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TÉRMINOS DE REFERENCIA Consultoría: Conceptualización y Diseño de Reglamento del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico1. ANTECEDENTES La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, establece el acceso al agua y saneamiento como un derecho humano fundamental, por ello el Ministerio de Medio Ambiente y Agua en los últimos años está ejecutando programas y proyectos dirigidos al incremento de la cobertura de agua y saneamiento tanto en las áreas urbanas, rurales así como las áreas periurbanas. Lo que contribuirá significativamente al objetivo de lograr la universalidad de cobertura en los servicios de agua potable y saneamiento con responsabilidad y sostenibilidad. Así también, el Estado Plurinacional de Bolivia ha planteado su prioridad en la agenda patriótica bicentenaria 2025, con la meta de alcanzar el 100% de cobertura en el sector de agua y saneamiento. Asimismo, la agenda Gobierno 2020 plantea 100% de cobertura con agua potable en el área urbana y 90% en el área rural; con alcantarillado, 80% en el área urbana y 60% en el área rural. Enmarcados en éstas disposiciones, el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha formulado un nuevo Plan Sectorial de Desarrollo de Saneamiento Básico, que está alineado además con los “Enfoques Programáticos” para segmentos poblacionales Periurbanos, Pequeñas Comunidades y área Rural y las líneas estratégicas que dará vigencia desde el año 2016 al año 2020. En este marco se han definido entre los ejes estratégicos de desarrollo del nuevo Plan Sectorial de Desarrollo de Agua y Saneamiento el acceso universal y equitativo a los servicios de agua potable y saneamiento y la sostenibilidad de los mismos que comprende ejecución de programas de inversión acompañada de ajuste a la normativa, fortalecimiento institucional y asistencia técnica a las EPSA, así como el Desarrollo TdR “Conceptualización y Diseño de Reglamento del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico”. Servicios Sostenibles, Calidad de Proyectos - Julio 2015. 1

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TÉRMINOS DE REFERENCIA

“Consultoría: Conceptualización y Diseño de Reglamento del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico”

1. ANTECEDENTES

La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, establece el acceso al agua y saneamiento como un derecho humano fundamental, por ello el Ministerio de Medio Ambiente y Agua en los últimos años está ejecutando programas y proyectos dirigidos al incremento de la cobertura de agua y saneamiento tanto en las áreas urbanas, rurales así como las áreas periurbanas. Lo que contribuirá significativamente al objetivo de lograr la universalidad de cobertura en los servicios de agua potable y saneamiento con responsabilidad y sostenibilidad.

Así también, el Estado Plurinacional de Bolivia ha planteado su prioridad en la agenda patriótica bicentenaria 2025, con la meta de alcanzar el 100% de cobertura en el sector de agua y saneamiento. Asimismo, la agenda Gobierno 2020 plantea 100% de cobertura con agua potable en el área urbana y 90% en el área rural; con alcantarillado, 80% en el área urbana y 60% en el área rural. Enmarcados en éstas disposiciones, el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha formulado un nuevo Plan Sectorial de Desarrollo de Saneamiento Básico, que está alineado además con los “Enfoques Programáticos” para segmentos poblacionales Periurbanos, Pequeñas Comunidades y área Rural y las líneas estratégicas que dará vigencia desde el año 2016 al año 2020.

En este marco se han definido entre los ejes estratégicos de desarrollo del nuevo Plan Sectorial de Desarrollo de Agua y Saneamiento el acceso universal y equitativo a los servicios de agua potable y saneamiento y la sostenibilidad de los mismos que comprende ejecución de programas de inversión acompañada de ajuste a la normativa, fortalecimiento institucional y asistencia técnica a las EPSA, así como el Desarrollo comunitario que fortalece los mecanismos de participación social e institucional local.

Muchos programas de inversión han extendido sus tiempos de ejecución más allá de lo programado, principalmente debido a la baja calidad de la pre-inversión, ejecutada por los gobiernos sub nacionales, encontrando dificultades de orden técnico en los diseños que obligan a utilizar tiempo, recursos humanos y económicos adicionales para su adecuación a la normativa y la ejecución de las obras. Este problema se ha acentuado y hecho evidente cuando el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico ha revisado y evaluado más de 1200 proyectos, de los cuales un gran porcentaje contiene graves deficiencias.

En el mes de abril de 2014 se realizó un taller de reflexión y análisis que identificó el estado de la gestión de la pre-inversión de proyectos de agua potable, y saneamiento, donde participaron el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico (VAPSB), el Servicio Nacional para la Sostenibilidad de Servicios de Agua y Saneamiento

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(SENASBA) y las entidades ejecutoras de proyectos, EMAGUA, FPS, UCP-CAF y UCP-PAAP.

Los participantes coincidieron en que existen limitaciones y obstáculos en todo el ciclo del proyecto, que principalmente radican en la fase de pre-inversión, el VAPSB en su presentación indicó que el 97% de los proyectos que han evaluado desde el año 2009, no cumplen con la normativa y la calidad exigida para la fase de inversión. Se presentan proyectos sin identificación de los proyectistas, además no adjuntan número de Registro Profesional. Por otra parte se manifestó que la formación académica no profundiza la Normativa Sectorial, haciendo necesaria la generación de un Registro de Profesionales y empresas consultoras para los trabajos de consultoría de pre-inversión acompañado de un proceso de Desarrollo de Capacidades a través de cursos de post grado que el sector promoverá.

Las entidades ejecutoras han coincidido también que los proyectos de pre-inversión contienen muchas debilidades de orden técnico, económico, social y ambiental que afectan en la ejecución de los mismos en términos de tiempo, recursos adicionales y sostenibilidad. Los diseños no cumplen con la normativa porque no son elaborados por profesionales especializados, los términos contractuales no consideran la participación de un equipo interdisciplinario que garantice los objetivos de la planificación sectorial, entre otros.

Como resultado de la reflexión y análisis, se ha sugerido, en la parte normativa, entre otras actividades, necesidad de formalizar la creación de un Registro Nacional de Consultoría en Agua Potable y Saneamiento Básico, que permita jerarquizar y capacitar a un conjunto de profesionales que trabajan de manera interdisciplinaria en el diseño de proyectos en la etapa de pre-inversión.

1.1 JUSTIFICACIÓN.-

El VAPSB tiene dentro de sus normas técnicas el Reglamento Nacional de Presentación de Proyectos de Agua y Saneamiento (RM No. 232/2004), todavía en vigencia, posteriormente el Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través de disposiciones legales emite dos normativas: el Reglamento Específico del Sistema Nacional de Inversión Pública RE – SNIP (RM No. 245/2012) y últimamente el Reglamento Básico de Pre-inversión (RM No. 115/2015) de fecha 12 de mayo 2015; por otra parte, el MMAyA a través de la Dirección General de Planificación (DGP), con financiamiento del Programa de Agua y Saneamiento (PAS) con recursos del Banco Mundial viene desarrollando herramientas metodológicas de apoyo al proceso de pre-inversión actualmente en elaboración; todas éstas apuntan a garantizar un proceso de calidad en el ciclo de proyectos, pero básicamente en la etapa de pre-inversión. Ordenando procedimientos y reglamentando su presentación.

Por otra parte, el VAPSB viene desarrollando un anteproyecto de Ley de “Proyectos de Agua Potable y Saneamiento” en la que se pretende incorporar los roles y funciones en el ciclo del proyecto de los diferentes actores sectoriales y sub-nacionales, además de incluir la creación y puesta en marcha de un Registro Nacional de Consultoría Sectorial, orientadas a mejorar la calidad de los proyectos.

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En este sentido el VAPSB, con el financiamiento de la GIZ/PERIAGUA, requiere contratar los servicios de un experto/a Consultor/a, para la conceptualización y Diseño del Reglamento del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico.

La consultoría contribuirá al logro de la sub línea Calidad de Proyectos enmarcados en el Programa PERIAGUA y consecuentemente a las metas previstas en el nuevo Plan Sectorial de Desarrollo de Saneamiento Básico (2016-2020) con miras a cumplir el Plan Gobierno 2020 y la Agenda Patriótica 2025.

2. OBJETIVO GENERAL DE LA CONSULTORIA

Realizar la conceptualización y Diseño del Reglamento del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico.

3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA CONSULTORIA

Realizar un Análisis para la conceptualización y justificación del Marco Legal con que cuenta el sector de Agua y Saneamiento para la incorporación del Registro de Consultoría.

Recomendar acciones que se identifiquen como necesarias para la implementación del Registro Nacional de Consultores de Agua y Saneamiento Básico.

Recomendar la emisión de Resoluciones, Decretos u otros actos administrativos que permitan implementar el producto de la consultoría, desarrollando modelos de Resoluciones, Decretos y otros documentos administrativos técnicos y legales.

Diseñar el Documento Final del Reglamento para la implementación del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico, basado en la normatividad existente, consensuado con el Comité Técnico Revisor (CTR).

4. ACTIVIDADES O FUNCIONES ESPECÍFICAS A DESARROLLAR

Las actividades enunciadas a continuación son de manera indicativa y no limitativa, por lo que el o la Consultor/a a objeto de demostrar su habilidad en la prestación del servicio puede proponer mejoras de acuerdo a su experiencia, siempre y cuando las mismas no contradigan la parte técnica referencial.

Elaborar un Plan de trabajo del período de duración de la consultoría que será aprobado por la Supervisión y puesta en conocimiento del CTR.

Coordinar con la Unidad de Normas Técnicas y Legislación (UNTyL) dependiente de la Dirección General de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario del VAPSB, a fin de identificar claramente a los actores involucrados, los alcances del Reglamento para el Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico.

Revisión de la normatividad conexa existente que permita obtener la conceptualización y enfoque del Registro.

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Reunión inicial con la Dirección General de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario del VASPB para consensuar la elaboración de la conceptualización y el Diseño del Reglamento.

Reuniones permanentes con la Supervisión.

Organizar y realizar talleres: 1) a nivel institucional con el VASPB, SENASBA, EMAGUA, ABIS, Colegios de Profesionales y otros para presentar la conceptualización del Registro y recibir retroalimentación. A 15 días de iniciado el contrato. 2) Un taller de presentación del Reglamento final aprobado. Talleres que se realizarán con financiamiento de GIZ – PERIAGUA. A la conclusión del plazo contractual.

Presentar un informe de medio término de acuerdo al Plan de Trabajo.

Presentar en tres ejemplares en borrador el Reglamento para el Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico.

El documento final aprobado por las instancias de supervisión y CTR deberá ser presentado al VAPSB en 3 ejemplares (físico y digital)

5. PRODUCTOS ESPERADOS

Un informe preliminar (que incluya un Plan de trabajo del periodo de duración de la consultoría, cronograma de actividades ajustado a la fecha de emisión de la Orden de Proceder). Al inicio de la consultoría (máximo a los cinco días hábiles de iniciada).

Un informe conteniendo la conceptualización del Reglamento para el Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico. A 15 días hábiles de inicio de contrato.

Presentación del primer borrador de los siguientes productos: 1) Reglamento para el Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico, en tres ejemplares en medio impreso y en digital. A los 50 días calendario de la firma de contrato. Que contenga Una presentación en power point sobre el contenido del Reglamento (Borrador).

Un documento Final de 1) Reglamento para el Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico, consensuado y aprobado por las instancias correspondientes (Supervisión y CTR). A la conclusión del plazo contractual. Que contenga una presentación en power point sobre el contenido del Reglamento (de la presentación del producto final). Además de un informe final de las actividades realizadas durante el tiempo que duró la consultoría.

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6. INFORMES

Se establece la entrega de los siguientes informes:

Nº Concepto Fecha1 Informe Preliminar - Plan de

trabajo5 días hábiles de la firma de contrato.

2 Conceptualización 15 días hábiles de la firma de contrato.3 Presentación de Borrador 50 días calendario de la firma de

contrato4 Presentación de Informe Final A la conclusión del contrato.

Se recomienda como contenido mínimo del Informe Final lo siguiente:

a) Titulob) Resumen ejecutivoc) Introducciónd) Antecedentese) Objetivos y alcancesf) Metodologíag) Reglamento del Registro Nacional de Consultoría en Agua y Saneamiento Básico.

DOCUMENTO FINAL ELABORADOh) Conclusiones y recomendacionesi) Anexos y documentación de apoyo

Estos informes deberán ser presentados en tres ejemplares impresos y en digital; una copia aprobada - será remitida a la GIZ/PERIAGUA.

7. COORDINACION Y SUPERVISION TÉCNICA

El o la consultor/a desempeñará sus funciones bajo la dependencia y supervisión directa de la Dirección General de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario a través de la Unidad de Normas Técnicas y Legislación, bajo la Asistencia Técnica del responsable del indicador Calidad de Proyectos del Programa PERIAGUA, quienes revisarán y aprobarán el contenido y cumplimiento de los productos.

8. LUGAR DE TRABAJO

La consultoría será desarrollada en la ciudad de La Paz.

9. PERFIL DEL/A CONSULTOR/A

Requisitos mínimos que deberá cumplir el o la consultor/a:

Profesional Abogado, Licenciado o Ingeniero, preferentemente con Post Grado o Maestría en temas relacionados a la consultoría.

Experiencia General profesional mínima de 10 años.

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Experiencia Específica mínima de 8 años. Experiencia profesional en la elaboración de manuales, reglamentos y/o guías. Experiencia en la ejecución de proyectos con financiamiento de

organismos internacionales (no excluyente). Experiencia en seguimiento, monitoreo de proyectos. Disponibilidad inmediata

10. TABLA DE CALIFICACIÓN

TABLA DE CALIFICACION CONSULTORIACriterios PuntajeFormaciónTitulo en Provisión Nacional 5Cursos de Post grado 15Experiencia Laboral10 años o más de experiencia profesional 58 años o más de experiencia especifica en el ámbito de la consultoría 5Experiencia en elaboración de Manuales, Guías y Reglamentos 20Experiencia en seguimiento, monitoreo de proyectos. 10Propuesta técnicaContenido de la propuesta técnica * 20Propuesta económicaPropuesta económica 20TOTAL 100*La propuesta técnica deberá́ incluir la siguiente información que en ningún caso es limitativa:

1. Antecedentes y justificación. 2. Objetivos. 3. Alcance del trabajo, presentar una descripción de las actividades a desarrollar. 4. Metodología de trabajo a desarrollar para garantizar el cumplimiento de objetivo

general, los objetivos específicos y alcanzar los resultados esperados, personal de apoyo.

5. Resultados Esperados. 6. Cronograma de trabajo.

11 TIEMPO DE CONTRATACIÓN

El tiempo de duración de la consultoría es de dos meses a partir de la suscripción del contrato para este efecto.

12. MONTO DE LA CONSULTORIA Y FORMA DE PAGO HONORARIOS

Monto total de la consultoría: Se acuerda una remuneración total de Bs …………… (……………………………………………. 00/100 Bolivianos)

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El pago se realizará de la siguiente forma:Número de

pagoProducto o informe a entregar Fecha Monto Bs

Pago 1 100% A la conclusión de la consultoría previa aprobación del Informe Final

sep-15 100%

13. VIAJES OFICIALES

Si son necesarios, en función a la radicatoria del o la consultor/a se financiarán hasta 3 viajes nacionales para los eventos en talleres específicos:

Santa Cruz/ u otro departamento - La Paz y viceversa

En fechas: agosto y septiembre, respectivamente.

Los gastos de pasajes y viáticos serán cubiertos por el Programa PERIAGUA, según normativa y escala vigente de la GIZ.

14. FACTURACIÓN

El consultor(a) deberá entregar la factura correspondiente por cada pago que se realice en la consultoría, expedida a nombre de la GIZ, sin número de NIT

15. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los materiales producidos bajos los presentes Términos de Referencia, tales como diseños metodológicos, estudios, escritos, reportes, gráficos, fotografías, cintas magnéticas, programas de computación y demás son de propiedad exclusiva de la GIZ. Este derecho propietario continuará vigente aún después de la conclusión de la relación contractual de las partes.

El uso de los mismos por parte del/de la consultor/a será posible únicamente con la autorización formal del GIZ.

La GIZ cederá el material y los derechos a la contraparte que en este caso es el VAPSB

16. CONFIDENCIALIDAD

El consultor/a deberá guardar confidencialidad sobre todo material que le sea entregado para el desempeño de su trabajo y que sea de propiedad de la GIZ. De igual forma no podrá dar a dicho material otro uso que no sirva al cumplimiento de objetivos de la presente consultoría, salvo autorización explícita de la GIZ.

Nota.- Se comunica que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 065 de 10 de diciembre de 2010 y del Decreto supremo Nº. 778 de 26 de enero de 2011 (Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley 065, de Pensiones, en Materia de contribuciones y

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Gestión de Cobro de contribuciones en Mora). Dice textual “Las personas naturales que efectúen trabajo como consultores por producto y consultores, se encuentran en la obligación de efectuar contribuciones mensuales al SIP como asegurados independientes”. Dentro del Proceso de Elaboración de contratos GIZ, los pagos al SIP deberán realizarse previamente a los pagos correspondientes a honorarios, inclusive del primer pago de los contratos, (el pago debe efectuarse sobre el Total Ganado). Aceptación a los términos de referencia

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