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    TRABAJO Y PROMOCIONDEL ElVIPLEO

    Reglamento de laLey N 29783. Ley deSeguridad y Salud en el TrabajoDECRETO SUPREMON 005-2012-TR

    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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    CONSI DERANDO"Que, los derechos a la vida y a la salud se encuentranconsagrados en la Consfltucien Polilica del Peru y endiversos instrumentns de derechos humanos ratificadospor el Peru;Que, a nivel regional, el Peru, como rnlernbro delaComunidad Andina de Naciones (CAN), cuenta con ellnstrurnento de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cualestablece la obligaoion de los Esla.dos miembros deimplementar una polhlca de prevencion de riesgos laborales

    y vigilar su cumpHmiento; el deber de los empleadores deidentificar, evatuar, prevenir y eornunlcar los riesgos en eltrabajo a sus trabajadores; y el derecho de los trabajadoresaestar informados de los riesgos de las actlvidades queprestan, entre otros:Que, una pontica nacional en seguridad y salud en eltrabajo debe crear las condidones que aseguren el controlde los riesgoslaborales, mediante el desarrollo de unacultura de la prevencien eflcaz: en la que los sectores y losactores socie tes responsab tes de crearesas condicionespuedan sfectuar una planificacicn, asi como un seguimientoy control de medidas de seguridad y salud en el trabajo;Que, en este contexto, se ha aprobado la Ley N 29783,Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo con el obieto deprornover una cullura de prevencion de riesqosIaborales atraves del deber de prevencion de los empleadores, el rolde flscallzaeion y control del Estado y la participation delos trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienesa traves del dialogo social, deben velar por la promoeion,difusion y cumpHmienio de la normativa sobre la materia:Que, resulta necesarlo dictar normas reglamenlariasque permitan suadecuada aplicaci6n. en arrnonla con lasnormas antes cescntas: y,De cenformidad con lo establecido por el numeral 8) dela.rtlculo 118 de la. c.onsliIUCi.on Pollt i0'l del. Peru; la Ley N29158, Ley Orqanica del Poder EJecutlvo yla Ley W 29831,Ley de Organizaci6n y Funciones del Minislerio de Trabajoy Prornocion del Empleo;

    SE DECRETA:Articulo 1 . . _ Apruebsse el Reglamenle de la Ley N29783, Ley de Seguridad y Salud en elTrabajo., que constade siete (7) mulos, quince (15) capltulos, ciento velntldos(123) arttculos, una (01) Disposici6n Complementaria Final,calorce (14) Oisposiciones Complemenlarias Transitorlas,un (1) Glosario y dos (2) Anexos.Articulo 2.._ EJ presente Decreto Supremo serarefrendado por el Ministro de Trabajo y Promoci6n delEmpleo.Dado en la Casa de Goblerno, en Lima, a los veinticuatrodias del mes de abril del an o dos mit doce.OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Conslitucionai de la RepublicaJOSE ANDRES VI LLENA PETROSINOMinislro de Trabaje y Prornocion del EmpleoREGLAMENTO DE LA LEY N 29873, lEY DESEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    TiTULO IDISPOSICIONES GENERALES

    Articulo 1 . _ EI presente Reglamento desarrolla laLey N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, ytiene como objetivo promover una cultura de prevencion deriesgos laborales en el pais, sobre la base de la observanciadel deber de prevsnocn de los empl.eadores, el rol defiscalizacion y control del Estado y la participaclon de lostrabajadores y sus organizaciones sindicales.Cuando la presente nO!111ahaga menci6n a la Ley, seenliende referida a la Ley N 29783, Ley de Seg.uridad ySalud en el Trabajo.Articulo. 2._ En aplicacion del prinopio de prevencion, seentienden incluidos denlro del amMo de aplicaci6n a que sereftere el articulo 2 dela Ley.,a toda persona bajo modalidadformative y a los lrabajadores aul6nomos. Tambien se .induyea todo aquel que, sin preslar servides, se encuentre denlro dellugar de trabajo, en 1 .0 que les resu~e aplicable.Art.iculo 3"._ Por convenio colectivo, contralo de trabajeo per decision unilateral del empleador se pueden eslablecer

    13niveles de oroteccion supertores ales contemplados en laLey. Asirnisrno, los empleadores poorsn aplicar estandareslnternecionales en seguridad y salud en el traba]o paraatender siluaciones no previslas en la legislaci6n nacional.Arti"culo 4.. En concordancia con 1 0 dispuesto enla Primera D is p os ic io n Curn ple rn en ta ria y Final; de 10 1Ley, en la medida en que Io previsro porlos respeclivosReglamenlos sectoriales no results incompatible con1 0 dispuesto por , 1 ' 8 Ley y el presenteReglamento, esasdisposiciones contmuaran vigentes. En lodo caso, cuandolos Reglamentos menci.onados establezcan obligaciones yderechos superiores a los contenidos enla Ley y el presenteReglamento, acuellas prevateceran sobre estes.

    TiTULO IIPOLiTICA NACIONAL DE SEGURIDAD YSALUD EN El TRABAJO

    Articulo 5._ EI reexamen periodico, total 0 parcial, dela Politica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aque hace referenda el articulo 4 de la Ley, es prioridaddel Estado, y debe realizarse por 1 0 menos una (1) vez. alano con la participaci6n consultive del Ccnsejo Nacional deSeguridad y Saluden el Trabajo.EI resultado del reexamen se considera en lasmcdif icaclones de la Poillica Nacional de Seguridad ySalud en el Traba]o,Articulo 6.- Con una periedicidad nomayor ados (2) ariesdebe realizarse un examen global 0un examen sectorial de lasituadon de la Seguridad y Salud en a T Trabajo. en funci6nde las priondades establscidas en la Politica Nacional deSeguridad y Salud en el Trabajo, el cual se somete a consulladel Consejo Nacional de Se9uridad Y Salud en el Trabajo.

    TiTULO IIIDEL SISTEMA NACIONAlDE SEGURIDADY SAlUD EN EL TRABAJO

    CAPiTULO IO.EL CONSEJO NACIONAl O.ESEGURIDADY SALUO EN EL TRABAJO

    Articulo 7. EI Consejo National de Seguridad ySalud en el Trabajo es la inslancia maxima de dialogo yconcertacion social en materia de seguridad y salud en eltrabajo, de composlcion tripartita, e instancia consultivadel Minislerio de Trabs]o y Promoci6n del E rnpleo, tie ne5U sede en Lima y sus sesiones de trabajo se celebran endicha ciudad. No obstante, puede reunirse en cualquier ofrolugar, previo acuerdo del Pleno.Articulo 8._ Los conse je ros t ienen derecho a

    a) Participarcon voz y veto en las sestones del Pleno yen las comlslones tecnlcas que inlegren.b) Aslstir, uniearnente can voz: a cualqulera de lascornisiones tecnieas de las que no formen parte.c) Asistir ales plenos acompai'iados de asesores,cuando 1 0 estirnen conveniente.dj Solicitarinformaci6n y documentacien que obre enpoder de la Secrelaria Tecmca,e) Proponer la reallaacion de Informes oestudios sobrelas matsrias de competencia del Consejo.

    Articulo 9._ Los consejeros tienen la obligaci6n de:a) Asistlr a las sesiones del Pleno y a las comisionestecolcas de las que fO!111enparte.b) Guardar reserva can relaci6n a las actuaeiones del

    Consejo, cuando este asi 1 0 determine.c) Promover los objelivos y funciones del Consejode acuerdo a 1 0 crsouestc per la Ley y e t presenteReglamento.Articulo 10._ Son 6rganos del Consejo:a) EI Pleno.b) Las comisiones tscnlcas, cuando se estimenconvenienles.c) EI Presidents.d) La Secreta ria Tecnica.Articulo 110-EI Pleno esla inlegrado por la lolalidad delos consejeros y conslituye el 6rgano maximo de decisi6n

    del Consejo.

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    La Presidencia esl~a cargo del representante delMinisterio de Trabsjo y Prornocion del Empleo y, en suausencia, del representante alterno,Articulo 12 ._ Las sesiones del Pleno son convocadaspar su Presloente en un plaza no menor a cinco (5) diashabires, remitiendose a caca miembro la oitacion con elorden del dia y la documentaclon correspondiente.EI Pleno se reune en sesion ordinaria al menos una (1)ve z OIlmes. p ud ie no o s er convocada extraordinariamentepor el Presidente a propiainiciativa 0 a, solicitud de lamayoria simple de los representantes por sector,Elinfonne anuai del Consejo Nacional de Seguridad ySalud en el Trabajo es elaborado en enero de cada anaArticulo 13. Existe quorum eon la asistencia de masde la milad de los consejeros legalmente establecidos,Articulo 14._ Los acuerdos 0 decisiones del Plenose adoptan por consenso, En el easo de no alcanzarconsenso, se requiere mayo ria simple. En caso de empate,el Presidente tiene el vote cinrnente.Las sesiones constan en aetas que deben ser firmadaspor ta d os los coosejeros asistentes.Articulo 15._ EI Pleno puede acordarla consntuctcnde comisi.ones tecrucas permanentes 0 para asuntosespeclftcos, con el lin de elaborar opiniones. estudios,planes, informes u otros que se Ie encomienden.Articulo 16._ Las cornisiones tacnicas tienen una

    composiclon tripartita, procurando la equidad de genero enla representacion de cada sector. EI numero de lnteqranteses determinado por et Pleno, no pudiendo ser mayor de sets(6). Se puede convocar a asesores lecnicos para contribuira 'los trabajos de las cornlstones.Losintegrantes de las comisiones tecoicas no sonnecesariarnente los inteqrantes del pleneLos resultados del trabajo de las cornlsiones tscnlcasson presentados OIlPleno para su aprobaclon.Articulo 17 ._ EI Presidente es el representante delMinisterio de Trabajo y Promoci6n del Empleo y su mandatose extiende por el tiempo que estirne dicha entidad. Susfunctones son:O I l Ejercer 101representacion del Consejo ante los

    poderes del Estado, lnsntuctones publicas y privadas, asicomo ante los medics de comunicaeion SOCial.b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno.e) Fijar 10 1 agenda de las seslones del Pleno enccordinacien con 10 1Seeretaria T ec nic a, te nie nd o en cuentalas propusstas y peticiones formuladas por los consejeros.d) Coordinar con la Secretaria Tecnlca el seguimiento yejecucion de los acuerdos del Plano.e) V incular O IlConsejo con o tra s m s tttu cio ne s n acio na leseinlemacionales afines a este, y con los consejosreg ionales.f) Otras que Ie sean asignadas por el Pleno.Articulo 18'.- EI mandala de los representantes de lasorganizaciones que conforman el Consejo, de acuerdo al

    articulo 10 de la Ley, es de dos (2) anos renovables. Eneaso de vacancia, las orqanizaclones deben nombrar OIlreemplazante. Son causales de vacancia:a) La inasistenciainjustilicada a tres (03) sesionesconsecutivas 0 aJternadas del Plenoen un perlodo de tres(3) msses.b) EI dejar de ser representante de su orqanizacion porretiro de 101representacton acordada por su organizacionde origen.c) EI impedimento legal sobrevmiente determinado porResoluci.6n Judicial firme.d) La enfermedad fisica 0 mental debidamentecomprobada gue lnhabilita para el ejercicio de cargo.e) EI vencirruento del plazo establecido para el ejercicio

    del carqo sin renovacion,f) La muerte.Articulo 19._ La Secretaria Tecnica del Consejo es elorgana de asistencia tecnica y administrativa del Consejo,eslaa cargo de la Direccion General de Derechos Fundamentalesy Seguridad y Salud en el Trabajo y sus funciones son;a) Dirigir y coordinar los servicios administrativos ytecnicos del Consejo.b) Asistir,con voz pero sin voto, a las sesiones del Plenoy de las comisiones tecnicas.cJ Extender las aetas de las sesiones para que seanaprobadas por el Pleno.d) Velar por el eumplimiento de losacuerdos del

    Gonsej.o.

    14e) Soltcitar OIlPleno del Consejc, poriniciativa propia 0 apedido delas partes, autortzacien paragrabar deterrrunadassestones, cuyos contenidos saran de earacter reservado, afin de facilitar e1desarrollo de sus funciones.f) Archivar y costcdtarls docurnentacien del Consejo.g) Servir de enlace permanente con las institucionespubllcas y privadas para el cumplimiento de las funci.onesdel Consejoh) Las demas que senale el Pleno.Articulo 20 . - Para el desarrollo de sus funciones

    tecnicas y admlnlstrativas la Seerelaria Tecnica puedecontar eon 101colaboracion financiera ytscnica de otrosorganismos nacionales eintemacionales.Articulo 21._ Todas las siluaeiones no pravlstasexpresamente en este caprtulo son resusltas por consensoen el Plene. En al easo de no alcanzar consenso, serequiere mayoria simple. En caso de empale, al Presidenteliene el voto dlrimente.CAPiTULO II

    DE LOS CONSEJOS REGIONALES DESEGURIDAO Y SALUO EN EL TRA8AJOArticulo 22 . _ Los Consejos Regionales de Seguridad y

    Salud en el Trabajo gOlall de autonomia para e laborar su propioreglamento intemo de funcionamiento, conforme 1 0 reguladopor el presente Reglamenlo y el articulo 14" de 101ey.Los Consejos Regionales deberan elaborar informesde geslion y actlvioaoes Que deberan enviar OIl ConsejoNacional de Seguridad y Salud del Trabajo en noviembrede cada ano,TiTULO IV

    SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDADY SALUO EN El TRABAJOCAPiTULO IPRINCIPIOS

    Articulo 23._ Los empleadores que tienen implementadossistemas integrados de gestlon 0 cuentan con certificacionesintemaclonales en seguridad y salud enel trabajo debenverificar que sstascumptan, como minimo,con 1 0 sefialado enla Ley, el presents Reglamento y dernas normas apllcables.Articulo 24"._ EI empleador debe implementarmeeanismos adecuados, que perrni tan hacer efectiva 1 0 1participacion activa de los trabajadores y sus orpanzactonesslndlcales en todos los aspectos a que hace referencia elarticulo 19" de la Ley.CAPiTULO II

    POLiTICA DEL SISTEMA DE GESTION DE LASEGURIOAD Y SAlUO EN El TRABAJOArticulo 25".- EIernplsador debe .implemenlarel Sistemade Gesticin de la Seguridad y Salud en el Trabajo, reguladoen la Ley y en el oresente Reglamento, en funcion del' tipode empresa u orqanlzacion, nivel de excosiuon a peligros yriesgos, y 1 0 1 cantidad de trabajadoresexpueslos.Losempleadores pueden contratar procesosde acreditaci.cinde sus Sistemas de Gestion de la Seguridad y Salud en elTrabajo en forma voluntaria y bajo su responsabilidad Esteproceso de acreoitacicn no impide el ejerdcio de la facultadliscalizadora a carqo de 101nsp ecd on del Trabajo respecto alasnormas nacionales de seguridad ysalud en el trabajo, asl comolas normas lntemaciona les raUficadas y las disposiciones en 101materia acordadas porneqooacon colectiva.En el caso de 101micro y pequsria empresa, 101uloridadAdministratlva de Trabajo establece medidas espeeiales deasesorla para 113mplementaci6n de sistemas de gestion dela seguridad y salud en el !rabajo.

    CAPiTULO IIIORGANIZACIONDEL SISTEMA DE GESTI6N D.ELASEGURIDADY SALUO EN EL TRABAJOArticulo 26 . _ EJempleador esta obligado a:a) Garantizar que la seguridad y salud en el Irabajosea una responsabilidad conocida y aceptada en todoslosniveles de 101rganizaciOn.

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    b) Definir y comunicar a todos los trabajadores, cual esel departamento 0 area que identifica, evatua 0 controla lospeligros y riesg.os relacicnados con la seguridad y salud enel trabajo.c) Disponer de una supervision efectiva, sequn seanecesano, para asegurar 1 8 proteccion de 1 8 seguridad ylasalud de los trabajadores.d) Promover la cooperaci6n yla comunicaci6n entre elpersonal, incluidos los trabajadores, sus representantes ylasorganizaciones sindicales, a fin de aplicarlos elementosdel Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en elTrabajo en la organizacion en forma eficienle.e) Cumplir los principios de los Sistemas de Gestionde la Segufidad y Salud en el Trabajo sei'ialados en elarticulo 18 de la Ley y en los programas vo.luntarios sobrsseguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador.f) Establecer, aplicar y evaluar una pollti ca. y unprograma en materia de seguridad y salud en el trabajo conobjetivos medibles y trazables.~) Adoptar disposiciones efectivas para identificary eltminar los peligros y los riesqos relacionados con ellrabajo y prom over la seguridad y saluden el trabajo.h) Establecer los programas de prevencion y promoci.6nde la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento.i) Asegurar la adopci6n de medidas efectivas queg'aranticen la plena parucipacion delos trabajadores y de susrepresentantes en la ejecucion de la Polilica de Seguridad ySalud en el Trabajo y en los Comites de Seguridad y Saluden el Trabajoj) Proporcionar los recursos adecuados para garantizarque las personas responsables de la seguridad y salud en eltrabaLo,incluido el Comite.de Seguridad y Salud en.el Tra.bajoo el Supervisor de Segundad y Salud en el Trsbajo, puedancumplir los planes y programas preventivos establecidos,

    Articulo 27._ EI empleador , en cumplimienlo del deberde prevencicn y del articulo 2 7 de la Ley, garantiza que lostrabajadores sean capacitados en materia de prevencion.La formaci6n debeestar cenlrada:a) En el puesto de trabajo especifico 0 en lafuncion

    que cada rtrebsjadcr desempefia, cualquiera que seala naturaleza del vinculo, modalidado dura cion de sucontrato.b) En los cambios en las funciones que desempene,ce ando e ste s se produzcanc) En los cambios en las tecnologias 0 en los equiposde trabajo, cuando estes se produzcan.d) En las medidas que permitan la adaptaclen alaevoluci6n de los riesqcs y la prevenci6n de nuevosriesqos.e) En la actuallzaclon pertcdica de los conocimientos.Para la capacitaci6n de los trabajadores de la micro ypequefia empress. la Autoridad Administrativa de Trabajobrinda servlclos gratuitos de formaeion en sequrldad y

    salud en ellrabajo.Articulo 28".- La capacitaci6n, cualquiera que sea sumodalidad, debe realizarse denlro de la jornada de trabajo.La capacitacicn puede ser impartida por el empleador,directamente 0 traves de terceros. En ningun caso el costode la formacion recae sobre los trabajadores, debiendo serasumido integra menta por el empleador.Articulo 29'. Los programas de capacitacion deben:a) Hacerse extensivos a lodos los trabajadores.atendiendo de manera.especifi.ca.a los [iesgos exislentesen el trabajo.b) Ser impartidos por profesionales competentes y conexperiancia en la materia.c) Ofrecer, cuando proceda, una formaci on inicial y

    cursos de actualizacion a intervalos adecuados.d) Ser evaluados por parte de los parlicipantesenfunci6n a su grade de comprensi6n y su utilidad en la laborde prevencion de riesgos.e) Ser revisados peri6dicamente, con la participacion delComite de Seguridad y Salud en el Trabajo 0del Supervisorde Seguridad y Salud an el Trabajo, y ser modificados, deser necesario, para. garantizar su pertinencia y eficacia.f) Contar con maleriales y decumentos idoneos.g) Adecuarse al lamafio de la organizaci6n y a lanaturaleza de sus activida.des y riesgos.En el caso del Seelor Publico lias acciones decapaoitaci6n se realizan en el marco de 10establecido en elDecreto Legislativo N 1025, sin perjuido de 10dispuasto en

    el presente Reglamento.

    15Articulo 30. En el caso del incise c) del articulo 35de la Ley, las recomendaciones deben considerar losriesgos en el centro de traba]o y particularmenle aqusllosrelacionados con el puesto 0 funci6n, a efectos de que eltrabajador conozca de rnanera fehaciente lOSriesgos a losque esta expuesto y las medidas de protecoon y prevenoonque debe adoptar 0 exigir al empleador.Cuando en el contrato de trabajo no conste por escrito ladescripci6n de las recomenoaoones de seguridad y satuden el trabajo, estas deberan entregarse en forma fisica 0digital, a mas tardar, el primer dia de labores.Articulo 31._ Lasfacilida.des econ6micas y licenciascon goce de baber a que hace referencia el incise d) delarticulo 35 de la Ley, cubren Jo s costas dellraslado y losgastos de alirnentaclon y alojarnlento, siempre y cuando lacapacitacion program~da se Ile~e a ~abo fuera dellugar detrabejo 0 en una localidad 0 regl6n dtstinta a aquetlaLa licenoia con goce de haber se entiende otorgada porelliempo empleado por el trabajador para movilizarse haciael lugar de lacapacitaci6n, el liempo que permanece enla rnisrna y el tiempo que dem andael retorno al centro detrabajo, siempre y cuando la capactaocn se realice fuera dela jornada de trabajo.Articulo 32._ La documentaclon del Sistema deGesti6n de la Seguridad y Saluden e t Trabajo que debeexhibir lOllempleador es la siguiente:a) La POI.ltica y objetivos en materia de seguridad ysated en al trabajo.b) EI Reglamento lnterno de Seguridad y Salud en elTraba]o.c) La identificaci6n de peligros, evaluaci6n de riesgos ysus medidas de control.d) EI mapa de riesqo.e) La plarnficacion de la aclividad preventiva.f) EI Programa Anual de Seguridad y Salud en elTrabajo.La documentacicn referida en los incisos a) y c) debeser exhibida en un lugar visible denim de centro de trabajo,sin perjulcio de aqueua exigida en las normas sectoriafes

    respectiva s.Articulo 33". Los registros obliqatories del Sistema deGesti6n de Seguridad y Salud en el Trabajo son:a) Ragistro de accidentes de trabajo, enfermedadesocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes,en el que deben constar la investiqacion y las medidasco rrecnvasb) Registro de exarnenes medicos ocupacionalas.c) Registro del monitoreo de agentes fisicos,qulmicos, biol6gicos, psicosociales y factores de riesgodiserqcnormcoe.d) Registro de inspecciones internas de seguridad ysalud en eltrabajo.e) Re)Jislro de estadlsticas de seguridad y salud,f) Reglstro de equipos de seguridad 0 emergencia.g) Regislro de induccion, capacitacion, enlrenamiento ysimulacros de emerqencla.h) Registro de auditorlas.Los regisiros a que se faflere el parraJo anterior deberancontener la informacion minima eSlablecida en los formatosque aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoci6n delEmpleo mediante Resoluci6n Ministenal.Arti.culo 34._ En los casos deempJeadores deintermediacion 0 tercerizaci on , el empleador usuari.o 0principal lam bien debeimplementar los regislros a querefiere el inciso a) del articulo precedente para el caso de losIrabaja.dores en cegimen de intennediacion 0 terceriza.cion,asi como para las personas bajo modalidad formaUva y losque preslan seNicies de manera independiente, siempre

    que estos desarrollen sus actividades total 0 parcialmenteen sus inslalaciones.En el caso de las micro y pequet'ias empresas, el Ministeriode Trabajo y Promocion del Empteo establece un sistemasimplificado de documentos y registros. Igualmente, y siempreque al Ministerio 1 0 determine mediante Resoluci6n Ministerial,el refendo sistema simplificado puede ser estableddo endelerminadossectoras 0 actividades de baja complejidad 0riesgo en materia de seguridad y salud en el trabajo.Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoci6ndel Empleo establece formatos referencia'ies para losd'ocumenlos y registros referidos en los arHculos 32 y 33del presente Decreto Supremo; los que pueden ser Hevadospor elampleador en medios fisicos 0 digitales.Articulo 35"._ EI registro de enfermedadesocupacionales debe conservarse por un perlodo de veinte

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    (20) anos: los registros de accidentes de traba]o e incidentespeligrosos por un periodo de diez (10) aries posteriores alsuceso: y los dernas registros par un periodo de cinco (5)anos posteriores I'll suceso.Para la exhibici6n a que hace referenda el articulo88 de la ley, el empleador cuanta con un archivo activodonde figuran los eventos de los uttlmos docs (12) mesesde ocurrido el suceso, luego de 1 0 cual pasa a un archivepasivo que se debera conservar portos p lazos senatsdos enel parrafo precedente. Estos archivos pueden ser Ilevadospor el empleador en medios fisicos 0 digilales.Si la lnspeccion del Trabajo requiere infomrad6n deperiod os anteriores a los ultimos doce (12) mesas a quese raftere el articulo 88" de la ley, debe otorgar un plazorazonable para que el empleador presente dicha informacicnArticulo 36 ._ Los trabajadores y los representanles delas o rq an iz ac lo ne s s ln dic ale s t ienen el derecho de consultarlos regislros del Sistema de Gestien de la Seguridad y Saluden el Trabajo, con excepcion de la informacion relativaa la salud del trabajador que solo sera accesible con suautorizacion escntaArticulo 37 .. EI empleador debe establecsr y mantenerdisposiciones y procedimientos para:a) Recibir, documentar y responder adecuadamentea lascomunicaciones intern as y externas relanvas a la

    seguridad y salud en el trabajo.b) Garantizar la comunlcacton interna de la informacionrelative a 101seguridad y salud en e t trabajo entre los cistintosnivales y cargos de la orqanizacion.c) Garantizar que las sugerencias de los trabajadores 0de sus representanles sobre seguridad y salud en el trabajose reeiban y atiendan en forma cportuna y adecuada.CAPiTULO IV

    DEL COMITE a SUPERVISOR DE SEGURIDADY SAlUD EN El TRABAJOArticulo 38"._ EI empleador debe asequrar, euandocorresponda, el establecimiento y el funcionamiento

    efectivo de un Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo,el reconocimiento de los representantes de los trabajadoresy faciIitar su parti cipacion.Articulo 39._EI empleador que tenga menos de veinta(20) trabajadores debe garantizar que la alecci6n delSupervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo sa realieepar los trabajadores.Articulo 40._ EI Cornite de Seguridad y Salud en elTrabajo tiene por objetivos promoverla salud y seguridad enal trabajo, asesorar y vigilar et curnphrruento de 10 dispuestopor el Reglamento Inlerno de Seguridad y Salud en elTrabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestarlaboral y apoyando el des.arrallo del em!?leador. .Articulo 41._ EI Cornite a el Supervisor de Segunded ySalud enel Trabajo desarrollan sus funciones can sujeciona 1 0 selialado en la ley y en el presente Reglamento, noestan facultados a reatlzar actividades con fines distinlos a101prevencion y proteccion de la seguridad y salud

    Articulo 42._ Son funciones del ComUe de Seguridady Salud en el Trabajo:a) Conoeer los documentos e informes relafivos alas condiciones de trabajo que sean necesarios para elcumplimienlo de sus funciones, asi como los procedenles deIe actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo"b) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Saluddel empleador.c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud enel Trabejo.d) Conocer y aprobar la Programacion Anual. del Serviciode Seguridad y Salud en el Trabajo.e) Participar en la eiaboracion, aprobacion, puesta enpractice y evaluaci6n de las pol i ticas , planes y programasde promocion de la seguridad y saluden el !rabajo, de laprevencion de accidenles y enfermedades ocupacionales.f) Aprobar el plan anual. de capacitacion de lostrabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo.g) Prom over que lodos los nuevos trabajadores recibanuna adecuada formacion,instruccion y orientacion sobreprevencion de riesgos.h) Vigilarel cumplimiento de la legislaci6n, las normasintern as y las especificaciones lecnicas del Irabajorelacionadas con la seguridad y salud en ellugar de trabajo;asi como, el. Regiamento Intemo de Seguridad y Salud en

    el Trabajo.

    16i)Asegurar que los trsbajadores conozcsnlos reglamentos,instrucciones, especifica cj0nes tecni cas de trabajo, avisos ydernas materiales escritos 0grafices relanvos a la prevendonde los riesgos en ellugar de trabajo.j) Promover et compromiso, la colsborscien y laparnopacon activa de lad os los trabajadores en la preventionde los nesgos dellrabajo, medianlela comunicaci6n eficaz,la participati6n de los trabajadores enla solocien de losproblemas de seguridad, la inducci6n, la capacitaci6n, alentre namiento , concursos, simulacros, entre otros.k) Realizar inspecciones penodicas en las areas

    adminislrativas, areas operatives, instalaciones. maquinariayequipos, a fin de reforzar la gesti6n preventiva.I) Considerar las circunstanoias e investigar las causasde todos los incidentes,. accidentes y de las enfermedadesocupacionales que ocurran en ellugar de trabe]o, emi!iendolas re comenda cone s re sp ec nv as para e vita r la repetici6nde estos.m) Verifi.car el cumplimiento y eficacia de susrecomendaciones para evitarla repeticion de los accidentesy la ocurrencia de enfermedades profesionales.n) Hacer recomendaciones apropiadas para almejoramiento de las condiciones y el medio ambientede Irabajo, velar porque se lleven a cabo las medidasadootadas y examinar su s fl clencl a.0) Analizar yemitir informes de las estadtsticas de losincidentes, accidentes y enfermedades ocupacionalesocurridas en el lugar de trabajo, cuyo regislro y evaluaci6nceben ser constantemente actualizados por la unidadorganica de seguridad y salud enel trabajo del ernptsador.p) Colaborar con los servicios medicos y de primerasauxilios.. q)Supervisar los servidos de seguridad y salud en el trabajoy la asistenda y asesoramiento al empleadory al trabajador.r) Reportar a la maxima autoridad del empleador .lasiguiente informacion:

    r.1) EI accidente mortal 0 al incidente peligroso, demanera inmediata.r.2) la invesligaci6n de cada accidente mortal ymedidas correctivas adoptadas dentro de los diez] 10) diasde ocurrido.r.3) Las es!adisticas trimestrales de aecidentes,incidenles y enfermedades ocupacionales.r.4) las actcividadesIrimestrales del Comile de Seguridady Salud en el Trabe]o.

    s) Llevaren el Libro de Aetas el control del cumplimientode los acuerdos.t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria paraanalizar y evaluar el avance de losobjetivos es!ablecidosen el programa anual, y en forma exlraordinaria paraanalizar accldentes que revislan gravedad 0 cuandolascircunstancias 10 exijan.Articulo 43.._EI numero de personas quecemponen el

    Comile de Seguridad y Salud en el Trabajo es definldo poracuerdo de partes no pudiendo ser menor de ccatro (4) nimayor de doce (12) miembras. Entre otros critenos. se pcdraconsiderar el nivel de riesgo y el numero de trabajadores.A falta de acuerdo, IInumero de miembros del Corniteno es rnenor de sels (6) en lOSempleadores con mas decisn (100) trabajadores, agregandose al menos a,dos (2)miembros por cada cien {lOa} Irabajadores adidonales,hasta un maximo de dace (12) miembros.Articulo 44._ Cuando el empleador cuente can varioscentr~s de trabajo, ca"da uno de estos puede contar COilun Supervisor 0 Subcomite de Seguridad y Salud en elTrabajo, en funcion al numero de trabajadores.EI Comile de Seguridad y Salud en el Trabajo coordinay apoya las actividades de los Subcomites 0del Supervisorde Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso.la eleccion de los miembros del Sub Comile deSeguridad y Salud en el Trabajo esta sujeta al mismoprocedimiento previslo para el Comile de Seguridad y Saluden el Trabajo, dentra del ambito de sucompelencia.Articulo 45._ EI Comile de Seguridad y Salud en elTrabajo realiza sus actividades en coordinaci6n con elServicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.Articulo 46. EI empleador debe proporcionar alpersonal que confonna el Comile de Seguridad y Saluden II Trabajo 0 al Supervisor de Segundad y Selud en elTrabajo, una la~ela deidentiftcacion a un distintivoespecialvisible, que acredite su condicion.Articulo 47. Para ser 'inlegrante del Comile deSeg.uridad y Salud en el Trabajo 0 Supervisor de Seguridady Saluden el Trabajo se requi.ere:

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    a) Ser trabajador del empleadorb) Tener dieciocho (1.8) aries de edad como minima.c} De preferencia, tener capacitaclon en temas deseguridad y salud en el trabajo 0 laborar en puestos quepermitan t ene r conoclr ruento 0 informaci6n sobre riesgoslaborates.Articulo 48._ EI empleador conforms 1 0 establezcasu estructura organizacional y jerarquica designa a susrepresentantes, mula res y suplentes ante el Comits deSeguridad y Salud en el Trabajo,entre el personal de

    cireccion y confianza.Articulo 49._ Los trabajadores eligen a susrepresentantes, tilulares y suplentes, ante el Cornite deSeguridad y Salud en el Trabajo, con excepclen del personalde .dlrecclon y de confianza. Dicha eleccion se realizamediante votaci6n secreta y directa. Este proceso electoralesta a. cargo de la organizacion sindical mayoritaria, enconcordancla con 10 senalado en el articulo g" del TextoOnico Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas deTrabajo, aprobado mediante Decreto Supremo N 010-2003 TR. En su defecto, esta a cargo de 1 0 1 organizacionsindical que afilie el mayor numero de Irabajadores en Iaempresa 0 enlidad ernpleadora. .Cuando no exista orqanizaclon smoical, el empleadordebe convocar a 1 0 1 eleccion de los representantes delos trabajadores ante el Comite de Seguridad y Salud enel Trabajo 0 del Supervisor de Seguridad y Salud en elTrabajo,la cual debe ser dernocretica, mediante votacionsecreta y direeta, entre loscandidatos presentados por losIrabaj ad0res.EI acto de eleceion debera registrar.se en un acta quese incorpora en elUbro de Aetas respective. Una copia delacta debe constaren el libro del Comite de Seguridad ySalud en el Trabejo.La norninaclon de los candidatos debe efeetuarse quince(15) dias h a b j l e s antes de 1 0 1eonvoeatoria a e l e c c o n e s , a finde verificar que estes eumplan con los requisitos legales,Articulo 50._ La convocatoria a 1 0 1 instalaclon delCornlte de Seguridad y Salud an al Trabajo correspondeal ernpleador. Dicho acto se lIeva a cabo en el local de laempresa, levarrtandose el aeta respectiva.Articulo 51._ EI acto de constitucicn e instalacicn;asi como, toda reunion, acuerdo 0 evento deli Cornite deSegu~idad y Salud en el Traba]o. deben ser asentados enun libro de Aetas, exclusivarnente destinado para esteslines.Articulo 52.- EI Supervisor de Seguridad y Salud en elTrabajo debe lIevar un registro donde consten Ios acuerdosadoptadcs can 1 8 0 maxima autoridad de ' 1 ' 8 0 ernpresa 0empledor.Articulo 53._ Enla constituclon e instalaeion del Comltede Seguridad y Salud en el Trabajo se levanta un acta quedebe contener Ia siguiente informacion minima:

    OIlNombre del empleador;b) Nombres y cargos de los miembros tilulares;c) Nombres y carqos de los miernbros suplentes;d) Nombre y cargo del observador d.esignado poriaorganizacion sindical, en aplicacton del articulo 29" delaLey, de ser el caso;e) Lugar, tecba y hora de ta msteraoon: y,f} Otros de importa nd a,Articulo 54.-EI empleador debe garanlizar elcumplimiento de 10 $ acuerdos adoptsdos cor el Cornite deSeguridad ySalud en el Trabajo.Articulo 55._ EI Comile 0 el Supervisor de Seguridad ySalud an el Trabajo pueden solialar asesorla de la AuloridadCompetente para resolver los problemas relacionados con1 0 1 prevencion de riesgos, de acuerdo con las disposicioneslegales vigenles, sin perjuicio de 1 0 establecido enel artloulo60 del presente Decreto Supremo.Articulo 56".- EI Comile esla conform ado por:a} EI Presidente, que es elegido por el propio Comile,entre los representanles.. b) EI Secretario. que es el responsable de los Serviciosde Segundad y Salud en el TrabaJo 0 uno de los mlembrosdel Comite elegido por consenso.c) Los miembros, quienes son los demas inlegrantesdel Comite designados de acuerdo a los articulos 48" y 49'del presente Reglamento.Art.lcl.llo 57._ EI Presidente es el encargado deconvocar, presidir y d'irigir las reuniones del Comite deSeguridad y Salud en el Trabajo, asi como facilitarla

    17aplicaci6n y vigencia de los acuerdos de es t e . R,epresentaOIlcornne ante el empleador.Articulo 58._ EI Secreta rio esta encargado de laslabores administralivas del Cornlte de Seguridad y Saluden el Trabajo.Articulo 59._ Los miembros, entre olras funcionessefialadas en el presente Reglamento, aportan iniciativaspropias.o. del personal del emPleador.para ser Ira.tadas an.las sesrones y son los encargados de fomentar y bacercumplir las disposiciones 0 acuerdos tornados porel Cornitede Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Articulo 60.- EI Comi!e 0 al Supervisor de Seguridady Salud en el Trabajo pueden solicltar a 101autoridadcompetente la informacion y asesorla tecnica que creannecesaria para oumplir con sus fines.Asimismo, podran recurrir a profesioneles cancornpetencias tecnlcas en sequridad y salud en el trabajo,en calidad de consejeros.Articulo 61"._ EI observador a que hace referencia elarticulo 29" de la Ley, pcdra partlcipar en las reuniones delComile, y lendra las siguientes Iacuttades:a} Asistir, sin voz ni voto, a las reuniones del Cornlte;b) Solicitar informacion al Cornlte, a pedido de lasorganizaciones sindicales que representan, sobre elSistema. de Gestion de Segurida.d y Salud en el Trabajo, y;c) AJertar a los represenlantes de los Irabajadores anteel Cornite de la existencia de riesgos que pudieran atectarla transparencia, probidad 0 cumplirniento de obietivos y dela nonnativa correspondiente.Articulo 62".-EI mandalo de los representantes de losIrabajadores 0 del Supervisor de Seguri.dad y Salud en elTrabajo dura un (1.)ano como minima y dos (2) anos comomaximo. Los representanles del empleador sjercerenelmandata por plazo que este determine.Articulo 63._ EI cargo de miembro del Comlte deSeguridad y Salud en el Trabajo 0 del Supervisor deSeguridad y Salud en el Trabajo vaca por alguna de lassiguientes causales:a) Vencimienlo del plazo establectdo para el ejercicio delcargo, en el caso de los representantes de los trabajadoresy del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.b} Inasistencia injustificada a Ires (3) sesionesconsecutlvas del Cornite de Seguridad y Salud en el Trabajoo a cuatro (4) alternaoas, en et lapso de su vigen cia.c) Enfermedadfisica 0 mental que inhabilita para elejercicio del cargo.d} Por cualquier otra causa que extJngael vinculolaboraLArticulo 64._ Los cargos vacantes son suplidos por elr ep resen tente a ite rno cor re spond ien te . h asta 1 0 1conclusiondel rnandato.En case de vacancia del cargo de Supervisor de

    Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser cubierto a travesde 1 0 1eieccen por parte de los Irabajadores.Articulo 65._ EI Cornite de Seguridad y Salud enel Trabajo,. cuando la magnilud de 1 0 1 orqanlzacion delempleador 10 requiera, puede crear comisiones tecnlcaspara el desarrollo de tareasespecificas, tales como. lainvestiqaeion de accidenles de trabajo, el disefio delprograma de capaeitacicn ,Ia elaboracion de procedimienlos,entre otras. La cornposiclon de estas comisiones esdeterminada por el Comlte.Articulo 66._ Los miembros del Comite de Seguridady Salud en el Trabajo 0 el Supervisor de Seguridad y Saluden el Trabajo deben recibircapacilaciones especializadasen seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador,adicionales a las referidas en el inciso b) del articulo 35" de1 8 Ley., Estas capacitaciones deberan realizarse denlro dela jornadalaboral.Articulo 67._ Las reuniones del Comite de Seguridady Salud enel Trabajo se realizan dentro de 1 0 1 jomada detrabajo, Ellugar de reuniones debe ser proporcionado por.el empleador y debe reunir las condiciones adecuadas parael desarrollo de las sesiones.Articulo 68._ EI Comite de Seguridad y Salud en elTrabajo se reune en forma ordinaria una vez por mes, endla previa mente fijado. En forma extraordinaria, el Comi!ese reune a.convocatoria de su Presidente. a solicitud de almenos dos (2) de sus miembros, 0 en caso de ocurrir unaccidente mortal.Articulo 69".- EI quorum mlnimo para sesionar delComite de Seguridad y Salud en el Trabajo es la mi1ad masuno de sus integranles, Caso contra rio, dentro de los ocho

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    (8) dlas subsiguientes, el Presidents oita a nueva reunion,lacual se lIeva a cabo con el numere de asistentes quehubiere, levantandose en cada case el acta respectiva.Articulo 70'._ EI Cornlte de Seguridad y Salud en elT raba jo p ro cu ra que los acuerdos sean adoptados porconsenso y no por el sistema de votacion. En el caso de noalcanzar consenso, se requi.ere mayo ria simple. En caso deempate, el Presidente tiene el volodirimenle.Articulo 71"." AI termino de c ada s es io n se levanta 1 0 1respectiva acta que sera asentaoa en el correspondiente Llbrode Aetas, Una copia de esta se entrega a Gada uno de losinlegrantes del Cornlte de Seguridad y Salud en el Trabajo y ala maxima instsnca de gerencia 0 decision del empleador.Articulo 72. Anualmente el Comite de Seguridad ySalud en el Trabajo 0 el Supervisor de Seguridad y Saluden el Trabajo redaetan un infonne resumen de las laboresreajzaoas.Articulo 73".- Los miembros trabajadores del Comitede Seguridad y Salud en el Trabajo y los Supervisoresde Seguridad y Salud en el Trabajo gozan de licenciacon goce de haber por freinta (30) dlas naturales por ailecalendano para 101ealizacion de sus funciones. En easolas actividades lengan ouracion menor a un ana, el nurnerode dias de licencia sera computado en forma proporcional.Para efectos de 1 0 dispuestoen el articulo 32" de la Ley, losdias de liceneia 0 su fraccion se consideran efectivamenteIaborados para tod0 efeclo leg.al.La proteccien contra el despido incausado opera desdeque se produzca la convocatoria a eiecocnes y hastaseis (6) meses despues del ejercicio de su funcion comorepresentanle ante el Cornlte de Seguridad y Salud en elTrabajo 0Supervisor. .

    CAPiTULO VDEL R.EGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDADY SALUDEN EL TRABAJOArticulo 74._ Los emoreadores can veinte (20) 0 mastrabajadores deben elaborar su Reglamento Intemo deSeguridad y Salud an al Trabajo, el qua debe contener 101

    siguienle estructura minima:a) Objetivos y atcanees.b) Liderazgo, compromises y la politica de seguridady salud.c) Alribuciones y obligaciones del empleador, de lossupervisores, del ccmite de seguridad y salud, de lostrabajadores y de los empleadores que les brindan servidossi las hubiera.d) Estandares de seguridad y salud en lasoperaciones.el Estandares de seguridad y salud en los servicios yacti~dadesconexas.f) Preparacicn y respuesta a emergencias.Articulo 75._EI empleador debe poner en conocimientode todos los traba/'adores, mediante mediofisico 0 digilal,bajo cargo, elReg arnento Interno de Seguridad y Salud enel Trabajo y susposteriores modificatorias. Esta obligacionse extiende a los trabajadores en regimen de intermedlactony tercerizaclon, a las personas en mndalidad formativa ya todo aquel cuyos servicios subordinados 0 aut6nomosse presten de manera pennanente 0 ssporaoica en laslnetalaciorres del empleador.

    CAPiTULO VIPlANIFICACION Y APLICACION DELSISTEMA DE GESTtONDE LA SEGURIDADY SALUDEN EL TRABAJO

    Articulo 76._ Cuando el articulo 37" de 101Ley nacereferencia a la legislaci6n y otros disposilivos legalespertinentes cornprende a touas ,las normas nacionalesgenerales y sectoriales en materia d'e seguridad y saluden el trabajo, asi como, a las norrnas internaclonalesratiflcadas. Tarnbien se incluyen las disposiciones en lamateria acordadas par neqociaclon coleotiva, de ser eleaso.Articulo 77"." La evaluaclon iniclal de nasqos deberealizarse en cada puesto de Irabajo del empleador, perpersonal compelente, en consulta. con los trabajadores y susrepresentantes ante al Comite 0 Supervisor de Seguridad ySalud en el Trabajo. Esta evaluad6n debe eonsiderar lascondiciones de IrabaJo exislenles 0 prev istas, asl como101posibilidad de que el trabajador que 1 0 ocupe, par Sus

    18caracterlsticas personates 0estado de salud conocido, seaespecial mente sensible a alguna de dichas condiciones.Adicionalmente, la evaluaclon inici'al debe:

    a)ldentilicar la legislaci6n vigente en materia deseguridad y salud en el trabajo, las guias naoonales,las directri.ces especificas, los programas voluntarios deseguridad y salud en el Irabajo y otras disposiciones quehaya a d o p ts d o 1 0 1organizaci6n.b) Identificar los peligros y evaluar los riesgosexlstentes a posiblesen materia de seguridad y salud queguarden relaei6n con el medio ambients de trabajo 0 con Iaorqanizacion del trabe]o.c) Determinar si los controles pravistoso sxistentes sonadecuados para eliminar los peli.gros 0 controlar rlesqos,d) Analizar los datos recopilados en relaci6n con lavigilancia de la salud de los trabaj'adores.

    Articulo 78._ EI resultado dela evaluaclon inicial 0Ifnea de base debe:a) Estar documentado.b) Servir de base para adopter decisiones sobre 101apllcaclon del Sistema de Gesli6n de la Seguridad y Saludenel Trebajo.c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua

    del S.istema de Gesti6n de 101Seguridad y Salud en elTrabajo.CAPiTULO VII

    PLANIFICACION, DESARROLLO Y APLICACIONArticulo 79._ La planlftcaclcn debe permitir que elSistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajocontribuya: .a) A cumplir, como minima, las dlsposlctones legalesvigentes.b) A fortajecer los componentes del Sistema de Gesti6nde 101Seguridad y Salud en el Trabajo.c) A rnejorar conlinuamente los resultados de 101seguridad y salud en ellrabajo.Articulo 30"._ EI ernpleador planilica e implementa laseguridad y salud en el trabajo con base a los resultadosde la evaluaelon inicial 0 de evaluaciones posteriores,o de otros datos disponibles;con la participaci6n de lostrabajadores, sus reoresentantes y la organizaciOn sindica!.Las disposiciones en materia de plaruficacion debenincluir:a) Una definicion precisa, el establecimiento deprioridades y 101cuantificacion de los o'bjetivos de 101organizaci6n en materia de seguridad y salud en eltrabajo:b) La preparacien de un plan para alcanzar Gada unode los objetivos,. en el que se definan metas, indicadores,responsabilidades y crilerios claros de funclonamiento, conla precisi6n de 1 0 que, qulen y cuando deben hacerse:c) La selecci6n de criterios de medici6n para confirmarque se han alcanzado los objetivos senatados: y,d) La dotaei6n de recursos adecuados, lnetuldosrecursos humanos y flnancieros, y la prestaci6n de apoyorecnico.Articulo 81._ En el marco de una Politica de Seguridady Salud en el Trabajo basada en la evaluaclon inicial 0 lasposteriores. deben senstarse objetivos medibles en materiade sequriuad y salud en ellrabajo:a) Especlficos para la orqanizaclcn, apropiados yconformes con su tarnano y con la natoraleza de lasactividades.b) Compatibles con las leyes y reglamenlos pertinentesy aplicables, asl como con las obligaciones tecnicas,adrruntstrativas y comercistes de 101rganizacion en relacioncon la seguridad y salud en el trabajo.c) Focalizadosen 101mejora continua de la proteccionde los Irabajadores para conseguir resultados 6ptimos enmateria de seguridad y salud enel trabajo.d) Documentados, comunica.d.os a lodos los cargos yniveles pertinenles de 101rganizacion. .e) Evaluados y aetualizados pericidicamente.Articulo 82"." EI einpleador debe identilicar I.os

    peligros yevaluar los riesgos para 101eguridad y salud de

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    los trabajadores en forma perledica, de conformidad con10 previsto en el articulo 57' de la Ley. Las medidas deprevanclon y proteccion deben aplicarse de conformidadcon el articulo 50 de la Ley,Laidentilicacion se realiza en consulta con lostrabajadores, con 18 orqanizacion sindical 0 el Comite 0Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, sequn elcase.Articulo 83,". EI ernpleador debe adoptar las siguientesdisposiciones necesarias en materia de prevsncion,preparacion y respuesta ante siluaciones de emergencia yaccidentes de traba]o:

    a) Garantizar informacion, medias de eomunicacioninterne y coordinaci6n necesarios a todas las personas ensituaclones de emergencia en ellugar de trabajo.b) Proporcionarinformaei6n y cornurncar a lasautoridades competentes, a la vecindad y a los servicios deintervencion en situaeiones de emarqencla.e) Ofrecer servicios de primeros auxil los y asistenciamedica, de extinclon de incendios y de evacuaci6na todaslas personas que se encuentren en el lugar de trabaio.d) Ofrecer informacion y formation pertinentes a todoslos mlembros de la organization, en todos los niveles,mclulcos ejercicios peri6dicos de prevenclon de situacionesde emergencia, praparacion y metoocs d'e respuesta.Artlcuto 84.' EI empleador debe contar eonprocedlmlentos a fin de garantizar que:a) Se identifiquen, evatuen e incorporen en lasespeeificaciones relativas a cornpras y arrendamientofinaneiero, disposiciones relativas al cumplimiento porpartede la organizacion de los requisites de seguridad y saluc.b) Se identifiquenlas obligaciones y los requisitos tantolegales como de la propia organizaci6n en materia deseguridad y salud en el trabajo antes de la adquisici6n debienes y servicios.c) Se adopten disposiciones para que se cumplanetches requisitos antes de utilizar los bienes y servictosrnencionados.

    CAPITULO VIIIEVALUACION O.ELSISTEMA DE GESTION DE LASEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOArticulo 85". EI empleador debeelaborar, establecery revlsar periodlcamsnte procedimienlos para supervisar,medir y recopilar con regularidad datos relativos a losresultados de- la seguridad y salud en el trabajo_ Asimismo,debe definir en los diferentes niveles de la gestion, laresponsabllidad y la obllqacion de rendir cuentas en materiade supervision. La seleccion de indicadores de eficienciadebe adecuarseal tamafio de la o rqan iz ac io n, 1 01nat ur ale zade sus actividades y los objetivos de la seguridad y salud

    en el trabajo.ArtIculo 86.Elempleadordebe considerarla posibilidadde recurrir a medidones, cualitativas y cuantitativas,adecuadas a las necesldades de la organizacion. Estasmediciones deben:a) Basarse en los peligros y riesgos que se hayanidentificadoen la organizad6n,. las orientaciones de Iapolltlca y los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.b) Fortalecer el proceso de evaioaclcn de la orqaruzacicna fin de cumplir eon elobjetivo de la mejora continua ..Articulo 87". La supervision y la rnedicien de losresultados ceben:a) Utilizarse como un media para determinar en quemedida se cumple la poiitica, los objetivos de seguridad ysalud enel trabajo y se oontrotsn los riesqos.b) Incluir una supervision y no basarse exclusivamenleen estadisticas sobre accidentes del !rabajo y enfermedadesocupacionales,e) Prever el inlercambio de informaci6n sobre losresultados de la seguridad y salud enel !rabajo.d} Aportar informacion para delerminar si las medidasordinarias de prevenci6n y control de peligros y riesgos seaplican y de-muestran ser eficaces.e) Servir de base para la adopcion de decisiones quetengan por objeto mejorar la identificacion de los peligrosy el control de los riesgos y ~I Sistema de Gestion de laSe-gundad y Sa.lud en el TrabaJo_

    19Articulo 88 . La inve-stigacion d'el origen y causessubyacentes de los incidentes, lesiones, dolencias yenfermedades debe permitir la ldentlftcaclon de cualquierdeficiencia en el Sistema de Gestion de la Seguridady Salud en el. Trabajo y estar documentada. Estasinvestigaciones deben ser realizadas por el empleador, elComite yfo Supervisor de Seg.uridad y Salud en el Trabajo,con el apoyo de personas competentes y la participaclon delos trabajadores y sus representantes.

    CAPiTULO IXACCION PARA LA MEJORA CONTINUA

    Articulo 89.La vigilancia del Sistema de Ges\ion de laSeguridad y Salud en e1Trabajo realizada por el empleadordebe:a} Evaluar la estrategia global del Sistema de Gesti6nde la Seguridad y Salud en e l Trabajo para deterrninar st seatcanzaron los objetivos previstos.b} Evaluar la capacidad del Sistema de Gestion dela Se9uridad y Salud en al Trabajo para salisfacer lasneoesidades integrales de la orqanizaoion y de las partesintsresadas en la misma, incluidos sus trabajadores, susrepresentantes y la autortdad administrativa de trabalo.c} Evaluar la necesidad de inlroducir cambios en elSistema de Gestion de laSeguridad y Salud en el Trabajo,induyendo la Politica de Seguridad y Salud en el Trabajo ysus objetlvos.d} Idenliflcar las medidas necesarlas para atenderoualquler deficiencia, incluida la adaptaci6n de otrosaspectos de la estructura de la direcoen de la orqanizaciony de la medlcion de los resultados,e) Pre~entar los antecedentes necesarios ~I empleador,inclulda lntormaoen sobre ra determinacion de lasprioridades para una planiftcacicn util y de una rnejoracontinua,l) Evatuar los progresos para el logro de los objetlvosde la segurid.ad y salud en el trabajo y en las medidascorrectiva s,g) Evaluar :Iaeficacia de las acbvtdades de seguimientoen base ala vigilancia realizada en periodos anteriores.Articulo 90. La revision del sistema de gestion dela seguridad y salud en el trabajo se realize par 1 0 menosuna (1) vez al ano, EI alcance de la revision debe delinirsesegun las neoesidades y riesgos presentee.Articulo 91 . Las conclusiones del e xa rn en re aliz ad opor elemplea.dor deben rsqistrarse y comunicarse:a} A las personas responsables de los aspectos crlticosy pertinentes del' sistema de gesti6n de la seguridad ysalud en el trabajo para que puedan adoptar las medidasoportunas.b) AI Comlte 0 al Supervisor de seguridad y salud del

    trahsjo, los trabajadores y la orqanizacion sindlca!TiTULO V

    DERECHOS Y OBLlGAC!ONESCAPiTULO I

    DERECHOS Y OBLIGACIONESDE LOS EMPLEADORESArticulo 92. La as.ignacion de puestos de !rabajo,conforme a 1 0 establecido en el articulo 51 de la Ley, debeconsiderar los factores que pueden afectar a los trabajadorescon relacon a la funci6n reproductiva_ Asimismo, ouando latrabajadora se encuentre en psnodo de gestacion 0 lactanaase debera cumplir con 1 0 esUpulado en las normas respectivas.Articulo 93.EI desplazamienlo a que hace referenciaelarticulo 54 de la ley comprende todo desplazamientoque realice el trabajador en curnplirruento de una orden delempleador ola ejecuci6n de una .Iabor por encargo de este,como parte de las funciones asignadas, incluso si esta sedesarrolla fuera dellugar y las horas de Irabajo_ No se incluyeel desplazamiento enlre el domicilio del trabajador al lugarde trabajo y viceversa, salvo que ello este contemplado enuna norma sectorial por la naturaleza de la actividad, seauna condici6n de trabajo 0 el desplazamiento se realiceen un medio de transporte brindado porel empleador, deforma directa a a traves de terceros,Articulo 94.Para efeclo delo dispueslo en el articulo530 de la Ley, la imputaci6n de la responsabilidad al

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    empleador par incumplimiento de su deber de pravencionrequiere que se acredite que la causa determinante deldana es consecuencia directa de la labor desempenada porel trabajador y del incumplimiento por parte del empleadorde las normas de sequridad y salud en el trabajo.Articulo 95._ Cuando la mspeccion de Trabajoconstate el incumplimiento de una norma de seguridad ysalud en el trabajo, el inspector debe acreditar que dichoincumplimiento ha originado el accicente de trabajo 0enfermedad profesional, consignando ello en el acta dein fraceio n .Culminado el procedimiento sancionador, el expedientese remite a la Drreccion General de lnspecclon del Trabajopara la determinacion del dane.Para la determinacion del dario, a solicitud de laDirecci6n General de lnspeccion del Trabajo, el Centro deConciliaci6n y Arbitraje de la Superintendencia Nacional deAseguramiento en Salud - CECONAR rernttira un listadode peritos de su Registro Especializado. La Direcciondesiqnara los peritos que correspond an , de acuerdo al casoconcreto, para que emitan la e va iu adon oertc ta t del caso. EIcosta del peritaje es de cargo del empleador.En el caso de los trabajadores que no estan sujetos alSeguro Complementario de Trabajo de Riesgo, la DireccionGeneral de lnspeccion del Trabajo emite resoluci6n conbase al examen pericial y al expediente de inspeccion,

    declarando el dana y determinando la lndemnlzaclon conbase a una tabla de indemnizaci6n per dane que seraaprobada mediante Resoluci6n Ministerial.En el caso de los trabajadores sujetos al SeguroComplementario de Trabajo de Riesgo, el informe pericialconstituye prueba conforme a las reglas de solucicn decontroversias de este seguro.Articulo 96. En caso el trabajador recurra a laAutoridadAdministrativa de Trabajo para la reallzacion de lainvestiqacion a que se refiere el articulo 58 de la Ley, estase tramltara ante ta Inspecci6n del Traba]o y se requerira elapoyo tecnico de los servicios competentes del Ministeriode Salud 0 de peritos especiaiizados.Articulo 97.- Con relaci6n a los equipos de proteccionpersonal, adicionalmente a 10 senalado en el articulo 60' dela Ley, estes ceben atender a las medidas antropometricasdel trabajador que los util izara,Articulo 98"._ Conforme a 10 dispuesto en el articulo 62"de la Ley, las reuniones del Cornite de Seguridad y Saluden el Trabajo y las capacitacones programadas por elempleador en virtud de la Ley, deben lIevarse a cabo dentrode la jomada de !rabajo. Las reuniones y capacitacionesrealizadas fuera de jomada de trabajo se remuneranconforme a la ley de la materia.Articulo 99. la interrupcion de las actividades en casode inminente peligro previsto en el articulo 63 de la Ley nodebe originar perjuicio econ6mico al Irabajador, salvo queesta se deba a caso fortuito 0 fuerza m

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    Articulo 111".- Dentro de los plazas establecidos enel articulo precedente, los empleadores y centros medicosasistenciales deben cumplir con la obligacion de notificarlosaccidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedadesocupacionales, segun corresponda, mediante el empleo delSistema lntormatico de Accid.entes de Trabajo, IncidentesPeligresos y Enfermedades Ocupac.ionales, aplicativoelectrcnlco puesto a disposlcion de los usuaries en el portalinstitutional del Ministerio de Trabajo y Promoci6n delEmpleo.Articulo 112. En aquellas zonas geograf.i.cas en lasque no exista acceso a lnternet, con caracter excepcional,la notificaci6n de accioentes de traba]o, incidentespeligrosos y enfennedades ocupacionates se efectuapor los empleadores ycentres medicos asislenciales,seg.un corresponda, mediante el empleo de los siguienlesinstrumentos:

    - Formularlo 1.:para el cumplimiento dela obligacion delempleador de notificar los accidentes de Irabajo mortales eineidentes peligrosos_- Formulario 2: para el cumplimiento de taobnqacion delos centros medicos asistenciales de notificar los accidentesde trabajo y enfermedades ocupacionales.Los referidos formutarios son remitidos por los

    empleadores y los centres medicos asistenclales, enforma impresa -y debidamente completados a la AutoridadAdministrativa de Trabajo, dentro de los plazos y terminusestablecidos en el. presents Reglamento.Articulo 113.- La Direcclon de Prornoclen y Protecci.6nde los Derechos Fundamentales y de la Se~uridad y Sa Iuden el Trabajo de las Direcciones 0 Gerenclas Regionalesde Trabajo y Promocion del Empleo, 0 la que haga susveces, constituye la instanc.ia competente para reciblrlos formulariosde ncffficacien de accidentes de trabajo,incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, a losque se na hecho rnencion en el articulo 1120 del presentsReglamento.Articulo 114-La informacion contenida enlos formulariosflsicos presentados ante la Autoridad Adrnlnlstrativa deTrabajo debe registrarse dentro de tos cinco (05) dlaspostenores a su presentacion, en el Sistema lnformatico deNotificacion de Accidentes de Trabalo, Incidentes PeligrososyEnfermedades Ocupacionales, per la Direccton dePromoci6n y Protecci6n de losDerechos Fundamentales yde la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Dirscciones 0Gerencias Regionales de Trabajo y Prornocion del Empleo,o la que hagan sus veces, bajo responsabltldad. Asimismo,las notificaciones recibidas en formularios flsicospor lasZonas de Trabajo del ambito Regional, seran sisternatizadaspor las respectivas Direcciones 0Gerencias Regionales deTrabajo y Promocion del Empleo. 0 la que hagan sus veces,a la que e sta s c orre sp cnden.EI Director 0 Gerente Regional de Trabajo y Promociondel Empleo de los Gobiernos Regionales, 0 el que hagasus veces, es el responsable por el cumplimiento dectchas disposiciones. debiendo adoptar las medidasadministrauvas, log.islicas 0 de gestion necesarias paragarantizar la sisternerlzacion oportuna de la informacion,dentro de los plazos prevlstos.Articulo 115.- La Direccion de Seg.uridad y Salud en elTrabajo de la Direccion General de Derechos Fundamentalesy Segwidad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajoy Promoclnn del Empleo constituye el 6rganoh~cnicoresponsable de supervisar el cumplimiento, por parte delas instancias regionales, de laobliqadcn de ststematizarlainformacion notificada en los torrnulartos flslcos. Asimismo,coordlnara con las Direcciones 0Gerencias Regionales deTrabajo y Promocion del Empleo, 0 ta que haga sus veces,la realizacien de carnparias de orientacion, informaciony difusion de las obligaciones contenidas en la Ley deSeguridad y Salud ,en el Trabajo y en la presenle norma,con la finalidad de promover su adecuado cumplimiento_Articulo 116.- Se considera cumplida la obligacionde comunicacion establecida en el articulo 83" de la Ley,wando se Irate de enfermedad profesional 0 accidentede trabajo no mortal, con 101exhibicion del registro deenfennedades ocupacionales y de accidenles de Irabajo ala Inspeccion del Trabajo.

    CAPiTULO IRECOPILACION Y PUBLICACION DE ESTADisTICASArticulo 117._ La Ofieina de Estadistica de la Oficina

    General de Estadistica. y Tecnologias de la Informaci6n y

    21Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Prornoclen delEmpleo es el 6rgano tecnico responsable de la etaboraciondel BoleUn Esladistico Mensual al que hace referencia elarticulo 90 dela Ley.La Direccion de Seguridad y Salud en el Trabajo de 101Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridady Salud en el Trabajo del MinisteMo de Trabajo y Promoci.ondel Empleo constituyeel organa tecnico responsable deexaminar la informaCion en materia de registro y notiflcaclonde los accdentes de trabajo, enfermedades ocupacionales eincidentespeligrosos, analizando lainformadon provenientedelSistemalntorrnatlco de Noilflcaclcn de Accidentes de Trabajo,Incidentes Peligrosos y Enfermedades OcupacionaJes. Paradichos efectos, sistematiza la informacion contenida en elsistema lntormatleo en coorolnaclon can la Oficina General deEstadlslica y Tecnologia de la Informacion y Comunicacionesdel Ministeno de Trabajo y Prorncdon del Empleo, de rnaneraprevia a su difusion 0 publicacion del Bolelin EsladisticoMensual.Articulo 118. La Direccion General de DerechosFundamentales y Seguridad y Salud en el Traba]o ejecotalas acciones necesarias paraqarsntizar el cumplimientode la normativa sobre Seguridad y Salud en el Trabajo,mediante la formulacien de pollticas, la elaboraclon denormas y documentos tecnicos; y mediante 101aprobaci6n,ejecucicn y supervision de planes, prcqrarnas 0 proyectosen materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para estosefeetos utiliza la informacion contenida en el Sistemalnformatioo de Nofiflcacion de Accidentes de Trabajo,Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupaeionates.

    CAPiTULO IIINVESTIGACION DE ACCIDENTES DE TRABAJO,ENFERMEDADES OCUPACIONALESE INCIDENTES PELIGROSOSArticulo 119.- EI Sistema de lnspeccion del Trabaioes responsable de ejecutar las acciones de !iscalizaci6nnecesanas para eautelar el cumplimiento de la normativavigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, de

    oonformidad con 10 estabtecido en el articulo 92 de laLey; respecto de los ernpleadores que tengan trabajadoressujetos al regimen laboral privado.Para dichos efectos,el sistema informatico contara conun sistema de alerta que notificara al Sistema .Integradode tnspecclcn del Trabajo (SIlT) la realizacicn de 101diligencia de lnspecclon, EI Director 0 Gerente Regionalde Trabajo y Prornoclon del Empleo, 0 quien haga susveces,. es responsable por el curnplirniento oportunode las fiscallzaciones, debiendo adopter las medidasadministrativas. loglslicas 0 de gestion necesarias paragarantizar su lmplementacion.En cualquier case, y de acuerdo a los reportesgenerados por el sistema, la Direccion de lnspeccion delTrabajo prioriza la inmediata flscallzaclcn de los accidentesde trabajo rnortales y enfermedades ocupacionales ..Excepcionalmente, si las circunstancias 0 urgencia delcaso 10 arnerita, las Direcciones 0 Gerencias Regionalesde Trabajo y Prornoclon del Empleo, 0 los que hagan susveces, pooran soncitar ala Direccicn General de lnspecciondel Trabajo el apoyo de inspectores especializados para larealizacion de las diligencias requeridas.La informacion que se recabe durante la lnspecclondebe ser cornpiementsos en el Sistema lnformatico porel inspector encargado de efectuar dieha diligencia, en unplazo no mayor de tres (03) dias habiles de realizada, bajoresponsabllldad.Articulo 120._ De forma cornplementaria, la Direcci6nGeneral de Derechos Fundamentales y Seguridad ySalud en el Trabajo coord ina conla Direccion Generalde Inspeccion del Trabajo laincorporacion de aceionesdeinspecci6n con el contenido y enfoqueadecuado a laspolit icas de promocion y proteceion en materia de Seguridady Salud en el Trabajo.Articulo 121. La Olicina General de Estadisticay Tecnologla de 101Informaci6n y Comunicaciones delMinislerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo es el organaresponsable de supervisar la administracion del SistemaInformatico para la notificacion de accidentes de trabaJo,incidentes peligrosos y enfermedades ooupacionales.asi como de garanti-zar su adecuado usc, mantenimientoy funcionalidad, brindando e.1 asesoramiento !ecniconecesario a las areas y usuarios del sistema.ArtiGulo 1220._ Si como consecuencia de un accidentede trabajo 0 unaenfermedad ocupacional se produjerala muerte del trabajador, el centro medico asislendal

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    publico, privado. rnlhtar, policial 0 de seguridad socialdonde el trabaiador es atsndido, cebera notificar dichacircunstancia al Minislerio de Trabajo y Prornocion delEmpleo, dentro de las veinticuatro (24)horas siguientesde ocurrido el hecho, mediante el empleo del Sistemalnfcrmatico de Nolificacion de Accidenles de Trabaio,lncidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales 0,sxcepcionalmente, mediante comunicaclon escrita rernitidaa la Direcclon Regional de Trabajo y Prornocion del Empleo,o dependencia correspondienle a la .Iocalidad en la que seproduzca el faHedmiento.riTULOVII

    DE LA SUPERVISION, FISCALIZACION Y SANCIONDE LAS .ACTIVIDADES SECTORIALESArticulo 123 .. Conforme a 1 0 establecido en la SegundaDispcslcion Complernentaria Final y la Primera y SeptimaDisposicion Complemsntaria Modificatoria de la Ley, elSistema de lnspecclon del Traba]o es competenla parala supervislcn, fiscalizaci6n y sancion por incumplimientode las dlsposiciorres en materia de seguridad y salud enel trabaio en toda aclividad, incluidasIas actividades demineria y energia, de conformidad con 1 0 dispuesto en laLey General del lnspecclon del Trabajo, su reglamento y

    normas modificatorias. .En el caso del Sector Publico, la atribucion de supervisiony ftscalaacion de la Autoridad Administrativa de Trabalo saejerce. respecto de enti.dadesPublicas con trabajador.es bejoel regimen laboral de la actlvldad privada: sm pe~ulclo celacolaboracicn intennsbtuaonal que podraestaoleosrse conla Autoridad Nadonal del Servicio Civil, en el marco de lascompetencias senalada en el Decreto Legislativo N 1023.DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL

    Unica.- Las reglas previstas en el presenteReglamenlOpara las micro y pecuenas ernpresas tambien seranaplicables a los empleadores comprendidos en la SexlaDisposicion Complementaria Final de la Ley de Promociondela Competitividad, Formalizaci6n y Desarrollo de la Microy Pequei'ia ,Empresa y del Acceso al Empleo Decente,Decreto Legislative N 1086.

    DISPOSICIQNES COMPLEMENiARIASTRANSITORIASPrimera.- EI Mihisterio de Trabajo y Promocion delEmpleo coorolnara la expedlcicn de las reglamentacionessectoriales y la elaboraci6n de lnstrumentos tecolcos conlos sectores competentes.Segunda.- EI Ministerio de Trabajo y Promoci6n delEmpleo y la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIRdeterrninaran los mecanismos para la aplicad6n progresivade 1 0 establecido en la Ley y al presents Reglamento alas entidades publicas, atendiendo a su disponibilidadpresupuestal, alas leyes espedales aplicables, asi como alas consideraciones tecnlcas que correspondan.Tarcara. Los.empleadores continua ran lIevando losregistros obligatorios del Sistema de Gesli6n de Seguridady Salud en al Trabajo conforme a los procedimienlosvigentes, hasta que se aprueben los formatos a que sereliere el articulo 33' del Reglamento.Cuarta.- Las auditorias a que hace referencia elarticulo 43c de la Ley NC 29783 son obligalorias a partir del1 de enero de 2013.. EI Ministerio de Trabajo y Promoci6ndel Empleo regulara el registro y acreditaci6n de losauditores autorizados, asicomo la periodicida.d de eslas.Excepcionalmente durante el aFio 2012, los empl.ead'oresdel sector energia y minas deben ser auditados por quienesfiguren. en el Registro de Empresas Supervisoras delOSINERGMIN.Quillta.- A fin de determinar los crilerios paraestablecer las cuantlas indemnizatorias eSlablecidas enel articulo 95 del presente Regiamenlo, se eslablece unaComisi6n Multiseclorial. Las referidas indemnizacionesse haran efeclivas luego da la expedicion y publica cionde la Resoluci6n Ministerial a que el cilado articulo hacereferencia.Sexta.- EI Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleoregula mediante normas complementarias 1 0 pertinenteparala aplicaci6n de la Ley y el presente Reglamento, en elambito de sus competencias.Setima.- En tanto dure el proceso de implementacionde la Direccion de Promocion y Protecdon de los DerechosFundamentales y de la Seguridad y Salud en el Trabajo y

    22de la Direccion de Inspecci6n del TrabaJo en las Direcci.oneso Gerencias Regionales, 0 los que hagan sus veces, eninstancias regionales, las funciones asignadas a dichos6rganos sera.n asumidas transitor.iame.nte por la Direcoi6no Gerencia Regional de Trabajo y Promoci6n del Empleo, 0la que haga sus veces.Octava.- La Direcdon General de DerechosFundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo delMinisterio de Trabajo y Promoci6n del Empleo estableceun prograrna de capacitacicn dirigido a 1 8 micro y pequefiaernpresa. ET programa de capacltacion estara orientadoa lntorrnar sobrelos alcances dela Ley y el presenteReglamento y facilitar su implementaci6n.NoveIl8.- Con la finalidad de dar aplicacion a 1 0 1 nuevarequlaclon sobre Cornlte de Seguridad y Salud en el Trabajoo el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, losempleadores deben proceder a sobcltar a la organizaci6nsindical, si la hubiera, que convoque elecciones denlrode los primeros treinla (30) dias habiles de publicado elpresente Reglamento.De no existir organizaci6n slndical, el ernpleador debeproceder a rsalizar dicha convocatoria dentro del plazo detreinta (30) dias Mbiles,Los nuevos miembros del Cornite de Seguridad y Saluden el Trabajo 0 el Supervisor de Seguridad y Salud en elTrabajo inician sus funciones dentro de los pnmeros oiez(10) dias hablles de finalizado el proceso de elecctonDecima.- EI Ministerio de Trabajo y Promod6n delEmpleo gestionara la conformaci6n de una Gomisi6n TecnlcaMultisectqrial para elaborarla propuesta que constituya elRegistro Unico de Informacion sobre accidentes de traba]o,incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, dentrodel plaza de ciento ochenta (180) dias habiles de publicadoel presente Reglamento. La Cornision debe estar presididapor el Viceministro de Trabajo 0 quien este designe ylaSecretaria Tecnice estara a cargo dela Direccion Generalde Derechos Fundamen\ales y Seguridad y Salud en elTrabajo.Decimo Primera.- La regulacion de los servicios deseguridad y salud en el trabajo esta a cargo del Ministeri.ode Trabajo y Promoclcn del Empleo en coordinaci6n con elMinis!erio de Salud.EI Ministerio de Salud debe crear el registro de losservicios de seguridad y salud en el Irabajo y aprobarlas gulas de practica cnnica para el diaqnestico de lasenfermedades ocupacionales. La publicacion de losdocumenlos referidos se realiza dentro de los cientoochenta (180) dlas calendarios de publicado el presenteReglamento,Decimo Segullda.- EI Consejo Nacional de Seguridady Salud en el Trabajo y los Consejos Regionales deSeguridad y Salud en el Trabajo deben inslalarse denlrode los ciento ochenta (180) dtas calendario de publicadoelpresents Reglamento.Decimo Tercera.- EI pnmarinforme anual del ConsejoNacional de Seguridad y Salud en el Trabajo sera elaboracoen enero de 2013.Decimo Cuarta.- Der6guense el Decreto Supremo IN "009-2005"TR, sus modlficatcriaa, el Decreto Supremo N012-201.0-TR Y la Resolucion Ministerial N' 148-2007-TR.

    GLOSARIO DE TERMIN.OSPara efectos del contenido de la Ley de Seguridad ySalud en el Trabajo y el presente Reglamenlo se aplicaranlas siguientes deliniciones:Accidente da Trabajo (Ai): Todo suceso repentinoque sobrevenga por causa 0 con ocasion del. trabajoy que produzca en el trabajador una lesion organica,una perturbacion luncional, una invalidez 0 la muerte.

    Es tambien accidente de trabajo aquel que se producedurante la ejecucion de ordenes del empleador, 0 durantela ejecudon de una labor bajo su autoridad, y aun luera dellugar y horas de trabajo,Segun su gravedad, los accidentes de trabajo conlesiones personales pueden ser:1 ..AccidanteLeve: Suceso cuya lesion, resultado dela evaluaci6n medica, que genera en el accidentado undescanso breve con retorno maximo al dia siguiente a suslabores habituates,2. Accidente Incapacitallte: suceso cuya lesion,resullado de la evaluacion medica, da lugar a descanso,ausencia justiflcada al trabajo y tratamiento, Para fines

    estadlsticos, no se tomara en cuenta el dla de ocurrido el

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    accidente. Segun et grado de mcapac idao los accidentesde trabajo pueden ser:2.1. Total Temporal: euando la lesion genera en elsccldentado la imposibilidad de ufilizar su organismo; seotorqara lralamiento medico hasta su plena recuperacion,2.2. Parcial Permanente: cuando la leslon genera laperdlda parcial de un miembro u organa a de las funcionesdel misrno.2.3. Total Permanellte; cuando la lesion generalaperdlda anatomica 0 funcional tolal de un miembro u

    organa; 0de las funciones del mismo. Se considera a partirde la perdida del dedo menique.3. Accidente Mortal: Suceso cuyas lesiones producenla muerte del trabajador. Para etectos estadJsticos debeconsioerarse la fecha del ceceso.Actividad: Ejercicio u operacionesindustriales 0 deservicios desempefiadas por el empleador, en concordanciacon la normatrvidad vigente_Actividades, procesos, operaetones 0 laboresde alto riesgo: aquellas que impliquen una probabilidadelevada de ser la causa direcla de un dana ala salud deltrabajador con ocasi6n o como consecuencia del trabajoque realiza, La reiacion de aclividades calificadas como de

    alto riesgo sera establ.ecida per la autoridad competente.Actividades Insalubres: Aquellas que generen directao indirectamente perjuicios para la salud humanaActividades Peligrosas: Operaciones 0 servicios en lasque el objeto de fabricar, manipular, expender 0 almacenarproductos osubstancias es susceptible de originar riesgosgraves per explosion, combustion, radiaclcn, inhalaolonu otros modos de oontarninacion simuares que impaclennegativamente en la salud de las personas 0 los bienes ..Auditorla: Prooedimiento sistematico, independientey documentado para evaluar un Sistema de Gesti6n deSeguridad y Salud en el Trabajo, que se llevara a cabode acuerdo a la regulacion que establece el Ministerio deTrabajo y Promo cion del Empleo.Autoridad Competente: Ministerio, entidadgubernamental 0 autoridad publica encargada dereglamentar, controlar y fiscalizar elcumplimiento de lasdisposiciones legales.Archivo Activo: Es el archivo flsico 0electr6nico dondelos documentos S8 encuentra en forma directa y acceslbie ala persona que 10va a ufilizar,Archivo Pasivo: Es el archive fisico 0 etectronicodondelos documenlos no se eneuentra en forma directa yaceesible a la persona que 10va a utilizar.Capacitacion: Adividad que consists en trasmitirconocimientos tsorlcos y practcos para el desarrollo decompetenoas, capaodades y destrezas acerca del proeeso detrabajo, la prevenci6n de los riesqos, la seguridad y t a salud.Causas de los Aecidenles; Son uno 0 varies eventosrelacionados que concurren para generar un aecldente. Sedividen en:

    1. Falta de control; Son fallas, ausencias 0debilidadesadministraUvas en la conduccion del empleador 0 servicioy en la flscallzaden de las medidas de proteccion delaseguridad y salud en el trabalo.2. Causas Basicas: Referidas a factores personales yfacto res de trabajo:2.1. Factores Personales.-Referidos a limitacionesen experiencias, fobias y lensiones presentesen eltrabajador.2.2. Fact.ores del Trabajo ..-Referidos al trabajo, lascondiciones y medio ambiente de Irabajo: organizaci6n,metod'os, [ilmos, lurnos de irabajo, maquinaria, equipos,

    materiales, dispositivos de seguridad, sistemas demantenimiento, ambiente, procedimientos, comunicacion,entre otros.3. Causas Inmediatas.- Son aqueHas debidas a losactos condiciones subestandares.3.1. Condici'ones Subestilndares: Es loda condicionen el entorno del trabajo que puede causar un accidente.3.2. Actos Subestandares: Es toda aocion 0 practicaincorrecta ejeculada por el trabajador que puede causar unaccidente.Comila de Seguridad y Salud en el Tra baj 0.: Es un6rgano bipartito y paritario consti(uido por representantes

    del empleador y de los trabajadores, c-on las facullades y

    23obiigaciOrles previstas por ra legislacion y tapractice naeional,destinado a la consults regular y periodica de lasactuaeionesdel empleador en materia de prevsnclon de riesgos.Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo: Sonaquellos elementos, agentes 0 factores que tienen lnfluenciaen la generation de riesgos que afectan la seguridad y saludde los Irabajad 0res. Quedan especificamente inoluidos enesta definicion:

    " Las caracterislicas generales de los 'locales,instalaciones, equipos, productos y demas elementosmateriales existentes en el centro de trabajo,- La naturaleza,intensidades, concentraciones 0 nivelesde presencia de los agentes flsicos, quirnicos y biologicospresentes en el ambients de trabajo y sus correspondientesintensidades, concentraciones 0 niveles de presencia,-Los p roced irnientos , rnetod os de trabajo y tecnologiasestablecidas parala utilizacion 0 procesamiento de losagentes citados en el apartado anterior, que influyen en lageneraci6n de riesgos para los trabejadores.- La organizaci6n y ordenamiento de las labores y lasrelaciones taborales, incluidos los factores ergonomicos ypsicosociales.

    Condiciones de salud: Sonel conjunto de variablesobjetivas de orden nsiologico, psicol6gico y socioculturalque determinan el perfil sociodemoqrafico y de morbilidadde la ooblacten trabajadora.Contarnlnacion del amblenta de trabajo: Es todaatteracion 0 nocividad que afectata calidad del airs, sueto yagua del ambiente de trabajo cuya presencia y permanenciapuede afectar la salud, la integridad fisica y pslquica de lostrabajadores.Contratista; Persona 0 empresa que presta serviciosrsmunerados a un empleador con especiflcaclones, plazosy condiciones conveniens.Control de rlesgos: Es el proceso de toma de decisionesbasadas en la informacion obtenid'a en la svaluaciende riesgos. Se orienta a redudr los riesgos a traves dela propuestade rnedldas correclivas, la exigencia de sueumpl.imi.ento y. Ia ev.aluiflci6n peri6.dice. de su ifieacia_ _.

    Cultura de segundado cultura de prsvencron:Conjunto de valores, principles y normas de comportamientoy conocimiento respecto a la prevencion de riesgos en eltrabajo que com parten los miembros de una orqanlzacion,Emergenr::ia: Evento 0 suceso gra.ve que surge debidoa factores naturales como consecuencia deriesgos yprocesos peligrosos en el trabajo que no fueron consideradosen la gesti6n de la seguridad y salud en el trabajo.Enfermedad profesional u ocupaclonal: Es unaenfermedad contra ida como resullado dela exposicion afaclores de riesgo reladonadas al trabajo.Empleador: Toda persona natural 0 jurldica, privada 0publica, que emplea a uno 0 varios trabaiaoores.Equipos de Proteccion Personal (EPP); Son dispositivos,malenales eindumentaria personal destinados a cadatrabajador para prolegerlo de uno o vanos riesgos presentesen et trabajo y que puedan arneriazar su seguridad y salud.Los EPP son una alternativa temporal y complementaria alasmedidas preventivas de caracter colectivo.Ergonomla: lIamada tambieningenierla humana.Es 101ciencia que busca optimizar la interacci6n entre elIrabajador, rnaquina y ambients de traba]o con el fin deadecuarlos puestos, ambienles y la organizacion del trabajoa las capacidades y caracterlsticas de los trabajadores a finde minimizar efecles negativos y mejorar el rendimienlo y laseguridad del Irabajador.Estimdares de Trabajo: Son los modelos,. pautas ypatrones establecidos per el empleador que contienen losparametros y los requisitos mlnimos aceplables de medida,cantidad, calid'ad, valor, peso y extension eslablecidos porestudios exper.imentaies, investigadon,legislacion vigenteo resultado del avance lecnol6gico, con los cuales esposible comparar las actividades de trabajo, desempei'iO ycomportamientoinduslrial. Es un parametro que indica laforma correcla de hacerlas cosas. EI estandar satisface lassiguientes preguntas: (_Que?,.(_Quien? y (_Cuando?Evaluaci6n de riesgos: Es el proceso posterior alaidentificaci6n de los peligros, que petmile valorar elnivel,grado y gravedad. de los mismos proporcionando Is.infonnacion necesaris. para que el empleador se encuentreen condiciones de tomar una decision apropiada SObre laoporlunidad, prioridad y tipo de acciones prevenlivas quedebe adoptar.Exposicion: Presencia de condiciones y mediaambiente de trabajo que implica un determinado nivel deriesgo para los trabajadores.

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    Gastlon de la Se~uridad y Salud; Aplicaci6n de losprincipios de Iia acmirnstracion moderna a la seguridad ysalud, inteqrendola a la prcduccion, calidad y control decostos.Gestion de Riesgos: Es el prooedlmiento quepermits, una vez caracterizado el riesgo, la aplicacion delas medidas mas adecuadas para reducir al minimo losriesgos determinados y mitigar sus efectos, al !iempo quese obtienenlos resultados esoeraoos.ldentlficacten de Peligros: Proceso mediante el cualselocaliza y reconoce que existe un peligro y se definensus caracterlsticas,Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo 0en relacron con el trabajo, en el que la persona afectada nosufre lesiones corporales, a en el que estas solo requierencuidados de primeros auxilios.Incidents PeUgroso: Todo suceso potencialmenteriesgoso que pudiera causar lesiones 0enfermedades a laspersonas en su trabajo 0 a la poblacion,Inducci6n u Orientaci6n: Capacitacibn inicial dirigidaa olorgar conocrnlentos e lnstruccionas a t trabajador paraque ejecule su labor en forma segura"eficiente y corrects.Se divide normal mente en:

    - Inducci6n General: Capacitati6nal trabajador sooreternas generales como polltica, benefi.dos, servicios,facilidades, normas, practices, y el conocimiento delambiente laboral del empleador, efecluada antes de asumirsu puesto.-Induccion Especifica: Capacttacion que orinda altrabajador la lnformeclon y el conocimienlo necesario que1 0 prepara para su labor especlfica

    Investigaci6n de Accidentes elncidentes: Prooesode ldentlficaclon de los factores, elementos, circunstanciasy puntos crlticos que concurren para causar los accidentese lncidentes. La linalidad de la investigaci6n es revelar lared decausalidad y de ese modo permue a la direcciendel empleador tomar las acciones correctivas y prevenir larecurrencia de los misrnos.Inspecci6n: Verificaci6n del cumplimiento de losestandare s e st eb ie odos en lasdisposiciones legales_Proceso de observacion directa que acopia datos sobre eltraba]o, sus procesos, condiciones, medidas de proteccicny cumplimiento de dispositivos legales en seguridad y saluden el trabalo.l.esion: Alteracicn Ilsica u orqaruca que afec!a a unapersona como consecuencia de un accidente de Irabajo 0enfermedad ocupacional.Lugar d.e trabajo: Todo sitio 0 area donde lostrabajadores permanecen y desarrollan su trabajo 0 adondelienen que acudir para desarr-ollarlo.

    Mapa de Riesgos: Puede ser:- En el empleador u orqanizaelon: Es un plano de las

    condiciones de trabajo, que puede empleardiversas tecnicaspara identificar y locanzar los problemas y las acciones deprornocion y proteccion de la salud de los Irabajadores en laorganization del empleador y los servlcios que presta.-A nivel Nacional: Compendio de informacion organizaday sistematizada geogra.ficamente a nivel nacionalsubregional sabre lasamenazas, incidentes 0 actividadesque son valor-adas como riesgos para la opera cion segurade una empresa u organizaci6n.Medidas Coercitiv8S; Constituyen actos de intimidacion,amenaza 0 amedrentamiento reallzados al trabajador conla finalidad de desestabilizar el vlnculolaboral.Medidas de prevenci6n: Las aociones que se adoptancon el fin de evilar 0 disminuir los riesgos derivados del

    trabajo y que se encuentran dirigidas a proleger la salud delos Irabajadores contra aquellas condiciones de trabajo quegeneran danos que sean consecuencia, guarden relaci6na sobrevengan durante elcumplimiento de sus labores.Ademas, son medidas cuya .Implementacionconstituye unaobligadon y deber de los 'empleadores,Observador: Aquel miembro del sindicato mayoritarioa que se refiere el articulo 29 de la Ley, que cuentalinicamente con las facullades selialadas en el articulo 61"del Reglamenlo.Peflgro: Situaci6n 0 caracteristica intrinseca dealgo capaz de ocasionar danos alas personas, equipos,procesos y ambiente,Perdidas: Consliluye todo dana 0 menoscabo queperjudica al empleador.Plan de .Emergentia: Documento guia de las medidas

    24que se deberan tamar ante clertas condiciones 0 situacionesde gran envergadura e incluye responsabilidades depersonas y departarnentos, recursos del empleadordisponibles para su usc, fuentes de ayuda extern as,procedimientos general'es a seguir, autoridad para tomardecisiones, las comunicaciones e informes exigidos,Programa anual de seguridad y salud: Conjuntode a!?lividades de prevencion en ~egurida~ y salud en ellrabajo que establece la org aI1IZaCII)r1servico 0 empresapara ejecutar a 1 0 largo de un afio.Prevenei6n de Aeeidentes: Cornbtnaclon de poifticas,estandares, procedimientos, actividades y practlcas enel proceso y organizacion del trabajo, que establece elempleador con el objetivo de prevenir los rresgos en eltrabajo.Primeros Auxilios: P-rotocolos de atenci6n deemergence a una persona en el trabajo que ha sufrido unaccidente 0 enfermedad ocupacional.Proaetividad: Actitud favorable en el curnpllrniento delas normas de seguridad y salud en el trabajo con diligenciayeficaciaProcesos, Actividades, Operaciones,EquiposoProduetos Peligrosos: Aquellos elementos, factoreso agentes flsicos, quimicos, bioloqlcos, erqonomlcos,rnecanicos 0 psicosoclales. que e sta n p re se nte e en eloroceso de trabajo, sepun las definiciones y para metrosque establezcala legislation nacional y que originenriesgos para la seguridad ysalud de los trabajadores quelos desarrollen 0 ut.ilicen.Representante de los Trabajadores: Trabajadorelegido., de conformidad con la legislacion vigente., pararepresenlar a los trabajadores en el Cornite de Seguridad ySalud en el Trabs]o.RJesgo.: Probabilidad de que un peligro se materialice endelerminadas condiciones y genere dalios a las personas,equipos y al ambiente.Riesgo Labo ra l: P rohabil idad de que la e xp os lc io n a unfactor 0 procsso peligroso en el trabajo cause enferrnedado lesion.Salud: Es un derecho fundamental que supone unestado de bienestar fisico, mental y social, y no meramentet a ausenci a de enfermedad 0 de incapacidad_Salud Ocupacional: Rama de la Salud Publica queliene como finalidad promover y mantener I'll mayorgradode bieneslar fisico, menIal y social de los trabajadoresen todas las o co pa clo ne s: p re ve nir to co dafiQ a ta saludcausado por las condiciones de trabajo y por los facio res deriesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a susaptitudes y capacldades.Seguridad: Son todas aquellas ecoones y actividadesque permiten al trabajadorlaborar en condiciones de noagresion tanto ambientales como personales para preservarsu salud y conserver los recursos humanos y rnateriales.Sistema de Gesti6n de la Saguridad y Salud enel Trabajo: Conjunto de elementos interrelacionados 0interaGtivos que tienen por objeto establecer una polifica,objetlvos de sequridad y salud en el trabajo, meca~is.mosy acciones necesanos para alcsnzar dichos objetivos.estando intimamente relationado can el concepto d'eresponsabilidad social empresarial, en el orden de crearconciencia sobre el ofrecimiento de buenas condicioneslaborales a los trabajadores rneiorando, de este modo, sucalidad de vida, y promoviendo la competilividad de losempleadores en el mercado.Sistema Naeional de Ssguridad y Salud analTrabajo: Conjunto de agentes y faclores articulados enel ambito nacional y enel marco legal de cada Esta.doque fomenlanla prevencion de los r.iesgos laborales y lapromooi6n de las mejoras de las condiciones de trabajo,lales como la elaboraci6n de normas, lainspecci6n, .Iaformacion, promocion y apoyo, el registro de informacion,la atenci6n y rehabilitacion en salud y el aseguramienlo, lavigilancia y control de la salud,la participacion y consulta alos trabajadores,. y que contribuyen, con la partlcipaci6n delos interlocutores sociales, a definir, d.esarroHar y evaluarperiodicamente .las acciones que garanticen la seguridad ysalud de los Irabajadores y, en los empleadores, a mejorarlos procesos productivos, promoviendo su competitividaden el mercado,Supervisor de Seguridad y Saluden el Trabajo:Tr-abajador capacilado y designado por los trabajadores,en las empresas, organizaciones, instituciones 0 entidadespliblicas, incluidas las fuerzas armadas y policiales conmenos de veinte (20) Irabajadores.Trabajador: Toda persona que desempelia unaactividad laboral subordinada 0 aut6noma, para unempleador privado 0 para el ESlado.

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    REGLAMENTO DE LA LEY N' 297