KPMG ABOGADOS - ENERGIA
description
Transcript of KPMG ABOGADOS - ENERGIA
KPMG ABOGADOS - ENERGIA
Prospectiva regulatoria en energías renovablesEIC, 19 de octubre de 2010Ramon Jimenez
2© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Entendimiento general
Aspectos generales de política energética
Política energética y EERR
Las subastas de incentivos a las EERR
La paridad de red y el autoconsumo de EERR
Próximas regulaciones
Prospectiva regulatoria EERRÍndiceProspectiva regulatoria EERRÍndice
3© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 302/02/2010
Objetivos básicos de política energética
Ambiental: Modelo energético
sostenible a largo plazo
Compromisos comunitarios –
20/20/20
Apoyo al desarrollo de las energías renovables con los siguientes principios/condicionantes que deben valorarse conjuntamente:
1) Sostenibilidad técnica del sistema2) Sostenibilidad económica: ajuste de subvenciones/primas a las energías renovables
Real: Reducción dependencia
Económico: Eficiencia - Contención de costes y
competitividad industrial
Prospectiva regulatoria EERREntendimiento generalProspectiva regulatoria EERREntendimiento general
4© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Gestión técnica del sistemaAlmacenamiento de energía: ejemplo
Coche eléctricoInterconexiones
Alargamiento vida útil parque generador actual (nuclear, hidro, etc.)
Beneficio extraordinario generado se dedica a financiar los objetivos de desarrollo
Eficiencia energética y reducción de la demanda:Real: Empresas de servicios energéticos:Aparente: Autoconsumo de energía eléctrica
Integración de las EERR en la política energética
Prospectiva regulatoria EERRAspectos generales de política energéticaProspectiva regulatoria EERRAspectos generales de política energética
5© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Ajuste de subvenciones/primas en el sector de las EERRInstalaciones actualmente en explotación:
Principio general de no retroactividad. Cabe considerar: No existe un principio general de “rentabilidad razonable”:Costes de promoción dispares: análisis individualizado de costes auditados (para instalaciones de potencia conjunta superior a x kWs)Discriminación entre instalaciones en explotación vs. instalaciones con inscripción en RPR
Eliminación del fraudeInspeccionesOtras tecnologías
Prospectiva regulatoria EERRPolítica energética y EERRProspectiva regulatoria EERRPolítica energética y EERR
6© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Ajuste de subvenciones/primas (cont.)Nuevas instalaciones:
Precio: Modelo de retribución decreciente (ajustado anualmente – no prefijado: ejemplo Italia)Sistema de asignación: Asignación por subastas – coordinación con CCAA (concursos autonómicos)
Competencia entre tecnologías con mínimos de objetivos por tecnología (resto, bolsa de MWs)
Optimización del sistema de incentivos: Introducción de un modelo de autoconsumo de energía: inmobilizar coste factura
Autoconsumo en sentido estricto/comercialización autoconsumoFomento contratación bilateral
Valoración de un carbon tax
Prospectiva regulatoria EERR Política energética y EERRProspectiva regulatoria EERR Política energética y EERR
7© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
La propuesta de creación de un sistema de “subastas de incentivos” se ha contemplado por la CNE en su informe sobre el borrador de RD de régimen especial
Aspectos principales propuestos:
Distribución de la potencia fotovoltaica sobre suelo en lista mediante un sistema de subastas
Subastas en sobre cerrado con mejor oferta asumible
El organizador de la subasta fija una potencia licitada y una retribución máxima (desconocida por los participantes)
Se adjudica la potencia con oferta inferior a la retribución máxima fijada y hasta el límite de lo licitado
Prospectiva regulatoria EERRSubastas de incentivos a las EERRProspectiva regulatoria EERRSubastas de incentivos a las EERR
8© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Se puede estimar una situación de paridad de red a partir del año 2015 (en segmento residencial)
El aprovechamiento de los beneficios de la situación de paridad de red está ligado íntimamente al fomento del autoconsumo
Actualmente la regulación en materia de incentivos a las EERR exige el vertido de la totalidad de la energía a la red (RD 661)
No obstante, existe una habilitación al Ministerio para desarrollar una normativa que haga posible el autoconsumo de energía:
Propuesta de Real Decreto de regulación de la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica, de pequeña potencia (100kW)
Dicha propuesta contiene una habilitación para implantar un sistema de medición neta (net metering)
Prospectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumoProspectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumo
9© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Artículo 21 de la Propuesta de RD. Procedimiento de venta y
facturación del saldo de energía producida-consumida. Para las instalaciones de producción de energía eléctrica que se conecten en un mismo punto de la red de distribución que un consumidor eléctrico, o en una red interior de un consumidor, se podrá establecer un procedimiento que permita la venta y facturación de la diferencia entre la energía eléctrica neta producida por la instalación de generación y la energía eléctrica consumida por el consumidor eléctrico, en un periodo determinado.Dicho mecanismo tendrá por objeto el fomento del autoconsumo de la energía eléctrica producida en el mismo lugar de su generación.
Prospectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumoProspectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumo
10© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Las características principales de dicha propuesta regulatoria podrían ser las siguientes:
No limitado a la tecnología fotovoltaica con límite de 100 kW (dado el ámbito de aplicación propuesta del RD)
Asociación entre la conexión de la instalación y del consumidor, no requiriéndose una asociación a nivel de propiedad.
Sistema de medición neta por periodos con venta y facturación de los excedentes
Dado el objeto de generación en el lugar de autoconsumo se podrían establecer límites de la instalación según la potencia contratada
Prospectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumoProspectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumo
11© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Se requiere una simplificación en la tramitación administrativa, especialmente en el segmento residencial. Adicionalmente, se identifica el acceso al crédito en el segmento residencial como clave para impulsar su desarrollo (posible apertura de linea de subvenciones – IDAE, ICAEN, etc.)
Concretar el concepto de “paridad de red” a los efectos de la normativa española, con sus particularidades:
IVA al autoconsumo
IEE
Término fijo de potencia
Prospectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumoProspectiva regulatoria EERRParidad de red y autoconsumo
12© 2010 KPMG Abogados, S.L., firma española miembro de KPMG International, sociedad suiza. Todos los derechos reservados.
Revisión económica y técnica de las energías renovables: RD Aspectos del régimen especial
Acceso y conexión a la red: Propuesta de RD de la CNE
Conexión a red de instalaciones de pequeña potencia
Calidad de instalaciones fotovoltaicas
Gestor de cargas del sistema
Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables
Normativa sobre autoconsumo
Prospectiva regulatoria EERRPróximas regulacionesProspectiva regulatoria EERRPróximas regulaciones
13
Ramón Jiménez
Director
Energía
KPMG Abogados
www.kpmgabogados.es
La información aquí contenida es de carácter general y no va dirigida a facilitar los datos o circunstancias concretas de personas o entidades. Si bien procuramos que la información que ofrecemos sea exacta y actual, no podemos garantizar que siga siéndolo en el futuro o en el momento en que se tenga acceso a la misma. Por tal motivo, cualquier iniciativa que pueda tomarse utilizando tal información como referencia, debe ir precedida de una exhaustiva verificación de su realidad y exactitud, así como del pertinente asesoramiento profesional.