Modalidades de contratación laboral

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Modalidades de contratación laboral 3 número 150. marzo 2010 · ACTUALIDAD EMPRESARIAL CAJACANARIAS LABORAL Tipo de contratos Trabajadores Duración Retribución INDEFINIDOS No se establecen límites en lo que a su duración se refiere Cualquier persona que reúna las características necesarias para el servicio que vaya a desempeñar. Contratos incentivados: Existen incentivos a la contratación indefinida aplicables a determinados colectivos. Indefinida La fijada en el Convenio Colectivo correspondiente. TEMPORAL O DE DURACIÓN DETERMINADA A. Contrato de obra y servicio determinado, prestación de servicios y realización de tareas dentro de la actividad de la empresa. B. Contrato eventual por circunstancias de la producción, por acumulación de tareas o trabajo. C. Contrato de interinidad, sustituir a otros trabajadores que se hayan ido por motivos justificados y tengan derecho a reserva del puesto. D. Contrato de inserción, contratación de un desempleado por la Administración pública o entidad sin ánimo de lucro, para realizar una obra o servicio de interés general o social. Cualquier persona que reúna las características necesarias del servicio que vaya a desempeñar. A. Tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. B. 6 meses dentro de un periodo de 12 meses, pudiendo prorrogarse una vez. C. Tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido. D. Tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. La fijada en el Convenio Colectivo correspondiente. Contrato de obra y servicio y eventual por circunstancias de la producción, a la finalización del contrato se tiene derecho a una indemnización de 8 días de salario por cada año de servicio. FORMATIVOS Adquisición de formación teórica y/o práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo que requiera un nivel susceptible de acreditación formal. Contrato en prácticas: para titulados universitarios de grado medio o superior y titulados de formación profesional de grado superior, y otros títulos equivalentes que permitan el ejercicio profesional. Deben celebrarse en los 4 años siguientes al término de los estudios. Contrato para la formación: para quienes sin tener un título universitario o de formación profesional quieran aprender un oficio. Estos trabajadores deben ser mayores de 16 y menores de 21. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando se contrate a desempleados en situación de: Minusvalía Extranjeros durante los 2 primeros años de vigencia del permiso de trabajo. Con más de 3 años sin actividad laboral. En situación de exclusión social. Que se incorporen como alumnos trabajadores a programas de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo. No puede ser inferior a los 6 meses ni superior a los 2 años. Pueden realizarse hasta 2 prórrogas con una duración mínima cada una de 6 meses. Contrato en Prácticas: La fijada en el Convenio Colectivo para trabajadores en prácticas y en su defecto, en primer año el 60% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o similar puesto y el segundo el 75%. Contrato para la Formación: La fijada en Convenio Colectivo sin que pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo efectivo trabajado. A TIEMPO PARCIAL Se acuerda la prestación de servicios durante un nº de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo de la misma empresa. Cualquier persona que reúna los requisitos necesarios para el puesto a desempeñar. Indefinida determinada Proporcional al nº de horas trabajadas al día, a la semana, al mes o al año respecto a la jornada habitual en la actividad de que se trate. RELEVO Para sustituir a trabajadores que acceden a una jubilación parcial. Cualquier persona que reúna los requisitos necesarios para el puesto a desempeñar. Indefinida o igual al tiempo que falte para que el trabajador sustituido alcance la edad de jubilación. Proporcional al nº de horas trabajadas. CONTRATO DE SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN Trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad de jubilación de 65 a 64 años. Mínimo de un año. Como mínimo igual a la de un trabajador de categoría laboral equivalente. CONTRATO DE TRABAJO A DOMICILIO Loa actividad se realiza en el domicilio o, el lugar decidido por el trabajador. Cualquier persona que reúna los requisitos necesarios para el puesto a desempeñar. Indefinida o determinada. Como mínimo igual a la de un trabajador de categoría laboral equivalente. Fuente: Elaboración propia a partir de la normativa vigente.

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número 150. marzo 2010 · ACTUALIDAD EMPRESARIAL CAJACANARIAS

LABORAL

Tipo de contratos Trabajadores Duración Retribución

INDEFINIDOSNo se establecen límites en lo que a su duración se refiere

Cualquier persona que reúna las características necesarias para el servicio que vaya a desempeñar.Contratos incentivados:Existen incentivos a la contratación indefinida aplicables a determinados colectivos.

Indefinida La fijada en el Convenio Colectivo correspondiente.

TEMPORAL O DE DURACIÓN DETERMINADAA. Contrato de obra y servicio determinado,

prestación de servicios y realización de tareas dentro de la actividad de la empresa.

B. Contrato eventual por circunstancias de la producción, por acumulación de tareas o trabajo.

C. Contrato de interinidad, sustituir a otros trabajadores que se hayan ido por motivos justificados y tengan derecho a reserva del puesto.

D. Contrato de inserción, contratación de un desempleado por la Administración pública o entidad sin ánimo de lucro, para realizar una obra o servicio de interés general o social.

Cualquier persona que reúna las características necesarias del servicio que vaya a desempeñar.

A. Tiempo exigido para la realización de la obra o servicio.

B. 6 meses dentro de un periodo de 12 meses, pudiendo prorrogarse una vez.

C. Tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido.

D. Tiempo exigido para la realización de la obra o servicio.

La fijada en el Convenio Colectivo correspondiente.Contrato de obra y servicio y eventual por circunstancias de la producción, a la finalización del contrato se tiene derecho a una indemnización de 8 días de salario por cada año de servicio.

FORMATIVOSAdquisición de formación teórica y/o práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o puesto de trabajo que requiera un nivel susceptible de acreditación formal.

Contrato en prácticas: para titulados universitarios de grado medio o superior y titulados de formación profesional de grado superior, y otros títulos equivalentes que permitan el ejercicio profesional. Deben celebrarse en los 4 años siguientes al término de los estudios.

Contrato para la formación: para quienes sin tener un título universitario o de formación profesional quieran aprender un oficio. Estos trabajadores deben ser mayores de 16 y menores de 21.

El límite máximo de edad no será de aplicación cuando se contrate a desempleados en situación de:

Minusvalía Extranjeros durante los 2 primeros años de

vigencia del permiso de trabajo. Con más de 3 años sin actividad laboral. En situación de exclusión social. Que se incorporen como alumnos

trabajadores a programas de escuelas taller, casas de oficios y talleres de empleo.

No puede ser inferior a los 6 meses ni superior a los 2 años.Pueden realizarse hasta 2 prórrogas con una duración mínima cada una de 6 meses.

Contrato en Prácticas: La fijada en el Convenio Colectivo para trabajadores en prácticas y en su defecto, en primer año el 60% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o similar puesto y el segundo el 75%.

Contrato para la Formación: La fijada en Convenio Colectivo sin que pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo efectivo trabajado.

A TIEMPO PARCIALSe acuerda la prestación de servicios durante un nº de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo de la misma empresa.

Cualquier persona que reúna los requisitos necesarios para el puesto a desempeñar. Indefinida determinada

Proporcional al nº de horas trabajadas al día, a la semana, al mes o al año respecto a la jornada habitual en la actividad de que se trate.

RELEVOPara sustituir a trabajadores que acceden a una jubilación parcial.

Cualquier persona que reúna los requisitos necesarios para el puesto a desempeñar.

Indefinida o igual al tiempo que falte para que el trabajador sustituido alcance la edad de jubilación.

Proporcional al nº de horas trabajadas.

CONTRATO DE SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN

Trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad de jubilación de 65 a 64 años.

Mínimo de un año.Como mínimo igual a la de un trabajador de categoría laboral equivalente.

CONTRATO DE TRABAJO A DOMICILIOLoa actividad se realiza en el domicilio o, el lugar decidido por el trabajador.

Cualquier persona que reúna los requisitos necesarios para el puesto a desempeñar. Indefinida o determinada.

Como mínimo igual a la de un trabajador de categoría laboral equivalente.

Fuente: Elaboración propia a partir de la normativa vigente.