PPPPPP

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1 UNIVERSIDAD UNIVERSIDAD NACIONAL DE NACIONAL DE CAJAMARCA CAJAMARCA Facultad de Ciencias Facultad de Ciencias Económicas, Contables Económicas, Contables y Administrativas y Administrativas Escuela Escuela Académico Académico Profesional de Profesional de Contabilidad Contabilidad Informe de Practica Pre Profesional INFORME DE PRÁCTICA PRE PROFESIONAL ÁREA : Contabilidad Financiera ENTIDAD : DISTRIBUIDORA RODRIGUEZ S.A. ASESOR : C.P.C. Lenin Castillo Rodríguez PRACTICANTE : AZAÑERO CARMONA CÉSAR FREDY

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Transcript of PPPPPP

Informe de Practica Pre Profesional

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA

Facultad de Ciencias Econmicas, Contables y Administrativas

Escuela Acadmico Profesional de Contabilidad

INFORME DE PRCTICA PRE PROFESIONAL

REA:Contabilidad Financiera

ENTIDAD:DISTRIBUIDORA RODRIGUEZ S.A. ASESOR:

C.P.C. Lenin Castillo Rodrguez

PRACTICANTE:

Ronald Willian Vera Gallardo

Cajamarca, Agosto del 2010

Informe

AL:Mgs. C.P.C. Reyna Lpez DazDecana de la Facultad de Ciencias Econmicas, Contables y Administrativas

DEL:C.P.C. Castillo Rodrguez Lenin

ASUNTO:Culminacin de Prctica Pre Profesional

FECHA:Cajamarca, Agosto del 2010

Es grato dirigirme a su digno despacho, para informarle, en calidad de asesor, que el seor CESAR FREDY AZAERO CARMONA, alumno de la Escuela Acadmico Profesional de Contabilidad, ha concluido con la realizacin y elaboracin de la Prctica Pre Profesional en el Estudio Contable Tributario Orlando Ventura de; la misma que ha sido revisada por mi persona, hallndose estructurado de conformidad con el Reglamento de Prcticas Pre Profesionales y encontrndose expedita para su presentacin.

Es todo cuanto tengo que informar a Ud. para su conocimiento y trmite respectivo.

Atentamente

C.P.C. Lenin Rodrguez CastilloAsesor de Prctica Pre Profesional

DEDICATORIAA Dios, por su amor, misericordia y por su trabajo en nuestras almas para lograr alcanzar un fin maravilloso

DEDICATORIAA mis padres, por darme la mejor herencia del mundo una educacin por su apoyo incondicional, teniendo en ellos el aliento la fuerza que me brindan para poder superarme y poder cumplir con mis metas y objetivos trazados

DEDICATORIA

A mis hermanos, por su apoyo incondicional y por su confianza que muestran cada da

Csar

AGRADECIMIENTOUn agradecimiento muy especial a toda la plana docente de la Escuela Acadmico Profesional de Contabilidad por la formacin que me brindaron compartiendo sus conocimientos y actitudes, para as llegar a ser un profesional competente en trabajo que me desempee.

Mi eterno agradecimiento a Dios por haberme guiado y permitido terminar satisfactoriamente la realizacin del presente informe.

De Igual manera un agradecimiento al CPC. Orlando Ventura Herrera; por darme la oportunidad de desarrollar mis practicas y poder desempearme de la mejor manera en el campo laboral en el estudio que dirige, tambin agradezco la disponibilidad, el inters y el tiempo que me dedic en todo momento solicitado, as mismo el gran apoyo incondicional.

Csar

INDICEPRESENTACIONPg.CAPITULO I1. PROBLEMTICA1.1. Aspectos Generales de la Empresa..81.2. Identificacin de la Problemtica..... ... 9

CAPITULO II

2. BASES TEORICAS2.1. ContabilidadDefinicin.11Objetivos..11Funciones....122.2. Libros de ContabilidadConcepto. 12Importancia..12Legalizacin....132.3. Clases de LibrosLibros Principales...13Libros Auxiliares Obligatorios...14Libros Auxiliares Voluntarios.152.4. Comprobantes de pagoDefinicin.....16Documentos Considerados Comprobantes de Pago16Obligados a Emitir Comprobantes de Pg.....182.5. Impuesto General a las Ventas (IGV)Definicin.....19Rgimen de Retenciones del IGV...192.6. Impuesto a la Renta (IR)Definicin.20Categoras del Impuesto a la Renta....20Regmenes del impuesto a la Renta...20Obligados a presentar las Declaracin Jurada de Renta.212.7. Programa de Declaracin TelemticaDefinicin.....22Tipos de declaraciones..22Caractersticas del PDT....23Contenido del PDT... .24PDT 600 RemuneracionesPDT601 Planilla ElectrnicaPDT 621 IGV- RentaPDT 661 Renta Persona NaturalPDT 662 Renta persona JurdicaPDT3500 Operaciones con Terceros

CAPITULO III

3. SISTEMATOZACION DE EXPERIENCIAS Y RESULTADOS3.1. Labores realizadasArchivaran de documentos......27Actualizacin de libros Contables....27Registro en libro de ventas y compras....27Declaracin mensual de de IGV e Impuesto a la Renta..27Presentacin del DAOT.....28Elaboracin de estados Financieros283.2. Experiencias adquiridas.293.3. Alternativas de solucin....29

CONCLUSIONESRECOMENDACIONES BIBLIOGRAFIA

ANEXOS

Formulario 0621 PDT IGV Renta Mensual Periodo 01/2009Centro Mdico San Lucas SRL Formulario 0621 PDT IGV Renta Mensual Periodo 02/2009Centro Mdico San Lucas SRL Formulario 0621 PDT IGV Renta Mensual Periodo 03/2009Centro Mdico San Lucas SRL Declaracin Anual Impuesto a la Renta Ejercicio 2008Centro Mdico San Lucas SRL

Constancia de presentacin DAOT 2008Centro Mdico San Lucas SRL Carta de presentacin Certificado.

PRESENTACION

Seores Miembros del Jurado:

En cumplimiento con las disposiciones del reglamento de prcticas Pre profesionales de la Escuela Acadmico Profesional de Contabilidad de la Facultad de Ciencias Econmicas Contables y Administrativas de la Universidad Nacional de Cajamarca del plan de estudios 2003, someto a su consideracin el presente informe de prctica Pre profesional en el Estudio Contable Tributario ORLANDO VENTURA de esta Ciudad.

La elaboracin del presente informe se realizo en base a los conocimientos adquiridos como estudiante de la carrera de Contabilidad, los cuales sirvieron para ponerlos en prctica en el estudio antes mencionado, donde me desempee como asistente de Contabilidad.

Reconociendo por anticipado las sugerencias que puedan hacerme llegar a fin de mejorar el contenido de este sencillo pero significativo trabajo, someto a su criterio y calificacin el presente, esperando contar con su aprobacin.

E l Alumno.

CAPITULO I1. PROBLEMATICA.

1.1. ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA

Estudio Contable Tributario , se puso en marcha gracias al sueo del CPC. Orlando Ventura Herrera, quien tuvo el afn de superacin y poner en prctica todos los conocimientos adquiridos en el campo de la contabilidad. El estudio contable tributario ORLANDO VENTURA empez a realizar sus actividades como tal desde.., no obstante dicho estudio tuvo sus inicios por el ao. Funcionando con otros nombres.

A continuacin vamos a detallar algunos datos generales de esta entidad:

Nombre: ORLANDO VENTURA

Sector: Privado

RUC: 10267170024

Direccin: jr. Los Alisos N 160 Urbanizacin Santa Rosa Cajamarca

Giro: Realiza Procesamiento de contabilidades en general as como asesora tributaria, laboral y empresarial.

1.2. IDENTIFICACION DEL PROBLEMA

Al iniciar mis actividades y desempeo laboral en el estudio Contable tributario Orlando Ventura, del CPC. Orlando Ventura Herrera, en el desarrollo de las actividades, encontr algunos problemas que dificultan un adecuado desempeo de las actividades desarrolladas en dicha empresa que a continuacin se detallan y analizan.a. Con los Libros Contables: El principal Problema encontrado con los libros contables es que la mayora de ellos estn desactualizados y estn llenados de manera parcial, como son el libro Diario, Caja y el Libro de Inventarios y Balances, con respecto al libro caja este no se actualiza de manera mensual sino al ao, cuando se elabora los estados financieros. Por lo que no se conoce la entrada ni la salida real de efectivo en forma mensual.b. Con las Facturas y Boletas: Algunos de nuestros clientes entregan sus facturas el mismo da en que se hacen sus declaraciones mensuales, o en otros casos los montos son dictados por telfono; esto en muchas oportunidades a ocasionado que el monto declarado tanto el IGV como el Impuesto a la Renta no sea el correcto, obligndonos a realizar las rectificatorias correspondientes en los meses siguientes.c. Con las Declaraciones Mensuales: las declaraciones mensuales en algunas oportunidades se realizan con los montos que no solo corresponden a un periodo sino que incluyen montos de periodos anteriores (en caso de compras).d. Falta de un sistema informtico computarizado. El estudio no cuenta con un sistema computarizado contable que le permita contar con informacin til y oportuna a sus usuarios para que no tomen decisiones racionales acerca de sus inversiones, crditos y otras decisiones semejantes. La contabilidad de las empresas en el estudio se lleva de forma manual, utilizando en algunos casos como herramienta de apoyo la hoja de clculo de Excel; lo que nos permite agilizar el desarrollo de la misma y brindar informacin oportuna.

CAPITULO II2. BASES TEORICAS2.1. CONTABILIDADa) Definicin.Es una ciencia dinmica, tcnica y arte que estudia la forma de registrar, clasificar, analizar e informar los hechos reales de las operaciones mercantiles, administrativas que realiza la empresa; para determinar la situacin econmica y financiera en un tiempo determinado.

La contabilidad es una tcnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Por consiguiente, los gerentes o directores a travs de la contabilidad podrn orientarse sobre el curso que siguen sus negocios mediante datos contables y estadsticos. Estos datos permiten conocer la estabilidad y solvencia de la compaa, la corriente de cobros y pagos, las tendencias de las ventas, costos y gastos generales, entre otros. De manera que se pueda conocer la capacidad financiera de la empresa.

b) Objetivos.Proporcionar informacin a: Dueos, accionistas, bancos y gerentes, con relacin a la naturaleza del valor de las cosas que el negocio deba a terceros, la cosas posedas por los negocios. Sin embargo, su primordial objetivo es suministrar informacin razonada, con base en registros tcnicos, de las operaciones realizadas por un ente privado o pblico. Para ello deber realizar: Registros con bases en sistemas y procedimientos tcnicos adaptados a la diversidad de operaciones que pueda realizar un determinado ente. Clasificar operaciones registradas como medio para obtener objetivos propuestos. Interpretar los resultados con el fin de dar informacin detallada y razonada.

c) Funciones. Registrar las actividades de un negocio. Recoge y refleja las variaciones ocurridas en periodos distintos comparativos. Los mtodos utilizados has de responder a un correcto sistema tcnico adoptado a las necesidades de la empres.

2.2. LIBROS DE CONTABILIDAD

a. Concepto.Son libros especiales, diseados para anotar en forma cronolgica, ordenada y analtica las operaciones que realiza la empresa a lo largo de su vida econmica.

Conjunto de registros especiales donde se registran las operaciones mercantiles y administrativas que realiza la empresa, en forma cronolgica y ordenada con la finalidad de mostrar la situacin en la que se encuentra en periodos econmicos distintos; sujetndose a las disposiciones legales y a una tcnica contable.

b. Importancia. Nos permite registrar y/o procesar todos los hechos econmicos de diferentes entes. Constituye elementos de prueba, sustentado con los documentos que existen. Nos permite conocer nuestras deudas y obligaciones (registro de compras) as como los que nos adeudan (registro de ventas).

c. Legalizacin.Los libros de contabilidad para que tengan valor legal, tienen que ser legalizados antes de uso (principales y auxiliares obligatorios), esta legalizacin se afecta en la primera pagina, as mismo cada una de sus pginas son selladas y foliadas respectivamente. Su base legal est determinada en la resolucin N 234-2006/SUNAT(30.12.06) en su artculo 30 .

2.3. CLASES DE LIBROS.a) Libros Principales.Son aquellos que por su naturaleza se hacen indispensables para el registro de las operaciones comerciales y que, debido a este criterio, muchos de ellos son clasificados por Ley como obligatorios. En este grupo se encuentran los siguientes:

Libro de Inventarios y Balances. Cdigo del Comercio: Art. 37. El libro de Inventarios y Balances se apertura con el inventario inicial, al empezar sus operaciones el mismo que revelara: La relacin exacta de Activo: dinero, valores, crditos, efectos por cobrar, bienes muebles e inmuebles, mercaderas y otros. La relacin exacta del pasivo: deudas y toda clase de obligaciones pendientes. La relacin exacta del patrimonio: diferencia entre el activo y pasivo que viene a ser capital, con el que se inicia sus operaciones.La entidad adems al finalizar el ejercicio reflejara en el mismo libro de inventario Final y Balance General.Registra seguidamente en orden cronolgico, da por da, todas las operaciones, que sern transferidas al libro mayor. Libro Mayor. Cdigo de comercio: Art. 39o. en este libro se traslada todas las cuentas asentadas en libro diario por orden riguroso de fechas, agrupando en cada una de las cuentas las partes del debe y el haber.b) Libros auxiliares obligatoriosComo su nombre lo indica, estos libros auxilian a los libros principales en el manejo de la contabilidad.

Libro Caja. Registra las entradas y salidas de dinero de la empresa como resultado de la operatividad de la Misma. Registro de Compras. En este libro se registran las compras de bines y/o servicios, originados por el giro principal de la empresa. As como las operaciones conexas relacionadas con la actividad principal. En dicho libro se registrara en forma detallada, ordenada y cronolgica, los gastos que genere la empresa teniendo como principal elemento de juicio sustenta torio: las facturas, boletas de compra, ticket emitidas por maquinas registradoras. Registro de ventas. Es un auxiliar obligatorio de caracterstica tributario de foliacin doble en el cual se registran en forma detallada, ordenada y cronolgica, cada una de las ventas de bienes o servicios que realiza la empresa en el desarrollo habitual de sus operaciones. Los documentos que sustentan las ventas realizadas son las facturas, boletas de venta, notas de crdito, notas de debito. Etc. A travs de este libro se obtiene el importe mensual del Impuesto General a las Ventas el cual es considerado como impuesto retenido al cliente por las ventas realizadas, a este IGV retenido se le deduce el IGV anotado en el Registro de Compras. Libro de remuneraciones. Es un libro auxiliar de carcter obligatorio para todas aquellas personas naturales y jurdicas que tienen a sus servicio trabajadores dependientes sean obreros o empleados constituyndose en un elemento probatorio de la relacin laboral y de la remuneracin y otros derechos que se le paga. El libro de remuneraciones es un libro de foliacin simple, que seala adems que puede ser sustituido por hojas o micro formas, siempre y cuando se pruebe que dicho sistema es el ms conveniente para la empresa. El libro de planillas u hojas sueltas, en forma previa a su utilizacin deben ser autorizados por la autoridad competente; ante el ministerio de trabajo y promocin del empleo, quien es el encargado de su correspondiente autorizacin y legalizacin, en el casi del primer libro u hojas sueltas, estos son autorizados por el sector respectivo, de conformidad con el Decreto Supremo N 118-90-PCM, Reglamento sobre Unificacin y Simplificacin de registros para acceder a la empresa formal. La autorizacin del segundo libro y los posteriores, as como los de las hojas sueltas respectivas, corresponden a la autoridad Administrativa de Trabajo del lugar donde se encuentre ubicado el centro de trabajo.

c) Libros auxiliares voluntaries.

Caja Chica. La caja chica, es el fondo que la empresa emplea para los gastos menores dentro de la misma que no requiere uso de un cheque. Libro Bancos. Es un libro de rayado especial, en el cual se debe anotar las operaciones que realiza la empresa con la entidad bancaria en donde mantiene una cuenta corriente. Desde el punto de vista contable se le considera un libro auxiliar. Auxiliar de documentos por cobrar. Este es un libro auxiliar que puede ser aplicado en diversas modalidades, sus variantes son el registro de clientes y registro de cuentas por cobrar. Auxiliar de documentos por pagar. En este libro se han de consignar las facturas, letras, etc., giradas por las compras que la empresa hace con sus proveedores.

2.4. COMPROBANTES DE PAGO

a) Definicin. El comprobante de pago es un documento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestacin de servicios.b) Documentos Considerados Comprobantes de Pago. solo se consideran comprobantes de pago, siempre que cumplan con todas las caractersticas y requisitos mnimos establecidos en el numeral 6 del artculo 4o del Reglamento de Comprobantes de Pago, Resolucin de superintendencia N 007-99/SUNAT y Normas Modificatorias.

i. Facturas. Se emitirn en los siguientes casos Cuando la operacin se realice con los sujetos del impuesto general a las ventas que tengan derecho al Crdito Fiscal. Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario. Cuando el sujeto de Rgimen nico Simplificado lo solicite a fin de sustentar crdito deducible. En las operaciones de exportacin consideradas como tales por las normas del Impuesto General a las Ventas. En el caso de la venta de bienes en los establecimientos ubicados en la Zona Internacional de los Aeropuertos de la Repblica, si la operacin se realiza con consumidores finales, se emitirn boletas de venta o tickets.En los servicios de comisin mercantil prestados a sujetos no domiciliados, en relacin con la venta en el pas de bienes provenientes del exterior, siempre que el comisionista acte como intermediario entre un sujeto domiciliado en el pas y otro no domiciliado y la comisin sea pagada en el exterior.

En los servicios de comisin mercantil prestados a sujetos no domiciliados, en relacin con la compra de bienes nacionales o nacionalizados, siempre que el comisionista acte como intermediario entre el(los) exportador(es) y el sujeto no domiciliado y la comisin sea pagada desde el exterior.

ii. Recibos Por Honorarios. Se emitirn en los siguientes casos Por la prestacin de servicios a travs del ejercicio individual de cualquier profesin, arte, ciencia u oficio. Por todo otro servicio que genere rentas de cuarta categora, salvo lo establecido en el numeral 5 del Artculo 7 del presente reglamento. Podrn ser utilizados a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario y para sustentar crdito deducible.iii. Boletas de Venta. Se emitirn en los siguientes casos: En operaciones con consumidores o usuarios finales. En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Rgimen nico Simplificado, incluso en las de exportacin que pueden efectuar dichos sujetos al amparo de las normas respectivas.No permitirn ejercer el derecho al crdito fiscal, ni podrn sustentar gasto o costo para efecto tributario, ni crdito deducible, salvo en los casos que la ley lo permita.iv. Liquidacin de Compra. Se emitirn en los casos sealados en el numeral 3 del artculo 6 y cuando se determine por Ley, Decreto Supremo o Resolucin de Superintendencia. Podrn ser empleadas para sustentar gasto o costo para efecto tributario. Permitirn ejercer el derecho al crdito fiscal, siempre que el Impuesto sea retenido y pagado por el comprador. El comprador queda designado como agente de retencin de los tributos que gravan la operacin.v. Tickets o Cintas emitidas Por Maquinas Registradoras.

Slo podrn ser emitidos en moneda nacional. Se emitirn en los siguientes casos: En operaciones con consumidores finales. En operaciones realizadas por los sujetos del Rgimen nico Simplificado.No permitirn ejercer el derecho al crdito fiscal, crdito deducible, ni sustentarn gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita.

Sustentarn crdito fiscal, gasto o costo para efecto tributario, o crdito deducible, siempre que: Se identifique al adquirente o usuario con su nmero de RUC as como con sus apellidos y nombres, o denominacin o razn social. Se emitan como mnimo en original y una copia, adems de la cinta testigo. Se discrimine el monto del tributo que grava la operacin, salvo que se trate de una operacin gravada con el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado. Los tickets que se emitan en las operaciones realizadas con las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Pblico Nacional a las que se refiere el Decreto Supremo N 053-97-PCM y normas modificatorias, cuando dichas Unidades Ejecutoras y Entidades adquieran los bienes y/o servicios definidos como tales en el artculo 1 del citado Decreto Supremo, debern cumplir con lo dispuesto en el numeral precedente, salvo que las adquisiciones se efecten a sujetos del Rgimen nico Simplificado.

c) Oportunidad de Entrega De Comprobantes de Pago.Los comprobantes de pago debern ser entregados en la oportunidad que se indica.a. En la transferencia de bienes muebles, en el momento en que se entregue el bien o en el momento en que se efectu en pago, lo que ocurra primero.En el caso que la transferencia sea concertada por internet, telfono, telefax u otros medios similares, en los que el pago se efectu mediante tarjeta de crdito o de debito y/o abono en cuenta con anterioridad a la entrega del bien, el comprobante de pago deber emitirse en la fecha en que se perciba el ingreso y entregarse conjuntamente con el bien.

Tratndose de la venta de bienes en consignacin, la SUNAT no aplicara la sancin referida a la infraccin tipificada en el numeral 1 del artculo 174 del Cdigo Tributario al sujeto que entrega el bien al consignatario, siempre que aquel cumpla con emitir el comprobante de pago respectivo dentro de los nueve das hbiles siguientes a la fecha en que se realice la operacin.

b. En el caso de retiro de bienes muebles a que se refiere la Ley del Impuesto a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, en la fecha de retiro.c. En la transferencia de bienes inmuebles, en la fecha en la que se perciba el ingreso o en la fecha en que se celebre el contrato, lo que ocurra primero.En la primera venta de bienes inmuebles que realice el constructor, en la fecha en que se perciba el ingreso, por el monto que se perciba, sea total o parcial.Tratndose de naves y aeronaves, en la fecha en que se suscribe el respectivo contrato.

d. En la transferencia de bienes, por los pagos parciales recibidos anticipadamente a la entrega del bien o puesta a disposicin del mismo, en la fecha y por el monto percibido.e. En la prestacin de servicios, incluyendo el arrendamiento y arrendamiento financiero, cuando alguno de los siguientes supuestos ocurra primero: - La culminacin del servicio. - La percepcin de la retribucin, parcial o total, debindose emitir el comprobante de pago por el monto percibido. - El vencimiento del plazo o de cada uno de los plazos fijados o convenidos para el pago del servicio, debindose emitir el comprobante de pago por el monto que corresponda a cada vencimiento. f. En los contratos de construccin, en la fecha de percepcin del ingreso, sea total o parcial y por el monto efectivamente percibido.En los casos de entrega de depsito, garanta, arras o similares, cuando impliquen el nacimiento de la obligacin tributaria para efecto del Impuesto, en el momento y por el monto percibido.

d) Obligados A Emitir Comprobantes De PagoEstn obligados a emitir comprobantes de pago:Las personas naturales o jurdicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que realicen transferencias de bienes a ttulo gratuito u oneroso:a. Derivadas de actos y/o contratos de compraventa, permuta, donacin, dacin en pago y en general todas aquellas operaciones que supongan la entrega de un bien en propiedad.

b. Derivadas de actos y/o contratos de cesin en uso, arrendamiento, usufructo, arrendamiento financiero, asociacin en participacin, comodato y en general todas aquellas operaciones en las que el transferente otorgue el derecho a usar un bien.Las personas naturales o jurdicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que presten servicios, entendindose como tales a toda accin o prestacin a favor de un tercero, a ttulo gratuito u oneroso.Esta definicin de servicios no incluye a aqullos prestados por las entidades del Sector Pblico Nacional, que generen ingresos que constituyan tasas.Las personas naturales o jurdicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos se encuentran obligados a emitir liquidacin de compra por las adquisiciones que efecten a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extraccin de madera, de productos silvestres, minera aurfera artesanal, artesana y desperdicios y desechos metlicos y no metlicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de nmero de RUC. Mediante Resolucin de Superintendencia se podrn establecer otros casos en los que se deba emitir liquidacin de compra.Los martilleros pblicos y todos los que rematen o subasten bienes por cuenta de terceros, se encuentran obligados a emitir una pliza de adjudicacin con ocasin del remate o adjudicacin de bienes por venta forzada

2.5. IMPUESTO GENERAL A LAS Ventas (IGV)a) Definicin.El IGV es un impuesto que grava el consumo de bienes y la prestacin o utilizacin de servicios en el pas. El IGV es considerado un impuesto indirecto, por ser trasladado hacia el consumidor final dentro de la cadena de comercializacin de bienes y prestacin de servicios, actualmente en nuestro pas es el 19%. Es una obligacin del comprador, siendo el vendedor un mero intermediario entre este y el ente recaudador (SUNAT).

b) Rgimen de Retenciones del IGV.

Es el rgimen por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como agentes de retencin debern retener el impuesto General a las Ventas que le es trasladado por algunos de sus proveedores, para su posterior entrega al fisco, segn la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias que le correspondan. Los proveedores podrn deducir los montos que se les hubieran retenido, contra su IGV que les corresponda pagar.Este rgimen se aplicara respecto de las operaciones gravadas con el IGV, su obligacin nazca a partir del 01 de junio del 2002.La tasa de retencin es el seis por ciento (6%) del importe total de la operacin gravada y en el caso de pagos parciales de la operacin gravada con el impuesto, la tasa de retencin se aplicara sobre el importe de cada pago. cabe indicar que el importe total de la operacin gravada, es la suma total que queda obligado a pagar el adquiriente o usuario del servicio, incluidos los tributos que graven la operacin, inclusive el IGV.

El agente de retencin declarara el monto total de las retenciones practicadas durante el mes y efectuara el pago respectivo utilizando el PDT agentes de Retencin, formulario Virtual N 626.

La declaracin y pago se realizaran inclusive cuando en el periodo no se hubieran practicado retenciones y de acuerdo al cronograma aprobado por la SUNAT para el cumplimiento de sus obligaciones tributaria regulares.

c) Rgimen de Percepciones del IGV

El Rgimen de Percepciones del IGV aplicable a las operaciones de venta gravadas con el IGV de los bienes sealados en el Apndice 1 de la Ley N 29173, es un mecanismo por el cual el agente de percepcin cobra por adelantado una parte del Impuesto General a las Ventas que sus clientes van a generar luego, por sus operaciones de venta gravadas con este impuesto.El Agente de Percepcin entregar a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas. El cliente est obligado a aceptar la percepcin correspondiente. Este rgimen no es aplicable a las operaciones de venta de bienes exoneradas o inafectas del IGV.El importe de la percepcin del IGV ser determinado aplicando sobre el precio de venta, los porcentajes sealados mediante Decreto supremo, refrendado por el Ministerio de Economa y Finanzas, con opinin tcnica de la SUNAT, los cuales debern encontrarse en un rango de uno por ciento (1%) a dos por ciento (2%).En tanto se dicte el Decreto Supremo que establezca el porcentaje, el monto de la percepcin ser el que resulta de aplicar el 2% sobre el precio de venta, incluido el IGV.

2.6. INPUESTO A LA RENTA.a) Definicin.Recurso que se obtiene de grabar las rentas de capital, del trabajo y de la aplicacin conjunta de ambos factores que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos peridicos, as como las ganancias y de los beneficios obtenidos por los sujetos sealados por la Ley. (Resolucin Directorial N 052-2000-EFI79.01)

b) Categoras del Impuesto a la Renta. Renta de Primera Categora: Alquileres por arrendamiento de un inmueble. Rentas de Segunda Categora: Ganancia por venta de inmueble que no sea su casa habitacin. Rentas de Tercera Categora: Obtenido por el desarrollo habitual de una actividad por las empresas. Rentas de Cuarta Categora: honorarios profesionales cobrados durante el ao por el ejercicio independiente de su profesin. Rentas de Quinta Categora: Sueldos cobrados durante el ao como empleado independiente.c) Rgimen del Impuesto a la renta Rgimen General del Impuesto a la Renta (RGR) Est dirigido a personas naturales y jurdicas que generan rentas de tercera categora mayores a S/.216,000.00. No es posible exonerarse de ningn pago. Se tiene que pagar el impuesto a la Renta y el IGV por separado. Estn obligados a llevar todos los libros contables que la ley exige. Regimen nico Simplificado (RUS)Est dirigido a pequeos comerciantes o productores cuyos ingresos brutos no superen los S/. 18,000 mensuales. El RUS es un impuesto simplificado que sustituye al IGV (incluido el impuesto de promocin municipal) y el impuesto a la renta. Puedes acogerte al RUS solo si: Eres una persona natural. La actividad de produccin o comercializacin se realiza en un solo lugar. El nmero de trabajadores de la empres es menor a cuatro por turno. Rgimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)Est dirigido a los pequeos comerciantes y productores, facilita y simplifica el pago del impuesto a la renta. Sin embargo, no exime del pago del impuesto General a las Ventas (IGV), las condiciones para acogerse a este rgimen son: Ser persona natural, persona jurdica, sociedad conyugal o sucesin indivisa. Haber percibido en el ao anterior ingresos netos por menos de S/. 216,000.00.d) Obligados a Presentar la Declaracin Jurada de la Renta. Quienes sean generadores de Tercera Categora pertenecientes al Rgimen General del Impuesto a la Renta. Los contribuyentes que hayan obtenido otras rentas distintas a las de tercera categora. Se encuentran en cualquiera de las siguientes situaciones: Determinen un saldo a pagar. Arrastren saldos a su favor del impuesto de ejercicios anteriores o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta del impuesto durante el ao 2008. Tengan perdidas tributarias pendientes de compensar acumuladas al ejercicio gravable 2007 o tengan perdidas tributarias en el 2008, Cuando el total de las rentas de estas categoras obtenidas durante el ao 2008 haya sido mayor a S/.30, 188. Cuando hayan percibido durante el ao 2008, rentas de cuarta categora o por un monto mayor a S/.30,188 Las personas o entidades que hubieran realizado las operaciones con el ITF, al ser generadoras de rentas de tercera categora y haber efectuado, durante el ejercicio. Del pago de ms del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o Medios de Pago, El medio que se realiza la declaracin de renta anual es a travs de los formularios virtuales N621 y N 662, para personas naturales- otras rentas y para los que generan rentas de tercera categora e ITF, respectivamente.

2.7. PROGRAMA DE DECLARACION TELEMATICAa) El Programa de Declaracin Telemtica (PDT), es el medio informtico desarrollado por la SUNAT, para la presentacin de las declaraciones, cuya utilizacin es establecida mediante resolucin de Superintendencia.b) Tipos de Declaraciones. Declaraciones DeterminativasSon las Declaraciones en las que el Declarante determina la base imponible y, en su caso, la deuda tributaria a su cargo, de los tributos que administra la SUNAT o cuya recaudacin se le encargue. Los Programas para elaborar las Declaraciones Determinativas se denominan PDT Determinativas. Declaraciones Informativas.Son las declaraciones en que el declarante informa sus operaciones o las de los terceros a solicitud de la Administracin Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda. Los programas para elaborar las declaraciones Informativas se denominan PDT Informativos.c) Caracteristicas del PDT Seguridad.El acceso al programa es realizado por medio de contrasea. Asimismo, la informacin transferida a los disquetes es codificada (encriptado), de tal forma que solo podr ser leda por los programas informticos de recepcin elaborados por la SUNAT.

Portabilidad de DatosA fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, SUNAT ha desarrollado algunos PDT que permiten la importacin de datos desde archivos generados por los propios sistemas informticos del contribuyente.

Facilidades de Uso.Para facilitar el uso, el programa tiene las siguientes particularidades: Acceso a los archivos de ayuda desde cualquier punto del programa, presionando la tecla de funcin F1. Administracin de declaraciones que correspondan a, ms de un contribuyente. Esta facilidad es ideal para estudios contables. Acceso a rodas las declaraciones generadas por el medio. Posibilidad de hacer una impresin detallada de la informacin registrada. Posibilidad de grabar informacin parcial y continuar con el registro de la informacin en sesiones de trabajo posteriores. Permite generar una copia de seguridad de la informacin consignada en el programa, y su posterior restauracin. Cdigo de Envio.Envio que ser ingresado en el PDT respectivo al momento de su elaboracin.Para obtener este cdigo, deber contar previamente con su cdigo de usuario y su clave de acceso al Sistema de Operaciones en Lnea. (SOL).

d) Contenido del PDTEl Programa de Declaracin Telemtica- PDT, consta de los siguientes programas: PDT 600 REMUNERACIONES.Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relacin de dependencia y paguen o retengan los siguientes conceptos: retenciones del Impuesto a la Renta Quinta Categora, IES cuenta propia, ESSALUD (seguro regular, agrario y acuicultores), ONP, primas de ESSALUD VIDA, Fondo de Derechos Sociales del Artista y Contribucin Solidaria para la Asistencia Provisional (20530). PDT 601 PLANILLA ELECTRONICA.Dirigido a los contribuyentes que tengan trabajadores en relacin de dependencia as como pensionistas, prestadores de servicios, prestadores de servicios modalidad formativa y personal de terceros. Entro en vigencia a partir del primero de enero del 2008. PDT 621 IGV RENTADirigido a los contribuyentes afectos al IGV, Impuesto a la Renta de Tercera Categora y aquellos que paguen rentas a trabajadores independientes (domiciliados o no domiciliados) aun cuando no tengan obligacin a efectuar retencin alguna. Incluye cambios en el rgimen especial (Decreto Legislativo 938 que modifica la Ley del Impuesto a la Renta Rgimen Especial) a partir del periodo Enero 2004, tasa del impuesto a la venta de Arroz Pilado. Incluye cambios en el IVAP (D.S.137-2004-EF, Leyes 28211 y 28309) y los cambios en las percepciones de ventas internas (R.S.189-2004-EF), la Ley N 28378 Ley que deroga el Impuesto Extraordinario de Solidaridad, la casilla para usar como crdito el pago del ITAN contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y a la utilizacin de la retencin de la renta de tercera categora efectuadas en las liquidaciones de compra. PDT 661 RENTA DE PERSONA NATURALDirigido a personas naturales que hubieran obtenido rentas de primera, segunda, cuarta categora y/o quinta categora, o renta de fuente extranjera, que estn obligadas a presentar la declaracin jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio 2008. PDT 662 RENTA DE PERSONA JURIDICA.Dirigido a contribuyentes del Rgimen General del Impuesto a la Renta y los que hubieran realizado operaciones gravadas con el ITF, a que se refiere el inciso g) del artculo 9o de la Ley N 28194. PDT 3500 OPERACIONES CON TERCEROS.Para contribuyentes obligados a presentar la declaracin anual de operaciones con terceros (DAOT)

Se encuentran obligados a presentar DAOT los sujetos que: Al 31 de diciembre del 2008, hubiesen tenido la categora de principales contribuyentes. Aquellos cuyas ventas o compras internas totales en el 2008, hayan sido superiores a S/.240,000NOTA:Los sujetos obligados que no tuvieran operaciones con terceros a declarar, es decir; la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor) no supera dos UIT (S/.7000 para el 2008), debern informar a la SUNAT presentando su constancia de no tener informacin a declarar.

La presentacin de la constancia de no tener informacin a declarar se deber realizar exclusivamente a travs del modulo SUNAT Operaciones en Lnea en SUNAT Virtual WWW.sunat.gob.pe. Dentro del mismo cronograma de vencimientos.

Se precisa que los sujetos que durante todo el 2008 hubieran pertenecido al Nuevo RUS no se encuentran obligados a presentar el DAOT o la Constancia de no tener informacin a declarar.

CAPITULO III

3. SISTEMATIZACION DE EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS Y RESULTADOS.3.1. LABORES REALIZADAS.Durante el periodo de trabajo en el Estudio Contable del CPC Orlando Ventura Herrera, desempeando el cargo de Asistente en Contabilidad he realizado las siguientes actividades.

a) Archivacin de documentos.Esta actividad consisti en ordenar cronolgicamente las facturas, boletas y dems documentacin de importancia para luego colocarlos e los archivos de cada uno de los clientes del estudio, haciendo de esta forma ms fcil la bsqueda de informacin cuando sea requerida.

b) Actualizacin de libros contablesLo realice en forma manual, siendo los siguientes libros: Libro de Inventario y Balances. Libro diario. Libro mayor. Libro Caja.Estos libros se actualizan de manera anual cuando se realizan los estados financieros.

c) Registro en el libro de ventas y de compras.Realice la registracin de las ventas y las compras mensuales de las empresas que el estudio tiene como clientes de forma manual ya que la empresa no cuenta con un sistema computarizado, utilizando el respectivo tipo de cambio para registrar las facturas en dlares.

d) Declaracin Mensual de IGV e IR

Realice la declaracin mensual tanto del impuesto general a las ventas (IGV) como los pagos a cuenta del impuesto a la renta (IR) de algunas de las empresas que el estudio tiene a su cargo. Esta declaracin se hizo utilizando el Programa de Declaracin Telemtica PDT, a travs del llenado del Formulario virtual 621.

e) Presentacin de la Declaracin Anual de Operaciones con Terceros (DAOT)

Realice la presentacin de la declaracin Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio econmico 2008. La declaracin se realizo debido a que hubo empresas que cuenten con ingresos anuales mayores a S/. 240,000 en el referido periodo.

f) Elaboracin de estados financieros.

Elabore los estados financieros, Balance General y Estado de Ganancias y Prdidas correspondiente al 2008, para su respectiva declaracin anual del Impuesto a la Renta 2008. Esta tarea lo realice en el programa Excel. Utilizando formulas propias del mismo para hacerlo de manera ms rpida. Los dems estados financieros fueron elaborados por otra persona miembro del equipo de trabajo del estudio.

3.2. EXPERIENCIAS ADQUIRIDAS.Durante los 5 aos de estudio en las aulas universitarias adquirimos en gran parte los conocimientos tericos de nuestra profesin, brindados por nuestros profesores y adquirimos tambin por la investigacin propia a travs de diferentes medios. Estos conocimientos nos ayudan a desempearnos de manera eficiente en el campo laboral al momento de ponerlos en prctica.

Al iniciar las practicas en el estudio contable Tributario , empec a famializarme con toda la documentacin contable que es utilizada por las empresas dentro del sector comercial, complementando de esta manera los conocimientos tericos adquiridos en la universidad por la prctica.

En el estudio aprend que para que nuestros clientes no tengan problemas en el futuro, especialmente con la SUNAT, debemos concientizarlos a tener su documentacin en orden; tanto sus facturas de compras como de ventas deben estar en nuestras manos a tiempo para poder realizar las declaraciones mensuales de su IGV e IR con los importes correctos y no con supuestos; evitando as tener que hacer rectificaciones futuras y/o pagos de multas.

Otras de las experiencias adquiridas fue que si nuestros clientes confan en nosotros y han puesto su empresa en nuestras manos para llevar su contabilidad, nosotros debemos retribuirles de la mejor manera teniendo su documentacin al da, teniendo mucho cuidado al registrar sus ingresos y egresos, y sobre todo tener sus libros contables actualizados; esta es la mejor manera para cumplir con un trabajo de manera eficiente y llegar a ser en el futuro no muy lejano un profesional reconocido dentro de este competitivo mercado laboral.

Otra experiencia fue ver que es necesario dentro del estudio, contar con un sistema de contabilidad computarizado, puesto que su falta origina emplear demasiado tiempo para mantener actualizados los libros y registros contables, presentar declaraciones mensuales, declaraciones determinativas como DAOT y la elaboracin de Estados Financieros.

Finalmente la experiencia ms resaltante que adquir fue que no todo lo que se aprende en teora se cumple en la prctica. Esto debido a que algunos de los conocimientos adquiridos en las aulas ya no se pueden aplicar debido a que ya se modificaron o porque la situacin de la empresa en estudio requiere de un tratamiento diferente.3.3. ALTERNATIVAS DE SOLUCION.Teniendo en cuenta la problemtica encontrada y su labor realizada en el Estudio Contable Tributario , detallada anteriormente, a continuacin se plantean las siguientes alternativas de solucin:

a) Tener actualizada toda la informacin de la empresa, sus libros contables deben estar al da, deben estar llenados de manera correcta y por personal que tenga conocimientos sobre esta labor. Esto evitara tener que recurrir a la busca de los borradores en el caso de que se necesite la informacin; as como el pago de multas por no tener sus libros al da.

b) Concientizar, asesorar y orientar a nuestros clientes para que sus Comprobantes de pago tanto de compras como de ventas nos san entregados de manera oportuna, para realizar las declaraciones mensuales de IGV e ir evitando realizar rectificatorias posteriores. Adems de esta manera vamos a poder llevar un control estricto de los ingresos y egresos, que al finalizar el ejercicio econmico reflejen de una manera exacta como ha ido evolucionando la empresa y as el contribuyente pueda tomar las mejores decisiones.

c) Es fundamental contar dentro del Estudio con un Sistema cantable computarizado que permita mantener la informacin actualizada, obtener resultados de manera rpida y brindar informacin oportuna.

d) El contador debe ser mucho ms que un tenedor de libros, debe poseer temas de diversa materias como son economa, informtica, sistemas de informacin, administracin, finanzas, que les permitan incrementar la capacidad en el manejo de informacin necesaria para la adecuada toma de decisiones dando las soluciones a los diversos problemas que se presenten en las empresas.

CONCLUSIONES

La practica pre profesional constituye una etapa fundamental en nuestra formacin profesional, debido que al realizarla nos enfrentamos a la realidad del mundo laboral, aplicando nuestros conocimientos adquiridos en las aulas universitarias y adquiriendo nuevos conocimientos en el lugar del trabajo.

Para llevar la contabilidad de manera correcta, tomar conciencia que nuestra labor realizada es de vital importancia; mantenerse actualizados con los cambios ocurridos en los temas de Contabilidad y materias relacionadas con esta, es fundamental para el desarrollo de nuestra profesin de manera eficiente.

En el estudio, se ha logrado concientizar a los clientes para la entrega de los comprobantes de pago en forma oportuna, as como a los miembros del equipo de trabajo de mantener los libros contables actualizados para hacer ms fcil la labor y obtener de manera oportuna la informacin necesaria.

Hoy la contabilidad no solo es utilizada para la registracin de hechos econmicos en los libros; sino tambin, para la obtencin de informacin que ayude a tomar decisiones, para lo cual es necesario contar con herramientas informticas como softwares Contables o Sistemas de Contabilidad Computarizados que hacen ms fcil, rpida y oportuna la obtencin de dicha informacin.

RECOMENDACIONESAl estudio Contable Tributario Orlando Ventura

Los libros y registros contables deben estar permanentemente actualizados para obtener la informacin en el momento que se necesita.

Continuar Concientizando a los clientes de la entrega oportuna de los comprobantes de pago de pago, para realizar las declaraciones mensuales de IGV e IR.

Realizar anlisis de estados financieros y evaluar cmo va marchando la Empresa, y no solo limitarse a elaborar los mismos para cumplir con las obligaciones de la SUNAT.

Implementar un sistema de contabilidad computarizado para obtener la informacin de manera oportuna y hacer la labor contable ms fcil.

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BIBLIOGRAFIA

GIRALDO JARA, Demetrio Contabilidad Bsica Edicin 2005. Per LIBROS Y REGISTROS Ediciones Caballero Bustamante. INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE Estudio Caballero Bustamante Revista quincenal. COMPENDIO TRIBUTARIO COMPROBANTES DE PAGO- Ediciones Contadores y Empresas. TEXTO UNICO ORDENADO de la ley del Impuesto a la Renta. CODIGO TRIBUTARIO. COMPENDIO TRIBUTARIO PDT Ediciones Contadores y Empresas. Pgina Web: WWW.sunat.gob.pe.

AZAERO CARMONA CSAR FREDY35