROS POR INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS En esta cuenta se registran los ingresos financieros devengados en el periodo por concepto de rendimientos generados por las inversiones en títulos al valor razonable con cambios en resultados. Se Debita por:

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1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 4. Los intereses cuando se devengan 52O2.O1.OO Títulos de Deuda Gubernamental 52O2.O2.OO Títulos de Deuda Bancaria

52O2.O3.OO Valores de Empresas Privadas 5203.00.00 INGRESOS FINANCIEROS POR INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA En esta cuenta se registran los ingresos financieros devengados en el periodo por concepto de rendimiento generados por las inversiones en títulos disponibles para la venta. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Los intereses cuando se devengan. 5203.O1.OO 5203.O2.OO 5203.O3.OO 5204.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas INGRESOS FINANCIEROS POR INVERSIONES MANTENIDAS HASTA EL VENCIMIENTO

En esta cuenta se registran los ingresos financieros devengados en el periodo por concepto de rendimientos generados por las inversiones mantenidas hasta el vencimiento Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Los intereses cuando se devengan.

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5204.O1.OO 5204.O2.OO 5204.O3.OO

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas

5205.00.00 INGRESOS FINANCIEROS POR OPERACIONES CON VALORES Y DERIVADOS En esta cuenta se registran los ingresos financieros correspondientes a las operaciones de Reporto Opcional, las operaciones de Reporto y las operaciones con Instrumentos Financieros Derivados. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por:

1. Los intereses cuando se devengan. 5205.O1.OO 5205.O2.OO 5205.O3.OO 5205.O4.OO 5205.O5.OO 5206.00.00

Rendimiento de Operaciones Reportos

Ingresos Financieros por Préstamos de Valores por Operaciones de Reporto Rendimiento de Reportos Opcionales

Ingresos Financieros por Préstamos de Valores

Rendimiento de Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados INGRESOS DE CUENTAS POR COBRAR

En esta cuenta se registran los productos generados por las cuentas por cobrar que se han devengado. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final de ejercicio. Se Acredita por: 1. El devengamiento de los productos. 5206.O1.OO 5206.O2.OO 5206.O3.OO 5206.O4.OO 5206.99.OO 5207.00.00

Comisiones por Intermediación Bursátil Comisiones por Asesoría Bursátil Membresía de la Bolsa de Valores Préstamos a Funcionarios y Empleados Otras Cuentas por Cobrar OTROS INGRESOS FINANCIEROS

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En esta cuenta se registran los ingresos devengados por concepto de comisiones y otros ingresos que por su definición no se encuentran contemplados en este grupo. Asimismo, se registran las comisiones generadas por operaciones contingentes, en las que la Institución asume un riesgo. Se debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Otras comisiones y Otros ingresos cuando se devengan. 5300.00.00 INGRESOS POR VALUACION DE ACTIVOS FINANCIEROS En esta cuenta se registran los ingresos del período por concepto valuación de las inversiones al valor razonable con cambios en resultados.

5301.00.00 INGRESOS POR DISMINUCION DE PROVISION PARA INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS En esta cuenta se registran los ingresos del período pro concepto de disminución en las provisiones para desvalorización e irrecuperabilidad de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones Al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Las reducciones en las provisiones para desvalorización de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones Al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. 5301.O1.OO 5301.O2.OO 5301.O3.OO

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Títulos de Empresas Privadas

5400.00.00 UTILIDAD EN VENTA DE ACTIVOS

En esta cuenta se registran los ingresos correspondientes a las ganancias generadas de la venta de las tres clasificaciones de inversiones.

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5401.00.00 UTILIDAD EN VENTA DE INVERSIONES En esta cuenta se registra la utilidad resultante de la venta de inversiones clasificadas en las categorías de “Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” y “Disponibles para la Venta”. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. El reconocimiento de los superávit resultantes de las ventas de inversiones al valor razonable con cambios en resultados o disponibles para la venta. 5401.O1.OO 5401.O2.OO 5402.00.OO

Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados Inversiones Disponibles para la Venta UTILIDAD EN VENTA DE BIENES DE USO

En esta cuenta se registran los ingresos generados en el período por las ganancias en Ventas de Bienes de Uso. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Las ganancias por venta de bienes de uso. 5500.00.00 INGRESOS POR DISMINUCION DE PROVISION En esta cuenta se registran los ingresos del período por concepto de disminución en las

provisiones para desvalorización de las tres categorías de inversiones financieras. 5501.00.00 INGRESOS POR DISMINUCION DE PROVISIONES P/ DETERIORO DE VALOR DE INVERSIONES FINANCIERAS. En esta cuenta se registran los ingresos del período por concepto de disminución en las provisiones por deterioro de inversiones financieras Se Debita por:

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1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Las reducciones de la provisión para desvalorización e Irrecuperabilidad de las inversiones financieras. 5501.01.00 5501.02.00 5501.03.00 5600.00.00 5601.00.00

Ingresos por Disminución de Provisión por Deterioro de Inversiones Disponible Para la Venta Ingresos por Disminución de Provisión por Deterioro de Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento. Ingresos por Disminución de Provisiones de Cuentas por Cobrar INGRESOS OPERATIVOS DIVERSOS COMISIONES, TARIFAS Y CUOTAS POR SERVICIOS

Comprende los otros ingresos operativos del período generados en las operaciones normales de la Institución distintas a los ingresos financieros. Incluyen: Comisiones, Tarifas y Cuotas por servicios. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Los ingresos cuando se generan. 56O1.O1.OO Comisiones 56O1.O2.OO Tarifas 56O1.O3.OO Cuotas 5602.00.0 REALIZACION DE INGRESOS DIFERIDOS

Comprende los ingresos efectivamente percibidos de manera anticipada por la entidad que no corresponde reconocer como resultados del período debido a que los mismos aún no se han devengado (ingreso financieros diferidos y otros). Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por:

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1. Los ingresos cuando se generan. 56O2.O1.OO Realización de Ingresos Financieros Diferidos 56O2.O2.OO Ganancia por Venta de Bienes Diferidas 56O2.O3.OO Ingresos Diferidos por Donaciones Recibidas 56O2.99.OO Otros Ingresos Diferidos 5700.00.00 UTILIDAD DE SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS En esta cuenta se registran las ganancias resultantes en la participación de subsidiarias y asociadas. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. El monto que le corresponde a la institución en las utilidades de las empresas en las que ejerce el control total o tiene influencia en su administración y que, por lo tanto, se valúan por el método de participación. 2. Otros ingresos generados por las inversiones permanentes en acciones de Asociadas y Subsidiarias. 57O1.O1.OO 57O1.O2.OO

5800.00.00 5801.00.00

Utilidad de Subsidiarias Utilidad de Asociadas OTROS INGRESOS INGRESOS POR OTROS ACTIVOS

En esta cuenta se registran los ingresos generados en el período relacionado con los otros activos, como son los ingresos por: las ganancias por ventas de bienes diversos, la disminución de provisiones por otros activos y otros ingresos que los mismos generen. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por:

1. Las ganancias por venta de bienes diversos

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2. Las disminuciones de provisión por otros activos. 3. Otros ingresos generados por otros activos. 58O1.O1.OO Ganancia por Venta de Bienes Diversos 58O1.O2.OO Disminución de Provisión por Otros Activos 58O1.O3.OO Otros Ingresos Generados por Otros Activos. 5900.00.00 INGRESOS POR EFECTOS CAMBIARIOS Comprende los ingresos devengados en el período, originados por el ajuste de los saldos de las cuentas de activo pactadas en moneda extranjera y en moneda nacional con mantenimiento de valor, como consecuencia del incremento en el tipo de cambio u otros índices utilizados para el reajuste de las mismas. También, en esta cuenta se registran los ingresos generados por operaciones de cambio y arbitraje de divisas. Se Debita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Se Acredita por: 1. Las diferencias cambiarias devengadas y no contabilizadas a la fecha de la información. 2. Las diferencias cambiarias cobradas, generadas entre la fecha de la última actualización y la de cobro. 3. Los reajustes devengados y no contabilizados a la fecha de la información. 4. Los reajustes cobrados, generados entre la fecha de la última actualización y la de cobro. 5. Los ingresos percibidos en las Operaciones de Cambio y Arbitraje. 5901 DE CAMBIO Y ARBITRAJE 5902 AJUSTES MONETARIOS

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Grupo 60 GASTOS En este grupo se incluyen las cuentas representativas de los gastos del período, las cuales se clasifican en los siguientes conceptos: 6100.00.00 6200.00.00 6300.00.00 6400.00.00 6500.00.00 6600.00.00 6700.00.00 6800.00.00 6900.00.00

GASTOS FINANCIEROS GASTOS POR INCOBRABILIDAD Y DESVALORIZACIÓN PERDIDA EN VENTA DE ACTIVOS GASTOS POR SANEAMIENTO DE INGRESOS FINANCIEROS GASTOS OPERATIVOS DIVERSOS PERDIDAS DE SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS OTROS GASTOS GASTOS DE ADMINISTRACION GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIO

6100.00.00 GASTOS FINANCIEROS En esta cuenta se registran los gastos ocasionados por los siguientes conceptos: operaciones bursátiles, operaciones de valores y derivados, obligaciones con instituciones financieros y otros organismos, sobre cuentas por pagar, obligaciones subordinadas, obligaciones convertibles en capital y otros gastos financieros. En esta cuenta también se registran los gastos ocasionados por Membresías pagadas a la Bolsa de Valores. Se Debita por: 2. Los gastos financieros cuando se generan Se Acredita por: 2. 6101.00.00

6102.00.00 6103.00.00 6104.00.00 6105.00.00 6106.00.00 6105.00.00 6101.00.00

El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas del resultado final del ejercicio Gastos por Operaciones Bursátiles

Gastos Financieros por Operaciones de Valores y Derivadas

Gastos Financieros Por Obligaciones Con Instituciones Financieras Y Otros Organismos Gastos Financieros Sobre Cuentas Por Pagar Otros Gastos Financieros Gastos Financieros Por Obligaciones Subordinadas

Gastos Financieros Por Obligaciones Convertibles En Capital. GASTOS POR OPERACIONES BURSATILES

En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el periodo por las comisiones de intermediación del Puesto de Bolsa.

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Se Debita por: 1. Los gastos financieros cuando se generan. Se acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final de ejercicio 6102.00.00 GASTOS FINANCIEROS POR OPERACIONES DE VALORES Y DERIVADOS En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el período por las operaciones de Valores con Reporto, por Préstamos de Valores con Operaciones de Reporto, por Préstamos de Valores con Operaciones de Reporto Opcional, por Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados y por Otros Instrumentos Financieros Derivados. Se Debita por: 1. Los gastos financieros cuando se generan. Se acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final de ejercicio 6102.01.00 6102.02.00 6102.03.00 6102.04.00

Cargos por Operaciones de Valores con Reporto Cargos por Operaciones de Reporto Opcional Cargos por Préstamos de Valores Cargos de por Operaciones con Instrumentos Financieros Derivados

6103.00.00 GASTOS FINANCIEROS POR OBLIGACIONES CON INSTITUCIONES FINANCIERAS Y OTROS ORGANISMOS En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el período por Obligaciones con instituciones financieras y por otros organismos, de acuerdo al concepto del grupo de pasivo correspondiente. Se Debita por: 1. Los gastos financieros cuando se generan Se Acredita por:

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1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado final del ejercicio 6103.01.00 6103.02.00 6103.03.00

6104.00.00

Intereses y Comisiones por Pagar sobre Obligaciones con Instituciones Financieras del País Intereses y Comisiones por Pagar sobre Obligaciones con Instituciones Financieras del Exterior Intereses y Comisiones por Pagar sobre Obligaciones con Otros Organismos

GASTOS FINANCIEROS SOBRE CUENTAS POR PAGAR.

En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el período por las cuentas por pagar Se Debita por: 1. Los gastos financieros cuando se generan. Se acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final de ejercicio 6105.00.00 OTROS GASTOS FINANCIEROS En esta cuenta se registran los Otros Gastos Financieros generados en el periodo por concepto de Gastos por Arrendamiento Financiero y Otros Gastos Financieros Diversos que no han sido especificados en las demás cuentas de este grupo. Se Debita por: 1. Los gastos financieros cuando se generan. Se acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final de ejercicio 6105.01.00 Gastos por Arrendamiento Financiero 6105.02.00 Otros Gastos Financieros Diversos

6106.00.00 GASTOS FINANCIEROS POR OBLIGACIONES SUBORDINADAS

En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el período por las obligaciones subordinadas.

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Se Debita por: 1. Los gastos financieros por obligaciones subordinadas cuando se generan Se Acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado final del ejercicio 6106.01.00 6106.02.00 6106.03.00

Intereses por Obligaciones Subordinadas Comisión por Colocación Gastos por Emisión

6107.00.00 GASTOS FINANCIEROS POR OBLIGACIONES CONVERTIBLES EN CAPITAL En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el período por las obligaciones emitidas por la Institución, que son susceptibles de conversión en capital. Registro Contable: Ver Modelo de Contabilización 08 Obligaciones Subordinadas convertibles en Capital. 6107.01.00 6200.00.00

Intereses por Obligaciones convertibles en Capital. GASTOS POR INCOBRABILIDAD Y DESVALORIZACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS

6201.00.00 GASTOS POR VALUACION DE INVERSIONES AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS RESULTADOS. En esta cuenta se registran los gastos del período por desvalorización e irrecuperabilidad de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones Al Valor Razonable con Cambios en Resultados”. Incluye, por lo tanto, el efecto en los gastos de la contabilización de provisiones para tales conceptos, así como, los ajustes por insuficiencia de las mismas. Se Debita por: 1. La contabilización de las Provisiones 2. Los ajustes cuando la Provisión resulta insuficiente Se Acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio contable

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6201.01.00 6201.02.00 6201.03.00 6202.00.00

Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Títulos Valores de Empresas Privadas GASTOS POR DETERIORO DE INVERSIONES DISPONIBLES PARA LA VENTA

En esta cuenta se registran los gastos del período por el deterioro en el valor de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones Disponibles para la Venta”. Incluye, por lo tanto, el efecto en los gastos de la contabilización de provisiones para tal concepto, así como, los ajustes por insuficiencia de las mismas. Se Debita por: 1. Por la contabilización de las Provisiones 2. Por los ajustes cuando la Provisión resulta insuficiente Se Acredita por: 1. 6202.01.00 6202.02.00 6202.03.00 6203.00.00

El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio contable Títulos de Deuda Gubernamental Títulos de Deuda Bancaria Títulos Valores de Empresas Privadas GASTOS POR DETERIORO DE INVERSIONES MANTENIDAS HASTA EL VENCIMIENTO

En esta cuenta se registran los gastos del período por el deterioro en el valor de las inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones Mantenidas Hasta el Vencimiento”. Incluye, por lo tanto, el efecto en los gastos de la contabilización de provisiones para tal concepto, así como, los ajustes por insuficiencia de las mismas. Se Debita por: 1. Por la contabilización de las Provisiones 2. Por los ajustes cuando la Provisión resulta insuficiente Se Acredita por: 1. 6203.01.00

El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio contable Títulos de Deuda Gubernamental

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

6203.02.00

6203.03.00

6204.00.00

Títulos de Deuda Bancaria

Títulos Valores de Empresas Privadas GASTOS DE PROVISION POR INCOBRABILIDAD DE CUENTAS POR COBRAR Y OTRAS CUENTAS X COBRAR

En esta cuenta se registran los gastos del período por incobrabilidad de cuentas por cobrar y otras cuentas por cobrar. Incluye, por lo tanto, el efecto en los gastos de la

contabilización de provisiones para tales conceptos, así como, los ajustes por insuficiencia de las mismas. Se Debita por: 1. La contabilización de provisiones para incobrabilidad. 2. Los ajustes cuando la provisión para incobrabilidad resulte insuficiente. Se Acredita por: 1. 6204.01.00 6204.02.00 6204.03.00 6204.04.00 6204.05.00 6204.99.00 6300.00.00 6301.00.00

El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado final del ejercicio. Comisión por Cobrar por Intermediación Bursátil Comisiones por Cobrar por Asesoría Bursátil Membresía por Cobrar por la Bolsa de Valores Comisiones, Tarifas y Cuotas por Servicios Préstamos a Funcionarios y Empleados Otras Cuentas por Cobrar

PERDIDA EN VENTA DE ACTIVOS PERDIDA EN VENTA DE INVERSIONES

En esta cuenta se registra la pérdida resultante de la venta de inversiones clasificadas en la categoría de “Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados” y “Disponibles para la Venta”, la cual se corresponde a la diferencia entre el valor en libros y el valor de realización o venta. Se Debita por: 1. Las diferencias negativas que se determinen en la valuación de los títulos a valor

de mercado comparado con el valor en libros al cierre de fin de mes. Se Acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio.

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

6301.01.00

6301.02.00

6302.00.00

Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados Inversiones Disponibles para la Venta PERDIDA EN VENTA DE BIENES DE USO

En esta cuenta se registra la pérdida resultante de la venta de Bienes de Uso, la cual se corresponde a la diferencia entre el valor en libros y el valor de realización o venta. Se Debita por: 1. Las diferencias negativas que se determinen en la valuación de los Bienes de Uso comparado con el valor en libro. Se Acredita por: 1. 6302.01.00 6302.02.00 6302.03.00 6302.04.00 6302.05.00 6302.06.00 6400.00.00

El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Terrenos

Edificios e Instalaciones Equipos de Oficina y Mobiliario Equipos de Computación Vehículos Biblioteca y Obras de Arte GASTOS POR SANEAMIENTO DE INGRESOS FINANCIEROS

En esta cuenta se registran los gastos del período originados por el saneamiento de los ingresos financieros devengados y no percibidos sobre operaciones bursátiles, inversiones financieras y cuentas por cobrar, de acuerdo con las disposiciones contenidas en este Manual. Se Debita por: 1. El saneamiento de los rendimientos por cobrar. Se Acredita por: 1.

6401.01.00

6402.01.0

0

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El saldo acum

ulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Saneamiento de Rendimientos sobre Operaciones Bursátil Saneamiento de Rendimientos por Inversiones al Valor Razonable con Cambios en Resultados.

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

6402.02.00 6402.03.00 6402.04.00 6403.01.00

Saneamiento de Rendimientos por Inversiones Disponibles para la Venta Saneamiento de Rendimientos por Inversiones Mantenidas al Vencimiento Saneamiento de Rendimientos por Operaciones de Valores y Derivados Saneamiento de Rendimientos sobre Cuentas por Cobrar

6500.00.00 GASTOS OPERATIVOS DIVERSOS En esta cuenta se registran los demás gastos operativos del periodo en que ha incurrido la Institución que no corresponde clasificar en gastos financieros ni de administración. 6501.00.00 COMISIONES, TARIFAS Y CUOTAS POR SERVICIOS En esta subcuenta se registran los gastos por comisiones, tarifas y cuotas incurridos en el período por servicios recibidos de terceros que no implican riesgo para quien lo presta. Los cargos originados por operaciones en las que la otra parte asume riesgo (financiamientos, garantías, etc.), se registran en Gastos Financieros. Se Debita por: 1.- Las comisiones cuando se generan. Se Acredita por: 1.- El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. 6501.01.00 6501.02.00 6501.03.00 6600.00.00 6601.00.00

Comisiones Tarifas Cuotas PERDIDAS EN SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS PERDIDAS EN SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS

En esta cuenta se registran los gastos financieros generados en el periodo por las obligaciones subordinadas. Se Debita por: 1. Las pérdidas producidas. Se Acredita 1.

6601.01.00

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El saldo ac

umulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. Pérdidas de Subsidiaria

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

6601.02.00 6701.00.00 6701.00.00

Pérdidas de Asociadas OTROS GASTOS GASTOS POR OTROS ACTIVOS

En esta cuenta se registran los gastos incurridos por pérdidas en venta y desvalorización de bienes diversos, amortización de bienes intangibles y por los otros gastos generados por otros activos. Se Debita por: 1. Las pérdidas en la venta y desvalorización de los bienes diversos. 2. Las amortizaciones de bienes intangibles. 3. Otros Gastos Generados por Otros Activos. Se Acredita por: 1.

6800.00.00

El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado al final del ejercicio. GASTOS DE ADMINISTRACIÓN

Comprende los gastos del período incurridos por concepto de Sueldos y Beneficios al Personal, Servicios Externos, Transporte y Comunicaciones, Infraestructura y los Gastos Generales necesarios para el desarrollo de las actividades de la Institución. Se Debita Por: 1. El importe de los gastos de tipo administrativo incurridos para prestar los servicios de la Institución. Se Acredita Por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado final del

ejercicio. 6801.00.00 6802.00.00 6803.00.00 6801.00.00

SUELDOS Y BENEFICIOS AL PERSONAL GASTOS GENERALES GASTOS POR IMPUESTO SOBE LA RENTA SUELDOS Y BENEFICIOS AL PERSONAL

En esta cuenta se registran los gastos generados en el período por concepto de remuneraciones devengadas por los empleados de la Institución y otros gastos derivados

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de la relación entre la Institución como empleador y sus empleados que por la legislación laboral, la Institución está obligada a pagar, tales como aguinaldo, preavisos, vacaciones, seguro social, etc.. Se incluyen también las remuneraciones devengadas por los directores y fiscales de la Institución. 6801.01.00 Sueldos de Personal Permanente En esta subcuenta se registra el gasto generado por concepto de sueldos al personal permanente de la Institución por compensación a sus servicios en el desempeño de las funciones que les han sido asignadas y cuyos cargos específicos se encuentran contemplados en la nómina de sueldos de la Institución. 6801.02.00 Comisiones Pagadas En esta subcuenta se debitan los pagos que se hacen en concepto de comisiones, adicionales al sueldo básico de los corredores de bolsa. 6801.03.00 Remuneraciones a Directores y Fiscales En esta subcuenta se registran los montos incurridos por concepto de dietas y otras remuneraciones reconocidas a los miembros del consejo de administración o junta directiva y a los fiscales. 6801.04.00 Tiempo Extraordinario En esta subcuenta se registran las compensaciones generadas al personal en concepto de horas extras trabajadas, es decir, excediendo la jornada ordinaria y/o durante días feriados o días de asueto oficial, cuando así convenga a la Institución. 6801.05.00 Viáticos En esta subcuenta se registran los montos en que incurra la Institución por concepto de compensación por los gastos adicionales y molestias ocasionadas a los empleados por desempeñar sus funciones fuera de su lugar habitual de trabajo. 6801.06.00 Aguinaldos En esta subcuenta se registra el gasto generado mensualmente por concepto de décimo tercer mes o aguinaldo que le corresponde a los empleados de acuerdo con la legislación laboral vigente, el cual debe reconocer contablemente a medida que se va generando mediante la constitución de una provisión mensual. 6801.07.00 Vacaciones En esta subcuenta se registran los montos generados por concepto de vacaciones devengadas por los empleados, las cuales serán usufructuadas en el futuro, sin embargo debe reconocerse el gasto a medida que las mismas se van generando mediante la constitución de una provisión al efecto.

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6801.08.00 Gratificaciones y Ayudas En esta subcuenta se registran las ayudas económicas que la Institución conceda a su personal en concepto de: a. Ayudas para costear estudios a empleados que pasan por dificultades económicas y no están incluidos en becas que concede la Institución, así como ayudas para costear Tesis, etc. b. Costo de hospitalizaciones, atenciones médicas y farmacias brindados a miembros del personal de la Institución, que en el desempeño de sus funciones hubiesen sufrido accidentes siempre y cuando dichos servicios no pudieron ser suministrados por el

Sistema de Salud. c. Otras ayudas al personal con dificultades económicas. Ej.: Casos de tragedias familiares. 6801.09.00 Bonificaciones e Incentivos En esta subcuenta se registran los montos por concepto de bonificaciones e incentivos reconocidos a los empleados. 6801.10.00 Indemnizaciones Esta subcuenta se debita con el pago que haga la Institución a los miembros de su personal que por diferentes motivos sean retirados de inmediato de la Institución, de acuerdo a la legislación laboral vigente. 6801.11.00 Seguro Social Aporte Patronal En esta subcuenta se registra el gasto a favor del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), en concepto de cotización patronal por el personal activo de la Institución, de acuerdo con el factor de cotización establecido por el INSS. 6801.12.00 Aportes a Inatec En esta subcuenta se debita con los desembolsos que por ley de la República deba enterar la Institución mensualmente al Instituto Nacional Tecnológico ( INATEC ). 6801.13.00 Cafetería y Refrigerios En esta subcuenta se registran: a. El gasto por servicios y atenciones varias que la cafetería dispensa a funcionarios y empleados de la Institución. b. La compra de artículos menores como café, cafeteras, azúcar, tasas, vasos, cucharas, servilletas, hielo, gaseosas, y artículos análogos para uso del personal.

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6801.14.00 Subsidio Alimenticio En esta subcuenta se registra la parte proporcional establecida, por la Institución, para subsidiar el valor del almuerzo de su personal. 6801.15.00 Gastos de Uniformes al Personal En esta subcuenta se registran los gastos incurridos por la adquisición de vestimenta para el personal de la Institución. 6801.16.00 Capacitación En esta subcuenta se registran: a. El costo de los distintos seminarios y/o cursos de capacitación impartidos al personal por instructores nacionales o extranjeros, con el objetivo de elevar el nivel técnico del personal. b. Los gastos ocasionados por el aprovechamiento de becas, o la asistencia a cursos, programas o seminarios por parte del personal de la Institución. 6801.17.00 Seguros de Vida y Accidentes En esta subcuenta se registra la amortización mensual de la prima de la póliza colectiva de vida del personal activo y jubilado de la Institución, pagado anticipadamente a la entidad aseguradora. 6801.18.00 Reservas por Obligaciones Laborales para el Retiro. En esta subcuenta se registra las cantidades resultantes de provisionar la creación e incrementos de las provisiones complementarias para pensiones o jubilaciones del personal; así como otros beneficios postretiro a favor de los trabajadores, determinado conforme a las disposiciones legales vigentes. 6801.19.00 Seguro de Fidelidad En esta subcuenta se registra la amortización mensual de la prima de la póliza de fidelidad del personal involucrado con el manejo de valores, pagado anticipadamente a la entidad aseguradora. 6801.20.00 Pasajes y Hospedajes En esta subcuenta se registran los gastos incurridos por los funcionarios y empleados en viajes relacionados con el desarrollo de sus funciones. 6801.99.00 Otros Gastos de Personal En esta subcuenta se registran todos aquellos gastos que no clasifican en las cuentas

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

anteriores 6802.00.00 GASTOS GENERALES En esta cuenta se registran los gastos generales de administración generados en el período y no contemplados específicamente en las cuentas anteriores de este grupo. Se Debita por: 1. Los gastos cuando se generan

Se Acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado final del ejercicio 6802.01.00 Servicios de Energía Eléctrica Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios de energía eléctrica. 6802.02.00 Servicios de Agua y Limpieza Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios de Agua y o limpieza. 6802.03.00 Teléfonos, Beepers y Celulares Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios telefonía celular. 6802.04.00 Comunicaciones, Fax, Internet y Correos Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios de comunicaciones. 6802.05.00 Depreciación de Edificios En esta subcuenta se registra la depreciación mensual correspondiente a los edificios e instalaciones propios en uso por la Institución, la cual se determina en función de la vida útil de los mismos y en base al método de línea recta. 6802.06.00 Depreciación de Mobiliario y Equipo de Oficina. En esta subcuenta se registra la depreciación mensual correspondiente a los equipos y mobiliario propios en uso por la Institución, la cual se determina en función de la vida útil

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

de los mismos y en base al método de línea recta. 6802.07.00 Depreciación de Vehículos En esta subcuenta se registra la depreciación mensual correspondiente a los vehículos propios en uso por la Institución, la cual se determina en función de la vida útil de los mismos y en base al método de línea recta. 6802.08.00 Depreciación de Equipo de Computación En esta subcuenta se registra la depreciación mensual correspondiente a los equipos de computación propios en uso por la Institución, la cual se determina en función de la vida

útil de los mismos y en base al método de línea recta. 6802.09.00 Mantenimiento y Reparación de Edificios En esta subcuenta se debitan todos aquellos pagos que efectúe la Institución por mantenimiento y reparaciones (siempre que no se trate de mejoras activables) destinados a mantener en condiciones normales de operación los bienes de uso con excepción de los vehículos. Cuentas de registro por mantenimiento y conservación de los activos de uso, considerando reparaciones y adecuaciones necesarias para su buen funcionamiento. 6802.10.00 6802.11.00 6802.12.00 6802.13.00

Mantenimiento y Reparación de Mobiliario y Equipo de Oficina Mantenimiento y Reparación de Vehículos Mantenimiento y Reparación de Equipo de Computación Alquileres de Inmuebles

Esta subcuenta se debita con las amortizaciones mensuales que se determinen sobre el monto de los contratos de alquiler o arrendamiento de inmuebles. 6802.14.00 Seguros sobre Vehículos Esta subcuenta se debita con las amortizaciones mensuales que se determinen sobre el monto de las primas de seguros pagadas a la entidad aseguradora. 6802.15.00 Seguros Contra Siniestros Esta subcuenta se debita con las amortizaciones mensuales que se determinen sobre el

monto de las primas de seguros pagadas a la entidad aseguradora. 6802.16.00 Seguros Contra Asaltos y Robos Esta subcuenta se debita con las amortizaciones mensuales que se determinen sobre el monto de las primas de seguros pagadas a la entidad aseguradora, cuyas pólizas cubren el efectivo en poder de la Institución, así como también el efectivo que se encuentra en tránsito.

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6802.17.00 Otros Seguros Esta subcuenta se debita con el costo de cualesquiera otras coberturas destinadas a proteger otros activos de la Institución no identificables con ninguno de los riesgos que anteceden. 6802.18.00 Amortización de Gastos Pagados por Anticipados En esta subcuenta se registran las amortizaciones mensuales que correspondan a las erogaciones efectuadas por la Institución que han sido activadas como gastos Pagados por Anticipado. 6802.19.00 Amortización de Gastos de Organización e Instalación Los criterios para las afectaciones a esta cuenta desde la fecha de adopción del nuevo MUC, se establecerán mediante disposiciones específicas que para tal efecto emita la SIBOIF. 6802.20.00 Amortización de Mejoras a Propiedades Tomadas en Alquiler En esta subcuenta se registran las amortizaciones mensuales que correspondan a las erogaciones efectuadas por la Institución que han sido activadas como gastos Mejoras a Propiedades Tomadas en Alquiler. 6802.21.00 Amortización de Software En esta subcuenta se registran las amortizaciones mensuales que correspondan a las erogaciones efectuadas por la Institución que han sido activadas como gastos de software. 6802.22.00 Amortización de Otros Cargos Diferidos En esta subcuenta se registran las amortizaciones de partidas incluidas en la subcuenta Otros Cargos Diferidos, aplicables mediante disposiciones específicas que para tal efecto emita la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. 6802.23.00 Servicios de Procesamiento de Datos

Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios de Procesamiento de Datos. 6802.24.00 Servicios de Seguridad Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios de seguridad. 6802.25.00 Asesoría Externa Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que

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suministren los servicios de Asesoría Externa. 6802.26.00 Servicios Contratados Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren los servicios contratados. 6802.27.00 Combustibles, Lubricantes y Otros Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a las entidades que suministren Combustibles, lubricantes y Otros. 6802.28.00 Impuestos, Multas y Tasas Municipales En esta subcuenta se registran las provisiones mensuales que la Institución tenga que efectuar para cubrir los impuestos, multas y tasas municipales. 6802.29.00 Papelería, Útiles y Otros Materiales En esta subcuenta se debita por el consumo de papelería, útiles y otros materiales. 6802.30.00 Gastos Legales En esta subcuenta se registran los gastos realizados para facilitar la gestión jurídica de la Institución. Ej.: Registros de poderes, escrituras, libros contables, y otro similares. 6802.31.00 Suscripciones y Afiliaciones En esta subcuenta se debitan los gastos incurridos por concepto de suscripciones de periódicos y revistas nacionales o extranjeras que la Institución reciba en forma periódica, así como el pago de sus afiliaciones tanto nacionales como extranjeras. 6802.32.00 Propaganda, Publicidad y Promociones En esta subcuenta se registran los gastos generados en concepto de: Propaganda, Publicidad y Promociones. 6802.33.00 Gastos de Representación En esta subcuenta se debitan las cantidades asignadas al personal ejecutivo para atender gastos de desarrollo de negocios y vinculación comercial. 6802.34.00 Aportes a la SIBOIF En esta subcuenta se debitan los pagos trimestrales que hagan las Bolsas de Valores y Puestos de Bolsas por concepto de Cuotas de Aportación a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Las cuales tendrán como base de cálculo: (1%) uno por ciento sobre el total de Ingresos por Comisiones generadas anualmente por dichas entidades.

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6802.35.00 Aportes a Otras Instituciones En esta subcuenta se debitan los pagos que haga la Institución a otras Entidades por concepto de Aportes. 6802.36.00 Gastos de Membresía Esta subcuenta se debitan los pagos que realizan los Puestos de Bolsa por concepto de cuotas de mantenimiento de las Bolsas de Valores respectivas para poder operar sus sistemas. 6802.37.00 Gastos de Mercadeo Esta subcuenta se debita con los pagos que haga la Institución a otras Entidades por concepto Mercadeo. 6802.38.00 Otros Gastos Generales En esta subcuenta se cargarán otros desembolsos no previstos en las subcuentas anteriores. 6803.00.00 GASTOS POR IMPUESTO SOBRE LA RENTA Comprende el gasto devengado en el período por concepto de impuesto sobre la utilidad ordinaria del período. El impuesto sobre la renta que grava a los ingresos extraordinarios y de gestiones anteriores se deduce de los mismos, presentándose como ingreso el monto neto del impuesto. Se Debita por: 1. Los gastos por pago de impuesto sobre la renta Se Acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultado final del ejercicio. 6803.01 Gastos por Impuesto Sobre la Renta 6900.00.00 GASTOS POR EFECTOS CAMBIARIOS Comprende los gastos incurridos en el período, originados por el ajuste de los saldos de las cuentas de pasivo pactadas en moneda extranjera y en moneda nacional con mantenimiento de valor, como consecuencia del incremento en el tipo de cambio u otros índices utilizados para el reajuste de las mismas. También, en esta cuenta se registran los gastos generados por operaciones de cambio y arbitraje de divisas. Se Debita por:

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1. Las diferencias cambiarias devengadas y no contabilizadas a la fecha de la información. 2. Las diferencias cambiarias pagadas, generadas entre la fecha de la última actualización y la de pago. 3. Los reajustes devengados y no contabilizados a la fecha de la información. 4. Los reajustes pagados, generados entre la fecha de la última actualización y la de pago. 5. Los gastos resultantes en Operaciones de Cambio y Arbitraje de Divisas. Se Acredita por: 1. El saldo acumulado al efectuarse el cierre de las cuentas de resultados al final del ejercicio. 6901.00 DE CAMBIO Y ARBITRAJE 6901.00 AJUSTES MONETARIOS 6904.00.00 PÉRDIDAS Y GANANCIAS En esta cuenta se reflejará el resultado de las operaciones realizadas durante el ejercicio y al cierre del mismo. En caso de que el saldo sea deudor, este corresponde a la pérdida obtenida, la cual se deberá cancelar contra la cuenta de Resultados del Ejercicio. En caso de que el saldo sea acreedor, este corresponde a la utilidad obtenida, la cual se deberá cancelar contra la cuenta de Resultados del Ejercicio. Se Debita por: 1. Los importes correspondientes a los saldos de las cuentas de ingresos al cierre del período. Se Acredita por:

1. Los importes correspondientes a los saldos de las cuentas de gastos al cierre del período.

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7000 CUENTAS CONTINGENTES 7100.00.00 CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS Representa los Derechos eventuales que tendría la entidad contra el deudor principal en caso que éste no cumpla con las obligaciones sobre las cuales la entidad indirectamente asumió responsabilidad. Comprende Operaciones de Reporto y Otras Contingencias Se Debita por: 1. Los importes de las operaciones de “Reporto” 2. Los importes de “Otras Contingencias” Se Acredita por: 1. Los importes efectivamente recibidos. 7101.00.00

7102.00.00

7200.00.00

ADMINISTRACIÓN INDIVIDUAL DE CARTERA OPERACIONES DE REPORTO POR CUENTA DE TERCEROS OTRAS CUENTAS CONTINGENTES DEUDORAS

7500.00.00 CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS Comprende las cuentas contingentes acreedoras de las operaciones de Reporto y Otras Contingencias, como contra cuentas de las cuentas contingentes utilizadas. 7501.00.00 ADMINISTRACION INDIVIDUAL DE CARTERA La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta ¨7100 – Cuentas Contingentes Deudoras¨. 7601.00.00 7700.00.00

OPERACIONES DE REPORTO POR CUENTA DE TERCEROS OTRAS CUENTAS CONTINGENTES ACREEDORAS.

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Revisión 0.

Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

8000.00.00 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS Comprende las cuentas destinadas para la contabilización de los títulos valores en custodia de operaciones efectuadas por cuenta de terceros. Asimismo, deberán quedar registrados los títulos provenientes de las inversiones propias de las Instituciones Financieras del Mercado de Valores. 8100.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA NACIONALES POR CUENTA DE TERCEROS. Comprende los Títulos Valores recibidos por las Instituciones Financieras del Mercado de Valores para su intermediación en la Bolsa o custodia. POR CUENTA DE TERCEROS: Valores Negociables de Clientes en custodia a valor facial, comprende el monto nominal (facial) de los títulos valores de deuda, que pertenecen a los clientes y que mantiene el Puesto de bolsa en custodia. El registro se deberá segregar de acuerdo a la entidad donde se encuentren custodiados los valores. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Cupones de Clientes en custodia, corresponde al monto de los cupones de los títulos valores, si existieran, que pertenecen a los clientes y que mantiene el puesto en custodia. Adicionalmente, el registro se deberá segregar de acuerdo a la entidad donde se encuentren custodiados los valores. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Acciones en custodia, corresponde al monto de acciones que pertenecen a los clientes y que mantiene el Puesto de Bolsa en custodia. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Valores Negociables recibidos en garantía a valor facial, comprende el monto nominal (facial) de los títulos valores de deuda, que recibe en garantía el Cliente, producto de la inversión en operaciones de reporto o reporto opcional, mercado de liquidez entre otros. El registro se deberá segregar de acuerdo a la entidad donde se encuentren custodiados los valores. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Cupones recibidos en garantía, comprende el monto de los cupones de los títulos valores, si existieran, que recibe en garantía el Cliente, producto de las inversiones que realiza en operaciones de reporto o reporto opcional, mercado de liquidez entre otros. Adicionalmente, el registro se deberá segregar de acuerdo a la entidad donde se encuentren custodiados los valores. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Acciones recibidos en garantía, comprende el monto de acciones que recibe en garantía el Cliente, producto de las inversiones que realice en operaciones de reporto. El registro se deberá segregar a su vez por entidad de custodia. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes.

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8101.00.00 Deuda Gubernamental 8102.00.00 Deuda Bancaria 8103.00.00 Valores de Empresas Privadas 8200.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA NACIONALES POR CUENTA PROPIA. POR CUENTA PROPIA: Valores Negociables del Puesto en custodia a valor facial, comprende el monto nominal (facial) de los títulos valores de deuda que mantiene el puesto de bolsa por cuenta propia en custodia. El registro se deberá segregar de acuerdo a la entidad de custodia donde se encuentren custodiados los valores. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Cupones del Puesto en custodia, corresponde al monto de los cupones de los títulos valores, si existieran, que mantiene el puesto de bolsa por cuenta propia en custodia. Adicionalmente, el registro se deberá segregar de acuerdo a la entidad donde se encuentren custodiados los valores. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Acciones del Puesto en custodia, corresponde al monto de acciones que mantiene el Puesto de Bolsa por cuenta propia en custodia. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Valores Negociables recibidos en garantía a valor facial, comprende el monto nominal (facial) de los títulos valores de deuda, que recibe en garantía el Puesto de Bolsa por cuenta propia, producto de la inversión en operaciones de reporto o reporto opcional, mercado de liquidez entre otros. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Cupones recibidos en garantía, comprende el monto de los cupones de los títulos valores, si existieran, que recibe en garantía el Puesto de Bolsa por cuenta propia, producto de las inversiones que realiza en operaciones de reporto o reporto opcional, mercado de liquidez entre otros. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Acciones recibidas en garantía, comprende monto de acciones que recibe en garantía el

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

Puesto de Bolsa por cuenta propia, producto de las inversiones que realice en operaciones de reporto o reporto opcional. El saldo de esta cuenta debe coincidir con el de los auxiliares correspondientes. Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8201.00.00 Deuda Gubernamental 8202.00.00 Deuda Bancaria 8203.00.00 Valores de Empresas Privadas 8300.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA EXTRANJERAS POR CUENTA DE TERCEROS. SIMILAR A LA DESCRIPTIVA DESARROLLADA EN LA CUENTA 8100 Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8301.00.00 Deuda Gubernamental 8302.00.00 Deuda Bancaria 8303.00.00 Valores de Empresas Privadas 8400.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA EXTRANJERAS POR CUENTA PROPIA. SIMILAR A LA DESCRIPTIVA DESARROLLADA EN LA CUENTA 8200 Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8401.00.00 Deuda Gubernamental

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

8402.00.00 Deuda Bancaria

8403.04.00 Valores de Empresas Privadas 8500.00.0 TÍTULOS VALORES EN PODER DE OTRAS INSTITUCIONES POR CUENTA DE TERCEROS Comprende los Títulos Valores recibidos por las Instituciones Financieras del Mercado de Valores para su intermediación en la Bolsa. SIMILAR A LA DESCRIPTIVA DESARROLLADA EN LA CUENTA 8100 Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos

Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8501.00.00 Deuda Gubernamental 8502.00.00 Deuda Bancaria 8503.00.00 Valores de Empresas Privadas 8600.00.00 TÍTULOS VALORES EN PODER DE OTRAS INSTITUCIONES POR CUENTA PROPIA. SIMILAR A LA DESCRIPTIVA DESARROLLADA EN LA CUENTA 8200 Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8601.00.00 Deuda Gubernamental 8602.00.00 Deuda Bancaria 8603.00.00 Valores de Empresas Privadas 8700.00.00 TÍTULOS VALORES EN PODER DEL PUESTO DE BOLSA POR CUENTA DE TERCEROS Comprende los Títulos Valores recibidos por el Puesto de Bolsa para su intermediación en la Bolsa de Valores, estos títulos Valores que se encuentran bajo la custodia del Puesto

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de Bolsa. SIMILAR A LA DESCRIPTIVA DESARROLLADA EN LA CUENTA 8100 Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8701.00.00 Deuda Gubernamental 8702.00.00 Deuda Bancaria 8703.00.00 Valores de Empresas Privadas 8800.00.00 TÍTULOS VALORES EN PODER DEL PUESTO DE BOLSA POR CUENTA PROPIA Comprende los Títulos Valores recibidos por el Puesto de Bolsa para su intermediación en la Bolsa de Valores, estos títulos Valores que se encuentran bajo la custodia del Puesto de Bolsa. SIMILAR A LA DESCRIPTIVA DESARROLLADA EN LA CUENTA 8200 Se Debita por: 1. El valor de los Títulos recibidos Se Acredita por: 1. La negociación o devolución de los valores 8801.00.00 Deuda Gubernamental 8802.00.00 Deuda Bancaria 8803.00.00 Valores de Empresas Privadas 8900.00.00 OTRAS CUENTAS DE REGISTRO Comprende los registros de las Instituciones Financieras del Mercado de Valores distintos a la custodia de valores y que por su naturaleza requieran de un seguimiento de orden. Se Debita por: 1. El valor de los registros de documentos a custodiar Se Acredita por:

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

1. La negociación o devolución de los valores o documentos 8901.01.00 8901.02.00 8901.03.00

Títulos Emitidos por Colocar Títulos y Cupones Rescatados por Destruir Cuentas De Registro Varias

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

9000.00.00 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS Comprende las cuentas acreedoras de los Títulos Valores como contracuentas de las Cuentas de Orden Deudoras utilizadas para un mejor control de algunas operaciones efectuadas por las Instituciones Financieras del Mercado de Valores. 9100.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA NACIONALES POR CUENTA DE TERCEROS. Esta Cuenta se utiliza como contra cuenta de Títulos Valores en Poder de Centrales de Valores, para efecto de control de la cuenta “8100.00.00 – “Títulos Valores En Centrales De Custodia Nacionales por Cuenta de Terceros”. Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8100.00.00 - Títulos Valores en Centrales de Custodia Nacional por Cuenta de Terceros”. 9101.00.00 Deuda Gubernamental 9102.00.00 Deuda Bancaria 9103.00.00 Valores de Empresas Privadas 9200.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA NACIONALES POR CUENTA DE PROPIA. Esta Cuenta se utiliza como contra cuenta de Títulos Valores en Poder de Centrales de Valores, para efecto de control de la cuenta “8200.00.00 – “Títulos Valores En Centrales De Custodia Nacionales por Cuenta Propia”. Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8200.00.00 - Títulos Valores en Centrales de Custodia Nacionales por Cuenta Propia”. 9201.00.00 Deuda Gubernamental 9202.00.00 Deuda Bancaria 9203.00.00 Valores de Empresas Privadas 9300.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA EXTRANJERAS POR CUENTA DE TERCEROS Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Títulos Valores en Centrales de Custodia Extranjeras por Cuenta Propia, para efecto de control de la cuenta “8300.00.00 - Títulos Valores en Centrales de Custodia Extranjeras por Cuenta de Terceros”. Registro Contable

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8300.00.00 - Títulos Valores en Centrales de Custodia Extranjeras por Cuenta de Terceros”. 9301.00.00 9302.00.00 9303.00.00

Deuda Gubernamental Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas

9400.00.00 TÍTULOS VALORES EN CENTRALES DE CUSTODIA EXTRANJERAS POR CUENTA PROPIA Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Títulos Valores en Centrales de Custodia Extranjeras por Cuenta Propia, para efecto de control de la cuenta “8400.00.00 - Títulos Valores en Centrales de Custodia Extranjeras por Cuenta Propia”. Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8400.00.00 - Títulos Valores en Centrales de Custodia Extranjeras por Cuenta Propia”. 9401.00.00 9402.00.00 9403.00.00 9500.00.00

Deuda Gubernamental Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas TÍTULOS VALORES EN PODER DE OTRAS INSTITUCIONES POR CUENTA DE TERCEROS

Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Títulos Valores en Poder de Otras Instituciones por Cuenta de Terceros, para efecto de control de la cuenta “8500.00.00 -Títulos Valores en Poder de Otras Instituciones por Cuenta de Terceros.” Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8500.00.00 - Títulos Valores en Poder de Otras Instituciones por Cuenta de Terceros”. 9501.00.00 9502.00.00 9503.00.00 9600.00.00

Deuda Gubernamental Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas TÍTULOS VALORES EN PODER DE OTRAS INSTITUCIONES POR CUENTA PROPIA

Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Títulos Valores en Poder de Otras

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

Instituciones por Cuenta Propia, para efecto de control de la cuenta “8600.00.00 - Títulos Valores en Poder de Otras Instituciones por Cuenta Propia.” Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8600.00.00 - Títulos Valores en Poder de Otras Instituciones por Cuenta Propia”. 9601.00.00 9602.00.00 9603.00.00 9700.00.00

Deuda Gubernamental Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas TÍTULOS VALORES EN PODER DEL PUESTO DE BOLSA POR CUENTA DE TERCEROS.

Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Títulos Valores en Poder del Puesto de Bolsa por Cuenta de Terceros, para efecto de control de la cuenta “8700.00.00 - Títulos Valores en Poder del Puesto de Bolsa por Cuenta de Terceros.¨. Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8700.00.00 - Títulos Valores en Poder del Puesto de Bolsa por Cuenta de Terceros”. 9701.00.00 9702.00.00 9703.00.00 9800.00.00

Deuda Gubernamental Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas TÍTULOS VALORES EN PODER DEL PUESTO DE BOLSA POR CUENTA PROPIA.

Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Títulos Valores en Poder del Puesto de Bolsa por Cuenta Propia, para efecto de control de la cuenta “8800.00.00 - Títulos Valores en Poder del Puesto de Bolsa por Cuenta Propia.¨. Registro Contable La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8800.00.00 - Títulos Valores en Poder del Puesto de Bolsa por Cuenta Propia”. 9801.00.00 9802.00.00 9803.00.00 9900.00.00

Deuda Gubernamental Deuda Bancaria Valores de Empresas Privadas CONTRA CUENTA OTRAS CUENTAS DE REGISTRO.

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Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras Intendencia de Valores

Esta Cuenta se utiliza como contracuenta de Otras Cuentas de Registro, para efecto de control de la cuenta “8900.00.00 - Otras Cuentas de Registro”. Registro Contable

Intendencia de Valores

La operación de esta cuenta es exactamente a la inversa de la operación contable de la cuenta “8900.00.00 - Otras Cuentas de Registro”. 9901.00.00 CONTRA CUENTA DE OTRAS CUENTAS DE REGISTRO

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Actividad de aprendizaje a. Elabore un cuadro sinóptico del contenido de esta unidad

b. En grupo de 5 expondrán el contenido del cuadro sinóptico.

c. Seleccionar un banco del sistema nacional e investigar sobre las operaciones

activas y pasivas del banco seleccionado

d. Exponer en plenario los resultados de la investigación.

d. Elaborar un cuadro comparativo del sistema nacional sobre las operaciones

activas y pasivas. .

Autoevaluación

¿Qué es una operación bancaria?

¿Cómo se clasifican?

¿Qué es una cuenta bancaria?

¿Qué es una Tarjeta de Crédito?

¿Cuantos tipos de cuentas bancarias existen?

¿Cómo se apertura una cuenta bancaria?

¿Cómo se cancela una cuenta bancaria?

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Saber Más

o (http://www.bcn.gob.ni/banco/legislacion/documentos/Ley%20BCN%202010.pdf)

(http://www.monografias.com/trabajos37/controles-internos/controles-internos.shtml#ixzz3wyK2YB1S)

Tipo de cambio (http://www.juanmascarenas.eu/mfi/ej04.pdf)

(http://www.eduteka.org/gestorp/recUp/6e7c990b9ae4e315c5b7d8cb9981f59d.pdf)

Contador de billetes, monedas y detector de billetes falsos (https://es.wikipedia.org/wiki/Contadora_de_billetes )

Sistemas bancarios (http://www.monografias.com/trabajos94/sistemas-informacion-transaccionales-bancos/sistemas-informacion-transaccionales-bancos.shtml

Arqueo de caja http://www.gestiopolis.com/que-es-arqueo-de-caja/

(http://www.monografias.com/trabajos37/controles-internos/controles-internos.shtml)

Manual del cajero bancario http://es.slideshare.net/seba1291/manual-de-funciones-y-proce-para-caja-1

(http://www.bcn.gob.ni/banco/legislacion/documentos/Ley%20BCN%202010.pdf)

Manual único de cuentas para las instituciones financieras (http://idbdocs.iadb.org/wsdocs/getdocument.aspx?docnum=35447558)

Bibliografía

Subsistemas de caja y banco (manual de normas y procedimientos)

Ley orgánica del banco central

La Enseñanza De La Matemática Financiera: Un Modelo Didáctico Mediado Por TIC (Arturo García Santillán Y Otros)

Estándares De Supervisión Bancaria(La Nueva Propuesta Del Comité De Basilea, Mauricio Baquero Herrera)

MANUAL DE BANCA, FINANZAS Y SEGUROS (3ª EDICION: EDICIONES

GESTION 2000)

Manual de Excel-Finanzas Corporativas Gittman

Control interno del efectivo- Contabilidad Intermedia Javier Romero

Control Interno- Informe COSO