Uso y abuso de licencias médicas
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USO Y ABUSO DE LICENCIAS MÉDICAS
María Alejandra Morales Zúñiga
Belén Olea Sepúlveda
Internado APS 2015
Universidad Mayor
UNIVERSIDAD MAYOR.
FACULTAD DE MEDICINA.
ESCUELA DE MEDICINA.
INTERNADO APS.
LICENCIA MÉDICA
Licencia médica
Derecho del trabajador
Ausentarse en jornada de trabajo
Determinado tiempo
Indicación profesional certificado
Autorizado por: Compin,
SEREMI o ISAPRE
Subsidio de incapacidad
laboral
1. Enfermedad o accidente común.2. Prórroga medicina preventiva.3. Licencia maternal pre y
posnatal.4. Enfermedad grave del hijo
menor de un año.5. Accidente del trabajo o trayecto.6. Enfermedad profesional.
7. Patología del embarazo.
Afección
Tipo de incapacidad
Duración jornada de trabajo
Diagnóstico
Período de recuperación
Lugar de TTO
Tipo licencia
• Practicar o solicitar nuevosexámenes o IC
• Visitas al trabajador en domicilio olugar de reposo
• Solicitar al empleador informesadministrativos, laborales oprevisionales
• Solicitar al profesional:antecedentes clínicoscomplementarios
Invalidación de licencia médica
• Incumplimiento del reposo indicado en la licencia
• Realizar trabajo remunerado o no durante el período de reposo
• Falsificación o adulteración de la licencia
• Entrega antecedentes clínicos falsos o simulación de enfermedad
2012
• Establece regulaciones que permitan asegurar el otorgamiento, uso correcto de la licencia médica y adecuada protección al cotizante y beneficiarios.
• Licencias sin fundamento médico investigación
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 10-May-2015
Tipo Norma :Ley 20585
Fecha Publicación :11-05-2012
Fecha Promulgación :26-04-2012
Organismo :MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE SALUD
Título :SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS
Tipo Versión :Unica De : 11-05-2012
Inicio Vigencia :11-05-2012
Id Norma :1039952
URL :http://www.leychile.cl/N?i=1039952&f=2012-05-11&p=
LEY NÚM. 20.585
SOBRE OTORGAMIENTO Y USO DE LICENCIAS MÉDICAS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación alsiguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- La presente ley tiene por objeto establecer regulaciones quepermitan asegurar el otorgamiento, uso correcto de la licencia médica y una adecuadaprotección al cotizante y beneficiarios de las Instituciones de Salud Previsional ydel Fondo Nacional de Salud, mediante la aplicación de medidas de control yfiscalización, y de sanciones respecto de las conductas fraudulentas, ilegales oabusivas relacionadas con dicho instrumento.
Artículo 2º.- Las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez podránsolicitar a los profesionales que por ley emitan licencias médicas que se encuentrensometidas a su conocimiento, la entrega o remisión de los antecedentes o informescomplementarios que las respalden y, en casos excepcionales y por razones fundadas,los citará a una entrevista para aclarar aspectos de su otorgamiento. Dichosrequerimientos se realizarán por carta certificada o medios electrónicos, bajoapercibimiento de aplicar las multas y suspensiones señaladas en el siguienteinciso. La inasistencia injustificada y repetida a las citaciones, como también lanegativa reiterada a la entrega o la no remisión de los antecedentes solicitados, enlos plazos fijados al efecto, los que no podrán exceder de siete días corridos,habilitarán a la Comisión para que, mediante resolución fundada, sancione alprofesional con multas a beneficio fiscal de hasta 10 unidades tributarias mensuales.Además, en casos calificados, podrá suspenderse tanto la venta de formularios delicencias médicas, como la facultad para emitirlas, hasta por 15 días. Dichasuspensión podrá renovarse mientras persista la conducta del profesional. Lasnotificaciones de las resoluciones que apliquen las referidas sanciones serealizarán mediante carta certificada, entendiéndose practicadas a contar deltercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos quecorresponda. A este procedimiento se aplicarán supletoriamente las normas de la leyN° 19.880. En contra de lo resuelto en conformidad al inciso anterior podrá reclamarseante la Superintendencia de Seguridad Social, dentro de cinco días hábiles,contados desde la respectiva notificación. Una vez que el profesional proporcione los antecedentes requeridos o acuda a lacitación, la Comisión, de oficio o a petición de parte, dictará una resoluciónque ponga término a la suspensión indicada. Asimismo, en caso que el reclamoseñalado en el inciso tercero sea resuelto a favor del profesional, se dejarán sinefecto las multas cursadas y cesará la suspensión aplicada. Las multas deberán ser pagadas en la Tesorería General de la República,dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la fecha de la notificaciónrespectiva. Al efecto, las copias de las resoluciones de la Comisión tendránmérito ejecutivo. Con todo, las multas no serán exigibles mientras no esté vencidoel término para interponer la reclamación ante la Superintendencia o ésta no hayasido resuelta.
Artículo 3º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5º, lasInstituciones de Salud Previsional podrán solicitar a los profesionales que emitan
• Antecedentes o informes complementarios respaldados
• Entrevista aclaradora
Multas a beneficio fiscal de hasta 10 UTMSuspensión venta formularios de licencias médicas hasta 15 días
Superintendencia de Seguridad Social
UTM Susp
Primera vez 7.5
1ª reincidencia 15 30 días
2ª reincidencia 30 90 días
3ª reincidencia 60 1 año
CÓDIGO PENAL• Otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas falsas• Reclusión menor en grados mínimo a medio (61 días a 3 años) + multa 25-200 UTM• Facultativo 50-500 UTM• Inhabilitación especial temporal de emisión de licencias médicas durante el tiempo de la
condena• Reincidencia:• Pena privativa de libertad aumentara en 1 grado (hasta 5 años) + 75-750 UTM
OPINIÓN POBLACIONAL EN RM
• Percepción población respecto amal uso de licencias médicas
• Hombres y mujeres mayores de18 años
• Grupo socioeconómico ABC!, C2,C3, D y E
• Encuesta telefónica
• 800 entrevistas
60%22%
16%
2%
Delito
Falta grave
Falta leve
legítimo
Más grave que:
• Comer en el supermercado
• Evadir impuestos• No pagar transporte
público• No usar TAG• Compartir TV cable
Menos grave que:
• Robo con violencia• Adulterar medidores • Robo hormiga
64%
29%
7%
Frecuencia uso
Mucho
Mediano
Poco
IMPACTO Y SENTIMIENTOSistema más estrictoPersonas honestas con horarios más extensos y mayor carga laboral>50% desconoce:• Forma de pago de cotizaciones• Suben costos de la salud• Aumentado el uso de licencias fraudulentas
69,1% sentiría remordimiento al utilizar una licencia médica estando sano13,4% nada de remordimiento
SANCIONES LEGALES
58,2% conoce la ley 2012Consenso:• Penas contra médicos• Penas contra pacientes• Institución para combatir licencias
medicas fraudulentas
0
5
10
15
20
25
30
35
40
Personal que presentó licencias
Mayor/Igual 100 días
51-99 dias
31-50 días
21-30 días
11-20 días
1-10 días
0 días
Licencias medicas por funcionarios 2014
LICENCIAS MEDICAS POR FUNCIONARIOS 2014
• Total días no trabajados por licencia: 2737 días
• Promedio días no trabajados: 21 días
• Máximo días de licencia: 349 días
• Mínimo día de licencia: 0 días
VARIABLES EN USO Y ABUSO
Uso legal de licencias
• Estado de salud auto-reportado
• Mujer con hijo menor de 3 años
• Edad
Abuso de Licencias
• Lugar de consulta y sistema de salud
• Mujeres con hijos mayores de 3 y menores de 10 años
VARIABLES EN USO Y ABUSO
CONCLUSIONES• Gasto en subsidios por incapacidad laboral (1991-2001)
• Duplicado en este tiempo en materia de subsidio por enfermedad y medicina curativa
• Triplicado para el caso del subsidio por reposo maternal y enfermedad grave del hijo menor de un año
$266 MIL MILLONES
$114 MIL MILLONES
AUMENTO 133% EN 10 AÑOS
SUGERENCIAS DE MEJORAS
1. Fiscalización
• Sanciones
• Seguimiento documentado
2. Subsidio pre y post natal y por enfermedad grave hijo menor de 1 año
• (2003) 42% problemas digestivos. 32% Enf. Respiratorias
• (2013) Ley Nº 20.682 Post-Natal 6 meses
1. Reducción de pagos según patología
• Enfermedades diagnosticadas sin procedimientos médicos
• Problema Costo
2. Reemplazo del periodo de carencia por un mecanismo de pago porcentual y copago
• Pago entre 70-80%
• Licencia escalonada
SUGERENCIAS DE MEJORAS