Marco Legal Naydu

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1. ESTUDIO LEGAL Y ORGANIZACIONAL 1.1. Forma Societaria SOCIEDAD ANONIMADA CERRADA: “EL IMPERIO S.A.C” a) SOCIEDAD ANONIMA: El capital aportado por los socios está representado por acciones nominativas, expresado en una escritura pública el cual contiene el pacto social y el estatuto. Dicho aporte puede ser en dinero o en especie ya que el único modo de darle contenido patrimonial es la existencia del capital. Las acciones representan partes alícuotas del capital, todas tienen el mismo valor nominal y dan derecho a un voto. Los socios tienen responsabilidad limitada siendo responsables de los resultados .la permanencia en la empresa es ilimitada ya que las acciones pueden ser vendidas cuando el socio lo desee a terceros o a la misma sociedad. La administración de la sociedad está a cargo del directorio como órgano colegiado elegido por la junta general de accionistas, el cual debe tener una duración no menor de 1 año ni mayor a los 3 años. A su vez el directorio elige al gerente quien debe tener una duración indefinida.

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1. ESTUDIO LEGAL Y ORGANIZACIONAL

1.1. Forma Societaria

SOCIEDAD ANONIMADA CERRADA: “EL IMPERIO S.A.C”

a) SOCIEDAD ANONIMA:

El capital aportado por los socios está representado por acciones

nominativas, expresado en una escritura pública el cual contiene el pacto

social y el estatuto. Dicho aporte puede ser en dinero o en especie ya que el

único modo de darle contenido patrimonial es la existencia del capital.

Las acciones representan partes alícuotas del capital, todas tienen el mismo

valor nominal y dan derecho a un voto. Los socios tienen responsabilidad

limitada siendo responsables de los resultados .la permanencia en la

empresa es ilimitada ya que las acciones pueden ser vendidas cuando el

socio lo desee a terceros o a la misma sociedad.

La administración de la sociedad está a cargo del directorio como órgano

colegiado elegido por la junta general de accionistas, el cual debe tener una

duración no menor de 1 año ni mayor a los 3 años. A su vez el directorio

elige al gerente quien debe tener una duración indefinida.

b) Sociedad anónima cerrada:

Se refiere a aquellas sociedades anónimas que no tienen más de 20

accionistas y sus acciones no están inscritas en el registro público del

mercado de valores. La denominación debe incluir la indicación las siglas

SAC.

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VENTAJAS DE UNA S.A.C.  Características: De 2 a 20 accionistas. El accionista que desee

transferir sus acciones a otro accionista o a terceros

debe comunicarlo a la sociedad y solicitar su

aprobación.

  Órganos: Junta general de accionistas

Directorio ( es opcional)

Gerencia

  Capital social: Los aportes pueden hacerse en moneda nacional

y/o extranjera, y en contribuciones tecnológicas

intangibles. El capital es representado por Acciones

y deberá estar suscrito completamente, y cada

acción debe ser pagada en por lo menos 25%.

  Duración Determinada o indeterminada.

1.2. Régimen laboral

Es un Régimen Laboral creado por la Ley Nº 28015 que promueve la

formalización y desarrollo de las MICROEMPRESAS y PEQUEÑAS EMPRESAS,

facilita el acceso a los derechos laborales y de seguridad social tanto a los

trabajadores como a los empleadores.

Con este régimen laboral se puede contratar personal nuevo o incorporar en la

planilla a aquellas personas que se encuentran laborando en la PEQUEÑA

EMPRESA.

De acuerdo a como está conformada nuestra organización de nuestra empresa y

es de más de 10 personas y de acuerdo a los ingresos anuales proyectados de

TABLA N° 45

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nuestra organización podemos clasificar nuestra empresa como PEQUEÑA

EMPRESA.

CARACTERISTICA DE LAS PEQUEÑA EMPRESA

TABLA N° 46

Número total de trabajadores

Niveles de ventas anuales

pequeña empresa De uno hasta 100 Hasta 1700 UIT (s/. 6, 290,000)

Según la estructura de nuestra organización podemos incluirnos en el régimen

especial laboral, ya que con esto accederemos a las ventajas que nos brinda

estar en este régimen.

CUADRO COMPARATIVO DE REGIMENES LABORALES

Fuente: Elaboración propia, Huacho, Julio, 2014

Fuente: Elaboración propia, Huacho, Julio, 2014

TABLA N° 47

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1.2.1. Régimen especial de las pequeña empresa

Las micro y pequeñas empresas han sido reguladas por la Ley de

Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, Ley N° 28015

del 3 de julio de 2003, y sus normas modificatorias Ley N° 28851 del 26 de

julio de 2006, Ley N° 29034 del 10 de junio de 2007, y, más recientemente,

por el Dec. Leg. N° 1086, denominado Ley de Promoción de la

Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa

y del Acceso al Empleo Decente del 28 de junio de 2008.

Con la finalidad de consolidar la normatividad de la Ley N° 28015 y el Dec.

Leg. N° 1086 se ha dictado el D.S. N° 007-2008-TR del 30 de setiembre de

2008 denominado Texto Único Ordenado de Ley de Promoción de la

Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa

y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE, y su reglamento el D.S. N°

008-2008-TR del 30 de setiembre de 2008.

La Pequeña Empresa –al igual que la Microempresa- puede acogerse al

RLE de la Mype que comprende: remuneración, jornada máxima de trabajo,

horario de trabajo y trabajo en sobretiempo, descansos remunerados

(semanal, vacacional–15 días y feriados) y protección contra el despido

arbitrario (20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios

con un máximo de 120 remuneraciones diarias). Además, los trabajadores

de la Pequeña Empresa –a diferencia de los de la Microempresa- sí tienen

derecho a SCTR, Seguro de Vida, Derechos Colectivos, Participación en

las Utilidades, CTS (15 remuneraciones diarias por año completo de

servicios, hasta alcanzar un máximo de 90 remuneraciones diarias) y

Gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad (media remuneración cada

una).

Los requisitos para acceder al sistema son:

RUC vigente.

Código de Usuario

Clave SOL.

Tener como mínimo un trabajador.

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No pertenecer al rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de

azar.

Las empresas constituidas como junta, asociación, agrupación de

propietarios o inquilinos en régimen de propiedad horizontal o condominio

habitacional, deberán presentar información adicional ante el Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo.

a) Beneficios de formalizarse como microempresa

Los beneficios de formalización son los siguientes:

Participar como proveedores del estado y acceder al 40%

reservado a las MYPES.

Capacitación.

Financiación.

Reducción de tasas y multas laborales.

Elegir el régimen laboral especial: pago de salarios y beneficios

sociales de acuerdo con el tamaño de la empresa).

Elegir un sistema de salud y pensiones subsidiado por el Estado

(Servicio Integral de Salud - SIS).

Acceso al fondo de negociación de facturas (Cofide).

El Ministerio de la Producción define como se compran las facturas a las

MYPES ya que no debe pasar meses, para lograr obtener liquidez y

mucho antes que el cliente pague.

Los datos son tomados como una DECLARACION JURADA y podrán

ser revisados en cualquier momento por el Ministerio de Trabajo, el cual

tiene la potestad de anular la inscripción de oficio o a petición de parte.

b) Beneficios Tributarios

La pequeña empresa que se inscriban en el Régimen Especial de

Renta (RER), sólo pagaran el 1.5% de sus ingresos netos

mensuales.

Las pequeñas empresas estarán exoneradas del pago de tasas a

las Municipalidades por trámites tales como renovación,

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actualización de datos entre otros relacionados a la misma,

excepto en el cambio de uso.

Sólo asumirán el 30% de los derechos de pago por trámites

realizados ante el Ministerio de Trabajo.

c) Simplificación de trámites La constitución y formalización de la empresa podrá ser concluida

en 72 horas.

Las empresas constituidas como Personas Jurídicas, lo harán

mediante escritura pública sin exigencia de la presentación de la

Minuta de Constitución.

d) Beneficios Laborales(Régimen Laboral Especial de las PEQUEÑAS EMPRESAS)

Estar afiliados en el régimen contributivo de ESSALUD, en donde el

empleador deberá aportar el 9% de lo que perciba el trabajador.

Asegurados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP/ONP), o al

Sistema Privado de Pensiones (AFP)

Jornada máxima de 08 horas diarias o 48 horas semanales.

24 horas continúas de descanso físico.

Indemnización, en caso de despido arbitrario, equivalente a 20

remuneraciones diarias por cada año de trabajo con un tope

máximo de 120

remuneraciones diarias.

Percibir 14 sueldo por cada año de trabajo, en calidad de

Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).

Quince días de vacaciones, por cada año de trabajo o su parte

proporcional.

Una remuneración mínima vital (SJ. 675.00).

Percibir gratificaciones equivalentes a Ys sueldo en Julio y 14

sueldos en Diciembre, siempre y cuando haya laborado el semestre

completo, es decir de Enero a Junio y Julio a Diciembre, e caso

contrario percibirá la parte proporcional.

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Formar parte de un sindicato.

Gozar del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo en caso

realice actividades riesgosas.

e) Beneficios Financieros

Factoring, mediante el programa Perú Factoring promovido por

COFIDE, permitirá al microempresario, que realice sus operaciones

de ventas al crédito, obtener efectivo inmediato a través de la venta

de sus facturas.

El Fondo de Garantía Empresarial (FOGEM) posibilita los créditos

otorgados.

El Programa Especial de Apoyo Financiero para la MYPE

(PROPYME) canaliza recursos, para el otorgamiento de créditos

directos, a través de las entidades financieras.

Acceso a líneas de crédito en los principales bancos del país y cajas

de ahorro y crédito.

f) Otros Beneficios El Estado reserva el 40% de las compras nacionales para las

MYPES.

Realizan una Declaración Jurada Anual de inventarios al finalizar

cada periodo (31 de diciembre).

El Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad

(FIDECOM), es un fondo concursable cuyo objetivo es cofinanciar

proyectos de innovación productiva.

Régimen Especial de Salud los trabajadores serán asegurados

regulares de ESSALUD y el empleador aportará la tasa

correspondiente (9% de la remuneración).

Régimen de Pensiones los trabajadores obligatoriamente se deberán

afiliar al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de

Pensiones.

1.3. Régimen Tributario

I.3.1. Régimen General

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Grava las actividades comerciales, industriales, mineras,

agropecuarias, forestales, pesqueras u otras realizadas por las

empresas dedicadas habitualmente a negocios.

Impuesto por pagar ante SUNAT:

Impuesto a la Renta.

Impuesto General a las Ventas.

La tasa del Impuesto a la Renta es de 30 por ciento a la utilidad

generada al final del ejercicio económico, es decir, al 31 de

diciembre de cada año. Se paga en los tres primeros meses del año

siguiente, teniendo en consideración que el plazo máximo se

encuentra determinado por norma expresa de la SUNAT, de

acuerdo con el último dígito del número de RUC que le corresponde

a cada contribuyente.

Y si ocurre el caso de que los ingresos brutos anuales no superan

las 150 UIT se llevara como mínimo un registro de ventas, un

registro de compras y un libro de diario de formato simplificado, de

acuerdo con las normas sobre la materia.

1.4. Organigrama funcional

GRÁFICO N° 34

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1.5. Manual de organización y funcionamientoTABLA N° 48

GERENTE GENERAL 001

Denominación del cargo N° de cargo

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Dirigir, coordinar, supervisar y dictar normas para el eficiente desarrollo de las actividades.

2. Generar planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo.3. Generar proyecto de ingresos y gastos4. Verificar documentación relacionada con licencias, permisos, vacaciones y

enfermedades.5. Verificar cumplimiento al rol de vacaciones del personal.6. Brindar cuadros estadísticos de sueldos y salarios por categoría ocupacional.7. Efectuar el control de obligaciones y deberes laborales del personal.8. Formular contratos de trabajo del personal.

Líneas de autoridad y responsabilidadDepende de

La dirección general o junta directiva de socios.

Tiene mando directo sobre

De todas la áreas

REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional en administración de empresas o contador público. Experiencia en programas de capacitación de personal y elaboración de planillas

de remuneración. Solido conocimiento en herramientas de gestión Sexo masculino o femenino. Edad promedio 35 – 60 años Experiencia mínimo 02 año.

REQUISITOS MÁXIMOS

Genere impacto en el entorno social y económico donde la empresa que dirige desarrolla su actividad económica

Que motive a los integrantes de su equipo de trabajo a través de un liderazgo efectivo

Dar independencia al trabajador de su equipo de trabajo, otorgando un nivel adecuado de responsabilidad y de compromiso

Orientar hacia los objetivos empresariales acorde a las habilidades de su equipo de trabajo y los recursos que tiene a su disposición.

Utiliza la verdad y la transparencia en las intenciones personales y profesionales no da lugar a la manipulación.

Persona que reconoce los logros y esfuerzo de su equipo de trabajo en el momento preciso, sin esperar un acto público.

Dar una perspectiva del futuro a largo plazo y claramente definido. Es un buen ejemplo para los demás, exige el esfuerzo de su equipo de trabajo

acorde a lo que el mismo hace.

Fuente: Elaboración propia, Huancayo, Abril, 2013

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TABLA N° 49

GERENTE DE PRODUCCION 002Denominación de cargo N° de cargo

FUNCIONES ESPECIFICADAS

1. Verifica y controla la calidad de la materia prima, insumos y todo el proceso de la producción

2. Identifica, detecta los puntos débiles en el procesamiento, para con ello mejorar continuamente.

3. Programar e implementar la planta para la obtención de los certificados ISOS4. Supervisa dentro de un proceso productivo se cumpla con los objetivos y con el plan de

producción dando soluciones a problemas presentados a la mayor brevedad posible garantizando que las personas a su cargo se comprometan con sus funciones y las cumplan a cabalidad.

Líneas de autoridad y responsabilidad

Depende de Gerente general

Tiene mando directo sobre

Operación en la fase de producción y calidad

REQUISITOS

Título profesional en ingeniero en industrias alimentarias Experiencia laboral en control de calidad Diplomado en gestión y seguridad Experiencia mínima 02 años

TABLA N° 50

GERENTE COMERCIAL 003Denominación de cargo N° de cargo

FUNCIONES ESPECIFICADAS

1. Centralizar la información referente a importaciones y exportaciones.2. Verificar el número de compras mensual, anual3. Efectuar el control de compra mensual, anual4. Establecer el mercado nacional e internacional5. Formula proyecto de marketing6. Efectuar búsqueda de nuevos mercados de exportación

Líneas de autoridad y responsabilidad

Depende de Gerente general

Tiene mando directo sobre

Área marketing y relaciones públicas.

Requisitos

Fuente: Elaboración propia, Huancayo, Abril, 2013

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Título profesional en administración en marketing y finanzas Experiencia en programas de esquematización de oferta y demanda Experiencia mínima 09 meses.

TABLA N° 51

CONTABILIDAD Y FINANZAS 004Denominación de cargo N° de cargo

Funciones especificadas

1. Dirigir la contabilidad de gastos, inversiones, perdidas2. Llevar un balance general3. Verificar las ventas realizadas durante el mes4. Realizar el análisis contable mensual y anual5. Encargado de actualizar el libro contable de la empresa6. Maneja el registro de los pagos al personal7. Mantener el control de los recursos financieros mediante la consulta ante la institución

bancaria correspondiente para evitar posibles sobregiros monetarios.

Líneas de autoridad y responsabilidadDepende de Gerente general

Tiene mando directo sobre

Gestiones contables.

REQUISITOS

Título profesional contador público – colegiado Experiencia en elaboración de planillas y libros contables. Edad promedio 28 - 50 Experiencia mínima 01 año.

1.6. Reglamento de Organización y Funciones

El reglamento de Organización y Funciones, establece la estructura orgánica y

funcional de la Empresa, define la línea de autoridad, niveles de coordinación, así

como las atribuciones y funciones del personal, con el objeto de lograr un oportuno y

eficiente desempeño de las actividades que la empresa realizará.

Fuente: Elaboración propia, Huancayo, Abril, 2013

Fuente: Elaboración propia, Huancayo, Abril, 2013

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4.6.1 Generalidades

Artículo 1.- El presente reglamento es de carácter obligatorio y establece normas a las que deberán sujetarse todos los trabajadores dentro de la empresa. Artículo 2.- Todos los asuntos no especificados en este reglamento quedan bajo lo estipulado en la Ley de Trabajo.

Artículo 3.- Cada trabajador tendrá un jefe inmediato al cual tiene el deber de comunicar sus actividades y cualquier modificación de ellas.

Artículo 5.- El personal está obligado a cumplir su contrato de trabajo, así como cualquier instrucción que determine la empresa. Artículo 6.- Es obligación del personal cumplir con las reglas de higiene y seguridad.

Artículo 7.- las Vacaciones y días festivos estarán sujetos a disposiciones oficiales y a cambios con previo aviso.

4.6.2 Jornada Laboral

Articulo 8.- Al ingresar o salir a la empresa deberá registrar su hora de entrada y salida en el registro diario de asistencia. Artículo 9.- La jornada laboral será de seis días a la semana dividida en dos turnos de ocho horas cada una.

Turno Matutino 6:00 a 14:00 Turno Vespertino 14:00 a 21:30

Artículo 10.- De no cumplir con el horario, ya sea con retardos o faltas se sancionara sobre pago de nómina y prestaciones. Si reincide en la falta quedara automáticamente despedido.

Artículo 11.- Las vacaciones no serán acumulables.

Artículo 12.- Todos los trabajadores cuentan con 15 minutos para descansar y tomar un refrigerio. Cada área decidirá los horarios para sus trabajadores.

4.6.3 Salarios

Articulo 13.- El pago de honorarios y nomina se hará de acuerdo a lo establecido en el contrato con cada trabajador.

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Artículo 14.- Estos se pagaran por quincena los días 15 y 30 de cada mes depositando en la cuenta haberes del empleado.

Artículo 15.- Los premios y bonos serán depositados en la cuenta de cada trabajador. Artículo 16.- En caso de renuncia se le liquidara de acuerdo a lo establecido por la ley del trabajo.

4.6.4 Prohibiciones a empleados

Artículo 17.- Queda estrictamente prohibido las relaciones interpersonales dentro de la empresa.

Artículo 18.- El personal debe permanecer en su puesto de trabajo y no descuidar sus actividades. Artículo 19.-Estará terminantemente prohibido el ingreso y consumo de alimentos dentro de empresa. Artículo 20.- El personal que se presente en estado de ebriedad, no podrá ingresar a desarrollar sus actividades y recibirá la sanción respectiva según el reglamento.

Artículo 21.- Queda prohibido proporcionar cualquier información confidencial a personas ajenas a la empresa revelando políticas y sistemas propias de la misma.

Artículo 22.- Actos que perjudiquen el prestigio de la empresa

Artículo 23.- Ofensas, daños o faltas de respeto a los compañeros de trabajo como también a sus superiores.

Artículo 24.- No se permite substraer ningún objeto propiedad de la empresa.

Artículo 25.- El ingreso de objetos personales a la empresa será de responsabilidad del trabajador, la empresa no se hará responsable en cuanto a objetos perdidos.

Artículo 26.- Se prohíben visitas familiares en horarios de trabajo.

Artículo 27.- Ingresar a la planta de procesamiento sin la indumentaria correcta.

4.6.5 Sanciones

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Las faltas en que incurran los trabajadores ameritaran una sanción con las siguientes medidas.

Artículo 28.- Amonestación verbal o por escrito

Artículo 29.- Suspensión laboral sin goce de salario

Artículo 30.- Despido sin responsabilidad patronal.

Artículo 31.- En caso de que el trabajador no respete sus 15 minutos de brake y regrese después a su puesto, esta acción ameritara una sanción Artículo 27, Artículo28, Artículo 30.

Artículo 32.- Quien no cumpla con la presentación personal correcta para el ingreso a la planta tendrá una llamada de atención y la correspondiente sanción.

Artículo 33.- De ser sorprendido fuera de su puesto de trabajo, recibirá una llamada de atención, y la sanción respectiva.

Artículo 34.- De no ser respetado este reglamento o algún artículo será sancionado de acuerdo a la gravedad de la falta.

4.6.6 Higiene y Seguridad

Artículo 35.- El aseo de instalaciones se efectuara en el momento de la producción como también al finalizar esta actividad, por el personal encargado de la limpieza.

Articulo 36.- Es obligación de todo el personal, participar en los simulacros con el objeto de prevenir casos fortuitos.

Articulo 37.-En caso de accidente de algún trabajador, se cuenta con servicio médico dentro de las instalaciones y de ser necesario se le trasladara al hospital.

Artículo 38.- Es de obligación que el personal se someta a exámenes médicos y psicométricos requeridos por la empresa.

Artículo 39.- Queda estrictamente prohibido en el personal el uso de aretes, tatuajes en áreas visibles, cabello largo; uñas largas, maquillaje en el rostro, que pueda la calidad del producto y la imagen de empresa.

Articulo 40.- Es obligación del trabajador portar el uniforme completo y correctamente así mismo portar siempre a la vista el gafete con su nombre.

Artículo 41.- Es obligación del empleado avisar al departamento de seguridad cualquier situación o acción sospechosa.

4.6.7 Derechos del Trabajador

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Artículo 42.- Al transcurso de un año de trabajo se darán 15 días calendarios de vacaciones.

Artículo 43.- Los trabajadores recibirán oportunamente los instrumentos necesarios, para desempañarse correctamente en su área de trabajo.

Artículo 44.- La empresa está obligada a brindarles a sus empleados una capacitación cada 6 meses para incrementar su nivel de desempeño.

Artículo 45.- Todo empleado será asegurado automáticamente al firmar el contrato de empleo.

Artículo 46.- El trabajador tiene derecho a asegurar al cónyuge e hijos.

Artículo 47.- Anualmente se harán premiaciones hacia los trabajadores distinguidos, que serán aquellos que contribuyan a la productividad de la empresa.

Artículo 48.- Todo trabajador tiene derecho a réplica sobre sus sanciones.

Registros de Marcas

El registro de marcas en Perú está a cargo de la Dirección de Signos Distintivos del

Indecopi.

Los pasos para el registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de

Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial, son los siguientes:

1. Debe pagar el derecho de trámite.

2. Presentar el formato de solicitud correspondiente, consignando datos de identificación

del solicitante. De ser necesario, adjuntar los poderes correspondientes.

3. Indicar cuál es el signo que se pretende registrar . (LOGOTIPO).

Este paso es crucial y mientras mejor sea la definición descriptiva de los elementos que

acompañan a su signo distintivo, mejor protegida estará su marca.

- Descripción semiótica detallada.

- 5 reproducciones en un encuadre de 5x5cm .

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- Si el logo es a colores las reproducciones deberán ser a color y se adjuntará código

Pantone de cada color o su equivalente en CMYK.

4. Indicar expresamente cuáles son los productos, servicios o actividades económicas que

desea registrar, así como cuál es la clase en la que se solicita dicho registró.

5. La respectiva Orden de Publicación o Notificación correspondiente le será entregada

después de 15 días hábiles de haber presentado la solicitud de registro, en la Unidad

de Trámite Documentario.

6. Una vez aceptada la Solicitud de Registro, usted deberá acercarse a la Oficina del

Diario Oficial “El Peruano” y solicitar la publicación por única vez (el costo de la misma

debe ser asumido por el solicitante). Si el signo solicitado está constituido por un

logotipo, envase o envoltura debe adjuntarlo en un tamaño de 3x3cm.

7. Dentro del plazo de 3 meses de recibida la Orden de Publicación, el solicitante debe

realizar la publicación en el Diario Oficial El Peruano. En caso de solicitar el registro de

una misma marca en diferentes clases, dentro de los 10 días siguientes a la

presentación de las solicitudes, se podrá pedir la emisión de una sola orden de

publicación que contenga todas las solicitudes, caso contrario se emitirán órdenes de

publicación independientes.

9. El solicitante podrá ceder los Derechos Expectativos sobre una Solicitud en Trámite,

para lo cual deberá presentar el documento en el que conste la Cesión con firma

debidamente legalizada. Cuando la Cesión sea efectuada por una persona natural, se

deberá presentar una declaración jurada –con firma legalizada- de bien propio de libre

disposición o consentimiento del cónyuge, de ser el caso.

10. En los siguientes supuestos:

1. Marcas Colectivas y Marcas de Certificación: adicionalmente se acompañará el

Reglamento de Uso correspondiente.

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2. Nombre Comercial: señalar fecha de primer uso y acompañar prueba que lo

acrediten, asimismo acompañar pruebas que acrediten el uso actual del nombre

comercial para cada una de las actividades que se pretenda distinguir.

3. Lema Comercial: indicación del Signo al cual se asocia el Lema Comercial,

indicando el número de Certificado o, en su caso, del expediente de la solicitud de

registro en trámite.

SITIO WEB

La representante de Indecopi asegura que si presenta una solicitud para el registro y a los pocos días otra persona intenta inscribir la misma marca, se evalúan los dos casos, pero su pedido tendrá prioridad por ser el primero.

“Se va a dar preferencia a la primera solicitud que llegó. Sin embargo, si esta no cumple con todos los requisitos que se necesitan, la segunda petición tiene mejor opción de reconocimiento”, aclara.

Indecopi también detalla que si no puede acercarse a una oficina de la entidad para hacer el trámite ni tiene tiempo de llenar los formularios por Internet, puede enviar a un tercero para que se encargue del procedimiento. Para ello, es necesario que le otorgue a un representante una carta poder simple. No se requiere la firma de un notario.

1. BusqueEn Indecopi pida una búsqueda de marcas para que no tenga problemas a la hora de la inscripción.

2. DatosSi no hay marcas similares, presente una solicitud de registro de marca en la sede de Indecopi.

3. WebTambién puede hacer los registros del signo a través del siguiente enlace: http://bit.ly/1l7tjhc.

4. DibujoSi su marca tiene un logotipo en especial, es necesario que lo adjunte con la solicitud de la inscripción.

5. PagoJunto con el pedido de registro, debe realizar el pago de 14.46% de una UIT (S/.3800), es decir S/.549.48.