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ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005 Clave Presupuestaria: IZC Nombre: Colegio de Postgraduados 1 INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006 FORMATO 1 A. Presentación 1) Marco Legal Decreto para realizar la entrega-recepción del Informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión, expedido por el Titular del Ejecutivo Federal y publicado en el diario Oficial de la Federación del 14 de Septiembre del 2005. Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, expedido por el Titular del Ejecutivo Federal, y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de Septiembre de 2005 Acuerdo que establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo, o comisión, para la Rendición del Informe de los Asuntos a su cargo y realizar la entrega-recepción de los recursos asignados, expedido por el Titular de la Secretaría de la Función Pública, y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de Octubre del 2005. Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, así como para la elaboración e integración de Libros Blancos, emitido por el Titular de la Secretaria de la Función Pública, y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de Octubre de 2005. 2) Misión, Visión y Objetivos Estratégicos Misión El Colegio de Postgraduados es una institución educativa que genera, difunde y aplica conocimiento para el manejo sustentable de los recursos naturales, la producción de alimentos nutritivos e inocuos, y el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad. Visión

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

A. Presentación

1) Marco Legal Decreto para realizar la entrega-recepción del Informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión, expedido por el Titular del Ejecutivo Federal y publicado en el diario Oficial de la Federación del 14 de Septiembre del 2005. Acuerdo para la Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, expedido por el Titular del Ejecutivo Federal, y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de Septiembre de 2005 Acuerdo que establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo, o comisión, para la Rendición del Informe de los Asuntos a su cargo y realizar la entrega-recepción de los recursos asignados, expedido por el Titular de la Secretaría de la Función Pública, y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de Octubre del 2005. Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, así como para la elaboración e integración de Libros Blancos, emitido por el Titular de la Secretaria de la Función Pública, y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de Octubre de 2005.

2) Misión, Visión y Objetivos Estratégicos Misión El Colegio de Postgraduados es una institución educativa que genera, difunde y aplica conocimiento para el manejo sustentable de los recursos naturales, la producción de alimentos nutritivos e inocuos, y el mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad. Visión

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El Colegio de Postgraduados es una comunidad comprometida con la sociedad que fomenta el desarrollo personal, la creatividad académica y la generación de conocimiento colectivo para trascender al existente, a las ideologías y a la estructura disciplinaria. Reafirma los valores de la sociedad cultivando y enriqueciendo la mente y el espíritu de los individuos. Sus modelos educativos y organizacionales están actualizados y en superación permanente. Sus estudiantes, profesores, ex alumnos y personal de apoyo buscan esos objetivos en un contexto de libertad con responsabilidad. Impulsa la iniciativa, la integridad y la excelencia académica en un ambiente de humanismo, honradez, trabajo creativo y civilidad. Sus hallazgos como Centro Público de Investigación están al servicio de la sociedad. Objetivos Estratégicos Objetivo estratégico 1 Educar y formar personas creativas, innovadoras y con sentido humanista que atiendan las necesidades agroalimentarias de la sociedad en un contexto de desarrollo sustentable. La enseñanza que ofrece la institución fomenta el desarrollo personal y la creatividad académica cultivando y enriqueciendo la mente y el espíritu de los individuos en un contexto humanista y de libertad con responsabilidad. Es formadora no sólo de científicos y técnicos capaces, sino también de profesionales innovadores y promotores del cambio en los ámbitos científico, económico y social, que aprenden a generar conocimiento a través de la investigación y se vinculan con los actores sociales. Para ello el Colegio desarrolla modelos educativos actualizados y en superación permanente que favorecen la integración del conocimiento colectivo orientado al manejo sustentable de los recursos naturales y a la producción de alimentos nutritivos e inocuos. Objetivo estratégico 2 Realizar investigación generadora de conocimiento pertinente para el manejo sustentable de los recursos naturales y la producción de alimentos nutritivos e inocuos y de otros bienes y servicios. El Colegio de Postgraduados es una institución en constante evolución que de manera multidisciplinaria genera conocimiento articulado con la práctica de la docencia y la vinculación. Está orientado al manejo sustentable de los recursos naturales y a la producción de alimentos nutritivos e inocuos y de otros bienes y servicios para contribuir al bienestar de la sociedad, a la seguridad alimentaria, a la independencia tecnológica, a mejorar la rentabilidad en las cadenas productivas, a la calidad ambiental y a la preservación de la diversidad cultural. Además, que dicho conocimiento contribuya a la definición de políticas agrícolas.

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Objetivo estratégico 3 Mejorar la calidad de vida de la sociedad y retroalimentar las actividades académicas a través de la vinculación El Colegio de Postgraduados considera a la vinculación como un elemento fundamental que retroalimenta los procesos educativos y de investigación, y pone al servicio de la sociedad el conocimiento que genera para mejorar su calidad de vida. La vinculación forma parte de la currícula y tiene un seguimiento riguroso; para tal fin en el área de estudio de sus campus existen lugares geográficos, denominados puntos de vinculación, en los que en forma integral se estudian problemas relacionados con las cadenas productivas y se proponen e implementan soluciones conjuntamente con sus habitantes. Objetivo estratégico 4 Contar con procesos administrativos certificados que apoyen en forma eficaz y eficiente a las actividades sustantivas de la institución. El Colegio de Postgraduados debe contar con una estructura administrativa moderna, ágil y en superación permanente mediante procesos certificables, que coadyuve a mejorar los estándares de calidad de las actividades sustantivas de la institución, y garantice servicios de calidad a sus estudiantes, profesores y usuarios en general.

3) Objetivos y Actividades Institucionales Objetivos institucionales y su vinculación con el Plan Nacional de Desarrollo Mediante la ejecución de los objetivos estratégicos del Colegio de Postgraduados se contribuye al logro del Plan Nacional de Desarrollo en estos aspectos: 1. Desarrollo social y humano mediante acciones para:

a. Mejorar los niveles de educación, a través de la promoción de actividades científicas y tecnológicas que se orienten en mayor medida a atender las necesidades básicas de la sociedad (Objetivo Estratégico 2);

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b. Impulso a la educación para el desarrollo de las capacidades personales y de iniciativa individual y colectiva, mediante el fortalecimiento de la investigación científica y la innovación tecnológica para apoyar el desarrollo de los recursos humanos de alta calificación (Objetivo Estratégico 1) y el incremento en la apropiación de conocimientos facilitando el acceso a nuevas tecnologías, en particular en el área de la agroindustria (Objetivo Estratégico 3); y

c. Ampliación de la capacidad de respuesta gubernamental para fomentar la confianza ciudadana en las instituciones ya que se impulsa el federalismo educativo,

la gestión institucional y la participación social en la educación (Objetivo Estratégico 4). 2. Crecimiento con calidad a través de estrategias que:

a. Eleven y extiendan la competitividad del país al formar líderes con una nueva cultura empresarial (Objetivo Estratégico 1) y consolidar e impulsar el marco

institucional para simplificar la carga administrativa de la institución (Objetivo Estratégico 4); b. Aseguren el desarrollo incluyente al promover el desarrollo rural y el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de las familias de este sector mediante

el apoyo a la inversión, la integración de cadenas productivas, el desarrollo de nuevas capacidades y la transferencia de tecnologías (Objetivo Estratégico 3); y c. Creen condiciones para un desarrollo sustentable al fortalecer la investigación científica, la innovación tecnológica y la adopción de procesos productivos y

tecnologías limpias (Objetivo Estratégico 2). 3. Orden y respeto al buscar que:

a. Se contribuya a que las relaciones políticas ocurran en el marco de una nueva gobernabilidad democrática mediante una transformación institucional que

permita representar y servir eficazmente a los valores políticos, las aspiraciones históricas, los fines y los intereses vitales del pueblo mexicano (Objetivo Estratégico 2) y la promoción de condiciones que alienten y favorezcan una participación ciudadana intensa, responsable, comprometida, informada y crítica en torno a asuntos de interés público que de lugar a un gobierno de y para los ciudadanos (Objetivo Estratégico 1);

b. Se construya una relación de colaboración responsable, equilibrada y productiva entre los poderes de la Unión y avanzar hacia un autentico federalismo

educativo, de gestión institucional y de participación social en la educación (Objetivo Estratégico 3); y

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c. Se abatan los niveles de corrupción en el país y se de absoluta transparencia de gestión y desempeño de la administración pública federal al administrar con pertinencia y calidad el patrimonio inmobiliario de la institución (Objetivo Estratégico 4). Por lo que respecta al Programa Sectorial de la SAGARPA, se coadyuva al logro de los siguientes objetivos: 1) El apoyo a la infraestructura y capacitación del productor para obtener alimentos totalmente sanos (Objetivos Estratégicos 1 y 3) 2) El logro de altos índices de productividad mediante tecnologías avanzadas (Objetivo Estratégico 2) 3) El buen gobierno (Objetivo Estratégico 4)

Dado que la investigación es el eje central para ofrecer una educación de postgrado de excelencia y pertinencia para la sociedad, así como para generar conocimiento y tecnología que contribuya a la solución de problemas del sector y al mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad, el plan rector de investigación será el punto de partida para la implementación del plan estratégico de la institución. El plan rector de investigación es elaborado atendiendo grandes problemas y oportunidades del sector rural con un enfoque interdisciplinario, para optimizar recursos y asegurar que las tareas institucionales tengan el mayor impacto para beneficio de la sociedad. Algunos de esos problemas y oportunidades están relacionados con la atención a las cadenas productivas y agregación de valor en granos básicos, oleaginosas, cultivos industriales, hortalizas y frutas, ornamentales, cárnicos, lácteos, y productos forestales, así como al desarrollo de la agroindustria y sistemas de producción agrícola y manejo de recursos naturales en las diferentes regiones ecológicas del país. No menos importante en la integración del plan rector serán los aspectos de diversidad cultural, pobreza extrema, equidad de género, agricultura tradicional, orgánica y periurbana, inocuidad alimentaria, normatividad, y desarrollo territorial. Para garantizar el cumplimiento de la misión institucional y el éxito del plan estratégico propuesto, se debe mejorar la vinculación con otras instituciones, con el sector productivo y con la sociedad en general. Esto demanda una agrupación orgánica en áreas del conocimiento que faciliten la investigación con enfoque interdisciplinario necesario para abordar problemas complejos. Se tomó la decisión de considerar la agrupación orgánica de las áreas del conocimiento en: • Ciencia Vegetal • Ciencia Animal • Ciencia de Alimentos e Ingeniería • Ciencia Ambiental • Ciencia Social

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Cada área del conocimiento agrupa expertos en las disciplinas afines que le son relevantes, quienes a través de la investigación generan el conocimiento necesario para desarrollar los procesos de enseñanza y vinculación que lo transforma en productos útiles a la sociedad. Las áreas, su funcionamiento, y las disciplinas que las integran, serán definidos por el Consejo General Académico con la amplia participación de la comunidad académica una vez que la nueva estructura institucional sea aprobada. El grupo de expertos realiza investigación pertinente como la fuente de conocimiento y talento para educar y formar personas creativas e innovadoras que atiendan las necesidades agroalimentarias de la sociedad en un contexto de desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida de la sociedad. La actividad de los expertos en estas áreas de conocimiento, sustenta la vinculación institucional y permite la oferta de productos y servicios, al mismo tiempo que retroalimenta las actividades académicas. Ciencia Vegetal Agrupa expertos en las áreas del conocimiento sobre las plantas como la base del desarrollo de la agricultura, incluye temas como los alimentos nutritivos, las cadenas de producción de cultivos de manera sustentable, la identificación y protección de los recursos genéticos vegetales del país, y el uso responsable de la genómica. Se incluyen en este grupo las investigaciones en fitosanidad para comprender las interacciones entre plantas, plagas y enfermedades. Como temas de desarrollo importantes se encuentra la caracterización de genes y el desarrollo de plantas con valor agregado; el mejoramiento genético y la protección de la biodiversidad, en especial el entendimiento de la interacción entre las poblaciones de plantas y los esquemas empíricos de los productores; la formulación de nuevos agroecosistemas que incorporen los avances de la fisiología vegetal y los conceptos de cadenas productivas en un contexto de sustentabilidad. Este enfoque integral permitirá el uso óptimo de los recursos humanos, energéticos y de insumos, que conforman la cadena productiva desde el consumidor hasta la producción de origen. Ciencia Animal Reúne expertos en temas de producción animal, acuacultura, apicultura y fauna silvestre. Los campos de investigación comprenden el entendimiento de las funciones biológicas de los animales, la calidad e inocuidad de la cadena alimenticia y de sus productos, y la innovación de productos con respecto a la salud animal y sistemas de producción sustentables y seguridad alimentaria.

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Este grupo tiene fortalezas en las disciplinas de genética animal, nutrición, etiología, sistemas de producción, cadenas de abasto de forrajes y concentrados. Se da especial importancia a las alianzas con expertos en temas relacionados con la sanidad animal, así como con especialistas en filosofía, ética, economía y ciencias políticas, por las preocupaciones de la sociedad sobre los derechos de los animales como seres vivos. Los campos emergentes en esta ciencia incluyen tópicos sobre cadenas de alimentos de origen animal nutritivos e inocuos y otros bienes y servicios guiados por los consumidores, sistemas de producción sustentable, desarrollos farmacéuticos y biomédicos para la salud humana y animal, y la función social de la fauna y los animales domésticos. Se debe invertir en el desarrollo de conocimientos sobre la genómica animal. Ciencia de alimentos e ingeniería Aglutina a expertos en los temas de agricultura de precisión para la producción y distribución de productos agrícolas y en la generación de valor agregado a los alimentos. Incluye los aspectos de la ingeniería agrícola, en especial el riego, el drenaje, la producción en ambientes controlados, el control de calidad mediante sistemas estadísticos y el desarrollo de programas de cómputo de apoyo. Las preocupaciones sociales alrededor del uso sustentable de los insumos y las prácticas agrícolas requerirán del desarrollo de agrosistemas productivos que contribuyan a la fijación de carbono y al control del calentamiento global, mediante tecnologías para reciclar, ahorrar energía, reducir el volumen de los bienes transportados y reemplazar los agroquímicos con materiales naturales Por ser un área reciente en la institución, los aspectos de tecnología de alimentos y de redes de valor en los procesos de distribución, empacado, preservación de productos frescos y vida de anaquel requerirán de una inversión fuerte de recursos humanos e infraestructura. Las áreas que serán cada día mas relevantes incluyen: alimentos funcionales, nutritivos, inocuos y de calidad; sistemas agrosilvopastoriles que maximicen el reciclado y el ciclo natural de nutrientes y agua; logística de las cadenas agroalimentarias; y utilización de plantas como fuentes de energía y biorremediación. Ciencia ambiental Este grupo de expertos se enfoca a la preservación y mejoramiento de la calidad ambiental, atendiendo las preocupaciones sociales sobre el ambiente: deforestación, uso múltiple de los recursos naturales, biodiversidad, cambio climático, y cultura del agua. Contribuye a la formulación de agrosistemas sustentables y a la solución de la migración campesina. Las líneas de investigación relevantes incluyen el manejo de ecosistemas, suelos, agua, y atmósfera; el inventario de los recursos naturales y el uso de los sistemas de información geográfica.

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Las interacciones de este grupo con las áreas de ciencias sociales y de las humanidades permitirán encontrar soluciones al manejo espacial de los territorios rurales alrededor del concepto de la multifuncionalidad sustentable de los mismos. Como áreas que requieren de atención prioritaria se encuentra la multifuncionalidad del espacio rural; la agroclimatología; el manejo del suelo, bosque y agua; los servicios ambientales; la arquitectura del paisaje y el modelado de los procesos naturales. Ciencia social Comprende la dimensión socioeconómica de los espacios rurales y sus interacciones con las ciudades. Es un área compleja del conocimiento por las múltiples dimensiones (ecológicas, económicas y socioculturales) que debe conciliar para lograr el concepto de uso sustentable y traspaso generacional. Se enfoca en forma particular al estudio de los procesos sociales y de los problemas del abasto y soberanía alimentarios. Los temas focales en estas áreas tratan de comprender las causas, progresos y resultados de las acciones que ha impulsado el estado en el marco de la globalización. Se desea influir en el desarrollo de sistemas de producción con responsabilidad social que protejan las culturas indígenas y campesinas existentes en México y sus formas de tenencia de la tierra de los impactos de la privatización de los servicios estatales y del necesario surgimiento de una cultura empresarial competitiva. El reconocimiento al papel que la mujer juega en estos cambios es un tema de conocimiento que debe profundizarse. Como líneas que necesitan reforzarse se encuentra el estudio de los actores e instituciones y la manera en que su actitud, procesos de toma de decisión y conducta influyen en la definición de políticas públicas y en el papel de las leyes y apoyos gubernamentales. Una línea que amerita un esfuerzo especial es la referente al comportamiento y desarrollo de agronegocios, mercados y redes de valor regionales. La base de todos estos procesos sociales es la educación en el medio rural, un área de consolidación será la línea de investigación en procesos educativos en el medio rural. Como temas de relevancia social se encuentran las líneas de empresas sociales, estudios de consumidores, procesos de integración y modernización campesina, gobernabilidad y legislación en el área rural, y el manejo de contingencias climáticas. Estructura Institucional A efecto de llevar a la práctica esta propuesta institucional se requiere de la reorganización de sus procesos y de una nueva estructura. De hecho, como consecuencia de la conversión del Colegio de Postgraduados a Centro Público de Investigación, se suscribió un Convenio de Desempeño en el marco de la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica (LEFICyT), con el que se compromete a:

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• Fortalecer y hacer efectiva en la práctica la autonomía técnica, operativa y administrativa. • Mejorar las actividades, alcanzar mayores metas y objetivos, establecer líneas de acción y estrategias para lograr mejores resultados conforme a programas que se

aprueban y vinculan al Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, y en específico, a su programa especial de ciencia y tecnología. • Adoptar las decisiones necesarias para hacer que la operación se base en una administración por resultados y para que la evaluación y control de su gestión se

lleven a cabo en los mismos términos, distinguiendo claramente las cuestiones financieras y administrativas, de las sustantivas. • Establecer compromisos de resultados, con base en criterios e indicadores de desempeño sustantivo de acuerdo a las finalidades para las cuales fue creado, y a

través de los lineamientos de política emitidos, por la SAGARPA, para la programación de mediano plazo y el programa anual de trabajo. • Establecer medidas concretas de flexibilidad presupuestaria, para promover un ejercicio mas eficiente y eficaz del presupuesto, a fin de que se favorezca el

cumplimiento de los objetivos y líneas de acción de la Institución en el corto y largo plazos. Como parte de estos compromisos, se realizaron estudios del funcionamiento de la institución y de los distintos procesos que realiza para respaldar sus operaciones, identificando una serie de áreas de oportunidad. A partir de las áreas fundamentales enunciadas en la nueva Misión: educación, investigación y vinculación, así como la necesaria función de administración y aplicando el principio de eliminar toda actividad que no agrega valor a los productos institucionales, se propone una organización que divide las funciones en un Corporativo a nivel central encargado de la normatividad, tanto para los aspectos académicos como administrativos y unidades operativas a nivel de Campus (Montecillo se constituiría en Campus). Esta propuesta planteó la creación, entre otras estructuras, de la Secretaría Académica, con una Dirección de Enseñanza; una Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico; y una Dirección de Vinculación; la Secretaría de Planeación y Desarrollo Institucional, con las áreas de Plan Rector de Investigación, Enlace Regional e Informática; una Secretaría Administrativa con las áreas de Adquisiciones, Finanzas, y Recursos Humanos, en las que se harían todas las funciones administrativas, y un área Jurídica, como un enlace para contratación externa de todos los servicios jurídicos que requiere la institución. Lista de Actividades Institucionales

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Posicionamiento del Colegio de Postgraduados La situación económica, política y social del sector rural nacional plantea retos que es necesario superar mediante acciones coordinadas de las instituciones de investigación, enseñanza y servicio, a las que el Colegio de Postgraduados puede contribuir con base en sus capacidades y potencial en la formación de recursos humanos del más alto nivel, en la generación y difusión de conocimientos y de tecnologías aplicables. Ante esta situación se requiere de una política agropecuaria que deje de considerar al sector primario, como ha sido hasta ahora, fuente de financiamiento del desarrollo industrial y de servicios del país vía precios bajos de materias primas y de mano de obra barata para los sectores secundarios y terciarios de la economía. Es necesario asignar recursos para crear infraestructura y promover el incremento de la productividad y a través de la adecuada transferencia tecnológica y adición de valor agregado a los productos, mediante su procesamiento. El estado debe además impedir la competencia desleal de sus socios comerciales para evitar distorsiones en el mercado interno. El papel del Colegio de Postgraduados ante los retos y oportunidades del Sector Para alcanzar las metas de excelencia académica y dar respuesta apropiada a los retos que presenta el diseño e implementación de estrategias para el desarrollo sustentable del sector rural, el Colegio de Postgraduados requerirá de un apoyo substancial de las instituciones e instancias públicas del sector que le permita desarrollar su potencial académico en toda su capacidad, así como mejorar su estructura y organización interna. Además, las entidades del Sector deberán estar coordinadas en función de una política agrícola bien diseñada e implementada, con una división del trabajo interinstitucional clara, oportuna y comprometida. Satisfechas tales condiciones, el Colegio de Postgraduados deberá intensificar su contribución al desarrollo científico y tecnológico del país, incluyendo, entre otras, las siguientes oportunidades:

1. Responder a las necesidades del país, formando recursos humanos al más alto nivel de preparación científica y técnica para afrontar los grandes problemas del agro así como el aprovechamiento de las oportunidades, del sector público, privado o social.

2. Estudiar la diversidad genética de la flora y fauna nativas, de los factores que determinan su distribución geográfica y su evolución bajo domesticación,

considerando el gran componente cultural de las comunidades rurales. Este conocimiento es indispensable para la valoración de la riqueza y del potencial de uso de los recursos genéticos de nuestro país.

3. Continuar generando modelos para el aprovechamiento de los recursos genéticos con base en el conocimiento de su diversidad.

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4. Generar conocimiento sobre la diversidad y dinámica de poblaciones de la fauna de artrópodos y microorganismos y de sus diversas interacciones, causantes de pérdidas en las actividades agrícolas, forestales y pecuarias (campo y almacén). Con base en este conocimiento, generar modelos tecnológicos para evitar o reducir esas pérdidas, sin deterioro del ambiente y asegurando la inocuidad de los productos. Con estos mismos principios, se requiere también dar atención a la fauna y microflora benéfica que ayude a potenciar y aprovechar la capacidad productiva de los sistemas.

5. Generar conocimiento sobre la naturaleza y dinámica de los suelos de México, que sea la base para construir modelos tecnológicos que involucren el manejo del

suelo, del agua, la flora y la fauna, para su aprovechamiento y conservación, potenciando la productividad.

6. Generar conocimiento sobre las fuentes de agua de México y su dinámica, para construir modelos de manejo y conservación para el fortalecimiento de los sistemas agrícolas, forestales y pecuarios en riego y temporal.

7. Estudiar el impacto económico de los componentes de las cadenas productivas (desde la producción hasta el consumidor final), para proponer diseños de

políticas que permitan que todos los elementos de la cadena reciban un beneficio justo, así mismo que la operación de la cadena productiva sea fluida en las actividades de los sistemas agrícolas, forestales y pecuarios. Un componente importante de las cadenas productivas es la transformación industrial de los productos primarios con el fin de imprimirles valor agregado.

8. Estudiar el comportamiento y organización de los grupos humanos en el medio rural involucrados en las cadenas productivas, con el fin de diseñar políticas y

estrategias para hacer disponibles los avances de la tecnología a los productores, considerando la diversidad étnica-cultural y socioeconómica para el desarrollo sustentable del campo.

9. Generar conocimiento sobre estructura y análisis matemático y estadístico de la información en los sistemas agrícolas, forestales y pecuarios que apoye al

estudio sistematizado de los fenómenos biológicos, ambientales, económicos y sociales. Con esta base, diseñar e implementar metodologías de captación de información y su análisis que son necesarias para la toma de decisiones en investigación agronómica, económica y social.

10. Construir modelos de integración de tecnología para elevar la capacidad productiva de los sistemas de producción que contemplen el mejoramiento de los

recursos genéticos de las plantas cultivadas así como la optimización del ambiente de producción, con base en la generación de conocimiento y la tecnología modelo.

11. Integrar conocimiento acerca del contexto (condiciones ecológicas, sociales, culturales y económicas), con las estrategias y los modelos de tecnología, para

hacer posible el desarrollo sustentable de regiones y localidades específicas del país, tanto en lo relativo a las actividades del campo como las del manejo postcosecha y transformación industrial.

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12. Desarrollar conocimiento y tecnología sobre manejo postcosecha y transformación agroindustrial. Las pérdidas debidas al manejo deficiente de las cosechas, ocasionadas por la insuficiente infraestructura de almacenamiento, así como por la carencia de procesos industriales para la transformación de productos primarios, podrían evitarse con la generación de tecnología de almacenamiento y de procesos artesanales e industriales de transformación que les dé un valor agregado a los productos y un beneficio adicional a los productores. Esta es un área con una escasa atención en México.

Algunas aportaciones del Colegio de Postgraduados El Colegio de Postgraduados a través del proceso continuo de enseñanza-investigación ha generado conocimiento orientado hacia el entendimiento y la búsqueda de soluciones a la problemática agrícola y social del país, que de manera integrada ha permitido el fortalecimiento de áreas tradicionales y nuevas del quehacer científico. El Colegio de Postgraduados como institución pionera del postgrado agrícola en México y América Latina, ha graduado al mayor número de maestros y doctores en ciencias agrícolas en México (más de 4350) y ha sido la base para el establecimiento y fortalecimiento de instituciones de educación agrícola superior y de postgrado. También, ha apoyado a la profesionalización de la administración pública y al fortalecimiento de instituciones de investigación y de empresas del sector privado a través de sus egresados. El Colegio de Postgraduados ha sido pionero en la fundación de programas de postgrado en ciencias agrícolas, que han servido de modelo a otras instituciones nacionales y de Latinoamérica: Genética (1959), Suelos (1959), Fitopatología (1959), Entomología (1959), Botánica (1963, hasta el momento, único en México), Estadística y Cálculo (1964), Economía Agrícola (1964), Riego y Drenaje (1968), Forestal (1974), Ganadería (1978) y Estudios del Desarrollo Rural (1980), Fisiología Vegetal (1990) y los postgrados en Agricultura Tropical en Veracruz y Tabasco (únicos en México), principalmente. Su modelo de educación, basado en el continuo investigación-enseñanza-vinculación, ha sido adoptado por otras instituciones nacionales y de otros países de América Latina y África. El Colegio de Postgraduados ha generado materiales de consulta y textos en la mayoría de las disciplinas básicas en la que realiza enseñanza e investigación que son elementos fundamentales en la formación de los estudiantes de postgrado y fuentes de consulta a nivel nacional e internacional a través de su publicación en diferentes revistas científicas, boletines, manuales, libros, folletos y otras fuentes de divulgación. El Colegio imparte aproximadamente 320 cursos de postgrado, y ha ampliado sus actividades de enseñanza a un número considerable de maestrías tecnológicas, especializaciones, diplomados y cursos de capacitación, entre los que se encuentran tópicos como Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Inocuidad Alimentaria, Plagas Urbanas, Agronegocios, Franquicias Agroindustriales, Liderazgo Empresarial, Agroecología, Sistemas de Información Geográfica, Conservación y Manejo Sustentable de Bosques, Manejo Integrado del Aguacate, y Métodos en Biología Molecular, entre otros. También se ha iniciado el servicio de una Clínica Fitosanitaria para el diagnóstico de problemas de interés regional o nacional, incluyendo los de importancia cuarentenaria. Esta oferta educativa y de servicios ha sido construida con base

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en los programas de maestría y doctorado en ciencias, en el continuo de enseñanza-investigación-vinculación que tiene el Colegio de Postgraduados y que han merecido el reconocimiento de excelencia nacional e internacional por parte del CONACyT. La Etnobotánica, disciplina científica desarrollada e impulsada en el CP, imprimió un giro a la Botánica Económica, al revalorar los sistemas agrícolas tradicionales, donde el manejo de los cultivos y de otras plantas útiles se da en función del conocimiento de las plantas y de las condiciones ecológicas que los productores tradicionales han acumulado por siglos de manera empírica. La mayor atención al rescate del conocimiento y tecnología tradicionales de las culturas autóctonas y mestizas ha sido una de las contribuciones cualitativas de los estudios etnobotánicos. Aun cuando se han logrado avances sustanciales, queda mucho por explorar, dadas la múltiple riqueza florística y faunística, y las complejas relaciones entre los diferentes grupos humanos y su medio, las que se dan en tiempo y espacio. Por ello, se estudian también las relaciones entre la agricultura y los conocimientos astronómicos prehispánicos. En el Colegio de Postgraduados se han desarrollado estudios de diversidad genética en especies agrícolas, forestales, animales y microorganismos, que han permitido conocer de mejor manera la riqueza biótica del país. También se ha demostrado que es posible ampliar la diversidad mediante la recombinación y la aplicación de la mutagénesis. Este conocimiento es la base para una mejor planificación de la investigación sobre la conservación y aprovechamiento de nuestros recursos genéticos, así como para el diseño de nuevos modelos para el aprovechamiento óptimo de la variación genética. En este proceso se han integrado colecciones importantes en bancos de germoplasma de maíz, frijol, chile, calabaza y coníferas; se tienen colecciones de insectos y de pastos y otras plantas útiles, concentradas en un herbario con 20 000 ejemplares. En el Colegio de Postgraduados se ha desarrollado investigación que ha permitido conocer los patrones de diversidad genética regional en función de factores ecológicos y culturales. En cada tipo de variante regional existe una estructura con variación genética entre y dentro de estratos. La detección de individuos, poblaciones, o combinaciones de éstos, con la mejor expresión del carácter de interés ha permitido construir modelos experimentales con los cuales se demuestra que los maíces nativos pueden elevar su producción en más del 25% en un lapso de 5 años, conservando la naturaleza y variación de la población nativa. Este esquema es aplicable a la diversidad genética nativa de plantas y animales.

La Fitosanidad se responsabiliza de generar conocimiento sobre enfermedades y plagas agrícolas y su manejo, para asegurar la inocuidad alimentaria en las cadenas de producción y la sustentabilidad económica y ecológica de los agrosistemas. Entre los proyectos de investigación en marcha, destacan por su impacto los relativos a la fitosanidad forestal, manejo integrado de aguacate, mango y papaya; resistencia horizontal en frijol a problemas fitosanitarios; control de bajo impacto ecológico contra mosquitos; control de plagas con bioinsecticidas, insecticidas naturales y compuestos inocuos; producción de pigmento de grana cochinilla; control del ácaro Varroa y de la africanización de la abeja melífera; y certificación fitosanitaria en diversas hortalizas. Algunos productos derivados de la investigación están madurando en su etapa de producción comercial, como la feromona de agregación para la captura del mayate prieto del cocotero, mezclas insecticidas para proteger el maíz y frijol en campo y almacén familiar, que son inocuas para el consumidor, y cepas de bacilos entomopatógenos.

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Se han hecho importantes contribuciones acerca del origen y clasificación de los suelos de México, que considerando el conocimiento tradicional campesino se han traducido en una clasificación Etnoedafológica. Se han realizado múltiples estudios sobre la erosión y el diseño para el manejo de cuencas, lo que ha permitido el desarrollo de tecnologías para la captación de agua de uso agrícola y urbano, y para prevenir su erosión. Se han generado conocimientos y tecnologías para el manejo de la fertilidad y se han desarrollado sustratos a partir de desechos agrícolas e industriales para la producción de plantas en vivero e invernadero, y contribuciones importantes sobre la manipulación de mecanismos biológicos como la simbiosis planta-microorganismo, para la fijación de nitrógeno atmosférico y fósforo. Se cuenta además con una colección de cepas de microorganismos de uso agrícola, considerada la más importante de México. Se han desarrollado también modelos de labranza mínima y de conservación y métodos de nutrición de cultivos; sistemas de producción intensiva; técnicas de remediación de suelos contaminados con metales pesados y de biorremediación de suelos contaminados con hidrocarburos (petróleo). Se han realizado estudios relacionados con el manejo del agua, tales como sistemas de control automatizado para la aplicación del riego; ingeniería de drenaje en zonas áridas para combatir el ensalitramiento de las tierras de riego y el drenaje en zonas húmedas; impacto ecológico del riego para controlar la contaminación de las aguas subterráneas y superficiales con agroquímicos; manejo de los recursos hidráulicos para la optimización del volumen de agua en las presas y recomendaciones apropiadas para el plan de cultivos; automatización de la operación de canales de riego con el fin de tener flexibilidad en la disponibilidad del agua en el momento en que los cultivos lo requieren; elaboración de reglamentos para operar los distritos de riego; estudios de acuíferos de las cuencas sobreexplotadas en distritos de riego por bombeo del noroeste y parte central de México, entre otros.

Se han realizado investigaciones sistemáticas en diversas instituciones y estados de la República, para identificar, describir y explicar los principales problemas que enfrenta el personal que se encarga de la operatividad de las estrategias para el desarrollo agrícola. Entre los problemas detectados se citan los siguientes: a) la capacidad del personal técnico y profesional no es aprovechada, debido a limitaciones en la organización e ineficacia entre las habilidades del personal y las estructuras institucionales; b) resistencias al cambio producidas por incongruencias entre políticas de desarrollo y recursos para implementarlas, desconocimiento de los problemas económicos del país e ignorancia para responder a los requerimientos de los procesos modernizadores; y c) desconocimiento de estrategias de desarrollo y cambio institucional, lo cual provoca acciones poco asertivas, falta de claridad en los paradigmas del cambio que se promueve, contradicciones, desorden y confusión en la implementación del mismo. El Colegio de Postgraduados fue pionero en el estudio de Género: Mujer Rural en México. Desde 1976 se han desarrollado estudios al respecto, con una visión interdisciplinaria, tanto en aspectos sociales como naturales, lo que ha posibilitado conocer las diversas problemáticas del medio rural (migración, derechos de propiedad, autosuficiencia alimentaria, conservación y uso de recursos naturales, y agricultura de exportación) y desarrollar acciones orientadas hacia la satisfacción de las necesidades prácticas y estratégicas de género.

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Se ha establecido una línea de investigación única en México, denominada Organización Social y Riego, en la que se aborda desde el punto de vista teórico, metodológico y práctico, el problema de la falta de organización de los usuarios para el manejo integral de los sistemas de riego, lo cual ha contribuido a plantear nuevas orientaciones en las políticas del Estado para el manejo de los Distritos y Unidades de Riego. Por otra parte, el Colegio de Postgraduados tiene entre sus logros haber sido pionero en el desarrollo de la Estadística y de la Computación en México. Los egresados del Colegio de Postgraduados en estas dos disciplinas han contribuido a crear o fortalecer institutos en los que se estudian esos temas, tanto en todo el país como en algunas naciones de América Latina, por ejemplo en Colombia, Nicaragua y Perú. Se tiene reconocimiento nacional e internacional a los aportes de profesores investigadores del Colegio en las áreas de muestreo, diseño de experimentos, metodología estadística y estadística aplicada.

El Programa de Economía fue pionero del Postgrado en Economía Agrícola en México. En sus inicios capacitó al personal de FIRA en Crédito Agrícola, Mercados Agrícolas y Evaluación de Proyectos. Ha generado conocimiento sobre Economía de la Producción Agrícola, asignación óptima de recursos en la agricultura metodología para estimar la recuperación del costo de capital en obras de infraestructura hidroagrícola en México, metodología para la Evaluación Nacional de programas de desarrollo agropecuario, política de precios de garantía, rentabilidad, competitividad, ventaja comparativa y efectos de la política económica y bases para la estrategia para la conversión de la agricultura mexicana ante los efectos del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, efecto de los macro precios sobre la agricultura, efectos de las importaciones sobre el mercado interno, evaluación de proyectos de inversión, prácticas desleales de comercio de EEUU contra México, en “dumping” con un trabajo realizado por el programa, México ganó a EEUU la demanda interpuesta por este país, ahorrando a México 200 millones de dólares anuales. También se tienen aportes en migración de trabajadores mexicanos a EEUU y sobre eficiencia de los sistemas de comercialización. En 2003 el programa llevó a cabo el análisis de la cadena del limón mexicano.

El Campus SLP vincula de manera directa las actividades sustantivas de la Institución con los habitantes de las zonas áridas y semiáridas para contribuir al desarrollo agrícola y pecuario de estas regiones. Para ello ha realizado un diagnóstico de la erosión eólica en las zonas áridas y semiáridas de México y llevado a cabo proyectos sobre explotación alternativa de nopal para la producción de grana cochinilla, diseño y construcción de equipo agrícola especializado en la captación del agua del lluvia, labranza de conservación, diseño de sistemas para el manejo de escurrimientos superficiales, producción de hortalizas mediante técnicas hidropónicas, propagación y producción de plantas mediante cultivos de tejidos, sanidad y nutrición animal, mejoramiento de la producción forrajera de pastizales, identificación, colecta y propagación de pastos nativos, manejo de hatos caprinos y ovinos, tratamiento de aguas residuales municipales y manejo de fertirrigación, extracción de agua de mantos acuíferos superficiales mediante la utilización de celdas fotovoltaicas, rendimiento y disponibilidad de especies forrajeras, explotación y aprovechamiento sustentable de especies de fauna silvestre y la conservación del guajolote silvestre en Aguascalientes y Guanajuato. Recientemente se patentaron una cosechadora neumática de tuna y una cosechadora de maguey.

El Colegio de Postgraduados desarrolla investigación y genera conocimiento sobre las regiones tropicales húmedas y subhúmedas en los Campus Veracruz, Tabasco y Campeche. El Colegio de Postgraduados es una de las pocas instituciones de postgrado en agricultura que tiene presencia en el Trópico.

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El Campus Veracruz ha conducido acciones de enseñanza, investigación y vinculación en el trópico subhúmedo. Se han llevado a cabo diagnósticos y evaluaciones de las principales cadenas agropecuarias, forestales y acuícolas del estado, estudios en ingenios azucareros y se ha desarrollado tecnología apropiada para enanizar mango manila con interinjertos, y sistemas de producción de maracuyá, carambola y de manejo integrado del papayo. Ha contribuido con el establecimiento de sistemas de producción integrales, con malanga y espinaca de agua como elementos preponderantes, sistemas alternativos de riego por subirrigación con manejo de mantos freáticos en zonas bajas inundables; se han hecho diseños eficientes y económicos de hidroarietes sin costos de energía. Se han desarrollado tres variedades de maíz de polinización libre para el trópico. Se ha dado énfasis al trabajo comunitario con enfoque de género, en traspatios y para la formación de microempresas agrícolas. Se ha rescatado el ganado criollo lechero tropical, se han hecho estudios de manejo, reproducción y calidad en bovinos, ovinos y sus productos y se han estudiado los sistemas de producción orgánica de varios productos e insumos y se difunde su aplicación. El Campus Tabasco ha contribuido a consolidar una masa critica de profesores en las áreas de: Gerencia Ambiental Tropical, Producción Vegetal Tropical, Producción Animal Tropical y Estrategias de Desarrollo Rural en Ambiente Tropical. Ha conformado grupos interdisciplinarios de investigación que estudian las cadenas productivas caña de azúcar, cacao, cocotero, producción bovina de doble propósito y acuacultura. Ha establecido convenios con instituciones públicas federales y estatales, gobiernos municipales y asociaciones de productores y empresarios. El Campus Tabasco ha proporcionado asesorías, elaborado proyectos y efectuado análisis de suelos, aguas, tejido vegetal, fitosanitaria y de contaminación a solicitantes de instituciones públicas y privadas, así como a productores y asociaciones. Mediante la vinculación con universidades estatales y nacionales se ha atendido a alumnos en los rubros de servicio social, dirección de tesis y estancias de especialización en investigación. En especial el Campus Tabasco se ha constituido como una institución asesora de instancias como: la Secretaría de Desarrollo Agropecuaria Forestal y Pesca del Estado de Tabasco, el Instituto del Trópico Húmedo, la Fundación Produce Tabasco, y de asociaciones de productores de caña de azúcar, cacao, cocotero y ganado de doble propósito, lo cual ha permitido que estas instancias consoliden proyectos de desarrollo y fomento de las cadenas productoras nacionales. El Campus Campeche juega un importante papel en la formación de personal científico y técnico con orientación en Cultivos Tropicales, Producción Animal en el Trópico y Aprovechamiento Forestal Sostenido en el Trópico. Contribuye realizar estudios sobre cítricos, soya, maíz, producción apícola, forrajes, ovinos, chile habanero, micorrizas, pepino, entre otros. Asimismo, desarrolla trabajos de investigación en caña de azúcar; maíz en alta densidad con aplicación fraccionada de fertilizante, evaluación de híbridos de maíz de alta calidad de proteína y sobre Pitahaya. El Campus Campeche, ha participado en la elaboración de proyectos productivos de maíz, soya, palma de coco, palma de aceite, ganadería de doble propósito, y producción avícola.

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Zonas templadas de elevación intermedia y alta. Muy productivas y ricas en diversidad genética vegetal (coníferas, encinos y frutales nativos e introducidos) y animal, que son habitadas por grandes poblaciones campesinas de mestizos e indígenas que practican sistemas de agricultura tradicional. Requieren amplios estudios para el manejo y aprovechamiento óptimos de sus recursos naturales. Los campus Montecillo y Puebla del Colegio de Postgraduados han desarrollado investigación y generado conocimiento para estas regiones, y varias de sus contribuciones se mencionan en párrafos anteriores. El Campus Puebla ha desarrollado conocimiento sobre la promoción del desarrollo agrícola y rural; las experiencias han sido retomadas por el Gobierno Federal y programas internacionales para la promoción del desarrollo agrícola; han sido un medio para el diseño y prueba en el campo de estrategias de desarrollo así como para la evaluación de instrumentos de política agrícola. Asimismo, el Campus Puebla ha desarrollado una estrategia aplicada a áreas de temporal, con agricultores de escasos recursos a nivel nacional, misma que ha sido adoptada en diversos programas de desarrollo agrícola y rural del país y de otras naciones de Latinoamérica. Ha generado metodologías e instrumentos de análisis y operación en las tareas técnicas y científicas de investigación agronómica, ha coordinado programas de divulgación de resultados, evaluación de estrategias y resultados socioeconómicos y ha realizado aportaciones a los principios de coordinación de los sectores (productores, instituciones y técnicos) participantes y participado fuertemente en la formación de recursos humanos con experiencia en la operación de programas de desarrollo rural.

4) Principales productos y/o servicios que ofrece la Institución Educación Para resolver los señalamientos sobre la calidad de los procesos educativos en el Colegio de Postgraduados y en congruencia con la organización planteada para los procesos de investigación y generación de conocimiento pertinente se hace necesario un rediseño de la organización educativa para responder a las nuevas modalidades educativas: Diplomados, especialidades, maestrías tecnológicas así como un solo programa de maestría y de doctorado en ciencias. Un programa de postgrado constituye la serie de actividades académicas programadas y coordinadas con el objetivo de formar profesionales que sean útiles a la sociedad. Los programas de postgrado consisten en maestrías y doctorados en ciencias, así como diplomados y maestrías tecnológicas orientadas a demandas específicas. Todas estas modalidades están bajo la supervisión de una Dirección de Educación que vigila la calidad de la currícula y la impartición de los cursos disciplinarios ofrecidos por las diferentes áreas del conocimiento que se comportan como una matriz de oferta variable para los alumnos. Corresponderá a los consejos particulares, en el caso de la maestría y el doctorado en ciencias, la planeación y el seguimiento de las actividades académicas reglamentarias para obtener el grado.

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Las maestrías tecnológicas, especializaciones y diplomados, se estructuran de acuerdo a la demanda e incluyen un grupo determinado de cursos que pueden ser impartidos por los expertos de las áreas de conocimiento o por especialistas externos reconocidos por su capacidad en el tema. Estas modalidades de educación están en evolución continua para adecuar su oferta a los nuevos conocimientos sobre el tema o los requerimientos de los usuarios. La construcción de la currícula requiere de un ejercicio participativo que incluye a diferentes actores como: docentes, productores, empresarios, industriales, funcionarios gubernamentales y clientes potenciales. Investigación Los procesos de investigación básica y aplicada y la generación de conocimiento pertinente hacen necesario un rediseño de la organización educativa como lo hemos mencionado líneas arriba; una parte esencial en estos programas de postgrado lo constituye la serie de actividades de investigación programadas y coordinadas, atendiendo demandas específicas y coadyuvando a la formación de profesionales que sean útiles a la sociedad. Queda suscrito en el ámbito de los consejos particulares que la planeación y el seguimiento de las actividades de investigación cumplan con sus objetivos y se mantengan en evolución continua para adecuar su oferta a los requerimientos de los usuarios. De facto, cada programa de estudios (por alumno) constituye un proyecto de investigación. Vinculación Se entiende por vinculación las actividades que realizan profesores y alumnos del Colegio de Postgraduados directamente con quienes requieren los productos y servicios de la institución (productores, organizaciones, empresas, instituciones de gobierno y de educación superior e investigación). La vinculación será un instrumento para identificar demandas y necesidades de investigación, transferir tecnología y conocimiento, apoyará además con consultorías, cursos de capacitación, proyectos especiales que coadyuvan en la solución de problemas y propiciará el desarrollo rural sustentable. Las experiencias adquiridas en las actividades de vinculación servirán para fortalecer la educación y la investigación y posicionará a la institución en el entorno rural regional, nacional e internacional y con la sociedad en general, en los ámbitos científico, académico y productivo. La vinculación del Colegio de Postgraduados con el sector educativo, productivo y gubernamental ha sido un reclamo de la sociedad y ofrece una serie de oportunidades para la consolidación del Plan Estratégico propuesto. Para este fin se requiere de una estructura que induzca la demanda y ponga los productos de la investigación en una perspectiva de mercado, y que cuando resulte apropiado, proteja y negocie las innovaciones de acuerdo con el marco jurídico relativo a la propiedad industrial.

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Para poner las innovaciones existentes en el Colegio en el mercado de servicios nacionales, se debe establecer una política que atraiga, promueva y soporte empresas de capital intelectual, de comercio de productos de tecnología de la información, de transferencia de conocimiento a través de la consultoría y la asistencia técnica y de la promoción y apoyo a los alumnos y académicos para el establecimiento de empresas de base tecnológica. La oferta de innovaciones consiste de productos y servicios, de capacitación, de asesoría y consultoría y de incubación de empresas. Para este fin, se deberán combinar la oferta de programas educativos de postgrado y de cursos cortos con la capacitación por competencias laborales y la consultoría. El origen de todas estas innovaciones son las áreas del conocimiento y los desarrollos que sus expertos generan. Para que estas innovaciones se conviertan en tecnologías validadas por los mercados, se deberán hacer alianzas con instituciones financieras, empresarios y organizaciones de productores que permitan evolucionar de la venta de innovaciones aisladas a desarrollos tecnológicos integrales para las redes de valor prioritarias en cada una de las microrregiones prioritarias. Algunos mercados de aplicación inmediata de innovaciones son: la venta de germoplasma vegetal y animal; la certificación de los laboratorios institucionales para prestar los servicios demandados por las normas mexicanas e internacionales para el manejo y comercio de productos agroalimentarios; la consultoría a los cuerpos legislativos en la elaboración de leyes y sus reglamentos; apoyo a la sociedad en su demanda para evaluar el uso responsable de los recursos utilizados por los gobiernos en forma transparente, eficiente y eficaz; el monitoreo de riesgos e inocuidad alimentaria; la respuesta a las demandas de los funcionarios públicos para diseñar, poner en funcionamiento y evaluar políticas públicas. Sin duda alguna, el apoyo a los productores y sus organizaciones así como a los empresarios, agroindustriales y prestadores de servicios en el sector, continúan siendo áreas de vinculación permanente. El plan estratégico del Colegio de Postgraduados da respuesta a la solicitud de su H. Junta Directiva de modernizar la institución para que sea más congruente con las demandas de la sociedad. Para dar viabilidad al plan se requiere apoyo financiero suficiente. La fuente central de financiamiento del Colegio de Postgraduados deberá continuar siendo el gobierno federal, dada su naturaleza pública y la función social de la educación de postgrado en el sector rural.

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B. Situación en la que se recibió la Institución en diciembre de 2000 Administración Situación actual del Colegio de Postgraduados La Ley de Educación Agrícola, del 28 de Marzo de 1946, ya preveía la creación de los estudios de postgrado en la agricultura. Dicha ley disponía: 1. Art. 25, “La educación agrícola superior es aquella que proporciona a los estudiantes los conocimientos científicos y técnicos que los capaciten para analizar los

problemas agrícolas nacionales, regionales, o locales, plantear y ejecutar su resolución, y conducir cualquier investigación científica en su ramo.” 2. Art. 26. La educación agrícola a que se refiere el Artículo anterior será impartida por el Estado en el Instituto de la Educación Agrícola Superior...” 3. Art. 27. El Instituto de Educación Superior ejercerá sus funciones a través de los siguientes organismos:

• La Escuela Nacional de Agricultura, ENA.

• Centro de Especialización e Investigación Agrícola

• El Colegio de Postgraduados

Sin embargo, la ley permaneció sin ser reglamentada y de las organizaciones previstas sólo operaba la ENA. Casi una década después se constituyó una comisión de docentes y alumnos que propuso a la entonces SAG la fundación del Colegio. El 22 de febrero de 1959 el Colegio de Postgraduados inició formalmente sus actividades como uno de los órganos del referido Instituto de Educación Agrícola Superior en las instalaciones de la ENA. La ley que creó a la Universidad Autónoma Chapingo, UACH, abrogó la Ley de Educación Agrícola cuya aplicación era el ámbito nacional. Al momento de la transformación de la ENA en la Universidad Autónoma Chapingo en 1977, la comunidad académica del Colegio de Postgraduados ya había optado por su propia alternativa institucional y modalidad de gobierno. Así se negoció que la ley que creó a la UACH incluyera un artículo transitorio que define al Colegio de Postgraduados como organismo desconcentrado de la SARH, y que lo facultara, con base en las necesidades y recursos, “determinar la reubicación que más conviniera para el ejercicio de sus funciones”.

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Objetivos y desarrollo del Colegio de Postgraduados La transformación del Colegio de Postgraduados en un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios finalmente se logró mediante el decreto presidencial del 4 de Enero de 1979. El decreto de creación confiere al Colegio de Postgraduados el mandato de “impartir enseñanza de postgrado, realizar investigaciones, y prestar servicios y asistencia técnica en materia agropecuaria y forestal”. En consecuencia, son atribuciones del Colegio de Postgraduados: • Ofrecer docencia a nivel postgrado. • Desarrollar e impulsar la investigación agropecuaria y forestal. • Establecer centros regionales para desarrollar y aplicar la investigación, capacitación y prestar asistencia técnica. • Desarrollar funciones de servicio técnico y científico, y proporcionar asistencia técnica a entidades públicas y privadas. • Divulgar la ciencia y la tecnología mediante eventos con instituciones nacionales, o extranjeras. • Apoyar la formación de recursos humanos de las instituciones de educación y de investigación. Desde sus inicios el Colegio de Postgraduados ha seguido un modelo similar al de las escuelas Land Grant de los Estados Unidos, que integran las funciones de docencia, investigación y extensión, y que tienen fuertes apoyos financieros del Estado. Un intento con la misma finalidad se llevó a cabo entre 1964 y 1969, con la estructuración del Centro Nacional de Enseñanza, Investigación y Extensión Agrícolas dentro del llamado “Plan Chapingo” que proponía la integración funcional del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas, del Servicio Nacional de Extensión Agrícola, de la ENA y del Colegio de Postgraduados. Con este antecedente es posible agrupar la evolución del Colegio de Postgraduados en cinco etapas: 1) Desarrollo inicial. Comprende los primeros cinco años de vida institucional y de consolidación de sus cuatro primeros centros disciplinarios: Genética, Suelos,

Entomología y Fitopatología. La elección de las primeras especialidades correspondió ampliamente con el propósito de formar profesionales para el programa de incremento de la producción de alimentos en zonas de ambiente favorable basado en los conceptos que posteriormente dieron lugar a la revolución verde.

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2) Crecimiento disciplinario. Entre 1964 y 1978 se fundan otros cinco centros: Botánica, Economía, Estadística y Cálculo, Riego y Drenaje y Divulgación. En el mismo período se establecieron además dos programas, Fruticultura y Ganadería. Las actividades del Colegio de Postgraduados en esta fase tuvieron el más amplio reconocimiento y apoyo de la Secretaría de Agricultura.

3) Formación de una identidad y descentralización. La tercera etapa, 1979-1989, inició con la transformación del Colegio en organismo descentralizado, cambio que implicó

una disociación de la UACH y por tanto la creación de una identidad propia a partir de su nueva sede en Montecillo, Estado de México. El cambio de forma jurídica estuvo asociado con una tendencia de expansión institucional a nivel nacional, a través de la creación de los centros regionales de Puebla (1976); Veracruz (1979), San Luis Potosí (1980), y Tabasco (1986). Los programas de Fruticultura y Ganadería se constituyeron en centros disciplinarios, y los de Suelos, Riego y Drenaje, Divulgación y Entomología se transformaron respectivamente en los actuales programas de Edafología, Hidrociencias, Desarrollo Rural, y Entomología y Acarología. En esta etapa se estableció el primer programa interdisciplinario, el Programa Forestal y, en orden cronológico, se crean los de Agrometeorología, Fisiología Vegetal y Semillas.

4) Crisis agrícola y dependencia del CONACyT. Durante el período 1989-1998 la crisis del país y la disminución de la contribución del sector agrícola al PIB nacional, se

tradujo en un menor presupuesto federal asignado al Colegio de Postgraduados por la Coordinadora Sectorial. Tanto el deterioro ecológico, como la crítica situación económica y social de la agricultura del país, hicieron más evidente la necesidad de adoptar una organización interdisciplinaria en el Colegio de Postgraduados. Por indicaciones de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, en 1994 se reestructuró el Colegio en cuatro Institutos logrando parcialmente el objetivo de promover el trabajo interdisciplinario. Se impulsó la idea del tutelaje a los campus con la finalidad de apoyar su desarrollo hacia unidades académicas independientes.

5) Durante esta etapa el CONACyT adquirió solidez como organismo promotor de la ciencia y tecnología y de la formación de profesionales a nivel postgrado. Se consolidó

el Sistema Nacional de Investigadores y los estímulos a la carrera docente (CADOS), como mecanismos para complementar los bajos ingresos de los investigadores del país. La disminución del presupuesto federal al Colegio se tradujo en un aumento de la dependencia institucional del SNI y de la SEP para el otorgamiento de estímulos a los profesores, y del CONACyT y otras fuentes para el financiamiento de las actividades de investigación y la adquisición de nuevos equipos científicos. Estos factores minaron la capacidad institucional de respuesta a sus actividades sustantivas y a las demandas de la Secretaría de Agricultura. Otra consecuencia fue que las actividades de vinculación se concretaron a iniciativas personales de académicos que contaban con financiamiento externo. Las normas para la participación de académicos en proyectos externos no eran claras y la instancia institucional para implementarlas no consolidó su posición al interior y al exterior del Colegio.

Por todo lo anterior, en esta etapa se disminuyó notablemente la capacidad de directivos y cuerpos colegiados para vincular las actividades del personal con las demandas sectoriales. Las restricciones en el presupuesto fiscal obligaron al Colegio a obtener recursos propios mediante la consultoría y venta de servicios, lo que acentuó las diferencias entre los académicos del Colegio de Postgraduados sobre el tópico de la dedicación exclusiva a la academia y la búsqueda de la excelencia académica.

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Aunque se tienen establecidas normas para la participación en proyectos externos, no existe una cultura de gestión y operación de recursos externos y en algunos casos el Colegio termina subsidiando algunas actividades establecidas en los contratos y convenios al no considerarse en su costeo el salario de los participantes institucionales, ni los costos de mantenimiento y uso de infraestructura. Organización del Colegio de Postgraduados El Colegio de Postgraduados tiene una Junta Directiva como máximo Órgano de Gobierno y cuenta con una Sede ubicada en Montecillo, Estado de México, y Campus localizados en Puebla, Córdoba, Veracruz, Tabasco, y San Luis Potosí. 1) Estructura general y funcionamiento en la Sede

La Estructura Organizacional y Funcional del Colegio de Postgraduados, tenía las siguientes características: • La Dirección General tenía un tramo de control considerable: Contraloría Interna, Secretaría General, Secretaría Administrativa, cuatro Institutos y cinco Campus. • La Contraloría Interna, aun cuando aparece en el organigrama, se comporta en la mayoría de sus intervenciones como un ente de fiscalización (Secretaría de la

Contraloría y Desarrollo Administrativo, hoy Secretaría de la Función Pública) para asegurar que las operaciones realizadas en la Institución se apeguen al marco regulatorio federal.

• La Secretaría General tiene a su cargo los procesos que regulan la actividad académica: docencia, investigación y vinculación. • La Secretaría Administrativa es responsable de los procesos que soportan el funcionamiento de la institución: finanzas, operación (servicios), control de activos y

administración en general. • En la sede operan cuatro Institutos que agrupan la mayoría de los programas en los que se imparte postgrado y realizan proyectos de investigación y vinculación. • Los Campus nacieron como centros especializados en enseñanza, capacitación e investigación para el desarrollo agrícola regional. Actualmente se busca que

tengan autonomía operacional y oferta académica propia.

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La estructura de puestos del Colegio, cuya definición es anterior a 1988, se clasifica en tres grupos: personal de confianza, personal docente y de investigación, y personal administrativo. Los puestos del personal docente y de investigación, así como los de cuadros directivos, están descritos en el Reglamento General, en el que se detallan clasificación, funciones y requisitos en cada caso. A partir de 1998 las relaciones laborales entre el Colegio y sus trabajadores se regulan por la Ley Federal de Trabajo y por el Contrato Colectivo de Trabajo firmado con la organización sindical. Los puestos administrativos se han definido por grupos funcionales en su mayoría, intentando diferenciar y jerarquizar el trabajo desempeñado por cada individuo dentro de un grupo con labores afines, teniendo en cuenta que la utilización del escalafón es un factor a considerar tanto en las revisiones salariales como contractuales. La asignación y manejo de recursos financieros para la operación está centralizada en la Dirección General y en la Secretaría Administrativa, mientras que la toma de decisiones sobre asuntos relacionados con docencia, investigación y servicio está ampliamente descentralizada. La actividad académica y el proceso de toma de decisiones de los cuerpos colegiados de la institución están formalizados. Existen, empero, diferencias considerables con respecto al personal administrativo y técnico, ya que no se cuenta con manuales de organización actualizados. Por otra parte, no se han normado suficientemente las crecientes actividades de consultaría y servicio del personal académico. En general, la estructura central del Colegio de Postgraduados muestra las siguientes particularidades: • Las Coordinaciones de Educación e Investigación, aunque cuentan con una estructura administrativa, no tienen suficiente autoridad a nivel institucional. La función

de vinculación requiere de una estructura específica que norme y coordine sus actividades. • Existe variación entre los institutos en tamaño y recursos financieros disponibles, lo que se traduce en apoyos distintos a profesores y alumnos. • El Secretario General tiene una sobrecarga de tareas académicas y administrativas que limitan su atención por prioridades.

2) Estructura periférica Consistía de cinco Campus ubicados en: Puebla (1); Veracruz (2); Tabasco (1), y San Luis Potosí (1), en los cuales se ubica un 35% del personal académico y utiliza el 33% del presupuesto institucional.

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FORMATO 1

Los Campus fueron establecidos para desarrollar y aplicar la investigación, capacitación y prestar la asistencia técnica a fin de lograr una mayor vinculación de la institución con el sector rural. Sus principales objetivos son: • Formar recursos humanos, generar conocimientos y probar estrategias tendientes al desarrollo rural regional. • Divulgar la ciencia y la tecnología en sus zonas de influencia. • Promover el enfoque interdisciplinario en las actividades sustantivas que realizan. • Integrar en un continuo investigación, enseñanza, capacitación y asistencia técnica. • Colaborar con las unidades académicas de la Sede en las actividades sustantivas favoreciendo una mayor vinculación con el sector rural. Institucionalmente se considera que los Campus deberán transformarse planeada y gradualmente en unidades autónomas, manteniendo un vínculo fuerte con la Sede, y responder con programas de postgrado específicos a las necesidades de las regiones, además de continuar sus actividades de capacitación y prestación de servicios. La estructura periférica del Colegio de Postgraduados se distingue por: • Su heterogeneidad en cuanto al tamaño de la plantilla, orientaciones académicas, y alumnos y servicios que proporcionan. • Los Campus conjuntan el 24% de los profesores con doctorado con personal de menor antigüedad que los de la Sede. • La heterogénea distribución de los recursos fiscales y sus diferentes capacidades de generar recursos propios.

La heterogeneidad de los Campus se explica en parte por su origen y ubicación geográfica. El Campus Puebla (1976), el primero en fundarse, se erigió alrededor del Plan Puebla (en donde además participaron el CIMMYT y el INIFAP), tuvo importantes logros en materia de generación de modelos de desarrollo agrícola regional y transferencia de tecnología para productores de maíz de escasos recursos en zonas temporaleras. Este Campus se estableció institucionalizando un programa específico con capital político y fuerte liderazgo que le permitió negociar recursos fiscales y ayudas del exterior. En contraste, al Campus San Luis Potosí (1980), por su lejanía de núcleos urbanos, le ha tomado más tiempo consolidar su plantilla de académicos. 3) Características de la Estructura vigente desde Junio de 1999

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FORMATO 1

• Marcada diferenciación horizontal a lo largo de numerosos centros operativos y regionales. • Aumento desmesurado de personal en departamentos de apoyo administrativo. • Excesiva concentración de funciones y un tramo de control demasiado amplio de la Dirección General, Secretaría General y Secretaría Administrativa. • Falta de estructuras que propicien integrar las funciones sustantivas con un suficiente balance y nivel de autoridad. • La autoridad académica depositada en Cuerpos Colegiados afectada por exceso de tramos de control. • Ausencia de estructuras y mecanismos de vinculación del Colegio de Postgraduados.

Financiera Durante este período (como está detallado en el capítulo C, punto III inciso 2) y desde años antes, el presupuesto ha resultado insuficiente –360.5 millones en lugar de 313.9 presupuestados originalmente- la proporción creciente del pago de salarios y beneficios al personal, aunado al hecho de mantener el mismo número de plazas académicas desde hace cinco años (616 plazas) y una enorme proporción de personal administrativo poco calificado, que se cuadruplicó en oficinas desplazándose desde el campo, ha motivado que la autogeneración de recursos sea magra y se destine en su totalidad a compensar el déficit presupuestal. Operativa Con una operación deficitaria (misma referencia, capítulo C, punto III inciso 2), durante los últimos cinco años la proporción creciente de capítulo 1000 en relación al presupuesto federal total disponible, ha determinado que los recursos generados en la granja y los campos experimentales se destinen a cubrir las necesidades de subsistencia y una experimentación limitada, con muy poco apoyo a los alumnos y académicos para sus labores de investigación. Una fuente muy importante de captación de recursos lo constituyen los proyectos externos, si bien en estos casos el académico se supedita a los límites que marca cada convenio suscrito con su patrocinador. El resultado es una escasa producción de proyectos de investigación institucionales, obsolescencia de las instalaciones en laboratorios, faltos de equipo actualizado y en ocasiones hasta de reactivos, limitando severamente la participación de los alumnos en las labores de investigación.

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Servicios Este déficit ha determinado que las necesidades de mantenimiento o Capítulo 2000 y de servicios generales o Capítulo 3000 (capítulo C, punto III inciso 2), tengan que ser cubiertas mayoritariamente con recursos autogenerados, postergando o anulando la aplicación de los mismos para mejorar la infraestructura. Los servicios básicos están cubiertos (agua, electricidad, gas, etc.) pero la demanda de los mismos es creciente y la crónica falta de mantenimiento mayor a las instalaciones provoca que el mantenimiento correctivo sea cada vez mas frecuente. Obra Pública Durante este período ha sido mínima la inversión en obra pública (capítulo C, punto III inciso 2), limitándose a lo más indispensable: 6.1 millones de pesos en relación a un gasto real de 360.5, representa un 1.69%, insuficiente para las necesidades de la institución, siempre relacionado con la escasez de recursos presupuestales.

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FORMATO 1

C. Programas y Resultados obtenidos en la Gestión del Periodo 2001-2005

I. Marco Jurídico de Actuación

DENOMINACIÓN DE LA DISPOSICIÓN JURÍDICA FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA

FEDERACIÓN Y/O FECHA DE EMISIÓN

Leyes: Ley para el Desarrollo Rural Sustentable Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente Ley de Desarrollo Forestal Sustentable Ley General de Vida Silvestre Ley de Aguas Nacionales

DOF del 7 de diciembre de 2001 DOF del 28 de enero de 1988

DOF del 25 de febrero de 2003 DOF del 3 de julio de 2000

DOF del 29 de abril de 2004

Reglamentos: Reglamento Interior del Colegio de Postgraduados;

Reglamento general, Reglamento de admisión de académicos, Reglamento de actividades académicas, Reglamento de productividad académica, Reglamento de promociones académicas, Reglamento de superación académica y tecnológica Reglamento de reconocimientos académicos. Reglamento de la Procuraduría Académica Reglamento de Pago de Servicios Académicos y Becas

El Reglamento Interior fue actualizado en Noviembre de 1997;

El Reglamento de Promociones Académicas fue actualizado en Octubre de 2005

Los demás reglamentos internos fueron actualizados en Agosto de 2005.

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FORMATO 1

DENOMINACIÓN DE LA DISPOSICIÓN JURÍDICA FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA

FEDERACIÓN Y/O FECHA DE EMISIÓN

Decretos: Decreto por el que se crea un organismo público descentralizado, denominado Colegio de Postgraduados, con personalidad jurídica y patrimonio propios. DOF del 17 de enero de 1979

Acuerdos: Acuerdo Nacional para el Campo DOF del 28 de abril de 2003

Reglas de Operación del contrato del Fideicomiso de Administración e Inversión número 167304 para Apoyo a la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Colegio de Postgraduados

Aprobadas por el Órgano de Gobierno del Colegio de Postgraduados en la primera reunión extraordinaria del 16 de enero de 2002

Contrato Colectivo de Trabajo trabajadores administrativos 2005-2007 Contrato Colectivo de Trabajo personal académico 2005-2007

El Contrato Colectivo de Trabajo fue suscrito con el Sindicato Independiente de Trabajadores de el Colegio de Postgraduados el 1 de marzo de 2005

El Contrato Colectivo de Trabajo fue suscrito con el Sindicato Independiente de Académicos del Colegio de Postgraduados el 29 de

noviembre de 2004

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FORMATO 1

DENOMINACIÓN DE LA DISPOSICIÓN JURÍDICA FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA

FEDERACIÓN Y/O FECHA DE EMISIÓN

Contrato del Fideicomiso de Administración e Inversión número 167304 para Apoyo a la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Colegio de Postgraduados. Modificación al Contrato del Fideicomiso de Administración e Inversión número 167304 para Apoyo a la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Colegio de Postgraduados Código de Conducta del Colegio de Postgraduados Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del Colegio de Postgraduados Bases Generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles del Colegio de Postgraduados.

El Órgano de Gobierno del Colegio de Postgraduados en la sesión del 16 de enero de 2002 autorizó la constitución del fideicomiso y se

suscribe con el banco Bital ahora HSBC el 30 de septiembre de 2002.

Firmado el 2 de Diciembre de 2005

El Código de Conducta está en la página del Colegio de Postgraduados

Lineamientos autorizados por la H. Junta Directiva en la 1ª. Sesión Ordinaria de 2005.

Bases autorizadas por la H. Junta Directiva en la 1ª. Sesión Ordinaria de 2005.

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FORMATO 1

II. Políticas y Estrategias Generales de Gobierno

1) Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006. Como lo enunciamos anteriormente, al alcanzar los objetivos estratégicos del Colegio de Postgraduados se contribuye al logro del Plan Nacional de Desarrollo en estos aspectos: 1. Desarrollo social y humano mejorando los niveles de educación, a través de la promoción de actividades científicas y tecnológicas que se orienten a atender las necesidades básicas de la sociedad; impulso a la educación para el desarrollo de las capacidades personales y de iniciativa individual y colectiva, mediante el fortalecimiento de la investigación científica y la innovación tecnológica para apoyar el desarrollo de los recursos humanos altamente calificados e incremento en la asimilación de conocimientos facilitando el acceso a nuevas tecnologías, en particular en el área de la agroindustria; y capacidad de respuesta gubernamental para fomentar la confianza ciudadana en las instituciones ya que se impulsa el federalismo educativo, la gestión institucional y la participación social en la educación. 2. Crecimiento con calidad a través de estrategias que eleven y extiendan la competitividad del país al formar líderes con una nueva cultura empresarial y consolidar e impulsar el marco institucional para simplificar la carga administrativa de la institución; aseguren el desarrollo incluyente al promover el desarrollo rural y el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de las familias de este sector mediante el apoyo a la inversión, la integración de cadenas productivas, el desarrollo de nuevas capacidades y la transferencia de tecnologías; y creen condiciones para un desarrollo sustentable al fortalecer la investigación científica, la innovación tecnológica y la adopción de procesos productivos y tecnologías limpias. 3. Orden y respeto al buscar que se contribuya a que las relaciones políticas ocurran en el marco de una nueva gobernabilidad democrática mediante una transformación institucional que permita representar y servir eficazmente a los valores políticos, las aspiraciones históricas, los fines y los intereses vitales del pueblo mexicano y la promoción de condiciones que alienten y favorezcan una participación ciudadana intensa, responsable, comprometida, informada y crítica en torno a asuntos de interés público que de lugar a un gobierno de y para los ciudadanos; se construya una relación de colaboración responsable, equilibrada y productiva entre los poderes de la Unión y avanzar hacia un autentico federalismo educativo, de gestión institucional y de participación social en la educación y se abatan los niveles de corrupción en el país y se de absoluta transparencia de gestión y desempeño de la administración pública federal al administrar con pertinencia y calidad el patrimonio inmobiliario de la institución. Por lo que respecta al Programa Sectorial de la SAGARPA, se coadyuva al logro de los siguientes objetivos: ♦ El apoyo a la infraestructura y capacitación del productor para obtener alimentos totalmente sanos ♦ El logro de altos índices de productividad mediante tecnologías avanzadas ♦ El buen gobierno

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2) Programas Sectoriales, Regionales y Especiales. La Entidad no tiene asignados programas específicos al respecto, sin embargo, estos problemas y oportunidades están relacionados con la atención a las cadenas productivas y agregación de valor en granos básicos, oleaginosas, cultivos industriales, hortalizas y frutas, ornamentales, cárnicos, lácteos, y productos forestales, así como al desarrollo de la agroindustria y sistemas de producción agrícola y manejo de recursos naturales en las diferentes regiones ecológicas del país. Se consideran los aspectos de diversidad cultural, pobreza extrema, equidad de género, agricultura tradicional, orgánica y periurbana, inocuidad alimentaria, normatividad, y desarrollo territorial. Para garantizar el cumplimiento de la misión institucional y el éxito del plan estratégico propuesto, se debe mejorar la vinculación con otras instituciones, con el sector productivo y con la sociedad en general.

3) Programas Federales que Otorgan Subsidios y Transferencias. No Aplica.

4) Proyectos Estratégicos y/o Prioritarios de la Gestión Administrativa. Reestructuración Académica y Administrativa Marco de Referencia En Agosto de 2001 se reconoció al Colegio como un Centro Público de Investigación y se firmó un Convenio de Desempeño que bajo el marco de la Ley de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica autorizó al Colegio a gozar de una mayor libertad administrativa. Por otra parte, el Director General solicitó un estudio de Excelencia Operacional de la institución –realizado por el ITESM CEM-, para evaluar la posibilidad de dar cumplimiento a los compromisos contraídos como Centro Público de Investigación. Las conclusiones del mismo (realizado entre Noviembre de 2001 y Abril de 2002) recomendaban una reestructuración tanto administrativa como académica.

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FORMATO 1

Durante 2002 y 2003 se llevaron a cabo diversos talleres por distintas firmas de consultoría enfocados a preparar la serie de cambios que demandaba la realidad del Colegio de Postgraduados. El 7 de Noviembre de 2003, se publicó el artículo 2° Transitorio del PEF en el Diario Oficial de la Federación, mencionando la posibilidad de que el Colegio de Postgraduados fuera desincorporado. Finalmente, recibió el respaldo del titular de SAGARPA, con la condición de que se reestructurara. Se elevaron a la Junta Directiva diferentes propuestas para llevar a cabo una reestructuración que permitiera potenciar sus actividades sustantivas, modernizar al Colegio de Postgraduados e incrementar gradualmente el monto de recursos externos. Se mencionaron en el seno de la Junta Directiva las opciones de sectorización y autonomía como medios para resolver las crisis recurrentes de falta de recursos financieros que ha experimentado el Colegio. De la comunidad académica del Colegio surgieron disidentes ante la falta de rapidez en las respuestas recibidas a las demandas planteadas acerca del futuro institucional. Se realizó un proceso completo de planeación estratégica (Marzo-Abril de 2004), participando el Consejo Técnico (máxima autoridad académica y administrativa de la institución) y miembros de la comunidad. Se consideraron opiniones enunciadas por la comunidad, datos gubernamentales, demandas sociales y sectoriales, incluyendo requerimientos de agricultura sustentable (producción de alimentos sanos e inocuos y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente), marco normativo y legal, así como material obtenido durante diversos talleres con expertos externos que facilitaron su realización en el Colegio. El resultado de este proceso ha derivado en una propuesta de reestructuración institucional completa. A instancias de SAGARPA se sometió la institución a una evaluación externa (Julio-Septiembre, 2004), realizada por el INAP y la Universidad de Wageningen, que en suma recomendaron una estructura coincidente casi totalmente con la obtenida en los trabajos mencionados en el párrafo anterior. Finalmente, por medio del Acuerdo 01.05ex.04 y con fundamento en los artículos, 58, fracción VIII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 56, fracción IX, de la Ley de Ciencia y Tecnología, y 30, fracción I, inciso j, del Presupuesto de Egresos de la Federación 2004, la H. Junta Directiva aprobó las propuestas presentadas por su Director General, del Modelo Organizativo General, y la estructura de cuerpos colegiados, y le instruyó a realizar las gestiones necesarias, por conducto de su Coordinadora Sectorial, ante las Secretarías de la Función Pública y de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, le instruyó a actualizar el Reglamento Interno, el Reglamento General, el Reglamento de Actividades Académicas y demás reglamentos específicos que debían modificarse por esa reestructuración, así como su Estatuto Orgánico, para adecuarlos a la estructura aprobada. En Noviembre de 2004, quedó formalizado el Sindicato Independiente de Académicos del Colegio de Postgraduados (SIACOP).

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Sistematización Es la implantación de Sistemas de Información integrados e interactivos, que operen transacciones, actualizaciones y consultas en tiempo real y permitan a la institución responder a sus necesidades de información para reportes internos a todos los niveles y externos con el nivel requerido, con la cabeza de Sector y otras instancias gubernamentales. Este proyecto se ha dividido en cuatro etapas: 1. Administración y Finanzas y Administración de Proyectos 2. Administración de Estudiantes y Estudios 3. Recursos Humanos 4. Nómina Atendiendo las prioridades determinadas por la Dirección General en función de la importancia y urgencia de cada aplicación. Situación Actual El Colegio de Postgraduados en su calidad de Centro Público de Investigación desde Julio de 2001, suscribió un Convenio de Desempeño en el marco de la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica (LEFICYT) comprometiéndose a: 1. Fortalecer y hacer efectiva en la práctica la autonomía técnica, operativa y administrativa. 2. Mejorar las actividades, alcanzar mayores metas y objetivos, establecer líneas de acción y estrategias para lograr mejores resultados conforme a programas que se

aprueban y vinculan al Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, y en específico, a su programa especial de ciencia y tecnología. 3. Adoptar las decisiones necesarias para hacer que la operación se base en una administración por resultados y para que la evaluación y control de su gestión se

lleven a cabo en los mismos términos, distinguiendo claramente entre cuestiones sustantivas y las financieras y administrativas. 4. Establecer compromisos de resultados, con base en criterios e indicadores de desempeño sustantivo de acuerdo con las finalidades para las cuales fue creado, y a

través de los lineamientos de política emitidos, por la SAGARPA, para la programación de mediano plazo y el programa anual de trabajo. 5. Establecer medidas concretas de flexibilidad presupuestaria, para promover un ejercicio más eficiente y eficaz del presupuesto, a fin de que se favorezca el

cumplimiento de los objetivos y líneas de acción de la Institución en el corto y largo plazos.

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FORMATO 1

Para cumplir cabalmente estos compromisos, se planteó la reestructuración del Colegio de Postgraduados, considerando un cambio organizacional y una reorientación de sus actividades. Tomando en cuenta en todo momento la Misión y Visión del Colegio de Postgraduados, y en específico sus cuatro Objetivos Estratégicos : 1. Educar y formar personas creativas, innovadoras y con sentido humanista que atiendan las necesidades agroalimentarias de la sociedad en un contexto de desarrollo sustentable. 2. Realizar investigación generadora de conocimiento pertinente para el manejo sustentable de los recursos naturales y la producción de alimentos nutritivos e inocuos y de otros bienes y servicios. 3. Mejorar la calidad de vida de la sociedad y retroalimentar las actividades académicas a través de la vinculación 4. Contar con procesos administrativos certificados que apoyen en forma eficaz y eficiente a las actividades sustantivas de la institución. Acordamos que para lograr el cuarto objetivo, se debe contar con una estructura administrativa moderna, ágil y en superación permanente mediante procesos certificables, que coadyuve a mejorar los estándares de calidad de las actividades sustantivas de la institución, y garantice servicios de calidad a sus estudiantes, profesores y usuarios en general. Se requiere contar con procesos académicos y administrativos que respondan y apoyen en forma eficaz y eficiente las actividades educativas, de investigación y de vinculación. Es imperativo un sistema de información integral que permita manejar dichos procesos interactivos y en tiempo real. Es innegable que cada día la tecnología de la información se vuelve más estratégica para toda organización. En este tenor, establecimos algunos criterios para garantizar el más adecuado desempeño y evolución de los Sistemas de Información a evaluar: • Confiabilidad - Qué tan consistentes son la máquina y su sistema operativo para operar las aplicaciones y servicios necesarios, asegurando la integridad de la

información y presentando capacidad de recuperación de la información dañada. • Seguridad - Capacidad del sistema para protegerse de ataques e intrusiones. • Escalabilidad – Capacidad de aumentar el número de procesadores, soporte para clustering, y capacidad de ajuste rápido al incremento de la carga. • Disponibilidad - Capacidad de prevenir y recuperarse de fallas. • Interoperabilidad - Capacidad de convivir con otras tecnologías. El mayor reto es encontrar la mejor alternativa para proveer de la mejor infraestructura de sistemas de información a la institución. Se invitó a participar a Sungard SCT y a SAP como proveedores de software en el mercado vertical para instituciones de educación superior e investigación. Se llamó también a PeopleSoft sin haber obtenido respuesta (PeopleSoft encargó a Mas.Negocio la cuenta, nos visitaron y no regresaron).

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FORMATO 1

Las instituciones de enseñanza superior se encuentran bajo una presión sin precedentes: Responder a las necesidades de académicos, estudiantes y empleados, hacerse cargo de las demandas de una reforma educativa, recortar presupuestos ante la disminución de fondos públicos y aumentar los ingresos por subvenciones. El “e-business” está revolucionando los procesos y las expectativas: Los estudiantes esperan un servicio de alta calidad; los presupuestos deben ser ajustados pero adaptables a unos requisitos cambiantes; las solicitudes y el pago de subvenciones deben gestionarse con cuidado para aprovechar las nuevas oportunidades. Recomendación y Fundamento De las propuestas recibidas, procedimos a realizar las comparaciones que permitan seleccionar entre las propuestas recibidas, a partir de tres criterios: • Cobertura de necesidades • Modularidad y Soporte Técnico • Costo de implantación y Mantenimiento De los que a continuación, detallamos características de operación e integración. Cobertura de necesidades. Tomando como base el Mapa de Aplicaciones de la institución, que refleja todos los procesos y sus características específicas en el Colegio de Postgraduados, se integró la siguiente referencia cruzada:

Aplicaciones – Tópicos Específicos SAP Sungard SCT Administración de la Organización Soporte a Decisiones y Almacenamiento de Datos X X Formulación de Presupuestos X X Ejecución de Presupuestos X X Contabilidad Financiera X X Contabilidad de Costos X X

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FORMATO 1

Administración de Ingresos X X Mercadotecnia del Colegio de Postgraduados Análisis e Investigación de Mercado X Mercadotecnia de Campus y Programas X X Administración de Programas de Mercadotecnia X X Administración de Servicios Auxiliares X X Servicio de Reclutamiento y Prospectos X X Servicio a Ex-Alumnos X X Desarrollo Institucional X X Administración de Estudiantes Reclutamiento y Admisiones X X Registro e Inscripción de Estudiantes X X Cobranza a Estudiantes X X Becas y Ayuda Financiera X X Portal de Estudiantes X X Hospedaje a Estudiantes X X Vida Estudiantil X X Administración de Estudios Desarrollo de Programas Académicos X X Planeación de Clases y Exámenes X X Recursos y Planeación de Horarios X X Asesoría Académica y Bolsa de Trabajo X X Arquitectura Docente X X Servicio de Medios X X

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FORMATO 1

Administración de Subvenciones Planeación, Solicitud y Preasignación. X X Administración de Proyectos de Investigación. X X Contabilidad Financiera para Programas Subvencionados. X X

Reembolso para Programas Subvencionados. X X Reportes a Patrocinadores y Cierre. X X Administración de Patrocinadores. X X Administración de Registros Definición de Flujo de Trabajo y Registros X X Ejecución de Flujo de Trabajo X X Monitoreo de Flujo de Trabajo X X Administración de Ciclo de Vida de Registros X X Recuperación de Información X X Administración de Recursos Humanos Organización y Administración de Puestos X X Reclutamiento X Administración de Personal X X Desarrollo de Personal y Capacitación X X Compensaciones y Administración de Beneficios X X Nómina X X Soporte Material y de Servicios Administración de Procesos de Compras X X Administración de Inventarios X X

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FORMATO 1

Administración de Instalaciones X X Servicios Reembolsables X X Venta y Distribución de Bienes y Servicios X X Soporte de la Infraestructura Tesorería y Manejo de Efectivo X X Administración de Propiedades X X Administración de Inmuebles X X Administración de Viajes X X Cobertura de necesidades del Colegio de Postgraduados 100% 96.15%

La diferencia posible en la cobertura de necesidades resulta insignificante; las dos opciones pueden ser válidas bajo este criterio y el aparente déficit de una opción no es importante. Modularidad y Soporte Técnico La posibilidad de comenzar este proceso de implantación atendiendo las prioridades indicadas por la Dirección General implicaba que las características de la solución lo permitieran. En la propuesta presentada por H+H Consulting (SAP) indican cuatro vías de inicio del trabajo (con grupos distintos) y un tiempo de implantación que en total sumaba de siete a nueve meses, dependiendo de la dedicación de recursos. Su centro de soporte es local y remoto (desde H+H en Lomas Verdes y SAP Santa Fe) y trabajarían de acuerdo a las necesidades institucionales. Ofrece la opción de distintas plataformas de operación. La propuesta recibida de Sungard SCT Banner enuncia todos los módulos a implantar, indicando sus reglas de operación y un tiempo que en total sumaba de dieciocho a veinticuatro meses, dependiendo de la marcha del proyecto. Su centro de soporte se encuentra localizado en Puebla y el soporte técnico ofrecido es remoto o presencial con cargo de viaje y viáticos. Su plataforma de operación es con Oracle únicamente. Desde este criterio, indudablemente SAP ofrece ventajas tangibles al poder modular como el cliente lo requiere, contar con flexibilidad en la plataforma de operación y un tiempo de implantación mucho más reducido.

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FORMATO 1

Costo de Implantación y Mantenimiento Todos los sistemas de información integrales como los propuestos (denominados ERP “Enterprise Resource Planning”) conllevan costo de mantenimiento por el soporte técnico y actualizaciones de parte del proveedor, así como la condición de no alterar la programación nativa de sus sistemas. El cuadro comparativo de los períodos de implantación y de mantenimiento anual son:

Opción Implantación Mantenimiento Anual

SAP 624,833 USD 17% Sungard SCT (18 meses) 1’014,935 USD 18% Sungard SCT (24 meses) 1’127,395 USD 18%

El porcentaje de mantenimiento en ambos casos se calcula sobre el licenciamiento únicamente. En el caso de Sungard SCT maneja un esquema de acuerdos multianuales para asegurar un costo de mantenimiento bajo el siguiente cuadro de opciones:

Duración del Contrato Porcentaje Básico (1er. Año)

Incremento Anual

3 Años 18% 10% 5 Años 18% 8% 10 Años 18% 6%

Bajo este criterio, la diferencia entre ambas opciones resulta muy favorable para SAP, opción que cuesta el 61.56% (18 meses) o el 55.42% (24 meses) de Sungard SCT. SAP representó la mejor opción para nuestra institución, sin menoscabo de Sungard SCT. La diferencia en los criterios de Modularidad y Soporte Técnico y en Costo de Implantación y Mantenimiento es muy significativa.

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Nombre: Colegio de Postgraduados

41

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Certificación de Procesos Para cumplir con los compromisos adquiridos desde el proceso de planeación estratégica de Abril de 2004 y los convenidos por la Institución, establecimos como meta la certificación de los procesos de: • Adquisiciones • Tesorería • Proyectos • Control Escolar Como condición indispensable para lograrlo, estamos capacitando a los responsables de todas áreas en ISO 9001:2000 con la modalidad requerida para ser certificados. Aún cuando los procesos elegidos son fundamentales, no serán los únicos debido a su liga con todas las actividades y procesos de la Entidad.

III. Situación Financiera y Programático-Presupuestaria

1) Ingresos.

2000 2001 2002 2003 2004 2005

CONCEPTO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

INGRESOS PROPIOS

21.4 21.4 18.5 29.8 30.1 18.2 59.9 59.9 14.0 59.9 59.9 19.6 65.9 65.9 18.6 68.2 68.2 23.5

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

2000 2001 2002 2003 2004 2005

CONCEPTO OR

IGIN

AL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

AUTO

R IZ

ADO

OBTE

NIDO

Venta bienes/ servs Otros Ingresos

16.4 5.0

16.4 5.0

14.1 4.4

24.2 5.6

24.2 5.9

12.3 5.9

10.4 49.5

10.4 49.5

3.7 10.3

10.4 49.5

10.4 49.5

2.7 16.9

16.8 49.1

16.8 49.1

2.7 16.0

10.4 57.8

10.4 57.8

10.0 13.4

TRANSFERENCIAS 292.5 342.0 342.0 333.4 365.0 365.0 376.9 392.0 392.0 404.0 450.6 450.6 433.9 398.5 398.5 433.8 420.0 420.0

Corrientes Capital

288.7 3.8

338.2 3.8

338.2 3.8

333.4 0.0

365.0 0.0

365.0 0.0

376.9 0.0

392.0 0.0

392.0 0.0

404.0 0.0

450.6 0.0

450.6 0.0

433.9 0.0

391.3 7.2

391.3 7.2

425.0 8.8

410.0 10.0

410.0 10.0

FINANCIAMIENTO 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0

Interno Externo

TOTAL 313.9 363.4 360.5 363.2 395.1 383.2 436.8 451.9 406.0 463.9 510.5 470.2 499.8 464.4 417.1 502.0 488.2 443.5

2) Egresos. Comparar las variaciones del presupuesto ejercido con respecto al modificado, atendiendo a los principales rubros de gasto, a nivel de flujo de efectivo y devengado, explicando las causas de la desviación. En estos cuadros, reflejamos el monto original calendarizado, el último modificado y el ejercido finalmente para cada ejercicio del período Diciembre de 2000 – Diciembre de 2005.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

1|/12/2000 2001 2002 2003 2004 2005

CAPÍTULO DE GASTO

ORIG

INAL

ULTI

MO

MODI

F.

EJER

CIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

MODI

F.

EJER

CIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

MODI

F.

EJER

CIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

MODI

F.

EJER

CIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

MODI

F.

EJER

CIDO

ORIG

INAL

ULTI

MO

MODI

F.

EJER

CIDO

1000 Servicios Personales 246.5 292.0 292.0 295.1 326.7 326.7 338.6 353.7 372.7 369.5 416.2 418.6 398.2 352.7 349.8 366.9 364.4 364.1

2000 Materiales y Suministros 21.1 24.8 22.8 25.0 25.0 18.2 30.0 30.0 18.3 20.1 20.1 13.9 8.0 14.1 14.8 13.8 15.0 11.9

3000 Servicios Generales 31.6 31.9 31.9 30.6 30.6 32.0 29.6 29.6 33.2 38.1 38.1 31.1 31.5 32.7 33.0 71.3 57.7 40.3

Otras Erogaciones 15.0 15.0 4.9 15.0 15.0 15.0 15.0 15.0 15.0

4000 Subsidios y Transferencias

5000 Bienes Muebles e Inmuebles 8.6 8.6 7.7 6.2 6.6 4.2 17.8 17.8 1.5 15.3 15.3 11.5 28.3 35.5 18.5 25.5 26.5 9.6

6000 Obra Pública 6.1 6.1 6.1 6.1 6.1 2.0 5.8 5.8 0.6 5.8 5.8 0.1 18.8 14.3 0.0 9.4 9.6 2.7

7000 Inversión Financiera

8000 Participaciones de Ingresos y Gasto Reasignado

9000 Deuda Pública

TOTAL 313.9 363.4 360.5 363.2 395.1 383.2 436.8 451.9 431.3 463.9 510.5 475.1 499.8 464.4 416.1 502.0 488.2 443.5

Realizar un juicio general sobre la evolución del presupuesto a través de varios ejercicios fiscales.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Comentarios a las variaciones entre el presupuesto modificado y el presupuesto ejercido: a) Ejercicio 2000: La variación de -2.9 millones, corresponde a recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del presupuesto original y el

modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos. b) Ejercicio 2001: La variación de -11.9 millones, corresponde a recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del presupuesto original y el

modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos. c) Ejercicio 2002: La variación de -20.5 millones, se integra de -45.9 millones de recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del

presupuesto original y el modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos, así como también del registro de compromisos presupuestales por pagar de 25.3 millones.

d) Ejercicio 2003: La variación de -35.4 millones, se integra de -40.3 millones de recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del

presupuesto original y el modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos, así como también del registro del déficit presupuestal del ejercicio 2002 en el capitulo 1000 por un importe de 4.9 millones.

e) Ejercicio 2004: La variación de -48.2 millones, se integra de -47.3 millones de recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del

presupuesto original y el modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos, así como también del registro de un sub ejercicio de 1.0 millones. f) Ejercicio 2005: La variación de -44.7 millones, corresponde a recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del presupuesto original y el

modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos. Como anteriormente lo hemos enunciado, durante los últimos doce años el presupuesto de recursos fiscales ha resultado insuficiente; la proporción creciente del Capítulo 1000, obedece a que cada año se incrementa este rubro en base al incremento salarial autorizado, dedicándose estos recursos a una enorme proporción de personal administrativo poco calificado, y la imposibilidad de contar con suficientes recursos para sostener la operación normal de la Institución al faltar montos considerables; en los Capítulos 2000 y 3000, habitualmente contamos con un presupuesto insuficiente orientado a prevención mas que a correcciones. Al enfrentar mantenimientos inaplazables, consumimos recursos extraordinarios, lo que repercute en la virtual desaparición de mejoras a la infraestructura mediante mantenimientos mayores a las redes hidráulicas, eléctrica, etc. Así como a la ejecución de obra pública y adquisición de equipos de laboratorio y de apoyo a la docencia e investigación que estarían suscritos en los Capítulos 5000 y 6000.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Variaciones.

2000 2001 2002 2003 2004 2005

CONCEPTO

AUTO

RIZA

DO

MODI

FICA

DO

OBTE

NIDO

/EJE

RCID

O

AUTO

RIZA

DO

MODI

FICA

DO.

OBTE

NIDO

/EJE

RCID

O

AUTO

RIZA

DO

MODI

FICA

DO

OBTE

NIDO

/EJE

RCID

O

AUTO

RIZA

DO

MODI

FICA

DO

OBTE

NIDO

/EJE

RCID

O

AUTO

RIZA

DO

MODI

FICA

DO

OBTE

NIDO

/EJE

RCID

O

AUTO

RIZA

DO

MODI

FICA

DO

OBTE

NIDO

/EJE

RCID

O

Total Ingresos 313.9 363.4 360.5 363.2 395.1 383.2 436.8 451.9 406.0 463.9 510.5 470.2 499.8 464.4 417.1 502.0 488.2 443.5

Total Egresos 313.9 363.4 360.5 363.2 395.1 383.2 436.8 451.9 431.3 463.9 510.5 475.1 499.8 464.4 416.1 502.0 488.2 443.5

Ingresos – Egresos 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 0.0 -25.3 0.0 0.0 -4.9 0.0 0.0 1.0 0.0 0.0 0.0

Ejercido - Modificado -2.9 -11.9 -20.5 -35.4 -48.2 -44.7

Comentarios a las variaciones entre el presupuesto modificado y el presupuesto ejercido: a) Ejercicio 2000: La variación de -2.9 millones, corresponde a recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del presupuesto original y el

modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

b) Ejercicio 2001: La variación de -11.9 millones, corresponde a recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del presupuesto original y el

modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos. c) Ejercicio 2002: La variación de -20.5 millones, se integra de -45.9 millones de recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del

presupuesto original y el modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos, así como también del registro de compromisos presupuestales por pagar de 25.3 millones.

d) Ejercicio 2003: La variación de -35.4 millones, se integra de -40.3 millones de recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del

presupuesto original y el modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos, así como también del registro del déficit presupuestal del ejercicio 2002 en el capitulo 1000 por un importe de 4.9 millones.

e) Ejercicio 2004: La variación de -48.2 millones, se integra de -47.3 millones de recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del

presupuesto original y el modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos, así como también del registro de un sub ejercicio de 1.0 millones. f) Ejercicio 2005: La variación de -44.7 millones, corresponde a recursos propios que a pesar de estar programados (incluidos dentro del presupuesto original y el

modificado), no fueron generados y por lo tanto tampoco ejercidos. Relación de manejo de Fideicomisos Públicos No Paraestatales, Mandatos y Contratos Análogos, así como los constituidos por Entidades Federativas o particulares que involucren recursos Federales. Fideicomiso para Apoyo a la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Colegio de Postgraduados El Contrato se firmó en Octubre de 2002 y el 6 de Diciembre de 2002 se celebró la Primera Reunión Ordinaria del Comité Técnico y de Administración de Fondos del citado fideicomiso. Su objetivo es optimizar el uso de recursos que se autogeneren para financiar o complementar proyectos de investigación, mantenimiento de instalaciones, equipo necesario para las investigaciones y el otorgamiento de incentivos extraordinarios a los investigadores. Al final de 2005, contando con un capital de $4,942,254.75, los resultados han sido insatisfactorios debido a una deficiente interacción con el fiduciario, dificultades en la operación cotidiana debido a que no se diferenciaba el manejo de recursos federales del de recursos de terceros, y cancelación o no celebración de reuniones del Comité Técnico y de Administración.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Se hizo una modificación al Contrato el 2 de Diciembre de 2005; sin embargo, se ha replanteado modificar el contrato y las reglas de operación en 2006, pero es necesario formalizar el relevo del Presidente del Comité Técnico y de Administración y del encargado de Proyectos.

3) Estados Financieros. Integrar los Estados Financieros de las Entidades paraestatales, y en su caso, de los Órganos Administrativos Desconcentrados.

ESTADOS FINANCIEROS - BALANCE GENERAL (pesos)

Concepto Diciembre 31 de 2000

Diciembre 31 de 2001

Diciembre 31 de 2002

Diciembre 31 de 2003

Diciembre 31 de 2004

Diciembre 31 de 2005

Activo Circulante Caja y Bancos 13,490,041.00 2,737,261.00 19,690,586.00 20,498,004.00 37.994,831.00 29,840,023.00 Deudores Diversos – Neto 12,210,635.00 29,308,778.00 16,952,189.00 52,937,850.00 41,066,730.00 52,649,965.00 Inventarios – Neto 1,261,618.00 911,610.00 1,146,021.00 652,126.00 493,831.00 475,932.00 Suma Activo Circulante 26,962,294.00 32,957,649.00 37,788,796.00 74,087,980.00 79,555,392.00 82,965,920.00 Fijo

INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPOS 522,954,501.00

531,606,292.00

572,362,902.00

606,091,501.00

642,763,626.00

665,436,428.00

Depreciación acumulada -

289,897,445.00

-294,557,240.0

0

-327,120,730.0

0

-354,818,193.0

0

-382,398,689.0

0

-402,745,678.0

0 Otros activos 2,265.00 2,265.00 2,265.00 2,265.00 2,265.00 2,265.00

Suma Activo Fijo 233,059,321.00

237,051,317.00

245,244,437.00

251,275,573.00

260,367,202.00

262,693,015.00

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Suma Activo 260,021,615.00

270,008,966.00

283,033,233.00

325,363,552.00

339,922,594.00

345,658,935.00

Pasivo A Corto Plazo Proveedores 3,964,756.00 2,383,755.00 1,941,830.00 1,788,733.00 11,759,464.00 2,075,499.00 Cuentas por pagar 17,737,970.00 14,701,843.00 46,540,766.00 49,056,511.00 53,975,592.00 61,300,556.00 Impuestos por pagar 7,738,208.00 9,582,875.00 15,995,760.00 26,688,393.00 11,344,651.00 15,096,859.00 Suma Pasivo a Corto Plazo 29,440,934.00 26,668,473.00 64,478,356.00 77,533,637.00 77,079,707.00 78,472,914.00 Pasivo Diferido Contingente - 10,575,245.00 5,361,719.00 4,035,377.00 4,035,377.00 22,346,173.00 Suma Pasivo Diferido - 10,575,245.00 5,361,719.00 4,035,377.00 4,035,377.00 22,346,173.00

Suma Pasivo 29,440,934.00 37,243,718.00 69,840,075.00 81,569,014.00 81,115,084.00 100,819,087.00

Patrimonio

Patrimonio aportado 102,150,113.00

109,049,841.00

115,886,109.00

125,644,951.00

141,643,345.00

160,542,112.00

Superávit por revaluación 179,483,548.00

190,677,716.00

209,216,812.00

223,239,105.00

242,281,210.00

239,850,144.00

Déficit de ejercicios anteriores -47,259,056.00

-51,052,980.00

-66,962,309.00

-111,909,763.0

0

-105,089,518.0

0

-125,117,045.0

0

Déficit / Superávit del ejercicio -3,793,924.00 -15,909,329.00

-44,947,454.00 6,820,245.00 -

20,027,527.00 -

30,435,363.00

Suma Patrimonio 230,580,681.00

232,765,248.00

213,193,158.00

243,794,538.00

258,807,510.00

244,839,848.00

Suma Pasivo más Patrimonio 260,021,615.0 270,008,966.0 283,033,233.0 325,363,552.0 339,922,594.0 345,658,935.0

Page 49: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

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Nombre: Colegio de Postgraduados

49

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

0 0 0 0 0 0

ESTADOS FINANCIEROS – RESULTADOS (pesos)

Concepto Diciembre 31 de 2000

Diciembre 31 de 2001

Diciembre 31 de 2002

Diciembre 31 de 2003

Diciembre 31 de 2004

Diciembre 31 de 2005

Ingresos

Transferencias del Gobierno Federal 338,230,950.00

365,001,079.00

391,974,200.00

457,764,875.00

391,306,454.00

410,011,516.00

Colegiaturas e inscripciones 1,904,683.00 1,956,342.00 1,862,122.00 1,643,807.00 1,608,595.00 1,307,069.00 Venta de productos y Servicios 5,506,636.00 4,798,110.00 5,980,525.00 4,479,482.00 4,201,106.00 4,634,188.00

Total de Ingresos 345,642,269.00

371,755,531.00

399,816,847.00

463,888,164.00

397,116,155.00

415,952,773.00

Egresos

Costo de actividades 360,506,509.00

399,147,218.00

450,946,531.00

460,752,995.00

421,148,445.00

450,490,074.00

Total de Egresos 360,506,509.00

399,147,218.00

450,946,531.00

460,752,995.00

421,148,445.00

450,490,074.00

Resultado de Operación -14,864,240.00

-27,391,687.00

-51,129,684.00 3,135,169.00 -

24,032,290.00 -

34,537,301.00 Productos financieros 1,956.00 Otros productos 11,068,360.00 11,482,358.00 6,182,230.00 3,685,076.00 4,004,763.00 4,101,937.00

Resultado del Ejercicio -3,793,924.00 -15,909,329.00

-44,947,454.00 6,820,245.00 -

20,027,527.00 -

30,435,364.00

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Incluir el Dictamen emitido por los Auditores Externos designados por la Secretaría de la Función Pública. Al 31 de Diciembre de 2000 García Cepeda y Asociados, S. C. En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, los ingresos y egresos del Colegio de Postgraduados, por los años terminados el 31 de diciembre de 2000 y 1999, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal. Al 31 de Diciembre de 2001 Montenegro Ramírez y Asociados, S. C. En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera del Colegio de Postgraduados (en ciencias agrícolas), al 31 de diciembre de 2001, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por el año que terminó en esa fecha, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal. Al 31 de Diciembre de 2002 Delgado Castellanos Meza y Asociados, S. C. En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera del Colegio de Postgraduados (Institución de enseñanza e investigación en ciencias agrícolas), al 31 de diciembre de 2002, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por el año que terminó en esa fecha, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal. Al 31 de Diciembre de 2003 Delgado Castellanos Meza y Asociados, S. C. En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera del Colegio de Postgraduados (Institución de enseñanza e investigación en ciencias agrícolas), al 31 de diciembre de 2003 y 2002, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminados en esas fechas, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal. Al 31 de Diciembre de 2004 Delgado Castellanos Meza y Asociados, S. C.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera del Colegio de Postgraduados (Institución de enseñanza e investigación en ciencias agrícolas), al 31 de diciembre de 2004 y 2003, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminados en esas fechas, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal. Al 31 de Diciembre de 2005 Delgado Castellanos Meza y Asociados, S. C. En nuestra opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera del Colegio de Postgraduados (Institución de enseñanza e investigación en ciencias agrícolas), al 31 de diciembre de 2005 y 2004, y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminados en esas fechas, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal. Incluir el Informe de los Comisarios Públicos sobre los Estados Financieros, y la aprobación respectiva de los Órganos de Gobierno.

Recomendaciones del Comisario Público sobre los Estados Financieros Dictaminados

Al 31 de diciembre 2000

Darse por enterado de los estados financieros del Colegio de Postgraduados correspondientes al 31 de diciembre del año 2000;

Instrumentar las acciones que correspondan para mejorar la captación de ingresos; Agilizar las actividades para concluir a la brevedad el inventario de activos fijos; Actualizar los procedimientos de control y seguimiento de la aplicación y comprobación de los fondos otorgados por

instituciones nacionales y extranjeras para el desarrollo de proyectos e investigaciones. Dar estricto seguimiento a la cuenta de comprobación de los fondos en administración de Centros Regionales e

Institutos, así como otras cuentas por cobrar; y Agilizar la atención de observaciones emitidas por las diferentes instancias de fiscalización que al 31 de diciembre del

año 2000 se reporta en un total de 53 observaciones.

Al 31 de diciembre 2001

La existencia de contingencias importantes derivadas de algunos impuestos. Específicamente mencionó una

contingencia ya definida por 110 millones de pesos de impuestos de 1996 y existen otras que no están valorizadas.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Retraso en la captación de los recursos del Colegio, lo que señaló en el sentido de que si la Junta quiere fortalecer a la institución, deberá buscar nuevos mecanismos para hacerle llegar recursos ya que los previstos por medio de CONACYT ya no se están dando. Consideró que teniendo una institución de las características del Colegio, con la importancia que tiene, se debería de reconsiderar hacia el interior de la propia SAGARPA la posibilidad de canalizarle los recursos necesarios para que ellos puedan mantenerse como una institución de nivel. Agregó que quizá también pudiera participar en las evaluaciones de los programas sociales que desarrollan todas las instituciones.

Al 31 de diciembre 2002

El Ing. Miguel Abiaca Lee entregó a los Consejeros copia del Informe de los Comisarios Públicos sobre los Estados Financieros Dictaminados al 31 de diciembre de 2002, en el que, tomando en cuenta la opinión del Auditor Externo, consideran que no existe inconveniente en que el Órgano de Gobierno apruebe dichos Estados Financieros.

Al 31 de diciembre 2003

El Lic. Mario César Orellana Ramírez comentó que, en cumplimiento a la normatividad aplicable y en adición a lo señalado en este informe, se reiteran las recomendaciones emitidas en la Opinión que se acaba de leer.

Al 31 de diciembre 2004

Revisar el procedimiento de cálculo de los impuestos sobre productos del trabajo a efecto de establecer un mecanismo de control integral que evite su recurrencia.

Al 31 de diciembre 2005

Se analizó el dictamen presentado por el auditor externo del despacho Delgado Castellanos Meza y Asociados, Sociedad Civil, Contador Público, referente a la revisión que efectúa a los Estados Financieros sobre los cuales señala que: “En nuestra Opinión, los Estados Financieros antes mencionados presentan razonablemente y en todos los aspectos importantes la situación financiera del Colegio de Postgraduados, Institución de Enseñanza e Investigación en Ciencias Agrícolas, al 31 de diciembre del 2005 y 2004 y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera por los años que determinaron en esas fechas, de conformidad con las políticas y prácticas contables establecidas por el Gobierno Federal.” El examen y contenido de este Informe se refiere al capítulo de la situación financiera de la Opinión de los Comisarios e Informe de Autoevaluación del Colegio de Postgraduados para el Ejercicio 2005 presentado por su Director General ante esta Junta Directiva en su Primera Sesión Ordinaria de 2006, refiriéndose a las recomendaciones emitidas en dicha Opinión. Por lo anterior y con base en la Opinión del Auditor Externo, consideramos que no existe inconveniente para que este Órgano de Gobierno apruebe los Estados Financieros del Colegio de Postgraduados al 31 de diciembre de 2005, incorporando a este documento copia de este Informe en el Acta respectiva.

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FORMATO 1

4) Integración de Programas y Presupuesto. Evaluar la suficiencia del presupuesto autorizado con la congruencia del calendario y de la estructura del presupuesto, con respecto a las metas anuales por programas. La distribución del presupuesto a nivel clave y calendario enmarca las actividades prioritarias del Colegio de Postgraduados: la educación y la investigación, aunadas a las metas que como entidad se presentan cada año en función de estas dos actividades, lo que permite mostrar el grado de desempeño del Colegio en relación a los objetivos del Programa Nacional de Desarrollo 2000 – 2006 en estos rubros, sin embargo el presupuesto destinado para estas actividades, ha resultado insuficiente, hasta el 2004 el gasto de operación permaneció constante sin considerar siquiera los efectos de la inflación, el capitulo 1000 se modificó en función de los incrementos salariales autorizados (derivados de las negociaciones contractuales) y de la cancelación de plazas motivada por la implementación de los programas de separación voluntaria para servidores públicos. En los rubros de inversión y obra pública se presentaron aportes mínimos en relación con las necesidades propias de la Entidad, que al no contar con presupuesto se ha visto rebasada por las inclemencias del tiempo y el deterioro natural de las instalaciones, obligándonos actualmente a implementar mantenimientos correctivos urgentes y en algunos casos hasta la reconstrucción de instalaciones. Valorar la importancia de los ajustes que fue necesario incorporar, en función de los programas afectados. No Aplica. Cuantificar y comentar las ampliaciones y reducciones operadas durante el ejercicio fiscal. En resumen durante el ejercicio 2005, se tuvo una reducción al presupuesto autorizado por un importe de 13.7 millones de pesos. Se tuvieron ampliaciones para cubrir los incrementos salariales autorizados, para apoyar el pago de impuestos, y para compensar el presupuesto autorizado en los capítulos 2000, 3000, 5000 y 6000 por un importe de 26.4 millones, y reducciones por un total de 39.9 millones por concepto de reintegro de recursos al ramo 23 (por la cancelación de plazas del personal que se inscribió en el Programa de Separación Voluntaria implementado en ese ejercicio), y recursos recortados derivados de la resolución de la controversia constitucional interpuesta por el ejecutivo.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

5) Cumplimiento de Programas y Metas Programáticas. Referente a los indicadores establecidos durante los ejercicios 2000 al 2005, El Colegio de Postgraduados ha reportado un cumplimiento del 100% de las metas en los cinco ejercicios antes mencionados. Este cumplimiento en las metas ha sido reportado en los informes de la Cuenta Pública de cada uno de estos ejercicios, considerando en cada uno de los ejercicios las reducciones y ampliaciones obtenidas, así como el impacto de cada uno de los movimientos `presupuestales en los indicadores.

IV. Recursos Humanos Integrar información actualizada de la estructura básica y no básica. La estructura básica de personal en la Entidad considera tres grandes grupos: Servidores Públicos de Mando Integrados por 1 Mando Superior (Director General) y 51 Mandos medios (2 Secretarios Generales, 16 Directores de Área, 8 Subdirectores de Área y 24 Jefes de Departamento 1 Secretario Particular del Director General). En 2003, se retiraron en el programa de separación voluntaria 11 Jefes de Departamento y 1 Secretario Particular del Secretario General (al determinar la SHyCP la desaparición de estas posiciones). Personal Académico Agrupa 616 plazas de personal académico, en las Zonas Económicas II y III; al ser el área esencial de la Entidad, no ha incrementado pero tampoco disminuido el número total, solamente ha cambiado la integración debido a las promociones autorizadas durante estos años. Personal Administrativo Actualmente cuenta con 953 plazas, en las Zonas Económicas II y III; desde el año 2002 en que se implantaron los programas de separación voluntaria, ha habido una sensible reducción de 618 plazas entre el final de 2002 y el final de 2005. Organigrama vigente en este periodo

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Organigrama - Vigente desde el 1° de Junio de 1999 Autorizado y registrado ante: Unidad de Servicio Civil SHCP y Unidad de Desarrollo Administrativo SECODAM

ÁREAS DE APOYO A LA DIRECCIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE FITOSANIDAD

DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE

RECURSOS GENÉTICOS Y

PRODUCTIVIDAD

DIRECCIÓN DEL CAMPUS TABASCO

DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE

RECURSOS NATURALES

DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DE

SOCIOECONOMÍA, ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA

DIRECCIÓN DEL CAMPUS

VERACRUZ

I

II

III

IV

___

___

___

___

ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

DIRECCIÓN DEL CAMPUS SAN LUIS

POTOSÍ

DIRECCIÓN DEL CAMPUS

CÓRDOBA

DIRECCIÓN DEL CAMPUS PUEBLA

DIRECCIÓN GENERAL

DIRECCIÓN JURÍDICA

DIRECCIÓN DE RELACIONES

INTERNACIONALES

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FORMATO 1

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ACADÉMICOS

DEPARTAMENTO DE IDIOMAS

DEPARTAMENTO DE PROYECTOS Y

CONVENIOS

DEPARTAMENTO DE BECARIOS

DEPARTAMENTO DE

DOCUMENTACIÓN Y BIBLIOTECA

DEPARTAMENTO DE DIFUSIÓN

II

III

V

VI

___

___

___

___

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS

INSTITUCIONALES

SECRETARÍA GENERAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

CÓMPUTO ACADÉMICO

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

CÓMPUTO ADMINISTRATIVO

SUBDIRECCIÓN DE

ORGANIZACIÓN Y CÓMPUTO

COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE POSTGRADO

COORDINACIÓN DE

INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

IV

___

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

DEPARTAMENTO DE RECURSOS

HUMANOS

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES

DEPARTAMENTO DE CAMPOS

EXPERIMENTALES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO

INFANTIL

II

III

V

VI

___

___

___

___

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA

COORDINACIÓN DE OPERACIÓN

COORDINACIÓN FINANCIERA

IV

___

DEPARTAMENTO DE ALMACÉN

GENERAL

DEPARTAMENTO DE TESORERÍA

DEPARTAMENTO DE CONTRATOS

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD,

FORMULACIÓN Y CONTROL

DEPARTAMENTO DE PROYECTOS

EXTERNOS

DEPARTAMENTO DE

ADQUISICIONES

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

I

II

IV

VI

___

___

___

___

III

___

V

___

DIRECCIÓN JURÍDICA

DIRECCIÓN GENERAL

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

SUBDIRECCIÓN DE RELACIONES

LABORALES

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

DIRECCIÓN GENERAL

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

I

II

IV

VI

___

___

___

___

III

___

V

___

DIRECCIÓN DE CAMPUS

SUBDIRECCIÓN DE CAMPUS

Este modelo fue adoptado para los Campus del Colegio de Postgraduados: • Campus Tabasco • Campus Veracruz • Campus San Luis Potosí • Campus Córdoba • Campus Puebla

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Relación del personal de base, confianza, honorarios y eventual. No se tienen plazas eventuales ni de honorarios con cargo al Capítulo 1000; 953 plazas de base para personal administrativo; de ellos tenemos 181 no sindicalizados y 772 sindicalizados. Las plazas consideradas de confianza son los Servidores Públicos de Mando (52) y las plazas de personal académico (616). Únicamente el puesto de Secretario Particular del Director General es por norma, los demás son de estructura. No tenemos personal por honorarios. No tenemos personal eventual. Describir los cambios estructurales realizados durante el periodo que se informa y los objetivos y resultados alcanzados. Como antecedente importante y detonador del cambio que se había propuesto en las conclusiones del estudio realizado por el ITESM-CEM para evaluar la capacidad de la Entidad para cumplir con el Convenio de Desempeño una vez constituído en Centro Público de Investigación, y después de efectuar numerosos talleres orientados a identificar fortalezas y debilidades, el 7 de noviembre de 2003 se conoció el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2004, en cuyo Transitorio Segundo se planteó la desincorporación del Colegio de la Administración Pública Federal. Como respuesta a esta iniciativa, la Comunidad Académica del Colegio de Postgraduados (CACP) se organizó internamente y decidió constituir un Comité ProDefensa del Colegio, con tres objetivos básicos: 1. Evitar la desincorporación del Colegio de Postgraduados 2. Gestionar un incremento al presupuesto fiscal para el Colegio de Postgraduados, tradicionalmente exiguo e insuficiente para cumplir su misión fundamental y 3. Obtener la autonomía jurídica La motivación para alcanzar el objetivo de autonomía se reforzó con la propuesta emanada del propio Secretario de SAGARPA (y dada a conocer por el Director del Colegio a la CACP), así como de miembros de la Junta Directiva e Invitados Especiales, incluyendo legisladores, que se presentaron ante la CACP y señalaron la necesidad de redefinir una nueva Institución. Instrucción de la Junta Directiva

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Acuerdo 01.04.03 ex. Con fundamento en el Artículo 58, Fracción VIII de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y el Artículo 14, Fracción II del Reglamento Interior del Colegio de Postgraduados, la H. Junta Directiva instruye al Director General a elaborar una propuesta de reestructuración integral para la modernización de la Institución que provenga de la consulta interna a través de los Órganos correspondientes, y externa con aportaciones de Instituciones especializadas. Esa propuesta deberá ser presentada a este Órgano de Gobierno en la segunda semana de enero de 2004. Para tal fin los integrantes de la Junta Directiva acuerdan apoyar al titular en los trabajos necesarios para elaborar la propuesta en el ámbito de competencia de cada uno de ellos. Proceso de Planeación Estratégica Se realizó este proceso por todos los integrantes del H. Consejo Técnico, con aportaciones de la Comunidad Académica del Colegio de Postgraduados y distintos actores del entorno (consumidores, asociaciones, productores, etc.), comenzando con análisis de antecedentes, situación y retos del Sector Rural en México, la educación superior, el desarrollo de la investigación, la vinculación y transferencia en ciencias agrícolas, el posicionamiento del Colegio de Postgraduados, y la situación actual del Colegio de Postgraduados. Realizamos un análisis de fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas, redefiniendo la Misión, Visión y los Objetivos Estratégicos de la Institución. Las conclusiones de este trabajo fueron publicadas el 6 de Abril de 2004. Evaluación Externa La Junta Directiva juzgó necesario integrar un Comité Internacional de Evaluación, compuesto por miembros de México (Instituto Nacional de Administración Pública) y Holanda ( Universidad de Wagenningen), que recomendara las direcciones en las que el Colegio tiene que avanzar para satisfacer las demandas de la sociedad. Enunciamos a continuación estas recomendaciones. Recomendación 1. Considerando las políticas sectoriales, se requiere fortalecer las relaciones interinstitucionales entre los centros de educación y las instituciones de investigación en el área de la agricultura y del desarrollo rural, específicamente entre el Colegio de Postgraduados, el INIFAP, y las Universidades de Chapingo y Antonio Narro. La SAGARPA debe asumir la iniciativa para este proceso de ordenamiento y cooperación. Recomendación 2. Acelerar la integración del Sistema Nacional de Investigación y Transferencia Tecnológica para el Desarrollo Rural Sustentable, establecido en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, dirigido por la SAGARPA. Recomendación 3. El Comité recomienda que se fortalezcan los lazos entre los campus, en beneficio de la sociedad y del Colegio en su totalidad. Se debe fortalecer la red de campus a través de incentivos y la promoción de un enfoque más multidisciplinario.

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Recomendación 4. El Colegio de Postgraduados debe crear un cuerpo para la planeación estratégica, que le permita identificar las áreas de oportunidad, así como contribuir al aseguramiento de la calidad y transparencia en todos sus procesos y acciones. Recomendación 5. Con respecto al papel del Colegio en la sociedad, el Comité considera necesario contar con un programa confiable y detallado de seguimiento a los egresados para determinar si se están logrando sus metas. Recomendación 6. Por estas razones, el Comité recomienda que dentro del marco del Convenio de Desempeño, establecido con la Coordinadora Sectorial y CONACyT, la SAGARPA debe proveer recursos fiscales para proyectos estratégicos e infraestructura para lograr que el Colegio de Postgraduados cumpla sus objetivos; también debe apoyar el proceso de reestructuración administrativa y las gestiones para que mejore su capacidad de generar recursos financieros propios. Recomendación 7. Asimismo, el Comité recomienda que el Colegio promueva que la SAGARPA y CONACyT alinien el financiamiento con sus políticas y prioridades. Sobre esto, el Comité recomienda que el Colegio tenga una mayor participación en el financiamiento sectorial y mixto, como es previsto por la Ley de Ciencia y Tecnología y los fondos específicos de CONACYT para la repatriación de investigadores, adquisición y modernización del equipo científico equipamiento. También, el desarrollo y oferta de nuevos servicios puede contribuir a un futuro financiero sólido. Este aspecto es de relevancia, ya que sólo así el Colegio de Postgraduados podrá cumplir con su misión. Recomendación 8. El Comité también recomienda que el Colegio establezca alianzas estratégicas con instituciones nacionales e internacionales, privadas y públicas, para potenciar los recursos financieros y para acceder a consorcios de investigación más grandes. Recomendación 9. Con respecto a los procesos internos, el Comité recomienda que el Colegio: • Tenga en el financiamiento fiscal una parte sustancial para investigación. • Implemente un sistema fundamentado en resultados para los proyectos de investigación basado en “valor por dinero” y enfocado en las demandas del cliente (lo cual

incluye la investigación priorizada por políticas). • Fomente el financiamiento externo a través de un órgano de planeación y control y de una instancia dentro del Colegio para monitorear las oportunidades, dar asistencia

en la elaboración de propuestas y contratos. Con ello el Colegio podrá administrar programas mayores, y auxiliar a los académicos a conseguir mayor financiamiento externo.

Recomendación 10. Considerando las mejoras en la administración, el Comité recomienda que el Colegio: • Implemente un mecanismo transparente para la asignación de presupuestos. • Implemente un proceso de toma de decisiones para la descentralización de presupuestos, definiendo responsabilidades y anexando procedimientos de control para los

respectivos campus y proyectos para hacer transparente los ingresos y egresos.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

• Desarrolle un sistema transparente de costeo y defina el margen de operación, costos esperados debido a los académicos que serán repatriados en los años venideros y los costos de los salarios de académicos.

• Elabore un plan estratégico de financiamiento basado en costos e ingresos esperados. • Elabore un manual con lineamientos para la administración de proyectos externos como base para la administración y control. • Mejore los sistemas de información para control financiero. Recomendación 11. Por estas razones se recomienda la reestructuración académica y administrativa del Colegio para satisfacer las demandas de la sociedad de mejor manera y más rápidamente. Tomando en consideración las recomendaciones ya mencionadas, se resumen los cambios estructurales más importantes: • Junta Directiva: otorgar a los usuarios externos que comparten intereses en el campo de acción del Colegio (Por ejemplo, representantes de la agroindustria,

asociaciones agrícolas, comunidades rurales) acceso a la Junta Directiva, preferiblemente a través de la participación directa en la Junta. • Dirección General: establecer una Dirección General compuesta por un Secretario General de asuntos académicos (educación, investigación y vinculación), un

Secretario General de asuntos administrativos, y un Secretario de planeación y estrategia; las relaciones exteriores y desarrollo institucional serían dirigidos por el Director General.

• Consejo Académico: transformar el papel del Consejo Técnico en un cuerpo consultivo para asuntos académicos, e.g. para el diseño e implementación de nuevos programas educativos y de investigación y vinculación, control de calidad; crear una oportunidad para la representación de estudiantes en este consejo consultivo.

• Consejo Administrativo: crear una plataforma para asuntos administrativos, integrado por los directores de los campus e institutos y apoyado por el personal respectivo a través de un departamento de recursos humanos, de asuntos financieros, de instalaciones, de información y de adquisiciones.

• Administradores de programas: fortalecer la administración de la educación e investigación mediante la separación de las responsabilidades administrativas de las académicas de los programas.

• Directores de los campus: mantener a los campus como unidades donde el desarrollo académico se asegure y donde se posicione la capacidad científica y tecnológica del Colegio; los directores de los campus son los responsables de los asuntos administrativos y responden ante el Consejo Administrativo y finalmente al Secretario General de Asuntos Administrativos.

Recomendación 12. Se recomienda una organización matricial compuesta de una línea vertical con respecto a los asuntos administrativos y líneas horizontales con respecto a los programas y proyectos educativos, de investigación y de vinculación. Las dos partes de la matriz se conectan a nivel de la Junta Directiva, el Consejo Académico y el Consejo Administrativo, y a nivel de campus con el Director de Campus para asuntos administrativos y con los coordinadores de los programas educativos y de investigación. El papel de los institutos en el campus Montecillo puede mantenerse como unidades administrativas dentro del marco del Campus Montecillo. Recomendación 13. El Comité recomienda que: • El Colegio elabore un plan y estrategia de inversión para un periodo de 5 a 10 años. En particular en las áreas de tecnologías de la información, laboratorios y

bibliotecas.

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FORMATO 1

• El Colegio enfrente la necesidad de invertir en infraestructura en el Convenio de Desempeño para el desarrollo de oportunidades en agroindustria, informática agrícola y nuevas tecnologías de educación.

• El Colegio asigne un componente bien definido del ingreso fiscal para el mantenimiento de la infraestructura y equipo. Recomendación 14. Primero, evaluar la productividad del sistema administrativo. Segundo, con respecto al personal académico, evaluar la posibilidad de establecer normas de productividad más exigentes—publicaciones y proporción estudiante/profesor—y crear nuevas tareas, por ejemplo en la vinculación. Si la creación de nuevas tareas no es exitosa, entonces se requerirá una estrategia de movilidad, como se ha hecho recientemente en el caso de personal no académico. Recomendación 15. Con respecto al desarrollo de los académicos, el Comité recomienda ofrecer entrenamiento en el desarrollo de competencias transversales (en cooperación horizontal, administración de proyectos, negociación, servicio público, administración de recursos, entre otras). Recomendación 16. El Comité recomienda: • Instalar una oficina a cargo de la planeación estratégica y evaluación. • Actualizar los procesos de control financiero y sistemas de información administrativa, como se mencionó anteriormente. Recomendación 17. Por estas razones el Comité recomienda que: • Los programas educativos y de investigación del Colegio de Postgraduados se enfoquen hacia las demandas de la sociedad en general y particularmente hacia el

mercado de trabajo en agricultura y recursos naturales; • Se instalen mecanismos para tener información adecuada sobre las demandas del mercado de trabajo disponible, e.g. a través de juntas ad hoc de consulta externa; • Se fortalezca la posición académica de los coordinadores de programas, haciéndolos responsables por el éxito de los programas, ingreso y desempeño; • Se instale una junta consultiva por programa que consista de profesores y estudiantes para aconsejar al coordinador de programa en asuntos como calidad, coherencia,

desempeño y adaptaciones; • Se instruya a los coordinadores de programa a sustituir los actuales programas disciplinarios por programas interdisciplinarios de maestría, doctorado en ciencias y

educación continua, que se ajusten a las demandas de la sociedad; • Se instalen procedimientos de evaluación interna para monitorear la calidad de los programas de acuerdo a la implementación del sistema de evaluación interna del

Colegio que ya está en proceso; • Se requiera a los coordinadores de programas interdisciplinarios reportar al Consejo Académico y finalmente al Director de Asuntos Académicos para las decisiones

estratégicas; • Mejorar de manera continua las cualidades pedagógicas de los profesores; • El número mínimo de estudiantes por curso, para que éste se imparta, debe ser de seis. • Debe instrumentarse, a la brevedad, la flexibilidad curricular en todos los programas académicos.

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Recomendación 18. El Comité recomienda que se instale la administración de programas de investigación: • Con un enfoque en un número pequeño de programas más grandes; • Con un carácter interdisciplinario; y • Que esté en línea con el financiamiento y tenga relevancia para los usuarios externos. Recomendación 19. Debe desarrollarse y aplicarse la recomendación que promueva y regule todos los servicios externos remunerados que ofrezca el CP; de forma que se asegure la calidad y oportunidad de los servicios y la transparencia en la asignación y administración de los recursos financieros y materiales. Recomendación 20. Al igual que existen incentivos para la docencia y la investigación, deberán establecerse éstos para el servicio y la extensión. Propuesta de Reestructuración El Acuerdo 01.05ex.04 establece en su numeral 7: Tomando como base los resultados de la Evaluación Externa, la Propuesta Institucional de Reestructuración Integral para la Modernización del Colegio de Postgraduados , versión 3 del 6 de abril de 2004 y las conclusiones de la Comisión Revisora, la H. Junta Directiva decidirá el modelo organizativo, los órganos de gobierno y el plan estratégico institucional con los que se reestructurará el Colegio de Postgraduados. La estructura propuesta inicialmente contemplaba las tres Secretarías sugeridas en la Evaluación Externa, sin embargo la dificultad para poder compensar a todos los niveles de mando hizo variar esta propuesta, agrupando las funciones que tendría la Secretaría de Planeación y Desarrollo Institucional en la Secretaría Administrativa y la Secretaría Académica. El Modelo para el Corporativo es: Corporativo Dirección General Órgano Interno de Control Responsabilidades y Quejas Auditoría de Control y Evaluación Auditoría Interna Jurídico Relaciones Internacionales

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Procuraduría Académica Secretaría Administrativa Adquisiciones y Contratos Finanzas Contabilidad y Control Presupuestal Tesorería Nóminas Recursos Humanos Relaciones Laborales Comunicaciones Servicios al Personal Servicios Generales Secretaría Académica Educación Programas de Posgrado Servicios Académicos Documentación y Biblioteca Investigación Programas de Investigación Servicios a la Investigación Vinculación Consultoría y Servicios Convenios Interinstitucionales Secretaría de Planeación y Desarrollo Institucional Control del Plan Rector Enlace Regional Informática Sistemas de Información Redes y Soporte Técnico Y el modelo para los Campus, es:

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Campus Dirección del Campus Subdirección Administrativa Adquisiciones y Contratos Finanzas Recursos Humanos Subdirección de Educación Programas de Postgrado Servicios Académicos Documentación y Biblioteca Subdirección de Investigación Programas de Investigación Servicios a la Investigación Subdirección de Vinculación Consultoría y Servicios Convenios Interinstitucionales Este modelo propuesto, con su descripción de unidad, integrantes, a quien reporta, quien le reporta, requisitos, funciones, derechos y atribuciones, responsabilidades y obligaciones está desarrollado y se publicará una vez aprobada la estructura en la SHyCP y la SFP. Valorar los procesos de cambio que se encuentren en marcha, en función de los resultados alcanzados e identificar las limitaciones y rigideces operativas y administrativas que pudieran subsistir y las medidas y medios que se requieran para subsanarlas. Organización De máxima prioridad en función de seguir la instrucción de la Junta Directiva y las recomendaciones de la Evaluación Externa, los cambios en la estructura organizacional se han efectuado en todos los Campus, quedando pendiente la integración del Corporativo, dado el entorno laboral (revisiones de salarios durante el primer bimestre de 2005), los convenios con los sindicatos y los estudios de asignación de personal que se estaban realizando (a Diciembre de 2005).

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FORMATO 1

SAP Administración Previsto como la primera parte en la implantación de esta solución de sistematización; la capacitación se llevará a cabo a partir de Diciembre de 2005 y hasta Mayo de 2006. Proyectos En paralelo a la primera parte, está la imperiosa necesidad de sistematizar los proyectos en la Entidad, adicionalmente se deben desarrollar nuevos lineamientos para los mismos, ya que los actuales, vigentes desde Julio de 2005 resultan incompletos dada la variedad de situaciones que enfrentan los académicos responsables. Recursos Humanos Esta parte del proyecto se comenzará en Junio de 2006. La capacitación comprende desde el inventario de Recursos Humanos y termina con la Nómina. Administración Académica de Campus Esta etapa de capacitación comenzará en paralelo con Recursos Humanos y es la más importante atendiendo la vida institucional. Está contemplando la administración de estudios y estudiantes, con un incremento significativo en la comunicación del Colegio con su comunidad. ISO 9001:2000 La elaboración del Manual de Calidad resulta vital para redefinir la nueva forma de operar, ya que la sistematización únicamente no soluciona nada, cambia la herramienta. Se definirá la estrategia de implementación de esta fase de documentación una vez que concluya el período de educación técnica y desarrollo de habilidades en el conocimiento del software. Para definir procedimientos de operación aplicables y que permitan/obliguen a cumplir el marco normativo, es requisito un trabajo conjunto de todas las áreas desde el Corporativo y hasta desarrollar e implementar el modelo operacional de los Campus, realizando las adecuaciones que demande su tamaño y operación. La certificación de procesos se dará en el entorno de operación con la nueva herramienta, debiendo realizarse en la segunda mitad de 2006 después de que las auditorías internas y el manejo de contingencias esté debidamente probado; diferentes firmas ejecutan estas labores.

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Incluir las Condiciones Generales de Trabajo o del Contrato Colectivo de Trabajo o sus equivalentes. Contrato Colectivo de Trabajo suscrito con el Sindicato Independiente de Trabajadores del Colegio de Postgraduados (SINTCOP). DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I GENERALIDADES. CLÁUSULA 1.- OBLIGATORIEDAD DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. Las disposiciones contenidas en el presente Contrato Colectivo de Trabajo, son de observancia obligatoria para el Colegio de Postgraduados y sus trabajadores administrativos, por tiempo indeterminado o por obra o tiempo determinado y serán aplicadas en todas las unidades administrativas de la Institución, independientemente de su ubicación. CLÁUSULA 2.- RECONOCIMIENTO DE LA REPRESENTATIVIDAD DEL SINTCOP. El Colegio de Postgraduados, de acuerdo con el registro otorgado al Sindicato Independiente de Trabajadores de el Colegio de Postgraduados, por la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la voluntad expresa de la Asamblea General Nacional, reconoce que éste es el representante del mayor interés profesional de los trabajadores a que se refiere la cláusula anterior. CLÁUSULA 3.- IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. Los derechos establecidos a favor de los trabajadores en este Contrato Colectivo de Trabajo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y los usos y costumbres establecidos, son irrenunciables. CLÁUSULA 4.- AUTONOMÍA SINDICAL. El Colegio de Postgraduados será respetuoso de la autonomía que en los términos de Ley corresponde al Sindicato. CLÁUSULA 5.- APLICACIÓN DE NORMAS A FAVOR DEL TRABAJADOR. En todos los casos en que exista duda en cuanto a la aplicación de las normas laborales, se debe perseguir la realización de la justicia social, aplicándose la interpretación más favorable al trabajador. CLÁUSULA 6.- INTERVENCIÓN DEL SINDICATO EN CONFLICTOS COLECTIVOS E INDIVIDUALES. Todos los asuntos colectivos e individuales que surjan de la relación laboral prevista en este Contrato Colectivo de Trabajo y en las Leyes aplicables serán tratados entre el Colegio de Postgraduados y el Sindicato o sus respectivos representantes. Los acuerdos que celebren en forma directa los trabajadores administrativos y los representantes del Colegio de Postgraduados que contravengan la letra o las finalidades del C.C.T., Convenios, Reglamentos o de la Ley, serán nulos.

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CLÁUSULA 7.- VIGENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. El presente Contrato Colectivo de Trabajo entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y se revisará cada dos años, excepto incrementos salariales cuya revisión se hará cada año. Ambas revisiones deberán hacerse a más tardar el día primero de Marzo del año que corresponda. CLÁUSULA 8.- MATERIA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. Son materia de este Contrato Colectivo de Trabajo, las labores desarrolladas por los trabajadores administrativos en las unidades administrativas que actualmente existen en la Institución y las que en el futuro se creen. Cuando por virtud de convenios celebrados con otros organismos para la realización de proyectos especiales, el Colegio de Postgraduados contrate trabajadores, éstos serán sujetos a la aplicación del presente Contrato Colectivo de Trabajo, aún cuando se les retribuya con cargo de fondos externos. No se sujetarán al segundo párrafo de esta cláusula aquellos casos en los cuales los académicos tramiten y consigan fondos para la realización de un proyecto específico. Por ser exclusiva la aplicación de este Contrato para el personal administrativo, no será aplicable para los trabajadores de confianza. CAPITULO II LEGISLACIÓN APLICABLE CLÁUSULA 9.- LEGISLACIÓN APLICABLE. Las relaciones laborales entre el Colegio de Postgraduados y los trabajadores administrativos, por obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado a su servicio se rigen por las disposiciones del Apartado “A” del Artículo 123 Constitucional, la Ley Federal del Trabajo y el presente Contrato Colectivo de Trabajo. En lo no previsto, se aplicarán supletoriamente y en su orden, los principios generales de derecho, los principios generales de justicia social que deriven del Artículo 123 Constitucional, la Jurisprudencia, los usos y costumbres que favorezcan a los trabajadores y la equidad. En ningún caso, los derechos de los trabajadores serán inferiores a los que concede la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, Leyes que les sean aplicables en su calidad de trabajadores, los establecidos en este Contrato Colectivo de Trabajo y las normas vigentes en el Colegio en lo conducente. CLÁUSULA 10.- REGLAMENTOS. Serán aplicables los siguientes reglamentos: 1. El Reglamento de Escalafón. 2. El Reglamento de Seguridad e Higiene 3. El Reglamento de Puntualidad y Asistencia 4. El Reglamento de Becas 5. El Reglamento de Guardería 6. El Reglamento de Capacitación y Adiestramiento. 7. El Reglamento de Catálogo de Puestos 8. Y aquellos que a criterio del Colegio y el Sindicato se consideren necesarios para normar las relaciones laborales y que no sean contrarios a la Ley.

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CAPITULO III DEFINICIONES CLÁUSULA 11.- DEFINICIONES. Para la correcta interpretación y aplicación del presente Contrato Colectivo de Trabajo se definen: 1. El Colegio de Postgraduados: Se denominará “El Colegio” o la “Institución”. 2. El Director General del Colegio de Postgraduados, como el “Director”. 3. Trabajadores de confianza: Son aquellos que se encuentran comprendidos en la Cláusula 13, que por la naturaleza de las funciones que desempeñan son: de Dirección, Inspección, Vigilancia y Fiscalización cuando tengan carácter general y los que señala el artículo 9 de la Ley. 4. Trabajadores Administrativos: Las personas físicas que prestan sus servicios a la Institución por medio de Contrato Individual de Trabajo, por obra o tiempo determinado y por tiempo indeterminado. 5. El Sindicato Independiente de Trabajadores de el Colegio de Postgraduados: Se denominará “El Sindicato” o “SINTCOP”. 6. Asesores: Las personas que con voz ilustren y aclaren criterios de las partes. 7. Comisiones Mixtas: Son los órganos paritarios que se establecen en el presente Contrato Colectivo de Trabajo y los que, por acuerdo del Colegio y del Sindicato se establezcan para el desempeño de tareas específicas, integrados por igual número de representantes del Colegio y del Sindicato, para discutir y resolver los asuntos de su competencia, conforme a sus propios reglamentos. 8. El Contrato Colectivo de Trabajo del Colegio de Postgraduados: como “El Contrato” o el “C.C.T”. 9. Unidad Administrativa: Todos y cada uno de los centros de trabajo del Colegio. 10.Centros Regionales son: Unidades Administrativas Foráneas y otros que se considere conveniente crear. 11.Delegaciones y Secciones del Sindicato: Son Unidades estructurales del Sindicato, previstas en sus estatutos. 12. Representantes: a) Del Colegio: El Director y aquellos en quien él delegue facultades para tratar y resolver los problemas de trabajo individuales o colectivos que se presenten en la esfera de su competencia, con motivo de la aplicación del presente Contrato Colectivo de Trabajo y de la Ley. b) Del Sindicato: Son las personas facultadas para tratar y resolver los problemas de trabajo que se presenten en la esfera de su competencia con motivo de la aplicación de este Contrato Colectivo de Trabajo y de la Ley, a saber: I) Comité Ejecutivo Nacional y las Comisiones Nacionales Estatutarias Permanentes. II) Representación Sindical en la Comisión Revisora del Contrato Colectivo de Trabajo y/o salarios. III) Comités Ejecutivos Seccionales, en su jurisdicción. IV) Comités Delegacionales en cada Centro Regional, en su jurisdicción. V) Comisiones Auxiliares Estatutarias Permanentes, en su jurisdicción. VI) Representantes de Área en los Centros o Departamentos, en su jurisdicción. VII) Las personas físicas con facultades delegadas por el Comité Ejecutivo Nacional.

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13. Escalafón: El sistema organizado en el Colegio de Postgraduados para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores. 14. Ley: La Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del Apartado “A” del Artículo 123 Constitucional. 15. El ISSSTE: El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 16. Ley del ISSSTE: La Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 17. Reglamentos: Las normas que a criterio del Colegio y del Sindicato se aprueben para fines específicos relacionados con el Contrato Colectivo de Trabajo . 18. La Junta: La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 19. Usos y Costumbres: La práctica reiterada de una conducta que no sea contraria a la Ley. 20. Capacitación y Adiestramiento: Procedimientos tendientes a que los trabajadores adquieran conocimientos para obtener ascensos conforme al escalafón o mejorar sus aptitudes profesionales. 21. Cambio: Es el movimiento temporal o permanente del personal dentro de la misma adscripción. 22.Cambio de Adscripción: Cualquier movimiento temporal o permanente para pasar de un centro de trabajo a otro, en una misma Entidad Federativa o en otra distinta, sin que altere la categoría del trabajador. 23.Comisión: Cambio temporal de un centro de trabajo a otro sin que el trabajador pierda su adscripción. 24.Derechos de Antigüedad: Son los que adquiere un trabajador por la prestación de sus servicios a la Institución, por obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. 25.Jornada: El número de horas que de acuerdo a su Contrato Individual de Trabajo, el trabajador está obligado a prestar sus servicios. 26.Permuta: Es el cambio entre dos trabajadores del mismo puesto y nivel salarial conforme al Reglamento de Escalafón. 27.Convenios: Los que celebren el Colegio y el Sindicato que regulen o expliciten las Normas Laborales. 28.Partes: Cuando intervengan conjuntamente el Colegio y el Sindicato. 29.Revisión de Funciones para Reclasificación: Es el estudio que a petición de la Institución, del Sindicato o del Trabajador, deb erá realizar la Comisión Mixta de Escalafón, para resolver los casos de los trabajadores que se encuentren realizando durante seis meses ininterrumpidos cuando menos, funciones diferentes a las que en virtud de su contrato individual de trabajo les corresponden. 30.Salario Tabular: Es la retribución que el Colegio debe pagar al trabajador a cambio de los servicios prestados y conforme a la asignación que aparece en el tabulador anexo al Contrato Colectivo de Trabajo. 31. Salario Integral: Es el que se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitaciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, conforme a los artículos 84 y 89 de la Ley. 32. Catálogo de Puestos: Es el documento mediante el cual se describen los puestos del personal administrativo del Colegio, especificando funciones, requisitos y cuyos salarios mensuales están contemplados en el tabulador respectivo. TITULO SEGUNDO DE LAS RELACIONES DE TRABAJO CAPITULO I

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CLASIFICACIONES DE LOS TRABAJADORES CLÁUSULA 12.- CLASIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES. Los trabajadores al servicio de la Institución, se dividen en: a). Trabajadores de confianza. b). Trabajadores administrativos. CLÁUSULA 13.- TRABAJADORES DE CONFIANZA. La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento. La categoría de trabajador de confianza en el Colegio de Postgraduados será determinada por la Comisión Mixta de Catálogo de Puestos. CLÁUSULA 14.- TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS. Todos los no incluidos en la cláusula anterior y que a saber son: a). De planta b). Temporales CLÁUSULA 15.- TRABAJADORES DE PLANTA. Son todos aquellos que han adquirido todos los derechos consignados en las leyes laborales y que han sido contratados por tiempo indeterminado. CLÁUSULA 16.- TRABAJADORES TEMPORALES.- Son todos aquellos que son contratados por obra y tiempo determinado. a). Por obra determinada: Son aquellos que se contratan cuando así lo exige la naturaleza del trabajo para realizar una obra específica previamente señalada. b). Por tiempo determinado: Son aquellos que se contratan cuando así lo exija la naturaleza del trabajo. Si vencido el Contrato o el término que se hubiera fijado, subsiste la materia de trabajo, la relación se prorrogará por el tiempo que perdure esta circunstancia. Si al término del Contrato o del tiempo fijado no se avisa al trabajador de tal hecho con 5 días de anticipación y continúa laborando, adquirirá la condición de trabajador por tiempo indeterminado, siempre que exista una plaza disponible en plantilla de pie de grupo o declarada desierta. CLÁUSULA 17.- TRABAJADORES SINDICALIZADOS QUE PASAN A PUESTOS DE CONFIANZA. Los trabajadores sindicalizados que pasen a ocupar puestos de confianza, quedarán suspendidos en sus derechos y obligaciones sindicales, y deberán solicitar la licencia respectiva a su planta y obtener licencia sindical para poder ocupar el puesto de confianza. Esta última licencia deberá renovarse cada año; en caso contrario el trabajador deberá regresar a su puesto de planta de manera inmediata. En cualquier situación respecto al personal sindicalizado que pudiera ocupar un puesto de confianza, se estará a lo señalado en el Reglamento de Escalafón vigente.

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CLÁUSULA 18.- TRABAJADORES NO SINDICALIZADOS QUE PASAN A OCUPAR PUESTOS DE CONFIANZA. La Comisión Mixta de Escalafón analizará los casos de trabajadores de planta no sindicalizados que sean invitados a ocupar puestos de confianza, dictaminando dicho movimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento de Escalafón. CLÁUSULA 19.- CAMBIO DE LABORES EN PUESTOS DE CONFIANZA. Cuando exista cambio de labores en puestos de confianza, si éstas pudieran corresponder a puestos administrativos, se estará a lo dispuesto por la Cláusula 14 de este Contrato Colectivo de Trabajo. CLÁUSULA 20.- DERECHOS DE ANTIGÜEDAD. Se considera la antigüedad de los trabajadores, el período durante el cual un trabajador ha prestado sus servicios en el Colegio, sujetándose a lo dispuesto en los artículos 156 y 158 de la Ley. CAPITULO II DE LA ADMISIÓN DE LOS TRABAJADORES CLÁUSULA 21.- DEL INGRESO. Las plazas disponibles de últimas categorías, o declaradas desiertas, una vez corridos los escalafones respectivos con motivo de las vacantes que hubiere serán cubiertas por la Institución, la cual solicitará al SINTCOP que presente los candidatos correspondientes. CLÁUSULA 22.- REQUISITOS DE ADMISIÓN. Son requisitos de ingreso para el trabajador del Colegio los siguientes: 1. Llenar solicitud de ingreso por escrito a la Institución, a través del Sindicato. 2. Ser de nacionalidad mexicana, salvo aquellos casos en que no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio de que se trate. 3. Tener 16 años cumplidos, y al cumplir 18 años, dará cumplimiento al séptimo requisito de esta cláusula. 4. Presentar certificado de instrucción primaria, como mínimo, o los certificados de estudios correspondientes conforme al puesto de que se trate según el catálogo de puestos del personal administrativo elaborado por el Colegio y el Sindicato. 5. Cubrir los requisitos de aptitud y experiencia, según el catálogo de puestos del personal administrativo elaborado por el Colegio y el Sindicato, presentando los documentos necesarios. 6. Presentar examen médico y no padecer enfermedad contagiosa o lesión orgánica que determine incapacidad para el desempeño normal del trabajo. 7. Los varones mayores de 18 años, deberán presentar su cartilla de servicio militar liberada o en su defecto, deberán presentar constancia de estar cumpliendo con el servicio militar nacional. 8. Presentar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, 6 fotografías, acta de nacimiento, acta de matrimonio en caso de ser casado y acta de nacimiento de cada uno de sus hijos en caso de que los hubiere. 9. Exhibir comprobante de afiliación, en caso de ser derecho habiente del ISSSTE. 10. Ser miembro del Sindicato contratante, en virtud de haber sido aceptado por éste.

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CLÁUSULA 23.- LEGISLACIÓN APLICABLE AL PERSONAL DE NUEVO INGRESO. Todo trabajador que cumpla con los requisitos de admisión y sea aceptado, está obligado a regir sus actos por el más alto concepto del profesionalismo, establecido por la Ley, el presente Contrato y por los reglamentos vigentes en la Institución. CLÁUSULA 24.- PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN. 1. El Colegio dará a conocer a la Comisión Mixta de Escalafón, las vacantes que se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes en que se dicte el oficio de baja o se apruebe oficialmente la creación de plazas. 2. La Comisión Mixta de Escalafón dictaminará los movimientos escalafonarios que procedan y los comunicará a la Institución a fin de que ejecute el o los movimientos escalafonarios. 3. Para cubrir plazas vacantes una vez efectuado el recorrido escalafonario, y de conformidad con el criterio establecido en la cláusula 21 del C.C.T., la Institución solicitará por escrito al Sindicato que presente candidatos a ocupar las plazas vacantes. 4. En virtud de que el trabajo es un derecho y un deber social y que no es artículo de comercio y exige el respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, debiendo efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia, no podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política, condición social, estatura ni promedio alguno para estudiantes, a menos de que la Comisión Mixta de Escalafón en este último caso así lo determine por la naturaleza de los servicios que hayan de prestarse, debiéndose respetar las disposiciones legales de protección al trabajo de mujeres y menores, por lo tanto, no se podrá impedir el trabajo a ninguna persona siendo lícito, únicamente pudiendo vedarse por resolución de la autoridad laboral competente cuando se ataquen los derechos de terceros y se ofendan los de la sociedad. CAPITULO III DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO. CLÁUSULA 25.- FORMALIZACIÓN DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO. La relación individual de trabajo entre el Colegio y los trabajadores administrativos, se formalizará mediante contrato individual de trabajo expedido por la autoridad facultada para ello. CLÁUSULA 26.- PROHIBICIÓN DE MERITORIOS. A todo trabajador deberá expedírsele la constancia de contratación; queda prohibido el ingreso al servicio de personas con carácter de meritorias. CLÁUSULA 27.- DEL PLAZO PARA EXPEDIR CONTRATOS INDIVIDUALES. El contrato individual de trabajo deberá expedirlo el Colegio, previamente a que el trabajador tome posesión de su puesto, entregando el original al trabajador. CLÁUSULA 28.- REQUISITOS DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES. Los contratos individuales de trabajo deberán contener: 1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador.

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2. Los servicios que deben prestarse determinándose con la mayor precisión posible de acuerdo al puesto que le corresponda, ajustándose a lo dispuesto en el catálogo de puestos del personal administrativo. 3. El carácter del contrato: por obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. 4. La duración de la jornada de trabajo. 5. El puesto, salario y demás prestaciones que habrá de percibir el trabajador. 6. El lugar y la adscripción en que prestará sus servicios. 7. Fecha de inicio de la prestación de los servicios. 8. Para los trabajadores contratados por obra o por tiempo determinado, la fecha prevista para la terminación de la prestación del servicio, atendiendo a la naturaleza del trabajo. 9. Cuando se trate de trabajadores que deban prestar sus servicios sin residencia fija, se señalará en su contrato individual de trabajo la zona o región en que los prestarán. CLÁUSULA 29.- TIPOS DE CONTRATOS INDIVIDUALES. Los contratos individuales de trabajo podrán ser por obra, por tiempo determinado o por tiempo indeterminado, de acuerdo a las siguientes definiciones: 1. Por tiempo indeterminado. Son indeterminados los que se expiden a los trabajadores que cubran las vacantes de planta definitivas o de nueva creación y que estén contenidas en el catálogo de puestos y el tabulador respectivo . 2. Por tiempo determinado. Son los que se expidan con fecha precisa de terminación para trabajos eventuales o de temporada. 3. Por obra determinada. Son los que se expidan para realizar una obra específica previamente señalada, cuando así lo exija la naturaleza del trabajo. La duración de la relación en este caso, serán mientras se realice la obra materia del Contrato Individual. Los contratos individuales por tiempo y por obra determinados, no generan derechos escalafonarios. CLÁUSULA 30.- PERIODO PARA TOMAR POSESIÓN DEL PUESTO. Expedido el contrato individual de un trabajador de nuevo ingreso, éste deberá tomar posesión del puesto dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que se le haya notificado su designación, debiéndose cubrir su salario a partir de la iniciación de labores. En caso de que el trabajador no se presente, dicho contrato quedará sin efecto. CAPITULO IV DEL ESCALAFÓN, CAMBIOS Y PERMUTAS CLÁUSULA 31.- DEL ESCALAFÓN. Se denomina escalafón al sistema organizado para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores de planta y autorizar las permutas, ajustando los procedimientos de los mismos, a los términos que para tal efecto establezca el Reglamento de Escalafón. CLÁUSULA 32.- PLANTILLA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO. El Colegio respetará la plantilla de personal administrativo que apruebe presupuestalmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, misma que se hará del conocimiento del Sindicato al principio de cada ejercicio anual.

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CLÁUSULA 33.- REFORMAS AL REGLAMENTO DE ESCALAFÓN. La Institución y el Sindicato respetarán y aplicarán las reformas que convengan, para tener siempre actualizado el Reglamento de Escalafón. CLÁUSULA 34.- APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ESCALAFONARIOS. Los procedimientos escalafonarios serán aplicados por la Comisión Mixta de Escalafón que es el órgano facultado de carácter permanente, encargado de hacer cumplir y vigilar las disposiciones a que se refiere este capítulo. CLÁUSULA 35.- DE LA APLICACIÓN DE DERECHOS ESCALAFONARIOS. Los derechos escalafonarios sólo serán aplicables a los trabajadores de planta. CLÁUSULA 36.- UNIDADES ESCALAFONARIAS. Dentro de la Institución el escalafón se integrará mediante unidades escalafonarias, con los trabajadores de planta de la Sede y de cada uno de los Centros Regionales. Estas unidades escalafonarias podrán modificarse para crear otras, si así lo convienen la Institución y el Sindicato, a través de la Comisión Mixta de Escalafón. CLÁUSULA 37.- MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO. Cualquier movimiento de personal administrativo que altere temporal o permanentemente la plantilla de personal, deberá ser notificada a la Comisión Mixta de Escalafón. Por lo tanto, los cambios, cambios de adscripción, comisiones y permutas se deberán solicitar por escrito ante la misma Comisión. CLÁUSULA 38.- DERECHO DE ADSCRIPCIÓN. Los trabajadores tienen derecho a su adscripción de unidad administrativa y escalafonaria en el lugar que señale su contrato. El Colegio no podrá cambiar de adscripción a ningún trabajador salvo por reorganización o necesidades del servicio, debidamente justificados o por desaparición del centro de trabajo en términos de Ley. CLÁUSULA 39.- CAMBIOS DE RESIDENCIA DE UN TRABAJADOR. Cuando por causas de servicio y de conformidad con el Sindicato, se requiera cambiar la residencia de un trabajador por menos de seis meses, de una entidad federativa a otra o a una localidad distinta a la de su adscripción, deberá recabarse su consentimiento y el Colegio sufragará los gastos de viaje y estancia de acuerdo con el tabulador de viáticos, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Si el traslado fuera por más de seis meses, el trabajador tendrá derecho además de los gastos de viaje, a que se le cubran los gastos que origina el transporte del menaje de casa indispensable para su instalación, así como los que cause el traslado de sus familiares que dependan económicamente de él, salvo que el traslado se deba a solicitud del propio trabajador. El pago de los gastos mencionados, debe hacerse con la anticipación debida, de acuerdo a la fecha en que éstos deban realizarse. En caso de que el trabajador sea trasladado a una entidad federativa dentro de una zona económica definida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como de salario superior, el Colegio se compromete a cubrirle este último.

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CLÁUSULA 40.- CAMBIO DE DOMICILIO DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS. Cuando la Institución decida el cambio de domicilio de una Unidad Administrativa, lo comunicará con toda oportunidad al Sindicato y convendrá con éste las nuevas condiciones laborales y en su caso, el reacomodo de los trabajadores de esa Unidad. CLÁUSULA 41.- REACOMODO POR EXCESO DE PERSONAL. En caso de que el Colegio considere que existe exceso de personal, en una o varias Unidades Administrativas, procederá al reacomodo del mismo, con intervención del Sindicato, a efecto de que no se violen los derechos de los trabajadores. CLÁUSULA 42.- DERECHO A REALIZAR PERMUTAS. Los trabajadores tendrán derecho a permutar los puestos de los que sean titulares por otros de la misma categoría, siempre que satisfagan los requisitos que para tal efecto se fijan en el Reglamento de Escalafón. CLÁUSULA 43.- CONSERVACIÓN DE DERECHOS EN CASO DE PERMUTA. Las permutas sólo comprenderán la ocupación y el ejercicio de los puestos permutados y en ningún caso, otros aspectos de carácter escalafonario o de prestaciones económicas que se hayan generado, ni los derechos adquiridos en forma individual. CLÁUSULA 44.- IMPEDIMENTO PARA CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN A REPRESENTANTES CON CARGO SINDICAL. El Colegio no podrá movilizar ni cambiar de adscripción a un trabajador, cuando se encuentre desempeñando un cargo sindical, nacional o local. CAPITULO V DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL, RESCISIÓN Y TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO CLÁUSULA 45.- DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el Colegio: I. La enfermedad contagiosa del trabajador. II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo. III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del Colegio, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquel. IV. El arresto del trabajador. V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el Artículo 5 de la Constitución Política y el de las obligaciones consignadas en el Artículo 31, fracción III de la misma Constitución; VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes, y VII. La falta de los documentos que exijan las leyes y reglamentos necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador. La suspensión surtirá efectos:

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I. En los casos de las fracciones I y II anteriores, desde la fecha en que el Colegio tenga conocimiento de la enfermedad contagiosa o de la en que se produzca la incapacidad para el trabajo, hasta que termine el periodo fijado por el ISSSTE o antes si desaparece la incapacidad para el trabajo, sin que la suspensión pueda exceder del termino fijado en la Ley del ISSSTE para el tratamiento de las enfermedades que no sean consecuencias de un riesgo de trabajo; II. Tratándose de las fracciones III y IV desde el momento en que el trabajador acredite estar detenido a disposición de la autoridad judicial o administrativa, hasta la fecha en que cause ejecutoria la sentencia que lo absuelva, o termine el arresto; III. En los casos de las fracciones V y VI, desde la fecha en que deban prestarse los servicios o desempeñarse los cargos, hasta por un periodo de seis años; y IV. En el caso de la fracción VII, desde la fecha en que el Colegio tenga conocimiento del hecho, hasta por un periodo de dos meses. CLÁUSULA 46.- RESCISIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. El trabajador o el Colegio podrán rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad. A) Son causas de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el Colegio: I. Engañarlo el trabajador o en su caso el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador. II. Incurrir el trabajador durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del Director, sus familiares o del personal de la Institución, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia. III. Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo; IV. Cometer el trabajador, fuera del servicio, contra el Director, sus familiares o personal de la Institución, algunos de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de las relaciones de trabajo; V. Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; VI. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio; VII. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en él; VIII. Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo; IX. Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado con perjuicio de la Institución; X. Tener el trabajador más de cuatro faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del Colegio o sin causa justificada; XI. Desobedecer el trabajador al Director o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado; XII. Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades; XIII. Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del Colegio y presentar la prescripción suscrita por el médico; XIV. La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; y

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XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere. El Colegio deberá dar al trabajador aviso escrito de la fecha y causa o causas de la rescisión; El aviso deberá hacerse del conocimiento del trabajador y en caso de que éste se negare a recibirlo, el Colegio dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la rescisión, deberá hacerlo del conocimiento de la Junta respectiva, proporcionando a ésta el domicilio que tenga registrado y solicitando su notificación al trabajador. La falta de aviso al trabajador o a la Junta, por sí sola bastará para considerar que el despido fue injustificado. B) Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador. I Engañarlo el patrón o, en su caso, la agrupación patronal al proponerle el trabajo, respecto de las condiciones del mismo. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador; II Incurrir el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos; III Incurrir el patrón, sus familiares o trabajadores, fuera del servicio, en los actos a que se refiere la fracción anterior, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo; IV Reducir el patrón el salario al trabajador; V No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados; VI Sufrir perjuicios causados maliciosamente por el patrón, en sus herramientas o útiles de trabajo. VII La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya sea por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o por que no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establezcan; VIII Comprometer el patrón, con su imprudencia o descuido inexcusables, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él; y IX Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes, en lo que al trabajo se refiere. CLÁUSULA 47.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA INVESTIGACIÓN DE FALTAS ADMINISTRATIVAS. Cuando a un trabajador se le impute la comisión de alguna falta a las obligaciones o prohibiciones contenidas en el presente Contrato Colectivo de Trabajo o a la Ley que pudiera traer como consecuencia la rescisión de la relación de trabajo, la Institución deberá iniciar una investigación administrativa, dentro del término de diez días hábiles contados a partir de que se tenga conocimiento de la falta, y emitir la resolución que corresponda. Vencido el plazo de los diez días sin haber practicado la investigación referida, la Institución no podrá practicar la misma con posterioridad. La investigación administrativa se efectuará de conformidad con el procedimiento siguiente: a) La Dirección Jurídica y/o en su caso, la administración de los Campus, deberá girar citatorio previo por escrito al trabajador para la realización de la investigación administrativa de que se trate, debiendo contener el mismo la descripción de los hechos imputables al trabajador, así como el señalamiento del lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo la investigación correspondiente. b) El citatorio de referencia deberá notificarse en forma personal al trabajador, con tres días hábiles de anticipación por lo menos. Con éste se iniciará la investigación administrativa, de preferencia en el mismo centro de trabajo y dentro de la jornada laboral del trabajador, o bien, en el domicilio legal de éste registrado en el Colegio, debiendo firmar el trabajador de recibido. Asimismo, y conforme a la cláusula 6 del presente Contrato Colectivo de Trabajo, deberá turnarse citatorio a la representación

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sindical para su debida intervención. Para el caso de que el trabajador se negare a firmar de recibido el citatorio, el emisario del Colegio, en presencia de dos testigos, asentará razón de dicha negativa, quedando desde ese momento notificado el trabajador y surtiendo todos sus efectos. c) El trabajador en cuestión, deberá comparecer a la investigación asistido del representante sindical y, en su caso, de persona de su confianza. d) El Colegio iniciará la investigación administrativa con el levantamiento de un acta circunstanciada por escrito, que deberá cumplir el siguiente orden de requisitos: 1. Deberá iniciarse el acta de mérito precisando el lugar, fecha y hora en que se elabore la misma. 2. Se asentará con toda precisión los hechos y la declaración de la persona o personas que reporten la posible falta o infracción que se le impute al trabajador, que constituya probable causa de rescisión de la relación laboral; asimismo, la declaración del propio trabajador en su defensa; enseguida, se transcribirá el dicho de los testigos de cargo que les conste los hechos y la de los testigos de descargo que tendrá derecho a nombrar el mismo trabajador; por último, también deberá hacerse constar la declaración del representante sindical compareciente y, en su caso, de la persona de confianza nombrada por el trabajador, la que será firmada por los que en ella intervinieron en presencia de dos testigos de asistencia. 3. De dicha acta, el Colegio deberá entregar en ese mismo acto, una copia con firmas autógrafas al trabajador y otra al representante sindical. e) Una vez concluida la investigación administrativa respectiva, la Dirección Jurídica del Colegio, contará con cinco días hábiles a partir de la fecha de realización de la misma, para notificar la resolución que proceda al trabajador, enviando copia de ésta a la representación sindical. Habiendo transcurrido dicho plazo, sin que se haya dictado resolución, ésta ya no podrá ser emitida, y en consecuencia, tampoco podrá aplicar sanción alguna. CLÁUSULA 48.-RECONSIDERACIÓN DE LA RESCISIÓN.- El Director del Colegio podrá considerar la resolución de rescisión de la relación laboral de un trabajador, a petición de éste o de la representación sindical, cuando su hoja de servicio o su antigüedad así lo amerite. CLÁUSULA 49.- SON CAUSA DE TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO: I. El mutuo consentimiento de las partes; II. La muerte del trabajador; III. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los Artículos 36 y 37 de la Ley Federal del Trabajo; IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo; y V. Los casos a que se refiere el artículo 434 de la Ley Federal del Trabajo. CLÁUSULA 50.- PRIMA DE ANTIGÜEDAD POR RENUNCIA VOLUNTARIA. El Colegio cubrirá a los trabajadores que renuncien voluntariamente, además de cualquier otra prestación a la que tuvieran derecho, una prima de antigüedad conforme a la siguiente tabla:

1. De 5 a menos de 15 años de servicio, 13 días de salario por cada año laborado. 2. 2. De 15 años de servicio en adelante, 17 días de salario por cada año laborado.

CLÁUSULA 51.- REVISIÓN DE RENUNCIAS. El Colegio, a petición del Sindicato o del interesado, revisará para efectos de consideración los casos de renuncia de los trabajadores dentro de un plazo de 15 días para la Sede y 30 días para el personal foráneo contados a partir de la fecha de la renuncia.

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TITULO TERCERO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO CAPITULO I DEL SALARIO CLÁUSULA 52.- IGUALDAD DE LABORES Y UNIFORMIDAD DE SALARIOS. En virtud de que los salarios se establecen en el tabulador respectivo para los puestos y no para las personas, se observará el principio de que a todo trabajo igual corresponderá un salario igual que no podrá ser reducido ni modificado por razones de sexo o edad. Los salarios de todos los trabajadores administrativos serán uniformes para cada nivel y estarán establecidos en el tabulador salarial del Colegio. En la formulación y revisión del tabulador de salarios del Colegio, participarán conjuntamente, el Colegio y el Sindicato. CLÁUSULA 53.- DEL PAGO DE SALARIOS. Los pagos de salario se harán precisamente en moneda nacional de curso legal, por catorcena en el lugar en que los trabajadores presten sus servicios, en días y horas laborables. Los salarios deberán pagarse personalmente al trabajador o a la persona que designe como apoderado, para que los reciba en su nombre, previa carta poder firmada por dos testigos y avalada por el Colegio. CLÁUSULA 54.- IMPOSIBILIDAD DE REDUCCIÓN DEL SALARIO. En ningún caso, por ningún concepto podrán disminuirse el salario ni las prestaciones accesorias del trabajador. CLÁUSULA 55.- RETENCIONES, DESCUENTOS O DEDUCCIONES AL SALARIO. Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores, en los siguientes casos: I. Por deudas contraídas con el Colegio por concepto de anticipo de salario, pagos hechos en exceso, errores o pérdidas debidamente comprobadas. II. Por concepto de cuotas sindicales ordinarias y/o extraordinarias; o bien por las aportaciones de fondos para la constitución de cooperativas y de fondos de ahorro, siempre que el trabajador hubiese manifestado previamente, de una manera expresa su conformidad. III. Por concepto de descuentos ordenados por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado con motivo de las obligaciones contraídas por los trabajadores. IV. Cuando se trate de descuentos ordenados por la autoridad judicial competente, para cubrir alimentos que fueren exigidos al trabajador. V. Para cubrir obligaciones a cargo del trabajador en las que haya consentido, derivadas de la adquisición o del uso de habitaciones legalmente consideradas como baratas, siempre que la afectación se haga mediante fideicomiso en institución nacional de crédito autorizado al efecto. VI. Para el pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo de la Vivienda destinados a la adquisición, construcción, reparación o mejoras de casa habitación o el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador. VII. Por concepto de retenciones por impuestos sobre productos de trabajo.

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Salvo en los casos señalados por las fracciones III, IV, V y VI, el monto total de los descuentos no deberá exceder del 30% del salario total. El Colegio asentará en el recibo de pago de cada trabajador el concepto o conceptos por los cuales se le practican descuentos. El Colegio se obliga a instalar un sistema para informar por escrito y anticipadamente al trabajador, sobre descuentos por inasistencias o retardos y a qué catorcena corresponden. CLÁUSULA 56.- PAGO DE SALARIO INTEGRO. En los días de descanso semanal, en las vacaciones, en las licencias por maternidad y días festivos a que se refieren la Ley y el presente Contrato Colectivo de Trabajo, los trabajadores recibirán sus salarios íntegros; cuando el salario se pague por unidad de obra, se promediará el salario del último mes. CLÁUSULA 57.- PAGO DE SALARIO POR MOVIMIENTO ESCALAFONARIO. El trabajador percibirá sus salarios a partir de la fecha en que, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Mixta de Escalafón, deba tomar posesión del puesto; si por causas no imputables al trabajador no tomara posesión, igualmente sus salarios le serán cubiertos a partir de la fecha en que debió tomar posesión. En ningún caso, los ascensos que los trabajadores obtengan con motivo de los movimientos escalafonarios, repercutirán en detrimento de sus salarios. CLÁUSULA 58.- PAGO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO. Es obligación del Colegio cubrir el pago del tiempo extraordinario laborado, de la fecha de la prestación del servicio, como máximo en la siguiente catorcena. CLÁUSULA 59.- PAGO DE VIÁTICOS. Al personal que por necesidades del servicio, tenga que realizar labores fuera del lugar del centro de trabajo a que se encuentre adscrito, deberá dársele aviso de tal hecho con 48 horas de anticipación y se le cubrirán los viáticos y pasajes que se originen con tal motivo, de acuerdo a la tarifa de viáticos autorizada para el Colegio. CLÁUSULA 60.- PAGO DE AGUINALDO. El Colegio pagará un aguinaldo anual a sus trabajadores que será equivalente a 40 días de salario, cuando menos, de acuerdo al decreto que emita el Ejecutivo Federal, debiendo cubrirse de la siguiente manera: 1. La primera mitad, antes del 15 de diciembre 2. La segunda mitad, antes del inicio del segundo periodo vacacional. Los Trabajadores que no se encuentren laborando en el momento de pago de aguinaldo se les cubrirán la parte que les corresponda. Los trabajadores temporales tendrán derecho al pago proporcional de esta prestación. CAPITULO II DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO

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CLÁUSULA 61.- JORNADAS DE TRABAJO Y PERIODOS PARA TOMAR ALIMENTOS Y/O DESCANSAR. Es jornada diurna la comprendida entre las 6:00 horas y las 20:00 horas. Jornada nocturna, es la comprendida entre las 20:00 y las 6:00 horas. Jornada mixta, es la que comprende períodos de la jornada diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues en caso contrario, se computará como jornada nocturna. a) Los trabajadores que laboren la jornada continua disfrutarán de treinta minutos de ella para descansar y/o tomar alimentos que se computará como tiempo efectivo trabajado. En la fijación de los horarios se procurará el establecimiento de jornadas continuas de labores, salvo aquellos casos que por necesidades del servicio se requiera para algunos trabajadores jornadas discontinuas, mismas que serán dictaminadas por la Comisión Mixta de Horarios Especiales obligándose la Institución a pagar en estos casos una compensación del 25% de su salario tabulado, mientras laboren en esta jornada. b) Los trabajadores que laboren en horario discontinuo dispondrán de dos horas, para salir a comer, las que no se computarán como tiempo efectivo de trabajo. CLÁUSULA 62.- DURACIÓN DE LAS JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO. Las jornadas de trabajo para los trabajadores administrativos serán: la diurna, con una duración de 40 horas a la semana, la mixta con una duración de 37.5 horas semanales y nocturna con una duración de 35 horas a la semana, como sigue: 1. Para el personal de campo y servicios generales en la Sede y Campus, las labores de la jornada diurna se iniciarán diariamente a las 7:00 horas, para terminar a las 15:00 horas, con 30 minutos para tomar alimentos y/o descansar, que correrán para los trabajadores de servicios generales de las 10:00 a las 10:30 horas, y para los trabajadores de campo de las 10:30 horas a las 11:00 horas, computándose como tiempo efectivo de trabajo. 2. Para todo el personal con excepción de los mencionados en el numeral anterior, y los de horarios especiales, la jornada diurna se iniciará a las 8:00 horas, para terminar a las 15:30 horas diariamente, ya descontados los 30 minutos para tomar alimentos y/o descansar. 3. Las labores de la jornada mixta se iniciarán a las 14:00 horas para terminar a las 21:00 horas ya descontada la media hora para tomar alimentos y/o descansar. 4. Cualquier cambio de horario, será acordado por el Colegio y el SINTCOP a través de la Comisión Mixta de Horarios Especiales. 5. Queda prohibido el trabajo en jornada nocturna a las mujeres en período de gestación y a los menores de 16 años. CLÁUSULA 63.- REGISTRO DE ASISTENCIA. El registro de asistencia de los trabajadores se hará por medio de tarjetas o registros y cada trabajador deberá registrar su entrada y salida; las tarjetas deberán ser firmadas por el trabajador al inicio y al final de cada catorcena, como constancia de conformidad con los registros contenidos en las mismas. CLÁUSULA 64.- TOLERANCIA Y SANCIÓN POR RETARDOS E INASISTENCIAS. Los trabajadores estarán sujetos a los derechos y sanciones que establezca el Reglamento de Puntualidad y Asistencia. CLÁUSULA 65.- JORNADA EXTRAORDINARIA. Cuando por circunstancias especiales deban aumentar las horas de trabajo serán consideradas como tiempo extraordinario, no pudiendo exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas en una semana.

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El trabajo extraordinario se pagará con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de jornada; cuando dicho trabajo exceda de tres horas diarias o nueve a la semana, tal excedente se pagará con un doscientos por ciento más del salario. Estos pagos se realizarán en efectivo, junto con el salario catorcenal inmediato posterior a la jornada laborada. El tiempo extraordinario, nunca se pagará con tiempo. CLÁUSULA 66.- COMPUTO DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO. Para los efectos del pago de horas extraordinarias, se computarán como medias horas los tiempos mayores de 15 minutos y como una hora los de 30 minutos en adelante. Así mismo la Institución se compromete a que en el cómputo y el pago del tiempo extraordinario se aplicará la interpretación más favorable al trabajador. CLÁUSULA 67.- POTESTAD DEL TRABAJADOR DE LABORAR TIEMPO EXTRAORDINARIO. Será potestativo para el trabajador laborar tiempo extraordinario, sin que esto implique nota desfavorable. CAPITULO III DE LOS DESCANSOS, LICENCIAS Y VACACIONES. CLÁUSULA 68.- DESCANSO SEMANAL. Por cada cinco días laborados, los trabajadores disfrutarán de dos días de descanso a la semana, que serán de preferencia los días sábados y domingos. Para los trabajadores que laboren sábados, domingos y días festivos, será entre lunes y viernes el descanso respectivo. En los casos del personal de vigilancia o cualquier otro que por la naturaleza de sus actividades no pueda estar sujeto a este descanso, el Colegio y el Sindicato ajustarán las jornadas correspondientes, de modo que disfrute de descanso de una forma similar. CLÁUSULA 69.- EXCEDENTE ANUAL DE JORNADA A LOS TRABAJADORES DE SÁBADOS, DOMINGOS, DÍAS FESTIVOS Y VACACIONES. Los trabajadores de sábados, domingos, días festivos y vacaciones se les cubrirá como tiempo extraordinario el excedente anual a razón de 20 horas simples catorcenales, independientemente de las cantidades que les correspondan por la prestación de sus servicios; este pago se realizará en cada una de las catorcenas. Asimismo, gozarán de 6 días de vacaciones por semestre (en jornadas de 12 horas), y 3 días económicos por semestre (en jornadas de 12 horas). CLÁUSULA 70.- DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio los siguientes: 1 de Enero, 5 de Febrero, 21 de Marzo, Jueves y Viernes de Semana Santa, 1, 5 y 10 de Mayo, Día del Trabajador del Colegio, 1, 15 y 16 de Septiembre, 12 de Octubre, 1, 2 y 20 de Noviembre, 1 de Diciembre cuando corresponda al cambio del Ejecutivo Federal, 12, 24, 25 y 31 de Diciembre, el día del cumpleaños del trabajador y demás que sean pactados de común acuerdo entre el Colegio y el SINTCOP o que se incluyan en el calendario oficial. En caso de que el cumpleaños del trabajador coincida con algún día de descanso semanal, obligatorio o de vacaciones ordinarias, gozará del descanso que le corresponde al siguiente día hábil de la fecha de su cumpleaños.

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CLÁUSULA 71.- DÍA DEL TRABAJADOR DEL COLEGIO. Queda instituido el 11 de julio como Día del Trabajador del Colegio de Postgraduados; para efectos de la cláusula anterior, esta fecha se ubicará el día viernes más cercano al citado 11 de julio. CLÁUSULA 72.- PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN DÍAS DE DESCANSO. Cuando a solicitud del Colegio, un trabajador preste sus servicios en días de descanso semanal o en días festivos de descanso obligatorio, el trabajador, independientemente del salario que le corresponde por el descanso, percibirá un salario doble por el servicio prestado. Estos servicios le serán pagados al trabajador y no serán compensados con tiempo. Cuando un trabajador preste sus servicios en día sábado o en días festivos de descanso obligatorio, independientemente del salario que le corresponda estipulado para estos casos, percibirá una prima adicional del 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. El trabajo en día domingo será compensado con una prima adicional del 50% del salario de ese día. Cuando una jornada abarque horas de días festivos de descanso, las horas laboradas de estos días se pagarán a razón de salario doble además del salario normal. Al personal que labore el Día del Trabajador del Colegio se le pagará a razón de salario triple, ya incluido el salario normal. Estos pagos se realizarán en efectivo integrándose al salario catorcenal inmediato a la prestación del servicio. CLÁUSULA 73.- DÍAS ECONÓMICOS. La Institución reconoce que los días económicos son un derecho de los trabajadores y que no son materia de negociación individual entre jefe inmediato y trabajador. Los trabajadores tienen derecho a faltar a sus labores, con goce de salario íntegro hasta por 5 días laborables por cada semestre. Para disfrutar de estos permisos, deberán presentar solicitud con 24 horas de anticipación, cuando menos (entendiéndose este período como un día hábil inmediato entre la presentación de la solicitud y el disfrute de los días económicos), ante el Departamento de Recursos Humanos en la Sede, o a la autoridad encargada del control de personal en los Centros o Planes Regionales, con una copia al Sindicato, otra a su jefe inmediato y una para su archivo personal, que serán entregadas en forma simultánea. De no emitirse respuesta a la solicitud, se considerará que el permiso ha sido otorgado. En caso de emergencia que impida solicitar el permiso previamente, la Institución podrá requerir la justificación de la causa al ingresar el trabajador a sus labores. Estos permisos no podrán exceder de tres días consecutivos, exceptuándose situaciones emergentes, a juicio de la Institución y del Sindicato y no se otorgarán en días anteriores o posteriores inmediatos a períodos de vacaciones, ni podrán acumularse con los del semestre siguiente. Disfrutarán de estos permisos a la vez hasta el 10% de los trabajadores administrativos sindicalizados en cada puesto o categoría por unidad administrativa. También podrán concederse cinco días por semestre, sin goce de salario como prórroga de los permisos económicos. CLÁUSULA 74.- LICENCIA CON GOCE DE SALARIO PARA CONTRAER MATRIMONIO. El trabajador tendrá derecho a cinco días hábiles de licencia con goce de salario cuando contraiga matrimonio, esta licencia será concedida una sola vez. CLÁUSULA 75.- LICENCIA CON GOCE DE SALARIO POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR. El trabajador tendrá derecho a tres días hábiles de licencia por el fallecimiento de sus padres, su cónyuge, sus hijos o sus hermanos. Esta licencia podrá ampliarse por un día más cuando el familiar del trabajador haya fallecido en un lugar alejado de la ciudad en que se ubique el centro de trabajo. El trabajador al reintegrarse a sus labores, o a más tardar 20 días después del fallecimiento deberá justificar el permiso con la copia certificada del acta de defunción.

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CLÁUSULA 76.- LICENCIA CON GOCE DE SALARIO POR EL NACIMIENTO DE UN HIJO. El trabajador tendrá derecho a cuatro días hábiles de licencia con goce de salario por el nacimiento de cada uno de sus hijos. Al reintegrarse a sus labores, o a más tardar en veinte días después del nacimiento, el trabajador deberá justificar el permiso con la copia certificada del acta de nacimiento, o en su caso, con la constancia respectiva. CLÁUSULA 77.- LICENCIA POR ENFERMEDAD DEL CÓNYUGE Y/O DE FAMILIARES EN PRIMER GRADO. El trabajador tendrá derecho a cuatro días hábiles con goce de salario, por enfermedad del cónyuge o de algún familiar en primer grado, pudiéndose prorrogar este permiso si la gravedad del caso así lo amerita a juicio de la Institución y del Sindicato. Estos permisos se tramitarán a través del representante sindical de la unidad administrativa correspondiente en su caso y el trabajador al reintegrarse a sus labores, o a más tardar ocho días después, deberá hacer la justificación mediante la presentación de la constancia médica. CLÁUSULA 78.- LICENCIAS QUE SE COMPUTAN COMO TIEMPO EFECTIVO LABORADO. Las licencias con goce de salario que se concedan a los trabajadores para el desempeño de comisiones sindicales, previo acuerdo entre el Colegio y el Sindicato, se computarán como tiempo efectivo de servicio, para efectos de la aplicación de los ordenamientos que regulan la relación laboral entre el Colegio y sus trabajadores. CLÁUSULA 79.- LICENCIA SIN GOCE DE SALARIO. Los trabajadores tendrán derecho a que se les concedan licencias o permisos para dejar de concurrir a sus labores hasta por el término de un año, sin goce de salario, de conformidad con la siguiente tabla: 1. Hasta por 30 días naturales, después de un año de servicio. 2. Hasta por 90 días naturales a quienes tengan de 2 a 5 años de servicio. 3. Hasta por 365 días naturales, a los que tengan 5 años de servicio en adelante. Estas licencias no son renunciables, salvo que la vacante no hubiera sido cubierta, en cuyo caso el trabajador podrá reanudar sus labores antes del vencimiento de la misma. La solicitud deberá presentarse cuando menos con 15 días de anticipación. Las licencias serán concedidas en la Sede por el Director General o por el Secretario Administrativo, en las oficinas foráneas por el Director o por el Secretario, debiendo ser resueltas en un término no mayor de 5 días hábiles, a partir de la fecha en que se presentó la solicitud ante las autoridades que deben concederla. De no emitirse el acuerdo del caso en dicho término, se considerará que la licencia ha sido concedida, para todos los efectos legales correspondientes. El Director o Jefe de la Unidad Administrativa respectiva podrá autorizar al trabajador un permiso con goce de salario, hasta por 5 días mientras espera contestación, según la urgencia del caso. También podrán concederse licencias sin goce de salario para el desempeño de cargos de elección popular. En este caso el tiempo que dure la licencia se computará como tiempo efectivo de trabajo dentro del escalafón. CLÁUSULA 80.- FECHA DE INICIO DE LICENCIAS. El trabajador que solicite y obtenga una licencia, deberá disfrutarla a partir de la fecha señalada en el oficio de autorización, con excepción de los casos a que se refiere el penúltimo párrafo de la cláusula anterior.

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CLÁUSULA 81.- PRORROGA DE LICENCIA SIN GOCE DE SALARIO. Para obtener la prórroga de una licencia, ésta deberá ser solicitada en términos de la cláusula 79, cuando menos con 30 días antes de su vencimiento. De no concederse la prórroga, el trabajador deberá reintegrase a sus labores al término de la licencia original. En los casos de licencia sin goce de salario que excedan de 30 días, si la prórroga es negada, el trabajador deberá reintegrarse a sus labores dentro de los 3 días hábiles siguientes al vencimiento de su permiso original. Cuando un trabajador haya disfrutado una licencia sin goce de sueldo en términos de la cláusula 79 y una prórroga de licencia conforme a la presente cláusula, será requisito indispensable que, a partir de su reincorporación a sus labores, preste sus servicios a la Institución por un año en forma ininterrumpida, para poder ejercitar nuevamente este derecho. CLÁUSULA 82.- LICENCIAS Y DESCANSOS POR GRAVIDEZ. Las mujeres trabajadoras tendrán derecho a 90 días de descanso con goce de salario íntegro en caso de gravidez. Este período se prorrogará por el tiempo necesario en caso de que se vean imposibilitadas para trabajar a consecuencia del parto, por prescripción médica del ISSSTE. En el período de lactancia, tendrán derecho a disfrutar de una hora diaria para amamantar a su hijo por el periodo de un año, que se computará a partir de que la trabajadora se reincorpore a su trabajo, concluido el permiso ordinario de la incapacidad por el parto. Este período podrá ser ampliado por prescripción médica del ISSSTE. Si por alguna causa la madre trabajadora se hubiere visto impedida de disfrutar sus vacaciones durante el período de gravidez, las disfrutará inmediatamente después de que concluya dicho período o a solicitud de ésta en forma posterior, sin que se pueda compactar con el período de vacaciones siguientes. El tiempo en que las trabajadoras estén incapacitadas, no contará como vacaciones, en consecuencia, las trabajadoras disfrutarán de ellas cuando termine la propia incapacidad. Durante el embarazo, las trabajadoras no realizarán labores que requieran esfuerzo físico que pudiera ocasionarles algún trastorno a ellas o al producto, además si hubiera justificación médica del ISSSTE, podrán programarse descansos dentro de la jornada. CLÁUSULA 83.- INCAPACIDADES MEDICAS. Cuando los trabajadores se encuentren incapacitados para laborar, tendrán derecho a percibir su salario íntegro de acuerdo con la Ley del ISSSTE. En caso de no existir servicio médico del ISSSTE, los trabajadores y sus derechohabientes, podrán acudir con un médico particular con título legalmente expedido, quedando bajo la responsabilidad del Colegio la recuperación ante el ISSSTE del importe de las medicinas y los honorarios del médico particular que certifique la enfermedad del trabajador o sus derechohabientes. El comprobante servirá al trabajador para acreditar ante las autoridades la falta a sus labores o para solicitar las licencias previstas en este capítulo. CLÁUSULA 84.- SERVICIO MEDICO PRIVADO DONDE NO HAY ISSSTE. La Institución cubrirá el monto de los servicios médicos privados y medicina en los casos que los centros de trabajo se encuentren ubicados en zonas rurales o semirurales y no existan clínicas ni hospitales del ISSSTE para la atención de sus trabajadores y sus dependientes.

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En los lugares mencionados en el párrafo anterior, el médico privado diagnosticará la enfermedad, prescribirá el tratamiento adecuado para la curación y señalará el número de días de la incapacidad, en su caso. Para efectos de esta cláusula, la incapacidad que determine el médico particular, no deberá exceder de tres días. CLÁUSULA 85.- PRESENTACIÓN DE INCAPACIDADES MEDICAS. En los casos de incapacidades médicas, será obligación de los trabajadores al momento de reintegrarse a sus labores, presentar, la incapacidad expedida por el ISSSTE o el médico particular que lo atendió. En los casos que sea posible, el trabajador avisará de inmediato al Departamento de Recursos Humanos por el medio que tenga a su alcance, del motivo de su ausencia. CLÁUSULA 86.- VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL. Los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos de servicios, disfrutarán de dos períodos de vacaciones anuales de 10 días hábiles cada uno, en las fechas que se señalen en el calendario oficial del Colegio, pero en todo caso se dejarán guardias para la tramitación de asuntos necesarios en que se utilizarán de preferencia, los servicios de quienes no tengan derecho de vacaciones, notificándoles con quince días hábiles, previos al período vacacional. Cuando por cualquier motivo un trabajador no pudiera hacer uso de las vacaciones en los períodos señalados, disfrutará de ellas durante los diez días siguientes a la fecha en que haya desaparecido la causa que impidiera el disfrute de ese descanso, pero en ningún caso los trabajadores que laboren en período de vacaciones tendrán derecho a doble pago de salario. Por cada 10 años laborados los trabajadores tendrán derecho a un período adicional de vacaciones de 5 días hábiles, de conformidad con la tabla siguiente: A). De los 10 años de servicio en adelante, 5 días hábiles de vacaciones al año. B). De los 20 años de servicio en adelante, 5 días adicionales de vacaciones al año, además del período contenido en la fracción anterior. El Colegio cubrirá a sus trabajadores el 50% de 48 días de salario por concepto de prima vacacional, en dos exhibiciones, al inicio de cada uno de los períodos vacacionales previstos en el calendario de actividades del Colegio, independiente de aquellos derechos que por concepto de vacaciones generen los trabajadores. Para el cálculo de la prima vacacional se tomará como base el salario tabular más la compensación por antigüedad, de cada trabajador. CLÁUSULA 87.- INCAPACIDAD EN PERIODOS DE VACACIONES. Por lo que se refiere a trabajadores hospitalizados por enfermedad no profesional o por riesgo de trabajo, y mediante la presentación de licencia médica expedida por el ISSSTE, se procederá en la siguiente forma: 1. Cuando dentro del hospital los trabajadores completen el término necesario para obtener derecho a vacaciones, se les concederán éstas al ser dados de alta. 2. Cuando un trabajador, al estar disfrutando sus vacaciones, sea hospitalizado por enfermedad, tendrá derecho a que se le repongan los días en que prevalezca esta situación, recorriéndose el período vacacional. 3. Si el trabajador en la fecha en que debe iniciar sus vacaciones se encuentra incapacitado, aún cuando no esté hospitalizado, disfrutará de éstas al término de la incapacidad. CLÁUSULA 88.- LICENCIA PARA TRAMITES DE JUBILACIÓN O PENSIÓN. Cuando un trabajador de acuerdo con la Ley del ISSSTE, inicie los trámites para obtener su jubilación o pensión, el Colegio le concederá licencia por tres meses con goce de salario por una sola vez, para que pueda atender debidamente los trámites necesarios a dicho fin, sin que para lo anterior se requiera su renuncia.

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CLÁUSULA 89.- FALTA DE ASISTENCIA POR INCAPACIDAD. Las faltas de asistencia por causa de enfermedad, solamente pueden ser justificadas por el ISSSTE, o por el médico particular que atienda al trabajador, de acuerdo a la cláusula 84 del Contrato Colectivo de Trabajo en el caso de no existir servicio médico del ISSSTE, mediante la incapacidad correspondiente presentada por el trabajador al Departamento de Recursos Humanos, en el momento de reanudar sus labores. Las faltas de asistencia parciales, que no ameriten incapacidad, serán justificadas con constancias de tiempo expedidas por el ISSSTE, que el trabajador exhibirá al Departamento de Recursos Humanos, al momento de iniciar sus labores, o al reintegrarse a las mismas. Cuando la consulta ocurra dentro de horas hábiles, el trabajador, antes de ausentarse, deberá dar aviso a su jefe inmediato acreditando con el carnet del ISSSTE la cita concertada, debiendo reintegrarse a sus labores al terminar la misma, cuando proceda. CLÁUSULA 90.- PERMISO A LAS MADRES POR ENFERMEDAD DE LOS HIJOS. El Colegio se compromete a otorgar licencia con goce de salario hasta por cinco días hábiles, a las madres trabajadoras en caso de enfermedad de sus hijos que se encuentren entre 45 días y 12 años de edad. La trabajadora deberá avisar telefónicamente y de inmediato, al Departamento de Recursos Humanos o por el medio que tenga a su alcance la enfermedad del niño. En casos que ameriten, podrán utilizarse días económicos junto a estas licencias. La trabajadora al reintegrarse a sus labores, deberá comprobar con la constancia médica expedida por el ISSSTE, o por los médicos de la unidad de desarrollo infantil, en su caso, la enfermedad del menor. CAPITULO IV DE LA INTENSIDAD Y CALIDAD DEL TRABAJO CLÁUSULA 91.- DE LA INTENSIDAD Y CALIDAD DEL TRABAJO. La intensidad del trabajo se determinará de acuerdo con el mejor esfuerzo de que sea capaz humana y racionalmente el trabajador, para el cumplimiento de sus labores, durante las horas de su jornada reglamentaria. CLÁUSULA 92.- FUNCIONES EXTRAORDINARIAS. Sólo se les obligará a los trabajadores a desempeñar funciones extraordinarias, en caso de siniestro o riesgo donde peligren sus compañeros o las instalaciones del Colegio, siempre y cuando no pongan en peligro su vida. CAPITULO V DE LOS RIESGOS DE TRABAJO, SU PREVENCIÓN Y EXÁMENES MÉDICOS CLÁUSULA 93.- DISPOSICIONES LEGALES EN RIESGOS DE TRABAJO. En materia de riesgos de trabajo se estará a lo dispuesto por la Ley del ISSSTE, la Ley Federal del Trabajo, y a las demás normas aplicables en la materia. CLÁUSULA 94.- DEFINICIONES DE RIESGOS DE TRABAJO. Se consideran riesgos de trabajo en la relación laboral del Colegio y sus trabajadores, los regulados en el título noveno de la Ley y en el artículo 34 de la Ley del ISSSTE.

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Asimismo, se considera enfermedad profesional la disminución o pérdida de la vista del trabajador que desarrolle su labor con aparatos ópticos y de fotografía, dibujo, lecturas, soldaduras de todo tipo, fragua, tornería o actividades similares, teniendo el Colegio en estos casos, obligación de proporcionarle las prótesis convencionales que requiera o las que contraiga por realizar trabajos en zonas o lugares insalubres, determinados previamente como tales, por la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene. CLÁUSULA 95.- ACCIDENTES DE TRABAJO. Los accidentes de trabajo, por cuanto al lugar en donde ocurran, se clasifican en internos y externos. Los primeros son aquellos que ocurren dentro del área o centro de trabajo, y los segundos los que acontecen fuera del área de trabajo, es decir al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al trabajo o viceversa, o cuando sucede en el desempeño de alguna comisión. CLÁUSULA 96.- MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN CASO DE ACCIDENTES DE TRABAJO. Las medidas que se adoptarán para formación o instrucción de los antecedentes de accidentes de trabajo internos o externos, que servirán en su caso para que el trabajador o sus familiares puedan ejercitar sus derechos son los siguientes: I. EN CASO DE ACCIDENTES INTERNOS. a) Se proporcionará al afectado el servicio médico de urgencias con que deberá contar la unidad administrativa, o bien si así lo amerita se ordenará su traslado a algún centro médico de urgencias más próximo, ya sea oficial o particular. b) Se levantará acta administrativa por el jefe inmediato o encargado de confianza del área de trabajo, con la asistencia de dos testigos y con la intervención del Sindicato cuando se trate de trabajadores sindicalizados. Se hará constar lugar, fecha, hora y circunstancias especiales o particulares que concurrieron en el accidente; se tomará la declaración de los testigos presénciales del accidente y, si ello es posible la del mismo trabajador accidentado. Se procurará que los testigos y el afectado firmen el acta, si saben y pueden hacerlo o bien, se tomará su huella digital del pulgar de la mano derecha. c) Para los efectos del Artículo 38 de la Ley del ISSSTE, el Colegio debe dar aviso al Instituto, dentro de los tres días siguientes al de su conocimiento, sobre los riesgos de trabajo que hayan ocurrido. El trabajador, su representante legal o sus beneficiarios, también podrán dar el aviso de referencia, así como el de presunción de la existencia de un riesgo de trabajo. El aviso se acompañará con una copia del acta a que se refiere el inciso b) de esta cláusula, al igual que a las autoridades administrativas del Colegio y al Sindicato. d) Recabar del médico particular u oficial correspondiente, el certificado de las lesiones que presente el trabajador al ocurrir el accidente. e) Cuando proceda, hacer del conocimiento del Agente del Ministerio Público de la Jurisdicción que corresponda, los hechos y antecedentes, comunicando esta circunstancia a la Dirección Jurídica del Colegio. f) En caso de muerte del trabajador con motivo del accidente, recabar tanto el certificado de defunción como el de la autopsia correspondiente; o bien auxiliar a los deudos para la obtención de los mismos. g) Obtener en caso de muerte del trabajador el nombre y domicilio de las personas a quienes pueda corresponder la indemnización. h) En caso de riesgo de trabajo, el trabajador tendrá derecho a licencia con goce de salario íntegro, cuando el riesgo incapacite al trabajador para desempeñar sus labores. El pago será cubierto desde el primer día de incapacidad y será cubierto por el Colegio hasta que termine la incapacidad cuando ésta sea temporal o bien hasta que se declare la incapacidad permanente del trabajador. En todas las actuaciones se deberán señalar con la mayor precisión el nombre, apellidos, categoría, salario, clave, domicilio y clase de trabajo que desempeñaba el accidentado al ocurrir el riesgo.

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II. PARA EL CASO DE ACCIDENTE EXTERNO. El jefe o encargado de confianza del área de trabajo o autoridad administrativa, tan pronto como reciba la notificación del accidente, adoptará las siguientes medidas: a) Se cerciorará del lugar en que se encuentra el trabajador accidentado, constatando el estado físico en que se halla, ya sea por medios directos o indirectos y dictará en su caso las medidas para que se le proporcione la atención médica requerida. b) Dar de inmediato aviso a las autoridades competentes de la jurisdicción que corresponda, sobre el accidente. c) Levantar el acta administrativa que se ha consignado en el inciso b) de la fracción I, anterior. d) Recabar de las autoridades que hubieran tenido conocimiento del accidente, copias certificadas de todas las actuaciones que hubieran realizado en relación con el caso. e) Dar aviso y obtener los certificados a que se refieren los incisos c), d), e), f) y g), de la fracción I de esta cláusula f) Asimismo, se deberán obtener los documentos y constancias que son necesarios para tramitar ante el ISSSTE la pensión por viudez y orfandad, en su caso. CLÁUSULA 97.- REQUISITO PARA EL TRÁMITE Y PAGO DE INDEMNIZACIÓN. Los documentos relativos a trámites y pagos de indemnizaciones, deberán ser firmados por la parte interesada, pero en caso de que no supiera o pudiera hacerlo, pondrá su huella digital y a su solicitud expresa, firmará una tercera persona, todo ello con la intervención del Sindicato, cuando se trate de un trabajador sindicalizado. CLÁUSULA 98.- DEL PAGO DE SALARIOS E INDEMNIZACIONES. El pago de los salarios y las indemnizaciones correspondientes en caso de riesgos profesionales, se hará de acuerdo con lo establecido por la Ley del ISSSTE. CLÁUSULA 99.- INCAPACIDAD PARCIAL O TOTAL. Cuando a consecuencia de un riesgo de trabajo el trabajador sufra incapacidad parcial o total, tendrá derecho a las prestaciones conforme a lo establecido por la Ley del ISSSTE, y que a saber son: Al ser declarada una incapacidad parcial permanente, se concederá al incapacitado una pensión calculada conforme a la tabla de valuación de incapacidades de la Ley Federal del Trabajo, atendiendo al salario básico que percibía el trabajador al ocurrir el riesgo y los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba hasta determinarse la pensión. El tanto por ciento de la incapacidad se fijará entre el máximo y el mínimo establecido en la tabla de valuación mencionada, teniendo en cuenta la edad del trabajador y la importancia de la incapacidad, según que sea absoluta para el ejercicio de su profesión y oficio aún cuando quede habilitado para dedicarse a otros, o si solamente hubiera disminuido la aptitud para su desempeño. Si el monto de la pensión anual resulta inferior al 5% del salario mínimo general promedio de la República Mexicana elevado al año, se pagará al trabajador en substitución de la misma, una indemnización equivalente a cinco anualidades de la pensión que le hubiere correspondido. Al ser declarada una incapacidad total permanente, se concederá al incapacitado una pensión igual al salario básico que venía disfrutando el trabajador al presentarse el riesgo, cualquiera que sea el tiempo que hubiere estado en funciones. La relación laboral del trabajador dejará de surtir efecto sin responsabilidad para el Colegio, por incapacidad permanente, física o mental, que le impida el desempeño de sus labores.

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CLÁUSULA 100.- INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE. En caso de incapacidad parcial permanente de un trabajador, derivada de un riesgo de enfermedad no profesional, a elección del trabajador la Institución lo indemnizará conforme lo dispone el Artículo 54 de la Ley Federal del Trabajo, o bien, le otorgará a dicho trabajador una labor adecuada a sus aptitudes, sin menoscabo del salario que venía percibiendo, independientemente de las prestaciones que le correspondan de conformidad con las Leyes. CLÁUSULA 101.- ATENCIÓN DE URGENCIAS. El Colegio mantendrá los servicios de urgencias que existen en la Institución, con el personal, las instalaciones y el equipo y material necesarios para el efecto; así mismo hará las gestiones ante quien corresponda, a efecto de obtener la autorización presupuestal necesaria para la instalación de enfermerías en las Unidades Administrativas Foráneas, donde los servicios de urgencia del Colegio no existan aún. CLÁUSULA 102.- EXÁMENES DE SALUD. El Colegio gestionará conjuntamente con la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene ante el CLIDDA del ISSSTE, la realización de un examen anual de salud para los trabajadores y que se proporcione a éstos los informes respectivos. En los casos en que dicha Comisión considere necesario la práctica de exámenes médicos en cualquier tiempo, la Institución hará las gestiones necesarias ante el ISSSTE, para la realización de los mismos. Cuando los exámenes médicos necesariamente se tengan que llevar a cabo dentro de la jornada de trabajo, el Colegio otorgará el permiso para ello. CLÁUSULA 103.- DE LA SUJECIÓN A EXÁMENES MÉDICOS. Se sujetará a examen médico a todos los trabajadores, en los siguientes casos: 1) Para ingresar al servicio del Colegio, a solicitud de los trabajadores, del Sindicato, de la Institución o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene. 2) En los riesgos de trabajo, hasta cumplir el tratamiento médico respectivo. 3) A solicitud del trabajador, del Colegio o del Sindicato para certificar enfermedades profesionales. 4) Cuando un dictamen médico señale enfermedades contagiosas. 5) Cuando se presuma que se presentan a trabajar en estado de ebriedad o bajo el efecto de narcóticos o drogas enervantes, salvo que exista prescripción médica. TITULO CUARTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES CAPITULO I DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES CLÁUSULA 104.- DERECHOS DE LOS TRABAJADORES. A) Son derechos de los trabajadores a que se refiere la Cláusula 1 de este Contrato Colectivo de Trabajo: 1 Recibir las remuneraciones que les corresponden por el desempeño de sus labores ordinarias y extraordinarias en los términos y plazos que establece este C. C. T., y las Leyes respectivas. 2. Obtener incrementos en sus salarios de acuerdo con las disposiciones contenidas en las leyes correspondientes y en este Contrato. 3. Disfrutar del servicio médico establecido por el ISSSTE y de las prestaciones que su misma ley otorga.

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4. Percibir las indemnizaciones y demás prestaciones que su misma ley otorga. 5. Percibir las indemnizaciones y demás prestaciones que les corresponda, como consecuencia de los riesgos profesionales que marca la Ley del ISSSTE. 6. Recibir trato decoroso por parte de los superiores, compañeros y subalternos. 7. Ser notificado por escrito de las notas meritorias a las que tengan derecho en el transcurso del año. 8. Participar en actividades sociales, culturales y deportivas de carácter general organizadas por el Colegio. 9. Desempeñar únicamente las funciones señaladas en el Contrato Individual de Trabajo, conforme a lo establecido en el catálogo de puestos que rige dentro de la Institución. En los casos en que por necesidades especiales del Colegio se requiera su colaboración en el trabajo de otro tipo, la participación del trabajador será voluntaria, salvo en casos de emergencia o de fuerza mayor. 10. Disfrutar de los descansos y vacaciones que fija este Contrato Colectivo. 11. Conservar su adscripción y preservar su categoría y nivel, durante la relación laboral. 12. Desempeñar las labores que esté en condiciones de desarrollar, en caso de que por incapacidad parcial permanente dictaminada por el ISSSTE no pueda desarrollar sus labores habituales previo acuerdo entre el Colegio y el SINTCOP y sin que se afecten su salario y prestaciones originales. 13. Recibir capacitación y adiestramiento en los términos señalados en el reglamento respectivo. 14. Obtener permisos para asistir a las asambleas y actos sindicales y desempeñar las comisiones para las que hayan sido designados, de acuerdo con lo señalado en este Contrato Colectivo de Trabajo, y/o previo acuerdo entre el Colegio y el Sindicato. 15. Obtener permisos por el tiempo necesario para tratar con sus representantes sindicales dentro de las horas de trabajo, los asuntos que les afecten y siempre que sean urgentes y así lo ameriten. 16. Conservar su horario de labores de acuerdo con lo previsto en este Contrato Colectivo de Trabajo y solicitar el cambio del mismo ante la Comisión Mixta de Horarios Especiales, cuando se compruebe su necesidad y lo permitan las labores del Colegio. 17. No ser removido del lugar de la unidad de trabajo de adscripción sin su consentimiento, salvo en los casos señalados en este Contrato y en la Ley. 18. Ocupar el puesto que desempeñaba al reintegrarse al servicio después de ausencias por enfermedad, maternidad, licencia o comisiones oficiales o temporales. 19. Ser reincorporados a sus empleos, cargos o comisiones al obtener libertad provisional o sentencia absolutoria de conformidad con el presente C. C. T. 20. Ser oídos en los asuntos que se traten en su unidad de trabajo que estén relacionados con su labor específica. 21. El Colegio proporcionará, sin costo alguno para el trabajador asesoría y servicios jurídicos a los trabajadores que manejen vehículos o maquinaria de la Institución y que sufran algún accidente durante las horas de su jornada y con motivo de su trabajo o comisión, siempre y cuando al manejar el vehículo el trabajador no se encuentre bajo el efecto de una droga enervante o en estado de ebriedad, a menos que en el primer caso exista prescripción médica o que el accidente no sea consecuencia de una falta grave de responsabilidad, en cuyo caso el trabajador estará obligado a pagar el deducible. Esta obligación cubre no sólo la defensa del trabajador, sino también el pago de fianza y daños causados durante el accidente, así como el pago de salarios del trabajador. 22. Los demás consignados en la Ley, en el presente C. C. T. y en los reglamentos que de ellos emanen. B) Son derechos de los trabajadores por tiempo indeterminado, además de los contenidos en el inciso anterior, los siguientes: 1. Ser promovidos escalafonariamente en los términos del presente C.C.T., y del Reglamento de Escalafón.

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2. Obtener licencias, con goce de salario, o sin goce de salario hasta por doce meses de acuerdo con la Ley y este C.C.T. 3. Cuando se supriman parcial o totalmente programas o actividades académicas y/o administrativas, el trabajador afectado en su labor tendrá derecho a su reubicación dentro de la Institución en otra labor similar, o a su indemnización. Si su antigüedad es mayor de 5 años, la Institución se obliga a reubicarlo, salvo que el trabajador solicite su indemnización. 4. En caso de que el trabajador se encuentre en prisión preventiva y no sea por un delito cometido contra el Colegio de Postgraduados, la Institución contratará preferentemente al cónyuge o a algún familiar en primer grado por tiempo determinado, en tanto dure el supuesto que le da origen a la contratación, en una plaza declarada desierta o de pie de grupo. Cuando el trabajador obtenga su libertad, se dará por terminada la relación laboral del cónyuge o familiar en primer grado contratado. 5. En caso de fallecimiento, jubilación, pensión, invalidez o cesantía en edad avanzada de un trabajador administrativo, sea éste sindicalizado o no, el Colegio contratará en igualdad de condiciones, al cónyuge o a un familiar hasta en segundo grado de dicho trabajador, en cuyo caso deberá de acreditarse el parentesco con las constancias documentales del registro civil. Lo anterior se hará conforme a los mecanismos ya establecidos entre el Colegio y el Sindicato. CLÁUSULA 105.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES: Son obligaciones de los trabajadores: 1. Desempeñar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados en la forma, tiempo y lugar señalados en su contrato individual, sujetándose a la dirección de sus jefes, a las leyes y al presente CCT 2. Observar buenas costumbres dentro del servicio. 3. Cumplir con las obligaciones que les imponga el C.C.T. y el Reglamento Interior de Trabajo. 4. Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros. 5. Asistir puntualmente a sus labores. 6. No hacer propaganda de ninguna clase dentro de los edificios o lugares de trabajo; con excepción de la sindical, siempre y cuando ésta última no cause deterioro en las instalaciones del Colegio. 7. Asistir a los cursos y capacitación para mejorar su preparación y eficiencia. 8. Responder del manejo apropiado de valores, propiedad de la Institución, que se les confíe con motivo de su trabajo. 9. Cuidar los materiales y restituir los útiles de trabajo y sobrantes de materiales que se les hayan proporcionado para el desempeño del mismo. Los trabajadores no serán responsables del deterioro natural que origine el uso de estos objetos, ni el ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectos de fabricación de tales objetos o por pérdida o deterioro sufrido durante el tiempo en que los útiles y materiales no estén bajo su custodia. 10. Prestar auxilio en cualquier tiempo, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren sus compañeros de trabajo o las instalaciones del Colegio, siempre y cuando no pongan en peligro su vida. 11. Usar durante las horas de trabajo, la ropa de trabajo y equipo de protección que proporcione el Colegio. 12. Proporcionar la información actualizada y necesaria que el Departamento de Recursos Humanos del Colegio les requiera, con motivo de la relación de trabajo, así como de cualquier cambio de domicilio. 13. Firmar la documentación que les requiera el Colegio en relación a salario y asistencias. 14. Las demás que les imponga la Ley, el presente Contrato Colectivo de Trabajo y Reglamentos que de ellos emanen.

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CAPITULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL COLEGIO CLÁUSULA 106.- DE LAS OBLIGACIONES DEL COLEGIO. Son obligaciones del Colegio de Postgraduados: A) CON RESPECTO A LOS TRABAJADORES. 1. Preferir en igualdad de condiciones, de conocimientos, aptitudes y de antigüedad a los trabajadores sindicalizados, respecto a quienes no lo estuvieran; a quienes representen la única fuente de ingreso familiar; los que con anterioridad le hubieren prestado servicios y a los que acrediten tener mejores derechos conforme al escalafón. 2. Cumplir con todos los servicios de higiene y de prevención de accidentes a que están obligadas las Instituciones en general. 3. Reinstalar a los trabajadores en las plazas de las cuales los hubiere separado y ordenar el pago de los salarios caídos y demás prestaciones a que fuere condenado por resolución de las autoridades laborales competentes o por acuerdo con el Sindicato. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente en categoría y salario. 4. Cubrir la indemnización por separación injustificada cuando los trabajadores hayan optado por ella y pagar en una sola exhibición los salarios caídos, vacaciones, primas vacacionales, aguinaldo, etc. en los términos del laudo definitivo. 5. Proporcionar a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecutar el trabajo convenido, así como la ropa y equipo de protección que a juicio de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene se requieran para prevenir riesgos de trabajo. 6. Cubrir al ISSSTE las aportaciones que fijen las leyes correspondientes, para que los trabajadores reciban los beneficios de la seguridad y servicios sociales, comprendidos en los conceptos siguientes: a) Atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, y en su caso, indemnización por accidente de trabajo y enfermedades profesionales. b) Atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, en los casos de enfermedades no profesionales y maternidad. c) Jubilación o pensión por invalidez, vejez o muerte. d) Asistencia médica y medicinas para los familiares del trabajador en los términos de la Ley del ISSSTE. e) Establecimiento de centros para vacaciones, para recuperación, tiendas económicas y guarderías infantiles. f) Establecimiento de escuelas de Administración Pública en las que se impartan los cursos necesarios para que los trabajadores puedan adquirir los conocimientos para obtener ascensos conforme al escalafón y procurar el mantenimiento de su aptitud profesional. g) Propiciar cualquier medio que permita a los trabajadores de la Institución el arrendamiento o la compra de habitaciones baratas. h) Constitución de depósitos en favor de los trabajadores, con aportaciones sobre sus salarios básicos o salarios, para integrar un fondo de la vivienda a fin de establecer sistemas de financiamiento que permitan otorgar a éstos, créditos baratos y suficientes para que adquieran en propiedad o condominio habitaciones cómodas e higiénicas; para construirlas, repararlas o para el pago de pasivos adquiridos por dichos conceptos. Las aportaciones que se hagan a dicho fondo serán entregadas al ISSSTE cuya Ley regulará los procedimientos y formas conforme a los cuales se otorgarán y adjudicarán los créditos correspondientes.

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7. Proporcionar a los trabajadores que no estén incorporados al régimen de la Ley del ISSSTE, las prestaciones sociales a que tengan derecho de acuerdo con la Ley y los reglamentos en vigor. 8. Conceder licencias con goce de salario o sin goce de salario a sus trabajadores, en los términos del presente C.C.T. 9. Conceder licencias con goce de salario a sus trabajadores para tramitar su jubilación o pensión ante el ISSSTE en los términos de este Contrato Colectivo de Trabajo. 10. Hacer las deducciones en los salarios que solicite el Sindicato, siempre que se ajusten a los términos de la Ley. 11. Integrar los expedientes de los trabajadores y remitir los informes que se les soliciten para el trámite de las prestaciones sociales, dentro de los términos que señalen los ordenamientos respectivos. 12. Cumplir el presente Contrato Colectivo de Trabajo. 13. Cubrir a los trabajadores sus salarios y las demás cantidades que devenguen en los términos y plazos que establezcan las Leyes respectivas y el presente Contrato Colectivo de Trabajo. 14. Cubrir a los deudos de los trabajadores que fallezcan los pagos de defunción, en el momento y términos que establezcan las disposiciones legales respectivas y el presente Contrato. 15. Cubrir a los trabajadores viáticos y pasajes de acuerdo a las cuotas y tarifas aprobadas para el Colegio. 16. Gestionar que el ISSSTE, efectúe cuando menos un examen médico general anual a los trabajadores y les concederá facilidades para tal efecto. 17. Practicar a los trabajadores de nuevo ingreso los exámenes de conocimientos y aptitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la Institución, por la Comisión Mixta de Escalafón, y expedir previamente a que los trabajadores tomen posesión de sus puestos, los contratos individuales de los mismos. Por ningún concepto, dentro de las evaluaciones de los aspirantes a ingresar al servicio del Colegio, se incluirán requisitos relativos a exámenes psicológicos, psicométricos o psicotécnicos, ni se impondrá impedimento alguno a la mujer por razón de estado de gravidez. 18. Expedir a los trabajadores las constancias de sus servicios, cuando así lo soliciten y proporcionar a todos y cada uno de ellos, credencial que los acredite como trabajadores del Colegio; siempre y cuando ocurran a la toma de fotografía y requisitación de documentos. 19. Cubrir el salario al trabajador y respetar sus demás condiciones de trabajo. 20. Cubrir a más tardar el 15 de Abril de cada año las prestaciones económicas, los pagos retroactivos y el incremento salarial que se acuerden con motivo de las revisiones correspondientes. 21. Mantener asegurados en compañía de seguros legalmente establecidos, los vehículos y maquinaria propios o rentados por el Colegio, conforme a los lineamientos establecidos. 22. Realizar las gestiones ante el Gobierno del Estado de México y ante las empresas de auto transportes 17 de Marzo y Siglo Nuevo S. A. de C. V. para que éstas proporcionen el servicio de transporte a Montecillo. Asimismo continuará ofreciendo el servicio de transporte colectivo hasta las instalaciones en Montecillo. 23. Instalar un método expedito de pago de salario, de tal forma que no transcurra más de una catorcena para cubrir éste, a partir de la fecha de iniciación de la prestación del servicio, siempre y cuando se haya expedido la constancia de contrato individual correspondiente, para lo cual se requerirá como mínimo: acta de nacimiento, registro federal de contribuyentes y credencial única del ISSSTE, en su caso. 24. Conceder licencias con goce de salario a los trabajadores para el desempeño de comisiones sindicales, previo acuerdo con el Sindicato. Estas licencias se computarán como tiempo efectivo de servicio para efectos de aplicación de los ordenamientos que regulan la relación laboral entre el Colegio y sus trabajadores.

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25. Conceder licencias sin goce de salario a los trabajadores cuando sean promovidos temporalmente al ejercicio de otras comisiones, en dependencias diferentes o para ocupar cargos de elección popular. Estas licencias se computarán como tiempo efectivo de servicio únicamente dentro del Escalafón. B) CON RESPECTO AL SINDICATO. 1. Practicar los descuentos por concepto de cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias a los trabajadores miembros del SINTCOP, cubriendo el importe de las ordinarias al Secretario de Finanzas del Sindicato, catorcenalmente los días de pago, a partir de la recepción por el Departamento de Recursos Humanos del aviso de ingreso del trabajador al Sindicato en que manifiesta la aceptación del trabajador. El descuento correspondiente se efectuará a partir de la catorcena siguiente, de acuerdo al calendario de proceso de nómina. El importe de las cuotas se deberá cubrir íntegro al Sindicato, cada catorcena. El descuento de cuotas extraordinarias estará sujeto a la comunicación escrita que el Sindicato haga llegar dentro de la fecha de entrada al proceso de nómina, a las autoridades correspondientes de la Institución. No se podrán suspender los descuentos de cuotas sindicales a los trabajadores miembros del Sindicato, sin una petición escrita del propio Sindicato. Si no se hubiera recibido esta comunicación escrita y se suspenden los descuentos, el Colegio, queda obligado a cubrir al Sindicato las cuotas no descontadas. 2. Instalar en cada área o edificio de trabajo, en los lugares de mayor afluencia de trabajadores, tableros para la difusión de información Sindical, procurando mantenerlos en buen estado. 3. Conceder permiso con goce de salario a los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y de los Comités Ejecutivos Secciónales, a los Presidentes Delegacionales, a los Presidentes de las Comisiones Nacionales y al Coordinador de la Representación Sindical de Comisiones Mixtas, en los términos convenidos con el Sindicato. En caso de que la estructura sindical sea modificada, estos permisos podrán revisarse entre el Colegio y el Sindicato. 4. Dar permiso por tres días al año a todos los trabajadores sindicalizados para asistir a las asambleas nacionales ordinarias. 5. Dar facilidades a los integrantes del Consejo Nacional de Representantes del SINTCOP, por dos horas continuas a los de la sede y un día a los de los Centros Regionales para asistir a las sesiones del mismo, una vez al mes. 6. Dar facilidades a los trabajadores sindicalizados para celebrar asamblea sindical departamental, dentro de las horas de jornada de trabajo por dos horas continuas cada mes. 7. Respetar la estructura interna del SINTCOP así como reconocer sus órganos de representación los que se acreditarán por escrito a la Institución por parte del Comité Ejecutivo Nacional, debidamente registrado ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 8. Conceder permiso con goce de salario a 20 miembros de la Comisión Revisora del Contrato Colectivo de Trabajo y/o salario, que se acredite por el Comité Ejecutivo Nacional por el tiempo que dure el período de pláticas. 9. Facilitar el uso de los auditorios existentes en las Instalaciones del Colegio, para la realización de asambleas de trabajadores, por acuerdo entre las partes, hecho con la debida anticipación. 10. Dar facilidades, una vez al año a un máximo de 15 trabajadores que sean designados por el Comité Ejecutivo Nacional para asistir a cursos sindicales por el tiempo que éstos duren, previa notificación al Director. 11. Proporcionar al Sindicato locales adecuados para sus oficinas sede y seccionales y a las delegaciones en los Centros Regionales, o a otorgar una ayuda económica para el pago de las rentas, observando los usos y costumbres cuando la Institución no cuente con los locales adecuados para dicho fin.

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12. Apoyar al Sindicato, independientemente de las impresiones ordinarias, con otras impresiones extraordinarias, previo acuerdo entre el Colegio y el Sindicato. 13. Comunicar dentro de un lapso de 5 días hábiles las renuncias de los trabajadores y en un término de 30 días hábiles notificar el monto que por concepto de alcances hayan correspondido al trabajador, con motivo de su renuncia. Lo anterior deja a salvo los derechos del trabajador, para reclamos posteriores, en caso de que obre diferencia a su favor. 14. Abstenerse de intervenir en la organización y vida interna del Sindicato, así como de fomentar grupos antagónicos al mismo. 15. Fomentar el respeto entre autoridades del Colegio y representantes sindicales. 16. Entregar al Sindicato 5 ejemplares de cada titulo que la Institución edite. 17. Facilitar a los trabajadores el uso de canchas deportivas con que cuenta el Colegio en la Sede y Campus. Dentro de la solicitud anual del presupuesto, la Institución incluirá una partida para la creación de áreas deportivas. 18. Entregar el 10 de mayo de cada año regalos a las madres trabajadoras, en base a la relación que remita el Sindicato a la Institución, con 40 días de anticipación para que 10 días previos al evento se entreguen a la organización sindical. 19. Entregar el 6 de enero de cada año, juguetes a los hijos de hasta 12 años de los trabajadores, en base a la relación que remita el Sindicato a la Institución, con 50 días de anticipación, para que 20 días previos al evento se entreguen a la organización sindical. 20. Realizar a través de la nómina los descuentos acordados por el Sindicato, por concepto de cuotas extraordinarias para fondos sociales, así como a realizar los descuentos por adeudo a dichos fondos, previa comprobación del Sindicato de la conformidad del trabajador entregándole catorcenalmente el importe de dichos descuentos al Sindicato. 21. Editar el Contrato Colectivo de Trabajo, proporcionando al Sindicato 1,600 ejemplares, en un plazo de 45 días hábiles, después de su firma. TITULO QUINTO DE LAS PRESTACIONES CAPITULO ÚNICO A) PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES. CLÁUSULA 107.- COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD. La Institución cubrirá una compensación por antigüedad para todos los trabajadores administrativos en los siguientes términos: 1. 9% sobre el salario base, a los 5 años de servicio. 2. A partir del sexto año y hasta el vigésimo la compensación se incrementará anualmente en 1.8%. 3. A partir del vigésimo primer año en adelante, la compensación se incrementará anualmente el 2.3%. Lo anterior se aplicará conforme a la siguiente tabla: AÑOS DE SERVICIO PORCENTAJE A APLICAR

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5 9.0 6 10.8 7 12.6 8 14.4 9 16.2 10 18.0 11 19.8 12 21.6 13 23.4 14 25.2 15 27.0 16 28.8 17 30.6 18 32.4 19 34.2 20 36.0 21 38.3 22 40.6 23 42.9 24 45.2 25 47.5 26 49.8 27 52.1 28 54.4 29 56.7 30 59.0 31 61.3 32 63.6 33 65.9 34 68.2 35 70.5 36 72.8

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37 75.1 38 77.4 39 79.7 40 82.0 etc.

El pago de esta prestación será automático y se incluirá en el pago catorcenal en el momento que el trabajador cumpla años de servicio. Esta compensación no será susceptible de deducción de impuestos. CLÁUSULA 108.- RECONOCIMIENTO ECONÓMICO POR ANTIGÜEDAD. El Colegio entregará a cada trabajador un reconocimiento económico por antigüedad de acuerdo a la siguiente tabla, calculado sobre el Salario Tabular: a los 5 años de servicio 10 días a los 10 años de servicio 20 días a los 15 años de servicio 30 días a los 20 años de servicio 40 días a los 25 años de servicio 50 días a los 30 años de servicio 60 días a los 35 años de servicio 70 días a los 40 años de servicio 80 días a los 45 años de servicio 90 días a los 50 años de servicio 120 días Los trabajadores administrativos que durante el período del 12 de julio y el 31 de diciembre de cada año cumplan 5, 10, 15, 20, etc.; años de servicio para el Colegio, recibirán dicho reconocimiento económico en la última catorcena del mes de noviembre. Para quienes cumplan los años de referencia entre el 1º. de enero y el 11 de julio de cada año el reconocimiento mencionado se les aplicará en la última catorcena del mes de junio que corresponda. Las cantidades correspondientes se entregarán mediante extranómina. CLÁUSULA 109.- AJUSTE DE CALENDARIO. La Institución pagará a sus trabajadores por concepto de ajuste de calendario 5 días de salario y 6 en años bisiestos, los cuales les serán cubiertos previo al inicio del segundo período vacacional, con salario vigente a esa fecha. CLÁUSULA 110.- DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO QUE COINCIDAN CON SÁBADO O DOMINGO. Para compensar la coincidencia de los días de descanso obligatorio con sábados y domingos, el Colegio se compromete a pagar hasta 5 días de salario al año a cada trabajador en las catorcenas inmediatas posteriores en que se presenten dichas incidencias.

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CLÁUSULA 111.- COMPENSACIÓN POR JUBILACIÓN O PENSIÓN. La Institución cubrirá a sus trabajadores que se jubilen o se pensionen, una compensación de conformidad con la siguiente tabla: 1. De 5 a menos de 15 años de servicio, 15 días de salario por cada año laborado. 2. De 15 años de servicio en adelante, 17 días de salario por cada año laborado. 3. En caso de trabajadoras, se adicionará un día de salario por cada año laborado. 4. Esta prestación se cubrirá independientemente de cualquier otro derecho que le asista al trabajador. CLÁUSULA 112.- AYUDA DE DESPENSA. El Colegio otorgará a sus trabajadores por este concepto, la cantidad de $404.00 (CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 00/100 M.N.), mensuales. CLÁUSULA 113.- PAGO DE ANTEOJOS, APARATOS ORTOPÉDICOS, AUDITIVOS Y SILLAS DE RUEDAS. Previa solicitud por escrito del Sindicato, la Institución cubrirá el 100% del costo de anteojos, lentes de contacto, prótesis, aparatos ortopédicos, auditivos y sillas de ruedas del trabajador, su cónyuge, hijos y ascendientes que dependan económicamente de él, siempre y cuando hayan sido prescritos por medico del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), atendidos por los médicos y/o clínicas, que para tal efecto el Colegio haya contratado previa licitación pública atendiendo las propuestas del Sindicato y avalado el servicio por el médico del ISSSTE después de la atención, a solicitud del Colegio o del SINTCOP. La dependencia económica se demostrará con la credencial del ISSSTE. Cuando esto no pueda ser posible, el trabajador deberá presentar las actas de nacimiento respectivas y los medios de prueba que sustenten dicha dependencia económica. El Colegio y el SINTCOP, cuidarán que los materiales utilizados, así como los trabajos que realicen los médicos y/o clínicas contratados por la Institución, para la atención de esta prestación, serán de buena calidad y se realizarán de manera expedita. CLÁUSULA 114.- PAGO DE DEFUNCIÓN. El Colegio cubrirá a los beneficiarios del trabajador que fallezca, por concepto de pago de defunción, de acuerdo a la antigüedad del trabajador, las cantidades contempladas a continuación: 1. De 1 día a menos de 10 años de servicio, 9 meses de salario. 2. De 10 años a menos de 20 años de servicio, 10 meses de salario. 3. De 20 años en adelante, 12 meses de salario. Los deudos podrán optar por el servicio del sepelio del ISSSTE u otro, pero en todos los casos el Colegio se obliga a cubrir en la fecha respectiva los gastos de defunción los que se deducirán en la liquidación del importe de esta prestación. Para ascendientes o descendientes en primer grado, que dependan económicamente del trabajador, la Institución se compromete a cubrir el 50% de la cuota máxima del velatorio del ISSSTE, previa presentación del comprobante correspondiente. La dependencia económica se deberá comprobar en los mismos términos de la cláusula anterior.

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CLÁUSULA 115.- CANASTILLA MATERNAL. El Colegio proporcionará a las trabajadoras que den a luz, una ayuda para canastilla maternal, correspondiente a la cantidad de $370.70 (TRESCIENTOS SETENTA PESOS 70/100 M.N.), por cada hijo nacido vivo. CLÁUSULA 116.- BECAS ESPECIALES PARA HIJOS DE TRABAJADORES. A petición del Sindicato, el Colegio se compromete a realizar las gestiones ante la Secretaría de Educación Pública, o ante cualquier otra Institución pública o privada para la obtención de becas para los hijos de los trabajadores que presenten problemas de aprendizaje sea cual fuere la causa, entre otras, daño o lesión cerebral o física severa, síndrome de Dawn, parálisis cerebral; de no ser así, el Colegio cubrirá el costo de estos servicios proporcionados por cualquier otra institución oficial o privada que imparta los mismos, a fin de que los que se encuentren en este supuesto, puedan obtener el beneficio señalado, así como la atención más adecuada. CLÁUSULA 117.- ATENCIÓN A HIJOS DE TRABAJADORES EN INSTITUCIONES HOSPITALARIAS. A petición del Sindicato, el Colegio se obliga a realizar los trámites necesarios para la atención de los hijos de los trabajadores que padezcan cáncer u otro tipo de enfermedad mortal en las instituciones hospitalarias que atiendan este tipo de padecimientos, con exención de pago. Igualmente el Colegio tramitará que se les proporcione los medicamentos necesarios cuando éstos no sean entregados por el ISSSTE. CLÁUSULA 118.- AYUDA DE GUARDERÍA. El Colegio proporcionará a los trabajadores con hijos de 45 días a 6 años de edad el servicio de guardería instalada por el propio Colegio o la ayuda económica; en su caso podrán optar por estas ayudas que se aplicarán en los siguientes términos: 1. Los trabajadores varones tendrán este derecho con los usos y costumbres establecidos en tal sentido por la Comisión y se aplicará con un límite de 2 hijos por cada varón. 2. Las madres trabajadoras disfrutarán de este derecho sin limitación de ninguna especie en cuanto al ingreso o al número de hijos. 3. Los trabajadores podrán optar a su elección, en la sede por disfrutar del servicio de guardería en el Colegio o por recibir una ayuda económica, misma que también se entregará a quienes no puedan disfrutar del servicio de guardería por falta de cupo o por desempeñar sus labores en locales distintos o foráneos a las instalaciones de la sede, pudiendo utilizar otros servicios similares, en cuyo caso el Colegio les entregará contra comprobante de pago, expedido por la guardería o la institución correspondiente la cantidad de $260.00 (DOSCIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.) mensuales, hasta 150 ayudas. 4. Las madres trabajadoras tendrán preferencia para el disfrute de los servicios proporcionados por el Colegio. 5. Los trabajadores temporales sólo tendrán derecho a recibir ayuda económica y no al servicio de guardería del Colegio. 6. Cuando el menor cumpla los 6 años, durante el período escolar, se prolongará la ayuda respectiva hasta el inicio del próximo año escolar. 7. Los trabajadores que tengan hijos en edad de recibir el beneficio de guardería podrán optar por el pago de $130.00 (CIENTO TREINTA PESOS 00/100 M.N.) mensualmente por cada hijo, hasta 150 casos con límite de 2, sin exhibición de comprobante alguno sino la propia acta de nacimiento del menor y la solicitud expedida por el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato. 8. El reglamento de la Comisión Mixta de Guardería deberá ser modificado en lo conducente de conformidad con el presente acuerdo.

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9. Durante el mes de julio de cada año, la Comisión Mixta de Guardería levantará el censo que sentará las bases para la distribución de lugares en la guardería, para el periodo escolar siguiente, de conformidad con la demanda real existente de la población de hijos de trabajadores administrativos sindicalizados, no sindicalizados, confianza y académicos. CLÁUSULA 119.- SEGUROS: DE VIDA, PROVIDA, DE RETIRO Y DE VIAJE OFICIAL. Los trabajadores gozarán de los siguientes seguros: 1. Un seguro institucional de vida o invalidez total permanente, de conformidad al acuerdo presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de enero de 1993. 2. Un seguro colectivo de retiro conforme lo establezcan los decretos presidenciales correspondientes. 3. Las primas correspondientes deberán ser cubiertas de acuerdo a los decretos presidenciales. 4. Cuando un miembro del personal del Colegio sea comisionado en viaje oficial, la institución se compromete a pagarle un seguro de vida por $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N. ), sin costo alguno para éste. CLÁUSULA 120 .- PREMIOS POR PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA 1. A los trabajadores que durante un trimestre no incurran en faltas de asistencia ni retardos, el Colegio les otorgará una gratificación de $90.00 (NOVENTA PESOS 00/100 M.N.) a cada uno . 2. A los trabajadores que durante los cuatro trimestres del año se hagan merecedores a la gratificación trimestral, se les otorgará en forma adicional una gratificación de $150.00 (CIENTO CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), a cada uno. 3. A los trabajadores que durante alguno de los trimestres no incurran en faltas de asistencia ni hagan uso de alguno de los días económicos a que tienen derecho en estos trimestres, el Colegio les cubrirá el importe de los mismos, calculado a partir del salario tabular diario del trabajador, al momento de concluir el trimestre, más $65.00 (SESENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) de prima a cada uno. El disfrute de un sólo día económico en el trimestre excluye al trabajador del pago del estímulo y de la prima correspondiente. 4. A los trabajadores que durante un año no incurran en faltas de asistencia y habiendo usado uno o más días económicos pero de modo tal que el disfrute de los mismos en ningún caso se haya hecho en lunes o viernes, el día previo o posterior a cualquier día de descanso obligatorio, periodo vacacional, vacaciones adicionales o días festivos se les otorgará una gratificación anual de $150.00 (CIENTO CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) 5. Para poder concursar en el pago de un trimestre por primera ocasión en cualquiera de los casos mencionados en esta cláusula será necesario que el trabajador inmediatamente antes de la fecha del inicio del trimestre, tenga por lo menos seis meses de servicio ininterrumpido en la Institución. 6. Esta prestación se computará del 1 de enero al 31 de diciembre, no pudiéndose acumular los trimestres de un año con los del siguiente. 7. La prueba fehaciente de los trabajadores, en su caso, será la tarjeta de asistencia registrada mediante reloj checador, debidamente firmada por el trabajador, o el registro de asistencia correspondiente. 8. Ninguna falta de asistencia se considerará justificada para los efectos del otorgamiento de estos estímulos, salvo las incapacidades otorgadas por el ISSSTE, el día del trabajador del Colegio, el día del deceso de un familiar en primer grado y el onomástico del trabajador. 9. Para efectos de esta cláusula se entiende por:

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Un año: el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre. Primer trimestre: el que comprende los meses de enero, febrero y marzo. Segundo trimestre: el que comprende los meses de abril, mayo y junio. Tercer trimestre: el que comprende los meses de julio, agosto y septiembre. Cuarto trimestre: el que comprende los meses de octubre, noviembre y diciembre. Faltas de asistencia: dejar de concurrir a laborar a su lugar de trabajo en la jornada establecida, con o sin causa justificada. Retardos: registrar su asistencia un minuto después de la tolerancia de 10 minutos. Para los efectos de esta cláusula el derecho a días económicos por trimestre, se distribuirá de la manera siguiente: Primer trimestre: 3 días Segundo trimestre: 2 días Tercer trimestre: 3 días Cuarto trimestre: 2 días CLÁUSULA 121.- AYUDA DE TRANSPORTE. El Colegio cubrirá $129.80 (CIENTO VEINTINUEVE PESOS 80/100 M.N.) mensuales, por concepto de ayuda de transporte. CLÁUSULA 122.- ROPA DE TRABAJO Y EQUIPO DE PROTECCIÓN. La Institución entregará a sus trabajadores, de conformidad con el Reglamento de Seguridad e Higiene, ropa de trabajo y equipo de protección que serán distribuidos bajo la vigilancia de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene. En el mes de mayo lo correspondiente al primer semestre y en septiembre el segundo semestre. CLÁUSULA 123.- COMPENSACIÓN POR LABORAR EN ZONAS INSALUBRES Y/O PELIGROSAS. La Institución cubrirá la cantidad de $55.00 (CINCUENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) mensuales a todos los trabajadores que por dictamen de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, laboren en zonas insalubres y/o peligrosas. Esta compensación cesará en cuanto la Comisión dictamine que las condiciones que generaban la insalubridad o peligrosidad han cesado, o cuando el trabajador ocupe otra plaza no dictaminada. CLÁUSULA 124.- APOYO A LOS TRABAJADORES QUE ELABORAN TESIS. A los trabajadores que en calidad de pasantes a nivel de licenciatura, maestría o doctorado, deban elaborar una tesis, tesina o trabajo final de investigación, o deban preparar su examen profesional y tengan por lo menos un año laborando en la Institución, se les concederá un permiso con goce de salario por un plazo de 60 días, debiendo comprobar al vencimiento de la licencia que durante ella realizaron tal actividad. Los trabajadores acreditarán, previamente a la fecha del inicio de la licencia, la actividad a realizar. Esta prestación podrá disfrutarse una sola vez en cada grado. Así mismo, la Institución se compromete a apoyar a dichos trabajadores con la impresión de 25 ejemplares de su tesis, tesina o trabajo final de investigación sin costo alguno para los mismos.

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CLÁUSULA 125.- CRÉDITOS PARA LA ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS DE CONSUMO DURADERO. La Institución continuará tramitando ante el FONACOT el ingreso y permanencia de los trabajadores sindicalizados, en los términos de los Convenios celebrados con ese organismo, a fin de que sigan obteniendo los beneficios que otorga dicho fondo. CLÁUSULA 126.- RENOVACIÓN DE LICENCIAS. La Institución cubrirá a su vencimiento, el costo total de los derechos de renovación de licencias de manejo, a los trabajadores cuyas actividades contratadas consista en la conducción de vehículos. CLÁUSULA 127.- BECAS PARA LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES. La Institución pagará en una sola exhibición 100 becas de $315.00 (TRESCIENTOS QUINCE PESOS 00/100 M.N.) cada una, para los hijos de trabajadores sindicalizados en niveles de secundaria, preparatoria, profesional o equivalente, de conformidad con los criterios que para tal efecto fije la Comisión Mixta de Becas. CLÁUSULA 128.- AYUDA DE ÚTILES ESCOLARES. La Institución cubrirá la cantidad de $175.25 (CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 25/100 M.N.) por una sola vez al año, para cada trabajador, por concepto de ayuda de útiles escolares en la primera catorcena de septiembre de cada año. CLÁUSULA 129.- VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. El Colegio y el Sindicato gestionarán conjuntamente ante el Banco de Obras Públicas, el FOVISSSTE o alguna otra institución bancaria, créditos para la construcción de casa habitación, a cubrirse por los trabajadores en plazos similares a los que otorga el FOVISSSTE, para todos los trabajadores que lo necesiten. Asimismo el Colegio gestionará ante los organismos competentes la donación de cinco terrenos, uno en cada uno de los Estados de México; Puebla, Veracruz, San Luis Potosí y Tabasco para la construcción de unidades habitacionales para los trabajadores. Del resultado de las gestiones se notificará al Sindicato. Los representantes de éste podrán intervenir en las gestiones. CLÁUSULA 130.- DESCUENTOS EN LIBROS. El Colegio gestionará que los trabajadores puedan adquirir libros y publicaciones con descuentos en la SEP, UACH, UNAM, INAH, IPN, UAM, CONACYT, FCE y COLMEX. CLÁUSULA 131.- PROMOCIÓN TURÍSTICA Y CULTURAL. La Institución apoyará las gestiones del SINTCOP ante TURISSSTE u organismos similares, para la formulación de un programa turístico y cultural para los trabajadores sindicalizados. CLÁUSULA 132.- PREFERENCIA DE INSCRIPCIÓN. El Colegio en igualdad de merecimientos académicos y en los términos de su reglamentación interna, dará preferencia a los hijos de trabajadores para la inscripción, en los programas de enseñanza de la Institución. CLÁUSULA 133.- REUBICACIÓN POR CARRERA TÉCNICA O PROFESIONAL. De acuerdo con las necesidades del servicio, siempre que exista una vacante y sin que se afecten derechos a terceros, el Colegio reubicará a aquellos trabajadores que hayan obtenido título, diploma, certificado o constancia de haber concluido alguna carrera a

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nivel técnico o profesional, en el lugar que lo soliciten, siempre que satisfagan los requisitos y funciones establecidas en el catálogo de puestos y aprueben la evaluación correspondiente. La reubicación deberá ser dictaminada por la Comisión Mixta de Escalafón. CLÁUSULA 134.- BECAS PARA ESTUDIOS DE POSTGRADO. En el caso de los trabajadores que se encuentren en posibilidad de realizar estudios de postgrado, el Colegio les gestionará becas para continuar sus estudios, mientras dura la beca, la relación laboral quedará suspendida y ésta se reanudará al término de la misma. CLÁUSULA 135.- HORARIOS ESPECIALES PARA ESTUDIANTES. La Institución, a través de la Comisión Mixta de Horarios Especiales, otorgará a un máximo de 25 trabajadores estudiantes las facilidades necesarias para que puedan cumplir con sus estudios, adecuando sus jornadas de trabajo y sus horarios para hacerlos compatibles con sus horarios de clases. Las facilidades a que se refiere esta cláusula, únicamente estarán vigentes mientras el trabajador acuda a clases, quedando excluidos los períodos de vacaciones. Al concluir sus estudios, el trabajador se reincorporará a su horario y jornada originales. CLÁUSULA 136.- DE LA ENTREGA DE ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS. La Institución y el Sindicato a través de un comité de evaluación, establecerán los criterios de acuerdo a la Ley de Estímulos y Recompensas Civiles, para su otorgamiento a los trabajadores, de conformidad con la autorización presupuestal que corresponda proporcionalmente a los trabajadores de planta. Los estímulos y recompensas se entregarán por el Director. CLÁUSULA 137.- SEGURO PARA AUTOMÓVILES. El Colegio contratará un seguro de daños de cobertura amplia para automóviles propiedad de los trabajadores sindicalizados que deseen asegurarse. El Colegio procurará obtener las primas más bajas las que se descontarán directamente del salario catorcenal, comprometiéndose el Sindicato a garantizar el número mínimo requerido para el seguro de flotilla. CLÁUSULA 138.- AUTOMÓVILES A PRECIO DE GOBIERNO. El Colegio realizará las gestiones necesarias para que los trabajadores a su servicio obtengan automóviles a precios de gobierno. Las solicitudes para obtener dicha prestación deberán invariablemente de presentarse a través del Sindicato. B) PRESTACIONES SINDICALES CLÁUSULA 139.- GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO Y RENTA AL SINDICATO. La Institución entregará una vez al año por concepto de apoyo extraordinario a los gastos de administración, mantenimiento y renta del SINTCOP, la cantidad de: $21,350.00 (VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), sin perjuicio de las ayudas en especie y sin contravenir los usos y costumbres establecidos.

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CLÁUSULA 140.- BIBLIOTECA SINDICAL. La Institución se obliga a entregar al sindicato para gastos de biblioteca sindical, una vez al año la cantidad de: $ 13,340.00 (TRECE MIL TRESCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M. N.). CLÁUSULA 141.- FONDO DE AHORRO DEL SINTCOP. La Institución se obliga a efectuar retenciones sobre las aportaciones que los trabajadores acuerden para el fondo de ahorro del SINTCOP mediante la voluntad expresa de cada trabajador. CLÁUSULA 142.- GASTOS DE REVISIÓN. La Institución se compromete a entregar al Sindicato por concepto de gastos de revisión la cantidad de $ 20,015.00 (VEINTE MIL QUINCE PESOS 00/100 M.N.). CLÁUSULA 143.- GASTOS DE FOMENTO DE ACTIVIDADES SOCIALES Y CULTURALES. La Institución se compromete a entregar al Sindicato la cantidad de: $25,350.00 (VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) anuales, para gastos de fomento de las actividades sociales y culturales. CLÁUSULA 144.- FOMENTO AL DEPORTE. El Colegio entregará al Sindicato la cantidad de: $26,680.00 (VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N.) anuales, para el fomento al deporte. CLÁUSULA 145.- AYUDA PARA EL FESTEJO DEL DIA DEL TRABAJADOR. La Institución se obliga a entregar al Sindicato la cantidad de $33,350.00 (TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) anuales, por concepto de ayuda para el festejo del día del trabajador del Colegio. CLÁUSULA 146.- FESTEJO DEL DIA DE LAS MADRES. El Colegio entregará al Sindicato anualmente la cantidad de $18,200.00 (DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) por concepto de Festejo del Día de la Madre. CLÁUSULA 147.- FESTEJO DEL DIA DEL NIÑO. El Colegio otorgará al Sindicato en la primera catorcena del mes de marzo de cada año la cantidad de $48,500.00 (CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) como ayuda para el festejo de los hijos de los trabajadores sindicalizados. CLÁUSULA 148.- EDUCACIÓN ABIERTA. El Colegio otorgará al Sindicato en la primera catorcena del mes de marzo de cada año, la cantidad de $6,065.00 (SEIS MIL SESENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), por concepto de ayuda para educación abierta. CLÁUSULA 149.- IMPRESIÓN Y PAPEL PARA APOYO A PUBLICACIONES SINDICALES. El Colegio se compromete a apoyar el trabajo de impresión del Sindicato en el Taller de Offset de la Institución con folletos, pósters, volantes, hasta cinco veces al año y en tirajes de 5,000 ejemplares cada vez. CLÁUSULA 150.- PRESTACIONES ECONÓMICAS QUE SE ENTREGARAN AL SINDICATO. Las prestaciones económicas que se entregarán al Sindicato, se harán llegar, a más tardar en la primera catorcena de abril de cada año.

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CLÁUSULA 151.- TRABAJADORES COMISIONADOS PARA APOYO AL SINDICATO. El Colegio mantendrá el apoyo en el funcionamiento de las oficinas sindicales de acuerdo a los usos y costumbres que consisten en la asignación de 3 taquimecanógrafas, y dos intendentes en las oficinas de la Sede, así como de una taquimecanógrafa en la sección Puebla, además de las cantidades anuales correspondientes a dos mecanógrafas . CLÁUSULA 152.- SUGERENCIAS SINDICALES EN LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO. En la formulación de los proyectos de presupuestos anuales, el Colegio atenderá las sugerencias del Sindicato, respecto a la creación de plazas y aumentos salariales. CLÁUSULA 153.- VENTA DE SUBPRODUCTOS. El Colegio se obliga a vender al Sindicato la parte proporcional que corresponda al número de trabajadores sindicalizados, los subproductos agrícolas o pecuarios resultantes de sus investigaciones a precios razonables. Asimismo se comprometen a facilitar y apoyar a la cooperativa de consumo del Sindicato, cuando la misma entre en funcionamiento, con áreas para venta, transporte y personal capacitado para tal efecto, en la medida de lo posible. CLÁUSULA 154.- PAPEL, GASOLINA Y VEHÍCULOS DEL SINTCOP. Con respecto al Sindicato el Colegio se obliga: 1. Entregar al Sindicato 60 vales de gasolina de 25 litros cada uno al mes y 7.5 millares de papel Bond al mes, independientemente del apoyo semestral que se otorga al Sindicato por concepto de papelería, material y equipo de oficina. Asimismo, en el mes de mayo de cada año, el Colegio entregará en efectivo al SINTCOP el equivalente a 720 vales de gasolina de 25 litros cada uno, conforme al precio vigente que esté en el mes de mayo que corresponda. 2. Contratar seguros para los vehículos, así como para los bienes muebles e inmuebles del SINTCOP, con la observación de que el deducible correrá a cargo del SINTCOP. TITULO SEXTO DE LAS COMISIONES MIXTAS CAPITULO ÚNICO CLÁUSULA 155.- COMISIONES MIXTAS. Para el perfeccionamiento de las relaciones laborales, existen las siguientes Comisiones Mixtas. 1. Comisión Mixta de Seguridad e Higiene 2. Comisión Mixta de Escalafón 3. Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento 4. Comisión Mixta de Guardería 5. Comisión Mixta de Becas. 6. Comisión Mixta de Horarios Especiales 7.- Comisión Mixta de Catálogo de Puestos. Y todas aquellas que acuerden las partes y que se consideren necesarias para normar las relaciones laborales.

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Para el buen funcionamiento de estas Comisiones, los representantes sindicales en Seguridad e Higiene, Escalafón y uno de Catálogos de Puestos gozarán de tiempo liberado con goce de salario íntegro. Las demás Comisiones Mixtas funcionarán de acuerdo a las formas y tiempos acostumbrados. CLÁUSULA 156.- AUTONOMÍA Y OBLIGATORIEDAD DE LOS DICTÁMENES DE LAS COMISIONES MIXTAS Y DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES. Las Comisiones Mixtas, son autónomas y sus dictámenes y acuerdos serán de observancia obligatoria para el Colegio, para el Sindicato y para sus trabajadores, siempre que se ajusten a la Ley, al Contrato Colectivo de Trabajo y a su propio reglamento. La Institución y el Sindicato tienen la mas amplia libertad para hacer la designación de sus representantes respectivos para integrar las Comisiones Mixtas, así como para sustituirlos en cualquier momento. La sustitución deberá de notificarse con 8 días de anticipación a la fecha en que deba empezar a fungir el nuevo representante. CLÁUSULA 157.- REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DE LAS COMISIONES MIXTAS. Para ser integrante de alguna Comisión Mixta se requiere: 1. Ser trabajador del Colegio atendiendo a la naturaleza de la representación. 2. Ser mayor de edad. 3. Poseer la instrucción y la experiencia necesaria y 4. Ser de conducta honorable y haber demostrado en el ejercicio de su trabajo, sentido de responsabilidad. CLÁUSULA 158.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE SEGURIDAD E HIGIENE. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene las siguientes: 1. Aplicar, acatar, interpretar, proponer reformas y/o adiciones al Reglamento de Seguridad e Higiene del Colegio. 2. Aplicar el Contrato Colectivo de Trabajo en lo que corresponda. 3. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados. 4. A petición de las partes interesadas, revisar y, en su caso, revocar sus acuerdos. 5. Resolver las inconformidades, que presenten la Institución y el Sindicato o los trabajadores, que sean de la esfera de su competencia. 6. Solicitar al Colegio, disponga de los elementos necesarios para el debido cumplimiento de los acuerdos tomados. 7. Solicitar al Colegio, al Sindicato y a los trabajadores la información y colaboración necesaria para resolver los asuntos de su competencia. 8. Proporcionar los informes que les soliciten la Institución y el Sindicato de los asuntos que sean de su competencia. También deberá proporcionar información a los trabajadores que lo soliciten, respecto de los asuntos que les afecten. 9. Levantar las actas de sus sesiones y recorridos en los que se hagan constar los acuerdos tomados. 10. Dar a conocer sus reglamentos, convocatorias, dictámenes y acuerdos de interés general por los medios de información a su alcance. 11. Determinar las zonas que se consideren insalubres y/o peligrosas; las condiciones de trabajo correspondientes para la consideración de jornadas, vacaciones extraordinarias, compensaciones, medidas profilácticas y medidas de protección. 12. Proponer a la Institución las medidas adecuadas para prevenir los riesgos de trabajo. 13. Vigilar el cumplimiento de las medidas dictaminadas, informando a las autoridades respectivas de quienes no las observen.

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14. Practicar nuevos recorridos para determinar si se han corregido las medidas dictaminadas en las zonas insalubres y/o peligrosas, levantando acta en la que conste lo anterior y en su caso notificar a la Institución de la medida corregida o superada. 15. Investigar la causa de los accidentes de trabajo. 16. Establecer lineamientos de carácter general para el levantamiento de las actas administrativas, para que en caso de ocurrir un accidente de trabajo, éstas contengan todos los datos y requisitos necesarios. 17. Vigilar los precios, calidad, cantidad e higiene de los alimentos que expendan los concesionarios de los comedores que funcionan en la Sede y en los Centros Regionales. 18. Promover la orientación de seguridad e higiene en el trabajo, para los miembros de la Comisión y para los trabajadores en los centros de trabajo. 19. Informar a los trabajadores en forma periódica de los riesgos específicos de las labores que se llevan a cabo y de las medidas para prevenirlos. Asimismo de las causas de los riesgos realizados en los centros de trabajo y de las medidas preventivas que se adopten. 20. Vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene, relativas al trabajo de mujeres y menores de edad. 21. Vigilar lo relativo al equipo de protección personal de los trabajadores. 22. Difundir entre los trabajadores el uso adecuado del equipo de trabajo y protección. 23. Vigilar que en los centros de trabajo se coloquen los avisos de seguridad e higiene para la prevención de los riesgos, en función de la naturaleza de las actividades que se desarrollen. 24. Vigilar que los botiquines de primeros auxilios contengan los elementos que señala el instructivo correspondiente. 25. Vigilar el cumplimiento de las medidas relativas a la prevención de los riesgos de trabajo. 26. Vigilar el funcionamiento de las enfermerías, su personal y equipo, así como sancionar mediante su Reglamento los medicamentos mínimos necesarios para la atención de los primeros auxilios. 27. Practicar las visitas de inspección a todas las instalaciones para dictaminar medidas de prevención, para el control de riesgos con el propósito de mejorar las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo. 28. Las demás que se deriven del Reglamento de Seguridad e Higiene, el Contrato Colectivo de Trabajo, la Ley y otras disposiciones aplicables. CLÁUSULA 159.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE ESCALAFÓN. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Escalafón, las siguientes: 1. Aplicar e interpretar el Reglamento de Escalafón del Colegio. 2. Formular, aplicar y vigilar la instrumentación de los sistemas y procedimientos escalafonarios. 3. Constituir las unidades escalafonarias, observando la plantilla del personal administrativo y el catálogo aprobado por la Institución y el Sindicato . 4. Mantener actualizado el registro escalafonario. 5. Llevar un registro semestral de la antigüedad de los trabajadores administrativos. 6. Mantener actualizada la plantilla general de trabajadores administrativos del Colegio. 7. Conocer de las vacantes que se presenten en los puestos de la plantilla del personal administrativo.

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8. Realizar las promociones simples para cubrir las vacantes definitivas, provisionales o de nueva creación, distintas a las de pie de grupo. 9. Realizar las promociones por concurso, cuando así procedan. 10. Aplicar y calificar los exámenes de aptitud y los factores escalafonarios en promociones por concurso. 11. Dictaminar sobre los ascensos definitivos o provisionales, así como sobre las permutas, cambios y cambios de adscripción y comisiones de los trabajadores, en los términos del Reglamento de Escalafón. Así mismo, sobre los movimientos descendentes que deban producirse por el regreso de los trabajadores que se encontraban de licencia a su plaza de planta. 12. Resolver las inconformidades que presenten los trabajadores en relación con sus derechos escalafonarios, así como las recusaciones y excusas que se planteen. 13. Establecer criterios y formular el contenido de los exámenes de admisión de trabajadores. 14. Resolver sobre la idoneidad de un candidato cuando exista objeción previa a su inamovilidad. 15. Resolver, a petición de cualquiera de las partes, los casos de reclasificación de trabajadores que se encuentren realizando permanentemente funciones diferentes a las que en virtud de su contrato individual les corresponda. 16. Analizar los casos de los trabajadores de planta no sindicalizados que sean propuestos para ocupar puestos de confianza y emitir el dictamen correspondiente. 17. Resolver las objeciones del Sindicato sobre los cambios de funciones en puestos de confianza. 18. Dictaminar la reubicación de aquellos trabajadores que hayan obtenido título, diploma, certificado o constancia de haber concluido alguna carrera a nivel técnico o profesional. 19. Proporcionar los informes que le soliciten el Colegio, el Sindicato, o los trabajadores respecto a su propia situación escalafonaria. 20. Comunicar directamente a los trabajadores interesados y a las autoridades correspondientes de las unidades escalafonarias los dictámenes emitidos, así como publicar dichos dictámenes. 21. Revisar y, en su caso, revocar, modificar o confirmar sus resoluciones a petición de los trabajadores que consideren lesionados sus derechos escalafonarios. 22. Conocer y dictaminar cualquier movimiento de personal administrativo que altere temporal o permanentemente la plantilla de personal del Colegio. 23. Solicitar al Colegio los recursos materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones y el cumplimiento de sus acuerdos. 24. Solicitar al Colegio y al Sindicato o a los trabajadores la información y colaboración necesaria para resolver los asuntos que se planteen ante la Comisión. 25. Autorizar las formas que la Comisión utilice, tales como boletas de encuestas, boletines, convocatorias, etc. 26. Levantar y firmar las actas de sus sesiones en que se hagan constar los acuerdos tomados. 27. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados. 28. Elaborar, cuando así lo estime procedente, instructivos específicos que faciliten la instrumentación de situaciones que se originen con motivo de la aplicación del Reglamento de Escalafón. 29. Sugerir a la Comisión Mixta de Catálogo de Puestos, en base a los problemas que se le presenten en su funcionamiento cotidiano y en sus procedimientos, reformas y/o adiciones al catálogo de puestos del personal administrativo, presentando por escrito sus observaciones. 30. Regirse por el Reglamento de Escalafón. 31. Y, las demás facultades y obligaciones que por su naturaleza le confieren el Reglamento de Escalafón, el Contrato Colectivo de Trabajo, la Ley y otras disposiciones aplicables.

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CLÁUSULA 160.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento las siguientes: 1. Aplicar e interpretar el Reglamento de Capacitación y Adiestramiento del Colegio. 2. Vigilar que estén actualizados los planes y programas de Capacitación y Adiestramiento. 3. Llevar el registro mensual de los trabajadores que han recibido Capacitación y Adiestramiento. 4. Autentificar las constancias para los trabajadores que recibieron Capacitación y Adiestramiento. 5. Asignar el número de registro a las constancias. 6. Establecer criterios y formular contenidos de los exámenes que se aplicarán a los trabajadores que se rehúsen a los cursos de Capacitación y Adiestramiento. 7. Proporcionar los informes que les soliciten el Colegio, el Sindicato y los trabajadores respecto a los planes y programas de Capacitación y Adiestramiento. 8. Comunicar directamente a los trabajadores y a las instancias correspondientes de los planes y programas que establezca anualmente. 9. Revisar y, en su caso, sugerir modificaciones de los planes y programas, a petición de los trabajadores que consideren que no fueron retomadas sus propuestas. 10.Solicitar al Colegio los recursos materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones y el cumplimiento de sus acuerdos. 11.Solicitar al Colegio y al Sindicato o a los trabajadores la información necesaria para resolver los asuntos que se planteen ante la Comisión. 12.Autorizar las formas que la Comisión utilice, tales como: boletas, boletines, convocatorias, etc. 13.Levantar y firmar las actas de sus sesiones en que se hagan constar los acuerdos tomados. 14. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados. 15.Elaborar, cuando así lo estime procedente, instructivos específicos que faciliten la instrumentación de situaciones del Reglamento de Capacitación y Adiestramiento. 16. Regirse por el Reglamento de Capacitación y Adiestramiento. 17.Revisar y autorizar los manuales que serán utilizados en los cursos de Capacitación y Adiestramiento. 18.Sugerir modificaciones a los manuales cuando se considere que no son los adecuados, enviándolas por escrito a las autoridades correspondientes. 19.Colaborar, en la esfera de su competencia con las Comisiones Mixtas de Escalafón y Seguridad e Higiene. 20. Realizar reuniones con las Subcomisiones cuando menos una vez al año. 21.Las demás que se deriven del Reglamento de Capacitación y Adiestramiento, el Contrato Colectivo de Trabajo, la Ley y otras disposiciones aplicables. CLÁUSULA 161.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE GUARDERÍA. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Guardería las siguientes: 1. Aplicar, acatar, interpretar, proponer reformas y/o adiciones al Reglamento de Guardería del Colegio. 2. Aplicar el C.C.T. en lo que corresponda. 3. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados. 4. A petición de la parte interesada, revisar y, en su caso revocar sus acuerdos. 5. Resolver los asuntos que presenten por escrito los trabajadores derechohabientes de las U.D.I., que sean de la esfera de su competencia.

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6. Solicitar al Colegio, por escrito, que disponga los elementos necesarios para el debido cumplimiento de los acuerdos tomados. 7. Solicitar al Colegio, al Sindicato y a los trabajadores la información y colaboración necesarias para resolver los asuntos de su competencia. 8. Proporcionar los informes que le soliciten la Institución y el Sindicato de los asuntos que sean de su competencia, así como remitir copia de todas y cada una de sus actas, tanto de sesión como de recorrido al Director y al Secretario General del SINTCOP. También dará información a los trabajadores que lo soliciten por escrito y sobre los asuntos que les afecten. 9. Vigilar en la U. D. I. su funcionamiento, la preparación de los alimentos y las condiciones de higiene y seguridad en las mismas. 10. Levantar las actas de sus sesiones y recorridos, donde consten los acuerdos tomados. 11. Dar a conocer sus reglamentos, convocatorias y acuerdos de interés general 12. Establecer criterios para la admisión de los hijos de los trabajadores en las Unidad de Desarrollo Infantil. 13.Establecer y vigilar la aplicación de los criterios y la distribución de las ayudas económicas de guardería. 14. Impulsar la creación de U. D. I. s. en los Centros Regionales del Colegio, donde exista una población infantil superior a 50 niños menores de 6 años, hijos de trabajadores del Colegio. 15.Vigilar el funcionamiento de la U. D. I., en cuanto a limpieza y estado físico de las instalaciones; que el número de personal sea el necesario; el contenido nutricional de los alimentos y la higiene en su preparación. 16.Las demás facultades que por su naturaleza le confieran el presente Contrato Colectivo de Trabajo y el Reglamento de Guardería. CLÁUSULA 162.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE BECAS. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Becas, las siguientes: 1. Aplicar, acatar, interpretar, proponer reformas y/o adiciones al Reglamento de Becas del Colegio. 2. Aplicar el C. C. T. en lo que corresponda. 3. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados. 4. A petición de la parte interesada, revisar y, en su caso revocar sus acuerdos. 5. Resolver las inconformidades, que presenten la Institución y el Sindicato o los Trabajadores, que sean de la esfera de su competencia. 6. Solicitar al Colegio, por escrito, que disponga los elementos necesarios para el debido cumplimiento de los acuerdos tomados. 7. Solicitar al Colegio, al Sindicato y a los trabajadores la información y colaboración necesarias para resolver los asuntos de su competencia. 8. Proporcionar los informes que le soliciten la Institución y el Sindicato de los asuntos que sean de su competencia, así como remitir copia de todas y cada una de sus actas al Director y al Secretario General del SINTCOP. También dará información a los trabajadores que lo soliciten por escrito y sobre los asuntos que les afecten. 9. Levantar las actas de sus sesiones, donde consten los acuerdos tomados. 10.Dar a conocer sus reglamentos, convocatorias y acuerdos de interés general, por los medios de información a su alcance. 11.Convocar anualmente a los trabajadores para que concursen sus hijos, en el otorgamiento de becas. 12.Distribuir las becas autorizadas para los hijos de los trabajadores de planta, conforme al Reglamento de Becas. 13.Vigilar que se cumpla con los requisitos que se establecen en su Reglamento para el otorgamiento de becas. 14.Establecer y vigilar la aplicación de los criterios y la distribución de becas, conforme al Reglamento de Becas.

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15.Las demás facultades y obligaciones que por su naturaleza le confiera el presente Contrato Colectivo de Trabajo y el Reglamento de Becas. CLÁUSULA 163.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE HORARIOS ESPECIALES. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Horarios Especiales las siguientes: 1. Aplicar el C. C. T. en lo que corresponda. 2. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados. 3. Dictaminar sobre la procedencia o improcedencia de las solicitudes para cambios de horarios, horarios de estudiante y jornadas discontinuas, que le sean turnadas por la Institución, el Sindicato o los trabajadores. 5. Las demás que se deriven del presente C. C. T., la Ley y otras disposiciones aplicables. CLÁUSULA 164.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA COMISIÓN MIXTA DE CATALOGO DE PUESTOS. Son facultades y obligaciones de la Comisión Mixta de Catálogo de Puestos las siguientes: 1. Aplicar, respetar, interpretar, proponer reformas y/o adiciones al Reglamento de Catálogo de Puestos del Colegio. 2. Aplicar el C.C.T. en lo que corresponda. 3. Resolver los asuntos de su competencia que le sean turnados por la Institución, el Sindicato y/o los Trabajadores del Colegio. 4. A petición de la parte interesada, revisar y , en su caso, revocar sus acuerdos. 5. Analizar y resolver las inconformidades que presente la Institución, el Sindicato o los Trabajadores, que sean de la esfera de su competencia. 6. Solicitar al Colegio los recursos materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones y el cumplimiento de sus acuerdos. 7. Solicitar al Colegio, al Sindicato y a los Trabajadores, la información y colaboración necesarias para resolver los asuntos de su competencia. 8. Proporcionar los informes que le soliciten la Institución y al Sindicato de los asuntos que sean de su competencia, así como remitir copia de todas y cada una de sus actas al Director General del Colegio y al Secretario General del SINTCOP. También dará información a los trabajadores que lo soliciten por escrito y sobre los asuntos que les afecten. 9. Levantar las actas de sus sesiones, donde consten los acuerdos tomados. 10. Dar a conocer su reglamento y acuerdos de interés general, por los medios de información a su alcance. 11. Coadyuvar con las autoridades del Colegio, a fin de que sean autorizadas por las instancias gubernamentales correspondientes, las propuestas de Catálogo de Puestos y Tabuladores del personal Administrativo de la Institución, a efecto de que las mismas sean objeto de aplicación. 12. Hacer el análisis de cargas de trabajo y funciones de cada uno de los puestos administrativos del Colegio de Postgraduados. 13. Analizar, con base en las funciones y cargas de trabajo, las percepciones que deban corresponderles a los trabajadores en sus distintos puestos, y proponerlas a las autoridades correspondientes para su aprobación. 14. Revisar y proponer la modificación al catálogo de puestos administrativos en las categorías que considere necesarias. 15. Estudiar y analizar todos los aspectos relacionados con los salarios tabulares de los puestos administrativos, a fin de proponer una política general de salarios para el Colegio de Postgraduados.

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16. En aquellos casos en que los puestos del Colegio de Postgraduados, modifiquen sus funciones debido a cambios de equipo o maquinaria, y cuya operación o manejo requieran de habilidades diferentes a las exigidas con anterioridad al cambio, la Comisión de Catálogo de Puestos procederá a revisar la descripción de funciones, requisitos de escolaridad, experiencias y salario y, en su caso, a adecuarlos a la nueva situación. 17. Analizar los salarios de los puestos del Colegio de Postgraduados con base en la comparación de las jornadas de trabajo, funciones y requisitos, existentes en otras Instituciones similares y proponer en su caso, los incrementos salariales que pudieran corresponder a los puestos del Colegio. 18. Las demás facultades y obligaciones, que por su naturaleza le confieran el presente Contrato Colectivo de Trabajo y el Reglamento de Catálogo de Puestos. TRANSITORIOS PRIMERO. DE LA REGLAMENTACIÓN DE LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. Las partes de común acuerdo podrán reglamentar cualquier cláusula de este Contrato para su debida interpretación, aplicación y cumplimiento. SEGUNDO. DE LO NO PREVISTO EN EL C. C. T. Cualquier aspecto no previsto en el Contrato Colectivo de Trabajo, será resuelto por el Colegio y el Sindicato. TERCERO. Los acuerdos, convenios y reglamentos que hayan sido suscritos entre las partes, serán respetados en todo aquello que no se contraponga al presente Contrato Colectivo de Trabajo, a la Ley, y serán revisados conjuntamente por las partes para su depuración. CUARTO. Las prestaciones del presente Contrato Colectivo de Trabajo, serán preferentes y se aplicarán en lugar de sus correlativos de la Ley Federal del Trabajo, en tanto sean superiores. QUINTO. Ambas partes se obligan para que en un término de 80 días hábiles, contados a partir de esta fecha, se acuerde el Reglamento Interior de Trabajo, conforme a lo establecido en el capítulo V de la Ley Federal del Trabajo. SEXTO. ACUERDOS POR VIOLACIONES. Los acuerdos relativos a los señalamientos de violaciones, hechos por el SINTCOP, han quedado plasmados en los acuerdos que se contienen en las actas respectivas, mismas que la Institución se compromete a respetar y observar en todas sus partes. SÉPTIMO. OBLIGATORIEDAD DE LO PACTADO. Los convenios o acuerdos colectivos o individuales que se celebren por las partes constarán por escrito y obligarán al Colegio y al Sindicato, siempre y cuando no se contrapongan al Contrato Colectivo de Trabajo y a la Ley, y sean debidamente firmados por el Director, el Sindicato y el interesado o los representantes de las partes debidamente autorizados. OCTAVO. Todo tiempo liberado deberá ser autorizado por el Director General. NOVENO. Toda percepción otorgada a los trabajadores estará sujeta a la Ley Fiscal vigente, procurando la mejor interpretación en beneficio de los trabajadores. DÉCIMO. Como anexo al presente Contrato y parte integrante de éste en términos de Ley se exhibe el tabulador salarial mensual vigente en el Colegio. Montecillo, Edo. de México a 1º de Marzo de 2005. Contrato Colectivo de Trabajo suscrito con el Sindicato de Académicos del Colegio de Postgraduados (SIACOP). Sus prestaciones son: TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I

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GENERALIDADES CLÁUSULA 1. MATERIA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. Son materia de este Contrato Colectivo de Trabajo, las labores desarrolladas por los trabajadores académicos en las unidades académicas que existen en el Colegio de Postgraduados y las que en el futuro se creen. Los aspectos de carácter académico quedan reservados al Colegio de Postgraduados de acuerdo con la reglamentación vigente. Por ser exclusiva la aplicación de este contrato para los trabajadores académicos , no será aplicable para los trabajadores administrativos ni de confianza. Las disposiciones contenidas en el presente CCT son de observancia obligatoria para el Colegio y sus trabajadores académicos y serán aplicadas en todas las unidades académicas del Colegio. CLÁUSULA 2. DEFINICIONES. Para la correcta interpretación y aplicación del presente Contrato Colectivo de Trabajo, se definen los siguientes términos: 1. Cambio de adscripción: cualquier movimiento para pasar de una unidad académica a otra, en una misma entidad federativa o en otra distinta, sin que altere la categoría del trabajador académico. 2. Capacitación y adiestramiento: procedimientos tendientes a que los trabajadores académicos adquieran conocimientos para mejorar sus aptitudes profesionales. 3. Catálogo de puestos: El documento mediante el cual se describen los puestos de trabajadores académicos del Colegio, se especifican las funciones que realiza y los requisitos que deben cumplir para ocupar dichos puestos. 4. El CCT: El Contrato Colectivo de Trabajo pactado entre el Colegio de Postgraduados y el SIACOP. 5. El Colegio o el Patrón: El Colegio de Postgraduados. 6. Comisión: es el cambio temporal del trabajador académico de una unidad académica a otra, sin que pierda su adscripción. 7. Comisiones Mixtas: Son los órganos paritarios, que se establecen en el marco de la Ley, y las que acuerden las partes para facilitar la relación de trabajo entre ambas. 8. Consejo Técnico: Máxima autoridad académica del Colegio de Postgraduados. 9. Convenios: Los que celebren el Colegio y el SIACOP que regulen o expliciten las normas laborales. 10. Costumbre: Es la fuente del derecho del trabajo que consiste en una práctica reiterada que no sea contraria a la Ley, cuando no existe disposición expresa en la Constitución, Ley Federal del Trabajo y Reglamentos que de ella emanen. 11. CURP: Clave única de registro de población. 12. Decreto de creación del Colegio de Postgraduados: El publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 17 de enero de 1979. 13. Delegaciones y Secciones del SIACOP: Son unidades estructurales del SIACOP, previstas en sus estatutos. 14. Derecho de antigüedad: Es el que adquiere un trabajador académico por la prestación de sus servicios al Colegio. 15. El Director: El Director General del Colegio de Postgraduados. 16. El ISSSTE: El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado 17. Jornada: número de horas que, de acuerdo con este CCT, el Académico está a disposición del Colegio. 18. La Junta: Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 19. Junta Directiva: El Órgano de Gobierno del Colegio de Postgraduados.

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20. La Ley: Ley Federal de Trabajo, reglamentaria del Apartado “A” del Artículo 123 Constitucional. 21. Ley del ISSSTE: Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 22. Materia del contrato: Es materia del contrato regular las relaciones de trabajo entre el Colegio y los trabajadores académicos, fijando las condiciones en que se desarrollarán las mismas. 23. Obra Intelectual. Es la creación original susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma o medio, protegida por la Ley Federal de Derechos de Autor, y en su caso, por la Ley de la Propiedad Industrial. 24. Partes: Cuando intervengan conjuntamente el Colegio y el SIACOP. 25. PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación. 26. Promoción Académica: Sistema organizado para efectuar los ascensos de los trabajadores académicos. 27. Reglamentos Laborales: Son los que establece la Ley, y los que acuerden las partes para un adecuado funcionamiento de los aspectos de trabajo. 28. Representantes: a. Del Colegio: Es el Director y Aquellos en quien delegue las facultades para intervenir y resolver los problemas de trabajo individuales o colectivos que se presenten en la esfera de su competencia, con motivo de la aplicación del presente CCT y de la Ley Federal del Trabajo. b. Del SIACOP: Son las personas facultadas para intervenir y resolver los problemas de trabajo individuales o colectivos que se presenten en la esfera de su competencia con motivo de la aplicación de este Contrato Colectivo de Trabajo y de la Ley Federal del Trabajo. 29. Salario integrado: Es el que se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador académico por su trabajo, conforme a los artículos 84 y 89 de la Ley. 30. Salario tabular: Es la retribución que el Colegio debe pagar al trabajador académico, a cambio de los servicios prestados, conforme al tabulador autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). 31. El SIACOP: El Sindicato Independiente de Académicos del Colegio de Postgraduados. 32. El Trabajador Académico o el Trabajador: Es la persona física que presta sus servicios por medio de contrato individual de trabajo, por tiempo determinado o indeterminado, para realizar, bajo el principio de libertad de cátedra e investigación, actividades de docencia, investigación y vinculación, acordes con la misión, visión, objetivos y metas del Colegio. Las prioridades de estas actividades sustantivas son definidas por el Colegio de Postgraduados, de acuerdo con la reglamentación vigente. 33. Trabajadores de Confianza: Aquellos que se encuentran comprendidos en el artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo. 34. Unidad académica: Todos y cada uno de los centros de trabajo del Colegio en los que se realicen actividades académicas de docencia, investigación y vinculación. 35. Unidad administrativa: Todos y cada uno de los centros de trabajo del Colegio. CLÁUSULA 3. RECONOCIMIENTO DE LA REPRESENTATIVIDAD DEL SINDICATO INDEPENDIENTE DE ACADÉMICOS DEL COLEGIO DE POSTGRADUADOS. El Colegio, de acuerdo con el registro 5663 de fecha 14 de abril del 2004, otorgado por la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y a la voluntad expresa de la asamblea general nacional, reconoce que el SIACOP es el representante del mayor interés profesional de los trabajadores académicos sindicalizados.

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CLÁUSULA 4. AUTONOMÍA SINDICAL. El Colegio será respetuoso de la autonomía que, en los términos de la Ley, corresponda al SIACOP. CLÁUSULA 5. INTERVENCIÓN DEL SIACOP EN CONFLICTOS COLECTIVOS E INDIVIDUALES. Todos los conflictos colectivos e individuales que surjan de la relación laboral prevista en este CCT y en las Leyes aplicables respecto a los trabajadores académicos sindicalizados, serán tratados entre el Colegio y el SIACOP o sus respectivos representantes. Serán nulos los acuerdos que en materia laboral celebren en forma directa los trabajadores académicos sindicalizados y los representantes del Colegio, cuando contravengan lo dispuesto por la Ley. CLÁUSULA 6. APLICACIÓN DE NORMAS A FAVOR DEL TRABAJADOR ACADÉMICO. En todos los casos en que exista duda en cuanto a la aplicación de las normas laborales, se estará a lo dispuesto por los artículos 17 y 18 de la Ley. CLÁUSULA 7. IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS DE LOS ACADÉMICOS. Los derechos establecidos a favor de los trabajadores académicos en este CCT, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo y costumbres establecidas, son irrenunciables. CLÁUSULA 8. VIGENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. El presente CCT se celebra por tiempo indeterminado, entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y se revisará integralmente cada dos años, con excepción de incrementos salariales cuya revisión se hará cada año. CAPÍTULO II LEGISLACIÓN APLICABLE CLÁUSULA 9. LEGISLACIÓN APLICABLE. Las relaciones laborales entre el Colegio y los trabajadores académicos, se rigen por las disposiciones del Apartado “A” del Artículo 123 Constitucional, la Ley Federal del Trabajo y el presente CCT. En lo no previsto, se aplicarán supletoriamente, en su orden, los principios generales de derecho, los principios generales de justicia social que deriven del Artículo 123 Constitucional, la Jurisprudencia, la costumbre y la equidad. En ningún caso, los derechos de los trabajadores académicos serán inferiores a los que concede el Artículo 123 del Apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, las Leyes que les sean aplicables en su calidad de trabajadores académicos, los establecidos en este CCT y las normas vigentes . CLÁUSULA 10. LEGISLACIÓN APLICABLE AL PERSONAL DE NUEVO INGRESO. Todo trabajador académico está obligado a regir sus actos por el más alto concepto del profesionalismo establecido por la Ley, el presente CCT y los reglamentos vigentes en el Colegio.

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CLÁUSULA 11. REGLAMENTOS. Las partes reconocen que en el desarrollo sustantivo del Colegio, se aplican las siguientes normas, mismas que conforman la reglamentación académica vigente: 1. Reglamento Interior del Colegio de Postgraduados. 2. Reglamento General del Colegio de Postgraduados. 3. Reglamento de Promociones Académicas. 4. Reglamento de Actividades Académicas. 5. Programa de Superación Académica. 6. Reconocimientos Académicos del Colegio de Postgraduados. 7. Estructura y Funcionamiento de la Procuraduría Académica del Colegio de Postgraduados. 8. Normas y Guías para Escribir, Arbitrar y Editar en la Revista Agrociencia. 9. Reglamento del Sistema Integral de Servicios al Agro del Colegio de Postgraduados (SISACOP). 10. Estímulos a la Carrera Docente. 11. Reglamento de Otorgamiento Anual de Estímulos a Cien Profesores Distinguidos. Las normas citadas en los numerales 10 y 11, por ser de naturaleza externa, podrán ser modificados, derogados o abrogados en cualquier momento por la SHCP. Para el buen desarrollo laboral, las partes podrán suscribir los reglamentos de esta naturaleza previstos en la Ley y que se justifiquen en el Colegio. TÍTULO SEGUNDO DE LAS RELACIONES DE TRABAJO CAPÍTULO I CLASIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO CLÁUSULA 12. CLASIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL COLEGIO. Los trabajadores al servicio del Colegio se clasifican en:

I. Trabajadores de confianza. II. Trabajadores administrativos. III. Trabajadores académicos.

CLÁUSULA 13. TRABAJADORES DE CONFIANZA. La categoría de trabajadores de confianza, depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se le dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia, fiscalización y coordinación cuando tengan carácter general y las que se relacionan con trabajos personales del Director.

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CLÁUSULA 14. TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS. Son todos aquellos que prestan servicios no académicos. Este sector de trabajadores no está contemplado en el presente CCT. CLÁUSULA 15. TRABAJADORES ACADÉMICOS. Por su grado académico, de acuerdo a la reglamentación vigente, se clasifican en: Profesor Investigador Emérito; Profesor Investigador Titular; Profesor Investigador Adjunto; Profesor Investigador Asociado; Profesor Extensionista Titular; Profesor Extensionista Adjunto; Profesor Extensionista Asociado; Profesor de Cátedra; Profesor Visitante; Profesor de Tiempo Liberado; Investigador Titular; Investigador Adjunto e Investigador Asociado. Por el tipo de contrato individual que se establece con el trabajador académico, estos se clasifican en: 1. Por tiempo indeterminado o de planta. Son aquellos que han adquirido todos los derechos consignados en las Leyes laborales y los que cumplen con los requisitos

incluidos en este CCT y los reglamentos académicos vigentes. 2. Por tiempo determinado. Son aquellos que se contratan de manera temporal para atender necesidades específicas de trabajo del Colegio y en función de los recursos

económicos disponibles, y cumplen con los requisitos incluidos en este CCT y los reglamentos académicos vigentes. CLÁUSULA 16. ACADÉMICOS SINDICALIZADOS QUE PASAN A OCUPAR PUESTOS DE CONFIANZA. Los trabajadores académicos sindicalizados que pasen a ocupar puestos de confianza, deberán obtener la licencia sindical para ocupar el puesto y quedarán suspendidos en sus derechos y obligaciones sindicales. Así mismo, deberán solicitar la licencia respectiva a su plaza. La licencia tendrá una duración igual al período que dure el cargo que se le confiera. El Colegio se compromete a mantener vacante la plaza que liberó el trabajador académico, para que al término de su licencia se reincorpore a la misma. En caso, que por necesidades del servicio el Colegio requiera sustituir temporalmente a dicho trabajador académico, la contratación se efectuará por tiempo determinado, de acuerdo con la reglamentación correspondiente, previa autorización del Consejo Técnico del Colegio. CLÁUSULA 17. ACADÉMICOS NO SINDICALIZADOS QUE PASAN A OCUPAR PUESTOS DE CONFIANZA. En caso de que un trabajador académico no sindicalizado pase a ocupar un puesto de confianza el Colegio, conforme a las políticas que tiene implementadas, mantendrá vacante la plaza que liberó dicho académico, para que el término de su gestión se reincorpore a la misma. En caso de que por necesidad del servicio el Colegio requiera sustituir temporalmente a dicho trabajador académico, la contratación se efectuará por tiempo determinado, de acuerdo con la reglamentación correspondiente, previa autorización del Consejo Técnico del Colegio. CAPÍTULO II DE LA ADMISIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS CLÁUSULA 18. UNIDADES DE ADMISIÓN. Cada unidad académica será considerada como una unidad de admisión.

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CLÁUSULA 19. PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN. La selección de los aspirantes a tomar parte del cuerpo académico o del personal asistente de investigación del Colegio de Postgraduados, se hará a través de una convocatoria abierta (medios electrónicos, mamparas y tableros), mediante examen de oposición conforme a la reglamentación que para tal efecto elabore el Consejo Técnico. CLÁUSULA 20. DEL INGRESO. Todo aspirante a formar parte del cuerpo académico o del personal asistente de investigación del Colegio de Postgraduados, deberá cubrir el perfil de la categoría que pretende, así como los requisitos de admisión, atendiendo a la reglamentación académica vigente y a este CCT. El dictamen de su eventual ingreso corresponderá al Consejo Técnico CLÁUSULA 21. REQUISITOS DE ADMISIÓN. El aspirante a trabajador académico deberá cubrir el perfil que para el puesto establezca la reglamentación vigente y adicionalmente reunir los siguientes requisitos:

1. Llenar por escrito solicitud de ingreso al Colegio de Postgraduados. 2. Ser de nacionalidad mexicana, salvo aquellos casos en que no existan mexicanos que puedan desarrollar los servicios de que se trate, sujetándose a los

dispuesto en el Artículo 154 de la Ley. 3. Presentar y entregar copia de los documentos que comprueben la obtención del grado académico requerido por el puesto de que se trate. 4. Acreditar documentalmente la capacidad académica requerida para el puesto que solicita de acuerdo con la reglamentación vigente. 5. Presentar y aprobar examen de oposición conforme a la convocatoria abierta para tal efecto. 6. Presentar examen médico y no padecer enfermedad contagiosa o lesión orgánica que determine incapacidad para el desempeño normal del trabajo. 7. El personal de origen extranjero, deberá presentar la documentación correspondiente, expedida por las autoridades mexicanas que lo habiliten para

desempeñar labores como trabajador académico del Colegio. 8. Presentar la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes y la CURP, una fotografía, acta de nacimiento y, en su caso, acta de matrimonio y acta de

nacimiento de cada uno de sus hijos. 9. Exhibir comprobante de afiliación, en caso de ser derechohabiente del ISSSTE. 10. Presentar currículum vitae en resumen y extenso con una copia de la documentación comprobatoria. 11. Los demás establecidos en la reglamente vigente.

CLÁUSULA 22. DE LAS PROMOCIONES DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS. Se refiere al sistema organizado para efectuar las promociones de los trabajadores académicos de planta, ajustándose a los procedimientos y términos que para tal efecto establece el Reglamento de Promociones Académicas y demás reglamentación aplicable. CLÁUSULA 23. REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL ACADÉMICO. El Colegio publicará en medios electrónicos el nombre del candidato aceptado para cubrir la plaza académica vacante o en su caso, que haya obtenido una promoción.

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Cuando el SIACOP o un trabajador académico presuman que el procedimiento de selección o promoción no se ajustó a la reglamentación emitida para dichos fines, podrán solicitar al Órgano Interno de Control, que a través de dicha instancia se revise el correcto cumplimiento de los procesos CAPÍTULO III DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO CLÁUSULA 24. FORMALIZACIÓN DE LA RELACIÓN INDIVIDUAL DE TRABAJO. La relación individual de trabajo, entre el Colegio y los trabajadores académicos, se formalizará mediante contrato individual de trabajo expedido por la autoridad facultada para ello. CLÁUSULA 25. DEL PLAZO PARA EXPEDIR CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO. El contrato individual de trabajo deberá expedirse, previamente a que el trabajador académico tome posesión de su puesto, entregando el Colegio el original a éste. CLÁUSULA 26. REQUISITOS DE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO. Los contratos individuales de trabajo deberán contener: 1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador. 2. Los servicios que deben prestarse, los cuales se determinan con la mayor precisión posible, de acuerdo con el puesto que corresponda. 3. Tipo de contrato: por tiempo determinado o indeterminado. 4. La duración de la jornada de trabajo. 5. Horario de labores. 6. Puesto y salario que habrá de percibir el trabajador académico. 7. Unidad académica y entidad federativa, en donde deben prestar el servicio. 8. La fecha de inicio de la prestación de los servicios. 9. Para los trabajadores académicos contratados por tiempo determinado, la fecha prevista para la terminación de la prestación del servicio, atendiendo a la naturaleza del

trabajo. 10. Cuando se trate de trabajadores académicos que deban prestar sus servicios sin residencia fija, se señalará la zona o región en que los prestarán. CLÁUSULA 27. TIPOS DE CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO. Los contratos individuales de trabajo podrán ser por tiempo determinado o indeterminado, cuando así lo exija la naturaleza de las funciones a desarrollar e invariablemente con apego a la Ley y a la reglamentación vigente, de acuerdo con las siguientes definiciones: 1. Por tiempo indeterminado. Son los que se expiden a los trabajadores académicos, que cubren las plazas de la plantilla autorizada por la SHCP. 2. Por tiempo determinado. Son los que se expiden a los trabajadores académicos, que ocupen una plaza en forma provisional de la plantilla autorizada por la SHCP,

debiendo señalarse con precisión la fecha de inicio y terminación.

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CLÁUSULA 28. PERÍODO PARA TOMAR POSESIÓN DEL PUESTO. Aprobado el ingreso del trabajador académico, este deberá de tomar posesión del puesto en la fecha indicada en la notificación oficial que para el efecto se le turne. Por ningún motivo el Colegio reconocerá relación de trabajo alguna, si no existe la autorización de ingreso emitida por el cuerpo colegiado facultado para el efecto. CAPÍTULO IV DE LA ADSCRIPCIÓN ACADÉMICA CLÁUSULA 29. PLANTILLA DE PERSONAL ACADÉMICO. El Colegio respetará la plantilla de trabajadores académicos vigente, aprobada por la SHCP. CLÁUSULA 30. MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL ACADÉMICO. Cuando la plantilla de trabajadores académicos sufra modificación, una vez validada y registrada por la SHCP, se notificará al SIACOP, en el entendido que no se afectará el número de plazas vigentes autorizadas. CLÁUSULA 31. DERECHO DE ADSCRIPCIÓN. Los trabajadores académicos tienen derecho a la adscripción que señale su contrato individual de trabajo. El Colegio podrá cambiar la adscripción del trabajador académico por necesidades del servicio, por reorganización o por desaparición del centro de trabajo, atendiendo a lo dispuesto por la Ley. CLÁUSULA 32. CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN. El Colegio, en función de las necesidades de servicio o de reorganización, determinará la unidad académica y entidad federativa de adscripción de sus trabajadores académicos, en términos de la Ley y de la reglamentación vigente. Cuando por necesidades del servicio o reorganización, el Colegio requiera cambiar temporalmente a un trabajador académico por un período menor a 6 meses, de una entidad federativa a otra, sin cambio de adscripción, sufragará los gastos de traslado conforme al tabulador autorizado para estos efectos por la SHCP. Si el cambio fuera por más de 6 meses y se concluyera que se requiere el cambio de adscripción, el Colegio además, cubrirá el gasto correspondiente al menaje de casa indispensable y el traslado de los familiares que dependan económicamente de él, de conformidad con el artículo 30 de la Ley. Cuando el cambio se realice a una entidad federativa que corresponda a una zona económica definida por la SHCP con un salario superior, previa aprobación de ésta, el Colegio cubrirá el salario respectivo. El pago de los gastos mencionados se hará con oportunidad, de acuerdo con la fecha que los mismos deban realizarse. CLÁUSULA 33. IMPEDIMENTO PARA CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN A REPRESENTANTES CON CARGO SINDICAL. El Colegio no podrá cambiar de adscripción a un trabajador académico, cuando se encuentre desempeñando un cargo sindical. CAPÍTULO V DE LA SUSPENSIÓN TEMPORAL, RESCISIÓN Y TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO

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CLÁUSULA 34. CAUSAS DE TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. Son causa de terminación de las relaciones de trabajo: I. El mutuo consentimiento de las partes; II. La muerte del trabajador académico; III. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador académico, que haga imposible la prestación del trabajo; y IV. Los casos a que se refiere el artículo 434 de la Ley Federal del Trabajo.

CLÁUSULA 35. SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador académico y para el Colegio: I. La enfermedad contagiosa del trabajador académico; II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo; III. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5 de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo

31, Fracción III de la misma Constitución; IV. La designación de los trabajadores académicos como representantes ante los organismos estatales, Juntas de Conciliación, Conciliación y arbitraje, Comisión

Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y otros semejantes; V. La falta de los documentos que exijan las Leyes y reglamentos necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador; Y demás relativas y aplicables, señaladas en el artículo 42 de la Ley. CLÁUSULA 36. RESCISIÓN DE LAS RELACIONES DE TRABAJO. Son causas de rescisión de la relación de trabajo: A) Sin responsabilidad para el patrón: I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el Sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador. II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia; III. Ocasionar el trabajador intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; IV. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio; V. Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él, VI. Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa; VII. Tener el trabajador más de tres falta de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada; VIII. Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado; IX. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.

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Y demás relativas y aplicables, señaladas en el artículo 47 de la Ley. B) Sin responsabilidad para el trabajador académico: I. Engañarlo el patrón o, en su caso, la agrupación patronal al proponerle el trabajo, respecto de las condiciones del mismo. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador; II. Incurrir el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo, dentro del servicio, en falta de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos; III. Incurrir el patrón, sus familiares o trabajadores, fuera del servicio, en los actos a que se refiere la fracción anterior, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo; IV. Reducir el patrón el salario al trabajador; V. recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados, Y demás relativas y aplicables señaladas en el artículo 51 de la Ley. TÍTULO TERCERO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO CAPÍTULO I DEL SALARIO CLÁUSULA 37. UNIFORMIDAD DE SALARIOS. Los salarios de los trabajadores académicos serán uniformes para cada categoría y de acuerdo a la zona económica que corresponda, conforme al tabulador aprobado por la SHCP. CLÁUSULA 38. DEL PAGO DE SALARIO. Los pagos de salario se harán precisamente en moneda nacional de curso legal, mediante cheque o depósito bancario por catorcena, en el lugar en que los trabajadores académicos presten sus servicios, en días y horas laborables. CLÁUSULA 39. PAGO DE SALARIO ÍNTEGRO. En los días de descanso semanal, en las vacaciones, en las licencias por maternidad y días festivos a que se refieran la Ley y el presente CCT, los trabajadores académicos recibirán su salario íntegros. CLÁUSULA 40. PAGO DE SALARIO POR PROMOCIÓN. El trabajador académico que sea promovido percibirá el salario correspondiente, a partir de la fecha en que la SHCP lo autorice. Para tal efecto el Colegio se compromete a agilizar el trámite en los períodos establecidos por la dependencia a fin de obtener la autorización respectiva. CLÁUSULA 41. PAGO DE AGUINALDO. El Colegio pagará un aguinaldo anual a sus trabajadores académicos que será equivalente a cuarenta días de salario cuando menos, de acuerdo al decreto que emita el Ejecutivo Federal, debiendo cubrirse de la siguiente manera:

1. La primera mitad, antes del 15 de diciembre.

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2. 2. La segunda mitad, antes del inicio del segundo período vacacional. Los trabajadores académicos que no se encuentren laborando en el momento de pago de aguinaldo, se les cubrirá la parte que les corresponda. Los trabajadores temporales tendrán derecho al pago proporcional de esta prestación. CLÁUSULA 42. IMPOSIBILIDAD DE REDUCCIÓN DEL SALARIO. En ningún caso, por ningún concepto, podrán disminuirse ni el salario ni las prestaciones accesorias del trabajador académico, salvo las dispuestas por la Ley. CLÁUSULA 43. RETENCIONES, DESCUENTOS O DEDUCCIONES AL SALARIO. Solo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores académicos en los siguientes casos: 1. Por deudas contraídas con el Colegio, pagos hechos con exceso, errores o pérdidas debidamente comprobadas. 2. Por concepto de cuotas sindicales ordinarias o extraordinarias, en su caso. 3. Por las aportaciones de fondos de ahorro que los trabajadores académicos deseen crear. 4. Por deducciones varías autorizadas por escrito por el trabajador académico. 5. Por concepto de descuentos ordenados por el ISSSTE, con motivo de las obligaciones contraídas por los trabajadores académicos. 6. Cuando se trate de descuentos ordenados por la autoridad judicial competente, para cubrir alimentos que fueren exigidos al trabajador académico. 7. Para el pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo de la Vivienda (FOVISSSTE) destinados a la adquisición, construcción, reparación o mejoras de casa habitación o el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador académico. 8. Por concepto de retenciones por impuestos sobre el producto del trabajo. El monto de los descuentos no deberá exceder de 30% del salario, salvo los estrictamente señalados por la Ley. El Colegio asentará en el recibo de pago de cada trabajador académico, el concepto o conceptos por los cuales se le practican descuentos. CAPÍTULO II DE LA JORNADA DE TRABAJO, DESCANSOS, LICENCIAS Y VACACIONES CLÁUSULA 44. DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO. La jornada de trabajo tendrá una duración de 40 horas a la semana. CLÁUSULA 45. DESCANSO SEMANAL. Por cada cinco días laborados, los trabajadores académicos disfrutarán de dos días de descanso a la semana, que serán los días sábados y domingos. CLÁUSULA 46. DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio los siguientes:

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1 de enero; 5 de febrero; 21 de marzo; jueves y viernes de semana santa; 1, 5, y 10 de mayo; 1, 15 y 16 de septiembre; 12 de octubre; 1, 2 y 20 de noviembre, 1 de diciembre cuando corresponda al cambio del Ejecutivo Federal; 12, 24, 25 y 31 de diciembre y demás que sean pactados de común acuerdo entre el Colegio y el SIACOP o que se incluyan en el calendario oficial. CLÁUSULA 47. TRABAJADORES ACADÉMICOS CON REPRESENTACIÓN SINDICAL. El Colegio otorgará permiso de tiempo parcial, a un máximo de 15 trabajadores académicos con representación sindical, para desempeñar su encargo, sin que esto sea motivo de que se afecten sus actividades sustantivas, salarios y demás prestaciones. CLÁUSULA 48. LICENCIA SIN GOCE DE SALARIO. El trabajador académico que haya laborado ininterrumpidamente por lo menos cinco años en el Colegio y siempre que no contravenga en su caso el convenio establecido con motivo del Programa de Superación Académica, y previo dictamen del órgano colegiado competente, podrá disfrutar de un permiso sin goce de sueldo de hasta un año, para atender asuntos personales. Este permiso no es renunciable, salvo que la vacante no hubiera sido cubierta, en cuyo caso el trabajador podrá reanudar sus labores antes del vencimiento de la misma. La solicitud para reincorporarse deberá presentarse cuando menos con 15 días de anticipación. Esta licencia será concedida con base en la reglamentación académica vigente y ratificada por el director del campus respectivo. CLÁUSULA 49. LICENCIAS Y DESCANSOS POR GRAVIDEZ. Las trabajadoras académicas tendrán derecho a 90 días de descanso con goce de salario íntegro en caso de gravidez. Este período se prorrogará por el tiempo necesario en caso de que se vean imposibilitadas para trabajar a consecuencia del parto, por prescripción médica del ISSSTE. En el período de lactancia, tendrán derecho a disfrutar de una hora diaria para amamantar a su hijo por el período de un año, que se computará a partir de que la trabajadora académica se reincorpore a sus labores, concluido el permiso ordinario de la incapacidad por el parto. Este período podrá ser ampliado por prescripción médica del ISSSTE. Si por alguna causa la trabajadora académica se hubiere visto impedida de disfrutar sus vacaciones durante el período de gravidez, las disfrutará inmediatamente después de que concluya dicho período, a solicitud de ésta por escrito en forma posterior. Durante el embarazo, las trabajadoras académicas no realizarán labores que requieran esfuerzo físico que pudiera ocasionarles algún trastorno a ellas o al producto, además, si hubiera justificación médica del ISSSTE. CLÁUSULA 50. INCAPACIDADES MÉDICAS. Cuando los trabajadores académicos se encuentren incapacitados para laborar, tendrán derecho a percibir su salario íntegro, de acuerdo con la Ley del ISSSTE. CLÁUSULA 51. INCAPACIDAD EN PERÍODOS DE VACACIONES. Por lo que se refiere a trabajadores académicos hospitalizados por enfermedad no profesional o por riesgo de trabajo, y mediante la presentación de licencia médica expedida por el ISSSTE, se procederá en la siguiente forma: 1. Cuando el trabajador académico se encuentre incapacitado por el ISSSTE y complete el término necesario para obtener derecho a vacaciones, se les concederán éstas

al ser dado de alta.

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2. Cuando un trabajador académico, al estar disfrutando sus vacaciones, por enfermedad y obtenga la incapacidad médica expedida por el ISSSTE, tendrá derecho a que se la repongan los días en que prevalezca esta situación, recorriéndose el período vacacional.

3. Si el trabajador académico en la fecha en que debe iniciar sus vacaciones se encuentra incapacitado por el ISSSTE, disfrutará de éstas al término de la incapacidad. CLÁUSULA 52. FALTA DE ASISTENCIA POR INCAPACIDAD. Las faltas de asistencia por causa de enfermedad, sólo pueden ser justificadas por el ISSSTE mediante la incapacidad médica correspondiente, presentada a quien designe la unidad académica administrativa de su adscripción, el día en que se origine la imposibilidad de concurrir al centro de trabajo. CLÁUSULA 53. FACILIDADES PARA TRÁMITES DE JUBILACIÓN O PENSIÓN. Cuando un trabajador académico de acuerdo con la Ley del ISSSTE, inicie los trámites para obtener su jubilación o pensión, el Colegio le otorgará facilidades para que atienda los trámites necesarios a dicho fin. CLÁUSULA 54. VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL. Los trabajadores académicos que tengan más de seis meses consecutivos de servicios, disfrutarán de dos períodos de vacaciones anuales de 10 días hábiles cada uno, en las fechas que se señalen en el calendario oficial del Colegio. Cuando por necesidades de servicio o incapacidad médica expedida por el ISSSTE, un trabajador académico no pudiera hacer uso de las vacaciones en los períodos señalados, disfrutará de ellas en la fecha que haya desaparecido la causa que impidiera el disfrute de ese descanso. Por concepto de prima vacacional, se pagarán 24 días de salario, en dos pagos de 12 días cada uno, previos a los períodos vacacionales del año. Para el cálculo de la prima vacacional se tomará como base el salario tabular más la compensación por antigüedad del trabajador académico. CAPÍTULO III DE LA INTENSIDAD Y CALIDAD DEL TRABAJO CLÁUSULA 55. DE LA INTENSIDAD Y CALIDAD DEL TRABAJO. La intensidad del trabajo se determinará de acuerdo con el mejor esfuerzo de que sea capaz, humana y racionalmente, el trabajador académico para el cumplimiento de sus labores, para lo cual el Colegio proporcionará los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, en términos de lo dispuesto en la Ley. CLÁUSULA 56. DE LA EVALUACIÓN, PRODUCTIVIDAD Y DESEMPEÑO. Para el cumplimiento de la presente cláusula, el trabajador académico se sujetará a las disposiciones reglamentarias vigentes en la materia. CAPÍTULO IV DE LOS RIESGOS DE TRABAJO, SU PREVENCIÓN Y EXÁMENES MÉDICOS

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CLÁUSULA 57. DISPOSICIONES LEGALES EN RIESGOS DE TRABAJO. En materia de riesgos de trabajo, se acatará lo dispuesto por la Ley del ISSSTE, la Ley Federal del Trabajo, y las demás normas aplicables en la materia. CLÁUSULA 58. DEFINICIONES DE RIESGOS DE TRABAJO. Se consideran riesgos de trabajo, en la relación laboral del Colegio y sus trabajadores académicos, los regulados en el título noveno de la Ley y en el Artículo 34 de la Ley del ISSSTE. CLÁUSULA 59. ACCIDENTES DE TRABAJO. Los accidentes de trabajo, por cuanto al lugar en donde ocurran, se clasifican en internos y externos. Los primeros son aquellos que ocurren dentro del área o centro de trabajo, y los segundos los que acontecen fuera del área de trabajo, es decir al trasladarse, el trabajador académico, directamente de su domicilio al trabajo o viceversa, o cuando sucede en el desempeño de alguna comisión, conforme al Artículo 34 de la Ley del ISSSTE. CLÁUSULA 60. MEDIDAS ADMINISTRATIVAS EN CASO DE ACCIDENTES DE TRABAJO. Las medidas que se adoptarán para formación o instrucción de los antecedentes de accidentes de trabajo internos o externos, que servirán en su caso para que el trabajador académico o sus familiares puedan ejercitar sus derechos son los siguientes: I. EN CASO DE ACCIDENTE INTERNO a) Se levantará acta administrativa por el jefe inmediato o encargado de confianza del área de trabajo, con la asistencia de dos testigos y con la intervención del SIACOP, cuando se trate de trabajadores académicos sindicalizados. Se hará constar el lugar, la fecha, la hora y las circunstancias especiales o particulares que concurrieron en el accidente; se tomará la declaración de los testigos presenciales del accidente y, si ello es posible, la del mismo trabajador académico accidentado. Se procurará que los testigos y el trabajador académico afectado firmen el acta, si saben y pueden hacerlo o bien, se tomará su huella digital del pulgar de la mano derecha, con el consentimiento del testigo y el afectado. b) Para los efectos del artículo 38 de la Ley del ISSSTE, el Colegio debe dar aviso al ISSSTE, dentro de los tres días siguientes al de su conocimiento, sobre los riesgos de trabajo que hayan ocurrido. El trabajador académico, su representante legal o sus beneficiarios también podrán dar el aviso de referencia, así como el de presunción de la existencia de un riesgo de trabajo. El aviso se acompañará con una copia del acta a que se refiere el inciso a) de esta cláusula, al igual que a las autoridades administrativas del Colegio y al SIACOP. c) Recabar, del médico particular u oficial correspondiente, el certificado de las lesiones que presente el trabajador académico al ocurrir el accidente. d) Cuando proceda, hacer del conocimiento del Agente del Ministerio Público de la Jurisdicción que corresponda, los hechos y antecedentes, comunicando esta circunstancia a la Dirección Jurídica del Colegio o al Director del Campus. e) En caso de muerte del trabajador académico con motivo del accidente, recabar tanto el certificado de defunción como el de autopsia correspondiente o bien, auxiliar a los deudos para la obtención de los mismos. f) En caso de muerte del trabajador académico, obtener el nombre y domicilio de las personas a quienes pueda corresponder la indemnización. g) En caso de riesgo de trabajo, el trabajador académico tendrá derecho a licencia con goce de salario íntegro, cuando el riesgo incapacite a dicho trabajador académico para desempeñar sus labores.

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El Colegio cubrirá dicho pago desde el primer de día de incapacidad y será cubierto por el Colegio hasta que termine la incapacidad, cuando ésta sea temporal, o hasta que se declare la incapacidad permanente del trabajador académico. En todas las actuaciones, se deberán señalar con precisión nombre, apellidos, categoría, salario, clave, domicilio y clase de trabajo que desempañaba el trabajador académico accidentado al ocurrir el riesgo. II. PARA EL CASO DE ACCIDENTE EXTERNO El jefe o encargado de confianza del área de trabajo o autoridad administrativa, tan pronto como reciba la notificación del accidente, adoptará las siguientes medidas: a) Se cerciorará del lugar en que se encuentra el trabajador académico accidentado, constatando el estado físico en que se halla, ya sea por medios directos o indirectos, y tomará, en su caso, las medidas para que se le proporcione la atención médica requerida. b). Inmediatamente, dar aviso del accidente a las autoridades competentes de la jurisdicción que corresponda. c). Levantar el acta administrativa que se ha consignado en el inciso b) de la Fracción I, anterior. d). Recabar de las autoridades que hubieren tenido conocimiento del accidente, copias certificadas de todas las actuaciones que hubieren realizado en relación con el caso. e). Dar aviso y obtener los certificados a que se refiere en los incisos c), d), e), f) y g), de la Fracción I de esta cláusula. f). Asimismo, se deberán obtener los documentos y constancias necesarios para tramitar ante el ISSSTE, la pensión por viudez y orfandad, en su caso. CLÁUSULA 61. INCAPACIDAD PARCIAL O TOTAL. Cuando a consecuencia de un riesgo de trabajo, el trabajador académico sufra incapacidad parcial o total, tendrá derecho a las prestaciones conforme a lo establecido por la Ley del ISSSTE. CLÁUSULA 62. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE. En caso de incapacidad parcial permanente de un trabajador académico, derivada de un riesgo no profesional, a elección de éste, el Colegio lo indemnizará conforme lo dispone el artículo 54 de la Ley Federal del Trabajo o, le otorgará a dicho trabajador una labor adecuada a sus aptitudes, sin menoscabo del salario que venía percibiendo, independientemente de las prestaciones que le correspondan de conformidad con las Leyes. CLÁUSULA 63. DEL PAGO DE SALARIOS E INDEMNIZACIONES. Se hará de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo y del ISSSTE. CLÁUSULA 64. ATENCIÓN DE URGENCIAS. El Colegio proporcionará a los trabajadores académicos el servicio de urgencias, para tal efecto dispondrá el personal, las instalaciones, el equipo y el material necesario. CLÁUSULA 65. EXÁMENES DE SALUD. El Colegio gestionará ante el CLIDDA (Clínica de Detección y Diagnóstico Automatizado) la realización de los exámenes médicos para los trabajadores académicos de acuerdo al calendario y políticas de dicha dependencia. TÍTULO CUARTO DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LAS PARTES

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CAPÍTULO ÚNICO CLÁUSULA 66 DERECHOS DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS. Son derechos de los trabajadores académicos: 1. Recibir las remuneraciones que les correspondan por el desempeño de sus labores, en los términos y plazos que establece este CCT, la Ley y la reglamentación

vigente. 2. Realizar su trabajo bajo el principio de libertad de cátedra e investigación. 3. Obtener incrementos en sus salarios, de acuerdo con la Ley, este CCT y las disposiciones aplicables. 4. Disfrutar de los descansos y vacaciones que fija este CCT. 5. Tener adscripción en una unidad académica y entidad federativa. 6. Obtener permiso del Colegio para asistir a asambleas siempre que avisen con una semana de anticipación. El número de asambleas por año, no excederán de dos

ordinarias y dos extraordinarias. 7. Obtener permiso del Colegio para asistir a actos sindicales, dando aviso con dos días de anticipación, siempre y cuando el número de trabajadores que lo soliciten, no

sea tal que perjudiquen las actividades sustantivas del mismo. 8. Ser oídos, cuando estimen que se afectan sus derechos laborales, por las instancias que atienden las relaciones laborales en el Colegio, quien en caso de considerarlo

procedente, lo turnará a la Dirección de Campus correspondiente, para que resuelve al respecto. 9. Recibir, en caso de accidente o siniestro, la atención de la compañía aseguradora contratada por el Colegio, así como los servicios jurídicos que la misma otorgue,

cuando se pruebe que dicho accidente se ocasionó con motivo del desempeño de su trabajo, operando vehículo propiedad del Colegio y cumpliendo con los requisitos que para esta atención exige la aseguradora.

10. Obtener licencia con o sin goce de salario de acuerdo con la Ley, el CCT y la reglamentación vigente en el Colegio. 11. Ser reubicados dentro del mismo Colegio en una función similar cuando se supriman parcial o totalmente los programas o actividades académicas o administrativas. Si

su antigüedad es mayor de cinco años, el Colegio se obliga a reubicarlo, salvo que el trabajador académico solicite su indemnización. Lo anterior se ejecutará en términos de lo dispuesto por la Ley, este CCT y la reglamentación vigente.

12. Asistir a eventos científicos y técnicos de su especialidad y participar en congresos, cursos, proyectos de investigación, seminarios o reuniones de carácter académico, vinculados a su actividad, con apoyo en tiempo y económico del Colegio conforme a la disponibilidad presupuestal, previa autorización de los cuerpos colegiados.

13. Los demás consignados en la Ley, en el presente CCT y en los reglamentos vigentes. CLÁUSULA 67. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS. Son obligaciones de los trabajadores académicos. 1. Desempeñar el trabajo en la forma, tiempo y lugar señalados en su contrato individual, cumpliendo los niveles de productividad que el Colegio defina para su categoría

académica, de acuerdo con la infraestructura, materiales y equipo mínimos que se le otorguen para el desempeño de sus actividades. 2. Desarrollar las actividades de enseñanza, investigación y vinculación atendiendo a los objetivos estratégicos plasmados en el Convenio de Desempeño, a las políticas

Institucionales e impulsando el desarrollo del Colegio, en términos de lo expresado en la último parte del numeral anterior. 3. Cumplir con las responsabilidades que le imponga este CCT, la Ley y la reglamentación vigente, en el Colegio.

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4. Enriquecer y actualizar sus conocimientos, asistir a cursos de capacitación, y congresos para mejorar sus habilidades, destrezas, preparación y eficiencia, con el apoyo económico respectivo de parte del Colegio, conforme a la disponibilidad presupuestal. Esta capacitación será sancionada por la Comisión Mixta de Capacitación y Actualización, previa opinión favorable, emitida por la Secretaría General.

5. Proporcionar al Colegio, a través de sus unidades administrativas, la información laboral y académica necesaria para el buen funcionamiento del Colegio. 6. Firmar la documentación que les requiera el Colegio en relación con el salario. 7. Rendir los informes periódicos señalados en el Convenio de Desempeño, así como el anual de sus actividades, este último en el primer mes del año, adjuntando los

documentos comprobatorios correspondientes. El informe habrá de presentarse en los formatos diseñados para tal fin. 8. No instalar en el equipo informático del Colegio, software sin la licencia correspondiente. 9. Observar la reglamentación laboral y académica vigente con motivo de la relación de trabajo. 10. Las demás consignadas en la Ley, en el presente CCT y en los reglamentos vigentes. CLÁUSULA 68. DE LAS OBLIGACIONES DEL COLEGIO. Son obligaciones del Colegio: A) CON RESPECTO A LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS. 1) Proporcionar a cada trabajador académico la infraestructura, materiales y equipo mínimos necesarios para el desempeño de sus actividades. 2) Respetar el principio de igualdad de oportunidades del personal académico sin distinción, por motivos de sexo, edad, raza, nacionalidad, credo, ideología o filiación política. 3) Reubicar al trabajador académico dentro del mismo Colegio en una función similar, cuando se supriman parcial o totalmente programas o actividades académicas o administrativas. Si la antigüedad de dicho trabajador es mayor de cinco años el Colegio se obliga a reubicarlo, salvo que el propio trabajador solicite su indemnización. Lo anterior se ejecutará en términos de los dispuesto por la Ley, este CCT y la reglamentación vigente. 4) Incluir en los expedientes del personal académico que integre el Colegio, solo documentos relacionados con cuestiones laborales y académicas. El trabajador académico, podrá consultar su expediente. 5) Otorgar al trabajador académico, conforme a la reglamentación vigente, siempre y cuando existan recursos presupuestales las facilidades en tiempo y económicas necesarias cuando sea invitado a participar en congresos, cursos, proyectos de investigación, seminarios o reuniones de carácter académico vinculados con su actividad. Estas facilidades se otorgarán siempre y cuando los eventos en los que participe el personal académico sean compatibles y no interfieran con los programas docentes y de investigación de su unidad académica. 6) Apoyar las publicaciones del trabajador académico, si existen los recursos presupuestales, conforme al reglamento que expida el Comité de Publicaciones. 7) Cumplir el presente CCT. 8) Expedir a los trabajadores académicos las constancias de sus servicios, cuando así lo soliciten y credencial que los acredite como personal del Colegio. 9) Cubrir el salario a los trabajadores académicos y respetar todos sus derechos laborales. 10) Cubrir en la segunda catorcena de abril cuando así corresponda, el incremento salarial y las prestaciones económicas, con el retroactivo respectivo. 11) Conceder licencias sin goce de salario a los trabajadores académicos cuando ocupen cargos de elección popular.

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12) Conceder licencias de tiempo parcial, con goce de salario a los trabajadores académicos para el desempeño de comisiones sindicales, en términos de la cláusula 47 de este CCT. 13) Las demás consignadas en la Ley, en el presente CCT y en los reglamentos vigentes. B) CON RESPECTO AL SIACOP 1. Practicar los descuentos por concepto de cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias a los trabajadores académicos miembros del SIACOP y cubrir el importe correspondiente al Tesorero del SIACOP. El importe de las cuotas ordinarias y en su caso las extraordinarias se deberán cubrir íntegramente al SIACOP, cada catorcena. El descuento de cuotas extraordinarias estará sujeto a la comunicación escrita que el SIACOP haga llegar con oportunidad, antes de la fecha de entrada al proceso de nómina, al Departamento de Recursos Humanos del Colegio. 2. Instalar en cada edificio de trabajo, en el lugar de mayor afluencia de trabajadores académicos, un tablero para la difusión de información sindical. 3. Respetar la estructura interna del SIACOP así como reconocer sus órganos de representación, los cuales se acreditarán por escrito ante el Colegio, por parte del Comité Ejecutivo Nacional, debidamente registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 4. Conceder permiso con goce de salario a 5 miembros de la Comisión Revisora del CCT, que acredite el Comité Ejecutivo Nacional por el tiempo que dure el período de pláticas. 5. Abstenerse de intervenir en la organización y vida interna del SIACOP. 6. Fomentar el respeto entre autoridades del Colegio y representantes sindicales. 7. Editar el Contrato Colectivo de Trabajo, proporcionando al SIACOP 300 ejemplares, en un plazo de 45 días hábiles, después de su firma. 8. Las demás consignadas en la Ley, en el presente CCT y en los reglamentos vigentes. CLÁUSULA 69. PROHIBICIONES DEL COLEGIO Y DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS. Se consideran prohibiciones para el Colegio y para los trabajadores académicos, las señaladas en los artículos 133 y 135, respectivamente de la Ley Federal del Trabajo. CLÁUSULA 70. DERECHOS DE ANTIGÜEDAD. Se considera como antigüedad de los trabajadores académicos, el período durante el cual han prestado sus servicios en el Colegio y se sujeta a lo dispuesto en los artículos 156 y 158 de la Ley. CLÁUSULA 71. DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Serán propiedad del Colegio de Postgraduados los derechos que se deriven de una obra intelectual realizada por un trabajador académico como consecuencia de la relación laboral que tiene con el mismo, en cuyo caso, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 163 de la Ley, el trabajador académico tendrá derecho a: 1. A que su nombre figure como autor de la invención. 2. Recibir, previa firma del convenio con el Colegio, una compensación complementaria a su salario en términos de la fracción II de la disposición en cita. 3. En cualquier otro caso, la propiedad de la invención corresponderá a la persona o personas que la realizaron, pero el Colegio tendrá un derecho preferente, en igualdad

de circunstancias, al uso exclusivo o a la adquisición de la invención y de las correspondientes patentes.

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FORMATO 1

Este derecho del trabajador académico también está regulado por la Ley Federal de Derechos de Autor, por la Ley de la Propiedad Industrial y por la reglamentación vigente del Colegio de Postgraduados. CLÁUSULA 72. SUGERENCIAS DEL SIACOP EN LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO. En la formulación de los proyectos de presupuesto anuales, el Colegio atenderá las sugerencias que en su caso presente el SIACOP, cuando éstas tengan impacto en las actividades sustantivas. TÍTULO QUINTO DE LAS PRESTACIONES CAPÍTULO ÚNICO CLÁUSULA 73. PAGO DE VIÁTICOS. A los trabajadores académicos que por necesidades del servicio tengan que realizar labores fuera del centro de trabajo al que se encuentre adscrito, se les cubrirán los viáticos y pasajes que se originen con tal motivo, en forma anticipada, conforme a la tarifa autorizada por la SHCP. CLÁUSULA 74. COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD. El Colegio pagará a los trabajadores académicos la prima de antigüedad de la siguiente manera:

1. 10% sobre el salario base, a los 5 años de servicio. 3. 2% adicional por año y hasta cumplir los veinte años. 4. Y el 2.5 % del vigésimo primer año en adelante. Esta prestación no está sujeta a gravámenes, manteniéndose este último porcentaje hasta la jubilación del

trabajador. Lo anterior se aplicará conforme con la siguiente tabla: AÑOS DE SERVICIO PORCENTAJE A APLICAR

5 10 6 12 7 14 8 16 9 18 10 20 11 22 12 24 13 26 14 28 15 30

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16 32 17 34 18 36 19 38 20 40 21 42.5 22 45 23 47.5 24 50 25 52.5 26 55 27 57.5 28 60 29 62.5 30 65 31 67.5 32 70 33 72.5 34 75 35 77.5 36 80 Etc.

El pago de esta prestación será automático y se incluirá en el pago catorcenal en el momento que el trabajador cumpla años de servicio. CLÁUSULA 75. RECONOCIMIENTO ECONOMICO POR ANTIGÜEDAD. A los miembros del personal académico que cumplan un número de años de servicio múltiplo de cinco en el Colegio, se les otorgará una compensación económica de acuerdo a la siguiente tabla: a los 5 años de servicio 10 días de salario base. a los 10 años de servicio 20 días de salario base. a los 15 años de servicio 30 días de salario base. a los 20 años de servicio 40 días de salario base. a los 25 años de servicio 50 días de salario base. a los 30 años de servicio 60 días de salario base.

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FORMATO 1

Los trabajadores académicos que durante el período del 12 de julio al 31 de diciembre de cada año cumplan 5, 10, 15, 20, etc., años de servicio para el Colegio, recibirán dicho reconocimiento económico en la última catorcena del mes de noviembre. Para quienes cumplan los años de referencia entre el 1 de enero y el 11 de julio de cada año, el reconocimiento mencionado se les aplicará en la última catorcena del mes de junio que corresponda. CLÁUSULA 76. AYUDA DE DESPENSA. El Colegio otorgará a sus trabajadores académicos por este concepto, la cantidad de $350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M. N.), mensuales. CLÁUSULA 77. AYUDA DE TRANSPORTE. El Colegio cubrirá $115.00 (CIENTO QUINCE PESOS 00/100 M.N.) mensuales, por concepto de ayuda de transporte. CLÁUSULA 78. MATERIAL DIDÁCTICO. El Colegio cubrirá mensualmente a sus trabajadores académicos, por este concepto, las cuotas establecidas por la SHCP, con base en la tabla del modelo de educación media superior y superior que se anexa, misma que estará vigente del 1 de febrero de 2003 al 31 de enero de 2005. C A T E G O R Í A ZONA ECONOMICA II III PROFESOR INVESTIGADOR TITULAR 326.10 396.00 PROFESOR INVESTIGADOR ADJUNTO 292.00 354.60 PROFESOR INVESTIGADOR ASOCIADO 264.40 321.10 INVESTIGADOR TITULAR 264.40 321.10 INVESTIGADOR ADJUNTO 234.05 284.30 INVESTIGADOR ASOCIADO 219.35 266.40 INVESTIGADOR AUXILIAR TITULAR 203.30 246.75 INVESTIGADOR AUXILIAR ADJUNTO 187.70 227.90 INVESTIGADOR AUXILIAR ASOCIADO 157.30 213.45 CLÁUSULA 79. AYUDA PARA RENTA DE VIVIENDA. El Colegio pagará a sus trabajadores académicos una ayuda mensual de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N). CLÁUSULA 80. AJUSTE DE CALENDARIO. El Colegio pagará a sus trabajadores académicos por concepto de ajuste de calendario, cinco días de salario al año y seis de salario en años bisiestos, los cuales les serán cubiertos previo al inicio del segundo período vacacional, con salario base o tabular vigente a esa fecha. CLÁUSULA 81. DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO QUE COINCIDAN CON SÁBADO O DOMINGO. Para compensar la coincidencia de los días de descanso obligatorio con sábados y domingos, el Colegio se compromete a pagar hasta tres días de salario base o tabular al año a cada trabajador académico al momento de su incidencia. CLÁUSULA 82. COMPENSACIÓN POR JUBILACIÓN O PENSIÓN. El Colegio cubrirá a sus trabajadores académicos que se jubilen o se pensionen, una compensación de conformidad con la siguiente tabla:

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FORMATO 1

• De 5 a menos de 15 años de servicio, 15 días de salario base tabular por cada año laborado. • De 15 años de servicio en adelante, 17 días de salario base tabular por cada año laborado. • En caso de trabajadoras académicas, se adicionará un día de salario por cada año laborado. • Esta prestación se cubrirá independientemente de cualquier otro derecho.

CLÁUSULA 83. PAGO DE PRIMA DE ANTIGÜEDAD. El Colegio cubrirá a los trabajadores académicos que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos, una prima de antigüedad consistente en doce días de salario por cada año de servicios, en términos de lo dispuesto por el artículo 162 de la Ley. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido. Para determinar el monto de la prima, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486 de la Ley. Esta prestación se cubrirá independientemente de cualquier otro derecho que pudiera corresponderle. CLÁUSULA 84. SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES. El Colegio, previa licitación pública, adquirirá una póliza colectiva de seguros de gastos médicos mayores para los trabajadores académicos. La cobertura de la misma, será de un mil salarios mínimos mensuales del Distrito Federal y será cubierta por el Colegio. CLÁUSULA 85. PAGO DE ANTEOJOS, APARATOS ORTOPÉDICOS, AUDITIVOS, PRÓTESIS Y SILLAS DE RUEDAS. Cuando los médicos del ISSSTE lo prescriban, el Colegio cubrirá a su personal académico, su cónyuge, sus hijos menores que 18 años y ascendientes que dependan económicamente de él, el costo de aparatos ortopédicos, auditivos, prótesis y anteojos, atendidos por los médicos y/o clínicas que, para tal efecto, el Colegio haya contratado, previa licitación pública. La aplicación de esta prestación se hará atendiendo al Reglamento que se firme entre las partes. CLÁUSULA 86. SEGUROS DE VIDA Y DE RETIRO. Los trabajadores académicos gozarán de los siguientes seguros:

• El Colegio cubrirá 1.64% del salario mensual de cada trabajador académico del seguro institucional. • Seguro de retiro por la cantidad de $6, 500.00 (SEIS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) • Las primas correspondientes deberán ser cubiertas de acuerdo con los decretos presidenciales.

CLÁUSULA 87. CANASTILLA MATERNAL. El Colegio proporcionará a las trabajadoras académicas que den a luz, una ayuda para canastilla maternal, correspondiente a la cantidad de $320.00 (TRESCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N.) por cada hijo nacido vivo. CLÁUSULA 88. AYUDA DE GUARDERÍA. El Colegio pagará por este concepto mensualmente, la cantidad de $260.00 (DOSCIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N) con presentación de comprobante y $130.00 (CIENTO TREINTA PESOS 00/100 M.N) sin comprobante alguno; así mismo el Colegio pagará por concepto de pago de inscripción la cantidad de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M. N.).

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FORMATO 1

CLÁUSULA 89. REGALOS DE DÍA REYES. El Colegio entregará al SIACOP, anticipadamente, al 6 de enero de cada año, juguetes a los hijos de hasta 12 años, de los trabajadores académicos sindicalizados, con base en la relación que remita al Departamento de Recursos Humanos, la organización sindical. Para los trabajadores académicos no sindicalizados, dichos obsequios serán entregados por el Colegio, conforme al procedimiento que se ha venido utilizando CLÁUSULA 90. REGALOS DE DÍA DE LAS MADRES. El Colegio entregará al SIACOP anticipadamente, al 10 de mayo de cada año, regalos para las madres académicas sindicalizadas. El SIACOP, para el caso, remitirá la relación correspondiente al Departamento de Recursos Humanos. Para las madres académicas no sindicalizadas, dicho regalo será entregado por el Colegio, conforme al procedimiento que se ha venido utilizando. CLÁUSULA 91. ADQUISICIÓN DE LIBROS. El Colegio otorgará a cada miembro del personal académico, la cantidad de $950.00 (NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N) anuales para la adquisición de libros. Esta prestación se pagará en la catorcena más próxima a la celebración del día del maestro. CLÁUSULA 92. BECAS PARA HIJOS DE TRABAJADORES ACADÉMICOS. Se otorgarán 120 becas cada año para hijos de trabajadores académicos: 60 para secundaria y bachillerato, de $520.00 (QUINIENTOS VEINTE PESOS 00/100 M.N) cada una, y 60 para licenciatura, de $740.00 (SETECIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N) cada una. CLÁUSULA 93. PREFERENCIA DE INSCRIPCIÓN. El Colegio, en igualdad de merecimientos académicos y en los términos de su reglamentación interna, dará preferencia a los hijos de trabajadores académicos para la inscripción, en los programas de postgrado del Colegio. CLÁUSULA 94. PAGO DE DEFUNCIÓN. En el lamentable caso de fallecimiento de un miembro del personal académico, independientemente de otros derechos y seguros, el Colegio cubrirá a los deudos debidamente acreditados:

• Hasta 10 años de servicio, se cubrirán 10 meses de sueldo base. • De 10 años a 19 años de servicio, se cubrirán 12 meses de sueldo base. • De 20 años de servicio en adelante, 14 meses de sueldo base.

CLÁUSULA 95. DE GESTIÓN. El Colegio y el SIACOP realizarán gestiones conjuntamente ante las instancias externas que correspondan, para que los trabajadores académicos y sus familiares puedan acceder a servicios de vivienda, salud, educación, cultura y recreación. CLÁUSULA 96. GASTOS PARA LA DIFUSIÓN CULTURAL. El Colegio se compromete a entregar al SIACOP, la parte proporcional de la cantidad autorizada en el paquete de prestaciones por la SHCP de $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M. N.), anuales para gastos en actividades de difusión cultural. Para determinar la parte proporcional, se tomará en cuenta el número de trabajadores académicos sindicalizados, con respecto al total de trabajadores académicos. Para los trabajadores académicos no sindicalizados, esta prestación será entregada por el Colegio, conforme al procedimiento que se ha venido utilizado.

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FORMATO 1

CLÁUSULA 97. AYUDA PARA EL FESTEJO DEL DÍA DEL MAESTRO. El Colegio se compromete a entregar al SIACOP, la parte proporcional de la cantidad autorizada en el paquete de prestaciones por la SHCP de $ 25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M. N.) anuales, para festejo del Día del Maestro. Para determinar la parte proporcional, se tomará en cuenta el número de trabajadores académicos sindicalizados, con respecto al total de los trabajadores académicos. Para los trabajadores académicos no sindicalizados, esta prestación será entregada por el Colegio, conforme al procedimiento que se ha venido utilizando. TÍTULO SEXTO DE LAS COMISIONES MIXTAS CAPÍTULO ÚNICO CLÁUSULA 98. CONSTITUCIÓN DE COMISIONES MIXTAS. Para el perfeccionamiento de las relaciones laborales, el Colegio y el SIACOP constituyen las siguientes: Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, Comisión Mixta de Capacitación y Actualización. CLÁUSULA 99. OBJETIVO DE LAS COMISIONES MIXTAS. Las comisiones mixtas tienen como objetivo armonizar las relaciones de trabajo entre el Colegio y sus trabajadores académicos. Podrá convenirse la creación de las comisiones mixtas previstas en la Ley y aquellas cuya existencia sea justificada por los objetivos estratégicos institucionales. Las facultades y obligaciones de las comisiones estarán determinadas en sus respectivos reglamentos. Atendiendo el carácter de cada Comisión Mixta, el Colegio y el SIACOP convendrán el tipo de facilidades que otorgará a los miembros de cada una de ellas, para el mejor desempeño de sus actividades. CLÁUSULA 100. AUTONOMIA Y OBLIGATORIEDAD DE LOS DICTÁMENES DE LAS COMISIONES MIXTAS. Las Comisiones Mixtas son autónomas y sus dictámenes y acuerdos, en términos del artículo 392 de la Ley, serán de observancia obligatoria para el Colegio, para el SIACOP y para los trabajadores académicos, siempre que se ajusten a la Ley, al CCT y a su propio reglamento. CLÁUSULA 101. DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES EN LAS COMISIONES MIXTAS. El Colegio y el SIACOP designarán a sus respectivos representantes, para integrar las comisiones mixtas que se aprueben por las partes y podrán sustituirlos en cualquier momento. En este último caso la sustitución deberá notificarse con 8 días hábiles de anticipación. CLÁUSULA 102. REQUISITOS PARA SER INTEGRANTE DE LAS COMISIONES MIXTAS. Para ser integrante de alguna Comisión Mixta se requiere:

• Ser trabajador académico o de confianza del Colegio. • Tener el conocimiento en los asuntos que compete a la comisión en que participe.

TRANSITORIOS

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FORMATO 1

PRIMERO. Las partes de común acuerdo podrán reglamentar cualquier cláusula de este contrato para su debida interpretación, aplicación y cumplimiento. SEGUNDO. Cualquier aspecto no previsto en el CCT, será resuelto por el Colegio y el SIACOP. TERCERO. Los reglamentos que regulan las actividades académicas, prevalecerán por ser materia aplicable a las actividades sustantivas del Colegio. CUARTO. Como anexo al presente contrato y parte integrante de éste, en términos de Ley se exhibe el tabulador salarial mensual vigente en el Colegio. QUINTO. El Colegio se compromete a elaborar a través del Consejo Técnico, en un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la firma del Contrato Colectivo de Trabajo, la reglamentación que integre el procedimiento de admisión, mismo que entrará en vigor el 1 de febrero de 2005. SEXTO. El clausulado del presente CCT, asociado exclusivamente a las prestaciones económicas que autoriza la SHCP para los trabajadores académicos del Colegio, será revisado a más tardar el 15 de febrero del 2005, con aplicación retroactiva de éstas a partir del 1 de febrero del referido año y estarán vigentes hasta el 31 de enero del 2007. Conforme a la cláusula que corresponda a la vigencia del presente CCT, las partes están de acuerdo en que la primera revisión integral del mismo se efectuará a más tardar el 15 de febrero del 2007. SÉPTIMO. Ambas partes se comprometen a dar cumplimiento en tiempo y forma a las notas acordadas en las minutas correspondientes en la negociación de este CCT. Montecillo, Méx., a 29 de Noviembre del 2004 En Febrero 1 de 2005 se incrementaron Despensa ($404), Transporte ($124), Ayuda de Renta ($150), Guardería (inscripción $110, Comprobante $340, Sin comprobante $170), Canastilla maternal ($370.70), Becas para hijos de trabajadores (Licenciatura $814, Bachillerato $572), Ayuda para libros ($1209.10) y Material Didáctico (8%).

V. Recursos Materiales y Tecnológicos Recursos Materiales: Bienes Inmuebles.

Póliza de Seguro Descripción Ubicación Registro Público de la Propiedad Situación

Jurídica Compañía Aseguradora

Número de Póliza

Instalaciones del Campus Montecillo

Rancho Montecillo, Km. 36.5 carretera federal México-Texcoco,

Montecillo, Texcoco, Estado de México

7671No. 403 Volumen Libro I, Sección I, Foja 71;

7672 217 Volumen 65 Libro I, Sección I,

Fojas 43, Número 960805

Propiedad Zurich 483726

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FORMATO 1

Predio Santa María La Nopalera, Km. 36.5 carretera federal México-

Texcoco, Montecillo, Texcoco, Estado de México

Rancho de Tecámac Rancho la Capilla San Miguel de la

Hacienda,San Miguel Tenopala, Tecámac, Estado de México

7622 Libro I, Sección I, Partida 321 del

Volúmen XVII Propiedad Zurich 483726

Casa de Cerro del Vigilante Cerro del Vigilante No. 166

Fraccionamiento Romero de Terreros, Coyoacán, D. F.

7620 00079702 Propiedad Zurich 483726

Km. 125.5 Carretera Federal México-Puebla Colonia Libertad,

Puebla, Puebla 8046

Instalaciones del Campus Puebla Pochote y Cuatecomate, Tlanculpican, Chiautla, Tepeyac,

Xahue, Rabanillo, Canoatitla, Canohtitla y Canoa

8046 No. 530, Fojas 168, Tomo 26, Libro

I

Propiedad Zurich 483726

Instalaciones del Campus Córdoba Km. 348 Carretera Federal

Córdoba-Veracruz, Amatlán de los Reyes, Veracruz

19954 Comodato, en

trámite de donación

Zurich 483726

Instalaciones del Campus Veracruz Carretera federal Km. 88.5

Carretera Xalapa-Veracruz San Juan Jula, Manlio Fabio Altamirano

1029 Donado por el Gobierno Propiedad Zurich 483726

Instalaciones del Campus Tabasco Calle Castaños No. 303 Fracc. Los

Reyes Loma Alta, H. Cárdenas, Tabasco

7673 Propiedad, en

trámite de regularización

Zurich 483726

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FORMATO 1

Km 21 Carretera Cárdenas Comalcalco, H. Cárdenas, Tabasco

Instalaciones del Campus Campeche

Predio COMAR, antes CONAFRUT Carretera Haltunchen Edzná,

Champotón, Campeche

fojas 90 a 92 del tomo 314 "A" libro y sección Primero, Inscripción II No. 118888 del 22 de octubre de

2003 Propiedad Cumbres

Seguros AAG056152

Calle Iturbide No. 73 Iturbide No. 65 Salinas de Hidalgo S. L. P.

7668 Tomo X

Certificación a entero No. Floio 487967

Propiedad Zurich 483726 Instalaciones del Campus San Luis

Potosí 1era. Manzana No. 8, Salinas de

Hidalgo S. L. P. 7668 Propiedad Zurich 483726

Recursos Materiales: Bienes Muebles. UNIDAD RESPONSABLE (CENTRO ADMINISTRATIVO) TIPO DE BIEN MUEBLE NÚMERO TOTAL POR

TIPO DE BIEN Colegio de Postgraduados Equipo e instrumental médico 64 Mobiliario y equipo de administración 17654 Maquinaria y equipo agropecuario 1178 Vehículos y equipo de transporte 497 Herramientas 487 Animales para investigación 193 Maquinaria y equipo eléctrico 377 Equipo de procesamiento de datos 3352 Equipo e instrumental de laboratorio 5228 Equipo educacional y recreativo 1082 Bienes artísticos y culturales 17011

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Recursos Materiales: Bienes Tecnológicos. Disponibilidad de Servicios y Trámites electrónicos Gubernamentales. No se brindan servicios electrónicos hasta ahora. Están en plan para final de 2006. Clasificación y resguardo de archivos físicos y electrónicos. No se cuenta aún con archivos electrónicos. Durante 2006 se desarrollará un proyecto para registro, control y automatización. Los archivos físicos presentan un notable problema, ya que son demasiados documentos y los espacios destinados han sido rebasados, y se encuentran en localidades distintas. Es necesario realizar una clasificación y depuración de documentos por área, incluidas copias. En 2006 se sistematizará la búsqueda de documentos, previa identificación, clasificación y depuración.

VI. Programa de Buen Gobierno Respecto a Buen Gobierno, en la Entidad se obtuvieron logros en cada una de las estrategias como sigue: • Gobierno que cueste menos

Las metas de ahorro y participación en programas sectoriales se cumplieron durante este período en cada ejercicio (cuando aplicó). • Gobierno de calidad

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Se trabajó en la mejora de los siguientes Procesos de Alto Impacto:

Admisión de Alumnos Trámite Administrativo para ingresar como alumno del Colegio de Postgraduados Seguimiento de Becas CONACYT Subprograma de Formación de Profesores

• Gobierno digital

Como parte del Desarrollo de Gobierno Electrónico del Modelo Integral de Desempeño de Órganos de Vigilancia y Control (MIDO), la Entidad presentó un Plan Estratégico de Tecnología de Información, cuyos resultados fueron informados a la Unidad de Gobierno Electrónico y de Política de Tecnologías de la Información de la Secretaría de la Función Pública, los cuales consisten en:

Se realizaron adecuadamente los contratos con los proveedores de telecomunicaciones. Instalación de la plataforma para educación a distancia BlackBoard Se realizó la conexión de todos los Campus vía Internet 2 Se rehabilitó el site central de telecomunicaciones Se realizó la implementación de sistemas de acceso remoto y VPN

• Gobierno con mejora regulatoria

En el Marco Jurídico de Actuación se enlista la normatividad interna actualizada. • Gobierno honesto y transparente

La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental se cumple.

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FORMATO 1

Comité de Información. A partir de la Publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental (11 de junio de 2002) en el Colegio de Postgraduados se dio inicio con las acciones a fin de establecer el Comité de Información y la Unidad de Enlace con la finalidad de proveer lo necesario, para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de la Entidad. Unidad de Enlace La Unidad de Enlace inicio sus Con fecha 25 de septiembre de 2003, mediante oficio No. SEC.03.-2117, el Secretario Administrativo, en su carácter de Titular de la Unidad de Enlace, dio a conocer a todo el personal de la Institución los Lineamientos Generales para la Clasificación y Desclasificación de Información de las Dependencias y Entidades de la Administración Publica Federal, que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de Agosto de 2003. Desde su creación, la Unidad de Enlace ha dado cumplimiento a sus funciones y responsabilidades que le señala la normatividad que la regula: integración y envío al Instituto Federal de Acceso a la Información del Indice de Expedientes Reservados, atención de solicitudes de información, actualización del Portal de Transparencia de la Entidad, integración de los informes del IFAI, acciones sobre protección de datos personales, se ha promovido la capacitación en materia de transparencia. Durante el periodo, se ha dado atención a las siguientes solicitudes de información y se han emitido resoluciones por diversos recursos de revisión:

Año Solicitud de Información

SISI

Solicitud de Información Otro medio

Recursos de revisión.

2002 0 0 0 2003 39 2 0 2004 40 0 2 2005 31 0 1 Total 110 2 3

Organización de Archivos Archivo General del Colegio de Postgraduados – Se presupuestó una toma de documentación y sistematización de todos los documentos de la Entidad.

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Este proyecto se pondrá en marcha en Julio de 2006. Comité de Información El Comité de Información del Colegio de Postgraduados, se conformó en cumplimiento a lo que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en su artículo 30, mismo que quedo formalmente constituido el día 28 de Noviembre de dos mil dos. Cuenta con un Reglamento, mismo que contempla su integración, funciones, operación, obligaciones y atribuciones de los integrantes. Desde su integración, el Comité de Información ha dado cumplimiento a sus funciones y responsabilidades que le señala la normatividad que lo regula: aprobación del Indice de Expedientes Reservados, resolución sobre solicitudes de información, expedición de diversos lineamientos internos, envío de información, así como de diversos formatos como son los IFAI.FIC al Instituto Federal de Acceso a la Información, protección de datos personales, organización de archivos Durante el periodo, el Comité de Información celebró las siguientes sesiones:

Año Sesiones Ordinarias Sesiones Extraordinarias 2002 1 0 2003 5 7 2004 5 8 2005 4 4 Total 15 19

Programa Operativo de Transparencia y el Combate a la Corrupción 2005-2006 A petición de la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción, en diciembre de 2004 el Colegio de Postgraduados integró su primer Programa Operativo de Transparencia y el Combate a la Corrupción 2005-2006, en el cual se contemplaron 4 procesos críticos, de acuerdo al mapa de Riesgos de Corrupción: Proceso de Admisión de Alumnos, Proceso de Manejo y Control de Proyectos Externos, Proceso de Ingresos y Procesos de Adjudicación. El Responsable de dicho Programa coordinó las acciones comprometidas por cada uno de los responsables de los procesos e informó en tiempo y forma, de acuerdo al calendario establecido por la propia Comisión Intersecretarial, los resultados obtenidos en cada uno de los trimestres del ejercicio 2005, los cuales fueron los siguientes:

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Cabe señalar que aún cuando hay mucho por resolver, se han obtenido grandes logros en la mejora de los procesos comprometidos en el Programa Operativo de la Institución. Resultados de Impacto comprobado en Transparencia y Combate a la Corrupción A) Establecimiento de un Código de Conducta Institucional Se elaboró, aprobó y difundió el Código de Conducta Institucional, mismo que actualmente está publicado en la página web de la Institución; contiene nueve apartados, y establece los compromisos y las acciones que conforman a la Institución. El establecimiento del Código de Conducta Institucional ha traído como consecuencia el fortalecimiento de una cultura de ética e integridad entre las personas que conforman la organización. A la postre, y al fortalecer el ambiente de control en el Colegio de Postgraduados, servirá de basamento certero para una adecuada administración de riesgos, asegurando así la adecuada consecución de objetivos en la organización. El Código de Conducta Institucional contribuye a transparentar la gestión y a combatir la corrupción al establecer de manera objetiva los compromisos de carácter ético que adquieren las personas que conforman la organización, así como las acciones que deben y no deben hacerse, fomentándose el adecuado manejo de la información; el uso de recursos materiales y financieros; la seguridad, la salud y el medio ambiente; las relaciones humanas; el conflicto de intereses; el conocimiento y aplicación del marco normativo; el uso del cargo público; las relaciones con personas ajenas a la Institución; y el desarrollo personal, capacitación y adiestramiento. B) Conformación de un Grupo de Integridad en el Colegio de Postgraduados En el ejercicio 2005, se conformó un Grupo de Integridad en el Colegio de Postgraduados, cuyo propósito es fomentar la cultura de integridad, ética, transparencia y combate a la corrupción dentro de la organización; este grupo es un equipo de trabajo conformado por ocho personas, mismas que pueden ser consideradas como personal académico, administrativo y miembros del cuerpo estudiantil.

1er Trimestre 2do Trimestre 3er Trimestre 4to Trimestre Total de puntos alcanzados en el 2005

393 460 640 728 728

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

El Grupo de Integridad ha impulsado la conciencia ética de las personas que conforman actualmente dicho Grupo, y ha creado interés en personas que componen a la organización. A futuro, y considerando que las ocho personas que conforman el Grupo de Integridad son elegidas anualmente entre las personas que conforman a la Institución (personal administrativo, académico y estudiantes) sin considerar jerarquías, grados académicos, estado civil, raza, credo religioso, afiliación política, estatus social, sexo, ni ninguna otra forma discriminatoria, se efectuará una efectiva transformación cultural en el Colegio de Postgraduados. Contribuye a transparentar la gestión y a combatir la gestión al fomentar actividades vinculadas a la ética, la integridad, la transparencia y el combate la corrupción, como son: recibir recomendaciones y comentarios sobre el Código de Conducta Institucional para promover su actualización; entregar el Premio Colegio de Postgraduados al Comportamiento Ético, Fomento a la Transparencia y Combate la Corrupción a persona que ellos elijan, previa candidatura; coordinar la entrega del Premio; y coordinar actividades que difundan el Código de Conducta y temas relativos al mismo (ética, integridad, transparencia y combate a la corrupción). C) Entrega del Primer Premio Colegio de Postgraduados al Comportamiento Ético, Fomento a la Transparencia y Combate a la Corrupción No se tenía establecido en el Colegio de Postgraduados un mecanismo que fomentara el cumplimiento del Código de Conducta Institucional, por lo que la conducta que podía ser enmarcada en dicho instrumento como promotora y ejemplo, no era considerada, o bien no era difundida, por lo que se estableció el Premio Colegio de Postgraduados al Comportamiento Ético, Fomento a la Transparencia y Combate a la Corrupción, cuyo objetivo es entregar un premio a un integrante de la comunidad del Colegio de Postgraduados, por su compromiso para con la Institución en lo referente a integridad, ética, transparencia y combate a la corrupción. El Premio Colegio de Postgraduados al Comportamiento Ético, Fomento a la Transparencia y Combate a la Corrupción contribuye a transparentar la gestión y a combatir la corrupción al adquirir la persona que lo recibe un compromiso con la comunidad del Colegio, de ser una férrea promotora de la ética, la integridad y la transparencia y una combatiente aguerrida de la corrupción. En diciembre de 2005, se entregó el Primer Premio Colegio de Postgraduados al Comportamiento Ético, Fomento a la Transparencia y Combate a la Corrupción a la Dra. Mónica de la Cruz Vargas Mendoza. La persona que recibió el premio fue elegida entre un conjunto de candidatos, mismos que fueron propuestos por las personas que conforman la comunidad del Colegio de Postgraduados, previa convocatoria. La elección fue hecha por las personas que conforman el Grupo de Integridad, otorgando un documento firmado por el Director General y un reconocimiento económico de manos del mencionado Director General, Dr. Benjamín Figueroa Sandoval, en ceremonia pública.

VII. Observaciones de Auditoría Superior de la Federación, Auditoría Externa, Auditoría Gubernamental, Organo Interno de Control y otras instancias de control, que se encuentren en proceso de atención al 31 de diciembre de 2005

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Auditoría Superior de la Federación Auditoría Externa Auditoría Gubernamental Órgano Interno de Control

0 1 0 12

Auditoría Superior de la Federación.- Desde el ejercicio 2004, no existen observaciones pendientes de solventar. Auditoría Externa.- Sólo existe un hallazgo pendiente de solventar, relativo a la estructura de control que debe implementar la administración de la Entidad, para el manejo y administración de las operaciones financieras que se derivan de la operación del Fideicomiso de Administración e Inversión No. 167304 para apoyo a la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Colegio de Postgraduados. Auditoría Gubernamental.- Desde el ejercicio de 1997, no existen observaciones pendientes de solventar. Órgano Interno de Control.- Al cierre del ejercicio 2005, existían 12 observaciones pendientes de solventar, relativas a las debilidades en la estructura del control interno, así como el incumplimiento a la normatividad en materia de presupuesto, adquisiciones, arrendamientos y servicios; situaciones, que originaron diera inicio el procedimiento administrativo disciplinario conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

VIII. Procesos de Desincorporación de Entidades Paraestatales, Enajenación de Acciones u Otros Procesos de Desincorporación de Activos o Enajenación de Títulos que se encuentren en proceso de atención al 31 de diciembre de 2005 No Aplica.

IX. Resultados de los Convenios y/o Bases de Desempeño

El Colegio de Postgraduados como Centro Público de Investigación

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

El 8 de agosto del año 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución conjunta entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT), que reconoce al Colegio de Postgraduados como uno de los 30 Centros Públicos de Investigación con que cuenta el país, de conformidad con la Ley de Fomento para la Investigación Científica y Tecnológica. En ese marco, se requirió que el Colegio de Postgraduados elaborara un Plan Estratégico a mediano plazo en el que se definen los objetivos estratégicos, las estrategias y los planes de acción que le permitirán alcanzar las metas que se ha fijado cumplir en el período 2001-2006, así como una serie de indicadores para dar seguimiento al logro de esas metas. Plan de Desarrollo Estratégico a mediano (2006) y largo plazo (2025) El Colegio de Postgraduados pretende alcanzar un desarrollo tal que logre realizar sus actividades dentro de un escenario ideal en el que se tiene una educación innovadora y de alta calidad, la investigación es de frontera y cuenta con financiamiento externo, la vinculación está articulada con la enseñanza y la investigación, y se generan suficientes recursos propios que facilitan el desarrollo del capital físico y humano. Principios Orientadores El Plan Estratégico del Colegio de Postgraduados como Centro Público de Investigación está regido por los principios orientadores siguientes: 1. Calidad e innovación. 2. Congruencia con su naturaleza académica. 3. Pertinencia en relación con las necesidades del sector rural. 4. Compromiso con un modelo de desarrollo sostenible del país. 5. Cuerpos colegiados y ejercicio de la autoridad ejemplares. El Convenio de Desempeño del Colegio de Postgraduados y su seguimiento Al convertirse en Centro Público de Investigación, el Colegio de Postgraduados suscribió un Convenio de Desempeño con el que obtiene autonomía técnica, operativa y administrativa. Ese convenio rige, además, sus relaciones con la administración pública federal y con CONACyT, con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

El Colegio de Postgraduados establece en ese convenio las metas que se compromete a cumplir en el periodo 2001-2006, así como los indicadores de desempeño con los que dará seguimiento. La H. Junta Directiva, vigila que la institución cumpla con lo que establece su Convenio de Desempeño. Está apoyada por un Comité de Evaluación Externa (CEE) integrado por los titulares de las instituciones y organizaciones siguientes: 1. Consejo Nacional Agropecuario. 2. Comisión de Agricultura de la H. Cámara de Diputados. 3. Congreso Agropecuario Permanente. 4. Fideicomiso Instituido en Relación con la Agricultura (FIRA). 5. Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Enseñanza Superior (ANUIES). 6. Centro Internacional para el Mejoramiento del Maíz y el Trigo (CIMMYT). 7. Academia Mexicana de Ciencias. 8. Fundación PRODUCE. 9. Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI). El CEE emite a la H. Junta Directiva una opinión cualitativa y cuantitativa sobre las actividades de investigación, docencia y vinculación del Colegio, así como de los planes y programas de trabajo y de las contingencias que se enfrenten y alteren el desempeño previsto, provocando desviaciones en los objetivos y metas, así como de las medidas adoptadas para su prevención y solución. Desde su primera evaluación hasta el final de 2005, el resultado de cada revisión ha sido EXCELENTE, a nivel trimestral y consecuentemente, anual. La relación entre los Objetivos Estratégicos, estrategias e indicadores, se refleja en el cuadro siguiente:

OBJETIVO ESTRATÉGICO ESTRATEGIA INDICADOR Estrategia 1

Fortalecer el sistema de campus para atender demandas de educación regional alrededor de cadenas productivas.

Indicador de la Estrategia 1 Número de alumnos que se ubican en otros campus distintos

al de Montecillo / Número total de alumnos Educar y formar personas creativas, innovadoras y con sentido humanista que atiendan las necesidades

agroalimentarias de la sociedad en un contexto de desarrollo sustentable.

Estrategia 2 Orientar la oferta educativa hacia la solución de las

necesidades agroalimentarias de la sociedad bajo el contexto de desarrollo sustentable, con el nivel científico y tecnológico

adecuado.

Indicador de la Estrategia 2 Número de Maestrías Tecnológicas que responden a

necesidades agroalimentarias con enfoque sustentable / Número total de orientaciones de postgrado en la oferta

educativa del Colegio de Postgraduados Realizar investigación generadora de conocimiento Estrategia 3 Indicador de la Estrategia 3

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Implementar líneas de investigación que respondan a las demandas de la sociedad y al manejo sustentable de los

recursos naturales y de la producción de alimentos nutritivos e inocuos.

Número de tesis de investigación en temas de manejo sustentable de recursos naturales y producción de alimentos nutritivos e inocuos / Número total de tesis de investigación

Estrategia 4 Fortalecer y promover alianzas estratégicas a nivel nacional

e internacional.

Indicador de la Estrategia 4 Número de tesis de investigación en manejo sustentable de

recursos naturales y producción de alimentos nutritivos e inocuos derivadas de las alianzas estratégicas / Número total

de tesis

pertinente para el manejo sustentable de los recursos naturales y la producción de alimentos nutritivos e inocuos

y de otros bienes y servicios.

Estrategia 5 Gestionar financiamiento para proyectos de investigación.

Indicador de la Estrategia 5 Número de proyectos en manejo sustentable de recursos

naturales y producción de alimentos nutritivos e inocuos con financiamiento externo / Número total de profesores con

doctorado Estrategia 6

Articular la educación, la investigación y la vinculación para orientarlas a mejorar la calidad de vida de la sociedad.

Indicador de la Estrategia 6 Número de tesis realizadas en microrregiones de atención

prioritaria / Número total de tesis de Investigación Indicador 1 de la Estrategia 7

Monto de recursos propios destinados a vinculación / Monto total de recursos propios

Estrategia 7 Incrementar la capacidad institucional de generación de recursos para mejorar la calidad de las actividades de educación, investigación y vinculación del Colegio de

Postgraduados. Indicador 2 de la Estrategia 7

Monto de recursos propios (millones de pesos) / Monto total de recursos (millones de pesos)

Mejorar la calidad de vida de la sociedad y retroalimentar las actividades académicas a través de la vinculación.

Estrategia 8 Difundir actividades y logros del Colegio de Postgraduados

ante la sociedad.

Indicador de la Estrategia 8 Número de artículos en revistas con comité editorial

/ Número total de profesores con doctorado Indicador 1 de la Estrategia 9

Número de procesos académicos con certificación de calidad / Número total procesos académicos Contar con procesos administrativos certificados que

apoyen en forma eficaz y eficiente a las actividades sustantivas de la institución.

Estrategia 9 Establecer procesos académico-administrativos que en el

corto plazo logren y mantengan la eficiencia y eficacia requerida por el Colegio de Postgraduados.

Indicador 2 de la Estrategia 9 Número de procesos administrativos con certificación de

calidad / Número total procesos administrativos Los dos indicadores derivados de la Estrategia No. 9 aplicarán una vez que se concluya la sistematización prevista en el proceso de reestructuración y se realice la certificación de procesos comprometida (al finalizar 2006).

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

X. Asuntos Relevantes de la gestión al 31 de diciembre de 2005 Los asuntos relevantes considerados son: • Reestructuración Académico Administrativa

En proceso, tal y como ha sido ampliamente descrito en este documento. • Modificación al Decreto de Creación

El 4 de Noviembre de 2005 se concluyó con los trabajos de modificación al Decreto de Creación del Colegio de Postgraduados; se sometió a la COFEMER el 23 de Noviembre de 2005.

• Regularización del predio de Campus Córdoba

Trámites ante INDAABIN y la SFP reconstruyendo la historia de este predio, desde que fue propiedad de la CNIA, su cesión a SEDUE, su traspaso a Azúcar, S. A. y la transición por SECODAM (hoy SFP) al Colegio de Postgraduados, condicionando su derecho de uso

• Solución a la invasión del Campus Tabasco

Trámites ante el Gobierno del Estado de Tabasco que permitan la regularización de terreno donado y que ha sido afectado por una invasión (anexo Km 21). • Crédito Fiscal con el SAT

Seguimientos a la solicitud de condonación de multas y recargos y de un Recurso de Revocación, recibido en las oficinas del SAT en Noviembre 4 de 2005.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

• Expedientes de Transparencia

Se tienen pendientes expedientes de Transparencia de los Proyectos externos del Colegio de Postgraduados. A la fecha todos persisten, habiendo actividades a resolver fuera de nuestro control.

XI. Conclusiones y Recomendaciones De la información proporcionada en este Informe de Rendición de Cuentas concluimos que: El Colegio de Postgraduados debe mantener la exigencia de alcanzar el más alto grado de excelencia académica y científica posible, para con ello contribuir a elevar los niveles de competitividad económica que demanda el desarrollo del país. Para lograr este objetivo el Colegio requiere, aparte del subsidio federal que recibe, obtener en mayor cantidad recursos adicionales a fin de continuar avanzando en el proceso de modernización de la infraestructura y de la estructura organizativa que son necesarias para incrementar la capacidad y eficiencia de las labores sustantivas. El Colegio de Postgraduados debe continuar con su programa de superación académica y desarrollo de los recursos humanos de la Institución, que asegurará mantener el más alto nivel científico y de liderazgo posible. Con este propósito, se debe revisar: • La actualización de la currícula de sus programas y líneas de investigación, para alinearlas adecuadamente a las necesidades cambiantes de los productores rurales. • Acelerar la implementación del programa Doctoral y de Maestría en Ciencias único, para flexibilizar las orientaciones de postgrado e incrementar las maestrías

tecnológicas, diplomados y cursos de capacitación continua, a fin de responder en tiempo y forma a las particularidades de la demanda de actualización de los profesionistas y productores del sector.

• Continuar con el fomento de la cultura de trabajo en equipo, mediante la capacitación y reforzamiento de los incentivos al personal de apoyo y académico, lo que contribuya a fomentar una actitud de cooperación al respecto.

• Promover en mayor medida la divulgación de los resultados de la investigación, vía revistas no especializadas y medios de comunicación. • Concluir la definición de una matriz de investigación a partir de un plan rector de investigación institucional, definido con el concurso de los usuarios y de la comunidad

científica nacional.

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Infraestructura TI 2004

Colegio de Postgraduados I. DATOS GENERALES

Datos Generales de la dependencia o entidad y del responsable de la captura Dependencia o Entidad Colegio de Postgraduados. Nombre Jesús Méndez Román Puesto Subdirector de Organización y Computo Teléfono 55 5804 59 00 ext. 1035 Fax 55 5804 59 00 ext. 1105 Dirección de Correo Electrónico [email protected] II. RECURSOS HUMANOS

EMPLEADOS Personal Total

1759 Personal Informático

60 Personal Informático por formación académica, según tipo de puesto. Formación Informática

Nivel Académico Total Director General Director de Área Subdirector Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Licenciatura 10 1 1 8

Técnico 30 30

Personal Informático por formación académica, según tipo de puesto. Formación No-Informática

Nivel Académico Total Director General Director de Área Subdirector Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

Técnico 20 20

Demanda de personal informático por puesto

Tipo de Plaza Total Director General TI.02.04.08.01.Director de Área Subdirector de Área Jefe de

Departamento Técnico Operativo Otras

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Plazas Vacantes 0 0 0 0 Las plazas que teníamos se fueron en Separación Voluntaria

Sueldos del total del personal informático por puesto

Sueldo Total Director General Director de Área Subdirector de Área Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

358239 25253 17046 315940

III. RECURSOS DE EQUIPO

1.1. Main Frame y Clusters Marca y Modelo Total Activo Inactivo

0 0 0 0

1.1. Main Frame y Clusters

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

0

1.2. Servidor (observación: incluir minicomputadoras, servidores workstation y servidores PC.)

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Marca y Modelo Total Activo Inactivo

DELL POWER EDGE 2 1 1

IBM NETFINITY 2 2

HEWLETT PACKARD NETSERVER E200 1 1

HEWLETT PACKARD ML350 1 1

1.2. Servidor (observación: incluir minicomputadoras, servidores workstation y servidores PC.)

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

0

1.3. Computadoras Personales (Observación: las que son usadas de manera individual. Incluye computadoras Workstation utilizadas individualmente.)

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Total Activo Inactivo

1314 1314 0

1.3. Computadoras Personales (Observación: las que son usadas de manera individual. Incluye computadoras Workstation utilizadas individualmente.)

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

1650000

1.4. Distribución del total de computadoras personales por tipo de procesador

Total Intel 80XXX o Equivalente

Pentium o Equivalente

Pentium II o Equivalente

Pentium III o Equivalente

Pentium IV o Equivalente

68XXX o Equivalente

Power PC IMAC o Equivalente

Procesadores RISC

1314 25 82 84 876 247 0 0 0

IV. RECURSOS DE SOFTWARE

Sistemas Operativos Tipo de Equipo Nombre SO Cantidad

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Computadoras Personles PC WINDOWS 95 98 200

Computadoras Personles PC WINDOWS 2000 250

Computadoras Personles PC LINUX 25

Computadoras Personles PC WINDOWS XP 575

Bases de Datos

Tipo de Equipo Nombre BD Cantidad

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Servidores MSSQL 4

Automatización de Oficinas

Tipo de Equipo Nombre Off Cantidad

Computadoras Personles PC MS OFFICE 950

Computadoras Personles PC OPENOFFICE 100

Lenguajes de Programación

Lenguaje de Programación

Fox Pro

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Cobol

Visual Basic

Otros

Otros Lenguajes de Programación Otros Especifique 1 CLIPPER

Otros Especifique 2 VISUAL STUDIO .NET

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

V. DESARROLLO DE SISTEMAS

Área de aplicación y tipo de desarrollo Area Total Comercial Desarrollo Interno A la Medida

Atención al público 3 3

Administración contable y financiera 2 2

Sistemas computarizados en desarrollo Area de Aplicación Total

Atención al público 0

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Información pública 0

Administración contable y financiera 0

Gestión interna 0

Área de aplicación y nivel de acceso

Área de Aplicación Público en Línea Distribución

Pública Público en Sitio Público por Ventanilla Red Local Red Institucional Red Inter-

institucional Total

Atención al público 1 1 1 3

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Nombre: Colegio de Postgraduados

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INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Administración contable y financiera

1

1. Presupuesto informático ejercido el año 2004

Presupuesto Informático (por partida) 2106 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos. 250000 2302 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

743322 3108 Servicio de Telecomunicaciones. 950000 3109 Servicio de conducción de señales analógicas y digitales.

3204 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos. 3301/2 Asesoría e/. 3305 Capacitación e/. 366806 3306 Servicios de Informática. 642508 3409 Patentes, regalías y otros (Software). 3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos.

546230 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y Telecomunicaciones.

989485 5206 Bienes Informáticos. TOTAL 4488351

Page 167: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

167

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

2. Presupuesto informático autorizado para el año 2005

Presupuesto Informático (por partida) 2106 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos.

754900 2302 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

564900 3108 Servicio de Telecomunicaciones. 0 3109 Servicio de conducción de señales analógicas y digitales.

0 3204 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos. 0 3301/2 Asesoría e/. 0 3305 Capacitación e/. 709600 3306 Servicios de Informática. 2698138 3409 Patentes, regalías y otros (Software). 2129700 3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos.

801700 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y Telecomunicaciones.

1000000 5206 Bienes Informáticos. 8153327 TOTAL 16812265

Page 168: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

168

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Infraestructura TI 2005

Colegio de Postgraduados I. DATOS GENERALES

Datos Generales de la dependencia o entidad y del responsable de la captura Dependencia o Entidad Colegio de Postgraduados. Nombre Jesus Mendez Roman Puesto Sundirector de Organizacion y Computo Teléfono 58045900 Ext 1035 Fax 58045900 Ext 1105 Dirección de Correo Electrónico [email protected] II. RECURSOS HUMANOS

EMPLEADOS Personal Total

1563 Personal Informático

51

Personal Informático por formación académica, según tipo de puesto. Formación Informática

Nivel Académico Total Director General Director de Área Subdirector Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

Page 169: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

169

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Licenciatura 10 1 1 8

Técnico 30 30

Personal Informático por formación académica, según tipo de puesto. Formación No-Informática

Nivel Académico Total Director General Director de Área Subdirector Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

Técnico 11 11

Demanda de personal informático por puesto

Tipo de Plaza Total Director General TI.02.04.08.01.Director de Área Subdirector de Área Jefe de

Departamento Técnico Operativo Otras

Page 170: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

170

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Plazas Vacantes 0 0 0 0 0 0

Plazas Adicionales 0 0 0 0 0 0

Sueldos del total del personal informático por puesto Sueldo Total Director General Director de Área Subdirector de Área Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

312459 25253 17046 270160

III. RECURSOS DE EQUIPO

1.1. Main Frame y Clusters Marca y Modelo Total Activo Inactivo

Page 171: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

171

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

0

1.1. Main Frame y Clusters

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

0

1.2. Servidor (observación: incluir minicomputadoras, servidores workstation y servidores PC.)

Marca y Modelo Total Activo Inactivo

DELL POWER EDGE 2 1 1

HEWLETT PACKARD ML350 3 3 0

HEWLETT PACKARD ML 370 2 2 0

Page 172: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

172

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

IBM NETFINITY 2 2 0

HEWLETT PACKARD NET SERVER E200 1 1 0

DELL POWER EDGE 1800 1 1

POWER EDGE 2800 1 1

1.2. Servidor (observación: incluir minicomputadoras, servidores workstation y servidores PC.) Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

1250000

1.3. Computadoras Personales (Observación: las que son usadas de manera individual. Incluye computadoras Workstation utilizadas individualmente.)

Page 173: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

173

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Total Activo Inactivo

1528 1528

1.3. Computadoras Personales (Observación: las que son usadas de manera individual. Incluye computadoras Workstation utilizadas individualmente.)

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

3638000

1.4. Distribución del total de computadoras personales por tipo de procesador

Total Intel 80XXX o Equivalente

Pentium o Equivalente

Pentium II o Equivalente

Pentium III o Equivalente

Pentium IV o Equivalente

68XXX o Equivalente

Power PC IMAC o Equivalente

Procesadores RISC

1528 25 82 84 876 461 0 0 0

IV. RECURSOS DE SOFTWARE

Sistemas Operativos Tipo de Equipo Nombre SO Cantidad

Page 174: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

174

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Computadoras Personles PC WINDOWS XP 600

Servidores LINUX 10

Computadoras Personles PC WINDOWS 2000 200

Computadoras Personles PC WINDOWS 95 98 200

Bases de Datos Tipo de Equipo Nombre BD Cantidad

Page 175: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

175

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Servidores MSSQL 4

Servidores MYSQL 4

Automatización de Oficinas Tipo de Equipo Nombre Off Cantidad

Computadoras Personles PC MS OFFICE 1100

Computadoras Personles PC OPEN OFFICE 100

Lenguaje de Programación

Page 176: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

176

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Visual Basic

PHP

Fox Pro

Cobol

Java

Page 177: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

177

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Otros CLIPPER VISUAL STUDIO .NET

V. DESARROLLO DE SISTEMAS

Área de aplicación y tipo de desarrollo Area Total Comercial Desarrollo Interno A la Medida

Atención al público 2 2

Administración contable y financiera 2 2

Gestión interna 1 1

Page 178: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

178

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Sistemas computarizados en desarrollo

Area de Aplicación Total

Atención al público 1

Administración contable y financiera 1

Gestión interna 1

Área de aplicación y nivel de acceso

Área de Aplicación Público en Línea Distribución

Pública Público en Sitio Público por Ventanilla Red Local Red Institucional Red Inter-

institucional Total

Page 179: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

179

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Atención al público 1 1 2

Administración contable y financiera

1 1 2

Gestión interna 1 1

1. Presupuesto informático ejercido el año 2005

Presupuesto Informático (por partida) 2106 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos. 667873 2302 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

407290 3108 Servicio de Telecomunicaciones. 0 3109 Servicio de conducción de señales analógicas y 0

Page 180: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

180

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

digitales. 3204 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos. 0 3301/2 Asesoría e/. 0 3305 Capacitación e/. 466319 3306 Servicios de Informática. 2205542 3409 Patentes, regalías y otros (Software). 2165037 3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos.

103538 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y Telecomunicaciones.

15476 5206 Bienes Informáticos. 1593985 TOTAL 7625060 2. Presupuesto informático autorizado para el año 2006

Presupuesto Informático (por partida) 2106 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos.

1447000 2302 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

750500 3108 Servicio de Telecomunicaciones. 0 3109 Servicio de conducción de señales analógicas y digitales.

0 3204 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos. 0 3301/2 Asesoría e/. 0 3305 Capacitación e/. 3209800 3306 Servicios de Informática. 3557000

Page 181: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

181

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

3409 Patentes, regalías y otros (Software). 3410000 3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos.

1644300 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y Telecomunicaciones.

14787000 5206 Bienes Informáticos. 8248000 TOTAL 37053600

Infraestructura TI 2006 Colegio de Postgraduados

I. DATOS GENERALES

Datos Generales de la dependencia o entidad y del responsable de la captura Dependencia o Entidad Colegio de Postgraduados. Nombre Jesús Méndez Román Puesto Subdirector de Organización y Computo Teléfono 5804-5900 ext 1035 Fax 5804-5900 ext 1105 Dirección de Correo Electrónico [email protected] II. RECURSOS HUMANOS

EMPLEADOS Personal Total

1621

Page 182: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

182

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Personal Informático 51

Personal Informático por formación académica, según tipo de puesto. Formación Informática

Nivel Académico Total Director General Director de Área Subdirector Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

Licenciatura 10 1 1 8

Técnico 30 30

Personal Informático por formación académica, según tipo de puesto. Formación No-Informática

Nivel Académico Total Director General Director de Área Subdirector Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

Técnico 11 11

Page 183: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

183

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Demanda de personal informático por puesto

Tipo de Plaza Total Director General TI.02.04.08.01.Director de Área Subdirector de Área Jefe de

Departamento Técnico Operativo Otras

Plazas Vacantes 0

Sueldos del total del personal informático por puesto Sueldo Total Director General Director de Área Subdirector de Área Jefe de Departamento Técnico Operativo Otras

343516 25253 17046 301217

III. RECURSOS DE EQUIPO

1.1. Main Frame y Clusters Marca y Modelo Total Activo Inactivo

0

Page 184: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

184

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

1.1. Main Frame y Clusters

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

0

1.2. Servidor (observación: incluir minicomputadoras, servidores workstation y servidores PC.) Marca y Modelo Total Activo Inactivo

DELL POWER EDGE 2 1 1

DELL POWER EDGE 1800 1 1

DELL POWER EDGE 2600 1 1

Page 185: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

185

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

HEWLETT PACKARD ML 350 3 3

HEWLETT PACKARD ML370 2 2

HEWLETT PACKARD NET SERVER E200 1 1

IBM 2 2

HEWLETT PACKARD PROLIANT DL 585 1 1

Page 186: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

186

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

HEWLETT PACKARD PROLIANT DL580 1 1

1.2. Servidor (observación: incluir minicomputadoras, servidores workstation y servidores PC.)

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

584000

1.3. Computadoras Personales (Observación: las que son usadas de manera individual. Incluye computadoras Workstation utilizadas individualmente.) Total Activo Inactivo

1635 1635 0

1.3. Computadoras Personales (Observación: las que son usadas de manera individual. Incluye computadoras Workstation utilizadas individualmente.)

Inversión durante el año, para el total de este tipo de equipo: $

1819000

1.4. Distribución del total de computadoras personales por tipo de procesador

Total Intel 80XXX o Equivalente

Pentium o Equivalente

Pentium II o Equivalente

Pentium III o Equivalente

Pentium IV o Equivalente

68XXX o Equivalente

Power PC IMAC o Equivalente

Procesadores RISC

Page 187: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

187

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

IV. RECURSOS DE SOFTWARE

Sistemas Operativos Tipo de Equipo Nombre SO Cantidad

Computadoras Personles PC WINDOWS 95 98 45

Computadoras Personles PC WINDOWS 2000 40

Computadoras Personles PC LINUX 10

Page 188: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

188

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Computadoras Personles PC MAC OS 12

Computadoras Personles PC WINDOWS XP 1333

Servidores LINUX 3

Computadoras Personles PC WINDOWS 2003 ENT 7

Bases de Datos Tipo de Equipo Nombre BD Cantidad

Page 189: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

189

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Computadoras Personles PC MS SQL 10

Servidores MYSQL 3

Servidores MSSQL 4

Automatización de Oficinas Tipo de Equipo Nombre Off Cantidad

Computadoras Personles PC MS OFFICE 1200

Page 190: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

190

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Computadoras Personles PC OPEN OFFICE 40

Servidores MS OFFICE 1

Lenguaje de Programación

Visual Basic

Fox Pro

Page 191: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

191

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

C++

PHP

Perl

Java

Cobol

Page 192: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

192

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Otros CLIPPER VISUAL STUDIO .NET

V. DESARROLLO DE SISTEMAS

Área de aplicación y tipo de desarrollo Area Total Comercial Desarrollo Interno A la Medida

Atención al público 1 1

Administración contable y financiera 1 1

Gestión interna 1 1

Page 193: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

193

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Sistemas computarizados en desarrollo

Area de Aplicación Total

Atención al público 1

Administración contable y financiera 1

Gestión interna 1

Área de aplicación y nivel de acceso

Área de Aplicación Público en Línea Distribución

Pública Público en Sitio Público por Ventanilla Red Local Red Institucional Red Inter-

institucional Total

Page 194: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

194

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

Atención al público 1 1 1 1 4

Administración contable y financiera

1 1 1 3

1. Presupuesto informático ejercido el año 2006

Presupuesto Informático (por partida) 2106 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos. 309782 2302 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

213462 3108 Servicio de Telecomunicaciones. 0 3109 Servicio de conducción de señales analógicas y digitales.

0 3204 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos. 0 3301/2 Asesoría e/. 0 3305 Capacitación e/. 1824649 3306 Servicios de Informática. 1790206

Page 195: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

195

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

3409 Patentes, regalías y otros (Software). 2838756 3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos.

157958 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y Telecomunicaciones.

0 5206 Bienes Informáticos. 49283 TOTAL 7184096 2. Presupuesto informático autorizado para el año 2007

Presupuesto Informático (por partida) 2106 Materiales y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos.

1447000 2302 Refacciones y accesorios para equipo de cómputo.

750500 3108 Servicio de Telecomunicaciones. 0 3109 Servicio de conducción de señales analógicas y digitales.

0 3204 Arrendamiento de equipo y bienes informáticos. 0 3301/2 Asesoría e/. 0 3305 Capacitación e/. 3209800 3306 Servicios de Informática. 3557000 3409 Patentes, regalías y otros (Software). 3410000 3502 Mantenimiento y conservación de bienes informáticos.

1644300 5204 Equipos y aparatos de comunicaciones y Telecomunicaciones.

14787000 5206 Bienes Informáticos. 8248000

Page 196: Presentación 1) Marco Legal

ETAPA 1: INFORME QUE COMPRENDE DEL 01 - DICIEMBRE - 2000 AL 31 - DICIEMBRE - 2005

Clave Presupuestaria: IZC

Nombre: Colegio de Postgraduados

196

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN 2000 - 2006

FORMATO 1

TOTAL 37053600