ABC cárnicos

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ABC del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos Destinados para el Consumo Humano IMA IN I n s t i t u t o N a c i o n a l d e V ig ila n c ia d e M e d ic a m e n t o s y A l i m e n t o s M i n i s t e r i o d e l a P r o t e c c i ó n S o c i a l Ministerio de la Protección Social República de Colombia Libertad y Orden

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ABC cárnicosTomado de:INVIMA, http://www.invima.gov.co/Invima/tramites/formatos_plantas/Cartilla%20ABC_final_baja.pdf ,consultado en línea: 27 de febrero de 2012

Transcript of ABC cárnicos

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ABCdel Sistema Oficial de Inspección,Vigilancia y Control de la Carne,Productos Cárnicos Comestibles

y Derivados Cárnicos Destinadospara el Consumo Humano

IMAINInstitutoNacional de Vigilancia de Medic

amentos

y Alimentos

Ministerio

de laProtección Social

Ministerio de la Protección SocialRepública de Colombia

Libertad y Orden

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MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA

Director GeneralJairo Céspedes Camacho

Subdirectora de Alimentos y Bebidas AlcohólicasLaura Pasculli Henao

Subdirectora de Medicamentos y Productos Biológicos Martha Cecilia Rodríguez Ramírez

Subdirectora de Insumos para la Salud y Productos VariosClara Isabel Rodríguez Serrano

Subdirector de Registros SanitariosÓscar Ramírez Marín

Secretaria GeneralPerla Inés Llinás Álvarez

Jefe Oficina Asesora JurídicaJuan Carlos Marín Ortegón

Jefe Oficina Asesora de Planeación, Informática y Estadística (e)Astreed Carolina Sierra Arias

Jefe Oficina Control InternoNorma Constanza García Ramírez

Desarrollo de ContenidosJairo Céspedes Camacho

Laura Pasculli Henao

César Malagón González

Claudia Moreno Barrera

Coordinación EditorialTeresa Huertas Molina

Diseño, Diagramación e ImpresiónImprenta Nacional de Colombia

Bogotá, D. C. 2008

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3

ContenidoPresentación..................................................................................................................... 4

Introducción...................................................................................................................... 10

Algunas definiciones relacionadas con el Sistema Oficial de Inspecciónen carnes y derivados ................................................................................................... 11

¿Quiénes hacen parte del Sistema? ........................................................................ 13

¿Por qué se debe implementar este Sistema? .................................................... 14

Beneficios que obtendrá el país con la ejecución de estas políticas .......... 16

De la granja a la mesa.................................................................................................. 17

Implementación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Controlde la carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicosdestinados para el consumo humano.................................................................... 19

¿Cuáles son los plazos? ................................................................................................ 19

¿En qué consiste la inscripción? ................................................................................ 20

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de plantas de beneficio,despostes y desprese?.................................................................................................. 20

¿Dónde están ubicadas las oficinas del INVIMA? ............................................... 21

¿En qué consiste el Plan Gradual de Cumplimiento? ....................................... 22

¿Cómo se solicita la autorización sanitaria? .......................................................... 23

Exportación ....................................................................................................................... 28

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IMAIN

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IMAIN

PresentaciónEl Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimen-

tos INVIMA, es un establecimiento público del orden nacional,

adscrito al Ministerio de la Protección Social, y su propósito es

la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad.

El ámbito de su gestión como autoridad sanitaria involucra

productos de vital importancia para la sociedad colombiana

como los medicamentos, productos biológicos, productos na-

turales y homeopáticos, los reactivos de diagnóstico, dispo-

sitivos y elementos médico quirúrgicos y odontológicos, los

alimentos procesados, carnes, bebidas envasadas, bebidas

alcohólicas, los cosméticos, los preservativos y productos de

aseo, entre otros.

El INVIMA fue creado por la Ley 100 de 1994 y desarrollado

por el Decreto 1290 del mismo año. Su misión es garantizar la salud pública en Colombia, ejerciendo inspección, vi-gilancia y control sanitario de carácter técnico científico sobre los asuntos de su competencia.

Esta es la estructura general del INVIMA:

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ABCABC

5

Ministerio de la

Protección Social

Consejo Directivo

Comisión

Revisora

Dirección General

Oficina Asesora Planeación Informática y Estadística

Oficina Control Interno

Oficina Asesora Jurídica

Secretaría

General

Subdirecciónde RegistrosSanitarios

Subdirecciónde Medicamentos

y ProductosBiológicos

Subdirecciónde Alimentos

y BebidasAlcohólicas

Subdirecciónde Insumos para la Salud y Prod.

Varios

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IMAIN

6

El carácter técnico y científico del INVIMA está soportado en la Comisión Revi-

sora, en las Subdirecciones Misionales y en la capacidad profesional de quie-

nes integran los equipos de trabajo.

La Comisión Revisora es un órgano asesor conformado por seis Salas Espe-

cializadas:

• Medicamentos y Productos Biológicos

• Productos Naturales

• Medicamentos Homeopáticos

• Alimentos y Bebidas Alcohólicas

• Dispositivos Médicos y Productos Varios

• Reactivos de Diagnóstico In Vitro

Cada una de ellas está constituida por expertos en cada área, seleccionados

por el Consejo Directivo del INVIMA, de ternas que envían instancias de la

comunidad científica, la comunidad académica y el Ministerio de la Protec-

ción Social.

Entre las funciones de las Salas Especializadas de la Comisión Revisora está

conceptuar sobre las normas de carácter técnico-científico que deberán regir

para la vigilancia y control de los productos de su competencia, llevar a cabo

evaluaciones en el proceso de aprobación para el uso en el país de produc-

tos de competencia del INVIMA y llevar a cabo las evaluaciones farmacológi-

cas de los medicamentos nuevos en el país, entre muchas otras.

Las Subdirecciones Misionales tienen a su cargo la inspección, vigilancia

y control de Medicamentos y Productos Biológicos, de Insumos para la Salud

y Productos Varios, de Alimentos y Bebidas Alcohólicas, y la expedición de los

Registros Sanitarios.

Cada una de estas dependencias cuenta con un sólido equipo de profe-

sionales de altas calidades técnicas y científicas, dedicado al desarrollo de

las actividades relacionadas con los programas y proyectos competencia del

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ABCABC

7

INVIMA, además de atender las responsabilidades de tipo administrativo y de

sistemas de gestión, propias en una Entidad del Estado.

El INVIMA desarrolla su labor a través de mecanismos como:

• La expedición de los registros sanitarios: documentos públicos que se

otorgan a los interesados en fabricar, envasar, empacar, importar, y/o ven-

der cualquiera de los productos que se encuentran bajo la vigilancia del

INVIMA, previa verificación del cumplimiento de los requisitos sanitarios,

técnicos y legales.

• Las visitas de inspección a los establecimientos fabricantes, con el objeto

de verificar las condiciones higiénicas, técnicas, locativas y de control de

calidad, otorgando las capacidades de producción o las Buenas Prácticas

de Manufactura.

• Las visitas de seguimiento para verificar el mantenimiento de las condicio-

nes autorizadas, con el fin de garantizar la calidad de los productos que se

comercializan.

• Los programas de vigilancia, orientados a monitorear en condiciones norma-

les de consumo la seguridad de los medicamentos (farmacovigilancia), de

uso de insumos para la salud (tecnovigilancia) y de uso de reactivos (reacti-

vovigilancia) comercializados en el territorio colombiano.

• Programas especiales como “Demuestra la Calidad”: método de control

que implementó el INVIMA en convenio con universidades públicas, para

verificar el cumplimiento de las normas de Buenas Prácticas de Manufac-

tura en toda la cadena de abastecimiento de medicamentos (laboratorios

y postmercado).

• El reporte y manejo de alertas sanitarias respecto de los fenómenos de

potencial riesgo para la salud de la población, frente a los que sea nece-

sario para el desarrollo de actuaciones urgentes y eficaces.

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8

• Las Revisiones de Oficio, que fundamentalmente están orientadas a de-

terminar que los productos se ajusten a las condiciones en las cuales

les fue otorgado el registro sanitario, a actualizar las especificaciones y

metodologías analíticas aprobadas en los registros de acuerdo con los

avances científicos y tecnológicos, y a adoptar las medidas sanitarias

necesarias cuando se conozca información sobre efectos o condicio-

nes que pongan en riesgo la salud de los consumidores.

• La aplicación de medidas sanitarias de seguridad y procesos sanciona-

torios.

• La participación social, ya que los ciudadanos son pieza clave en la

exigencia de la calidad de los medicamentos, alimentos e insumos

para la salud, y se constituyen en factor fundamental para evitar la

falsificación y el contrabando.

Particularmente en materia de alimentos, el INVIMA tiene la competencia

exclusiva de la inspección, vigilancia y control de la producción y procesa-

miento de alimentos, de las plantas de beneficio de animales, de los cen-

tros de acopio de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus

derivados, así como del transporte asociado a estas actividades.

Para asumir estas competencias, el INVIMA puso al servicio del país en

agosto de 2007 ocho Grupos de Trabajo Territorial, que comprenden 14

puntos de atención en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

Estos son los Grupos de Trabajo Territorial, sus ciudades núcleo y los departa-

mentos que cada uno atiende:

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1

3

2

6

4

8

57

4

2

1. Costa Caribe 1 con sede en Barranquilla y co-bertura en Atlántico, Guajira, Magdalena y Cesar.

2. Costa Caribe 2 con sede en Montería y cobertu-ra en Córdoba, Sucre, Bolívar y San Andrés, Provi-dencia y Santa Catalina.

3. Centro Oriente 1 con sede en Bucaramanga y cobertura en Santander y Norte de Santander.

4. Centro Oriente 2 con sede en Bogotá y cober-tura en Boyacá, Cundinamarca y Amazonas.

5. Centro Oriente 3 con sede en Neiva y cobertu-ra en Tolima, Huila y Caquetá.

6. Occidente 1 con sede en Medellín y cobertura en Antioquia, Chocó, Caldas, Quindío y Risaralda.

7. Occidente 2 con sede en Cali y cobertura en Valle del Cauca, Cauca, Nariño y Putumayo.

8. Orinoquia con sede en Villavicencio y cobertu-ra en Meta, Casanare, Arauca, Guaviare, Guainía, Vichada y Vaupés.

El INVIMA, como agencia sanitaria nacional de referencia, debe garantizar la calidad,

seguridad y eficacia de los productos de su competencia, así como la inocuidad

de los alimentos. En este propósito es fundamental la coordinación con los entes

territoriales y agentes económicos, para ser soporte en la competitividad del país.

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IMAIN

10

ntroducciónLa presente publicación ABC del Sistema Oficial de Inspección, Vigilan-

cia y Control de la carne, productos cárnicos comestibles y derivados

cárnicos destinados para el consumo humano, se ha preparado con el

objeto de que las plantas de beneficio (mataderos), desposte y desprese, co-

nozcan las directrices generales que les permitirá cumplir los requisitos de la

nueva legislación sanitaria, contenida en el Decreto 1500 de 2007 y sus regla-

mentaciones específicas para las especies bovina, bufalina, porcina y aviar.

La nueva reglamentación cuenta con un enfoque integral “de la granja a la

mesa” para el manejo de los riesgos que pueden afectar la inocuidad de la

carne y desarrolla los principales requisitos sanitarios que contribuyen a mejo-

rar las condiciones de beneficio y procesamiento de la carne.

En términos generales, se debe tener presente que la carne es un alimento

considerado de mayor riesgo en salud pública, razón por la cual a lo largo de

la cadena productiva requiere condiciones sanitarias adecuadas de producción

y procesamiento, que permitan reducir los riesgos en inocuidad para preservar

la salud de la población.

La presentación que se realiza a continuación, permite a todos los actores

conocer las nuevas disposiciones y la forma de integrarse al Sistema de forma

oportuna, así como los procesos que deben desarrollar para lograr el cum-

plimiento de la reglamentación sanitaria, de forma que ofrezcan productos

inocuos al consumidor.

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11

relacionadas con el Sistema

Establecimiento: Lugar donde personas naturales o jurídicas desarrollan una

o algunas de las actividades de beneficio, desposte, desprese, procesamiento,

almacenamiento o venta de carne, productos cárnicos comestibles y derivados

cárnicos para el consumo humano.

Inocuidad: Garantía en cuanto a que los alimentos no causarán daño al

consumidor cuando se preparen y/o consuman, de acuerdo con el uso a que

estén destinados.

Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP por

sus siglas en inglés): Es un conjunto de procesos y procedimientos docu-

mentados, de conformidad con los principios del Sistema Internacional HACCP,

enfocados a prevenir y controlar los peligros químicos, biológicos y físicos

de la producción de alimentos.

Planta de beneficio animal (matadero): Todo establecimiento en donde

se benefician las especies de animales que han sido declarados como aptas

para el consumo humano y que ha sido registrado y autorizado para este fin.

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IMAIN

12

Planta de derivados cárnicos: Establecimiento en el cual se realizan las

operaciones de preparación, transformación, fabricación, envasado y almace-

namiento de derivados cárnicos.

Planta de desposte: Establecimiento en el cual se realiza el deshuese, la

separación de la carne del tejido óseo y la separación de la carne en cortes o

postas.

Planta de desprese: Establecimiento en el cual se efectúa el fraccionamien-

to mecánico de la canal.

Plan Gradual de Cumplimiento: Documento técnico presentado por los

propietarios, tenedores u operadores de predios de producción primaria, plan-

tas de beneficio, desposte o desprese y de derivados cárnicos, en el cual se

especifica el nivel sanitario actual de cumplimiento frente a las disposiciones

dadas por la normatividad sanitaria vigente y los compromisos para realizar

acciones que permitan lograr el cumplimiento total de esta norma durante el

período de transición.

Page 13: ABC cárnicos

ABCABC

13

del Sistema?Todos los establecimientos dedicados al beneficio de animales, desposte, des-

prese y procesamiento de derivados cárnicos.

Se han reglamentado los requisitos sanitarios y de inocuidad de las carnes y

productos cárnicos comestibles de las siguientes especies:

Bufalinos

Porcinos

de corral

El Ministerio de la Protección Social expedirá posteriormente los reglamentos

para las demás especies. El Sistema no incluye establecimientos que manipulan

productos de la pesca, moluscos y bivalvos.

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IMAIN

14

¿Por qué se debe

Sistema?En el año 2004, el Gobierno Nacional inició la construcción de una Agenda

Interna para la Productividad y Competitividad, con el fin de establecer

las bases del desarrollo productivo del país hacia el futuro.

En este contexto, con la activa participación de los sectores público y privado,

se formularon:

• La política nacional de sanidad agropecuaria e inocuidad de ali-

mentos para el sistema de medidas sanitarias y fitosanitarias,

que se concretó en el documento CONPES 3375.

• La política sanitaria y de inocuidad para las cadenas de la carne

bovina y de la leche, formulada en el documento CONPES 3376.

• La política nacional de sanidad e inocuidad para la cadena porcí-

cola, con el documento CONPES 3458.

• La política nacional de sanidad e inocuidad para la cadena avícola,

que se concretó en el documento CONPES 3468.

Estas políticas públicas brindan directrices para mejorar el sistema de Medidas

Sanitarias y Fitosanitarias, y las condiciones de producción y procesamiento,

aspectos que han sido reglamentados mediante las siguientes normas:

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ABCABC

15

En este marco, y teniendo en cuenta las facultades otorgadas por la Ley

1122 de 2007, relacionadas con la competencia exclusiva de la ins-

pección, vigilancia y control de la producción y procesamiento de alimen-

tos, de las plantas de beneficio de animales, de los centros de acopio

de leche y de las plantas de procesamiento de leche y sus derivados, así

como del transporte asociado a estas actividades, el INVIMA es la entidad

encargada de diseñar y operativizar el Sistema.

Creación del Sistema Oficial de Inspección, Vigilanciay Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles

y Derivados Cárnicos Destinados para el Consumo Humano Decreto 1500 del 4 de mayo de 2007

Modificación de plazos para presentar inscripcióny Plan Gradual de Cumplimiento

Decreto 559 del 26 de febrero de 2008Gobierno Nacional

Reglamentación específica para cada especieBovina y bufalina - Resolución 2905 de 2007

Porcina - Resolución 4282 de 2007Aviar - Resolución 4287 de 2007

Ministerio de Protección Social

Reglamentación de los requisitos del Plan Gradualde Cumplimiento y procedimientos para inscripción,autorización sanitaria y registro, para cada especie

Bovina y bufalina - Resolución 2007018119 de 2007Porcina - Resolución 2008000715 de 2008Aviar - Resolución 2008000714 de 2008

Modificación parcial - Resolución 20080007754 de 2008

INVIMA

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IMAIN

16

• Manejo de los riesgos de “la granja a la mesa”.

• Definición de un estándar nacional para la aplicación de la legislación

sanitaria.

• Fortalecimiento del sistema de vigilancia en salud pública.

• Ampliación de la capacidad técnica y operativa para adelantar análisis de

riesgos en el sector salud.

• Aumento de la capacidad de respuesta del sistema sanitario nacional

frente a los compromisos y requerimientos surgidos en los acuerdos co-

merciales internacionales.

• Aumento de la capacidad técnica y operativa del laboratorio nacional de

referencia de alimentos.

• Control de residuos de medicamentos y contaminantes químicos en pro-

ductos como carne bovina, porcina, de aves, leche y sus derivados.

• Control de los microorganismos patógenos en los alimentos de mayor

riesgo en salud pública.

• Mejoramiento de los estándares de calidad e inocuidad de los alimentos.

• Ampliación del acceso a mercados internacionales.

Page 17: ABC cárnicos

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17

Es la visión integral de este Sistema, en la que se establecen competencias

para la vigilancia sanitaria en toda la cadena alimentaria de la carne:

La tarea de las autoridades sanitarias está acompañada de la gestión de las

autoridades ambientales respectivas.

En la granja:producción primaria

Beneficio, desposte ydesprese; derivados

cárnicos

A la mesa: transporte,distribución

y comercializacion

Autoridad sanitaria Autoridad sanitaria Autoridad sanitaria

Entidades Territoriales de SaludIMAIN

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IMAIN

18

¿A qué hace referenciala Producción Primaria?

Es la producción, cría o cultivo de productos primarios, con inclusión de la co-

secha, el ordeño y la cría de animales domésticos de abasto público, previos

a su sacrificio.

Todos los predios (fincas, granjas) y sistemas productivos de animales desti-

nados al consumo humano, deben asegurar la existencia y funcionamiento

de un sistema preventivo de aseguramiento de la inocuidad basado en las

buenas prácticas de producción primaria.

La autoridad competente para adelantar el seguimiento de estas actividades,

es el Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Para mayor información consulte

en: www.ica.gov.co

¿Cuáles son las

Las personas dedicadas al transporte de animales proveniente de predios de

producción primaria a plantas de beneficio (mataderos), así como los vehículos

destinados a esta actividad, deberán estar inscritos y autorizados por el Minis-

terio de Transporte, quien mantendrá una base de datos actualizada de los

transportadores y los vehículos autorizados, disponible para la autoridad sanitaria

competente (ICA).

Quien transporte animales a una planta de beneficio, debe portar la guía sani-

taria de movilización de animales, expedida y regulada por el Instituto Colom-

biano Agropecuario - ICA.

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ABCABC

19

humano

RESPONSABLE ACCIÓN PLAZO

Plantas de beneficio, desposte y desprese, tanto de bovinos y bufa-linos, como de porcinos y aves.

Presentación de la solicitud de Inscripción ante el INVIMA

30 de mayo de 2008

Plantas de beneficio, desposte y desprese, tanto de bovinos y bufa-linos, como de porcinos y aves.

Presentación del PlanGradual de Cumplimiento ante el INVIMA

31 de julio de 2008

Establecimientos dedicados al beneficio, desprese, desposte y procesamiento de derivados cárnicos.

Implementación del Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control HACCP

3 de mayo de 2012

Plantas de beneficio, desposte y desprese, tanto de bovinos y bu-falinos, como de porcinos y aves.

Ejecución en sutotalidad del PlanGradual de Cumplimiento

Máximo tres años y medio contados a partir de laaprobación del Plan Gradual de Cumplimiento

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¿En qué consiste

La inscripción es la presentación de la planta ante el INVIMA, a través del For-mato Único de Inscripción Sanitaria - FUIS, que recoge los datos de identi-ficación de un establecimiento dedicado al beneficio y al desposte o desprese.

La inscripción no tendrá ningún costo. Cuando un establecimiento tenga más de una sede, cada una de ellas deberá contar con inscripción, autorización

sanitaria y registro.

¿Cuáles son los requisitos

1. Diligenciar formato único de inscripción sanitaria FUIS, que solicita infor-

mación relacionada con:

a. Identificación del establecimiento

b. Información específica:

• Tipo de propiedad

• Especie que beneficia

• Características del proceso de beneficio (días/ turnos/ volumen)

• Conservación y destino de los productos

2. Radicar formato único de inscripción sanitaria - FUIS, debidamente diligen-

ciado en las oficinas del INVIMA tanto en medio impreso como magnético.

Page 21: ABC cárnicos

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21

El INVIMA tiene a disposición 8 oficinas territoriales en las ciudades de Barran-

quilla, Montería, Bucaramanga, Neiva, Medellín, Cali, Villavicencio y Bogotá para

recibir tanto las inscripciones como los Planes Graduales de Cumplimiento. El

horario de atención al público es de lunes a viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

OFICINADepartamentos

que cubreUbicaciónde la sede

Teléfonos Correo electrónico

Subdirección de

AlimentosNivel Nacional

Bogotá

Carrera 68 D 17-11

091-2948700

Ext. [email protected]

Costa Caribe1Guajira, Magdalena,

Cesar y Atlántico

Barranquilla

Carrera 54 72-142095-3195433 [email protected]

Costa Caribe 2Córdoba, Sucre,

Bolívar y San Andrés

Montería

Calle 28 4- 21

Ofs. 402-404

094-7822127 [email protected]

Centro Oriente 1Santander y Norte

de Santander

Bucaramanga

Calle 35 21-70 097-6322430 [email protected]

Centro Oriente 2Cundinamarca,

Boyacá y Amazonas

Bogotá

Carrera 14 A 58 A - 14091-3458654 [email protected]

Centro Oriente 3Tolima, Huila y

Caquetá

Neiva

Calle 21 5 Bis 21

Int. 204

098-8756169 [email protected]

Occidente 1

Antioquia, Chocó,

Risaralda, Caldas y

Quindío

Medellín

Carrera 75 30 A - 46094-2389898 [email protected]

Occidente 2

Valle del Cauca,

Cauca, Nariño y

Putumayo

Cali

Calle 23 Norte 3 N -63

Edificio Almirante L 2

092-6611643 [email protected]

Orinoquia

Meta, Casanare,

Arauca, Guaviare,

Guainía, Vichada y

Vaupés

Villavicencio

Calle 26 37-38, Piso 2098-8728472 [email protected]

Page 22: ABC cárnicos

IMAIN

22

¿En qué consiste el Plan

El Plan Gradual de Cumplimiento consta de una autoevaluación que deben

realizar los establecimientos dedicados al beneficio, desposte y desprese para

determinar cuál es su nivel de cumplimiento frente a los requisitos del Decreto

1500 de 2007 y sus normas reglamentarias.

A partir de la autoevaluación, la planta debe proponer y sustentar cuáles son sus

acciones graduales de mejoramiento, que le permitirán ajustarse a la nueva

reglamentación y que deberán ser desarrolladas en el periodo de transición.

Los formatos de autoevaluación así como los de acciones graduales de

cumplimiento se encuentran disponibles en la página web del INVIMA:

www.invima.gov.co

El Plan Gradual de Cumplimiento será posteriormente evaluado por el INVIMA,

con el fin de ser aprobado y otorgar la autorización sanitaria condicionada, que

le permitirá al establecimiento funcionar en su periodo de transición.

-

El INVIMA ha expedido resoluciones que reglamentan los requisitos del Plan

Gradual de Cumplimiento para las plantas de beneficio, desposte y desprese

de cada especie y establece los procedimientos para los procesos de inscrip-

ción, autorización sanitaria y registro, las cuales se encuentran disponibles en

la página web del INVIMA: www.invima.gov.co

Es el resultado de la revisión de los documentos aportados por cada establecimien-

to y la ejecución de la visita mediante la cual se verifican las condiciones sanitarias

Page 23: ABC cárnicos

ABCABC

23

¿Cómo se solicita

Para una planta de beneficio, desposte y desprese que funcionaba antes del

4 de mayo de 2007

1. Presentar una carta solicitando autorización de la planta, en la cual se

haga un compromiso del representante del establecimiento como garan-

tía al mejoramiento y cumplimiento de los requisitos sanitarios

2. Presentar el Plan Gradual de Cumplimiento, que se encuentra conforma-

do por los siguientes formatos debidamente diligenciados:

• Formato de evaluación del nivel sanitario de cumplimiento

• Formato de acciones graduales de mejoramiento según evaluación.

3. Solicitar la visita para la obtención de la Autorización, anexando:

• Inscripción o solicitud de inscripción.

• Diagrama de flujo de los procesos que realiza el establecimiento.

• Plano de la planta, indicando claramente las áreas, flujos de producto

y personal, distribución de redes hidráulicas (agua potable, aguas ne-

gras, grises y residuales).

• Organigrama de la empresa.

• Plan Gradual de cumplimiento.

• Carta de compromiso del representante del establecimiento como ga-

rantía al mejoramiento y cumplimiento de los requisitos sanitarios.

• Consignación original del pago de la tarifa por concepto de Visita de

Autorización Sanitaria:

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24

00286999868-8$538.417

4052

Para una planta de beneficio, desposte o desprese que entró en funciona-

miento después del 4 de mayo de 2007

1. Solicitud o constancia de inscripción de la planta ante el INVIMA.

2. Presentar ante el INVIMA el formato de Evaluación del Nivel Sanitario de

Cumplimiento como evidencia del cumplimiento a los requisitos sanitarios

establecidos en el Decreto 1500 de 2007 y las resoluciones 2905 de

2007, 4282 de 2007 y 4287 de 2007.

3. Solicitar la visita para la obtención de la autorización, anexando:

• Consignación original del pago de la tarifa por concepto de Visita de

Autorización Sanitaria.

• Inscripción o solicitud de inscripción.

• Diagrama de flujo de los procesos que realiza el establecimiento.

• Plano de la planta, indicando claramente las áreas, flujos de producto y

personal, distribución de redes hidráulicas (agua potable, aguas negras,

grises y residuales).

• Organigrama de la empresa.

Las plantas de beneficio, desposte, desprese que se creen con pos-

terioridad al 4 de mayo de 2007, deberán cumplir para su inscripción

con todos los requisitos del Decreto 1500 de 2007, y sus disposicio-

nes reglamentarias según la especie. Estos requisitos incluyen:

Page 25: ABC cárnicos

ABCABC

25

• Estándares de Ejecución Sanitaria

• Procedimientos Operativos Estándar de Saneamiento

• HACCP (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control, por sus siglas en inglés)

• Requisitos de Inspección ante y post mórtem

• Requisitos de la cadena de frío para el producto

• Programa de control de microorganismos patógenos

• Plan nacional de residuos y contaminantes químicos

El INVIMA podrá autorizar el funcionamiento de plantas de beneficio de régimen especial de animales para consumo humano para una o más espe-cies, en aquellos municipios que cumplan los siguientes requisitos:

1. Deficiencia en las vías de acceso que impida que se cumpla con los re-quisitos establecidos para el transporte de la carne y productos cárnicos comestibles desde una planta autorizada.

2. Que el volumen del beneficio sea sólo para consumo local.

3. Que el volumen de sacrificio no exceda el volumen de de diez (10) ani-males por especie por día.

sancionatorios.

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26

El INVIMA tendrá un plazo de seis (6) meses contados a partir de la radicación

del plan gradual de cumplimiento por parte del interesado, para adelantar la

visita correspondiente.

Resultado de la visita de verificación de las condiciones sanitarias y del plan

gradual de cumplimiento, el INVIMA podrá otorgar la autorización sanitariaal establecimiento para permitirle funcionar durante el periodo de transición,

mientras cumple la totalidad del plan gradual de cumplimiento.

Posteriormente el INVIMA, conforme al estado sanitario verificado en la visita,

establecerá si los productos pueden destinarse al consumo internacional, na-

cional o local.

Si el plan gradual de cumplimiento no fuere aprobado por el INVIMA, las

plantas tendrán un plazo de dos (2) meses contados a partir de la notificación

del respectivo acto administrativo para presentar las correcciones respectivas y

lograr su aprobación. Vencido este plazo, si el plan no es presentado corregido,

no podrán desarrollar actividad alguna, siendo objeto de medidas sanitarias de

seguridad y de los respectivos procesos sancionatorios.

A partir de la autorización sanitaria y el registro expedido por el INVIMA, las

plantas de beneficio ingresan al Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y

Control, y por lo tanto reciben la asignación de la inspección oficial, la cual

será permanente y verificará el cumplimiento de las disposiciones reglamen-

tarias, de manera que se garantice la aprobación de la carne y los productos

cárnicos comestibles como aptos para el consumo humano.

El Registro es el acto administrativo emitido por el INVIMA en reconocimiento

a las condiciones sanitarias verificadas a través de la autorización sanitaria, que

permite el ingreso de la planta a las listas oficiales, una vez se ha cumplido la

normatividad sanitaria.

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control?De acuerdo con el tipo de establecimiento, la inspección vigilancia y control se

realizará de la siguiente forma:

• En plantas de beneficio, posterior a la autorización sanitaria, el sistema de

inspección será permanente y estará bajo la responsabilidad del INVIMA.

• En plantas de desposte, desprese y de derivados cárnicos, se deberán

efectuar mínimo cuatro (4) visitas anuales, en las cuales se evaluará de

forma integral el funcionamiento de la planta basado en el desempeño

de la misma y estará bajo la responsabilidad del INVIMA.

• En los establecimientos dedicados al almacenamiento o expendio de

carne, productos cárnicos comestibles y derivados cárnicos se deberán

efectuar mínimo, cuatro (4) visitas anuales, en las cuales se evaluará de

forma integral las condiciones sanitarias y buenas prácticas de manufac-

tura y estará bajo la responsabilidad de la Entidad Territorial de Salud.

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Los productos destinados a la exportación deben provenir de un estableci-

miento autorizado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y

Alimentos, INVIMA, para tal fin.

Para realizar exportaciones, todo cargamento deberá estar acompañado de la

documentación sanitaria que expida la autoridad competente en la planta.

Adicionalmente, cuando el país de destino lo requiera, el INVIMA verificará en

puertos, aeropuertos y pasos fronterizos:

1. Destino del embarque.

2. Certificación expedida por el INVIMA.

3. Condiciones del producto y del transporte.

4. Condiciones del embarque.

5. Inspección física del cargamento.

Después de constatar la información y verificado el cumplimiento sanitario de

los productos a exportar, se expedirá el certificado de inspección sanitaria para

exportación. A los productos que no cumplan los requisitos para exportación,

no se les permitirá su salida.

En todos los casos, los productos deberán adicionalmente cumplir con los

requisitos zoosanitarios para exportación establecidos por el Instituto Colom-

biano Agropecuario, ICA y los demás requisitos sanitarios exigidos por el país

importador, los cuales serán verificados por el INVIMA.