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INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL JUNTA GENERAL EJECUTIVA SESIÓN EXTRAORDINARIA ORDEN DEL DÍA 22 DE MAYO DE 2006 9:00 HORAS Punto Único .- Proyecto de Dictamen de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento especializado incoado por la Coalición “Por el Bien de Todos”, en contra del Partido Acción Nacional, por hechos que considera constituyen violaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, identificado con el número de expediente JGE/PE/PBT/CG/004/2006. 15 de febrero de 2006 21:57 horas.

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INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL 15 de febrero de 2006 21:57 horas. SESIÓN EXTRAORDINARIA 22 DE MAYO DE 2006 9:00 HORAS ORDEN DEL DÍA

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INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

JUNTA GENERAL EJECUTIVA

SESIÓN EXTRAORDINARIA

ORDEN DEL DÍA

22 DE MAYO DE 2006

9:00 HORAS Punto Único.- Proyecto de Dictamen de la Junta General Ejecutiva del

Instituto Federal Electoral respecto del procedimiento especializado incoado por la Coalición “Por el Bien de Todos”, en contra del Partido Acción Nacional, por hechos que considera constituyen violaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, identif icado con el número de expediente JGE/PE/PBT/CG/004/2006.

15 de febrero de 2006 21:57 horas.

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Versión estenográfica de la sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, celebrada en el salón de usos múltiples del propio Instituto.

México, D. F., 22 de mayo de 2006. El C. Presidente: Muy buenos días. Estamos convocados para celebrar la sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva y le solicito al Secretario Ejecutivo verifique el quórum legal. El C. Secretario: Sí hay quórum, señor Presidente. El C. Presidente: Pongo a su consideración el único punto del orden del día. Quienes estén a favor, sírvanse manifestarlo. Aprobado. El punto único del orden del día es un asunto de la Secretaría Ejecutiva. El C. Secretario: Licenciado Rolando De Lassé, le pediría si nos puede exponer el asunto con detalle. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Claro. Muy buenos días. Se trata de un nuevo procedimiento; a la Resolución especial que interpuso nuevamente la Coalición “Por el Bien de Todos”, en contra del Partido Acción Nacional, por un spot que ha estado saliendo en televisión, que es en el cual se ven escenas de la toma de un pozo petrolero, en un puente en el que se están aventando piedras, y escenas de dos linchamientos, uno en Tlalpan y el otro en Tláhuac, y se dice con una voz que López Obrador acepta este tipo de actos. Esta queja la presentaron el 12 de mayo. La audiencia se celebró el día de ayer. La audiencia que se celebró ayer fue una audiencia de aportación y desahogo de pruebas y alegatos. Fue una audiencia rápida, que duró 35 minutos; el PAN aportó nuevos elementos de prueba, aportó dos videos de los cuales nosotros desprendimos nuevas consideraciones con relación, sobre todo a la cuestión de la toma de los pozos petroleros. En la misma audiencia, el PAN interpuso unas causales de improcedencia; básicamente el contenido del mismo escrito que se había presentado en el procedimiento anterior. En la causal de improcedencia, está impugnando la inexistencia del procedimiento especial y la falta de facultades, por parte del Secretario de la Junta, para poderlo llevar a cabo.

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Lo mismo hizo la vez pasada y estamos contestando en la misma forma. En su escrito están manifestando un total de 10 agravios; que nosotros resumimos, para efectos de poder contestar y entrar al estudio de ellos en 4 grandes grupos que están contenidos en la página 122 del documento. Básicamente, a lo que nos abocamos es a ver si efectivamente el spot cumplía con la finalidad de presentar a la ciudadanía la candidatura de alguno de los candidatos o si el spot propiciaba la exposición, desarrollo, discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados en los documentos básicos y de la plataforma electoral que para esta elección registró el PAN. Si el spot generaba presión o coacción a los electores y, finalmente, si el spot contenía expresiones que implicaban diatribas, calumnias, infamias, injurias, difamaciones o, de alguna manera, expresiones denigratorias en contra de cualquier candidato o si, por el contrario, el spot se apegaba a los principios establecidos por la garantía constitucional de expresión. Dentro del desarrollo del estudio de la queja, ustedes se darán cuenta que, bueno, con relación a que si el spot cumple con la finalidad de presentar a la ciudadanía la candidatura de alguno de sus candidatos, nosotros consideramos que aquí el agravio debía considerarse infundando. Tenemos el antecedente de la Resolución anterior, que ya había visto esta Junta General Ejecutiva. El C. Presidente: Perdón, Licenciado Rolando De Lassé. Yo nada más quisiera hacer una aclaración. Al finalizar, Licenciado Rolando De Lassé, yo quiero hacer una propuesta de que se declara en receso esta Junta General Ejecutiva, porque evidentemente hemos recibido este documento ayer ya muy noche. En este momento, los miembros de la Junta que tienen derecho a voto y en unos minutos más toda la Junta. Entonces, este es un documento que yo hoy leí a las siete de la mañana; que estoy enterado porque he conversado con el Licenciado Manuel López Bernal y el Licenciado Rolando De Lassé, pero... Sigue 2ª. Parte

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Inicia 2ª. Parte Es un documento que yo leí hoy a las 7 de la mañana, que estoy enterado porque he conversado con Manuel López Bernal y Rolando De Lassé, pero muchos de ustedes no lo conocen. Entonces hará una presentación genérica. Declararemos un receso para retomar la reunión por la tarde. Entonces, para que no crean que vamos a pedir que se vote porque evidentemente no es el propósito. Yo le pediría al Licenciado Rolando De Lassé que hiciera una presentación muy genérica, que tuvieran tiempo de trabajar y de estudiarla con fondo, incluso que se pudiera realizar una reunión de trabajo a lo largo del día con el Secretario Ejecutivo, y retomar la reunión por la tarde. Entonces adelante. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Gracias. Les comentaba con relación a los primeros dos incisos, es decir los que les comenté hace rato. Considerábamos que había que declararla infundada. Esto es porque ya habíamos considerado como antecedente de esta Junta General Ejecutiva, inclusive en el Consejo General, que la finalidad de la propaganda electoral no está exclusivamente dirigida a exponer a la ciudadanía los programas o acciones fijados por los partidos o coaliciones, sino también una de las finalidades que tiene es realizar críticas o contrastar las ofertas de las demás opciones, y eventualmente lo que busca es reducir el número de votos o de sufragios de los demás candidatos. Esto está contenido evidentemente en tesis del propio Tribunal. Con relación a si el spot genera presión o coacción a los electores, también se está declarando infundada la queja, porque también ya se analizó con motivo de una queja anterior, y se estableció el criterio de la libertad que tiene la ciudadanía para analizar el contenido de los spots y para determinar si efectivamente se adecuan a la realidad histórica, es una garantía que tiene la ciudadanía en base a su natural raciocinio. Entonces en este sentido consideramos además que el contenido de los spots, de ninguna manera se presionaba o coaccionaba a los electores. Sin embargo, en la parte de que si el spot contenía expresiones que implicaran diatribas, calumnias, injurias, etcétera, y que fuera violatorio esto al artículo 38, párrafo 1 inciso p) del Código Electoral, sí se consideró declarar parcialmente fundada la queja en 2 sentidos. Aquí lo que hicimos fue dividir esa parte de los spots en 2. Uno, lo que se refiere a la toma de pozos y otra a lo que se refiere a la parte de los linchamientos. Con relación a la toma de pozos se veía una escena, que decía: toma de pozos encabezada por Andrés Manuel López Obrador, y una voz que decía: López Obrador acepta la barbarie y que se rompa la ley. Entonces lo que se apreciaba en el spot era un acto en el que López Obrador encabezaba un grupo de personas en Tabasco para ocupar instalaciones de pozos

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petroleros, y esto el spot lo trata de calificar como un acto de barbarie y un acto que es contrario a la ley. Entonces la coalición dice: aquí hay calumnias, porque no hay ninguna autoridad que se ha manifestado al respecto con relación a este hecho. Nosotros consideramos que una de las pruebas que aportó el PAN ayer fue un video, en el cual se aprecia esa toma del pozo. Y de ese video también se aprecia que hay una descontextualización de la escena. Es decir, no se trata de la toma del pozo, sino del acto que fue resultado de la toma del pozo, que fue en el momento en el que la autoridad retoma las instalaciones. Y efectivamente se ve en primer plano a Andrés Manuel López Obrador, dirigiendo a esta gente. No obstante lo anterior, también ahí hay un criterio que se estableció en la queja SUP-RAP009, en el cual de ese criterio nosotros establecimos que este tipo de actos, aunque estén descontextualizados se pueden considerar como críticas políticas de la actuación pública de una persona que, en su momento, fue candidato. Más bien que fue líder y dirigente del PRD en Tabasco. Y la crítica que manifiesta en el spot es que son cualidades que no son las mejores para el que va a ser un Presidente de la República. Entonces... Sigue 3ª. Parte

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Inicia 3ª. Parte …para el que va a ser un presidente de la República, entonces se ve como una crítica. Con relación a ese tema en particular se declara infundado; sin embargo hay otras dos tomas que se refieren a los linchamientos uno de Tlalpan y otro de Tláhuac en los cuales sí estamos declarando la queja fundada y solicitando por lo tanto se baje el spot. Con relación al linchamiento de Tlalpan, se ve a una persona aparentemente sin vida, atada a un palo y la gente que la está observando. Y aquí lo que se dice es lo que dijo López Obrador: “Las lecciones son que con las tradiciones del pueblo más vale no meterse” y hacen énfasis en el “no meterse, no meterse, no meterse, no meterse”. Aquí lo que hay que destacar es que está descontextualizada la frase, porque esta frase se tomó de una entrevista que dio López Obrador, con posterioridad al hecho, pero habría que basarnos en el momento histórico en el que se dio este momento. Este señor que fue linchado era una persona que se llamaba Carlos Pacheco Beltrán, y fue linchado por haber robado joyas de la Patrona del templo de Magdalena de Petlatalco. Y entonces lo que dice López Obrador, es que, cuando lo descubren los pobladores, efectivamente se lo llevan a la plaza pública y lo privan de la vida a golpes. Ante esos hechos, López Obrador, en conferencia de prensa lo que manifestó es que ya se estaba investigando, pero que ese era un comportamiento que los pueblos han tenido desde tiempos muy remotos e inclusive ahí dio un ejemplo del hermano de Porfirio Díaz que en algún momento también agravió una imagen religiosa en Juchitán o en San Jacinto, no tiene cierto en dónde fue y, en el momento en que los pobladores tuvieron oportunidad se vengaron en contra del hermano de Porfirio Díaz y también le pusieron una golpiza Lo que dijo López Obrador fue: “La lección es que con las tradiciones y creencias de los pueblos no había que meterse”. Entonces, si se fijan la frase estaba completamente contextualizada porque a lo que se refería, en conferencia de prensa, era a las tradiciones y creencias religiosas, no a la tradición de ejecutar colectivamente a una persona en un lugar público. Por lo tanto hay una descontextualización de la frase. Y el otro spot es el de Tláhuac en el que dice que, López Obrador justificaba el linchamiento de Tláhuac. Y aquí nuevamente hay una nota, y eso está basado en una nota de periódico también descontextualizada porque nos fuimos también a la conferencia de prensa que dio López Obrador en su momento. Vale decir que ambas conferencias de prensa en la audiencia, no fueron impugnadas por el PAN, por lo tanto tienen eficacia probatoria plena.

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En esa conferencia de prensa que se dio en noviembre de 2002, se advierte que López Obrador, el Jefe de Gobierno en ese momento manifestó tener toda la intención de prevenir, sancionar este tipo de delitos. De ninguna manera los estaba calificando ni justificando. Entonces esa nota de prensa, de alguna manera también descontextualiza lo que había dicho López Obrador y ahí, bueno, hay que comentar que también el Tribunal les ha restado valor probatorio a las notas periodísticas, toda vez que son criterios de los periodistas que las realizan en ese momento. Entonces hay que verlas con su justa reserva. En se sentido también esa parte del spot, se está declarando fundado por considerar, en general que son actos difamatorios y que tienen el objeto de denigrar al candidato. Y finalmente con la frase: “López Obrador es un peligro para México”, que también lo está poniendo el PRD, aquí lo que se está diciendo es que bueno, la frase a juicio de la Junta General Ejecutiva, se considera innecesaria y desproporcionada. Sin embargo existe ya como criterio del Consejo General la no calificación de esa frase, pero se está poniendo la postura que en su momento tuvo la Junta General Ejecutiva al respecto. Ese es, y por lo tanto con relación a la frase sería infundada. Ese es en términos generales el sentido del Dictamen que se está proponiendo a conocimiento de la Junta General Ejecutiva. El C. Presidente: Muy bien… Sigue 4ª. Parte

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Inicia 4ª. Parte El C. Presidente: Muy bien. No sé si algún comentario general se quisiera hacer, alguna solicitud. ¿Todos ya han visto el video físicamente? ¿Alguien quisiera hacer algún comentario? Tiene la palabra el Maestro Hugo Concha. El C. Maestro Hugo Alejandro Concha: Entendiendo el procedimiento que creo que de manera muy correcta está proponiendo el señor Presidente de la Junta General Ejecutiva, yo tengo algunos comentarios que me gustaría hacer. Hay un comentario que tiene creo que una doble perspectiva, en primer lugar de método. Me pareció cuando iba leyendo el Proyecto de Dictamen o el Proyecto, muy afortunado el agrupar los agravios en 4 grandes grupos. Pero inmediatamente cuando se plantea cuáles son los 4 grupos se entra al análisis de ellos y en el primero de inmediato se fundan los 2 primeros, y entonces en realidad nunca a lo largo de los argumentos que se exponen se hace una diferencia entre el primero y el segundo. El primero que dice: “La finalidad de presentar a la ciudadanía la candidatura de alguno o algunos de los candidatos”, y el segundo que es ya propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados en documentos básicos; es decir, lo que atiende ya la propaganda electoral. Me parece que no son lo mismo, que es atinado el criterio de separarlos, pero no encuentro ninguna parte donde se argumente, sobre todo a favor del primero. Es decir, y me parece que es muy relevante porque a mi juicio, claramente no hay presentación a la ciudadanía de una candidatura en este spot, o sea, no la hay; simplemente este sí es un elemento inexistente. Entonces, si vamos a hacer esa separación y creo que la tenemos que hacer incluso por la manera en que lo dispone la ley, me parece que aquí tenemos un elemento bien importante, donde seguramente también tendríamos elementos para declararla fundada. Estoy de acuerdo en el desarrollo del primer grupo, pero me parece muy claro que se refiere sobre todo al elemento de la propaganda electoral. Es decir, ahí sí y conforme a lo que se ha discutido, conforme a la manera en que se concibe la crítica negativa, también como parte de un desarrollo o una exposición indirecta de propaganda, podemos estar de acuerdo o no, pero a esa discusión ya la habíamos abordado y creo que los argumentos que tenemos van en ese tenor.

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A mi me parece que hay un elemento que aunque se presenta desaparece, o sea, porque y ya no se sigue con los argumentos que hacen una diferencia entre el punto A y el punto B. Otro asunto que me llama a mí la atención es que puede uno entender los argumentos que seguimos con estos puntos, con el A, con el B, inclusive me iría también con el C, el de generar presión o coacción a los electores. Y entiendo básicamente con el A y el B, ahora que nos lo explica el Licenciado Rolando De Lassé, básicamente se refiere a que ya hay un antecedente anterior. Eso me preocupa si es el argumento fuerte; creo que no lo es en la exposición, lo dijo así ahora. Es muy difícil el análisis de estos spots, pero sí debemos siempre partir del supuesto que cada spot es una cosa nueva, independientemente de que en el análisis ya encontremos elementos que nos ayuden a vincular una cosa con la otra. Yo este spot lo entiendo básicamente como un spot que a través de trabajo de edición saca de contexto información de distintos sucesos periodísticos, informativos, para vincular o señalar cierta responsabilidad criminal del ex Jefe de Gobierno, hoy candidato presidencial de un partido. Entonces me parece que viéndolo así, no es un spot que tenga muchos antecedentes ya con nosotros. En todo caso, claramente es otra vez un método con uno de los elementos de los spots anteriores, aquél que vinculaba también al jefe de gobierno con acciones delictivas de los dos indiciados que fueron funcionarios del gobierno de la ciudad, y otra vez en donde hablábamos de la complicidad o que indirectamente se le estaba acusando de cierta complicidad en la comisión de delitos. Me parece que es la estrategia de este spot. A mí personalmente me hubiera gustado ver un poco más de desarrollo en ese sentido, porque me parece que ese es el corazón de este spot que estamos analizando; otra vez señalar directa o indirectamente, yo creo que bastante directamente una responsabilidad criminal. Entonces ahí a mí me preocupa que eso creo que no está desarrollado con más énfasis. Decía yo que una pregunta que me surge, entendiendo los argumentos y la manera en que se va desarrollando en el Dictamen del punto A, del B y del C, me pregunto: ¿De qué manera entonces tiene que haber un spot, para cumplimentar con estas cosas que dice, que señalamos aquí o que señala la ley? O sea, entiendo que por esto entonces la crítica negativa… Sigue 5ª. Parte

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Inicia 5ª. Parte O sea, entiendo que por esto entonces la crítica negativa se va a entender y no está fundado el presentar propaganda electoral, pero por ejemplo, por eso volvía yo a cuando un spot claramente no cumple con la finalidad de presentar a la ciudadanía una candidatura; o sea, a contrario sensu ponerlo, o cuándo un spot, ¿qué tenemos que ver en un spot?, a ver si así la pregunta queda más clara, ¿qué tenemos que ver en un spot o en un acto de propaganda electoral, para que cumpla con el elemento de generar presión o coacción en los electores. Es que más allá de lo que pasa en estos spots no va a haber ondas electromagnéticas que condicionen ya los cerebros de la ciudadanía; estoy caricaturizando; es decir, ya no me imagino yo cómo un acto de propaganda va a intentar, al menos, generar presión o coacción en los electores. Y sí me preocupa, y aquí creo que, el área que tengo la responsabilidad de cubrir me ayuda a decir esto, que verdaderamente suben de tono en un sentido negativo los spots; es decir, estamos en un escenario todavía peor que los anteriores. Aquí me parece que hay un elemento político delicado para el Instituto. Entiendo que sale de nuestro último veredicto, pues por la relación con nuestro otro órgano y además órgano superior colegiado, pero me parecería que tendríamos que volver a ser contundentes en el análisis que ya habíamos hecho que me parece que aquí incluso tenemos mayores elementos para hacerlo, porque yo veo que el efecto que se busca de que el Instituto coadyuve a que haya un voto informado, no sólo no lo estamos ayudando, al menos en este tipo de acciones, sino que se nos está yendo de las manos y está subiendo de tono. Entonces, creo que con esos elementos, a mí en lo personal me gustaría ver un poco más de contundencia, en un spot que yo entiendo que sí viola la ley de distintas maneras; creo que incluso de manera distinta a aquella discusión que teníamos, en referencia a lo que el Maestro Eduardo Guerrero hablaba, respecto a la posición de la libertad de expresión, etcétera. Aquí yo veo puros elementos negativos y me preocupa que estemos evaluando, un poco con la misma vara, que los spots anteriores. Me parece que aquí el asunto ha subido de tono; va más en deterioro del voto informado y creo que tendríamos que actuar en consecuencia. Muchas gracias. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Manuel López Bernal. El C. Secretario: Quería puntualizar varias cosas; una de ellas, es el hecho de que los documentos que se distribuyeron en un principio, fue nada más para los 6 integrantes de la Junta que votan, por razones de tiempo.

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Ustedes comprenderán que una vez que concluyó la sesión, casi sin parar, la Dirección del Jurídico ha trabajado intensamente sobre esto y es un documento todavía sujeto a cambios; sin embargo, por indicaciones del Doctor Luis Carlos Ugalde, vamos a distribuir los documentos terminando esta sesión, a todos, yo creo que electrónicamente o en papel, ya veríamos ahora. El C. Presidente: En papel. El C. Secretario: En papel, de tal manera que tengan el documento, todos los integrantes. Les pedimos total y absoluta discreción, en función de que es un documento que va a seguir evolucionando. El segundo punto es lo relacionado a la indicación del Doctor Luis Carlos Ugalde, en relación a que tengamos una reunión al medio día, en virtud de que a las 5 de la tarde, cuando nos reunamos, habrá seguramente poco tiempo, porque a las 6 hay una reunión con los partidos políticos a la cual ustedes también están invitados, para tratar el tema de Políticas y Programas Generales. Otra situación aquí también que yo quería comentar, es que hay información de que el Tribunal Electoral pudiera reunirse hoy, sobre el medio día. Es importante, porque el Tribunal, lo comentábamos con el Doctor Luis Carlos Ugalde, se va a pronunciar sobre los 2 spots anteriores y seguramente marcará una directriz. Otro punto es que ayer en la entrevista que le hicieron al representante del PAN ante el Consejo General, dijo que había nuevos spots, entonces eso significa que están circulando o a punto de circular nuevos spots con el mismo nivel, digamos, de crítica hacia la otra coalición. Hay también spots de la coalición, ya subidos de tono. Yo le pediría, si usted está de acuerdo, que el Licenciado Gustavo Lomelín nos pudiera enviar... Sigue 6ª. Parte

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Inicia 6ª. Parte ... subidos de tono. Yo le pediría, si usted está de acuerdo, que el Licenciado Gustavo Lomelín nos pudiera enviar todos esos spots para ir ya normando criterio en función de lo que pudiera venir. La relación con los señores Consejeros Electorales ha sido muy positiva, de mucha comunicación, y creo que también es importante que ellos, saliendo de la sesión reciban el documento para que si tienen dudas lo podamos platicar. Pero sí creo que nosotros debiéramos mantener la posición que adoptemos muy al margen de cualquier otra consideración. Respecto del fondo del documento, hay 2 cuestiones importantes que nuevamente se incorporan. Que es lo relacionado con el cese inmediato, y que en lo sucesivo otros spots similares se publicaran, y ahora sí en el último Resolutivo se incorporan estas dos consideraciones que el Doctor Luis Carlos Ugalde, nos insistió mucho que se incorporaran. El C. Presidente: Muy bien. Tiene la palabra el Maestro Miguel Ángel Solís. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Primero, yo coincido plenamente con el Maestro Hugo Concha, de lo que le entendí dentro de su expresión en relación con la función que le toca como Director Ejecutivo de Educación Cívica, en este caso. Creo que habiendo sido declarado por el IFE, en atención a su misión de formación cívica de los mexicanos y de cultura política, habiendo sido declarado en sus programas que el proceso electoral es una acción fundamentalmente formativa, creo que nos corresponde el tomar actitudes de formadores de civismo entre la ciudadanía. Entonces nos corresponde poner la mirada un poco más arriba de los acontecimientos y poder pronunciarnos exactamente porque un proceso electoral busque los más altos niveles de calidad de un proceso electoral, y no los mínimos de calidad. De ahí que yo considero que debemos pugnar siempre en nuestras determinaciones por el civismo en su máxima expresión, y por lo tanto en unas campañas que sean de este nivel. Segundo, quiero retomar también las palabras del Maestro Hugo Concha y del Secretario Ejecutivo en relación con que es una conducta que se repite, y nosotros ya lo habíamos puesto sobre esta mesa en la ocasión anterior. Y habíamos avizorado que podía ser una actitud de cualquier partido político aceptadas las condiciones de una campaña fuerte de esta naturaleza el poder elevar mensajes, hacerlos durar 10 días, bajarlos por orden del Instituto, y volver a subir otro y a subir otro y mantener una campaña en ese nivel. Creo que debemos reflexionar en relación con nuestra determinación de esta vez sobre poder, si cabe hacer una recomendación al Consejo General, hacer una sugerencia

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respetuosa al Consejo General de que la sanción sea hoy más fuerte conforme es la política de sanciones del Instituto Federal Electoral. Y sobre todo quisiera decir en este contexto que dentro de la desfortuna de este tipo de campañas se están presentando spots de otros orígenes. Y esto nos va a dar la oportunidad a la Junta General Ejecutiva y al propio Consejo General, en su momento, de medir con la misma vara a todos los institutos políticos, para dejar constancia de nuestro interés fundamentalmente por apego a la legalidad y de nuestra imparcialidad al respecto. Son las determinaciones de la Junta General Ejecutiva las que competen a un órgano establecido por la ley también, con capacidad de deliberación como nos lo mencionó el Consejero Presidente en la ocasión anterior, y por lo tanto nosotros no estaríamos determinando nada en contra del Consejo General, en lo absoluto. Estaríamos más bien a favor de la legalidad y de campañas adecuadas para todos los mexicanos, y eso yo lo tengo muy claro y no quise dejar de decirlo en este momento. Muchas gracias. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Gustavo Lomelín. El C. Licenciado Gustavo Lomelín: Sí, una breve reflexión nada más. A mí también me parece que la posición, al menos de la Junta General Ejecutiva, debe ser más firme y contundente, porque se está generalizando una percepción equivocada a partir de un activismo imparable del Presidente de la República, de una elección de Estado, que definitivamente no tiene elementos técnicos para... Sigue 7ª. Parte

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Inicia 7ª. Parte …una elección de Estado, que definitivamente no tiene elementos técnicos para ser, pero dada la percepción que se está utilizando en términos de campaña y de estrategia electoral, sí me parece que nos coloca en una situación de cuestionamiento sobre el proceso electoral, al grado de que, desde luego sin fundamento, están empezando a salir algunos análisis y voces sobre la causal de nulidad abstracta que puede llevar al Tribunal a tomar algunas decisiones. Entonces a mí sí me parece que el ambiente está tan encrispado que sí considero muy importante hacer esta reflexión para considerar una postura más firme y contundente del Instituto, particularmente de esta Junta General Ejecutiva. El C. Presidente: Gracias. Yo haría algunos comentarios. Primero. Esta es una decisión de la Junta General Ejecutiva nuevamente y al margen de cómo venga la votación en el Consejo General yo sí quiero reiterar, como lo hicimos la vez pasada, que esta es una decisión nuestra y al hacerlo, y lo comento con ustedes, aunque en la ocasión anterior el sentido de la votación en algunas partes del Dictamen haya sido diferente en el Consejo General de lo que fue en esta Junta. A mí me parece que esta Junta se expresó, me parece que se hizo con convicción legal y con convicción democrática y por lo tanto en esta ocasión ese no debe ser un cálculo de este órgano. Será un trabajo mío una vez que haya votado este órgano persuadir a los miembros del Consejo General por los méritos de esto, pero es una cuestión diferente. Segundo. Sí haría mención al hecho de que se trata de un spot nuevo, a lo que comentó el Maestro Hugo Concha y el Maestro Miguel Ángel Solís, y en ese sentido creo que tenemos que estar abiertos a evaluarlo en sus méritos, exclusivamente al margen de que eventualmente pareciera contradecir los argumentos de las otras dos quejas. Entonces yo sí propondría que a lo largo del día se evaluara por sí mismo este asunto. Tercero. El tema de las sanciones que menciona el Maestro Miguel Ángel Solís, sí me parece muy importante. En el borrador que nos circuló hoy en la mañana el Licenciado Rolando De Lassé ya se establece una cuestión que se quitó de la vez pasada en el Consejo General, de prohibirle al partido volver a transmitir algo semejante. Yo incluso propondría aumentarle el volumen en el tono en dos sentidos. Uno. Es separar el Resolutivo 2 en el sentido de que cese inmediatamente. Luego, abrir un Resolutivo tercero en donde se diga, se le llama o se le solicita o se le pide o se le prohíba al partido político la transmisión de spots que contengan elementos etcétera, y hacer la explicación.

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Cuarto. Yo valoría la cuestión de proponer al Consejo General, turnar la queja a la Junta General Ejecutiva para el mecanismo sancionador establecido en el artículo 269 del Código Electoral, puesto que si ya se va a determinar fundada en elementos de diatriba, calumnia o difamación. Ese podría ser un elemento que yo quisiera que se evaluara a lo largo del día para esta cuestión. Entonces yo lo que propondría es nada más que siga trabajando, yo mismo voy a leer con más detalle la queja. Y sí coincido con Licenciado Gustavo Lomelín. Miren, en los próximos 41 días el asunto central no va a ser el Padrón ni va a ser la capacitación ni van a ser los documentos que van bien, va a ser este arbitraje de percepciones; porque hoy ni siquiera es de realidades, es de percepciones y ese es el asunto medular. Así es que el trabajo que le dediquemos al Acuerdo de Neutralidad y otros, será realmente lo que harán que esta elección se mantenga en cauces de administración, tolerable al conflicto. Entonces con esto declararíamos un receso si no hay otro comentario, en términos de lo dispuesto por el artículo 16, párrafo 1, inciso b) del Reglamento de sesiones de la Junta General Ejecutiva, se decreta un receso para reunirnos nuevamente aquí a las 7 de la noche para retomar este asunto. Se decreta receso para el día de hoy a las 19:00 horas. (Receso) Sigue 8ª. Parte

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Inicia 8ª. Parte (Reanudación de la sesión a las 19:00 horas) El C. Presidente: Vamos a reanudar la sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva iniciada el día de hoy por la mañana, y le pediría al Secretario Ejecutivo nos narrara el estado en que nos encontramos. El C. Secretario: Bueno, se han incorporado las sugerencias, anotaciones, adiciones que se plantearon en la sesión que en la mañana inició, de tal manera que contamos ya con una versión modificada que en este momento todavía está sufriendo algunos cambios, producto del intercambio que se está teniendo con todos los miembros de la Junta General Ejecutiva. De manera que, Licenciado Rolando De Lassé, nos hará una síntesis del Proyecto de Dictamen. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Claro. Gracias. Derivado del inicio de la sesión de esta Junta y de los comentarios que se vertieron, el Proyecto sufrió algunas modificaciones en cuanto a la estructura. Lo que hicimos fue, de conformidad con algunas sugerencias, separar en el estudio; recuerdan que estábamos nosotros separando el contenido y el ataque a los agravios en cuatro grandes incisos: A), B), C) y D). En la mañana se comentó que era conveniente atacar A) y B) por separado; situación que ya se hizo. Comentábamos que están estrechamente vinculados, entonces cuando nosotros desarrollamos el inciso B), aunque tiene su propio argumento, también se hace referencia a lo que ya se había comentado en el inciso A) anterior. En el inciso C), cuando se habla de presión y coacción, se abunda un poco más, sin cambiar el sentido sobre la frase que “es un peligro para México”. Toda la cuestión argumentativa, relacionada en el inciso D) a la toma de los pozos; si se fijan, se modifica de alguna manera, digamos, reestructuramos toda la argumentación, sin que variara, por supuesto, pero me parece ser que quedó, en ese sentido, más clara, de acuerdo a los comentarios que se vertieron en la mañana. También otra sugerencia fue que en el mismo inciso D), cuando estábamos hablando de violaciones al artículo 38 del COFIPE, lo que estábamos haciendo ahí es en la frase que “es un peligro para México”, estamos haciendo toda una argumentación con relación a esa frase y haciendo una diferenciación con la queja 02, básicamente, toda vez que esta queja tiene contenidos distintos, contenidos de actos de violencia, etcétera, y entonces la frase “es un peligro para México” y al estar relacionada con hechos de sangre, se está considerando fundada la frase, y por lo tanto, más bien se está diciendo que no se puede permitir ese tipo de frases.

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Se adicionaron, propiamente en los Resolutivos, se hizo la separación, de acuerdo a los comentarios que se esgrimieron, en la cual ya se propone, de manera distinta y separada, primero ordenar el cese inmediato de los spots, después ordenar al partido que se abstenga de difundir. Aquí hicimos una diferenciación que pusimos no cualquier spot, sino estamos haciendo defensa a cualquier tipo de publicidad que contenga elementos similares, para que sea en el ánimo que se había dicho, que fuera un poco más contundente la Resolución en este sentido, pues se prohibiera no solamente cualquier tipo de promocional, sino cualquier tipo de publicidad, sin hacer distinción de cuál es, y se está instruyendo directamente al Secretario de la Junta General Ejecutiva, para que se inicie el procedimiento sancionador genérico que corresponde, por las violaciones al artículo 38, párrafo 1, inciso p) y al artículo 186, párrafo 2. Habría que aclarar, este, el Resolutivo Quinto, esta es una cuestión que solamente le compete a la Junta conocer. Me parece que nosotros, la Junta General Ejecutiva es la que puede iniciar de oficio, y en este caso se está instruyendo al Secretario Ejecutivo para que lo haga, y este Resolutivo Quinto, si la Junta así lo considera, es inamovible. El C. Presidente: Inamovible. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Así es. El C. Secretario: Sería al margen de la resolución que tomáramos. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Al margen de la resolución que pueda surgir. Lo que sucede es que es facultad de la Junta, aquí lo está ejerciendo la Junta para finalmente remitir el Proyecto de Dictamen al Consejo General. El C. Presidente: Licenciado Rolando De Lassé ¿Podría explicarme más claramente esto último que no entendí bien? El C. Licenciado Rolando De Lassé: El último Resolutivo, el Resolutivo Quinto. Sigue 9ª. Parte

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Inicia 9ª. Parte El C. Presidente: Licenciado Rolando De Lassé ¿Podría explicarme más claramente esto último que no entendí bien? El C. Licenciado Rolando De Lassé: El último Resolutivo, el Resolutivo Quinto. El C. Presidente: Sí. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Se hacia un comentario. De la Resolución se están derivando violaciones al artículo 38, párrafo 1, inciso p) y al artículo 186 párrafo 2. El procedimiento genérico se produce por violaciones a los artículos del COFIPE o a las normas electorales. En ese sentido ya la propia Junta, al haberlo detectado ya está instruyendo de manera automática se inicie un procedimiento genérico para el conocimiento de estas violaciones. El C. Presidente: Sí. Tiene la palabra el Maestro Miguel Ángel Solís. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Quisiera, en relación con lo que se dispuso al mediodía. Yo no sé si la lectura muy rápida que hice del agregado en relación con la frase “López Obrador es un peligro para México”, que se vincula a su vez con los hechos sangrientos y violentos que se transmiten a través de todo el mensaje queda bien reflejado en el documento. Me parece que no argumenta algo que a mi forma de ver es muy relevante. El hecho de que al declarar fundada la queja en relación con las manifestaciones de difamación, de denigración por cuanto toca a López Obrador tomado como autoridad, porque lo que se busca es un puesto, es un puesto de autoridad, la Presidencia de la República, y queda infundado todo aquello que corresponde, por ejemplo, a los hechos de los pozos petroleros donde no es autoridad. Él no es autoridad de gobierno. Sin embargo, la parte que corresponde a su disimulo o complicidad que se sugiere en el mensaje como autoridad del Distrito Federal, en el caso de los linchamientos, que nosotros estamos declarado fundado y que estamos reprobando. Creo que en la reprobación que extendemos a la frase “López Obrador es un peligro para México”, no se argumenta eso. Es decir que toma más peso reprobatorio la frase. Es reprobable, y por lo tanto se recomienda eliminarla de los mensajes en relación a que de manera intencional, como es la difamación, pretende demostrar con las imágenes y los textos que como autoridad López Obrador es cómplice de los linchamientos, con disimulo y aprobando estas costumbres y tradiciones de los pueblos. Creo que este es un argumento muy válido, porque es prácticamente la mitad de los contenidos del mensaje, y queda descontado por nuestra parte, queda reprobado.

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Luego entonces “López Obrador es un peligro para México”, es una conclusión de los mensajes que podría muy claramente haber dicho: México, perdón, “López Obrador como autoridad o como Presidente de la República es un peligro para México”, y ya vimos nosotros que lo que declaramos fundado, y por lo tanto reprobable del mensaje, son las acciones que se le atribuyen como autoridad precisamente. Es decir, no veo que se haga referencia ninguna a que en la parte del mensaje que lo presenta él con una opinión supuesta como autoridad, lleva una relación directa con la conclusión. Creo que podría fortalecerse ahí la argumentación, que al final de cuentas va a ser lo que el Consejo General analizará. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Rolando De Lassé. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Me parece, creo que eso sería ir más allá de la propia litis. Lo que se está estudiando en cuanto al spot y lo que se está diciendo es que hay una descontextualización, independientemente si está actuando como autoridad o no. Se está descontextualizando lo que dijo en sus conferencias de prensa con las escenas que se están manifestando. Nosotros no nos metemos en ese punto, creo que sería, como se ha dicho... Sigue 10ª. Parte

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Inicia 10ª. Parte …las escenas que se están manifestando. Nosotros no nos metemos en ese punto, creo que sería, como se ha dicho, serían a lo mejor argumentos subjetivos quizá, pero ese es mi particular punto de vista. El C. Presidente: Su preocupación déjeme ver si la entiendo. Es que, no estoy seguro porque no estuve en la reunión de la una de la tarde, pero que la parte de “un peligro para México” no se retoma en el Resolutivo para declarar fundada la queja en ese aspecto. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: No, sí creo que se trata, pero creo que podría tener más peso en la presentación del argumento. Vimos al medio día, con los comentarios de varios de los integrantes de la Junta General Ejecutiva, que no pesa lo mismo la frase de ser “un peligro para México”, en el contexto del mensaje anterior que en éste. En éste las imágenes y las frases se refieren a hechos violentos, sangrientos a muerte y prácticamente es una acusación de complicidad o de condescendencia en relación con los linchamientos de los pueblos. Lo que es falso según se demuestra en los alegatos y en las probatorias que se presentan aquí mismo en el documento. Entonces creo que esta parte es especialmente relevante porque se trata de la búsqueda de un cargo de autoridad y es exactamente la mayor debilidad, la difamación pues del mensaje estriba en la opinión de López Obrador como autoridad, no creo que sea muy subjetivo, está muy claramente expreso que es la parte del mensaje de la opinión de él como autoridad la que dolosamente se ha trastocado y la búsqueda del cargo público es como autoridad del país. ¿Luego entonces la frase última se refiere a que López Obrador es un peligro para México como autoridad? Lo que queda reprobado en nuestro Dictamen y se declara fundada, es la opinión descontextualizada como autoridad del Distrito Federal. El C. Presidente: Tiene la palabra el Maestro Rodolfo Vergara. El C. Maestro Rodolfo Javier Vergara: Como yo entiendo también, de forma muy rápida, no me parece a mí que es una pieza central del argumento de que esté en el puesto de autoridad o no. En el caso de Tabasco, la razón por la que se considera infundada es porque de una manera u otra López Obrador encabezó la toma de los pozos y eso era del conocimiento público. Y por lo tanto hay un hecho que puede alegarse, un hecho histórico que puede alegarse para hacer ese tipo de presentación.

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En el caso de los linchamientos, claramente hay una tergiversación de la escena, lo que se prueba con la transcripción de la conferencia de prensa. No me parece a mí que el hecho de que sea autoridad o no sea autoridad en el momento en que ocurren los hechos presentados, tenga una importancia muy fuerte en el argumento como lo presenta el Licenciado Rolando De Lassé. Es mi impresión de una lectura muy rápida nada más. Entiendo su preocupación en el sentido de la imagen que se transmite hacia el público, pero siguiendo el argumento tal y como lo desarrolla el Licenciado Rolando De Lassé, no me parece que sea muy importante que esté en un puesto de autoridad o no. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Pero además en la página 146, después de la entrevista se hace el razonamiento y aquí evidentemente los ataques son en su carácter de autoridad de Jefe de Gobierno y todo el razonamiento que se está dando con posterioridad son justamente no en el carácter de personas, sino en el carácter de Jefe de Gobierno. Es decir, que no fue tolerante y permisivo con las ejecuciones colectivas, pero no como persona, sino en su carácter de autoridad, en todo el razonamiento viene en ese sentido. El C. Presidente: El punto es que debiese hacerse más enfático en este punto. Tiene la palabra el Maestro Miguel Ángel Solís. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Sí, yo insistiría, y no he contradicho lo expresado por el Maestro Rodolfo Vergara, yo también la parte que se refiere a los pozos petroleros me parece que está muy claro el Dictamen, es infundado, yo ahí eso lo dejo aparte. Pero la otra mitad donde nuestro Dictamen demuestra que sí es fundado y que es reprobable por lo tanto que dolosamente se esté difamando a López Obrador como autoridad del Distrito Federal, es relevante a todas luces porque se trata de un mensaje que corresponde a una campaña para ser autoridad del país. Y si bien sí se refiere que estos hechos sucedieron como autoridad del Distrito Federal, en las páginas… Sigue 11ª. Parte

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Inicia 11ª. Parte ...y si bien sí se refiere que estos hechos sucedieron como autoridad del Distrito Federal, en las páginas no subrayadas, no se refiere a la etapa que nosotros quisimos que se implementara y se agregara al Dictamen, en el sentido de poder revisar el mensaje integralmente, con un corolario: “López Obrador es un peligro para México”, porque lo liga directamente con hechos sangrientos y hechos violentos. O sea, está en la otra parte de la argumentación que ya existía en el documento desde antes y que lo declara fundado, pero en la revisión integral del mensaje, como un mensaje que subraya hechos sangrientos y luego corona estas imágenes y estos textos con el señalamiento que por esos hechos o en relación con esos hechos violentos López Obrador es un peligro para México, creo que ahí no se aprovecha esta relación que, como autoridad, estamos declarando infundada. Bueno, yo no quisiera ser obsesivo con eso también. Creo que si no hay la misma percepción, evidentemente yo estoy enfatizando algo que no se considera relevante. El C. Presidente: ¿Algún otro comentario? Tiene la palabra el Maestro Eduardo Guerrero. El C. Maestro Eduardo Guerrero: Bueno, yo quisiera comentar primero que sí es lamentable que tengamos tan poco tiempo para perfeccionar sobre el Dictamen. Va a ser aún, a pesar de los esfuerzos del Licenciado Rolando De Lassé y de su equipo, que por cierto son loables y yo estoy satisfecho, en términos generales, con el Dictamen, pues se van a presentar este tipo de discusiones como la que está teniendo ahora el Maestro Miguel Ángel Solís, en el sentido de que en un lapso tan corto es muy difícil que todas las preocupaciones de los integrantes de la Junta se recojan de manera fiel. Yo creo que dado lo corto del tiempo, nuestra tarea es expresar nuestras opiniones, como lo hicimos en la reunión pasada, y darle un voto de confianza a nuestro Director Jurídico para que él trate de introducirlas sin que pierda su cuerpo y su lógica interna el documento y creo que, en ese sentido, la tarea se ha realizado. Ojalá en próximas ocasiones tuviéramos un poco más de tiempo, porque yo creo que sí son temas de suma importancia y creo que unas pocas horas más de reflexión podrían aún mejorar el documento. Por otra parte, yo quisiera comentar que, como lo comentamos en nuestra reunión pasada y que ya el Maestro Miguel Ángel Solís lo reiteró, que varios miembros de la Junta estamos en la convicción de que este spot es, en algunos sentidos, de carácter excepcional. Excepcional, en relación con los previos, porque aparecen escenas sumamente sangrientas, violentas; personas que fueron víctimas de la propia violencia y que aparecen muertos, y esto le pone un toque y un tinte especial a este spot.

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Hacen aparecer al candidato como un candidato promotor de la violencia, omiso en la aplicación de la ley; pero no sólo eso, sino que además con consecuencias ya de muertos, lo que me parece a mí sumamente preocupante que esto forme parte de la campaña de un candidato. En mi opinión, esto no es propaganda o campaña, o spot negativo, en el sentido de que esas campañas son naturales en toda campaña electoral y justificables, pero me parece que al no referir este spot asuntos de la cosa pública, es decir, no hay ningún tipo de enunciado, en mi opinión, donde haya una crítica a algún asunto de gobierno, de la manera como el candidato, su estilo de gobierno, su gestión, etcétera, simplemente el spot se dirige a infringir un daño en la imagen pública del candidato, de una manera un tanto tramposa, injusta, distorsionando completamente los hechos, desinformando y confundiendo al espectador. Me parece que el tipo de imágenes, el juego de imágenes trata de vincular al candidato con las muertes precisamente de las víctimas de linchamientos, me parece algo completamente... Sigue 12ª. Parte

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Inicia 12ª. Parte ...trata de vincular al candidato con las muertes precisamente de las víctimas de linchamientos, me parece algo completamente fuera de lugar. También quisiera comentar, por último, que un spot de este tipo no puede justificarse en aras de la libre expresión. Me parece que este tipo de propaganda anula la libertad de expresión en el sentido de que lo que inspira precisamente la libertad de expresión es el debate de las ideas, la crítica, y me parece que esto va más allá y termina por dañar la propia esfera de las libertades. No estoy diciendo las cosas claramente, pero me parece que lo que inspira un principio liberal de este tipo no es que haya campañas o spots, propagandas del tipo que estamos examinando en esta mesa. Eso sería, en resumen, mi opinión final sobre el asunto. El C. Presidente: Gracias, de acuerdo. Tiene la palabra el Licenciado Manuel López Bernal. El C. Secretario: No sé si se pudiera incluir en algún texto lo propuesto por el Maestro Miguel Ángel Solís, y que como bien dice el Maestro Eduardo Guerrero, le diéramos un voto de confianza al Licenciado Rolando De Lassé y que incorporara estos planteamientos que ha hecho el Maestro Miguel Ángel Solís para enriquecer el Proyecto. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, claro que sí. Eso abunda... El C. Presidente: Es abundar. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Es abundar. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Gustavo Varela. El C. Licenciado Gustavo Varela Ruiz: Yo comparto lo mismo, creo que hay que abundar. Nada más manifiesto una preocupación. El hecho de, contamos en algún momento que el spot es uno y tiene integralidad en elementos. El hecho de que la Resolución declare unas cosas fundadas y otras infundadas, me da a mí la impresión de que no están siendo claros, y que ha generado en el Consejo General una discusión para partir y hacer pedazos algo que es una sola unidad. Yo sé que esto lo comentamos en la mañana, pero si pudiéramos darle un sentido integral y

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ser más contundentes. No sé si sería posible en términos de técnica jurídica, pero yo creo que ayudaría muchísimo a cuando menos que la Junta General Ejecutiva viera con toda claridad una idea precisa de lo que estamos haciendo. Dicho en términos llanos, el spot es un spot que viola el Código Electoral de manera contundente y clara por tal y cual cosa, y tiene un análisis por ahí, que hay cosas que no son estrictamente ciertas. Perdón mi conocimiento, porque es muy pobre. Pero me da la sensación de que plantearlo de esa manera lo que vamos a abrir es otra vez una discusión terrible. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí podríamos hacerlo, digamos no es lo más ortodoxo hacerlo así, pero podríamos, en la parte anterior a los Resolutivos en donde planteamos siempre un resumen, quizá a lo mejor evitarnos esa parte y hacer... El C. Presidente: ¿Se refiere a la página 149? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Me refiero..., así es, a la página 149. Es decir, quedarnos hasta ahí, y simplemente al final... El C. Presidente: O sea evitar, borrar la página 149. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, la 149, y lo que pudiéramos hacer sería decir en términos generales que toda vez que se encontraron violaciones de las que ya se establecieron en el texto del considerando “equis” se declara fundada y así queda por lo que se refiere a esto. Y no hablar de infundados entonces y nada más. El C. Presidente: O sea del Resolutivo se quita el estudio primero, y el segundo pasaría a ser el Resolutivo primero, en la página 151. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, el segundo pasaría a ser el primero. Claro, tendríamos que hacer un fraseo que tampoco quedara al aire lo que es infundado o no. Claro, no es lo más ortodoxo repito, porque puede haber poca claridad. Sin embargo, para interpretar el sentido de lo que es infundado se tendría que ir entonces a los propios considerandos... Sigue 13ª. Parte

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Inicia 13ª. Parte …interpretar el sentido de lo que es infundado, se tendría que ir entones a los propios considerandos. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Manuel López Bernal. El C. Secretario: Yo sí le veo, digamos, problema en cuanto a la técnica, sí le veo problema y lo que nos va a generar es una gran confusión con los Consejeros Electorales, porque ellos lo primero que van a hacer es partir el documento en varios. No sé si esté de acuerdo conmigo el Maestro Fernando Agíss. Entonces yo sí diría, a lo mejor dejarlo tal cual como está y a lo mejor en el texto del Dictamen ser contundente en cuanto a que en su integralidad la queja es fundada, pero sí respetando la técnica que se ha votado. El C. Presidente: Tiene la palabra el Maestro Fernando Agíss. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Sí, es que no olvidemos que a diferencia del otro caso que conocimos, aquí hay una defensa que hacen los partidos políticos y aportan pruebas por cada uno de los elementos del spot. Lo que no sucedió en el caso anterior, que era digamos tanto una demanda genérica, como una defensa genérica, porque incluso si recordamos las pruebas que se ofrecieron, que se admitieron y que se desahogaron en el procedimiento, eran pruebas que hacían relación al spot en su conjunto. Pero aquí como lo ataca el Jurídico, es en virtud de los argumentos propios de las partes, donde sobre cada hecho que presenta el spot presentan una prueba específica y entonces eso necesariamente tiene que entrar en el análisis. Quizá lo que podamos obviar es, bueno, esta es la primera parte del spot y llegar a la conclusión de que, bueno, que no es violatorio, pero no declarar ahí mismo infundado esto, a lo mejor y ya tomar la integralidad del spot. El C. Presidente: No declararlo ahí mismo ¿en dónde? El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Ahí mismo, por ejemplo, dice: esta es la primera parte del spot y termina, “consecuentemente procede a declarar infundada la inconformidad invocada por la Coalición, en el sentido de que la difusión del promocional”, sino simplemente, bueno, ésta es digamos la exposición de todo. Entonces voy analizando. Esta es la primera parte y digo: Bueno, no hay elementos para decir que se está violando la ley, sin embargo, viene la segunda parte y en la segunda parte sí hay elementos. Entonces toda esa parte, todo el spot es fundado.

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Ahora, pero eso también entraña dificultades al momento de emitir la votación porque los Consejeros Electorales ya establecieron que debemos de, casi por sílabas, tomar el spot. Entonces lo primero que veo en una sesión del Consejo General es un Consejero Electoral diciendo una propuesta de nuevos Resolutivos para ir por… Ahora, desde mi perspectiva muy particular y abonando a lo que dice el Maestro Miguel Ángel Solís, no se puede en este caso, digamos, tomar frases aisladas como: “es un peligro para México”, sin contextualizarlo dentro de las imágenes que están difundiendo. Ahora bien, hay una consecución de eventos, o sea no se trata nada más de los pozos en aislado sobre los linchamientos. Todo tiene que ver con generación de violencia, barbarie, rompimiento a la ley. Entonces en ese sentido podríamos mandar ese mensaje al Consejo General y hacerlo más explícito, decir no podemos, digamos, descontextualizar, ahora nosotros estaremos descontextualizando las frases, las frases forman parte de un contexto que es la barbarie, el salvajismo, la violencia, la sangre, todos estas imágenes. Eso es por un lado. Por otro lado, algo que quería comentar, bueno, son dos cuestiones. Quizá es producto de una lectura un poco rápida, pero sí me preocupa que en la página 132, decimos en el segundo párrafo: Resulta relevante señalar que de la prueba técnica aportada por el Partido Acción Nacional, consistente en un disco compacto que contiene imágenes de video relacionadas con tales hechos, cuya autenticidad no fue objetada por la Coalición denunciante, se aprecia a López Obrador pronunciando un discurso en una plaza pública; y ahí entre paréntesis dice: “Sin que sea posible identificar el lugar exacto ni la fecha”. Pero en el siguiente renglón, después de la cita decimos: De dicha prueba técnica se desprende que dicho ciudadano sí se encontraba presente en el lugar que se muestra en el mensaje publicitario, dice: “en el momento en que se suscitó la confrontación”, o sea, en el párrafo anterior estamos diciendo que no podemos identificar el lugar ni la fecha, pero en el siguiente sí estamos diciendo que estaba ahí y que estaba en ese justo momento. A lo mejor es una apreciación de la lectura, pero creo que tenemos que ser muy cuidadosos en que no adviertan, digamos, alguna contradicción, que de una lectura muy simple parece muy evidente. Pero no sé, ahí habría que matizar algo. El hecho de que no la hayan, que no hayan, digamos, que la Coalición “Por el Bien de Todos” no haya impugnado la prueba… Sigue 14ª. Parte

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Inicia 14ª. Parte ...que la Coalición Por el Bien de Todos no haya impugnado la prueba, pues puede ser una especie de consentimiento de que en los hechos ocurrió. Ese es un comentario. El otro comentario que quería hacer está en la página 148 y se refiere a los 2 párrafos... El C. Presidente: A ver, primero, sobre este comentario, ¿puede comentarlo Licenciado Rolando De Lassé? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, claro. Lo que sucede es que el PAN en la audiencia nos presentó un video muy amplio, editado, y hay un discurso de López Obrador en una plaza, en la cual inclusive se está manifiestando y dice “se solicita se empiecen a ocupar los pozos en proceso de apertura”. Después hay otras imágenes del mismo spot de las pedradas, en la cual está justamente López Obrador hasta adelante, claro, ya no está editado, y es al que nos hacemos referencia, que también está en esa misma prueba, en ese mismo CD, por eso hacemos esa referencia, que es la misma prueba. Lo que pasa es que es un video larguísimo. Primero pasan en esa parte y después ya pasan el video completo de cómo empieza; inclusive se ve cómo los granaderos le están pegando a López Obrador y es cuando lo sangran, ¿no? El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Pues a lo mejor habría que hacer ahí... El C. Licenciado Rolando De Lassé: A lo mejor habría que hacer ahí algo. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: O quitar el párrafo este, en paréntesis que dice: Sí es posible identificar lugar y fecha, quizá. Ahora, también una posible contradicción, que a lo mejor no es tal, pero que pudieran advertirla, está también en la página 132, en el primer párrafo. Ahí dice que es un hecho público que López Obrador participó en 1996 en los movimientos sociales de protesta realizados, y ¿en qué nos basamos para concluir que se trata de un hecho público y notorio? Dice que dieron cuenta, en su momento, diversos medios de comunicación social. Sin embargo, cuando analizamos por ejemplo la nota periodística que aparece en el spot, ahí citamos una jurisprudencia que habla de la ineficacia probatoria de las notas periodísticas. Entonces, pareciera que en un caso, a pesar de que diversos medios de comunicación social dieron cuenta de que López Obrador participó en estos movimientos, en el otro caso no la tomamos en cuenta. Y esto es básicamente por una razón que yo estoy totalmente de acuerdo con el Jurídico, pero habría que hacer un matiz. Con lo que se refiere a la participación de

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López Obrador en movimientos sociales de protesta, diversos medios de comunicación dieron cuenta de un hecho y, por lo tanto, cuando distintos medios de comunicación hacen referencia a un hecho, sí puede ser carácter indiciario o incluso ser público y notorio, como por ejemplo el hecho de que varios diarios den cuenta de que el Presidente de la República fue al estado de Veracruz, pues nada más por el hecho de que esa misma situación de hecho se haya reproducido en varios periódicos, puede uno asumir que efectivamente el Presidente fue a ese lugar. Pero en el segundo caso, en realidad la diferencia se establece en que hay una apreciación en las notas periodísticas, hay un juicio de valor que dicen que López Obrador justificó estos linchamientos. Entonces, creo que habría que hacer el matiz, en este párrafo respecto de ese, que en el primero lo estamos tomando como referencia a hechos que se reprodujeron en varios medios y, por lo tanto, podemos probar que sí López Obrador participó en esos hechos y, en el segundo caso, no, porque hay una apreciación de quien escribe la nota, de que López Obrador justifica dichos linchamientos. También sería un matiz muy pequeño. Y, finalmente, en la página 148 decía en los 2 párrafos intermedios. Debemos de asumir lo siguiente; me parece, esto es algo que pongo sobre la mesa; cuando un órgano colegiado toma una decisión y a pesar de que no todos sus integrantes están de acuerdo, entonces debemos de adoptar esa decisión como institucional, y me parece que es el caso de lo que decidió el Consejo General sobre la frase “es un peligro para México”. Claro, en aquellos spots, que no son los mismos que en esta ocasión y que por las características de éste representan un modelo de análisis distinto. Sin embargo, sí me preocupan estos dos párrafos, porque en uno de ellos, sobre todo en el segundo, se dice que la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral reitera explícitamente las condiciones sostenidas en el procedimiento especializado, de los 2 procedimientos que ya se resolvieron... Sigue 15ª. Parte

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Inicia 15ª. Parte ...especializado de los 2 procedimientos que ya se resolvieron. Creo que si eliminamos estos 2 párrafos no pasa nada. No estaríamos mandando un mensaje al Consejo General de que reiteramos nuestra posición, sino de que se trata de un spot distinto, que en el contexto en el que se está dando el spot la frase “es un peligro para México” deviene también desproporcionada, innecesaria, ya que da cuenta de hechos que por su naturaleza violenta resultan parcialmente indiciables dentro de la sociedad. Vaya, creo que la argumentación está bien delineada sin la necesidad de estos 2 párrafos, y quizás estaríamos mandando un mensaje indeseado que no queremos mandar al Consejo General. Lo pongo a la consideración. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Rolando De Lassé. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Estos 2 párrafos, considero que estoy de acuerdo, cuando suban al Consejo General ya no van a estar. Pero como éste es el Proyecto de Dictamen de la Junta General Ejecutiva, y esta es la posición de la Junta, es por eso por lo que están estos párrafos aquí. El argumento que, en su momento, sancione el Consejo General sí efectivamente ya no puede tener esto, porque aquí habla de la Junta General Ejecutiva. Cuando ya lo convirtamos en Proyecto de Resolución o en Resolución del Consejo General, el Proyecto de Resolución ya no va a venir. Pero este es el de la Junta, y por eso lo observo así para poner. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Estoy de acuerdo entonces. El C. Presidente: ¿Hay algún comentario adicional? Tiene la palabra el Licenciado Francisco Guerrero. El C. Licenciado Francisco Guerrero: Yo en lo general estoy de acuerdo con el Proyecto, también en las manifestaciones de quienes me antecedieron en el uso de la palabra. Y solamente en lo particular quiero hacer 2 ó 3 comentarios. En la página 126, que es justamente el análisis del primer punto de difusión de su plataforma y programa de gobierno, es la forma simplemente de frasearlo. Dice: “esta autoridad electoral estima que el contenido y difusión del promocional, materia del presente procedimiento en radio y televisión, etcétera, no satisface los requisitos constitucionales y legales que deben observar los partidos políticos dentro de su propaganda electoral señalados en el inciso b)”. Es decir ya estamos aquí como contradiciéndonos, porque después dice: “en virtud de que a través del mismo no se propicia un debate”, es decir, no satisface los requisitos legales este promocional. ¿Debiera satisfacerlos entonces? Porque abajo

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decimos: por lo tanto, sin embargo esta circunstancia no constituye impedimento para declarar informado el motivo del agravio. O sea por un lado estamos diciendo: la ley establece que debe de satisfacer estos requisitos, y reconocemos que este promocional no lo satisface. Sin embargo, eso no es impedimento para declararlo infundado. Yo creo que es simplemente una forma de frasearlo. Yo creo que si se frasea quizá de otra manera, proponiendo que este promocional, si bien en el mismo no se propicia un debate sobre acciones, es quitarle todo esto de no satisface los requisitos constitucionales, sino bajarlo. Si bien no propicia un debate sobre acciones, programas electorales y propuestas, dicha circunstancia no constituye un elemento para declararlo infundado. No pasa nada quitándole eso, y le quitamos una aparente contradicción de primero decir que no lo satisface, y si no lo satisface, pues entonces es violatorio aparentemente de esta disposición constitucional. Eso por un lado. Por otro lado en, ésta es menor, ésta ya no, ésta la paso. Esto no creo que exista esta palabra, más bien de convicción probablemente. Por otro lado, me preocupa que haya una también aparente contradicción entre lo decidido en los primeros puntos al decidir infundados esta parte del promocional, en la cual se establece una argumentación en cuanto a la frase ésta que estamos tanto refiriéndonos a ella de que “es un peligro para México”. Y en ella, dentro de ese contexto, si bien es cierto que dentro de ese contexto está determinando el Proyecto que resulta infundado, y que no tiene mayor relevancia esta frase sí estamos, por el contrario en el último, dándole mucho peso a la frase y probablemente también de una manera innecesaria, porque yo creo que el punto central... Sigue 16ª. Parte

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Inicia 16ª. Parte …estamos por el contrario en el último, dándole mucho peso a la frase y probablemente también de una manera innecesaria, porque yo creo que el punto central para declarar fundada la última parte es al descontextualización que hace el video de lo que Andrés Manuel López Obrador hizo y actuó con lo que se está diciendo, de que si, él está permitiendo la barbarie y es amigo de los linchamientos. Quizá el hecho de que la frase se termine, diciendo también el video que “es un peligro para México” que se repite absolutamente en los otros videos y en la parte que ya de alguna manera analizamos y que declaramos infundada, pues quizá no tenga tanto peso. Yo creo que habría que reflexionar, Licenciado Rolando De Lassé, si es necesario darle ese contexto al final donde estamos reconociendo que es desproporcionada, que es innecesaria, y por lo tanto, esto apunta, junto con lo demás, para apoyar la declaración de que es fundada en esa parte la queja. Quizá si quitamos esta parte, no pasa nada porque realmente lo que funda la queja no es tanto la frase de que “es un peligro para México”, sino el hecho de que está descontextualizado realmente. El C. Presidente: O sea, ¿usted diría que los párrafos nuevos en gris se quitaran? El C. Licenciado Francisco Guerrero: Uno de ellos, el que está estableciendo esa parte. El C. Presidente: ¿Cuál es? El C. Licenciado Francisco Guerrero: En la página 148 dice: Luego entonces, la expresión de “Andrés Manuel López Obrador es un peligro para México”, no se encuentra amparada por la garantía de la libertad de expresión al exceder los límites que el precepto constitucional en cita, etcétera, prevén para que las críticas emitidas dentro gocen de protección legal, etcétera. Entonces lo estamos utilizando como un argumento para declarar fundada en esta parte la queja, y creo que anteriormente también por ahí hay otra mención en páginas anteriores. Sin embargo, bueno, esto es en la parte, acá está, también en la página 147. En efecto, la expresión de “Andrés Manuel López Obrador es un peligro para México”, en la que la palabra “peligro” se resalte en color rojo resulta desproporcionada, pues no guarda ninguna relación con los términos de una crítica constructiva. Esto, en virtud de que para usar el adjetivo de “peligro” y relacionarlo con hechos colectivos de violencia que se presentaron en Tlalpan en 2001 y en Tláhuac en 2004 se descontextualizó una declaración de prensa, en realidad eso es lo fundamental, en la que Andrés Manuel

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López Obrador refirió que la lección era que con las tradiciones y con las creencias del pueblo más valía no meterse. Porque aparentemente nos contradecimos. Primero, estamos diciendo que no le estamos dando peso a esta frase en el primer análisis para lo de los incisos A), B) y C) y en el inciso D) sí le estamos dando peso. Creo que no pasaría nada. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Rolando De Lassé. El C. Licenciado Rolando De Lassé: El haber incluido ésta no es tanto en los incisos A), B), C) o en el inciso D), sino ya en el contexto general del spot el haber, el que contenga esta frase. Es decir, ya una vez analizando el spot de manera global, con los hechos de sangre, con los hechos de linchamiento, etcétera, y haber puesto esta frase, entonces es por lo que nosotros consideramos que sí es una frase peligrosa que se diga que “Andrés Manuel López Obrador es un peligro para México”, pero no en relación a los incisos A), B) o C). La verdad es que efectivamente cuando se estudió en el inciso C) López Obrador es un peligro para México, fue en la cuestión de coacción o presión y ahí considerábamos que no porque, bueno, los ciudadanos, los mexicanos tienen suficiente seso como para dejarse presionar con una sola frase. Pero ya cuando estamos entrando al análisis en cuanto al artículo 38, parrafo1, inciso p), del Código Electoral y en el contexto, más bien no en el artículo 38, sino en el contexto generalizado de spot, sí consideramos que era importante para poder fijar la posición con relación a esa frase, que se hiciera todo este análisis. Pero no es una cuestión que tenga que ver. El C. Presidente: Tiene la palabra el Maestro Ángel Solís. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: A mí me parece muy relevante que subsista esa frase, exactamente por las razones que el Licenciado Rolando De Lassé acaba de exponer. El C. Presidente: ¿Algún otro comentario? Sigue 17ª. Parte

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Inicia 17ª. Parte ...¿Algún otro comentario? Si no, yo tengo algunas preguntas; algunas ya fueron hechas. En la página 130 yo propondría que en el tercer párrafo, cuando se habla de que la presión o coacción, entiendo que aquí el argumento central es que no podemos hablar de presión o coacción porque se trata de una característica subjetiva del receptor, lo cual estoy de acuerdo, nada más que se pusiera como frases condicionales. En el tercer párrafo dice: “Por otra parte, el alcance o impacto del mensaje expresado no puede ser determinado en forma uniforme, pues depende de la subjetividad del receptor”. Correcto. En el siguiente párrafo dice: “Consecuentemente, esta autoridad considera que el mismo, o sea, el mensaje, carece de elementos de carácter inductivo o coactivo”. Yo creo que aquí hay que matizarlo y decir “esta autoridad considera que el mensaje”, perdón, “considera que cualquier posible elemento inductivo o coactivo no puede ser determinado de manera genérica, sino que tiene que basarse”, o sea, nuevamente hacerlo, porque aquí se está haciendo ya una confusión genérica. “Carece de elementos de carácter inductivo o coactivo”; no, no sabemos. Eso dependerá del receptor, en su parte subjetiva. Entonces, simplemente yo propondría ese párrafo matizarlo y poner: “Consecuentemente, esta autoridad considera que cualquier posible elemento inductivo o coactivo no puede ser de una manera genérica, pues depende de la parte subjetiva”. Luego, el siguiente párrafo; el expresado hasta este punto: “Esta autoridad concluye que si bien es cierto la difusión del promocional que se ha dado por parte del Partido Acción Nacional tiene la finalidad de disminuir el número de votos a favor de la Coalición quejosa, ello no puede traducirse en una presión o coacción sobre los electores”; más bien, “ello no necesariamente se traduce en una presión o coacción hacia todos los electores”, porque nuevamente habrá algunos en donde el elemento subjetivo sí se traduce y otros no. Entonces, ello no necesariamente se traduce, de manera genérica en, etcétera. Luego, lo del hecho público ya lo comentó el Maestro Fernando Agíss. Una pregunta, el periódico donde se dice “justificando el linchamiento”, ¿qué periódico es? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Era Uno más uno. El C. Presidente: Uno más uno. ¿Y sí apareció publicado como viene? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí. El C. Presidente: ¿No se elabora sobre el Uno más uno en el Dictamen? ¿Por qué no se elabora si aparece la imagen del periódico?

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El C. Licenciado Rolando De Lassé: Bueno, fue una situación que el Partido Acción Nacional presentó, en requerimiento, y el Partido de la Revolución Democrática no objetó. El Partido de la Revolución Democrática lo objeta en su escrito inicial diciendo que ese periódico no existía. Después nosotros lo solicitamos, al Partido Acción Nacional nos proporcione el periódico y nos lo proporcionó. Evidentemente, la Coalición lo tuvo a su alcance y no lo objetó. Entonces, al no haberlo objetado, pues se constituyó en prueba plena. El C. Presidente: De acuerdo. Luego, en la página 138. Nada más una cuestión de manera. ¿El argumento central es que una frase fue descontextualizada? Estoy siguiendo un argumento que hizo llegar un Consejero, o que una frase es falsa, con relación al propósito del argumento, porque aquí lo que se dice es que: “la frase que ante las tradiciones del pueblo más vale no meterse” ¿es falsa con relación a que la dijo con respecto a un evento que fue Tlalpan 2001?, ¿o está descontextualizada? ¿Cuál es la manera de plantearla? Aquí se dice “está descontextualizada”, pero también podría decirse que es una aseveración falsa o no es cierta con respecto al propósito de un hecho de 2001. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Lo que sucede es que sí lo dijo. El C. Presidente: Sí lo dijo, pero no lo dijo para la reunión que sale. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Lo dijo inclusive en los mismos hechos, sin embargo, ponía varios ejemplos y se trataba también de los linchamientos de Tlalpan, pero cuando la dijo es porque se estaba haciendo referencia a los ejemplos que él mismo había dado, o sea, en el contexto histórico de ese linchamiento era porque la persona que había sido linchada se había robado las joyas de una imagen. Después, Andrés Manuel López Obrador lo que dice... Sigue 18ª. Parte

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Inicia 18ª. Parte ...la persona que había sido linchada se había robado las joyas de una imagen. Después Andrés Manuel López Obrador lo que dice es: hace muchos años al hermano de Porfirio Díaz le pasó lo mismo, también porque violó una imagen. Entonces aquí la situación es con las creencias no hay que meterse, pero él hacia referencia a creencias religiosas, que son muy importantes para el pueblo mexicano. Pero entonces sí lo dijo, pero lo descontextualizaron. El C. Presidente: Eso me queda claro, pero no sería más sólido decir: la aseveración, la imputación a Andrés Manuel López Obrador de que con el pueblo no hay que meterse, es falsa con respecto al propósito argumentativo del spot. O sea sí la dijo, pero es falsa con respecto a lo que se le imputa. Se le está dando un contenido semántico del cual carece, porque están tratando de vincularlo a un hecho que fue Tlalpan, y lo hizo con respecto a 1900, con respecto a Porfirio Díaz. ¿O se deja así? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Es una forma de decirlo también. Es decir está descontextualizada, y al estar descontextualizada es falsa con relación a los hechos. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Pero creo que debe buscarse, el Doctor Luis Carlos Ugalde, sí una forma de que no existan estas dudas que él percibe y que creo yo también que pudiera exponerse de manera más clara. Es decir, no se relaciona en el discurso que se analizó de Andrés Manuel López Obrador, no se relaciona directamente con el linchamiento, sino con no meterse con las creencias religiosas de los pueblos. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Es a lo que me refiero. Es una manera de decirlo que lo podríamos... El C. Presidente: Lo entiendo perfectamente. No sé. Piénsele nada más si se puede poner al descontextualizar la frase en la cual se hizo esta aseveración y hacerla aparecer como si se tratara de una referencia al hecho que se plantea en la imagen, que es Tlalpan 2001, el partido político está imputando de manera falsa y dolosa un hecho que no corresponde con la secuencia de imágenes o la secuencia lógica de un spot. Yo más quisiera que se pusiera esto. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, sí. Lo que pasa es que es una manera de decirlo. El C. Presidente: Luego, entonces nada más esto que surgió en la reunión de la... La idea de añadir “lo de un peligro para México”, es simplemente primero, porque no es lo mismo un peligro para México en este contexto que en el contexto de otros spots. Segundo, porque se trata de fortalecer el inciso D) que se declara fundado.

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El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, además debe fundar toda la frase en todo el spot. El C. Presidente: O sea se declara fundado “un peligro para México”. Se declara fundado. No como elemento de coacción del voto, sino como un elemento de una frase desproporcionada que por base en el criterio del Tribunal no deben existir. Ahora, el argumento que se había vertido aquí en la mañana, o no sé si en una conversación de fin de semana de que en ese sentido mientras no supiéramos la sentencia definitiva del Tribunal en este tema, era mejor dejarlo así como en la penumbra o un paréntesis. Entiendo que lo que se comentó fue que era mejor, al margen de lo que dice el Tribunal, decir que es fundado en ese sentido. ¿Sí? O sea aunque el Tribunal confirmara el sentido de nuestro voto en esta materia esto se mantendría vigente. Tiene la palabra el Maestro Miguel Ángel Solís. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Creo que debemos partir también del mismo razonamiento de este mediodía, en el sentido de que el Tribunal declararía en razón de la otra queja, es decir del otro spot, y no del contexto de este spot. Juzgaría el Tribunal cuando, en su caso, al impugnar el PRD, volviera a elevarlo al Tribunal, pero este contexto de este spot, estaría juzgando sobre el otro. El C. Licenciado Francisco Guerrero: Perdón, pero justamente a lo que yo me estaba refiriendo hace rato es, se trata de la frase de este spot, y en la frase de este spot hay dos manifestaciones aparentemente contradictorias. Justamente las que usted vió en la página 130, donde dice que “López Obrador es un peligro para México”, y dice: “constituye una crítica negativa, que si bien es cierto, resulta particularmente dura e intensa, lo cual ciertamente conlleva, etcétera”, y se desestima esto aquí. Y más adelante la misma frase... El C. Maestro Eduardo Guerrero: ¿A ver, en qué página está? El C. Licenciado Francisco Guerrero: En la 130. La misma frase se toma como válida, y es la misma frase del mismo spot, no es una frase distinta de otro spot, ni es una frase en dos momentos del spot. Es la misma frase en el mismo momento del spot. Y estamos diciendo en un lado que no es suficiente en la argumentación para considerar... Sigue 19ª. Parte

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Inicia 19ª. Parte …momento del spot, que estamos diciendo en un lado que no es suficiente en la argumentación para considerar que hay coacción al electorado por esta frase, pero por otro lado más adelante sí estamos diciendo que sí es. Ese era mi punto. El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Sí, pero no descontarla del otro lado. El C. Licenciado Francisco Guerrero: Quizá no descontarla, pero sí… El C. Maestro Miguel Ángel Solís: Quizás descontarla de aquí. El C. Licenciado Francisco Guerrero: O descontarla de aquí o contextualizarla en otra forma y advertir desde aquí que es sin perjuicio de que en otro contexto esta frase sí pueda tener, o algo así porque sino hay una contradicción aparente. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí. Yo aquí tengo en mis notas esa frase, sobre todo la página, 130 que ya les había yo comentado hace un momento, esa debe de salir. El C. Licenciado Francisco Guerrero: Con eso entonces. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, claro. Lo que sucede es que esta frase había quedado por lo que les explicaba en la mañana que en la queja anterior, para darle congruencia con lo que habíamos aprobado en la queja anterior, en la 02 en la parte de coacción con los cambios que hubo, esta frase quedó. Sin embargo quedó en el Proyecto de la Junta General Ejecutiva y cuando sube a Consejo General así se quedó. Recordemos que en aquel momento la queja en un tiempo, venía fundada en este sentido y después se consideró y se presentaron argumentos para declararla infundada en esta parte. Sin embargo, tendría que salir del texto en el momento en el que subiera a Consejo o inclusive lo podríamos hacer desde este momento también. El C. Presidente: Es que es el momento. Ahora ¿cómo quedaría la argumentación de presión y coacción del voto si le quitamos lo de López Obrador, cuál sería el sustento de, qué otros elementos tiene? El C. Licenciado Rolando De Lassé: No, no tiene muchos elementos. El C. Presidente: Tiene varios elementos. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí. El C. Presidente: De acuerdo. Bueno, entonces con esto se salda esta cuestión.

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El C. Maestro Eduardo Guerrero: Pero en términos de coacción del voto queda infundado. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, claro. El C. Presidente: Ahora que se salió. Yo creo que sí vale la pena hacer 2 cosas en las últimas 3 páginas. La primera es mantener, evidentemente lo de fundado e infundado, pero lo menos explícito que sea posible. Es decir, en mi opinión podríamos, de la página 149 quitar el resumen A, B, C, D y a lo mejor se los damos a los Consejeros como una guía y simplemente decir por lo anterior pasamos al Dictamen y en el Dictamen yo empezaría. Primero. Se propone declarar fundada la denuncia presentada con respecto al inciso d). Segundo. Se propone infundada la denuncia respecto a los incisos a), b) y c) y ya lo demás viene igual. Pero yo no sé si este resumen lo único que haga es explicitar la confusión que pasó la vez pasada. Yo propondría quitar esto, no sé si esto le generaría una preocupación a usted por lo que dijo hace un momento. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Sí. El C. Presidente: ¿Sí le generará preocupación? El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: No sé, en términos de la votación, porque entonces cómo hacer compatible el hecho de que algún consejero quiera votar, digamos, diferenciado cuando el Dictamen hace referencia al d) en su conjunto. El C. Presidente: No, pero se mantendría en el Dictamen lo fundado y lo infundado. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Sí tendríamos que hacer un engrose quizás después y aclarar con los Consejeros si antes ya sabían y no se les dificulte la votación. El C. Maestro Patricio Ballados: Una secuencia lógica en el sentido de cómo se van a argumentar los considerados a), b), c) y d), cómo se hace el resumen de a), b), c) y d) y después cómo están los resultandos de a), b), c) y d). El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: ¿De d) en particular? El C. Presidente: No, esto lógicamente es muy bueno, esto es excelente, lo que pasa es que la vez pasada debilitó la posición de la Junta General Ejecutiva un poco, la del Consejo General y luego se presentó de que qué es qué.

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entonces si el Dictamen empieza con lo que es fundamental, se declara fundada la queja porque hay descontextualización, etcétera, luego se declara infundada esta. Esto contribuiría no a nuestra certeza interna, sino a la certeza externa de la lectura del Dictamen, eso es el propósito. Yo propondría borrarlo de aquí, este resumen evidentemente lo tendrán, se lo damos a los Consejeros y de cualquier manera podrán pedir que este Dictamen se parta en 5. ¿Sí, Licenciado Rolando De Lasseé, qué opinas? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Lo que sucede es que el sentido de los resolutivos en a), b), c) y d) para que se puedan entender con claridad, están relacionados con el resumen de la página 149. Entonces tendríamos que cambiar, por ejemplo decir infundada lo que se refiere al considerando x) o y). El C. Presidente: Bueno, entonces hagamos una cosa, está bien. Sigue 20ª. Parte

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Inicia 20ª. Parte … considerando “x” o “y”, ¿no? Es decir… El C. Presidente: Bueno, entonces hagamos una cosa, está bien, tienes razón. Primera propuesta: Empecemos con lo fundado y luego con lo infundado. Entonces aquí empiezas. El C. Secretario: Lo que pasa es que rompe toda la estructura del documento. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, lo que pasa es que la lógica o la técnica es que tienes que, sí. El C. Presidente: Es A), B), C) y D). El C. Secretario: Quizá en el boletín. Intervención: En el boletín se puede hacer. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Como lo hicimos, la vez pasada así fue, en el boletín se hizo el cambio, pero ya técnicamente en la Resolución fuimos atacando cada uno de los puntos en el orden en el que fueron apareciendo. El C. Presidente: Bueno, entonces nada más, está bien. Nada más aquí hay que ponerle puntuación, por favor. Este párrafo, que puede ser el más importante, no hay un solo punto y seguido. El C. Licenciado Rolando De Lassé: ¿En qué? El C. Presidente: En el inciso D). El C. Licenciado Rolando De Lassé: ¿En la página 150? El C. Licenciado Gustavo Varela Ruiz: Página 149, último párrafo. El C. Presidente: Punto y seguido, ni siquiera punto y aparte. Punto y seguido, porque si tú lo lees, todo el orden que tú estás defendiendo, que estoy de acuerdo, en este inciso D) se te pierde el orden lógico. Nada más hay que decir lo de la descontextualización, lo de “peligro para México”, separado; si se puede punto y aparte, si la Dirección Jurídica concede puntos y aparte, por favor, y luego, pues creo que nada más. El C. Licenciado Gustavo Varela Ruiz: Nada más para no repetir, ¿es un solo spot?

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El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, es un solo spot; de eso no hay la menor duda. El C. Licenciado Gustavo Varela Ruiz: No sé si jurídicamente y de acuerdo a la técnica, se puede decir con contundencia antes de entrar al análisis, que el spot, desde nuestro punto de vista viola lo que tenga que violar con toda claridad. Y luego por lo siguiente, y unas cosas infundadas y otras fundadas; de acuerdo, pero lo que a mí sí me genera mucha preocupación es que por la técnica que se da, hay unas cosas que sí y otras que no, y eso es lo que le da una enorme debilidad, en términos de discusión. No sé si se valga. El C. Presidente: Tiene la palabra el Maestro Fernando Agíss. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Es que yo coincido plenamente con el Licenciado Gustavo. El problema que yo veo es que además los Consejeros Electorales, en el Consejo General pasado, donde se discutió un tema similar, en lugar de que desapareciera el spot o que se dejara de transmitir, su propuesta era que se eliminaran frases. El C. Licenciado Gustavo Varela Ruiz: Frases en el spot, sí. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Y entonces, a lo mejor en este repite la misma técnica. El C. Licenciado Gustavo Varela Ruiz: Claro. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Y entonces, si ponemos un Dictamen, como yo creo que debe de ser, como dice, a lo mejor complicando la sesión del Consejo General, porque entonces ya no le dejas ese margen a los Consejeros. Esa es una apreciación. El C. Presidente: Bueno, aquí se puede el Dictamen; aquí sí me va a dar la razón, Licenciado Rolando De Lassé, que si ya todo el orden es A), B), C), D), aquí sí podemos poner primero lo fundado y después lo infundado, ¿o tampoco se puede hacer eso? El C. Licenciado Rolando De Lassé: No, justamente lo que... El C. Presidente: No, aquí viene A), B), C) y D). Aquí sí. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Pero era lo que decíamos. Tendríamos que seguir cierta cronología y si atacamos A), B), C) y D), tendríamos que empezar por A), por B), por C).

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El C. Presidente: Bueno, muy bien. Está bien. Esto quiere decir que imaginemos que mañana el Tribunal Electoral revoca y dice que sí debíamos haber sancionado “un peligro para México” de pasar. Este Proyecto de Dictamen no se tiene que modificar en lo más mínimo, ¿o sí se tiene que modificar? El C. Licenciado Rolando De Lassé: Ya no. El C. Presidente: Está bien. Confirme o no confirme esa parte, este Proyecto de Dictamen. Porque hemos platicado que mejor lo dejáramos como entre paréntesis y luego lo cambiáramos. Ya no es necesario modificar nada, salga lo que salga de la sentencia del Tribunal Electoral mañana. Bueno, a lo mejor puede salir una nueva... criterios. El C. Maestro Fernando Agíss Bitar: Un nuevo procedimiento especial. El C. Presidente: Pero en principio no. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Sí, salvo que el Tribunal Electoral diga que no, que la frase no es un... bueno, si dijera el Tribunal Electoral: la frase “es un peligro para México”, no causa ningún tipo de agravio, nosotros lo estamos mencionando. El C. Presidente: En este contexto es diferente. El C. Licenciado Rolando De Lassé: Pero más bien nosotros no tendríamos que cambiar nuestro Dictamen; ya sería el Consejo General el que tendría que argumentar al respecto. El C. Presidente: Correcto. Tiene la palabra el Maestro Patricio Ballados. El C. Maestro Patricio Ballados: Si ordenara algo en contra de la Junta General Ejecutiva, pero de todas maneras ya habría un hecho de la Junta, previo a la sesión del Tribunal Electoral. Entonces, el Consejo General nos la tendría que regresar para que la Junta hiciera lo que dice el Tribunal Electoral, pero eso ya está muy... El C. Presidente: Entonces, le daríamos al Director Jurídico voto de confianza para que esto que se ha clarificado en la mesa se incluya, para ser circulado mañana temprano por la mañana. ¿Algún comentario adicional? Bueno, pasamos entonces a votación el procedimiento de queja especial JGE/PE/PBT/CG/004/2006. Quienes estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

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El C. Secretario: Nada más dejar asentado que el Maestro Hugo Concha dejó su voto por escrito. El C. Presidente: El Maestro Hugo Concha dejó por escrito que podemos conocer el sentido. El C. Secretario: Sí, claro que sí. El C. Presidente: Tiene la palabra el Licenciado Jorge Eduardo Lavoignet. El C. Licenciado Jorge Lavoignet: Se conforma como un voto nominal, que el propio Reglamento de la Junta lo permite. Lo que sucede es que ahora ya lo di para el expediente respectivo; ya no lo tengo aquí. Pero es perfectamente atendible en términos del Reglamento de la Junta. El C. Presidente: Muy bien. El C. Secretario: Se manejaría como unanimidad. El C. Presidente: Se aprueba por unanimidad. Muy bien, les agradezco su presencia. Buenas noches. - - - - - - oo0oo - - - - - - -