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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN i 1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MÉXICO Y GUATEMALA ………. . .. 1
1.1. HISTORIA …………………………………… ………………………… 1 1.2. OBJETIVOS DEL TLC .………………… … ………………………. 3 1.3. TEMAS DEL TRATADO …….……………… …… …………………….. 3
1.3.1. Reglas de Origen ..……………… ……… ………………….... 3 1.3.2. Procedimientos Aduaneros ………… ……… …………………… 4 1.3.3. Normas Sanitarias y Fitosanitarias … ……… ……………... 4 1.3.4. Salvaguardias ………………………… …… ……………... 4 1.3.5. Inversión ……………………………… ……… ………………….5 1.3.6. Comercio de Servicios ……………… ……… ….………….5 1.3.7. Propiedad Intelectual ………………………… … ………………6 1.3.8. Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado .………………..6 1.3.9. Sector Agropecuario ……………………………… ..………….6 1.3.10. Prácticas Desleales de Comercio ………………………… 7 1.3.11. Entrada Temporal de Personas de Negocios ………………7 1.3.12. Telecomunicaciones ………………………………………….. 7 1.3.13. Servicios Financiero …………………………………………. . 7 1.3.14. Obstáculos Técnicos al Comercio .. .…………………………8 1.3.15. Solución de Controversias …………………………………… 8
1.4. ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO ..…………………………………… 8
1.4.1. Comisión Administradora …………………………………………. 8 1.4.2. Subcomisión Administradora ……………………………………..10 1.4.3. Secretariado ….……………………………………………..10
1.5. REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE
ECONOMÍA EN GUATEMALA ……………………………………… 1.6. MARCO LEGAL DEL TRATADO …………………………………………12
1.6.1. Reglas de Origen …………………………………….……… ….12 1.6.2. Procedimientos Aduaneros …………………………………….12 1.6.3. Normas Sanitarias y Fitosanitarias ……………………………13 1.6.4. Salvaguardias …………………………………………………15 1.6.5. Inversión ……………………………………………………….15 1.6.6. Comercio de Servicios ……………………………………… 1.6.7. Propiedad Intelectual ……………………………………….. 1.6.8. Sector Agropecuario …………………………………………… 17 1.6.9. Prácticas Desleales de Comercio ………………………………..18 1.6.10. Entrada Temporal de Personas de Negocios …………………..19 1.6.11. Telecomunicaciones ………………………………………… 1.6.12. Servicios Financieros ……………………………………… 1.6.13. Medidas Relativas a la Normalización …………………………… 1.6.14. Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado …………………
i 1 1 3 3 3 4 4 4 5 5 6 6 6 7 7 7 7 8 8 8 8 10 10 11 12 12 12 13 15 15 16 16 17 18 19 20 20 21 22
1.6.15. Solución de Controversias ………………………………………..23 1.6.16. Transparencia ………………………………………………………23 1.6.17. Excepciones ….....…………………………………………………24
1.7. LA FIRMA DEL TRATADO ... ……………………………………………25
1.7.1. Objetivos de Guatemala en la Implementación del Tratado con México…………………………………………….25
1.7.2. Tratado de Libre Comercio: Guatemala, Honduras y El Salvador con México (TLCTNM)………… ……………….26
2. COMERCIO GLOBAL ENTRE GUATEMALA Y MÉXICO …………………………29 3. COMERCIO DE LOS 10 PRODUCTOS PRINCIPALES SEGÚN
RANGO ARANCELARIO………………………………………….……………………33
3.1. Importaciones y Exportaciones del Sector Agropecuario ..……………33 3.2. Importaciones y Exportaciones del Sector Manufacturero …………….34 3.3. Importaciones y Exportaciones del Sector Extractivo ………………….36
4. COMERCIO SEGÚN SECTOR ECONÓMICO …………………………..…………38
4.1. Análisis de la Participación de las Exportaciones Según Sector Económico…………………………………………….…….38 4.1.1. Participación Sector Agrícola ………………..………………….. 38 4.1.2. Participación Sector Manufacturero ……………………………. 39 4.1.3. Participación Sector Extractivo …………………………………. 39
4.2. Análisis de la Participación de las Importaciones Según Sector Económico…………………………………………..…… 40 4.2.1. Participación Sector Agrícola ………………..………………….. 40 4.2.2. Participación Sector Manufacturero ……………………………. 41 4.2.3. Participación Sector Extractivo …………………………………. 41
5. IMPORTACIA DE MÉXICO COMO ABASTECEDOR ……………………………. 43 6. IMPACTO POSITIVO Y NEGATIVO DEL TLC PARA GUATEMALA …………… 45 7. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS PARA GUATEMALA ………………………….. 47
7.1. Beneficios Macroeconómicos ……………………………………………. 47
8. ANÁLISIS DE OPORTUNIDADES Y AMENAZAS ………………………………… 48
8.1. Oportunidades….………………………………………………………….. 48 8.2. Amenazas ………………………………………………………………….. 48
9. DIFICULTADES Y LIMITACIONES PARA ENFRENTAR EL RETO DE UN TLC……………………………….…………………………….……………… 49
CONCLUSIONES ………………………………………………………………………….. 50 BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………………... 52 ANEXOS …………………………………………………………………………………… 53
23 23 24 25 25 26 29 33 33 34 36 38 38 38 39 39 40 40 41 41 43 45 47 47 48 48 48 49 50 52 53
INTRODUCCIÓN
México no sólo es importante por ser vecino de Guatemala, comparte varios
rasgos en común con los guatemaltecos, así como el pasado, la cultura, gustos o
preferencia etc., México tiene una población de 104,907,991 habitantes, esto hace
que sea un mercado que presenta oportunidades para los guatemaltecos. Pero
existe algo que hace más favorable la exportación aún, y esto es el tratado de libre
comercio que se tiene con México. Este es un acuerdo económico, cuyo nombre es
Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte-México, que establece la supresión
gradual de aranceles, y de otras barreras al librecambio, en la mayoría de los
productos fabricados o vendidos, así como la eliminación de barreras a la inversión
internacional y la protección de los derechos de propiedad intelectual.
El mundo se ha convertido en un solo mercado; la internacionalización ya no
es una opción, sino una obligación. Es por esta razón que Guatemala debe buscar
nuevos horizontes en donde penetrar con productos nacionales. Pero para llegar a
esto los ciudadanos guatemaltecos necesitan de información con respecto a los
mercados internacionales. A continuación se presenta un análisis y comparación del
comercio de un mercado sumamente importante para el país, con respecto a la
entrada en vigencia del Tratado mencionado con anterioridad.
i
1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO TRIÁNGULO NORTE Y MÉXICO 1.1 HISTORIA
Para tener un contexto claro y poder analizar los efectos tanto positivos
como negativos del tratado de libre comercio entre México y Guatemala, es
importante que se haga un poco de historia de la relación comercial entre los
países.
Guatemala y México, son dos países que han mantenido relaciones
comerciales desde hace ya varios años. Una razón muy importante por la que
se da este hecho es la cercanía de sus fronteras, ya que comparten unos
2,700 kilómetros. Los acuerdos se iniciaron con un alcance de forma parcial,
estos definían preferencias arancelarias en una sola vía y por un tiempo
determinado, generalmente la duración de estos acuerdos era entre 6 meses a
1 año.
Todos los productos contemplados en el acuerdo debían cumplir con la
norma de origen según la ALADI. No obstante, los acuerdos presentaban
ventajas para los comerciantes, también implicaba grandes limitaciones, las
cuales impedían el flujo de comercio. Unas de las limitaciones más comunes
con las que se debía enfrentar eran las cuotas y permisos de importación, ya
que las preferencias no eliminaban el arancel de importación.
Las limitantes de los acuerdos de alcance parcial empezaron a ser un
gran problema para el comercio e inversión entre los países mencionados. Los
productos de mayor interés para Guatemala, o sea, los productos agrícolas, no
estaban incluidos en los acuerdos. Para la solución de este y otros problemas
se creó el Mecanismo de Diálogo de Tuxtla, cuyo objetivo era llegar a acuerdos
comerciales mejor estructurados en beneficio de los países.
Los acuerdos empezaron como propuesta para posibles acuerdos
bilaterales entre Centro América y México, luego surgió la idea de un Tratado
de Libre Comercio. Las primeras pláticas iniciaron en el año 1990 para formar
el TLC entre México y el Triángulo del Norte. En la primera reunión de Tuxtla
en 1991 es cuando se llegó a algo más concreto, ésta se llevó a cabo el 11 de
enero y los temas que se establecieron son los siguientes:
1
- Programa de Liberación Comercial.
- Programa de Cooperación Financiera.
- Programa para el Desarrollo de la Oferta Exportable de Centroamérica.
- Programa de Cooperación en el Sector Primario.
- Programa para el Abastecimiento Energético.
- Programa de Fomento de las Inversiones.
- Programa de Capacitación y Cooperación Técnica.
Después de la primera reunión en Tuxtla, se dio una suspensión que duró
hasta el año 1996, a esta segunda reunión se le llamó Tuxtla II y se llevó a cabo
el 15 y 16 de febrero. En esta reunión se tocaron los siguientes temas:
- La conclusión de las negociaciones del TLC Nicaragua – México, el cual entró
en vigor el primero de julio de 1998.
- La reanudación del proceso de negociación del TLC Triángulo Norte y México.
La firma del marco legal, el cual sirvió de referencia para las negociaciones
del TLC, se llevó a cabo el 26 de mayo de 1996 por los Ministros de Guatemala,
El Salvador y Honduras, así como el Secretario de México.
Las negociaciones del TLC se dieron por concluidas el 10 de mayo de 2000,
en la ciudad de México. El TLC se firmó el 29 de junio del 2000 y entró en vigor
hasta el 15 de marzo del 2001. Los temas tratados fueron:
- Disposiciones iniciales y generales.
- Definiciones generales.
- Trato nacional y acceso de bienes a mercado.
- Sector agropecuario.
- Medidas sanitarias y fitosanitarias.
- Reglas de origen.
- Procedimientos aduaneros para el manejo de origen de las mercancías.
- Medidas de salvaguardia.
- Prácticas desleales de comercio internacional.
- Comercio transfronterizo de servicios.
- Servicios financieros.
- Telecomunicaciones.
- Entrada temporal de personas de negocios.
2
- Inversión.
- Medidas relativas a la normalización.
- Propiedad intelectual.
- Transparencia.
- Administración del tratado.
- Solución de Controversias.
- Excepciones y Disposiciones finales.
1.2 OBJETIVOS DEL TLC
- Eliminar barreras al comercio.
- Promover condiciones para una competencia justa.
- Incrementar las oportunidades de inversión.
- Proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual.
- Establecer procedimientos efectivos para la aplicación del Tratado y la
solución de controversias.
- Fomentar la cooperación trilateral, regional y multilateral.1
1.3 TEMAS DEL TRATADO
Para que se llevara a cabo la firma de este Tratado, se expusieron 15
temas principales. Estos temas se hace necesario mencionarlos para tener un
panorama amplio de las implicaciones que tiene el Tratado.
1.3.1. Reglas de origen. Las reglas de origen son los requisitos mínimos de
fabricación, contenido o elaboración en la región que debe cumplir un producto
para poder ser considerado como originario de la región compuesta por el
Triángulo del Norte y México; es decir, para que el producto tenga derecho a los
beneficios del tratado en materia de aranceles aduaneros. Las reglas de origen
negociadas en este acuerdo siguen la misma metodología que los demás tratados
negociados en el continente y su propósito es fomentar la utilización de insumos
de la región. Los bienes serán considerados de la región cuando: sean totalmente
obtenidos o producidos en la región, cumplan con un cambio de clasificación
arancelaria específico para ese bien, o cumplan con un requisito de contenido
regional. El valor general de contenido regional aplicable será de 50%.
1 Disponible en http: www.economia.gob.mx
3
1.3.2 Procedimientos aduaneros. El tratado establecerá mecanismos en materia
aduanera para que los bienes originarios puedan gozar del trato arancelario
preferencial establecido en el tratado, y para verificar el cumplimiento de las
reglas de origen. Se establecerán procedimientos claros y expeditos para que las
autoridades aduaneras verifiquen el origen. Asimismo, con el fin de dar
certidumbre y seguridad jurídica al productor, exportador o importador, éste podrá
solicitar a la autoridad aduanera del país importador, resoluciones o dictámenes
anticipados, relativos a la determinación y certificación del origen de los bienes.
Medidas relativas a la normalización. Este capítulo incorpora los derechos y
obligaciones de las Partes establecidas en el Acuerdo sobre Obstáculos al
Comercio de la OMC; asimismo, incorpora otras disposiciones que permiten una
mayor transparencia y aseguran un mayor acercamiento entre las Partes. Con lo
anterior, se asegura que las normas, los reglamentos técnicos y los
procedimientos de evaluación de la conformidad no sean discriminatorios, ni se
conviertan en una barrera encubierta al comercio. El tratado creará centros de
información que ofrezcan a los productores, consumidores y exportadores
información sobre las medidas de información existentes en cada una de las
Partes y de igual manera crea instancias para que las autoridades
correspondientes puedan resolver o consultar cualquier asunto relativo a esta
materia.
1.3.3. Normas Sanitarias y Fitosanitarias. La aplicación de principios y reglas
transparentes en medidas sanitarias y fitosanitarias, facilitarán el comercio
agropecuario con los países del Triángulo Norte. El tratado preservará el derecho
de adoptar medidas sanitarias y fitosanitarias para proteger la vida o salud
humana, animal o vegetal contra riesgos que surjan de enfermedades, plagas,
aditivos o contaminantes, siempre y cuando estén justificadas científicamente y no
constituyan un obstáculo encubierto al comercio.
1.3.4. Salvaguardias. El tratado establece la posibilidad de imponer medidas
bilaterales durante un período de transición para hacer frente a dificultades
imprevistas que se originen de la reducción o eliminación de un arancel
establecido en el tratado. Lo anterior, sin menoscabo de que las partes conservan
su derecho de adoptar medidas al amparo del artículo XIX de la OMC sobre
importaciones de las demás Partes cuando éstas sean sustanciales y contribuyan
al daño. La utilización de cada uno de los mecanismos anteriores está sujeta a la
observancia de los principios de transparencia, equidad y certidumbre. La
4
aplicación de medidas de salvaguarda sobre algún producto requiere de una
compensación a la Parte afectada. Esta disciplina incrementará la certidumbre
para los exportadores en el mercado del Triángulo del Norte ya que tendrán un
recurso en caso de un incremento súbito de exportaciones mexicanas.
1.3.5 Inversión. El capítulo en la materia incluye reglas para dar protección y
seguridad jurídica a los inversionistas de los dos países y sus inversiones, así
como un mecanismo de solución de controversias. Estas disciplinas permiten
otorgar al inversionista de una Parte y su inversión un trato no menos favorable
que el que otorgue una parte a sus propios inversionistas y sus inversiones o el
que otorgue una Parte a un inversionista y sus inversiones de un país que no es
parte de tratado. Se prohíben los requisitos de desempeño que distorsionen el
comercio o la inversión como condición de un establecimiento de la inversión o el
otorgamiento de un incentivo. Se garantiza la libre convertibilidad de la moneda y
las transferencias al exterior.
1.3.6. Comercio de servicios. En el Tratado se establecen reglas y disciplinas para
el comercio de servicios. Estas reglas son aplicables a todos los sectores con
excepción del transporte aéreo. Se establecen principios básicos como son: trato
nacional, trato de nación más favorecida y la nueva obligatoriedad de presencia
local, como condición para prestar los servicios. Asimismo, los países firmantes
de este acuerdo se comprometieron a consolidar, para la mayoría de los sectores,
el nivel de apertura existente en sus respectivas legislaciones. A fin de lograr una
mayor liberalización en el futuro las Partes negociarán la eliminación de las
restricciones contenidas en sus respectivas legislaciones. Asimismo, se
establecen procedimientos para que en el futuro se negocien acuerdos de
reconocimiento mutuo en materia de servicios profesionales que faciliten la
movilidad de estas personas entre los países. Por otra parte, se establecieron
disciplinas respecto a la movilidad de personas de negocios para las siguientes
categorías: visitantes de negocios, comerciante e inversionista y movimiento de
personal entre compañías. Estas disciplinas otorgan facilidades migratorias a las
personas que se dedican a estas actividades, sin que ello implique modificar el
marco legal migratorio o laboral existente en cada uno de estos países. En
materia de servicios financieros se establecieron principios y disciplinas básicas
con el objetivo de promover la inversión y otorgar certidumbre a las instituciones
financieras que se establezcan en el territorio de cada Parte. Las modalidades y
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nivel de apertura en este sector se negociarán en los dos años posteriores a la
entrada en vigor del acuerdo.
1.3.7. Propiedad intelectual. El tratado establecerá obligaciones, conforme a
nuestras legislaciones sobre adquisición, conservación y ejecución de los
derechos de propiedad intelectual y se confirman nuestras obligaciones y
derechos en los tratados y convenciones internacionales suscritos. Se establecerá
un comité especial de consulta para dar seguimiento a los compromisos en esta
área del tratado. Solución de controversias. El tratado establece un mecanismo
para la prevención o solución de controversias derivadas de la interpretación o
aplicación del tratado, o cuando una Parte considere que una medida vigente o en
proyecto es incompatible o puede ocasionar anulación o menoscabo. Este
mecanismo brindará certeza a los dos países sobre bases de equidad, seguridad
jurídica y neutralidad. El mecanismo consta de tres etapas: La primera, de
naturaleza consultiva, y las otras dos contenciosas; una de estas ante la Comisión
de Libre Comercio y la otra, ante un tribunal arbitral.
1.3.8. Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado. El tratado estipula que cada
parte otorgará trato nacional a los bienes de la otra parte, incluyendo estados,
departamentos, municipios y provincias. También, a partir de la entrada en
vigencia del Tratado, las partes se comprometen a garantizar el acceso a sus
respectivos mercados mediante la eliminación gradual del arancel aduanero al
comercio sobre los bienes originarios, de acuerdo al programa de desgravación
establecido, con excepción de algunos productos sensibles que quedaron
excluidos. Se deberá normar de una manera no discriminatoria la aplicación de
barreras no arancelarias, tales como licencias, cupos, precios de referencia y
aduanas específicas. Ninguna de las partes incrementará, ni establecerá
derechos de trámites aduaneros por concepto del servicio prestado por la aduana
y eliminarán tales derechos sobre bienes originarios a partir de la entrada en
vigencia del Tratado.
1.3.9. Sector Agropecuario. El Tratado estipula que exista trato nacional a los
bienes agropecuarios de las partes de conformidad a las disposiciones de los
acuerdos del GATT (año 1994). La eliminación total e inmediata de las barreras
no arancelarias, tales como restricciones a la importación y a la exportación de
cualquier bien agropecuario, la aplicación de precios mínimos de importación, los
regímenes de licencias de importación y las restricciones cuantitativas a la
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importación, entre otros, deben de llevarse a cabo por ambas partes al entrar en
vigor el Tratado. Además, las partes se comprometen a eliminar en su comercio
recíproco las subvenciones a las exportaciones, cinco años después de la
vigencia del Tratado. Por último se estableció un mecanismo de salvaguardia
especial para evitar daño a la producción guatemalteca por importaciones
masivas de México.
1.3.10. Prácticas Desleales de Comercio. El Tratado estipula que las partes deben
rechazar los subsidios y las prácticas de “dumping” que causan o amenazan
causar daños al comercio. También establece un procedimiento de acción basado
en la reglamentación de la OMC y la legislación nacional de cada parte en
relación a prácticas desleales. Este respaldo hace que la credibilidad de este
procedimiento sea más fuerte.
1.3.11. Entrada Temporal de Personas de Negocios. El Tratado permite el ingreso
preferente de personas de negocios al territorio de la otra parte, con el objeto de
facilitar el comercio de bienes y servicios, así como el establecimiento de la
inversión extranjera. El Tratado también dispone la protección al trabajo de sus
nacionales y el empleo permanente en sus respectivos territorios.
1.3.12. Telecomunicaciones. El Tratado reconoce el doble papel de los servicios
de telecomunicaciones, como sector específico de actividad económica y como
medio de prestación de servicios para otras actividades económicas. Estos
medios se acoplan a las medidas que adopte o mantenga una parte, relacionadas
con la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y servicios
mejorados. Además, en este sector de telecomunicaciones se acordaron
principios que otorgan el derecho a las Partes a no ser discriminadas en el acceso
y uso de redes de telecomunicaciones en el territorio de las otras Partes.
Asimismo, se establecen compromisos para que los operadores dominantes no
utilicen su posición en el mercado para llevar a cabo prácticas anticompetitivas.
1.3.13 Servicios Financieros. El Tratado otorga trato nacional y trato de nación
más favorecida (NMF) a las instituciones financieras de las partes. En el caso de
Guatemala, estos compromisos no se aplicarán hasta que se complete la reforma
al sistema financiero nacional.
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1.3.14. Obstáculos Técnicos al Comercio. Este es el mecanismo del Tratado que
cualquier parte podrá utilizar cuando existan dudas o diferencias en cuanto a la
interpretación o aplicación del mismo. Dicho mecanismo se compone de cuatro
etapas principalmente: las consultas, le mediación, la conciliación y los buenos
oficios, el arbitraje y la suspensión de beneficios.
1.3.15. Solución de Controversias. Este es el mecanismo que cualquier parte
podrá utilizar cuando existan dudas o diferencias en cuanto a la interpretación o
aplicación del Tratado. Dicho mecanismo se compone de cuatro etapas
principalmente:
- Las consultas.
- La mediación, la conciliación y los buenos oficios
- El arbitraje
- La suspensión de beneficios.
1.4 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO
Se creó la Comisión Administradora del Tratado, integrada por los Ministros de
Economía de los países centroamericanos y de México, como máxima autoridad
para la administración del Tratado. La Comisión se reunirá anualmente para
revisar aspectos relacionados con la desgravación de los productos y otros temas
sobre la aplicación del mismo. También se pueden reunir a petición por una de
las partes para ver asuntos extraordinarios. Las decisiones que se tomen
deberán de ser en consenso. Como parte de la reestructuración interna del
Ministerio de Economía de Guatemala, se creó una unidad específica orientada a
vigilar el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Tratado. Ver Anexo
1, Organigrama de la Dirección de Administración del Comercio Exterior,
Ministerio de Economía de Guatemala.
1.4.1. Comisión Administradora. Artículo 18-01
1. Las partes establecen la Comisión Administradora que estará integrada por los
funcionarios a que se refiere el anexo número 2, o por las personas que éstos
designen.
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2. La Comisión tiene las siguientes funciones:
a. Velar por el cumplimiento y la correcta aplicación de las disposiciones del
Tratado.
b. Evaluar los resultados logrados en la aplicación del Tratado, vigilar su
desarrollo y recomendar a las Partes las modificaciones que estime
conveniente.
c. Proponer medidas encaminadas a la correcta administración y desarrollo del
Tratado y sus anexos.
d. Contribuir a la solución de las controversias que surjan respecto a su
interpretación y aplicación.
e. Recomendar a las Partes la adopción de medidas necesarias para
implementar sus decisiones.
f. Fijar los montos de la remuneración y los gastos que deban pagarse a los
árbitros, sus ayudantes y los expertos, los cuales serán cubiertos en partes
iguales por las Partes contendientes, y;
g. Conocer de cualquier otro asunto que pudiese afectar el funcionamiento de
este Tratado, o que le sea encomendado por las Partes2.
3. La Comisión podrá:
a. Establecer comités ad hoc o permanentes, grupos de trabajo y de expertos,
así como asignarles atribuciones.
b. Solicitar la asesoría de personas o instituciones sin vinculación
gubernamental, y;
c. Adoptar cualquier otra acción para el ejercicio de sus funciones.
4. La Comisión establecerá sus reglas y procedimientos y todas sus decisiones
se tomarán por consenso.
5. La Comisión se reunirá por lo menos una vez al año en sesión ordinaria y, a
solicitud de cualquier Parte, en sesión extraordinaria. Las sesiones ordinarias
serán presididas sucesivamente por cada Parte.
2 Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte - México proporcionado por MINECO
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1.4.2. Subcomisión Administradora. Artículo 18-02
1. Las Partes establecen la Subcomisión Administradora que estará integrada por
los funcionarios a que se refiere el anexo número 3 o por las personas que éstos
designen.
2. La Subcomisión tiene las siguientes funciones:
a. Supervisar la labor de todos los comités, los subcomités y los grupos de
trabajo establecidos en este Tratado e incluidos en el anexo número 4.
b. Dar seguimiento a las decisiones y acuerdos alcanzados por la Comisión.
c. Preparar y revisar los expedientes técnicos necesarios para la toma de
decisiones y acuerdos en el marco del tratado.
d. Fungir como secretaría técnica en las reuniones de la Comisión.
e. Designar el centro e información para cada Parte, de conformidad con el
artículo 17-01, y;
f. Conocer de cualquier otro asunto que pudiese afectar el funcionamiento del
Tratado, que le sea encomendado por la Comisión.
3. La Subcomisión se reunirá cuando menos dos veces al año alternando la sede
entre las Partes.
4. La Subcomisión presentará anualmente un informe de labores a la Comisión.
1.4.3. Secretariado. Artículo 18-03
1. La Comisión establecerá y supervisará un Secretariado integrado por
secciones nacionales.
2. Cada Parte:
a. Establecerá la oficina permanente de su sección nacional.
b. Se encargara de:
- La operación y costos de su sección y,
- La remuneración y los gastos que deban pagarse a los árbitros, sus
asistentes y expertos nombrados de conformidad con el capítulo XIX.
c. Designará al Secretario de su sección nacional, quien será el funcionario
responsable de su administración, y;
d. Notificará a la Comisión el domicilio de su sección nacional.
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3. El Secretariado tendrá las siguientes funciones:
a. Proporcionar asistencia a la Comisión y a la Subcomisión.
b. Brindar apoyo administrativo a los tribunales arbitrales creados de
conformidad con el capítulo IXI.
c. Por instrucciones de la Comisión, apoyar la labor de comités, subcomités y
grupos de expertos establecidos de conformidad con este Tratado, y;
d. Las demás que le encomiende la Comisión.
1.5 REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA
EN GUATEMALA
Artículo 15. Dirección de Administración del Comercio Exterior. Tiene
como objetivo administrar los instrumentos económico-comerciales de carácter
internacional vigentes para Guatemala, propiciando su óptimo aprovechamiento.
La Dirección de Administración del Comercio Exterior, para el
cumplimiento de sus objetivos y funciones se integrará con los dos departamentos
siguientes:
- Departamento de Aspectos Normativos de Comercio.
- Departamento de Aplicación de Acuerdos Económicos.
Las funciones que desempeña son las siguientes:
- Establecer procedimientos para la aplicación de los convenios y tratados
comerciales de los que Guatemala sea parte.
- Proporcionar la armonización legal para facilitar el cumplimiento de los
compromisos contraídos y el ejercicio de los derechos derivados de los
instrumentos comerciales vigentes.
- Orientar a los productores nacionales sobre la conveniente aplicación de los
aspectos normativos del comercio.
- Coordinar procesos de consulta inter institucional e inter sectorial para la
aplicación de instrumentos comerciales vigentes.
- En defensa de los intereses nacionales o en cumplimiento de los convenios y
tratados, proponer modificaciones arancelarias.
- Contribuir a la actualización y difusión de información sobre los convenios,
tratados y otros instrumentos comerciales.
- Administrar los contingentes arancelarios u otros mecanismos similares y
asesorar en dicha materia.
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- Otras que le asigne el Despacho Viceministerial respectivo3.
1.6 MARCO LEGAL DEL TRATADO
Para poder analizar el impacto del Tratado sobre Guatemala, es necesario
hacer un resumen de las normas y acuerdos acordados. A continuación se
presenta unos artículos de suma importancia para cada uno de los temas del
Tratado.
1.6.1. Reglas de Origen.4
Artículo 6-03 Bienes Originarios: un bien será originario cuando:
- Sea obtenido en su totalidad o producido enteramente en territorio de una o
más de las partes.
- Sea producido en el territorio de una o más de las partes a partir
exclusivamente de materiales que califican como originarios de una o más de
las partes de conformidad con las reglamentaciones.
- Sea producido en el territorio de una o más de las partes a partir de materiales
no originarios que cumplan con un cambio de clasificación arancelarias y otros
requisitos, y que el bien cumplan con las demás disposiciones aplicables.
- En el territorio de una o más de las partes a partir de materiales no originarios
que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria y otros requisitos, y
que el bien cumpla con las demás disposiciones aplicables.
- Sea producido en el territorio de una o más de las partes a partir de materiales
no originarios que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria y otros
requisitos, y el bien cumpla con un requisito de valor de contenido regional y
con las demás disposiciones generales.
- Siempre que el valor de contenido regional del bien no sea inferior al 50%,
salvo disposición contraria, y que el bien cumplan con las demás
disposiciones aplicables, será tomado como bien de origen regional.
1.6.2. Procedimientos Aduaneros.5
- Artículo 7-02. Declaración y certificación de origen: las partes elaborarán un
formato único para el certificado de origen y un formato único para la
declaración de origen, los cuales entrarán en vigor conjuntamente con este
3 Acuerdo Gubernativo No. 182-2000, Reglamento Orgánico Interno, MINECO 4Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 5 Fuente: LOC CIT
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tratado, y podrán ser modificados posteriormente previo acuerdo entre las
Partes.
- Artículo 7-03. Obligaciones respecto a las importaciones: Cada parte requerirá
al importador que solicite tratado arancelario preferencial para un bien
importado a su territorio proveniente del territorio de otra parte.
- Artículo 7-04. Obligaciones respecto a las exportaciones: Cada parte
dispondrá que su exportador o productor, que haya llenado y firmado un
certificado o una declaración de origen, entregue copia del certificado o
declaración de origen, en su caso, a su autoridad competente cuando ésta lo
solicite.
- Artículo 7-07. Procedimientos para verificar el origen: La parte importadora
podrá solicitar a la parte exportadora información respecto al origen de un bien
por medio de su autoridad competente.
- Para determinar si un bien que se importe al territorio de una parte
proveniente del territorio de otra parte bajo trato arancelario preferencial
califica como originario, la Parte importadora podrá, por conducto de su
autoridad competente, verificar el origen del bien.
- Artículo 7-08. Confidencialidad: Cada parte mantendrá, de conformidad con lo
establecido en su legislación, la confidencialidad de la información obtenida y
la protegerá de toda divulgación que pudiera perjudicar a la persona que la
proporcione.
- La información confidencial obtenida sólo podrá darse a conocer a las
autoridades responsables de la administración y aplicación de las
resoluciones de determinación de origen y de los asuntos aduaneros y
tributarios.
- Artículo 7-09. Sanciones: Cada parte establecerá o mantendrá sanciones
penales, civiles o administrativas por infracciones a sus leyes y
reglamentaciones relacionadas con las disposiciones de la temática.
- Articulo 7-12. Comité de Origen: Las partes establecen el Comité de Origen,
integrado por representantes de cada una de ellas.
1.6.3 Normas Sanitarias y Fitosanitarias. 6
- Artículo 5-02 Ámbito de aplicación: La normativa de la temática es aplicable a
todas las medidas sanitarias y fitosanitarias que puedan afectar directa o
indirectamente al comercio de bienes entre las partes.
6 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
13
- El marco de reglas y disciplinas que regulan la adopción y cumplimiento de
dichas medidas será compatible con el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y
Fitosanitarias.
- Las partes considerarán como autoridades competentes, aquellas que
ostentan la responsabilidad legal de garantizar el cumplimiento de las
exigencias sanitarias y fitosanitarias contempladas en este capítulo.
- Artículo 5-07. Reconocimiento de zonas libres de plagas o enfermedades y
zonas de escasa prevalencia de plagas o enfermedades: Cada parte se
asegurará que sus medidas sanitarias y fitosanitarias se adapten a las
características sanitarias o fitosanitarias de las zonas de origen y de destino
del bien, ya se trate de todo el territorio de un parte o de la totalidad o partes
de los territorios de varias partes.
- Al evaluar las características sanitarias o fitosanitarias de una zona, las partes
tendrán en cuenta, entre otras, el nivel de prevalencia de enfermedades o
plagas específicas, la existencia de programas de erradicación o de control, y
los criterios o directrices elaborados por las organizaciones internacionales
competentes acordados por las partes.
- Artículo 5-08. Procedimientos de control, inspección y aprobación: Las partes
deben de revisar y acordar en lo que se refiere a los procedimientos de
control, inspección y aprobación, con inclusión de los sistemas de aprobación
del uso de aditivos o de establecimiento de tolerancias de contaminantes en
los productos alimenticios, en las bebidas o en los piensos.
- Cuando la Parte importadora requiera llevar a cabo un procedimiento de
control o inspección en la etapa de producción, la parte exportadora adoptará,
a solicitud de la parte importadora, las medidas que faciliten el acceso a su
territorio y le proporcionará la asistencia necesaria para la ejecución del
procedimiento de control o inspección.
- Para asegurar los alimentos, bebidas y piensos, cada Parte podrá establecer,
en sus procedimientos de aprobación y de acuerdo con su legislación vigente,
requisitos de autorización para el uso de un aditivo alimentario, o el
establecimiento de un nivel de tolerancia para un contaminante en los
mismos, antes de conceder el acceso a su mercado. Cuando esa parte así lo
requiera, podrá adoptar una norma, directriz o recomendación internacional
pertinente, como base para conceder acceso a estos bienes, hasta que se
tome un determinación definitiva.
14
1.6.4. Salvaguardias.7
- Artículo 8-03. Medidas de Salvaguardia Bilateral: Cada Parte podrá adoptar y
aplicar medidas de salvaguardia bilateral si, como resultado de la reducción o
eliminación de un arancel aduanero estipulado en este tratado, el volumen de
importaciones de uno o varios bienes beneficiados por el Programa de
Desgravación Arancelaria, aumenta en un ritmo y en condiciones tales que
cause un daño grave o amenaza de daño grave a una rama de producción
nacional.
- Artículo 8-04. Medidas de Salvaguardia Global: Las Partes conservan sus
derechos y obligaciones para aplicar medidas de salvaguardia global
conforme al Artículo IXI del GATT de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias,
que forma parte del Acuerdo sobre la OMC, excepto los referentes a
compensación o represalia y exclusión de una medida de salvaguardia global
en cuanto sean incompatibles con las disposiciones de este artículo.
- Artículo 8-05. Procedimiento. Cada Parte establecerá procedimientos claros
y estrictos para la adopción y aplicación de medidas de salvaguardia.
- Las solicitud prestada ante la autoridad competente deberá ser apoyada por el
25% de la rama de producción nacional.
- Dentro de un plazo de 30 días, contado a partir de la presentación de la
solicitud, la autoridad competente podrá desecharla, o iniciar la investigación
si ha determinado que es apoyada por productores que representen al menos
el 25% de la producción total de los bienes similares o directamente
competidores.
1.6.5. Inversión.8
- Artículo 14-03. Nivel Mínimo de trato: Cada parte otorgará a los inversionistas
de otra parte y a sus inversiones, un trato acorde con el derecho internacional
así como protección y seguridad jurídica dentro de su territorio.
- Artículo 14-04. Trato Nacional: Cada Parte otorgará al inversionista de una
parte y a la inversión de un inversionista de una parte, un trato no menos
favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a sus propios
inversionistas y a las inversiones de dichos inversionistas en lo referente al
establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción,
operación, venta u otra disposición de las inversiones.
7 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 8 Fuente: LOC CIT
15
- Artículo 14-05 Trato de nación más favorecida: Si una Parte hubiere otorgado
un trato especial al inversionista de un país no parte o a la inversión de un
inversionista de un país no parte, en virtud de convenios establezcan
disposiciones para evitar la doble tributación, zonas de libre comercio, uniones
aduaneras, mercados comunes, uniones económicas o monetarias e
instituciones similares, dicha parte no estará obligada a otorgar el tratamiento
que se trate al inversionista de una parte o a la inversión de un inversionista
de una parte.
1.6.6. Comercio de Servicios.9
- Artículo 10-04 Trato Nacional: Cada parte otorgará a los servicios y los
prestadores de servicios de otra Parte, un trato no menos favorable que el que
el que conceda a sus servicios similares o prestadores de servicios similares.
- Artículo 10-05. Presencia Local: Ninguna Parte exigirá a un prestador de
servicios de otra parte que establezca o mantenga una oficina de
representación u otro tipo de empresa, o que resida en su territorio como
condición para la prestación transfronteriza de un servicio.
- Artículo 10-10. Comité de Comercio, Transfronterizo de Servicios e Inversión:
Las Partes establecen un Comité de Comercio Transfronterizo de Servicios e
Inversión, integrado por representantes de cada parte. En su caso, el Comité
podrá autorizar la participación de representantes de otras instituciones.
- El Comité se reunirá por lo menos una vez al año, o en cualquier tiempo a
solicitud de cualquiera de las partes, o de la Comisión.
1.6.7. Propiedad Intelectual 10
- Artículo 16-02. Protección de los derechos de Propiedad Intelectual: Cada
parte otorgará en su territorio a los nacionales de otra parte, protección y
defensa adecuada y eficaz para los derechos de propiedad intelectual y
asegurará que las medidas destinadas para hacer valer esos derechos no se
conviertan, a su vez, en obstáculos al comercio legítimo.
- Cada parte podrá otorgar en su legislación protección a los derechos de
propiedad intelectual más amplia que la requerida en este capítulo, siempre
que tal protección no infrinja las disposiciones del mismo.
9 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 10 Fuente: LOC CIT
16
- Las partes podrán establecer libremente el procedimiento adecuado para
aplicar las disposiciones de este capítulo, en el marco de su propio sistema y
práctica jurídica.
- Artículo 16-07. Control de Prácticas y Condiciones Abusivas o Contrarias ala
Competencia: Cada Parte podrá aplicar medidas apropiadas para prevenir el
abuso de los derechos de propiedad intelectual por sus titulares o el recurso a
prácticas que limiten de manera injustificable el comercio o redunden en
detrimento de la transferencia internacional de tecnología.
- Artículo 16-08. Cooperación para eliminar el comercio de bienes infractores:
las Partes cooperarán entre sí con objeto de eliminar el comercio de bienes
que infrinjan los derechos de propiedad intelectual. Con este fin, establecerán
servicios de información en su administración e intercambiarán información
sobre el comercio de los bienes infractores.
1.6.8. Sector Agropecuario.11
- Artículo 4-04. Acceso a Mercados: Las Partes eliminarán progresivamente sus
aranceles aduaneros sobre los bienes agropecuarios originarios.
- Las partes, a petición de cualquiera de ellas, realizarán consultas a través del
Comité, para examinar la posibilidad de acelerar la eliminación de aranceles
aduaneros prevista en el Programa de Desgravación Arancelaria.
- Una vez al año a partir de la entrada en vigor de este tratado, las partes
examinarán, a través del Comité, la posibilidad de incorporar al Programa de
Desgravación Arancelaria los bienes excluidos del mismo. Los acuerdos por
medio de los cuales se incorporen esos bienes al Programa de Desgravación
Arancelaria, se adoptará por las Partes de conformidad con sus
procedimientos legales.
- Artículo 4-05. Medidas no arancelarias: Salvo que se disponga otra cosa en
este tratado, ninguna parte adoptará o mantendrá prohibiciones ni
restricciones a la importación y a la exportación de cualquier bien
agropecuario.
- Artículo 4-06. Ayudas Internas: Las Partes reconocen que las medidas de
ayuda interna pueden ser importantes para sus sectores agropecuarios, pero
que también pueden distorsionar el comercio y afectar la producción. En este
sentido, las partes aplicarán ayudas internas conforme se establezcan en las
11 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
17
negociaciones agropecuarias multilaterales dentro del marco del Acuerdo
sobre la OMC y cuando una parte decida apoyar a sus productores
agropecuarios se esforzará por avanzar hacia medidas de ayuda interna que:
- Tengan efectos de distorsión mínimos o inexistentes sobre el comercio o
la producción y,
- Estén en la plena conformidad con las disposiciones Acuerdo Sobre la
Agricultura, que forma del Acuerdo sobre la OMC.
- Artículo 4-08. Subvenciones a la exportación: Cinco años a partir de la entrada
en vigor de este tratado, ninguna parte podrá mantener o adoptar subsidios a
la exportación sobre bienes agropecuarios en su comercio recíproco.
- Salvaguardia Agrícola Especial entre Guatemala y México: Guatemala podrá
aplicar para los bienes específicos, a partir del segundo año de vigencia del
tratado, a solicitud de parte interesada, una salvaguardia agrícola especial
(SAE) cuando la totalidad de las siguientes tres condiciones se cumplan:
- El volumen de importaciones de un bien proveniente de México tenga una
participación promedio ponderada de las importaciones totales de
Guatemala de ese bien en los últimos tres años calendario mayor a 5%.
- Las importaciones de Guatemala provenientes de México del bien en
cuestión hayan sobrepasado el 10% de su tasa de crecimiento promedio
anual de los últimos tres años calendario, y;
- La tasa de crecimiento promedio anual de los últimos tres años calendario
de las importaciones de Guatemala provenientes de México dicho bien sea
mayor al 5%.
- Para México las condiciones que se deben cumplir son las siguientes:
- El volumen de importaciones de un bien proveniente de Guatemala tenga
una participación promedio ponderada de las importaciones totales de
México de ese bien en los últimos tres años calendario, mayor a 5%.
1.6.9. Prácticas Desleales de Comercio. 12
- Artículo 9-02. Principio General: Las Partes rechazan toda práctica desleal de
comercio internacional y reconocen la necesidad de eliminar las políticas
internas que causen distorsiones al comercio.
- Artículo 9-03. Subvenciones: Salvo lo dispuesto en el artículo 4-08, ninguna
parte otorgará subvenciones a la exportación de bienes al territorio de otra
parte.
12 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
18
- A la entrada en vigor de este tratado, cada parte eliminará todas las partes
subvenciones a la exportación de bienes al territorio de otra parte, salvo
aquéllos permitidos en el marco del Acuerdo sobre la OMC.
- Cuando una parte mantenga u otorgue subvenciones después de la entrada
en vigor de este tratado y éstas causen daño a una rama de producción
nacional, la parte afectada podrá iniciar una investigación.
- Autoridad Competente e Investigadora: Para el caso de Guatemala el
Ministerio de Economía, o el que oportunamente se designe para ejercer
como autoridad investigadora.
- Para el caso de México la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales
de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial o su sucesora.
1.6.10 Entrada Temporal de Personas de Negocios.13
- Artículo 13-02. Principios Generales: Las disposiciones de este capítulo
reflejan la relación comercial preferente entre las partes, la conveniencia de
facilitar la entrada temporal de personas de negocios conforme el principio de
reciprocidad y la necesidad de establecer criterios y procedimientos
transparentes para tal efecto. Así mismo, reflejan la necesidad de garantizar la
seguridad de las fronteras y particularmente en cuanto al ingreso, a través de
los lugares autorizados para el tránsito migratorio y de proteger el trabajo de
sus nacionales y el empleo permanente en sus respectivos territorios.
- Artículo 13-03. Obligaciones Generales: Cada Parte aplicará las medidas de
manera expedita para evitar demoras o perjuicios indebidos, en el comercio
de bienes y de servicios, o en las actividades de inversión comprendidas en
este tratado.
- Las Partes procurarán desarrollar y adoptar criterios, definiciones e
interpretaciones comunes para la aplicación.
- Artículo 13-04. Autorización de Entrada Temporal: De conformidad con las
disposiciones, cada parte autorizará la entrada temporal a personas de
negocios que cumplan con las demás medidas aplicables, relativas a salud y
seguridad públicas, así como con las referentes a seguridad nacional.
13Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
19
1.6.11. Telecomunicaciones.14
- Artículo 12-03. Acceso a redes y servicios públicos de telecomunicaciones y
su uso: Cada Parte garantizará que cualquier persona de otra Parte tenga
acceso a cualquier red o servicio público de telecomunicaciones y pueda
hacer uso de ellos, incluyendo a los circuitos privados arrendados, ofrecidos
en su territorio o de manera transfronteriza en términos y condiciones
razonables y no discriminatorios, para la conducción de sus negocios.
- Artículo 12-04. Condiciones para la prestación de servicios mejorados o de
valor agregado: Cada Parte garantizará que cualquier procedimiento que
adopte o mantenga para otorgar licencia, permisos registros o notificaciones
referentes a la prestación de servicios mejorados o de valor agregado sea
transparente y no discriminatorio y que las solicitudes se tramiten conforme a
los plazos establecidos en la legislación de cada parte.
- Y que la información requerida conforme a tales procedimientos se limite a la
necesaria para acreditar que el solicitante tiene la solvencia financiera para
iniciar la prestación del servicio, o que los servicios, el equipo terminal u otro
equipo del solicitante cumplen con las normas técnicas o reglamentaciones
técnicas aplicables de la parte.
1.6.12. Servicios Financieros.15
- Artículo 11-03. Organismos autorregulados: cuando una parte requiera que
una institución financiera o un prestador de servicios financieros
transfronterizos de otra parte sea miembro, participe o tenga acceso a un
organismo autorregulado para ofrecer un servicio financiero en su territorio o
hacia él, la parte se asegurará que dicho organismo cumpla con las
obligaciones estipuladas.
- Artículo 11-04. Derecho de Establecimiento: Las Partes reconocen el principio
que a los inversionistas de una Parte se les debe permitir establecer una
institución financiera en territorio de otra Parte, mediante cualquiera de las
modalidades de establecimiento y de operación que la legislación de ésta
permita.
- Cada Parte podrá imponer, al momento del establecimiento de una institución
financiera, términos y condiciones que sean compatibles con el trato nacional.
- Artículo 11-05. Comités de Servicios Financieros: Las Partes establecen el
Comité de Servicios Financieros integrado por las autoridades competentes 14Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 15 Fuente: LOC CIT
20
de cada parte. Asimismo, podrán participar representantes de otras
instituciones cuando las autoridades competentes lo consideren conveniente.
- Autoridad Competente: Para el caso de Guatemala es la Junta Monetaria, El
Banco de Guatemala, El Ministerio de Economía y la Superintendencia de
Bancos. Para México la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
1.6.13. Medidas relativas a la Normalización16
- Artículo 15-02. Ámbito de aplicación: Este capítulo se aplica a las medidas
relativas a la normalización y metrología de las partes, así como a las medidas
relacionadas con ellas que puedan afectar, directa o indirectamente, el
comercio de bienes o servicios entre las mismas. Estas medidas no se aplican
a las medidas sanitarias o fitosanitarias.
- Artículo 15-04. Extensión de las Obligaciones: Cada parte cumplirá con las
disposiciones de este capítulo y adoptará las medidas necesarias para
garantizar su cumplimiento por parte de su gobierno federal o central y estatal
o departamental y municipal y adoptará las medidas en ese sentido que estén
a su alcance respecto de los organismos no gubernamentales de
normalización en su territorio.
- Artículo 15-05. Principales derechos y obligaciones: Cada parte podrá fijar el
nivel de protección que considere apropiado para lograr sus objetivos
legítimos.
- Cada parte podrá elaborar, adoptar, aplicar y mantener las medidas relativas a
la normalización que permitan garantizar su nivel de protección de la salud o
la vida humana, animal o vegetal, o del ambiente, o para la prevención de
prácticas que puedan inducir a error o engaño al consumidor, así como las
medidas que garanticen su aplicación y cumplimiento, incluyendo los
procedimientos de aprobación pertinentes.
- Ninguna parte elaborará, adoptará, aplicará o mantendrá medidas relativas a
la normalización o procedimientos de aprobación que tengan la finalidad o el
efecto de crear obstáculos innecesarios al comercio entre ellas. Con este fin,
cada parte se asegurará que las medidas relativas a la normalización o
procedimientos de aprobación no restrinjan al comercio, salvo lo estrictamente
necesario para el logro de sus objetivos legítimos, tomando en cuenta las
posibilidades técnicas y económicas, y los riesgos que crearía su
incumplimiento.
16Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
21
1.6.14 Trato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado.17
- Artículo 3-03. Trato Nacional: Cada Parte otorgará trato nacional a los bienes
de otra Parte, de conformidad con el Artículo III del GATT de 1994, incluidas
sus notas interpretativas. Para tal efecto, el Artículo III del GATT y sus notas
interpretativas se incorporan a este tratado y son parte integrante del mismo.
- Artículo 3-04. Desgravación Arancelaria: Salvo que se disponga otra cosa en
este tratado, ninguna parte podrá incrementar ningún arancel aduanero
vigente, ni adoptar ningún arancel aduanero nuevo, sobre bienes originarios
sujetos al Programa de Desgravación Arancelaria.
- No obstante cualquier otra disposición de este tratado, respecto a los bienes
excluidos del Programa de Desgravación Arancelaria, cualquier Parte podrá
mantener o adoptar una prohibición o restricción, o un arancel aduanero sobre
la importación de esos bienes, de conformidad con sus derechos y
obligaciones derivados del Acuerdo sobre la OMC.
- Una vez al año a partir de la entrada en vigor de este tratado, las partes
examinarán, a través del Comité, la posibilidad de incorporar al Programa de
Desgravación Arancelaria los bienes excluidos del mismo. Los acuerdos por
medio de los cuales se incorporen esos bienes al Programa de Desgravación
Arancelaria, se adoptarán por las partes de conformidad con sus
procedimientos legales.
- Artículo 3-07. Importación libre de arancel aduanero para muestras sin valor
comercial: Cada parte autorizará la importación libre de arancel aduanero a
las muestras sin valor comercial provenientes del territorio de otra parte.
- Artículo 3-08. Valoración Aduanera: A la entrada en vigor de este tratado, el
valor en aduana de un bien importado se determinará de conformidad con los
principios del Código de Valoración Aduanera.
- Artículo 3-09. Restricciones a la importación y a la exportación: Salvo que se
disponga otra cosa en este tratado, ninguna parte podrá adoptar o mantener
prohibición o restricción alguna a la importación de cualquier bien de otra
parte o a la exportación o venta para la exportación de cualquier bien
destinado al territorio de otra parte, excepto por lo previsto en el Artículo III del
GATT de 1994, incluidas sus notas interpretativas.
17 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
22
1.6.15. Solución de Controversias.18
- Artículo 19-04. Cooperación: Las Partes procurarán siempre llegar a un
acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este tratado mediante la
cooperación y consultas, y se esforzarán por alcanzar una solución
mutuamente satisfactoria de cualquier asunto que pudiese afectar su
funcionamiento.
- Artículo 19-03. Solución de controversias conforme al Acuerdo sobre la OMC:
Las controversias que surjan con relación a lo dispuesto en este tratado y en
el Acuerdo sobre la OMC o en los convenios negociados de conformidad con
este último, podrán resolverse en uno u otro foro, a elección de la parte
reclamante.
- Una vez que se haya iniciado un procedimiento de solución de controversias
de conformidad con el reglamento, el foro seleccionado será excluyente de
cualquier otro.
1.6.16 Transparencia19
- Artículo 17-01. Centro de Información: Cada Parte designará una dependencia
u oficina como centro de información para facilitar la comunicación entre las
partes sobre cualquier asunto comprendido en este tratado.
- Cuando una Parte lo solicite, el centro de información de otra parte indicará la
dependencia o el funcionario responsable del asunto y prestará el apoyo que
se requiera para facilitar la comunicación con la parte solicitante.
- Artículo 17-02. Publicación: Cada Parte se asegurará que sus leyes,
reglamentos, procedimientos y resoluciones administrativas de aplicación
general, que se refieran a cualquier asunto comprendido en este tratado, se
publiquen a la brevedad o se pongan a disposición para conocimiento de las
partes y de cualquier interesado.
- Artículo 17-03. Notificación y suministro de información: Cada Parte notificará,
en la medida de lo posible, a las otras partes, toda medida vigente o en
proyecto que la Parte considere que pudiera afectar o afecte sustancialmente
los intereses de las otras Partes en los términos de este tratado. Dicha
notificación se realizará sin que ello prejuzgue si la medida es o no compatible
con el mismo.
18 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México 19 Fuente: LOC CIT
23
- Cada Parte, a solicitud de otra Parte, proporcionará información y dará
respuesta pronta a sus preguntas relativas a cualquier medida vigente o en
proyecto.
- Artículo 17-04. Garantías de audiencia, legalidad y debido proceso: Las Partes
reafirman las garantías de audiencia, de legalidad y del debido proceso
contempladas en sus respectivas legislaciones.
- Cada Parte mantendrá procedimientos judiciales o administrativos para la
revisión y, cuando proceda, la corrección de los actos definitivos relacionados
con este tratado.
- Cada Parte se asegurará que en los procedimientos judiciales y
administrativos relativos a cualquier medida que afecte la aplicación de este
tratado, se observen las formalidades esenciales del procedimiento y se
fundamente y motive la causa legal del mismo.
1.6.17 Excepciones.20
- Artículo 20-02. Excepciones generales: Se incorporan a este tratado y forman
parte integrante del mismo Artículo III del GATT de 1994 y sus notas
interpretativas para efectos de los capítulos III, IV, VI, VII, VIII, IX y XV, salvo
en la medida en que alguna de sus disposiciones se apliquen al comercio de
servicios o a la inversión.
- Se incorporan a este tratado y forman parte integrante del mismo, los
apartados a, b y c del Artículo XIV del AGCS, para efectos de los capítulos X,
XII y XV, salvo en la medida en que alguna de sus disposiciones se aplique al
comercio de bienes.
- Artículo 20-03. Seguridad Nacional: las disposiciones de este tratado no se
interpretarán en el sentido de:
- Obligar a una parte a proporcionar, ni a dar acceso a información cuya
divulgación considere contraria a sus intereses esenciales en materia de
seguridad.
- Impedir a cualquier parte adoptar medidas de conformidad con sus
obligaciones derivadas de la Carta de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.
20 Fuente: Texto Tratado de Libre Comercio Triángulo Norte México
24
1.7 LA FIRMA DEL TRATADO
Guatemala suscribe el Tratado de Libre Comercio con México con el
objetivo de establecer normas claras que permitan un flujo de bienes y
servicios entre los dos países, creando instancias que permitan resolver las
controversias que puedan generarse por el comercio bilateral.
Tanto el sector privado aglutinado en el Comité Coordinador de
Cámaras Empresariales CACIF, como el gobierno; plantean como principal
ventaja del TLC con México, la posibilidad de ingresar a dicho mercado bajo un
marco general de reglamentación clara. La Comisión Empresarial CENCIT lo
reconoce como un logro de la negociación "alcanzar el objetivo de contar con
un instrumento que dé certeza jurídica y transparencia al comercio bilateral, así
como mejor acceso a los productos guatemaltecos".
El TLC con México le permitía al país, además, de tener un acuerdo
comercial, una experiencia negociadora que carecía, de cara a los tratados
comerciales que ha negociado con República Dominicana, Canadá, Panamá,
Chile, Comunidad Andina y de paso se preparaba para ingresar al Acuerdo de
Libre Comercio de Las Américas ALCA.
Guatemala inició una apertura comercial amplia, acompañada de un
programa de ajuste que fue incorporando la política de desregulación de la
economía y la privatización de las empresas públicas, una década antes.
Dicha apertura se basaba más en el convencimiento de que el país
necesitaba competir a nivel internacional, dado el avance del proceso de
globalización, y para hacerlo, la alternativa más viable era la promoción de las
relaciones comerciales que permitan explotar las ventajas derivadas del
comercio internacional, traduciéndolas en crecimiento económico.
Estrategia compartida también por un sector del empresariado
guatemalteco que ha apostado a la apertura comercial para lograr alianzas y
atraer inversiones que le permitan modernizar su aparato productivo una vez
alcanzado el objetivo de ampliar el mercado.
1.7.1 Objetivos de Guatemala en la implementación del Tratado con México.
- Abrir nuevos mercados a los productos nacionales y brindar a la población
25
mayores oportunidades de desarrollo.
- Propiciar la creación de nuevas fuentes de trabajo que contribuya a mejorar
el nivel de vida de los Guatemaltecos(a).
- Atraer capitales extranjeros estableciendo reglas claras que garanticen un
proceso adecuado y estable para la inversión y el desarrollo de las
actividades productivas.
- Fomentar la competitividad de las empresas guatemaltecas ofreciéndoles la
oportunidad de importar materias primas insumos bienes de capital e
intermedios libres de aranceles y agregar valor y exportar productos
terminados a la región.
- Alcanzar un mejor equilibrio de las relaciones comerciales entre Guatemala y
México, partiendo del nivel de desarrollo económico del país.
- Poner al alcance de los 12 millones de consumidores Guatemaltecos una
mayor variedad de productos a precios más bajos.
- Ofrecer nuevos servicios.
- Mejorar el nivel educativo a nivel nacional.
- Incrementar la participación de los guatemaltecos en la creación de riqueza,
mejorando el nivel de vida de la población pobre.
- Llevar progreso a las zonas del interior del país con el establecimiento de
nuevas y modernas empresas.
1.7.2. Tratado de libre Comercio Guatemala, Honduras y El Salvador con México
(TLCTNM). El Tratado de Libre Comercio México-Triángulo del Norte (TLCTNM)
constituye un gran avance en la estrategia política de negociaciones comerciales
internacionales de México y de los países centroamericanos, la cual busca
ampliar, diversificar y mejorar el acceso de los productos nacionales a los
mercados extranjeros. También permite obtener reciprocidad al proceso de
26
liberalización comercial reduciendo la vulnerabilidad de los exportadores ante
medidas unilaterales por parte de los socios comerciales, fomentado los flujos de
inversión extranjera directa.
El tratado de libre comercio entre México, Guatemala, El Salvador, y Honduras
facilita la compra y venta de productos industriales y agrícolas entre los cuatro
países, a través de la eliminación de aranceles que pagan los productos para
entrar a dichos mercados y un conjunto de disciplinas que regulan la relación
comercial entre los países integrantes del tratado; así mismo incluye disciplinas
para regular la compra y venta de servicios.
Se logró un acuerdo moderno, ambicioso, integral y completo, que abre nuevas
y mejores oportunidades para el incremento de las exportaciones, la mayor
disponibilidad de insumos y servicios para la industria nacional, así como la
atracción de nuevas inversiones y creación de alianzas estratégicas entre
empresas; fomentando así el crecimiento económico, el incremento en
productividad y competitividad de los productos guatemaltecos, el desarrollo
industrial y regional y la creación de más y mejores empleos.
Los países que integran el Triángulo del Norte representan un mercado
potencial de 23 millones de personas, que en 1998 realizaron compras al exterior
por más de 9.5 y registraron un PIB de más de 36 mmd (millones de dólares).
México tiene una posición privilegiada en ese mercado, por la cercanía
geográfica, similitudes de idioma, cultura y gustos en los consumidores.
En 1999, las exportaciones de México al Triángulo del Norte fueron
comparables a la suma de las exportaciones hechas a Brasil, Argentina y Chile.
Las ventas mexicanas representaron el 9% (850 millones de dólares), del total
importado por el Triángulo del Norte en 1998, por lo que se considera, aún existe
un gran potencial para incrementar el comercio entre los cuatro países. Esta
región representa un mercado creciente para los productos mexicanos, la
exportación no petrolera de México al Triángulo del Norte se incrementó más de
160% en los últimos 6 años, al pasar de 330 mdd (millones de dólares) en 1993 a
más de 940 mdd (millones de dólares). En 1999. Con este tratado se consolida y
se mejora el acceso que México tiene en esta región del mundo.21
21 Disponible en http: www.cinu.org.mx
27
Este tratado tendrá un gran impacto económico regional, principalmente en el
estado de Chiapas. Este estado, por su localización geográfica y por ser el vecino
más cercano de estos tres países tendrá un aumento muy importante en
comercio, producción y en el sector servicios.
28
29
2. COMERCIO GLOBAL ENTRE GUATEMALA Y MÉXICO
En el 2003 Guatemala ocupó el 3° lugar de los países con los que México
mantiene superávit comercial (después de los Estados Unidos); el 2° lugar como
país destino de las exportaciones a Latinoamérica y el Caribe (después de
Aruba); el 10° lugar como país destino de las exportaciones de México al mundo;
el 25° lugar en el comercio exterior total de México y el 41° como país origen de
las importaciones de México.22
Asimismo, México es también socio importante para Guatemala. En ese
mismo período, representó: 8.4% de las importaciones de Guatemala (2° país
proveedor de Guatemala después de Estados Unidos); México ocupó el 6° lugar
como país destino de las exportaciones de Guatemala al mundo (después de
Estados Unidos, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica), representando
el 4.1% de las exportaciones totales de Guatemala. 23
Como se puede ver en la gráfica #1, las exportaciones de Guatemala hacia
México se han incrementado en el rubro agropecuario y manufactura en los años
2002 y 2003 respectivamente. El incremento de estos sectores ha sido constante;
pero en los años en el que el Tratado ha estado vigente, se dio un incremento
mayor. Las importaciones de Guatemala, en ese rubro igualmente han tenido un
notable crecimiento, siendo notable el gran déficit en la balanza comercial que
ronda en 446,675.40 miles de dólares en el año 2002 y 429,010.20 miles de dólares
para el año 2003 de las exportaciones favorables para México.
El sector económico más importante para México en esta relación comercial es
el sector manufacturero, ya que, como se aprecia en el cuadro #1, es un rubro en
el cual las importaciones mexicanas siempre han sido en gran escala hacia
Guatemala, aunque la gráfica indica un pequeño estancamiento con respecto al
año 2002 y 2003.
Con respecto al sector extractivo, Guatemala importa la mayor parte de su
materia prima, por lo tanto las importaciones mexicanas son importantes para el
país. Este rubro ha tenido un repunte significativo para el comercio, ya que en el
año 2002 y 2003 se ha incrementado considerablemente.
22 Fuente: Romeo Escobar Castillo, México y los TLC´s, El Punto de vista de Centro América 23 Fuente: LOC CIT
Gráfica # 1
EVOLUCIÓN GLOBAL DEL COMERCIO SEGÚN SECTOR ECONÓMICO
0.00
100,000.00
200,000.00
300,000.00
400,000.00
500,000.00
600,000.00
700,000.00
1994
1996
1998
2000
2002
Exportaciones Agropecuaria
Exportaciones Manufacturera
Exportaciones Extractiva
Exportaciones Extractiva
Importaciones Agropecuaria
Importaciones Manufacturera
Importaciones Extractiva
Importaciones Extractiva
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
30
31
En la siguiente gráfica se puede profundizar el análisis de la relación comercial entre México y Guatemala, en el marco del
tratado comercial vigente. La balanza comercial con México muestra saldos negativos, el cuadro siguiente proporciona los datos:
Evolución Global del Comercio
-2000000-1000000
010000002000000
94 95 96 97 98 99 00 01 02 03
Año
Mile
s de
D
ólar
es
Exportaciones Importaciones Saldo
EVOLUCIÓN GLOBAL DEL COMERCIO
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
Gráfica # 2
México exporta mayor cantidad de productos hacia Guatemala que los que
importa de este país. El TLC debería permitir a los países centroamericanos
revertir la tendencia actual del comercio con México en el largo plazo, ya que este
es uno de los principales objetivos de la suscripción del Tratado.
Guatemala no ha incrementado sus exportaciones a México desde 1994;
mientras que Costa Rica sextuplicó sus exportaciones de 1994 a 1999 en parte,
por la apertura comercial que significó para sus exportaciones a México el TLC
firmado entre ambos países.24
De no hacerlo, para los países del Triángulo Norte de Centroamérica, el
desequilibrio comercial podría agudizar más los efectos negativos que tendría en
el mercado interior y en la propia producción nacional.
24 Romeo Escobar Castillo, México y los TLC, El punto de vista de Centro América.
32
3. COMERCIO DE LOS 10 PRODUCTOS PRINCIPALES SEGÚN RANGO ARANCELARIO
3.1. IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DEL SECTOR AGROPECUARIO
Cuadro #1
IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO EN EL AÑO 2003
Importación*
Partida Arancelaria INDUSTRIAS AGROPECUARIAS 9024.1
1 40.01 CAUCHO NATURAL (HULE) 2062 2 8.11 FRUTAS FRESCAS, SECAS O CONGELADAS 1353.5 3 52.01 ALGODÓN 1107.9
4 12.11 PLANTAS, SEMILLAS Y FRUTAS PARA USO MÉDICO Y PERFUMERIA 1097.5
5 12.07 SEMILLA DE AJONJOLÍ 1057.9 6 7.03 CEBOLLA 759.3 7 6.01 BULBOS, RAICES Y PLANTAS ORNAMENTALES 394.5 8 OTROS PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Y VEGETAL 359.1 9 10.05 MAIZ 306.9 10 9.04 PIMIENTA 221.6
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
La industria agropecuaria es un sector económico muy importante para ambos
países, sobre todo para el caucho natural, ya que ocupa el primer lugar en las
importaciones, con un total de 2032 miles de dólares en el año 2003.
En el cuadro anterior, se puede observar que en el rubro de maíz no hay
capacidad de producción nacional para suplir la demanda, ya que se importaron
306.9 miles de dólares, en este rubro existe la oportunidad de mejorar la
producción y sustituir la importación. Lo mismo sucede en el rubro del Algodón,
ya que la producción nacional es casi inexistente, lo que representa también una
oportunidad para el sector de iniciar una producción como lo están haciendo otros
países del área. Se puede observar que la industria algodonera en Guatemala es
alta, ya que se importaron 1107.9 miles de dólares en al año 2003.
Con respecto a los demás productos más importados, los guatemaltecos
debieran prestar atención a los productos agropecuarios procesados, tales como
las frutas congeladas y las plantas, semillas y frutas para fines medicinales o de
perfumería, ya que ese es un mercado que en Guatemala no lo han sabido
explotar.
33
Cuadro #2
EXPORTACIONES DE GUATEMALA HACIA MÉXICO EN EL AÑO 2003
Exportación*
Partida Arancelaria INDUSTRIAS AGROPECUARIAS 33310.6
1 40.01 CAUCHO NATURAL (HULE) 28340.7 2 7.1 LEGUMBRES Y HORTALIZAS 2425.3 3 12.07 SEMILLA DE AJONJOLI 1467.1 4 6.01 BULBOS, RAICES Y PLANTAS ORNAMENTALES 590.1 5 OTROS PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Y VEGETAL 95.8 6 9.1 ESPECIAS 95.7 7 10.05 MAIZ 90.1 8 9.01 CAFÉ 81.6 9 7.01 PAPA 49.3
10 10.02 CEREALES DIVERSOS (CENTENO, CEBADA, AVENA, SORGO, ETC) 35.9
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
México tiene una gran industria de vejigas, esto favorece la exportación
Guatemalteca, ya que el caucho natural ocupa el primer lugar en las
exportaciones agropecuarias hacia México, con 28340.7 miles de dólares en el
año 2003.
Debido al clima favorable para la cosecha de legumbres y hortalizas,
Guatemala pudo exportar 2425.3 miles de dólares en el año 2003, este producto
ocupó el segundo lugar de los productos más exportados hacia México.
3.2. Importaciones y Exportaciones del Sector Manufacturero.
10 Principales Productos del Año 2003 en la Industria Manufacturera Cuadro #3
IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO
Importación* INDUSTRIAS MANUFACTURERAS 515645.9 1 38.01 PRODUCTOS DIVERSOS DE LA INDUSTRIA QUÍMICA 90220.4 2 39.01 MATERIALES PLÁSTICOS Y SUS MANUFACTURAS 49012.5 3 85.01 MAQUINAS Y APARATOS MECÁNICOS 37545.4 4 30.01 PRODUCTOS FARMACEUTICOS 31377.2 5 48.02 MANUFACTURAS DE PAPEL Y CARTON 28707.9 6 33.01 PRODUCTOS DE PERFUMERIA, TOCADOR Y COSMETICOS 27410.2 7 19.04 PREPARADOS A BASE DE CEREALES 23036.8 8 87.02 VEHICULOS Y MATERIAL DE TRANSPORTE 22940.3 9 83.01 OTRAS MANUFACTURAS DE METALES COMUNES 17580.4 10 32.01 PINTURAS Y BARNICES 16106.1
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
34
En el sector económico de la industria manufacturera se puede ver que la
balanza comercial se inclina a favor de México en 396,893.50 miles de dólares, no
se puede decir que esto es totalmente negativo, si las importaciones que está
realizando el sector industrial son para modernizar el parque de equipos y
máquinas para la transformación de la materia prima, pero se puede ver que el
rubro #6 de productos de perfumería es alto con respecto a lo que Guatemala
produce en este rubro.
Cuadro #4
EXPORTACIONES DE GUATEMALA HACIA MÉXICO
Exportación* INDUSTRIAS MANUFACTURERAS 118752.4 1 15.01 GRASAS Y ACEITES COMESTIBLES 22376.1 2 50.01 MATERIALES TEXTILES (TEJIDOS O TELAS) 14368.5 3 85.06 BATERIAS ELECTRICAS 10923 4 62.01 ARTICULOS DE VESTUARIO 8932
5 16.01 PREPARADOS DE CARNE, PESCADO, CRUSTACEOS Y MOLUSCOS 8636.1
6 39.01 MATERIALES PLASTICOS Y SUS MANUFACTURAS 5394.4 7 38.01 PRODUCTOS DIVERSOS DE LA INDUSTRIA QUIMICA 4567.5 8 17.01 AZUCAR 4295.7
9 85.01 MAQUINAS Y APARATOS MECANICOS PARA USOS ELECTROTECNICOS 3799.5
10 22.01 BEBIDAS LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRES 3589.1 Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
El producto mayor exportado en el año 2003 fue el de grasas y aceite
comestibles, con 22376.1 miles de dólares. Esta exportación significa mucho para
este rubro y para las exportaciones en general. El rubro de los textiles es
sumamente importante para la reactivación económica de este país, en el año
2003 ocupó el segundo lugar de las exportaciones manufactureras con 14368.5
miles de dólares.
Existe una tendencia a la importación de bienes de consumo como
electrodomésticos, vehículos y otros, productos que no necesariamente están
ligados a la producción. Es en este sector que Guatemala debería mostrar
disciplina económica, ya que si bien las remesas familiares subsidian el consumo
actual, el cual beneficia al sector comercio interno, esta no es permanente y
agrega poco valor a la producción nacional limitándola.
35
En este sector, Guatemala y México se complementan bastante bien con los
productos que comercian, ya que como se observó en el sector agropecuario, los
productos son muy similares.
3.3 Importaciones y Exportaciones del Sector Extractivo
TOP 10 Productos del Año 2003 Industria Extractiva
Cuadro #5
IMORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO
Importaciones* INDUSTRIAS EXTRACTIVAS 60771.2
1 26.06 ALUMINIO 32919.1
2
72.01 y 73.01 HIERRO Y ACERO 10884.3
3 79.01 ZINC 4533.1
4 27.05 GASES INDUSTRIALES 4094.6
5 68.06 PRODUCTOS MINERALES DIVERSOS 2934.9 6 27.10 OTROS DERIVADOS DE PETROLEO 2638.3
7 25.23 CEMENTO 1009.6
8 27.14 ASFALTO 946.6 9 25.15 MÁRMOL 301
10 26.03 COBRE Y SUS MANUFACTURAS 264.4 Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
Cuadro #6
EXPORTACIONES DE GUATEMALA HACIA MÉXICO
Exportaciones* INDUSTRIAS EXTRACTIVAS 4368 1 27.10 OTROS DERIVADOS DE PETROLEO 3435.2 2 26.06 ALUMINIO 218.9 3 25.15 MARMOL 218.3 4 79.01 ZINC 176.8 5 72.04 DESPERDICIOS Y DESECHOS DE METALES (CHATARRA) 135 6 68.06 PRODUCTOS MINERALES DIVERSOS 121.9 7 26.17 ANTIMONIO 38.2
8 72.01 y 73.01 HIERRO Y ACERO 20.7
9 27.05 GASES INDUSTRIALES 1.1 10 26.07 PLOMO 0.9
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
36
En las industrias extractivas el déficit en la balanza comercial es notorio,
ya que Guatemala importó en el año 2033 un total de 607,711 miles de dólares y
exportó solamente 4368 miles de dólares. A raíz de que Guatemala debe de
importar mucha de la materia prima que necesita pues no existe una industria
extractiva “real” aparte de cemento el cual no es competitivo exportar hacia
México.
37
4. COMERCIO SEGÚN SECTOR ECONÓMICO
4.1. ANÁLISIS DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS EXPORTACIONES SEGÚN
SECTOR ECONÓMICO
Cuadro # 7
EXPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO SEGÚN SECTOR
ECONÓMICO
Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Agrícolas 21,725.20 22,886.00 19,896.60 133,756.40 156,431.00Participación 22% 19% 25% 56% 56%Manufacturero 69,154.00 68,702.00 48,855.70 105,932.40 118,752.40Participación 71% 57% 62% 44% 42%Extractivas 6,510.40 28,594.60 10,301.60 1,270.80 4,368.00Participación 7% 24% 13% 1% 2%Total 97,389.60 120,182.60 79,053.90 240,959.60 279,551.40
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
El cuadro anterior muestra la participación de cada sector en las
exportaciones de Guatemala hacia México desde el año 1999 hasta el año 2003,
esto con el fin de analizar el impacto de la entrada en vigor del Tratado.
A partir del año 2002 el sector agrícola incrementó su participación en las
exportaciones de un 25% en el año 2001 a un 56% para el 2002, esto significa
que para este sector la entrada en vigor del Tratado fue favorable. No obstante,
para los otros dos rubros; Manufacturero y Extractivo, el impacto fue negativo, ya
que el sector Manufacturero tenia una participación del 62% en el año 2001 y bajo
a 44% en el 2002, y el sector extractivo ocupaba un 13% de participación en el
año 2001 y bajo a tener un 1% de participación en el año 2002.
4.1.1. Participación Sector Agrícola
Cuadro #8
EXPORTACIONES DE GUATEMALA A MÉXICO DEL SECTOR AGRÍCOLA
Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Agrícolas 21,725.20 22,886.00 19,896.60 133,756.40 156,431.00Participación 22% 19% 25% 56% 56%Tasa de Crecimiento -5% 5% -15% 85% 14%
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
38
El cuadro número 8 indica la participación que tuvo el sector agropecuario en
los años del 1999 al 2003, pero también indica la tasa de crecimiento que tuvo
con respecto esos años.
Se puede observar un cambio sumamente drástico del año 2001 al 2002, ya
que tuvo un crecimiento con respecto al año anterior de 85%. Pero,
lastimosamente, en el año 2003 el porcentaje vuelve a bajar a un 14% con
respecto al año 2002, por lo tanto las exportaciones se mantuvieron.
4.1.2. Participación Sector Manufacturero.
Cuadro #9
EXPORTACIONES DE GUATEMALA A MÉXICO DEL SECTOR
MANUFACTURERO
Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Manufacturero 69,154.00 68,702.00 48,855.70 105,932.40 118,752.40Participación 71% 57% 62% 44% 42%Tasa de Crecimiento -14% -1% -41% 54% 11%
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
Para el sector manufacturero, la suscripción del Tratado fue favorable, ya
que a partir del año 2002 la tasa de crecimiento de este rubro ha sido favorable,
sobre todo para el año 2002, ya que incremento de un 41% negativo a un 54%
positivo, esto fue una cambio muy drástico para este rubro. Luego en el año 2003
hubo un incremento, pero más moderado.
4.1.3. Participación Sector Extractivo.
Cuadro #10
EXPORTACIONES DE GUATEMALA A MÉXICO DEL SECTOR EXTRACTIVO
Exportaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Extractivas 6,510.40 28,594.60 10,301.60 1,270.80 4,368.00Participación 7% 24% 13% 1% 2%Tasa de Crecimiento 41% 77% -178% -711% 71%
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
39
Para el sector agropecuario y manufacturero, la suscripción del Tratado
trajo mejores porcentajes de crecimiento, pero para el este rubro, el rubro
extractivo fue todo lo contrario. Los años 1999 y 2000 las cifras presentaban datos
positivos, pero a partir del año 2001 (año en el que entra en vigencia el Tratado),
los datos se vuelven sumamente desfavorables para este sector. Es hasta el año
2003 en donde las exportaciones extractivas vuelven a ser positivas.
4.2. EVALUACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS IMPORTACIONES
SEGÚN SECTOR ECONÓMICO
Cuadro #11
IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO SEGÚN SECTOR
ECONÓMICO
Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Agrícolas 7,204.70 9,889.20 8,755.00 580,431.80 585,441.20Participación 1% 2% 2% 50% 50%Manufacturero 406,078.60 437,403.50 466,417.70 515,290.30 515,645.90Participación 81% 76% 84% 45% 44%Extractivas 86,511.00 127,280.10 77,988.10 54,285.90 60,771.20Participación 17% 22% 14% 5% 5%Total 499,794.30 574,572.80 553,160.80 1,150,008.00 1,161,858.30
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
El cuadro anterior muestra un resumen de lo que han sido las
importaciones con México a partir del año 1999. El sector agrícola es el más
afectado, en cuanto a la participación que ocupa con respecto los demás rubros y
es el único sector que a partir del año 2002 ha incrementado sus cifras en
consideración. Prácticamente, antes de la suscripción del Tratado, no había
comercio en este rubro.
4.2.1. Participación Sector Agrícola
Cuadro #12
IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO DEL SECTOR AGRÍCOLA
Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Agrícola 7,204.70 9,889.20 8,755.00 580,431.80 585,441.20
40
Participación 1% 2% 2% 50% 50%Tasa de Crecimiento -35% 27% -13% 98% 1%
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
El cuadro anterior, presenta la tasa de crecimiento del sector agrícola, es
notoria la forma en que este sector da un giro a partir del año 2002, ya que tiene
un crecimiento del 98% con respecto al año 2001.
4.2.2. Participación Sector Manufacturero.
Cuadro #13
IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO DEL SECTOR
MANUFACTUTERO
Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Manufacturero 406,078.60 437,403.50 466,417.70 515,290.30 515,645.90Participación 81% 76% 84% 45% 44%Tasa de Crecimiento 2% 7% 6% 9% 0%
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
El sector manufacturero, con respecto las importaciones, es el sector que
menos se ve afectado con la suscripción del Tratado. Ya que como se observa en
el cuadro anterior, la tasa de crecimiento que ha tenido es constante, aunque, en
el año 2003 no se vio ningún crecimiento en este sector.
4.2.3. Participación Sector Extractivo.
Cuadro #14
IMPORTACIONES DE GUATEMALA CON MÉXICO DEL SECTOR EXTRACTIVO
Importaciones* Sector Económico 1999 2000 2001 2002 2003
Extractivo 86,511.00 127,280.10 77,988.10 54,285.90 60,771.20Participación 17% 22% 14% 5% 5%Tasa de Crecimiento 9% 32% -63% -44% 11%
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares.
41
El sector extractivo es el sector que presenta una irregularidad constante, ya
que sus cifras muestran grandes abismos un año con otro. Este sector no se ve
favorecido con la suscripción del Tratado en los primeros años, pero
probablemente a largo plazo si le favorecerá.
El desbalance del comercio en el marco del Tratado de Libre Comercio
entre Guatemala y México es muy grande y los efectos negativos se comienzan a
percibir más en el cierre de muchas empresas que no lograron sobreponerse al
impacto después de la entrada en vigor en el año 2001, ya que en el 2002 se vió
como las importaciones aumentan considerablemente y las exportaciones si bien
se duplicaron no son lo suficientemente grandes como para compensar los
efectos del desbalance comercial.
42
5. IMPORTANCIA DE MÉXICO COMO ABASTECEDOR
La negociación final, si bien es bastante amplia pues incluye una multiplicidad
de áreas, también tuvo sus limitantes para Guatemala, ya que México logró: a)
excluir productos como el café, azúcar y banano, en los que Guatemala posee
ventajas comparativas claras; b) imponer reglas de origen relativamente drásticas
(un mínimo de contenido regional del 50%); c) las normas sanitarias y
fitosanitarias continúan con un enfoque unilateral que podría provocar
restricciones por parte de México.
El Tratado ha dado lugar, como ocurre con todo acuerdo comercial a dos
fenómenos opuestos: creación de comercio entre ambos países, ya que se bajan
o suprimen los aranceles entre los firmantes y distracción de comercio con
respecto a terceros ya que al mantenerse los aranceles respecto a terceros se
encarece su precio relativo y se vuelven menos competitivos sus productos.
Es importante resaltar que el papel que juega México como abastecedor
principal de productos elaborados, materias primas y productos agropecuarios de
acuerdo a los diferentes cuadros que se presentan en este documento es muy
alto, debido en parte a los beneficios arancelarios y a la competitividad que
muestran los productos mexicanos con respecto a los nacionales. En este sentido
es importante destacar que las exportaciones de México hacia Guatemala han
tenido un crecimiento constante, desde antes de la suscripción del Tratado.
En parte será una simple formalización de la informalidad comercial, reducción del contrabando,
aunque ésta siempre seguirá existiendo mientras persista el estímulo para evadir el pago del IVA
sobre importaciones (lo cual se da a gran escala en estos momentos).
Gráfica #3
BALANZA COMERCIAL ENTRE GUATEMALA Y MÉXICO
0
500000
1000000
1500000
2000000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
SaldoImportacionesExportacionesAño
Fuente: Elaboración Propia con base en datos del Banco de Guatemala. *Cifras en miles de dólares. El eje “X” representa los años del 1994 hasta 2003 (desde el número 1 hasta el número 10).
43
Al analizar los saldos negativos en la mayoría de los rubros, se puede
observar que a partir del año 2002, aproximadamente un año después de que
entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio con México, Guatemala es un
50% más dependiente de los productos mexicanos, convirtiéndose México en el
principal abastecedor de materias primas y productos elaborados en Guatemala.
44
6. IMPACTO POSITIVO Y NEGATIVO DEL TLC PARA GUATEMALA
El TLC crea bastante controversia entre políticos, comerciantes y
consumidores, algunas personas se oponen y otras están de acuerdo. Esta
controversia no se puede eliminar, pero lo que si es cierto es que TLC ha traído
tanto aspectos positivos como aspectos negativos a Guatemala. A continuación
se presentan algunos aspectos positivos que el mismo ha tenido.
6.1. IMPACTO POSITIVO
- Se obtendrá mayor ingreso de divisas.
- Mayor oportunidad de trabajos bien reembolsados para la población
guatemalteca.
- Los productos que provengan de México tendrán los aranceles más bajos,
beneficiando al consumidor.
- Mayor campo para la exportación de productos no tradicionales
guatemaltecos.
- Se abrirá una agenda de cooperación que va más allá del simple comercio
exterior.
- Aumentara las posibilidades de inversión extranjera en Guatemala.
- Estimulará la expansión y diversificación del comercio de bienes y servicios
entre las partes.
Así como ha generado aspectos positivos, la suscripción de este Tratado ha
traído consecuencias también negativas. A continuación se presenta una lista de
aspectos que han generado un impacto negativo para Guatemala. Esto es
importante analizarlo para poder tener un panorama de lo que se debe de cambiar
o de lo que un nuevo exportador debe de atenerse.
45
6.2. IMPACTO NEGATIVO
- Muchas empresas de Guatemala han desaparecido aunque no existe un dato
oficial.
- Se pone en riesgo la seguridad alimentaria nacional, al volver a los
consumidores, más dependientes de los productos mexicanos.
Específicamente hablando de granos básicos.
- Se ha incrementado la tasa de desempleo como consecuencia directa del
cierre de muchas empresas lo cual ha generado mayor delincuencia.
- Se ha incrementado el contrabando.
- Se ha incrementado la triangulación (Dumping).
46
7. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS PARA GUATEMALA
7.1. BENEFICIOS MACROECONÓMICOS
- Amplia las oportunidades de mercado a nuestros productos, garantizando las
normas y requisitos a cumplir para entrar al mercado Mexicano.
- Constituye un instrumento importante para la atracción de inversión extranjera
que genera empleo y ayuda en el desarrollo sostenible del país.
- Provee un mecanismo ágil de solución de controversias comerciales.
- Mejor acceso de los productos guatemaltecos en otro mercado.
- Transparencia en las normas que se apliquen a nuestros productos de
exportación, y a los servicios que se pueden ofrecer.
47
8. ANÁLISIS DE OPORTUNIDADES Y AMENAZAS PARA GUATEMALA
8.1. OPORTUNIDADES
- Incremento de las importaciones de materias primas básicas a bajo costo para
alimentar la producción industrial nacional.
- Incremento de las inversiones, tanto del empresariado nacional como de
inversionistas extranjeros.
- Incremento de las exportaciones, aumentando el ingreso de divisas.
- Incremento del empleo, lo que requiere mejor personal capacitado tanto para
las antiguas empresas como para las nuevas.
- Las altas cargas tributarias pueden bajar a través de medidas correctivas del
Gobierno en apoyo a los empresarios.
- Disminución de costos al importarse libre de aranceles bienes con altos
componentes para la inversión y la producción.
- Por último modernización en toda su amplitud (planta productiva, institucional,
servicios públicos y privados, lo que si bien es cierto es una oportunidad es
una condicionante básica para que los impactos del tratado no sean
negativos).
8.2. AMENAZAS
- La avalancha de importaciones mexicanas a corto, mediano y largo plazo a
más bajo costo, provocarán el cierre de muchas empresas e industrias
nacionales las cuales no se encuentran todavía adecuadamente
modernizadas.
- La competencia mexicana es una fuerte amenaza para la producción
doméstica, más en el sector agropecuario, provocando un desbalance de
nuestra seguridad alimenticia.
- La falta de RRHH capacitados, bajos niveles de competitividad se convierten
en un riesgo que minimizaría una cabal utilización de los beneficios del TLC y
limitaría la inversión extranjera, ya que muchas empresas multinacionales
solicitan personal altamente calificado.
- Triangulación del comercio.
- Cierre de pequeñas y medianas empresas, que a la fecha no han alcanzado
niveles de competitividad adecuados frente a los productos importados.
48
9. DIFICULTADES Y LIMITACIONES PARA ENFRENTAR EL RETO DE UN TLC
Sector Agrícola
Sector Industrial Comercio/Servicios
Baja producción
Alta carga tributaria
Se protegieron
productos para los
cuales no existe
producción en
Guatemala.
Problema propiedad
Altos costos de
producción
Falta de infraestructura
adecuada en cuanto a
centros de negocios.
Caminos de
penetración
deficientes.
Tecnología deficiente
y obsoleta.
No existe suficiente
personal capacitado
tanto a nivel de
empleados como a nivel
ejecutivo.
Problemas de
seguridad ciudadana.
Problemas de
transporte
Deficiente
infraestructura de
puertos, carreteras
Deficiente
infraestructura de
puertos, carreteras.
Alto costo de la
energía
Alto costo e
ineficiente energía
eléctrica.
Mantenimiento de
carreteras.
Problemas de
Recursos humanos
capacitados
Escaso capital de
trabajo y costoso.
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CONCLUSIONES
- El Tratado de Libre Comercio Triángulo del Norte-México, generó un aumento
en el sector agropecuario y manufacturero de los años 2002 y 2003 con
respecto a las exportaciones. Pero al mismo tiempo incrementó las
importaciones, tanto de los sectores mencionados como del sector extractivo.
- Es preocupante el hecho qué como istmo centroamericano con tantos
proyectos de carácter internacional, donaciones, etc., se arrastre un déficit
promedio anual cercano a los 1,000 millones de dólares con México, pese al
Tratado de libre comercio con ese país, donde Costa Rica y Guatemala
registran las mayores exportaciones.
- La integración de las economías de México y Guatemala es bastante débil
como lo muestran las cifras estadísticas, tanto en lo que tiene que ver con
comercio, como en lo relativo a inversión directa.
- Una integración económica débil es muy característica de economías
atrasadas, tanto por el hecho de que tienden a ser economías parecidas en su
producción y por lo tanto, no complementarias, cuando la tendencia es abrirse
con quién se realiza la mayor parte del comercio de exportación, en estos
casos los Estados Unidos de América y otros países desarrollados.
- Es un hecho que la inversión directa en Guatemala, de empresas asentadas
en México está creciendo y seguramente lo seguirá haciendo. Hasta ahora es
un flujo en una sola dirección y no se avizora que esto puede ser distinto, ni
siquiera en el mediano plazo. Los capitales Guatemaltecos no muestran hasta
ahora la fortaleza y/o agresividad necesaria como para incursionar
significativamente en la economía mexicana
- Si bien los montos de inversión no son muy altos y las empresas no son
50
muchas, su presencia es significativa; especialmente lo es la presencia de las
empresas de alimentos, las constructoras y mas recientemente las televisoras.
No sería de sorprender que a mediano plazo TELMEX incremente su
presencia.
- Pero el gran reclamo centroamericano es que México no se está abriendo en
productos donde Centroamérica tiene ciertas fortalezas competitivas como
azúcar, calzado, bicicletas y otros. Todo parece indicar que México está
protegiendo a ciertas producciones por razones más sociales y políticas que
económicas, como sería el caso del azúcar.
51
52
BIBLIOGRAFÍA
- Cámara de Industria de Guatemala, CIG - Banco Centroamericano de Integración Económica –BCIE- Presentación de
Servicios. - Banco SCI, Informe de servicios. 2,002 - Bancomext, ¨Guía para el Exportador - Martínez, Alejandro. Perfil de mercado de México. Cámara de Industria de
Guatemala. 2002 - Servicio de Administración Tributaria – SAT- , ¨ Guía de Importación a México.
2,003 - Sistema Arancelario Centroamericano –SAC- - Ministerio de Economía de Guatemala, MINECO - Banco de Guatemala, BANGUAT - Naciones Unidas – Centro de información: Comisión Económica para América
Latina y el Caribe (CEPAL)
INTERNET:
- www.mineco.gob.gt
- www.banguat.gob.gt
- www.sieca.org.gt
- www.inegi.gob.mx
- www.bancomext.com
- www.sat.gob.gt
- www.economia.gob.mx
- http://www.cinu.org.mx
53
Anexo 1
ANEXO 2
FUNCIONARIOS DE LA COMISIÓN ADMINISTRADORA
Los funcionarios que integran la Comisión serán:
- Para el caso de El Salvador: el Ministro de Economía o su sucesor.
- Para el caso de Guatemala: el Ministro de Economía o su sucesor.
- Para el caso de Honduras: el Secretario de Estado en los Despachos de
Industria y Comercio, o su sucesor.
- Para el caso de México: el Secretario de Comercio y Fomento Industrial, o su
sucesor.
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ANEXO 3
FUNCIONARIOS DE LA SUBCOMISIÓN ADMINISTRADORA
Los funcionarios que integran la Subcomisión serán:
- Para el caso de El Salvador: el Viceministro de Economía, o su sucesor.
- Para el caso de Guatemala: el Viceministro de Economía Encargado de los
Asuntos de Integración, o su sucesor.
- Para el caso de Honduras: el Subsecretario de Integración Económica y
Comercio Exterior, o su sucesor, y
- Para el caso de México: el jefe de la Oficina de Negociaciones para América
Latina, Acceso a Mercados y el ALCA, o su sucesor.
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ANEXO 4
COMITÉS Y SUBCOMITÉS
- Comité de Comercio de Bienes (artículo 3-18).
- Comité de Comercio Agropecuario (artículo 4-10).
- Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (artículo 5-10).
- Comité de Origen (artículo 7-12).
- Comité de Comercio Transfronterizo de Servicios e Inversión (artículo 10-10).
- Comité de Servicios Profesionales (anexo sobre servicios profesionales).
- Comité de Servicios Financieros (artículo 11-11).
- Comité de Entrada Temporal de Personas de Negocios (artículo 15-14).
- Comité de Medidas Relativas a la Normalización (artículo 15-14).
- Subcomité de Etiquetado, Envasado y Embalaje (artículo 15-15).
- Subcomité de Procedimientos de Aprobación (artículo 15-16).
- Subcomité de Medidas Relativas a la Normalización de Telecomunicaciones
(artículo 15-17).
56
ANEXO 5
PASOS A REALIZAR EN GUATEMALA PARA EXPORTAR.
1. REQUISITOS PREVIOS:
Para convertirse en una empresa exportadora, se deben cumplir ciertos requisitos
previos, los cuales son:
1. Estar registrado como empresa en el Registro Mercantil General de la
República.
2. Estar inscrito en la Dirección General de Rentas Internas y tener número
de Número de Identificación Tributaria –NIT-.
3. Obtener número de código de exportador - importador.
4. En el caso de alimentos y medicamentos, debe obtener su licencia
sanitaria de empresa y sus registros sanitarios de productos.
1.1 Registrarse como empresa en el Registro Mercantil General de la República:
Los requisitos de inscripción para obtener la Patente de Comercio en dicho Registro
son:
Personas individuales Personas jurídicas
1. Llenar la solicitud de inscripción.
2. Presentar cédula de vecindad.
3. Presentar balance de inicio de
operaciones o apertura (estado
financiero), firmado por un perito
contador. Capital Mínimo Q2, 000.00
1. Llenar la solicitud de inscripción.
2. Pago de derecho de inscripción.
3. Presentar testimonio de la escritura
constitutiva.
4. Fotocopia legalizada de nombramiento
del Representante legal.
5. Balance de iniciación de operaciones
(estado financiero). Capital mínimo
Q5, 000.00
El Registro Mercantil actualmente se encuentra en:
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6a calle 7-57 zona 01. Ciudad de Guatemala (a una cuadra del Palacio Nacional).
Teléfonos 2220-88-93, 2220-8912 y 2220-8926.
Adicionalmente, existen Oficinas del Registro Mercantil en las cabeceras
departamentales de Zacapa y Jalapa (en las sedes de los Palacios Legislativos) y
próximamente se inaugurarán oficinas del Registro en las cabeceras
departamentales de Cobán, Escuintla, Quetzaltenango, Suchitepequez, San Marcos
y Petén.
1.2. Forma de registrarse en la Dirección General de Rentas Internas y obtener el Número de Identificación Tributaria –NIT- Los requisitos de inscripción para obtener el Número de Identificación Tributaria
(NIT), en el Ministerio de Finanzas Públicas son los siguientes:
Personas individuales Personas jurídicas
1. Formulario para inscripción, y
actualización de contribuyentes en el
Registro Tributario Unificado (DRI –
RTU- 01). Dirección de Rentas
Internas.
2. Presentar Patente de Comercio.
3. Fotocopia de cédula de vecindad.
4. Solicitud de habilitación de libros (DRI-
07)
5. Solicitud de autorización de impresión
y uso de documentos (DRIVA – 09)
1. Formulario para inscripción, afiliación y
actualización del contribuyente, en el
Registro Tributario Unificado (DRI RTU
01). Dirección de Rentas Internas
2. Presentar Patente de Comercio.
3. Presentar testimonio de escritura
constitutiva de la persona jurídica de que
se trate.
4. Fotocopia autorizada por el Registro
Mercantil del Nombramiento del
Representante Legal.
5. Solicitud de habilitación de libros (DRI-
07)
1.3. Manera de obtener el código de exportador
Después de haberse inscrito la empresa en el Registro Mercantil General de la
República y haber obtenido el NIT, debe tramitarse el código de exportador en el
Banco de Guatemala.
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Para obtener el código de exportador se deben presentar los siguientes
documentos:
Personas Individuales Personas Jurídicas
1. Solicitud de Código para operar con
divisas, adjuntando:
1. Solicitud de código para operar con
divisas, adjuntar:
a. Fotocopia de patente de comercio de
Empresa.
a. Fotocopia de patente de comercio:
- De sociedad.
- De empresa
b. Fotocopia de cédula de vecindad b. Fotocopia del Nombramiento del
Representante Legal.
c. Constancia de Inscripción en el
Registro Tributario Unificado
c. Constancia de inscripción en el
Registro Tributario Unificado.
El código de exportador se entrega 24 horas después de haberse solicitado.
1.4. Para los exportadores de alimentos y medicamentos para consumo humano: Obtención de la Licencia Sanitaria de la empresa y los registros sanitarios de los productos
La Licencia Sanitaria autoriza el funcionamiento de una industria o comercio
dedicado a la transformación, procesamiento y comercialización de productos
alimenticios o farmacéuticos, y los registros sanitarios autorizan la comercialización
de dichos productos con marca comercial, y favorecen la emisión de los certificados
de registro o de libre venta para consumo humano, exigidos en los países
importadores. Los mismos se tramitan en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia
Social, para fábricas de alimentos el encargado es el Departamento de Regulación y
Control de Alimentos; y para las fábricas de medicamentos y droguerías es el
Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y afines.
2. PROCEDIMIENTO PARA EXPORTAR Documentos necesarios25:
1. Declaración de exportación26.
2. Licencia de exportación.
3. Documentos de transporte.
4. Licencias de operaciones especiales.
5. Factura comercial. 25 Mayor información en la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-. Ver dirección Anexo 1. 26 Es necesaria cuando la exportación es mayor a 500 pesos centroamericanos (ó 500 dólares)
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Información mínima requerida en la declaración de exportación:
♦ Régimen aduanero.
♦ Identificación y registro tributario del declarante.
♦ Agente aduanero27, cuando corresponda.
♦ Medio de transporte y transportista.
♦ Origen, procedencia y destino de las mercancías.
♦ Numero de manifiesto de carga.
♦ Peso y cantidad de bultos.
♦ Código arancelario.
♦ Valor en aduana de las mercancías.
♦ Monto de la obligación tributaria aduanera.
Licencia de Exportación: Se obtiene en la Ventanilla Única de Exportaciones -
VUPE- , o, en el caso de exportaciones de café, en las instalaciones de ANACAFÉ.
El exportador con su número de código de exportador debe solicitar una Licencia de
Exportación por cada embarque que realice.
Para solicitar la licencia, únicamente debe llenar:
- Solicitud de Exportación.
- Adjuntar copia de la factura de exportación.
- Copia del código de exportador (solamente la primera vez).
Estos últimos documentos se deben presentar en la Ventanilla Única para las
Exportaciones en sus oficinas Centrales o las de la Aduana Express Aéreo. Si es
ingresada antes de las 14:00 horas, la Licencia de Exportación le será entregada el
mismo día.
En un plazo máximo de 8 días después de la salida de la carga el exportador debe
presentar a la aduana la póliza de exportación.
- Costos de obtener la licencia de exportación:
En el sistema actual para obtener la licencia de exportación, los costos aproximados
son Q58.00 si se exporta al mercado centroamericano y de Q193.00 si se exporta al
resto del mundo.
27 Es optativo en caso de exportaciones definitivas.
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Próximamente el exportador podrá realizar este trámite desde su oficina a través del
Servicio Electrónico de Autorización de Exportaciones -SEADEX-, de una forma más
rápida y con menores costos a los actuales. El propósito de este sistema es que el
exportador realice sus propios trámites de exportación, sin tener que presentarse en
las oficinas de VUPE para hacer el trámite y aprobación de los documentos de
exportación.
FLUJOGRAMA DE PASOS EN GUATEMALA PARA EXPORTAR
¿Está la empresa registrada en el Registro Mercantil General de la República?
Iniciar trámite en el Registro Mercantil
Iniciar trámite para obtener
SI
NO
NIT en Ministerio de Finanzas
La empresa tiene Número de Identificación Tributaria (NIT)?
S i
NO
Se solicita
Código de
Exportador
Si
Se puede solicitar licencia de exportación en la Ventanilla Única de Exportaciones (VUPE)
¿Se tiene Código de Exportador?
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