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PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES Contrato de Suministro Contratación Selección Abreviada – Subasta Inversa Presencial No. 57 de 2011 Código FBS 049 Versión 03 Fecha 2010-11-17 1. GENERALIDADES 1.1. OBJETO El INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO, está interesado en recibir propuestas para el Suministro e instalación de video proyectores en los campus del ITM, de conformidad con las especificaciones técnicas. 1.2. LEGISLACIÓN APLICABLE. A la presente contratación le son aplicables la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios y demás normas legales, vigentes y concordantes sobre la materia. 1.3. PRESUPUESTO OFICIAL El INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO ha estimado el presupuesto oficial para esta contratación de selección abreviada por subasta inversa en la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS ($52.916.680) Iva Incluido, respaldados en la disponibilidad presupuestal No. 588 de 2011, expedida por la Jefe del Departamento Financiero. Propuesta que supere el presupuesto oficial, quedará automáticamente eliminada, del proceso de selección. 1.4. PARTICIPANTES En esta contratación podrán participar individualmente, en consorcio o unión temporal todas las personas naturales o jurídicas consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes, que no tengan incompatibilidades o inhabilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes. 1.4.1. CALIDADES Las Personas Naturales que deseen participar deben poseer experiencia no inferior a un (1) año relacionada con el objeto de la presente contratación. Para poder contratar, las Personas Jurídicas, deberán haber sido constituidas antes de la fecha de apertura de la presente contratación, con una antelación no menor de un (1) año y acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, podrán constituirse como tales, antes del cierre de la contratación o fecha límite de recibo de propuestas y como mínimo por el tiempo de duración del contrato y un (1) año más y estarán sujetos a lo siguiente: El Representante Legal de la Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar la propuesta y firmar el contrato, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente, antes de la presentación de la propuesta.

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PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES Contrato de Suministro

Contratación Selección Abreviada – Subasta Inversa Presencial No. 57 de 2011

Código FBS 049

Versión 03

Fecha 2010-11-17

1. GENERALIDADES 1.1. OBJETO El INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO, está interesado en recibir propuestas para el Suministro e instalación de video proyectores en los campus del ITM, de conformidad con las especificaciones técnicas. 1.2. LEGISLACIÓN APLICABLE.

A la presente contratación le son aplicables la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios y demás normas legales, vigentes y concordantes sobre la materia. 1.3. PRESUPUESTO OFICIAL

El INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO ha estimado el presupuesto oficial para esta contratación de selección abreviada por subasta inversa en la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS ($52.916.680) Iva Incluido, respaldados en la disponibilidad presupuestal No. 588 de 2011, expedida por la Jefe del Departamento Financiero. Propuesta que supere el presupuesto oficial, quedará automáticamente eliminada, del proceso de selección. 1.4. PARTICIPANTES

En esta contratación podrán participar individualmente, en consorcio o unión temporal todas las personas naturales o jurídicas consideradas legalmente capaces en las disposiciones vigentes, que no tengan incompatibilidades o inhabilidades de que trata el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes. 1.4.1. CALIDADES

Las Personas Naturales que deseen participar deben poseer experiencia no inferior a un (1) año relacionada con el objeto de la presente contratación. Para poder contratar, las Personas Jurídicas, deberán haber sido constituidas antes de la fecha de apertura de la presente contratación, con una antelación no menor de un (1) año y acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, podrán constituirse como tales, antes del cierre de la contratación o fecha límite de recibo de propuestas y como mínimo por el tiempo de duración del contrato y un (1) año más y estarán sujetos a lo siguiente:

El Representante Legal de la Persona Jurídica, Consorcio o Unión Temporal, debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar la propuesta y firmar el contrato, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente, antes de la presentación de la propuesta.

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Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto, y en caso de no especificarse el porcentaje de participación se entenderá que se hace a través de consorcio.

Los miembros de consorcio o de la unión temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, su responsabilidad y el porcentaje de participación en el consorcio

1.4.2. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)

Para poder contratar, los proponentes deberán estar inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción. El Registro Único de proponentes presentado con la propuesta deberá estar actualizado y renovado, según las condiciones del artículo 6 del Decreto 1464 de 2010 con una expedición no superior a un (1) mes anterior a la fecha de cierre del proceso establecida en el Pliego de Condiciones. La clasificación en el RUP, deberá realizarse en cualquiera de los siguientes grupos:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

3 Proveedor 16

Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes, aparatos para la grabación o la reproducción de sonido, aparatos para la grabación o la reproducción de imágenes y sonido en televisión y las partes y accesorios de estos aparatos.

02

Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos para la grabación o la reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.

3 Proveedor 20 Mercancías y productos diversos. 03 Manufacturas diversas.

3 Proveedor 33 Sistemas de Información y Tecnología de Información.

01 Equipos de cómputo y procesamiento de datos

02 Equipos de comunicaciones.

Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal cada uno de los miembros deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP, de acuerdo con las condiciones antes señaladas. 1.5. CRONOGRAMA

La siguiente es la cronología del proceso a llevar por el Instituto Tecnológico Metropolitano:

FECHA Y HORA ACTIVIDADES LUGAR

Desde el 29 de junio hasta el 07 de julio de 2011

PUBLICIDAD PROYECTO DE PLIEGOS DE CONDICIONES

Portal Único de Contratación: www.contratos.gov.co y Página web: www.itm.edu.co

Desde el 29 de junio hasta el 07 de julio de 2011

PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

Correo electrónico: [email protected]

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11 de julio de 2011

APERTURA DE LA CONTRATACION Y PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO Y RESPUESTA A OBSERVACIONES

Portal Único de Contratación: www.contratos.gov.co y Página web: www.itm.edu.co

Desde el 12 de julio de 2011, desde las 8:00 horas y hasta las 12:00 horas y desde las 14:00 horas las 17:00 horas, hasta el día 22 de julio de 2011 desde las 8:00 horas y hasta las 11:00 horas, esta última fecha y hora de cierre de la presente contratación.

RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Archivo General calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín.

Hasta el 1° de agosto de 2011 EVALUACION DE PROPUESTAS REQUISITOS HABILITANTES

Oficina Asesoría Jurídica y Departamento Comercial

Desde el 03 hasta el 08 de agosto de 2011

PUBLICACION INFORME DE EVALUACION DE REQUISITOS HABILITANTES

Portal Único de Contratación: www.contratos.gov.co y Página web: www.itm.edu.co

10 de agosto de 2011 a las 15:00 horas.

AUDIENCIA SUBASTA INVERSA Calle 73 N° 76 A 354 Sala de reuniones Bloque A, tercer piso

10 de agosto de 2011 ADJUDICACION y PUBLICACION Portal Único de Contratación: www.contratos.gov.co y Página web: www.itm.edu.co

2. PROCEDIMIENTO 2.1. APERTURA La presente contratación se abrirá el día 11 de julio de 2011 a partir de esta fecha podrán ser consultados los pliegos de condiciones en la Secretaría General del ITM y estarán disponibles en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página web de la institución www.itm.edu.co Se reciben las observaciones frente a los pliegos y/o especificaciones técnicas hasta el día señalado en el cronograma, a partir de esa fecha, de ser necesario, se publicarán las observaciones respectivas para la elaboración final de la propuesta. 2.2. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA – Presentación de propuesta completa (Oferta inicial de precio y

documentación de requisitos habilitantes). La propuesta deberá entregarse en el Archivo General del Instituto Tecnológico Metropolitano bloque I primer piso en sobre cerrado, calle 73 Nº 76 A - 354 Medellín, en la fecha y horas dispuesta en el cronograma. Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones. El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo.

Las propuestas se conformarán por dos sobres que se presentarán cerrados, separados y marcados como Sobre No. 1 y Sobre No. 2 así:

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SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes, y deberá contener: Documentos habilitantes (que se entregarán en Original y Copia) de acuerdo con el numeral 5. SOBRE 2. Correspondiente a la Propuesta inicial de precio. Este sobre sólo será abierto al momento de la iniciación de la puja. 2.3. PÚBLICACIÓN PLIEGOS DE CONDICIONES

El proyecto de pliegos de condiciones se publicara en la fecha señalada en el cronograma, términos durante el cual los interesados podrán presentar sus observaciones al proyecto de pliegos conforme lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto 2474 de 2008 en la dirección de correo electrónico [email protected], los pliegos de condiciones definitivos se publicarán en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en el sitio web institucional www.itm.edu.co y podrán ser consultados a partir de la fecha de apertura según el cronograma propuesto, fecha a partir de la cual, conforme a lo prescrito por el Decreto 2474 de 2008 se entiende formalmente abierta la presente contratación. NOTA: La publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para el Instituto Tecnológico Metropolitano de dar apertura al proceso de selección. 3. CAUSALES DE RECHAZO O INADMISIBILIDAD DE PROPUESTAS

Las propuestas se eliminarán, sin que haya lugar a su evaluación, en cualquiera de los siguientes casos: a) Cuando el proponente esté incurso en alguna de las prohibiciones, causales de inhabilidad o incompatibilidad,

establecidas en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes. b) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente, o en oficina o lugar diferente a la indicada en estos

pliegos. c) Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial asignado para esta invitación o cuando efectuada

la corrección aritmética de la propuesta económica esta sobrepase el presupuesto oficial o cuando no coincida el valor de la oferta con el indicado en los demás documentos que conforman la oferta económica.

d) Cuando el plazo ofrecido por el proponente, supere el plazo oficial establecido en los pliegos de condiciones. e) Cuando el objeto social de la empresa no corresponda al objeto de la contratación. En el caso de Consorcios o

Uniones Temporales, la propuesta será eliminada si respecto de cada miembro, no se cumple con el objeto de la contratación.

f) Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal y no determinen los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la constitución de la misma.

g) Cuando existan varias propuestas presentadas por la misma persona, natural o jurídica, individualmente o formando parte de un consorcio o unión temporal.

h) Cuando para la preparación y presentación de la propuesta no se hayan tenido en cuenta las adendas, si a ello hubo lugar.

i) Cuando no se cotice uno o varios ítems del formulario de propuesta, o cuando se modifique una cantidad o unidad del mismo formulario.

j) Cuando no se cumpla con la totalidad de los requisitos de Verificación establecidos en los pliegos de condiciones.

k) Cuando no cumpla con alguno de los requisitos solicitados en el ítem "Participantes"

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l) Cuando la propuesta contenga defectos insubsanables, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 2474 de 2008.

m) Cuando el valor de la oferta se presente en moneda extranjera. El Instituto Tecnológico Metropolitano sólo admite ofertas en pesos colombianos.

n) Cuando el proponente no subsane los requisitos subsanables en el término otorgado para ello. o) Cuando el proponente no cumpla con la capacidad jurídica y técnica exigida en los pliegos. p) Cuando lo ofertado no cumpla la totalidad de las especificaciones técnicas mínimas exigidas en este pliego. q) Cuando no se presente la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta. r) Cuando se compruebe que la información suministrada es contradictoria o no corresponda en algún aspecto a la

verdad o sea artificiosamente incompleta. s) Cuando se presente la propuesta sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente

un condicionamiento para la Entidad. t) Cuando se presenten en forma incompleta o no cumplan con las disposiciones legales y las reglas del presente

Pliego de Condiciones, las aclaraciones y/o subsanaciones solicitadas. u) Cuando el registro en el SICE, como proveedor se haya llevado a cabo con posterioridad a la fecha de cierre del

presente proceso de selección. Nota Cuando la propuesta se presente fuera de la hora estipulada para el cierre de la contratación y apertura de Propuestas, será devuelta sin abrir al proponente.

4. PROPUESTA Los proponentes presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y una propuesta inicial de precio, la cual sólo será abierta al momento de inicio de la puja. El Instituto Tecnológico Metropolitano no asumirá ninguna responsabilidad por no tener en cuenta cualquier propuesta que haya sido incorrectamente entregada o identificada, o las propuestas que se pretendan entregar después de la hora señalada. Las propuestas se conformarán por dos sobres que se presentarán cerrados, separados y marcados como Sobre No. 1 y Sobre No. 2 así: SOBRE 1. Correspondiente a Documentación para verificación de requisitos habilitantes, y deberá contener: Documentos habilitantes (que se entregarán en Original y Copia) de acuerdo con el numeral 5. SOBRE 2. Correspondiente a la Propuesta inicial de precio. Este sobre sólo será abierto al momento de la iniciación de la puja. La información contenida en este sobre, deberá ser vertida en el formato N°2 (formulario de propuesta) establecido por el Instituto Nota: El Instituto Tecnológico Metropolitano no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos. En la propuesta no podrán señalarse condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en el presente documento; en caso de hacerlo, se generará el rechazo de la misma. No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones a la propuesta. Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma. No se aceptarán propuestas que sean entregadas en una oficina diferente a la indicada anteriormente, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas. Si de acuerdo con los pliegos de condiciones, las propuestas hubieren sido enviadas por correo, se entenderá por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de

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recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de las mismas que se haya fijado en los pliegos de condiciones. El ITM, no se responsabilizará de las propuestas enviadas por correo. 5. INFORMACIÓN PARA EVALUACIÓN DE LA OFERTA - REQUISITOS HABILITANTES

La propuesta debe venir acompañada de los documentos que se relacionan a continuación necesarios para la verificación jurídica, técnica y económica. 5.1. DOCUMENTOS DE CARÁCTER LEGAL 5.1.1. Carta de Presentación Si el proponente es una persona jurídica, la carta de presentación deberá ser firmada por su representante legal quien debe estar debidamente facultado, indicando al pie de la firma el nombre, cargo y documento de identidad. En el caso de consorcios o uniones temporales, deberá estar firmada por el representante designado. El contenido de la carta de presentación, corresponderá con el texto del modelo que se anexa (Formato 1 – Carta de presentación de la propuesta presentada). 5.1.2. Certificado de Existencia y Representación Legal El proponente deberá presentar con su propuesta, el certificado sobre su existencia y representación legal cuando se trate de persona jurídica. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar su respectivo certificado. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de cierre de la contratación. 5.1.3. Autorización de la Junta o Asamblea de Socios Cuando el Representante Legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, en razón a la cuantía, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano competente de la sociedad, de acuerdo con el certificado de existencia y representación legal, o el documento donde acredite su autorización para participar en la contratación, firmar la propuesta y suscribir el contrato en el evento de salir favorecido. Esta observación también es válida para los miembros del consorcio o unión temporal. 5.1.4. Certificado de Registro Mercantil Las personas naturales deberán presentar su certificado de registro mercantil. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre de la contratación. 5.1.5. Certificado de registro en el SICE El proveedor deberá suministrar certificado de constancia de estar inscrito en el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE.

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Para los ítems con código CUBS se deberá suministrar el número de certificado de registro de precio de referencia y, 0para aquellos ítems con código a nivel de subclase y grupo se debe suministrar el certificado temporal. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá cumplir con este requisito. 5.1.6. Relación de Multas o Sanciones del Proponente El proponente deberá diligenciar y firmar el formato establecido por el Instituto, formato N° 3 (Multas o Sanciones), donde se indicarán las multas y las sanciones que le hayan sido ejecutoriadas durante los últimos dos (2) años por incumplimiento en el desarrollo de otros contratos, contados a partir de la apertura de la presente contratación. Este documento es indispensable aportarlo, así el proponente no registre multas y sanciones. 5.1.7. Certificación de pago de los aportes a sus empleados Deberá certificarse que está a paz y salvo en el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con la Ley, de la siguiente manera: Para personas jurídicas: Expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley. Por el Representante Legal, cuando de conformidad con la Ley no requiera Revisor Fiscal. La certificación requerida deberá tener una expedición no superior a un (1) mes y en todo caso deberá suscribirse por la Revisoría fiscal, cuando se cuente con ella, aun sin estar obligado por la Ley. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva certificación. Para personas naturales: Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente. 5.1.8. Documento de conformación del consorcio o unión temporal Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, se debe anexar el documento suscrito por sus integrantes, en el cual se demuestre el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, tales como:

Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Designar para todos los efectos el representante del Consorcio o la Unión Temporal. Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o la Unión

Temporal y sus respectivas responsabilidades. Señalar en forma clara y precisa, en el caso de la Unión Temporal, los términos y extensión de la

participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Instituto.

Señalar la duración del Consorcio o la Unión Temporal, la cual no podrá ser inferior a la duración del

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contrato y un año más. Si los miembros del Consorcio o la Unión Temporal o alguno de ellos, es persona jurídica, debe

adjuntar a la propuesta el certificado de existencia y representación legal, atendiendo lo exigido para estos documentos en el presente pliego de condiciones.

5.1.9. Registro Único de Proponentes (R.U.P.) Los proponentes deberán presentar el certificado de registro único de proponentes con su correspondiente clasificación y calificación, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.4.2. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a un (1) mes, contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección. El proponente deberá diligenciar y firmar el formato establecido por el Instituto, formato N°6 (RUP) 5.1.10. Garantía de seriedad de la propuesta

El proponente, deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en póliza de seguro, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o deposito de dinero en garantía, con los requisitos exigidos a continuación: Expedición de la Garantía: La Garantía de Seriedad podrá ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por entidades bancarias legalmente establecidas en Colombia y deberá ser expedida con fecha anterior a la presentación de la oferta. Beneficiario de la Garantía: La Garantía de Seriedad debe estar debidamente firmada y establecer como beneficiario al Instituto Tecnológico Metropolitano, y al proponente como tomador y afianzado de la misma. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Monto de la Garantía: El valor de la garantía será del valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial estimado para la presente contratación, incluido el impuesto al valor agregado IVA, si se causa. Vigencia de la Garantía: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia de Tres (3) meses, que como mínimo, cubra desde la fecha y hora del cierre del presente proceso y hasta la aprobación de la garantía que ampara los riegos propios de la etapa contractual. El Proponente deberá ampliar la vigencia de la póliza en el caso de presentarse prórrogas en los plazos de la Selección, de la adjudicación, o de la suscripción del contrato según sea el caso, no cubiertas con la vigencia inicial. La no aceptación de prorrogar la garantía por el término señalado, o el no hacerlo oportunamente, es signo evidente de la voluntad de abandonar el proceso y en consecuencia se rechazará la propuesta. Recibo de pago de la garantía: Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de la prima o su constancia de que no expira por falta de pago. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.

5.1.11 Registro Único Tributario Los proponentes deberán presentar el Certificado de Registro Único Tributario. Para los Consorcios y/o Uniones Temporales, deberá presentarse el correspondiente a cada uno de sus integrantes.

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5.1.12 Certificación de Responsabilidad Fiscal Quien aspira a contratar con el ITM no podrá estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales, como consecuencia debe disponerse de la constancia de la Contraloría que de cuenta de dicha situación, tanto para la persona jurídica como para su representante legal y la persona natural. Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente la anterior certificación y los documentos que acrediten la cancelación de las obligaciones contraídas o la vigencia de un acuerdo de pagos. Para obtener dicha constancia deberá consultar la página www.contraloriagen.gov.co 5.1.13 Certificado de Antecedentes Disciplinarios El proponente deberá aportar el certificado de antecedentes disciplinarios de la persona jurídica y el Representante Legal o de la persona natural, con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de entrega de documentos habilitantes. Para obtener dicha constancia deberá consultar la página www.procuraduria.gov.co 5.1.15 Fotocopia de la Cédula. Deberá aportarse fotocopia de la cédula para la persona natural y del representante legal para las personas jurídicas. 5.2. DOCUMENTOS DE CONTENIDO FINANCIERO OBJETO DE VERIFICACIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN 5.2.1. Capacidad Financiera. La verificación de este requisito se establecerá a partir del análisis de los siguientes indicadores financieros, los cuales se calcularán, con base en la información suministrada por el proponente en el certificado de registro único de proponentes, verificada por la Cámara de Comercio, para lo cual deberá contar el R.U.P. renovado a la fecha de presentación de la propuesta. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal, expresada en miles de pesos. La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la verificación de los siguientes factores: 5.2.1.1. Índice de Liquidez. Se calcula con la siguiente fórmula: IL = Activo Corriente / Pasivo Corriente Indica la capacidad de la empresa para cubrir pasivos a corto plazo. Por cada peso que tiene que cubrir en el corto plazo (pasivo corriente), con cuánto cuenta para cubrirlo (activo corriente). Para poder participar el proponente deberá tener un Índice de Liquidez igual o superior a uno (1.5). Para consorcios o uniones temporales, la calificación por Índice de Liquidez se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo.

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NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana. 5.2.1.2. Índice de Endeudamiento. Se calcula con la siguiente fórmula: IE = Pasivo Total / Activo Total. Indica el grado de apalancamiento que corresponde a la participación de los acreedores en los activos de la empresa. Mientras más alto sea este índice, mayor será el apalancamiento financiero de la empresa. El proponente deberá contar con un Índice de Endeudamiento igual o inferior al Sesenta por ciento (60%). Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, la calificación por Índice de Endeudamiento se obtendrá para cada uno de sus integrantes, debiendo cada uno cumplir con el requisito mínimo. NOTA: En el caso de decimales en el valor consolidado final del criterio, el valor obtenido se aproximará por exceso o por defecto a la unidad entera más cercana. Así las cosas, cuando el primer decimal sea inferior o igual a 5, se reducirá a la unidad entera más cercana y si el primer decimal es superior a 5, se incrementará a la unidad entera más cercana. 5.2.1.3. Patrimonio. Patrimonio = Activo total - Pasivo total Representa la solidez económica de la empresa. Para participar se requiere que el proponente tenga un capital de trabajo igual o superior al 20% del presupuesto oficial del presente proceso de selección, según la información financiera reportada en el Registro Único de Proponentes. 5.2.2 Capacidad de contratación. El proponente deberá acreditar que a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso, tiene una capacidad de contratación (K) igual o superior a 392 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) como Proveedor. Para Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación la capacidad de contratación (K) exigida, será la suma de las capacidades de cada uno de sus integrantes, proporcional a su porcentaje de participación en el mismo. Para verificar el cumplimiento de este requisito, el proponente deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP, expedido con una antelación no mayor un mes, previo a la fecha de cierre de la Selección Abreviada. 5.2.3 Capacidad residual de contratación. El proponente deberá acreditar que a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas del presente proceso, tiene una capacidad residual de Contratación (Kr) igual o superior a 236 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Para determinar el Kr se tomara la sumatoria de las capacidades de contratación que tenga el proponente y se procederá a restar la totalidad de los contratos en ejecución reportados en el RUP y en el Formato 8 Contratos en ejecución.

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Para Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación la capacidad residual de contratación (Kr) exigida, será la suma del kr de cada uno de sus integrantes, proporcional a su porcentaje de participación en el mismo. Para el cálculo del Kr se tendrá en cuenta la siguiente información del Formato No.8 y del RUP: a) El saldo, a la fecha de cierre de la Selección Abreviada, del valor total de los contratos en ejecución o

suspendidos, incluidas las adiciones. En el caso de contratos en Consorcio o Unión Temporal, se informará únicamente el valor que corresponde al proponente, según su porcentaje de participación en los mismos.

b) El valor total de los contratos adjudicados y que aún no tienen orden de iniciación. En el caso de contratos en Consorcio o Unión Temporal, se informará únicamente el valor que corresponde al proponente, según su porcentaje de participación en los mismos.

El Kr del proponente, sea persona natural o jurídica, y de cada uno de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, se determinará con la siguiente fórmula: Kr = Ki – Kc Donde, Kr = Capacidad residual de contratación, a la fecha de cierre de la Selección Abreviada, en SMMLV. Ki = Capacidad de contratación inscrita como “Proveedor”, según el Certificado de Inscripción en el RUP, en SMMLV. Kc = Capacidad de contratación comprometida, que corresponde a la sumatoria de los valores obtenidos en los literales a) y b), expresada en SMMLV. Los proponentes que no cumplan con los requisitos y capacidades mínimas arriba anotados en relación con el Registro Único de Proponentes (R.U.P.), se entenderán no habilitados en el proceso. 5.2.3.1 Relación de Contratos en ejecución. Formato 8. Para efectos de determinar la capacidad residual de contratación del proponente, se deberá diligenciar el Formato No. 8 en el cual se relaciona el listado de contratos en ejecución. 5.3 DOCUMENTOS DE CONTENIDO ECONÓMICO, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO 5.3.1 Listado de clientes

Será de estricto cumplimiento por todos los proponentes la entrega de una lista de clientes con trabajos similares al objeto de esta invitación. 5.3.2 Experiencia Específica del proponente Los proponentes deberán acreditar experiencia en contratos en ejecución o ejecutados en los últimos tres (3) años contados a partir de la fecha de cierre de esta contratación, cuyo objeto corresponda al de la presente contratación. La(s) certificación(es) deberá(n) indicar con claridad los siguientes aspectos:

Nombre de la entidad contratante

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Objeto del contrato

Vigencia de los contratos indicando fecha de iniciación y terminación (últimos tres (3) años)

Valor total del contrato (con sus adiciones, si las hay)

Indicación de la Cobertura del Servicio (nombre de cada una de las ciudades en las cuales se prestó el servicio)

Dirección y Teléfonos de LA ENTIDAD o empresa contratante

Indicación del cumplimiento, calidad, tipo de trabajo, cumplimiento, asesoría, servicio

Calificación dada al servicio prestado por el contratista que debe haber sido excelente, buena, satisfactoria o expresiones positivas similares.

Se verificará la experiencia especifica relacionada por el proponente (Tiempo y cuantía de contratos), quien deberá acreditarla mediante la presentación de certificaciones de contratos celebrados con entidades públicas o privadas que se encuentren vigentes o ejecutados, cuyo valor de la suma de las tres (3) primeras certificaciones sea igual o superior al 100% del presupuesto oficial establecido para esta contratación, indicando su objeto, valor y plazo de ejecución. En el evento de que la certificación sea expedida por personas de derecho privado, naturales o jurídicas, el proponente deberá anexar a la misma, copia del respectivo contrato o factura cambiaria. Para contratos ejecutados o en ejecución, en consorcio o unión temporal, la certificación debe indicar claramente el porcentaje de participación; sin este requisito No se tomará en cuenta como experiencia. En ningún caso se tendrán en cuenta los subcontratos. Cuando el contrato haya sido desarrollado por un Consorcio o Unión Temporal, la certificación deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de ellos, pero bastará con que uno de sus integrantes sea NO ADMISIBLE para que el Consorcio o la Unión Temporal también lo sea.En caso contrario se calificará ADMISIBLE. 5.3.3 Verificación de Especificaciones Técnicas El proponente deberá aportar en el sobre N°1 la ficha técnica de las especificaciones de lo ofertado, debidamente firmada, de acuerdo con lo establecido en el formato N° 5 de los pliegos de condiciones. 5.4 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS

El Instituto Tecnológico Metropolitano verificará el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y los establecidos en el Decreto 2474 de 2008 y los contenidos en los presentes pliegos de condiciones, así: 5.4.1 Experiencia

Se verificará a partir de la información que suministre el proponente con sus respectivas certificaciones y el RUP. 5.4.2 Cumplimiento

Se verificará de acuerdo con la información que presente el proponente en el cuadro anexo y en el RUP, sobre las multas y/o sanciones que le hubieren sido ejecutoriadas, dentro de los dos (2) últimos años contados a partir del día, mes y año de cierre del presente proceso de selección.

Por declaratoria de incumplimiento (DECLARATORIA DE CADUCIDAD) debidamente ejecutoriada dentro de los DOS (2) últimos años se le asignará la calificación de NO ADMISIBLE a la propuesta.

Para el caso de consorcios o uniones temporales, se procederá según los criterios anteriores, pero bastará con que

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uno de sus integrantes sea NO ADMISIBLE para que el consorcio o la unión temporal también lo sea. En caso contrario se calificará ADMISIBLE. 5.4.3 Verificación Técnica Se verificará los elementos cotizados y aportados para la verificación en el sub numeral 5.3.3. 6 ESPECIFICACIONES TECNICAS Las especificaciones técnicas mínimas pueden ser consultadas en los Estudios Previos del Proceso de Contratación o en la ficha técnicas de especificaciones, formato N°5 (FICHA TECNICA DE ESPECIFICACIONES). 7 SUBASTA INVERSA PRESENCIAL – METODOLOGÍA

Subasta Inversa Presencial. Se entiende como la puja dinámica efectuada presencialmente, mediante la reducción sucesiva de precios durante un tiempo determinado, de conformidad con las reglas previstas en el presente pliego de condiciones y el decreto 2474 de 2008.

7.1 AUDIENCIA DE SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Y DE ADJUDICACION Los proponentes habilitados deberán presentarse en el sitio lugar y hora indicados en el cronograma del pliego de condiciones para dar inicio a la subasta inversa presencial.

7.2 PROCEDIMIENTO Antes de dar inicio al certamen se pondrá a disposición de los participantes el acta de asistencia que una vez suscrita por los proponentes implicará el inicio del certamen. Antes del inicio de cada lance se les distribuirán sobres y formularios a cada proponente para la presentación de sus lances. En dichos formularios se deberá consignar únicamente el precio ofertado por el proponente o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precios.

Un funcionario del Departamento Comercial, abrirá los sobres con las ofertas iniciales de precio y comunicará a los participantes en la audiencia cuál fue la menor de ellas.

La entidad otorgará a los proponentes un término tres minutos (3) para hacer un lance válido que mejore la menor de las ofertas iniciales de precio.

Los proponentes harán su lance utilizando los sobres y los formularios suministrados.

Un funcionario del Departamento Comercial, recogerá los sobres cerrados de todos los participantes.

El funcionario designado registrará los lances válidos y los ordenará descendentemente. Con base en este orden, dará a conocer únicamente el menor precio ofertado.

Los proponentes que no presentaron un lance válido no podrán seguir presentándolos durante la subasta.

La entidad repetirá el procedimiento descrito en los anteriores literales, en tantas rondas como sea necesario, hasta que no se reciba ningún lance que mejore el menor precio ofertado en la ronda anterior.

En caso de existir empate, se adjudicará el contrato al que presentó la menor propuesta inicial, De persistir el empate, se desempatará por medio de sorteo”, por tirilla al que saque el mayor número.

Conocido el mejor precio ofertado, el Instituto hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes y procederá a la adjudicación del contrato mediante acto administrativo, el cual quedará notificado por estrados.

Para constancia del desarrollo del certamen, se levantará un acta, la cual será firmada por todos los intervinientes.

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Nota: Para los efectos en la audiencia, una ronda empieza desde el momento en que se reciben simultáneamente los lances en sobre cerrado y termina cuando se da a conocer el menor precio ponderado ofertado.

7.2.1 Comunicación entre proponentes y acompañantes El proponente autorizado para realizar la subasta inversa será el representante legal o su delegado, debidamente autorizado por escrito y conforme lo señala la Ley.

7.2.2 Errores en el diligenciamiento del formulario de la propuesta de precio En caso de presentarse cifras ilegibles o lances por estar por debajo del margen mínimo establecido, de conformidad con el art. 24 del Decreto 2474 de 2008; no será válido y el oferente no podrá seguir presentando lances durante la subasta, solo se le tendrá en cuenta el primer lance, solo si este es legible. Si el proponente presenta el formulario en blanco, o un sobre sin formulario o cualquier notación adicional, anulará el lance, lo cual implicará la no presentación de un lance y no podrá seguir haciendo lances durante la subasta. Se le tendrá en cuenta el lance inmediatamente anterior.

7.2.3 Lances sin mejora de precios En caso de que el proponente no haga ningún lance de mejora de precios, deberá consignarlo expresa e inequívocamente en formulario de propuesta de precio, en el campo destinado para el efecto y no podrá seguir haciendo lances durante la subasta. Por lo tanto, se considerará válido el primer lance.

7.2.4 Oferta con valor artificialmente bajo Cuando de conformidad con la información a su alcance, el Instituto estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Oídas las explicaciones, el comité evaluador recomendará al Representante Legal o su delegado, el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso. Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso que se adjudique el contrato a dicho proponente. Cuando en el desarrollo de la subasta inversa presencial, se presente la situación descrita anteriormente, se suspenderá el certamen, dejando constancia del hecho mediante un acta, el cual será reanudado después de la verificación.

7.2.5 Precio de la puja Dentro del procedimiento para realizar la subasta inversa presencial, el certamen se hará mediante una puja dinámica efectuada presencialmente en donde el precio de puja será el valor total de la propuesta antes de IVA. Abierto los sobres con las propuestas iníciales de precio en el certamen de la subasta, el Instituto verificará y realizará las correcciones de errores aritméticos si hay lugar a ello y dará a conocer el menor precio ofrecido en las ofertas iníciales de precio antes de IVA.

Con el fin de garantizar el principio de igualdad, el valor de las ofertas iniciales de precio se dará a conocer sin el Impuesto a las Ventas (IVA), las cuales no podrán superar el valor del presupuesto oficial con el IVA incluido, so pena

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de ser eliminadas del proceso de selección.

7.3 MARGEN MINIMO DE MEJORA DE OFERTAS Se determina como margen mínimo de mejora 3% sobre el valor de la menor de las ofertas iniciales de precio, verificada al momento de la apertura de las propuestas económicas. En consecuencia, sólo serán válidos los lances que estén en el margen o lo superen, el cual se mantendrá fijo durante los diferentes lances realizados en la subasta, salvo que se trate del primer lance de cada proponente, el cual es libre y será tenido cuenta aunque no haya lances posteriores a éste. 8 CRITERIO DE CALIFICACIÓN

El único criterio de calificación será el menor precio consolidado. 9 CONDICIONES ECONÓMICAS

9.1 Forma de pago Se hará un único pago a 30 días, previo recibo a satisfacción de la entrega de los productos objeto del contrato y presentación de la factura y adjuntando el comprobante de pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal. No habrá lugar a anticipos. El ITM tomará como base de liquidación los valores unitarios cotizados. De presentarse diferencia en los valores totales, se tomará el menor precio, sin derecho a reclamo por el proponente. Si hubiere lugar a otros pagos, los proponentes deberán consignarlos en su oferta, indicando claramente el concepto, valor y forma que propone. En tal caso, dicho costo será tenido en cuenta en la evaluación económica de la propuesta y será consignado en el contrato respectivo, si resultase favorecido. Así mismo, se elaborará la orden de pago teniendo en cuenta las retenciones de ley. Igualmente debe tener presente que el pago final se realizará una vez que el ITM expida un acta de recibo a satisfacción de los trabajos realizados. El ITM podrá retener total o parcialmente cualquiera de los pagos pendientes a favor del Contratista, hasta donde sea necesario, para protegerse de pérdidas debidas a trabajos defectuosos no corregidos, a garantías no cumplidas, al pago de multas, pleitos, acciones legales o perjuicios imputables al Contratista. Cuando el motivo que originó la retención sea subsanado por el Contratista, El ITM hará la devolución de los pagos retenidos.

9.2 Duración del contrato Será de un (1) mes, contado a partir de la legalización del contrato entendido este con la aprobación de las garantías por parte de la Oficina Asesoría Jurídica, así como de la suscripción de la respectiva acta de inicio. 10 CONTRATACIÓN El Instituto Tecnológico Metropolitano celebrará con el proponente o favorecido en la presente invitación, el contrato para la ejecución del objeto de la invitación, fundamentándose en la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 sus decretos reglamentarios y pliegos de condiciones.

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10.1 Documentos para la suscripción y legalización del contrato El proponente favorecido con la adjudicación, deberá presentar para la suscripción y legalización del contrato los siguientes documentos:

Copia del documento de identificación personal del Representante Legal o persona natural.

Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio

Garantías exigidas: Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.3, en el Decreto 4828 de 2008 y en el Decreto 2493 de 2009.

Publicación en Gaceta Municipal.

Certificado de paz y salvo de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y de Aportes Parafiscales expedido por el Revisor Fiscal y en su defecto por el Representante Legal.

Fotocopia del registro único tributario (RUT), en caso de Consorcio o Uniones Temporales deberán traer el RUT consorcial

10.2 Domicilio del contrato De conformidad con las normas legales colombianas, el lugar del cumplimiento de los contratos que se llegaren a celebrar, es la ciudad de Medellín, por lo tanto, todas las actividades judiciales a que hubiere lugar, deberán adelantarse en esta ciudad. 10.3 Garantía El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 4828 del 2008 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así:

De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y Seis (6) meses más.

De calidad del bien o suministro: Cubrirá al ITM por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la mala calidad del servicio prestado de acuerdo con las obligaciones del contrato, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más.

La garantía se constituirá en la misma moneda del contrato. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta del contratista, así como el de las ampliaciones a que haya lugar. El contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante y/o terceros afectados De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el contratista deberá ampliar el valor de la

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garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. El incumplimiento de la obligación del contratista de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al ITM para declarar la caducidad del contrato. La garantía deberá acompañarse del correspondiente recibo de pago, estar firmada por el contratista, deberá ser constituida en forma tal que cubra única y exclusivamente los riesgos contemplados para la ejecución del contrato. La garantía deberá estar vigente durante toda la vida del contrato, su liquidación, y la prolongación de sus efectos. Tratándose de póliza no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. 10.4 Estimación, tipificación y asignación de Riesgos Atendiendo a lo previsto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, y lo pretendido por las partes es suscribir un contrato de suministro, se observa que los riesgos que se pueden presentar son los siguientes.

Contratos de suministro de bienes

X Mala calidad del bien

X Retrasos o faltas

X Problemas de embalaje

X Tasa de cambio

X Obsolescencia tecnológica

X Hurtos, terrorismo

No obstante lo anterior el pago se realizará una vez el proveedor seleccionado entregue los bienes a entera satisfacción. Para garantizar los anteriores riesgos, el contratista deberá suscribir garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, de acuerdo al numeral 10.3. del pliego de condiciones. 10.5 Plazo para la firma El ITM dispondrá hasta de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación de adjudicación para elaborar y entregar el respectivo contrato al proponente favorecido, quien dispondrá de cinco (5) días hábiles para devolverlo firmado, acompañado de los documentos exigidos, so pena de hacerse acreedor a la sanción establecida en el art. 30 numeral 12, ley 80/93 11 DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 11.1 Plazo para la adjudicación El Instituto adjudicará el presente contrato mediante acto administrativo, el cual se notificará por estrados en el momento de la culminación de la audiencia de subasta inversa presencial. 11.2 Competencia para la adjudicación Corresponde adjudicar el presente proceso al Representante Legal o a su delegado de conformidad con las normas de delegación vigentes. 12 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO El contrato celebrado con el proponente favorecido, será objeto de liquidación de conformidad con la ley 80 de 1993, la ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes.

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13 DECLARATORIA DE DESIERTA La declaratoria de desierta de la contratación, únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará mediante acto administrativo en el que se señalaran en forma expresa. 14 VEEDURÍAS CIUDADANAS En cumplimiento de lo establecido en la Ley 850 de 2003, las veedurías ciudadanas podrán ejercer control social sobre la presente contratación. 15 INTERVENTORÍA Una vez adjudicado el contrato, el Instituto Tecnológico Metropolitano, designará un interventor para el mismo, quien tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad de los productos y/o servicios ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto. El Interventor ejercerá funciones de supervisión y vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato. (SEÑOR PROPONENTE RECUERDE DILIGENCIAR Y ANEXAR A LA PROPUESTA, LOS SIGUIENTES FORMATOS ANEXOS)

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FORMATO Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN

SEÑORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN El suscrito _______________________________ en nombre de________________________________ como únicos interesados en la propuesta, declaramos que no tenemos intereses patrimoniales en otra persona natural o jurídica participante en esta contratación y ninguno de los socios y empleados de nuestra firma ha tomado parte en la elaboración de la oferta que para contratación haya presentado otra persona natural o jurídica. Declaramos que nuestro representante legal no ostenta igual condición en entidad o entidades que participen en el presente concurso, diferente a la nuestra. Declaramos igualmente que no nos estemos incursos en las prohibiciones mencionadas en los pliegos de condiciones definitivos y que al presentar la propuesta estamos afirmando bajo la gravedad del juramento, que tampoco estamos comprendidos en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagrados en los artículos 8, 9, 10 y 58 ordinal 6 del Estatuto General de Contratación de la Administración Publica (Ley 80 de 1993 y sus Decretos Reglamentarios), el cual conocemos y acatamos. Bajo la gravedad del juramento declaramos que no nos encontramos cobijados por ninguna inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Instituto Tecnológico Metropolitano. Desde ahora manifestamos que el hecho de incurrir en alguna de la causales anteriores o en otra u otras de similar calidad, ética o moral, a juicio del Instituto Tecnológico Metropolitano, tiene la virtualidad suficiente para que se disponga la inmediata descalificación de nuestra propuesta, Igualmente manifestamos que conocemos los pliegos de condiciones definitivos y especificaciones y que estamos de acuerdo con su contenido, que lo hemos estudiado, al igual que las demás adiciones entregadas y que aceptamos todo lo que ellos contienen en relación con esta contratación. Proponente: _______________________________________________________________ Dirección: _______________________ Teléfono: _____________ Fax: _______________ Representante Legal del proponente: ___________________________________________ Dirección: _____________________________ Teléfono: __________________________ Nombre del Representante Legal: _____________________________________________ Documento de identificación:_________________________________________________ Nombre de contacto:__________________________ Teléfono contacto_______________ E-mail contacto:____________________________________________________________ _____________________________ ____________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL C.C. o NIT O PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

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FORMATO Nº 2 FORMULARIO DE PROPUESTA

SEÑORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLÍN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA _______ DE 2011

ARTICULO ESPECIFICACIONES TECNICAS CANT VALOR

UNITARIO SIN IVA

% DE IVA

VALOR DEL IVA

VALOR UNITARIO

IVA INCLUIDO

VALOR TOTAL

ANTES DE IVA

Video proyector

Lámpara 180 W o superior DC, Duración de la lámpara [horas] 3500 (5000 modo Económico), Ratio de contraste 2000:1, Distancia de proyección [metros] 1,2 – 13, Factor de proyección 1,95 – 2,15 : 1, Resoluciones soportadas mínimas: 1920 x 1080; 1600 x 1200; 1400 x 1050; 1280 x 1024; 1280 x 960; 1280 x 720; 1024 x 768; 832 x 624; 800 x 600; 640 x 480;Video Entrada: 1 x RCA; Audio Entrada: 1 x Jack de 3,5 mm; Control por PC Entrada: 1 x D-Sub de 9 pines (RS-232) (macho);LAN 1 x RJ45; Función de encendido rápido / apagado rápido; Inicio automático; Lámpara de Larga Vida; Plug&Play; Temporizador de apagado; Control de modo de lámpara; Control por ratón y función de presentación (avanzar / retroceder);Alimentación 100-240 V AC; 50 - 60 Hz; Mando a distancia por infrarrojo (control remoto); Cable de señales; Cable de red; 2500 Lúmenes ANSI; Control y manejo por red y RS-232; 3 años de Garantía. Guaya de seguridad; Garantía de la Lámpara un año o 500 horas; Soporte y mantenimiento por 12 meses sin costo adicional. Incluye dos mantenimientos preventivos cada 6 meses en sitio.

20

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Instalación de video proyector

Soporte universal importado con guaya de seguridad

Cable VGA importado de extensión de alta resolución.

Cable de poder encauchetado

Caja Wall Plate.

Accesorios de instalación.

Mano de obra de instalación y puesta a punto

20

VALOR TOTAL ANTES DE IVA (a)

VALOR DEL IVA

VALOR TOTAL IVA INCLUIDO

__________________________ _________________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O CC. o NIT PERSONA NATURAL (a) Este será el valor tenido en cuenta para las ofertas iniciales de precio al momento de la apertura de las propuestas económicas, pero en todo caso el valor total con IVA incluido, no podrá superar el valor del presupuesto oficial. Nota: El precio o precios ofertados deberán incluir todos los costos relacionados con legalización, impuestos, administración, variaciones monetarias, derechos laborales y prestaciones sociales, pérdidas, y corresponderá dentro del área comercial del oferente cerciorarse y calcular todas estas variables, por lo tanto el ITM no será responsable por reclamaciones que tengan como causa los elementos antes descritos. (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta en sobre aparte).

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FORMATO Nº 3 MULTAS O SANCIONES

SENORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA _______ DE 2011

Nº CONTRATO RESOLUCIÓN

MULTA

FECHA DE EJECUTORIADA LA

MULTA

RESOLUCIÓN SANCIÓN

FECHA DE EJECUTORIADA LA

SANCIÓN

_______________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT _________________________________ FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

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FORMATO N° 4 RELACION DE EXPERIENCIA ESPECIFICA

SEÑORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA _______ DE 2011

EXPERIENCIA ESPECIFICA

No. NOMBRE DE LA

ENTIDAD O EMPRESA CONTRATANTE

CERTIFICACION (Señale sí la

entidad que la otorga es Pública o

Privada)

CONTRATO No.

FACTURA No.

OBJETO VALOR

__________________________ _________________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O CC. o NIT. PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

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FORMATO Nº 5

FECHA Junio de 2011 DEPENDENCIA Departamento De Sistemas

OBJETO Suministro e instalación de video proyectores en los campus del ITM, de conformidad con las especificaciones técnicas.

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Los proponentes deberán anexar en el sobre N.1 el siguiente formato, con el fin de verificar las condiciones técnicas de lo ofrecido, además deberán anexar el manual del bien ofrecido, con el fin de verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas descritas.

CANT. ARTICULO ESPECIFICACIONES TECNICAS

20 Video proyector

Lámpara 180 W o superior DC, Duración de la lámpara [horas] 3500 (5000 modo Económico), Ratio de contraste 2000:1, Distancia de proyección [metros] 1,2 – 13, Factor de proyección 1,95 – 2,15 : 1, Resoluciones soportadas mínimas: 1920 x 1080; 1600 x 1200; 1400 x 1050; 1280 x 1024; 1280 x 960; 1280 x 720; 1024 x 768; 832 x 624; 800 x 600; 640 x 480;Video Entrada: 1 x RCA; Audio Entrada: 1 x Jack de 3,5 mm; Control por PC Entrada: 1 x D-Sub de 9 pines (RS-232) (macho);LAN 1 x RJ45; Función de encendido rápido / apagado rápido; Inicio automático; Lámpara de Larga Vida; Plug&Play; Temporizador de apagado; Control de modo de lámpara; Control por ratón y función de presentación (avanzar / retroceder);Alimentación 100-240 V AC; 50 - 60 Hz; Mando a distancia por infrarrojo (control remoto); Cable de señales; Cable de red; 2500 Lúmenes ANSI; Control y manejo por red y RS-232; 3 años de Garantía. Guaya de seguridad; Garantía de la Lámpara un año o 500 horas; Soporte y mantenimiento por 12 meses sin costo adicional. Incluye dos mantenimientos preventivos cada 6 meses en sitio.

20 Instalación de video proyector

Soporte universal importado con guaya de seguridad

Cable VGA importado de extensión de alta resolución

Cable de poder encauchetado

Caja Wall Plate

Accesorios de instalación.

Mano de obra de instalación y puesta a punto

__________________________ ____________________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O CC. o NIT. PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

FICHA TECNICA DE ESPECIFICACIONES PARA PROCESOS DE SUBASTA INVERSA

Código FBS 047

Versión 01

Fecha 2009-10-23

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FORMATO Nº 6 RUP

SENORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA _______ DE 2011

PROPONENTE N° DE INSCRIPCIÓN EN

LA CÁMARA DE COMERCIO

CLASIFICACIÓN (Código de clasificación del presente proceso de acuerdo con los

decretos 4881 de 2008 y 1464 de 2010) NIT NOMBRE

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

_______________________________ NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT _________________________________ FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL Señor oferente recuerde que el código solicitado en este formato es el que tiene que ver con el objeto de la presente contratación (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

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FORMATO N° 7 REGISTRO SICE Y CÓDIGO CUBS

SEÑORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA _______ DE 2011 De conformidad con lo establecido en el numeral 5.1.5 del pliego de condiciones, los proponente deberán suministrar certificado de constancia de estar inscrito en el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE, anexando en el sobre N. 1 la información de registro y de los CUBS para cada uno de los ítems.

CANT. ARTICULO ESPECIFICACIONES TECNICAS REGISTRO

SICE CODIGO

CUBS

20 Video proyector

Lámpara 180 W o superior DC, Duración de la lámpara [horas] 3500 (5000 modo Económico), Ratio de contraste 2000:1, Distancia de proyección [metros] 1,2 – 13, Factor de proyección 1,95 – 2,15 : 1, Resoluciones soportadas mínimas: 1920 x 1080; 1600 x 1200; 1400 x 1050; 1280 x 1024; 1280 x 960; 1280 x 720; 1024 x 768; 832 x 624; 800 x 600; 640 x 480;Video Entrada: 1 x RCA; Audio Entrada: 1 x Jack de 3,5 mm; Control por PC Entrada: 1 x D-Sub de 9 pines (RS-232) (macho);LAN 1 x RJ45; Función de encendido rápido / apagado rápido; Inicio automático; Lámpara de Larga Vida; Plug&Play; Temporizador de apagado; Control de modo de lámpara; Control por ratón y función de presentación (avanzar / retroceder);Alimentación 100-240 V AC; 50 - 60 Hz; Mando a distancia por infrarrojo (control remoto); Cable de señales; Cable de red; 2500 Lúmenes ANSI; Control y manejo por red y RS-232; 3 años de Garantía. Guaya de seguridad; Garantía de la Lámpara un año o 500 horas; Soporte y mantenimiento por 12 meses sin costo adicional. Incluye dos mantenimientos preventivos cada 6 meses en sitio.

20 Instalación de video proyector

Soporte universal importado con guaya de seguridad

Cable VGA importado de extensión de alta resolución

Cable de poder encauchetado

Caja Wall Plate

Accesorios de instalación.

Mano de obra de instalación y puesta a punto

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FORMATO 8

CONTRATOS EN EJECUCIÓN

CONTRATO U ORDEN DE SERVICIO

No. (1)

FECHA SUSCRIPCION

OBJETO CONTRATANTE

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN

(2) FORMA DE

% DE PARTICIP

ACIÓN

VALOR DEL CONTRATO EXPRESADO EN SMLMV

(4) No. Fecha EJECUCIÓN (3)

(1) Incluír los contratos que se que encuentren suspendidos o en proceso de legalización (2) Para contratos adjudicados y no iniciados, cuando se trate de contrato estatal (3) Indicar si el contrato se ejecuta en forma Individual (I), en Consorcio (C) o Unión Temporal (UT) (4) Valor que corresponde al proponente, en forma individual o según el porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal

La información incompleta o inconsistente no será tenida en cuenta para la evaluación

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CONTRATO DE SUMINISTRO S-……… DE 2011

Entre los suscritos, de una parte, ………………………, identificada con la cédula de ciudadanía

………………………, actuando en calidad de ……………………… del Instituto Tecnológico

Metropolitano, delegada para la contratación administrativa, según Resoluciones Rectorales 02 de 2008 y 411 de 2009 del INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO – INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA, adscrita a la Alcaldía de Medellín con Nit. 800.214.750-7, debidamente autorizado por el Acuerdo 19 de 1993 del Consejo Directivo y Normas concordantes, previa adjudicación de la Rectora del ITM, que en adelante se denominará INSTITUTO y de otra parte

………………………………………………, identificado con cédula de ciudadanía

………………………, actuando en calidad de Representante Legal de ……………………….,

constituida por escritura pública No. ………, otorgada en la Notaría ………………………. de

……………, el ………… de ………… de …………, registrada el ………… de …………… de

…………, en el libro ……………., folio ………………………, bajo el No. ……, con Nit.

……………………… que en adelante se denominará el CONTRATISTA, se ha convenido celebrar

el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. - Objeto del Contrato. El CONTRATISTA se obliga por su cuenta y riesgo para con el

ITM al ………………………………………………………………………, de conformidad con las

especificaciones técnicas contempladas en el pliego de condiciones definitivo. SEGUNDA. -

Duración del Contrato. El presente contrato durará vigente ………………………, contados a partir

de la legalización de contrato, entendido este con la aprobación de las garantías por parte de la oficina jurídica, así como de la suscripción de la respectiva acta de inicio. No obstante el Instituto se reserva el derecho a dar por terminado el contrato en el momento que lo considere conveniente, con sujeción a los parámetros de ley. TERCERA. - Valor y forma de pago. El valor del presente contrato

se fija en la suma de ………………………………………………………………………

($………………………,oo) INCLUIDO EL IVA. EL INSTITUTO pagará al CONTRATISTA la suma

descrita en la cláusula anterior, por la facturación mensual por los productos entregados y remisionados, previa certificación del interventor, donde conste que el suministro fue entregado a entera satisfacción al INSTITUTO y dentro de los ocho (8) días siguientes a la fecha de recepción de la factura. CUARTA. - Obligaciones especificas del Contratista. EL CONTRATISTA se obliga en forma especial a prestar el suministro objeto de este contrato en los términos señalados en el pliego de condiciones definitivo y específicamente a: ………………………………………………………………………………. El CONTRATISTA se obliga

igualmente a responder civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual, en los términos de la Ley (Artículos 52º y 53º Ley 80 de 1993). QUINTA. - Derechos y Deberes. Las partes declaran conocer y desarrollar los derechos y deberes consagrados en la ley 80 de 1993 y cumplir las obligaciones específicas consagradas en este contrato. SEXTA. - Modificación, Interpretación y terminación del Contrato. EL INSTITUTO tendrá la dirección general y la responsabilidad de ejercer control y vigilancia de la ejecución del contrato. En consecuencia, este contrato se rige por los principios de modificación unilateral, interpretación unilateral y terminación unilateral por parte del Instituto Tecnológico Metropolitano conforme a las disposiciones contenidas en los Artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993, la cual para todos los efectos legales hace parte integral de este contrato. SÉPTIMA. - Garantía. El contratista seleccionado para la ejecución del contrato constituirá, a favor del ITM, como mecanismo de cobertura del riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, cualquiera de las garantías autorizadas por el Decreto 4828 del 2008 a saber: (1) Pólizas de seguros, (2) Fiducia mercantil en garantía, (3) Garantía bancaria a primer requerimiento; (4) Endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, o una sociedad fiduciaria, o una entidad financiera sometida a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, legalmente establecida en Colombia, con el fin de cubrir los perjuicios derivados de las obligaciones, así:

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De Cumplimiento del Contrato: Cubrirá al ITM de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Este amparo comprende además siempre el pago de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y Seis (6) meses más.

De calidad del bien o suministro: Cubrirá al ITM por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de los perjuicios imputables al contratista garantizado que se deriven de la mala calidad del servicio prestado de acuerdo con las obligaciones del contrato, por el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual a su plazo y seis (6) meses más.

OCTAVA. - Caducidad. EL INSTITUTO, podrá declarar la caducidad si se presentan algunos de los hechos constitutivos del incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, que afecta de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización: La Entidad por acto administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre. NOVENA. - Efectos de la Caducidad. Declarada la caducidad, no habrá lugar a la indemnización para el contratista, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la Ley 80 de 1993. DECIMA. - En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA, de acuerdo a las cláusulas del presente contrato, podrá EL INSTITUTO, mediante Resolución motivada, imponer multas, las cuales deberán ser directamente proporcionales al valor del contrato y a los perjuicios que sufra EL INSTITUTO, sin exceder del cinco por mil (5 x 1.000) del valor del contrato cada vez que se impongan. DECIMA PRIMERA. - Cláusula Penal Pecuniaria. Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas anteriores, EL INSTITUTO podrá imponer al CONTRATISTA, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento como pena, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. El valor de la cláusula penal que se haga efectiva, se considera como pago parcial pero definitivo de los perjuicios causados al INSTITUTO. DECIMA SEGUNDA. - De la Aplicación de la multa y la Cláusula Penal Pecuniaria. Una vez ejecutoriados los actos administrativos que la imponen podrán ser tomados dichos valores del saldo a favor del CONTRATISTA o de las garantías constituidas. Si no fuere posible lo anterior, se cobrará por jurisdicción coactiva. DECIMA TERCERA. - Cesión del Contrato. Los contratos de prestación de servicios estatales son "intuitu personae" y en consecuencia, una vez celebrados no podrán cederse en caso contrario deberá realizar mediante acto administrativo debidamente sustentado. DECIMA CUARTA. - Repercusiones laborales.- EL CONTRATISTA se obliga a título de contratista independiente. EL INSTITUTO en consecuencia no adquiere ningún vínculo de carácter laboral, administrativo, con él. DECIMA QUINTA.- Inhabilidades e incompatibilidades. El presente contrato está sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la Ley 80 de 1993 y EL CONTRATISTA, para todos los efectos legales de este contrato, declara bajo la gravedad de juramento que no está incluido dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades legales. DECIMA SEXTA.- Vigilancia. El desarrollo de este contrato se ejecutará bajo la vigilancia e interventoría del Coordinador Departamento Comercial del ITM, quien se obliga a informar periódicamente a la Secretaría General sobre la ejecución contractual, además de las obligaciones inherentes a la gestión de vigilancia. DÉCIMA SÉPTIMA. - Apropiación Presupuestal. El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto. DÉCIMA OCTAVA. - Imputación de Gastos. Los gastos que demanden la legalización del presente contrato correrán a cargo del CONTRATISTA, y los que impliquen para el INSTITUTO el cumplimiento del mismo durante la presente vigencia fiscal se hace con cargo al certificado de compromiso No.

………………………, el cual hace parte integral de los Anexos de éste contrato. DÉCIMA NOVENA. -

Perfeccionamiento del Contrato. De conformidad con del Artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el presente contrato se perfecciona con el acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y la firma de este escrito. Para la ejecución se requerirá la aprobación de la existencia de la disponibilidad presupuestal correspondiente. VIGÉSIMA. - Certificación de pago de los Aportes a sus

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Empleados: De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el proponente persona jurídica deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el Representante Legal, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la fecha de apertura de la contratación, o por el tiempo que haya existido hasta la fecha, en caso de que el proponente haya sido constituido antes de seis meses. Lo anterior también aplica para cada miembro de consorcio o unión temporal, cuando se trate de personas jurídicas. VIGÉSIMA PRIMERA. - Publicación - Una vez perfeccionado el contrato, se publicará en la Gaceta Municipal, requisito que se entiende cumplido con el pago de los derechos correspondientes. (Decreto 2474/08 Artículo 84.) VIGÉSIMA SEGUNDA. - Naturaleza Jurídica del contrato. Esta consagrado en el artículo 32 de la ley 80 de 1993 y en el Decreto 2474/08 y demás normas afines con la materia, por ser un contrato de suministros, no genera relación laboral, ni prestaciones sociales, además se celebra en consideración a las calidades personales del contratista. VIGÉSIMA TERCERA. Cláusula de indemnidad. El contratista mantendrá indemne al Instituto, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 4828 del 24 de diciembre de 2008,

concordante con el Decreto 931 del 187 de marzo de 2009. VIGÉSIMA CUARTA. - Documentos

del Contrato. Para todos los efectos legales se entienden incorporados al presente contrato la Ley 80 de 1993 y normas concordantes, es decir, los decretos reglamentarios, así mismo los siguientes documentos anexos: 1) Propuesta económica del contratista; 2) Carta de adjudicación de la Rectora; 3) Certificado de compromiso presupuestal 4) Fotocopia de cédula de ciudadanía del Representante Legal; 5) Recibo de pago de la publicación en Gaceta; 6) Póliza de Cumplimiento y 7) Fotocopia del Rut; PARÁGRAFO: Si dentro de los cinco días hábiles siguientes, el contratista no presenta a la Secretaría General las pólizas y demás documentos del contrato, se entiende que renuncia al mismo y en consecuencia, se contratará con el segundo calificado para tal efecto. Para constancia se firma el presente contrato por las partes en la ciudad de Medellín el día ……………………... EL INSTITUTO: EL CONTRATISTA: _________________________________ ______________________________________

……………………………………………… ………………………………………………

c.c. ……………………… c.c. ………………………

_______________________________

……………………………………………… Control previo y administrativo