NOMBRE: Zulma Villca Coria

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN DIPLOMADO EN GESTION CONTABLE, TRIBUTARIA Y FINANCIEA 7° VERSIÓN NOMBRE: Zulma Villca Coria Cochabamba Bolivia

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN

DIPLOMADO EN GESTION CONTABLE, TRIBUTARIA Y FINANCIEA

7° VERSIÓN

NOMBRE: Zulma Villca Coria

Cochabamba – Bolivia

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MODULO I

NORMAS DE CONTABIDAD Y DE INFORMACION FINANCIERA

INTRODUCCION

La contabilidad como ciencia y técnica de la información financiera y operacional de los entes

económicos, debe cumplir con exigencias cada día mayores.

Las crecientes necesidades de información para planificar, financiar y controlar el desarrollo

nacional, requeridas por un sinnúmero de entidades del estado, las necesidades de información de

trabajadores e inversionistas, el desarrollo de procedimientos administrativos contables para

controlar Y operaciones de las empresas, que han hecho imprescindible la computación.

Para conocer más acerca de las NIC, iniciaremos, con su historia, objetivos y para terminar una

breve conclusión, que nos hablará de lo más rescatable de las NIC.

El nacimiento, modificación, emisión e importancia de las NIC no solo a los grandes empresarios

sino a toda la humanidad que posean capacidades y actitudes de formar empresa, siendo esta la

principal justificación que nos impulsa a realizar una exhaustiva investigación no solo con el fin de

enriquecer nuestros conocimientos sino a la vez contribuir en la formación de nuestros compañeros

orientado en la forma de hacer empresa con lealtad.

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD

NIC1 Presentacion de estados financieros

NIC2 Inventarios

NIC 7 Estado de flujos de efectivo

NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores

NIC 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa

NIC 11 Contratos de construcción

NIC 12 Impuesto a las ganancias

NIC 16 Propiedades, planta y equipo

NIC 17 Arrendamientos

NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias

NIC 19 Beneficios a los empleados

NIC 20 Contabilización de las subvenciones del gobierno e información a revelar sobre ayudas

gubernamentales1

NIC 21 Efecto de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera

NIC 23 Costos por préstamos

NIC 24 Información a revelar sobre partes relacionadas

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NIC-1 Presentación de Estados Financieros

Esta Norma establece las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general,

para asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma

entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades.

Una entidad aplicará esta Norma al preparar y presentar estados financieros de propósito de

información general conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Las notas contienen información adicional a la presentada en el estado de situación financiera. Las

notas suministran descripciones narrativas o desagregaciones de partidas presentadas en esos

estados e información sobre partidas que no cumplen las condiciones para ser reconocidas en ellos.

El objetivo de los estados financieros es suministrar información acerca de la situación financiera,

del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia

variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas.

Una entidad revelará lo siguiente, sea en el estado de situación financiera, en el estado de cambios

en el patrimonio o en las notas:

(a) para cada clase de capital en acciones:

(i) el número de acciones autorizadas;

(ii) el número de acciones emitidas y pagadas totalmente, así como las emitidas pero aún no

pagadas en su totalidad;

(iii) el valor nominal de las acciones, o el hecho de que no tengan valor nominal;

(iv) una conciliación entre el número de acciones en circulación al principio y al final del periodo;

NIC 26 Contabilización e información financiera sobre planes de beneficio por retiro

NIC 27 Estados financieros separados

NIC 28 Inversiones en asociadas y negocios conjuntos

NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias1

NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación

NIC 33 Ganancias por Acción

NIC 34 Información Financiera Intermedia

NIC 36 Deterioro del valor de los activos

NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes

NIC 38 Activos Intangibles

NIC 39 Instrumentos Financieros: reconocimiento y medición

NIC 40 Propiedades de inversión

NIC 41 Agricultura

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(v) los derechos, privilegios y restricciones correspondientes a cada clase de acciones, incluyendo

las restricciones sobre la distribución de dividendos y el reembolso del capital;

(vi) las acciones de la entidad que estén en su poder o bien en el de sus subsidiarias o asociadas; y

(vii) las acciones cuya emisión está reservada como consecuencia de la existencia de opciones o

contratos para la venta de acciones, incluyendo las condiciones e importes correspondientes.

(b) una descripción de la naturaleza y destino de cada reserva que figure en el patrimonio.

Una entidad cuyos estados financieros cumplan las NIIF efectuará, en las notas, una declaración,

explícita y sin reservas, de dicho cumplimiento

Una entidad revelará información comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes

incluidos en los estados financieros del periodo corriente. Además incluirá información comparativa

para la información descriptiva y narrativa, cuando esto sea relevante para la comprensión de los

estados financieros del periodo corriente.

Información a revelar sobre políticas contables.

Una entidad revelará, en el resumen de políticas contables significativas:

• La base (o bases) de medición utilizada para la elaboración de los estados financieros.

• Las otras políticas contables utilizadas. Otra información a revelar Una entidad revelará en

las notas:

• El importe de los dividendos propuestos o anunciados antes de que los estados financieros

hayan sido autorizados para su emisión, que no hayan sido reconocidos como distribución a los

propietarios durante el periodo, así como los importes correspondientes por acción.

• El importe de cualquier dividendo preferente de carácter acumulativo que no haya sido

reconocido. Una entidad revelará lo siguiente, si no ha sido revelado en otra parte de la

información publicada con los estados financieros:

• El domicilio y forma legal de la entidad, el país en que se ha constituido y la dirección de su

sede social (o el domicilio principal donde desarrolle sus actividades, si fuese diferente de la sede

social);

• Una descripción de la naturaleza de las operaciones de la entidad, así como de sus

principales actividades;

• El nombre de la controladora directa y de la controladora última del grupo

• Si es una entidad de vida limitada, información sobre la duración de la misma.

NIC 2 Inventarios

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los inventarios. Un tema

fundamental en la contabilidad de los inventarios es la cantidad de costo que debe reconocerse

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como un activo, para que sea diferido hasta que los ingresos correspondientes sean reconocidos.

Esta Norma suministra una guía práctica para la determinación de ese costo, así como para el

subsiguiente reconocimiento como un gasto del periodo, incluyendo también cualquier deterioro

que rebaje el importe en libros al valor neto realizable. También suministra directrices sobre las

fórmulas del costo que se usan para atribuir costos a los inventarios.

Los inventarios se medirán al costo o al valor neto realizable, según cuál sea menor.

Valor neto realizable es el precio estimado de venta de un activo en el curso normal de la operación

menos los costos estimados para terminar su producción y los necesarios para llevar a cabo la venta.

El costo de los inventarios comprenderá todos los costos derivados de su adquisición y

transformación, así como otros costos en los que se haya incurrido para darles su condición y

ubicación actuales.

El costo de los inventarios se asignará utilizando los métodos de primera entrada primera salida

(FIFO) o costo promedio ponderado. La entidad utilizará la misma fórmula de costo para todos los

inventarios que tengan una naturaleza y uso similares.

Para los inventarios con una naturaleza o uso diferente, puede estar justificada la utilización de

fórmulas de costo también diferentes. El costo de los inventarios de productos que no son

habitualmente intercambiables entre sí, así como de los bienes y servicios producidos y segregados

para proyectos específicos, se determinará a través de la identificación específica de sus costos

individuales.

Cuando los inventarios sean vendidos, el importe en libros de los mismos se reconocerá como gasto

del periodo en el que se reconozcan los correspondientes ingresos de operación. El importe de

cualquier rebaja de valor, hasta alcanzar el valor neto realizable, así como todas las demás pérdidas

en los inventarios, serán reconocidas en el periodo en que ocurra la rebaja o la pérdida. El importe

de cualquier reversión de la rebaja de valor que resulte de un incremento en el valor neto realizable,

se reconocerá como una reducción en el valor de los inventarios, que hayan sido reconocidos como

gasto, en el periodo en que la recuperación del valor tenga lugar.

NIC 7 Estado de Flujo Efectivo

Esta persigue como objetivo la exigibilidad a las empresas que suministren información acerca de

los movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes al efectivo a través de la presentación

de un estado de flujos de efectivo, clasificados en el período según que procedan de actividades de

explotación, de inversión y de financiación.

Los estados de flujos de efectivo deben analizar los cambios en el efectivo y los equivalentes al

efectivo durante un período, que incluye inversiones a corto plazo (menos de 3 meses desde la fecha

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de adquisición), fácilmente convertibles en importes determinados de efectivo, estando sujetos a un

riesgo poco significativo de cambios en su valor. Generalmente no incluyen participaciones de

capital.

Si los flujos de efectivo procedentes de actividades de explotación, inversión y financiación deben

presentarse por separado.

Los flujos de efectivo de las actividades de explotación se presentan utilizando el método directo o

el indirecto, pero, se recomienda el método directo.

Los flujos de efectivo procedentes de impuestos sobre beneficios se clasifican como de explotación

salvo que puedan identificarse específicamente con actividades de financiación o inversión.

El tipo de cambio utilizado para la conversión de operaciones denominadas en una moneda

extranjera y los flujos de efectivo de una filial extranjera deberá ser el tipo vigente en la fecha de los

flujos de efectivo.

Los flujos de efectivo agregados derivados de adquisiciones y enajenaciones de filiales y otros

negocios deberán presentarse por separado y clasificarse como actividades de inversión, revelando

información adicional específica.

Las operaciones de inversión y financiación que no supongan el uso de efectivo deberán excluirse

de los estados de flujos de efectivo, pero deberán revelarse por separado.

NIC 8 Políticas Contables cambios en las estimaciones contables y errores

El objetivo de esta NIC es prescribir los criterios para seleccionar y cambiar políticas contables,

junto con el tratamiento contable y la información a proporcionar en cuanto a cambios en políticas

contables, cambios en estimaciones y errores.

En esta norma existe una jerarquía para elegir políticas contables:

Normas e interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta cualquier directriz de implantación

del IASB.

A falta de una norma, buscar los requisitos y las directrices incluidos en las normas e

interpretaciones del IASB que se refieren a cuestiones similares y relacionadas; y las

definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de valoración de activos, pasivos,

ingresos y gastos que se recogen en el Marco Conceptual.

La Dirección también puede tener en cuenta los pronunciamientos más recientes de otros

organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar al de las NIIF para crear

principios contables, otra literatura contable y prácticas aceptadas del sector.

Aplicar políticas contables atendiendo a criterios de uniformidad con operaciones similares.

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Realizar cambios de política contable sólo si lo exige una norma o interpretación o si

producen información más relevante y fiable.

Si una norma o interpretación exige un cambio de política contable, seguir los requisitos de

transición de dicho pronunciamiento. Si no se especifica ninguno, o si el cambio es

voluntario, aplicar la nueva política contable con efecto retrospectivo mediante la

reexpresión de períodos anteriores. Si la reexpresión es imposible, incluir el efecto

acumulativo del cambio en los resultados. Si no es posible determinar el efecto

acumulativo, aplicar la nueva política de forma prospectiva.

Los cambios en las estimaciones contables (por ejemplo, un cambio en la vida útil de un

activo) se contabilizan en el ejercicio en curso, o en ejercicios futuros, o en ambos (sin

reformulación).

Todos los errores deben corregirse mediante la reformulación de los importes comparativos

del ejercicio anterior y, si el error se produjo antes del primer período presentado, mediante

la reformulación del balance inicial.

Son obligatorias las revelaciones sobre cambios contables, cambios en las estimaciones y

correcciones de errores.

NIC 10 Hechos Posteriores a la Fecha del Balance

Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean favorables o

desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha de autorización de emisión

de los estados financieros.

Estos hechos que implican ajustes para reflejar aquellos hechos que suministran evidencia de

condiciones que existían en la fecha del balance, como la resolución de un juicio después de la

fecha del balance, pero también existen hechos que no amerita que los estados sean ajustados como

una reducción en los precios de mercado después del cierre del ejercicio, que no cambie la

valoración de inversiones a la fecha del balance.

Los dividendos propuestos o declarados con respecto a instrumentos de capital después de la fecha

del balance no deberán registrarse como pasivo en la fecha del balance. Es obligatorio revelar

información al respecto.

Una entidad no deberá preparar sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en

funcionamiento si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta hipótesis no es

apropiada.

Una entidad deberá revelar la fecha de autorización de emisión de sus estados financieros.

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NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias

Los ingresos ordinarios deben valorarse utilizando el valor razonable de la contrapartida recibida o

por recibir.

Reconocimiento:

Procedentes de la venta de bienes: Cuando se han transferido al comprador los riesgos y

ventajas significativos, el vendedor pierde el control efectivo, y el importe puede valorarse

con fiabilidad.

Procedentes de la prestación de servicios: Método del porcentaje de realización.

Intereses, royalties y dividendos: Se reconocen cuando es probable que la empresa obtenga

beneficios económicos: Intereses: sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido,

teniendo en cuenta el rendimiento efectivo del activo.

Royalties: utilizando la hipótesis contable del devengo, de acuerdo con el fondo económico

del acuerdo en que se basan.

Dividendos: cuando se establezca el derecho a recibir el pago por parte del accionista.

NIC 21 Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de moneda extranjera

En primer lugar, determinar la moneda funcional de la entidad informante. Convertir todas las

partidas en moneda extranjera en la moneda funcional:

En la fecha de la transacción, registrar utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de la

transacción para su reconocimiento y valoración iniciales.

En fechas de balances posteriores:

Utilizar el tipo de cierre para las partidas monetarias; utilizar tipos de cambio vigentes en la

fecha de la transacción para partidas no monetarias registradas al coste histórico; y utilizar

tipos de cambio vigentes en la fecha de valoración para partidas no monetarias registradas

al valor razonable.

Las diferencias de cambio surgidas en la liquidación de partidas monetarias y en la

conversión de partidas monetarias a un tipo distinto al vigente cuando se reconocieron

inicialmente, se incluyen en los resultados netos, con una excepción: las diferencias de

cambio derivadas de partidas monetarias que forman parte de la inversión neta realizada por

la empresa en una entidad extranjera se clasifican en los estados financieros consolidados

que incluyen la entidad extranjera en un componente distinto del patrimonio neto; serán

registradas como ingreso o gasto en la fecha de enajenación de la inversión neta.

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Los resultados y la situación financiera de cualquier entidad cuya moneda funcional no sea

la moneda de una economía hiperinflacionaria se convierten a una moneda de presentación

distinta utilizando los siguientes procedimientos:

Los activos y pasivos correspondientes a cada balance presentado (incluyendo los

comparativos) se convierten al tipo de cierre en la fecha de dicho balance;

Los ingresos y gastos correspondientes a cada cuenta de resultados (incluyendo las

comparativas) se convierten a tipos de cambio vigentes en las fechas de las transacciones; y

Todas las diferencias de cambio resultantes se reconocen como un componente distinto del

patrimonio neto.

Normas especiales para convertir en una moneda de presentación los resultados y la situación

financiera de una entidad cuya moneda funcional sea hiperinflacionaria.

NIC 36 Deterioro del valor de los activos

Esta se encarga de asegurar que los activos no están registrados a un importe superior a su importe

recuperable y definir cómo se calcula el mismo.

La NIC 36 es aplicable a todos los activos excepto existencias (v. NIC 2 Existencias), activos

surgidos de los contratos de construcción (v. NIC 11 Contratos de construcción), activos por

impuestos diferidos (v. NIC 12 Impuestos sobre las ganancias), activos relacionados con

retribuciones a empleados (v. NIC 19 Retribuciones a los empleados), activos financieros (v. NIC

39 Instrumentos financieros: reconocimiento y valoración), propiedades inmobiliarias de inversión

valoradas a valor razonable (v. NIC 40 Inmuebles de inversión) y activos biológicos relacionados

con la actividad agrícola valorados a valor razonable minorado por los costes en el punto de venta

(v. NIC 41 Agricultura).

La pérdida por deterioro en el valor de los activos debe reconocerse cuando su valor neto contable

excede de su importe recuperable.

En el caso de los activos registrados al coste, el reconocimiento de la pérdida por deterioro de valor

se registra en la cuenta de resultados. En el caso de los activos revalorizados, se considera como

disminución de la reserva de revalorización.

El importe recuperable de un activo es el mayor entre el precio neto de venta y su valor de uso.

El valor de uso es el valor actual de la estimación de flujos de efectivo futuros derivados del uso

continuado del activo y de su enajenación al final de su vida útil.

El tipo de descuento es el tipo antes de impuestos que refleja la valoración actual del mercado en

función del valor temporal del dinero y los riesgos específicos del activo. El tipo de descuento no

debería reflejar riesgos futuros que ya estuvieran considerados en la estimación de los flujos de

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efectivo futuros y debería coincidir con el rendimiento que un tercero exigiría a una inversión que

generase unos flujos de efectivo equivalentes a los previstos para dicho activo.

En cada fecha de balance, se debe revisar la situación de los activos para detectar indicios de

deterioro en su valor. Si existen indicios de deterioro, habrá que calcular el importe recuperable.

El fondo de comercio y otros activos intangibles con vida útil indefinida deben ser sometidos a

pruebas de deterioro de valor al menos una vez al año y a un cálculo de su importe recuperable.

Si no es posible determinar el importe recuperable de un activo, habrá que determinar el importe

recuperable correspondiente a la unidad generadora de efectivo que incluye a ese activo. Las

pruebas de deterioro de valor del fondo de comercio deben realizarse en el grupo de unidades

generadoras de efectivo más pequeño al que pueda asignarse fondo de comercio de forma razonable

y coherente.

Se permite la reversión de pérdidas por deterioro de valor reconocidas en años anteriores en

determinadas circunstancias (está prohibida en el caso del fondo de comercio).

Se deben desglosar las pérdidas por deterioro de valor por clase de activos y por segmento (si fuese

aplicable la NIC 14 Información financiera por segmentos).

También se requiere desglosar las reversiones de pérdidas por deterioro en el valor de un activo

previamente registradas.

LA IMPORTANCIA DE LAS NIIF

Debido al crecimiento internacional de las empresas, en 1973 se creó el IASC (International

Accounting Standards Committee) era un organismo de carácter privado y de ámbito mundial,

mediante el acuerdo de diferentes países (Australia, Canadá, Estados Unidos, México, Holanda,

Japón y otros). Tras un replanteamiento de sus objetivos, en 2001, nace el IASB (International

Accounting Standards Board), con sede en Londres, que tiene como objetivo la emisión de normas

internacionales de referencia que guiaran la convergencia progresiva de las normas internacionales.

Está compuesto por un independiente grupo de 15 expertos con una adecuada combinación de

experiencia práctica reciente en el establecimiento de normas contables, en la preparación, la

auditoria, o el uso de los informes financieros, y en la enseñanza de la contabilidad. Los miembros

del IASB son responsables de la elaboración y publicación de las NIIF, incluyendo las NIIF para

PYME y la elaboración de sus interpretaciones. Las NIIF (Normas Internacionales de Información

Financiera) antes de 2001 conocidas como NIC (normas internacionales de contabilidad) que

cambiaron su denominación debido a la restauración de los objetivos.

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La creación de estas normas internacionales de información financiera fue necesaria para que

inversores, analistas y otros usuarios puedan comparar informes de empresas aun operando en

diferentes países, es una forma de homogeneizar la información publicada de cada empresa.

El objetivo principal de las NIIF es desarrollar un conjunto único de información emitido por las

empresas de alta calidad, comprensible, aplicable y aceptada globalmente. Buscando una mayor

transparencia y comparabilidad de esta información, para que distintos usuarios puedan tomar

decisiones.

Las NIIF han tenido un gran éxito durante la última década ya que cuenta con el IASB como su

órgano normativo, organización de gran fortaleza, que sirvió para impulsar la adopción de las NIIF

de forma internacional. Así como también se cuenta con la voluntad de los Estados Unidos para

participar en la convergencia, aceptando las NIIF en sus empresas fuera de Estados Unidos e ir

considerando la posible adopción también en sus empresas.

Los Estados Unidos ahora utilizan las GAAP (Generally Accepted AccountingPrinciples) cuyo

órgano emisor es el FASB (Financial Accounting StandardsBoard), pero se prevé que para 2014

adapten las NIIF. La adaptación de las NIIF en el futuro proporcionará un conjunto de normas que

agilizará el trabajo a las empresas e inversores. Nos beneficiaremos de muchas maneras, por

ejemplo, la comparabilidad entre las empresas se hará sin esfuerzos, la información será de mayor

calidad, el costo para la elaboración de los estados financieros disminuirá notablemente.

Evidentemente en el corto plazo hablamos de los inconvenientes, las empresas transformaran sus

normas contables, por lo tanto, ocasionará un proceso de adaptación, donde las empresas requerirán

cambios de tecnologías, de personal especializado en las NIIF que ayude a guiarlas, así como

también despido de personal innecesario para las nuevas normas, auditores para la comprobación de

que se cuente con una correcta adaptación pero, no obstante, las empresas se beneficiaran de todo

esto.

El IASB y el FASB establecieron un grupo, FCAG cuyas siglas significan Grupo Financiero

consultivo de la crisis, compuesto por altos dirigentes con amplia experiencia internacional en los

mercados financieros. “Su función principal es asesorar sobre las implicaciones normativas de la

crisis financiera mundial y los cambios potenciales en el marco normativo global”.

Estamos ante un gran avance en cuanto a la normalización contable de las empresas a nivel

mundial. La necesidad de que todas las entidades cuenten con una misma regulación ayuda a un

progreso común, facilitando la comunicación entre ellas. El crecimiento económico lo encontramos

en la transparencia de las empresas, sin letra pequeña, donde se pueda comparar una misma

empresa con ejercicios anteriores e incluso con las empresas del sector. En cuanto a los usuarios

ajenos pueden tener la capacidad de elegir una empresa en la que invertir sin miedo a equivocarse

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porque sus cuentas anuales no muestren su imagen fiel, el riesgo del inversor lo encontraremos en el

entorno.

Normas Internacionales de Información Financiera vigentes:

NIIF 1. Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

NIIF 2. Pagos basados en acciones

NIIF 3. Combinaciones de negocios

NIIF 4. Contratos de Seguro

NIIF 5. Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas

NIIF 6. Exploración y evaluación de activos minerales

NIIF 7. Instrumentos financieros: Información a revelar

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MODULO II

CONTABILIDAD FINANCIERA

1. INTRODUCCION

En la actividad comercial o socioeconómica consistente en el intercambio de algunos materiales

que sean libres en el mercado de compra y venta de bienes y servicios, sea para su uso, para su

venta o su transformación. Es el cambio o transacción de algo a cambio de otra cosa de igual

valor. Por actividades comerciales o industriales entendemos tanto intercambio de bienes o de

servicios que se efectúan a través de un comerciante o un mercader.

El comerciante es la persona física o jurídica que se dedica al comercio en forma habitual, como

las sociedades mercantiles.

2. SOCIEDADES COMERCIALES.

Es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas que se obligan a realizar unos aportes

en dinero, en trabajo en especie-bienes, para hacer empresa con el fin de obtener utilidades para

distribuirlas entre los socios. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica de la sociedad, se

constituye elevando el acuerdo a escritura pública con el protocolo Notarial y de registro de

la Cámara de Comercio del domicilio de la sociedad, conformándose una persona jurídica

diferente de los dueños con capacidad para establecer relaciones jurídicas, comerciales y

económicas con otras personas.

2.1.-. SOCIEDADES DE PERSONAS:

a.- Sociedad colectiva: Está constituida por dos o mas personas naturales o jurídicas que

n calidad de socios pueden aportar dinero o bienes, y su responsabilidad es ilimitada y solidaria.

El nombre de la razón social se forma con el nombre o apellidos de uno o varios socios, seguido

de la expresión & COMPAÑÍA, HERMANOS, E HIJOS, conforme al artículo 303 del Código de

Comercio.

b.- Sociedad en Comandita Simple. Es aquella que se forma, crea o constituye entre uno o mas

socios gestores o colectivos que comprometen solidaria e ilimitadamente su responsabilidad por

las operaciones sociales; y otro u otros socios denominados comanditarios, que comprometen su

responsabilidad hasta el monto de sus aportes, conforme al artículo 323 cdl Código de Comercio.

La razón social se forma con el solo apellido de uno o mas socios colectivos seguido de la

expresión & CIA. S. En C, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 324 del Código de Comercio

Colombiano.

2.2.- SOCIEDADES DE CAPITAL:

a.- Sociedad anónima: Es aquella que se forma con un mínimo de cinco socios accionistas,

conforme al artículo 374 del Código de Comercio, y el capital aportado está representado

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en acciones como lo dispone el artículo 375 del Código de Comercio, y la razón se forma con el

nombre que caracteriza a la empresa, seguido de la expresión S.A.

b.- Sociedad por acciones simplificada-SAS. Es aquella regulada por la ley 1258 de 2008, y

podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables

hasta el monto de sus respectivos aportes. Salvo por la desestimación de la personalidad jurídica,

prevista en el artículo 42 de la mencionada Ley, el o los accionistas no serán responsables por las

obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza en que incurra la sociedad. La

razón social o denominación de la sociedad estará seguida de las palabras sociedad por acciones

simplificada, de las letras S.A.S.

c.- Sociedad en comandita por acciones. Se constituye por uno o más socios gestores con

responsabilidad ilimitada o mas socios comanditarios con la responsabilidad limitada. El capital

está representado en acciones, conforme al artículo 244 del Código de Comercio y la razón social

se formará con el solo apellido de uno o más socios gestores, seguido de la expresión & CIA.

S.C.A, artículo 324 del Código de Comercio.

2.3.- SOCIEDADES MIXTAS:

a.- Sociedad de Responsabilidad Limitada. La sociedad puede conformarse con mínimo dos y

máximo veinticinco, conforme al artículo 356 del Código de Comercio. El capital está dividido en

cuotas o aportes de interés social de igual valor, regulado por el artículo 354 de la legislación

comercial. La razón social está seguida de la expresión Limitada, abreviatura Ltda.

Instrumento de control administrativo, económico y financiero utilizado por ejecutivos de una

entidad para la toma de decisiones, así como por otros sectores interesados en conocer la marcha

de la organización. Es la disciplina que mediante técnicas particulares y especializadas analiza,

clasifica, apropia, registra y procesa la información económica y financiera de un ente con el

objeto de obtener estados contables y proporcionar información en términos monetarios para la

toma de decisiones. (V. H. MENDIZÁBAL- E. GONZALES “Contabilidad Financiera

Intermedia).

2.4. OBJETIVOS

Registrar, clasificar y analizar las operaciones realizadas por la Unidad Educativa.

Obtener e interpretar datos expresados en términos monetarios.

Servir como comprobante y fuente de información ante terceras personas. (RIVERA

MICHEL, Henry, Contabilidad Básica).

Otorgar protección legal: debido a que el código de comercio otorga valor probatorio a los

registros que se realizan en los libros de contabilidad, siempre y cuando estén enmarcados en la

normativa vigente. (LEDEZMA BELTRÁN, Gustavo. Contabilidad Básica).

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Todo esto con el fin de hacer conocer:

Al estado.

A los propietarios.

A terceras personas.

2.4.1. IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD

La contabilidad desempeña un papel importantísimo en la vida económica nacional y mundial,

sobre todo en los momentos actuales en que la organización contable constituye el más valioso

instrumento para el éxito de una Unidad Educativa cualquiera sea su naturaleza.

2.4.2 CICLO CONTABLE

Al examinar el flujograma siguiente se debe entender que en la preparación y verificación de la

documentación mercantil, adicionalmente se deben cumplir las labores de análisis y apropiación

de operaciones según su naturaleza y el plan de cuentas, para luego efectuar los registros en el

libro diario o comprobantes de diario (se pueden centralizar periódicamente registros de otros

documentos de apropiación contable, como ser: comprobantes de ingreso, de egreso, etc.) (Ver

figura N° 2.2)

Posteriormente al realizar los traspasos a los Mayores Generales simultáneamente deben

efectuarse las anotaciones en los mayores auxiliares con la finalidad de ejercer un control más

detallados de las operaciones registradas.

Seguidamente es recomendable practicar una conciliación de saldos de las diferentes cuentas de

Mayor Auxiliar con su Mayor General o principal, para verificar la corrección de las anotaciones.

El siguiente paso está referido a la preparación del Balance de Comprobación de Sumas y Saldos,

Documento en el que se resumen el volumen de las operaciones incurridas en la gestión, así como

los saldos existentes a una determinada fecha por cada cuenta utilizada por el ente.

En base al Balance de Comprobación de Sumas y Saldos se Procede al examen y análisis de las

operaciones registradas y las consideraciones de las partidas pendientes, para preparar los asientos

de ajuste ya sean por correcciones. Regularizaciones o incorporaciones de conceptos imputables al

periodo. Dichos ajustes son registrados en Comprobantes de Diario y se consideran en la

preparación de las “Hojas de Trabajo”.

Posteriormente se procede a la confección de los Estados Financieros o Estados Contables que

constituyen en producto final de la Contabilidad. Es indistinto el uso de los términos de “Estados

Financieros” o “Estados Contables” los Estados Financieros están presentados en termino de

dinero, y los Estados Contables provienen de los registros contables y por ende de operaciones

sujetas a todo el proceso de la contabilidad, el siguiente paso a seguir es la preparación de Estados

de Cuentas.

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En cumplimiento a prácticas y disposiciones legales se procede al cierre de libros, por la gestión.

FIGURA Nº 2.2

CICLO CONTABLE

a. Activo.

Activo es un recurso controlado por la EMPRESA, como resultado de sucesos pasados, del que la

misma espera obtener en el futuro, beneficios económicos.

Los Beneficios Económicos futuros incorporados a un Activo consisten en el Potencial del mismo

para contribuir directamente o indirectamente a los flujos de efectivo y otros equivalentes a

efectivo de la empresa.

b. Pasivo.

Pasivo es un OBLIGACION ACTUAL de la EMPRESA, como resultado de sucesos pasados, al

vencimiento de la cual y para cancelarla, la EMPRESA espera obtener en el futuro, beneficios

económicos.

Es decir, EL PASIVO es la aportación o participación de terceras personas en el financiamiento de

una EMPRESA

c. Patrimonio

Es la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos

3 ESTADOS FINANCIEROS

Balance de Apertura.

Cie

rre

de

Lib

ros Cuentas de

Mayor

Preparación y comprobación

AJUSTES

Comprobante

de Diario

Comprobante

de Diario

Estado de

Cuentas

Documentación mercantil

Cuentas de

Mayor

general

Balance de

comprobación

Hojas de

Trabajo

Comprobante

de Diario

E.E.F.F.

Page 17: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Registro de Transacciones en el Libro Diario.

Pases al Libro Mayor.

Balance de Comprobación de Sumas y Saldos.

Hojas de Trabajo.

Estados Financieros.

4. MARCO NORMATIVO LEGAL Y TECNICO SOBRE CONTABILIDAD

Entidades relacionadas con emisión de Normas Contables

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados

Normas de Contabilidad vigentes en Bolivia

Normas Internacionales de Contabilidad y NIIF.

Normativa Técnica aplicable en Bolivia a partir de gestiones futuras.

PRACTICAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA

1. En base a la siguiente información, preparar, Balance de Apertura, realizar registros contables,

preparar Mayores, preparar Balance de Comprobación de Sumas y Saldos y obtener Estados

Financieros (No considere AITB, es decir no se produjeron modificaciones en el valor de la UFV).

1. Se constituye la Cía. “El Bife” S.A. con los siguientes aportes:

a. Efectivo Bs.80.000

b. Muebles y Enseres Bs. 20.000

2. Se compra muebles al contado. Total factura por Bs. 12.000

3. Se compra mercaderías. Total Factura por Bs. 24.000, se paga al contado Bs. 20.000 y por

el saldo de Bs. 4.000 se obtiene crédito a 30 días.

4. Se vende mercadería. Total factura por Bs. 15.000. Al contado Bs. 10.000 y a Crédito Bs.

5.000. El Costo de la mercadería vendida es de Bs. 9.000

5. Se obtiene un préstamo del Banco Bisa por Bs. 10.000

6. Se vende mercadería a crédito. Total factura por Bs. 12.000. El costo de la mercadería

vendida es de Bs. 9.600

7. Se cubren gastos de administración, total facturas por Bs. 2.000

8. Se compran nuevas mercaderías al contado, total factura Bs. 3.000

9. Se pagan intereses por Bs. 200

10. Corresponde liquidar y pagar el IVA y el IT.

Page 18: NOMBRE: Zulma Villca Coria

EMPRESA: CIA "EL BIFE" S.A.

BALANCE DE APERTURA

AL 31 DE DICIEMBRE 2012

(EXPRESADO EN BOLIVIANOS)

ACTIVO

PASIVO

Disponible 80000

Capital 100000

ACTIVO FIJO

Muebles y Enceres 20000

TOTAL ACTIVO 100000

TOTAL

PASIVO 100000

_________________________________

_________________________

CONTADOR

GERENTE PROPIETARIO

LIBRO DIARIO

DETALLE DEBE HABER

__________ad-1__________

Caja M/N

Muebles y Enseres

80.000,00

20.000,00

Page 19: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Capital

G/registro del balance de apertura

100.000,00

__________ad-2__________

Muebles y Enseres

IVA-CF

Caja M/N

G/compra de muebles y enseres al contado s/g factura.

10.440,00

1.560,00

12.000,00

___________ad-3__________

almacenes

IVA-CF

Caja M/N

cuentas por pagar

G/ compra de mercaderías al contado y crédito 30 días s/g factura

20.880,00

3.120,00

20.000,00

4.000.00

__________ad-4___________

Caja M/N

Cuentas por cobrar

Impuesto a las transacciones

Costo de venta

Ventas

IVA-DF

IT por pagar

Almacén

G/ por la venta de mercaderías a crédito s/g facturas

10.000,00

5.000,00

450,00

9.000,00

13.050,00

1.950,00

450,00

9.000,00

__________ad-5__________

Caja M/N

Préstamo Banco Bisa

g/ por el préstamo del banco bisa

10.000,00

10.000,00

Page 20: NOMBRE: Zulma Villca Coria

__________ad-6__________

Cuentas por cobrar

IT

Costo de Mercadería vendida

Ventas

IVA-DF

IT por pagar

Almacenes

G/registro de venta de mercadería por simple crédito

12.000,00

360,00

9.600,00

10.440,00

1.560,00

360,00

9.600,00

__________ad-7___________

Gastos administrativos

IVA-CF

Caja M/N

G/ cancelación de gastos s/g factura

1.740,00

260,00

2.000,00

__________ad-8___________

Almacenes

IVA-CF

Caja M/N

G/compra de mercadería con factura

2.610,00

390,00

3.000,00

__________ad-9___________

Interés bancario

Caja M/N

G/pago interés bancario

200,00

200,00

_________ad-10___________

IVA-DF

IVA-CF

G/pago por compensación de impuestos

3.510,00

3.510,00

Page 21: NOMBRE: Zulma Villca Coria

LIBROS MAYORES

M. Y ENSERES

ALMACENES

CUENTAS X P.

CAPITAL

20.000.-

20.880.- 9.000.-

4.000.-

100.000.-

10.440.-

2.610.- 9.600.-

30.440.-

23.490.- 18.600.-

4.000.-

100.000.-

4.890.-

CUENTAS X C

IT

COSTO DE VTA.

VENTAS

5.000.-

450

9000

13050

12.000.-

360

9600

10440

17.000.-

810

18600

23490

PRESTAMO BCO

GTOS ADM

GTO FIN

IVA CF

10000

1740

200

1560 3510

3120

IVA DF

IT X PAGAR

260

3510 1950

810 450

390

1560

360

1820

3510 3510

810 810

CAJA M/N

80,000.- 12.000.-

10.000.- 20.000.-

10.000.- 2.000.-

3.000.-

200.-

810.-

100.000.- 38.100.-

61.990.-

Page 22: NOMBRE: Zulma Villca Coria

CIA. EL BIFE S.A.

BALANCE DE COMPROBACION DE SUMAS Y SALDOS

DETALLE DEBE HABER

CTA BALANCE

CUENTA DE

RESULTADO

DEBE HABER INGRESO GASTO

Caja M/N 100.000.- 38.010.- 61.990.-

Muebles y Enseres 30.440.- 30.440.-

Almacenes 23.490.- 18.600.- 4.890.-

Cuentas por pagar 4.000.- 4.000.-

Capital 100.000.- 100.000.-

Cuentas por cobrar 17.000.- 17.000.-

Impuestos a las transacciones 810.- 810.-

Costo de merc. vendida 18.600.- 18.600.-

Ventas 23.490.- 23.490.-

Préstamo banco bisa 10.000.- 10.000.-

Gastos administrativos 1.740.- 1.740.-

Gastosos financieros 200.- 200.-

IVA-crédito fiscal 5.330.- 3.510.- 1.820.-

IVA –debito fiscal 3.510.- 3.510.-

IT por pagar 810.- 810.-

TOTALES 201.930.- 201.930.- 116.140.- 114.000.- 23.490.- 21.350.-

21.350.- 23.490.- 23.490.- 21.350.-

137.490.- 137.490.-

Page 23: NOMBRE: Zulma Villca Coria

____________________________ ___________________________

CONTADOR GERENTE PROPIETARIO

EL BIFE S.A.

BALANCE GENERAL

(expresado en bolivianos)

ACTIVO

PASIVO

ACTIVO

CIRCULANTE 85.700.-

PASIVO CIRCULANTE

Caja M/N 61.990.-

Cuentas por pagar

14.000.-

Almacenes 4.890.-

Cuentas por pagar 4.000.-

Cuentas por

Cobrar 17.000.-

Préstamo banco BISA 10.000.-

IVA - CF 1.820.-

ACTIVO NO

CIRCULANTE 30.440.-

PATRIMONIO

102.140.-

Muebles y

Enseres 30.440.-

Capital 100.000.-

Resultado de gestión 2.140.-

TOTAL

ACTIVO 116.140.-

TOTAL PASIVO Y

PATRIMONIO 116.140.-

Page 24: NOMBRE: Zulma Villca Coria

CONTADOR GERENTE PROPIETARIO

2. Partiendo de los siguientes saldos según Estados Financieros de la Cía. de Servicios “Jauri Uchu”

S.A. y la información que se proporciona, prepare los correspondientes registros contables y un

estado de cuentas al 31 de diciembre de 2012.

EL BIFE S.A.

ESTADO DE RESULTADO

(Expresado en bolivianos)

Ventas

23.490.-

(-) Costo de vendida (18.600).-

4.890.-

(-)Gastos de operación

I.T.

(810).-

Gastos administrativos (1.740).-

Gastos financieros

(200).-

RESULTADO DE LA GESTION 2.140.-

Page 25: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Estado de Cuenta “Caja Moneda Extranjera”

Al 30 de Noviembre de 2012

Caja Moneda Extranjera Euros € 20.000 Bs. 180.000

Caja Moneda Extranjera Pesetas Ptas. 40.000 Bs. 10.000

Caja Moneda Extranjera Pesos P$ 20.000 Bs. 10.000

Caja Moneda Extranjera Dólares US$ 30.000 Bs. 210.000

Total Bs. 410.000

Referencia: Tipos de Cambio a Noviembre de 2012: Bs. 7.00 por Dólar, Bs. 0,25 por Peseta, Bs.

0,50 por Peso y Bs. 9,00 por Euro

Transacciones del mes de diciembre de 2012:

Venta de US$ 1.000, tipo de cambio oficial Bs. 6.98, vendidos a Bs. 7.02

Entrega de Euros 2.000 a proveedor Alemán en calidad de anticipo por reserva de mercaderías t/c.

de la fecha Bs. 9.10 por Euro

Por la compra de US$ 3.000, tipo de cambio oficial 6.07, pago con Bs, 21.000

Venta de Dólares 1.000, tipo de cambio oficial Bs. 6.97. Total ingreso Bs. 7.020

En relación a moneda extranjera no se efectuaron otras transacciones

A la fecha de cierre de gestión los tipos de cambio son: Bs. 6.95 por dólar y Bs. 9,25 por Euro, Bs.

0,24 por Peseta y Bs. 0,52 por Peso.

Estado de Cuenta “Caja Moneda Extranjera”

Al 30 de Noviembre de 2012

Caja Moneda Extranjera Euros Euros 20.000.- 180.000.-

Caja Moneda Extranjera Pesetas Ptas. 40.000.- 100.00.-

Caja Moneda Extranjera Pesos P$ 20.000.- 100.00.-

Caja Moneda Extranjera Dólares US$ 30.000.- 210.000.-

TOTAL 410.000.-

Referencia: Tipos de Cambio a Noviembre de 2012: Bs. 7.00 por Dólar, Bs. 0,25 por Peseta, Bs. 0,50 por Peso

y Bs. 9,00 por Euro

Transacciones del mes de diciembre de 2012:

Venta de US$ 1.000, tipo de cambio oficial Bs. 6.98, vendidos a Bs. 7.02

Entrega de Euros 2.000 a proveedor Alemán en calidad de anticipo por reserva de mercaderías

t/c. de la fecha Bs. 9.10 por Euro

Por la compra de US$ 3.000, tipo de cambio oficial 6.07, pago con Bs, 21.000

Page 26: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Venta de Dólares 1.000, tipo de cambio oficial Bs. 6.97. Total ingreso Bs. 7.020

A la fecha de cierre de gestión t/c. son: Bs. 6,95$ por y Bs. 9,25 por Euro, Bs. 0,24 por Pta y Bs. 0,52

LIBRO DIARIO

__________ AD-1 ______ DEBE HABER

Diferencia de Cambio

600.-

Caja Moneda Extranjera Dólares 600.-

_________ AD-2 _______

Caja Moneda nacional

7.020.-

Variación cambiaria 40.-

Caja Moneda Extranjera Dólares 6.980.-

_________ AD-3 ______

Caja Moneda Extranjera Euros

2.000.-

Diferencia de Cambio

2.000.-

_________ AD-4 ______

Anticipo proveedores

18.200.-

Caja Moneda Extranjera Euros 18.200.-

Anticipo al Proveedor

_________ AD-5 _______

Diferencia de Cambio

26.390.-

Por la variación de

tipo de cambio

Caja Moneda Extranjera Dólar

26.390.-

________ AD-6 _______

Caja Moneda Extranjera Dólares

18.210.-

Variación cambiaria

2.790.-

Caja Moneda nacional

21.000.-

_________ AD-7 _______

Caja Moneda Extranjera Dólares

28.800.-

Diferencia de Cambio

28.800.-

Variación t/c.

_________ AD-8 _______

Caja Moneda nacional

7.020.-

Caja Moneda Extranjera Dólares 6970.-

Page 27: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Variación cambiaria

50.-

Venta 1000.-$

_________ AD-9 _______

Caja Moneda Extranjera Euros

2.700.-

Caja Moneda Extranjera Pesos

400.-

Diferencia de Cambio

2.080.-

Caja Moneda Extranjera Pesetas 400.-

Caja Moneda Extranjera Dólares

Por la Variación de moneda extrajera 620.-

3. Corrija esta Conciliación Bancaria, prepare un Estado de Conciliación Bancaria al 31/12/ 2012

Saldo según Extracto Banco Bisa al 30/diciembre/2012 Bs. 14.400.-

Más: Depósito en Tránsito 6.200.-

Menos: Cheques en Circulación: (debe revertirse un cheque por Bs. 1000) 2.700.-

Menos: Cheque enviado a depósito rechazado por falta de endoso 300.-

Más: Abono bancario por depósito de un cliente deudor 510.-

Menos: Comisiones bancarias 80.-

Menos: Diferencia en registro de cheque girado:

Según la Cía. 3.600 (errado), según el Banco 3.500 (correcto) 100.-

Menos: Diferencia en registro de depósito:

S/g. Cía. Bs. 340 (errado), s/g. Banco Bs. 390 (correcto) 50.-

Más: Depósito en Banco Unión (error registro de la Cía.) 750.-

Menos: Diferencia no localizada 260.-

Saldo según Registros de la Cía. al 31 de diciembre de 2012 18.370.-

ESTADO DE CONCILIACION BANCARIA

Estado de Cuenta “Caja Moneda Extranjera”

Al 31 de Diciembre de 2012

Caja Moneda Extranjera Euros 18.000.- 166.500.-

Caja Moneda Extranjera Pesetas 40.000.- 9.600.-

Caja Moneda Extranjera Pesos 20.000.- 10.400.-

Caja Moneda Extranjera Dólares

31.000.- 215.450.-

TOTAL 401.950.-

Page 28: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Al 31 de diciembre de 2012

(Expresados en Bolivianos)

Saldo s/g Banco 14.400.-

Deposito en transito 6.200.-

Cheque en circulación (1.700.-)

Cheque rechazado por falta de endoso 300.-.

SALDO CORRECTO 19.200.-

Saldo s/g compañía 18.370.-

Cheques en circulación 1.000.-

Abono bancario 510.-

Comisión bancario (80.-)

Diferencia en registro de deposito 50.-

Deposito en banco unión (750.-)

Diferencia en registro cheque girado 100.-

SALDO CORRECTO 19.200.-

4. Presente saldos correctos de las siguientes cuentas en base a la información que se indica:

El movimiento de Almacenes se resume a un solo artículo de acuerdo a la siguiente información

para análisis (MÉTODO DE VALORACIÓN - PEPS).

Inventario Inicial 200 unidades c/u. a Bs. 80

Cargo por Compra Marzo/2012 150 unidades c/u. a Bs. 85

Cargo por Compra Septiembre/2012 190 unidades c/u. a Bs. 86

Cargo por Compra Enero/2012 100 unidades c/u. a Bs. 90

Ventas Enero/2013 (total Factura) 25 unidades c/u. a Bs. 150

En el Inventario Físico levantado el 31 de enero de 2013, se encontraron 120 unidades, de las cuales

20 aún no fueron retiradas por los clientes que las adquirieron en Enero/2013

Almacenes. Saldo Bs……………10.720.00

Ventas: Saldo Bs……………67.207.50

Costo de la mercadería Vendida: Saldo Bs……………43.340.00

5. Prepare un Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2012, en base a la siguiente información.

Impuesto a las Transacciones por venta de mercaderías - gestión 2012 Bs. 11.040

Inventario Inicial Bs. 28.000

Page 29: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Inventario Final = 15% del valor de la mercadería disponible para la venta

Crédito Fiscal del periodo por compras: Bs. 35.880

Utilidad de la Gestión (UG) 40% de la utilidad bruta en ventas.

Gastos de Operación (GA + GV + GF)

Gastos Administrativos (GA) = 40% de los gastos de Operación

Gastos de Venta (GV) = 50% de los gastos de Operación

Gastos Financieros (GF) = 10% de los gastos de Operación

ESTADO DE RESULTADOS

AL 31 de diciembre del 2012

(expresado en bolivianos)

Ventas

320.160,00

(-) Gasto de ventas

(227.902,00)

Inventario inicial 28.000,00

Compras 240.120,00

Merc. Disp. p/vender 268.120,00

Inventario final (40.218,00)

UBV 92.258,00

(-) Gastos de Operación

(55.354,80)

Gastos Administrativos 22.141,92

Gastos de ventas 2.7677,4

Gastos Financieros 5.535,48

UTILIDAD DE GESTION 36903,2

CONTADOR GENERAL GERENTE PROPIETARIO

MODULO III

GESTION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Page 30: NOMBRE: Zulma Villca Coria

FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO

PIRAMIDE DE LA NORMATIVA

1.- Constitución política del estado

2.- Tratado de convenios internacionales

3.- Leyes nacionales estatutos autonómicos, cartas orgánicas y legislación departamental e indígena

4.-Decretos, reglamentos, y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.

ANTECEDENTES

A raíz de la promulgación de la RND 10-0003-07 del 28/02/07, el sector del trasporte impugno esta

norma arguyendo una vulneración del principio de prelación por parte del art. 6 de la RND. 10.0003-07

TRIBUTOS

Los tributos son ingresos públicos de Derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias

obligatorias, impuestas unilateral, exigidas por una administración pública como consecuencia de la

realización del hecho imponible al que la ley vincule en el deber de contribuir. Su fin primordial es

el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su

posibilidad de vinculación a otros fines. Carácter coactivo

El carácter coactivo de los tributos está presente en su naturaleza desde los orígenes de esta

figura. Supone que el tributo se impone unilateralmente por los agentes públicos, de acuerdo con los

principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables, sin que concurra la voluntad del obligado

tributario, al que cabe impeler coactivamente al pago.

Debido a este carácter coactivo, y para garantizar la auto imposición, principio que se remonta a las

reivindicaciones frente a los monarcas medievales y que está en el origen de los Estados

constitucionales, en Derecho tributario rige el principio de legalidad. En virtud del mismo,

se reserva a la ley la determinación de los componentes de la obligación tributaria.

Carácter pecuniario

Si bien en sistemas pre modernos existían tributos consistentes en pagos en especie o prestaciones

personales, en los sistemas tributarios capitalistas la obligación tributaria tiene carácter dinerario.

Pueden, no obstante, mantenerse algunas prestaciones personales obligatorias para colaborar a la

realización de las funciones del Estado, de las que la más destacada es el servicio militar

obligatorio.

En ocasiones se permite el pago en especie: ello no implica la pérdida del carácter pecuniario de la

obligación, que se habría fijado en dinero, sino que se produce una dación en pago para su

cumplimiento; las mismas consideraciones son aplicables a aquellos casos en los que la

Administración, en caso de impago, proceda al embargo de bienes del deudor.

Carácter contributivo

Page 31: NOMBRE: Zulma Villca Coria

El carácter contributivo del tributo significa que es un ingreso destinado a la financiación del gasto

público y por tanto a la cobertura de las necesidades sociales. A través de la figura del tributo se

hace efectivo el deber de los ciudadanos de contribuir a las cargas del Estado, dado que éste precisa

de recursos financieros para la realización de sus fines.

El carácter contributivo permite diferenciar a los tributos de otras prestaciones patrimoniales

exigidas por el Estado y cuya finalidad es sancionadora, como las multas.

Pese a que el principal objetivo de los tributos sea la financiación de las cargas del Estado, pueden

concurrir objetivos de política económica o cualesquiera otros fines, que en casos concretos pueden

prevalecer sobre los contributivos.

Art.10.- Impuestos

Los impuestos son tributos cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o

actividades desarrolladas por la Administración Pública En ocasiones, se definen como aquellos que

no implican contraprestación, lo que se ha criticado porque da a entender que existe

contraprestación en otros tipos de tributo, cuando el término "contraprestación" es propio de

relaciones sinalagmáticas y no unilaterales y coactivas como las tributarias. Una definición más

estricta señala que los impuestos son aquellos tributos que no tienen una vinculación directa con la

prestación de un servicio público o la realización de una obra pública.

En los impuestos, el hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de

manifiesto la capacidad contributiva del contribuyente. Son los más importantes por el porcentaje

que suponen del total de la recaudación pública. Son prestaciones pecuniarias obligatorias

establecidas por los distintos niveles estatales.

Tributo es la obligación monetaria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento

de las cargas públicas, en especial al gasto del Estado. Son prestaciones generalmente monetarias.

Son verdaderas prestaciones que nacen de una obligación tributaria; es una obligación de pago que

existe por un vínculo jurídico. El sujeto activo de las relaciones tributarias es el Estado o cualquier

otro ente que tenga facultades tributarias, que exige tributos por el ejercicio de poderes soberanos,

los cuales han sido cedidos a través de un pacto social.

El sujeto pasivo es el contribuyente tanto sea persona física como jurídica.

Sujeto de jure: el que fue considerado en la norma al establecer el impuesto. Sujeto de facto: es

quien soporta la carga económica del impuesto, a quien el sujeto de jure traslada el impacto

económico. En el moderno estado de derecho los tributos son creados por ley. El Estado es una

forma moderna de convivencia social.

Art.11.- Tasa

Page 32: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Generalmente se denominan tasas a la edita a los tributos que gravan la realización de alguno de los

siguientes hechos imponibles:

La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público.

La prestación de servicios públicos.

La realización de actividades en régimen de Derecho público.

Otros Estados dan un nombre diferente a estos tributos en función del hecho imponible concreto, de

entre los arriba expuestos, que gravan. El Código Tributario boliviano distingue entre la patente

municipal, que grava el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público y la obtención de

autorizaciones para la realización de actividades económicas; y la tasa, que grava los supuestos en

los que la Administración presta un servicio o realiza actividades sujetas a normas de Derecho

Público. Chile diferencia entre las tasas por prestaciones públicas y los derechos habilitantes, una

construcción doctrinal que hace referencia a los casos en el pago del tributo faculta

al contribuyente para la realización de una actividad que de otro modo estaría

prohibida. Finalmente, el Código Tributario del Perú, tras recoger el concepto de tasa, las clasifica

en arbitrios (por la prestación de un servicio público), derechos (por la prestación de un servicio

administrativo o uso de un bien público) y licencias, equivalentes a los derechos habilitantes

chilenos.

Art.12.- Contribuciones especiales

Las contribuciones especiales o contribuciones de mejora son tributos cuyo hecho imponible

consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus

bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación

de servicios públicos. En España es un tributo tradicional de la esfera municipal, es decir, de

establecimiento potestativo por los Ayuntamientos. El producto de la contribución no debe tener un

destino ajeno al de la financiación de las obras públicas sobre las que se ve beneficiado el

contribuyente.

SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO

FACULTADES ESPECÍFICAS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA

- Control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación.

- Determinación de tributos.

- Recaudación

- Calculo de la deuda tributaria

- Ejecución de medidas precautorias

- Ejecución tributaria

- Concesión de prorroga y FAP

Page 33: NOMBRE: Zulma Villca Coria

- Revisión extraordinaria

- Sanción de contravenciones, que no constituyan delitos.

- Prevenir y reprimir los ilícitos tributarios dentro del ámbito de su competencia, asimismo

constituirse en el órgano técnico de investigación de delitos tributarios y promover como

víctima los procesos penales tributarios.

FIN BASICO

Promover al estado de los recursos necesarios para su funcionamiento legalmente definido para

que sean aportados obligatoriamente por los contribuyentes.

PRINCIPIOS TRIBUTARIOS

- La ley es conocida por todos

- Universalidad

- Principio de buena fe

- Presunción de veracidad

- Transparencia

- Legalidad

- Capacidad contributiva

- Preclusión

- Debido proceso, defensa

Función

La función del Servicio de Impuestos Nacionales es administrar el sistema de impuestos y tiene

como misión optimizar las recaudaciones, mediante: la administración, aplicación, recaudación y

fiscalización eficiente y eficaz de los impuestos internos, la orientación y facilitación del

cumplimiento voluntario, veraz y oportuno de las obligaciones tributarias y la cobranza y sanción

de los que incumplen de acuerdo a lo que establece el Código Tributario, con excepción de los

tributos que por Ley administran, recaudan y fiscalizan las municipalidades.

Atribuciones

Son atribuciones del Servicio de Impuestos Nacionales:

a. Cumplir y hacer cumplir las normas contenidas en la Constitución Política del Estado,

Convenios Internacionales aprobados por el H. Congreso Nacional en materia tributaria,

Código Tributario, Leyes específicas tributarias, Decretos Supremos, Resoluciones

Supremas, Ministeriales y Administrativas y demás normas en materia tributaria.

b. Dictar normas reglamentarias a efectos de aplicación de las disposiciones en materia

tributaria.

Page 34: NOMBRE: Zulma Villca Coria

c. Establecer planes y programas de gestión administrativa acorde con los lineamientos de la

política económica del Poder Ejecutivo y suscribir un compromiso anual con el Ministerio

de Hacienda estableciendo metas de recaudación y otras de carácter institucional.

d. Celebrar acuerdos, contratos y convenios vinculados con el desarrollo de sus funciones.

e. Contratar servicios de carácter técnico y/u operativo, de personas naturales y jurídicas,

siempre que no se vulnere su facultad específica y fiscalizadora.

Los contratos serán suscritos por el Servicio de Impuestos Nacionales mediante

procedimientos establecidos en la Ley Nº 1178.

f. Promover la conciencia tributaria en la población.

g. Establecer y mantener relaciones con instituciones, organismos nacionales e internacionales

y agencias de cooperación vinculadas a la administración tributaria.

h. Propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los funcionarios públicos bajo

su dependencia dentro del marco legal establecido para el efecto.

i. Recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea en vía voluntaria o

ejerciendo su facultad de ejecución fiscal.

i. Desarrollar y motivar profesional y personalmente a sus funcionarios.

j. Absolver consultas de carácter tributario de acuerdo a lo establecido por el Código

Tributario.

i. Mejorar los servicios de atención a los contribuyentes.

k. Diseñar sistemas y procedimientos administrativos orientados a afianzar el cumplimiento de

las obligaciones tributarias.

l. Intervenir en las demandas y recursos contra los actos de la Administración Tributaria

según lo dispuesto en el Código tributario y disposiciones legales vigentes.

m. Prevenir y reprimir las infracciones e ilícitos tributarios

n. Requerir a terceros información necesaria que tenga efecto tributario.

o. De manera general administrar eficientemente el régimen de impuestos internos, ejerciendo

todas las facultades otorgadas por el Código Tributario y normas tributarias vigentes en el

país, aplicando con equidad jurídica las mismas.

p. Hacer cumplir el pago de obligaciones tributarias pendientes del Servicio Nacional de

Impuestos Internos.

REGIMEN TRIBTARIO SIMPLIFICADO

Se establece un Régimen Tributario Simplificado, de carácter transitorio, que consolida la

liquidación y el pago de los Impuestos al Valor Agregado, el Impuesto sobre las Utilidades de las

Empresas y el Impuesto a las Transacciones. HECHO GENERADOR

Page 35: NOMBRE: Zulma Villca Coria

El ejercicio habitual de las actividades realizadas por los artesanos, comerciantes minoristas y

vivanderos, genera la obligación de tributar en este régimen.

SUJETO PASIVO

Son sujetos pasivos del Régimen Tributario Simplificado, las personas naturales que realicen con

carácter habitual las actividades mencionadas en el Artículo 2o de este Decreto y que además

cumplan los requisitos establecidos a continuación:

COMERCIANTES MINORISTAS Y VIVANDEROS

a. El capital destinado a su actividad no debe ser mayor a Bs 18.800.

b. El capital se determinará tomando en cuenta los valores del activo circulante, constituido

por las mercaderías a ser comercializadas por los comerciantes minoristas, las bebidas

alcohólicas y refrescantes, así como materiales e insumos expendidos y utilizados por los

vivanderos, así como por los activos fijos, constituidos por los muebles y enseres, vajilla y

otros utensilios correspondientes a la actividad gravada.

c. En ninguno de los casos se discrimina el capital propio del capital ajeno Las ventas anuales

no deben ser mayores a Bs. 69.122.

d. El precio unitario de las mercaderías comercializadas y/o de los servicios prestados, no

debe ser mayor a Bs. 100 para los Vivanderos y Bs. 300 para los Comerciantes Minoristas.

ARTESANOS

e. El capital destinado a su actividad no debe ser mayor a Bs. 18.800

f. El capital se determinará tomando en cuenta los valores de los muebles y enseres, las

herramientas y pequeñas máquinas, correspondientes al activo fijo, así como también el

valor de los materiales, productos en proceso de elaboración y productos terminados,

considerados como inventarios

g. Las ventas anuales no deben ser mayores a Bs. 69.122.

h. El precio unitario de las mercaderías vendidas no debe ser mayor a Bs. 400

CRITERIOS DE VALORACION DE LOS ACTIVOS FIJOS

Para la valoración de los activos fijos señalados en los puntos 1b) y 2b) que anteceden,

deberán tomarse en cuenta las condiciones físicas y los años de vida útil restantes de dichos

bienes, debiendo considerarse para este propósito, los siguientes aspectos:

i. El valor de adquisición de cada uno de los componentes del activo fijo, en el caso de que

sean nuevos, debe estar respaldado por las respectivas facturas de compra emitidas a

nombre del sujeto pasivo de este régimen tributario.

j. En el caso de activos fijos usados, el valor se determinará tomando en consideración los

siguientes elementos:

Page 36: NOMBRE: Zulma Villca Coria

- El valor de mercado como punto de referencia.

- Determinación de la depreciación acumulada que corresponde por el número de años de

uso, de acuerdo a los siguientes porcentajes de depreciación anual:

k. La diferencia entre a) y b), constituye el valor neto del activo

COMERCIANTES MINORISTAS

Son comerciantes minoristas, a los efectos de este redimen, las personas naturales que desarrollan

actividades de compra venta de mercaderías o prestación de servicios en mercados públicos, ferias,

kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en la vía pública y que cumplan con los requisitos del

numeral I del Artículo 3o de este Decreto.

VIVANDEROS

Para los efectos de este régimen son vivanderos las personas naturales que expenden comidas,

bebidas y alimentos en kioscos y pequeños locales y que cumplan los requisitos del numeral I del

artículo 3o del presente Decreto Supremo.

ARTESANOS

Para los efectos de este régimen son artesanos, las personas naturales que ejercen un arte u oficio

manual, trabajando por cuenta propia en sus talleres o a domicilio, percibiendo por su trabajo una

remuneración de terceros en calidad de clientes y que cumplan los requisitos del numeral 2 del

artículo 3o de esta norma legal.

EXCLUSIONES

Se excluyen de este régimen impositivo, aun cuando cumplan los requisitos establecidos en el

Artículo 3o , a los siguientes sujetos pasivos

a. Los que comercialicen aparatos electrónicos y electrodomésticos,

b. Los que están inscritos en el Impuesto a los Consumos Específicos.

c. Los que elijan la opción establecida en el Artículo 8o. aunque cumplan los requisitos

consignados en el Artículo 3o del presente Decreto.

d. Los contribuyentes inscritos en el Sistema Tributario Integrado y los que están en el

Régimen Tributario Rural Unificado o los que los sustituyan en el futuro.

e. Los comisionistas, por estar éstos comprendidos en el Impuesto sobre Utilidades de las

Empresas de acuerdo con el Artículo 3°, inciso c) del Decreto Supremo Nº 24051.

REGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO

Son sujetos pasivos del RAU las personas naturales y sucesiones indivisas que realicen actividades

agrícolas o pecuarias en predios cuya superficie esté comprendida dentro de los límites establecidos

para pertenecer a este régimen consignados en el Anexo I del presente Decreto Supremo.

La tabla contenida en el Anexo I del presente Decreto Supremo deberá ser adecuada, mediante

Page 37: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Resolución Ministerial del Ministerio de Hacienda, a las extensiones de la propiedad agraria que se

dispongan en aplicación del parágrafo II del Artículo 41° y Disposición Transitoria Décima de

la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria N° 1715 de 18 de octubre de 1996.

Son también sujetos pasivos del RAU todas las personas naturales y sucesiones indivisas

propietarias de tierras cuya extensión no sea superior a los límites máximos establecidos para

pertenecer a este régimen, inclusive cuando dicha extensión esté comprendida dentro de la Pequeña

Propiedad a que se refiere el Artículo 10° de esta norma legal, que estén dedicadas parcial o

totalmente a actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura y piscicultura.

También pertenecen al RAU las Cooperativas que se dediquen a actividades agrícolas o pecuarias,

incluidas las señaladas en el Artículo precedente, debiendo cumplir sus obligaciones tributarias

conforme a las previsiones que se establecen en el Artículo 16° del presente Decreto.

En cada gestión, el carácter de sujeto pasivo del RAU se atribuirá al obligado a pagar el Impuesto a

la Propiedad de Bienes Inmuebles de la misma gestión -según resulte de la aplicación de las normas

que rigen dicho impuesto- correspondiente al predio en que se realicen las actividades agrícolas o

pecuarias a que se refieren los artículos precedentes.

Exclusiones

Están excluidos del RAU las Cooperativas, a excepción de las Cooperativas Agropecuarias, y los

propietarios que se hallen calificados jurídicamente como empresa, independientemente de la

actividad que realicen y de la superficie de sus propiedades.

También quedan excluidas las personas naturales, sucesiones indivisas y Cooperativas

Agropecuarias, independientemente de la superficie de sus propiedades, que presten servicios a

terceros realizando total o parcialmente una o varias de las actividades que se detallan a

continuación: plantas de beneficio, mataderos, ceba intensiva, plantas de incubación, molinos,

ingenios, frigoríficos, almacenes, silos, plantas de tratamiento de leche, talleres, maestranzas o

cualquier otra clase de explotación industrial, comercial o de servicios, vinculada o no a la actividad

agropecuaria. La anterior relación de actividades es simplemente enunciativa y no limitativa.

Asimismo, están excluidas las personas naturales y sucesiones indivisas, independientemente de su

actividad, cuya propiedad rural supere los límites de superficie máxima establecidos para pertenecer

a este régimen consignados en el Anexo I del presente Decreto Supremo, así como las Cooperativas

Agropecuarias constituidas o que se constituyan con el aporte de una o más propiedades agrícolas o

pecuarias que superen en su extensión individual a los límites establecidos para pertenecer al RAU.

Los sujetos excluidos del RAU quedan sometidos al régimen general de tributación.

La Dirección General de Impuestos Internos podrá excluir de este régimen impositivo especial a

Page 38: NOMBRE: Zulma Villca Coria

determinados sectores de contribuyentes cuando su inclusión resulte incompatible con las

características del mismo.

PEQUEÑA PROPIEDAD

La Pequeña Propiedad es la establecida por la legislación agraria, a los efectos de este régimen tiene

las extensiones máximas que se señalan en la primera columna numérica del Anexo I de la presente

norma legal y constituye el máximo no imponible del RAU, salvo que en ella se practiquen parcial

o totalmente las actividades señaladas en el Artículo 3o del presente Decreto, caso en el que el RAU

se pagará sobre la superficie total del predio.

Los titulares de estas propiedades deberán gestionar ante el ente recaudador, su correspondiente

certificación legal de no imposibilidad, conforme a lo que disponga la norma administrativa.

Las extensiones no imponibles no son deducibles para los efectos de determinar la base imponible

de los predios gravados.

Sujeto activo

La aplicación y fiscalización del Régimen Agropecuario Unificado (RAU) estará a cargo de la

Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Previa delegación expresa de la DGII, estas labores podrán ser realizadas por los Gobiernos

Municipales del país -respecto de los sujetos alcanzados por el RAU cuyas propiedades se

encuentren dentro de sus respectivas jurisdicciones- que hayan demostrado capacidad técnico-

operativa para recaudar y administrar el Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles. Para cubrir

los gastos administrativos que estas labores demanden, incluidos los procesos administrativos,

contencioso-judiciales y las acciones coactivas, estos Gobiernos Municipales percibirán un

porcentaje del total recaudado por este régimen, porcentaje cuyo valor no podrá ser superior al costo

de administración en que incurra la Dirección General de Impuestos Internos por tareas similares y

sobre el saldo resultante obtendrán una comisión del 5% (cinco por ciento) por servicios.

Base imponible

La Base Imponible de este régimen es la superficie de la propiedad afectada a la actividad agrícola

o pecuaria gravada por el RAU, expresada en Hectáreas.

Para determinar la Base Imponible de este régimen, en cada caso, se tomará la misma superficie

gravada por el Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles.

En caso de ocurrir la delegación a que se refieren los Artículos 11 y 12 del presente Decreto

Supremo, cuando una propiedad agropecuaria se halle comprendida en dos o más jurisdicciones

municipales, el sujeto pasivo deberá efectuar su declaración y correspondiente pago del impuesto en

aquella jurisdicción donde se encuentre comprendida la mayor extensión de su predio, de acuerdo a

la certificación de sus documentos de propiedad. Si la jurisdicción municipal donde se halla

Page 39: NOMBRE: Zulma Villca Coria

comprendida la mayor extensión del predio no corresponde a un Gobierno Municipal autorizado a

aplicar y fiscalizar el RAU, el pago se sujetará a las disposiciones de la DGII.

CUOTA FIJA POR HECTÁREA

A la Base Imponible determinada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 13º de esta norma legal, se

aplicará una cuota fija, expresada en Bolivianos, establecida en función de la tabla que se contiene

en el Anexo II del presente Decreto.

a. Los valores de estas cuotas serán actualizados anualmente por la Dirección General de

Impuestos Internos, con carácter general a nivel nacional, en función de la variación de la

cotización del Dólar Estadounidense con relación al Boliviano producida entre el 1° de

enero de 1997 y treinta (30) días antes de la fecha del vencimiento general establecido para

cada gestión. Estas actualizaciones se practicarán, como máximo, dentro de los cinco (5)

días posteriores a la emisión de la Resolución Suprema a que se refiere el Artículo 12°

del Decreto Supremo Nº 24204 de 23 de diciembre de 1995.

b. Cuando un mismo predio esté dedicado a actividades tanto agrícolas como pecuarias, se

aplicará a cada parte del predio la cuota fija por hectárea que corresponda según su uso. Las

tierras dedicadas a actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura y

piscicultura tributarán como tierras agrícolas.

c. A partir del segundo ejercicio fiscal de aplicación de este régimen, además de la

actualización que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, los

valores indicados en el Anexo II del presente Decreto, podrán ser modificados por el Poder

Ejecutivo a propuesta de las Secretarías Nacionales de Hacienda y de Agricultura y

Ganadería, en función de los estudios agrotécnicos, o de otra índole que pudiesen

efectuarse. Modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución Bi-Ministerial.

d. La zona, sub zona y la clase de tierra que corresponde a la propiedad agropecuaria son las

que aparecen en el respectivo título de propiedad o en la documentación legal pertinente o,

a falta de éstos, las que el sean aplicables en razón de la ubicación geográfica y uso

potencial de la tierra.

COOPERATIVAS AGRÍCOLAS Y PECUARIAS

Las Cooperativas que se dediquen a actividades agrícolas o pecuarias se sujetarán a las normas del

RAU de la manera siguiente:

A. Las cooperativas organizadas por individuos para obtener la adjudicación de tierras, de

conformidad con los incisos a) y c) del artículo 10° de la Ley de Reforma Agraria,

Page 40: NOMBRE: Zulma Villca Coria

determinarán la base imponible y calcularán el tributo anual que los corresponda, de

acuerdo al siguiente procedimiento:

- La superficie total de la propiedad agropecuaria, sin deducción alguna, se dividirá en

partes iguales entre el número de socios de la cooperativa, a fin de determinar la “base

imponible individual” del RAU.

- La superficie total de la propiedad agropecuaria se establecerá según la información

contenida en el título de propiedad o en los documentos legales pertinentes. Se declararán

como un solo predio las tierras de uso común o proindivisas.

- El prorrateo o división en partes iguales, que se dispone en el primer párrafo de este

numeral, tiene únicamente alcance impositivo y su cumplimiento por consiguiente, no

altera, no modifica ni afecta los derechos u obligaciones de los cooperativistas, ni las

relaciones internas existentes en la cooperativa.

- En caso que la “base imponible individual” estuviese dentro de los límites de superficie

establecidos para la Pequeña Propiedad, la cooperativa quedará fuera de los alcances del

RAU, salvo el caso del Artículo 3° del presente Decreto, en que el tributo será pagado sobre

la superficie total del predio, aplicando las reglas generales establecidas en esta norma

legal.

- Si la “base imponible individual” fuese igual o mayor a la superficie máxima establecida

para pertenecer al RAU, el tributo será pagado sobre la superficie total del predio, aplicando

las reglas generales establecidas en el presente Decreto.

B. Las cooperativas organizadas de conformidad al inciso b) del Artículo 10° de la Ley de

Reforma Agraria, cuyo capital social haya sido constituido o se constituya con el aporte de

propiedades rurales calificadas como pequeñas y con propiedades que no superen las

superficies establecidas para pertenecer al RAU, aunque el total consolidado exceda dichos

límites, calcularán y pagarán el tributo anual correspondiente sobre la superficie total del

predio, aplicando las normas generales que establece este Decreto.

- Si las propiedades aportadas continúan bajo registro individual del derecho propietario, el

pago del RAU se efectuará también en forma individual por cada predio aplicando las

reglas generales que establece este Decreto. En caso de estar la propiedad del socio

cooperativista dentro de los límites de la Pequeña Propiedad y estar la cooperativa dedicada

total o parcialmente a alguna de las actividades a que se refiere el Artículo 3° del presente

Decreto, el tributo se pagará sobre la superficie total del predio, aplicando las normas

generales que establece este Decreto.

Page 41: NOMBRE: Zulma Villca Coria

C. Las normas que se establecen en este Artículo no son aplicables a las

cooperativas que se dediquen a alguna de las actividades comprendidas en el Art.

7° del presente Decreto, ni a las constituidas con el aporte de uno o más predios

rurales que superen los límites máximos establecidos para pertenecer al RAU.

Declaración jurada

Los sujetos alcanzados por el RAU presentarán una Declaración Jurada anual por cada propiedad

agrícola y/o pecuaria, en las entidades de recaudación autorizadas de la jurisdicción municipal

donde está ubicada la propiedad, en el plazo a que se refiere el Art. 20 del presente D.S.

Los sujetos pasivos de este régimen impositivo están obligados a inscribirse en el registro de

contribuyentes que el ente recaudador disponga, para lo cual deberán constituir domicilio ubicado

dentro del radio urbano de alguna de las ciudades o poblaciones del país, para todos los efectos.

La Declaración Jurada contendrá la información que se señala en los formularios que el ente

recaudador proporcione para este fin. La Dirección General de Impuestos Internos, autorizará un

formato único a nivel nacional para el formulario que se utilice para el cobro del RAU.

Forma de pago

El RAU se pagará en forma anual, en una sola cuota, en las entidades recaudadoras autorizadas,

dentro del plazo establecido para el pago del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles en la

respectiva Resolución Suprema. La presentación de las Declaraciones Juradas y pago del tributo

efectuados con posterioridad al vencimiento del plazo, dará lugar a la actualización de valor del

monto del tributo, intereses.

MODULO IV

CONTABILIDAD TRIBUTARIA

OPERACIÓN TRIBUTARIA

Page 42: NOMBRE: Zulma Villca Coria

EFECTUE EL ANALISIS DE LAS SIGUIENTES TRANSFERENCIAS DE DOMINIO.

INTERROGANTE

¿Cuándo debo emitir las facturas conformé las siguientes hechos económicos?

PLANTEAMIENTO

VENTA DE TODA TRANSFERENCIA A TÍTULOONEROSO Y GRATUITO

AL CONTADO

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011 se paga al contado en forma inmediata:

PERIODO PAGO

El IVA lo declaro por el mes: noviembre. SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza de periodo noviembre en

diciembre 2011.

A CREDITO

Page 43: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011, la cancelación del mismo se efectúa en el

mes de junio de 2012:

Período Pago

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes : diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes :diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: bancarizamos de periodo junio 2012 en julio

2012, cuando se cancela se tiene los dos documentos.

PAGO ANTICIPADO DEL 100%

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011, la cancelación del mismo se efectúa en el

mismo mes pero la entrega del televisor se lo hará en mayo de 2012:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Page 44: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: bancarizamos de periodo noviembre en

diciembre, a esa fecha se tiene los dos documentos.

PAGO ANTICIPADO DEL 30%

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011, la cancelación del mismo se efectúa en el

mismo mes del 30% pero la entrega del televisor se lo hará en mayo de 2012: El bien existe, se

puede determinar el costo

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre el 100%

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre el 100%

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: bacarizamos en periodo noviembre el 30% y el

saldo al cobro.

Porque importe corresponde la factura: la factura corresponde al 100% según Art. 4 inc. a) de la

Ley 843

PAGO ANTICIPADO DEL 0%

Page 45: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011, el contrato verbal del mismo se efectúa en

el mismo mes pero la entrega del televisor se lo hará en mayo de 2012 y el pago en noviembre de

2012:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: bancarizamos en mes de noviembre 2012

porque a esa fecha tenemos la factura y el pago, la factura en noviembre 2011 porque existe

transferencia de dominio.

Porque importe corresponde la factura: según Ley 843 Art. 4 inc. a) la factura corresponde al 100%

PAGO ANTICIPADO DEL 100%

No existe en stock

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011, la cancelación del mismo se efectúa en el

mismo mes pero la entrega del televisor se lo hará en mayo de 2012 no existe el bien hasta el mes

de mayo de 2012:

El IVA lo declaro por el mes: mayo 2012 SI-NO si es SI en que mes: junio 2012

El IT lo declaro por el mes: mayo 2012 SI-NO si es SI en que mes: junio 2012

El IUE lo cancelo por la gestión: 2012 SI-NO si es SI en que gestión: 2013

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: bancarizo en mayo 2012, ya que antes no

existía el bien.

Porque importe corresponde la factura: corresponde por el 100%. El dinero que se entrega en el mes

de noviembre se lo considera préstamo financiero.

Page 46: NOMBRE: Zulma Villca Coria

PAGOS ANTICIPADO DEL 100%

Se presta servicios pagado en el mes de noviembre del 2011, la conclusión del mismo se efectúa en

el mes de mayo de 2012:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre 2011 SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

El IT lo declaro por el mes: noviembre 2011 SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011-2012 SI-NO si es SI en que gestión: 2011 por los

periodos noviembre y diciembre, y por los periodos

de enero y mayo en 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: la bancarización se realiza en noviembre 2011

Porque importe corresponde la factura: por el total del importe el 100%

PAGOS ANTICIPADO DEL 30%

Se presta servicios pagado en el mes de noviembre del 2011 el 30%, la conclusión del mismo se

efectúa en el mes de mayo de 2012:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre 30% SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

Mayo 2011 70% y junio 2012

El IT lo declaro por el mes: noviembre 30% SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

Page 47: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Mayo 2012 70% junio 2012

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 y 2012 SI-NO si es SI en que gestión: en gestión

2012 por noviembre y diciembre 2011 y en gestión 2013 de enero a mayo de 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza en noviembre y el pago del 70%

Porque importe corresponde la factura: la factura por el 30% en noviembre y el 70% a la conclusión

aunque no se pague. Según Art. 4 Ley 843 inc. b)

PAGOS ANTICIPADO DEL 0%

Se celebra un con contrato de servicios en el mes de noviembre del 2011, la conclusión del mismo

se efectúa en el mes de mayo de 2012 el pago en junio 2012:

El IVA lo declaro por el mes: mayo 2012 SI-NO si es SI en que mes: junio 2012

El IT lo declaro por el mes: mayo 2012 SI-NO si es SI en que mes: junio 2012

El IUE lo cancelo por la gestión: 2012 y 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2013 de

enero a mayo, en gestión 2012 de noviembre y diciembre.

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza según la factura a la conclusión o

al pago, lo que ocurra primero, en este caso se bancariza periodo junio en julio 2012.

Porque importe corresponde la factura: corresponde por el 100% en mayo 2012

Page 48: NOMBRE: Zulma Villca Coria

PERMUTA

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011, la cancelación del mismo se efectúa en un

juego de planchas en común acuerdo entre las partes por Bs65.00. y Bs70.000. respectivamente:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: las permutas no se bancarizan

DACIÓN EN PAGO

Se vende el televisor en el mes de noviembre del 2011 a crédito, la cancelación del mismo se

debería efectuar en el mes de enero del 2012, el deudor no cancela en el mes señalado antes del

inicio de las acciones legales de cobro el deudor ofrece en dación en pago otro bien; cual si

incidencia tributaria de este hecho:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: dación en pago no se bancariza.

ADJUDICACIÓN POR DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES

La sociedad se disuelve por quiebra técnica, el remate de los televisores para hacer efectiva la

cancelación a los socios se lo efectúa en el mes de noviembre del 2011, del remate los compradores

no proceden a adjudicación alguna así que el 100% se paga a los socios en mercadería por su aporte

de capital que lo hicieron en efectivo, cual es la incidencia impositiva de la entrega de bienes a los

socios:

Page 49: NOMBRE: Zulma Villca Coria

El IVA lo declaro por el mes: noviembre 2011 SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: nose bancariza, solo en el caso en que si

hubiese vendido los televisores.

EXPROPIACIÓN - EMBARGO

Se nos expropia embarga un lote de televisores en el mes de noviembre del 2011, cual si incidencia

tributaria de este hecho:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: no se bancariza porque no hay movimiento ni

medio fehaciente de pago.

TODA INCORPORACIÓN DE COSAS MUEBLES EN CASOS DE CONTRATOS DE

OBRAS

Se efectúa una obra de construcción que se inicia en el mes de noviembre de la gestión 2011, la

percepción de cada certificado de avance de obra se efectúa cada dos meses por un valor de la obra

de un 33.33% (considerar que se da un anticipo del 20% y el saldo del 80% en tres certificados),

cual su incidencia impositiva, el pago se efectúa en un 20% por concepto de anticipo en noviembre

de 2011 y el saldo en septiembre de 2012:

Período Pago

El IVA lo declaro por el mes: noviembre 2011 SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011,

Enero marzo mayo 2012 febrero, abril, junio 2012

El IT lo declaro por el mes: noviembre 2011 SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011,

Enero marzo mayo 2012 febrero, abril, junio 201

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 y 2012 SI-NO si es SI en que gestión: 2012 y 2013

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza por los peridos de noviembre y

septiembre ya que en esos mese existe el pago.

Page 50: NOMBRE: Zulma Villca Coria

USO O CONSUMO PARTICULAR DEL ÚNICO DUEÑO O SOCIOS

Se retira un lote de 10 televisores en el mes de noviembre del 2011 por parte del dueño, la misma

que no se cancela por lo cual que compensa su exigibilidad con los dividendos ganados, este hecho

que incidencia tiene en los impuestos:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: no se bancariza por que no existe un medio

fehaciente de pago mediante una entidad financiera.

IMPORTACIONES DEFINITIVAS

Se importa televisores en el mes de enero del 2012, el despacho aduanero se efectúa en el mes

marzo de 2012 y el pago en junio 2012:

El IVA lo declaro por el mes: marzo SI-NO si es SI en que mes: abril

El IT lo declaro por el mes: no SI-NO si es SI en que mes: no

El IUE lo cancelo por la gestión: no SI-NO si es SI en que gestión: no

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza por periodo marzo para el iva, y

junio por el pago al proveedor.

IMPORTACIONES DEFINITIVAS

Se importa televisores en el mes de enero del 2012, el despacho aduanero se efectúa en el mes

marzo de 2012 y el pago se efectuó en forma anticipada en noviembre 2011:

El IVA lo declaro por el mes: marzo SI-NO si es SI en que mes: abril

El IT lo declaro por el mes: no SI-NO si es SI en que mes: --

El IUE lo cancelo por la gestión: no SI-NO si es SI en que gestión: --

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza en el periodo marzo ya que se

tiene los dos documentos.

Page 51: NOMBRE: Zulma Villca Coria

ARRENDAMIENTO FINANCIERO

La empresa adquiere en arrendamiento financiero en el mes de noviembre del 2011se paga al

contado en forma inmediata la primera cuota:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: no SI-NO si es SI en que mes: --

El IUE lo cancelo por la gestión: no SI-NO si es SI en que gestión: --

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza en periodo noviembre 2012.

BIENES EXPORTADOS

La empresa exporta televisores en el mes de noviembre del 2011se nos paga al contado en forma

inmediata cual es su incidencia impositiva, el certificado de salida se da en febrero de 2012:

El IVA lo declaro por el mes: febrero SI-NO si es SI en que mes: marzo

El IT lo declaro por el mes: febrero SI-NO si es SI en que mes: marzo

El IUE lo cancelo por la gestión: 2012 SI-NO si es SI en que gestión: 2013

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: se bancariza en el mes de marzo del periodo

febrero 2012.

BIENES EXPORTADOS

La empresa exporta televisores en el mes de noviembre de 2011 en junio del 2012se nos paga cual

es su incidencia impositiva, el certificado de salida se da en febrero de 2012:

El IVA lo declaro por el mes: febrero SI-NO si es SI en que mes: marzo

El IT lo declaro por el mes: febrero SI-NO si es SI en que mes: marzo

El IUE lo cancelo por la gestión: 2012 SI-NO si es SI en que gestión: 2013

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: la bancarización se hace en periodo junio ya

que a esa fecha se tiene los documentos de transacción.

VENTAS SIN BANCARIZAR Y FACTURADAS

Todas las transacciones anteriores se efectuaron en el mes de noviembre de 2011, con la emisión de

factura, cuál será la incidencia de los impuestos; mismas que no son pagadas:

Page 52: NOMBRE: Zulma Villca Coria

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre 2011

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo, analice el presente caso para el comprador y

vendedor: no bancariza ni el comprador ni el vendedor ya que las transacciones no son pagadas.

VENTAS SIN BANCARIZAR Y FACTURADAS

Todas las transacciones anteriores se efectuaron en el mes de noviembre de 2011, con la emisión de

factura, cuál será la incidencia de los impuestos; misma que son pagadas mediante transferencia

electrónica de cuenta a cuenta en un 99% en marzo de 2012 y el 1% en efectivo en febrero de 2013:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2012 SI-NO si es SI en que gestión: 2013

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo, Analice el presente caso para el comprador y

vendedor: tanto comprador como vendedor bancarizan en periodo marzo 2012 el 99%, y el 1% en

febrero 2013, pero al pagar en efectivo rompe el circuito de bancarización por lo que ese 1% no se

bancariza.

TRANSFERENCIA A TÍTULO GRATUITO

Se otorga en donación de un lote de televisores en el mes de noviembre del 2011, la compra del

televisor se efectuó en el mes de marzo de 2011:

El IVA lo declaro por el mes: noviembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IT lo declaro por el mes: nobiembre SI-NO si es SI en que mes: diciembre

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su respuesta incluir en que mes bancarizo: no se bancariza al no existir efectivo y medios

de pago mediante entidades financieras, por ser donación, la fecha de compra sirve de base para

considerar la actualización del IVA crédito fiscal hecho debito fiscal (reintegro).

TRANSFERENCIA A TÍTULO GRATUITO

Se otorga en donación de Bs73.000 en el mes de noviembre del 2011:

El IVA lo declaro por el mes: N/A SI-NO si es SI en que mes: N/A

Page 53: NOMBRE: Zulma Villca Coria

El IT lo declaro por el mes: N/A SI-NO si es SI en que mes: N/A

El IUE lo cancelo por la gestión: 2011 SI-NO si es SI en que gestión: 2012

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: ------

Para con quien otorga como para quien recibe los recursos financieros: -----

LA EMPRESA TRASPASA AL ACTIVO FIJO MERCADERÍAS

Se procede al uso de 10 televisores que eran para la venta en el mes de noviembre del 2011, la

compra del televisor se efectuó en el mes de marzo de 2011:

El IVA lo declaro por el mes: N/A SI-NO si es SI en que mes: N/A

El IT lo declaro por el mes: N/A SI-NO si es SI en que mes: N/A

El IUE lo cancelo por la gestión: N/A SI-NO si es SI en que gestión: N/A

Justifique su repuesta incluir en que mes bancarizo: Al ser traspaso de activos dentro de la misma

empresa, no hay facturación, tampoco bancarización solo es un movimiento interno de bienes.

ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO

La Organización No Gubernamental sin fines de lucro "La Caridad" NIT 1007645023 le presenta la

siguiente información a fin de que usted, efectúe la determinación del resultado de gestión y llene el

formulario correspondiente (esta entidad ha formalizado su carácter de exenta de acuerdo a normas

legales):

Detalle Importes

Ingresos por Donaciones recibidas del Exterior 826,500.00

Ingresos por Parqueo de Vehículos (de acuerdo a su LVI) 63,420.00

Ingresos por prestación de Servicios (de acuerdo a su LVI) 428,950.00

Ingresos por intereses bancarios 7,825.00

Gastos respaldados con facturas (de acuerdo a su LCI) 45,000.00

Gastos respaldados con recibos de caja 96,630.00

Impuesto a las Transacciones Efectivamente Pagado 14,771.00

Otros Gastos Deducibles 8,720.00

Page 54: NOMBRE: Zulma Villca Coria
Page 55: NOMBRE: Zulma Villca Coria

PROFESIONALES INDEPENDIENTES

El CONTADOR PUBLICO VICTOR HUGO COROVA FERRUFINO con NIT

325689011, dedicado hacer auditorias le presenta la siguiente información con respecto a su

movimiento económico por la gestión 2008:

Conceptos: Importes

Ingresos Facturados por operaciones habituales 628,970.00

Ingresos respaldados con recibos de alquiler 36,650.00

Gastos Facturados declarados en la compensación del IVA 236,200.00

Facturas por Gastos personales Form. 110 200,000.00

Se pide:

Determinar el Impuesto a Pagar.

Llenar el Formulario 510

I n g r e s o s F a c t u r a d o s o p e r a c io n e s h a b i t u a le s 6 2 8 , 9 7 0 . 0 0

I n g r e s o s p o r A lq u i le r e s 3 6 , 6 5 0 . 0 0

T o t a l I n g r e s o s s u je t o s a l I V A 6 6 5 , 6 2 0 . 0 0

( - ) I m p u e s t o a l V a lo r A g r e g a d o 8 6 , 5 3 1 . 0 0

I n g r e s o N e t o P e r c ib id o 5 7 9 , 0 8 9 . 0 0

( + ) I n g r e s o s p o r I n t e r e s e s B a n c a r io s 0 . 0 0

T o t a l I n g r e s o s S u je t o s a l I U E 5 7 9 , 0 8 9 . 0 0

U t i l i d a d P r e s u n t a P r o f e s io n a le s I n d e p e n d ie n t e s 2 8 9 , 5 4 4 . 5 0

I m p u e s t o D e t e r m in a d o 7 2 , 3 8 6 . 0 0

( - ) P a g o c o n I V A - C F F o r m . 1 1 0 2 6 , 0 0 0 . 0 0

I m p u e s t o a P a g a r 4 6 , 3 8 6 . 0 0

F o r m u l a r i o 1 1 0

T o t a l im p o r t e f a c t u r a s 2 0 0 , 0 0 0 . 0 0

C r é d i t o F i s c a l 1 3 % s o b r e g a s t o s f a c t u r a d o s 2 6 , 0 0 0 . 0 0

I m p u e s t o D e t e r m in a d o 7 2 , 3 8 6 . 0 0

I m p o r t e a c o m p e n s a r c o n C r é d i t o s F i s c a l e s 5 0 % I m p . D e t . 3 6 , 1 9 3 . 0 0

R e s o l u c i ó n C a s o : P r o f e s i o n a l e s I n d e p e n d i e n t e s

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Page 57: NOMBRE: Zulma Villca Coria

CUESTIONARIO I

OPERACIONES TRIBUTARIAS

TODAS LAS RESPUESTAS ESTÁN RESPONDIDAS DE ACUERDO A LA LEY 843,

CÓDIGO TRIBUTARIO DECRETOS SUPREMOS Y RESOLUCIONES DE

DIRECTORIO.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

1.- ¿Quiénes son los sujetos pasivos del impuesto al Valor Agregado IVA?

Toda persona jurídica o natural que realizan:

a) En forma habitual se dediquen a la venta de bienes inmuebles.

b) Realicen en nombre propio pero por cuenta de terceros venta de bienes muebles.

c) Realicen a nombre propio importaciones definitivas.

2.- ¿Quiénes tienen exenciones para él para del pago del Impuesto al Valor Agregado IVA?

a) Bienes importados por diplomáticos extranjeros, entidades o instituciones que tengan dicho

status de acuerdo a disposiciones vigentes, convenios internacionales o reciprocidad con

determinados países.

b) Las mercaderías que introduzcan “bonafide”, los viajeros que lleguen al país, de

conformidad en el arancel aduanero.

3.- ¿Si se trata de una importación, debo pagar el Impuesto al Valor Agregado IVA?

Solo dará lugar a todas las operaciones gravadas, aquellas destinadas a la actividad.

4.- ¿Se deben habilitar previamente los Libros de Compras y Ventas IVA?

Si deben habilitarse si son manuales deben ser notariadas antes de su uso si son Newton

después de su impresión en forma semestral.

5.- ¿Qué datos debe consignar para registrar el libro de ventas IVA?

a) Datos de cabecera: a) Título LIBRO DE VENTAS IVA b) Período fiscal MM/AAAA c)

Nombre o Razón Social del sujeto pasivo d) Número de Identificación Tributaria NIT e)

Número de Casa Matriz o sucursal, para el caso de Casa Matriz consignar el valor 0 f)

Dirección de la casa matriz o sucursal.

Page 58: NOMBRE: Zulma Villca Coria

IMPUESTOS A LAS TRANSACCIONES (I.T.)

1.- ¿Existen algunas operaciones al margen del Impuesto a las Transacciones IT?

Si, las remuneraciones al trabajo del personal en relación de dependencia, las exportaciones,

los servicios prestados por los gobiernos; Nacional, Departamental y Municipal; los

intereses de depósito en cajas de ahorro, plazos fijos y cuentas corrientes; Ley 843, art. 77.

Desde el 20/05/86 a la fecha.

2.- ¿El Impuesto sobre la Utilidades de las Empresas IUE, es un pago a cuenta del Impuestos a

las Transacciones IT?

Los sujetos pasivos del IUE que hubieran pagado efectivamente dicho impuesto, podrán

deducir como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones en forma mensual, hasta su

total agotamiento, o un nuevo vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada

3.- ¿Cuál es procedimiento para la retención del Impuesto a las Transacciones IT?

Para la compra de bienes, prestación de servicios y alquileres sin factura deben retener 3%.

4.- ¿Las operaciones de translación de dominio dentro de la zona franca, están alcanzados por

el Impuesto a las Transacciones?

Las operaciones desarrolladas por los usuarios al interior de una zona franca, incluida la

cesión o transferencia, no están sujetas al pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a

las Transacciones, Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados e Impuesto a los

Consumos Específicos, de acuerdo a la Ley Nº 2493, de 4 de agosto de 2003 y demás

disposiciones legales vigentes.

5.- ¿Los comisionistas están alcanzados por el Impuesto a las Transacciones IT?

Si están alcanzados por los servicios que prestan.

6.- ¿Sobre qué monto debo liquidar el pago del Impuesto a las Transacciones-IT? ¿El que

está en la escritura de venta?

Sobre el total de sus ingresos brutos devengados por el ejercicio de cualquier actividad

lucrativa o no, tales como el comercio o industria, el ejercicio independiente de una

profesión u oficio, el alquiler de bienes, la realización de obras y servicios, Ley 843, art. 72.

Desde el 20/05/86 a la fecha.

Page 59: NOMBRE: Zulma Villca Coria

IMPUESTOS A LAS UITLIDADES DE LAS EMPRESAS (IUE)

1.- ¿El Impuesto sobre las Utilidades de Empresas IUE es deducible?

Si es deducible una vez hecho el pago del IUE para su compensación con el IT.

2.- ¿Existe la posibilidad de pagar el Impuesto sobre las Utilidades de Empresas IUE en

cuotas?

Si, se puede acceder al plan de facilidades de pago por este impuesto siguiendo los

procedimientos de la normativa vigente.

3.- ¿Cuáles son los Estados Financieros que deben presentar?

1. Balance General.

2. Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).

3. Estado de Evolución del Patrimonio.

4.- ¿Qué empresas deben presentar Dictamen de Auditoría Externa?

Contribuyentes con ingresos anuales, iguales o mayores a Bs. 15.000.000.- (Quince

millones 00/100 Bolivianos), además de presentar los documentos establecidos en el Inciso

a) del Parágrafo II del presente Artículo, deberán presentar:

1. Dictamen de Auditoría Externa.

2. Información Tributaria Complementaria.

5.- ¿Las entidades sin fines lucrativos, deben presentar alguna información adicional?

Según la RND 10- 0030-05, los estados financieros de fundaciones sin fines de lucro o

entidades sin fines de lucro están obligadas a presentar ante la Administración Tributaria

una “Memoria Anual”, la misma que incluye los estados financieros, con el formato

establecido en la FAS 117, en cuyo caso, deben presentar:

Estado de Situación Financiera,

Estado de Actividades;

Estado de Flujo de Efectivo; y

Notas a los Estados Financieros

Page 60: NOMBRE: Zulma Villca Coria

REGEMEN COMPLEMENTARIO AL VALOR AGREGADO (RC-IVA)

1.- ¿Quiénes deben pagar el impuesto RC-IVA como agentes de retención?

Las personas que reciban el servicio, compra de bien o alquiler sin factura.

2.- ¿Los Agentes de Retención, con qué documento demuestran los pagos y retenciones en los

sueldos?

Con el pago de los formularios:

608 Agentes de Retención.

604 Retenciones.

610 Contribuyentes Directo.

3.- Además de elaborar la planilla tributaria, ¿Qué otras labores mas realizan los agentes de

retención o habilitados?

De pagar e informar a la administración tributaria.

4.- ¿Cuándo se paga el RC-IVA?

Entre el 1º y la fecha de vencimiento establecida de acuerdo al último dígito de su NIT

(hasta el 13 ó 22), al mes siguiente de vencido el periodo,

5.- ¿Cuánto tiempo tengo que conservar las facturas que presentan para su descargo los

dependientes?

El período de prescripción que establece el Código Tributario, que es de 4 años.

6.- ¿Qué tratamiento debo dar a los servicios prestados por eventuales dependientes?

Como agente de retención debe realizar la retención del RC-IVA (13%) y el IT (3%) si

correspondiera.

7.- ¿Los dependientes, hasta que monto salarial están exentos del pago del RC-IVA?

El sueldo neto máximo para no ser sujeto de retención impositiva es de cuatro salarios

mínimos nacionales.

Page 61: NOMBRE: Zulma Villca Coria

IMPUESTOS AL COSUMO ESPECIFICO (ICE)

1.- ¿Cuál es la alícuota del ICE Impuesto al Consumo Especifico?

Productos gravados con tasas porcentuales sobre su precio

Productos gravados con tasas específicas por unidad de medida.

2.- ¿Cuándo pago el ICE Impuesto al Consumo Especifico?

Mensualmente, hasta la fecha establecida por la Administración Tributaria de acuerdo a la

terminación de su número de NIT.

3.- ¿Cuándo se paga el Impuesto al Consumo Especifico ICE en el caso de importaciones?

En el caso de ventas en la fecha de la emisión de la nota fiscal.

- Por toda salida de fábrica o depósito fiscal que se presuma venta.

- En la fecha en que se produzca el retiro, con destino a uso o consumo particular.

- En la importación al momento de realizar la desaduanización del bien.

Page 62: NOMBRE: Zulma Villca Coria

4.- ¿Qué es una Guía de Transito?

Es un documento mercantil que acredita la entrega de un pedido. El receptor de la

mercancía debe firmarlo para dar constancia de que la ha recibido correctamente.

CUESTIONARIO II

1.- Son objetos de impuesto al valor agregado y el impuesto a las transacciones los intereses

bancarios.

V F

2.- Las operaciones de seguro y coaseguro son objeto del impuesto al valor agregado.

V F

3.- Los exportadores podrán computar el Impuesto que adeudaren por sus operaciones

gravadas, el Impuesto al Valor Agregado contenido en las compras e importaciones que

forman parte del costo de los bienes y servicios exportados, inclusive el IVA corresponde a los

bienes de capital, que les hubiera sido facturado.

V F

4.- Las primas de seguro de vida y contra accidentes no contribuyen hecho generador del

IVA ni del IT.

V F

5.-Se encuentran exentos del IT las entidades educativas privadas incorporados a los planes de

enseñanza oficial.

V F

6.- En arrendamientos financieros, ¿en qué caso el bien arrendado puede ser objeto de

depreciación computable al gasto? Sera conforme al Art. 18 inc. H) del D.S. 24051, cuando la

depreciación es hecha por el arrendador.

V F_

Page 63: NOMBRE: Zulma Villca Coria

MODULO V

PREPARACION Y PRESENTACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

OBJETIVO GENERAL

Establecer las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general,

para asegurar que los mismos sean comparables, con relación a períodos anteriores, como

con los de otras entidades”

Se busca establecer guías para determinar su estructura y requisitos mínimos sobre su

contenido.

MATERIALIDAD (IMPORTANCIA RELATIVA)

Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales o tienen importancia relativa si

pueden, ínvidamente o en su conjunto, influir en las decisiones económicas tomadas por los

usuarios sobre la base de los estados financieros.

Dependerá de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en función

de las circunstancias particulares en que se hayan producido.

JUEGO COMPLETO DE ESATADOS FINANCIEROS

Un estado de situación financiera al final del período;

Un estado del resultado integral del período;

Un estado de cambios en el patrimonio del período;

un estado de flujos de efectivo del período;

Notas, que incluyen un resumen de las políticas contables más significativas y otra

información explicativa.

HIPOTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA

Una entidad elaborará los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, a

menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista

otra alternativa más realista que proceder de una de estas formas.

Si existen dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando

normalmente, procederá a revelarlas en los estados financieros.

Page 64: NOMBRE: Zulma Villca Coria

AGRUPACIÓN DE DATOS

Una entidad presentará por separado cada clase significativa de partidas similares.

Una entidad presentará por separado las partidas de naturaleza o función distinta, a menos

que no tengan importancia relativa.

Si una partida concreta careciese de importancia relativa por sí sola, se agregará con otras

partidas, ya sea en los estados financieros o en las notas.

COMPENSACIÓN

Una entidad no compensará activos con pasivos o ingresos con gastos a menos que así lo

requiera o permita una NIF.

Una entidad informará por separado sobre sus activos, pasivos, ingresos y gastos.

Como excepción se permitirá cuando la compensación sea un reflejo del fondo de la

transacción o suceso. Ejemplo: ganancias y pérdidas por diferencia de cambio.

IDENTIFICACION DE LOS EEFF

El nombre de la entidad.

Si los EEFF pertenecen a una entidad individual o a un grupo de entidades.

La fecha de cierre del periodo sobre el que se informa, o periodo cubierto de los EEFF.

La moneda de presentación.

Grado de redondeo practicado al presentar las cifras de los EEFF.

PARTIDAS CORRIENTES Y NO CORRIENTES

Una entidad revelará el importe esperado a recuperar o a cancelar después de los doce meses para

cada partida de activo o pasivo:

Dentro de los 12 meses siguientes después del período sobre el que se informa (Corto

Plazo), y

Después de 12 meses tras esa fecha (Largo Plazo – LP).

PARTIDAS CORRIENTES Y NO CORRIENTES

Un activo o pasivo se clasificará como corriente cuando:

Se espera realizar o cancelar (o se tiene la intención de venderlo o consumirlo, en el ciclo

normal de la operación.

Page 65: NOMBRE: Zulma Villca Coria

PARTIDAS CORRIENTES Y NO CORRIENTES

Es efectivo o equivalente al efectivo, a menos que se encuentre restringido y no pueda ser

intercambiado o utilizado por un período mínimo de doce meses.

La entidad no tiene un derecho incondicional para aplazar la cancelación del pasivo.

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA

Page 66: NOMBRE: Zulma Villca Coria

ESTADO DE RESULTADOS INTEGRAL

OTRO RESULTADO INTEGRAL

ESTADO DE RESULTADOS INTEGRAL

Page 67: NOMBRE: Zulma Villca Coria

ESTADOS FINANCIEROS DE ACUERDO CON SU NATURALEZA

ESTADOS FINANCIEROS DE ACUERDO CON SU FUNCION

Page 68: NOMBRE: Zulma Villca Coria

PATRIMONIO

FLUJO DE EFECTIVO

NOTAS A LOS EEFF

Page 69: NOMBRE: Zulma Villca Coria

REVELACIONES SOBRE EL CAPITAL

CASOS NIC-10 Hechos Ocurridos después del Período sobre el que se Informa

Ejercicio 1

¿La Gerencia de la Compañía Pura Vida S. A., terminó el día 1 de diciembre el borrador de los

estados financieros de la empresa por el periodo que terminó el 30 de septiembre del 2011. El

Consejo de Administración procedió a su revisión autorizando su publicación el 15 de diciembre del

2011; los estados financieros quedan a disposición de los propietarios y otros interesados el día 20

de diciembre. La Asamblea anual de accionistas se convoca para el día 31 de diciembre del 2011

en donde se aprueban los estados financieros y la actuación del Consejo de Administración?.

Indique con base en la normativa de la NIC 10 ¿Cuál es la fecha en que los estados financieros

quedan autorizados para su publicación?.

Respuesta: Los Estados Financieros se autorizaron para su publicación el 15 de diciembre

fecha en que el Consejo de Administración Autorizó su publicación.

Ejercicio 2 (FALSO O VERDADERO)

1. ¿Los dividendos declarados después de la fecha de balance (y antes de la publicación de los

EEFF) generan la contabilización a la fecha del balance de un pasivo?.

Respuesta: FALSO (NO ES UN EVENTO QUE AMERITE LA

CONTABILIZACION EN EL BALANCE DEL PERIODO

Page 70: NOMBRE: Zulma Villca Coria

NIC 10 párrafos 12 y 13 si se acuerda la distribución de los dividendos después de

la fecha del balance pero antes de que los estados financieros hayan sido

autorizados para su publicación, los dividendos no se reconocerán como un pasivo

a la fecha del balance, porque no suponen una obligación actual de acuerdo con la

NIC 37. Dichos dividendos se revelarán en las notas a los estados financieros de

acuerdo con la NIC 1.

2. ¿Una fuerte reducción en el valor de mercado de las inversiones ocurrida después de la

fecha de cierre del balance y antes de la fecha de autorización de los mismos, obligan a

correr el ajuste en los estados financieros a la fecha de cierre?.

Respuesta: FALSO (refleja una situación acaecida después del cierre).

3. ¿El descubrimiento de un fraude importante después de la fecha de cierre de los estados

financieros, obliga a la empresa a realizar una revelación de tal situación, mediante

notas a los estados financieros?.

Respuesta: (Falso). En estos casos demuestran que los estados financieros eran

incorrectos y deben de ajustarse.

EJERCICIO 3

¿La empresa cierra su ejercicio el 31.12.2011. Durante el 2012 (después de la publicación del

balance 2011) detectó la omisión de una venta realizada en el 2011 por un total de Bs100.000?

Indique qué debe hacer la empresa cuando presente los EEFF del 2012.

RESOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

PASO 1) CONCEPTUALIZAR LA OPERACIÓN

La omisión de una venta en cuenta corriente en el periodo del 2011 ya cerrado, se denomina un

error contable. Cuando la empresa presente sus estados financieros comparativos en el 2012,

deberá corregir el error en forma retroactiva para el año 2011. Esto quiere decir que la información

comparativa que se presente será como si nunca hubiese ocurrido el error. Para el ejemplo

presentado, el ente deberá corregir en el Estado de resultados del año 2011 las ventas y en el

Balance de Situación las Cuentas por cobrar para que aparezcan por las cantidades correctas, como

si nunca se hubiese cometido el error.

Además, deberá revelar la siguiente información: a) la naturaleza del error del periodo anterior; b)

para el año 2011, en la medida que se practicable, el importe del ajuste: (1) para cada partida

Page 71: NOMBRE: Zulma Villca Coria

afectada del estado financiero; y (2) para el importe de la ganancia por acción tanto básica como

diluida, si la NIC 33 fuera aplicable a la entidad.

Ahora bien, estamos, según el caso ante un error encontrado posterior al cierre y Publicación de los

estados financieros. La NIC 8 en su introducción indica que si el error es determinado como

material (de importancia relativa), y encontrado anterior a la emisión de los estados financiero:

”Se corregirán antes de que los estados financieros sean formulados. Sin embargo, los

errores materiales en ocasiones no se descubren hasta un periodo posterior, de forma que

tales errores de periodos anteriores se corregirán en la información comparativa presentada

en los estados financieros de los periodos siguientes.” Párrafo 41 NIC 8.

Esto implica que un error material descubierto anterior a la fecha de autorización de los estados

financieros, que de acuerdo a lo establecido en la NIC10, se tiene:

“Los hechos ocurridos después de la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya

sean favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha

de autorización de los estados financieros para su publicación.” Párrafo 3 NIC 10.

Ahora bien, una omisión como la que describe el caso, a criterio de la NIC 8 se denomina un error

contable de períodos anteriores (y en su párrafo 5, Definiciones), se conceptualiza de la siguiente.

“Errores de periodos anteriores son las omisiones e inexactitudes en los estados

financieros de una entidad, para uno o más periodos anteriores, resultantes de un fallo al

emplear o de un error al utilizar información fiable que:

(a) Estaba disponible cuando los estados financieros para tales periodos fueron formulados.

(b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la

elaboración y presentación de aquellos estados financieros

“Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritméticos, errores en la

aplicación de políticas contables, la inadvertencia o mala interpretación de hechos, así como

los fraudes.”

PASO 2) DETERMINAR SI ES MATERIAL

Dado este concepto la NIC 8 es clara en determinar el procedimiento a seguir una vez determinado

el error y valorada su materialidad:

Page 72: NOMBRE: Zulma Villca Coria

“Con sujeción a lo establecido en párrafo 43, la entidad corregirá los errores materiales de

periodos anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados financieros formulados

después de haberlos descubierto:

(a) Re expresando la información comparativa para el periodo o periodos anteriores en los que

se originó el error.

(b) Si el error ocurrió con anterioridad al periodo más antiguo para el que se presenta

información, reexpresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio neto

para dicho periodo.” Párrafo 42 NIC 8.

“Dados estas aclaraciones lo que cabe es determinar si el error puede ser determinado de

manera fiable en su cuantía, así como valorar si este error es material con respecto a la

información contenida en los estados financieros”.

PASO 3) DETERMINAR IMPLICANCIAS DEL AJUSTE

Se debe determinar si no hay problema para realizar los ajustes necesarios en las partidas del estado

financiero, específicamente en las cifras comparativas y medir los efectos en las partidas contables

involucradas en este período.

Dado este caso, y sin indicios de ser impracticable su corrección, pasamos a evaluar las partidas

involucradas y posteriormente medir los efectos sobre los estados financieros para su corrección.

La omisión de una venta en cuenta corriente implica la corrección de los siguientes efectos:

Estado de Resultados

Saldo menor en la cuenta de Ingresos por Ventas.

Saldo menor en las utilidades operativas y en las utilidades netas.

Un monto menor en el rubro de impuesto sobre la renta.

Un monto menor en el rubro de utilidades por acción

Estado de Situación Financiera

Saldo menor en la cuenta corriente (cuentas por cobrar) si fue al crédito.

Un saldo menor en el pasivo por Impuesto sobre la renta.

Un monto menor en las utilidades acumuladas

Estado de Cambios en el patrimonio

Page 73: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Un monto menor en las utilidades acumuladas.

Estado de Flujos de efectivo

Si la venta hubiese sido en efectivo, se tendría diferencia en el monto del efectivo aportado

por las operaciones.

Como la venta se presupone a crédito, el efecto no se mostró en este estado, pero si se

preparó por el método indirecto, la utilidad neta antes de impuestos, así como la partida de

ajuste por las cuentas corrientes, se mostraron afectadas, aún cuando el efecto final sea

nulo.

Notas y Anexos a los Estados Financieros

En este apartado, los efectos estarán presentes en el tanto se muestren y detallen partidas

contenidas en los estados financieros anteriores. Por ejemplo: si se detalla un análisis de

antigüedad de la cuenta corriente (cuentas por cobrar), se verá afectado por esta omisión.

Adicionalmente, aunque no lo deja ver la pregunta, el efecto puede ser mayor si la omisión descrita

no sólo fue el registro de la venta, sino también el monto del inventario.

Dadas estas otras circunstancias la corrección de la omisión debe abarcar los siguientes efectos

adicionales:

Estado de Resultados

Saldo menor en el costo de la mercadería vendida

Debe considerarse el efecto neto que tendría la omisión de la venta y la salida del

inventario, dentro de la determinación de las utilidades y el impuesto a las ganancias.

Estado de Situación Financiera

Saldo mayor en la cuenta de existencias

Estado de Cambios en el patrimonio

Debe considerarse el efecto neto que tendría la omisión de la venta y la salida del

inventario, dentro de la determinación de las utilidades acumuladas.

Page 74: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Estado de Flujos de efectivo

Como la venta se presupone a crédito, el efecto no se mostró en este estado, pero si se

preparó por el método indirecto, la utilidad neta antes de impuestos, así como la partida de

ajuste por las existencias, se mostraron afectadas, aún cuando el efecto final sea nulo.

Notas y Anexos a los Estados Financieros

En este apartado, al igual que el anterior los efectos estarán presentes mientras se muestren

y detallen partidas contenidas en los estados financieros anteriores.

Revelaciones necesarias en los estados financieros al cierre

A la hora de corregir todos estos efectos, de manera adicional la NIC 8 (en su párrafo 49), indica

que debe revelarse lo siguiente:

“En aplicación del párrafo 42, la entidad revelará la siguiente información:

a) La naturaleza del error del periodo anterior.

b) Para cada periodo anterior presentado, en la medida que sea practicable, el importe del

ajuste.

c) el importe del ajuste al principio del periodo anterior más antiguo sobre el que se presente

información.

d) si fuera impracticable la re expresión retroactiva para un periodo anterior en particular, las

circunstancias que conducen a esa situación, junto con una descripción de cómo y desde

cuándo se ha corregido el error.

Tales revelaciones podrán omitirse en los estados financieros de periodos posteriores. Párrafo 49

NIC 8.

EJERCICIO 4

Frente a los siguientes hechos indique que tipo de hechos posterior al cierre es cada uno y el efecto

que produce contablemente.

Cambio en el VNR de un título público

que un ente tiene como inversión

transitoria

Es un hecho que no produce ningún efecto

contable.

Mejora en la estimación de la Este hecho provoca un ajuste contable, cuando se

Page 75: NOMBRE: Zulma Villca Coria

probabilidad de una contingencia por un

juicio como demandado

conozca el monto con fiabilidad, y no pudo ser

estimado razonablemente en la fecha del cierre del

balance. Ahora bien si este hecho sucedió después

del cierre del balance, debe informarse en nota a los

estados financieros si es material.

Ídem como demandante No involucra ajuste contable. Tener un activo por la

posibilidad de un reclamo que la entidad tiene y

cuyo desenlace es incierto, crearía un activo

contingente,

Cambio en la moda que hace que el VNR

de los inventarios sea diferente al

previsto al cierre del ejercicio

Es un hecho que no implica ajuste contable.

Importante accidente con un tercero que

obligará al pago de una significativa

indemnización

Es un hecho que no implica ajuste contable si el

accidente es posterior a la fecha de cierre, por lo

que se informará en nota a los estados financieros.

Si al cierre no se pudo determinar el monto de la

indemnización, se pondrá en nota a los estados.

Si entre el cierre y la publicación se determina un

monto fiable y el accidente sucedió antes del cierre,

deberá proceder a crear una provisión por la futura

obligación.

Page 76: NOMBRE: Zulma Villca Coria

MODULO VI

GESTION FINANCIERA

IMPORTANCIA DE LA BOLSA DE VALORES

El colapso de los tipos de interés ha convertido en fundamental la propiedad de valores.

Las comisiones mínimas han aumentado la rentabilidad potencial, así como la posibilidad

de realizar inversiones a corto plazo.

Los avances tecnológicos han acercado al inversor individual a Wall Street desde la

comodidad de su oficina.

Mercado

Lugar donde se encuentran compradores y vendedores

Bolsa de valores

Mercado sofisticado y modernizado al extremo

La Bolsa de Valores es un Mercado

Objetivo de los actores

Comprar Barato

Vender Caro

Diferencia: Ganancia especulativa

Cuáles son los actores en Bolsa?

Bulls Bears

Apuestan a que los precios subirán Convencidos de que los precios bajarán

Page 77: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Si los precios perforan con regularidad las franjas

Se precisa un periodo

más largo

Si los precios nunca llegan a tocar las franjas

Se precisan periodos

más cortos

Se usa este indicador para detectar los precios extremos y por consiguiente las oportunidades de entrada a los negocios

FRANJAS DE BOLLINGER

Franja: Línea central representa el promedio móvil simple, la línea superior el promedio móvil más

dos desviaciones estándar, la línea inferior el promedio móvil menos dos deviaciones estándar.

Para Poder seguir la volatilidad

de los títulos valores

Mas volatilidad = Mas ancha la franja

Se calculan las franjas en base al promedio móvil de 20 días

Diseñadas por Bollinger

Page 78: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Diagrama de velas

(Candlestick chart)

Contiene más información útil

para especuladores e inversionistas

En un diagrama de velas vemos:

Velas rojas

Velas blancas

Gráficos de equivolumen

Es más fácil ver qué grupo controla el mercado

Vacios (Gaps)

VELAS JAPONESAS

Antes de la subida la franja

disminuye de ancho

Las velas perforan la banda

superior antes de

bajar

Las velas perforan la banda

inferior antes de

subir

Page 79: NOMBRE: Zulma Villca Coria

PRÁCTICA ANÁLISIS TÉCNICO

PARTE I

1. ¿Qué compañía corresponden los siguientes símbolos?

WBMD= WEBMD HEALT CORP.

YNDX= YANDEX N.V.

VSCI= VISION-SCINCES.INC.

VRTB= VESTING REALITY MORTGAGE IL.INC

TXN= TEXAS INSTRUMENT INCORPORATED

TSYS= TELECOMMUNICATION SYSTEMS.INC.

TMNG= THE MANAGAMENT NETWORK GROUP.INC.TLTSY

TITN= TITAN MACHINERY.INC.

SFNC= SIMONS FIRST NATIONAL CORPORATION

2. ¿Qué características presenta las siguientes acciones (toros y osos)?

PFIN= TORO

Tres cuervos negros

Muestra la caída de los precios, por lo que un valor

estaba sobre valorado

Hubo malas noticias y los inversionistas y comerciantes están vendiendo el titulo por tres días consecutivos, se puede esperar más

bajas en el futuro.

Deadcatbounce: Si en las posteriores sesiones las ventas llegan a cesar por completo y una recuperación del 30% desde el precio más bajo es

probable

Page 80: NOMBRE: Zulma Villca Coria

OSN= TORO

OSIR= TORO

OMCL= RILE IT NOW

NTSC=TORO

PZZA= RILE IT NOW

3. ¿Cuáles son las acciones con usual volumen transadas el día de hoy?

R.- EL FACEBOK CON 120.000.000 USD

4. ¿Cuáles SON LA EMPRESAS COMPETIDORAS?

KO= PEP

IBM= PZZA OMCL OSIR KO PFIN AAPL

FB= TWITTER

GOOG= Facebook y Twitter) -Apple y Microsoft ,Amazon.como eBay

AAPL= Dell, HP y Lenov

5.- ¿De las acciones de la pregunta 5 cual presenta mas riesgo (beta)? ¿cual mayor

capitalización?

R.- LA AAPL.

PRÁCTICA ANÁLISIS TÉCNICO

PARTE II

1. Explique la diferencia entre los términos “Técnico” y “Chartista”

chartista: analiza exclusivamente la información revelada en los gráficos, sin la utilización de

herramientas adicionales.

Técnico: emplea indicadores calculados en función de las diferentes variables características del

comportamiento de los valores analizados.

2. Comente ¿por qué resultan más atractivos los gráficos de velas?

La información utilizada para reflejar la situación de un mercado mediante un gráfico de velas es la

que se utiliza habitualmente para los gráficos de barras, o sea, los precios de apertura, máximo,

mínimo y de cierre. Aunque utilizan exactamente la misma información, los gráficos de velas

resultan visualmente más atractivos, y la información parece saltar de la página, facilitando su

interpretación y análisis

3. Investigue los siguientes patrones de velas Japonesas y su utilidad en el análisis técnico

Martillo.-Cuando el patrón de velas japonesas tipo martillo aparece en una tendencia bajista es

señal de un cambio potencial en el mercado. La sombra inferior larga representa un período de

negociación en el que los vendedores tenían inicialmente en el control pero los compradores fueron

Page 81: NOMBRE: Zulma Villca Coria

capaces de tomar el control del precio y conducir al precio de vuelta hasta cerca del máximo de la

sesión.

Después de ver este patrón de velas japonesas en el mercado es recomendable esperar al desarrollo

de la siguiente sesión de trading para confirmar el cambio de tendencia, por ejemplo con una

apertura superior al cierre de la vela en la que se formó el hammer confirmaría que los compradores

han tomado el control. Adicionalmente, el patrón hammer serán más confiable a mayor longitud de

la sombra inferior y si se aprecia un aumento de volumen durante la formación del hammer.

El ahorcado.-El hombre colgado es un patrón de cambio bajista. Señala un techo en el mercado.Ya

que se observa después de un avance, el patrón señala que la presión de venta está comenzando a

aumentar. La larga sombra inferior indica que los vendedores fueron capaces de llevar el precio a la

baja durante la sesión. A pesar de que los compradores recuperaron el tono y llevaron al precio

hacia arriba al final de la sesión, la aparición de esta venta después de un rally es una señal de

alerta.

Factores importantes

Idealmente, la sombra inferior del patrón bajista debe ser dos o tres veces la altura del cuerpo de la

vela aunque se pueden encontrar patrones válidos con sombras inferiores que no alcanzan esta

longitud.

El patrón DragonflyDoji Patrón es una señal bajista más fuerte y es más fiable.

Necesitamos una confirmación en la sesión siguiente sobre la inversión de la tendencia alcista. Esta

confirmación puede ser en forma de un candlestick negro, un gap a la baja o un cierre más bajo en

la sesión siguiente.

Estrella fugaz.- El patrón de cambio de tendencia con una vela japonesa Estrella Fugaz aparece si

el precio ha estado subiendo y aparece una vela de este tipo. Estéticamente es igual al patrón de

martillo invertido pero al revés. La fisionomía de esta vela revela que los compradores intentaron

llevar el precio más arriba pero que los vendedores entraron en el terreno con fuerza llevando el

precio hacia abajo cerrando finalmente el periodo por debajo del precio de apertura. Lo que puede

llevar a pensar que los compradores están exhaustos y es hora de un movimiento a la baja.

Cruz Harami.-Un patrón alcista Harami vela se forma cuando la vela el primer día es bajista. Más

bien, el primer día es muy bajista y se produce en una tendencia bajista. Pero en el segundo día, los

toros entran en acción y tratar de mover los precios más altos. Pero los toros no son muy exitosos.

El segundo día se estrecha aún más baja que la primera jornada de puertas abiertas y de alta el

primer día nunca es superado. Sin embargo, el segundo día es una señal de que los toros han

comenzado a subir al estrado y detener la tendencia bajista actual.

Page 82: NOMBRE: Zulma Villca Coria

- Cubierta de nube oscura.-La Cubierta de nube oscura (darkcloudcover) es una pauta de

dos velas que sugiere un cambio de tendencia de alcista a bajista. Para que se produzca esta

formación, la tendencia previa debe ser alcista. Con esa tendencia llega un momento que se produce

una vela grande de cuerpo blanco (cierra por encima de la apertura). La siguiente vela abre por

encima de los máximos del día anterior pero se da la vuelta y termina siendo una vela negra (cierre

por debajo de la apertura) que cierra dentro del cuerpo de la vela anterior y necesariamente por

debajo de la mitad del cuerpo de la vela blanca. Si el cierre fuese por debajo de la vela blanca por

completo se trataría de la “envolvente bajista” que es otra figura igualmente de cambio de tendencia

a bajista.

Estrella Doji.-avisa de un cambio de tendencia. Si es alcista, el Doji aparece tras una gran vela

blanca y advierte sobre un posible cambio a la baja. El Doji indica indecisión y obliga a estar muy

atentos a la siguiente vela y a su confirmación.

La confirmación debería ser con un cierre inferior, generalmente con velas negras. Esta

combinación de velas bajista se deshace, si la vela siguiente tiene un cierre por encima del Doji.

Tres soldados blancos.- está considerado uno de los indicadores de soporte e implicación

alcista con bastante importancia dentro del estudio de las velas japonesas.

Los Tres Soldados Blancos.- está formado por tres velas japonesas alcistas en las tres últimas

sesiones, con los mínimos crecientes en las tres sesiones y además con cierres de las velas japonesas

Tres cuervos negros.-Tres velas grandes y negras que van haciendo máximos y mínimos

decrecientes. Cada una de ellas abre cada vez más bajo y dentro del cuerpo de la vela anterior,

cerrando muy próximo a los mínimos y, como ya se ha indicado, haciendo un nuevo cierre a precios

inferiores. Esa formación toma el nombre de tres cuervos negros (threeblackcrows) y es la pauta

contraria a tres soldados blancos (threewhitesoldiers), que ya fue objeto de atención, siendo

igualmente de cambio de tendencia pero en esta ocasión es una formación bajista. Se produce en

una tendencia alcista previa y representa el inicio de un periodo bajista.

- Tres cuervos idénticos.-más bajista que los tres cuervos negros debido a la verticalidad de

la bajada donde el cierre del día anterior suele ser el mismo que la apertura del día siguiente, es

decir, las velas siguientes no se adentran en el cuerpo real de la anterior con lo que le da a la

tendencia más pendiente.

Estrella matutina.-La estrella matutina es una señal de cambio de tendencia. Al igual que el

planeta Mercurio, la estrella matutina, pronostica que la salida del sol está a punto de ocurrir, y para

nosotros que los precios van a subir. Se forma después de una tendencia a la baja obviamente. Está

compuesto por un cuerpo rojo y largo, por lo general uno de los días provoca el miedo al final de

una larga bajada. Al día siguiente, la brecha entre el precio del cierre con el de apertura de la nueva

Page 83: NOMBRE: Zulma Villca Coria

jornada es marcada. Sin embargo, la magnitud del rango de operaciones sigue siendo pequeña para

el día. Esta es la estrella de la formación. El tercer día es un día de vela verde. Y representa el hecho

de que los toros han intervenido y tomado el control. La señal de la Estrella Matutina óptima sería

tener brechas antes y después del día estrella.

La composición de la estrella, una formación de indecisión, puede consistir en una serie de

formaciones de vela. El factor importante es ser testigo de la confirmación de que los toros han

tomado el control. La vela verde debe contar con un precio de cierre de al menos la mitad de la vela

roja de dos jornadas anteriores.

Estrella vespertina.-Este patrón tiene características y implicaciones opuestas al lucero del alba y

simboliza el precursor de la noche. Se reconoce cuando el precio se estanca después de una

tendencia al alza y lo hace en forma de una vela de cuerpo pequeño. En Forex, esta vela es

mayoritariamente una doji (DojiStar) o , igual que en el anterior patrón, una peonza (Spinning Top).

Estas velas preceden a una tercera vela que cierra por debajo del cuerpo de la segunda vela y entra

profundamente en el cuerpo de la primera vela. Aquí también, la primera vela ha de ser

relativamente grande en comparación con las velas anteriores.

Este patrón de velas, en general, indica que la confianza en la tendencia actual se ha erosionado y

que los vendedores están tomando el control. El patrón clásico está formado por tres velas, aunque

hay algunas variaciones, como se explica.

La estrella doji (dojistar) avisa de un cambio de tendencia. Si esta es alcista, el doji se presenta

tras una gran vela blanca y alerta de un posible cambio a la baja. Por sí solo el doji ya significa

indecisión y obliga a estar muy atentos a la siguiente vela y a su confirmación que podría ser en la

forma de las conocidas formaciones candlestick

Estrella Doji vespertina.- s una variante de la Estrella del Atardecer (EveningStar) o Estrella

Vespertina, con la particularidad de que la vela intermedia es un doji, es decir, una vela con cierre y

apertura al mismo nivel y que consiguientemente no tiene cuerpo real. Por tanto, es una formación

de cambio de tendencia. Se da tras una tendencia alcista con una primera vela de cuerpo grande y

blanco. La siguiente vela es un doji como se ha indicado que cierra más alto y la tercera vela es

negra que abre por debajo del cierre anterior y cierra dentro del cuerpo de la primera vela.

Si bien el doji le da más fuerza que en la pauta normal, es una formación que hay que interpretar

con prudencia siendo muy importante que se produzca en zonas de resistencia., siendo un recurso

necesario sintetizar en una sola vela el conjunto de la formación de tres con el fin de tomar más

pistas acerca de su evolución. La confirmación del cambio de tendencia es mayor si abre con gap

bajista a continuación y necesariamente con un cierre por niveles más bajos.

Page 84: NOMBRE: Zulma Villca Coria

- Bebe abandonado.-El bebe abandonado alcista (abandonedbabybullish) es una formación

de tres vela muy parecida al morningdojistar (lucero del alba doji) con la diferencia que

el dojicentral está “abandonado”. El término abandonado se concede porque el doji está aislado de

las otras dos velas, es decir, se produce rodeado de gaps. La primera vela es negra y se produce tras

una tendencia bajista. La segunda vela es un doji que abre con gap y cierra por debajo del mínimo

de la vela anterior, así como su máximo que también es inferior al mínimo de la primera vela. La

tercera vela es blanca que esta siempre por encima del doji. Esta tercera vela abre con gap y cierra

dentro del cuerpo de la vela negra. Esa es la particularidad del “bebe abandonado alcista” que como

se puede comparar con el “lucero del alba doji” la diferencia está en que el doji está abandonado.

Sus efectos alcistas son más potentes que la estrella de la mañana o lucero del alba con doji

(morningstar doji). mínimo del doji es un nivel que marca un soporte y sus efectos se quedaría

anulados si la cotización rompe soporte.

Tri- estrella.-Tres estrellas bajista o “bearishthreestar” es una pauta candlestick de tres dojis que se

presenta en una tendencia alcista que se inicia con un primer doji que, en principio apunta la duda

del mercado a seguir subiendo. El segundo doji se produce con un gap de apertura al alza formando

un dojistar que parece apuntar el máximo de esa tendencia alcista, más aún cuando surge un nuevo

gap pero a la baja para formar otra vela doji.

Es una formación de cambio de tendencia que precisa una confirmación para salir de esa gran

duda que sugieren las tres estrellas. Para ello sería necesario un cierre más bajo con una vela negra

y, preferiblemente, con gap de apertura. De ser así sería una formación de cambio de tendencia de

alcista a bajista.

Tres estrellas en el sur.- es una formación de velas japonesas que se caracteriza por tres velas

negras con mínimos crecientes que se produce en una tendencia bajista y señala la pérdida de fuerza

bajista con la posibilidad de un cambio de tendencia.

La primera vela del patrón de tres estrellas en el sur es un marabozu abierto de largo cuerpo y

sombra que hace los mínimos de la formación y sobre dichos mínimos hay una importante

recuperación en el cierre. La siguiente vela es otro marabozu abierto de características parecidas

pero más pequeño que abre en su nivel más alto pero va perdiendo fuerza y se forma un cuerpo

negro con sombra inferior pero con un mínimo creciente con respecto a la anterior. La tercera vela

es un marabozu pequeño y negro que está dentro del rango del anterior.

Equivaldría a una especie de triangulo en el chartismo tradicional que rompe por la parte superior si

se confirma. Para la confirmación se precedaría nuevos máximos preferiblemente con una vela

blanca que toma mayor fuerza si abre con gap al alza.

Page 85: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Golondrina escondida.-tendencia bajista en la cual se producen dos marubozus negros (velas

negras sin sombras), es decir, dos velas a la baja con cierres en mínimos. La tercera vela abre con

gap bajista pero se cierra formando un martillo invertido que ya avisa de un cambio de actitud, ya

que si bien cierra más abajo de las velas anteriores ha llegado a moverse más arriba dejando una

sombra que se adentra en la vela anterior. Pero la que marca de forma definitiva esta pauta es la

cuarta vela, que abre con gap al alza por encima de los máximos de la vela anterior. Abre más arriba

pero pierde fuerza y termina cerrando en lo que podría ser un soporte. Es una situación difícil en la

que los intentos al alza fracasan pero no bajan más de donde estaban con lo cual, las posiciones

bajistas van perdiendo fuerza. La confirmación de la pauta es un cierre por encima de la vela

anterior, que podría ir acompañada de un rebote importante.

4. ¿Qué significa que una media móvil es un seguidor, no un líder?

Las medias móviles intentan eliminar las fluctuaciones en los precios o "ruido" y ayudan a

identificar tendencias. Debido a la fórmula para su construcción, las medias móviles no son muy

útiles para anticipar cambios de tendencia; De acuerdo a la cantidad de períodos que se incluyan, las

medias móviles podrán ser de corto, mediano o largo plazo.

Page 86: NOMBRE: Zulma Villca Coria

MODULO VII

GESTION DE TRÁMITES CONTABLES Y LEGALES

FUNDEMPRESA

Principales funciones:

1. Registrar a todas las sociedades comerciales y empresas unipersonales que operan en el

territorio nacional, sin importar su tamaño, ubicación geográfica o actividad económica.

2. Registrar los actos comerciales de las sociedades comerciales y empresas públicos.

3. Certificar la información contenida en el Registro a cualquier ciudadano.

Marco institucional:

FUNDEMPRESA es una fundación sin fines de lucro que, en el marco de un Contrato de

Concesión suscrito con el estado Plurinacional, opera el Registro de Comercio en todo el país (Ley

2064, Ley 2196, Decreto Supremo 26215 y D. S. 26335). La Ministra o Ministro de Desarrollo

Productivo y Economía Plural administra el Registro de Comercio (D.S.0071). El Ministerio

cumple las funciones de regulación, control y fiscalización de las actividades y la prestación del

servicio, en el marco Reglamento y Contrato de Concesión (D. S. 26215).

La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas - AEMP regula, controla y supervisa a

las personas y actividades sujetas a su jurisdicción en lo relativo a Registro de Comercio (D.S.

0071).

Control de Homonimia o Consulta de Nombre

Requisitos

1. Formulario Nº 0010 de solicitud de Control de Homonimia, debidamente llenado y

firmado

Arancel

Empresa Unipersonal: Bs. 78,00S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs.

136,50S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 175,00Plazos. Un día hábil, a computarse a

partir del día siguiente hábil al ingreso del trámite ante el Registro de Comercio.

Page 87: NOMBRE: Zulma Villca Coria

A fin de establecer si el nombre comercial no se encuentra registrado, el trámite de consulta de

Control de Homonimia se constituye en el mecanismo operativo del cliente para conocer la

viabilidad del uso.

Marco legal

El derecho al nombre comercial y la protección que merece éste se encuentra regulado en los Art.

470 al 474 del Código de Comercio. El concepto básico de su formación se encuentra regido por la

libertad de su creación, sin que pueda ser idéntico al de otro ya inscrito, similar, o que induzca a la

confusión. Asimismo, no puede incluir el nombre de otro comerciante que no sea titular de la

sociedad.

Inscripción de Comerciante Individual o Empresa Unipersonal

Requisitos

1. Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración.

2. Si el capital inicial es de Bs 27.736 o mayor, presentar el balance de apertura firmado

por el comerciante, individual (propietario) o el representante legal y el profesional que

interviene, acompañando la respectiva, solvencia profesional original otorgada por el

Colegio de Contadores o Auditores. Si el capital inicial es menor, a Bs. 27.736 los

comerciantes no tienen la obligatoriedad de presentar el balance de apertura.

3. Cédula de identidad original del comerciante individual o propietario (únicamente para

verificación) y fotocopia simple de la misma firmada por el titular

Arancel

Empresa Unipersonal: Bs. 260,00.

Inscripción Sociedad Anónima Sociedad en Comandita por Acciones por suscripción acto

único

Requisitos

1. Formulario Nº 0020 de solicitud de Matrícula de Comercio con carácter de declaración

jurada, debidamente llenado y firmado por el representante legal.

2. Balance de apertura firmado por el representante legal y el profesional que interviene,

acompañando la respectiva solvencia profesional original otorgada por el Colegio de

Contadores o Auditores.

Page 88: NOMBRE: Zulma Villca Coria

3. Testimonio de la escritura pública de constitución social, en original o fotocopia legalizada

legible, con la inserción del acta de fundación de la sociedad que contenga la resolución de

aprobación de estatutos y designación del directorio provisional. El mencionado debe

contener los aspectos previstos en el Art.127 del Código de Comercio y adecuarse a las

normas correspondientes al tipo societario respectivo establecidas en el mismo cuerpo

normativo.

Arancel

S.A /S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 584,50.

SERVICIOS NACIONAL DE IMPUESTOS (S.I.N)

REQUISITOS PARA INSCRPCION EN LE PADRON BIOMETRICO DIGITAL

Todas la personas naturales, empresas unipersonales y personas jurídicas deben ingresar a la

siguiente dirección www.impuestos.gob.bo; enlace a la oficina virtual y crear un usuario para

acceder al formulario MASI-001, generar un numero de tramite en un plazo de 20 días llevando los

siguientes documentos.

PERSONA NATURAL O EMPRESA UNIPERSONAL.

a) Cedula de Identidad vigente (Nacional) o Carnet extranjería (Extranjero).

b) Factura o preaviso de consumo energía eléctrica del domicilio fiscal y habitual.

c) Croquis del domicilio fiscal y domicilio habitual.

PERSONA JURIDICA.

a) Testimonio de Constitución de la Sociedad/ Ley o acuerdo marco /Testimonio de

Personería Jurídica.

b) Cedula de Identidad vigente del Representante Legal o Carnet extranjería (Extranjero).

c) Poder Notariado que establezca las facultades del Representante Legal de la Entidad.

d) Factura o preaviso de consumo energía eléctrica del domicilio fiscal y habitual del

Representante Legal.

e) Croquis del domicilio fiscal y domicilio habitual del Representante Legal.

De acuerdo a la característica tributaria y actividad económica, se solicitaran otros documentos que

serán detallados en el Listado de Documentos Soporte del Formulario de MASI-001Luego de

Page 89: NOMBRE: Zulma Villca Coria

capturar huellas y digitalizar todos los documentos el funcionario de plataforma hará entrega al

contribuyente de los siguientes documentos.

Certificado de Inscripción al Padrón.

Documento de Exhibición del NIT.

Tarjeta de Acceso a la oficina Virtual.

HONORABLE ALCALDIA MUNICIPAL DE COCHABAMBA

Las comunas o Sub Alcaldías cuentan con tres divisiones:

División de Servicios Administrativos.- A cargo las siguientes aéreas.

Contrataciones menores Contratos (licitaciones), compras contabilidad caja (venta de

valores).

Ingresos Ventanilla única (recepción de documentos, ingreso y despacho), licencias y

permisos.

División de Desarrollo Social y Comunal.- A su cargo las siguientes aéreas

Desarrollo Humano:

Educación (apoyo al desarrollo, la infraestructura mantenimiento de las unidades educativas.

Salud (desayuno escolar) deportes.

Planificación y Supervisión

Planificación (Elaboración de contratos menores), proyectos; Supervisión de Obras.

Coordinación ciudadana (contacto con las OTBS y organizaciones sociales).

División de Servicios Urbanos y Medio Ambiente a su cargo las siguientes área.

Medio Ambiente (Control e Inspección).

Urbanismo:

Inspección técnica (inspección y aprobación de planos, Asistencia Jurídica, Topografía.

CATEGORIA 1

CATEGORIA 1

CATEGORIA 1

Discotecas y Laboratorios

Salones de belleza, peluquerías, hospedaje, salud, consultores dentales,

institutos Técnicos, farmacias, internet, cafés

Tiendas de barrio, Agencias de Viaje, Boutiques, Joyerías, ventas de

repuestos, comercio en general consultoras video club

Page 90: NOMBRE: Zulma Villca Coria

Catastro:

Regulaciones de catastro (Regularizaciones de bien inmueble, registro catastral derecho

propietario inspección para impuestos.

CAJA NACIONAL DE SALUD

Requisitos para la afiliación del Empleador.

a) Empresa Unipersonal

1. Carta de solicitud dirigida a la C.N.S. sección Afiliaciones.

2. Fotocopia Inscripción Fundempresa (Opcional).

3. Fotocopia del N.I.T.

4. Fotocopia del Padrón Municipal (Opcional).

5. Balance de Apertura o Balance General.

6. Planilla de Sueldos y Salarios¸ tres ejemplares.

7. Fotocopia del Carnet de Identidad (anverso y reverso) ̧RUN o Pasaporte.

8. Poder Judicial ̧en caso de tener Representante Legal.

9. Fotocopia del Carnet de Identidad RUN o Pasaporte del Representante Legal.

10. Croquis de ubicación del Domicilio Legal de la empresa¸ especificando su dirección.

11. En caso de que el Centro de Trabajo sea distinto al Domicilio Legal¸ presentar Croquis de

ubicación del Centro de Trabajo de la empresa ̧especificando su dirección.

12. Comprar (en sección Caja venta de valores) dos formularios AVC –01 (los cuales deben ser

llenados a máquina ó computadora menos la casilla 2 y 6), un formulario AVC – 02

13. La documentación debe ser presentada en un fólder con nepaco.

14. Todos los documentos llenados presentar en secretaria de Administración Regional.

b) Empresa de tipo Sociedad – Publica –Sin Fines de Lucro

1. Carta de solicitud dirigida a la C.N.S. sección Afiliaciones.

2. Fotocopia Inscripción Fundempresa (Opcional).

3. Fotocopia del N.I.T.

4. Fotocopia del Padrón Municipal (Opcional).

5. Testimonio de Constitución de Sociedad (S.R.L.¸ S.A.¸ Pública¸ ONG) ; en otro caso

Licencia de Funcionamiento Planilla de Sueldos y Salarios ̧tres ejemplares

6. Poder Judicial.

7. Balance de Apertura o Balance Genera

8. Croquis de ubicación del Domicilio Legal de la empresa¸ especificando su dirección

Page 91: NOMBRE: Zulma Villca Coria

9. En caso de que el Centro de Trabajo sea distinto al Domicilio Legal¸ presentar Croquis de

ubicación del Centro de Trabajo de la empresa ̧especificando su dirección .

10. Comprar (en sección Caja venta de valores) dos formularios AVC –01 (los cuales deben ser

llenados a máquina ó computadora menos la casilla 2 y 6), un formulario AVC – 02.

11. La documentación debe ser presentada en un fólder con nepaco.

12. Todos los documentos correctamente llenados presentar en secretaria de Administración.

SISTEMA INTEGRAL DE PENSIONES

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE EMPLEADORES

Empresa Unipersonales

a) Formulario de Inscripción del empleador (debidamente llenado).

b) Fotocopia Cedula de Identidad del Representante Legal.

c) Fotocopia del NIT.

1. Empresa de Sociedad

d) Formulario de Inscripción del empleador (debidamente llenado).

e) Fotocopia Cedula de Identidad del Representante Legal.

f) Fotocopia del Poder que se otorga al Representante Legal

g) Fotocopia del NIT.

REQUISITOS PARA AFILIACION DEL TRABAJADOR

Registrarse a una sola AFP con un plazo máximo de 10 días de iniciada su relación

laboral.

Llenar debidamente el Formulario de Registro, sin enmendaduras, tachaduras u

omisiones, sin manchas ni borrones adjuntando la fotocopia de su documento de

identidad.

Llenar el Formulario de declaración de Derechohabientes.

Exigir a la AFP su CUA 30 días después de llenado el formulario de registro.

Comunicar a la AFP cualquier modificación en sus datos de registro.

Page 92: NOMBRE: Zulma Villca Coria

MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y PREVISION SOCIAL

REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORES (según DS Nº-288/09 y su reglamentación

con la RM Nº 704 /09)

El Ministerio de Trabajo, a través de la presente sección, publica los requerimientos para el

Registro Obligatorio de Empleadores.

REQUISITOS PARA EMPLEADORES YA ESTA REGISTRADOS

1. Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) llenado (3 Copias).

2. Certificado de Empleador (1 Copia)

REQUISITOS PARA EMPLEADORES NUEVOS

1. Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) llenado (3 Copias).

2. Deposito de 80 Bs. a la Cuenta del Banco Unión Nº 1-6036425 de Hrs. 8:30 a 15:00.

NOTA: Con los requisitos apersonarse a Ventanilla Única en cualquier oficina Departamental o

Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para finalizar el trámite.

Cuenta con 3 meses desde su inicio de actividades para su inscripción sin multas.

REQUISITOS PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS (Semestral)

1. La actualización puede efectuarse directamente por Internet mediante el acceso "PRE

INSCRIPCIÓN" de la presente página, con su respectivo identificador y palabra clave.

2. Deposito de 80 Bs. a la Cuenta del Banco Unión Nº 1-6036425

REQUISITOS PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS (Re impresión de certificado)

En caso de haber modificado su Nº de NIT, Razón Social, Dirección, Representante Legal o

Número de Sucursales, información impresa en el certificado, se le recomienda solicitar la re

impresión del mismo, para ello debe presentar.

1. Formulario Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) actualizado (2 Copias).

2. Deposito de 50 Bs. a la Cuenta del Banco Unión Nº 1-6036425 de Hrs. 8:30 a 15:00 en

oficinas del Banco Unión.

NOTA: Con los requisitos apersonarse a Ventanilla Única en cualquier oficina Departamental o

Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para finalizar el trámite.

Page 93: NOMBRE: Zulma Villca Coria

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

MODULO I

CONCLUSIONES

Luego de análisis de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC-NIIF) Se requieren de mucho

estudio y análisis para su correcta aplicación y evitar de esa forma que las empresas entren en

incumplimientos que les puedan generar multas u otra clase de inconsistencia por una mala

interpretación y aplicación.

RECOMENDACIONES Tomando en consideración el análisis de la Norma Internacional de Contabilidad. Es necesario

fomentar los seminario-taller, sobre las Normas Internacionales de Contabilidad, para que estas sean

estudiadas y analizadas, tratando que la inversión económica que cada persona realiza no sea muy

elevada a fin que esté al alcance de estudiantes, empleados y profesionales contables y así

contribuya a una mayor divulgación de las Norma.

MODULO II

CONCLUSIONES

La contabilidad es una herramienta fundamental e indispensable y la excelencia, eficiencia y la toma

de decisiones dependerá del buen manejo y análisis de la contabilidad financiera.

RECOMENDACIONES

Para cumplir con los objetivos se tendrá que analizar cada uno de sus herramientas fundamentales y

las operaciones realizadas para lograr una proyección para diagnosticar la situación económica y

financiera de la empresa.

MODULO III

CONCLUSIONES

La investigación, el uso de herramientas tributarias y de acuerdo con la normativa vigente se lograra

seguir con el procedimiento correcto para una correcta tributación conforme a lo que la Ley requiere,

sin infracciones.

RECOMENDACIONES

Se recomienda constantemente actualizar los conocimientos y cambios que realice la

Administración Tributaria.

MODULO IV

CONCLUSIÓN

En un principio es fundamental introducir un impuesto sencillo, sin excepciones y múltiples tasas,

que represente reducidos costos administrativos y de cumplimiento y que mantenga un nivel de

progresividad significado. Los impuestos constituyen el sustento básico del Estado, así que el

Page 94: NOMBRE: Zulma Villca Coria

ingreso que obtiene el estado por la recaudación de impuestos, es solo, y necesariamente del estado.

Con esto podemos decir, que un Estado existe si tiene la capacidad de recaudar.

RECOMENDACIÓN

Es recomendable que el Sistema Tributario incluya impuestos que tomen en cuenta la capacidad de

pago de los contribuyentes procurando que la población más empobrecida aporte menor proporción

de sus ingresos y las personas que más ingresos tienen sean las que financien los gastos públicos en

mayor cuantía. Actualizar toda información a lo que se relaciona al Sistema de Impuestos

Nacionales y contar con una base a lo que se refiere impuesto que grava y no.

MODULO V

CONCLUSIÓN

El de conocer la aplicación y el diseñado correcto para la presentación de los Estados Financieros,

mediante el cumplimento de normativa legal vigente.

RECOMENDACIÓN

Tener el conocimiento de temas de riesgo y estratégico, que ayuda a tener el enfoque global del

entorno de la empresa y la aplicación de la normativa relacionada.

MODULO VI

CONCLUSIÓN

Ser capaz de tomar dediciones de gestión financiera sobre una base de una visión integral de la

empresa y de acuerdo a las últimas tendencias financieras.

RECOMENDACIÓN

Estudiar los aspectos teóricos y prácticos de los temas más importantes en finanzas corporativas.

MODULO VII

CONCLUSIÓN

La importancia que se debe tener en cuenta una empresa dentro el sector formal y legal de nuestro

país, cumpliendo las disposiciones legales establecidas.

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RECOMENDACIÓN. Indagar en que las entidades o instituciones se deben registrar a la empresa,

cumpliendo todos los requisitos exigidos para lograr una licencia de funcionamiento y permiso de

autorización correspondiente.

REFLEXION.

El diplomado en gestión Contable Tributaria y Financiera, me ayudado a actualizarme en las áreas

de contabilidad, administración tributaria, contextos normativos; ya que dentro el ámbito de la

práctica profesional de la economía y las fianzas estas juegan un papel importante. Por otro lado las

clases de algunos docentes eran didácticas lo cual ayudaba a profundizar el conocimiento.

Page 96: NOMBRE: Zulma Villca Coria

BIBLIOGRAFIA

LIBROS

Normas de Contabilidad Emitidas por el Colegio de Auditores.

Normas Internacionales de Contabilidad emitidas por AISB.

MENDIZABAL VEGA VICTOR HUGO 2013 “Contabilidad Financiera Preparación

Estados Financieros Base PCGA – Base NIF.

Normas Internacionales de información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas.

DOCUMENTOS

CONSEJO Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (2010), “N.I.F”.

CONSEJO Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad (09/2010), “Normas

Auditoria”

TEXTO Ordenado de la Ley 843 (20/05/95) y los D.S. Reglamentos.

Código Tributario Boliviano Ley 2492 (2003) y sus Reglamentos.

“Finanzas de Empresas” 4tª. Ed. Gonzalo Garay A. Henry Rivera M. Ed. Quipus -

Bolivia 2009.

“Fundamentos de Administración Financiera” 12va. Edición Stanley B. Block &

Geoffrey A. Hirt Ed. McGrawHill, México 2008

“Análisis para la Direc. Financiera” 7ª. Ed.Robert c. Higgins Ed. McGraw Hill, Madrid

2004

“Dirección Financiera Planificación, Gestión y Control” Luis T.Díez de Castro - Joaquín

López Pascual Ed. Prentice Hall, España 2001

PAGINAS WEB

www.ifoc.com.

www.impuestos.gov.bo

www.aduana.gov.bo

www.economiayfinanzas.gob.bo

www.ait.gob.bo

www.mintrabajo.gob.bo