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Carta de Derechos del Afiliado

CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO

1. PLAN DE BENEFICIOS POS-S

Contenidos del Plan Obligatorio de Salud para el Régimen Subsidiado

El Plan Obligatorio de Salud Subsidiado comprende los servicios, procedimientos y suministros que el Sistema General de Seguridad Social en Salud garantiza a las personas aseguradas con el

propósito de mantener y recuperar su salud. (Acuerdo 29 de 2011) del CRES.

PRIMER NIVEL CUBRE:Protección específica:a. Vacunación según el Esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI).b. Atención Preventiva en Salud Bucal.c. Atención del Parto.d. Atención al Recién Nacido.e. Atención en Planificación familiar a mujeres y hombres.

Detección temprana:a. Detección temprana de las alteraciones del Crecimiento y Desarrollo (menores de 10 años).b. Detección temprana de las alteraciones del desarrollo del joven (10-29 años).c. Detección temprana de las alteraciones del embarazo.d. Detección temprana de las alteraciones del Adulto (mayor de 45 años) Acorde a las Guías de Hipertensión

Arterial y Diabetes Mellitus Tipo 1 y Tipo 2.e. Detección temprana de cáncer de mama (incluye la mamografía y la biopsia según lo establecido en la Reso-

lución 412 de 2000).f. Detección temprana de las alteraciones de la agudeza visual.g. Detección temprana del cáncer de cuello uterino: La cobertura de servicios incluye la colposcopia con biopsia y

estudio anatomopatológico con coloraciones de rutina, técnicas de inspección visual con acido acético y lugol.

Enfermedades de interés en salud pública:a. Bajo peso al nacer.b. Alteraciones asociadas a la nutrición (Desnutrición proteico calórica y obesidad).c. Infección respiratoria aguda (menores de cinco años) Alta: Otitis media, Faringitis estreptocócica, laringotraquei-

tis. Baja: Bronconeumonía, bronquiolitis, neumonía.d. Enfermedad Diarréica Aguda /Cólera.e. Tuberculosis Pulmonar y Extrapulmonar.f. Meningitis Meningocóccica.g. Asma bronquial.h. Síndrome convulsivo.i. Fiebre reumática.j. Vicios Retracción de Estrabismo, Cataratas.k. Enfermedades de Transmisión Sexual (Infección gonocóccica. Sífilis, VIF).l. Hipertensión arterial.m. Hipertensión arterial y Hemorragias asociadas al embarazo.n. Menor y Mujer Maltratados.o. Diabetes Juvenil y del Adulto.p. Lesiones preneoplásicas de cuello uterino.q. Lepra.r. Malaria.s. Dengue.t. Leishmaniasis cutánea y visceral.u. Fiebre Amarilla.Acciones de recuperación de la salud: Consulta con medicina general y odontología general.

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SEGUNDO Y TERCER NIVEL CUBRE:Los pacientes menores de 18 años y mayores de 60 años tendrán las coberturas del plan de beneficios del Régimen Contributivo.• ACCESO A SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE SALUD. Para acceder a los servicios especializados de salud,

es indispensable la remisión por medicina general u odontología general conforme al Sistema de Referencia y Contrarreferencia definido por la Entidad Promotora de Salud y por las normas de calidad vigente.

• ATENCIÓN EN SALUD MENTAL. El Plan Obligatorio de Salud cubre la atención ambulatoria con psicoterapia individual o grupal, independientemente de la fase en que se encuentra la enfermedad, así: Hasta treinta (30) sesiones de psicoterapia individual en total por psiquiatra y por psicología durante el año calendario. Hasta treinta (30) terapias grupales, familiares y de pareja en total por psiquiatría y por psicología durante el año calendario.

• ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y/O PSIQUIÁTRICA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA. El Plan Obligatorio de Salud cubre la atención psicológica y psiquiátrica ambulatoria y con internación para las mujeres víctimas de violencia física, sexual o psicológica, cuando ello sea pertinente a criterio del médico tratante, de acuerdo con los límites establecidos en los artículos 17 y 24.

• ATENCIÓN DE URGENCIAS EN SALUD MENTAL. El Plan Obligatorio de Salud incluye la atención de urgencias del paciente con trastorno mental, en el servicio de urgencias y en observación. Esta atención cubre las primeras 24 horas, en el evento que ponga en peligro su vida o integridad o la de sus familiares y la comunidad.

• INTERNACIÓN PARA MANEJO DE ENFERMEDAD EN SALUD MENTAL. En caso de que el trastorno o la enfer-medad mental ponga en peligro la vida o integridad del paciente o la de sus familiares y la comunidad, o por prescripción específica del médico tratante, el Plan Obligatorio de Salud cubre la internación de pacientes con problemas y trastornos en salud mental hasta por 90 días, acorde con la prescripción del médico tratante y las necesidades del paciente. Sin perjuicio del criterio del médico tratante, el paciente con problemas y trastornos en salud mental, se manejará de preferencia en el programa de “internación parcial”, según la normatividad vigente. Los noventa (90) días podrán sumarse en una o más hospitalizaciones por año calendario.

• ATENCIÓN DOMICILIARIA. La atención en la modalidad domiciliaria estará cubierta en los casos que se consi-deren pertinentes por el profesional tratante, bajo las normas de calidad establecidas en la normatividad vigente.

• ATENCIÓN INTEGRAL DEL PROCESO DE GESTACIÓN, PARTO Y PUERPERIO. • OFTALMOLOGÍA Y OPTOMETRÍA. Se cubre la consulta de oftalmología y optometría para el grupo poblacional,

así como los lentes externos para el grupo de afiliados entre 18 y 20 años, cada vez que por razones médicas o por optometría sea necesario su cambio. El suministro de la montura será hasta un valor equivalente al 10% de un salario mínimo mensual legal vigente.

• ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA. Se cubre la atención de los casos de ortopedia y traumatología en cualquier grupo de edad, ambulatoria, con hospitalización, quirúrgica, no quirúrgica, diagnóstica y terapéutica con las tecnologías de salud descritas en el presente Acuerdo que sean pertinentes, con excepción de los siguientes casos:

- La cirugía de mano. - La resonancia magnética para las atenciones ambulatorias.• PACIENTES CON DIABETES TIPO 2 mayores de 45 años, les cubre: - Ablación de lesion coriorretinal, por fotocoagulacion (laser) sod. - Ecocardiograma modo m y bidimensional. - Doppler de vasos arteriales de miembros inferiores. - Consulta de primera vez por nutrición y dietética. - Consulta de primera vez por psicología. - Consulta de primera vez por medicina especializada. - Consulta de control o de seguimiento por medicina especializada. - Consulta de control o de seguimiento por nutrición y dietetica. - Consulta de control o de seguimiento por psicología. - Electrocardiograma de ritmo o de superficie sod. - Hemoglobina glicosilada por anticuerpos monoclonales. - Hemoglobina glicosilada por cromatografía de columna. - Angiorretinofluoresceinografia sod.• PACIENTES CON HIPERTENSIÓN ARTERIAL mayores de 45 años, les cubre: - Ablación de lesión coriorretinal, por fotocoagulación (laser) sod. - Ecocardiograma modo m y bidimensional. - Consulta de primera vez por medicina especializada. - Consulta de control o de seguimiento por medicina especializada. - Electrocardiograma de ritmo o de superficie sod. - Potasio. - Angiorretinofluoresceinografia sod.

PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS: - Cirugía de cataratas en cualquier grupo de edad. - Cirugía de hernias inguinales, crurales y femorales en cualquier grupo de edad.

POR LAPAROSCOPIA: - Cirugía para la extracción de la vesícula (colecistectomía).

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- Cirugía para la extracción del apéndice. - Cirugías en útero, trompas y ovarios descritas en el anexo 3 listado 1, del acuerdo 29 de 2011.

ALTO COSTO- Casos de pacientes con diagnóstico de enfermedades cardiacas, de aorta torácica y abdominal, vena cava, vasos

pulmonares y renales, de cualquier etiología, que requieran atención quirúrgica, incluye las tecnologías en salud de cardiología y hemodinamia.

- Casos de pacientes que requieran atención quirúrgica para afecciones del sistema nervioso central de cualquier etiología y en cualquier grupo de edad, incluyendo las afecciones vasculares y neurológicas, intracraneales y las operaciones plásticas en cráneo necesarias para estos casos.

- Casos de pacientes en cualquier edad con diagnóstico de insuficiencia renal aguda o crónica, con tecnologías en salud para su atención y/o las complicaciones inherentes a la misma en el ámbito ambulatorio y hospitalario.

- Casos de pacientes clasificados como Gran Quemado.- Casos de pacientes infectados por VIH.- Casos de pacientes con cáncer.- Atención de pacientes que requieran reemplazo articular parcial o total de cadera o rodilla.- Internación en la Unidad de Cuidados Intensivos.

ATENCION DE URGENCIAS PARA TODOS LOS GRUPOS DE EDADAtención de los servicios de urgencias en cualquier parte del territorio nacional, en caso necesario sin necesidad de autorización previa de la EPSS.

MATERIALES Y SUMINISTROS. El Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado cubre todo insumo o material médico-quirúrgico, siempre y cuando sea necesario para la adecuada calidad en la ejecución de las actividades, procedimientos e intervenciones en salud de los casos o eventos señalados en el Acuerdo 29 de 2011.

TRANSPORTE DE PACIENTESEl POS-S cubre el traslado interinstitucional dentro del territorio nacional y el transporte ambulatorio en servicio diferente a la ambulancia para acceder a un servicio incluido en el POS, no disponible en el municipio de residencia del afiliado, solo en zonas geográficas reconocidas por dispersión.

MEDICAMENTOSLas EPS-S. AMBUQ. ESS deben garantizar los medicamentos descritos en el anexo 1 del Acuerdo 29 de 2011, siempre y cuando se trate de las patologías, casos y eventos que hacen parte del POS_S.

PROTESIS DENTALESEl plan cubre las prótesis dentales mucosoportadas totales.

COBERTURAS ESPECIALES PARA LOS MENORES DE 18 AÑOS• ACCESO A SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE SALUD. Los menores de dieciocho (18) años de edad tendrán ac-

ceso a servicios de pediatría de forma directa, sin previa remisión del médico general, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de residencia.

• IMPLANTE COCLEAR. El Plan Obligatorio de Salud cubre la implantación o sustitución de prótesis coclear y ga-rantiza la rehabilitación postimplante para los menores hasta con dos (2) años de edad con sordera prelocutoria y postlocutoria profunda bilateral.

• COMPLEMENTOS NUTRICIONALES. El Plan Obligatorio de Salud para los menores de edad cubre: 1. Fórmula láctea para niños lactantes menores de seis (6) meses, hijos de mujeres VIH positivas, según el criterio

del médico o nutricionista tratante.2. Complemento vitamínico y mineral (hierro y zinc) en polvo según guía OMS para menores de seis (6) a veinti-

cuatro (24) meses, según el criterio del médico o nutricionista tratante.• CARIOTIPO. El Plan Obligatorio de Salud cubre el cariotipo con fragilidad cromosómica para los menores de

18 años.• PREVENCIÓN DE CARIES INFANTIL. El Plan Obligatorio de Salud cubre la tipificación con flúor en barniz para los

menores entre uno (1) y diecisiete (17) años. • ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y/O PSIQUIÁTRICA DE MENORES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. El Plan

Obligatorio de Salud para los menores de dieciocho (18) años cubre la atención psicológica y psiquiátrica am-bulatoria y con internación para todo menor de edad víctima de violencia intrafamiliar debidamente certificada esa condición por la autoridad competente, de acuerdo con los límites establecidos en los artículos 17 y 24 del Acuerdo 29 de 2011.

• CASOS DE ABUSO SEXUAL. El Plan Obligatorio de Salud para los menores de dieciocho (18) años cubre la atención psicológica y psiquiátrica ambulatoria y con internación para todo menor de edad con diagnóstico confirmado o presuntivo de abuso sexual, de acuerdo con los límites establecidos en los artículos 17 y 24 del Acuerdo 29 de 2011.

• TRASTORNOS ALIMENTARIOS COMO ANOREXIA O BULIMIA. Sin perjuicio de las evaluaciones y atenciones pertinentes realizadas por profesionales de la salud, todo paciente menor de dieciocho (18) años cuyo diagnósti-co corresponda a un trastorno alimentario como anorexia o bulimia, tendrá derecho a recibir atención psicológica

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y psiquiátrica ambulatoria y con internación, de acuerdo con los límites establecidos en los artículos 17 y 24 del Acuerdo 29 de 2011.

• CASOS DE USO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN MENORES DE 18 AÑOS. Sin perjuicio de las evaluaciones y atenciones realizadas por profesionales de la salud, todo menor de dieciocho (18) años de edad que use sus-tancias psicoactivas tendrá derecho a recibir atención psicológica y psiquiátrica ambulatoria y con internación, de acuerdo con los límites establecidos en los artículos 17 y 24 del Acuerdo 29 de 2011.

• ATENCIÓN PSICOLÓGICA Y/O PSIQUIÁTRICA DE MENORES CON DISCAPACIDAD. El Plan Obligatorio de Salud para los menores de dieciocho (18) años de edad cubre la atención psicológica y psiquiátrica ambulatoria y con internación para todo menor de edad con discapacidad debidamente certificada esa condición por la autoridad competente, de acuerdo con los límites establecidos en los artículos 17 y 24 del Acuerdo 29 de 2011.

3. EXCLUSIONES Y LIMITACIONES DEL PLAN DE BENEFICIOS

ARTÍCULO 49. EXCLUSIONES EN EL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD. Se encuentran excluidas del Plan Obli-gatorio de Salud las siguientes tecnologías en salud:

1. Cirugía estética con fines de embellecimiento y procedimientos de cirugía plástica cosmética.2. Tratamientos nutricionales con fines estéticos.3. Diagnóstico y tratamientos para la infertilidad.4. Tratamientos o curas de reposo o del sueño.5. Medias elásticas de soporte, corsés o fajas, sillas de ruedas, plantillas y zapatos ortopédicos, vendajes

acrílicos, lentes de contacto, lentes para anteojos con materiales diferentes a vidrio o plástico, filtros o colores y películas especiales y aquellos otros dispositivos, implantes, o prótesis, necesarios para procedi-mientos no incluidos expresamente en el presente Acuerdo.

6. Medicamentos y dispositivos médicos cuyas indicaciones y usos respectivamente no se encuentren auto-rizados por la autoridad competente.

7. Tratamientos con medicamentos o sustancias experimentales para cualquier tipo de enfermedad.8. Trasplante de órganos e injertos biológicos diferentes a los descritos en el presente Acuerdo.9. Tratamiento con psicoanálisis.10. Tratamientos de periodoncia, ortodoncia, implantología, dispositivos protésicos en cavidad oral y blan-

queamiento dental en la atención odontológica, diferentes a los descritos en el presente Acuerdo.11. Tratamiento con fines estéticos de afecciones vasculares o cutáneas.12. Actividades, procedimientos e intervenciones para las enfermedades crónicas, degenerativas, carcinoma-

tosis, traumáticas o de cualquier índole en su fase terminal, o cuando para ellas no existan posibilidades de recuperación.

13. Tecnologías en salud de carácter educativo, instruccional o de capacitación, que se lleven a cabo durante el proceso de rehabilitación, distintas a los necesarias de acuerdo a la evidencia clínica debidamente demostrada para el manejo médico de las enfermedades y sus secuelas.

14. Pañales para niños y adultos.15. Toallas higiénicas.16. Artículos cosméticos.17. Suplementos o complementos vitamínicos, nutricionales o nutracéuticos, salvoexcepciones expresas en

la norma.18. Líquidos para lentes de contacto.19. Tratamientos capilares.20. Champús de cualquier tipo.21. Jabones.22. Cremas hidratantes.23. Cremas antisolares o para las manchas en la piel.24. Medicamentos o drogas para la memoria.25. Medicamentos para la disfunción eréctil.26. Medicamentos anorexígenos.27. Edulcorantes o sustitutos de la sal.28. Enjuagues bucales y cremas dentales.29. Cepillo y seda dental.30. La internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo hogar geriátri-

co, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida, entre otros.31. El tratamiento de las complicaciones que surjan de las actividades, procedimientos e intervenciones y

medicamentos no cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud.32. Insumos o dispositivos que no sean necesarios para las tecnologías en salud descritas en el presente

Acuerdo.33. La atención en los servicios de internación en las unidades de cuidados intensivos, intermedios o que-

mados de pacientes en estado terminal de cualquier etiología, según criterio del profesional de la salud tratante.

34. La atención en los servicios de internación en las unidades de cuidados intensivos, intermedios o que-mados de pacientes con diagnóstico de muerte cerebral, salvo proceso en curso de donación de sus órganos, que estará a cargo de la Entidad Promotora de Salud del receptor.

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3.1 Limitaciones del Plan de Beneficios

El POS-S no cubre la atención en UCI de los siguientes casos:• Pacientes en estado terminal de cualquier etiología.• Pacientes pólitraumatizados mientras no se haya definido la conducta quirúrgica o neuroquirurgica.• Pacientes con diagnostico de muerte cerebral o descerebrados.No incluye la internación en instituciones educativas ni en entidades de asistencia social tipo ancianato, hospicio, orfanato, hogar sustituto, guardería o granja.

4. DERECHOS DE LOS PACIENTES

1. A ser remitido por el médico general a instituciones de mayor complejidad siempre que se amerite.2. A ser remitidos con la historia clínica completa.3. A recibir atención inicial de urgencias en cualquier parte del Territorio Nacional. Sin tener en cuenta

la capacidad de pago.4. A obtener de los funcionarios competentes información sobre Promoción, conservación de la salud

personal y de los miembros del hogar.5. A recibir los beneficios del POS-S de la EPS-S AMBUQ. ESS a través de las Instituciones Presta-

doras de Salud. 6. A participar en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.7. A la prescripción de medicamentos esenciales por parte de personal idóneo, recibiendo instruccio-

nes sobre uso, efectos secundarios, riesgos.8. A recibir en forma gratuita los servicios de promoción y fomento de la salud.9. A la atención en salud de las enfermedades de alto costo.10. A la atención de especialistas previa remisión del médico general.11. A evaluación médico científica por personal diferente al médico tratante, cuando se trate de pro-

cedimientos o intervenciones.12. A recibir información sobre el cambio de I.P.S. o de profesionales médicos.13. A recibir los servicios de traslados en ambulancias en caso de urgencias confirmadas o cuando,

por hospitalización, el paciente requiera de un servicio de diagnóstico y su condición de salud no le permita movilizarse por otros.

14. A disfrutar de una comunicación clara sobre la enfermedad que padece, los procedimientos que le van a practicar y sus riesgos.

15. A rechazar tales procedimientos.

5. DEBERES DE LOS AFILIADOS

1. Cuidar su salud y la de su familia practicando las enseñanzas recibidas de nuestro equipo de pro-motores de la salud y de la IPS.

2. Hacer sugerencias para el mejoramiento de los servicios de manera cordial.3. Llevar el carnet y el documento de identidad en el momento que solicite el servicio.4. Cumplir con los horarios de atención de las instituciones que prestan los servicios.5. Participar en las asociaciones de usuarios y veedurías comunitarias.6. Usar correctamente los servicios.7. Mantener sus datos actualizados en las oficinas de atención al usuario (No. Doc. Identidad, Nombres

y apellidos completos, dirección y tels.).

6. PERIODOS DE CARENCIA

El Régimen Subsidiado no contempla pre-existencias para sus afiliados, ni periodos mínimos de afili-ación para la atención .

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8. MECANISMO DE ACCESO A SERVICIOS

La EPS-S.AMBUQ.ESS, ha definido los mecanismos para acceder a los servicios básicos elec-tivos y de urgencias a través de la Red de Prestadores de Servicios de Salud en los diferentes niveles de complejidad.

Requisitos para acceso a las atenciones de mediana y alta complejidad (con excepción de las atenciones de urgencias).

SIEMPRE cancela COPAGO

Es usted Afiliado con SISBEN II ó III.Si es así usted sólo cancelará COPAGO para los siguientes servicios del POS-S

Cirugía de cataratas en todas las edades.

Cirugías de estrabismo.

Cirugía de apéndice, vesícula.

Cirugía de hernias inguinal, crural y umbilica.

Monturas se subsidia el 10% de su valor en salario mínimo legal vigente a menores de 20 años y mayores de 60 añosTerapia física y respiratoria de rehabilitación en cualquier edad y por cualquier causa.

Hospitalización en la baja complejidadProcedimientos quirúrgicos y odontológicos en la baja complejidad.

Diagnóstico, tratamiento (medicamentos e insumos) de hospitaliza-ción y rehabilitación de las: - Cirugías de Traumatología y ortopedia. - Cirugía de Histerectomía, excepto cuando la causa es por cáncer, en tal caso no tendría que pagar COPAGO

7. COPAGOSNO cancelan COPAGOS Los Afiliados

Nivel 1 del SISBEN Infantil abandonada Rural migratoria Indigente Desplazamiento forzado Tercera edad en ancianato Indígena Desmovilizado

Servicios que ningún Afiliado paga CopagoControl del embarazo, la atención del parto, las complicaciones y del niño durante el primer año de vida.Actividades de promoción y prevención.Enfermedades de alto costo

Cirugías de enfermedades de corazón y aorta, cráneo, cerebro, médula espinal, reemplazo total o parcial de Cadera y rodilla

Enfermedades transmisibles o contagiosas como tuberculosis, sífilis, dengueCuidados Intensivos

Traslado de pacientes de un hospi-tal a otro por indicación médicaAtención inicial de urgencia

Servicios que no requieren hospita-lización como:- Consulta de médica general, enfermería, auxiliares de enfermería- Consulta médica especialista y de medicina alternativa aceptada- Formula de medicamentos- Exámenes de diagnostico de laboratorio clínico.- Exámenes de diagnostico ambu-latorio por Imagenología (rayos X).

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Comunicación y ayuda logística Nacional y Regional La red de comunicaciones como componente de la red de servicios, corresponde al conjunto de recursos tecnológicos y humanos que facilitan las comunicaciones entre las IPS, EPS-S y los usuarios, con el fin mejorar la cobertura, el acceso y la opor-tunidad en los servicios de consulta externa, urgencias y hospitalización. Las oficinas Regionales, Sucursales y la línea 018000914625 de la EPS-S cuentan con sistemas de tecnológicos y de comunicación, para la respectiva gestión del Sistema de Refer-encia y Contrarreferencia a través de la página web institucional www.epssambuq.org, los prestadores, usuarios y funcionarios de la EPS-S AMBUQ ESS pueden consultar la red de prestadores de servicios de salud y los servicios contratados en cada nivel de complejidad.

No. Teléfono / e-mail

[email protected] - 9164 - 9165 - 91663684509 - 3603953 - 3603833

6876460 - 68786275708222 - 57088546720981 - 6710670

78264667287201 - 72820534210107 - 4214902

2122202 - 2121966 - 2127988

Informacion al usuario, reclamos, sugerencias, quejas y felicitaciones.

7/24 *7/24 *7/24 *

Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **

Referencia/Contrareferencia y noficaciones de

urgencia 7/24 *7/24 *7/24 *

Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **

Referencia y contrareferenica

electiva

NONONO

Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **Oficina **

Medio

Linea Cobertura Nal.e-mail autorizado

Lineas Cob. AtlanticoLineas Cob. AtlanticoLineas Cob. BolivarLineas Cob. CesarLineas Cob. Choco

Lineas Cob. CordobaLineas Cob. GuajiraLineas Cob. Magd.Lineas Cob. Valle

del Cauca

HORARIOS DE ATENCIÓN DE LA EPS-S AMBUQ ESS DE ACUERDO A LA SOLICITUD

* 7 días a la semana las 24 horas** Lunes a viernes 8:00 am a 12:00 m - 2:00 a 6:00 pm

SERVICIO / HORARIO DE ATENCIÓN

A continuación se relacionan los datos para la comunicación y operativización del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de la EPS-S AMBUQ ESS:

IPS que nopertenecea la RED

SIAUEPS-SAMBUQ

Acceso a medianay alta complejidad

Requisitos para acceder a los servicios de salud - Para tener acceso a los servicios el usuario debe presentar el documento de identidad (afiliados con

antigüedad a la EPSSAMBUQESS mayor de 2 meses).- Para tener acceso a los servicios el usuario debe presentar documento de identidad y formulario de

afiliación y traslado con antigüedad de afiliación a la EPSSAMBUQESS menor de 2 meses).

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10 DEPARTAMENTO MUNICIPIO DIR. DE OFICINA TELEFONOATLANTICO BARANOA Kra17 No 16-60 3145964435ATLANTICO GALAPA CLL 12 No 16-13 3145964427ATLANTICO LURUACO CLL 17 No 22-71 3145964434ATLANTICO MALAMBO CLL 10 No 17-04 3145964433 -3761128

Requisitos para solicitar autorizaciones de servicios de salud a la EPSSAMBUQESSPara solicitar autorización de servicios el usuario debe presentar:- Documento de identidad (afiliados con antigüedad a la EPSSAMBUQESS mayor de 2 meses) y orden

del medico tratante.- Ficha de afiliación (afiliados con antigüedad de afiliación a la EPSSAMBUQESS menor de 2 meses)

y orden del médico tratante y documento de identidad.

Servicios que no requieren autorización previa de la EPSSAMBUQESS:- Los servicios ambulatorios y hospitalarios de baja complejidad.- La atención inicial de urgencias.

Atención inicial de urgencias y remisión de pacientes urgentes para eventos POS-S. La atención inicial de urgencias es responsabilidad de los prestadores y no requiere de autorización previa o existencia de contrato con La EPS-S.AMBUQ.ESS. Sin embargo, es deber de los prestadores informar a La EPS-S.AMBUQ.ESS sobre el ingreso del afiliado dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes al ingreso.

Servicios que requieren autorización previa de la EPSSAMBUQESS:- Suministros de medicamentos ordenados por médicos especialistas.- Servicios y procedimientos hospitalarios, quirúrgicos y no quirúrgicos de mediana y alta comple-

jidad.- Servicios y procedimientos ambulatorios quirúrgicos y no quirúrgicos de mediana y alta complejidad.

Autorización de medicamentos y servicios NO POS:

El afiliado deberá solicitar a su médico tratante el formato de justificación de servicios NO POS, el cual deberá presentarse a la EPSSAMBUQESS, para continuar con el proceso de autorización de servicios por comité técnico científico.

9. TRASLADO DE PACIENTES

Para llevar a cabo la remisión de pacientes entre IPS se realizara a través de ambulancias terrestres o aéreas el envió oportuno del paciente, para eso la EPS_S.AMBUQ.ESS, cuenta con una red de ambulancias disponibles para dicho trasporte, las cuales deberán ser solicitadas.

10. CONDICIONES PARA LA VERIFICACION DE DERECHOS

Los mecanismos para la verificación de derechos de afiliados se realizan con la presentación del documento de identidad y/o carné de afiliación en:

• Las Oficinas de atención al usuario de la EPS-S.• IPS de la red prestadora contratada.• Solicitud telefónica a través de la Línea gratuita de atención al usuario: 3606794 en Barranquilla y

018000914625 en el resto del país, durante las 24 horas del día.• O a través de la verificación directa en la Pagina Web: www.epssambuq.org

11. RED PUNTOS DE ATENCIÓN AL USUARIO AMBUQ

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Carta de Derechos del Afiliado

ATLANTICO MANATI CLL 8 No 5-08 3145964423ATLANTICO POLONUEVO CLL 4No 10-12 3145964432ATLANTICO PUERTO COLOMBIA CLL 4 No 7-08 3145964437ATLANTICO REPELON CLL 7 No 7-18 3145964431ATLANTICO SABANAGRANDE Kra 10 No 8-10 Barrio Santa Rita 3145964430ATLANTICO SABANALARGA Kra 19B No 21A-49 3145964426ATLANTICO SANTO TOMAS Kra13 CLL 11 3145964429ATLANTICO SOLEDAD Kra 16 No 19-100 3145964425-3810009ATLANTICO PONEDERA Kra 14 No 18-91 3145968566ATLANTICO TUBARA CLL12 No 1-74 3145964428BOLÍVAR ACHI CLL11 No 6-22 3145964379BOLÍVAR BARANCA DE LOBA CLL SANTANDER 3145964375BOLÍVAR CALAMAR Kra 2calle 20 al lado del Banco agrario 3145964362BOLÍVAR CICUCO Avenida 20 de julio 3145964372BOLÍVAR EL CARMEN DE Bolívar Cll 50 No 23-08 calle de la policía 3145964380BOLÍVAR MAGUANGUE Clle. La Esperanza No 12-12 Cámara de Comercio 2o. piso 3145964339-6878627 - 6876460BOLÍVAR MOMPOX Kra 2No 20-45 3145964368BOLÍVAR MONTECRISTO Barrio central 3145964378BOLÍVAR MORALES Kra 2 Cll el centro al lado de la policía 3145964376BOLÍVAR SAN ESTALISNAO Calle el comercio 3145964365BOLÍVAR SAN FERNANDO Calle principal frente a la alcaldía 3145964377BOLÍVAR SAN JACINTO DEL CAUCA Calle principal cerca a la alcaldía 3145964371BOLÍVAR SANTA ROSA Barrio cereza 3145964364BOLÍVAR SOPLAVIENTO Cll 2 No 6-16 3145964361BOLÍVAR SANTA CATALINA Calle el comercio 3145964381BOLÍVAR TURBANA Calle el mercado 3145964363BOLÍVAR VILLANUEVA Plaza principal 3145964369BOLÍVAR MARGARITA Clle. principal frente al Puesto de Salud San Francisco 3205423690BOLÍVAR TALAIGUA NUEVO Kra 52 No 14-83 3205423688BOLÍVAR SIMITI Calle del Hospital 3205423687CESAR AGUSTIN CODAZZI Cll 14 No 12-98 3145964345CESAR ASTREA Calle 7 No 51-14 3145964347CESAR BECERRIL Calle 9 No 6-21 3145964346CESAR BOSCONIA Kra 16 No 20-89 3145964348CESAR CHIMICHAGUA Kra 8 No 7- 46 3145964349CESAR EL COPEY Cll 10 No 21-01 3145964350CESAR EL PASO Cll 3 A No6-04 3145964351CESAR GAMARRA Kra 10 No 11-13 Frente al hospital 3145964352CESAR LA GLORIA Cll 2 No 7-56 3145964353CESAR MANAURE Cll 3 A No 6-43 diagonal a la alcaldía 3145964354CESAR PILITAS Kra 7 No 5-06 3145964355CESAR PELAYA Kra 11 No 9-17 3145964356CESAR SAN DIEGO Diag 3 No 3-13 3145964358CESAR SAN MARTIN Kra 9 Frente al hospital 3145964357CESAR TAMALAMEQUE Cll 5 Frente al hospital 3145964359CESAR VALLEDUPAR Kra 19 No 11-13 3145964323 095-5838851CHOCO BAGADO Pueblo rico Risaralda 3152751155-6710070CHOCO BAJO BAUDO (PIZARRO) Calle principal 3145964388CHOCO BOJAYA (BELLAVISTA) Cll 1 Barrio los almendro 3145964384CHOCO CANTON DEL SAN PABLO Calle principal Barrio 20 de julio 3145964386CHOCO CERTEGUI Barrio Santander 3145964393CHOCO CONDOTO Barrio el salto 3145964389CHOCO ITSMINA Barrio offel 3145964387-6703829CHOCO LLORO Calle principal 3145964390CHOCO MEDIO ATRATO Calle principal 3145964395CHOCO NOVITA Barrios las aguas 3145964392CHOCO QUIBDO Kra 5 A No 37-19 3145964335-6710670 6708049CHOCO RIO IRO Calle principal 3145964394CHOCO RIO QUITO Barrio villa country 3145964353CHOCO SIPI Calle real 3145964382CHOCO TADO Barrio caldas No 14-75 3145964385-6795781

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Carta de Derechos del Afiliado

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CHOCO UNION PANAMERICANA Calle principal Las Animas 3145964391CORDOBA BUENA VISTA Calle 9A No 8-25 3205492451CORDOBA LOS CORDOBAS Kra 4 No 9-16 3205492453CORDOBA PUERTO ESCONDIDO Kra 20 No 4-39 Barrio 20 de Julio 3205492454CORDOBA CHIMA Calle 3a Santo Domingo 3145951499CORDOBA CHINU Calle Ppal al lado de Est. de Policía 3145951513LA GUAJIRA DIBULLA Calle 6 No 8-25 3145964360LA GUAJIRA RIOACHA Calle 13 No 12a-31 3145957175-7282053LA GUAJIRA SAN JUAN DEL CESAR Cll 7 No 2-54 3145964414LA GUAJIRA MAICAO Cll 15 Kra 20 esquina local 3 3145964413-7256263MAGDALENA ARIGUANI (EL DIFICIL) Carretera principal sector la gran vía 3145968565MAGDALENA EL BANCO Cll 7 No 10-07 Barrio el canal 3145964419-4295344MAGDALENA GUAMAL Cll 6 No 6-08 Barrio centro 3145964420-4182246MAGDALENA REMOLINO Cll 3 Kra 6 esquina 3145964421-4178050MAGDALENA ZONA BANANERA Cll 4 No 3-114 Centro 3145964415MAGDALENA SITIO NUEVO Cll 2 Kra 7 No 1-45 3145964422-4146102MAGDALENA PLATO Kra 14 No 6-09 3205492450SUCRE BUENA VISTA Plaza principal 3145964404SUCRE CAIMITO Plaza principal 3145964417SUCRE COROZAL Frente a la ESE Cartagena de indias 3145964412SUCRE COVEÑA Guayabal el cerrito 3145964410SUCRE GUARANDA Calle cuarta centro 3145964407SUCRE LOS PALMITOS Cll 7 No14-21 3145964374-2922115SUCRE OVEJAS Cll el esfuerzo No 22-39 3145964418SUCRE PALMITOS Calle central 3145964366SUCRE SAMPUES Calle 21 No 23-21 3145964416SUCRE SAN BENITO ABAD Calle central 3145964406SUCRE SAN JUAN DE BETULIA Transversal 9 No 9-02 Cll real 3145964400SUCRE SAN MARCOS Cll 18 No 25-36 Frente al palac. mpal. 3145964405SUCRE SAN ONOFRE Callejón del banco agrario 3145964367SUCRE SAN PEDRO Cll real 3145964403SUCRE SINCE Kra 10 Cll 11 3145964373SUCRE SINCELEJO Kra 20 No 14-98 Barrio Ford 3145964342 095-2820852SUCRE SUCRE Barrio Boston 3145964411SUCRE TOLU Cll 16 No 9-32 3145964408SUCRE TOLU VIEJO Cll Tolú 3145964409VALLE ALCALA Cll quinta 3145964398VALLE ANSERMANUEVO Cll 7 No 5-38 092-2051304VALLE CARTAGO Kra 1 a No 16-79 3145964396-2121966 2127988VALLE EL CAIRO Kra 9 No 4-04 3145964397VALLE OBANDO Cll 3 No 3-29 3145964401-2053118VALLE BOLIVAR Cll 5 No 5 salida primavera 3145964399-2224281VALLE TORO Kra 4 No 10-64 3145964402-2210181VALLE MANIZALES Kra 23 No 54-29 096-8903897 - 8903995LA GUAJIRA URIBIA Clle. 12 No. 10B-58 AVE. EL INDIO 3145142995ATLANTICO BARRANQUILLA CLL 68 No. 49-17 3145953901-3603833- 3609553CORDOBA MONTERIA CLL 33 No. 13-02 3145953903-7810994MAGDALENA SANTA MARTA CRA 12 No. 24-51 3145964325-4210107NACIONAL BARRANQUILLA CRA 51 No. 79-34 OFIC. 402 3126600116-4210107

12. LIBRE ELECCION

La libre elección es el proceso mediante el cual el Estado facilita a los ciudadanos elegir la EPS-S e IPS de su preferencia. Es importante tener en cuenta para la elección de la EPS-S las siguientes consideraciones:

- Todas las EPS-S ofrecen el mismo Plan de Beneficios.- El trámite de afiliación no tiene ningún costo.- Nadie puede obligarlo a afiliarse a una EPS-S en especial.

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Carta de Derechos del Afiliado

En la EPS-S.AMBUQ.ESS, los usuarios podrán escoger la IPS de su preferencia dentro de la Red de Prestadores de Servicios de Salud, en la que pueden contar con el listado de IPS, ubicadas en los las Oficinas Regionales, Sucursales y Municipales donde Opera la EPS-S descritas en el Ítem numero 7.

Procedimiento para trasladarse de EPS-S:Si usted es afiliado y tiene la intención de trasladarse, debe cumplir las siguientes condi-

ciones:• Haber permanecido como mínimo durante un (1) año calendario en una EPS-S, a partir

de la última fecha de afiliación o traslado a la respectiva EPS, salvo en los casos previstos en los artículos 36 y 50 del Acuerdo 415 o en caso que se traslade al Régimen Contri-butivo.

• El cabeza de familia deberá acercarse con los documentos de identidad y carnes propias y de su núcleo familiar, y manifestar su intención de trasladarse directamente con la EPS-S que ha elegido.

• La EPS-S receptora deberá consultar en la BDUA (Base de Datos Única de Afiliados) y verificar el cumplimiento de las condiciones anteriores, la EPS-S receptora iniciará el proceso de afiliación de acuerdo a la Ley vigente. (Notificar al ente territorial y a la EPS de donde se traslada)

• Una vez cumplido el procedimiento anterior, el traslado de los afiliados se hará efectivo desde la fecha de traslado registrado en el formulario de Afiliación y Traslado.

13. PARTICIPACION SOCIAL

Nuestros afiliados podrán participar a nivel ciudadano, comunitario, social e institucional, para intervenir en las decisiones de salud, respondiendo a intereses individuales y co-lectivos para la gestión y dirección de sus procesos, bajo los principios universales de solidaridad, equidad, en la búsqueda del bienestar humano y desarrollo social.En EPS-S AMBUQ-ESS, los afiliados participan formado asociaciones o alianzas de usua-rios, con el fín de defender sus deberes y derechos y velar por la calidad de los servicios. Actualmente se encuentran conformadas y activas 120 asociaciones en las diferentes re-giones donde tenemos presencia, cada una con 5 integrantes.

14. SOLUCION DE CONFLICTOS

En la EPS-S AMBUQ- ESS, ante cualquier conflicto derivado de la prestación de servicios, el usuario tiene la posibilidad de resolverlo ante las siguientes instancias:Primera Instancia: EPS-S AMBUQ-ESS Segunda Instancia: Superintendencia Nacional de Salud, Ministerio de la Protección Social

15. INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL

A continuación se publicará información sobre las entidades que tienen facultades de Inspección, Vigilancia y Control sobre la EPS-S AMBUQ-ESS.

• Ministerio de la Protección SocialCarrera 13 # 32-76Bogotá D.CPBX: 3305000 Fax: (57/1) 3305050

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Carta de Derechos del Afiliado

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Desde Bogotá: (57-1) 330500 ext. 3380/81Línea de atención al usuario: [email protected]

• Superintendencia Nacional de SaludCarrera 7 # 32-16 Piso 15 Edificio San Martín -Torre Norte.Bogotá D.CTeléfono: 4817000Línea de atención al usuario: 018000-513700 www.supersalud.gov.coCorreo Electrónico: [email protected]

• Secretarias de Salud de cada Regional o Sucursal donde opera la EPS-S AM-BUQ-ESS

• Contraloría General de la República Carrera 10 No. 19-64 Piso 2°PBX: (57) 1 - 3537700 –Línea de atención al usuario: 018000- 910060 www.contraloriagen.gov.co/html/participacion-ciudadana

• Procuraduría General de la Naciónwww.procuraduria.gov.co/

• Defensoría del Pueblowww.defensoria.org.co

• Personerías Municipales

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