Manual de Derecho Ambiental

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  • Manual deDerecho Ambiental

    Carlos Andaluz Westreicher

  • 07

    Indicaciones del autor

    Captulo I

    Nociones Previas

    Crisis ambiental

    Recursos naturales

    l Renovables

    l No renovables

    l Propiedad sobre los recursos naturales

    Ambiente

    Servicios ambientales

    l Concepto

    l Beneficiarios

    l Valorizacin

    l Pago por servicios ambientales

    Daos al ambiente

    l Degradacin

    l Contaminacin

    l Depredacin

    l Conservacin

    Captulo II

    Agua

    Concepto

    Importancia

    Recurso renovable

    Agua dulce

    l Concepto

    l Bien econmico

    l Derecho humano

    l Gestin de cuencas hidrogrficas

    m Concepto

    m Tipos de cuenca

    Contenido

    CONTENIDO

    31

    35

    37

    41

    50

    50

    59

    65

    68

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    l Salinizacin

    l Hidromorfolizacin

    l Contaminacin

    m Convenio de Rtterdam

    m Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgnicos Persistentes(COP)

    m Legislacin nacional

    l Degradacin qumica

    l Degradacin fsica

    l Erosin econmica

    Convencin de Lucha contra la desertificacin

    l Antecedentes

    l Desiertos

    l Desertificacin

    l Sequa

    l Objetivos de la CLD

    l Instrumentos de la CLD

    l Objetivos del PAN PER

    l Desertificacin en el Per

    Captulo IV

    Diversidad Biolgica

    Concepto

    Niveles de organizacin de la vida

    Procesos ecolgicos

    Ecosistema

    l Hbitat

    l Nicho ecolgico

    l Clasificacin de ecosistemas

    Causas de extincin de especies

    Formas de vida

    Regiones con mayor diversidad biolgica

    Diversidad biolgica en el Per

    l Marco legal nacional

    l Marco legal internacional

    Biotecnologa

    l Agrobiodiversidad

    l Agricultura moderna y monocultivo

    CONTENIDO

    m Cuencas en el Per

    m PRONAMACHCS

    m Demarcacin poltica y cuencas

    l Marco Jurdico Internacional para la gestin del agua dulce

    m Normas internacionales

    m Marco institucional

    l Marco legal e institucional para la gestin del agua en el Per

    m Legislacin

    m Instituciones

    Aguas ocenicas

    l Concepto

    l Aguas costeras

    l Aguas marinas

    m Dominio martimo

    m Marco legal e institucional internacional martimo

    m La Organizacin Martima Internacional

    m Tratados sobre contaminacin marina y aprovechamiento de recursos

    m El medio marino segn la CONVEMAR

    m Contaminacin del medio marino

    Captulo III

    Suelo

    Concepto

    Recurso renovable

    Degradacin

    Importancia

    Efectos de la degradacin

    Legislacin para combatir la degradacin

    Ordenamiento de tierras segn su capacidad de uso mayor

    Condicionantes naturales, sociales y econmicos

    Clasificacin

    Cambio de uso

    Ordenamiento a nivel de cuencas hidrogrficas

    Ordenamiento a nivel de predios

    Tala en tierras agropecuarias

    Ley General del Ambiente y planificacin del uso del suelo

    Legislacin para proteger las tierras agrcolas frente al uso urbano

    Manejo sostenible de la tierra

    Degradacin de la tierra

    l Erosin

    08

    CONTENIDO

    97

    117

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  • 11

    CONTENIDO

    l Bosques de Produccin en Reserva

    Bosques para Aprovechamiento Futuro

    l Plantaciones Forestales

    l Bosques Secundarios

    l reas de Recuperacin Forestal

    Bosques en Tierras de Proteccin

    Bosques Comunales

    Bosques Locales

    Bosques en Tierras de Propiedad Privada

    Bosques Secos

    l Bosques Secos de Produccin

    l Bosques Secos de Proteccin

    Asociaciones Vegetales de Productos Forestales Diferentes a la Madera

    Manejo y aprovechamiento de los recursos forestales

    Plan de Manejo Forestal

    l Plan General de Manejo Forestal

    l Plan Operativo Anual

    Concesiones Forestales

    l Con fines maderables

    m Con fines maderables mediante venta del vuelo forestal

    m Con fines de forestacin y reforestacin

    l Concesiones con fines no maderables

    m Para otros productos del bosque

    m Para ecoturismo

    m Para conservacin y servicios ambientales

    Comits de Gestin de Bosques

    reas Naturales Protegidas

    l Concepto

    l Categoras

    l ANP de uso indirecto

    m Parques Nacionales

    m Santuarios Nacionales

    m Santuarios Histricos

    l ANP de uso directo

    m Reservas Nacionales

    m Reservas Paisajsticas

    m Refugios de Vida Silvestre

    10

    CONTENIDO

    l Gentica

    l Cromosomas

    l Genes

    l Genotipo

    l Fenotipo

    l Germoplasma

    l Biotecnologa tradicional

    l Biotecnologa convencional

    l Marco legal nacional e internacional sobre biotecnologa

    l Bases de la ingeniera gentica

    l Organismos vivos modificados

    m Obtencin

    m Tipos

    m Riesgos

    m Cultivo de tejidos

    Bioprospeccin

    Biopiratera

    Bioseguridad

    l Marco legal nacional e internacional sobre bioseguridad

    Biotica

    Procesos judiciales sobre Transgnicos OVM

    Bosques tropicales

    l Importancia

    l Marco legal internacional

    l Marco legal nacional

    l Los bosques y los rboles

    l Deforestacin y sus causas

    l Gestin forestal sostenible

    l Certificacin de bosques

    l Funciones econmicas del bosque

    l Funciones sociales del bosque

    l Aspectos institucionales y bosques

    l Demanda de bienes y servicios del bosque

    Los bosques en el Per

    Ordenamiento forestal

    Acceso a los recursos forestales y de fauna silvestre

    Bosques de Produccin

    l Producto o bien forestal

    l Servicios ambientales del bosque

    l Bosques de Produccin Permanente

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  • 13

    CONTENIDO

    l Zoolgicos

    l Centros de Rescate

    l Centros de Custodia Temporal

    Animales silvestres como mascotas

    Caza de animales silvestres

    l Caza de subsistencia.

    l Caza y/o captura comercial

    l Caza y/o colecta cientfica

    l Caza deportiva

    l Caza sanitaria

    Aprovechamiento de recursos hidrobiolgicos

    Ordenamiento pesquero

    Cdigo de Pesca Responsable

    Extraccin pesquera continental

    Extraccin comercial

    Extraccin no comercial

    Proteccin de la flora y fauna acutica

    Pesca prohibida

    Captulo V

    Atmsfera

    Concepto

    Contaminacin atmosfrica

    Espectro radioelctrico

    Radiacin ionizante

    Radiacin no ionizante

    Contaminacin sonora

    l Concepto

    l Efectos

    l Medicin del ruido

    l Legislacin nacional sobre ruidos

    Calentamiento mundial

    l Concepto

    l Efecto invernadero

    l Efectos mundiales del cambio climtico

    l Efectos nacionales del cambio climtico

    12

    CONTENIDO

    m Reservas Comunales

    m Cotos de Caza

    m Bosques de Proteccin

    Zona Reservada

    Zonas de Amortiguamiento

    Reservas Territoriales para Grupos en Aislamiento Voluntario

    Categoras de conservacin internacionales

    l Sitios de Patrimonio Mundial Natural

    l Reserva de Biosfera

    rea de Conservacin Regional

    rea de Conservacin Municipal

    rea de Conservacin Privada

    Zonificacin de las ANP

    Plazo de establecimiento de un ANP

    Propiedad de las ANP

    Facultad de creacin

    Facultad de modificacin

    Instrumentos de manejo

    Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas

    Jefe del ANP

    Comits de Gestin de ANP

    Participacin ciudadana en la administracin de un ANP mediante

    el desarrollo de actividades a su interior

    l Rgimen especial de administracin de Reservas Comunales

    l Contratos de Administracin

    l Concesiones para la Prestacin de Servicios Econmicos

    l Contratos para el Aprovechamiento de Recursos Naturales

    l Convenios para la Ejecucin de Proyectos y Programas de

    Investigacin y/o Conservacin

    l Autorizaciones y Permisos para el Desarrollo de Actividades Menores

    Proteccin de los recursos forestales y de fauna silvestre

    Efectos de la introduccin de especies exticas

    Clasificacin oficial de la flora y fauna silvestre de acuerdo con su

    estado de conservacin

    Clasificacin oficial de la flora y fauna silvestre de acuerdo con el

    grado de amenaza

    Manejo y aprovechamiento de fauna silvestre terrestre

    l Zoocriaderos

    l reas de Manejo de Fauna Silvestre

    l Cotos de Caza

    267

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  • 15

    CONTENIDO

    l Concepto

    l Poltica ambiental de Estado

    l Poltica ambiental de Gobierno

    Captulo VIII

    Instrumentos de Gestin Ambiental

    Concepto

    Tipos

    Ordenamiento Territorial

    Zonificacin Ecolgica Econmica

    l Concepto

    l Objetivos

    l Niveles

    l Enfoques

    l Unidades ecolgicas

    l Categoras de uso

    l rganos competentes

    l Etapas del procedimiento de ZEE

    Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano

    l Concepto

    l Autoridad competente

    l Instrumentos de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano

    m Plan de Acondicionamiento Territorial

    m Plan de Desarrollo Urbano

    m Plan Especfico

    m Plan Urbano Distrital

    l Zonificacin urbana

    m Concepto

    m Predio urbano

    m Predio rural

    m Tipos

    m Cambio de zonificacin

    Estndares de Calidad Ambiental

    l Concepto

    l Utilidad

    l ECA e imputacin de responsabilidad

    l Elaboracin

    14

    CONTENIDO

    l Marco jurdico internacional

    l Estrategia Nacional de Cambio Climtico

    l Cambio climtico y desastres naturales

    Dao a la capa de ozono

    l Concepto de capa de ozono

    l Daos

    l Adelgazamiento de la capa de ozono

    l Efectos de los daos

    l Agujero de la capa de ozono

    l Convencin de Viena para la Proteccin de la Capa de Ozono

    l Aplicacin nacional de la Convencin de Viena para la Proteccin de

    la Capa de Ozono

    Lluvia cida

    l Concepto y efectos

    Captulo VI

    Residuos Slidos

    Contaminacin por residuos slidos

    Concepto

    Manejo integral

    Plan Nacional de Gestin Integral de Residuos Slidos

    Planes Integrales de Gestin Ambiental de Residuos Slidos

    Fases de la gestin

    Clasificacin

    Generador

    Botadero

    Relleno sanitario

    Autoridades competentes

    Sanciones

    Convenio de Basilea sobre movimientos transfronterizos

    Captulo VII

    Gestin Ambiental

    Concepto

    Poltica ambiental

    358

    362

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    401

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  • 17

    CONTENIDO

    m Subsector Industrias

    m Subsector Pesquera

    l Sector Transportes y Comunicaciones

    m Subsector Transportes

    m Subsector Comunicaciones

    Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMA)

    Planes de Cierre de Actividades

    l Planes de Cierre de Minas

    l Planes de Cierre de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera

    Planes de Descontaminacin y Tratamiento de Pasivos Ambientales

    Planes de Prevencin y de Mejoramiento de la Calidad Ambiental

    Declaratoria de Emergencia Ambiental

    Sistema Nacional de Informacin Ambiental

    Instrumentos Econmicos

    Medidas de Promocin

    Servidumbre Ambiental

    Captulo IX

    Derecho Ambiental

    Concepto

    Legislacin ambiental

    Caractersticas

    Principios de derecho ambiental

    l Concepto

    l Principios en la Ley General del Ambiente

    l Principio de prevencin

    l Principio de interdependencia

    l Principio de incorporacin de los valores ambientales

    l Principio de iniciativa institucional

    l Principio de participacin ciudadana

    l Principio de internalizacin de costos o contaminador-pagador

    l Principio precautorio

    m Antecedentes

    m es realmente un principio de derecho?

    m Elementos y requisitos para su aplicacin

    n Peligro de dao grave o irreversible

    n Incertidumbre cientfica e indicios consistentes de amenaza

    n Iniciativa institucional ante la incertidumbre

    n Anlisis costo beneficio de accin versus falta de accin

    16

    CONTENIDO

    l Uso de ECA o LMP internacionales

    Lmites Mximos Permisibles

    l Concepto

    l Utilidad

    Normas transitorias de calidad ambiental de carcter especial

    Evaluacin de Impacto Ambiental

    l Concepto

    l Impacto ambiental

    l Antecedentes

    l Inventario ambiental

    l Evaluacin ambiental

    l Contenido de los Estudios de Impacto Ambiental

    Estudios de Impacto Ambiental

    l Concepto

    l Origen

    Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental

    l Concepto

    l Ente coordinador

    l Autoridad competente para aprobacin

    l EIA en relacin con las categoras de impacto ambiental

    m No significativos

    m Moderados

    m Significativos

    l Contenido de la solicitud

    l Contenido del EIA

    l Contenido de la certificacin ambiental

    Evaluacin de impacto ambiental por sectores

    l Sector Agricultura

    m Subsector Forestal y de Fauna Silvestre

    m Subsector reas Naturales Protegidas

    m Subsector Recursos Hdricos

    m Subsector Industrias vinculadas a la Actividad Agraria

    m Subsector Agrcola y Agroindustrial

    l Sector Salud

    l Sector Energa y Minas

    m Subsector Minera

    m Subsector Energa

    l Sector Produccin

    432

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    516

  • 19

    CONTENIDO

    Acciones de naturaleza civil

    m Legitimidad para obrar

    m Dao ambiental

    m Conducta antijurdica

    l Accin de responsabilidad civil extracontractual

    m Relacin de causalidad

    m Responsable

    m Factores de atribucin

    m Reparacin

    l Accin por ejercicio u omisin abusivos del derecho

    l Accin de nulidad de actos jurdicos

    l Accin de interdicto de retener

    Acciones de naturaleza constitucional

    l Proceso de amparo

    l Proceso de accin popular

    l Proceso de cumplimiento

    l Proceso de habeas data

    l Proceso de accin de inconstitucionalidad

    Delitos contra el ambiente

    l Bien jurdico tutelado

    l Sujeto activo

    l Sujeto pasivo

    l Responsabilidad penal de las personas jurdicas

    l Consecuencias de la levedad de las penas

    l Principio de oportunidad

    l Inexistencia de la inhabilitacin expresa

    l Medida cautelar restrictiva

    l Repeticin de conductas punibles

    l Superposicin de funciones

    l Falta de capacitacin y equipamiento de la polica

    l Trmite procesal

    Tratamiento penal de la contaminacin

    Otros tipos penales

    l Ingreso ilegal de residuos o desechos peligrosos o txicos

    l Depredacin de flora y fauna legalmente protegidas

    l Extraccin prohibida de flora y fauna acuticas

    l Caza furtiva de camlidos silvestres

    l Depredacin de bosques legalmente protegidos

    l Alteracin del ambiente o paisaje

    l Depsito, comercializacin o vertimiento prohibidos de desechos

    l Uso indebido de tierras agrcolas

    18

    CONTENIDO

    n Medidas proporcionales

    n Medidas no discriminatorias

    n Medidas provisionales y variables

    n Inversin de la carga de la prueba

    l Principio precautorio en la legislacin nacional

    l Principio precautorio en la jurisprudencia nacional

    Captulo X

    Participacin Ciudadana como Derecho y Deber

    Concepto

    Participacin ciudadana en las normas jurdicas

    Acceso a la tutela administrativa y judicial ambiental

    l Normas que reconocen el derecho de acceso a la justicia

    ambiental

    Derecho de acceso a la informacin

    l Normas que reconocen el derecho de acceso a la informacin

    l Procedimiento de acceso a la informacin

    Derecho a la participacin en la gestin ambiental

    l Normas que reconocen el derecho de participacin en la gestin

    ambiental

    Derechos especiales de participacin de los pueblos indgenas

    l Concepto de pueblo indgena

    l Pueblos indgenas segn la legislacin nacional

    l Derechos de los pueblos indgenas sobre sus conocimientos

    colectivos

    Derecho de participacin en el derecho internacional

    l Instrumentos no vinculantes

    l Instrumentos vinculantes

    Captulo XI

    Procesos para la Defensa del Ambiente

    Consideraciones previas

    Acciones para el acceso a la justicia ambiental

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    543

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    590

    590

    614

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    637

    645

  • 21

    CONTENIDO

    Cuadros de infracciones administrativas

    Captulo XII

    Derecho Ambiental Internacional

    Derecho internacional pblico

    Derecho ambiental internacional

    Instrumentos de derecho internacional pblico que sustentan

    al derecho a un ambiente saludable

    Razones fcticas que sustentan al derecho ambiental

    internacional

    Sujetos del derecho internacional pblico

    Fuentes del derecho internacional pblico

    Principios de derecho ambiental internacional

    l Principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas

    l Principio de soberana y responsabilidad ambiental

    l Principio de evaluacin del impacto ambiental

    l Principio de notificacin oportuna de impactos transfronterizos

    l Principio de respeto a la realidad de cada pas

    l Principio de cooperacin para la prevencin del dao ambiental

    y su reparacin

    l Principio de coordinacin institucional eficaz

    l Principio de desarrollo sostenible

    Tratados internacionales sobre materia ambiental

    Poltica exterior en materia ambiental

    Captulo XIII

    Administracin Ambiental

    Concepto

    Sistema Nacional de Planeamiento Estratgico

    Centro Nacional de Planeamiento Estratgico

    Sistema Nacional de Gestin Ambiental

    Instituciones comprometidas con la gestin ambiental

    Presidencia del Consejo de Ministros

    l Consejo Nacional del Ambiente

    l Organismo Supervisor de la Inversin en Energa

    l Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento

    l Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la

    Proteccin de la Propiedad Intelectual

    20

    CONTENIDO

    l Autorizacin ilcita de habilitacin urbana

    l Responsabilidad funcional por otorgamiento ilegal de licencia de

    funcionamiento

    Faltas penales

    l Crueldad y maltrato de animales

    l Destruccin de plantas ornamentales

    l Arrojo y quema de basura

    l Perturbacin de la paz pblica

    l Perturbacin del vecino

    Acciones administrativas

    l Principios del procedimiento administrativo

    l Legitimidad para obrar

    l Requisitos para denunciar segn los sectores

    l Repeticin de conductas

    l Acto administrativo

    l Evaluacin previa con silencio negativo

    l Procedimiento administrativo trilateral

    l Procedimiento administrativo sancionador

    m Principios

    Fiscalizacin y control

    l Fiscalizacin y sancin ambiental

    l Rgimen de fiscalizacin y control ambiental

    l Inspecciones

    l Vigilancia y monitoreo ambiental

    l Vigilancia ciudadana

    l Rgimen de responsabilidad por el dao ambiental

    l Rgimen de sanciones

    l Sanciones

    l Medidas correctivas

    l Medidas cautelares

    l Registro de buenas prcticas y de infractores ambientales

    Responsabilidad de los profesionales y tcnicos

    Responsabilidad por daos ambientales

    Responsabilidad objetiva

    Garantas para actividades riesgosas o peligrosas

    Responsabilidad subjetiva

    Eximentes de responsabilidad

    Reparacin del dao

    Rgimen de incentivos

    Ejecucin coactiva

    655

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    668

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    776

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    780

    776

  • 23

    CONTENIDO

    m Oficina del Medio Ambiente

    l Programa de Apoyo a la Reforma en el Sector Saneamiento

    l Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento

    l Instituto Nacional de Desarrollo

    Ministerio de la Produccin

    l Direccin General de Seguimiento, Control y Vigilancia

    l Direccin General de Asuntos Ambientales de Pesquera

    l Direccin de Asuntos Ambientales de Industria

    l Instituto del Mar del Per

    l Instituto de Investigacin de la Amazona Peruana

    Ministerio de Defensa

    l Direccin General de Capitanas y Guardacostas

    l Servicio Nacional de Meteorologa e Hidrologa

    Ministerio del Interior

    l Polica Nacional del Per

    l Direccin de Polica de Turismo y Ecologa

    l Autoridades polticas representantes del Poder Ejecutivo bajo

    criterios territoriales

    Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

    l Direccin de Medio Ambiente y Sostenibilidad Turstica

    Ministerio de Transportes y Comunicaciones

    l Direccin General de Asuntos Socio Ambientales

    m Direccin de Evaluacin Socio Ambiental

    Ministerio de Relaciones Exteriores

    l Direccin de General de Medio Ambiente

    Ministerio de Educacin

    l Direccin Nacional de Educacin Comunitaria y Ambiental

    l Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologa

    m Direccin General de Medio Ambiente

    Ministerio de Justicia

    Gobiernos Regionales

    l Sistema Regional de Gestin Ambiental

    22

    CONTENIDO

    l Instituto Nacional de Defensa Civil

    l Consejo Nacional de Descentralizacin

    l Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amaznicos

    y Afroperuanos.

    Consejo Nacional del Ambiente CONAM

    l Consejo Directivo

    l Secretara Ejecutiva

    l Comisin Consultiva

    l Tribunal de Solucin de Controversias Ambientales

    l Comisin Ambiental Transectorial

    l Grupos Tcnicos Nacionales

    l Grupos Tcnicos Estratgicos

    l Grupos Tcnicos Regionales y Locales

    Ministerio de Agricultura

    l Instituto Nacional de Recursos Naturales

    m Sistema Nacional de reas Naturales Protegidas

    m Oficina de Supervisin de las Concesiones Forestales Maderables

    l Fondo de Promocin del Desarrollo Forestal

    l Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrogrficas y

    Conservacin de Suelos

    l Servicio Nacional de Sanidad Agraria

    l Instituto Nacional de Investigaciones y Extensin Agraria

    l Proyecto Especial de Titulacin de Tierras y Catastro Rural

    Ministerio de Salud

    l Direccin General de Salud Ambiental

    l Direccin de Ecologa y Proteccin del Ambiente

    m Instituto Nacional de Salud

    Ministerio de Energa y Minas

    l Direccin General de Asuntos Ambientales Mineros

    l Direccin General de Asuntos Ambientales de Energticos

    l Direccin General de Gestin Social

    l Instituto Geolgico, Minero y Metalrgico

    Direccin de Geologa Ambiental

    l Instituto Peruano de Energa Nuclear

    l Organismo Supervisor de Inversin en Energa

    Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento

    l Direccin Nacional de Saneamiento

    781

    788

    795

    796

    798

    800

    802

    803

    805

    805

    806

    806

    807

    808

  • Agradecimientos: por su colaboracin en los contenidos a Lorena Durand y

    Jorge Hurtado; por su apoyo y colaboracin incondicional a Charito Torres,

    Mnica Zelada, Tarcisio Andaluz, Alberto Limo, Juan Castro, Juan Iza y Elmer

    Lara.

    Carlos Andaluz Westreicher

    Est permitida la reproduccin parcial o total de este libro solo para fines

    educativos y de capacitacin, con la simple indicacin de la fuente.

    Edicin

    PROTERRA

    Calle Madrid 166, Miraflores, Lima 18, Per

    Telefaxes: (51 1) 446 6363 / 242 0238 / 242 0239

    Correo: [email protected]

    Web: www.proterra.org.pe

    Impreso en Lima - Per

    por .................

    Segunda edicin ..... de 2006

    1000 ejemplares

    ISBN: ..............

    Depsito Legal: ..........

    24

    CONTENIDO

    l Gerencia de Recursos Naturales y Gestin del Medio Ambiente

    l Comisin Ambiental Regional

    l Secretara Ejecutiva Regional del CONAM

    l Secretario Ejecutivo Regional

    l Grupos Tcnicos Regionales

    Gobiernos Locales

    l Sistema Local de Gestin Ambiental

    l Comisiones Ambientales Municipales

    l Grupos Tcnicos Locales

    Congreso de la Repblica

    l Comisin de Pueblos Andino Amaznicos, Afroperuanos, Ambiente

    y Ecologa

    Poder Judicial

    Tribunal Constitucional

    Ministerio Pblico

    Defensora del Pueblo

    Contralora General de la Repblica

    Instituto de Investigaciones de la Amazona Peruana

    Referencias Bibliogrficas

    Base legal consultada

    814

    832

    833

    833

    833

    834

    834

    837

    839

    849

  • Esta publicacin se ha realizado en el marco de las actividades de Proterra, que

    han sido financiadas en sus respectivos proyectos por Novib y el Fondo de las

    Amricas.

    Queremos expresar de manera muy especial nuestra gratitud a Novib por haber

    venido apoyando las actividades de Proterra desde el ao 1991, lo que ha

    contribuido a fortalecernos institucionalmente y a ocupar un espacio para

    desarrollar nuestro objetivo central, que es la incidencia para lograr una

    gestin ambiental que nos permita gozar de un ambiente adecuado para la vida

    y el desarrollo sostenible.

    Deseamos tambin agradecer a las empresas que en el marco de su poltica de

    responsabilidad social han prestado apoyo a nuestras actividades.

    E x p o r t o f f r e s h p r o d u c t s

    CIENEGUILLA - PER

    RESORT & COUNTRY CLUB

  • A mi familia, base para todo lo dems.

  • Indicaciones del autor:

    La generosidad de los lectores y de nuestros patrocinadores ha hecho posible

    una nueva edicin del libro Ambiente Sano y Desarrollo Sostenible: deberes y

    derechos, pero esta vez con una temtica ampliada y en formato de Manual. Sin

    embargo, la finalidad sigue siendo la misma, transmitir a un pblico

    heterogneo de forma comprensible lo que a veces parece sumamente

    complicado: el derecho sustantivo y procesal que protegen el ambiente, las

    competencias administrativas; as como los conceptos que explican el

    comportamiento del ambiente y cmo influyen en l los impactos humanos.

    Nos hemos impuesto ese fin porque la lectura y comprensin de las normas

    legales resulta generalmente tediosa y difcil para el ciudadano promedio e

    inclusive para los profesionales dedicados a la temtica ambiental, por ello

    ofrecemos estos contenidos de manera sistematizada y en un lenguaje sencillo,

    a efectos de que los ciudadanos puedan contar con un instrumento que les

    permita ejercer su derecho de participacin en la gestin ambiental; as como

    al acceso a la informacin y a la justicia ambiental; respectivamente.

    Asimismo, queremos contribuir con esta herramienta para orientar a los

    interesados en la gestin del ambiente (estudiantes y profesionales) y a quienes

    ejercen la funcin pblica y jurisdiccional.

    Para lograr nuestro objetivo hemos glosado sistemticamente el contenido de

    las normas y las instituciones a efectos de sealar lo ms significativo,

    diferenciar sus distintas partes y recoger lo que a nuestro parecer es ms

    importante para los lectores. El marco jurdico e institucional referido a cada

    materia tratada se ha desarrollado incluyendo tanto el derecho internacional

    como el interno. Cuando las normas o temas tratados requieren

    esclarecimiento hemos incluido explicaciones del autor y de la doctrina

    nacional y extranjera. Tambin nos hemos permitido aportar contenidos

    doctrinarios acerca de la gestin ambiental y sus componentes y, en particular,

    lo referido al derecho ambiental, sus caractersticas y sus principios. Para

    asegurar un mejor entendimiento se ha recurrido frecuentemente a ejemplos.

    En lo posible se ha utilizado un estilo casi coloquial de preguntas y respuestas

    para facilitar la lectura y el aprendizaje.

    31

  • 32

    En cuanto a los contenidos que explican el comportamiento del ambiente y los

    impactos ambientales, se ha procurado hacer una explicacin en trminos muy

    simples, por lo tanto desde ya pedimos indulgencia a los profesionales de las

    ciencias naturales y sociales por los desaciertos que tal simplificacin pudiera

    haber provocado. Cuando existen posiciones discordantes o polmicas, se han

    incluido los diferentes argumentos, prefiriendo en algunos casos glosarlos para

    una mayor fidelidad a tales tesis. Asimismo, se han adaptado algunos textos

    explicativos referidos a la diversidad biolgica y a la situacin de los bosques en

    el mundo, por su claridad expositiva; en cada caso se explicita la fuente.

    En el texto el lector encontrar vietas con smbolos cuyo significado es el

    siguiente:

    Indica la respuesta directa a la pregunta planteada. Normalmente

    corresponde a definiciones o enumeraciones.

    Seala ejemplos de prrafos explicativos anteriores.

    Indica comentarios del autor, opiniones de terceros, jurisprudencia,

    as como informacin adicional del tema.

    Seala informacin muy importante a tener en cuenta.

    Indica referencia a la base legal o anotaciones a normas concretas. La

    fecha que aparece entre parntesis corresponde a su fecha de

    publicacin en el diario oficial El Peruano.

    Los distintos estilos y tamaos de fuente buscan evitar la monotona en la

    lectura y destacar, a travs de subrayados, negritas y mayor tamao de letra, lo

    ms relevante de los temas tratados.

    F

    N

    &

  • Captulo INociones Previas

  • 37

    CRISIS AMBIENTAL

    CULES SON LAS CAUSAS DE LA CRISIS AMBIENTAL?

    F La severa crisis ambiental que enfrentamos se debe a factores concurrentes como el vertiginoso incremento de la poblacin humana, que

    1

    actualmente supera los 6 000 millones , y que en slo 37 aos se duplic de 2 500 2

    a 5 000 millones, as como a su longevidad ; aunado al acelerado crecimiento de

    todas las actividades econmicas que ha producido impactos negativos en el

    ambiente, deteriorndolo y afectando la calidad de vida, amn de la

    sobrexplotacin de los recursos naturales.

    Ello se agudiza por la pobreza que sufre una gran parte de la poblacin del 3

    planeta , de hecho ms de tres mil millones de personas viven hoy con menos de

    dos dlares al da; y son ms de 40,000 los nios que cada da mueren por

    enfermedades relacionadas a la desnutricin, lo que repercute en el uso

    intensivo de los recursos, lo cual, a su vez, alimenta el crculo perverso

    causando ms pobreza y subsecuentemente ms degradacin de la naturaleza.

    Estos niveles de pobreza que alimentan los problemas ambientales se explican

    tambin por el desbalance de la distribucin demogrfica, ya que en los

    pases ms ricos reside slo el 20% de la poblacin mundial; agravndose por el

    desbalance mundial en los ingresos y consumo, pues este 20% ms rico

    representa ms del 86% del consumo privado, mientras que el 20% ms pobre de

    la poblacin del mundo representa menos del 2% del total del consumo privado.

    Es revelador, en este sentido, la disparidad que hay en el gasto anual per cpita

    en salud entre ricos y pobres, as, frente a los 30 a 40 dlares recomendados por

    la Organizacin Mundial de la Salud, los pases menos desarrollados invierten 11 4

    y los pases de alto ingreso 1,900 . Este nivel de consumo concentrado explica

    tambin el desbalance en los niveles de emisiones contaminantes, as por

    ejemplo, slo cuatro pases producen casi la mitad de las emisiones globales de 5

    CO (Estados Unidos 22,9%, China 15,1%, Japn 5% e India 4,4%) .2

    NOCIONES PREVIAS

    1 El Programa de Poblacin, Salud y Medio Ambiente del Population Reference Bureau (www.prb.org) ha

    estimado para mediados de 2002 que la poblacin mundial alcanza los 6 215 millones, y que ser 7 860

    millones a mediados de 2025.

    2 Segn LOZADA Ruth, en Revista Caretas N 1811, 19 de febrero de 2004, la ciencia ha triplicado la

    expectativa de vida que se tena hace 500 aos.

    3 Revista Time, Volumen 2 N 23, p 21.

    4 Programa de Poblacin, Salud y Medio ambiente del Population Reference Bureau, julio de 2004.

    5 Programa de Poblacin, Salud y Medio Ambiente del Population Reference Bureau (www.prb.org).

  • 38 39

    En el ltimo siglo el crecimiento industrial se ha multiplicado por cincuenta

    veces, correspondiendo las cuatro quintas partes de ese crecimiento a los

    ltimos cincuenta aos; por ello se suele indicar que 1950 constituye el umbral

    de la crisis ambiental. Tal incremento obedece al espectacular desarrollo que

    experiment la ciencia y la tecnologa aplicada en todos los campos del

    quehacer humano, esto explica el crecimiento de actividades econmicas

    como la minera, pesca, comercio, industria, construccin, transporte,

    agricultura y ganadera; no slo como respuesta a un deseo de progreso sino al

    imperativo de satisfacer las necesidades de una poblacin humana que crece de

    manera exponencial.

    El ser humano de la sociedad industrial se mostr arrogante respecto de la

    Naturaleza, envanecido por su tecnologa que todo lo puede y no

    concibindose a s mismo como parte de ella sino como una realidad distinta, se

    dio a la tarea de dominarla y servirse de sus componentes. Tal concepcin, 6

    como refiere BORRERO , provoc que el deterioro ambiental estuviera exento

    de sentimientos de culpa, debido a que los daos ambientales no eran ms que

    los costos del progreso o desarrollo, por eso la prevencin de los impactos

    ambientales negativos no fueron incluidos en los costos operativos de los

    procesos productivos, configurndose una injusta externalizacin de los

    mismos. Incluso se legitim hacer todo aquello de lo que fuera capaz la

    tecnologa, al margen del respeto al equilibrio ecolgico y favoreciendo

    asentamientos humanos como sistemas autnomos altamente subsidiados y

    ajenos al medio natural.

    En el campo de la actividad agraria, para destacar un ejemplo con gran impacto

    en el ambiente, el crecimiento est dado por el paquete tecnolgico al que se

    llam revolucin verde; gracias al cual fue posible sembrar grandes

    extensiones de terreno con monocultivos de alto rendimiento y bajo costo, ello

    en virtud a la escala de produccin y al incremento de la productividad por el

    uso de semillas genticamente mejoradas, fertilizantes sintticos, biocidas,

    mecanizacin en el cultivo y cosecha, riego presurizado (goteo, aspersin,

    microaspersin y capilar); todo ello acompaado de la capacidad tcnica para

    ampliar la frontera agrcola, a costa del despoblamiento de bosques,

    irrigaciones en desiertos y la desecacin de humedales; con el consecuente

    impacto ambiental que todo ello origina, a saber: la sustraccin de agua fresca

    de su medio natural y la descompensacin ecolgica que ah se produce; la

    destruccin del hbitat de ingentes cantidades de especies dependientes del

    bosque natural y los humedales, la contaminacin del suelo, el agua y la

    6 BORRERO NAVIA, Jos M. Proteccin Penal de los Derechos Ambientales - De la Criminologa al Derecho

    Penal Ecolgico,Cali, Pacfico, 1990, p 23.

    atmsfera, etc. Este crecimiento se refleja en una acelerada prdida de

    diversidad biolgica por el uso intensivo de pocas especies (las genticamente

    mejoradas) en desmedro de las tradicionales y por la destruccin de los

    ambientes naturales que han cedido paso a los campos agrcolas y a las praderas

    ganaderas, a un punto tal que se calcula que se pierden cien especies

    diariamente por efecto de este crecimiento y, asimismo, que en una semana se

    extinguen ms especies que en los ltimos 300 aos. A estos altos estndares

    tecnolgicos se agrega recientemente la creacin de los organismos

    genticamente modificados, cuyos impactos en el ambiente y la salud son

    materia de especial preocupacin.

    En la actividad minera hay tecnologas que han dejado prcticamente en el

    pasado a la pequea y mediana minera, basadas en la galera y el socavn que

    conducen a la veta. Estas han cedido paso a los mega proyectos mineros que

    alteran radicalmente los ecosistemas, pues explotan a tajo abierto las menas

    que contienen los metales, moliendo masivamente la tierra y separando por

    lixiviacin las molculas de mineral gracias a la atraccin que ejerce el cianuro

    de sodio. Antes el minero iba tras las pepitas o la veta, hoy debe separar las

    molculas del metal contenido en el suelo.

    Un fenmeno antrpico producto de la sociedad industrial, que tambin ha

    contribuido a la crisis ambiental, es la pauta urbana. Efectivamente, hoy casi

    tres mil millones de personas viven en zonas urbanas y para el ao 2030 ms del 7

    60% de la poblacin vivir en ellas , lo cual tiene implicancias ambientales

    negativas que se expresan en grandes cantidades concentradas de residuos

    slidos, aguas servidas y contaminacin del aire; as como la gran demanda de

    energa, alimentos y otros recursos que deben ser trasvasados de otras

    regiones, con el consecuente desbalance ambiental para stas. El aspecto

    positivo de la pauta urbana es la menor presin ejercida sobre los ecosistemas

    naturales de las zonas rurales y la disminucin de la natalidad, porque las

    mujeres que viven en zonas urbanas tienen, por lo comn, un nmero menor de

    hijos que aquellas de las zonas rurales.

    Estas consideraciones evidencian que la base de los recursos naturales no

    soportara 50 aos ms con los patrones de produccin y consumo imperantes

    en la ltima mitad del fenecido siglo. Efectivamente, segn la quinta edicin

    del informe Living Planet del Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), los seres

    humanos consumen un 20% ms de las reservas naturales que la Tierra puede

    producir. A los impactos producidos por la humanidad el mismo informe los

    7 Programa de Poblacin, Salud y Medio Ambiente del Population Reference Bureau (www.prb.org).

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 40 41

    8 Red Iberoamericana de Indicadores de Ciencia y Tecnologa, en El Comercio, 15.6.1999, A 13.

    denomina la huella ecolgica, advirtiendo que sta ha aumentado dos veces y

    media desde 1961 y destacando que la huella dejada por un estadounidense

    comn es dos veces ms grande que la de un europeo y siete veces ms que la de

    un asitico o africano; mientras que la huella latinoamericana ocupa el

    cuarto lugar, despus de Europa occidental y Europa central y oriental.

    La huella estadounidense se explica porque siendo que Estados Unidos

    representa slo el 5% de la poblacin mundial, consume el 26% del petrleo del

    mundo, emite el 26% de los xidos de nitrgeno (NOx), el 22% del dioxido de

    carbono (CO ) y genera 290 millones de toneladas de desechos txicos cada ao, 2

    entonces qu sucedera con el planeta si el 95% restante de su poblacin

    adoptara los mismos patrones de produccin y consumo? mxime cuando en los

    pases desarrollados existen ya ms de 200 millones de personas en situacin de

    pobreza.

    Las consecuencias directas de este estilo de desarrollo aplicado en este

    perodo, ha trado como consecuencia graves problemas ambientales de

    carcter mundial, puesto que afectan a la biosfera en su conjunto, tal es el caso

    de la lluvia cida, el adelgazamiento y el agujero de la capa de ozono, el

    calentamiento global, la prdida de diversidad biolgica, la desertificacin, la

    introduccin de sustancias txicas en la cadena alimentaria, la contaminacin

    de mares, ros y lagos; entre otros.

    Las actividades econmicas en nuestro pas son fundamentalmente primarias,

    por lo tanto dependen del aprovechamiento sostenible de los recursos

    naturales, lo que debiera ser un imperativo para el Per; ms an cuando los

    indicadores muestran que por mucho tiempo ms deberemos depender de estos

    recursos, a causa de que no somos un pas que invierte suficientemente en

    investigacin y desarrollo a efectos de hacer competitivas nuestras ventajas

    comparativas, a causa de que el Per, al igual que Bolivia y Ecuador, invierte

    slo de 2 a 3 dlares por habitante al ao en estos rubros; mientras que otros

    pases de la regin como Brasil, Chile y Argentina invierten de 25 a 35 dlares;

    en tanto que Estados Unidos y Canad invierten 686 y 365 dlares, 8 respectivamente .

    La situacin actual demanda, ms que nunca, un tratamiento jurdico acucioso

    de la regulacin de los recursos naturales y la proteccin del ambiente en

    general, a efectos de que nuestra existencia en un ambiente equilibrado y

    adecuado al desarrollo de la vida sea posible en el planeta en las prximas

    dcadas.

    RECURSOS NATURALES

    QU SON LOS RECURSOS NATURALES?

    F Los recursos naturales son aquella parte de la Naturaleza que tiene alguna utilidad actual o potencial para el hombre, es decir, son los elementos

    naturales que el ser humano aprovecha para satisfacer sus necesidades

    materiales o espirituales.

    Se diferencian de los elementos naturales en que stos conforman todas

    aquellas cosas que la Naturaleza brinda, independientemente de su utilidad.

    N Una erupcin volcnica constituye un elemento natural, pero si usamos la energa geotrmica del volcn para satisfacer alguna necesidad material, la erupcin se torna en

    un recurso natural. Una formacin geolgica a la que no se le da uso material alguno -el

    de cantera por ejemplo- tambin es un elemento natural; pero si esa formacin geolgica

    brinda placer esttico o recogimiento espiritual, entonces constituye un recurso natural

    (belleza panormica o escnica).

    i Evidentemente no todo elemento natural es susceptible de ser recurso; ya que terremotos, cataclismos, maremotos, muchos fenmenos climticos (huracanes, onda

    fra o de calor, etc), pestes, plagas o enfermedades; no slo carecen de aptitud para

    usarse en provecho humano, sino que son indeseados. No obstante, con la adecuada

    previsin y asignacin presupuestal, inclusive fenmenos climticos indeseados pueden

    convertirse en valiosos recursos, tal es el caso de El Nio que aporta importantes

    reservas de aguas superficiales y freticas a la rida zona norte del Per, permitiendo

    tambin la regeneracin del bosque seco. Ya sabemos cunto dao puede causar este

    fenmeno, la cuestin es cunto provecho podemos sacar de l.

    & El artculo 3 de la Ley 26821, Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece que son recursos naturales todo componente de

    la naturaleza, susceptible de ser aprovechado por el ser humano y que tenga un valor

    actual o potencial en el mercado. En el mismo sentido est regulado en la LGA

    (Artculo 84).

    No es correcto que se vincule a los recursos naturales slo con el valor en el mercado (precio), puesto que el mercado no es lo nico que rige cuando hablamos de

    satisfaccin de necesidades; hay muchas cosas que estn en la naturaleza y resultan de

    gran utilidad sin que tengan valor en el mercado, por ejemplo: el bosque nos brinda

    muchas plantas con propiedades curativas que no tienen valor (precio) en el mercado

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 42 43

    porque ni siquiera son conocidas por el comn de las personas y por lo tanto no estn en

    el mercado, pero no por ello debemos concluir que no son recursos.

    Existen tambin otros recursos que son tiles para las prcticas religiosas o

    simplemente para gozar de su contemplacin, tales recursos los obtenemos

    directamente de la Naturaleza, es decir, no hemos pasado por el mercado para

    adquirirlos porque no hemos pagado precio alguno, lo que no debiera significar que

    carecen de aptitud para ser considerados recurso natural. Esa vinculacin entre recurso

    y mercado es muy propia de algunos citadinos pero no de la gente que interacta

    respetuosamente con la Naturaleza.

    CMO SE CLASIFICAN LOS RECURSOS NATURALES?

    F Los recursos naturales, en funcin de su capacidad de autorrenovacin, se clasifican en renovables y no renovables.

    Debe destacarse que muchos se oponen a esta clasificacin, porque en gran medida la capacidad de renovacin o no de un recurso depende de la actitud

    humana al servirse de l; asimismo, la calidad y cantidad de lo renovado no siempre es

    la misma, pensemos sino en la gran diversidad biolgica de un bosque primario tropical

    frente a la de uno secundario; adicionalmente, en cunto tiempo la flora, la fauna y los

    ecosistemas de un bosque primario tropical podrn reponerse o al menos parecerse al

    original, de hecho son varias generaciones humanas, tantas que resulta inadecuado, en

    nuestra escala temporal, pretender que esto es renovabilidad. Por todo ello hablar de

    recurso renovable resulta cada vez ms relativo. No obstante, para fines descriptivos

    esta clasificacin resulta de utilidad.

    RECURSOS NATURALES RENOVABLES

    QU SON LOS RECURSOS RENOVABLES?

    F Recursos renovables son aquellos que usados de modo sostenible son duraderos porque se autorrenuevan por resiliencia, que es la capacidad de

    autoregeneracin y de autodepuracin que tiene la Naturaleza y un recurso

    renovable. La resiliencia slo es posible si no se excede la capacidad de carga

    del recurso.

    Los recursos que tienen esta aptitud y por ello se consideran renovables son: el

    agua, la atmsfera, el aire, la tierra, la flora y fauna silvestres (que forman

    parte de la diversidad biolgica), las bellezas panormicas y escnicas.

    Tambin lo son ciertas formas de energa como la hidroelctrica, solar, elica

    (de los vientos), mareomotriz (movimiento vertical por las subidas y bajadas de

    las mareas) y de las olas del mar (movimiento lateral del mar).

    i La capacidad de carga de cada recurso depende de la cantidad (cunto se usa), el modo (cmo se usa) y la intensidad (con qu frecuencia se usa) en relacin con el uso

    del mismo. Las normas que regulan el aprovechamiento de los recursos renovables

    inciden en estos tres elementos.

    Si estos tres elementos estn presentes adecuadamente, nos referimos a un uso o

    aprovechamiento sostenible, entendido como aqul que no afecta la posibilidad de

    autorrenovacin del recurso (resiliencia) y que permitir a las futuras generaciones

    servirse de l.

    N Si el agrnomo o zootecnista han determinado que la capacidad de carga de una pradera es una res por hectrea durante un ao realizando una debida rotacin, de ser

    esto respetado por el ganadero, el recurso tierra y el recurso flora (pastura) tienen

    garantizada su posibilidad de autorrenovacin. Por el contrario, si el ganadero introduce

    dos o ms reses por cada hectrea y no rota su ganado est excediendo la capacidad de

    carga de su pradera; lo que indefectiblemente conllevar a la degradacin tanto del suelo

    como de la pastura misma, pues no le ha dado oportunidad a la naturaleza para que,

    mediante procesos naturales, pueda autorrenovarse. La cantidad se ha excedido (dos

    vacas en lugar de una), la intensidad tambin (las vacas han estado mucho tiempo en el

    mismo pasto por falta de rotacin) y el modo es inadecuado (no ha establecido potreros

    que permitan ir cambiando de pasto al ganado).

    N Si se pesca en fechas prohibidas (periodos de veda) estamos violentando el requisito de la intensidad en el aprovechamiento, si se utilizan aparejos no autorizados

    (redes de arrastre o de cocada no adecuada a las dimensiones de la especie

    autorizada o mediante el uso de explosivos o txicos o en lugares prohibidos) no se

    cumple con el modo correcto de aprovechamiento, si se extrae volmenes por encima de

    la capacidad de bodega autorizada se est incumpliendo con la cantidad permitida.

    N Si se caza por encima del nmero de especimenes autorizados en el Calendario Regional de Caza, no se cumple con el requisito de cantidad adecuada; si se lo hace

    fuera de las pocas se viola el de intensidad; si se caza con medios no autorizados

    (trampas o venenos) se incumple el modo adecuado.

    Es claro entonces que el concepto de autorrenovacin no es absoluto, ya que la capacidad de renovacin o no del recurso finalmente est dada por el tipo de uso que

    demos al mismo. Hay que tener presente, adems, que gran parte de los recursos no

    pueden renovarse a la misma velocidad que se consumen, dado los patrones

    insostenibles de produccin y consumo (desperdicio por ejemplo) y, de otro lado,

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 44

    porque las poblaciones en extrema pobreza no pueden permitirse las precauciones

    necesarias para permitir la renovacin, ya que su imperativo fundamental es la

    supervivencia.

    RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

    QU SON LOS RECURSOS NO RENOVABLES?

    Recursos no renovables son todos aquellos cuyo aprovechamiento lleva indefectiblemente a la extincin de la fuente productora, ya que stos no se

    autorrenuevan. El uso sostenible de estos recursos est orientado a la

    modificacin de patrones de produccin y consumo, a efectos de no

    malgastarlos y de ser posible reaprovecharlos (reciclarlos o reutilizarlos);

    asimismo, a que durante el proceso de extraccin, transformacin, transporte y

    comercializacin de estos recursos no se afecte el ambiente y sus componentes.

    Dentro de este tipo de recursos los hay reutilizables como los metales recuperables; y tambin no reutilizables como los minerales de roca, los combustibles

    fsiles (petrleo, gas natural y carbn mineral), las fuentes geotrmicas, y los metales

    no recuperables.

    El uso no sostenible de los combustibles fsiles no slo afecta al agotamiento de la fuente productora, sino que, a su vez, tienen lugar una serie de efectos en la biosfera

    como son el calentamiento global y la lluvia cida que obedecen, en gran medida, a la

    quema de estos combustibles.

    Una consideracin fundamental que atae al uso sostenible, es la constatacin de que todos los recursos y elementos naturales estn ligados por relaciones de

    interdependencia; nada en la biosfera ocurre de modo aislado, sino que existen

    complicadas redes de interconexiones entre los diferentes organismos y entre las

    poblaciones de organismos - incluido el hombre - con sus medios biticos y abiticos.

    Esta constatacin obliga a usar los recursos naturales no renovables teniendo en cuenta

    el impacto que tal uso puede tener en la Naturaleza; porque estos recursos no son

    compartimentos estancos y, adems, la Naturaleza no tiene una capacidad ilimitada de

    autodepurarse o de autoregenerarse.

    La LGA dispone que la conservacin y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales deber enfocarse de manera integral, evaluando cientficamente el

    uso y proteccin de los recursos naturales e identificando cmo afectan la capacidad de

    los ecosistemas para mantenerse y sostenerse en el tiempo, tanto en lo que respecta a

    los seres humanos y organismos vivos, como a los sistemas naturales existentes (artculo

    93).

    PROPIEDAD SOBRE LOS RECURSOS NATURALES

    QUIN ES EL DUEO DE LOS RECURSOS NATURALES?

    Muchos piensan que todos los recursos naturales son siempre propiedad del Estado, lo cual no es cierto. Esta errnea percepcin tiene su origen en la

    mala redaccin del artculo 66 de la Constitucin y en la inadecuada utilizacin

    de los mtodos de integracin jurdica al analizar su real significado. As por

    ejemplo, PULGAR VIDAL afirma que esto est vinculado al propio texto

    constitucional que reserva para el Estado la propiedad de los recursos

    naturales y faculta su otorgamiento a particulares bajo distintas formas que no 9

    impliquen un desprendimiento del dominio .

    Si analizamos el rgimen patrimonial sobre los recursos naturales en nuestro ordenamiento jurdico, veremos que hay recursos que por mandato legal no pueden

    darse a los particulares en propiedad, como las aguas, los bosques o en general, la

    diversidad biolgica, con excepcin de la vicua. Pero hay otros recursos que segn la

    ley s pueden darse en propiedad, como las tierras aptas para cultivo o ganadera, o

    aquellas destinadas a usos urbanos.

    En cualquier caso, el Estado siempre tendr el dominio eminente sobre todos los recursos naturales porque stos son Patrimonio de la Nacin, y eso quiere decir que

    tiene la facultad, en nombre del bien comn o inters pblico, de establecer la

    modalidad de otorgamiento de derechos patrimoniales (propiedad, usufructo, cesin

    en uso, arrendamiento o concesin, licencia, permiso y autorizacin), as como la

    facultad de imponer limitaciones al ejercicio de los derechos que sobre tales recursos

    tienen los particulares e inclusive la potestad de expropiarlos.

    Que los recursos naturales sean Patrimonio de la Nacin significa que es de inters de todos los peruanos cmo se usan estos recursos naturales, puesto que ellos

    nos proporcionan alimentos, medicamentos y tambin materias primas para todas las

    actividades econmicas destinadas a producir bienes o servicios para satisfacer las

    45

    9 PULGAR VIDAL, Manuel. Recursos Naturales y Lucha contra la Pobreza: una articulacin posible?. Una

    Aproximacin desde el Derecho Ambiental y el concepto de Sostenibilidad. En SEPIA IX Per: El Problema

    Agrario en Debate, SEPIA, Lima, p 61.

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 46 47

    necesidades materiales o espirituales humanas. En consecuencia, el Estado, que nos representa legalmente a todos, no puede permitir los usos que supongan depredacin

    de los recursos naturales o degradacin del ambiente; porque eso limitara nuestras

    posibilidades de desarrollo y afectara nuestra calidad de vida. Es por eso tambin que,

    aunque seamos dueos de nuestra chacra o pastizal, debemos usarlos conforme con las

    limitaciones impuestas por las leyes y los reglamentos. Cuando se nos dice que un bien

    es Patrimonio de la Nacin, sea ste de origen natural o cultural, se nos est diciendo

    que es de inters pblico y que por ello el Estado fijar las condiciones en que los

    titulares de derechos patrimoniales ejercern los mismos. En suma, una lectura

    jurdica de Patrimonio de la Nacin nos remitir de inmediato a algn tipo de restriccin

    o limitacin en el ejercicio de derechos patrimoniales.

    As, no est permitido cambiar el uso de pastura a agricultura, porque eso daara la fertilidad del terreno y el perjuicio no es slo para su dueo sino para toda la sociedad,

    ya que ese recurso no podr seguir prestndonos utilidad. Tampoco es permitido

    cambiar sin autorizacin el uso de un predio agrcola a fines urbanos, debido a que se

    pierden tierras cultivables que nos proveen de alimentos y materias primas; y se priva

    adems a la sociedad del paisaje, las reas verdes, el agua subterrnea, etc.

    POR QU ALGUNOS PIENSAN QUE EL ESTADO ES SIEMPRE EL DUEO DE

    LOS RECURSOS NATURALES?

    Este aserto resulta muy comn, as por ejemplo, se dice que la Constitucin Poltica de 1993, establece en su artculo 66 que los recursos

    naturales (renovables y no renovables, incluidas las tierras) son Patrimonio de

    la Nacin y que por ley orgnica se fijaran las condiciones de uso, siendo la

    concesin la que otorgara al titular un derecho real sujeto a dicha ley. De esta

    manera todos los recursos naturales, renovables y no renovables, permanecen

    bajo el dominio del Estado y que la figura legal por la que pueden ser 10

    entregados a un particular, es la concesin .

    El error parte de considerar que Patrimonio de la Nacin significa propiedad intransferible del Estado. Eso pasa cuando se entiende el trmino patrimonio como

    conjunto de activos y pasivos propiedad de una persona o entidad; cuando en realidad

    que un bien, sea material o inmaterial, mueble o inmueble, tenga la calidad de

    patrimonio de la Nacin significa que es de inters nacional y, como tal, debe regularse

    la modalidad de los derechos otorgados sobre los mismos y, si es necesario, deben

    fijarse limitaciones para el ejercicio de esos derechos, sea por parte del Estado o de los

    particulares. Tal es el caso de los bienes arqueolgicos o monumentales declarados

    patrimonio cultural de la Nacin, que pueden ser propiedad privada o estatal, estando

    en ambos casos sujetos a limitaciones que responden al inters nacional, as por

    ejemplo, un propietario de una edificacin ubicada en el Centro Histrico de Lima o la

    zona monumental de Barranco, debe ejercer su derecho de propiedad en armona con

    el inters nacional, por ello no puede modificar la fachada e, inclusive, est impedido

    de pintarla de un color no autorizado por el Instituto Nacional de Cultura. Del mismo

    modo, aunque el Estado sea dueo del Santuario Histrico de Machupicchu, no puede

    darle un uso que desvirte el inters nacional, haciendo, por ejemplo,

    aprovechamiento minero.

    Segn FOY La discusin acerca de si los recursos naturales pueden ser entregados en propiedad, (...) queda zanjada en razn de que los particulares slo

    pueden ser propietarios de los frutos o productos de la fuente, mas no de sta, que 11

    permanece bajo el dominio del Estado . En realidad la discusin no queda zanjada

    sino que se agregan elementos de confusin. Carece de sentido la referencia que la Ley

    de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales hace al dominio de la fuente y

    de los frutos o productos; porque el Estado y los particulares pueden ser propietarios,

    segn de qu recurso se trate, de la fuente o de los frutos o de los productos; as como

    de la fuente y los frutos o la fuente y los productos. Si no fuera as, tendramos que

    aceptar que un agricultor es dueo de la cosecha pero no de la tierra; que un ganadero

    es dueo del ganado pero no de la pradera. Como se ve a simple vista, esto es absurdo

    para nuestro ordenamiento jurdico vigente.

    En realidad el dominio eminente que sobre todas las cosas tiene el Estado, como expresin de su poder soberano, consiste en la facultad que le asiste, en nombre del

    bien comn, de retener para s la propiedad de ciertos bienes, as como de imponer

    limitaciones al ejercicio de los derechos que sobre otras cosas tienen los particulares o

    de privarles de tales derechos mediante los mecanismos constitucionales; estos

    derechos, como es obvio, no excluyen a la propiedad. Es indudable que ciertos

    recursos, por ser de elevado inters nacional, deben permanecer bajo el dominio

    inalienable del Estado y, obviamente, no deber otorgar respecto de ellos propiedad,

    sino que los dar en concesin o bajo permiso, licencia o autorizacin; tal es el caso de

    la diversidad biolgica o el agua. Por el contrario, en ocasiones, siempre en aras del

    bien comn, el Estado entrega recursos naturales en propiedad; as sucede con el

    recurso suelo destinado a la agricultura, ganadera o vivienda, que inclusive goza de

    agresivas polticas pblicas de titulacin dominial privada para garantizar la seguridad

    jurdica y el trfico patrimonial.

    En suma, el dominio eminente no siempre es un impedimento para que el Estado se

    desprenda de la propiedad sobre los recursos naturales; significa que impone

    limitaciones a su ejercicio, sea quien fuere el dueo, en funcin del bien comn.

    Asimismo, los recursos naturales no son necesariamente bienes pblicos ni bienes de

    uso pblico.

    10 CERDN, Miriam y Joaqun LEGUA. Gua Legal de Tierras de Nios, instrumentos legales para el

    otorgamiento de tierras a menores de edad para su manejo sostenible, ANIA SPDA, Lima, p.37. 11 FOY VALENCIA, Pierre. En Gestin Ambiental en el Per, Lima, GTMA NOVIB, 2000, p 44.

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 48 49

    De manera que en cada caso debe determinarse qu tipo de derechos se conceden sobre los distintos recursos naturales, dependiendo del inters nacional o

    bien comn. As por ejemplo, en nuestro concepto, recursos como la diversidad

    biolgica, el espectro radioelctrico o el agua, deben mantenerse bajo propiedad del

    Estado y otorgarse derechos a los particulares mediante institutos del Derecho

    Administrativo como la concesin, la licencia, el permiso o la autorizacin, que son en

    esencia temporales y sujetos al cumplimiento de condiciones que garantizan el

    ejercicio de derechos en armona con el bien comn.

    Un breve recuento de bienes o eventos que han sido declarados patrimonio de la Nacin ayuda a entender que no son, necesariamente, propiedad del Estado, as

    tenemos las colecciones privadas de cermica y orfebrera inca y preinca; el caballo

    peruano de paso; la marinera; el cajn, el caballito de totora, el Festival de la Virgen de la

    Candelaria, el seviche, etc.

    La Ley 26821, Ley Orgnica sobre el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, ha incurrido en el lamentable error de asimilar el concepto de

    Patrimonio de la Nacin al de pertenencia al Estado, conforme es de inferirse del texto

    de los artculos 1 , 4, 19 y siguientes. Esta Ley establece que Los recursos naturales

    mantenidos en su fuente, sean stos renovables o no, son Patrimonio de la Nacin;

    aqu hay una evidente confusin entre los conceptos de pertenencia al Estado y el de

    patrimonio de la Nacin, cuando en realidad no hay bice alguno para que los bienes de

    propiedad particular sean tambin patrimonio de la Nacin, es decir, pueden constituir

    patrimonio de la Nacin independientemente de que se encuentren o no en su

    fuente. Acaso no podra ser patrimonio de la Nacin un espcimen nico de flora que

    ha sido extrado de su fuente?; por supuesto que s, tanto como lo son los objetos

    arqueolgicos de propiedad privada. En cuanto al patrimonio cultural de la Nacin, el

    artculo 21 de la Constitucin no deja espacio para duda alguna, ya que de manera

    expresa dispone que stos (...), son patrimonio de la Nacin, independientemente de

    su condicin de propiedad privada o pblica. Una lectura integral de la Carta nos

    revela el verdadero sentido de lo que es patrimonio de la Nacin, desligndolo de toda

    prohibicin de otorgar derechos de propiedad a los particulares y vinculndolo al

    verdadero sentido del dominio eminente del Estado. Veamos sino el artculo 71, que

    est inserto en el Captulo De la Propiedad, que permite, inclusive a los extranjeros,

    ser propietarios fuera de cincuenta kilmetros de las fronteras, respecto de recursos

    como las minas, tierras, bosques, aguas, combustibles, fuentes de energa. O el artculo

    88 que garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o

    en cualquier otra forma asociativa.

    Si lo establecido por la Ley Orgnica sobre el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales es correcto, nos gustara que el legislador nos explique el artculo 2

    de la Ley 26496 (11.julio.1995), expedida durante la vigencia de la Constitucin de

    1993, y que a la letra dice: Otrguese la propiedad de los hatos de vicua, guanaco,

    sus hbridos y derivados (...) a las comunidades campesinas en cuyas tierras se hallen

    dichas especies. Cuando se habla de hatos de vicua y guanaco se est hablando se

    especies silvestres, en consecuencia de un recurso natural. Esta es la confirmacin de

    lo que venimos sosteniendo, est en la ley y no en la Constitucin la factibilidad de

    establecer qu tipo de derechos se otorga sobre los recursos naturales.

    Sin duda el Estado tiene el dominio originario de todos los recursos naturales y goza del dominio eminente; pero no menos cierto es que, respecto de ciertos recursos,

    deja de ser dueo cuando los ha transferido en propiedad a particulares y, asimismo,

    recupera este dominio cuando el particular ha dejado en abandono legal el bien. Pero

    no por ello hay que confundir dominio eminente del Estado con patrimonio de la Nacin;

    o este ltimo con bien pblico o bien de uso pblico; en unos casos habr

    correspondencia y en otros no la hay. Si no fuera de esta manera cmo se entiende que

    el Estado promueva la titulacin del recurso tierra para aprovechamiento agrcola y

    ganadero a travs del Proyecto Especial de Titulacin de Tierras y Catastro Rural - PETT?

    o Cmo se explican los esfuerzos del Estado por titular el recurso suelo con fines de

    vivienda mediante la Comisin de Formalizacin de la Propiedad Privada - COFOPRI?

    Debemos insistir en que, desde el punto de vista jurdico, el concepto de Patrimonio de la Nacin implica que el Estado debe imponer limitaciones o

    restricciones al ejercicio de derechos-sea cual fuere su naturaleza-sobre los recursos

    naturales, por ser stos de inters nacional. Este correcto sentido ha sido recogido por 12

    el artculo 44 numeral 1) del Reglamento de la Ley de reas Naturales Protegidas al

    establecer que El ejercicio del derecho de propiedad preexistente a la creacin de un

    rea Natural Protegida debe ser compatible con su carcter de Patrimonio de la

    Nacin; aadiendo su artculo 46 inciso 1) que Las limitaciones y restricciones al uso

    (...)son establecidas en el dispositivo legal de su creacin, en el respectivo Plan

    Maestro o mediante Resolucin Jefatural especfica del INRENA (...), agrega adems

    el inciso 3) que Son inscribibles las limitaciones y restricciones de uso sobre derechos 13

    que consten en cualquier registro pblico. Asimismo, la Ley General de Pesca , hace

    tambin una correcta vinculacin de las nociones de patrimonio de la Nacin e inters

    nacional.

    Para evitar ms confusiones la redaccin del artculo constitucional debera tener la siguiente frmula: El dominio originario de los recursos naturales, renovables

    y no renovables, pertenece al Estado, sin perjuicio de los derechos adquiridos. Los

    recursos naturales son patrimonio de la Nacin y el Estado es soberano para regular su

    aprovechamiento.

    Por ley orgnica se fijan las condiciones de su utilizacin, el otorgamiento de derechos

    patrimoniales a los particulares y las limitaciones al ejercicio de tales derechos.

    12 Decreto Supremo 038-2001-AG (26.junio.2001).

    13 Decreto Ley 25977, Artculo 2.- Son patrimonio de la Nacin los recursos hidrobiolgicos (...). En

    consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacin racional de dichos

    recursos, considerando que la actividad pesquera es de inters nacional.

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 50 51

    AMBIENTE

    QU ES AMBIENTE O MEDIO AMBIENTE?

    El ambiente es el conjunto de elementos sociales, econmicos, culturales, biticos y abiticos que interactan en un espacio y tiempo

    determinado; lo cual podra graficarse como la sumatoria de la Naturaleza y las

    manifestaciones humanas en un lugar y tiempo concretos.

    Para la LGA el ambiente comprende a los elementos fsicos, qumicos y biolgicos de origen natural o antropognico que, en forma individual o asociada, conforman el

    medio en que se desarrolla la vida, siendo los factores que aseguran la salud individual y

    colectiva de las personas y la conservacin de los recursos naturales, la diversidad

    biolgica y el patrimonio cultural asociado a ellos, entre otros (Artculo 2.3).

    Es objeto del Derecho Ambiental la regulacin de las conductas humanas para lograr una armnica interaccin del hombre con el ambiente, a efectos de que las

    complejas manifestaciones sociales, econmicas y culturales mantengan inalterados

    los procesos naturales o impacten lo menos posible en ellos; no se trata, sin embargo,

    de cualquier perturbacin, sino de aquellas que por su magnitud no pueden ser

    reabsorbidas o eliminadas por los propios sistemas ecolgicos.

    Para el Derecho Ambiental, sea cuando se hacen las leyes o cuando se las aplican, es indispensable conocer con detenimiento las relaciones de los seres vivos entre s -

    incluyendo al hombre- y su ambiente, lo cual constituye el campo de estudio de la

    ecologa, conforme la concibi el bilogo alemn Ernest Haeckel (1834-1919). Por esta

    razn es necesario tener conocimientos, cuando menos bsicos, acerca del

    funcionamiento de la Naturaleza; esto ayudar a medir nuestros actos para no producir

    impactos ambientales negativos. Los que ejercen el poder tambin deben conocer

    cmo funciona la Naturaleza, para que sus decisiones de gobierno no provoquen daos

    al ambiente.

    SERVICIOS AMBIENTALES

    QU SON LOS SERVICIOS AMBIENTALES?

    Los servicios ambientales son los beneficios que proporcionan a los seres humanos las funciones de los ecosistemas y dems componentes del

    ambiente, sea porque le proveen de bienes y condiciones necesarios para el

    desarrollo de su vida o porque impiden eventos que la ponen en riesgo o

    disminuyen su calidad.

    La LGA entiende por servicios ambientales la proteccin del recurso hdrico, la proteccin de la biodiversidad, la mitigacin de emisiones de gases de efecto

    invernadero y la belleza escnica, entre otros. Asimismo, que los recursos naturales y

    dems componentes del ambiente cumplen funciones que permiten mantener las

    condiciones de los ecosistemas y del ambiente, generando beneficios que se

    aprovechan sin que medie retribucin o compensacin, por lo que el Estado

    establece mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisin de dichos

    servicios ambientales; procurando lograr la conservacin de los ecosistemas, la

    diversidad biolgica y los dems recursos naturales. Finalmente, dispone que la

    Autoridad Ambiental Nacional promueve la creacin de mecanismos de financiamiento,

    pago y supervisin de servicios ambientales (artculo 94).

    Las funciones de un ecosistema son los procesos biofsicos que tienen lugar en ese ecosistema y que benefician a los seres humanos (mejor caza, agua ms limpia,

    mejores paisajes, polinizacin gratuita, reas seguras o menos vulnerables a los

    desastres naturales, menor calentamiento mundial, nuevos descubrimientos para usos

    farmacuticos, suelos ms productivos). En principio, los servicios incluyen tanto los

    productos (...), como los servicios propiamente dichos. (...). los servicios del

    ecosistema no pueden verse de manera aislada del contexto humano, y requieren de

    alguna interaccin con los humanos. Sin embargo, a diferencia de los productos,

    muchos de los servicios del bosque no son pagados. Esto significa que el valor

    econmico cada vez con ms frecuencia permanece sin contraparte financiera; en

    otras palabras, quienes poseen o controlan bosques donde se generan esos servicios no 14

    capturan los beneficios econmicos resultantes .

    A continuacin reseamos los servicios ambientales que prestan los diferentes 15

    ecosistemas :

    Agroecosistemas.- mantienen algunas funciones de la cuenca (filtracin,

    control de flujo, proteccin parcial de los suelos); proporcionan hbitat para

    aves, polinizadores y organismos del suelo importantes para la agricultura;

    desarrollan la materia orgnica del suelo; fijan carbono; y proporcionan

    empleo.

    Costeros/marinos.- moderan los impactos de las tormentas (manglares,

    islas barrera); proporcionan hbitats para la fauna silvestre (marina y

    l

    l

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

    14 NASI, Robert; WUNDER. Sven y CAMPOS, Jos. Servicios de los Ecosistemas Forestales Podran ellos

    pagar para detener la deforestacin?, CATIE, Costa Rica, p 2.

    15 RECURSOS MUNDIALES, 2002, La Gua Global del Planeta. PNUD, PNUMA, BANCO MUNDIAL,

    INSTITUTO DE RECURSOS MUNDIALES, BID, Washington, D.C., 2002, p 9.

  • terrestre); mantienen la biodiversidad; diluyen y tratan desperdicios;

    proporcionan puertos y rutas de transporte; proporcionan hbitats para los

    humanos; proporcionan empleo; y aportan disfrute esttico y oportunidades

    de entretenimiento.

    Bosques.- eliminan contaminantes atmosfricos; emiten oxgeno;

    permiten el ciclo de nutrientes; mantienen una serie de funciones de la

    cuenca (filtracin, purificacin, control de flujo, estabilizacin del suelo);

    mantienen la biodiversidad; fijan el carbono de la atmsfera; moderan las

    rigurosidades e impactos climticos; generan suelo; proporcionan empleo;

    suministran hbitats para los humanos y para la fauna silvestre; y aportan

    disfrute esttico y oportunidades de entretenimiento.

    Agua dulce.- amortiguan el flujo del agua (controlan tiempo de entrada y

    volumen); diluyen y transportan desperdicios; permiten el ciclo de

    nutrientes; mantienen la biodiversidad; proporcionan hbitats acuticos;

    proporcionan una va de transporte; proporcionan empleo; aportan belleza

    esttica y oportunidades de entretenimiento.

    Pastizales/praderas.- mantienen una serie de funciones de la cuenca

    (filtracin, purificacin, control de flujo, estabilizacin del suelo); permiten el

    ciclo de nutrientes; eliminan contaminantes atmosfricos; emiten oxgeno;

    mantienen la biodiversidad; generan suelo; fijan carbono de la atmsfera;

    suministran hbitats para los humanos y para la fauna silvestre;

    proporcionan empleo; y aportan disfrute esttico y oportunidades de

    entretenimiento.

    16 Segn DE GROOT se pueden distinguir las siguientes funciones de los bosques tropicales que nos brindan diferentes servicios ambientales:

    Reguladoras (funciones externas).- proteccin del suelo, aire, agua y

    cuencas; estabilizacin del microclima y del macroclima regional/zonal;

    regulacin de la lucha integrada de plagas y enfermedades.

    Debido a su influencia en la regulacin trmica y el ciclo de carbono, los

    bosques son uno de los factores determinantes del clima terrestre. Gracias

    a la gran capacidad trmica del aire hmedo ascendente en los bosques

    tropicales, el calor es evacuado en direccin polar. A raz de ello, las

    regiones forestales tropicales ejercen influencia en procesos macro-

    atmosfricos, tales como corrientes de aire, regulacin trmica, formacin

    de nubes y lluvia. Desempean tambin un papel importante en el equilibrio

    mundial de carbono, ya que los bosques en crecimiento asimilan CO y los 2

    estables ni lo fijan ni lo emiten, pero si son degradados liberan el CO . 2

    Tambin regulan el microclima, el viento y la afluencia de agua a regiones

    agrcolas cercanas.

    l

    l

    l

    l

    En los periodos de lluvias los bosques retienen grandes volmenes de

    agua, lo que favorece una mejor distribucin de la escorrenta a lo largo del

    ao y el suministro de agua superficial limpia. La funcin estabilizante de los

    bosques combate la prdida de fertilidad del suelo en otros lugares y la

    erosin, lo que tambin aumenta la vida til de los embalses.

    Los bosques poseen gran importancia para la regulacin de plagas, ya

    que funcionan como hbitat de enemigos naturales y depredadores de

    animales dainos para la agricultura (pjaros que se alimentan de insectos,

    serpientes que cazan roedores, murcilagos polinizadores de cultivos).

    De soporte.- hbitat de humanos, animales y plantas; agricultura,

    ganadera y transformacin de energa, turismo y ecoturismo.

    Los bosques desempean funciones de soporte especiales, ya que

    ofrecen: vivienda y hbitat a los pueblos indgenas y grupos locales de

    poblacin; hbitat para muchas especies vegetales y animales; y

    recreacin.

    Productivas.- oxgeno, agua, fijacin del nitrgeno atmosfrico, productos

    forestales (madera, lea), material gentico, energa.

    El bosque produce madera y otros productos forestales de gran importancia

    para las economas locales.

    Informacin y depsito.- procesos ecolgicos, diversidad biolgica,

    ecosistemas, especies y material gentico; fuente de valores sociales,

    culturales y espirituales; valor natural intrnseco.

    Los bosques desempean una importante funcin como depsito de

    diversidad biolgica y material gentico. Adems son fuente de valores

    sociales, culturales y espirituales; ya que las diversas actitudes con

    respecto a los bosques y su uso son determinadas, entre otras cosas, por

    normas religiosas, rituales, culturales y reglas jurdicas, las cuales surgen

    conforme a la ndole de la relacin tradicional con el bosque. Brindan

    tambin muchas posibilidades para investigaciones y educacin

    ambientales.

    Es as que el agua brinda el servicio ambiental de dilucin y eliminacin de efluentes que contienen sustancias nocivas y lo propio sucede con las emisiones de

    gases txicos al aire. En ambos casos deber cuidarse de no exceder la capacidad de

    autodepuracin de estos componentes del ambiente.

    En el verano de 1998, la cuenca del ro Yangtz en China sufri una de las peores inundaciones de su historia. Alrededor de 120 millones de personas fueron arrojadas de

    sus hogares por las aguas. Se reportaron 3,656 muertes. Esta inundacin prcticamente

    sin precedentes -con daos que totalizaron los 30 mil millones de dlares- ocurri en un

    ao en que las precipitaciones, aunque sobrepasaron con creces el promedio, no

    llegaron a su mximo histrico. Lo que diferenci ese ao de lluvias de otros anteriores

    fue la prdida de bosques. En 1998, la cuenca del ro Yangtz haba perdido

    l

    l

    l

    52 53

    16 En Bosques y Forestera. Direccin de Informacin del Ministerio de Relaciones Exteriores de Holanda, La

    Haya, 1998, p 14.

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • completamente el 85% de su cobertura boscosa original, dejando muy poca vegetacin 17

    para retener las anormalmente copiosas lluvias monznicas .

    QUINES SE BENEFICIAN CON LOS SERVICIOS AMBIENTALES?

    Por su mbito los beneficios de los servicios ambientales pueden ser de carcter local, regional, nacional e inclusive mundial. As, las funciones de

    control biolgico de plagas o la polinizacin de plantaciones por animales

    silvestres beneficia a nivel local; el flujo constante de agua de calidad beneficia

    a nivel regional (irrigaciones y poblados ubicados aguas abajo de los bosques);

    esto mismo beneficia a nivel nacional (generadores de hidroelectricidad

    interconectada); y, por ltimo, la contribucin de los bosques a la regulacin

    del sistema climtico mundial y la captura de carbono benefician a la

    humanidad.

    CMO SE VALORIZAN LOS SERVICIOS AMBIENTALES?

    18 Segn GARCA y LOYOLA la valoracin econmica de los bienes y servicios ambientales puede ser entendida como la asignacin de valores

    monetarios que los integrantes de la sociedad otorgan a los mismos. El aporte

    de la valoracin realizada sobre la base monetaria, permite la agregacin de los

    valores sin mayores problemas. Las dificultades se presentan porque stos

    proporcionan una gran variedad de bienes y servicios cuyos efectos en el

    bienestar del hombre, no son evidentes como en el caso de otros bienes.

    Dicen tambin que en economa, la determinacin del valor de un bien va a depender de la relacin que se establezca entre los objetos y los sujetos, y el bienestar

    individual. Esa interrelacin no es estable ni nica dado que ella puede cambiar

    conforme lo hacen las preferencias del consumidor; y no es nica porque cada

    consumidor puede tener una diferente visin y percepcin. Este mismo razonamiento

    ha sido llevado por la ciencia econmica a los bienes ambientales, pero este traspaso

    no ha resultado fcil por las diferentes caractersticas de los bienes ambientales,

    especialmente porque ellos no siempre cumplen con dos caractersticas

    fundamentales:

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    l

    l

    l

    l

    m

    m

    m

    m

    m

    Exclusividad.- la posibilidad de usar los precios para racionar el uso del

    bien.

    Rivalidad.- la garanta de que el consumo de un bien disminuye el

    consumo de otros bienes.

    Agregan que la falta de estas dos caractersticas, tiene una gran importancia en cuanto

    a la determinacin del valor de los bienes ambientales porque es a partir de ellas que se

    ha construido el marco analtico de la teora econmica y, por lo tanto, su carencia

    obliga a pensar en una nueva forma de determinar valores para estos bienes y servicios.

    Otra consideracin importante es que cuando se trata de bienes ambientales se

    considera la presencia de valores adicionales a los que tienen los bienes de mercado, ya

    que los ambientales tienen una serie de funciones - ya enunciadas precedentemente-

    que los hacen particulares.

    Estas funciones justifican la nueva forma de enfocar su importancia, dado que van a

    reflejarse en la determinacin del valor de estos bienes, que est compuesto por una

    serie de caractersticas, entre las que se puede mencionar el valor de uso y de no-uso.

    Aaden que el valor de uso est dividido en:

    Valor de uso directo.- valor asignado por el uso en un proceso de consumo,

    produccin o extraccin: turismo, pesca, caza, extraccin forestal, de

    hidrocarburos, etc.

    Valor de uso indirecto.- se valora el bien sin hacer uso inmediato del mismo:

    proteccin de cuencas, captura de carbono, etc. Se incluyen razones para dar

    valor al medio ambiente referidas a cuestiones de:

    Legado.- se refiere a que las personas valoran los bienes porque estn pensando en

    que ellos pueden eventualmente ser utilizados por otras personas (incluso las

    futuras generaciones).

    Opcin.- es el valor que una persona le otorga a un bien en la medida en que lo

    pueda utilizar en otro momento.

    Casi-opcin.- estn asociados con los valores potenciales que se pueden derivar de

    algunos bienes ambientales, de los cuales no se conoce su potencial, pero hay

    fuertes indicios de que a partir de ellos se puedan generar productos que pueden

    ser descubiertos posteriormente.

    Funciones ecolgicas.- son un tipo de valor bastante discutible dado que ellas

    tienen necesariamente que referirse a funciones que pueden ser apreciadas por

    el hombre; si no es as , entonces formaran parte del valor de no-uso.

    Valores de existencia.- se refiere al hecho de que las personas podran valorizar

    un bien ambiental en la medida en que ellos quieren que este bien exista sin pensar

    en hacer uso de l, ni actualmente ni en el futuro.

    Respecto del valor de no-uso, dicen que es necesario mencionar que existe una serie de

    discusiones. Algunos autores sugieren que dentro de ellos se encuentran aquellos

    valores que no son considerados en los otros acpites, como son los valores intrnsecos y

    los valores funcionales no percibidos por las personas, cuando se habla de valores

    17 "Flood Impact on Economy Limited", China Daily, (01.septiembre.1998). En BROWN, Lester. Eco

    Economa, la construccin de una economa para el palneta, Fundacin Polar; Caracas, p 237.

    18 GARCA, Eduardo y LOYOLA, Rger (editores). Valoracin Econmica de los Bienes y Servicios

    Ambientales: Resultados del segundo Programa de Becas 2002 - 2003, INRENA - USAID, Lima, 2004, pp

    12-16.

    NOCIONES PREVIASMANUAL DE DERECHO AMBIENTAL

  • 56 57

    intrnsecos se est considerando los valores que los bienes podran tener por el simple

    hecho de ser seres. El problema es que ellos no se valorizan porque el estado de la

    ciencia econmica no permite determinarlos.

    En funcin de lo anterior, proponen que el valor econmico total puede ser igual a la

    siguiente ecuacin:

    Valor Econmico Total = valor de uso actual directo + valor de uso

    indirecto + valor de existencia

    En cuanto a los mtodos de valoracin econmica bienes y servicios ambientales que

    se utilizan, dicen que se agrupan bsicamente en dos categoras: mtodos directos y

    mtodos indirectos. Los primeros se caracterizan por obtener directamente los valores

    de los bienes ambientales mediante el uso de las preferencias establecidas, mientras

    que los segundos se caracterizan por obtener este valor indirectamente, creando

    mercados paralelos. Citan como mtodos ms comunes: precio de mercado; mtodo de

    la productividad; mtodo del costo de viaje; precios hednicos; mtodo de costos; y

    mtodo de valoracin contingente.

    CMO SE PAGAN LOS SERVICIOS AMBIENTALES?

    La respuesta directa sera que los obligados al pago por los servicios ambientales son los beneficiarios de los mismos, sin embargo, como hemos

    visto, en algunos casos stos son perfectamente identificables y en otros

    adquieren un carcter difuso o indeterminado.

    Cuando los beneficiarios son determinados, como es el caso de las poblaciones, las irrigaciones o las centrales hidroelctricas que se surten de las aguas provenientes

    de la cabecera de cuenca y que gozan de aguas en cantidad y calidad para estos

    distintos usos; pensamos que el costo debe ser un componente de la respectiva tarifa de

    aprovechamiento del recurso hdrico, el mismo que debe revertir como compensacin

    en la promocin de actividades sostenibles en la cuenca alta. Tal compensacin puede

    traducirse en instrumentos econmicos para el mantenimiento de las funciones del

    ecosistema, tales como subvenciones a las actividades agrosilvopastoriles o de

    cualquier ndole consideradas amigables con tales funciones; crditos de fomento;

    inversiones en desarrollo de infraestructura y creacin de capacidades, entre otros.

    Esto es justo, ya que con frecuencia, los conservacionistas se olvidan