Portadas Estudio Detalle - Xàbia

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ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN “ADN-3B” DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA JAVEA (ALICANTE) PROMOTOR: TERRAZAS DEL PUERTO DE JAVEA, S.L. ARQSPACIO MEDITERRANEO S.L. FERNANDO PINTOS ARQUITECTO

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ESTUDIO DE DETALLE

DE LA

UNIDAD DE EJECUCIÓN “ADN-3B”

DEL

PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA

JAVEA (ALICANTE)

PROMOTOR:

TERRAZAS DEL PUERTO DE JAVEA, S.L.

ARQSPACIO MEDITERRANEO S.L. FERNANDO PINTOS ARQUITECTO

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ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD DE EJECUCION “ADN-3B” DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE JAVEA (ALICANTE)

MEMORIA INDICE 1. ANTECEDENTES 2. FORMULACIÓN 3. ÁMBITO 4. OBJETO 5. PROMOTOR 6. PROPIETARIO DEL SUELO 7. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA 1. ANTECEDENTES El 18 de Noviembre de 2.003, se presento para su tramitación ante el M.I. Ayuntamiento de Javea, el Programa de Actuación Integrada de la mencionada unidad de ejecución, incluyendo el Proyecto de Urbanización y el Estudio de Seguridad y Salud. El 7 de Mayo de 2.004, se presentan a solicitud del Ayuntamiento modificados de ambos proyectos. El 17 de Noviembre de 2.004, se remite informe de incidencias de la Arquitecta Técnico Municipal y del Ingeniero Técnico Topógrafo Municipal.

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Con fecha 18 de Enero de 2.005, se presentan nuevos proyectos de Programa y Proyecto de Urbanización, cumplimentando las incidencias requeridas. A solicitud del M.I. Ayuntamiento después de verificar la resolución de incidencias se presentan Modificados y Refundidos de ambos proyectos, para ser expuestos al publico. El 16 de Julio de 2.005, termina todo el proceso de exposición al publico, sin existir alegaciones. El 20 de Julio de 2.005, se presenta Plica. El 8 de Noviembre de 2.005 informes técnicos favorables Con fecha 13 de Diciembre de 2.005, se señalan incidencias en el sentido de seguirse el procedimiento descrito en el articulo 67.4 de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística de la Comunidad Valenciana. Con fecha 22 de Diciembre de 2.005, se presenta instancia con justificación de las incidencias recibidas, adjuntando dictamen pericial. A fecha de hoy no se ha recibido contestación a los escritos de 22 de Diciembre de 2.005, ni tampoco al de fecha 13 de Enero de 2.006. El día 22 de Diciembre de 2.006 se aprobó por el pleno de la corporación la suspensión de licencias en gran parte del término municipal y que afectó a ADN-3B. 2. FORMULACION El presente Estudio de Detalle, se formula de acuerdo con el articulo 4.1.2. del Plan General de Ordenación Urbana de Javea, dado el caso, de que se han producido ligeras modificaciones de las vigentes alineaciones y en los limites de las Unidades de Ejecución “ADN-3A” y “ADN-4”, ambas colindantes. El presente proyecto recoge estos ajustes de alineación, sin modificar las determinaciones del P.G.O.U. de Javea, ni incrementarse el aprovechamiento urbanístico privado.

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3. AMBITO Contiene dos manzanas completas dentro del Suelo Urbano del Casco Aduanas del Mar de Javea. 4. OBJETO El presente Estudio de Detalle tiene por objeto el señalamiento de alineaciones y rasantes adaptadas a las modificadas por los programas y proyectos de urbanización colindantes, situados al Este y Oeste de ambas manzanas, vinculándolas y relacionándolas entre si. El reajuste de alineaciones no modifica el ancho de los viales, ni se incrementa la edificabilidad prevista en el P.G.O.U., no incumpliéndose las normas especificas del mismo. Se observa la normativa del P.G.O.U., en cuanto a aprovechamiento global del Unidad de Ejecución “ADN-3B” y alturas máximas permitidas, manteniéndose las superficies de viales y suelos dotacionales incluidos en la Unidad. 5. PROMOTOR El promotor de este proyecto es la mercantil Terrazas del Puerto de Jávea S.L., con domicilio en Valencia, Paseo de la Alameda nº7 y NIF B-97678833. 6. PROPIETARIO DEL SUELO El propietario del suelo es el mismo promotor. 7. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCION ADOPTADA Las 2 manzanas incluidas en el Estudio de Detalle, están clasificadas como suelo urbano y tienen ordenanza diferente; pasamos a describirlas:

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• La manzana recayente a la calle Cristo del Mar y de la calle Fray Jaime Ibáñez, tiene una superficie de 749,95 m2 y pertenece a la Ordenanza “B” del P.G.O.U. de Javea. Se tienen en consideración los limites de esta ordenanza en cuanto a numero de plantas, alturas, etc. Considerando las condiciones de orientación Sur del solar, el volumen del edificio estudiado dentro de la envolvente autorizada, se propone un edificio escalonado con grandes terrazas de una planta sobre la inferior que mejoren la calidad de vida de los futuros ciudadanos que lo habiten.

• La manzana recayente a la calle Fray Jaime Ibáñez y calle en proyecto, tiene una superficie de 1.241,74 m2 y pertenece a la Ordenanza “C 1” del P.G.O.U. de Javea. En este Estudio de Detalle se han considerado todas las determinaciones del P.G.O.U. para esta ordenanza, en cuanto a retranqueos, alturas, ocupación, etc., adoptándose una solución volumétrica similar a la anterior, de edificio escalonado con terrazas descubiertas al Sur.

La suma del aprovechamiento de ambas manzanas es el autorizado para la Unidad de Ejecución “ADN-3B”. Javea, Octubre de 2.006 ARQSPACIO MEDITERRANEO S.L. Fernando Pintos Rodríguez, arquitecto

ANEXO A LA MEMORIA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD DE

EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA, ALICANTE

TERRAZAS DEL PUERTO DE JÁVEA SL, PROMOTOR

ARQSPACIO MEDITERRANEO SL, ARQUITECTO

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ÍNDICE

1. DATOS PREVIOS. 2. ANTECEDENTES. 3. AGENTES. 4. OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE. 5. SITUACIÓN URBANÍSTICA. 6. PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE. 7. JUSTIFICACIÓN.

JUSTIFICACIÓN DE LA EDIFICABILIDAD. JUSTIFICACIÓN DE OTROS PARAMETROS URBANÍSTICOS. DOCUMENTACIÓN.

8. CONCLUSIÓN.

ANEXO 1. Planos. ANEXO 2. Estudio de integración paisajística.

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1. DATOS PREVIOS.

NRE: 14.324/2011 PAI 2003/20.

Asunto: Estudio de Detalle en Unidad de Ejecución ADN-3B.

Solicitante: Terrazas del Puerto de Jávea SL.

Escrito de fecha 27/10/06, NRE 14.324/06, presentado por D. Fernando

Pintos, en representación de Terrazas del Puerto de Jávea SL por el que

presenta Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B.

2. ANTECEDENTES.

El 18 de Noviembre de 2.003, se presenta para su tramitación ante el M.I.

Ayuntamiento de Jávea, el Programa de Actuación Integrada de la

unidad de ejecución ADN-3B del PGOU de Jávea, incluyendo el

Proyecto de Urbanización y el Estudio de Seguridad y Salud.

En fecha 29 de Diciembre de 2011 el Pleno de la Corporación Municipal

aprueba el Programa de Actuación Integrada de la Unidad de

Ejecución ADN-3B con Proyecto de Urbanización.

El Estudio de Detalle se formula en fecha 27 de Octubre de 2006.

Tras el periodo de suspensión de licencias, en fecha 29 de Noviembre

de 2011 el Ayuntamiento notifica para que se corrijan los errores y

deficiencias del Estudio de Detalle, para adaptar el Estudio de Detalle a

la normativa vigente actualmente.

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3. AGENTES.

Promotor del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B:

Terrazas del Puerto de Jávea SL.

Promotor del PAI 2003/20 de la Unidad de Ejecución ADN-3B:

Fernando Pintos Rodríguez.

El único legalmente capacitado para presentar el Estudio de Detalle es,

como promotor del PAI, Fernando Pintos Rodríguez. Por lo que se

procede a tramitar el cambio de Agente Urbanizador, de Fernando

Pintos a la mercantil Terrazas del Puerto de Jávea SL.

El cambio se produce en escritura pública en fecha 28 de Mayo de

2012 por el Notario Don Luis Aparicio Marban.

Dicha escritura ha sido presentada por registro de entrada en el M.I.

Ayuntamiento de Jávea en fecha 12 de Junio de 2012 con nº 8737.

4. OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE.

La pretensión del Estudio de Detalle es el de dar cumplimiento de lo

establecido en el artículo 4.1.7 de las Ordenanzas del PGOU de Jávea,

que señala la obligatoriedad en la Unidades de Ejecución de Suelo

Urbano Intensivo, de tramitación de Estudios de Detalle que

pormenorice los aprovechamientos privados de cada manzana según

la edificabilidad bruta total.

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5. SITUACIÓN URBANÍSTICA.

La Unidad de Ejecución ADN-3B, objeto del presente Estudio de Detalle

está afectada por dos calificaciones diferentes:

- Una de las manzanas resultantes está calificada como

zona de ordenanza B (IV). Su superficie es de 749,45 m2.

- La otra manzana está calificada como zona de

ordenanza C1 (III). Su superficie es de 1.241,74 m2.

La superficie total de la Unidad de Ejecución es 3.197,02 m2; su

aprovechamiento es de 1,22 m2t/m2s, por lo que el aprovechamiento

total de la Unidad de Ejecución es 3.900,36 m2t.

La parcela mínima en la zona de ordenanza C1 es de 500 m2; la

parcela mínima en la zona de ordenanza B es de 100 m2 con un frente

de fachada mínimo de 6m.

Por tanto el Estudio de Detalle presentado cumple las condiciones de

parcela mínima y edificabilidad exigibles.

6. PROCEDENCIA DEL ESTUDIO DE DETALLE.

En el artículo 4.1.7 del PGOU de Jávea se prevé la obligatoriedad, en las

Unidades de Ejecución de suelo urbano intensivo, de tramitación de

Estudios de Detalle que pormenoricen los aprovechamientos privados

de cada manzana según la edificabilidad bruta total; por tal motivo el

presente Estudio de Detalle es plenamente procedente.

El Estudio de Detalle se regula en los artículos 79 y 80 de la LUV y en los

artículos 190, 191 y 192 del ROGTU.

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La documentación presentada se ajusta a la normativa vigente por

cuanto el ámbito del Estudio de Detalle debe ser una manzana

completa o unidad urbana equivalente (Art. 79.1 de la LUV y 190.1 del

ROGTU), y en el presente caso se considera como unidad urbana

equivalente al ámbito de la Unidad de Ejecución.

7. JUSTIFICACIÓN.

7.1. JUSTIFICACIÓN DE LA EDIFICABILIDAD.

El Estudio de Detalle presentado, ordena los volúmenes a disponer en las

dos manzanas resultantes con el siguiente resultado.

MANZANA SUPERFICIE EDIF. TOTAL ED EDIF. TOAL PAI

ZONA DE ORDENANZA C1 1.241,74 M2 1.180,36 M2

ZONA DE ORDENANZA B 749,45 M2 2.720,00 M2

TOTALES 1.991,19 M2 3.900,36 M2 3.900,36 M2

Por tanto:

- La superficie total del suelo lucrativo planteada en el Estudio de Detalle

coincide con la del PAI, que es de 1.991,19 m2.

- El Estudio de Detalle ordena la totalidad de la edificabilidad permitida

por el Plan, que es de 3.900,36 m2.

Ver justificación de la edificabilidad en el “Anexo 1. Planos”.

7.2. JUSTIFICACIÓN DE OTROS PARAMETROS URBANÍSTICOS.

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PARCELA EN ZONA DE ORDENANZA C1.

Para la parcela de 1.241,74 m2 incluida en la zona de ordenanza C1 (III)

se plantea el siguiente volumen:

ORDENANZA “C1” ESTUDIO DE DETALLE PGOU/DC-09 OCUPACION PARCELA 459,23 M2 869,22 M2 CUMPLE% DE OCUPACIÓN 36,98 % 70 % CUMPLESEPARACIÓN A LINDES 5,01 M > 5 M ó = CUMPLESEPARACIÓN FACHADAS 0,00 M LIBRE CUMPLEALTURA DE CORNISA 9,00 M 9,00 M CUMPLEALTURA TOTAL 12,50 M 12,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA P.TIPO 2,60 M 2,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA SÓTANO 2,42 M 2,40 M CUMPLENº DE PLANTAS III III CUMPLESÓTANO Y ÁTICO SÍ SÍ CUMPLELONGITUD MAX. BLOQUE 24,07 M 42,00 M CUMPLE

En el edificio propuesto para esta zona de ordenanza el uso de la

planta baja será exclusivamente residencial vivienda.

La altura mínima exigible en planta baja según la ordenanza es de

2,80m, sin embargo y dado que la solución propuesta contempla

únicamente viviendas en planta baja, este estudio de detalle propone

una altura libre mínima en planta baja de 2,60m.

La ocupación de la planta ático es de 144,52 m2 cumpliendo así con la

exigencia de ocupación máxima del 50% de la superficie en planta de

la edificación. Ver cumplimiento de superficies y retranqueos de 3m de

la planta ático en el “Anexo 1. Planos”.

Ver justificación de superficie ocupada por planta, con indicación de

las zonas cerradas y abiertas, en el “Anexo 1. Planos”.

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PARCELA EN ZONA DE ORDENANZA B.

Para la parcela de 749,45 m2 incluida en la zona de ordenanza B (IV) se

plantea el siguiente volumen:

ORDENANZA “B” ESTUDIO DE DETALLE PGOU/ DC-09

OCUPACION DE PARCLA 749,45 M 749,45 M CUMPLE% DE OCUPACIÓN 100 % 100 % CUMPLEALTURA DE CORNISA Menor o igual 12,00 M 12,00 M CUMPLEALTURA TOTAL Menor o igual 15,50M 15,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA P.B. >2,80 M 2,80 M CUMPLEALTURA MÍNIMA P.TIPO >2,50 M 2,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA SÓTANO >2,40M 2,40 M CUMPLENº DE PLANTAS Menor o igual a IV IV CUMPLESÓTANO SÍ SÍ CUMPLEÁTICO NO NO CUMPLE

Dado que el solar resultante en la presente ordenanza de zona está

delimitado por cuatro calles con pendientes diferenciadas, al justificar la

“medición de alturas y volúmenes edificados” se propone establecer el

volumen edificable dentro de la poligonal definida por la línea vertical

de la fachada que recae a la Calle en Proyecto (paralela a la Calle

Cristo del Mar) con la altura de cornisa(12,00m) y la línea que define la

cubierta inclinada (pendiente máxima 35%)hasta la altura total (15,50m).

Se cierra esta poligonal con la línea de fachada en la Calle Cristo del

Mar hasta su altura de cornisa (12,00m) y la línea inclinada de cubierta

(pendiente máxima 35%).

Ver justificación de superficie ocupada por planta (con indicación de

las zonas cerradas y abiertas), de la superficie construida y computable

del espacio bajo cubierta en el “Anexo 1. Planos”.

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7.3. DOCUMENTACIÓN.

A. La documentación exigible a los estudios de detalle se contiene

en el artículo 80 de la LUV y 192 del ROGTU; La documentación

aportada contiene la documentación mínima exigible en los

citados artículos.

B. De acuerdo con el artículo 48.4 del Decreto 120/2006, de 11 de

Agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del

Paisaje de la Comunidad Valenciana, los estudios de detalle

deben acompañarse de Estudio de Integración Paisajística. Ver

“Anexo 2. Estudio de integración paisajística para el Estudio de

Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B de Jávea”.

C. La Ley 7/2002 de 3 de Diciembre, de la Generalitat Valenciana,

de Protección contra la Contaminación Acústica en su artículo 25

y el Decreto 104/2006 de 14 de Julio, del Consell, de planificación

y gestión en materia de contaminación acústica en su artículo 17,

establecen la exigencia de un estudio acústico para los estudios

de detalle.

Dado que Estudio de Detalle presentado sólo afecta a la

ordenación volumétrica y no a la red viaria, no será necesario

dicho estudio acústico.

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8. CONCLUSIÓN.

Con la presente documentación aportada se puede concluir que el

Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B cumple las

determinaciones de la normativa de aplicación, por los motivos

anteriormente expuestos.

Jávea, Noviembre de 2012.

Arqspacio Mediterráneo SL.

Fernando Pintos.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA PARA EL ESTUDIO DE DETALLE DE

LA UNIDAD DE EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA

TERRAZAS DEL PUERTO DE JÁVEA SL, PROMOTOR

ARQSPACIO MEDITERRANEO SL, ARQUITECTO

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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INDICE

A. MEMORIA INFORMATIVA.

1. INTRODUCCIÓN.

1.1. AGENTES.

1.2. ANTECEDENTES.

2. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN.

3. AMBITO DEL ESTUDIO.

4. NORMATIVA DE CARÁCTER URBANISTICO, TERRITORIAL Y

PAISAJISTICO.

4.1. NORMATIVA EUROPEA.

4.2. NORMATIVA NACIONAL.

4.3. NORMATIVA AUTONOMICA.

4.4. NORMATIVA LOCAL.

B. MEMORIA JUSTIFICATIVA.

5. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA.

6. ALCANCE Y CONTENIDO DEL ESTUDIO.

7. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE INSTRUMENTOS

DE PAISAJE.

8. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA.

9. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL.

10. RESULTADOS Y CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE

LA INTEGRACIÓN PAISAJISTICA Y VISUAL.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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C. DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER NORMATIVO

11. MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PROPUESTAS Y PROGRAMA

DE IMPLEMENTACIÓN.

12. CONCLUSIÓN.

D. PLANOS.

13. DELIMITACIÓN DE LA ACTUACIÓN SOBRE EL PGOU DE

JÁVEA.

14. DELIMITACIÓN DE LA ACTUACIÓN SOBRE PLANO

FOTOGRAMETRICO.

15. ORDENACIÓN DE MANZANAS Y VIALES RESULTANTES.

16. PLANTA GENERAL DE LOS EDIFICIOS RESULATANTES.

17. SECCIÓN ESQUEMÁTICA DE LOS EDIFCIOS RESULTANTES.

ANEXO-1. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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A. MEMORIA INFORMATIVA.

1. INTRODUCCIÓN.

1.1. AGENTES.

Promotor del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B:

Terrazas del Puerto de Jávea SL.

Redactor del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B:

Arqspacio Mediterráneo SL.

Redactor del presente Estudio de Integración Paisajística:

Arqspacio Mediterráneo SL.

1.2. ANTECEDENTES.

El Plan General de Ordenación Urbana de Jávea, aprobado

definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo el 8 de marzo de

1.991, define la Unidad de Ejecución ADN-3.

El 31 de Agosto de 1990 el Pleno de la corporación Municipal aprueba

definitivamente la subdivisión de la Unidad de Ejecución ADN-3 del

PGOU y la delimitación de las Unidades de Ejecución ADN-3A y ADN-3B

(esta última objeto del presente Estudio).

El 18 de Noviembre de 2.003, se presenta para su tramitación ante el M.I.

Ayuntamiento de Jávea, el Programa de Actuación Integrada de la

mencionada unidad de ejecución, incluyendo el Proyecto de

Urbanización y el Estudio de Seguridad y Salud.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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En fecha 29 de Diciembre de 2011 el Pleno de la Corporación Municipal

aprueba el Programa de Actuación Integrada de la Unidad de

Ejecución ADN-3B con Proyecto de Urbanización.

El Estudio de Detalle se formula en fecha 27 de Octubre de 2006.

Tras el periodo de suspensión de licencias, en fecha 29 de Noviembre

de 2011 el Ayuntamiento notifica para que se corrijan los errores y

deficiencias del Estudio de Detalle, entre ellos la carencia del presente

Estudio de Integración Paisajística para adaptar el Estudio de Detalle a

la normativa vigente actualmente.

2. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN.

La actuación objeto del presente Estudio de Integración Paisajística

tiene lugar en el término municipal de Jávea.

UE ADN- 3B SOBRE EL

TÉRMINO MUNICIPAL

DE JÁVEA

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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El Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B, se formula de

acuerdo con el artículo 4.1.2. del Plan General de Ordenación Urbana

de Jávea, dado el caso, de que se han producido ligeras

modificaciones de las vigentes alineaciones y en los límites de las

Unidades de Ejecución “ADN-3A” y “ADN-4”, ambas colindantes.

UE ADN- 4

UE ADN- 3B

UE ADN- 3A

El Estudio de Detalle recoge estos ajustes de alineación, sin modificar las

determinaciones del PGOU de Jávea, ni incrementarse el

aprovechamiento urbanístico privado. Contiene dos manzanas

completas dentro del Suelo Urbano del Casco Aduanas del Mar de

Jávea.

El Estudio de Detalle tiene por objeto el señalamiento de alineaciones y

rasantes adaptadas a las modificadas por los programas y proyectos de

urbanización colindantes, situados al Este y Oeste de ambas manzanas,

vinculándolas y relacionándolas entre si.

El reajuste de alineaciones no modifica el ancho de los viales, ni se

incrementa la edificabilidad prevista en el PGOU, no incumpliéndose las

normas específicas del mismo.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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Se observa la normativa del PGOU, en cuanto a aprovechamiento

global del Unidad de Ejecución ADN-3B y alturas máximas permitidas,

manteniéndose las superficies de viales y suelos dotacionales incluidos

en la Unidad.

· Justificación de la edificabilidad:

MANZANA SUPERFICIE EDIF. TOTAL ED EDIF. TOAL PAI ZONA DE ORDENANZA C1 1.241,74 M2 1.180,36 M2 ZONA DE ORDENANZA B 749,45 M2 2.720,00 M2 TOTALES 1.991,19 M2 3.900,36 M2 3.900,36 M2

Las 2 manzanas incluidas en el Estudio de Detalle, están clasificadas

como suelo urbano y tienen ordenanza diferente.

· Situación y descripción de las manzanas resultantes:

ZONA DE ORDENANZA

“C1”

ZONA DE ORDENANZA

“B”

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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· La manzana recayente a la calle Cristo del Mar, a la calle Fray Jaime

Ibáñez y a las otras dos calles en proyecto tiene una superficie de 749,45

m2 y pertenece a la Zona de Ordenanza B del PGOU de Jávea.

ORDENANZA “B” ESTUDIO DE DETALLE PGOU/ DC-09

OCUPACION DE PARCLA 749,45 M 749,45 M CUMPLE% DE OCUPACIÓN 100 % 100 % CUMPLEALTURA DE CORNISA Menor o igual 12,00 M 12,00 M CUMPLEALTURA TOTAL Menor o igual 15,50M 15,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA P.B. >2,80 M 2,80 M CUMPLEALTURA MÍNIMA P.TIPO >2,50 M 2,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA SÓTANO >2,40M 2,40 M CUMPLENº DE PLANTAS Menor o igual a IV IV CUMPLESÓTANO SÍ SÍ CUMPLEÁTICO NO NO CUMPLE

· La manzana recayente a la calle Fray Jaime Ibáñez y a la calle en

proyecto, tiene una superficie de 1.241,74 m2 y pertenece a la Zona de

Ordenanza C 1 del PGOU de Jávea.

ORDENANZA “C1” ESTUDIO DE DETALLE PGOU/DC-09 OCUPACION PARCELA 459,23 M2 869,22 M2 CUMPLE% DE OCUPACIÓN 36,98 % 70 % CUMPLESEPARACIÓN A LINDES 5,01 M > 5 M ó = CUMPLESEPARACIÓN FACHADAS 0,00 M LIBRE CUMPLEALTURA DE CORNISA 9,00 M 9,00 M CUMPLEALTURA TOTAL 12,50 M 12,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA P.TIPO 2,60 M 2,50 M CUMPLEALTURA MÍNIMA SÓTANO 2,42 M 2,40 M CUMPLENº DE PLANTAS III III CUMPLESÓTANO Y ÁTICO SÍ SÍ CUMPLELONGITUD MAX. BLOQUE 24,07 M 42,00 M CUMPLE

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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Considerando las condiciones de orientación Sur de ambas manzanas,

el volumen de los edificios estudiados, dentro de la envolvente

autorizada, se propone escalonado con grandes terrazas de una planta

sobre la inferior que mejoren la calidad de vida de los futuros

ciudadanos que lo habiten, dando además mayor amplitud física y

visual a los edificios ya existentes en el entorno urbano colindante. Ver

planos de la propuesta en el Apartado D del presente Estudio de

Integración Paisajística.

3. AMBITO DEL ESTUDIO

La cuenca visual o territorio que puede ser observado desde la Unidad

de Ejecución ADN-3B no va más allá de los edificios y viviendas

unifamiliares pertenecientes al entorno urbano que lo rodean

directamente. Por este motivo se considera únicamente la corta

distancia (500m).

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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Por tanto el ámbito de este estudio (unidad de paisaje) coincide con la

propia Unidad de Ejecución ADN-3B, delimitada en el planeamiento

vigente, en adelante, UP-1 Entorno urbano.

· Calle Fray Jaime Ibañez. Límite Este de la actuación, mirando al Norte.

· Calle Fray Jaime Ibañez. Límite Este de la actuación, mirando al Sur.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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· Calle en proyecto. Límite Oeste de la actuación, mirando al Norte.

· Calle en proyecto. Límite Oeste de la actuación, mirando al Sur.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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· Calle Santísimo Cristo del Mar. Límite Sur de la actuación, mirando al

Oeste.

4. NORMATIVA DE CARACTER URBANISTICO, TERRITORIAL Y PAISAJISTICO.

El presente apartado se ha elaborado a partir del listado de legislación

vigente sobre territorio y paisaje ofrecido por la “Conselleria

D´Infraestructures, Territori i Medi Ambient”.

4.1. NORMATIVA EUROPEA.

-Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo, por la que se establecen

medidas para la participación del público en la elaboración de

determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente

y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del

público y al acceso a la justicia, las directivas 85/337/CEE y 96/61/CE del

Consejo.

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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-Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo, relativa al acceso del

público a la información medioambiental y por la que se deroga la

Directiva 90/313/CEE del Consejo.

-Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo, relativa a la evaluación

de los efectos de determinados planes y programas en el medio

ambiente.

4.2. NORMATIVA NACIONAL.

-REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2008, de 20 de junio, por el que se

aprueba el texto refundido de la ley de suelo.

-LEY 8/2007, de 28 de mayo, de suelo.

-Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y

programas en el medio ambiente (2006).

-Convenio Europeo del Paisaje (2000).

-Convención sobre acceso a la Información y la participación del

público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en asuntos

ambientales (Carta de Aarhus, 1999).

-Carta de las ciudades europeas hacia la sostenibilidad (Carta de

Aalborg, 1994).

-Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo (1992).

-Convenio europeo sobre la Protección del Patrimonio Arqueológico

(1992).

ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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-Convenio para la Salvaguarda del Patrimonio Arquitectónico de

Europa (1985).

-Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y

Natural (1972).

4.3. NORMATIVA AUTONÓMICA.

-DECRETO LEY 2/2011, de 4 de noviembre, del Consell, de Medidas

Urgentes de Impulso a la Implantación de Actuaciones Territoriales

Estratégicas.

-DECRETO 166/2011, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se

modifica el Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se

aprobó la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

-DECRETO 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba la

Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

-Modificación de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de la Generalitat, de

Patrimonio Arbóreo Monumental de la Comunitat Valenciana.

-DECRETO 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba

el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana. [2006/9858].

-DECRETO 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba

el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana. [2006/9858].

-DECRETO 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el

Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

[2006/6112].

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-Decreto 67/2006, de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba

el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística

(23/05/2006).

-RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2006, del conseller de Territorio y

Vivienda, por la que se somete a información pública el Plan de Acción

Territorial del Litoral de la Comunidad Valenciana. [2006/1943].

-Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valencia,

Urbanística Valenciana (DOGV 31/12/2005).

-DECRETO 78/2005, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat, por el

que se aprueba definitivamente el Plan de Acción Territorial de Carácter

Sectorial de Corredores de Infraestructuras de la Comunidad

Valenciana. [2005/X4079].

-DECRETO 43/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el

que se modifica el Decreto 119/2003, de 11 de julio, por el que se

aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de

Territorio y Vivienda. [2005/2192].

-RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2004, del conseller de Territorio y

Vivienda, por la que se somete a información pública el Plan de Acción

Territorial de carácter sectorial de Corredores de Infraestructuras de la

Comunidad Valenciana. [2004/M12086].

-DECRETO 113/2004, de 2 de julio, del Consell de la Generalitat, por el

cual se ordena la redacción de un Plan de Acción Territorial de

Corredores de Infraestructuras. [2004/X7046].

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-Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana de

Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (DOGV 2/07/2004).

-LEY 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del

Territorio y Protección del Paisaje. [2004/6916].

-ORDEN de 26 de abril de 1999, del conseller de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, por la que se aprueba el Reglamento de Zonas

de Ordenación Urbanística de la Comunidad Valenciana. [1999/L3917].

-REAL DECRETO 2835/1983, de 5 de octubre, sobre traspaso de funciones

y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de

estudios de ordenación del territorio y medio ambiente.

4.4. NORMATIVA LOCAL.

-Plan General de Ordenación Urbana de Jávea (31/01/1990).

-Modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de

Jávea. Subdivisión de la UE ADN-3 (31/08/1990).

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B. MEMORIA JUSTIFICATIVA.

5. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA. Ver Anexo 1.

6. ALCANCE Y CONTENIDO DEL ESTUDIO.

El presente Estudio tiene por objeto predecir y valorar la magnitud y la

importancia de los efectos que la actuación pueda llegar a producir en

el carácter del paisaje y en su percepción y determinar estrategias para

evitar los impactos visuales que produzca, así como mitigar los posibles

efectos negativos.

Teniendo en cuenta:

· Que la actuación está prevista en el planeamiento vigente.

· Que la actuación está rodeada de una estructura urbana consolidada.

· Que el paisaje y las vistas que rodean la actuación no van más allá de

los edificios colindantes.

Se considera:

· Que el alcance del estudio (unidad de paisaje) debe alcanzar

únicamente la propia Unidad de Ejecución ADN-3B, en adelante, UP-1

Entorno urbano.

· Que la actuación no va a tener ningún efecto negativo en el carácter

del paisaje, ni en su percepción.

· Que al proponer en las manzanas resultantes unos edificios

escalonados el resultado de la actuación va a permitir mayor amplitud

de vistas y por tanto mayor calidad ambiental no solo a las viviendas de

la actuación sino también a las del entorno directo.

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7. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE INSTRUMENTOS DE PAISAJE.

No existen ningún Instrumento de Paisaje o Estudio de Paisaje de

Planeamiento del municipio de Jávea que estén actualmente en vigor

o le sean de aplicación al ámbito de la actuación.

8. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA.

Como puede apreciarse en las imágenes incluidas en el presente

Estudio de Integración Paisajística alrededor de la actuación existen

edificios de viviendas, es decir un entorno urbano consolidado.

Cuando se ejecuten las edificaciones propuestas, deberán cumplir con

las ordenanzas en vigor y por lo tanto su tipología será semejante a las

de su entorno.

Es decir, la actuación no hará variar el carácter del paisaje que lo rodea,

en todo caso positivamente, ya que dará como resultado un entorno

urbano homogéneo y unas viviendas de calidad.

Así pues, tras valorar la integración paisajística de la actuación, se

concluye que el impacto de la actuación sobre el paisaje que la rodea

debe considerarse “insignificante” según la clasificación recogida en el

artículo 54.4 del Reglamento de Paisaje.

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9. VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL.

Teniendo en cuenta que los edificios propuestos mantienen el mismo

número de plantas y la tipología de manzana contemplada en el Plan

General de Ordenación Urbana de Jávea, entendemos que la

integración en el entorno, una vez se haya llevado a cabo la actuación,

será muy satisfactoria, no llegando a apreciarse diferencias sustanciales

con las manzanas colindantes y gracias al escalonamiento de los

edificios propuestos, la actuación proporcionará una mayor amplitud

visual, una mejor calidad ambiental y un mejor soleamiento.

Además, la actuación propuesta no supone bloqueo de vistas hacia

ningún recurso paisajístico.

Así pues, tras valorar la integración visual de la actuación, se concluye

que el impacto de la actuación sobre el entorno que la rodea debe

considerarse “insignificante” según la clasificación recogida en el

artículo 55.3 del Reglamento de Paisaje.

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10. RESULTADOS Y CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA

INTEGRACIÓN PAISAJISTICA Y VISUAL.

De acuerdo con el artículo 57.10 del Reglamento los resultados y

conclusiones de la Valoración de la Integración Paisajística y Visual se

justificarán con técnicas gráficas de representación y simulación visual.

En las siguientes imágenes se puede ver una aproximación volumétrica

de los edificios propuestos en el Estudio de Detalle, así como un

fotomontaje del entorno de la actuación en el que se hace un análisis

de vistas desde los principales puntos de observación.

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ESTUDIO DE INTEGRACION PAISAJISTICA ESTUDIO DE DETALLE UE ADN-3B

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C. DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER NORMATIVO

11. MEDIDAS DE INTEGRACIÓN PROPUESTAS Y PROGRAMA DE

IMPLEMENTACIÓN.

Debida a que los edificios propuestos cumplen con el Plan General de

Ordenación Urbana y todas las normas urbanísticas, las medidas de

integración paisajísticas no son necesarias de aplicar en la zona de

estudio.

12. CONCLUSIÓN.

Una vez evaluados los impactos que produciría el Estudio de Detalle de

la Unidad de Ejecución ADN-3B de Jávea y la sensibilidad de la

población al mismo, podemos concluir que el impacto paisajístico

producido es insignificante.

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D. PLANOS

13. DELIMITACIÓN DE LA ACTUACIÓN SOBRE EL PGOU DE JÁVEA.

14. DELIMITACIÓN DE LA ACTUACIÓN SOBRE PLANO FOTOGRAMETRICO.

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15. ORDENACIÓN DE MANZANAS Y VIALES RESULTANTES.

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16. PLANTA GENERAL DE LOS EDIFICIOS RESULATANTES.

17. SECCIÓN ESQUEMÁTICA DE LOS EDIFCIOS RESULTANTES.

Jávea, Noviembre de 2012.

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ANEXO 1. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO DE

INTEGRACIÓN PAISAJISTICA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD DE

EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA.

TERRAZAS DEL PUERTO DE JÁVEA SL, PROMOTOR

ARQSPACIO MEDITERRANEO SL, ARQUITECTO

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INDICE

1. INTRODUCCIÓN.

2. METODOLOGIA Y FASES.

3. OBJETIVOS.

4. PÚBLICO.

5. PARTICIPACIÓN.

ANEXO 1. DESCRIPCIÓN Y PLANOS DE INFORMACIÓN DEL ESTUDIO DE

INTEGRACIÓNPAISAJISTICA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD DE

EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA.

ANEXO 2. ENCUESTA DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO

DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD

DE EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA.

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1. INTRODUCCIÓN.

El presente Plan de Participación Pública se redacta paralelamente al

Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B de Jávea.

De acuerdo con el artículo 48.4 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto,

del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la

Comunidad Valenciana, los Estudios de Detalle deben acompañarse de

Estudio de Integración Paisajística.

Asimismo y de acuerdo con el artículo 52.1 del mismo Decreto, los

Estudios de Integración Paisajística deben contener un Plan de

Participación Pública cuyo contenido se regula en el artículo 16 del

mismo.

En cumplimiento de todo lo anterior se redacta esta fase inicial del Plan

de Participación Pública.

La evaluación y los resultados de la presente fase inicial se incluirán en

dicho Estudio de Integración Paisajística del Estudio de Detalle de la

Unidad de Ejecución ADN-3B de Jávea.

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2. METODOLOGIA Y FASES.

El presente Plan de Participación Pública del Estudio de Integración

Paisajística del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B de

Jávea se hará de acuerdo con la siguiente metodología y fases.

Fase 1. Inicio del proceso de participación pública.

Anuncio y publicación del Plan de Participación Pública (memoria y

planos y encuesta) en la página Web municipal (www.ajxabia.com) y

en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Jávea.

Fase 2. Cierre de la fase de participación.

Pasados 15 días desde la publicación se cierra la fase de participación

pública y se recopilan los datos y observaciones obtenidos de la misma.

Fase 3. Redacción del Estudio de Integración Paisajística.

Recopilados los datos y observaciones del Plan Participación Pública se

hará una evaluación y resumen de los mismos que será incluida en el

Estudio de Integración Paisajística.

Fase 4. Presentación del Estudio de Detalle, en cuya documentación se

incluirá el Estudio de Integración Paisajística, para su aprobación.

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3. OBJETIVOS.

Según el artículo 15.2 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell,

por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad

Valenciana, el Plan de Participación Pública tiene por objeto:

a) Hacer accesible la información relevante sobre el instrumento de

paisaje a que se refiera el Plan de Participación.

b) Informar del derecho a participar y de la forma en que se puede

ejercer este derecho.

c) Reconocer el derecho a formular observaciones y comentarios en

aquellas fases iniciales del procedimiento en que estén abiertas todas

las opciones.

d) Obtener información útil del público interesado.

e) Identificar los valores atribuidos al paisaje por los agentes sociales y

las poblaciones mediante las metodologías reguladas en el Título III.

f) Justificar la opción adoptada y la forma en que se ha desarrollado el

trámite de participación.

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4. PÚBLICO INTERESADO.

Según el artículo 14.2 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell,

por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad

Valenciana, el “Público Interesado” es el público afectado o que

puede verse afectado por procedimientos de toma de decisiones de

las políticas en materia de paisaje o que tenga un interés en el lugar.

En relación al paisaje se establecen dos grandes grupos:

a) Grupos de interés: organismos y agencias públicas, autoridades

locales, asociaciones no gubernamentales, grupos académicos y

científicos. Tienen interés tanto local como regional y pueden contribuir

en todas las escalas tanto a escala regional como un proyecto local.

b) Grupos del lugar: residentes locales, visitantes, grupos locales. Son

individuos que viven y trabajan en un área en particular o la visitan y

tiene un interés particular en esa zona.

En cumplimiento de lo anterior y en relación con el Plan de Participación

Pública del Estudio de Integración Paisajística del Estudio de Detalle de

la Unidad de Ejecución ADN-3B de Jávea se considera “Público

Interesado” a toda persona física o jurídica que cumpla los requisitos

establecidos en la legislación vigente.

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5. PARTICIPACIÓN.

A continuación se señalan los puntos de contacto y procedimientos

para obtener la documentación básica para las consultas públicas.

Puntos presenciales: Ayuntamiento de Jávea.

Puntos virtuales: Página web del Ayuntamiento de Jávea

www.ajxabia.com o envío de encuestas, sugerencias y observaciones

vía e-mail a la dirección [email protected].

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ANEXO 1. DESCRIPCIÓN Y PLANOS DE INFORMACIÓN DEL ESTUDIO DE

INTEGRACIÓNPAISAJISTICA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD DE

EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA.

1. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN.

La actuación objeto del presente Estudio de Integración Paisajística

tiene lugar en el término municipal de Jávea.

UE ADN- 3B SOBRE EL

TÉRMINO MUNICIPAL

DE JÁVEA

El Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución ADN-3B, se formula de

acuerdo con el artículo 4.1.2. del Plan General de Ordenación Urbana

de Jávea, dado el caso, de que se han producido ligeras

modificaciones de las vigentes alineaciones y en los límites de las

Unidades de Ejecución “ADN-3A” y “ADN-4”, ambas colindantes.

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UE ADN- 4

UE ADN- 3B

UE ADN- 3A

El Estudio de Detalle recoge estos ajustes de alineación, sin modificar las

determinaciones del PGOU de Jávea, ni incrementarse el

aprovechamiento urbanístico privado. Contiene dos manzanas

completas dentro del Suelo Urbano del Casco Aduanas del Mar de

Jávea.

El Estudio de Detalle tiene por objeto el señalamiento de alineaciones y

rasantes adaptadas a las modificadas por los programas y proyectos de

urbanización colindantes, situados al Este y Oeste de ambas manzanas,

vinculándolas y relacionándolas entre si.

El reajuste de alineaciones no modifica el ancho de los viales, ni se

incrementa la edificabilidad prevista en el PGOU, no incumpliéndose las

normas específicas del mismo.

Se observa la normativa del PGOU, en cuanto a aprovechamiento

global del Unidad de Ejecución ADN-3B y alturas máximas permitidas,

manteniéndose las superficies de viales y suelos dotacionales incluidos

en la Unidad.

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Considerando las condiciones de orientación Sur de ambas manzanas,

el volumen de los edificios estudiados, dentro de la envolvente

autorizada, se propone escalonado con grandes terrazas de una planta

sobre la inferior que mejoren la calidad de vida de los futuros

ciudadanos que lo habiten, dando además mayor amplitud física y

visual a los edificios ya existentes en el entorno urbano colindante.

2. AMBITO DEL ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA.

La cuenca visual o territorio que puede ser observado desde la Unidad

de Ejecución ADN-3B no va más allá de los edificios y viviendas

unifamiliares pertenecientes al entorno urbano que lo rodean

directamente. Por este motivo se considera únicamente la corta

distancia (500m).

Por tanto el ámbito de este estudio (unidad de paisaje) coincide con la

propia Unidad de Ejecución ADN-3B, delimitada en el planeamiento

vigente, en adelante, UP-1 Entorno urbano.

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El siguiente reportaje fotográfico caracteriza la Unidad de Paisaje UP-1

Entorno Urbano.

· Calle Fray Jaime Ibañez. Límite Este de la actuación, mirando al Norte.

· Calle Fray Jaime Ibañez. Límite Este de la actuación, mirando al Sur.

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· Calle en proyecto. Límite Oeste de la actuación, mirando al Norte.

· Calle en proyecto. Límite Oeste de la actuación, mirando al Sur.

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· Calle Santísimo Cristo del Mar. Límite Sur de la actuación, mirando al

Oeste.

· Inicio de Calle en proyecto entre las dos manzanas resultantes.

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3. PLANOS DE INFORMACIÓN.

3.1. DELIMITACIÓN DE LA ACTUACIÓN SOBRE EL PGOU DE JÁVEA.

3.2. DELIMITACIÓN DE LA ACTUACIÓN SOBRE PLANO FOTOGRAMETRICO.

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3.3. ORDENACIÓN DE MANZANAS Y VIALES RESULTANTES.

3.4. APROXIMACIÓN A LA VOLUMETRIA RESULTANTE.

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3.5. ENTORNO VISUAL DE LA ACTUACIÓN.

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ANEXO 2. ENCUESTA DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA DEL ESTUDIO

DE INTEGRACIÓN PAISAJISTICA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA UNIDAD

DE EJECUCIÓN ADN-3B DE JÁVEA.

DATOS PERSONALES

NOMBRE Y APELLIDOS DNI DIRECCIÓN E-MAIL NACIONALIDAD EDAD PROFESIÓN

ENCUESTA

1 ¿Reside Usted en Jávea? SI NO

2 ¿Conoce la zona de actuación y sus alrededores? SI NO

3 ¿Cree que la zona objeto de estudio tiene calidad a nivel urbano? SI NO

4 ¿Cree que la zona objeto de estudio tiene calidad a nivel paisajístico? SI NO

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¿Existe, según sus conocimientos, en las proximidades de la actuación algún elemento a destacar por sus características paisajísticas o ambientales?

SI NO Si ha contestado afirmativamente a la pregunta, identifique los elementos que considere destacables y valórelos desde e punto de vista paisajístico como muy bajo, bajo, medio, alto o muy alto. ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

6

¿Qué aspectos negativos de la zona destacaría a nivel paisajístico? ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

7

¿Qué aspectos positivos de la actuación destacaría a nivel paisajístico? ___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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19 / 23

8 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

6 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

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20 / 23

8 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

9 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

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21 / 23

10 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

11 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

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22 / 23

12 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

13 Valore la Unidad de Paisaje UP-1 Entorno Urbano objeto de estudio puntuando la foto que a continuación se expone.

Muy buena

Buena

Media

Mala

Muy mala

Indiferente

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14 Sugerencias, observaciones o comentarios relacionados con el valor paisajístico del entorno o de la actuación.

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

En , a de de 2012.

Firmado:

Gracias por su colaboración, puede enviar la encuesta a

[email protected] o entregarla en el Ayuntamiento de Jávea.