ACUERDO TRANSACCIONAL TERMINACIÓN DE JUICIO SE GIRE OFICIO …

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1 1 ACUERDO TRANSACCIONAL TERMINACIÓN DE JUICIO SE GIRE OFICIO BANCO MACRO TRANSFERENCIA DE FONDOS CONFORMIDAD PROFESIONAL Señor Juez Letrado 8° Juzgado de Paz DANIEL ALEJANDRO GRZONA, Mat. Nº 4.094 por BODEGAS Y VIÑEDOS MAURICIO LORCA S.A.; y MARCELO CHICONI D.N.I. N° 22.979.978 en representación de CHICOVER S.A., patrocinado por el Dr. JUAN MANUEL CÉSPEDES, Mat. Nº 3.322, en autos n° 260.128 caratulados: “BODEGAS Y VIÑEDOS MAURICIO LORCA S.A. C/ CHICOVER S.A. P/ CAMBIARIA”, a U.S. decimos: I- PARTE. DOMICILIO LEGAL El Sr. Marcelo Chiconi, por la demandada, se hace parte en estos obrados con el patrocinio letrado del Dr. Juan Manuel Céspedes, conforme Estatuto Social que se adjunta de donde surgen los datos personales de la persona jurídica. Constituye domicilio legal en calle Patricias Mendocinas 247 Godoy Cruz, Godoy Cruz, Mendoza y procesal electrónico en la matrícula Nº 3.322, tel 4241603, correo electrónico [email protected] II- ACUERDO TRANSACCIONAL - TERMINACIÓN DE JUICIO Las partes manifiestan que han arribado a un acuerdo de pago por todo concepto. Teniendo en cuenta lo expresado, la demandada se obliga a abonar a la actora la suma única, total y cancelatoria de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($560.000), suma que incluye capital, intereses y costas del presente proceso monitorio. III- SE GIRE OFICIO BANCO MACRO - TRANSFERENCIA DE FONDOS Encontrándose la suma acordada ya efectivamente embargada y retenida por el Banco Macro en la cuenta de titularidad de la demandada a la que

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ACUERDO TRANSACCIONAL

TERMINACIÓN DE JUICIO

SE GIRE OFICIO BANCO MACRO

TRANSFERENCIA DE FONDOS

CONFORMIDAD PROFESIONAL

Señor Juez Letrado

8° Juzgado de Paz

DANIEL ALEJANDRO GRZONA, Mat. Nº 4.094

por BODEGAS Y VIÑEDOS MAURICIO LORCA S.A.; y MARCELO

CHICONI D.N.I. N° 22.979.978 en representación de

CHICOVER S.A., patrocinado por el Dr. JUAN MANUEL

CÉSPEDES, Mat. Nº 3.322, en autos n° 260.128

caratulados: “BODEGAS Y VIÑEDOS MAURICIO LORCA S.A.

C/ CHICOVER S.A. P/ CAMBIARIA”, a U.S. decimos:

I- PARTE. DOMICILIO LEGAL

El Sr. Marcelo Chiconi, por la

demandada, se hace parte en estos obrados con el

patrocinio letrado del Dr. Juan Manuel Céspedes,

conforme Estatuto Social que se adjunta de donde

surgen los datos personales de la persona jurídica.

Constituye domicilio legal en calle Patricias

Mendocinas 247 Godoy Cruz, Godoy Cruz, Mendoza y

procesal electrónico en la matrícula Nº 3.322, tel

4241603, correo electrónico

[email protected]

II- ACUERDO TRANSACCIONAL -

TERMINACIÓN DE JUICIO

Las partes manifiestan que han

arribado a un acuerdo de pago por todo concepto.

Teniendo en cuenta lo expresado, la demandada se

obliga a abonar a la actora la suma única, total y

cancelatoria de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL

($560.000), suma que incluye capital, intereses y

costas del presente proceso monitorio.

III- SE GIRE OFICIO BANCO MACRO -

TRANSFERENCIA DE FONDOS

Encontrándose la suma acordada ya

efectivamente embargada y retenida por el Banco Macro

en la cuenta de titularidad de la demandada a la que

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oportunamente se ofició, las partes solicitan que se

libre oficio a dicha entidad, a fin de que transfiera

los fondos embargados a la cuenta de titularidad de

la actora, CBU N° 0070081820000012179839, CUIT:

30708719281, del BANCO GALICIA.

Una vez percibido el monto pactado

mediante transferencia bancaria en la cuenta antes

consignada, según modalidad de pago, se tendrá al

presente convenio como formal carta de pago y

terminación de juicio.

IV- CONFORMIDAD PROFESIONAL

El presente acuerdo es suscripto por

la totalidad de los abogados intervinientes por ambas

partes. Todos los profesionales prestan su

conformidad profesional correspondiente.

V- INCUMPLIMIENTO

Las partes convienen que, de no darse

cumplimiento a lo estipulado, el presente acuerdo

quedará sin efecto, quedando facultada la parte

actora a proseguir con el proceso monitorio.

Proveer de conformidad,

SERÁ JUSTICIA.-

……………………………………………………………

CHICOVER S.A.

MARCELO A. CHICONI

(Apoderado)

DNI: 22.979.978

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