SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO...

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La República Corte Superior de Arequipa Miércoles, 4 de julio del 2018 EDICTOS EDICTOS Ante el Segundo Juzgado Civil del Módulo Bási- co de Justicia de Paucarpata, con el Expediente 02128-2018, Juez Dr. Wilson Uriel Dueñas Triviños, Especialista Carmen Ruth Avendaño Cama, se viene tramitando la demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio de parte del predio ubicado en EL Pue- blo Joven Progresista Mz. F Lote 20 (también cono- cida su ubicación como calle Hipólito Unánue 308), distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida PO6053559 del Registro de Predios de la Zona Registral XII Sede Arequipa.- Área: Área: 100.00m2, solicitada como demandantes por Eleana Josefina Mendoza Pé- rez y Fernando Silverio Flores Sosa. Habiéndose emitido la Resolución Admisorio Nro. 02 de fecha 28.05.2018. Se resuelve: Admitir la demanda de prescripción adquisitiva interpuesta por Eleana Jo- sefina Mendoza Pérez, en contra de Paulo Mariano Sosa Pérez, Ethel Jeannina Flores Guzmán Y Cesar Amaral Gutiérrez Álvarez, y se dispone el traslado al demandados y emplazados por 10 días. Se dispo- ne las publicaciones de ley. Arequipa, 2018.06.18. CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ- GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- EDICTO JUDICIAL.- EXP.Nro.85-2018.- En la ciudad de Arequipa, al dieciocho de junio de dos mil dieciocho y en cum- plimiento a la Resolución No.02 de fecha once de junio dos mil dieciocho expedida por el Juzgado Civil-SEDE MBJ MARIANO MELGAR presidida por el Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori, se ha ordena- do la notificación por Edicto de la ADMISION DE LA DEMANDA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de bien inmueble, interpuesta por NOR- MA NELLY ACOSTA PINTO en contra de RODOLFO BEDOYA AREVALO, MERCEDES BARTOLOME GOMEZ CHAVEZ, MARTIN SIMONI SARRO, RAFAEL FERNAN- DO ZAPATER PONCE, HECTOR ENRIQUE ZAPATER PONCE, MARIO ALBERTO ZAPATER PONCE, MARIA ESTHER ZAPATER PONCE, OLGA GEORGINA ZAPATER PONCE, EVA MELGAR DE PEREZ, BERTA MELGAR DE ROMERO, BERTA MELGAR DE ROMERO, ELENA MEL- GAR DE LAGUNA, OLGA MELGAR DE OSORIO, JUAN ROBERTO MELGAR PASTOR, FIDEL MELGAR PASTOR, ISMAEL ROMERO, GENOVEVA MELGAR MUÑOZ DE PORTOCARRERO, AMPARO MERCEDEZ HERRERA TORRES, CARLOS RICARDO HERRERA TORRES, ELE- NA PATRICIA HERRERA TORRES, GLORIA CECILIA HERRERA TORRES, ROSARIO DEL CARMEN HERRERA TORRES, VICTOR HUGO HERRERA ARENAS,JULIA ELENA TORRES QUINTANILLA,JULIO NEMESIO PACHECO BERNAOLA, CARMEN LUCIA SANCHEZ SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL MAR- QUINA ALVAREZ, ABEL ROSAS, EDUARDO FLORES CENTENO, HERMELINDA MELGAR PASTOR, MANUEL HUGO HERRERA MELGAR, FRIDA HERRERA MELGAR, CARLOS VICENTE HERRERA MELGAR, JAIME FIDEL HERRERA MELGAR, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA en la vía del proceso ABREVIADO, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios, TRASLADO de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución y agré- guese a los antecedentes los anexos acompañados. El señor juez Luis Eduardo Madariaga Condori, especialista Silvana Ruth Pacheco Tejada.- PODER JUDICIAL- Juzgado Civil-SEDE MBJ MARIANO MEL- GAR. JOSE LUIS RAMIREZ VILLAVICENCIO ABOGA- DO C.A.A. 8235. SILVANA PACHECO ESPECIALISTA LEGAL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12869 EDICTOS El Sexto Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza BERTHA UCHANI SARMIENTO, con intervención del Espe- cialista Legal Juan Carlos Espinoza Sea, en el Expe- diente Nro. 05401- 2017-0-0401-JP-CI-09, seguido por ASUNCION HUILLCA CAMA, sobre PROCESO DE RECTIFICACION DE PARTIDA, ha dispuesto se noti- fique por EDICTOS conforme al siguiente tenor:-.-.- RESOLUCIÓN NRO. 02-2018: De fecha 25 de mayo del 2018: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite por la vía no contenciosa la presente demanda de REC- TIFICACION DE PARTIDA presentada por ASUNCION HUILLCA CAMA; y 2.) DISPONGO: Que se efectúe la publicación por una sola vez del extracto de la solicitud en el diario oficial “El Peruano” v otro de mayor circulación de la localidad según lo prescrito en los artículos 167 v 168 del Código Procesal Civil, como sigue: “Solicito la rectificación de partida de nacimiento número 356, inscrita en la Municipali- dad Provincial de Canchis, en lo que respecta a mi segundo apellido que se ha puesto con una “c” y que en realidad es con doble “cc” siendo su nombre completo ASUNCION HUILLCA CCAMA y no como aparece ASUNCION HUILLCA CAMA”.-.-.AREQUIPA, 02 de Julio del 2018. Juan Carlos Espinoza Espe- cialista Legal. (04 julio) B/E 031-12898. CONSEJO DE FAMILIA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Pau- carpata, Expediente 2423-2018-0-0412- JP- CI-02, Especialista Dr. Jorge Arenas Puma, doña Iris Reinaldina Zúñiga Zúñiga de Andia, en su ca- lidad de madre de la interdicta EMA ZULEIKA AN- DIA ZÚÑIGA, viene solicitando la FORMACIÓN DEL CONSEJO DE FAMILIA, con citación del represen- tante del Ministerio Público, para los efectos que se pueda designar al relevo de la Curadora de la per- sona y bienes de la interdicta, cuyo cargo recaía en doña EUGUENY GUIUZEL ANDIA ZÚÑIGA, quien ha fallecido en ésta ciudad con fecha 22 de Diciembre del 2017. Habiendo precisado que deben formarlo la madre Iris Reinaldina Zúñiga Zúñiga de Andia y los hermanos Anghela Ivonne Andia Zúñiga, Lore- na Erika Andia Zúñiga, Rene Valery Brumel Andia Zúñiga y Gilmar Vladimir Andia Zúñiga. Lo que se pone en conocimiento por el término de ley para que cualquier interesado pueda observar la inclu- sión o exclusión indebida. Arequipa, Julio 02 del 2018.- JORGE M. ARENAS PUMA ESPECIALISTA LEGAL. (04 julio) B/E 031-12900 REMATES PRIMER REMATE El día 10 de julio del 2018 a las 11.00 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el Av. Si- glo XX y Plaza España; ORDENADO POR LA JUEZA DEL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL - Dra. PATRICIA RUBY VALDIVIA FRANCO - Expediente N° 04035-2017 - Especialista Legal Dra. ALICIA DOLO- RES TRUJILLO PEREZ; En el proceso de EJECUCIÓN DE GARANTÍAS que sigue SANDRA DOMITILA ALVA- REZ FLORES Y LUIS ALBERTO ARRIAGA GALLEGOS contra GERALDINE JACKELINE VILCA ZUÑIGA. SE REMATARA: EL INMUEBLE UBICADO EN EL ASENTA- MIENTO HUMANO ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VILLA ECOLÓGICA MANZANA B, SUB-LOTE 12A, ZONA C, del distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y De- partamento de Arequipa,; cuya área, linderos, me- didas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA, en la partida registral N° P06271411 - TASACIÓN= S/.100,000.00 - BASE DE REMATE= S/.66,666.67 AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA hasta por S/. 100,000.00 que origina el presente proceso. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/. 10,000.00 adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata conclui- do el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371 )(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) - ARMANDO G. PEREZ ANGULO – MAR- TILLERO PÚBLICO - REGISTRO N° 175 - 959692243. Arequipa 7 de junio del 2018. ALICIA D. TRUJILLO PEREZ ESPECIALISTA LEGAL . (26-27-28 junio 02- 03-04 julio) B/E 031-12882. PRIMER REMATE En el expediente 00803-2018-0-0412-JR-CI-01 so- bre ejecución de garantías que sigue como deman- dante Giovanna Raquel Garate Ojeda apoderada de Antero Máximo Gárate Pérez y Margarita Ojeda Lazo de Gárate en contra de Gloria María Medina Gárate, que se tramita por ante el Primer Juzgado Civil del Modulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa a car- go del Juez Lino Zúñiga Portocarrero, con interven- ción de la especialista Legal Roberto Fredy Flores Suarez, se ha convocado al PRIMER REMATE de: BIEN INMUEBLE ubicado en la Manzana E, lote 15, Asociación de Vivienda Avidge, distrito de Cayma, Provincia y departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Número 01145415 del registro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. DIA, HORA Y LUGAR DEL PRIMER REMATE: 16 de JULIO del 2018 a las 10:00 a.m. (DIEZ DE LA MAÑANA) a realizarse en la Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la esquina de las calles Alberto Laveau con Teniente Alcántara s/n Guardia Civil, III Etapa, en el distrito de Paucarpata, Provin- cia y Departamento de Arequipa. TASACIÓN: S/. 1’125,000.00 (Un millón ciento veinticinco mil con 00/100 soles) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: S/. 750,000.00 (Setecientos cincuenta mil con 00/100 soles) DEPOSITO PARA SER POSTOR: El postor depo- sitara antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dineraria equivalente a no menos del 10% del valor de la ta- sación del bien inmueble a rematar y presentará su documento nacional de identidad, la tasa judicial por participación en remate judicial que corres- ponda, las personas jurídicas presentaran vigencia de poder, y copia de los mismos. AFECTACIONES: Asiento D001 Carga obligación de la asociación de redimir el aporte por concepto de educación y canon de Fondeagro Ley 24030. Otorgar a la aso- ciación AVIDGE el plazo de 10 años para cumplir las obras de instalaciones de redes públicas y co- nexiones domiciliarias de electricidad, postes de alumbrado público, pavimento de calzada y enlu- cidos de veredas. Resolución Municipal 554-R de 25-5-88/CPA. Asiento D0006 Hipoteca a favor de Jorge Ambrosio Medina Pastor hasta por el monto de US$ 154,000.00 según escritura publica de fecha 19-05-2014 extendida ante Notario de Arequipa Ja- vier Rodríguez Velarde. Asiento D00007 Hipoteca a favor de la sociedad conyugal formada por Antero Máximo Garate Pérez y Margarita Ojeda de Gárate hasta por la suma de S/. 800,000.00 según escritura pública de fecha 02 de agosto del 2017 y escritu- ra publica de rectificación de fecha 09 de agosto del 2017 otorgadas ante Notario de Arequipa José F. Jiménez Mostajo FUNCIONARIO QUE REALIZARA El remate será efectuado por el Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro numero 247. Arequipa, 27 de junio del 2018. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 247. ROBERTO FREDY FLORES SUAREZ ESPE- CIALISTA LEGAL. (03-04-05-06-09-10 JULIO) B/E 031-12893-. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00150–2013-0-0404-JP-CI-01 En los autos seguidos por GRUPO TECNOLOGIES S.A. en contra de MARITZA IVONNE FEBRES ZUÑIGA, so- bre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Aplao, Dr. Deyvi Cueva Cucho, con el Especialista Legal Wilbert Cèsar Yucra Hallasi, mediante Resoluciòn Nº. 37 han encarga- do al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GA- LLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Centro Poblado APLAO Calle Bolivar, Manzana “X” Lote Nº 04, con una extensión de terreno de 106.93 m2. y un área construida techada de 52.00 m2; Distrito de Aplao, Provincia de Castilla y Departa- mento de Arequipa ; predio inscrito en la Partida Nº P06159178 de la Zona Registral Nº XII Sede Arequi- pa. VALOR DE TASACION : S/ 91,660.00 ( Noventa y Un Mil Seiscientos Setenta con 00 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 61,106.67 ( Se- senta y Un Mil Ciento Seis con 67/100 Soles), equi- valente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00003 INSCRIPCION DE EMBARGO—Anotaciòn de Embar- go en Forma de Inscripciòn, a favor de Caja Muni- cipal de Ahorro y Crèdito de Arequipa, hasta por la suma de S/ 3,500.00 en merito a la Resoluciòn Nº 02-2004 de fecha 18/02/2004 expedida por la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Dra. Ana Maria Contreras Frisancho, con intervención de la Especialista Legal Victoria Begazo Begazo. Asiento N° 00006 INSCRIPCION DE EMBARGO – Por Resolu- cion Judicial Nº 01 de fecha 28/04/2013 recaida en el Cuaderno de Medida Cautelar del Expediente Nº 068-2013-0404-JM-CI-01 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, expedida por el Dr. Marco Antonio Ticona Miranda Juez Mixto del Mòdulo Bàsico de Castilla-Aplao, con intervención de la especialista legal, Maria Isabel Coa Vargas, se ha resuelto cons- tituir Medida Cautelar de Embargo en forma de Ins- cripciòn, sobre los Derechos de Propiedad que le corresponden a Maritza Ivonne Febres Zuñiga, del inmueble inscrito en esta partida, a favor de Grupo Tecnologies S.A., hasta por la suma de $.18,000.00 Dòlares. Asiento N° 00007 INSCRIPCION DE EMBAR- GO – Por Resolucion Judicial Nº 01-2013 de fecha 06/11/2013 en el Cuaderno de Medida Cautelar del Expediente Nº 000150-2013 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, el Juez Edson Cuentas Celis del Juzgado de Paz Letrado de Castilla-Aplao, con intervención de la Especialista Legal Silvia Patri- cia Zegarra Corrales Nuñez, ha resuelto constituir Medida Cautelar en Forma de Inscripciòn, sobre el inmueble inscrito en esta partida, sobre el integro de los derechos de propiedad de Maritza Ivonne Febres Zuñiga a favor del Grupo Tecnologies S.A., hasta por la suma de US$. 12,000.00 Dòlares Ame- ricanos. DIA Y HORA DEL REMATE: 18 de JULIO del año 2018 a las 11:30 horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado de Paz Letrado Sede Aplao, ubicado en la Calle Progreso s/n., Dis- trito de Aplao, Provincia de Castilla y Departamen- to de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Nego- ciable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudi- catario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamen- to (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. – Arequipa, 21 de Junio de 2018 X-X-X-X-X-X- X-X ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. WILBERT YUCRA HALLASI ESPECIALISTA LEGAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031-12901. CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente N° 00023–2017-0-0405-JM-CI-01 En los autos seguidos por ORLANDO MARCELINO ALLASI CUEVA. en contra de LOURDES HERMILIA PERALES TICONA sobre EJECUCION DE GARANTIAS ; la se- ñora Juez del Primer Juzgado Mixto de Caylloma - Chivay Dra. Margarita Salas Valdivia, con el Es- pecialista Legal Fernando Rubèn Mamani Mamani, mediante Resoluciòn Nº 05 han encargado al Mar- tillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado ACHOMA Manzana Nº 44 Note Nº 12 del Sector Urinsaya, del Distrito de Achoma, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa ; predio inscrito en la Partida Nº P06202537 de la Zona Re- gistral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : S/ 106,676.86 ( Ciento Seis Mil Seiscientos Setenta y Seis con 86 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 71,117.91 ( Sesenta y Un Mil Ciento Diecisiete con 91 /100 Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00004 INSCRIPCION DE HIPOTECA – Constituida por su propietaria a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA., debidamente representada, hasta por la suma de S/ 70,000.00 en Garantìa de un Crè- dito de S/ 50,000.00 por el plazo de 144 meses, asì consta màs ampliamente de la Escritura Publica a la que se remite el presente asiento. Asiento N° 00005 INSCRIPCION DE EMBARGO – Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripciòn, que afecta el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Lourdes Hermilia Perales Ticona, hasta por la suma de Veinticinco Mil Nuevos Soles. Se anota esta medida en merito a la Resoluciòn Nº 01 de fecha 11/04/2016 emitida por Treisy Sonia Obregon Quis- pe, Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Majes – El Pedregal, asistida por Secretaria Judicial, Ada Luz Prieto Yanqui, en el cuaderno de Medida Cautelar fuera de proceso, solicitada por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO ICA S.A., en contra de Lour- des Hermilia Perales Ticona y Otra, en Expedienbte Nº 00794/2016-31-0405-JP-CI-01 DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de JULIO del año 2018 a las 12:30 horas de la Tarde. LUGAR DE REMATE: Frontis del Primer Juzgado Mixto de Caylloma - Chivay, ubica- do en la Plaza de Armas de Chivay Nº 203, Distrito de Chivay, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del re- mate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Nego- ciable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudica- tario y se cancelarán al finalizar la diligencia del re- mate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. – Arequipa, 20 de Junio de 2018 X-X-X-X-X-X-X- X- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. MAMANI MAMANI R. FER- NANDO SECRETARIO JUDICIAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031-12901. PRIMER REMATE EN EL EXPEDIENTE 031-2010-JP-ASA SOBRE OBLI- GACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO QUE SIGUE COMO DEMANDANTE SAMUEL TEODORO PANIHUA- RA CORPUNA EN CONTRA DE RUIZ BENITO PANI- HUARA CORPUNA, EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE ALTO SELVA ALEGRE DOCTOR ENRIQUE CÁRDENAS MEDINA, CON INTERVENCIÓN DEL SE- CRETARIO JUDICIAL RICARDO CONDORI SENCARA,

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

La República

Corte Superior de Arequipa

Miércoles, 4 de julio del 2018

EDICTOSEDICTOS

Ante el Segundo Juzgado Civil del Módulo Bási-co de Justicia de Paucarpata, con el Expediente 02128-2018, Juez Dr. Wilson Uriel Dueñas Triviños, Especialista Carmen Ruth Avendaño Cama, se viene tramitando la demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio de parte del predio ubicado en EL Pue-blo Joven Progresista Mz. F Lote 20 (también cono-cida su ubicación como calle Hipólito Unánue 308), distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida PO6053559 del Registro de Predios de la Zona Registral XII Sede Arequipa.- Área: Área: 100.00m2, solicitada como demandantes por Eleana Josefina Mendoza Pé-rez y Fernando Silverio Flores Sosa. Habiéndose emitido la Resolución Admisorio Nro. 02 de fecha 28.05.2018. Se resuelve: Admitir la demanda de prescripción adquisitiva interpuesta por Eleana Jo-sefina Mendoza Pérez, en contra de Paulo Mariano Sosa Pérez, Ethel Jeannina Flores Guzmán Y Cesar Amaral Gutiérrez Álvarez, y se dispone el traslado al demandados y emplazados por 10 días. Se dispo-ne las publicaciones de ley. Arequipa, 2018.06.18. CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.-

EDICTO JUDICIAL.-

EXP.Nro.85-2018.- En la ciudad de Arequipa, al dieciocho de junio de dos mil dieciocho y en cum-plimiento a la Resolución No.02 de fecha once de junio dos mil dieciocho expedida por el Juzgado Civil-SEDE MBJ MARIANO MELGAR presidida por el Dr. Luis Eduardo Madariaga Condori, se ha ordena-do la notificación por Edicto de la ADMISION DE LA DEMANDA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO de bien inmueble, interpuesta por NOR-MA NELLY ACOSTA PINTO en contra de RODOLFO BEDOYA AREVALO, MERCEDES BARTOLOME GOMEZ CHAVEZ, MARTIN SIMONI SARRO, RAFAEL FERNAN-DO ZAPATER PONCE, HECTOR ENRIQUE ZAPATER PONCE, MARIO ALBERTO ZAPATER PONCE, MARIA ESTHER ZAPATER PONCE, OLGA GEORGINA ZAPATER PONCE, EVA MELGAR DE PEREZ, BERTA MELGAR DE ROMERO, BERTA MELGAR DE ROMERO, ELENA MEL-GAR DE LAGUNA, OLGA MELGAR DE OSORIO, JUAN ROBERTO MELGAR PASTOR, FIDEL MELGAR PASTOR, ISMAEL ROMERO, GENOVEVA MELGAR MUÑOZ DE PORTOCARRERO, AMPARO MERCEDEZ HERRERA TORRES, CARLOS RICARDO HERRERA TORRES, ELE-NA PATRICIA HERRERA TORRES, GLORIA CECILIA HERRERA TORRES, ROSARIO DEL CARMEN HERRERA TORRES, VICTOR HUGO HERRERA ARENAS,JULIA ELENA TORRES QUINTANILLA,JULIO NEMESIO PACHECO BERNAOLA, CARMEN LUCIA SANCHEZ SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL MAR-QUINA ALVAREZ, ABEL ROSAS, EDUARDO FLORES CENTENO, HERMELINDA MELGAR PASTOR, MANUEL HUGO HERRERA MELGAR, FRIDA HERRERA MELGAR, CARLOS VICENTE HERRERA MELGAR, JAIME FIDEL HERRERA MELGAR, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA en la vía del proceso ABREVIADO, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios, TRASLADO de la demanda a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS para su absolución y agré-guese a los antecedentes los anexos acompañados. El señor juez Luis Eduardo Madariaga Condori, especialista Silvana Ruth Pacheco Tejada.- PODER JUDICIAL- Juzgado Civil-SEDE MBJ MARIANO MEL-GAR. JOSE LUIS RAMIREZ VILLAVICENCIO ABOGA-DO C.A.A. 8235. SILVANA PACHECO ESPECIALISTA LEGAL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12869

EDICTOS

El Sexto Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza BERTHA UCHANI SARMIENTO, con intervención del Espe-cialista Legal Juan Carlos Espinoza Sea, en el Expe-diente Nro. 05401- 2017-0-0401-JP-CI-09, seguido

por ASUNCION HUILLCA CAMA, sobre PROCESO DE RECTIFICACION DE PARTIDA, ha dispuesto se noti-fique por EDICTOS conforme al siguiente tenor:-.-.- RESOLUCIÓN NRO. 02-2018: De fecha 25 de mayo del 2018: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite por la vía no contenciosa la presente demanda de REC-TIFICACION DE PARTIDA presentada por ASUNCION HUILLCA CAMA; y 2.) DISPONGO: Que se efectúe la publicación por una sola vez del extracto de la solicitud en el diario oficial “El Peruano” v otro de mayor circulación de la localidad según lo prescrito en los artículos 167 v 168 del Código Procesal Civil, como sigue: “Solicito la rectificación de partida de nacimiento número 356, inscrita en la Municipali-dad Provincial de Canchis, en lo que respecta a mi segundo apellido que se ha puesto con una “c” y que en realidad es con doble “cc” siendo su nombre completo ASUNCION HUILLCA CCAMA y no como aparece ASUNCION HUILLCA CAMA”.-.-.AREQUIPA, 02 de Julio del 2018. Juan Carlos Espinoza Espe-cialista Legal. (04 julio) B/E 031-12898.

CONSEJO DE FAMILIA

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Pau-carpata, Expediente N° 2423-2018-0-0412- JP-CI-02, Especialista Dr. Jorge Arenas Puma, doña Iris Reinaldina Zúñiga Zúñiga de Andia, en su ca-lidad de madre de la interdicta EMA ZULEIKA AN-DIA ZÚÑIGA, viene solicitando la FORMACIÓN DEL CONSEJO DE FAMILIA, con citación del represen-tante del Ministerio Público, para los efectos que se pueda designar al relevo de la Curadora de la per-sona y bienes de la interdicta, cuyo cargo recaía en doña EUGUENY GUIUZEL ANDIA ZÚÑIGA, quien ha fallecido en ésta ciudad con fecha 22 de Diciembre del 2017. Habiendo precisado que deben formarlo la madre Iris Reinaldina Zúñiga Zúñiga de Andia y los hermanos Anghela Ivonne Andia Zúñiga, Lore-na Erika Andia Zúñiga, Rene Valery Brumel Andia Zúñiga y Gilmar Vladimir Andia Zúñiga. Lo que se pone en conocimiento por el término de ley para que cualquier interesado pueda observar la inclu-sión o exclusión indebida. Arequipa, Julio 02 del 2018.- JORGE M. ARENAS PUMA ESPECIALISTA LEGAL. (04 julio) B/E 031-12900

REMATESPRIMER REMATE

El día 10 de julio del 2018 a las 11.00 horas, en la Sala de Remates Judiciales, ubicada en el Av. Si-glo XX y Plaza España; ORDENADO POR LA JUEZA DEL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL - Dra. PATRICIA RUBY VALDIVIA FRANCO - Expediente N° 04035-2017 - Especialista Legal Dra. ALICIA DOLO-RES TRUJILLO PEREZ; En el proceso de EJECUCIÓN DE GARANTÍAS que sigue SANDRA DOMITILA ALVA-REZ FLORES Y LUIS ALBERTO ARRIAGA GALLEGOS contra GERALDINE JACKELINE VILCA ZUÑIGA. SE REMATARA: EL INMUEBLE UBICADO EN EL ASENTA-MIENTO HUMANO ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VILLA ECOLÓGICA MANZANA B, SUB-LOTE 12A, ZONA C, del distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y De-partamento de Arequipa,; cuya área, linderos, me-didas perimétricas y demás características obran inscritas en el REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII - SEDE AREQUIPA, en la partida registral N° P06271411 - TASACIÓN= S/.100,000.00 - BASE DE REMATE= S/.66,666.67 AFECTACIONES: 1).- HIPOTECA hasta por S/. 100,000.00 que origina el presente proceso. LOS POSTORES, para participar en la subasta depositarán en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, suma no menor a S/. 10,000.00 adjuntando arancel judicial consignando número de expediente y juzgado. Los honorarios del Martillero Público más el IGV, serán cancelados por el adjudicatario en forma inmediata conclui-do el remate (Art° 732 del CPC. Modificado por la Ley N° 28371 )(Decreto Supremo N° 008-2005-JUS Art° N° 18) - ARMANDO G. PEREZ ANGULO – MAR-

TILLERO PÚBLICO - REGISTRO N° 175 - 959692243. Arequipa 7 de junio del 2018. ALICIA D. TRUJILLO PEREZ ESPECIALISTA LEGAL . (26-27-28 junio 02-03-04 julio) B/E 031-12882.

PRIMER REMATE

En el expediente 00803-2018-0-0412-JR-CI-01 so-bre ejecución de garantías que sigue como deman-dante Giovanna Raquel Garate Ojeda apoderada de Antero Máximo Gárate Pérez y Margarita Ojeda Lazo de Gárate en contra de Gloria María Medina Gárate, que se tramita por ante el Primer Juzgado Civil del Modulo Básico de Justicia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa a car-go del Juez Lino Zúñiga Portocarrero, con interven-ción de la especialista Legal Roberto Fredy Flores Suarez, se ha convocado al PRIMER REMATE de: BIEN INMUEBLE ubicado en la Manzana E, lote 15, Asociación de Vivienda Avidge, distrito de Cayma, Provincia y departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Número 01145415 del registro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. DIA, HORA Y LUGAR DEL PRIMER REMATE: 16 de JULIO del 2018 a las 10:00 a.m. (DIEZ DE LA MAÑANA) a realizarse en la Sala de Lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la esquina de las calles Alberto Laveau con Teniente Alcántara s/n Guardia Civil, III Etapa, en el distrito de Paucarpata, Provin-cia y Departamento de Arequipa. TASACIÓN: S/. 1’125,000.00 (Un millón ciento veinticinco mil con 00/100 soles) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: S/. 750,000.00 (Setecientos cincuenta mil con 00/100 soles) DEPOSITO PARA SER POSTOR: El postor depo-sitara antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dineraria equivalente a no menos del 10% del valor de la ta-sación del bien inmueble a rematar y presentará su documento nacional de identidad, la tasa judicial por participación en remate judicial que corres-ponda, las personas jurídicas presentaran vigencia de poder, y copia de los mismos. AFECTACIONES: Asiento D001 Carga obligación de la asociación de redimir el aporte por concepto de educación y canon de Fondeagro Ley 24030. Otorgar a la aso-ciación AVIDGE el plazo de 10 años para cumplir las obras de instalaciones de redes públicas y co-nexiones domiciliarias de electricidad, postes de alumbrado público, pavimento de calzada y enlu-cidos de veredas. Resolución Municipal 554-R de 25-5-88/CPA. Asiento D0006 Hipoteca a favor de Jorge Ambrosio Medina Pastor hasta por el monto de US$ 154,000.00 según escritura publica de fecha 19-05-2014 extendida ante Notario de Arequipa Ja-vier Rodríguez Velarde. Asiento D00007 Hipoteca a favor de la sociedad conyugal formada por Antero Máximo Garate Pérez y Margarita Ojeda de Gárate hasta por la suma de S/. 800,000.00 según escritura pública de fecha 02 de agosto del 2017 y escritu-ra publica de rectificación de fecha 09 de agosto del 2017 otorgadas ante Notario de Arequipa José F. Jiménez Mostajo FUNCIONARIO QUE REALIZARA El remate será efectuado por el Martillero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro numero 247. Arequipa, 27 de junio del 2018. PERCY LUIS CORNEJO BARRAGAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 247. ROBERTO FREDY FLORES SUAREZ ESPE-CIALISTA LEGAL. (03-04-05-06-09-10 JULIO) B/E 031-12893-.

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente N° 00150–2013-0-0404-JP-CI-01 En los autos seguidos por GRUPO TECNOLOGIES S.A. en contra de MARITZA IVONNE FEBRES ZUÑIGA, so-bre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Aplao, Dr. Deyvi Cueva Cucho, con el Especialista Legal Wilbert Cèsar Yucra Hallasi, mediante Resoluciòn Nº. 37 han encarga-do al Martillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GA-LLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en Centro Poblado APLAO Calle Bolivar, Manzana “X”

Lote Nº 04, con una extensión de terreno de 106.93 m2. y un área construida techada de 52.00 m2; Distrito de Aplao, Provincia de Castilla y Departa-mento de Arequipa ; predio inscrito en la Partida Nº P06159178 de la Zona Registral Nº XII Sede Arequi-pa. VALOR DE TASACION : S/ 91,660.00 ( Noventa y Un Mil Seiscientos Setenta con 00 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 61,106.67 ( Se-senta y Un Mil Ciento Seis con 67/100 Soles), equi-valente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00003 INSCRIPCION DE EMBARGO—Anotaciòn de Embar-go en Forma de Inscripciòn, a favor de Caja Muni-cipal de Ahorro y Crèdito de Arequipa, hasta por la suma de S/ 3,500.00 en merito a la Resoluciòn Nº 02-2004 de fecha 18/02/2004 expedida por la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado Dra. Ana Maria Contreras Frisancho, con intervención de la Especialista Legal Victoria Begazo Begazo. Asiento N° 00006 INSCRIPCION DE EMBARGO – Por Resolu-cion Judicial Nº 01 de fecha 28/04/2013 recaida en el Cuaderno de Medida Cautelar del Expediente Nº 068-2013-0404-JM-CI-01 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, expedida por el Dr. Marco Antonio Ticona Miranda Juez Mixto del Mòdulo Bàsico de Castilla-Aplao, con intervención de la especialista legal, Maria Isabel Coa Vargas, se ha resuelto cons-tituir Medida Cautelar de Embargo en forma de Ins-cripciòn, sobre los Derechos de Propiedad que le corresponden a Maritza Ivonne Febres Zuñiga, del inmueble inscrito en esta partida, a favor de Grupo Tecnologies S.A., hasta por la suma de $.18,000.00 Dòlares. Asiento N° 00007 INSCRIPCION DE EMBAR-GO – Por Resolucion Judicial Nº 01-2013 de fecha 06/11/2013 en el Cuaderno de Medida Cautelar del Expediente Nº 000150-2013 sobre Obligaciòn de Dar Suma de Dinero, el Juez Edson Cuentas Celis del Juzgado de Paz Letrado de Castilla-Aplao, con intervención de la Especialista Legal Silvia Patri-cia Zegarra Corrales Nuñez, ha resuelto constituir Medida Cautelar en Forma de Inscripciòn, sobre el inmueble inscrito en esta partida, sobre el integro de los derechos de propiedad de Maritza Ivonne Febres Zuñiga a favor del Grupo Tecnologies S.A., hasta por la suma de US$. 12,000.00 Dòlares Ame-ricanos. DIA Y HORA DEL REMATE: 18 de JULIO del año 2018 a las 11:30 horas de la mañana. LUGAR DE REMATE: Frontis del Juzgado de Paz Letrado Sede Aplao, ubicado en la Calle Progreso s/n., Dis-trito de Aplao, Provincia de Castilla y Departamen-to de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Nego-ciable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudi-catario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamen-to (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. – Arequipa, 21 de Junio de 2018 X-X-X-X-X-X-X-X ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. WILBERT YUCRA HALLASI ESPECIALISTA LEGAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031-12901.

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL

Expediente N° 00023–2017-0-0405-JM-CI-01 En los autos seguidos por ORLANDO MARCELINO ALLASI CUEVA. en contra de LOURDES HERMILIA PERALES

TICONA sobre EJECUCION DE GARANTIAS ; la se-ñora Juez del Primer Juzgado Mixto de Caylloma - Chivay Dra. Margarita Salas Valdivia, con el Es-pecialista Legal Fernando Rubèn Mamani Mamani, mediante Resoluciòn Nº 05 han encargado al Mar-tillero Publico ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS y dispuesto: sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado ACHOMA Manzana Nº 44 Note Nº 12 del Sector Urinsaya, del Distrito de Achoma, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa ; predio inscrito en la Partida Nº P06202537 de la Zona Re-gistral Nº XII Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : S/ 106,676.86 ( Ciento Seis Mil Seiscientos Setenta y Seis con 86 /100 Soles). PRECIO BASE DE PRIMER REMATE: S/ 71,117.91 ( Sesenta y Un Mil Ciento Diecisiete con 91 /100 Soles), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasación. AFECTACIONES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00004 INSCRIPCION DE HIPOTECA – Constituida por su propietaria a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA., debidamente representada, hasta por la suma de S/ 70,000.00 en Garantìa de un Crè-dito de S/ 50,000.00 por el plazo de 144 meses, asì consta màs ampliamente de la Escritura Publica a la que se remite el presente asiento. Asiento N° 00005 INSCRIPCION DE EMBARGO – Medida Cautelar de Embargo en forma de Inscripciòn, que afecta el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Lourdes Hermilia Perales Ticona, hasta por la suma de Veinticinco Mil Nuevos Soles. Se anota esta medida en merito a la Resoluciòn Nº 01 de fecha 11/04/2016 emitida por Treisy Sonia Obregon Quis-pe, Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Majes – El Pedregal, asistida por Secretaria Judicial, Ada Luz Prieto Yanqui, en el cuaderno de Medida Cautelar fuera de proceso, solicitada por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO ICA S.A., en contra de Lour-des Hermilia Perales Ticona y Otra, en Expedienbte Nº 00794/2016-31-0405-JP-CI-01 DIA Y HORA DEL REMATE: 25 de JULIO del año 2018 a las 12:30 horas de la Tarde. LUGAR DE REMATE: Frontis del Primer Juzgado Mixto de Caylloma - Chivay, ubica-do en la Plaza de Armas de Chivay Nº 203, Distrito de Chivay, Provincia de Caylloma y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del re-mate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Nego-ciable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudica-tario y se cancelarán al finalizar la diligencia del re-mate, al firmar el ACTA, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. – Arequipa, 20 de Junio de 2018 X-X-X-X-X-X-X-X- ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS MARTILLERO PUBLICO REG. N° 265. MAMANI MAMANI R. FER-NANDO SECRETARIO JUDICIAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031-12901.

PRIMER REMATE

EN EL EXPEDIENTE 031-2010-JP-ASA SOBRE OBLI-GACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO QUE SIGUE COMO DEMANDANTE SAMUEL TEODORO PANIHUA-RA CORPUNA EN CONTRA DE RUIZ BENITO PANI-HUARA CORPUNA, EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE ALTO SELVA ALEGRE DOCTOR ENRIQUE CÁRDENAS MEDINA, CON INTERVENCIÓN DEL SE-CRETARIO JUDICIAL RICARDO CONDORI SENCARA,

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- ... SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

HA CONVOCADO AL PRIMER REMATE DEL BIEN IN-MUEBLE UBICADO EN CENTRO POBLADO UÑON, MANZANA M, LOTE 4, EN EL DISTRITO UÑON, PRO-VINCIA CASTILLA, DEPARTAMENTO AREQUIPA., INS-CRITO EN LA PARTIDA P06228082 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII - SEDE AREQUIPA. HABIÉNDOSE DESIGNADO AL MARTI-LLERO PÚBLICO PERCY LUIS CORNEJO BARRAGÁN, QUIEN CON LA FACULTAD OTORGADA POR EL JUZ-GADO HA SEÑALADO LA REALIZACIÓN DEL PRIMER REMATE PARA EL DlA 16 DE JULIO DEL 2018 A LAS 04:00 P.M. (CUATRO DE LA TARDE) EL REMATE SE REALIZARÁ EN EL LOCAL DEL JUZGADO DE PAZ DE ALTO SELVA ALEGRE UBICADO EN LA AVENIDA BRASIL N° 100, DISTRITO ALTO SELVA ALEGRE, PRO-VINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. TASACIÓN: S/. 11,190.00 (ONCE MIL CIENTO NOVENTA CON 00/100 SOLES). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: S/.7,460.00 (SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 SOLES. DEPÓSITO PARA SER POSTOR: EL POSTOR DEPOSITARÁ ANTES DEL REMATE, EN EFECTIVO O EN CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, LA CANTIDAD DINERARIA EQUIVALEN-TE A NO MENOS DEL 10% DEL VALOR DE LA TASA-CIÓN DE LOS DERECHOS Y ACCIONES A REMATAR Y PRESENTARÁ SU DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, LAS PERSONAS JURÍDICAS PRESENTA-RÁN VIGENCIA DE PODER. AFECTACIONES: ASIENTO 0005 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN HASTA POR LA SUMA DE S/. 8,800.00 A FAVOR DE SAMUEL TEODORO PANIHUARA CORPUNA, EL MISMO QUE DERIVA DEL PRESENTE PROCESO. EL ADJUDICATA-RIO CANCELA LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO CONFORME AL ARTÍCULO 18 DEL D.S. 008-2005-JUS, LEY 27728 Y ESTÁN AFECTOS AL IMPUES-TO GENERAL A LAS VENTAS (I.G.V.). EL REMATE SERÁ EFECTUADO POR EL MARTILLERO PUBLICO PERCY LUIS CORNEJO BARRAGÁN CON REGISTRO NÚMERO 247, CELULAR 992014422.AREQUIPA, 02 DE JULIO DEL 2018. RICARDO CONDORI S. SECRETARIO JU-DICIAL. (04-05-06-09-10-11 julio) B/E 031- 12899

SEGUNDO REMATE PÚBLICO

En el expediente Nº 02192-2014-0-0412-JM-CI-02 sobre Ejecución de Garantías seguido por el BAN-CO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de MARIA GIOVANNA MAMANI YUPA, su fiador solidario JA-VIER WILBERT YANARICO LOPEZ, Y ROSA ELVIRA PAREDES RAMOS (ADQUIRIENTE DEL BIEN MATERIA DE EJECUIÓN) El señor Juez del segundo Juzgado Civil – del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Dr. Wilson Uriel Dueñas Triviños, con intervención de la Especialista Legal Carmen Ruth Avendaño Cama, ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE signado como Pueblo Joven Campo de Marte Mz. P Lote 03 Zona B, Distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Are-quipa cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral Nº P06032212 del Registro de la Propie-dad Inmueble de la Zona Registral Nº XII - Sede Are-quipa. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú, hasta por la suma de S/ US$ 165,671.93, que es materia del presente proceso. VALOR DE LA TASACION: US$ 125,039.70 (CIENTO VENTICINCO Y TRENTA Y NUEVE CON 70/100 DOLA-RES AMERCIANOS), señalando como BASE DEL RE-MATE: US$ 70,855.83 (SETENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 83/100 DOLARES AMERI-CANOS) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. CON UNA DEDUCCION DE 15%. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: El remate se efectuará en la sala de lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la esquina de la calle Al-berto Laveau con T. Alcantara, del distrito de Pau-carpata, provincia y departamento de Arequipa, el día 16 de Julio de 2018 a las 12:00 horas ante el Martillero Público señor Héctor Mauricio Ponce Val-divia. DE LOS POSTORES: 1) Al momento del acto del remate deberán obrar como garantía en efec-tivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor: el 10% de la Tasación del Inmueble 2) Presentar arancel Judicial consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del pos-tor. 3) Presentar en original y copia el documento de identidad: DNI y/o RUC, según corresponda. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario de conformidad con los montos establecidos en el DS. Nro. 008-2005-JUS más el IGV .- Arequipa, 2018 junio 22.- MAURICIO PONCE VALDIVIA MARTILLERO PUBLICO REG. N° 236. CAR-MEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (03-04-05 julio) B/E 031- 12897.-

SEGUNDO REMATE

En el proceso de Único de Ejecución, expediente N° 05575-2016-0-0401-JR-CI-07, que sigue Fredy

Remigio Lupo Choquenaira en contra de Eulalia Al-villa Florez, en calidad de terceros Financiera Con-fianza SAA y Mibanco Banco de la Microempresa S.A., el Juez del Sétimo Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Carlos Enrique Polanco Gutierrez, con inter-vención del Especialista Legal Sandra Saturnina Ccallo Cuevas, ha designado al Martillero Público José Angelo Canales Gallegos, con Registro Nro. 281-SUNARP, para la realización del SEGUNDO RE-MATE del inmueble ubicado en la Calle San Juan de Dios Nro. 402-404-404A, Bloque 2, Sección 6, pri-mer piso, ingreso por el pasaje 3 , local Nro. 106, área 4.22 m2, Sección Sujeta al Régimen de Propie-dad Exclusiva y Propiedad Común, Arequipa, cuyas demás características obran en la partida registral Nro. 11296281 del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII, Sede Arequipa, martillero quien con la facultad otorgada por el juzgado ha seña-lado para la realización del SEGUNDO REMATE el día 17 de julio de 2018, a las 11:00 horas, el mismo que se llevará a cabo en la Sala de Remates ubicada en el sótano de la Corte Superior de Arequipa, sito en la esquina de la Plaza España con Siglo XX s/n, Pabellón E, Cercado, Arequipa. VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN DEL INMUEBLE: U.S.$ 80,000.00 (ochen-ta mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); con una BASE DEL REMATE: U.S.$ 45,333.33 (cuarenta y cinco mil trescientos treinta y tres con 33/100 Dólares de los Estados Unidos de América), que son las dos terceras partes de la Tasación, QUIEBRA Depósito para ser postor: U.S.$ 8,000.00, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre; teniendo además que pagar arancel judicial (código 7153) para participar en remate ju-dicial correspondiente, esto es S/ 622.50 (indican-do juzgado, número de expediente y número de documento nacional de identidad) y presentarán en original su documento nacional de identidad u otro según corresponda. GRAVÁMENES: 1) Hipoteca a favor de los demandantes hasta por la suma de U.S.$ 30,000 que da origen a la presente ejecución. 2) Embargo en Forma de Inscripción a favor de la SUNAT hasta por la suma de S/ 9,400. 3) Embargo en forma de Inscripción a favor de Financiera Con-fianza SAA, hasta por la suma de S/ 72,000. 4) Em-bargo en forma de Inscripción a favor de Mibanco Banco de la Microempresa S.A., hasta por la suma de S/ 66,000. No se conocen otros gravámenes. El remate se llevará a cabo ante el Martillero Pú-blico José Angelo Canales Gallegos, Registro Nro. 281-SUNARP. Arequipa, 13 de junio de 2018.- SAN-DRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL. (02-03-04 julio) B/E 031-12895.

CONVOCATORIA A SEGUNDO REMATE JUDI-

CIAL

Expediente N° 03224-2016-0-0401-JR-CI-09 en los autos seguidos por FINANCIERA CREDINKA S.A. en contra de Alejo Gonzales Mariluz y Bernedo Gonzales Herminia sobre Ejecución de Garantías; el Juez del Noveno Juzgado Especializado Civil – Sede Central Arequipa, Dr. Jose Antonio Meza Miranda, con la Especialista Legal Dra. Marisol Gar-cia Jurado, ha dispuesto que el Martillero Publico Christian Rubén Vizcarra Adriano y lleve a cabo el REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: Pueblo Joven Independencia Manzana 23 Lote 19 Zona B del distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequi-pa; inscrito en el Registro de Predios con Partida Nº P06008093 de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. VALOR DE TASACION : US$/. 87,523.50 (Ochenta y siete mil quinientos veintitrés con 50 /100 dólares americanos). PRECIO BASE DE REMA-TE: US$/. 49,596.65 (Cuarenta y nueve mil quinien-tos noventa y seis con 65/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 del Valor Comercial de Tasa-ción, adicionalmente la deducción del 15% por la primera convocatoria. OBLAJE: US$/. 8,752.35 (10% de la tasación del inmueble). AFECTACIO-NES DEL INMUEBLE: Asiento N° 00007 .- Hipoteca constituida por su propietaria a favor de Financiera Nueva Vision, hasta por la suma de US$. 42,307.20 dólares americanos, según consta en la Escritura Pública N° 7936 de fecha 18 de diciembre de 2013, otorgada ante Notario Dr. Javier Rodriguez Velarde. Asiento N° 00008 .- Medida cautelar de embargo a favor del Edpyme Raíz S.A., hasta por la suma de S/ 30,000.00 dispuesta en el Expediente 2816-2016 por el Sétimo Juzgado de Paz Letrado de Arequipa. Asiento N° 00009 .- Medida cautelar de embargo a favor del Compartamos Financiera S.A., hasta por la suma de S/ 24,500.00 dispuesta en el Expediente 875-2016 por el Sexto Juzgado de Paz Letrado de Arequipa. Asiento N° 00010 .- Medida cautelar de embargo a favor del Compartamos Financiera S.A., hasta por la suma de S/ 26,000.00 dispuesta en el Expediente 3131-2016 por el Tercer Juzgado de

Paz Letrado de Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: 16 de julio del año 2018, a las 11:00 horas. LUGAR DE REMATE: Sala de remates Nro. 12 – sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Esquina de Plaza España, Calle Siglo XX con Calle Colón, Distrito del Cercado, Provincia y Departamento de Arequipa. POSTORES: 1) Oblaran antes del re-mate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Nego-ciable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con fotocopias de los mismos. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes res-pectivos, con copia de éstos. El adjudicatario debe-rá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de de-clararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar la diligencia del remate. Christian Rubén Vizcarra Adriano – Martillero Públi-co registro N° 264 - Arequipa , 18 de mayo del 2018. MARISOL GARCIA JURADO SECRETARIA JUDICIAL .- (02-03-04 julio) B/E 031-12892.-

EDICTOS PENALES NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Por ante el Tercer Juzgado de Familia la Corte Su-perior de Justicia de Arequipa, que despacha la señora Jueza Julia María Fátima Montesinos y Mon-tesinos Hartley, con intervención de la Especialista Legal Ángela Briseida Mostacero Rosas, se tramita el expediente número 6302-2018-0- 0401-]R-FT-03, sobre Violencia Familiar, seguida por Angélica Pozo de Luque, en contra dejóse Richard Luque Pozo; se ha dispuesto la notificación mediante edictos la Resolución número 02, de fecha seis de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: DICTAR las si-guientes medidas de protección: 1. El denunciado JOSE RICHAR LUQUE POZO, deberá abstenerse de ejercer cualquier acto de violencia en agravio de la denunciante ANGELICA POZO DE LUQUE. 2.- El denunciado se encuentra prohibido de acercarse a la denunciante, a menos de cien metros de dis-tancia, en cualquier lugar público o privado que se encuentre la denunciante, ya sea en su domicilio o centro de trabajo o estudios. Distancia que se in-crementará a doscientos metros de distancia si es que ha ingerido cualquier clase de licor en la can-tidad que fuera. De ser encontrado en flagrancia, será detenido por veinte horas, bastando la apre-ciación razonada de personal policial. Sin perjuicio de la denuncia penal que ameritará por el incum-plimiento. 3.- El denunciado se encuentra prohibi-do de acercarse al domicilio de la denunciante, a menos de cien metros de distancia. Distancia que se incrementará a doscientos metros de distancia si es que ha ingerido cualquier clase de licor en la cantidad que fuera. De ser encontrado en fla-grancia, será detenido por veinte horas, bastando la apreciación razonada de personal policial. Sin perjuicio de la denuncia penal que ameritará por el incumplimiento. 4.- Se encuentra prohibido de in-gresar al domicilio de la denunciante bajo ninguna circunstancia. 5.- El denunciado se encuentra pro-hibido de comunicarse con la denunciante ya sea por vía epistolar, telefónica, electrónica, vía chat, redes sociales u otras formas de comunicación si-milares. Se hace de conocimiento del denunciado que el incumplimiento de las medidas de protec-ción implica incurrir en desobediencia a la autori-dad. 6.- Personal Policial de la comisaria del Sector del domicilio de la denunciante deberá acudir in-mediatamente y bajo responsabilidad funcional a cualquier llamado de auxilio ante cualquier hecho de violencia que pudiera propiciar el denunciado, o ante el incumplimiento de las medidas de protec-ción dictadas. DISPONGO: Que la Policía Nacional del Perú se encargue de la ejecución de lo ordena-do en la presente resolución, bajo responsabilidad. Debiendo su personal cumplir con las previsiones del artículo 47 del Reglamento de la Ley 30364, en especial deberá informar personalmente a la denunciante y al denunciado sobre las medidas dictadas y lo necesario para su cumplimiento, de lo cual sentará el acta correspondiente. Arequipa, 2018 julio 02. (04-05-06 julio)

Por ante la Jueza del CUARTO JUZGADO DE FAMI-LIA, Dra. Hilda Mercedes Chávez Cervantes, con intervención del Secretario Judicial Alex Willian Miranda Coila, EXPEDIENTE NRO. 9920-2017; se no-

tifica al padre de la NIÑA NOEMÍ RAMOS ANCCO, con la resolución 05, que RESUELVE Identificar y tener como nombre correcto de la niña tutelada el de NOEMÍ RAMOS ANCCO, declarándose EL ESTADO DE ABANDONO de la misma, nacida el diecisiete de abril del dos mil catorce, quien cuenta actualmente con cuatro años, un mes y veintidós días, dispo-niéndose como medida de protección continúe su albergamiento en el CAR Chávez de la Rosa, dando cuenta a la Oficina de Adopciones de Arequipa, para su promoción en adopción, y SE DECLARA LA EXTINCION de la patria potestad de los padres naturales de la menor, debiendo previamente no-tificarse la presente resolución mediante edictos en el Diario la República y en el diario oficial El Pe-ruano, al desconocerse el domicilio del padre de la menor Noemí Ramos Ancco. Regístrese y comuni-qúese. Debiendo devolverse a la Cuarta Fiscalía de Familia las copias certificadas del caso SIAFT 704-2018- 368, tomo II al no corresponder al presente expediente. Interviniendo el secretario judicial que suscribe por disposición Superior. Arequipa, 21 de marzo del 2018.- ( 03-04-05 julio)

EXPEDIENTE: : 26-2016-0-0405-JP-PE-01 SECRE-TARIA: ANGELA AGUILAR SALINAS EXPEDIENTE N° 26-2016-0-0405-JP-PE-01 SECRETARIA ANGELA AGUILAR SALINAS JUZGADO DE PAZ LETRADO MA-JES- PEDREGAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE AREQUIPA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA AIDA BETTY MAMANI CHOQUECHAMBI dispone se notifique mediante edictos a la parte agraviada CE-LIA FLORES QUISPE Con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN N° 05. Parte resolutiva. RESUELVO: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE DEL PROCESO A LA QUERELLANTE PARTICULAR CECILIA FLORES QUISPE, dando por concluido el proceso, seguido en contra de BRASILIA FLORES FLORES, sobre faltas contra la persona, en agravio de CECILIA FLORES QUISPE. 2) ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE el presen-te proceso. 3) SE DISPONE NOTIFICAR VÍA EDICTOS la presente resolución TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ( 03-04-05 julio)

SECRETARIA: MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA EXPEDIENTE : 175-2017-0-0405-JP-PE-01 EDICTO EXPEDIENTE N° 175-2016-0-0405-JP-PE-01 SECRE-TARIA MARLENY RQXANA TAPIA ESPINOZA JUZ-GADO DE PAZ LETRADO MAJES- PEDREGAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA AIDA BETTY MAMANI CHOQUECHAMBI dispone se notifique mediante edictos a la parte agraviada Liliana Andrea Castillo Pari. Con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN N° 01. Parte resolutiva. RESUELVO: 1) CITAR A JUI-CIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado DAVID ORIHUELA CRISANTO por la presunta comisión de Faltas contra la persona, previsto en el primer pá-rrafo del artículo 441 del Código Penal, en agravio de ELSA LLAMOCA HUACO y SERGIO CARLOS ORI-HUELA LLAMOCA 2) (...) 3) PONER EN CONOCIMIEN-TO DE LAS PARTES QUE: La audiencia se realizará en un solo acto, en el que se actuará: a.- el examen del imputado: b.- la declaración de la agraviada, c.- Los documentos adjuntados: d.- El careo entre las partes, de ser necesario. Asimismo, las partes tienen derecho de presentar todas las pruebas que consideren necesarias para la defensa de sus derechos, en dicha única oportunidad 4) RESUEL-VO NO ABRIR JUICIO POR VIOLENCIA PSICOLÓGICA, disponer el archivo en ese extremo. DISPONGO: Se notifique debidamente con la presente a las partes RESOLUCIÓN N° 04. Proveyendo a los informes de devolución con número de registro 2572-2018 y 4260-2018: Estando a la devolución de las cédulas de notificación en vista que no se pudo ubicar la dirección del domicilio real de la parte agraviada, y advirtiéndose de autos que también no se pudo ubicar el domicilio consignado en la ficha RENIEC de Elsa Llamoca Huaco SE DISPONE: 1) REPROGRA-MAR LA FECHA DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA DOCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA el cual se llevara cabo en la sala de au-diencia del Juzgado de Paz Letrado; bajo apercibi-miento a la parte imputada que en caso de incon-currencia se cursara oficio a la Policial Nacional del Perú para su conducción compulsiva. 2) NOTIFICAR VIA EDICTOS con la resolución número uno (auto de citación a juicio) y la presente resolución a la agraviada Elsa Llamoca Huaco por derecho propio y en su calidad de representante del menor agra-viado SERGIO C O. L. conforme al articulo 167 del Código Procesal Civil, para lo cual oficíese al diario La República- Arequipa— ( 03-04-05 julio)

EXPEDIENTE : 2919-2017-0-0405-JP-PE-01 SECRE-TARIA: MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA EXPE-DIENTE N° 2919-2017-0-0405-JP-PE-01 SECRETARIA

MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA JUZGADO DE PAZ LETRADO MAJES- PEDREGAL DE LA COR-TE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA AIDA BETTY MAMANI CHOQUECHAMB.I dispone se notifique mediante edictos a la parte imputada LUIS ALBERTO MALAGA CORRALES Con las siguientes resoluciones: RESO-LUCIÓN N° 01. Parte resolutiva 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado LUIS ALBER-TO MALAGA CORRALES por la presunta comisión de Faltas contra la persona, previsto en el primer pá-rrafo del artículo 441° del Código Penal, en agravio de FATTNY LUCIA SERMIENTO RAMIREZ. 2) Consti-tuir en querellante particular a la agraviada FATTNY LUCIA SERMIENTO RAMIREZ. ; y con la RESOLUCIÓN N° 02. Proveyendo al informe de devolución con número de registro 5971-2017: Estando a la devo-lución de la cédula de notificación en vista que no se pudo ubicar la dirección del domicilio real de la parte imputada, y advirtiéndose de autos que tam-bién no se pudo ubicar el domicilio consignado en la ficha RENIEC SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR LA FECHA DEL JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y TREINTA, el cual se llevara cabo en la sala de au-diencia del Juzgado de Paz Letrado: bajo apercibi-miento a la parte imputada que en caso de incon-currencia se cursara oficio a la Policial Nacional del Perú para su conducción compulsiva. 2) NOTIFICAR VIA EDICTOS con la resolución número uno (auto de citación a juicio) y la presente resolución al im-putado LUIS ALBERTO MALAGA CORRALES confor-me al artículo 167 del Código Procesal Civil, para lo cual oficíese al diario La República- Arequipa ( 03-04-05 julio)

EXPEDIENTE : 1299-2016-0-0405-JP-PE-01 SECRE-TARIA: MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA EXPE-DIENTE N° 1299-2016-0-0405-JP-PE-01 SECRETARIA MARLENY ROXANA TAPIA ESPINOZA JUZGADO DE PAZ LETRADO MAJES- PEDREGAL DE LA CORTE SU-PERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA JUEZA QUE SUS-CRIBE DOCTORA AIDA BETTY MAMANI CHOQUE-CHAMBI dispone se notifique mediante edictos a la parte agraviada Liliana Andrea Castillo Pari, Con las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN N° 06. Par-te resolutiva RESUELVO: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE DEL PROCESO A LA QUERELLANTE PARTICULAR LILIANA ANDREA CASTILLO PARI, dan-do por concluido el proceso, seguido en contra de JULIA TURPO MERCADO, sobre faltas contra la persona, en agravio de LILIANA ANDREA CASTILLO PARI. 2) ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE el presente proceso. 3) SE DISPONE NOTIFICAR VÍA EDICTOS la presente resolución. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ( 03-04-05 julio)

EXPEDIENTE : 03284-2017-0-0401-JP-PE-01 ESPE-CIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la par-te imputada FRANCISCO GRIMALDO BARBACHAN PAZ. Con la siguiente resolución N° 04-2018. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada CARMEN JULIA QUISPE NINA; del presente proceso por Faltas Con-tra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de FRANCISCO GRIMALDO BAR-BACHAN PAZ; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la Presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Registre-se y notifiquese. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 04795-2017-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARARE. PEREZ HUERTA, DIEGO EDUARDO URRUNAGA COLLANTES, CARMEN RO-SARIO DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juz-gado de Familia de Cerro Colorado, notifica a DIE-GO EDUARDO PEREZ HUERTA, como parte del pre-sente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE; 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a DIEGO EDUARDO PEREZ HUERTA realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de MARIA DEL CARMEN ROSARIO URRUNAGA COLLANTES; B. Prohibir a DIEGO EDUARDO PEREZ HUERTA que se acerque o aproxime a MARIA DEL CARMEN ROSA-RIO URRUNAGA COLLANTES en cualquier forma, a una distancia no menor a 10 metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o

Page 3: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- ... SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

vía pública, salvo en casos de diligencias judicia-les o extrajudiciales que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a re-tirarlo en caso de incumplimiento/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DES-OBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se pon-ga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que de los servicios cúm-plase.- Ello junio 14. conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comunquese y cúmplase Ello en el proceso n° 047952017-0-0401-JR-FT -01 . Cerro Co-lorado. 2018, junio 14.- ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO AGRAVIADO 01296-2018-0-0401-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI CHULLUNQUIA CH-AHUARA, MARCELINO CARRAZCO JACHO, DELIA REYNA .- Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Ce-rro Colorado, notifica a DELIA REYNA CARRAZCO JACHO y MARCELINO CHULLUNQUIA CHAHUARA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RE-SUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a MARCELINO CHULLUNQUIA CHAHUARA realizar cualquier tipo de agresión física o psi-cológica en agravio de DELIA REYNA CARRAZCO JACHO, bajo apercibimiento en caso de incumpli-miento de ser retirado el denunciado del domicilio donde habita Ias partes; B. Prohibir a MARCELINO CHULLUNQUIA CHAHUARA, ingresar al domicilio en el que habita DELIA REYNA CARRAZCO JACHO en estado de ebriedad, o consumir licor en el inte-rior de dicho domicilio. Autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantarse el acta respectiva; C. Prohibir a MARCELINO CHULLUN-QUIA CHAHUARA que se acerque o aproxime a DELIA REYNA CARRAZCO JACHO, en estado etílico a menos de diez metros de distancia, ya sea en la vía pública, su domicilio o donde ella se encuen-tre, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantarse el acta respectiva; D. Se dis-pone terapia reeducativa para MARCELINO CHU-LLUNQUIA CHAHUARA la que se realizara por ante la psicóloga del equipo multidisciplinar^ adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audien-cia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones, no solo por los nuevos hechos de violencia sino por el presunto delito de desobediencia y/o resistencia a la autoridad en el que habría incurrido MARCELINO CHULLUNQUIA CHAHUARA por el incumplimiento de las medidas de protección dictadas anterior-mente; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protec-ción dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio in-mediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medi-das. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Pe-nal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene dere-

cho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal- fin. Regístrese, comunquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01296-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, junio 12. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 02011-2018-0-040 l-JR-FT-01 MATE-RIA : VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ : LOZA PEÑA RILDO ESPECIALISTA : BARRIO DE MENDOZA QU1SPE FARAHI MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA , MENOR : HUANCA BELLIDO, SHAMIRA KINDER AGRAVIADA HUANCA BELLIDO, INGRID KIARA AGRAVIADA DEMANDADO : HUANCA MAMANI, HENRY JAIME AGRAVIADO : BE-LLIDO PACORI, MARLENY DEMANDANTE: SERVICIO DE ATENCION URGENTE , Notificación por Edicto.- DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a HENRY JAI-ME HUANCA MAMANI, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a HENRY JAIME HUANCA MAMANI realizar cualquier tipo de agre-sión psicológica en agravio de MARLENY BELLIDO PACORI, consecuentemente está prohibido de diri-girse con términos soeces, ofensivos o amenazan-tes, bajo apercibimiento en caso de incumplimien-to de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; B. Prohibir a HENRY JAIME HUANCA MAMANI realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de la menor de iniciales S.K.H.B. (16 años); C. Pro-hibir a HENRY JAIME HUANCA MAMANI el generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo con MARLENY BELLIDO PACORI en presencia de la menor de iniciales I.K.H.B. (9 años); D. Disponer que MARLENY BELLIDO PACORI y las menores de inicia-les S.K.H.B. (16 años) y I.K.H.B. (9 años) reciba tera-pia psicológica y HENRY JAIME HUANCA MAMANI terapia reeducativa, por ante el Centro de Salud de Zamacola, para lo cual deberá cursarse el oficio respectivo, debiendo el profesional a cargo de las terapias informar al Juzgado bajo responsabilidad sobre la ejecución de las mismas; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DES-OBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones: 3) DISPONER: Se pon-ga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artí-culo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PONGASE en conoci-miento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte DE LOS servicios públicos y privados destina-dos para tal fin. Regístrese, comunquese y cúmpla-se.- Ello en el proceso N° 0201 1-2018-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, Junio 12. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO AGRAVIADO 03003-2017-0-0401-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI CHAMBI UMPIRE, FABIAN LLACMA SAP ACAYO, ERIKA SANDRA No-tificación por Edicto .- DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO CO-LORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a ERIKA SANDRA LLACMA SAPACAYO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohi-bir a FABIAN CHAMBI UMPIRE realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de ERIKA SANDRA LLACMA SAPACAYO; B. Prohibir a FABIAN CHAMBI UMPIRE que se acerque o aproxi-me a ERIKA SANDRA LLACMA SAPACAYO en estado etílico a menos de dos metros de distancia, ya sea en ia vía pública o privada o donde ella se encuen-tre, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a

retirarlo del lugar hasta que recobre la sobriedad, debiendo levantarse el acta respectiva; C. Disponer que las partes reciban terapia psicológica ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a su notificación, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de au-diencia/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata La ejecución de La medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PONGA-SE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia juri-díca gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 03003-2017-0-0401-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, junio 14. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 02033-2018-0-040l-JR-FT-01 MATERIA : VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ: L O Z A PEÑA RILDO ESPECIALISTA : BARRIO DE MENDO-ZA QUISPE FARAHI DEMANDADO : MOLINA TTIRA, SANTOS AGRAVIADO : SALAS PUELLES, NORMA No-tificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLO-RADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, noti-fica a SANTOS MOLINA TTIRA y NORMA SALAS PUE-LLES. como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: I) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a SANTOS MOLINA TTIRA realizar cual-quier tipo de agresión psicológica en agravio de NORMA SALAS PUELLES, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denun-ciado por veinticuatro horas por la Policía Nacio-nal del Perú; B. Prohibir a SANTOS MOLINA TTIRA realizar cualquier tipo de agresión psicológica en agravio del adolescente de iniciales N.M.S. (16 años), consecuentemente el denunciado deberá abstenerse de insultarlo, dirigirse con palabras soe-ces o de amenazarlo con botarlo de su casa, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú; C. Prohibir a SANTOS MOLINA TTIRA realizar cualquier tipo de agresión patrimonial en agravio de NORMA SALAS PUELLES, consecuentemente está prohibido de perturbar la posesión que tiene la denunciante ,en el inmueble donde habita, lo que implica está prohibido el de-nunciado de botarla de dicho domicilio o impedir que ingrese a las habitaciones del inmueble; D. Disponer que NORMA SALAS PUELLES y el adoles-cente de iniciales N.M.S. (16 años) reciban terapia psicológica y SANTOS MOLINA TTIRA terapia reedu-cativa, por ante la psicóloga del equipo multidisci-plinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia; MEDIDAS DE PROTECCION QUE DEBERAN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal corres-pondiente para que proceda conforme a sus atri-buciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protec-ción dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio in-mediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medi-das. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Pe-nal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 5) PÓNGALE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene dere-cho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los

servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuníquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 02033-2018-0- 040 l-JR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, júnior12. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 00888-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI BERNAL PACHECO, CRISTIAN : SEJJE CHOQUE, MELANY XIMENA No-tificación por Edicto JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a CRISTIAN BER-NAL PACHECO, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLU-CION N°l, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a CRISTIAN BERNAL PA-CHECO realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de MELANY XIMENA SEJJE CHOQUE y el menor de iniciales SJ.E.S.CH. (03) bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por la Policía Nacional del Perú. B. Prohibir a CRISTIAN BERNAL PACHECO que se acerque o aproxime a ME-LANY XIMENA SEJJE CHOQUE en cualquier forma, a una distancia no menor a veinte metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judicia-les, extrajudiciales o régimen de visitas legalmente establecidos que pudieran tener las partes, auto-rizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento. C. Prohibir a CRISTIAN BERNAL PACHECO el comunicarse con MELANY XI-MENA SEJJE CFIOQUE vía oral, epistolar, telefónica, electrónica; asimismo, vía chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de co-municación, salvo para situaciones referidas para el cuidado, atención o régimen de visitas respecto de su menor hijo, el cual deberá ser por escrito. D. Prohibir a CRISTIAN BERNAL PACHECO el generar discusiones o actos de agresión de cualquier tipo con MELANY XIMENA SEJJE CHOQUE en presencia del menor de iniciales S.J.E.S.CH. (03). E. Dispo-ner que MELANY XIMENA SEJJE CHOQUE reciban terapia psicológica y CRISTIAN BERNAL PACHECO tratamiento reducativo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audien-cia; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-NUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada; a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando ronda/ inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agra-viada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medi-das de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Penal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución dene-gatoria. 5) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los ser-vicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01488-2018-0-04PLJR-FT-01. Cerro Co-lorado, 2018,

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE : 05631-2017-0-040l-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI AROSTEGUI VILLENA, RAY JULINHO ORTIZ LAJO, MELISSA GUADALUPE Notificación por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a RAY JLILINHO AROSTEGUI VILLENA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, SE RESUELVE: NO HABER MERITO a dictar medida de protección alguna a favor de MELISSA GUADALUPE ORTIZ LAJO en contra de RAY JULINHO AROSTEGUI VILLENA y

de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 30364 de Violencia Familiar y artículo 48 de su Reglamento SE DISPONE: La remisión de los actuados al Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colo-rado para que proceda conforme a sus atribucio-nes. Regístrese y Hágase Saber.- Ello en el proceso N° 05631 -2017-0-0401-JR-FT-OL Cerro Colorado, 2018, junio 14. ( 03-04-05 julio)

JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, notifica a WILBER HIGUERA QUISPE, como parte del presente proceso, a efecto de que tome cono-cimiento de la RESOLUCIÓN N°l. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Prohibir a WILBER HIGUERA QUISPE realizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de LISBE-TII ESTHER LAURA ARACA Y DE LA MENOR A.A.H.L., bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido por el plazo de 24 horas. B. Prohibir a WILBER HIGLTERA QUISPE se acerque o aproxime a LISBETH ESTHER LAURA ARACA en cualquier forma y aún más si este se encontrara en estado de ebrie-dad, a una distancia no menor a 15 metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judiciales, extrajudiciales o régimen de visitas debidamente establecido entre las partes, autorizándose a la Po-licía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incum-plimiento. C. Prohibir a WILBER HIGUERA QUISPE aleje a la menor A.A.H.L. del entorno de cuidado de su progenitora LISBETH ESTHER LAURA ARACA, prohibiéndosele retirarla del hogar donde vive con su progenitora. D. Disponer que las partes reciban terapia psicológica gratuita ante el Centro de Salud de Zamácola, para lo cual deberá cursarse el oficio respectivo, debiendo el profesional a cargo de las terapias informar al Juzgado bajo responsabilidad sobre la ejecución de las mismas; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DES-OBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD. 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fis-calía Penal correspondiente para que proceda con-forme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se res-ponsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a las agraviadas en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene de-recho a la asistencia ¡jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Registrese, comuniquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 05369-201 7-0-0401-JR-FT-01. Ce-tro Colorado, 2018, junio 14. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : 00412-2018-0-0401-JR-FT-0I 00412-2018-0-0401 -JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAH LIZANA CARRION, JUAN JESUS COTRINA ROJAS, MARITZA JACQUELINE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO AGRAVIADO Notificación por Edicto. DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Fa-milia de Cerro Colorado, notifica a JUAN JESUS LI-ZANA CARRION, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLU-CION N°2, SE RESUELVE: 1) DICTAR como medidas de protección: A. Disponer el retiro de JUAN JESUS LIZANA CARRION del domicilio ubicado en: ASO-CIACION APIPA, SECTOR 15, MZ. D, LOTE 17 - DIS-TRITO DE CERRO COLORADO, pudiendo solamente llevar consigo sus prendas personales imprescindi-bles, a tal efecto notifíquese a la Policía Nacional del Perú a fin de que ejecute de manera inmedia-ta el retiro dispuesto, y además recabar la nueva dirección domiciliaria del denunciado debiendo informar de ello a este Despacho bajo responsabili-dad; B. Prohibir a JUAN JESUS LIZANA CARRION rea-lizar cualquier tipo de agresión física o psicológica en agravio de MARITZA JACQUELINE COTRINA RO-JAS, y de las menores de iniciales C.H.L.C. (13 años), MJ.L.C. (12 años) bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser detenido el denunciado por veinticuatro horas por La Policía Nacional de! Perú; C. Prohibir a JUAN JESUS LIZANA CARRION que se acerque o aproxime a MARITZA JACQUELINE CO-TRINA ROJAS y de las menores de iniciales C.H.L.C. (13 años), MJ.L.C. (12 años) en cualquier forma, a

Page 4: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- ... SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

una distancia no menor a cien metros, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo en casos de diligencias judicia-les, extrajudiciales o régimen de visitas legalmente establecidos que pudieran tener las partes, autori-zándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; D. Prohibir a JUAN JESUS LIZANA CARRION el poder ingresar al domicilio en el que habita MARITZA JACQUELINE COTRINA RO-JAS; E. Prohibir a JUAN JESUS LIZANA CARRION el comunicarse con MARITZA JACQUELINE COTRINA ROJAS y de las menores de iniciales C.H.L.C. (13 años), MJ.L.C. (12 años) vía oral, epistolar, telefóni-ca, electrónica; asimismo, vía Chat, redes sociales, red institucional, intranet u otras redes o formas de comunicación, salvo para situaciones referidas al régimen de visitas respecto de sus menores hijos, el cual deberá ser por escrito; F. Prohibir a JUAN JESUS LIZANA CARRION el generar discusiones o actos de agresión de cualquier titpo con MARIT-ZA JACQUELINE COTRINA ROJAS en presencia de los menores de iniciales C.M.L.C. (05 AÑOS) y N.S.L.C. (03 años)¸F . Se dispone se realice visita social inopinada, a realizarse en el domicilio de los menores de iniciales C.H.L.C. ( 13 años) , M.J.L.C. (12 años) C.M.L.C. (5 años) y N.S.L.C. (3 años, a efecto de verificar su situación actual, debiendo notificarse a la Asistencia Social del equipo multidisciplinario de los Juzgados de fa-milia de Cerro Colorado, quien deberá informar bajo responsabilidad la realización o en su defecto la imposibilidad de la visita dispuesta; G. Disponer que MARITZA JACQUELINE COTRINA ROJAS y los menores de iniciales C.H.L.C. (13 años), MJ.L.C. (12 años), C.M.L.C. (5 años) y N.S.L.C. (3 años) reciban terapia psicológica y JUAN JESUS LIZANA CARRION tratamiento reducativo o terapéutico, por ante la psicóloga del equipo multidisciplinario adscrito al Juzgado, para lo cual deberán, dentro de los tres días siguientes a la realización o notificación de la presente audiencia, coordinar su cita con la sola presentación de la copia del acta de audiencia/ ME-DIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLI-DAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTO-RIDAD, 2) Se dictan las siguientes MEDIDAS CAUTE-LARES; A) La tenencia provisional de los menores de iniciales C C.H.L.C. (13 años), MJ.L.C. (12 años), L.A.L.C. (10), C.M.L.C. (5 años) y N.S.L.C. (3 años) a favor de MARITZA JACQUELINE COTRINA ROJAS; B) Los alimentos provisionales en la suma de S/. 600 soles a razón de S/. 120.00 Soles para cada uno de los menores de iniciales C.H.L.C. (13 años), MJ.L.C. (12 años), L.A.L.C. (10), C.M.L.C. (5 años) y N.S.L.C. (3 años), que serán depositados por JUAN JESUS LIZANA CARRION los primeros cinco días de cada mes en cuenta de ahorros del banco de la Nación N°04-109-163827 a nombre de MARITZA JACQUELI-NE COTRINA ROJAS, pensión que empezara a regir en el mes de febrero del 2018; para lo cual propor-ciona copia de su DNI en el acto, debiendo de cur-sarse oficio mediante secretaría; 3) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal corres-pondiente para que proceda conforme a sus atri-buciones; 4) DISPONER: Se ponga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protec-ción dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio in-mediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; debiendo informar a este despacho de manera inmediata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medi-das. 5) VIGENCIA Conforme al artículo 23 de la Ley 30364 las medidas de protección estarán vigentes hasta que, la sentencia emitida en el Juzgado Pe-nal o hasta el pronunciamiento Fiscal por el que se decida no presentar denuncia penal por resolución denegatoria. 6) PONGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene dere-cho a In asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados/para tal fin. Regístrese, comuniqúese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 412-2018-0/0401 ylTR-FT-01. Cerro Colorado, 2018, marzo 20. ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO DEMANDANTE 03426-2017-0-040 l-JR-FT-01 VIOLENCIA FAMILIAR LOZA PEÑA RILDO BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI NUÑEZ MASIAS, ISABEL MOSCOSO CORRALES. JAIME JULIAN Noti-ficación por Edicto.- JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLORADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Fa-milia de Cerro Colorado, notifica a ISABEL NUÑEZ MASIAS, como parte del presente proceso, a efecto

de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2. SE RESUELVE: 1) DICTAR como medida de protec-ción: A. Prohibir a ISABEL NUÑEZ MASIAS realizar cualquier tipo de agresión patrimonial; consistente en retirar bienes muebles del domicilio de JAIME JULIAN MOSCOSO CORRALES sin autorización de este, salvo que exista mandato judicial/ MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADA POR DESOBEDIENCIA Y/O RESISTENCIA A LA AUTORI-DAD, 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal correspondiente para que proceda conforme a sus atribuciones; 3) DISPONER: Se pon-ga en conocimiento de la Policía Nacional de Perú la medida de protección dictada, a fin de que se responsabilice de su ejecución, haga seguimiento de su cumplimiento realizando rondas inopinadas y preste el auxilio inmediato a la agraviada en caso de incumplimiento de la medida de protección; de-biendo informar a este despacho de manera inme-diata la ejecución de la medida de protección y de manera periódica el seguimiento del cumplimiento de dicha medidas. 4) PÓNGASE en conocimiento de la parte denunciante que conforme a ley tiene de-recho a la asistencia jurídica gratuita por parte de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniquese y cúmplale.- filo en el proceso N° 03426-2017-0-040l-JR- FT-01. Cerro Colorado. 2018,.- ( 03-04-05 julio)

1o JUZGADO DE FAMILIA - SEDE CERRO COLORADO EXPEDIENTE : MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMAN-DADO AGRAVIADO : 01425-2017-0-0401 -JR-FT-01 : VIOLENCIA FAMILIAR : LOZA PEÑA RILDO : BARRIO DE MENDOZA QUISPE FARAHI : VILCAS QUISPE, DI-MAS ILPANOCCA MOROCCO, GREGORIA.- Notifica-ción por Edicto DR. RILDO LOZA PEÑA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE CERRO COLO-RADO Por medio de la presente, el señor Juez del Primer Juzgado de Familia de Cerro Colorado, no-tifica a DIMAS VILCAS QUISPE. como parte del pre-sente proceso, a efecto de que tome conocimiento de LA RESOLUCION N° 2 SE RESUELVE 1 DICTAR como medida de protección, las siguientes: a) La prohibición para DIMAS VILCAS QUISPE, de toda agresión ya sea física o psicológica, hacia GREGO-RIA ILPANOCCA MOROCCO, b) La prohibición para DIMAS VILCAS QUISPE, de acercarse en estado de ebriedad a GREGORIA ILPANOCCA MOROCCO, en cualquier lugar de la vía pública o privada donde ella se encuentre, autorizándose a la Policía Nacio-nal del Perú a retirarlo de lugar hasta que recobre la sobriedad; c) La prohibición para DIMAS VILCAS QUISPE, de acercarse a menos de un metro de dis-tancia a GREGORIA ILPANOCCA MOROCCO, ya sea en su hogar, centro de estudios, centro de trabajo o vía pública, salvo diligencias judiciales, extrajudi-ciales o régimen de visitas que pudieran tener las partes, autorizándose a la Policía Nacional del Perú a retirarlo en caso de incumplimiento; MEDIDAS DE PROTECCIÓN QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DES-OBEDIENCIA A LA AUTORIDAD; 2) DISPONGO: Que se REMITAN los actuados a la Fiscalía Penal corres-pondiente para que proceda conforme a sus atri-buciones; 3) Dada la existencia del proceso en el expediente N°. 6888 - 2015, seguido ante el Cuarto Juzgado de Familia de Arequipa, dispongo se remi-tan el presente, en copias certificadas a la Fiscalía Penal de turno para que sea denunciado DIMAS VILCAS QUISPE, por el delito de desobediencia a la autoridad; 4) DISPONGO: Que SE OFICIE mediante secretaria a la Policía Nacional del Perú de jurisdic-ción para que tome conocimiento de las medidas de protección dictadas, siendo los responsables de ejecutar las medidas de protección dictadas de conformidad con lo señalado en la última parte del considerando quinto. 5) PONGASE en conocimien-to de la parte denunciante que conforme a ley tie-ne derecho a la asistencia Juridica gratuita por par-te de los servicios públicos y privados destinados para tal fin. Regístrese, comuniquese y cúmplase.- Ello en el proceso N° 01425- 2017-0-040l-JR-FT-01. Cerro Colorado, 201 8. junio 20. ( 03-04-05 julio)

JUZGADO DE PAZ EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA DEMANDADO DEMANDANTE LE-TRADO TRANSITORIO - SEDE MARIANO MELGAR 03706-2016-0-0410-JP-FC-02 ALIMENTOS VIZCA-RRA BANDA DAVID CHOQUE AGUILAR LIZBETH TAMA YO RODRIGUEZ, EDWIN ERNESTO LINARES , BLANCA VERONICA Notificación por Edicto Dr. Da-vid Vizcarra Banda Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módulo Básico de Justicia Mariano Melgar Por medio de la presente, el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Módu-lo Básico de Justicia de Mariano Melgar, notifica a EDWIN ERNESTO TAMAYO RODRÍGUEZ, como

parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°03. por la que SE RESUELVE: 1) DECLARAR REBELDE a la parte de-mandada EDWIN ERNESTO TAMAYO RODRÍGUEZ y conforme ai estado de la causa, SE DISPONE: Seña-lar fecha para la AUDIENCIA ÚNICA el día VEINTI-CUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS, la misma que se llevará a cabo en el despacho judicial del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Mariano Melgar con la parte que concurra. TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Ello en el proceso N° 03706-2016-0-0410JP-FC-02, por Alimentos. Mariano Melgar, 2018, junio 15.-(03-04-05 julio)

Por ante el Señor Juez del Segundo Juzgado de Fa-milia del Módulo de Justicia de Paucarpata, Javier Edmundo Calderón Beltrán, con la intervención del Especialista Legal Liliana Zarely Tito Mollepaza, se tramita el expediente 6141-2016-0-0412-JM-FC-02, sobre Interdicción, seguido por Alvino Andrés Silva Chacón y otra, en contra de Jenny Silva Talavera y otros, donde se ha dispuesto notificar por edictos a los sucesores de quien en vida fue Doña Jenny Silva Talavera de Bedregal y de Maria Lelis Talave-ra de Silva, con la Resolución N°: 15, de fecha pri-mero de junio del 2018, que resuelve: SUSPENDER el proceso por un plazo máximo de treinta días, a efecto de que procedan a comparecer al proceso los sucesores procesales de doña JENNY SILVA TA-LAVERA DE BEDREGAL y de MARÍA LELIS TALAVERA DE SILVA; DISPONIÉNDOSE la notificación de la presente resolución a los sucesores de Jenny Silva Talavera De Bedregal y de María Lelis Talavera De Silva mediante edictos, debiendo de cumplirse con las formalidades descritas en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil; bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Arequipa, 27 de junio del 2018 .- ( 03-04-05 julio)

En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Pre-paratoria de la Unión- Cotahuasi, se ha dispuesto notificar mediante edictos a RICARDO ARANZA-MENDI VALENCIA Y A GUSTAVO ARANZAMENDI VA-LENCIA, con un extracto de la resolución 18- 2017, acual contiene la sentencia nro. 104-2017, la cual resuelve RESUELVO: 1) Declarar FUNDADA EN PAR-TE la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público con sede en La Unión en contra de ARANZAMENDI VALENCIA JAVIER, ARANZA-MENDI VALENCIA JUAN CARLOS Y ARANZAMENDI VALENCIA RICARDO sobre Violencia Familiar en la modalidad de MALTRATO PSICOLÓGICO en agravio de BERENIZ VALENCIA DE ARAUZAMENDI Y CRUZ SORIA PABLO MAURO BENEDICTO, por tanto se de-clara la existencia de actos de Violencia Familiar en la modalidad de Maltrato Psicológico. 2) DISPON-GO: El cese inmediato de todo acto de violencia familiar en cualquiera de sus modalidades que sea ejercida por ARANZAMENDI VALENCIA JAVIER, ARANZAMENDI VALENCIA JUAN CARLOS Y ARAN-ZAMENDI VALENCIA RICARDO en agravio de VA-LENCIA DE ARAUZAMENDI BERENIZ Y CRUZ SORIA PABLO MAURO BENEDICTO, en consecuencia; OR-DENO: Las siguientes MEDIDAS DE PROTECCION: a) Los sentenciados ARANZAMENDI VALENCIA JAVIER, ARANZAMENDI VALENCIA JUAN CARLOS Y ARAN-ZAMENDI VALENCIA RICARDO quedan PROHIBIDOS de volver a inferir agresión psicológica (Insultos, palabras soeces, amenazas), en estado de ebriedad o sobriedad en ningún lugar, ya sea el hogar, lugar público, privado o laboral en agravio de VALENCIA DE ARAUZAMENDI BERENIZ Y CRUZ SORIA PABLO MAURO BENEDICTO, haciendo presente que en el caso de reiterancia de agresión psicológica por parte de los sentenciados, se dispondrá el retiro del hogar de los agresores en forma indefinida, sin per-juicio de ser denunciado penalmente por el delito de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, con la corres-pondiente inscripción de antecedentes penales y judiciales a que haya lugar; b) En Igual forma, se de-signa a la Comisaría de su sector, como órgano de Auxilio judicial para que intervenga en cualquier momento en caso de suscitarse violencia entre am-bos, pudiendo detener al agresor hasta por veinti-cuatro horas en caso de flagrancia, en las instala-ciones de la comisaría, haciendo de conocimiento inmediato de la demandante Fiscalía Provincial Mixta de la Unión. 3) FIJO como monto de la REPA-RACIÓN CIVIL que deberá abonar los sentenciados ARANZAMENDI VALENCIA JAVIER, ARANZAMENDI VALENCIA JUAN CARLOS Y ARANZAMENDI VALEN-CIA RICARDO, a favor de los agraviados VALENCIA DE ARAUZAMENDI BERENIZ Y CRUZ SORIA PABLO MAURO BENEDICTO, la suma de MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES por el daño ocasionado, a razón de Quinientos Nuevos Soles por cada sentenciado, la cual, debe ser consignada en el proceso por los

sentenciados en el plazo no mayor de DIEZ DÍAS y correspondiéndole a cada agraviado la suma de Setecientos cincuenta Nuevos Soles para cada uno de ellos. Sin costas ni costos del proceso. II Firmado por JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE LA UNION COTAHUASI KARINA KJUNO MENDOZA/ESPECIALISTA LEGAL CINTHYA VIOLETA GALINDO TALAVERA.- (02-03-04 junio)

1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA ESPE-CIALISTA DEMANDADO JUEZAGRAVIADO DEMANDANTE : 00518-2018-0-040l-JR-FT-01 : VIOLENCIA FAMILIAR : AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO : VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA KARINA : PEREZ DE CAYRA, FRANCISCA PEREZ CA-YRA, CARLOS CAYRA YUCRA, PASTOR CAYRA PEREZ, SARITA CAYRA PEREZ, JAIME : CAYRA PEREZ, BENITA : COMISARIA DE INDEPENDENCIA , EDICTO JUDI-CIAL La Señora Juez del Primer Juzgado de Fami-lia, ha dispuesto se notifique a PEREZ DE CAYRA, FRANCISCA, PEREZ CAYRA, CARLOS, CAYRA YUCRA, PASTOR, CAYRA PEREZ, SARITA, CAYRA PEREZ, JAI-ME con el contenido de la resolución Nro. 02-2018, expedida en audiencia del 17-01-2018; cuya parte resolutiva RESUELVE: DICTAR como medidas de protección, las siguientes: 1.- PROHÍBO a JAIME CAYRA PEREZ, SARITA CAYRA PEREZ, PASTOR CA-YRA YUCRA, FRANCISCA PEREZ DE CAYRA Y CARLOS CAYRA PEREZ agredir física o psicológicamente, de manera directa o indirecta a BENITA CAYRA PEREZ Y a FABRIZIO MATIAS C.P., recordándoseles que en caso de incumplimiento comete el delito de des-obediencia a la autoridad. 2.- Ofíciese a la comisa-ría del sector del domicilio de la agraviada, quienes deberán prestar el auxilio necesario e incluso otor-garle un número de comunicación directa, dando cuenta de ello a este Juzgado. 3.- Ordeno que el denunciado JAIME CAYRA PEREZ, SARITA CAYRA PEREZ, PASTOR CAYRA YUCRA, FRANCISCA PEREZ DE CAYRA Y CARLOS CAYRA PEREZ se someta a una terapia psicológica la cual deberá ser supervisa-da por el equipo técnico multidisciplinario de los juzgados de familia, quienes los podrán derivar al lugar que corresponda para el tratamiento psico-lógico, debiendo cursarse el memorándum en tal sentido. 4.- PROHIBO a JAIME CAYRA PEREZ, SARITA CAYRA PEREZ, PASTOR CAYRA YUCRA, FRANCISCA PEREZ DE CAYRA Y CARLOS CAYRA PEREZ acercar-se a menos de dos cuadras de distancia a BENITA CAYRA PEREZ y su hijo FABRIZIO MATIAS C.P. REMI-TASE los actuados a la Fiscalía Penal Especializada en Violencia de Genero, debiendo la Fiscalía Penal bajo responsabilidad funcional informar la decisión que adopte frente al presente, sea archivo, formali-zación de denuncia. (02-03-04 junio)

1o Juzgado de Familia EXPEDIENTE : 13 901-2017-0-040 l-JR-FT-01 MATERIA : ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS JUEZ: AQUIZE CA-CERES ROCIO DEL MILAGRO ESPECIALISTA: SALAS BECERRA MARIELLA ROCIO M ENOR : PACOM PIA AQUISE, ESTER YINI AQUISE SI ANCA, KEVIN PA-COMPIA AQUISE, JHON EVER SOLICITANTE: MINIS-TERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES EDICTO JUDICIAL EL JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA EN EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGA-CIÓN TUTELAR 13901-2017-0-0401-JR-FT-01 SEGUI-DO A FAVOR DE LOS NIÑOS J.E. PACOMPIA AQUISE ( 9 AÑOS) E.Y. PACOMPIA AQUISE(9 AÑOS) Y K. AQUI-SE SIANCA(07AÑOS), HA DISPUESTO NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS A LOS PADRES BIOLÓGICOS DE LOS INDICADOS NIÑOS MARGARITA AQUISE SIANCA Y SILBIO MELITON PACOMPIA ESCARCENA, Y A QUIEN SE CREAN CON DERECHO FAMILIAR, HA ASISTIR A LA AUDIENCIA ESPECIAL PARA RESOLVER LA SITUACIÓN DE LOS NIÑOS PARA EL DÍA DIECI-NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE CON TREINTA HORAS, DILIGENCIA EN LA CUAL ESTÁRAN PRESENTES EL MINISTERIO PÚBLICO Y EL REPRESENTANTE DE LA UNIDAD DE INVESTIGA-CION TUTELAR. (02-03-04 junio)

EXP. N°: 383-2012-09-2701 -JR-PE-02 Tercer Juzga-do Penal Unipersonal de Tambopata. Juez: Jorge Ticona López. Especialista Judicial: Pamela Maribel Guzmán Campos. Se NOTIFICA al acusado CARLOS SALCEDO NUÑEZ identificado con DNI N° 42924309, en el PROCESO PENAL N° 383-2012-09-2701-JR-PE-02 que se le sigue en su contra por la presunta comisión del Delito de Hurto Agravado, en agravio de Armando Lina Ccolque y Delia Chevarria Ch-ahuayo; con el extracto de la parte resolutiva de la resolución número cuatro de su fecha, por ia cual este juzgado DISPONE CITARLO A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programada para el día 06 DE AGOS-TO DEL AÑO EN CURSO. A LAS 02:15 DE LA TARDE, a realizarse en la Sala de Audiencias del Tercer Juzga-do Penal Unipersonal de Tambopata, sito en la Av.

Ernesto Rivera N° 720 de esta ciudad. Audiencia a la que deberá de concurrir de manera obligatoria el acusado antes mencionado, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, y disponerse así su ubicación y captura a nivel nacional por medio de la Policía Judicial. Puerto Maldonado, 22 de ju-nio del 2018. (02-03-04 junio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9690-0 Imputado: JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, delito libra-miento de cobro indebido, agraviado REDY GUI-LLERMO CARPIO MEDINA, DILIGENCIA 14-08-18, 09:00 A.M., Sala 1, llevarse a cabo la audiencia con defensor público; Secretario: RAMOS .- (28 junio 02-03 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2199-0 Impu-tado: ZENON HUAMANI ALEJO y agraviada: Virginia Quispe Ramos, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Virginia Quispe Ramos, DILIGENCIA 23-07-18, 11:00 a.m., Sala 2, Llevarse a cabo la audiencia con defensor público; Secretario: RAMOS.- (28 junio 02-03 julio)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8165-8 (Imputado) JOSE ANTONIO SANDOVAL RAMIREZ, delito ROBO AGRAVADO, agraviado ROXANA YOVANA VALDIVIA DE VASQUEZ, DILIGENCIA 04-07-2018, 14:00, Sala 4, ; Secretario: Vargas .- (28 junio 02-03 julio)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3641-98 ASPILCUETA LO-ZADA JEAN ENRIQUE , delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado BERROCAL PAZO CLAUDIA Y EL ESTADO , DILIGENCIA 28-06-2018, 11:00, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-CLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURREN-CIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- (28 junio 02-03 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8979-88 (Imputa-do) CORREA JUAREZ ABRAHAN ALEXANDER, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado COELLO MARQUEZ GIUSSEPE JUNIOR, DILIGENCIA 06-08-2018, 15:00PM, Sala 1, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGA-DO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: CORDERO .- (28 junio 02-03 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los si-guientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-572-0 (Imputado) LUIS CCAULLA ARMACCANCCE y CONCEPCION QUISPE ALCA, delito LESIONES CUL-POSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LUIS CCAULLA ARMACCANCCE y CONCEPCION QUISPE ALCA, DILIGENCIA 19-09-2018, 09:00, Sala 4, LLE-VARSE A CABO LA AUDIENCIA DE ACUSACION EN SU CONTRA SIN SU PRESENCIA, UNICAMENTE CON LA PRESENCIA DE LOS ABOGADOS DEFENSORES PUBLICOS NOMBRADOS EN LA CAUSA.; Secretario: Gallegos .- (28 junio 02-03 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-333-34 (Im-putado) JUAN CARLOS RIOS ANDRADE EL REPRE-SENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO DE CAMANA HA SOLICITADO LA REVOCATORIA DE LA RESERVA DE FALLO CONDENATORIO INDICANDO QUE EL SENTENCIADO NO HA CUMPLIDO CON LAS RE-GLAS DE CONDUCTA ESTO NO HA COMPARECIDO AL JUZGADO CADA DOS MESES PARA INFORMAR Y JUSTIFICAR SUS ACTIVIDADES, NO HA CUMPLI-DO CON INDEMNIZAR EL DAÑO NO HA PAGADO

Page 5: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- ... SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

LA REPARACIÓN CIVIL, POR LO QUE SOLICITA QUE SE HAGA EFECTIVA LA PENA., delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agra-viado MENOR DE EDAD DE INICIALES R.S.P.S.., NO-TIFICACION, 04-2018 DE FECHA 12 DE MARZO DEL 2018 INTEGRA DESCARTAR LA RESERVA DE FALLO SE PRORROGA EL REGIMEN POR SEIS MESES DESDE 27-04-2018 AL 26-10-2018. SE PROGRAMA AUDIEN-CIA DE REVOCATORIA PARA EL DIA 16 DE JULIO DEL 1018 A HORAS 15:30 SALA TRES. ; Secretario: Ma-mani .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2018-138-66 (Imputado) JOEL CALCINA TURPO Y WALTER OVIDIO OJEDA PERALTA, delito ROBO AGRAVADO, agravia-do YOLBIN EBER CUNO TICONA, NOTIFICACION, Res. 11: DICTAR COMPARECENCIA CON RESTRICCIONES en contra de WALTER OVIDIO OJEDA PERALTA y de JOEL CALCINA TURPO quienes se encuentran obli-gados a cumplir las restricciones ordenadas. ; Se-cretario: Hernández .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-3728-0 (Im-putado) ARISTIDES MOLINA SONCCO. Se programa audiencia de INCOACCIÓN DE PROCESO INMEDIA-TO, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Soledad Benita Gonzales Condori, DILI-GENCIA 18-07-2018, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Her-nández .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue median-te Exp. 2018-5760-0 (AGRAVIADO)DIANA TORIBIA MAMANI SOLORZANO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, agraviado TORIBIA MAMANI SOLORZANO, NOTIFICACION, RES N° 02-SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE ACUSACION DIRECTA PARA EL DIA 18- 07-2018, A LAS 12:00 HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio-Cerro Colorado, ubicado en la Calle Túpac Amaru 464,CERRO COLORADO. ; Secretario: Herrera .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5759-0 (Imputado) LUIS MIGUEL FLORES GOMEZ, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado ERIKA SULCA CASTILLO , NOTIFICACION 30/07/2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, Resolución N° 2: Repro-grama hora de Audiencia de Acusación Directa para el día 30 de julio del 2018 a las 10:00 horas en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 Cerro Colorado - Arequipa BAJO APER-CIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5759-0 (AGRAVIADO) ERIKA SULCA CAS-TILLOMENOR DE INICIALES V.A.F.S , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado ERIKA SULCA CASTILLO Y MENOR DE INI-CIALES V.A.F.S., NOTIFICACION 05/07/2018, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, Resolución N° 02: Reprograma hora de Audiencia de Acusación Direc-ta, la misma que se llevara a cabo el día 30 de julio del 2018 a las 10:00 horas, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transito-rio, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 distrito de Cerro Colorado - Arequipa. BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Ze-garra .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-

za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4234-0 (Imputado) MAGNO ZEBALLOS MUCHICA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado YENNY MAGALI LEON HANCCO, NOTIFICACION 10/07/2018, 10:45, Sala de Audiencia del Juzgado, Resolución N° 3: Re-programa hora de audiencia de Acusación Directa, la misma que se llevara a cabo el día 10 de julio del 2018 a las 10:45 horas, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, ubicado en la calle Túpac Amaru 464 Cerro Colora-do - Arequipa BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4234-0 (Agraviada) YENNY MAGALI LEON HANCCO , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado YENNY MAGALI LEON HANCCO, NOTIFICACION 10/07/2018, 10:45, Sala de Audiencia del Juzgado, Resolución N° 3: Reprograma Audiencia de Acusación Directa, la misma que se llevara a cabo el día 10 de julio del 2018 a las 10:45 horas, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, ubicado en la calle Túpac Amaru 464 Cerro Colora-do - Arequipa BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4915-0 (Imputado) EDILBERTO CHURO MAQUE, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado FELICITAS HUA-MANI TAIPE, NOTIFICACION 31/07/2018, 09:15, Sala de Audiencia del Juzgado, Resolución N° 2: Repro-grama Audiencia de Acusación Directa, la misma que se llevara a cabo el dia 31 de julio del 2018 a las 09:15 horas, en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, ubicado en la calle Túpac Amaru 464 distrito de Cerro Colo-rado - Arequipa. BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVAR-SE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4667-17 (Imputado) VÍCTOR LUIS LLAZA NINATAYPE, delito INCUMPLIMIENTO DE ACTOS FUNCIONALES, agraviado EL ESTADO , NOTIFICA-CION 26/07/2018, 08:30, Sala de Audiencia del Juzgado, Resolución N° 07-2018: Reprograma Au-diencia de Control de Sobreseimiento y Acusación, la misma que se llevara acabo el día 26 de julio del 2018 a las 08:30 horas, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 Cerro Colora-do - Arequipa BAJO APERCIBIMIENTO DE LLEVARSE ACABO LA AUDIENCIA CON LA SOLA PRESENCIA DE DEFENSOR PUBLICO; Secretario: Zegarra .- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-6177-0 (Imputado) HUBER MEDINA SAC-SI, delito AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agraviado SUMARA HUAMANI CHAUCCA, DILIGENCIA 01-08-2018, 10:45 HORAS , Sala de Audiencia, SE SEÑALA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA PARA EL DIA 01 DE AGOSTO DEL 2018, A LAS 10:45 HORAS, EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, -; Secretario: Fuentes.- (28 junio 02-03 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan

a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5951-0 (Imputado) CIRILO APAZA QUISPE , delito AGRESIONES EN CONTRA DE LA MUJER O LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, agravia-do DOLORES CHOQUE CHANCOLLA , DILIGENCIA 07-08-2018, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, SE SEÑALA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION DIRECTA PARA EL DIA 07-08- 2018 A LAS 08:30 HORAS LA MISMA QUE SE LLEVARA A CABO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORA-DO, UBICADO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464, DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO PROVINCIA Y DE-PARATAMENTO DE AREQUIPA -; Secretario: Fuentes .- (28 junio 02-03 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7030-39 SENTEN-CIADO: HERNÁN CRUZ CRUZ , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agra-viado FRANCESCA SIMARAURA REYNOSO, DILIGEN-CIA 13-08-2018, 08:00 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Almanza .- (02-03-04 junio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9350-14 LEO-NARDO JOSE VILLAREAL TOBON Y MARIA ISABEL FERREL PEREZ , delito ROBO AGRAVADO, agraviado LEONARDO JOSE VILLAREAL TOBON Y OTROS , DILI-GENCIA 04-07-2018, 14:15 pm, Sala 2, ; Secretario: Belizario .- (02-03-04 junio)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2013-2630-1 Imputado: Edwin Apaza Trujillo, delito Falsedad Ideológica, agraviado El Estado representado por el Procurador Público de la SUNARP y Otra, DILIGENCIA 14-08-18, 09:00 A.M., Sala 4, Llevarse a cabo la audiencia con la defensora pública Gabriela Apaza Gonzales; Se-cretario: RAMOS.- (02-03-04 junio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1637-0 (Imputado) ANGELO JASSON PAREDES CHAMBI, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado GRIFO GUARDIA CIVIL Y OTRO, NOTIFICACION , , , RES.01:CORRER TRASLA-DO ACUSACION DIRECTA CONTRA ANGELO JASSON PAREDES CHAMBI POR HURTO AGRAVADO AGRAVIO GRIFO GUARDIA CIVIL Y OTROS POR DIEZ DIAS HA-BILES A FIN PRESENTEN PRUEBAS. SE SEÑALA AU-DIENCIA PARA 15.10.18 A 11.00HRS EN SALA 1 DEL JUZGADO ; Secretario: Díaz .- (02-03-04 junio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-2015-20 (Imputado) HENRY EUSEBIO RI-VERA ESCALANTE, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado BRANDON DONOVAN RIVERA COAGUILA, DILIGENCIA 25-07-2018, 09:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones .- (02-03-04 junio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-4422-0 SE NOTIFICA A: LUZ MARINA ANCCASI HUAMANI (imputada) y NELIA HUAMANI MERMA (agraviada), delito lesiones leves por violencia familiar, agravia-do Nelia Huamaní Merma, DILIGENCIA 24-07-2018, 12:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, SE REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACU-SACIÓN PARA EL DÍA 24 DE JULIO DE 2018 A LAS 12:30 HORAS; Secretario: RIVERA .- (02-03-04 junio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-

195-89 Daniel Ricardo Cabrera Callata y Leopoldo Alfredo Condori Llerena, delito violación sexual de menor y Actos contra el Pudor, agraviado menor de iniciales TACA, DILIGENCIA 04-07-2018, 02:00 PM, Sala 5, No habiéndose cumplido válidamente la notificación al señor Ricardo Cabrera Callata en la causa que se le sigue junto a Leopoldo Condori Llerena por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual, delitos de Actos contra el Pudor y Abuso Sexual en agravio de la menor de iniciales TACA y estando al requerimiento de prisión pre-ventiva se reprograma la presente diligencia para verificar la Audiencia y discutir la prisión preven-tiva para el día Miércoles 04 de Julio del año 2018 a horas 2:00 de la tarde a realizarse en la Sala de Audiencias del primer Juzgado de Investigación preparatoria de Cerro Colorado.; Secretario: Valdi-via .- (02-03-04 junio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguien-tes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 195-2018-89 Leopoldo Alfredo Condori Llerena y Da-niel Ricardo Cabrera Callata, delito Violación de la libertad Sexual y Actos contra el Pudor, agraviado menor de iniciales TACA, DILIGENCIA 09-07-2018, 02:00 PM, Sala 5, EL JUZGADO: Estando pendiente la señalización de audiencia, se hace constar que esta sede judicial no cuenta con cámara Gessel, motivo por el, el personal jurisdiccional tiene que coordinar con Sede Central, POR LO QUE SE DIS-PONE: -- 1.- SEÑALAR fecha para la DECLARACION TESTIMONIAL de la menor agraviada de iniciales T.A.CA. para el día NUEVE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS (02:00 PM) DE LA TARDE (EN ACTO PRIVADO), diligencia que se llevará a cabo en la Sala N° 10 en la Plaza España s/n Cercado Arequipa (edificio del Nuevo Código Procesal Penal), -- 2.- DE LOS APERCIBIMIENTOS: Se ordena que el Ministerio Publico, disponga y prevea la asistencia del Psicólogo y la menor agra-viada, debiendo la fiscalía oficiar a la titular de la casa hogar donde se encuentra la menor, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia DEL MI-NISTERIO PUBLICO de declararse IMPROCEDENTE SU PEDIDO, en caso de inconcurrencia DE LA ME-NOR POR RESPONSABILIDAD del titular de la Casa Hogar, será bajo apercibimiento de ser denunciada por Desobediencia a la Autoridad. --- 3.- Se reitera que es facultativo la asistencia de DEFENSA TEC-NICA de la parte agraviada. Siendo Obligatoria la asistencia de LA DEFENSA TECNICA DE LOS IMPU-TADOS Y facultativo DE ELLOS MISMOS, en caso de INASISTENCIA DE LA DEFENSA TECNICA DE LOS IMPUTADOS Se hará efectivo los apercibimientos dispuestos en autos, nombrándose a la defensora Luna Santa Cruz Jesica Nair por el co imputado Da-niel Ricardo Cabrera Callata. ; Secretario: Valdivia .- (02-03-04 junio)

EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1809-3 AGRAVIADA MARUJA DIAZ QUISPE, en el proceso seguido en contra José Emilio Olivares Quispe, deli-to OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Maruja Díaz Quispe, DILIGENCIA 27-08-2018, 12:00 HORAS, Sala 2, ; Secretario: Arce .- (02-03-04 junio) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMA-NÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-147-0 SE CITA A LOS ACUSADOS JULIO CEZAR ALVARADO RODRIGUEZ Y AUGUSTO ENRIQUE ALVARADO RODRIGUEZ A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PROGRAMADA PARA EL 04 DE JULIO DEL 2018 A LAS 14:30 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CA-MANÁ , delito ROBO AGRAVADO, agraviado ROBERT JACKSON RIOS HIDALGO, DILIGENCIA 04-07-18, 14:30 HORAS, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASIS-TENCIA; Secretario: Ninasivincha .- (02-03-04 junio)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4723-57 ANTONIO CARRION CHIARA , delito VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD , agraviado LGHS, DI-LIGENCIA 07-08-2018, 9:30, Sala 10, BAJO APERCI-

BIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPO-NERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Luque .- (02-03-04 junio) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCAR-PATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9708-8 (Imputado) ALEXANDRA DEBORAH PERALTA HUARSAYA, delito LESIONES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado HI-POLITA HUARSAYA ROSAS, DILIGENCIA 16-10-2018, 12:30 HORAS, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASIS-TENCIA; Secretario: Arce .- (02-03-04 junio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-2358-0 ELIANA ROSSEMARIE MARELLO PEÑAFIL, delito DAÑOS, agraviado MUNICIPALIDAD DE LA JOYA, DILIGEN-CIA 17-08-2018, 10.30 A.M., Sala 1, ; Secretario: Es-pinoza .- (03-04-05 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4116-63 (Imputado) NICOLAS TTITO TAIÑA, delito USO DE DOCUMENTOS FALSOS, agraviado ESTADO Y OTRO, NOTIFICACION, RES. 02 por el que se corre traslado de la solicitud de actor civil del ESTADO - SUNARP por el plazo de 03 días, que podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Arequipa ; Secretario: Valero .- (03-04-05 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les si-gue mediante Exp. 2016-5848-92 (Imputado) JULIO CESAR CHAVEZ HUANCA, delito LESIONES, agravia-do FELIPE MOLLEAPAZA, DILIGENCIA 11:09:2018, 11:00, Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DE-CLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURREN-CIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Sucapuca .- (03-04-05 julio)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5001-18 agravia-dos: Franco Antonio Velarde Córdova, Carlos Joa-quín Condori Ccari, Erika Katherine Calcina Huillca y Jesus Alonso Fuentes Urquizo, delito Falsificación de Documentos, agraviado Franco Antonio Velar-de Córdova y Otros, NOTIFICACION, Téngase por presentado el Requerimiento Mixto (Acusación y Sobreseimiento), y conforme a lo previsto por los artículos 345º.1 y 350º del Código Procesal Penal: CORRASE TRASLADO a los demás sujetos proce-sales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES ; Secretario: RAMOS .- (03-04-05 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue median-te Exp. 2017-3022-76 (Imputado) ZOILA YUCRA QUIÑONEZ , delito Falsedad Ideológica, agraviado RENIEC, DILIGENCIA 27-07-2018, 09:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES .- (03-04-05 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-6951-0 (Imputado) JESUS MIGUEL TINTTA QUISPE y (Agraviada) LILIAN ANGELICA HUALLPA QUISPE, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado LILIAN ANGELICA HUALLPA QUISP, NOTIFICACION , , , RESOL. 01 TRASLADO A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALES POR L PLAZO PERENTORIO DE DIAS HABILES PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350 DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Arones .- (03-04-05 julio)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO,

Page 6: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- ... SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1457-13 PACHA CACERES ALEJANDRO, delito LESIONES LEVES POR VIOLEN-CIA FAMILIAR, agraviado PACHA CACERES ALEJAN-DRO , DILIGENCIA 19-07-2018, 12:30, Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: PEREZ .- (03-04-05 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2017-5017-67 ORLANDO EDWIN HUERTA VALDIVIA, deli-to CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIO-NES LEVES, agraviado PABLO BEYU PINTO FLORES, DILIGENCIA 21-08-2018, 12:00, Sala 5, EL JUZGADO: Estando al requerimiento de revocación de la sus-pensión de la pena, formulado por la Fiscalía, y a fin de resolver lo solicitado conforme lo dispone el artículo 491.2 del Código Procesal Penal: Requié-rase al sentenciado HUERTA VALDIVIA, ORLANDO EDWIN para que en el termino del tercero día de notificado cumpla con las reglas de conducta entre ellas la reparación del daño, y la reparación civil, bajo apercibimiento de revocársele la suspensión de la pena e imponérsele pena privativa de la li-bertad efectiva; sin perjuicio de ello SE SEÑALA fecha para la Audiencia de Ley, el próximo 21 de AGOSTO DEL 2018, A LAS 12:00 HORAS, en la Sala de Audiencias N° 05 del Tercer Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Cerro Colorado, ubicado en Calle Alfonso Ugarte Nro. 119, Cerro Colorado; en consecuencia, SE ORDENA notificar a las partes procesales para que concurran a la audiencia: 1) Al abogado defensor, bajo apercibimiento de impo-nerse una MULTA de una URP en caso de inasisten-cia; 2) Al Ministerio Público, para que cumpla con oralizar el requerimiento formulado, bajo apercibi-miento de desestimarlo en caso de inasistencia. 3) Al agraviado, cuya asistencia es facultativa; y 4) Al sentenciado HUERTA VALDIVIA, ORLANDO EDWIN, para que acredite o cumpla con el pago de la re-paración civil dispuesta en la sentencia, bajo aper-cibimiento de revocarle la suspensión de la pena, y en lugar de ella, disponer el cumplimiento de la pena en forma efectiva en el Penal de Varones de Socabaya, con cuyo fin se dispondría su captura a nivel nacional para su internamiento Suscribiendo el Especialista Judicial de Causas, desde la fecha por expreso mandato de la Señora Juez a cargo del proceso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en el caso de autos.-.-; Secretario: Valdi-via .- (03-04-05 julio)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formu-lados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1054-10 JORGE LUIS USCAMA-YTA MENDOAZA, delito LESIONES LEVES, agraviado Susnivar Torres Benancio, DILIGENCIA 30-07-2018, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PRO-CESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .- (03-04-05 julio)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 475-2018-58 LUIS LEONARDO BAQUEDANO VALDERRAMA, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado El Esta-do y Greta Zapata Salazar, DILIGENCIA 26-07-2018, 09:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PRO-CESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO.- (03-04-05 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-309-0 (Imputado) HECTOR ALFREDO PARI PARI, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMI-LIAR, agraviado BETZABEL BILBA MAMANI PACTA, NOTIFICACION, RES.01:CORRER TRASLADO ACU-

SACION DIRECTA CONTRA HECTOR ALFREDO PARI PARI POR LESIONES LEVES-VIOLENCIA FAMILIAR AGRAVIO BETZABEL BILBA MAMANI PACTA POR 10 DIAS HABILES A FIN PRESENTE MEDIOS DE PRUEBA.RES.05:FIJAR FECHA AUDIENCIA 14.11.2018 A 10.30 HRS ; Secretario: Díaz .- (03-04-05 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2013-270-99 (Imputado) LEOCLIDES RODRIGUEZ GAMBOA Y A LOS AGRAVIADOS OLIVER CHILO HUILCARA, ELMER ROSSE CARPIO RAMIREZ, DORIS CHILO PINEDO RE-PRESENTADO POR OLIVER CHILO HUILCARA, LUIS RICARDO SUAREZ TORRES, MAGDALENA VIRGINIA MAMANI RAMOS, LUCRECIA PINEDA CHOQUE-HUANCA, PAOLA ALISSON CRUZ MONJE Y FRAN-CHESCO ISIDRO CRUZ MONJE REPRESENTADOS POR KAREN MONJE GONZALES, LEONARDO LENIN RODRIGUEZ MIRANDA REPRESENTADO POR LEO-NARDO RODRIGUEZ GAMBOA, MARIANELA PINEDA PUCHO REPRESENTADO POR ALICIA PUCHO HUA-MAN, ALICIA PUCHO HUAMAN, RAFAEL VARGAS MAMANI, BRYAN BENJAMIN GOMEZ CAQUIAMAR-CA REPRESENTADO POR WILSON GOMEZ FLORES, JUANA CHOQUEHUANCA COA. DORIS CHILO CHO-QUEHUANCA, FRANSHESCO CRUZ MONTES, JUANA TICAHUANCA CCOA, CRISTIAN DEYVI FORA FLORES, GRACIELA FLORES JARA, JUANCA HOQUEHUANCA DE HUAYTA, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado CRISTIAN FARO FLORES Y OTROS, NOTIFICACION , , , MEDIANTE RESOLUCIÓN 05-2018 SE HA FIJADO FECHA PARA LLEVARSE A CABIO LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A LAS 9:00 AM. EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO UNO DEL MODULO PENAL DE CAMANA SITO EN JR. C ; Secre-tario: Mamani .- (03-04-05 julio)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5501-72 (Agraviado) Andy Josué Yupanqui Mamani, delito ROBO AGRAVADO, agraviado Andy Josué Yupanqui Mamani, NOTIFICACION, Sentencia 83-2018-JPCS-PA que absuelve por duda razonable a Jonathan Valencia Tellez de la comisión del delito de Robo Agravado en agravio de Andy Josué Yupanqui Ma-mani, dispone el archivo definitivo del proceso, declara infundada la pretensión civil. ; Secretario: SALINAS .- (03-04-05 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5113-94 (Imputada) MARCELINA GUDA-LUPE YUPANQUI OSPINA , delito ESTAFA, agravia-do RUFINO CUEVA LIMA , DILIGENCIA 04-09-2018, 08:30 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, SE SEÑALA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 04 DE SETIEMBRE DEL 2018 A LAS 08:30 HORAS,EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZ-GADO UBICADO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464 DEL DISTRITO DE CERRO COLORADO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, -; Secretario: Fuen-tes .- (03-04-05 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4731-26 (Imputada) MARCELINA GUADA-LUPE YUPANQUI OSPINA , delito ESTAFA, agraviado MANDALINA PILCO PERCA, DILIGENCIA 04-09-2018, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, SE SEÑALA FECHA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACU-SACIÓN PARA EL DIA 04- 09-2018, A LAS 10:30 HORAS EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO, UBICADO EN LA CALLE TUPAC AMARU 464 DEL DIS-TRITO DE CERRO COLORADO ; Secretario: Fuentes .- (03-04-05 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1986-0 (Imputado) JHON JOSE SUAREZ CUEVA, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JOSE SUAREZ CA-YLLAHUA , DILIGENCIA 14-08-2018, 12:30, Sala 1, ; Secretario: Rosa .- (04-05-06 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-

TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4834-0 Imputado: RICARDO JOSE CENTENO HUAMAN, delito Omisión a la Asistencia Familiar, agraviado Dayron Josué Centeno Pfoccoalata, DILIGENCIA 24-07-18, 12:30 p.m., Sala 1, Llevarse a cabo la audiencia con defen-sor público; Secretario: RAMOS .- (04-05-06 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4274-0 BERNARDITA PFOCCO MAMANI DE JARA , delito REEPTACION , agraviado VIRGINIA LUZ CUADROS DE PAZOS , NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIEN-TO FISCAL NOTIFÍQUESE A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES, POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBI-LES; PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 350° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL, HABIENDOSELE NOMBRADO DEFENSOR PÚBLICO A LA IMPUTADA AL DOCTOR PEDRO JARA ; Secretario: Huerta .- (04-05-06 julio)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5270-15 Imputado: SERGIO DANIEL HUAMAN FALCON, delito Uso de Documento Falso, agraviado Municipalidad Distri-tal de Yarabamba, DILIGENCIA 09-07-18, 15:00 p.m., Sala 3, Llevarse a cabo la audiencia de constitución en actor civil sin su presencia; Secretario: RAMOS .- (04-05-06 julio)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-8177-0 Agravia-do: JORGE ARMANDO HOLGUIN CHOQUE, delito Denuncia Calumniosa, agraviado Jorge Armando Holguín Choque y El Poder Judicial, DILIGENCIA 23-08-18, 09:30 A.M., Sala 3, Llevarse a cabo la audiencia sin su concurrencia; Secretario: RAMOS .- (04-05-06 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5073-90 EDWIN CARLOS AGUILAR FLORES Y VÍCTOR FLORES HUA-YTA , delito VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTO-RIDAD , agraviado EDWIN CARLOS AGUILAR FLORES , DILIGENCIA 08-08-2018, 10:00 a.m., Sala 3, ; Secre-tario: Huerta .- (04-05-06 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4425-53 (Imputado) FÉLIX SOLÓRZANO ROMÁN, delito Lesiones culposas, agraviado Mario Pancca Quispe, NOTIFICACION, res 01: notifíquese con el requerimiento de acusación por el plazo pe-rentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350 del CPP. ; Secretario: FUENTES .- (04-05-06 julio)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-4425-53 (Imputado) FÉLIX SOLÓRZANO ROMAN , delito lesiones culposas, agraviado Ma-rio Pancca Quispe, DILIGENCIA 29-08-2018, 09:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: FUENTES .- (04-05-06 julio)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORA-DO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4325-3 COA MARROQUIN DANIEL PROCEDES, delito ESTAFA GENERICA, agraviado LUIS ALBERTO TREVIÑO ENRI-QUEZ, NOTIFICACION , , , RESOLUCIÓN s/n DE FE-CHA 01/06/2018 QUE RESUELVE:1)DECLARAR REO AUSENTE AL ACUSADO DANIEL PROCEDES COA MARROQUIN,DISPONIÉNDOSE EL ARCHIVO PROVI-SIONAL DE LA CAUSA Y SE DISPONGA QUE SE LI-BEREN LAS ORDENES DE BÚSQUEDA Y CAPTURA EN SU CONTRA. ; Secretario: PEREZ.- (04-05-06 julio)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-5391-94 (Imputado) EDWARD CARLOS PEREZ AGUIRRE, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 12-07-2018, 10:00 HORAS, Sala de Audiencia del Juz-gado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DIS-PONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO .- (04-05-06 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2018-236-0 NOTFICAR A.-VILCAZAN VILCAZAN ELISEO ROSENDO, delito , agraviado , DILIGENCIA, SEN-TENCIA ANTICIPADA N° 3 -2017 Arequipa, dos mil dieciocho Mayo, tres.-III. PARTE RESOLUTIVA FALLO: Primero.- APROBANDO el hecho punible, la pena (reserva de fallo condenatorio), la reparación civil y demás consecuencias accesorias celebrada entre el Fiscal adjunto Provincial encargado del Undéci-mo despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa y el señor ELISEO ROSENDO VILCAZAN VILCAZAN, asistido por su defensa técnica; con asistencia de la parte agraviada. Segundo.- DECLARO al señor ELISEO ROSENDO VILCAZAN VILCAZAN, cuyas generales de ley se encuentran al inicio de la presente Sentencia, AUTOR de la comisión del delito Contra La Vida El Cuerpo y La Salud en la modalidad de Agresiones en contra de la mujeres o integrantes del grupo fa-miliar previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122°-B del código penal, en agravio de EVANGELINA SUMARI LIGUE y Como tal Impongo: RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO por el plazo de (01) UN AÑO, a fin de cumplir las siguientes reglas de conducta: ; Secretario: CCORAHUA .- (04-05-06 julio)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de-fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-03290-76 notificar al sentenciado ESTEBAN CCA-LACHUA CHAÑE y la menor agraviada de iniciales N.R.CC.CH representada por Juan Chaco Chahuayo; , delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR; , agra-viado menor agraviada de iniciales N.R.CC.CH re-presentada por Juan Chaco Chahuayo;, DILIGENCIA 19-07-2018, 12:15, Sala de Audiencia, NOTIFICAR CON EL REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA Y LA RES. 11-2018.- Al pedido solicitado por el Ministe-rio Publico, sobre revocación de pena suspendida del sentenciado ESTEBAN CCALACHUA CHAÑE, quien no ha cumplido con el pago de la reparación civil, conforme se ha dispuesto mediante Sentencia N° 158-2016; por lo que, SE REQUIERE POR ÚLTIMA VEZ AL SENTENCIADO ESTEBAN CCALACHUA CHA-ÑE, CUMPLA EN EL PLAZO DE TRES DÍAS CON CAN-CELAR LOS PAGOS VENCIDOS DE LA REPARACIÓN CIVIL, EN LA SUMA DE S/. 1, 902.00 SOLES, BAJO APERCIBIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA Y ORDENAR SU INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SOCABAYA – INPE, sin perjuicio de ello y estando a lo dispuesto por el artículo 59 del Código Penal, se señala para la realización de la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA SUSPENDIDA. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: PRIETO .- (04-05-06 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2017-7995-0 (Imputado) CARMEN ROSA CHUMBES FUENTES, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado BENJAMIN VILCA COLQUE-HUANCA, DILIGENCIA 24-10-2018, 08.00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz .- (04-05-06 julio)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-367-0 (Imputado) DUBOM RAUL RUELAS CA-HUANTICO, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado MILAGROS MEDALITH TAMO CHECA, DILIGENCIA 12-11-2018, 09:00, Sala 4, LLE-

VARSE A CABO LA AUDIENCIA SIN SU PRESENCIA; Secretario: Gallegos .- (04-05-06 julio)

EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2017-9287-11 AGRAVIADA: MARIBEL LAROTA LLAMOCA, en el proceso seguido en contra de Julio César Qquehue Holguino., delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMI-LIAR, agraviado MARIBEL LAROTA LLAMOCA, DILI-GENCIA 09-04-2019, 8:30 , Sala 3, ; Secretario: Arce .- (04-05-06 julio)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2017-3798-32 (Imputado) OSCAR AMADOR LINARES GUARNIZ, delito Fraude Informático, agraviado empresa DI-SESGRA EIRL, NOTIFICACION, Res. N° 1, Auto de Citación a Juicio a llevarse a cabo el CUATRO DE SETIEMBRE DEL 2018 A LAS 8:30 DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIAS N° 10 DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz ; Secretario: SALINAS .- (04-05-06 julio)

JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL PERMANENTE, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el pro-ceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5568-51 (Imputado) DANIEL OMAR MAIRA CARCAMO, delito CONTRABANDO, agraviado , NOTIFICACION, Res N° 1, Auto de citación a juicio a llevarse a cabo el 4-12-2018, en la sala de audiencias N° 10 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debe asistir bajo apercibimiento de ser declarado contumaz y dictarse ordenes de captura ; Secreta-rio: SALINAS .- (04-05-06 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-4931-0 (Imputado) YULIANO MAMANI GOMEZ, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Karina Soledad Flores Huamaní, DILIGENCIA 04-09-2018, 12:00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, SE REPRO-GRAMA LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS 12:00 HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transi-torio de Cerro Colorado, ubicada en la calle Túpac Amaru 464 del distrito de Cerro Colorado; con los apremios contenidos en resolución precedente. Y teniéndose en cuenta que el domicilio del acusa-do se encuentra en una comunidad campesina, SE AUTORIZA adicionalmente la notificación median-te edictos. llevarse a cabo la audiencia con defensa publica ; Secretario: Béjar .- (04-05-06 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-5756-0 (Imputado) MARIO ALCCA DO-MINGUEZ, delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, RES N°01 Y 02: SE PROGRAMA AUDIENCIA DE ACUSACIÓN DIRECTA PARA EL DIA 30 -07-2018 A LAS 8:00 HO-RAS, EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORADO, SITO EN CALLE TUPAC AMARU 464, CERRO COLORADO ; Secretario: Herrera .- (04-05-06 julio)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRAN-SITORIO DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a de-recho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2018-1935-22 (AGRAVIADO) RAUL VARGAS CRUZ , delito ROBO AGRAVADO, agraviado RAUL VARGAS CRUZ , NOTIFICACION, RES N°01, QUE SEÑALA FE-CHA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, EL DIA 25-07-2018 A LAS 8:30 HORAS, EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE CERRO COLORA-DO, SITO EN CALLE TUPAC AMARU 464 DE CERRO COLORADO ; Secretario: Herrera .- (04-05-06 julio)

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

CRÓNICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA

SALA CIVIL DEL MES DE MARZO

DEL 2018

LUNES 05 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: NO Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT02 BP Reg. No. 011-2018-0 – Aleksandra Parus-zewska – Fiscal Provincial de Familia de Arequipa - EXEQUATUR – RECHAZARON la demanda presentada por Juana Antonieta Salazar de Anci en representación de Artu-ro Enrique Anci Salazar y Alexandra Purus-zewka, sobre reconocimiento de sentencia extranjera, dispusieron el archivamiento del expediente, desglose y devolución de anexos. Tómese razón y hágase saber.

MARTES 06 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT02 BP Reg. No. 0531-2017-0 – Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa – Jhon Angel Luna Gandarillas y otra – obligación de dar suma de dinero – RECHAZARON el recurso impugnatorio de apelación interpuesto por Jhon Angel Luna Gandarillas, el mismo que declararon INADMISIBLE; por tanto nulo el concesorio de apelación contenido en la resolución diecisiete, de fecha veinti-siete de noviemnbre del dos mil diecisiete, DEBIENDO quedar únicamente el conceso-rio de apelación a favor de la codemanda-da Tania Gricha Mogrovejo Zúñiga. Tómese razón y hágase saber.

MIERCOLES 07 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT8 BP Reg. No. 2357-2017-0 – Adriana Linares viu-da de Villanueva – Ronald López Villanueva y otros – División y Partición de Bienes. RE-SOLVIERON aprobar la resolución número siete del diecisiete de enero del dos mil dieciocho, corriente a foja ciento siete que resuelve, NO ACEPTAR la abstención del señor Juez del Quinto Juzgado Especiali-zado en lo Civil de este distrito judicial de Arequipa, Aníbal Celso Maraza Borda, DIS-PUSIERON la devolución inmediata de los autos al mencionado órgano jurisdiccional, para que continúe con el proceso confor-me a su estado evitan do decisiones dila-torias, con conocimiento del señor juez del Octavo Juzgado Civil. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT27 BP Reg. No. 2189-2014-0 – Ursula Regina Ur-viola Damiani – Víctor Gonzalo Rivera Acosta –Divorcio por causal – Declararon Improcedente el ofrecimiento de medio probatorio referido a copia certificada del acta de conciliación del expediente No.

028-2017-CCSFA, celebrado ante el centro de conciliación S & F Asociados de fecha catorce de setiembre del dos mil diecisiete ofrecido por la parte demandada. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT166 BP Reg. No. 0713-2004-0 – Marie Moscoso Ti-cona curadora procesal de Felipe Víctor Ranilla Rodríguez – Asociación Centro Co-mercial – Obligación de dar suma de dinero – SE RESUELVE: 1.- Declarar como sucesores procesales de la parte demandante don Fe-lipe Víctor Ranilla Rodríguez y Betty Asunta Escobedo Laura así como a Juan Víctor Ra-nilla Montoya. 2.- En mérito a la copia de su documento nacional de identidad, téngase por apersonado en la presente instancia al sucesor Juan Víctor Ranilla Rodríguez. 3.- Declarar la conclusión del nombramiento de la Curadora Procesal de la parte deman-dan te Felipe Víctor Ranilla Rodríguez y que fuera recaída e n la señora abogada Marie Moscoso Ticona. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 08 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y López RiveraSV073 YQ Reg. No. 0871-2011-0 – Diomedes Adrian Arias Monroy – Víctor Raúl Zevallos Ortiz – Servidumbre – DECLARARON nula la sen-tencia No. 121-2015, de fecha 10 de agosto del 2015, de fojas 374 a 377, que declara infundada la demanda de fojas veintidós y subsanación de fojas treinta y tres, for-mulada por Diómedes Adrian Arias Mon-rroy, se dispone que el A quo emita nueva sentencia en su debida oportunidad, con arreglo a los antecedentes, la ley y lo seña-lado en la presente resolución, y los devol-vieron. JCIslay/Marín Andia/Chiquillipen.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Yucra QuispeSV074 YQ Reg. No. 3512-2013-0 – Rocío Lizette Salas Lizárraga – Luis Hernando Flores Medina – Desalojo. DECLARARON LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO desde la resolución nú-mero trece de fojas 171 en el extremo que fija fecha y hora para la audiencia única, ORDENARON que se continúe con el trá-mite del proceso conforme a su estado y se emita nuevo pronunciamiento en su opor-tunidad, dejándose subsistente el aperso-namiento y variaciones de domicilios de ambas partes, y los devolvieron. 1JC/Due-ñas Triviños/Luque

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe SV078 YQ Reg. No. 0109-2017-0 – Empresa de Trans-

portes Florian S.A. – Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial de la Municipa-lidad Provincial de Arequipa – proceso de amparo – CONFIRMARON la sentencia No. 68-2017, de fecha 04 de abril del 2017, de fojas 87 a 104, que declara infundada la demanda interpuesta por la Empresa de Transportes Florian S.A., contra el Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial de la Municipalidad Provincial de Arequipa – proceso de amparo, con lo demás que contiene y los devolvieron. JConst./Apaza del Carpio/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y López RiveraSV97 YQ Reg. No. 4920-2016-0 – Apolinaria Teresa Orozco Condori – Gobierno Regional de Arequipa – Acción Contencioso Adminis-trativa – CONFIRMAR la sentencia No. 112-2017-1JCP, de fecha 27 de abril del 2017, de fojas 107 a 125, que declara INFUNDADA en todos sus extremos la demanda conten-ciosa administrativa interpuesta por Apoli-naria Teresa Orozco Condori, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, con todo lo demás que contiene. Y los devolvieron – 1JC-MBJ Paucarpata/Zúñiga Portocarrero/Torreblanca.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Yucra QuispeAV071 YQ Reg. No. 3512-2013-0 – Rocío Lizette Salas Lizárraga – Luis Hernando Flores Medina – Desalojo. SE RESUELVE: CONFIRMAR la re-solución No. 26, de fecha 15 de marzo del 2016, de fojas 270 a 271, que declara im-procedente la nulidad en el extremo de la resolución número 11 y 12 y el acto de sus notificaciones a ambas partes, y los devol-vieron. 1JC/Dueñas Triviños/Luque

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Yucra QuispeAV072 YQ Reg. No. 3512-2013-0 – Rocío Lizette Salas Lizárraga – Luis Hernando Flores Medina – Desalojo. CONFIRMARON la resolución No. 28, de fecha 01 de julio del 2016, de fojas 288 y 289, respecto al extremo que declara IMPRO CEDENTE la solicitud de con colu-sión del proceso sin declaración sobre el fondo del asunto por la causal de consoli-dación, presentada por el demandado LUIS Hernando Florees MEDINA, y los devolvie-ron. 1JC/Dueñas Triviños/Luque

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Yucra QuispeAV080 YQ Reg. No. 7979-2014-0 – Peter Hans Keilho-le Greisinger - Weber Berno – nulidad de acto jurídico. SE RESUELVE: APROBAR la solicitud de desistimiento del medio im-

pugnatorio de apelación en contra de la sentencia N o. 047-2017 efectuada por el apelante Meter Hanz Keilholz Greisinger, por concluido el proceso y el archivo del expediente, y los devolvieron. 5JC/Maraza Borda/Puma

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Arenas MartínezAV87 AM Reg. No. 700-2016-94 – Enrique Rodríguez Vásquez – Ministro del Interior – Proceso de Amparo – DECLARARON NULA la reso-lución No. 06, de fecha 23 de febrero del 2017, que obra de folios 279 a 283, que resolvió declarar infundada la oposición planteada por el Ministerio del Interior, con lo demás que contiene. ORDENARON que la A Quo expida nueva resolución con base en la ley y lo señalado en la presente resolución, y los devolvieron. JConstitucio-nal/Palma Risco/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Arenas MartínezAV088 AM Reg. No. 700-2016-94 – Enrique Rodríguez Vásquez – Ministro del Interior – Proceso de Amparo – DECLARARON NULA la re-solución No. 07, copiada a folios 283 y si-guientes que resuelve hacerse efectivo el apercibimiento e impone una multa de dos unidades de referencia procesal al Minis-tro del Interior Carlos Basombrío Iglesias y al encargado de la Dirección Ejecutiva de Personal de la Policía Nacional del Perú General Luis Martín Mogrovejo Castillo, a razón de una unidad de referencia procesal a cada uno y remite copia de los principa-les actuados al Ministerio Público a fin que actúe conforme a sus atribuciones, con lo demás que contiene. ORDENARON que la A Quo expida nueva resolución con base en la ley y lo señalado en la presente resolu-ción, y los devolvieron. JConstitucional/Palma Risco/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATTRES YQ Reg. No. 1646-2015-34 – Alejandro Pachari Ticona – Divorcio por causal – Queja de de-recho. RESOLVIERON: RECHAZAR el recurso de queja de derecho interpuesto por Ale-jandro Pachari Ticona, en contra de la re-solución número doce, del doce de mayo del dos mil diecisiete, que rechaza la ape-lación en contra de la resolución número once, por la razones expuesta en la parte considerativa, dispusieron notificar a las partes y comunicar al juez interior con la debida nota de atención.. Tómese razón y hágase saber.

VIERNES 09 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cervantes LópezSV069 BP Reg. No. 4574-2014-0 – Agustina Ascu-ña Cárdenas – Henry Francisco Herrera Aquize – Suspensión de patria potestad. SE RESUELVE: APROBAR la SENTENCIA No. 827-2015, del 2 de diciembre del 2015, de fojas 91 integrada a fojas 124, que declara fundada la demanda de suspensión de la patria potestad interpuesta por Agustina Ascuña Cárdenas, y los devolvieron. JFT/ Torreblanca Gonzáles/Calderón

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV084 BP Reg. No. 8899-2015-0 – Evelyn Lucila Umasi Chilo – Gerencia Regional de Educación de Arequipa - Acción contencioso administra-tiva. SE RESUELVE: CONFIRMAR la sentencia No. 747-2016, del 23 de agosto 2016, de foja 85, que declara infundada la deman-da contencioso administrativa, seguida por Evelyn Lucila Umasi Chilo con la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, con lo demás que con tiene y los devolvieron. Tó-mese razón y hágase saber- 5JC/Fernández Gutiérrez/Cornejo

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoSV085 PB Reg. No. 4958-2015-0 – Ministerio Público - Cirilo Percy Ojeda Choque – Violencia Fami-liar. HA RESUELTO: CONFIRMAR la sentencia No. 115-2017, del 05 de mayo del 2017, de foja 122, que declara fundada la demanda de violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico, LA CONFIRMARON en elk extremo referente a la reparación civil que deberá pagar Percy Ojeda Choque a fa-vor de los menores Dayron Andre y Nikole Angie Ojeda Cáceres, fijada en la suma de S/. 170.00 y de S/. 200, respectivamente, sumas que serán entregadas a la progeni-tora de ambos menores. Y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber- JF. Hunter/Soncco Valencia/ Vargas.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Yucra QuispeAV075 BP Reg. No. 0164-2017-0 – Zoila Amparo Lazo Canny – Erasmo Castro Valdivia y otros –proceso de amparo. SE RESUELVE: CONFIR-MAR la resolución No. 01 del 10de marzo del 2017 de fojas 175, que declara improce-dente la demanda de amparo interpuesta por Zoila Amparo Lazo Canny, con Erasmo Castro Valdivia, con lo demás que contiene, y los devolvieron. 5JC/Maraza Borda/Puma

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-

CRONICAS JUDICIALES

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV076 BP Reg. No. 2823-2016-0 – SCOTIABANK PERU S.A. – Importaciones Fiorella – E.I.R.L. - obligación de dar suma de dinero. SE RE-SUELVE: CONFIRMAR la resolución No. 04, del 01de junio del 2017 de fojas 36 que or-dena el indicio de la ejecución forzada con lo demás que contiene, y los devolvieron. 10JC/Salas Flores /Gutiérrez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV083 BP Reg. No. 2769-2016-0 – Sonia Norma Calci-na Mercado –Luis Alfredo Coaquira Canaza – Divorcio por causal. SE RESUELVE: DESA-PROBAR la sentencia No. 139-2017-FC-2JFP, del 24 de julio del 2017 de fojas 71, que declara fundada la demanda de divorcio por la causal de abandono injustificado del hogar conyugal, con lo demás que contie-ne, y los devolvieron. 2JF-MBJ Paucarpata/Corrales Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT60 YQ Reg. No. 1687-2013-0 – Sabina Melina Yanqui de Tamayo – Mercedes Viza Merma y otros – nulidad de acto jurídico. RESOL-VIERON CORREGIR la parte resolutiva de la sentencia de vista No. 304-2016-2SC. DISPUSIERON la cancelación de los asien-tos registrales números 00004 y 00006 de la partida registral del in mueble No. P06080050 del Registro de Propiedad de Predios de los Registros Públicos de Are-quipa. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Cervan-tes López y Yucra QuispeAT9 YQ Reg. No. 0193-2016-0 – Alfonso Rodolfo Coronel Salcedo – Richard Chávez Calderón y otros – Nulidad de cosa juzgada fraudu-lenta. ACEPTARON la abstención efectuada por el señor Juez superior Benito Paredes Bedregal. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Cervan-tes López y Yucra QuispeAT10 YQ Reg. No. 0193-2016-0 – Alfonso Rodolfo Coronel Salcedo – Richard Chávez Calderón y otros – Nulidad de cosa juzgada fraudu-lenta. ACEPTARON la abstención efectuada por el señor Juez superior Oscar Béjar Pere-yra. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATDOCE PB Reg. No. 0649-2016-0 – Oficina de Norma-lización Provisional – Rita Valencia Dongo-Cárdenas – proceso de amparo. DECLARA-RON fundada la nulidad interpuesta por el demandante Oficina de Normalización Previsional en con secuencia NULA la re-solución 10 (SEIS-2SC), de fojas trescientos nueve, SE CONCEDE al recurrente el plazo de tres días a efecto que adecue el recurso de casación interpuesto al de agravio cons-titucional, bajo apercibimiento de calificar el recurso interpuesto como casación. Tó-mese razón y hágase saber.

LUNES 12 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe

SV86 PB Reg. No. 2047-2015-0 – Antonina Rimachi Khakob – Claudia Angélica Huerta Pacheco - adopción – APROBARON la sentencia No. 138-2017-3JEF, del 12 de junio del 2017, que obra de folios 252 a 259, que resuel-ve declarar fundada la demanda de adop-ción interpuesta por Antonina Rimachi Khakob, con todo lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.3JF/Montesinos y Montesinos.

MARTES 13 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV086 PB Reg. No. 2047-2015-0 – Antonina Rimachi Khakobo – Claudia Angélica Huerta Pache-co – adopción – APROBARON la sentencia No. 138-2017-3JEF, del 12 de junio del 2017, que obra de folios 252 a 259. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – 3JF/Montesinos y Montesinos.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV87 PB Reg. No. 4565-2014-0 – VIETTEL PERU S.A. – Municipalidad Distrital de Yanahuara - Acción contencioso administrativa. RESOL-VIERON: REVOCAR la sentencia No. 104-2016, del 23 de agosto 2016, de foja 194 A 201, que resolvió declarar infundada la demanda, que resolvió declarar infundada la demanda contencioso administrativa, seguida por VIETTEL PERU S.A.C., en contra de la Municipalidad Distrital de Yanahua-ra, sobre nulidad de resolución Adminis-trativa. Sin costas ni Costos, FEFORMAN-DOLA declararon fundada la demanda y, en consecuencia se declaran nulas y sin efecto legal la resolución Gerencial No. 726-2013-GDU-MDY, la Resolución Geren-cial No. 107-2014-GDU-MDY y la Resolu-ción de Alcaldía No. 032-2014-MDY; y los devolvieron - 5JC/Maraza Borda/Campos.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV88 PB Reg. No. 3119-2016-Mariela Alicia Juárez Herrera – Unidad de Gestión Educativa Lo-cal Arequipa Norte - Acción contencioso administrativa. Se dispone CONFIRMAR la sentencia No. 573-2017-5JET, de fecha 19 de mayo del 2017, que obra de folios 86 a 93, que declaró fundada en parte la de-manda contencioso administrativa, inter-puesta por Maricela Alicia Juárez Herrera, en contra de la Unidad de Gestión Educa-tiva Local Arequipa Norte. Con lo demás qu7e contiene; y los devolvieron - 5JT/Chávez Flores/Huaranga.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cervantes LópezSV89 PB Reg. No. 4842-2016-0 – Teresa Valentina Alvarez Quispe – Gobierno Regional de Arequipa - Acción contencioso administra-tiva. CONFIRMARON la sentencia No. 154-2017-1JCP, de fecha 03 de mayo del 2017, obrante de folios 110 a 128, que resuelve declarar infundada en todos sus extremos la demanda contencioso administrativa, interpuesta por Teresa Valentina Alvarez Quispe, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, sin costas ni costos, con lo demás que contiene y los devolvieron al juzgado de origen - 1JC-MBJ Paucarpata/Zúñiga Portocarrero/Torreblanca.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-

reyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe.SV90 PB Reg. No. 8603-2014-0 – ADECAPA - AUTO-DEMA – Gobierno Regional de Arequipa - Acción contencioso administrativa. CON-FIRMARON la sentencia No. 01-2017, de fe-cha 03 de enero del 2017, obrante de folios 571 a 587, que resuelve declarar infundada la demanda contencioso administrativa de fojas 145, subsanada a fojas 160 y 433, in-terpuesta por la Asociación de Campesinos sin Tierra y Asalariados del Campo – ADE-CAPA, en contra del Proyecto Especial Ma-jes Siguas AUTODEMA y el Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, con lo de-más que contiene y los devolvieron al juz-gado de origen - 9JC/Meza Miranda/García.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cervantes LópezSV91 PB Reg. No. 3942-2012-0 – Betty Jossie An-gulo Cruz – Municipalidad Provincial de Arequipa - Acción contencioso adminis-trativa. CONFIRMARON la sentencia No. 30-2016-1JC, de fecha 11 de abril del 2016, obrante de folios 276 a 296, que resuelve declarar infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Betty Jossie Angulo Cruz, en contra de la Municipalidad Provincial de Arequipa, con lo demás que contiene y los devolvieron al juzgado de origen - 1JC/Dueñas Triviños/Luque.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATSIETE PB Reg. No. 0228-2017-0 – Amada Flor Pereda Figueroa de Gonzáles – Ministerio Público – Reconocimiento de resoluciones judicia-les dictadas en el extranjero – DECLARA-RON CONSENTIDA la sentencia número dos contenida en la resolución número seis, del diecisiete de enero del dos mil diecio-cho, de la página ochenta y uno ochenta y seis, REQUIRIERON a la solicitante cumpla con presentar los aranceles judiciales res-pectivos, y hecho que sea, coadyuve con el diligenciamiento de su inscripción, bajo apercibimiento de remitirse al archivo pro-visional. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT10 PB Reg. No. 4938-2017-0 – Caja de Ahorro y Crédito de Arequipa – Beatriz Marlene Gar-cía Quispe y otro – Ejecución de garantías – DECLARARON CONCLUIDO el proceso seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa en contra de Grego-rio Apaza Parque y Beatriz Marlene García Quispe, sobre ejecución de garantías, DIS-PUSIERON la devolución del expediente al juzgado de origen para los efectos de ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATCUATRO PB Reg. No. 3869-2017-87- Celestina Coaquira Mamani – Rodolfo Turpo Mamani -. Vio-lencia Familiar - DECLARARON FUNDADA la nulidad interpuesta por el denunciado Rodolfo Turpo Mamani, en consecuencia, NULA la resolución uno (2SC), de fecha doce de enero del dos mil dieciocho, y pro-veyéndose conforme a ley: Téngase presen-te el informe de secretaría y conforme al trámite del proceso, REMITANSE los autos al Ministerio Público para la emisión del correspondiente dictamen. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV86 PB Reg. No. 2047-2015-0 – Antonina Rimachi Khakob – Claudia Angélica Huerta Pacheco - adopción – APROBARON la sentencia No. 138-2017-3JEF, del 12 de junio del 2017, que obra de folios 252 a 259, que resuel-ve declarar fundada la demanda de adop-ción interpuesta por Antonina Rimachi Khakob, con todo lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.3JF/Montesinos y Montesinos.

MIERCOLES 14 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV092 BP Reg. No. 4914-2015-0 – Empresa JJ Cons-tructores S.A.C. – Seguro Social de Salud – ESSALUD – Acción Contencioso Adminis-trativa – REVOCAR la sentencia No. 114-2016 del 24 de noviembre del 2016 de foja 247, en el extremo que declara fundada la demanda contencioso administrativa inter-puesta por la Empresa JJ Construcciones S.A.C., REFORMANDOLA la declararon in-fundada. Y los devolvieron – 7JC/Aucahua-qui Puruguaya/Risco.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoSV93 PB Reg. No. 7250-2015-0 – Ludgarda Máxima Checa Inofuente – UGEL AREQUILPA SUR – Acción Contencioso Administrativa – CONFIRMAR la sentencia No. 666-2016, de fecha 31 de octubre del 2016, que obra de folios 58 a 69, que declaró fundada en par-te la demanda contencioso administrativa interpuesta por Ludgarda Máxima Checa Inofuente. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – JT/Otazú Vizcarra/Hua-carpuma.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoSV95 PB Reg. No. 4003-2016-0 – Trinidad Delfina García Concha – Gerencia Regional de Edu-cación de Arequipa – Acción Contencioso Administrativa – CONFIRMAR la sentencia No. 801-2016, de fecha 12 de octubre del 2016, que obra de folios 50 a 66, que decla-ró fundada en parte la demanda interpues-ta. Con lo demás que contiene. Y los devol-vieron – 3JT/Carhuapoma Granda/Suclla.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoSV96 PB Reg. No. 1434-2016-0 – Mercedes Deifilia Luque Cruces – UGEL AREQUIPA SUR - Tri-nidad Delfina García Concha – Gerencia Regional de Educación de Arequipa – Ac-ción Contencioso Administrativa – CONFIR-MARON la sentencia No. 10-2017-11JET, de fecha 09 de enero del 2017, que obra de fo-lios 66 a 73, que declaró fundada en parte la demanda interpuesta. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – 11JT/Chávez Flores/Chino.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoSV99 PB Reg. No. 2846-2016-0 – Ricardina María Or-tiz Anco – UGEL AREQUILPA SUR – Acción Contencioso Administrativa – REVOCARON

la sentencia No. 848-2016, de fecha 26 de octubre del 2016, que obra de folios 38 a 46, que declaró infundada la demanda, reformándola la declararon FUNDADA la demanda interpuesta. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – 3JT/Carhua-poma Granda/Villalta.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoAV63 PB Reg. No. 1683-2017-47 - Comisaría de Mi-raflores – Félix Casa Cuyo – Violencia Fami-liar - CONFIRMARON la resolución No.02, expedida en audiencia oral de medidas de protección a favor de Luisa Roxana Aguirre Quispe, las siguientes:A: Mantener las me-didas de protección fijadas en el expedien-te o. 1361-2017-FT, en el cual se le prohibe al demandado Félix Casa Cuyo de todo tipo de maltrato físico, psicológico, económico o sexual y cualquier otra forma de violencia en agravio de Luisa Roxana Aguirre Quispe. Con lo demás que contiene y los devolvie-ron al juzgado de origen - 1JF/Uchani Sar-miento/Velarde.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cervantes LópezAV77 PB Reg. No. 4842-2016-0 – Teresa Valentina Al-varez Quispe – Gobierno Regional de Are-quipa - Acción contencioso administrativa. RESOLVIERON: CONFIRMAR la RESOLUCIÓN No. 06, de fecha 08 de marzo del 2017, obrante a folios 77 y siguiente, que resuel-ve hacer efectivo el apercibimiento dictado y en consecuencia impone multa equiva-lente a 02 unidades de referencia procesal al Gobierno Regional de Arequipa, con lo demás que contiene y los devolvieron al juzgado de origen - 1JC-MBJ Paucarpata/Zúñiga Portocarrero/Torreblanca.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV78 BP Reg. No. 0505-2017-65 – María Concepción Alvarez de Cáceres – José Portugal Pinto – Violencia familiar. HA RESUELTO: CONFIR-MAR LA RESOLUCIÒN No. 2 del 12 de enero del 2017, de fojas 35,que resuelve dictar medidas de protección a favor de María Concepción Alvarez de Cáceres que deberá cumplir José Portugal Pinto. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 3JC/Montesinos y Montesinos Hartley/Zambrano.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoAV79 BP Reg. No. 1438-2017-43 – Viviana Quispe Quispe – Rosalino Berrocal Gonzáles – Vio-lencia familiar. HA RESUELTO: CONFIRMAR la resolución No. 2 del 06 de abril del 2017, de foja 23,que resuelve en u extremo dic-tar medidas de protección a favor de Vi-viana Quispe Quispe, que deberá cumplir Rosalino Berrocal Gonzáles. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 1JF-Cerro Colorado/Gómez Fernández /Ballón.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y López RiveraAV80 BP Reg. No. 13608-2016-51- Angélica Andrea Gordillo Rojas – Carlos Enrique Soria Li-nares – Violencia familiar. HA RESUELTO:

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

CONFIRMAR la resolución No. 2 del 02 de noviembre del 2016, de fojas 28, que re-suelve dictar las medidas de protección a favor de la Adolescente Angélica Andrea Linares Rojas – Tómese razón y hágase sa-ber - 3JF/Montesinos y Montesinos Hart-ley/Zambrano

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Yucra Quispe Y López RiveraAV81 BP Reg. No. 0824-2017-95 – Cinthia Carolina Ayala Escalante – Edgard Zahen Barreda Ta-lavera – Tenencia – RESOLVIERON: Declarar NULA la resolución 02-2017, de fecha 31 de agosto del 2017, copiada a fojas 78, que resuelve conceder apelación sin efecto suspensivo y con la calidad de diferida a fa-vor de la parte demandada en contra de la resolución número 01-2017, recalificando el escrito copiado a fojas 63 al 74, decla-raron IMPROCEDENTE el recurso de apela-ción presentado por el demandado Edgard Zahen Barreda Talavera, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.1JF/Aquize Cáceres/Valdei-glesias.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoAV82 PB Reg. No. 3404-2016-67 – SCOTIABANK PERU S.A.A. – obligación de dar suma de dinero - CONFIRMARON la resolución No. 06, de fe-cha 03 de marzo del 2017, que resolvió de-clarar IMPROCEDENTE el pedido de nulidad de todo lo actuado formulado por Kattleen Yobriazoly Centeno Banda; y los devolvie-ron - 4JC/Quispe Apaza/Curo.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoAV84 PB Reg. No. 4230-2017-23 – Mariela Fabio-la Lucero Espejo – Jorge Ramiro Casapía Guzmán – Violencia familiar. HA RESUELTO: CONFIRMAR la resolución No. 03, espedida en audiencia especial llevada a cabo el 18 de abril del 2017, cuya copia obra de folios 18 a 20, en el extremo que resuelve n o dic-tar medidas de protección a favor de Ma-riella Fabiola Lucero Espejo ni a favor de los hijos de ambos padres, en contra de Jorge Ramiro Casapía Guzmán. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 3JC/Montesinos y Monte-sinos Hartley/Zambrano.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Fernández Dávila MercadoAV85 PB Reg. No. 3851-2015-55 – Jorge Alberto Cabo Alarcón – Carmen Apolonaria Cárde-nas Salas – Divorcio por causal. CONFIRMA-RON LA resolución No. 20 de fecha 12 de junio del 2017, obrante a folios 200 y 201, que resuelve declarar improcedente el pe-dido de nulidad de la delegación de poder obrante a folios 101, así como de los ac-tuados realizados por M arcos Ahmed Cary Acosta interpuesta por la parte demandada e improcedente el pedido de nulidad de la resolución No. 12. Con lo demás que con-tiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 3JC/Montesinos y Montesi-nos Hartley/Zambrano.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATSEIS YQ

Reg. No. 0093-2012-94 – Angela Maritza Choquehuanca Ramos – Tribunal Registral del Sur – Acción contencioso administra-tiva – DECLARARON CONSENTIDA la reso-lución número cuatro, de fecha veinte de diciembre del dos mil diecisiete, median-te la cuál se resuelve cancelar la medida cautelar de anotación de la demanda, en consecuencia, cúrsese los partes dobles en mérito a la tasa judicial adjuntada. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT150 BP Reg. No. 3006-2003-0- Guillermo Pare-des Ballón – ESSALUD – IN DEMNIZACIÓN – Concedieron al apelante Hugo Emilio Quevedo Sumario, el plazo de tres días a efecto que cumpla con subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de declarar la inadmisibili-dad del recurso de apelación formulado así como declarar la nulidad del concesorio. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT44 PB Reg. No. 789-2014-0 – Luisa Francisca Tacu-ri Gonza – Higinio Roque Condori y otra – Reivindicación, SE RESUELVE: Nombrar cu-rador procesal del fallecido Higinio Roque Condori, al abogado Pavel Ibarra Quispe, a quien se le notificará en la calle Manuel Muñoz Najar No. 333, Distrito de Miraflores y/o en su casilla electrónica, quien se in-corporará al proceso en el estado en que se encuentra, el mismo que deberá aceptar y jurar el cargo dentro del plazo de tres días de notificado con la presente resolución, aso contrario será subrogado se fija como honorarios del curador procesal la canti-dad de una unidad de referencia procesal. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT35 PB Reg. No. 7364-2014-0 – Edson Francisco Cárdenas Cusirramos y otra – Carlos Alber-to Herrera Flores - indemnización – CON-CEDIERON a los apelantes Edson Francisco Cárdenas Cusirramos y Karen Rosa López Casa Verde, el plazo de tres días a efecto que cumplan con subsanar el defecto ad-vertido, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de declarar la inadmisibili-dad del recurso de apelación formulado así como declarar la nulidad del concesorio. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATCUATRO YQ Reg. No. 4170-2016-0- Lelis Margot Bus-tamante Bejarano – Gerencia Regional de Educación de Arequipa y otros – acción contencioso administrativa – DISPUSIERON se eleven los autos a la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación, con conocimiento de las partes. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT08 YQ Reg. No. 5335-2016-0 – Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú – Angélica Ro-cío Garate Vilca – Ejecución de Garantías - CONCEDIERON a la apelante Angélica Rocío

Gárate, el plazo de tres días a efecto que cumpla con subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento en caso de incumpli-miento de declarar la inadmisibilidad del recurso de apelación formulado así como declarar la nulidad del concesorio. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT64 BP Reg. No. 5332-2010-0 – Nestor Alfredo Po-lanco Paredes – Luis Ernesto Polanco Mon-tes y otros – nulidad de acto jurídico, SE RESUELVE: Nombrar curador procesal del fallecido Raúl Polanco Cutire, al abogado Pavel Ibarra Quispe, a quien se le notifica-rá en la calle Manuel Muñoz Najar No. 333, Distrito de Miraflores y/o en su casilla elec-trónica, quien se incorporará al proceso en el estado en que se encuentra, el mismo que deberá aceptar y jurar el cargo dentro del plazo de tres días de notificado con la presente resolución, aso contrario será subrogado se fija como honorarios del cu-rador procesal la cantidad de una unidad de referencia procesal, que deberá ser con-signados por el demandante. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT07 BP Reg. No. 0158-2017-0 – Jorge Eduardo Quiroz Jaramillo – UGEL Arequipa Norte- Proceso de Amparo – APROBARON el de-sistimiento del acto procesal de apelación de sentencia No. 119-2017, resolución 03 de veintiocho de junio del 2017, efectua-do por la Abogada Olivia Gisela Jaramillo den representación de Luz Amparo Begazo Burga Procuradora Pública adjunta a los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, CON CLUIDOL el presente, dispongo la con-clusión y archivo del presente expediente. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATDOS BP Reg. No. 009-2018.-0 – Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa –Cor-poración de Seguridad Privada interna-cional – anulación de laudos arbitrales –RESOLVIERON: Hacer efectivo el apercibi-miento dictado mediante resolución uno de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciocho de fojas ciento dieciocho, en con secuencia, RECHAZARON la demanda pre-sentada por la Procuraduría Pública a car-go de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa y de AUTODEMA, en contra de la Cooperación de Seguridad Pri-vada Internacional y otro, sobre anulación de laudo arbitral. DISPUSIERON el archiva-miento del expediente, desglose y devo-lución de anexos, una vez sea CONSETIDA LA PRESENTE RESOLUCIÓN. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATTRES BP Reg. No. 12907-2017-13 – Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – Carlos Eduardo Vargas Polanco y otros – violencia familiar – RESOLVIERON: Tener por no pre-sentado el escrito de nulidad de la notifi-cación por cédula de la resolución No. 01 de fecha cuatro de diciembre del año dos mil diecisiete y por ende declarar nula la resolución No. 02 que contiene el acta de audiencia especial de fecha cinco de di-ciembre del dos mil, diecisiete presentado por Miluzka Steffane Gonzáles Zúñiga Za-mora que obra de folio 106 a 116. Tómese

razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT24 PB Reg. No. 6716-2014-0 – Libia María Paz Gutiérrez – Catalina Paz Gutiérrez – De-claración de Herederos – DISPUSIERON se eleven los autos a la Corte Suprema de Jus-ticia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT24 BP Reg. No. 0028-2018-0 – Victoria Leticia Quispillo Molina – Juez del Segundo Juz-gado Civil San Román Juliaca – Proceso de Amparo. DECLARARON la INCOMPETENCIA de este Organo Jurisdiccional por razón de materia en primera instancia, en los segui-dos por Victoria Leticia Quistillo Molina en contra de Ariel Antonio Quispe Laureano, Juez del Segundo Juzgado Civil de la Pro-vincial de San Román, Juliaca, sobre pro-ceso de amparo, DISPUSIERON se remitan los actuados al Juzgado Especializado en lo Constitucional para el trámite correspon-diente. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 15 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV98 BP Reg. No. 0073-2016-0 – Alfredo Quispe Alarcón –Policía Nacional del Perú –Acción contencioso administrativa. HA RESUELTO: Declarar nula la sentencia No. 934-2016 del 6 de octubre del 2016 de foja 183, que de-clara improcedente la demanda contencio-so administrativa interpuesta por Alfredo Quispe Alarcón en contra del Ministerio del Interior y otro, ordenado que la A Quo emi-ta nueva resolución, conforme a ley a los antecedentes y a lo señalado en la presen-te resolución. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 5JT/Fernández Gutiérrez/Huaranga.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV99 BP Reg. No. 2556-2009-0 – Jesús Salvador Gu-tiérrez Gutiérrez – César Augusto Fonseca Tapia y otros – Reconocimiento de unión de hecho - María Concepción Alvarez de Cáceres – José Portugal Pinto – Violencia familiar. RESUELVE: CONFIRMAR la senten-cia No. 26-2017 del 03 de abril del 2017, que declara fundada en parte la demanda interpuesta y declara la unión de hecho existente entre Jesús Salvador Gutiérrez Gutiérrez y Donatila Tapia Becerra a partir del 19 de mayo de 1979 al 28 de julio de 1999. Con lo demás que contiene. Y los de-volvieron – Tómese razón y hágase saber - 4JF/Valencia de Romaña/Luque.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV89 BP Reg. No. 2296-2017-77 - Nina Aguirre Mari-sol – Danny Giovanny Cruz Huamaní – Vio-lencia familiar. HA RESUELTO: CONFIRMAR la resolución No. 9 del 25 de abril del 2017, de foja 134, que declara No ha lugar a la devolución de notificación efectuada por doña Cirila Huamán Acros, declarando vá-lida la notificación y como consecuencia dicta la medida de protección de restitu-ción de la tenencia del meno r Diego An-drés Cruz Nina a la demandante Marisol

Nina Aguirre. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 2JF/Valencia de Romaña/Huanaco.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV91 BP Reg. No. 7296-2014-65 – Evangelina Jesús Rosa Peralta – Oficina de Normalización Previsional – Proceso de amparo - HA RE-SUELTO: CONFIRMAR la resolución No. 31 del 19 de mayo del 2017, copiado a fojas 451, que regula los costos del proceso en la suma de mil quinientos soles, mas un 5 por ciento destinado al Colegio de Aboga-dos de Arequipa, suma que será cancelada a la parte demandante. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 8JC/Del Carpio Medina/Mamani.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT16 YQ Reg. No. 0412-2016-0 – Leoncio Julián Con-cha Luque – Compañía de Seguros Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. – proceso de amparo – CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional inter-puesto por el Abogado Alan Concha Mar-tínez patrocinador de la parte demandante Leoncio Julián Concha Luque ORDENARON elevarse los actuados al Tribunal Consti-tucional en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Yucra Quispe Y López RiveraAT30 YQ Reg. No. 1528-2014-0 – César Calle Pino – Pascuala Romero Mendoza de Budiel y otros – nulidad de acto jurídico – RESOL-VIERON: Tener por no ofrecidos los medios probatorios en el escrito de apelación de fojas trescientos ochenta y ocho a trescien-tos noventa y tres. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT06 YQ Reg. No. 3576-2017-0 – Clemente Mamani Condori-Gerente de la Empresa de Trans-portes Valle Hermoza de Tambo SRLTDA – César Díaz Becerra y otra – nulidad de acto jurídico – APROBARON: EL DESISTIMIENTO del proceso efectuado por el demandante Clemente Maman Condori y habiéndose desistido del proceso, DECLARAN conclui-do el presente proceso de nulidad de acto jurídico, DISPUSIERON la devolución del presente expediente al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT24 PB Reg. No. 0423-2016-0 – Juan Jorge Cheha-de Sabla - Marìa Eugenia Espinoza - desalo-jo – DISPUSIERON elevarse los autos al ha-berse interpuesto recurso de casación, a la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respec-tiva calificación, con conocimiento de las partes. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATUNO YQ Reg. No. 0073-2011-95 – Reposición – DIS-

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

PUSIERON la remisión del presente proceso a la Primera Sala Laboral, a efecto de que se avoque al conocimiento de la presente causa.. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT28 PB Reg. No. 8733-2014-0 – Manuel Alberto Pastor Rodríguez Meza – Karol Luque Cár-denas y otro – Proceso de amparo – CON-CEDIERON el recurso de agravio consti-tucional interpuesto por Manuel Alberto Pastor Rodríguez, ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT65 YQ Reg. No. 2352-2012-0 – Doris Lajo Llerena de Fuentes – Sonia Coaguila Quiroz - Rei-vindicación - DISPUSIERON elevarse los autos al haberse interpuesto recurso de ca-sación, a la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma y plazo de ley para su respectiva calificación, con conocimiento de las partes. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT32 PB Reg. No. 2902-2015-0 – Juan Carlos Herrera Lima – Elizabeth Surco Peralta de Herrera – Divorcio por causal – SE RESUELVE: de-clarar fundada la nulidad presentada por el demandante Juan Carlos Herrera Lima de la resolución número 31 (UNO-2SC) de fecha veinticuatro de enero del dos mil dieciocho, en consecuencia, reponiendo el proceso al estado que corresponde, TRAS-LADO a la parte demandada por el plazo de diez días del recurso de apelación de fojas 232 a 236 subsanado de flojas 234 a 241. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra y Paredes BedregalAT111 BP Reg. No. 936-2009-0 – Maribel Jeaneth To-rres Portugal de Llosa – Juan Carlos Llosa Guillén y otros- divorcio por causal – DE-CLARARON: FUNDADA la abstención for-mulada por el juez superior José Luis Yucra Quispe; y, DISPUSIERON que el colegiado se integre por el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.

VIERNES 16 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Ascuña ChaveraSV100 BP Reg. No. 4776-2016-0 – Faustina Victoria Paredes Paredes – UGEL AREQUIPA SUR – Acción Contencioso Administrativa - José Portugal Pinto – Violencia familiar. HA RESUELTO: CONFIRMAR la sentencia No. 169-20º17-4JET del 0o7 de marzo del 2017, del folio 56, que declara fundada la deman-da contencioso administrativa interpuesta por Faustina Victoria Paredes Paredes, con-tra la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 4JT/Reymer Urquieta/Ríos.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATUNO YQ

Reg. No. 023-2018-0 – Luz María Gutiérrez Sandoval y Cinthya Tahina Olivera Tapia - EXEQUATUR – RESOLVIERON: Declarar INADMISIBLE la solicitud interpuesta por Cinthya Tahina Olivera Tapia en represen-tación de Diego Javier Herrera Díaz y María Elena Diaz Villarreal. Sobre reconocimiento de sentencia expedida en el extranjero, CONCEDIERON el plazo de tres días a las so-licitantes para que subsanen las observa-ciones formales advertidos, bajo apercibi-miento de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATUNO BP Reg. No. 033-2018-0 – Percy Aldo Rojas Valdeiglesias – Jorge Alexander Strobel - EXEQUATUR – Declararon INADMISIBLE la solicitud interpuesta por Percy Aldo Rojas Valdeiglesias en representación de Ketty Mirta Vargas Alvis, sobre reconocimiento de sentencia expedida e n el extranjero, atendiendo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuen-cia: CONCEDIERON el plazo de tres días al solicitante, para que subsane las observa-ciones formales advertidos, bajo apercibi-miento de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeATUNO PB Reg. No. 2131-2013-60 – Gonzalo Enrique Ichocan Llerena – José Moisés y Barra Mo-grovejo de Tello, Mónica Georgina Barra Mogrovejo, Marcela Elizabeth – nulidad de acto jurídico – DISPUSIERON la remisión del recurso de queja interpuesto por Gon-zalo Enrique Ichocan Llerena, a la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para que se avoque a su cali-ficación. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT03 BP Reg. No. 4416-2017-0 – Juan Enrique Calvo Andrade – Nataly Aguilar Sahuanay –Di-vorcio por causal – DIRIMIERON la compe-tencia territorial a favor del señor juez del Segundo Juzgado de Familia de Cerro Colo-rado, debiendo continuar con el trámite de la presente causa, DISPUSIERON la devolu-ción inmediata de los autos al mencionado órgano jurisdiccional, con conocimiento del señor juez del Según do Juzgado de Familia del MBJ de Paucarpata, debiendo secretaría cursar el oficio correspondiente. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 19 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y Rivera LópezSV101 RL Reg. No. 0707-2012-0 – Melissa Jorgelina Anicama Motta – Francisco Pinto Vásquez y otro – Indemnización – DECLARARON NULA la sentencia No. 97-2016-3JEC, de fecha 21 de noviembre del 2016, de folios 568 a 584, que resolvió declarar fundada en parte la demanda. ORDENARON que el A Quo expida nueva sentencia con base en la ley y lo señalado en la presente resolución. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 3JC/Chávez Mamani/Paz.

En Despacho:

Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV192 YQ Reg. No. 0564-2017-35 – Madeleine Aiqui-pa Cacsire – Sofia Kaqueline Hinojosa Gu-tiérrez y otro – Ineficacia del acto jurídico – CONFIRMARON la resolución No. 09, de fecha 22 de diciembre del 2017, copiadlo a fojas 190, que resuelve declarar la axisten-cia de una relación jurídica procesal válida entre las partes y en consecuencia saneado el proceso sobre ineficacia de acto jurídico, precluyendo toda petición referida a la va-lidéz de la relación jurídico procesal. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 2JC-MBJ Paucarpata/ Zúñiga Portocarrero/Flores.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y Rivera LópezSV102 RL Reg. No. 9202-2008-0 – BRECO CONSUIL-TORES S.A. y otro – Zona Registral VII Sede Arequipa y otro – Nulidad de documen-tos – DECLARARON NULA la sentencia No. 106-2016, de fecha 31 de octubre del 2016, de folios 695 a 715, que resolvió declarar infundada la demanda. ORDENARON que el A Quo proceda a emitir la resolución co-rrespondiente. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 8JC/Del Carpio Me-dina/Zegarra.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT26 BP Reg. No. 1811-2016-0 – BBVA Banco Con-tinental – Juan Masías Velásquez Salazar y otros – ejecución de garantías – RESOL-VIERON: Hacer efectivo el apercibimiento decretado en autos, tener por no presen-tado el escrito de nulidad, presentado por el abogado Oscar Pedro Hilares Maker patrocinador de la parte demandada Juan Masías Velásquez Salazar que obra de folio 246 a 248, conforme se encuentra ordena-do en autos, elévese en recurso de casa-ción. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT06 PB Reg. No. 0601-2017-0 – Diego Adriel Peña Gutiérrez – Gerencia Regional de Agricul-tura de Arequipa y otro – proceso de cum-plimiento – CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional inter-puesto por Diego Adriel Peña Gutiérrez, ORDENARON Elevar-se los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT05 BP Reg. No. 0601-2017-0 – Diego Adriel Peña Gutiérrez – Gerencia Regional de Agricul-tura de Arequipa y otro – proceso de cum-plimiento – SE RESUELVE: Tener por con-validado el acto de notificación a la parte demandante Diego Adriel Peña Gutiérrez, del auto de vista No. 04-2018 de fecha veintiuno de febrero del dos mil dieciocho que obra a fojas ( 59 a 61 ). Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT15 YQ Reg. No. 0021-2017-0 – Candia Andrés Ma-

mani Mamani – Oficina de Normalización Previsional – Proceso de amparo – CON-CEDIERON el recurso de agravio consti-tucional interpuesto por Candia An drés mamani Mamani, ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT23 YQ Reg. No. 0233-2015-0 – Carlos Valentín Poma Gutiérrez – Aseguradora Rímac Segu-ros – proceso de amparo – CONCEDIERON el recurso de agravio constitucional inter-puesto por Carlos Valentín Poma Gutiérrez, ORDENARON Elevarse los actuados al Tri-bunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAT14 PB Reg. No. 2697-2015-0 – Gissela Giannina Loyaga Rendón - Darwin Fernando Teran Aliaga – Divorcio por causal – RESOLVIE-RON: Tener por no presentado el escrito de apelación de sentencia y otros, presentado por Darwin Fernando Teran Aliaga que obra de folios ( 200 a 211). Tómese razón y hágase saber.

MARTES 20 DE MARZO DEL 2018

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV103 PB Reg. No. 0531-2016-0 – Raúl Delgado Nieto – Congreso de la República – Habeas Data – Declararon Nula la sentencia No. 125-2017, de fecha 25 de julio del 2017, 1quen obra de fojas 259 a 392, que resolvió declarar fundada en parte la demanda interpuesta por Raúl Jimmy Delgado Nieto y otro, sobre proceso de Habeas Data en contra del Con-greso de la República. DISPUSIERON que previamente se cumpla con notificar con la demanda, anexos y auto admisorio a los miembros de la comisión Ad Hoc y emitir-se cuando corresponda nuevo pronuncia-miento. Juzgado Constitucional/Apaza del Carpio/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV105 PB Reg. No. 0987-2016-0 – Fiscal Civil y Familia –Dora Pérez Loayza y otro – Violencia fami-liar – RESOLVIERON: Que carece de objeto resolver la apelación concedida respecto de la sentencias No. 213-2017-FC, de fecha 20 de julio del 20917 que obra a folios 191 a 194, que resolvió declarar infundada la demanda interpuesta por el Ministerio Pú-blico. Y los devolvieron – 2JF-MBJ Mariano Melgar / Pinto Flores/Choque.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe

SV106 PB Reg. No. 2746-2012-0 – Marcial Alberto Minaya Molina – Catherine Roxana Huayna Zeballos y otro – Resolución de contrato – CONFIRM ARON la sentencia No. 045-2016, de fecha 07 de junio del 2016, obrante de folios 475 a 497, que resuelve declarar im-procedentes las tachas formuladas por la parte demandada, así como declarar fun-dada en parte la demanda sobre resolu-ción de con trato interpuesta por Marcial Alberto Minaya Molina. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón

y hágase saber – 10JC/Salas Flores/Tapia.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cárdenas TiconaSV107 PB Reg. No. 4023-2016-0 – Andrea Albina Gó-mez de Salinas – Oficina de Normalización Previsional – Acción Contencioso Admi-nistrativa – RESOLVIERON: CONFIRMAR la sentencia No. 144-2016-11-JETT, de fecha 26 de diciembre del 2016, que obra de fo-lios 59 a 64, que resuelve declarar fundada la demanda interpuesta por Aurea Albina Gómez de Salinas, en contra de la Oficina de Normalización Pervisional. Con lo de más que contiene, y los devolvieron. 11JT/Chávez Flores/Chino.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cárdenas TiconaSV108 PB Reg. No. 0093-2016-0 – Eladio Agustín Ro-dríguez Canales – Oficina de Normalización Previsional – Resolvieron CONFIRMAR la sentencia No. 88-2016-11JET, de fecha 09 de diciembre del 2016, que obra de fojas 60 a 65, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpuesta por Eladio Agustín Rodríguez Canales, en contra de la Oficina de Normalización Previsional. Con lo de-más que contiene. Y los devolvieron. 11JT/Chávez Flores/Chino.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y Rivera LópezSV109 LR Reg. No. 1870-2014-0 – Justo Vilca Galle-gos – Victoria Quispe Quispe de Coahuila – Nulidad de acto jurídico – DECLARARON NULA la sentencia No. 258-2017-1JC-MBJP, de fecha 17 de junio del 2017, de folios 162 a 168, que resolvió declarar infundada en todos sus extremos la demanda interpues-ta. ORDENARON que la A Quo expida nueva sentencia con base en la ley y lo señalado en la presente resolución. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 1JC/MBJ Paucarpata/Zúñiga Portocarrero/Flores.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV110 PB Reg. No. 0149-2012-0 – Angel Guillermo Aragón Arcos y otros – Petronilsa Arcos de Carrera y otra – Petición de Herencia – RESUELVEN: CONFIRMAR la sentencia No. 067-2015, de fecha 20 de mayo del 2014 que obra de fojas 312 a 317, en el extremo que resuelve declarar INFUNDADA la de-manda interpuesta a fojas ochenta y cua-tro y siguientes, por don Angel Guillermo Aragón Arcos y otra, e IMPROCEDENTES las pretensiones de restitución del bien here-ditario, reivindicación del bien hereditario y cancelación del asiento registral, con lo demás que contiene. Y los devolvieron. 7JC/Polanco Gutiérrez/Risco.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV111 YQ Reg. No. 2791-2016-0 – Wilbert René Hol-gado Alvarez – Viviana Cruz Montalvo – Di-vorcio por causal – RESOLVIERON: APRO-BAR la sentencia No. 255-2017, de fecha 18 de julio del 2017, de folios 108 a 117, que resuelve declarar fundada en parte la demanda interpuesta, con todo lo de más que contiene. Y los devolvieron - 2JF/Val-divia Talavera/De Amat.

Page 11: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 … · CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA SEGUNDO JUZ-GADO CIVIL. (21-27 junio 04 julio) B/E 031-12867.- ... SALAS, SUCESION INTESTADA DE MIGUEL

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 4 de julio del 2018

En Despacho: Con los SS. Bejar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV112 YQ Reg. No. 3201-2014-0 – Francisca Teodora Sosa Juárez – Jaime Gonzáles Carmone – Reconocimiento de unión de hecho – RE-SOLVIERON: APROBAR la sentencia No. 60-2017, de fecha 07 de junio del 2017, de fojas 158 al 162, que declara fundada la demanda interpuesta por Francisca Teo-dora Sosa Juárez, sobre reconocimiento de unión de hecho, en contra de la sucesión de Jaime Gonzáles Carbone. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron. 4JF/Delga-do Cárdenas/Chávez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cárdenas TiconaSV115 PB Reg. No. 0702-2017-0 – Reyna Victoria Zúñiga Retamozo – UGEL Arequipa Norte – Acción Contencioso Administrativa – CON-FIRMARON la sentencia No. 422-2017-6JET, de fecha 24 de abril del 2017, de folios 34 a 47, REVONCANDOLA tan solo en el extremo que declaró infundada la demanda respec-to a la pretensión del incremento salarial dispuesto por el Decreto Ley No. 25981, RFEFORMAN DOLA la declararon FUNDA-DA. Con lo demás que contiene. Y los de-volvieron - 6JT/Vásquez Rodríguez/Linares.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cárdenas TiconaSV116 PB Reg. No. 5864-2016-0 – Sofía Sara Jarufe de García – UGEL AREQUIPA SUR – Acción Contencioso Administrativa – CONFIRMA-RON la sentencia No. 62-2017-11JET, de fecha 20 de enero del 2017, que obra de fojas 42 a 49, y lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber – 11JT/Chávez Flores/Chino.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cárdenas TiconaSV117 PB Reg. No. 6951-2015-0 – José Luis Díaz Piza-rro – UGEL AREQUIPA NORTE – Acción Con-tencioso Administrativa – CONFIRMARON la sentencia No. 62-2017, de fecha 24 de enero del 2017, que obra de folios 55 a 67, que declaró fundada en parte la demanda contencioso administrativa, interpuesta por José Luis Díaz Pizarro. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber – 11JT/Chávez Flores/Chino.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Cárdenas TiconaSV118 PB Reg. No. 8689-2016-0 – Edgard Arnold Me-dina Cervantes – UGEL AREQUIPA SUR – Ac-ción Contencioso Administrativa – CON-FIRMARON la sentencia No. 376-2017-5JET, de fecha 30 de marzo del 2017, que obra de folios 55 a 62, que declaró fundada en par-te la demanda contencioso administrativa, interpuesta por Edgard Arnold Medina Cer-vantes. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber – 5JT/Chávez Flores/Huaranga.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV93 PB Reg. No. 8150-2015-94 – Edwin Gustavo Rodríguez Zuzunaga – Municipalidad Pro-vincial de Arequipa – Ejecución de reso-luciones judiciales – DECLARARON NULA

la resolución No. 197, de fecha 19 de oc-tubre del 2016, de folios 561, ORDENARON que el A Quo expida nueva resolución con base en la ley y lo señalado en la presente resolución. Y los devolvieron – Tómese ra-zón y hágase saber - 2JC/Pineda Gamarra/Zapata.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV95 PB Reg. No. 0531-2016-0 – Raúl Delgado Nieto y otro – Congreso de la República – Habeas Data – CONFIRMARON la resolución No. 02, de fecha 04 de noviembre del 2016, obran-te a folios 108 a 109, que resuelve declarar IMPROCEDENTE tanto la solicitud de extro-misión como la nulidad postuladas por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con lo demás que contiene. Y los devolvie-ron al juzgado de origen – Tómese razón y hágase saber - JConstitucional/Apaza del Carpio/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV96 PB Reg. No. 0531-2016-0 – Raúl Delgado Nieto y otro – Congreso de la República – Habeas Data – CONFIRMARON la resolución No. 05, de fecha 07 de marzo del 2017, obrante a folios 184 a 187, que resuelve declarar IN-FUNDADA la excepción de falta de legiti-midad para obrar del demandado deducida por el Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y por el Pro-curador Público del Poder Legislativo, con lo demás que contiene. Y los devolvieron al juzgado de origen – Tómese razón y hágase saber - JConstitucional/Apaza del Carpio/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV98 PB Reg. No. 5132-2014-76 – Renzo Luis Jara Grande y otro – Nelly Adriana Cutire Sanz – Nulidad de acto jurídico – RESOLVIERON: CONFIRMAR LA RESOLUCIÓN No. 02, de fe-cha 12 de abril del 2017, de folios 35, que resuelve rechazar la demanda interpuesta por Angel Raúl Valdivia Espinoza y los de-volvieron al juzgado de origen – Tómese razón y hágase saber – 10JC/Valdivia Tala-vera/Cahuana.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV100 PB Reg. No. 2753-2016-0 – Tuberías y Geosis-temas del Perú S.A. – Fernando Rolando Diban Carazas – obligación de dar suma de dinero – DECLARARON NULA la resolución No. 10 de fecha 230 de julio del 2017, que obra a folios 114 y siguientes, que resolvió declarar infundada la contradicción formu-lada por Fernando Rolan do Diban Carazas, con lo demás que contiene, ORDENARON que el A Quo expida nueva resolución con base a la ley y lo señalado en la presente resolución. Y los devolvieron – 6JC/Valdivia Franco/Gutiérrez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV101 PB Reg. No. 4183-2014-47 – Ricardo Astorga Febres – Basilila Anastacia Berríos Coaguila y otro - Reivindicación – REVOCARON la re-solución No. 18, de fecha 16 de setiembre del 2016, copiada a folios 233 y siguientes; y, reformándola ADMITIERON dicho medio probatorio. Y los devolvieron – Tómese ra-

zón y hágase saber - JConstitucional/Apaza del Carpio/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV102 PB Reg. No. 0987-2016-0 – Christian Apaza Febres – Dora Pérez Loayza y otro – Vio-lencia Familiar – DECLARARON NULO todo lo actuado desde la resolución No. 056, de fecha 13 de octubre del 2016, y DISPUSIE-RON que el A Quo emita nueva resolución teniendo en cuenta la parte considerativa de la presente resolución; y los devolvieron – 2JF/Pinto Flores/Choque.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV103 YQ Reg. No. 4874-2016-0 – Javier Raúl Ramos Cutire - Superintendencia Nacional de Registros Públicos Zona Registral No. XII – Sede Arequipa – Acción Contencioso Ad-ministrativa – CONFIRMARON la resolución No. 01-2016, de fecha 02 de noviembre del 2016, que obra a fojas 45, que declara improcede la acción contencioso adminis-trativa interpuesta por Javier Raúl Ramos Cutire. Y los devolvieron – 6JC/Valdivia Franco/Ramos.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV104 PB Reg. No. 0323-2017-0 – Brayan Marco Or-tega Gonzáles – Gorka Oviedo Alarcón – Habeas Data – DECLARARON NULA la re-solución No. 01 de fecha 31 de mayo del 2017, que resolvió declarar improcedente la demanda interpuesta por Brayan Marco Ortega Gonzáles, sobre proceso constitu-cional de habeas data, en contra del No-tario Gorky Oviedo Alarcón, con lo demás que contiene. ORDENARON que la A Quo emita nueva resolución calificando la de-manda conforme a ley. Y los devolvieron – 6JC/Valdivia Franco/Gutiérrez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV104 YQ Reg. No. 3481-2015-75 – Jimmy Henry Ro-sas Delgado – Patricia Guadalupe Huamán Abad y otra – Nulidad de acto jurídico – RE-VOCARON la resolución No. 11, de fecha 24 de febrero del 2017 copiado a fojas 50, en cuanto al extremo que resuelve declarar improcedente el pedido de abandono del proceso solicitado por la demandada Pa-tricia Guadalupe Huamán a Abad, y REFOR-MANDOLA resolvieron declarar el abando-no del proceso seguido por Jimmy Henry Rosas Delgado, sobre nulidad de acto jurí-dico en contra de Patricia Guadalupe Hua-mán Abad y consecuentemente concluído el proceso. Y los devolvieron – 5JC/Maraza Borda/Llerena.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV105 YQ Reg. No. 8358-2017-38 – Luisa Quiñonez Quispe – Alipio Paúl García Jara – Violencia Familiar – DECLARARON NULA la resolu-ción No. 03 de fecha 28 de agosto del 2017, copiada a fojas 46, que resuelve conceder al demandado Alipio Paúl García Jara re-curso de apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida de la resolución número 2, RECALIFICANDO el escrito co-piado de fojas 30 a 33 y 36 al 39, declara-ron improcedente el recurso d apelación presentado – 1JF-MBJ Paucarpata/Talavera

Zapana/ de la Gala.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV106 YQ Reg. No. 0457-2017-0 – Jesús Salvador Paredes Montero – Caja Arequipa y otros – proceso de amparo – CONFIRMARON la resolución No. 01 de fecha 08 de agosto del 2017, de fojas 103 a 108, que declara improcedente la demanda interpuesta por Jesús Salvador Paredes Montero, sobre proceso constitucional de amparo, con lo demás que contiene. Y los devolvieron – JConstitucional/Apaza del Carpio/Cuba.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV107 YQ Reg. No. 2835-2015-2 – Ricardo Miguel Alarcón Chipana – Rudecinda Quispe Hin-cho – Ejecución de garantías – CONFIRMA-RON la resolución No. 23-2017, copiado de fojas 288 a 291. Con lo demás que contie-ne. Y los devolvieron – 1JC/Galagarza Pé-rez/Gonzáles.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV109 YQ Reg. No. 2835-2015-2 – Ricardo Miguel Alarcón Chipana – Rudecinda Quispe Hin-cho – Ejecución de garantías – CONFIRMA-RON la resolución No. 23-2017, copiado de fojas 288 a 291. Con lo demás que contie-ne. Y los devolvieron – 1JC/Galagarza Pé-rez/Gonzáles.

MIERCOLES 21 DE MARZO DEL 2018EN DESPACHO:

Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV113 BP Reg. No. 2255-2015-0 – Juan Carlos Quiroz Quispe – Helen Liscie Milagros Barreda Valenzuela –Régimen de Visitas – CONFIR-MARON la sentencia No. 31-2017, del 30 de marzo del 2017, de foja 1634 que declara fundada la demanda sobre régimen de visi-ta interpuesta por Juan Carlos Quiroz Quis-pe, con lo de más que contiene. Y los devol-vieron – 4JF/Valencia de Romaña/Chávez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeSV114 BP Reg. No. 1502-2013-0 – Yudi Tania Callo Malqui – Joel Angel Cahuana Condori – Violencia Familiar – RESUELVE: APROBAR la sentencia No. 138-2017-FC-2JFP del 24 de julio del 2017 de fojas 117, que declara fun-dada la demanda sobre cese de violencia familiar ( maltrato físico ), interpuesta por el representante del Ministerio Público en contra de Joel Angel Cahuana Condori a fa-vor de Yudi Tania Ccallo Mallqui, con lo de más que contiene. Y los devolvieron – 4JF/Valencia de Romaña/Chávez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV108 BP Reg. No. 3950-2017-2 – Nancy Panduro Guelles – Fátima del Pilar Alemán Mansi-lla – Violencia Familiar – REVOCARON la resolución No. 4, del 27 de abril del año 2017, copiado de fojas 65, que declara im-procedente el pedido de nulidad deducido por Fátima Pilar Alemán Mansilla, en con-secuencia declararon nulo todo lo actua-do. DISPUSIERON la convocatoria a nueva

audiencia especial, cuya fecha y hora de realización debe ser debidamente noti-ficada a las partes a través de los medios pertinentes. Y los devolvieron – 1JF/Aquize Cáceres/Mejía.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Yucra Quispe y Ascuña ChaveraAV109 BP Reg. No. 5063-2015-0 – René Alfredo Vera Carbajal y otra – Macario Gamarra Mayor-ga – Ejecución de Garantías – CONFIRMA-RON la resolución No. 14-2016, del 14 de octubre del 2016, de foja 143, que declara infundada la contradicción al mandato de ejecución formulado por Macario Gama-rra Mayorga y Mercedes Arapa Gutiérrez, ORDENARON el remate del bien dado en garantía previa realización de nueva tasa-ción para determinar el valor actualizado del bien sublitis. Y los devolvieron – 10JC/Aquize Cáceres/Mejía.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Cervantes López y Arenas MartínezAV110 BP Reg. No. 5184-2017-81– Benigna Sarzoso Castillo Gustavo Abel Quispe Palli – Violen-cia Familiar – CONFIRMARON la resolución No. 2, del 29 de mayo del 2017, de foja 31, que resuelve no haber mérito a dictar me-didas de protección a favor de Benigna Sar-zoso Castillo a cumplir por Gustavo Abel Quispe Palli. Con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber-. Y los devolvieron – 2Jf-MBJ Hunter/Soncco Valencia/Quispe.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV111 BP Reg. No. 0180-2009-77 – Juan Curo Robles – Yul Zachari Muñoz Oruro – Petición de herencia – RESOLVIEREON: CONFIRMAR la resolución No. 77, de fecha 4 de julio del 2017, a folio 180, que resuelve declarar improcedente el pedido de interrupción del proceso solicitado por don Yul Zachari Muñoz Oruro . Tómese razón y hágase sa-ber. JC-MBJ Hunter/Sandoval Corimayta/Rodríguez

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe y Ascuña ChaveraAV112 BP Reg. No. 4716-2016-72 – Benita Vega Chan-colla – Dionisio Pedro Puma Mamani – Vio-lencia Familiar – HA RESUELTO: CONFIRMAR la resolución No. 2 del 5 de abril del 2016, de foja 50, que resuelve dictar medidas de protección además de las medidas de pro-tección dispuestas en el expediente 1511-2016, a favor de Benita Vega Chancolla. Y los devolvieron – Tómese razón y hágase saber - 2JF/Valdivia Talavera/Gómez.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra, Paredes Bedregal y Yucra QuispeAV113 PB Reg. No. 8250-2014-0 – Yvone Lily Azucen a Yañez Rendón – Tania Lucrecia Villanue-va Orbegoso – Obligación de dar suma de dinero – CONFIRMARON la resolución No. 20, de fecha 14 de marzo del 20170 que obra a folios 298 y siguiente, que resuel-ve declarar IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión delProceso solicitada por David Morales Flo-res. Y los devolvieron – 7JC/Polanco Gutié-rrez/Risco.

En Despacho:

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