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    Jueves 2 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Seccin)

    ACUERDO nmero 06/06/16 por el que se expiden los Lineamientos especficos para que las autoridades escolaressoliciten autorizacin para realizar ajustes al calendario escolar que determine la Secretara de Educacin Pblica.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretara de EducacinPblica.

    AURELIO NUO MAYER, Secretario de Educacin Pblica, con fundamento en lo dispuesto por los

    artculos 38 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal, 12, fracciones II y XIV, 22, 51 y 69 de la

    Ley General de Educacin, y 1, 4 y 5, fraccin XIX del Reglamento Interior de la Secretara de EducacinPblica, y

    CONSIDERANDO

    Que el artculo 3o. de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligacin del

    Estado de garantizar la calidad en la educacin obligatoria de manera que los materiales y mtodos

    educativos, la organizacin escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos

    garanticen el mximo logro de aprendizaje de los educandos;

    Que la Ley General de Educacin dispone que todo individuo tiene derecho a recibir educacin de calidad,

    entendida como la garanta del mximo logro de aprendizaje de todos los educandos, a partir de la

    congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo, conforme a las dimensiones de

    eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad;

    Que los artculos 13, 51, 53 y 69 de la Ley General de Educacin, reformados mediante decreto publicado

    el 9 de mayo de 2016 en el Diario Oficial de la Federacin, establecen que se podrn realizar ajustes al

    Calendario Escolar que determina la Secretara de Educacin Pblica;

    Que segn lo establece el artculo 22 del citado ordenamiento, las autoridades educativas, en sus

    respectivas competencias, revisarn permanentemente las disposiciones, trmites y procedimientos, con

    objeto de simplificarlos, de reducir las cargas administrativas de los maestros, de alcanzar ms horas

    efectivas de clase y, en general, de lograr la prestacin del servicio educativo con mayor pertinencia, calidad y

    eficiencia;

    Que la citada reforma se realiz con la finalidad de que el calendario y la jornada escolar en educacin

    bsica atiendan de manera prioritaria los fines pedaggicos, el fortalecimiento de la autonoma de la gestin

    escolar y los requerimientos especficos de cada entidad federativa;

    Que en cumplimiento a lo ordenado en el Transitorio Tercero del referido decreto de reformas a la Ley

    General de Educacin, la Secretara de Educacin Pblica solicit la opinin del Consejo Nacional de

    Participacin Social en la Educacin, respecto del contenido de los lineamientos que se emiten a travs de

    este Acuerdo, y

    Que en razn de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

    ACUERDO NMERO 06/06/16 POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS ESPECFICOS PARA

    QUE LAS AUTORIDADES ESCOLARES SOLICITEN AUTORIZACIN PARA REALIZAR AJUSTES AL

    CALENDARIO ESCOLAR QUE DETERMINE LA SECRETARA DE EDUCACIN PBLICA

    ARTCULO NICO. Se expiden los Lineamientos especficos para que las Autoridades Escolares soliciten

    autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar que determine la Secretara de Educacin Pblica, los

    cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

    TRANSITORIOS

    PRIMERO. El presente Acuerdo entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el Diario Oficial de la

    Federacin.

    SEGUNDO. Para el ao 2016, los periodos establecidos para la solicitud de autorizacin de realizacin de

    ajustes al Calendario Escolar, podrn modificarse de acuerdo a los plazos que establezca la SEP.

    Ciudad de Mxico, a 1 de junio de 2016.- El Secretario de Educacin Pblica, Aurelio Nuo Mayer.-

    Rbrica.

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    (Segunda Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de junio de 2016

    LINEAMIENTOS ESPECFICOS PARA QUE LAS AUTORIDADES ESCOLARES SOLICITENAUTORIZACIN PARA REALIZAR AJUSTES AL CALENDARIO ESCOLAR QUE DETERMINE LA

    SECRETARA DE EDUCACIN PBLICA

    CAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Primero. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones especficas quedebern cumplir las Autoridades Educativas Locales y las Autoridades Escolares de las escuelas de

    educacin bsica en la tramitacin de autorizaciones para realizar ajustes al Calendario Escolar quedetermine la SEP.

    Segundo.Adicionalmente a las definiciones contenidas en la Ley General de Educacin y la Ley Generaldel Servicio Profesional Docente, para efectos de estos lineamientos se entender por:

    Ajustes al Calendario Escolar.- Refiere al proceso que realiza la Autoridad Escolar para efectuarmodificaciones al Calendario Escolar de 200 o 185 das publicados por la SEP.

    Autonoma de la Gestin Escolar.- La capacidad de la escuela pblica de educacin bsica para tomardecisiones orientadas a mejorar la calidad del servicio educativo que ofrece, centrando su actividad en el logrode aprendizajes del alumnado que atiende.

    Autoridades Educativas Locales (AEL).-Al Ejecutivo de cada uno de los estados de la Federacin, ascomo a las entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la funcin social educativa. Para efectode los presentes Lineamientos de Operacin, incluye a la Administracin Federal de Servicios Educativos enel Distrito Federal.

    Autoridad Escolar.- En trminos del artculo 11, Fraccin VI de la Ley General de Educacin se refiere alpersonal que lleva a cabo funciones de direccin o supervisin en los sectores, zonas o centros escolares.Para efectos de estos lineamientos est representada por el director/a de la escuela, y del supervisor/a dezona, cuando la escuela carezca de personal con funciones de direccin.

    Calendario Escolar.- Documento oficial que emite la SEP donde se establecen los das obligatorios, de200 o 185 das, que deben brindar servicio educativo las escuelas pblicas y particulares de educacinbsica.

    Calendario escolar con ajuste preautorizado.- Documento oficial que emite la AEL donde sugiereajustes al Calendario Escolar, publicado por la SEP, a las escuelas de educacin bsica bajo suresponsabilidad. Este instrumento tiene el propsito de favorecer el funcionamiento coordinado de lossistemas educativos estatales.

    CCT.-Clave de Centro de Trabajo.

    Comunidad Escolar.- Conjunto de actores involucrados en la escuela de educacin bsica: madres ypadres de familia, tutoras/es, alumnado, personal docente y personal con funciones de direccin, desupervisin y de asesora tcnico pedaggica y tcnico docente.

    Consejo Escolar de Participacin Social (CEPS).- rgano colegiado constituido en cada escuelapblica de educacin bsica, integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones en lasescuelas que las tengan constituidas, maestros y representantes de su organizacin sindical quienes acudirncomo representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos de la escuela, exalumnos, ascomo con los dems miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela, de acuerdoa lo dispuesto en el artculo 36 del Acuerdo nmero 02/05/16 por el que se establecen los Lineamientos parala constitucin, organizacin y funcionamiento de los Consejos de Participacin Social en la Educacin.

    En el caso de las escuelas particulares de educacin bsica se cuenta con una figura anloga en lostrminos dispuestos por el acuerdo 02/05/16 por el que se establecen los Lineamientos para la constitucin,organizacin y funcionamiento de los Consejos de Participacin Social en la Educacin.

    Consejo Tcnico Escolar (CTE).- Es el rgano integrado por el/la director/a del plantel y la totalidad delpersonal docente, as como por los actores educativos que se encuentran directamente relacionados con losprocesos de enseanza y de aprendizaje del estudiantado de las escuelas de educacin bsica. Cuenta conel sustento que le permite tomar decisiones conjuntas para promover la mejora de la escuela; fortalecer losaprendizajes de los alumnos; construir ambientes de convivencia escolar sana, pacfica y libre de violencia; yabatir el rezago educativo y la desercin escolar. Dichas decisiones son organizadas y llevadas a cabo conbase en la Ruta de Mejora Escolar. Las escuelas unitarias, bidocentes y tridocentes de una misma zonaconstituyen un Consejo Tcnico Escolar presidido por el supervisor escolar.

    Das efectivos de clase.- Son los das establecidos en el Calendario Escolar destinados oficialmente agenerar, con intencionalidad pedaggica, oportunidades de aprendizaje para los alumnos y las alumnas, porparte del personal docente y directivo escolar.

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    Educacin bsica.- Tipo educativo que comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria entodas sus modalidades, incluyendo la educacin indgena, la especial y la que se imparte en los centros deeducacin bsica para adultos.

    Jornada Escolar.-Tiempo diario que emplea la escuela para brindar el servicio educativo. Incluye tanto altiempo de clase como el dedicado a recesos, organizacin y gestin de la escuela.

    Matrcula.-Total de alumnos/as inscritos en la escuela.

    Normalidad Mnima de Operacin Escolar.-Conjunto de condiciones bsicas indispensables que deben

    cumplirse en cada escuela para el buen desempeo de la tarea docente y el logro de aprendizajes delalumnado que, una vez garantizadas, permitirn el desarrollo de acciones de segundo orden que enriquezcanel proceso educativo. La caracterizan los siguientes rasgos:

    a) Todas las escuelas brindan el servicio educativo los das establecidos en el Calendario Escolar.

    b) Todos los grupos disponen de personal docente la totalidad de los das del ciclo escolar.

    c) Todo el personal docente inicia puntualmente sus actividades.

    d) Todo el alumnado asiste puntualmente a todas las clases.

    e) Todos los materiales para el estudio estn a disposicin de cada uno de los alumnos y se usansistemticamente.

    f) Todo el tiempo escolar se ocupa fundamentalmente en actividades de aprendizaje.

    g) Las actividades que propone el docente logran que todo el alumnado participe en el trabajo de la

    clase.h) Todo el alumnado consolida, acorde a su ritmo de aprendizaje, su dominio de la lectura, la escritura y

    el razonamiento lgico matemtico de acuerdo con su grado educativo.

    Plan de difusin.- Conjunto de acciones contempladas por la escuela para dar a conocer el CalendarioEscolar que estar operando a lo largo del siguiente ciclo escolar.

    Ruta de Mejora.- Es un sistema de gestin que permite a las escuelas ordenar y normalizar susdecisiones respecto del mejoramiento del servicio educativo y focalizar los esfuerzos del colectivo docente.Implica los procesos de planeacin, implementacin, seguimiento, evaluacin y rendicin de cuentas.

    SEP.- Secretara de Educacin Pblica del Gobierno Federal.

    Supervisin Escolar.- Instancia que a nivel zona, sector o regin escolar es la autoridad que, "en elmbito de las escuelas bajo su responsabilidad, vigila el cumplimiento de las disposiciones normativas ytcnicas aplicables; apoya y asesora a las escuelas para facilitar y promover la calidad de la educacin;favorece la comunicacin entre escuelas, padres de familia y comunidades, y realiza las dems funciones quesean necesarias para la debida operacin de las escuelas, el buen desempeo y el cumplimiento de los finesde la educacin" en trminos de lo dispuesto en el artculo 4, fraccin XXIV de la Ley General del ServicioProfesional Docente.

    Tiempo efectivo de clase.-Se refiere al tiempo de la jornada escolar que se dedica a las actividades deenseanza y aprendizaje, en el que se atiende directamente a los nios de acuerdo con lo dispuesto en elplan y los programas de estudio. No considera el tiempo que se destina a descansos, recreos, organizacinde la escuela y otras actividades donde los docentes no atienden directamente a sus alumnos.

    Tercero. Los presentes Lineamientos sern de observancia obligatoria para las autoridades educativasfederal, locales y escolares de las escuelas pblicas y particulares de educacin bsica en todo el pas quesoliciten autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar determinado por la SEP.

    CAPTULO II

    DE LA JORNADA Y EL CALENDARIO ESCOLAR

    SECCIN I

    DE LA ORGANIZACIN DE LA JORNADA ESCOLAR PARA ESCUELAS DE EDUCACIN BSICA

    Cuarto.De conformidad con lo dispuesto por el artculo 51 de la Ley General de Educacin, el CalendarioEscolar contemplar un mnimo de 185 das y un mximo de 200 das efectivos de clase. Adicionalmente sedebern contemplar, en ambos casos, 13 das efectivos destinados a las sesiones del CTE distribuidos de lasiguiente forma: cinco das para la sesin intensiva antes del inicio de cursos y ocho das para las sesionesordinarias, a realizarse en la ltima semana de actividades escolares de los meses que correspondan en eltranscurso del ciclo escolar. La SEP publicar, previo al ciclo escolar, el calendario de 200 das y el calendariode 185 das.

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    (Segunda Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de junio de 2016

    Quinto.Es responsabilidad de las AEL garantizar que el Calendario Escolar y las jornadas escolares quese autoricen a las escuelas incluyan el tiempo efectivo de clase establecido en el plan y los programas deestudio y el tiempo para el desarrollo de las sesiones de los CTE determinados por la SEP.

    Sexto.Es facultad de la AEL definir los horarios especficos en que brindarn el servicio educativo lasescuelas de educacin bsica bajo su responsabilidad, sealando con precisin los horarios de inicio y decierre de las jornadas escolares, considerando las caractersticas del nivel, modalidad y turno quecorrespondan.

    Sptimo.Las Autoridades Escolares, podrn proponer a la AEL, ajustes tanto al calendario de 200 dascomo al calendario de 185 determinados por la SEP, cuando existan razones que lo justifiquen por sucontexto cultural, geogrfico y/o necesidades educativas propias de la escuela.

    Con la finalidad de evitar el aislamiento de las escuelas y promover el funcionamiento escolar coordinado,las AEL podrn sugerir a las Autoridades Escolares, ajustes al calendario de 200 das as como al de 185das, considerando el contexto y las necesidades locales, regionales y estatales. Estas propuestas sedenominarn Calendarios con ajuste preautorizado.

    Octavo.Los ajustes al calendario que se podrn autorizar a las Autoridades Escolares son:

    A) Sustituir das efectivos de clase del calendario publicado por la SEP, por otros que optimicen elfuncionamiento de la escuela y el cumplimiento cabal de la totalidad de das. El calendario ajustado debeconservar el mismo nmero de das efectivos de clase.

    B) Cambio del da establecido para las sesiones ordinarias del Consejo Tcnico Escolar, seleccionando

    cualquier otro da dentro de la semana del mes en que est programada cada sesin. Las sesiones ordinariastambin podrn realizarse en contraturno.

    Una vez autorizadas las fechas para las sesiones de los CTE, sern inamovibles. Las sesiones de CTEson obligatorias.

    Las escuelas particulares podrn realizar las sesiones ordinarias de CTE el sbado de la semana en queest programada cada sesin o a contraturno.

    Noveno. Es atribucin de la Autoridad Educativa Local, a travs de la Supervisin escolar u otra instanciaacreditada, autorizar a las Autoridades Escolares los ajustes al calendario escolar. Una vez autorizados, losajustes sern inamovibles.

    Dcimo. Es responsabilidad de la AEL y de la Autoridad Escolar vigilar el cumplimiento cabal delcalendario y de las jornadas escolares; as como el desarrollo de las sesiones de los CTE en las fechasajustadas.

    Dcimo Primero. Es responsabilidad del CTE, el CEPS y la Supervisin Escolar vigilar y promover elmximo aprovechamiento de la jornada escolar y el logro de la Normalidad Mnima de Operacin Escolar.

    Dcimo Segundo.La facultad de solicitar autorizacin para realizar ajustes al calendario escolar no esaplicable para las escuelas de educacin normal y dems para la formacin de maestros de educacin bsica,supervisiones escolares de educacin bsica, jefaturas de sector y las reas regionales o centrales deoperacin de los servicios educativos.

    Dcimo Tercero. Todas las escuelas de educacin bsica sin excepcin, debern informar y publicar a lavista de toda la comunidad escolar, el calendario escolar y los horarios que aplicar el ciclo lectivo siguiente,en la semana previa al fin de cursos.

    Dcimo Cuarto. Las escuelas de educacin bsica que no soliciten autorizacin para realizar ajustes alcalendario escolar en los plazos establecidos, se regirn por el calendario escolar determinado por la SEP de200 o 185 das segn sea el caso.

    SECCIN II

    DEL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR AUTORIZACIN DE AJUSTE DEL CALENDARIO ESCOLAREN LAS ESCUELAS PBLICAS DE EDUCACIN BSICA

    Dcimo Quinto. Las Autoridades Escolares de escuelas pblicas de educacin bsica interesadas enajustar el Calendario Escolar debern:

    i. Analizar con la totalidad del personal docente de manera ntegra los presentes lineamientos.

    ii. Acordar en la sesin del Consejo Tcnico correspondiente al mes de mayo, la solicitud de ajustes alcalendario y cumplir con los requisitos y compromisos que correspondan.

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    iii. Requisitar el Acta denominada Acuerdo para ajustar el Calendario Escolar (anexo 1). Estedocumento deber contar con las firmas del Director, subdirectores y la totalidad del personaldocente adscrito a la escuela, as como el sello oficial del centro educativo. El original del actapermanecer en resguardo de la escuela.

    iv. El Director (a) de la escuela deber convocar al Consejo Escolar de Participacin Social en laprimera semana de junio y solicitar su opinin acerca de ajustar el calendario y las acciones demejora educativa planteada por el CTE. Se deber Registrar la opinin del CEPS en elAcuerdo para

    ajustar el Calendario Escolar y recabar la firma de su presidente.

    v. En caso de que la escuela haya seleccionado un Calendario con ajuste preautorizado, contar con laautorizacin de manera automtica y slo deber informar al Supervisor de su decisin a travs delDirector (a), conservando el original delActa de Acuerdo para ajustar el Calendario Escolar.

    vi. En caso de que la escuela opte por ajustes distintos alpreautorizado, se deber entregar por escritoa la Supervisin Escolar, la solicitud de autorizacin para implementar ajustes al Calendario Escolar,a ms tardar en los primeros diez das hbiles del mes de junio. Esta solicitud deber estaracompaada con una copia debidamente requisitada del Acta de Acuerdo para ajustar el CalendarioEscolar.No se recibirn solicitudes si el Actatiene faltantes de informacin y/o se entrega despusdel plazo estipulado.

    SECCIN III

    DEL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR AUTORIZACIN DE AJUSTE DEL CALENDARIO ESCOLAREN LAS ESCUELAS PARTICULARES DE EDUCACIN BSICA

    Dcimo Sexto.Las Autoridades Escolares de escuelas particulares de educacin bsica interesadas enajustar el Calendario Escolar debern:

    i. Analizar de manera ntegra y cumplir con los requisitos establecidos en los presentes lineamientos.

    ii. Acordar en la sesin del Consejo Tcnico correspondiente al mes de mayo, las propuestas deajustes al calendario y cumplir con los requisitos y compromisos que correspondan.

    iii. Requisitar el Acta denominada Acuerdo para ajustar el Calendario Escolar (anexo 1). Estedocumento deber contar con las firmas del Director y Representante Legal de la Escuela, as comoel sello oficial de la escuela. El original del acta permanecer en resguardo de la escuela.

    iv. El Director (a) de la escuela deber convocar al rgano anlogo Consejo Escolar de ParticipacinSocial en la primera semana de junio y solicitar su opinin acerca de ajustar el calendario y lasacciones de mejora educativa planteada por el CTE. Registrar la opinin del rgano anlogo delCEPS en elAcuerdo para ajustar el Calendario Escolar yrecabar la firma de su presidente.

    v. En caso de que la escuela haya seleccionado un Calendario con ajuste preautorizado, contar con laautorizacin de manera automtica y slo deber informar al Supervisor de su decisin a travs delDirector (a), conservando el original del Acta de Acuerdo para ajustar el Calendario Escolar.

    vi. En caso de que la escuela opte por ajustes distintos a los preautorizados, se deber entregar porescrito a la Supervisin Escolar, la solicitud de autorizacin para implementar ajustes al CalendarioEscolar, a ms tardar en los primeros diez das hbiles del mes de junio. Esta solicitud deber estaracompaada con una copia debidamente requisitada del Acta de Acuerdo para ajustar el CalendarioEscolar. No se recibirn solicitudes si el Acta tiene faltantes de informacin y/o se entrega despusdel plazo estipulado.

    SECCIN IV

    DE LA AUTORIZACIN PARA AJUSTAR EL CALENDARIO ESCOLAR

    Dcimo Sptimo. Para el caso de las escuelasque soliciten ajustes distintos a los contemplados en elcalendario con ajuste preautorizado, la Autoridad Educativa Local, a travs de la Supervisin escolar o delfuncionario que se acredite para tal fin, deber informar por escrito al director (a) de la escuela, con copia altitular del CEPS u organismo anlogo el dictamen de autorizacin de ajustes al calendario, en un plazomximo de cinco das hbiles posteriores a la recepcin de la solicitud.

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    Para ello, la Supervisin, verificar:

    a) El cumplimiento cabal de los requisitos que establecen los presentes lineamientos.

    b) La opinin favorable del CTE y del CEPS u rgano anlogo.

    c) El respeto pleno a los derechos laborales de los trabajadores de la educacin.

    d) Que en el expediente de funcionamiento de la escuela no existan elementos objetivos que pongan enriesgo el cumplimiento pleno del calendario escolar ajustado.

    Dcimo Octavo. Una vez que la Autoridad Escolar reciba de la Supervisin Escolar la autorizacin escritapara implementar ajustes al calendario, deber:

    a) Informar al CTE y CEPS u rgano anlogo de la autorizacin.

    b) Difundir ampliamente, con apoyo del CEPS u rgano homlogo y el CTE, a la totalidad de lacomunidad escolar sobre la implementacin del Calendario Escolar ajustado, resaltando loscompromisos para aprovechar al mximo el tiempo escolar disponible y la mejora de los logros deaprendizaje de los estudiantes.

    c) Incorporar en la planeacin de la Ruta de Mejora, los compromisos y acciones para el mejoraprovechamiento del tiempo escolar.

    CAPTULO III

    DE LA PUBLICACIN DE AJUSTES AL CALENDARIO ESCOLAR

    Dcimo Noveno. La Supervisin Escolar o del funcionario que acredite para tal fin, notificar a la AEL,

    durante la segunda semana de julio, el listado de las escuelas que fueron autorizadas para realizar ajustes alcalendario escolar de 185 o 200 das.

    Vigsimo.La AEL publicar en el rgano informativo oficial de la entidad los ajustes al calendario escolardeterminado por la SEP, as como la estadstica bsica de escuelas que se adhieren a dichas opciones.

    CAPTULO IV

    DE LAS RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE AJUSTES AL CALENDARIO ESCOLAR

    Vigsimo Primero. Las Autoridades Escolares debern reponer las jornadas escolares cuando sesuspenda el servicio educativo por causas injustificadas. Lo anterior, sin menoscabo de las sancionesadministrativas o legales que correspondan.

    Vigsimo Segundo. La Autoridad Educativa Local deber capacitar y apoyar a los supervisores escolaresa fin de que puedan cumplir adecuadamente con las facultades conferidas en los presentes lineamientos yrealizar las acciones siguientes:

    a) Orientar a los directores de la zona escolar a su cargo sobre los derechos y obligaciones inherentesa la implementacin de ajustes al Calendario Escolar.

    b) Sugerir a las escuelas a su cargo acciones para mejorar el aprovechamiento del tiempo escolar y loslogros de aprendizaje.

    c) Supervisar en las escuelas de la zona escolar correspondiente, el cumplimiento de la jornada y elCalendario Escolar.

    d) Informar a la Autoridad Educativa Local sobre las escuelas que incumplan los compromisosinherentes al ajuste del Calendario Escolar para que se proceda con las sanciones quecorrespondan.

    Vigsimo Tercero. El titular de los servicios educativos locales o la autoridad a quien ste designe -queno podr tener nivel inferior a Subsecretario u Homlogo- deber acreditar, mediante oficio, a los Supervisoreso funcionarios del servicio educativo que podrn dictaminar y entregar autorizaciones de ajuste al calendario a

    las Autoridades Escolares.Vigsimo Cuarto.Corresponde a la Autoridad Educativa Local:

    a) Difundir a las comunidades escolares los presentes Lineamientos y los Calendarios Escolares.

    b) Informar a travs de la Supervisin Escolar o del funcionario que acredite, la autorizacin de ajuste alCalendario Escolar.

    c) Informar a la SEP, con fecha lmite el ltimo viernes del mes de julio, la estadstica sobre elCalendario Escolar autorizado para cada una de las escuelas de la entidad.

    d) Favorecer condiciones para que las escuelas repongan el tiempo efectivo de trabajo escolar en casode suspensin del servicio.

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    CAPTULO V

    DE LOS INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES

    Vigsimo Quinto.En el supuesto de que la Autoridad Escolar de alguna escuela pblica incumpla con lasobligaciones previstas en los presentes lineamientos, las Autoridades Educativas Locales debern dar vista ala instancia de control estatal a efecto de que ste deslinde las responsabilidades y aplique las sanciones quecorrespondan.

    Vigsimo Sexto. En el supuesto de que alguna escuela particular incumpla con lo previsto en los

    presentes lineamientos, la AEL determinar y aplicar los procedimientos y las sanciones legales quecorrespondan.

    CAPTULO VI

    DE LA ATENCIN A QUEJAS Y DENUNCIAS

    Vigsimo Sptimo.La AEL establecer los mecanismos para captar y atender las quejas y denuncias dela comunidad escolar y de la ciudadana en general, ya sea va personal, escrita, telefnica o por internet.

    Vigsimo Octavo. Los casos no previstos en los presentes lineamientos sern resueltos por la SEP.

    ANEXOS

    ANEXO 1A

    Acta de acuerdo para implementar un Calendario Escolar con ajustes preautorizados

    Ciclo Escolar 20[anotar nmero]-20[anotar nmero]En reunin ordinaria del Consejo Tcnico Escolar, correspondiente al mes de mayo de [anotar el ao],

    efectuada en las instalaciones de la Escuela [anotar el nombre de la escuela] con Clave de Centro de Trabajo(CCT) [anotar los diez caracteres], turno [anotar] y domicilio en [anotar calle, nmero, colonia, localidad,cdigo postal, delegacin o municipio y entidad federativa], contando con la participacin de la totalidad deintegrantes del Consejo Tcnico Escolar, se acord en consenso derivado de un trabajo colegiado, solicitar ala Autoridad Educativa Local la autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar para el cicloescolar 20[anotar nmero]-20[anotar nmero].

    Para ello, hacemos patente que la escuela:

    a) Operar con un calendario de (nmero) das.

    b) Ofrece actualmente una jornada escolar de [especificar nmero] horas. Con un horario de [anotarhora, ejemplo: 08:00] a [anotar hora, ejemplo: 13:00] horas.

    c) Cumple con los requisitos que establecen losLineamientos especficos para que las AutoridadesEscolares soliciten autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar que determina la

    Secretara de Educacin Pblica.

    d) Requiere ajustes al Calendario Escolar debido a sus necesidades educativas especficas, culturalesy/o geogrficas.

    e) Cuenta con un expediente de funcionamiento en el que no existen elementos objetivos que ponganen riesgo el cumplimiento pleno del Calendario Escolar ajustado.

    Asimismo, se hace constar que el/la Director/a de la escuela convoc al Consejo Escolar de ParticipacinSocial u rgano anlogo el [anotar fecha] a las [anotar hora] en las instalaciones de la escuela para pedir suopinin respecto a la solicitud de ajuste del Calendario Escolar y de los compromisos del CTE para mejorarlos logros educativos. Resultando favorablela opinin del CEPS u rgano anlogo para la implementacin delcalendario ajustado.

    Por tal motivo, el Consejo Tcnico Escolar ha determinado lo siguiente:1. Solicitar la autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar, considerando las necesidades y

    caractersticas de la comunidad escolar.

    2. Operar con el calendario escolar con ajustes preautorizados. Del que se anexa copia.

    3. Llevar a cabo puntualmente las sesiones ordinarias del Consejo Tcnico Escolar.

    4. Incorporar en la Ruta de Mejora, las acciones que se llevarn a cabo para optimizar el uso deltiempo escolar.

    5. Establecer un Plan de difusin para dar a conocer el Calendario Escolar ajustado a toda lacomunidad escolar en la primera quincena del mes de julio de [anotar ao].

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    Lo anterior queda asentado siendo las [anotar hora] del [anotar da, mes y ao], mediante la firma de latotalidad de los integrantes del Consejo Tcnico Escolar:

    Nombre completo Firma Nombre Completo Firma

    Director/a de la Escuela

    _______________________

    Nombre completo y firma

    Representante Legal

    (Slo para escuelas de sostenimientoprivado)

    Sello oficial de laEscuela

    CONFIRMA LA OPININ FAVORABLE

    Presidente del Consejo Escolar de

    Participacin Social (CEPS) o anlogo.

    _______________________

    Nombre completo y firma

    _______________________

    Nombre completo y firma

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    Jueves 2 de junio de 2016 DIARIO OFICIAL (Segunda Seccin)

    ANEXO 1B

    Acta de acuerdo para implementar ajustes al calendario escolar

    Ciclo Escolar 20[anotar nmero]-20[anotar nmero]

    En reunin ordinaria del Consejo Tcnico Escolar, correspondiente al mes de mayo de [anotar el ao],efectuada en las instalaciones de la Escuela [anotar el nombre de la escuela] con Clave de Centro de Trabajo(CCT) [anotar los diez caracteres], turno [anotar] y domicilio en [anotar calle, nmero, colonia, localidad,cdigo postal, delegacin o municipio y entidad federativa], contando con la participacin de la totalidad de

    integrantes del Consejo Tcnico Escolar, se acord en consenso derivado de un trabajo colegiado, solicitar ala Autoridad Educativa Local la autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar para el cicloescolar 20[anotar nmero]-20[anotar nmero].

    Para ello, hacemos patente que la escuela:

    a) Operar con un calendario de (nmero) das.

    b) Ofrece actualmente una jornada escolar de [especificar nmero] horas. Con un horario de [anotarhora, ejemplo: 08:00] a [anotar hora, ejemplo: 13:00] horas.

    c) Cumple con los requisitos que establecen losLineamientos especficos para que las AutoridadesEscolares soliciten autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar que determina la

    Secretara de Educacin Pblica.

    d) Requiere ajustes al Calendario Escolar debido a sus necesidades educativas especficas, culturalesy/o geogrficas.

    e) Cuenta con un expediente de funcionamiento en el que no existen elementos objetivos que ponganen riesgo el cumplimiento pleno del Calendario Escolar ajustado.

    Asimismo, se hace constar que el/la Director/a de la escuela convoc al Consejo Escolar de ParticipacinSocial u rgano anlogo el [anotar fecha] a las [anotar hora] en las instalaciones de la escuela para pedir suopinin respecto a la solicitud de ajuste del Calendario Escolar y de los compromisos del CTE para mejorarlos logros educativos. Resultando favorablela opinin del CEPS u rgano anlogo para la implementacin delcalendario ajustado.

    Por tal motivo, el Consejo Tcnico Escolar ha determinado lo siguiente:

    1. Solicitar la autorizacin para realizar ajustes al Calendario Escolar, considerando las necesidades ycaractersticas de la comunidad escolar.

    2. Sustituir los das de calendario escolar como se muestra en la tabla siguiente:

    Das a sustituir en el ciclo escolar

    /(sealar das y meses)

    Das por los que se sustituyen

    3. Llevar a cabo puntualmente las sesiones ordinarias del Consejo Tcnico Escolar los das:

    Sesin Fecha

    Primera

    Segunda

    Tercera

    Cuarta

    Quinta

    Sexta

    Sptima

    Octava

  • 7/26/2019 LineamientosAjustesCalendarioEscolar.pdf

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    (Segunda Seccin) DIARIO OFICIAL Jueves 2 de junio de 2016

    4. Solicitar por escrito a la Supervisin Escolar la autorizacin para implementar ajustes al CalendarioEscolar.

    5. Incorporar en la Ruta de Mejora, las acciones que se llevarn a cabo para optimizar el uso del tiempoescolar.

    6. Establecer un Plan de difusin para dar a conocer el Calendario Escolar ajustado y autorizado a todala comunidad escolar en la primera quincena del mes de julio de [anotar ao].

    Se anexa la propuesta de calendario ajustado por la escuela.

    Lo anterior queda asentado siendo las [anotar hora] del [anotar da, mes y ao], mediante la firma de latotalidad de los integrantes del Consejo Tcnico Escolar:

    Nombre completo Firma Nombre Completo Firma

    Director/a de la Escuela

    _______________________

    Nombre completo y firma

    Representante Legal(Slo para escuelas de sostenimiento

    privado)

    Sello oficial de laEscuela

    CONFIRMA LA OPINI N FAVORABLE

    Presidente del Consejo Escolar deParticipacin Social (CEPS) o anlogo.

    _______________________

    Nombre completo y firma

    _______________________

    Nombre completo y firma

    _________________________