Manual Del Juez (Juicios Orales

download Manual Del Juez (Juicios Orales

of 155

Transcript of Manual Del Juez (Juicios Orales

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    1/155

    Estados Unidos de Amrica

    Departamento de Justicia

    OPDAT / ICITAP

    1

    Nuevo Sistema Penal Acusatorio

    Mdulo Instruccionalpara

    Ma istrados ueces

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    2/155

    Contenido

    Presentacin 5

    Introduccin 7

    Unidades temticasI. El rol del juez en el sistema acusatorio 13

    1. Objetivos 152. Aspectos sicolgicos del proceso de decisin

    163. Los deberes y poderes del juez 18

    4. Habilidades y destrezas especiales 24

    II. El juez en el juicio oral 291. Objetivos 31

    2. Naturaleza del juicio oral 323. Audiencia preparatoria 35

    4. Alegato de apertura 425. Interrogatorio y contrainterrogatorio 46

    6. Alegato de clausura 547. La sentencia 56

    III. Rgimen probatorio y rol del juez 591. Objetivos 61

    2. Reglas de incorporacin de la prueba 623. Objeciones u oposiciones 91

    4. Situaciones especiales 97

    2

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    3/155

    Presentacin

    Continuando con su compromiso pedaggico, laComisin Interinstitucional para el Impulso de la

    Oralidad en el Proceso Penal, hoy ComisinInterinstitucional para la Implementacin delSistema Acusatorio, entrega un nuevo trabajodirigido especficamente a los jueces de laRepblica, con el cual aspira a contribuir en su

    proceso de formacin en las tcnicas delproceso oral acusatorio.

    Este mdulo toma como punto de partida elactual rgimen procesal penal colombiano, elActo Legislativo No. 03 de 2002, las tendenciaslegislativas hacia el Nuevo Cdigo ProcesalPenal y las pautas universales del juicio oral,pblico y contradictorio en un esquemaacusatorio. Se prevn escenarios y problemas, yse incorporan ejercicios prcticos dirigidos a susolucin.

    No se habla tanto en trminos de sistemas,sino ms bien de prcticas y tradiciones, ya queel quehacer cotidiano del juez en particular esdictado por estas y no necesariamente algn

    sistema. La experiencia nos demuestra quelos sistemas legales pueden cambiar mediantereformas legales de gran envergadura y si esteproceso no es acompaado con cambios en laprctica, las tradiciones procesales siguensiendo iguales.

    3

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    4/155

    Bajo este nuevo esquema, al juez penal se lepide cambiar su actitud frente al proceso dejuzgamiento. Esto a su vez requiere que asuma

    un nuevo juego de conocimientos, habilidades ydestrezas, que le permitan ejecutar el papel dejuzgador en un mbito donde los principalesvalores tienen relacin con la controversia, lainmediacin de la prueba, la publicidad, lacontinuidad y la eficiencia, y donde la nicaactividad probatoria ocurre en juicio oral ypblico (lo que no existe en el juicio no existe

    en el mundo).

    En el nuevo orden procesal el juez asumir unagama de responsabilidades que pueden serresumidas as:

    Garantizar que las actuaciones de lasautoridades sean legales y que, en la

    medida que afectan los derechosfundamentales de los sindicados, seanfundamentadas y debidamente respaldadas.

    Garantizar que los preacuerdos entre fiscaly defensor sean legales.

    Promover los preacuerdos, estipulaciones ydems actuaciones que sean oportunasdesde la perspectiva de la economa

    procesal. Garantizar oportunamente la igualdad de

    las partes en todas las etapas. Eliminar la prueba ilcita en todos los casos. Asegurar que se realice en forma efectiva el

    proceso de descubrimiento de la prueba,

    4

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    5/155

    como cuestin de debido proceso y derechofundamental del acusado.

    Controlar eficazmente la gestin de laspartes en juicio, especialmente en cuanto a

    los interrogatorios y contra interrogatorios,para asegurar la espontaneidad y veracidadde los testigos.

    Controlar la incorporacin de la prueba aljuicio, mediante la eficaz aplicacin de lasaudiencias preliminares y preparatorias y lapronta resolucin de las oposiciones.

    Asegurar la conducencia y legalidad de la

    prueba en todo momento. Garantizar el decoro en las actuaciones

    orales, en un mbito de dignidad y respeto,tomando en cuenta al pblico, a los mediosy a las partes.

    Resolver y dictar sentencia nicamente conbase en la prueba incorporada al juicio, deacuerdo a la sana crtica y al derecho.

    Para que estos factores asuman su justadimensin, el juez actuar de formacontundente y como la nica autoridaddentro del proceso, desde luego sujeto a lasinstancias jurisdiccionales superiores. Estasinstancias superiores tambin tienen queinteriorizar las necesidades del nuevo esquema,

    principalmente la autoridad del juez sobre laspartes, en el sentido de que es l quien aplicalas reglas del juego, para que los posiblesexcesos y divagaciones de las partes no lleguena frustrar los principios y fines del juicio.

    5

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    6/155

    Entonces, lo mas patente del cambio ser laautoridad del juez para controlar las gestionesde las partes. Y para el ejercicio de estaautoridad es preciso la enumeracin y el manejo

    de los aspectos materiales del concepto dedebido proceso.

    Con la promulgacin de la reciente reformaconstitucional y ante la proximidad de laentrada en vigencia del nuevo sistemaacusatorio, a buena hora se presenta esteModulo Instruccional para Jueces, que esta

    elaborado para ser utilizado de maneracomplementaria con los otros instrumentospedaggicos construidos por la ComisinInterinstitucional, con el efectivo apoyo tcnicoy financiero de la Agencia de los Estados Unidospara el Desarrollo Internacional, USAID.

    Introduccin

    El juez preside toda la actuacin procesal,desde la investigacin hasta terminado el juiciooral. El juez de conocimiento debe tener encuenta que los documentos, el descubrimiento ylas aseveraciones de las partes acerca de los

    6

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    7/155

    medios de conviccin y la proyeccin de laactividad probatoria que pueda tener lugar enel juicio, son meras expresiones de lo quepiensan las partes o lo que dijo en algn

    momento algn testigo. Carecen por completode valor probatorio, siendo asuntospreliminares, muchas veces de mero trmite. Eljuez no va acumulando pruebas a lo largo delproceso de forma desconcentrada y escrita.

    Debido a la naturaleza y enfoque del nuevosistema, es preciso examinar los principales

    componentes de la responsabilidad del juez enlas etapas previas al juicio:

    En la investigacin

    Asegura el respeto a las garantasfundamentales de las personas investigadas. Eljuez vela por el cumplimiento de los requisitos

    constitucionales y universales acerca de lajustificacin de la restriccin o afectacin dederechos fundamentales. Es este tpico, lareforma constitucional colombiana continua laprctica que ha regido a partir del CPP de 1992,en cuanto a los allanamientos y otrasdiligencias especiales que deben estarautorizadas por el fiscal, pero con posterior

    control del juez (sea de garantas o deconocimiento). El juez tendr entonces laltima palabra acerca de la legalidad de ladiligencia y, por lo tanto, se requiere de l unperfecto conocimiento acerca de los lmites yrequisitos legales y constitucionales del actuar

    7

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    8/155

    de las autoridades. Debe ejecutar en audienciauna indagacin completa acerca de lafundamentacin y realizacin de la diligencia.La tendencia actual en Colombia es que en esta

    audiencia haya contradictorio, en el caso de queest presente la defensa. Ante su ausencia,podr entablarse el contradictorio en audienciasposteriores tales como la preliminar o lapreparatoria.

    Los mismos procedimientos de control posteriorse aplican a la utilizacin de agentes

    encubiertos y entregas vigiladas y, como en elcaso de los allanamientos etc., la validez de laprueba as recopilada depende de la audienciade control posterior y la actuacin positiva deljuez. Otras diligencias se realizarn slo conintervencin del juez, entre ellas las queinvolucran una invasin corporal, muestras desangre, grafo tcnicas, etc.

    El juez, como nico rgano de control imparcialsobre las autoridades de la investigacin, notiene la misin de frustrar la diligenciaslegitimas ni proteger a las personas de lasconsecuencias de sus hechos punibles, sino lade asegurar respeto al debido proceso y a lasnormas de proteccin de los derechos

    ciudadanos. La transparencia y eventualpublicidad de todo el quehacer del juez en estaetapa es factor que debe impulsarlo a laexcelencia.

    En las audiencias previas

    8

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    9/155

    La Audiencia Preliminar vendra a ser elprocedimiento por medio del cual se ventilanasuntos iniciales, incluyendo el poner a

    disposicin del juez de garantas los elementosmateriales producidos durante la investigacin,para su control de legalidad, la prctica de laprueba anticipada, la adopcin de medidas deproteccin de victimas y testigos, las medidasde aseguramiento, medidas cautelares reales yla formulacin de la investigacin. Desde estemomento va tomando forma el juicio, ya que el

    juez debe decidir sobre la legalidad de laprueba producida mediante los allanamientos,registros, intercepciones etc., y sobre laprctica de pruebas anticipadas. Adems eljuez entra al mbito delicado de la seguridad delos testigos y victimas.

    Aqu comienza la materializacin de los

    principios acusatorios, ya que la funcin deljuez es velar por la legalidad y la igualdad de laactuacin, asegurando la participacin de ladefensa en la medida que sea permitida orequerida. Esto es clave para el xito del juicio ypara evitar posteriores nulidades.

    Ante las solicitudes para la prctica de la

    prueba anticipada, el juez debe serespecialmente acucioso en la consideracin detales solicitudes, para no permitir que elproceso se vuelva nuevamente escrituristamediante la masiva incorporacin de pruebas

    9

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    10/155

    anticipadas, como paso en su momento en otrospases.1

    La Audiencia de Formulacin de la Acusacin

    vendra a significar la consideracin de laacusacin en el marco formal. Se ha omito laadopcin de algn mecanismo de filtro quetenga que ver con la suficiencia de los mediosde conviccin, ms all de la reexaminacin deldocumento de la acusacin. Por tanto, esimportante que el juez considere el contenidode este documento para efectos de cerciorarse

    de que lo aseverado all realmente es suficientepara seguir adelante, no slo en cuanto a laspartes formales, la competencia, etc., sinotambin que los hechos alegados constituyanun delito, para as evitar un juicio queinevitablemente resultara en la absolucin.

    Durante esta audiencia el juez debe ordenar el

    descubrimiento de la prueba. El descubrimientoes la obligacin de las partes, especialmente dela Fiscala, de compartir todos los elementosprobatorios con la otra parte. Laresponsabilidad del Juez es asegurar que estose realice de forma efectiva. Considerndolodesde la perspectiva del debido proceso, es lamejor forma de que el imputado tenga

    conocimiento completo de la imputacin y quela defensa sea efectivamente garantizada.Considerando su verdadera importancia, el juezdebe velar por su estricto cumplimiento y ser

    1 Fue el caso de Guatemala despus de la reforma de 1994, donde las partes y los jueces llegaron a

    considerar prcticamente toda investigacin como prueba anticipada.

    10

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    11/155

    tambin estricto en la aplicacin de sancionespara la parte que incumpla.

    La Audiencia Preparatoria es probablemente la

    ms significativa desde la perspectiva de larealizacin del juicio. Es aqu donde el juezcomienza en forma importante a ejercer elcontrol debido y esencial sobre las gestiones delas partes, la incorporacin de la prueba aljuicio y las reglas del juego a imponer para eldebate, de tal manera que el campo de juegosea nivelado y haya igualdad de armas tanto

    para la defensa como para la Fiscala.

    Otra gran responsabilidad a la altura de laaudiencia preparatoria, es que las ltimassolicitudes de exclusin de la prueba ilcita seanpresentadas. Para conocer a fondo elfundamento de la solicitud se requiere, enalguna medida, la prctica de pruebas su

    controversia acerca de los hechos queprodujeron la prueba cuestionada. As el juezpuede tener el panorama completo sobre el cualbasar su decisin.

    En esta instancia, el juez tambin debeconsiderar las solicitudes de las partes acercade pruebas impertinentes, intiles, repetitivas o

    que sirven solamente para probar hechosnotorios. Si hay controversia acerca delcontenido del testimonio o prueba cuestionada,hay que escucharla, o sea, que el testigo odeclarante tendr que someterse a uninterrogatorio a manera de oferta de prueba

    11

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    12/155

    para que el juez decida. Una declaracin previao resumen policial puede no servir por no sercompleto. Para evitar un mini juicio, el Juezdebe ordenar que el solicitante describa la

    prueba completamente y fundamente suposicin. Posteriormente, de forma inmediata,el proponente de la prueba debe presentar suoposicin y, si no hay importantes discrepanciasacerca del contenido de la prueba cuestionada,el juez puede resolver de forma tambininmediata. As, las audiencias probatoriasseran la excepcin. Tambin, en la medida que

    sea posible, el juez, previo a la audiencia, debeexhortar a las partes a que plasmen estasoposiciones en forma escrita, para que la otraparte tenga oportunidad de formular surespuesta.

    Las estipulaciones tambin se consideran enesta audiencia. La capacidad del juez de

    promover y aceptar este tipo de acuerdo queevita la presentacin innecesaria de pruebaque, siendo pertinente, las partes en consensoconsideran que no es necesario incluirlas en susalegaciones. El juez debe jugar un papel activopara impulsar tales acuerdos.2

    Frente a la eventualidad de un Proceso de

    Consenso, o de preacuerdos y negociacionesentre fiscal e imputado, el papel del juez essumamente limitado, ya que los preacuerdos loobligan, salvo que ellos desconozcan oquebranten las garantas fundamentales. Sin

    2 En otra seccin se deslindan los atributos y procedimientos pertinentes para este tipo de acuerdo.

    12

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    13/155

    embargo, el control tico que el Juez debeejercer sobre las partes, le obliga a informar alsuperior jerrquico del Fiscal, en caso depreacuerdos cuestionables o violatorios de las

    directivas de la Fiscala General.

    Adems, es crucial que el Juez, en la audienciade presentacin del preacuerdo, tome todas lasmedidas necesarias para asegurar que laparticipacin del imputado haya sido con plenoconocimiento, libre de coaccin u otros factoresque impliquen que no fue voluntaria y que l

    comprende las consecuencias plenamente,incluyendo la efectiva renuncia de su derecho ajuicio oral y pblico con todo lo que ello implica.Para esto efectos el juez tiene laresponsabilidad de indagar al imputadopblicamente acerca de estos factores,fomentando as la transparencia y la imagenpositiva de la justicia en el pas. Debe tambin

    indagar acerca del fundamento fctico, en elsentido de que s existen medios de conviccinsuficientes para acreditar el hecho y lavinculacin del imputado a ellos, evitando asfalsas condenas por ocultar a los verdaderosresponsables u otros motivos.

    Es tambin responsabilidad del juez promover e

    impulsar (sin participar en las negociaciones),los preacuerdos donde estime seanprocedentes. Esto es as porque la efectividaddel sistema acusatorio depende en gran partede la solucin, por estas vas, de un grannmero de casos.

    13

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    14/155

    Con el Principio de Oportunidad, se ejerce unpoder discrecional del fiscal que el juez de

    garantas debe controlar a instancia de lavictima o el Ministerio Pblico. Estaintervencin es clave y las actuaciones del Juezal respecto se deben revestir de gran seriedad,ya que el nico freno a posibles irregularidadeso mal uso de la discrecionalidad es l. Por tanto,el juez debe requerir la explicacin completa yfundamentada del fiscal, antes de decidir sobre

    las solicitudes de la victima o el MinisterioPblico. Debe or primero al solicitante y recibircualquier informacin aportada por l.

    Estos controles y la potestad del MinisterioPblico y de la victima de impugnar talesactuaciones ante el juez, son de granimportancia para asegurar la transparencia del

    proceso. El juez es la figura clave en sumaterializacin.

    Garanta de la igualdad de las partes

    En relacin con la importancia de la defensa en larealizacin del principio de Contradiccin,a menudo se observa, que las tradiciones

    garantistas tienen su mayor desarrollo enaquellos momentos en los cuales se afirma elderecho de los acusados econmicamentemarginados a los servicios de un defensorpblico de manera efectiva. Dicha aseveracinincorpora tcitamente el reconocimiento de una

    14

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    15/155

    de las verdades de las propuestas de reformaque pretenden implementar la oralidad dentrode un marco no solamente acusatorio sinocontradictorio, en el cual debe brillar el

    equilibrio. Al respecto citamos el argumentooral de Abe Fortas ante la Corte Suprema de losEE.UU., el 15 de enero de 1963, en el casoGideon vs. Wainwright3:

    Yo creo que la forma correcta de ver esteasunto, si lo se puede plasmarlo as, es que untribunal, cualquier tribunal penal, no est

    legalmente constituido - y esto se ha dicho enalgunos de sus fallos de acuerdo a nuestrosistema adversarial, hasta tanto haya un juez,un fiscal y un defensor. Sin esto, cmo esposible que un pas civilizado presuma que seest realizando un juicio justo, de acuerdo anuestro sistema adversarial de justicia, lo cualquiere decir que el fiscal pone sus mejores

    esfuerzos, dentro de un marco de justicia yhonor y decencia, para presentar su caso ennombre del Estado, y que el defensor hara lomejor que pueda con el fin de presentar lamejor defensa posible a favor del acusado, yde esta pugna saldr la verdad. Este esnuestro concepto

    En el nuevo proceso penal al juez le incumbeasegurar este aspecto para que se den lascondiciones de juzgamiento que pretendeestablecer la reforma. Hay que estar claro enque el juez no puede sustituir su persona a la

    3 372 U.S. 335 (1963)

    15

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    16/155

    del defensor, pero s asegurar su adecuadapreparacin mediante las resoluciones yactuaciones del caso, es decir, velar para quehaya igualdad de oportunidades para las partes

    y que la defensa sea no slo presente sinotambin efectiva.

    En cuanto al deber de las partes de informar uorientar al juez o tribunal, uno de losaspectos de la reforma procesal penal a nivelregional que no ha sido an adecuadamentedefinido, es el de la actitud tradicional del juez

    frente a las partes sobre que estas le tienenpoco o nada que decir en cuanto al marcojurdico dentro del cual se debe tramitardeterminado proceso o juicio.

    Esta actitud se manifiesta en la renuencia deljuez a recibir y considerar los productos de lainvestigacin jurdica que las partes hayan

    hecho. Tal reaccin se podra considerar encierto sentido como un resabio sutil de latradicin inquisitiva, donde el juez conoce yparticipa de la actividad investigativa yprobatoria mediante el sumario y lasposteriores etapas procesales y, por tanto,maneja el entorno fctico de sus procesos. Encambio, en el sistema acusatorio adversarial,

    las partes producen y definen el entorno fcticoel cual deben subsumir dentro de su teorajurdica en un ejercicio permanente denominadola teora del caso. Como consecuencia ellas,al momento de iniciar el juicio, tienen unconcepto y dominio propio que el juez no tiene,

    16

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    17/155

    y parte de su tarea es convencer al juez, no tansolo acerca de las inferencias que este debersacar de las pruebas incorporadas al juicio, sinotambin de las consecuencias jurdicas de las

    mismas.

    Esta ltima tarea incumbe al aspectoadversarial tan destacado en los proyectos dereforma, e implica un deber de las partes deilustracin al juez. De los respectivosargumentos y fundamentos de las partes, eljuez sacar sus conclusiones. Esto requiere del

    juez cierta humildad para que reconozca el valorde esta manifestacin del principiocontradictorio. Debe aceptar y reconocer que esesencial escuchar y ponderar las posiciones delas partes, lo cual no implica que se debeadscribir necesariamente a alguna de ellas,simplemente que sus respectivas visionesacerca de cualquier punto controvertido

    presentan opciones a veces vlidas, que l a lomejor, por virtud de su posicin deimparcialidad, no hubiera percatado sin elinsumo adversarial de las partes. De acuerdo aesta nueva realidad, el proceso deargumentacin oral y escrita asume unadimensin de importancia incalculable en losprocesos.

    17

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    18/155

    Sumario

    18

    PRIMERA UNIDADEl rol del Juez en el Sistema

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    19/155

    1. Objetivos. - 2. Aspectos sicolgicos delproceso de decisin. - 3. Deberes y poderes deljuez. - 4. Habilidades y destrezas especiales.

    1. Objetivos

    1.1. Objetivo general

    Dar al juez una visin general contextualizadade su nuevo papel en un sistema acusatorio,oral y pblico, fundamentando el conocimientoen los poderes y deberes que debe ejercer.

    19

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    20/155

    1.2. Objetivos Especficos

    Al finalizar la unidad temtica, el discente serncapaces de:

    1.2.1. Los jueces reconocen las diversassituaciones en donde las partes puedenafectar, obstaculizar o distorsionar eljuicio y las formas de control quepueden ejercer para asegurar que losjuicios caminen de forma tranquila yjusta.

    1.2.2. Los jueces deciden los incidentes ydems diligencias del juicio oral deforma rpida y certera.

    2. Aspectos Sicolgicos del Proceso deDecisin

    20

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    21/155

    El deber del juez es resolver una multitud desituaciones, culminando en la decisin final conla resolucin acerca de la culpabilidad o no dealguna persona acusada de delinquir. El

    producto del juez es su decisin(resolucin).

    El marco legal hace esta tarea fcil en algunascircunstancias y la experiencia es una ayudaconstante; pero estos elementos por s solo noson suficientes para que la decisin del juez seabuena. Distintos jueces, enfrentando la misma

    situacin, muchas veces llegan a distintasresoluciones o si llegan a las mismasresoluciones, lo hacen por distintas razones.

    Por tanto hay que abandonar el viejo conceptodel juez Esclavo de la Ley a favor delconcepto del juez razonador y humanista. Eljuez ni debe ni puede aplicar algn formulario a

    sus procesos de decisin para as llegar a unaresolucin certera. El tomar una buena y justadecisin requiere que el juez analice sus propiosvalores y percepcin de sabidura, para vercmo estos pueden afectar sus decisiones.

    Para mejorar la calidad de las decisiones yresoluciones del juez, podran tenerse en cuenta

    ocho pasos as:Paso 1. Extraversin. Descubrir de qu manera

    estn resolviendo el problemaotros jueces.

    21

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    22/155

    Paso 2. Introversin. Tomar el tiemponecesario para reflexionarsobre el problema.

    Paso 3. Investigar. Descubrir cul es laforma tradicional de resolverel problema; investigar reglas,normas y procedimientosaplicables.

    Paso 4. Intuicin. Considerar si hay unamanera distinta de resolver el

    problema, con la cual selograra mejor la meta.

    Paso 5. Pensando. Hacer un anlisisimparcial y objetivo del problema.

    Paso 6. Sintiendo. Considerar la situacin delas partes. Una resolucin

    tomando en cuenta su situacin.

    Paso 7. Resolviendo. Decidir! Resolver esmucho mejor que no actuar.

    Paso 8. Deliberando. Mantener laimparcialidad. Deliberar mssobre el problema y as llegar a

    una mejor resolucin.Estos procesos mentales son universales yaplicables a cualquier tradicin de juzgamiento.Sin embargo, en cuanto a los incidencias deljuicio oral como nica etapa probatoria en

    22

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    23/155

    donde el juez es la nica autoridad, lasexigencias de decisin rpida requieren deagilidad y percepcin certera en el momento,sobre todo cuando se trata de objeciones y las

    dems manifestaciones de control que el Juezdebe ejercer durante el mismo juicio.

    3. Poderes y Deberes del Juez

    3.1. Los poderes inherentes al juez

    Las partes en un juicio oral deben contar con un

    juego completo de habilidades, destrezas yconocimientos conducentes a la materializacinde los valores esenciales de la oralidad. Sinembargo, El juez debe contar con todo esto,pero adems con destrezas, habilidades yconocimientos nuevos ajustados a la nuevacultura del juicio. Una de estas herramientases el ejercicio del poder fundado en la sancin

    del desacato.El xito del proceso de juzgamiento oralacusatorio depende de una sinergiafundamental entre las partes y el juzgador, enla cual el juez debe, no tan slo resolver el caso

    23

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    24/155

    con base en las pruebas ofrecidas por laspartes, sino tambin regular las actividad deellas y decidir, como presupuesto a suincorporacin, la conducencia y legalidad de la

    prueba ofrecida y despus, en el actoculminante de su quehacer, valorar medianteprocesos mentales rigurosos, la misma y fallar.Al juez se le debe un mximo de respeto yatencin ya que su palabra literalmente es laley del caso. Para que esto suceda, el juezrequiere de poderes suficientes para controlarla gestin de las partes, evitar excesos,

    conductas inapropiadas y que perjudica lamarcha ordenada y conducente del juicio. Delo contrario el juicio se convierte en un combatesin reglas entre cada parte, que poco tendraque ver con la bsqueda de la verdad.

    Bajo este esquema, los poderes inherentesdel juez asumen un valor altsimo, lo que a su

    vez requiere una actitud de autoridad sobrelas partes y los sucesos del juicio. Losconocimientos, habilidades y destrezas querespaldan esta actitud, se basan en un papelmuy distinto al de las partes y se fundamentaen los poderes inherentes de juez, los cualesencuentran su sustento en el orden procesalactual.

    Por lo tanto, si bien la actuacin de los fiscalesy defensores tiene como punto de partida el donde convencimiento y preparacin previa, ladel juez parte de un concepto de poder y deresolucin. El juez no tiene tanto que manejar

    24

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    25/155

    las tcnicas (aunque s tiene que familiarizarsecon ellas) que aplicaran las partes en el juicio,sino comprender su valor dentro de un nuevocontexto de juzgamiento con inmediacin,

    controversia y continuidad, donde l es elreceptor natural del producto de las labores delas partes y en donde l tiene la muy noble ydelicada labor de definir, con base en esto, laverdad del caso.

    Para esto debe poseer adems la facultad (y eldeber) de controlar las actividades de las

    partes, el pblico, la prensa y el acusado, confines de asegurar el decoro, respeto y eficienciadel proceso. En las tradiciones procesalesacusatorias, la natural tendencia de las partes aincurrir en excesos, el escndalo que puededesatar el drama del juicio y las emociones quepueden impulsar a4 los sujetos procesales aldesbordamiento, exigen que la figura central

    del rito tenga en sus manos el poder de control.

    En los sistemas anglosajones, la doctrina depoderes inherentes al juez le permite imponersanciones fuertes que llegan hasta la privacinde la libertad de los infractores. Esto lo hace atravs del concepto de desacato, que es laconducta impropia de las partes procesales o el

    pblico y que incluye obstaculizar, obstruir odesviar el proceso e irrespetar la justicia o aljuez. Este poder de aplicacin sumaria einmediata se considera necesario para elmanejo del juicio dentro de un marco aceptable.4 Ver American Bar Association Standards Relating to the Function of the Trial Judge, std. 7.1 ABA

    1971

    25

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    26/155

    El Juez tiene el poder inherente de sancin paracualquier desacato para fines de proteger losderechos del acusado y los intereses delpblico, asegurando que la administracin de

    justicia no sea impedida.

    Generalmente cuando la actividad proscritaocurre en presencia del juez, o en susinmediaciones, el control es inmediato. Parafines de efectividad y eficiencia, la mayora delas infracciones al orden del juicio pueden sersancionadas por el mismo juez que las percibe o

    las sufre, aunque ste tiene la opcin de llamara actuar a otro juez.5

    En Colombia existe la tendencia a no recurrir aalgn poder inherente, sino a los cdigos ylas normas que prevn las herramientas depoder que requieren los jueces para los efectosmencionados.

    Las situaciones en un escenario de juicio oraldonde el juez debe considerar la imposicin desanciones, son muy variadas. En todo caso,como dice el Profesor Freund en el artculocitado a pie de pgina, El sancionar eldesacato surte efectos positivos, solamente enla medida que su posibilidad sirva para

    desincentivar a la conducta obstruccionista. Elpoder no se aplica para fines de retribucin sinopara fines preventivos.

    5 Para una discusin de estos aspectos ver Contempt of Court Paul A Freund en Handbook for Judges,

    1975

    26

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    27/155

    Las categoras (ms no las actividades en s)que estn sujetas a este poder de sancin son:

    Impedir, obstaculizar o no prestar la

    colaboracin para la realizacin de unaprueba o diligencia durante la actuacinprocesal.

    Faltarle el respeto al juez en el ejercicio desus funciones o por razn de ellas.

    Solicitar pruebas manifiestamenteinconducentes o impertinentes.

    Actuar de forma temeraria o de mala fe.

    La temeridad o mala fe incluye una gama desituaciones tales como la carencia defundamento legal en las actuaciones delproceso; alegar hechos contrarios a larealidad; utilizar las actuaciones procesalespara fines ilegales, dolosos o fraudulentos;obstruir la prctica de las pruebas u otras

    diligencias; o el reiterado entorpecimiento deproceso.

    3.2. Ejercicio de los poderes y los deberes

    Adems del poder de sancionar, el juez tiene eldeber de asegurar el orden y decoro delproceso. En el caso de Colombia este deber es

    patente y especficamente planteado en suordenamiento procesal penal.

    Para evitar al mximo las oportunidades quepuedan dar lugar a la imposicin del poder del

    27

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    28/155

    juez, podran tenerse en cuenta las siguientesobservaciones:

    Antes de iniciar el juicio, probablemente

    durante la audiencia preparatoria, el juezdebe considerar la formulacin de lasreglas de juego que se aplicarn en eljuicio. Estas pueden consistir enllamamientos de atencin acerca dediscusiones indebidas entre las partes,duracin de alegatos, proscripcin dealegatos inconducentes, impuntualidad de

    asistencia, conducta del imputado y lostestigos, naturaleza y pertinencia de lasobjeciones, y otros incidentes o situacionesprevisibles no definidos normativamente.

    El juez puede hacer patente su disposicinen cuanto a la utilizacin de sus poderes desancin e insistir en la observancia del

    deber de lealtad y todo lo que este implica.

    Al abrir las sesiones pblicas, el juez debeamonestar al pblico presente y a losmedios de comunicacin acerca de lanecesidad de mantener el decoro, yproscribir cualquier actividad que tienda aafectar el juicio negativamente. Si el

    proceso ha atrado la especial atencin delos medios, el juez deber establecer conellos reglas mnimas de conducta, con el finde garantizar el orden y el decoro, sin queesto obre en contra de los intereses de la

    28

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    29/155

    sociedad en cuanto a transparencia ypublicidad del proceso.

    Si despus de tomar estas medidas de

    prevencin, alguna persona incurre en unacto violatorio de las reglas de conducta oen un desacato, el juez debe hacer unasimple amonestacin, salvo que el acto seadoloso e intencional o que se hayaamonestado previamente.

    En el caso de imposicin de alguna sancin,

    el juez debe anunciar su intencin ynotificar al sujeto acerca de las violaciones.El sujeto debe ser odo antes de laimposicin de la sancin. Puede el juezpostergar la imposicin de la sancin hastaque termine el mismo, para efectos deguardar la continuidad del juicio.

    3.3. Aspectos de control y orden

    La llegada a la escena nacional de procesosverdaderamente orales y pblicos, conconcentracin y contradiccin pblica de laprueba, abre otro aspecto a considerar: el rol delos medios de comunicacin en el juicio.

    Los medios deben jugar un papel importante enla materializacin de las bondades del juiciooral y pblico, pues son los principalesdiseminadores de la transparencia y lapublicidad, con la cual la sociedad se mantengainformada del quehacer de las autoridades

    29

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    30/155

    judiciales y de la administracin de justicia. Sinellos, el quehacer judicial seguir siendo enninguna medida importante, oscuro eintransparente.6 Hay ciertas situaciones en

    donde el deber del juez le obliga a tomarmedidas de prevencin en aras, no de impedirel acceso de los medios y del pblico, sino msbien de evitar que l o su propia imparcialidadse vean afectados negativamente.

    Cuando no hay un jurado que proteger deconceptos, opiniones o prejuicios acerca del

    caso, la problemtica gira alrededor de lossiguientes temas:

    Mantener el orden y evitar distraccionesdentro de la sala de audiencias.

    Evitar interferencias del juicio desde fuerade la sala, a travs de faltas de respeto uobstaculizacin activa o pasiva.

    Proteger contra la manipulacin de losmedios por parte de los sujetos procesales,con fines de afectar el proceso dejuzgamiento.

    Evitar la mala fe o temeridad de cualquierparte tendiente a frustrar el actuarprocesal.

    Contener la insistencia de presentar

    pruebas manifiestamente inconducentes oimpertinentes.

    Promover el debido respeto y ladesobediencia a las decisiones judiciales.

    6 Ver Binder, Alberto,Justicia Penal y Estado de Derecho, Ed. Ad Hoc, 1993 y Wright, Donald R.Fair

    Trial and Free Press, Practical Ways to Have Both, Handbook for Judges, The American Judicature

    Society, 1975

    30

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    31/155

    Evitar comportamientos contrarios a lasolemnidad del actuar procesal.

    La tendencia actual en Colombia es la de dotar

    al juez de amplios poderes de sancin para unagama muy amplia de conductas y establecer unprocedimiento bsico para su imposicin.Adems de la descripcin de categorasgenerales de conductas sancionables, se leconcede al juez la discrecin de imponer o nolas sanciones, despus de conceder al infractoruna oportunidad de explicarse. Las sanciones

    son de inmediata ejecucin sin recurso alguno.

    El uso del poder del juez en estas circunstanciaspuede ser sumamente delicado. El juez tieneque sopesar los valores del sistema y laConstitucin Poltica, con los intereses de lasociedad y la aplicacin de una justicia efectivay expedita. Sin embargo, su esencia es clara:

    en la medida que alguna actuacin de losmedios afecte directamente la seguridad uorden en el juicio, la solucin es fcil: el juezcontrola por la va de amonestacin o sancin,segn la gravedad y reiteracin del caso. En lascircunstancias en que las partes realizanacciones de manipulacin sobre los medios, unainterpretacin razonada de las normas le

    permitira al juez tomar las medidas correctivascontra la parte y no dirigirse a los medios sinopara corregir las impresiones errneas. Elpeligro a evitar en todo caso, es que el procesose desenvuelva en un dime que te dirpblico y escandaloso.

    31

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    32/155

    3.4. Escenarios especficos para ejercer elcontrol

    Escenario 1. En la audiencia preparatoria el juezordena a las partes intercambiarnombres de testigos, declaraciones ycualquier otra evidencia que seincorporara en el juicio.

    Posteriormente el fiscal, en el juicio,intenta incorporar una prueba pericialsin que haya intercambiado la mismacon la defensa.

    Escenario 2. Durante la Audiencia Preliminar, eljuez limita a las partes a media horacada uno para efectos de presentar

    sus alegatos de apertura.Posteriormente el Defensor insiste enseguir exponiendo despus devencido este trmino.

    Escenario 3. En el juicio, la acusada insiste enhacer seas amenazantes a lostestigos en su contra y en insultarles

    abiertamente. El juez la amonesta dosveces sin efecto. Cules son lasopciones para mantener el control?

    Escenario 4. El fiscal insiste en hacerpreguntas sugestivas a los testigos

    32

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    33/155

    de cargo. El defensor, obviamentepreocupado por la tergiversacin desus versiones, objeta repetidas vecesy cada vez. El juez lo halla a lugar. No

    obstante el fiscal sigue de la mismaforma.

    Escenario 5. Miembros del pblico hacencomentarios en alta voz acerca de laapariencia y testimonio de variostestigos durante el juicio. Algunoscargan celulares que constantemente

    suenan durante el juicio.

    Escenario 6. Miembros de la prensa insisten enentrar y salir durante las actividadesdel juicio, creando un ambiente deconfusin y distraccin. Al llamarles laatencin el juez, responden que esnecesario para mantener informadas

    de sucesos importantes a susorganizaciones.

    Escenario 7. Durante el juicio, sale en lapagina Justicia una fuerte crtica delas actuaciones del juez, respecto a susupuesto favoritismo hacia la defensaen su resolucin de objeciones y la

    exclusin de prueba ilcita(fundamentada en un allanamientosin orden judicial). Resulta que lafuente de la crtica es el fiscal.

    33

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    34/155

    4. Habilidades y Destrezas Especiales

    4.1. Tomar apuntes

    Tradicionalmente los jueces no toman apuntespara efectos de referencias rpidas pararesolver controversias que surgen dentro deljuicio o durante el proceso deliberativoprecursor del fallo y la sentencia. Ante esto, noles queda ms remedio que recurrir a losapuntes del secretario o a sus propias memoriasde eventos muchas veces confusos o

    complicados. Al rededor de esta necesidad, hacrecido en algunos pases la prctica de grabarcon grabadora comn y corriente lo preciso deljuicio y de escucharlo de nuevo antes de fallar.Tambin se recurre a la grabacin durante eljuicio para resolver ocasionales controversias(si, por ejemplo, un testigo dijo o no dijo, o sihubo prueba de cadena de custodia respecto a

    alguna evidencia fsica). Esta prcticatergiversa la potencial agilidad del proceso oral,ya que es innecesariamente engorrosa. Lo idealpara efectos de control del juicio y suresolucin, es que el juez tome buenos apuntes.

    El buen juez toma apuntes durante el juicio y losconsulta peridicamente durante el mismo.

    Recurre a los medios mecnicos o electrnicosde reproduccin solamente en ltima necesidad,ya que estos no son para el juez del juicio sinopara los que eventualmente consideren algunaimpugnacin de la sentencia o las resolucionesde aquel.

    34

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    35/155

    Tomar apuntes durante un juicio oral esnecesario para los siguientes propsitos:

    Recordar pruebas importantes. Revisar las pruebas. Organizar la informacin de forma

    comprensible y de fcil acceso. Ayudar en la eliminacin de posibles

    prejuicios o conceptos errados,manteniendo la imparcialidad.

    Ayudar en el proceso de decisin (fallar).

    Pero estos propsitos son solamente los msobvios. Como ya se ha dicho, uno de losprincipales atributos del juez en el juicio es elde controlar la gestin de las partes, evitarexcesos de toda ndole, mantener el orden yasegurar la conducencia de la prueba y eldecoro del proceso. Tomar buenos apuntes es

    una ayuda importante al respecto. Algunoslitigantes poseen talentos y donesconsiderables en cuanto a convencimiento ypersuasin. Si el juez no est siempre alertapuede encontrarse en una situacin en dondeuno o los dos abogados asume el control deljuicio.

    Teniendo a mano un juego de apuntes de fcilacceso, se evita esta situacin. Por ejemplo,cuando el abogado alega que determinadotestigo ha dicho tal cosa y sus apuntes indicanotra cosa. O que tal evidencia fsica ha sido yaincorporada y no fue as. Las situaciones son

    35

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    36/155

    innumerables, pero en todo caso el juez, paramantener su autoridad, tiene que tener deforma fundamentada la ltima palabra. De locontrario se reduce a un mero espectador de la

    pelea entre las partes, una pelea que, porausencia del juez, pierde su razn fundamental,la bsqueda de la verdad.

    Un de los principales enemigos de la resolucinjusta del juicio es la confusin y algunosabogados son maestros en sembrarla. Es otraforma de quitarle de las manos al juez el control

    del juicio. En el caso planteado arriba, una delas mejores herramientas para evitar que estopase es que el juez, mediante la dura perogratificante tarea de tomar buenos apuntes, semantenga en una posicin invencible frente alos sucesos del juicio.

    4.1.1. Categoras de organizacin de los

    apuntes

    En cualquier juicio hay ciertas categoras opasos que requieren de la continua atencin deljuez, sobre los cuales no hay siempreconstancia en acta. Para efectos de rpidaconsulta, hay formas de organizacin lgica quele pueden servir al juez. Categoras de

    informacin necesarias y de constante consultapara el juez son los siguientes:

    Acuerdos de la Audiencia Preparatoria. Cuestiones de competencia y radicacin. Elementos del tipo de delito a probar.

    36

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    37/155

    Normas, jurisprudencia y doctrinapertinente.

    Estipulaciones7

    El Juez puede ir llenando este listado dechequeo, efectos de ir registrando los requisitosmnimos necesarios para que el juicio avance. Ala vez puede anotar sucesos y puntoscontrovertidos resueltos y no resueltos, y tratarde despejar la inevitable confusin de algunosmomentos del juicio.

    Puede haber muchas mas formas de mantenereste registro informal acerca de los hechosdel juicio. Lo esencial es que el juez vayacreando una fuente de referencia para poderresponder rpida y gilmente a las exigenciasque le impone el juicio oral.

    4.1.2. Tcnicas para tomar apuntes de

    utilidad

    Hay numerosas tcnicas para la toma deapuntes. Cada juez debe desarrollar lametodologa que mejor le convenga. Adems,en la medida que la tecnologa de reproduccinespecficamente relacionada con el juicioavanza en Colombia, el acceso mas o menos

    conveniente y fcil a lo grabado se mejorartambin, afectando a la manera comoconservamos lo importante para uso del juez en

    7 Los hechos sobre los cuales no hay controversia y las partes, por acuerdo previo, manifiestan que se den

    por hechos probados en el juicio.

    37

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    38/155

    juicio. Algunas tcnicas utilizables o adaptablesson las siguientes:8

    Apuntes que siguen el orden en que la

    prueba es presentada. Apuntes cronolgicos. Listados de chequeo. Apuntes en el marco del listado de chequeo. Designacin especial de pruebas claves. Utilizacin de apuntes tiempo real9. Resumir los apuntes oportunamente.

    Los expertos en el rea de memoria y la tomade apuntes recomiendan varios procedimientosgenerales para hacer ms eficaz la tarea:

    Utilizar una carpeta que le permita quitar yagregar pginas.

    Usar carpetas distintas o divisiones quemantienen separados casos distintos.

    Colocar fecha y caso al comenzar cadapgina.

    Dividir cada pgina en columnas y mantenerlos apuntes de un lado y la otra columnapara aclaraciones, resmenes e ndices(para ubicar temas).

    Asegurar que, para ahorrar tiempo, los

    apuntes sean legibles. Utilizar abreviaciones y sntesis.

    8 Adaptado del mdulo 7 del Skills Based Orientation and Training for Newly Elected or Appointed Judges ,

    supra.9 Es decir: utilizacin de medios tecnolgicos de vanguardia para referenciar los ms importantes en la

    grabacin cuando ocurre. Sintetizar lo grabado de forma automtica.

    38

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    39/155

    Hacer y separar ideas mediante incisos ysubrayar utilizando smbolos para puntos opruebas claves.

    Mantener un propio registro de laincorporacin e importancia de pruebasfsicas, peritajes y croquis.

    Revisar peridicamente los apuntes duranteel juicio. Muchos jueces lo hacen cada daantes o despus de sesionar.

    Recordar que los apuntes son personales,no son ni para las partes, ni para el pblico,ni para un expediente. Son una ayuda alefectivo y justo proceso de juzgamiento.

    Se puede aproximar lo que sera un formatocomn de organizar apuntes cronolgicamente:Fecha Tipo

    AudienciaActuacin Observaciones

    09-09-

    03

    Preparatoria

    Defensasolicita

    excluirtestimoniode agenteMalaspina.,por sertestigo deodas.

    Estipulaciones? Lospresentesconcuerdanque losefectos de la

    Resuelto. Noentra su informe

    por ser testigode odas. Lo quel observpersonalmentes.

    Fiscal afirma que

    indag sobreotrasposibilidadespara acelerar elproceso, pero noencontr alguna

    Caso: Mara Vives

    39

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    40/155

    vctima songenuinos,por tanto nose prueba

    esto concadena decustodia.

    Otrosproblemas?

    Preacuerdos?

    ms.

    Fiscal: Ninguno.Estamos listospara el juicio.Defensa:Tambin estamoslistos.

    Los presentesniegan cualquierposibilidad.

    10-10-03

    Juicio Alegatos deapertura

    Fiscal: Setrata de un

    hurtocalificado, laprueba lodemostrar.

    Testigos:ClaritaEstrella:

    Declarahaber vistosalir a laimputadafurtivamente con bultos

    No dice quprueba.

    En elcontrainterrogatorio, acepta queno poda ver bienpor la poca luzque haba. No

    pudo identificarlos bultos.Acreditoelementoapoderarsepor la inferencia.

    40

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    41/155

    entre losbrazos.

    Otra manera de organizar los apuntes conrespecto al juicio y las inferencias de la prueba,

    sera segn los elementos del tipo:

    Elementos Prueba Observaciones

    Apoderamiento

    Testimoniode claritaEstrella quela vio salir

    furtivamentecon dosobjetasen lamano ydirigirse alcarro de ella

    Dolo?

    Era oscuro y tenaque asomarse porel techo de sucarro para ver.

    Pudo ver bien?

    Encontrainterrogatorio la defensa sacaque la testigohaba tenidoaltercados con la

    acusada.Prejuicios?Venganza?

    Obtenerprovecho

    Ningunadirecta.

    Inferencia deactitud, etc.Soporta intencin.

    10 Salarios

    mnimos

    Ninguna No hubo prueba de

    valor.Aprovechamiento de la

    indefensin

    Vctimaherida ysemiconsciente

    Vctima es hampa.No es creble. Perono niega posesin.

    Otros

    Caso: Mara Vives Delito: Hurto calificado Arts.239,240 CP. Parte: Fiscala

    41

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    42/155

    factoresjurdicos

    Otrosfactores

    probatorios

    Sumario

    1. Objetivos. - 2. Naturaleza del juicio oral. - 3.Audiencia preparatoria. 4. Alegato deapertura. - 5. Interrogatorio ycontrainterrogatorio. - 6. Alegato de clausura. 7. La sentencia.

    42

    SEGUNDA UNIDADEl Juez en el Juicio Oral

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    43/155

    1. Objetivos

    1.1. Objetivo general

    El juez desarrollar habilidades y destrezas parala direccin y control de juicio oral, a partir delejercicio de sus poderes y deberes en el marcode la legalidad, la igualdad y la justicia.

    1.2.Objetivos Especficos

    Al finalizar la unidad temtica, los discentessern capaces de:

    1.2.1.Distinguir las formas de produccin eincorporacin de la prueba en lossistemas escritos versus el juicio oralacusatorio.

    1.2.2.Desarrollar mecanismos de manejo yorganizacin para asegurar el controlde la gestin de partes y para que suspropios procesos sean certeros yeficientes.

    43

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    44/155

    2. Naturaleza del Juicio Oral

    2.1 Antecedentes

    La sistemtica procesal penal en Colombia ha

    trasegado por los sistemas inquisitivos y losmixtos con tendencia acusatoria, que permitenun juicio oral. Sin embargo, tradicionalmente elproceso colombiano se caracteriz por sucarcter eminentemente escrito. Bajo estemodelo, las piezas probatorias se incorporan alproceso mediante los actos del sumario enforma escrita y ste se constituye en la etapa

    primordial en cuando a la incorporacin de laprueba. Este tipo de procesos sondesconcentrados, sin publicidad y sininmediacin (salvo para el Fiscal o susubordinado a la hora de la investigacin). Lacontradiccin de la prueba, tan importante para

    44

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    45/155

    la bsqueda de la verdad en las tradicionesacusatorias primitivas, es efmera.

    El formalismo, secuela del temor a la

    incertidumbre que implican los procesosverdaderamente orales, hace al observador deafuera creer que muchas veces lo que menosimporta es que el juez conozca los hechos afondo, para poder fallar con base en ellos (ladelegacin de funciones jurisdiccionales seraprueba indiciaria de esto). Tradicionesapegadas a esta reverencia a la palabra escrita

    impulsan prcticas tales como el dictado delos interrogatorios y testimonios sobre unamquina de escribir o un computador, lo cualtiende a impedir la verdadera inmediacin de laprueba y la claridad que es una de las bondadesde la oralidad.

    Sin embargo, el orden procesal escrito y

    formalista no impide que el proceso dejuzgamiento sea oral, aunque la existencia delsumario que incorpora prueba anterior al juicio,es un factor disuasivo (porque repetir lo que yaest en el proceso?). El problema no es tanto deleyes sino de costumbres.

    El los llamados sistemas mixtos-modernos,

    representados en el de Costa Rica a partir de1974, se conservaron algunos elementos de losanteriores sistemas inquisitivos, en especial elsumario o instruccin, en el cual no tan solo seinvestiga el caso de la forma tradicional con unjuez de instruccin, sino que tambin se

    45

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    46/155

    incorpora la prueba al expediente en formaescrita, sin mayor inmediacin ni oportunidadde controversia. En la etapa de juzgamiento serealiza un juicio oral, supuestamente con

    actividad probatoria. En realidad, los juicios sereducen a la lectura de las pruebas y losalegatos de las partes, con poca actividadprobatoria ms all de lo que exista en elexpediente.

    2.2. El juicio oral en un sistema acusatorio

    Ante el panorama anterior, se fuerondesarrollando reformas que restan valor alproducto probatorio del sumario, en favor de laprctica de pruebas en el juicio. La tendencia alo largo y ancho de Amrica Latina en losltimos aos, ha sido de oralizar los procesospenales en un marco acusatorio. Esto haimplicado un desarrollo lento y de

    reconocimiento de los rezagos culturales quehan retardado la realizacin del sueo de unajusticia ms transparente y garante. Bajo esteesquema, el juez ya no decreta prueba salvo encontadas ocasiones.

    En la medida en que los nuevos sistemaslatinoamericanos lleguen a ser mas

    acusatorios, la produccin de los medios deconviccin y su presentacin queda en manosde las partes. El juez se dedica a la funcin queimplica el trmino juez, la de juzgar. Esto a suvez necesita un cambio de actitud por parte delos sujetos procesales. El juez ya no es el que

    46

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    47/155

    controla la investigacin, sino es el fiscal conintervencin del juez, solo en la medida querequiere autorizacin para determinadasdiligencias. El papel del juez no se reduce. Ms

    bien se racionaliza en la etapa ms importantedel proceso: el juicio. l es la pieza centralalrededor de la cual la actuacin de las partesgira, ya que todos los esfuerzos se dedican aconvencerle de alguna verdad.10

    En el juicio verdaderamente acusatorio ya nohay prueba en el expediente y el juez es

    expuesto a ella en un mbito de contradiccinadversativo, mediante el interrogatorio y elcontrainterrogatorio. Es ayudado en su tareade valoracin y resolucin por lasintervenciones de las partes, principalmente pormedio de sus alegatos de apertura y clausura.Tiene que efectuar, al fin del juicio, la ardualabor intelectual de anlisis de la prueba y su

    relacin o pertinencia a las normas jurdicas quemotivan la acusacin. Para que todo estofuncione sin caer en un caos interminable, eljuez se impone como rbitro y autoridad sobrela actuacin de las partes.

    Los alegatos de apertura y de cierre, losinterrogatorios y contrainterrogatorios,

    actividades centrales del juicio oral, tienencomo propsito la produccin ordenada de laprueba para exponrsela al que la recibe y tieneel deber de decidir sobre su significadojurdico: el juez. Por tanto, el empeo del juez

    10 Ver Francesco Carnelutti,Las Miserias del Proceso Penal, Ed. Temis, Bogot,2001

    47

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    48/155

    es asegurar que sta sea legal y conducente. Enadicin, debe asegurar que la conducta de laspartes y sus pretensiones dentro del juicioobedezcan las exigencias de la economa

    judicial, la tica y la urbanidad, ya que es eljuez la nica autoridad capaz de asegurarestos elementos tan importantes ytransparentes, dentro de una tradicin oraldonde impere la publicidad.

    3. La Audiencia Preparatoria

    3.1. Propsitos Generales

    Esta audiencia es, probablemente, el acto pre-juicio ms importante para el juez deconocimiento. Es peligroso no prestarle laatencin que amerita, como etapa deplaneacin y asentamiento del juicio, para queste proceda de forma justa, expedita yordenada.

    Antes de iniciar la discusin acerca de laimportancia de la audiencia preparatoria y losprocedimientos principales de la misma, esconveniente mencionar que la oralidad y suselementos sustanciales, traen al escenario laresolucin de incidentes del proceso antes del

    48

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    49/155

    juicio, por va de procedimientos probatorios.Esto implica la realizacin de mini-juicios conparticipacin de testigos, peritos y aporte depruebas fsicas para resolver cuestiones

    importantes tales como la exclusin de laprueba ilcita. Es importante que el juez deconocimiento tenga en cuanta esta faceta denuevo procedimiento penal, para irdesarrollando las prcticas mas adecuadas alrespecto.

    Esta audiencia es de suma importancia desde la

    perspectiva de la eventual fluidez y coherenciadel juicio oral, ya que se debe utilizar para laplaneacin del mismo. Permite que el juez y laspartes discutan y lleguen a acuerdos acerca deaspectos preliminares, tales como el orden enque se van a presentar las respectivas pruebas,su admisibilidad, la identificacin de los hechosy aspectos no controvertidos11 (estipulaciones),

    las solicitudes de exclusin de pruebas ilegalespor cualquier motivo, etc.

    La audiencia preparatoria representa laoportunidad para que las partes, principalmentela defensa y el Ministerio Pblico12, rectifiquenlas pretensiones de la Fiscala de introducirpruebas que pueden ser ilegales.

    Los incidentes importantes que debenpresentarse o ventilarse en la audiencia

    11 Al respecto de este ltimo, un ejemplo comn sera la idoneidad de algn perito o la autenticidad de

    algn elemento material para evitar asentimiento en testimonios de cadena de custodia.12 Ver Art., 127-129 del Proyecto. Su intervencin depender de las polticas que debera de fijar el

    Procurador General. Sin embargo su veedura del debido proceso y los derechos

    49

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    50/155

    preparatoria, deben ser comunicados conanticipacin. Esto lo hacen las partesinteresadas mediante las solicitudes del caso,como por ejemplo, la solicitud de exclusin de

    alguna prueba ilcita.

    La tendencia actual en Colombia sobre lafuncin de la audiencia preparatoria es lasiguiente:

    Ventilar problemas y deficiencias acerca delprocedimiento continuado de

    descubrimiento13. La sancin inmediata porno haber cumplido con el descubrimiento detodo elemento de cargo y de descargo es sueliminacin como pruebas en el juicio, unamedida grave que necesariamente puedecontribuir a la impunidad. Por esto se debenconsiderar otras medidas o sanciones segnel grado de negligencia o dolo por parte del

    Fiscal.

    Descubrir los elementos materialesprobatorios en poder de la defensa. El juezdebe velar para que le defensa no guarde nioculte algn elemento material de pruebaque interese al proceso, esto para que elfiscal tenga oportunidad de estudiar

    cualquier elemento e investigar suprocedencia y carcter. Inclusive,excepcionalmente tales descubrimientos porparte de la defensa, revelan una falla

    13 Continuado en el sentido de que este proceso se viene realizando a partir de la audiencia de lectura de

    la acusacin.

    50

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    51/155

    esencial en la teora del fiscal, lo cual puedecontribuir al impulso de preacuerdos, etc.

    Enunciar las pruebas de la Fiscala y la

    defensa para el juicio. Este procedimientopermite al juez estimar el tiempo necesariopara el juicio y, en atencin a esto, indagaracerca de los testigos y los estimados detiempo de cada parte. Por eso es importanteque exista algn tipo de constancia acercade lo dicho, siendo probable que, segn lacomplejidad del entorno probatorio, el juez

    quiera levantar un auto registrando lo mismopara que sirva de gua en el juicio.

    Hacer estipulaciones acerca de hechos nocontrovertidos.

    Or al acusado en eventual aceptacin de

    cargos, en cuyo caso la sentencia ser

    reducida. En este caso el juez debe inquirir alimputado, a la defensa y al fiscal, paracerciorarse de que la aceptacin es productode la propia voluntad del imputado con plenoconocimiento de las consecuencias. Esconveniente reducir este procedimiento aauto, para tener constancia en acta de losucedido, tanto para efectos de

    transparencia, como para dejar constanciacontra cualquier impugnacin posterior conbase en fraude, coaccin o falta deconocimiento de las consecuencias de suaceptacin. Un formato puede ser:

    51

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    52/155

    La edad, el grado de escolaridad yotras circunstancias que demuestranla capacidad del acusado. Su entendimiento acerca de loscargos que pretende aceptar, lassentencia que se impondr, losderechos a que pretende renunciar,etc. Si han habido promesas o amenazaspor parte de cualquier persona paraque acepte los cargos. Si efectivamente hay base fctica yjurdica para sustentar la aceptacinde los cargos. Si se ha discutido la posibilidad consu defensor y ste le ha informado delas consecuencias.

    3.2. Situaciones Especiales

    3.2.1. La Prueba Inadmisible

    Durante la Audiencia Preparatoria el juezdecidir sobre las solicitudes de exclusin depruebas inadmisibles. Por inadmisibles setienen los medios probatorios que violan algunaregla establecida por el Cdigo. Ejemplosseran, prueba de referencia u odas,

    pertinencia de alguna prueba, cadena decustodia o algn problema de autenticidad dealgn documento o elemento fsico, valorperjudicial excesivo, etc. Esto proporciona a laspartes la oportunidad de anticipar lasoposiciones que de todas maneras podran

    52

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    53/155

    haberse presentado en pleno juicio en elmomento de ofrecimiento de la prueba. Larazn por la cual las partes presentaran deantemano sus oposiciones (en la medida que el

    descubrimiento haya sido lo suficientementecompleto como para permitir su formulacin),es para tener la seguridad de que determinadoofrecimiento de prueba es o no admisible, parapoder ajustar su estrategia y su teora del casode conformidad con tal realidad, ya que esperarhasta el momento del juicio para presentar unaoposicin siempre es riesgoso.

    El Juez debe promover en toda ocasin talescuestionamientos de parte, teniendo en cuentala economa procesal y la tranquilidad del juicio.

    Si bien es cierto que la mayora de solicitudesde inadmisibilidad son proferidas por la parteque se opone a la prueba, habr ocasiones en

    las cuales el mismo proponente de determinadaprueba promover su admisibilidad anticipada,en caso de que tenga duda, por medio de unasolicitud en la audiencia preparatoria. El juezpuede fallar sobre tal solicitud con todatranquilidad, ofreciendo al contrincante laoportunidad de rplica y fundamentacin.

    Para tal efecto pueden ser convenientes dosmecanismos:

    Que el proponente, sea l u otra parte quiensolicita la resolucin de admisibilidad, hagaun ofrecimiento de prueba describiendo de

    53

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    54/155

    qu se trata, su fuente y propsito, y sucontenido, con detalles suficientes comopara que el juez tenga elementos de juiciopara resolver su admisibilidad. El tal caso es

    importante que esta presentacin verbal seaclara y que el juez la conserve en susapuntes o mediante resolucin escrita, paraque en el momento de incorporacin al juiciose asegure que la prueba es la misma.

    En caso de una prueba complicada o dudaacerca de la versin del proponente o el

    opositor, excepcionalmente el juez debeescuchar la misma o examinar una versinescrita si la hay.

    El peligro radica en que de todas maneras elque eventualmente tendr que valorar laprueba escuchar acerca de l, admisible o no.

    3.2.2. La Prueba Ilcita

    La prueba ilcita o ilegal es la que, siendoperfectamente conducente, fue recopilado odescubierta en forma ilegal (o las pruebasdescubiertas o derivadas a raz de talespruebas), de tal forma que los derechos delimputado seran vulnerados de ser incorporada

    y valorada en su contra en el juicio. Si bien escierto que el juez de garantas ejerce controlsobre algunos aspectos de las etapas previas yde la actuacin de la Fiscala y de la policainvestigativa, hasta tanto no haya contradicciny la entrada al proceso de la defensa, la

    54

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    55/155

    ilegalidad de la prueba no se vislumbra en todoslos casos. Es una de las muchas bondades de losesquemas adversariales/orales, donde ladefensa, cuyo inters es poner a prueba la

    teora del fiscal, puede cuestionar la legalidadde la prueba y poner en evidencia sus defectos.Esto se hace en varias etapas incluyendo en elmismo juicio y el juez tiene una especialencomienda al respecto, ya que es l quiendebe respetar, garantizar y velar por lasalvaguarda de los derechos de quienesintervienen en el proceso.

    Es importante acordarse, sin embargo, que enel ambiente acusatorio-adversarial son laspartes quienes deben elevar estas cuestiones ala consideracin del juez.

    Cuando a la parte opositora le es evidente lailegalidad de algn medio probatorio anterior al

    juicio14

    , lo cuestiona en la audienciapreparatoria mediante la solicitud de exclusindel mismo. Para efectos de notificacin y debidapreparacin, el Juez debe insistir en que elsolicitante haga la solicitud en forma escritafundamentndola brevemente, previo a laaudiencia. Si hay necesidad de citacin detestigos o peritos, se debe puntualizar la misma

    y pedir que sean citados a la audiencia. Estopermitir que el proponente, generalmente elfiscal, prepare su respuesta. Adems permitir

    14 La tendencia en Colombia es a permitir que la defensa solicite la exclusin de la prueba ilcita a nivel de

    audiencia preliminar o en la preparatoria. Si el Ministerio Pblico puede o no actuar en esta forma, es

    cuestin abierta en este momento. Por las razones enunciadas es factible argumentar que, para cumplir con

    sus facultades, puede hacer tales solicitudes.

    55

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    56/155

    que se citen a audiencia para efectos dedeclarar, a los testigos necesarios. Por ejemplo,si se alega alguna falsedad en lafundamentacin de algn registro domiciliario

    sin orden del fiscal, hecho con base en elsupuesto consentimiento del imputado. E estecaso, cmo se demuestra si hubo o noconsentimiento real (versus coaccin)? Por ladeclaracin de los que lo recibieron y del que lodio. Esto garantiza la inmediacin y lapublicidad, adems de cumplir con el principiode contradiccin.

    De todo esto surge el concepto de audienciasprobatorias, en el sentido de que existe algunacontroversia que no tiene que ver directamentecon los fines del juicio, pero que es convenienteresolver anticipadamente. Esta es la tendenciaactual en Colombia.

    Al respecto la audiencia podra seguir lossiguientes pasos:

    Asegurar la presencia de los sujetosprocesales necesarios para la realizacin dela diligencia.

    Preguntar a las partes si hay necesidad depracticar pruebas.

    Conceder la palabra al quien solicita laexclusin para que explique (a manera de unalegato de apertura en miniatura) suposicin.

    Conceder la palabra para los mismos efectosal fiscal y al Ministerio Pblico.

    56

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    57/155

    Permitir que el solicitante presente suspruebas mediante el formato (si no el rigor)del juicio mediante interrogatorio.

    Permitir que el fiscal contrainterrogue y quepresente sus testigos, los cuales serncontrainterrogados por el solicitante.

    Permitir argumentacin y requerir que laspartes fundamentan sus argumentos en laprueba y en el derecho.

    La citacin previa de los testigos requieresolicitud de las partes.

    3.3. Autos Interlocutorios

    Dada la trascendencia de algunas de ladiligencias de la audiencia preparatoria, esconveniente que lagunas actuaciones seanreducidas a auto. Lo obvio son las situacionesque pueden afectar un derecho fundamental o

    la integralidad del juicio, por ejemplo, laexclusin de alguna prueba ilcita o inadmisible.Pero tambin las resoluciones que orientan aljuicio, tales como las que requierendescubrimiento o que captan los acuerdosacerca de las prueba de cada parte a manera deayuda de memoria. Son tiles tanto para el juezcomo para las partes posteriormente, sobre

    todo durante el juicio, cuando de pronto unaparte no sigue los lineamientos asentadosdurante la audiencia.

    Un procedimiento til al respecto, es buscar quelas partes estn de acuerdo con lo asentado en

    57

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    58/155

    el auto, mediante la provisin de un borradorsolicitando sus observaciones y sugerenciasantes de oficializarse aquel.

    En Colombia es comn que se requiera autointerlocutorio en caso de resolver algnincidente o aspecto sustancial. Casi todo lo quese resuelve a la altura de la audienciapreparatoria, es sustancial.

    3.4. La Prueba Anticipada

    La prueba anticipada representa unaoportunidad excepcional de incorporacin depruebas previamente al juicio, cuando existencircunstancias o motivos fundados:

    Que sobrevendr la muerte del testigo. Su ausencia prolongada y difcilmente

    evitable. Su incapacidad u otra amenaza similar.

    Las solicitudes de prueba anticipada sepresentan en la audiencia de formulacin de laacusacin o en la audiencia preparatoria y, deser admitida, el juez debe citar a las partes,como si fuera un juicio, aplicando las mismasreglas de prueba y del juicio.

    El hecho de que la actuaciones del procesopueden tomar lugar en cualquier sitio idneo,implica lo obvio: que en caso de un testigohospitalizado o en otra circunstancia que leimposibilite estar en la sala de juicios, el

    58

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    59/155

    entorno esencial se debe trasladar a donde estl, para la realizacin de procedimiento15.

    Algunas circunstancias que pueden

    fundamentar la necesidad de practicar unaprueba anticipada son:

    La enfermedad o estado fsico de algntestigo clave que indique la improbabilidadde que pueda asistir al juicio, porque sepuede morir primero o porque no puedetolerar el traslado.

    El inminente traslado hacia el exterior dealguna persona, antes de la probable fechadel juicio.

    El estado de indigencia y desarraigo dealguna persona, quien en el momento seencuentra a mano, pero con pocaprobabilidad de declarar por estilo de vida oindigencia, en otras palabras, quien de un

    momento para otro desaparece. Un viajero, turista o comerciante que se

    encuentra temporalmente en el pas. Un diplomtico o personal tcnico de alguna

    embajada, quien puede ser trasladado de unmomento para otro.

    Personas no residentes del pas.

    4. Alegato de Apertura

    4.1. Importancia15 En este sentido, la tendencia en Colombia es ms restrictiva que en otros latitudes procesales, en donde

    el procedimiento puede tomar lugar fuera de la presencia del juzgador y, a veces, sin contradiccin, si las

    circunstancias lo justifican.

    59

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    60/155

    Esta actuacin, prcticamente la primera denaturaleza adversarial16 al iniciar el juicio, esla primera oportunidad para que el juzgador

    conozca la posicin de las partes en detalle, yaque idealmente es la expresin inicial de suteora del caso.

    El abogado preparado, el que haya analizado einvestigado adecuadamente su caso, aportarun elemento valioso al proceso de juzgamientomediante un buen alegato de apertura.

    Presenta de manera sinttica y adecuada suteora y como la va a validar durante el juicio.En cambio, el que no se prepara, no solo quedamal, sino que pierde credibilidad con el juez yel jurado, pierde el tiempo y tambin losrecursos de las instituciones a cargo de laadministracin de la justicia.

    El Propsito de este alegato no es argumentarni persuadir, sino simplemente darle al juzgadoruna vista coherente de lo que es su posicin (loque l dira, es su teora del caso) y anticiparel orden y contenido de la prueba que va apresentar.

    El alegato de apertura le sirve al juez como una

    contextualizacin que le ayuda a seguir conmayor comprensin la presentacin de cadaparte. Es anlogo, en cierto sentido, alordenamiento lgico y cronolgico de unexpediente o de un resumen, pero a viva voz.16 Este trmino se utiliza para enfatizar uno de los valores mas importantes de lo acusatorio: la

    contradiccin como mejor instrumento en la determinacin de la verdad.

    60

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    61/155

    Cuando no se tiene a mano el expedientetradicional con las principales piezasprobatorias, es esencial una induccin alproceso de juzgamiento, para quien no ha

    conocido detalles de su marco fctico.

    Los alegatos de apertura deben poner enrelieve la controversia al juzgador, cosa quelgicamente el juez querr saber, ya que alcerrar la etapa de pruebas, despus de losalegatos finales, tiene que resolverla.

    4.2. Utilidad

    Para que el alegato de apertura sea til al juez,debe obedecer las siguientes reglas:

    El abogado debe ser breve y conciso. Eljuez debe considerar, al abrir el juicio odurante la audiencia preparatoria, darle alas partes un tiempo mximo para cadaintervencin. Posteriormente debe controlarlos tiempos estrictamente.

    No se debe permitir argumentacin. Esto

    ocurre cuando el discursante intentaadscribir un significado a la pruebaanunciada, hacer argumentos jurdicos oespecular sobre hechos no anunciados. Unejemplo sera la utilizacin de analogaspara explicar la prueba: es como o si

    61

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    62/155

    fuera, etc. En esencia, el control de lasintervenciones radica en el juez y lo que lconsidera, tomando en cuenta el propsitotil para su comprensin. Hacer

    argumentacin en el alegato de apertura essiempre objetable.

    Se puede permitir la utilizacin de apoyosvisuales. El alegato de apertura es un meroanuncio de lo que la parte cree va a ser laprueba que sustenta su teora. Es permitidoutilizar cualquier apoyo tcnico visual,

    siempre y cuando sea una forma deexpresin eficiente y le ayude al juzgador acomprender mejor la ponencia.

    Controle los tiempos, conducta ycontenidos. El juez debe saber lo que serequiere y no hay lugar para conductasescandalosas, aseveraciones lascivas a la

    dignidad de ninguna persona, ni materialinconducente (de ah la proscripcin de laargumentacin).

    Mantenga la mente abierta. Deberecordarse que a esta altura del proceso nose tienen elementos de juicio suficientescomo para formular una tesis. Estas

    intervenciones pueden ser muy tiles amanera de trasfondo, pero de igual manera,si las partes no comprenden o se salen delmarco, simplemente pierden el tiempo deljuzgador.

    62

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    63/155

    Es recomendable tomar apuntes durante estafase. Revisar estos apuntes es una maneraefectiva de poder seguir el proceso probatorio,entender las posiciones de las partes y

    mantener el control.

    4.3. Escenarios de intervencin del juez

    Argumentacin

    Fiscal: La conducta de la acusada no essolamente repugnante sino abusiva,

    deshonesta y

    Juez: Por favor Sr. Fiscal, adscrbase a las reglasy propsitos del alegato de apertura y noargumente ni caracterice las pruebas quepretende incorporar.

    Argumentacin Jurdica

    Defensor: Y el Sr. Fiscal est muy equivocadocuando dice que este es un hurtocalificado, ya que el Profesor LuisFernando Tocora nos dice en su obraDerecho Penal que

    Juez: Sr. Defensor, esta no es la ocasin de

    presentar argumentos legales. Meinteresa saber es la posicin de ladefensa respecto a los hechos que acabade exponer el Fiscal.

    Exposiciones Inconducentes

    63

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    64/155

    Fiscal: Y cuando yo era nio sola andar por lasorillas del caudaloso Ro Magdalena en losatardeceres tropicales de aquella poca

    Juez: Es esto pertinente?

    En estos escenarios se presume que no hahabido protesta por parte del contrincante,quien est en su derecho de oponer y objetar laintervencin si es inoportuna e inapropiada. Ental caso el juez resuelve la oposicin. Si no

    protesta, le incumbe al juez controlar losexcesos.

    4.4. Interrogantes

    Qu pasa si al terminar un alegato de aperturael panorama queda confuso o provocaincertidumbre?

    En casos como este, el juez, si se trata de juiciocon jurado, no debe intervenir, ya que estoinvade la funcin del mismo. En cambio, si esjuicio en derecho, es decir, con juez nico otribunal colegiado (caso Costa Rica oGuatemala), el juez puede pedir claridad sobrepuntos especficos ya que los alegatos son para

    ilustrarlo acerca de la teora del caso de lasrespectivas partes.

    El Juez puede limitar la actuacin de las partesen cuanto al alegato de apertura?

    64

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    65/155

    S, en los trminos mencionados. El derecho a ladefensa no incluye la oportunidad de hablarinterminablemente en meros alegatos.Tampoco incluye una licencia libre para incurrir

    en todo tipo de irrelevancias o divagacionesimpertinentes. Lo mismo se aplica al fiscal. Eltiempo lo debe fijar el juez antes de comenzarlos alegatos, tomando en cuenta la complejidaddel caso, la seriedad o gravedad de laacusacin, la naturaleza y complejidad de laprobable prueba y los pareceres de las partes.

    Se debe permitir intervenir a ms de unabogado por parte?

    No es conveniente. Durante la audienciapreparatoria o en algn momento oportunoantes de iniciar el juicio, el juez debe fijar lasreglas de juego. Entre estas debe figurar laproscripcin de intervenciones mltiples.

    Es necesario esperar una objecin antes deactuar?

    No, las objeciones son una ayuda para el juez,no obstante que ste ejerce el control necesariopara asegurar la regularidad, la economaprocesal, la actuacin leal y la tica de las

    partes.

    65

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    66/155

    5. Interrogatorio y Contrainterrogatorio

    5.1. Aspectos generales

    El sistema acusatorio permite interrogatoriodirecto, contrainterrogatorio, re-directo y re-contra, como mecanismo por excelencia de

    produccin de prueba en el juicio oral. Estasfiguras son sujetas a varias reglas para fines deasegurar la espontaneidad del testimonio y suveracidad en funcin de la oportunidad decontradiccin. El Juez es el receptor delproducto de estas diligencias tan cruciales; perotambin es el rbitro, que decide las cuestionespreliminares de conducencia, pertinencia,

    utilidad etc. A distincin de los sistemasacusatorios-adversariales en donde el juzgadores un jurado popular17, el juez, debido a sucarcter de jurista profesional, no estar tanfcilmente manipulado por pruebasinconducentes, capciosas o perjudiciales.

    Siendo esto as, la observacin de las reglas que

    rigen la produccin de la prueba mediante susprincipales vas (el interrogatorio y contrainterrogatorio) por parte del juez, se debeconcentrar en los siguientes factores:

    17 No decimos jurado de conciencia porque son jurados instruidos que fallan en derecho.

    66

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    67/155

    La legalidad. La conducencia. La eficiencia y la economa procesal. La igualdad de partes.

    Es usual que los testigos sean preparados porparte del que les cita a declarar. Preparar altestigo en el sentido de familiarizarlo con lostemas del interrogatorio, advertirlo acerca de loque podra ser el contra interrogatorio,familiarizarlo con los procedimientos, losactores y el ambiente fsico de la sala dedebate, es legtimo y deseable, ya que har masfluida y eficiente la presentacin del sustestimonios. Desde luego, si una parte excedelas diligencias legitimas de la preparacin deltestigo, para efectos de cambiar o distorsionaru ocultar lo que tiene que decir el testigo, esasunto de profunda preocupacin por parte deljuez y la Justicia.

    El control de estos hechos, aparte de susimplicaciones disciplinarias y penales, radica envarios niveles para efectos del juicio:

    Del contrainterrogatorio se espera quesalga a la luz tales eventos o inferencias. Elbuen litigante siempre intentar indagar

    sobre las conversaciones que haya tenido eltestigo con la parte o su abogado, previo eljuicio y el Juez debe permitir un marcorazonable para estos efectos, ya que lacredibilidad del testigo siempre es tema delcontrainterrogatorio. Si el Juez an tiene

    67

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    68/155

    inquietudes al respecto, debe continuar laindagacin para aclarar el asunto. Unejemplo sera:

    Defensor: Doa Clarita, Usted ha habladocon el fiscal en preparacin paraeste juicio, verdad?

    CE: S, en varias ocasiones.

    Defensor: Y el le ha dicho qu debedeclarar, cierto?

    CE: De ninguna manera! El me hizo laspreguntas que hizo hoy y dijo quedebera de decir la verdad.

    Defensor: Ha hablado con el agente de laCTI tambin, no?

    CE: Si, en una ocasin.

    Defensor: Cundo?

    CE: Dos meses despus de que la vi sacandocosas del Hospital.

    Defensor: Qu le dijo?

    CE: Pues me dijo que Mara es mala personapor lo que haba hecho y que haba queparar estas cosas o se caa la reputacindel Hospital.

    68

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    69/155

    La otra forma de control es la denuncia porcualquier medio. En este caso el juez invocasus responsabilidades de control para ponerfin a la conducta mediante la imposicin de

    sanciones, ya que esto sera una claraviolacin de las responsabilidades de laspartes que va al meollo del proceso, laaveriguacin de la verdad objetiva parapoder resolver con base en ella. Es unintento de engao dirigido al mismojuzgador. En cuanto a procedimiento, sontemas que se deben ventilar en la audiencia

    preparatoria y que se deben elevar segn lasituacin en los primeros momentos decualquier caso, mediante advertencia porparte del juez. Ejemplo:

    Juez: Antes de levantar esta audiencia,quiero estar claro con todos que este juezno tolerar ninguna intervencin con los

    testigos, dirigida a intimidar o distorsionarsus testimonios, estamos de acuerdo?

    Fiscal: S Seor.

    Defensor: De acuerdo.

    El juez solo intervendr cuando haya noticias de

    conducta proscrita, ya que es l quien tiene laresponsabilidad de control de la gestin de laspartes dentro y fuera del juicio.

    5.2. El interrogatorio

    69

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    70/155

    El interrogatorio es el principal medio medianteel cual se incorpora la prueba al proceso, ya seadirecta, indiciaria o documental. Se realiza porel proponente del testigo. Si es prueba de

    cargo, por el fiscal, y si es de descargo, por eldefensor. Se dice que el juez sirve de arbitro encuanto a la ejecucin de esta fase crucial deljuicio (y los dems tambin). Esto es muy ciertocuando hay jurado de por medio, pues tiene queasegurar que las pruebas que les llegan no seanperjudiciales, ilegales, inconducentes oconfusas. Pero cuando el juez es el juzgador,

    debe jugar un rol ms activo y, quiz, menosestricto. Su tarea en este caso es asegurar laconducencia, la legalidad, la necesidad de laprueba y velar por la agilidad y economajudicial (desde luego sin violar los derechos delas partes). Hay que tener claridad acerca delos fines de estas diligencias: Es para que eljuez reciba la informacin necesaria para

    decidir!

    Hay algunas reglas de conducta dirigidas aasegurar que lo que aporta el testigo no seadistorsionado. Lo principal (despus de que seaconducente el contenido) es que las preguntashechas por el interrogador no sean sugestivas,es decir, preguntas que lleven dentro de s la

    versin de respuesta que quiere elinterrogador. La razn de esto es que eljuzgador necesita percibir el conocimiento y loshechos que aportara el testigo, no lo quepiensa o quiere aportar el interrogador.Preguntas sugestivas hechas de mala fe para

    70

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    71/155

    sacar algn supuesto de hecho que en realidades falso o cuando menos tergiversado,constituyen deslealtad y quien las hace debeser sancionado.

    La prohibicin en contra de las preguntassugestivas no es absoluta y dependen, en granmedida de la percepcin del juez. Puedepermitir preguntas sugestivas en la medida enque est convencido de que no estn mermandola espontaneidad y percepcin del testigo. Esdecir que, mediante la forma de LA pregunta, el

    interrogador no est sustituyendo su versinpor la versin del testigo, ni est tergiversando,intencionalmente o no, la memoria y percepcindel testigo. En el balance es mejor no permitireste tipo de interrogatorios.

    De todas maneras hay ciertas preguntassugestivas que el juez, en el inters de avanzar,

    debe permitir. Algunos ejemplos son:

    Para establecer asuntos preliminares comolos particulares del testigo y el fundamentopara la incorporacin de algn documento oevidencia fsica. Por ejemplo: Es Ustedagente del CTI, cierto? o Fue este elportapapeles que se registro en la escena

    de los hechos?

    Cuando la memoria del testigo esteagotada, siempre y cuando la pregunta sedirija estrictamente al tema.

    71

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    72/155

    Cuando el testigo sufre de algunaincapacidad como edad avanzada,inteligencia limitada, niez etc. En estoscasos el juez debe estar especialmente

    atento para frenar excesos que le quitan altestigo la palabra real.

    Cuando el testigo es hostil. Por ejemplocuando un amigo ntimo del acusado estllamado a declarar como testigo de cargo.

    Preguntas por parte del juez (el riesgo

    siendo la apariencia de parcialidad).

    Preguntas abiertas, las que solicitan unanarrativa de los hechos. Pueden hacerperder mucho tiempo ya que un testigo legono sabr necesariamente qu esconducente y qu no. Un ejemplo sera:Cuntenos Srta. Estrella, qu sabe de

    este caso? Cuando un abogado insiste enhacer este tipo de preguntas, una caucinde parte del juez sera oportuna (si la otraparte no objeta).

    De igual manera, las preguntas complejas, lasque contienen ms de una pregunta, las queson confusas y las repetidas, se deben prohibir.

    En cuanto a las situaciones especiales talescomo la incorporacin de documentos, memoriarefrescada, peritos etc., estos temas recibirntrato especfico en la Unidad 3. En todo caso eljuez debe permitir la utilizacin de cualquier

    72

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    73/155

    apoyo visual o de audio que sea conducente ytienda a esclarecer los hechos. De ah que no escuestin de admisibilidad, sino del valor que eljuez le adscribe posteriormente.

    5.2.1. Escenarios que requieren laintervencin del juez

    Interrogatorios inconclusos o confusos

    Fiscal: En cuanto a los efectos personales de lavictima, qu hizo el Seor?

    Juez: A qu Seor se refiere?

    Forma de la Pregunta

    Sugestivas

    Fiscal (a su testigo): La acusada estaba vestida

    de rojo, verdad?Defensor: Usted no tuvo ninguna intencin deobtener algn tipo de provecho de losefectos que llev, cierto?

    Capciosas (son las que implican fraude oengao18)

    Fiscal: Usted regres a su hogar despus decometer los hechos?

    Defensor: Objecin, es capciosa ya que tiendeuna trampa para mi defendida ,

    18 Manuel Ossorio,Diccionario de Ciencias Jurdicas, Polticas y Sociales, Ed. Helista, Buenos Aires 1981.

    73

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    74/155

    aprovechndose de su natural temor alfiscal, asume algo que no se ha probado,que ella cometi, algn hecho.

    Juez: Con lugar, abstngase de preguntascapciosas.

    Argumentativas

    Defensor: Pero es imposible que Usted hayapodido ver con tanta claridad lasacciones que acaba de describir!

    Fiscal: Objecin, est discutiendo con eltestigo!

    Juez: Con lugar. Sr. Defensor, su funcin no esdiscutir con los testigos. Si tiene ms preguntasproceda.

    5.3. El contrainterrogatorio

    Este procedimiento ocurre cuando la parteopuesta confronta a un testigo inmediatamentedespus de ser interrogado. A menudo es elepisodio ms dramtico de los juicios, ya que supropsito elemental es poner a prueba laverdad. Los propsitos del contrainterrogador

    son: sustraer informacin favorable al testigo ydesacreditar su testimonio directo.19

    El contra interrogatorio es una ayuda muyimportante en el proceso de decisin, ya que

    19 Goldstein and Lane, Goldsteins Trial Technique, Callaghan and Co. Mundelein Ill. 1969

    74

  • 7/31/2019 Manual Del Juez (Juicios Orales

    75/155

    posibilita al juez valorar y sopesar el testimonioa la luz de todas las circunstancias. Que tal si,por ejemplo, tomando el caso de Mara Vives, eltestigo Clarita Estrella, la nica que vio a la

    acusada sacar los efectos de la vctima delhospital, tambin ha peleado con la acusada yguarda rencor en su contra? Tendran el mismopeso sus declaraciones si no se supiera estefactor?

    La tarea del juez es augurar que elcontrainterrogatorio no se vuelva un ataque

    sobre del testigo. Este momento, por suemo